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Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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E-Mail: [email protected] Web:www.contraloriadecordoba.gov.co
INFORME DE AUDITORÍA CON ENFOQUE INTEGRAL
Modalidad Regular
MUNICIPAL DE LOS CÓRDOBAS VIGENCIA AUDITADA 2012
INFORME FINAL
CGDC- NOVIEMBRE - 2013
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Contralor Departamental de Córdoba Javier Alberto Cogollo Padilla
Vicecontralor Henrry Wiliam Genes Burgos
Jefe Oficina Control Fiscal Soad Zamira Spath Agamez
Equipo de Auditores:
Coordinador de Auditoría
Néstor Julio Rivas Ceballos
Integrantes del Equipo Auditor Diego E. Sánchez Caraballo
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TABLA DE CONTENIDO
Página
CARTA DE CONCLUSIONES 4
1. RESULTADO POR LÍNEAS DE AUDITORIA 6
1.1 IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS 6
1.2 EVALUACIÓN DE LOS RECURSOS DE FONDO DE SEGURIDAD
18
1.3 EVALUACIÓN DE LOS RECURSOS DE ESTAMPILLAS PRO CULTURA, PRO ANCIANATO Y PRO UNIVERSIDAD
21
1.5 EVALUACIÓN A LA CONTRATACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO
28
1.6 EVALUACIÓN DEL PROCESO DE MEJORAMIENTO CONTINUO
29
1.7 SEGUIMIENTO A LOS PLANES DE MEJORAMIENTO 32
1.8 SEGUIMIENTO A LAS FUNCIONES DE ADVERTENCIAS 33
1.8 OTRAS LINEAS DE AUDITORÍAS (TRANSFERENCIAS A LA PERSONERÍA MUNICIPAL
36
2 MATRIZ DE HALLAZGOS 37
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Montería, Doctor ALFREDO PLUTARCO TORRENTE PUPO Alcalde Municipal, encargado Los Córdobas – Córdoba Respetado doctor: La Contraloría Departamental de Córdoba con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 272 de la Constitución Nacional, practicó Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular a la Alcaldía Municipal de los Córdobas, correspondiente a la vigencia fiscal 2012, de forma transversal a los procesos financiero, gestión y resultados y Control de legalidad; con el fin de determinar si los recursos recibidos se administraron, cumpliendo los principios de eficiencia, economía y equidad. Es responsabilidad de la administración de la entidad el contenido de la información suministrada. La responsabilidad de la Contraloría Departamental de Córdoba consiste en producir un informe integral que contenga el concepto sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de Auditoría adoptados por la Contraloría Departamental de Córdoba, compatibles con las de general aceptación; por lo tanto, requirió, acorde con ellas, la planeación, la ejecución del trabajo y la elaboración del informe, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y opiniones expresados en este Informe. La auditoría incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan el manejo de los recursos de la entidad, y el cumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría Departamental de Córdoba.
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ALCANCE DE LA AUDITORÍA La auditoría a que se refiere el presente informe tuvo el siguiente alcance: Se desarrollaron las siguientes líneas de auditoría: Impuestos Directos e Indirectos, fondo de seguridad ciudadana, estampillas pro-cultura, pro-ancianato, pro-universidad, otras estampillas, proceso contractual (evaluación y seguimiento a la contratación pública etapa precontractual, contractual y postcontractual, régimen subsidiado, mejoramiento continuo, plan de mejoramiento y funciones de advertencia Los hallazgos se dieron a conocer oportunamente a la entidad dentro del desarrollo de la auditoría, las respuestas de la administración fueron analizadas y se incorporó en el informe, lo que se consideró pertinente. RELACIÓN DE HALLAZGOS En desarrollo de la presente auditoría, se estructuraron dieciséis (16) hallazgos administrativos, de los cuales nueve (9) tienen connotación disciplinaria, cuatro (4) tienen connotación fiscal por valor de $488.903.692 y uno (1) es de carácter penal, que de no ser controvertidos y sustentados por el Municipio, se estructuran en el Informe Final Atentamente, JAVIER ALBERTO COGOLLO PADILLA Contralor General del Departamento de Córdoba
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1. RESULTADO POR LÍNEAS DE AUDITORIA
1.1 Impuestos Directos e Indirectos
El presupuesto de ingresos y Gastos del Municipio de los Córdobas, administración central de la vigencia fiscal 2012 fue establecido por el concejo municipal mediante el acuerdo Nº 014 de noviembre 29 de 2011, por la suma de $18.484.775.000, liquidado por medio del decreto Nº 310 de diciembre 26 de 2011, por valor de $18.484.775.000, el cual presentó modificaciones de adiciones por valor de $6.872.714.7862 y reducciones por la suma de $4.515.466.720, estableciéndose un
presupuesto definitivo para la vigencia 2012, por cuantía de $20.842.023.060, donde
los ingresos corrientes de libre destinación apropiados equivalen a la suma de $1.868.264.000.
