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DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GRANADA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, DESARROLLO ECONÓMICO, AGROPECUARIO Y AMBIENTE TIPO DOCUMENTO: INFORME CÓDIGO SGC VERSIÓN 2020 NOMBRE DOCUMENTO: INFORME TRD CPGC-252250 INFORME DE ACTIVIDADES ORDEN 4.58 SENTENCIA DE RÍO BOGOTÁ En cumplimiento con la orden 4.58 de la sentencia del río Bogotá, se realizaron las siguientes actividades: Visita a establecimientos comerciales (restaurantes): El día 1 de junio de 2021, la secretaria de Competitividad, desarrollo económico, agropecuario y ambiente, realizó las visitas de control a los establecimientos en dónde se buscaba realizar control a la visita realizada anteriormente a algunos de estos establecimientos y visitar algunos establecimientos por primera vez. Se visitaron los establecimientos comerciales: Restaurante Valle de Tenza, Restaurante Mi Sevilla, Restaurante Sabor Granadino, Restaurante El Recreo, Restaurante El Valluno, Restaurante La Pirámide, Golosinas y lácteos La Vaca que Ríe, Restaurante El Alto de las Arepas, Restaurante Donde Jhon, Asadero y Restaurante La Brasa de Rojas. Se realizó la visita en cada establecimiento comercial para la recolección de información y evidencia de sus acciones de desempeño, operatividad y cumplimiento con los procesos de pretratamiento de aguas residuales vertidas por estos establecimientos. Dentro de las actividades que se verificaron se buscaba verificar la existencia de trampas de grasas, las acciones para la recolección y disposición final de aceites y derivados. De acuerdo con la información anterior se obtuvieron las siguientes observaciones y recomendaciones: Realizar limpiezas con mayor frecuencia a las trampas de grasa en los establecimientos que cuentan con este sistema primario de tratamiento de aguas residuales. No hay conocimiento en algunos establecimientos sobre el manejo y disposición final de las aguas residuales de este tipo, tampoco hay conocimiento sobre las empresas recolectoras de aceites y grasas para usos secundarios.

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TIPO DOCUMENTO: INFORME CÓDIGO SGC

VERSIÓN 2020

NOMBRE DOCUMENTO: INFORME TRD

CPGC-252250

INFORME DE ACTIVIDADES ORDEN 4.58 SENTENCIA DE RÍO

BOGOTÁ

En cumplimiento con la orden 4.58 de la sentencia del río Bogotá, se realizaron las

siguientes actividades:

Visita a establecimientos comerciales (restaurantes):

El día 1 de junio de 2021, la secretaria de Competitividad, desarrollo económico,

agropecuario y ambiente, realizó las visitas de control a los establecimientos en dónde se

buscaba realizar control a la visita realizada anteriormente a algunos de estos

establecimientos y visitar algunos establecimientos por primera vez.

Se visitaron los establecimientos comerciales: Restaurante Valle de Tenza, Restaurante Mi

Sevilla, Restaurante Sabor Granadino, Restaurante El Recreo, Restaurante El Valluno,

Restaurante La Pirámide, Golosinas y lácteos La Vaca que Ríe, Restaurante El Alto de las

Arepas, Restaurante Donde Jhon, Asadero y Restaurante La Brasa de Rojas.

Se realizó la visita en cada establecimiento comercial para la recolección de información y

evidencia de sus acciones de desempeño, operatividad y cumplimiento con los procesos de

pretratamiento de aguas residuales vertidas por estos establecimientos.

Dentro de las actividades que se verificaron se buscaba verificar la existencia de trampas de

grasas, las acciones para la recolección y disposición final de aceites y derivados. De acuerdo

con la información anterior se obtuvieron las siguientes observaciones y recomendaciones:

Realizar limpiezas con mayor frecuencia a las trampas de grasa en los

establecimientos que cuentan con este sistema primario de tratamiento de aguas

residuales.

