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Implica, desde lo lingüístico, la posibilidad de “unir” las diferencias a efectos de que “todos” aprovechen las capacidades especiales de cada miembro ASPECTO SOCIOLOGICO ASPECTO JURIDICO Implica la decisión política de los Estados de adoptar decisiones comunes de carácter económico, político y social que tengan como fin la cooperación mutua y recíproca, con el objeto de limitar las asimetrías David Villarreal INTEGRACIÓN

Implica, desde lo lingüístico, la posibilidad de “unir” las diferencias a efectos de que “todos” aprovechen las capacidades especiales de cada miembro

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Implica, desde lo lingüístico, la posibilidad de “unir” las diferencias a efectos de que “todos” aprovechen las

capacidades especiales de cada miembro

ASPECTO SOCIOLOGICO

ASPECTO JURIDICO

Implica la decisión política de los Estados de adoptar decisiones comunes de carácter económico, político y

social que tengan como fin la cooperación mutua y recíproca, con el objeto de limitar las asimetrías

David Villarreal

INTEGRACIÓN

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INTEGRACION COMO DERECHO

• Es una rama del DIP, por lo tanto, comparte sus principios y fundamentos.-

• Es, consecuentemente, un típico derecho de “coordinación” entre los Estados y entre éstos y los órganos creados por los tratados constitutivos de espacios integrados.-

• Comparte las fuentes del DIP y su sistema de interpretación y aplicación

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• Resulta adecuado sostener que, un sistema de integración, puede convertirse en un sistema comunitario, conforme los Estados decidan “atribuir” competencias soberanas en los órganos comunitarios, dejando así la característica de la “coordinación” por la de la “subordinación”

DEL DERECHO DE LA INTEGRACION AL DERECHO COMUNITARIO

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DERECHO COMUNITARIO

• No es una rama del DIP, ya que por sus específicas características, bien podría considerárselo autónomo de éste.

Las fuentes y su interpretación son totalmente diferentes a las aplicadas en el derecho internacional público, sin

perjuicio de que se nutre de éste; el principal eje diferencial radica en que los Estados Miembros, en uso

de su soberanía, han decidido “atribuir” ciertas competencias soberanas en los órganos creados al

efecto, por lo que éstos son “supraestatales”

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Derecho de laINTEGRACION

DerechoCOMUNITARIO

Típico derechoINTERNACIONAL

Típico derechoSUPRANACIONAL

Las fuentes y susprincipios son los

Del DIP

Tiene sus propias Fuentes y principios

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DERECHO CONSTITUCIONAL

MONARQUIAS ABSOLUTAS

SIN CONSTITUCION

ESTADOS MODERNOS

CONSTITUCIONES NACIONALES

CONTRATOSOCIAL

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CONCEPTO: Es la rama del derecho público que “le da forma” al Estado

desde el punto de vista político-organizacional, que tiene como fin la sistematización del ordenamiento de

las relaciones de poder en una organización política

• Orden social orden político del Estado a través de la Constitución Nacional

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LA CONSTITUCION ES UNA NORMA SUPREMA

– Que todas las normas de derecho público y privado van a estar subordinadas a ella.-

– Carlos Nino, filósofo, explica la teoría de la supremacía de la C.N. mediante la doctrina de los círculos concéntricos.-

INCONSTITUCIONALIDAD

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DERECHO INTERNO vs. DERECHO INTERNACIONAL

• El derecho Interno va a estar REGIDO por las prescripciones de la C.N.

NORMAS CONSENSUADAS POR LOS ESTADOS

DERECHO INTERNACIONAL

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¿Cómo se relaciona los Derechos Internos de los Estados con el

Derecho Internacional?

DUALISMO MONISMO

Que se trata de dos ordenamientos

totalmente diferente

Tienen sujetos y objetos diferentes

Para aplicar derecho Internacional dentro del

Derecho interno, hay que transformarlo

Son dos ordenamientos diferentes pero que se relacionan entre sí.

Tienen sujetos y objetos diferentes

El derecho Internacional es la Norma Hipotética Fundamental en la que se basa el derecho interno

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NORMA HIPOTETICA FUNDAMENTAL

Kelsen La norma debe ser validada. Entonces, cada Norma va a encontrar en una norma superior,

Su justificación y validez.

De allí nace la famosa PIRAMIDE DE KELSEN, mediante

la cual explica la jerarquía de las normas, pero en realidad

lo que pretende es validar las diferentes normas, hasta que

se encuentra con la Constitución, norma suprema del Estado,

cuya validez la centra en lo que él denomina

NORMA HIPOTETICA FUNDAMENTAL

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Por VERDROSS, se replantea la postura de Kelsen y aparecen dos tipos de Monismo:

monismo radical y monismo moderado

Monismo Radical Monismo Moderado

El DI es más importanteque el derecho interno

El derecho interno esmás importante que

el DI

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Nuestra Constitución es MONISTA MODERADA

• ESTO NO ES DOGMATISMO, SINO QUE ENCUENTRA SUSTENTO NORMATIVO

Artículo 27 de la Constitución Nacional: “El Gobierno Federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principiosde derecho público establecidos en esta Constitución

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JERARQUIA DE LAS NORMAS

Esta Constitución, las leyes dictadas en su consecuencia y los tratados firmados con las potencias extranjeras, SON LA LEY SUPREMA DE

LA NACION

BLOQUE FEDERAL CONSTITUCIONAL

Bloques Provinciales Constitucionales

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BLOQUE FEDERAL CONSTITUCIONAL

LEYES

CONSTITUCION NACIONAL

TRATADOS

ART. 27

Las leyes sonconsecuencia

de la C.N.