Hallazgo N° 01 No solicitud del concepto de legalidad del presupuesto
El presupuesto del municipio, que fue aprobado a través del acuerdo N° 008 de diciembre 15 de 2011, éste no fue remitido por el alcalde del municipio a la Gobernación de Córdoba, para evaluar su legalidad, incumpliendo con esta omisión con el numeral 10 del Artículo 305 de la constitución política de Colombia, en concordancia con la Ley 136 de 1994, conducta tipificada como falta disciplinaria gravísima, de conformidad con la Ley 734 de 2002. El anterior hallazgo es administrativo y disciplinario
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
Durante la vigencia fiscal 2012 el municipio de los Córdobas, según la ejecuciones presupuestales de ingresos y gastos reportadas al grupo auditor reporto adiciones presupuestales por valor de $6.872.714.786 y reducciones presupuestales por la cuantía de $4.515.466.720, para un presupuesto definitivo de $20.842.023.050.
1.1.1 Evaluación del recaudo y destinación los Impuestos directos e Indirectos del Municipio:
Recaudo de los Impuestos Directos e Indirectos
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En cuanto al recaudo de los impuestos Directos e indirectos del Municipio de los Córdobas en el año 2012 se estableció que los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (I.C.L.D) ejecutados por el Municipio fueron de $4.008.876.998, representado el 26.2% de los ingresos totales recaudado por el Municipio, que se situaron en $15.295.764.089
Dentro de los ingresos tributarios propios recaudados por el Municipio los de mayores relevancias fueron los de Impuesto predial Unificado, el cual se recaudó la suma de $95.583.797, sobretasa a la gasolina por la suma de $86.086.000.
A continuación describimos la ejecución presupuestal de ingresos Corrientes Libre Destinación (I.CL.D) del Municipio de los Córdobas en el año 2012.
CONCEPTO PRESUPUESTO
DEFINITIVO RECAUDADO
SALDO POR RECAUDAR
INGRESOS CORRIENTES 20.842.023.060 15.295.764.089 5.546.258.970
INGRESOS TRIBUTARIOS 1.176.400.000 1.321.076.119
Impuesto Predial Unificado 158.000.000 95.583.797 62.416.203
Industria y Comercio 6.000.000 0 6.000.000
Sobretasa a la Gasolina 70.000.000 86.085.000 0
Avisos y Tableros 1.200.000 0 1.200.000
Delineación Urbana 3.000.000 0 3.000.000
Espectáculos públicos municipales 1.000.000 84.000 916.000
Degüello de ganado menor 500.000 0 500.000
Sobretasa bomberil 2.000.000 1.049.930 950.070
ESTAMPILLAS 660.000.000 748.471.098 0
Estampillas para el bienestar del adulto mayor 350.000.000 427.973.473 0
Estampilla proelectrificacón rural 100.000.000 26.093.339 73.906.661
Estampillas pro universidades públicas 140.000.000 171.372.415 0
Estampillas prodeportes 0 26.521.146 0
NO TRIBUTARIOS
Tasas y Derechos 222.000.000 57.176.724 164.823.276
Multas y sanciones 500.000 70.000 430.000
Transferencias 18.144.308.406 12.677.440.447 5.446.867.928
Sistema General de Participaciones 8.921.371.802 7.930.821.509 990.550.293
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Transferencia de libre destinación 1.387.991.848 1.390.553.356 0
Educación 1.334.939.995 1.060.574.718 274.365.277
Salud 3.168.650.377 3.168.650.387 0
Agua Potable 1.173.883.900 518.826.328 655.057.572
Propósito General 1.855.905.682 1.792.216.720 63.688.962
FOSIGA 2.055.239.223 0 2.055.239.223
ETESA 12.000.000 11.616.057 389.943
Lo anterior nos indica que durante la vigencia fiscal 2012, el municipio de los córdobas, administración central, recaudo el 75.6% de los ingresos corrientes de libre destinación programados para la vigencia, donde los ingresos tributarios ascendieron a la suma de $182.802.727, donde los ingresos tributarios directos ascendieron a la suma de $181.668.797, y los indirectos a la cuantía de $1.333.930 y las transferencias del Sistema General de participación propósito general libre destinación fueron los ingresos corrientes de libre destinación de mayor ejecución en el municipio con una valor de $1.390.553.356.
Herramientas de Fiscalización Implementada por la Administración.