No hay conocimiento en algunos establecimientos sobre el manejo y disposición

final de las aguas residuales de este tipo, tampoco hay conocimiento sobre las

empresas recolectoras de aceites y grasas para usos secundarios.

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VERSIÓN 2020

NOMBRE DOCUMENTO: INFORME TRD

CPGC-252250

Realizar el proceso de saponificación por parte del restaurante es un impacto

ambiental positivo, pues se relaciona con la reutilización de productos procesados

para generar un producto secundario.

Se debe realizar una socialización a los propietarios, administradores o encargados

de estos establecimientos con el fin de dar a conocer la normatividad y las

alternativas para cumplirla.

Visita a PTAR, establecimiento comercial La Vaca que Ríe

El día 2 de junio de 2021, la secretaría de competitividad, desarrollo económico,

agropecuario y ambiente, realiza la visita para verificar las condiciones de funcionamiento

y disposición final de los residuos sólidos y líquidos de la PTAR de Alimentos Ríe SAS, debido

a quejas interpuestas de manera escrita por la comunidad en el buzón de la Alcaldía

Municipal, por malos olores cerca de la PTAR.

Los residuos del procesamiento de lácteos son dirigidos directamente por un canal hacia los

dos desarenadores con los que funciona la planta, siguiendo el recorrido hasta la trampa de

grasas, y posteriormente hacia un tanque homogeneizador. En esta PTAR, para el proceso

de coagulación, se realiza por el método de electrocoagulación. La planta tiene una

capacidad de 25.000 litros y cuenta con dos tanques de almacenamiento del suero con un

volumen de 20.000 litros, los cuales son usados cuando la PTAR se encuentra a su mayor

capacidad.

El procedimiento de electrocoagulación, de manera general consiste en la aplicación de

corriente eléctrica en las aguas residuales y realizando un proceso de clarificación química

causando la desestabilización de las cargas de las partículas que se encuentran suspendidas.

En la PTAR el proceso se lleva a cabo en unos reactores, en estos reactores se usan los

siguientes elementos y compuestos con las siguientes concentraciones:

Soda Caustica: (5 kg)/(20 l) como concentración base, la cual depende de el volumen de

vertimientos a tratar en PTAR y como consecuencia de su pH, el cual se mantiene en un

valor promedio de 7,5, la intensidad de la dosificación depende directamente de la variación

de pH.

Biopolímero: se usa una concentración base de (45 g)/(20 l), de acuerdo con esta

concentración base, el sistema de los reactores realiza automáticamente la intensidad de

dosificación, la cual aproximadamente es de un promedio del 60%.

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Sulfato de Aluminio: Al2(SO4)3, en este proceso, se usa Tipo A, esto quiere decir que su

concentración de hierro es inferior al 0,5% y se prepara una solución base con una

concentración de (1 kg)/(20 l). Los reactores realizan la dosificación automática, la cual es

aproximadamente del 30%.

Después de este proceso de Electrocoagulación y floculación, el vertimiento es depositado

en el alcantarillado municipal y los lodos son dispuestos directamente en el suelo, por

medio de un tubo de PVC, actualmente no tienen estructurado tanques o aislamiento del

suelo para este tipo de residuos.

Las observaciones y recomendaciones halladas conforme a la visita realizada fueron las

siguientes:

- De acuerdo con la Res. 631 de 2015, Art. 16, (Art. 12 Elaboración de productos

lácteos), y, comparando con el informe presentado del análisis del vertimiento la

empresa ALIMENTOS RIE SAS como generador de ARnD “aguas residuales no

domésticas” cumple actualmente con los parámetros establecidos en esta

normatividad.

- Se recomienda la adecuación una plataforma o plancha que aísle los lodos residuales

y sus lixiviados del suelo.

- Se recomienda solicitar recolecciones de lodos más frecuentes, con el fin de evitar

malos olores o condiciones adversas para el ambiente.

REGISTRO FOTOGRÁFICO

- Restaurantes

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- PTAR La Vaca que Ríe