Es la norma que “ordena” los

poderes del Estado

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Desde 1853 hasta 1994, si había un conflicto entre leyes y tratados, se

aplicaba el principio de ley posterior deroga a ley anterior, sin importar si

esa ley anterior era un tratado. RECORDEMOS que los

TRATADOS SE APRUEBAN POR MEDIO DE UNA LEY

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EVOLUCION JURISPRUDENCIAL

• Industrias Químicas MERK.-

• Martín S.A.

• Jáuregui ------- Década 80

• Ekmekdjian c/Sofovich ------ Década 90

Hechos: Sofovich tenía en su programa televisivo al escritor Dalmiro Sanz. Éste vapuleó a la Virgen María, entonces, Ekmekdjian pidió, en su carácter

de católico practicante, el derecho de replicar (artículo 14 de la Conv. Americana sobre DDHH) que le fue negado. En el juicio, Sofovich le dijo

que él no era quien para defender a la Virgen María –cuestionó su legitimación-y para el fondo, le contestó que la Conv. NO era aplicable porque no habíauna ley que la reglamentara. La CSJN dijo que el actor estaba legitimado

y que los tratados de derechos humanos son operativos y no requierenreglamentación.- (1992)

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MODIFICACION DE LA CN 1994

• La ley que declaró la necesidad de la reforma, no permitió que se alterara o modificara nada de la parte dogmática de la Constitución (arts. 1 a 35 C.N)

El art 31 de la C.N. está dentro de la parte que no se podía modificar

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Se introdujo la modificación a la jerarquía normativa en el artículo 75, ya que en él están previstas las funciones del Congreso (antiguo artículo 67)

El Congreso apruebao desecha tratados y

concordatos

A través de una LEY

LOS TRATADOS Y CONCORDATOS SON

SUPERIORES A LAS LEYES

Echa luz a la interpretacióndel artículo 31 de la C.N.

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CONSTITUCION NACIONAL

Tratados y Concordatos

Leyes Nacionales

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Creó la novedad de los tratados con jerarquía constitucional

La Convención constituyente dio jerarquíaConstitucional a 9 tratados y dos

Declaraciones de DDHH

En las condiciones de su vigencia(con las reservas efectuadas)no alteran ni modifican la partedogmática de la Constitución

sino que la complementan

¿Estos textos internacionales son parte de la C.N.?

NOSe creó un mecanismo para “denunciar”

o “incorporar” tratados a la jerarquía constitucional. Con un ley del Congreso

con la mayoría Agravada de las 2/3 partesde la Totalidad de los miembros de ambas

CámarasContradiría el

Artículo 30 de la C.N.

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CONSTITUCIONNACIONAL

TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DDHH CON

JERARQUIA CONSTITUCIONAL

OTROS TRATADOS Y CONCORDATOS

LEYES NACIONALES

En la actualidad, son 14 instrumentos que gozan de jerarquía constitucional: En 1996,el Congreso

dio Jerarquía a la Convención Interamericana sobreDesaparición Forzada de Personas y en el año 2003

se le dio la misma jerarquía a la Convención Internacional sobre la Imprescriptibilidad de los delitos de

Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra

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Tratados de Integración

• 1.- Según nuestra Constitución, son acuerdos a través de los cuales se crean órganos supranacionales, a quienes se le “delega” soberanía.-

Para aprobar estos tratados se requiereuna mayoría agravada.- (mayoría absoluta

de la totalidad de ambas cámaras). Ello no significa que tengan mayor jerarquía

que el resto de los tratados

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Jerarquía de las Normas según los arts 31, 75 inc. 22 y 24 de la C.N.

C.N. Tratados de Derechos Humanos CON jerarquía constitucional

OTROS TRATADOS Y

CONCORDATOS

LAS NORMAS QUE SE DICTAN EN

CONSECUENCIADE LOS TRATADOSDE INTEGRACION

LEYES NACIONALESDavid Villarreal

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Nuestra Constitución posee una redacción poco feliz, pues si se trata de órganos supranacionales, debió decir “atribuir” soberanía

Sin perjuicio del error expresivo, la doctrina es proclive a interpretar quela cláusula contenida en el art. 75 inc.

24 de la C.N. es una norma HABILITANTE, tanto para el Derecho de la Integración

Como el Derecho Comunitario

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