Hallazgo No 2 Herramienta Ineficaz de Fiscalización
El Municipio de los Córdobas, mediante Decreto número 019, del 30 de noviembre de 2009 “por medio de cual se adopta el Código de rentas, la normatividad sustantiva tributaria, el procedimiento tributario y el régimen sancionatorio tributario del municipio de los córdobas”
En este estatuto, en cuanto al impuesto predial, no se establecen los incentivos ó descuentos a dicho impuestos; adicionalmente se evidencia que no existe coherencia entre lo plasmado en el estatuto con la liquidación que emite el software de impuesto predial, ya que las tarifas no coinciden con lo establecido en el estatuto de rentas. El anterior hallazgo es administrativo.
Verificación del cobro de los Impuestos, según lo dispuesto en el
estatuto Rentas y a las leyes pertinentes.
Para la vigencia fiscal 2012 el Municipio los Córdobas, sus impuestos tributarios, están sustentados a través del acuerdo N° 019 de noviembre 30 de 2009.
Desde su creación hasta el año 2009 el estatuto de rentas del municipio de los Córdobas, no ha sufrido modificación.
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En este Estatuto de Rentas se realiza una definición de los Impuestos Tasas y contribuciones, igualmente se determina el régimen sancionatorio por el no pago de los impuestos y su tarifa según las bases grabables
Teniendo en cuenta que los impuestos establecidos en el mencionado estatuto, son los siguientes:
Impuesto Predial Unificado
Industria y Comercio
Avisos tableros y vallas
Impuesto sobre vehículo automotor
Impuesto a espectáculos públicos
Impuesto de degüello de ganado
Impuesto de delineación urbana
Impuesto sobre licencia de urbanismo y construcción
Impuesto a la publicidad exterior visual
Impuestos sobre rifas y apuestas
Sobretasa a la gasolina
Estampilla procultura
Sobretasa bomberil
Estampilla del centro de bienestar del anciano
Estampillas pro deporte
Estampillas prouniversidad
Impuesto de derechos por servicios técnicos de planeación
Impuesto por transporte de hidrocarburo
Contribución especial sobre contrato de obra.
Tasa por alumbrado público
Tasas regalías peajes transferencias del sector eléctrico y estampillas
Regalías por explotación de arena, cascajo, y piedra del lecho y cause de los
ríos y arroyo.
Tasa de plazas de ferias, coso municipal y corralejas
Registro y custodia de patentes marcas y herretes
Publicación de contratos (gaceta municipal)
Expedición de documentos
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Los anteriores impuestos dieron como resultado un recaudo de $931.273.825, para la vigencia fiscal de 2012.
De los ingresos tributarios, el equipo auditor realizó un análisis en cuanto a su ejecución y su destinación durante la vigencia fiscal 2012 al impuesto predial unificado, industria y comercio y sobretasa a la gasolina obteniendo el siguiente resultado.
IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
Hallazgo Nº 3 inadecuada liquidación del Impuesto Predial Unificado
Durante la vigencia fiscal 2012, el equipo auditor logró constatar que el municipio de los Córdobas, recaudó por este impuesto la suma de $95.583.797,00, sin embargo al realizar el análisis del recaudo de este impuesto aplicando lo establecido en el estatuto de rentas del municipio y la base de avaluó de los predios, establecidos por el Instituto Geográfico y adecuación de tierras (Agustín Codazzi), se logró establecer que en lo relacionado a este impuesto, el municipio de los Córdobas no aplicó lo establecido en su estatuto de renta, Acuerdo 019 de noviembre 30 de 2009 situación esta que trajo como consecuencia que el municipio le cobrara un menor valor a sus contribuyentes, a continuación discriminamos lo anterior.
Detrimento Numero de factura
459.211
379.966 678
26.490 148
260.990 265,249,272,273,274
23.757 1791
21.097 2212
13.264 2669
374.520 137,015
417.456 1271
55.254 1271
11.574 2057
36.221 2060
5.488 2065
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2.000 1068
13.000 1662
12.000 1653
24.000 1651
27.888 1612
27.124 1652
8.408 1054
19.224 1356
78.500 1362
126.236 1187
40.567 1836
6.007.218 370,367,369,217
692.826 331
28.062 1267
9.192.341
Como se puede observar, revisado en forma posterior y selectiva lo recaudado por el municipio de los Córdobas por impuesto predial unificado, durante la vigencia fiscal 2012, se observa que los contribuyentes relacionados anteriormente se les dejó de cobrar sin justificación alguna la suma de $9.192.341, situación ésta que es considerada como un peculado a favor a terceros, de conformidad a la ley 599 de 2000 y en una falta disciplinaria gravísima de conformidad con la ley 734 de 2002, debido a que no se cumplió lo establecido en el estatuto de rentas municipal, además se estructura un presunto detrimento fiscal por valor de $9.192.341 de conformidad con el artículo 6 de la Ley 610 de 2000. El anterior hallazgo es administrativo, disciplinario y fiscal.
