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Dependencia o Entidad: @SEGOB_mx Folio de la solicitud: 0000400076814 Expediente: RDA 2097/14 Ponente: Joel Salas Suárez @joelsas Más información en: storify.com/joelsas El particular solicitó los anexos del Memorándum de Entendimiento, así como cualquier otro documento existente relacionado con las negociaciones entre la SEGOB y el SME. SEGOB informó que existen dos documentos que satisfacen la petición del recurrente pero argumentó que dichos documentos fueron clasificados por seis años con base en tres argumentos: Su publicación pondría en riesgo la seguridad interna del país dado las acciones beligerantes de algunos grupos del SME. Obstruiría un proceso deliberativo entre servidores públicos. El Anexo que contiene el listado de trabajadores podría contener datos personales. Los argumentos de clasificación utilizados por el sujeto obligado son improcedentes ya que no fueron claros y contundentes. En cumplimiento al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia, la SEGOB deberá “hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos”. Clasificar como reservada o confidencial dicha información, supone que nuestras instituciones públicas aún no han asimilado que un verdadero sistema de rendición de cuentas se construye a partir de la información pública que generan SEGOB deberá hacer pública información sobre propuesta de resolución al conflicto con el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) #NuevoIFAI 1 2 3 MEMORÁNDUM El Pleno del IFAI revocó la respuesta de la SEGOB y le instruyó que entregue versión íntegra del Acuerdo Marco y de su Anexo, una vez que se ha analizado la improcedencia de la clasificación de dicha información de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. “Clasificar como reservada o confidencial dicha información, supone que nuestras instituciones públicas aún no han asimilado el hecho de que un verdadero sistema de rendición de cuentas se construye a partir de la información pública que generan, con el objetivo de que los ciudadanos puedan evaluar la actuación de sus autoridades y los efectos y consecuencias de las decisiones que toman”

Infografía de recurso vs. @SEGOB_mx sobre resolución al conflicto con Sindicato Mexicano de Electricistas (SME)

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En la sesión del pleno del 03 de septiembre de 2014, el #NuevoIFAI revocó la respuesta proporcionada por la SEGOB y le instruyó que entregue versión íntegra del Acuerdo Marco y de su Anexo, una vez que se ha analizado la improcedencia de la clasificación de dicha información de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

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Page 1: Infografía de recurso vs. @SEGOB_mx sobre resolución al conflicto con Sindicato Mexicano de Electricistas (SME)

Dependencia o Entidad: @SEGOB_mxFolio de la solicitud: 0000400076814

Expediente: RDA 2097/14Ponente: Joel Salas Suárez

@joelsas

Más información en:storify.com/joelsas

El particular solicitó los anexos del Memorándum de Entendimiento, así como cualquier otro documento existente relacionado con las negociaciones entre la SEGOB y el SME.

SEGOB informó que existen dos documentos

que satisfacen la petición del recurrente pero

argumentó que dichos documentos fueron

clasificados por seis años con base en tres

argumentos:

Su publicación pondría en riesgo la seguridad interna del país dado las acciones beligerantes de algunos grupos del SME.

Obstruiría un proceso deliberativo entre servidores públicos.

El Anexo que contiene el listado de trabajadores podría contener datos personales.

Los argumentos de clasificación utilizados por el sujeto obligado son improcedentes ya que no fueron claros y contundentes.

En cumplimiento al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia, la SEGOB deberá “hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos”.

Clasi�car como reservada o con�dencial dicha información, supone que nuestras instituciones públicas aún no han asimilado que un verdadero sistema de rendición de cuentas se construye a partir de la información pública que generan

SEGOB deberá hacer pública información sobre propuesta de resolución al con�icto con el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME)

#NuevoIFAI

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MEMORÁNDUM

El Pleno del IFAI revocó la respuesta de la SEGOB y le instruyó que entregue versión íntegra del Acuerdo Marco y de su Anexo, una vez que se ha analizado la improcedencia de la clasificación de dicha información de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

“Clasificar como reservada o confidencial dicha información, supone que nuestras instituciones públicas aún no han asimilado el hecho de que un verdadero sistema de rendición de cuentas se construye a partir de la información pública que generan, con el objetivo de que los ciudadanos puedan evaluar la actuación de sus autoridades y los efectos y consecuencias de las decisiones que toman”