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Hallazgo N° 4 Falta de Gestión En El Recaudo Del Impuesto De Industria Y Comercio
Durante la vigencia fiscal 2012 el municipio de los Córdobas, administración central, no mostró en la base de datos en donde se pudiera observar los establecimientos comerciales ubicados en la zona rural como tampoco en la zona urbana, contribuyentes éstos, que durante el año 2012 no cancelaron el impuestos de industria y comercio, pese que el municipio en su presupuesto de ingresos proyectó
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recaudar por este concepto la suma de $6.000.000. El anterior hallazgo es administrativo, disciplinario
Sobretasa a la Gasolina
Hallazgo Nº 5 No realización de seguimiento a las liquidaciones privadas de los contribuyentes
Durante la vigencia 2012 el municipio de los Córdobas recaudó por sobretasa a la gasolina la suma de $86.050.000, convirtiéndose este en el impuesto en el segundo en recaudo, después del impuesto predial, no obstante en el desarrollo de esta auditoría el grupo auditor logro constatar que el municipio durante la vigencia fiscal 2012 no ejerció control o supervisión a los contribuyentes sujetos de este impuesto, toda vez que no realizó seguimiento a las liquidaciones privadas realizadas por los contribuyentes. El anterior Hallazgo es administrativo.
Evaluación de la gestión realizada por la oficina de rentas o la que haga sus
veces para la recuperación de cartera de vigencias anteriores.
Hallazgo No. 6 Falta de gestión en la recuperación de cartera en el Impuesto Predial Unificado
En el desarrollo de esta auditoría el grupo auditor pudo establecer que la administración del Municipio de los Córdobas, no tiene conocimiento de cuánto asciende la suma de sus cuentas por cobrar por concepto de impuesto Predial Unificado ni de industria y comercio, a diciembre 31 de 2012. Para establecer las cuentas por cobrar de los impuestos antes anotados, se hizo necesario acudir a la plataforma chip. Reflejando que tiene cuentas por cobrar por concepto de predial unificado por valor de $304.931.000, e industria y comercio de $70.643.000, las cuales se describen a continuación:
Vigencias
Valor por cobrar
Predial Unificado Industria y comercio
2008 147.748.000 5.000.000
2009 2.821.000 46.621.000
2010 136.846.000 10.792.000
2011 17.516.000 8.230.000
Total 304.931.000 70.643.000
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Las anteriores cuentas por cobrar, el municipio ya perdió jurídicamente el derecho sobre el recaudo de éstas, toda vez que no inició los procesos jurídicos correspondientes para la recuperación de esta cartera.
Es importante precisar, que la Contraloría General del Departamento de Córdoba a través de la Función de advertencia No 027 de abril 28 de 2011 ha advertido a los Municipios sujetos de Control, entre los cuales figura el Municipio de los Córdobas, que deben realizar las gestiones para no dejar prescribir las cuentas por cobrar de los diferentes impuestos Municipales, por lo tanto debe realizar los procedimientos administrativos correspondientes, para no dejar prescribir sus Impuestos Municipales.
Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, el grupo auditor cuantifica un presunto detrimento patrimonial por valor de $152.748.000, por concepto de prescripciones en el cobro de los impuestos antes mencionados, ya que esta suma afecta el activo de la entidad. El anterior hallazgo es administrativo y fiscal
Evaluación de la aplicabilidad de la Ley 1386 de 2010 “Por la cual se prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a cualquier titulo, la administración de los diferentes tributos a particulares…”
En la vigencia fiscal 2012 el municipio de los Córdobas, le dio Cumplimiento a lo establecido en la ley 1386 de 2010, toda vez que el personal que realiza la administración y recudo de los impuestos Municipales está vinculado en la planta de personal del Municipio.
Evaluación de la aplicabilidad de la Ley 1066 de 2006 “Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública…”.
Hallazgo N° 07 Falta de gestión para la normalización de la cartera pública…”.
En la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas no le dio aplicabilidad a la ley 1066 de 2006, con la cual se dictan normas para normalización de la cartera pública, lo anterior evidenciado por su falta de gestión e ineficiencia en el recaudo de sus impuestos tributarios de vigencia actual y vigencias anteriores, especialmente el Impuesto Predial Unificado, evidenciándose en esta auditoría que el Municipio de los Córdobas no cuenta en su base de datos con el número de predios que hacen parte del Ente Territorial.
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El Municipio en la vigencia fiscal 2012, solo recaudó por impuesto predial unificado la suma de $95.583.797, es decir, el 63.72%, del valor total del impuesto programado recaudar en la vigencia, incluido vigencias anteriores. Así mismo, el municipio al momento de elaborar su presupuesto no tiene en cuenta el verdadero potencial de recursos que deben aportar los contribuyentes por este concepto, puesto que no tiene conocimiento del número de contribuyentes con que cuenta el municipio. El anterior hallazgo es administrativo, con incidencia fiscal, por la pérdida de recursos propios del municipio.
Destinación de los recursos de Ingresos Corrientes de Libre destinación del Municipio de los Córdobas vigencia fiscal 2012
Ejecución Presupuestal de Gastos e Ingresos Corrientes de Libre Destinación
Durante el desarrollo de la auditoria se pudo evidenciar, que en la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas, realizó compromisos presupuestales para financiar con recursos de ingresos corrientes de libre destinación por cuantía de $1.4.96.513.812, los cuales relacionamos a continuación
Descripción Valor Inicial Adiciones Reducciones Valor Total Ejecutado
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
1.603.311.200
- 2.452.630
1.496.513.812
1.268.782.942
ADMINISTRACION CENTRAL
1.603.311.200
- 2.452.630
1.496.513.812
1.268.782.942
GASTOS DE PERSONAL
517.481.356
- 2.452.630
498.814.528
460.361.461
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
391.142.112
- 2.452.630
319.709.169
314.509.169
SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
289.551.612
- -
253.266.510
248.066.510
SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
289.551.612
- -
228.266.510
228.266.510
AUXILIO DE TRANSPORTE
-
- -
-
-
A CONCEJALES
-
- -
25.000.000
19.800.000
PRIMAS LEGALES
65.112.919
- -
48.142.803
48.142.803
PRIMA DE VACACIONES
12.667.883
- -
10.596.786
10.596.786
PRIMA DE SERVICIOS
25.335.766
- -
18.836.333
18.836.333
PRIMA DE NAVIDAD
25.335.766
- -
18.709.684
18.709.684
BONIFICACION DE RECREACION POR VACACIONES
1.773.504
- -
-
-
INDEMNIZACIÓN POR VACACIONES
-
- -
-
-
15 ___________________________________________________________________________________
Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
Calle 25 No 8 - 54 Montería – Córdoba Teléfonos: 7820173 – 7822411 Fax(4) 7825040 Quejas y Reclamos 018000914810
E-Mail: [email protected] Web:www.contraloriadecordoba.gov.co
INDEMNIZACIÓN POR VACACIONES
-
- -
-
-
BONIFICACIÓN DE DIRECCIÓN
22.000.000
- 2.452.630
18.299.856
18.299.856
BONIFICACIÓN DE DIRECCIÓN
22.000.000
- 2.452.630
18.299.856
18.299.856
AUXILIO DE TRANSPORTE
-
- -
-
-
REAJUSTE SALARIAL 2012
14.477.581
- -
-
-
REAJUSTE SALARIAL 2012
14.477.581
- -
-
-
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
-
- -
49.326.800
49.326.800
Honorarios
-
- -
-
-
Honorarios
-
- -
49.326.800
49.326.800
Personal supernumerario
-
- -
-
-
CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA
126.339.244
- -
129.778.559
96.525.492
AL SECTOR PRIVADO
92.211.424
- -
94.863.710
77.895.958
APORTES DE PREVISIÓN SOCIAL
92.211.424
- -
94.863.710
77.895.958
APORTES PARA SALUD
24.322.335
- -
25.021.916
24.466.876
DE FUNCIONARIOS
24.322.335
- -
25.021.916
24.466.876
APORTES PARA PENSIÓN
36.483.503
- -
37.532.874
31.396.269
APORTES PARA PENSIÓN
36.483.503
- -
37.532.874
31.396.269
APORTES ARP
3.040.292
- -
3.127.740
1.339.962
APORTES ARP
3.040.292
- -
3.127.740
1.339.962
APORTES PARA CESANTÍAS
28.365.294
- -
29.181.180
20.692.851
APORTES PARA CESANTÍAS
28.365.294
- -
29.181.180
20.692.851
APORTES PARAFISCALES
34.127.820
- -
34.914.849
18.629.534
SENA
1.520.146
- -
1.563.870
1.091.777
ICBF
11.508.591
- -
11.770.934
6.189.270
ESAP
1.918.098
- -
1.961.822
1.030.982
CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
15.344.788
- -
15.694.578
8.252.151
INSTITUTOS TÉCNICOS
3.836.197
- -
3.923.645
2.065.354
GASTOS GENERALES
387.798.509
- -
424.215.874
422.003.072
ADQUISICIÓN DE BIENES
77.000.000
- -
106.256.450
106.256.450
COMPRA DE EQUIPOS
20.000.000
- -
8.400.000
8.400.000
16 ___________________________________________________________________________________
Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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COMPRA DE EQUIPOS
17.000.000
- -
15.600.000
15.600.000
MATERIALES Y SUMINISTROS
10.000.000
- -
10.720.000
10.720.000
MATERIALES Y SUMINISTROS
20.000.000
- -
20.304.000
20.304.000
OTROS GASTOS ADQUISICIÓN DE BIENES
10.000.000
- -
22.632.450
22.632.450
OTROS GASTOS ADQUISICIÓN DE BIENES
-
- -
28.600.000
28.600.000
ADQUISICION DE SERVICIOS
300.798.509
- -
317.959.424
315.746.622
CAPACITACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO
10.000.000
- -
68.826.491
68.826.491
CAPACITACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO
5.000.000
- -
19.978.134
19.978.134
CAPACITACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO
5.000.000
- -
48.848.357
48.848.357
IMPRESOS Y PUBLICACIONES
17.798.509
- -
5.000.000
5.000.000
IMPRESOS Y PUBLICACIONES
15.000.000
- -
5.000.000
5.000.000
IMPRESOS Y PUBLICACIONES
2.798.509
- -
-
-
SEGUROS
68.000.000
- -
79.037.485
79.037.485
SEGUROS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
-
- -
-
-
SEGUROS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
-
- -
-
-
SEGUROS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
-
- -
-
-
SEGUROS DE VIDA
23.000.000
- -
15.000.000
15.000.000
DEL ALCALDE
8.000.000
- -
-
-
DE LOS CONCEJALES (LEY 1148/07)
15.000.000
- -
15.000.000
15.000.000
PÓLIZA DE SEGURO DE SALUD PARA CONCEJALES (LEY 1148/07)
40.000.000
- -
32.900.000
32.900.000
PÓLIZA DE SEGURO DE SALUD PARA CONCEJALES (LEY 1148/07)
40.000.000
- -
32.900.000
32.900.000
OTROS SEGUROS
5.000.000
- -
31.137.485
31.137.485
OTROS SEGUROS
5.000.000
- -
31.137.485
31.137.485
ARRENDAMIENTOS
-
- -
39.000.000
39.000.000
Arrendamientos
-
- -
39.000.000
39.000.000
SERVICIOS PUBLICOS
120.000.000
- -
73.024.067
70.811.265
ENERGÍA
40.000.000
- -
34.663.167
34.663.167
ENERGÍA
65.000.000
- -
32.000.000
32.000.000
TELECOMUNICACIONES
10.000.000
- -
3.000.000
787.198
ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO
5.000.000
- -
3.360.900
3.360.900
17 ___________________________________________________________________________________
Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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VIATICOS Y GASTOS DE TRANSPORTE Y VIAJES
20.000.000
- -
1.454.951
1.454.951
DE FUNCIONARIOS
10.000.000
- -
1.308.235
1.308.235
DE FUNCIONARIOS
10.000.000
- -
146.716
146.716
GASTOS ELECTORALES
20.000.000
- -
10.000.000
10.000.000
GASTOS ELECTORALES
20.000.000
- -
10.000.000
10.000.000
OTROS GASTOS ADQUISICION DE SERVICIOS
15.000.000
- -
12.116.400
12.116.400
OTROS GASTOS DE ADQUISICION DE SERVICIOS
15.000.000
- -
12.116.400
12.116.400
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
30.000.000
- -
29.500.030
29.500.030
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
20.000.000
- -
19.600.000
19.600.000
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
10.000.000
- -
9.900.030
9.900.030
GASTOS DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL
10.000.000
- -
-
-
GASTOS DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL
10.000.000
- -
-
-
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
626.175.120
- -
568.769.149
381.704.148
MESADAS PENSIONALES
10.000.000
- -
10.000.000
1.143.888
MESADAS PENSIONALES
10.000.000
- -
10.000.000
1.143.888
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS-NIVEL TERRITORIAL
143.000.000
- -
142.945.800
2.945.800
A UNIVERSIDADES PÚBLICAS
140.000.000
- -
140.000.000
-
OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES A UNIVERSIDADES PUBLICAS
140.000.000
- -
140.000.000
-
A OTRAS ENTIDADES
3.000.000
- -
2.945.800
2.945.800
FEDECOM
3.000.000
- -
2.945.800
2.945.800
SOBRETASA AMBIENTAL -CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
24.700.000
- -
35.383.229
26.552.769
SOBRETASA AMBIENTAL -CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
24.700.000
- -
24.700.000
17.322.769
SOBRETASA AMBIENTAL -CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES vigencias anteriores
-
- -
10.683.229
9.230.000
OTRAS TRANFERENCIAS CORRIENTES
198.475.120
- -
203.305.120
185.781.220
CONCEJO
118.135.120
- -
118.135.120
100.611.220
MONTO MAXIMO DE LEY 617 DE 2000
118.135.120
- -
118.135.120
100.611.220
MONTO MAXIMO DE LEY 617 DE 2000
94.177.940
- -
94.177.940
94.177.940
Sesiones extraordinarias -
18 ___________________________________________________________________________________
Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
Calle 25 No 8 - 54 Montería – Córdoba Teléfonos: 7820173 – 7822411 Fax(4) 7825040 Quejas y Reclamos 018000914810
E-Mail: [email protected] Web:www.contraloriadecordoba.gov.co
23.957.180 - 23.957.180 6.433.280
PERSONERIA
80.340.000
- -
85.170.000
85.170.000
TRANSFERENCIAS POR LEY 617 DE 2000
80.340.000
- -
85.170.000
85.170.000
SENTENCIAS Y CONCILIACIONES
250.000.000
- -
177.135.000
165.280.471
SENTENCIAS Y CONCILIACIONES
250.000.000
- -
177.135.000
165.280.471
PAGO DÉFICIT DE FUNCIONAMIENTO
71.856.215
- -
4.714.261
4.714.261
CAUSADO CON POSTERIORIDAD AL 31 DE DIC DE 2000
71.856.215
- -
4.714.261
4.714.261
El anterior cuadro nos indica que durante la Vigencia fiscal 2012 el Municipio de los Córdobas, comprometió gastos para financiar con Ingresos corrientes de libre destinación (I.CL.D) por valor de $1.268.782.942, gastos éstos que fueron para Funcionamiento e inversión social de conformidad con la Ley 617 de 2000.
Pronunciamiento sobre la gestión, resultados y destinación de los recursos
propios.
Teniendo en cuenta las anotaciones registradas en los párrafos anteriores sobre el recaudo y la destinación de los recursos propios del Municipio de los Córdobas en la Vigencia fiscal 2012, se concluye que el ente Territorial no realizó un efectivo y eficiente recaudo de sus impuestos tributarios, no aplicó medidas eficientes para el recaudo de sus impuestos tributarios especialmente de vigencias anteriores para mejorar la autonomía financiera del municipio, por lo que se requiere darle aplicabilidad a la ley 1066 para que el municipio mejore el recaudo de sus impuestos propios.
2.1.2 Evaluación del recaudo y la correcta destinación y uso de los recursos del fondo de seguridad ciudadana.
La Contribución Sobre Contratos (Fondo Cuenta Seguridad Ciudadana) del municipio de los Córdobas, tiene incorporado esta contribución este en su código de rentas con una base gravable del 5%, De conformidad a la Ley 418 de 1997, Ley 548 de 1999, Ley 782 de 2002, Ley 1106 de 2006 y la Ley 1421 2010, recursos que se invertirán en:
Dotación para material de guerra
Reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones
19 ___________________________________________________________________________________
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Compra de equipos de comunicación
Montaje y operación de redes de inteligencia
Recompensas a personas que colaboren con la justicia y seguridad de las
mismas
Servicios Personales de dotación
Raciones para agentes y soldados o en la realización de gastos destinados a
generar un ambiente que propicie la seguridad
La preservación del orden público(Ley 782 del 2002)
En general todas aquellas inversiones que generen la convivencia y la
seguridad en el municipio.
Hallazgo N° 8 Inconsistencias en el Recaudo
Durante la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas, según la ejecución de ingresos a 31 de diciembre de 2012, recaudó la suma de $371.629.415, mientras que los extractos bancarios recaudó por concepto de contribución por contrato de obra civiles, la suma de $143.931.688, recursos que fueron manejados a través de la cuenta corriente N° 0-2747-000364-4 -Banco Agrario, presentando diferencia con lo relacionado en la ejecución de ingresos a 31 de diciembre de 2012 de $223.697.727, a continuación describimos lo anterior.
Cta. Bancaria N° 0-2747-000364-4 -Banco Agrario
Mes saldo inicial Ingresos Egresos Gravamen mov fros Saldo Final
Enero 225.831.675 7.348.431 75.905.680 0 157.274.426
Febrero 157.274.426 1.068.609 7.855.218 0 150.487.817
Marzo 150.487.817 0 0 0 150.847.817
Abril 150.487.817 0 2.535.540 0 147.952.277
mayo 147.952.277 0 74.622.500 0 73.329.777
junio 73.329.777 0 6.462.002 0 66.867.775
julio 66.867.775 0 7.590.498 0 59.277.277
agosto 59.277.277 0 0 0 59.277.277
septiembre 59.277.277 45.215.678 100.117.920 0 4.375.035
octubre 4.375.035 0 2.406.489 0 1.968.546
Noviembre 1.968.546 0 0 0 1.968.546
Diciembre 1.968.546 90.298.970 1.929.114 0 90.338.401
20 ___________________________________________________________________________________
Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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TOTALES 143.931.688 279.424.961 0.00 90.338.401
La anterior situación se presenta por debilidades de control, la falta de mecanismos de seguimiento y monitoreo a la ejecución presupuestal conllevando a un control inadecuado de recursos, originando inconsistencias en los datos tomados para las áreas financieras de la entidad. Este hallazgo es de tipo administrativo Destinación y pagos de Recursos Fondo Cuenta de Seguridad Ciudadana vigencia fiscal 2012.
Respecto a la destinación de estos recursos el grupo auditor logró constatar que durante las vigencia fiscal 2012 el municipio de los Córdobas, ejecutó estos de acuerdo a lo establecido en la Ley 418 de 1997, a continuación relacionamos los contratos que se suscribieron por este concepto, los cuales ascendieron a la cuantía de $197.267.720
Número Contrato Contratista Objeto Valor
CS - CDP - 129 - 2012
Hernán Ramón Rodríguez Martínez
Suministro de gasolina y ACPM, para los vehículos de la fuerza pública, de organismo de seguridad que realizan actividades de inteligencia en la jurisdicción del municipio de los córdobas 150.000.000
PCMC-005-2012
José Rafael Naranjo Aviléz
Reparación y mantenimiento de un vehículo automotor tipo camioneta adscrita a la estación de policía del municipio de los córdobas 15.192.720
No presenta
Lucimar García Serrano
Apoyo a la oficina de atención al ciudadano en la estación de policía de los córdobas 1.800.000
CPSC_CDP336-2012
Fundación Gestión y Calidad de Vida
Prestación de servicios para la enseñanza a menores y padres de familia del uso de la pólvora durante la época decembrina en en municipio de los córdobas 25.000.000
Observaciones La fundación presenta propuesta económica “ en donde expresa el valor total de la presente propuesta para la atención, prevención de enfermedades y entrega de mercados a la población de Morindó Santana y el Ebano, afectados por la ola invernal en el municipio de los córdobas, por valor de $25.000.000. Resolución sin número del 18 de diciembre de 2012, por la cual se justifica una contratación directa. Resolución sin número del 18 de diciembre de 2012, por medio de la cual se adjudica la contratación directa. Póliza Nº 300026198 de aseguradora Cóndor expedida el 21 de diciembre de 2012, aprobada por medio de la resolución sin número de fecha 27 de diciembre de 2012, (un día antes de finalizar el contrato) Etapa Contractual: Contrato Nº CPSP CDP336 de 2012, firmado el día 18 de diciembre de
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Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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2012. Acta de inicio de fecha 18 de septiembre de 2012, sin firma de la representante legal de la fundación. Etapa Poscontractual: acta de finalización sin fecha ni firma Orden de pago Nº 496 del 26 de diciembre de 2012 Observaciones: en los estudios previos establecen que el término de duración es de un mes; En la primera hoja de contrato “termino dice 10 días, y en la cláusula cuarta del contrato Plazo; el plazo para la ejecución del contrato s de CINCO (05) días
No Presenta Fundación Florecer
Confección y elaboración de 25 uniformes para la policía cívica juvenil, conformada por niños de 7 a 14 años, que tiene como objetivo primordial realizar actividades de prevención 5.275.000
TOTAL 197.267.720
2.1.3 Evaluación del recaudo y la correcta destinación y uso de los recursos de la estampilla pro- cultura, pro- Ancianato y transferencia oportuna de la estampilla pro-universidad
El municipio de los Córdobas para la vigencia 2012, tiene implementado cinco (5), estampillas las cuales relacionamos a continuación
Estampilla Pro Ancianato
Estampilla Pro Cultura
Estampilla Pro Deporte
Estampilla Pro Universidad
Estampilla Pro Electrificación rural
Estampilla Pro Ancianato
La estampilla Pro Ancianato del municipio de los Córdobas se encuentra establecida mediante acuerdo N° 019 de 3 noviembre de 2009 por el concejo municipal, el cual presenta una base gravable del 4% del valor de los contratos ó actos administrativos. Cuando el acto sea sin cuantía no podrá exceder de un (1) salario mínimo legal diario
Durante la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas recaudó por concepto de estampilla pro-Ancianato, según ejecución de ingresos, la suma de $427.973.473.
Estos recursos fueron manejados a través de la cuenta corriente N° 552079998 del banco de Bogotá, y cuenta de ahorro N° 552080871 del Banco de Bogotá oficina Montería, con el nombre de Municipio de los Córdobas Pro- Ancianato, no obstante,
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se presenta una diferencia entre lo reflejado en la ejecución presupuestal de ingresos con lo reflejado en los extractos bancarios, la sumatoria de los recaudado según extractos bancarios es de $369.793.250, La anterior situación se presenta por debilidades de control, la falta de mecanismos de seguimiento y monitoreo a la ejecución presupuestal conllevando a un control inadecuado de recursos, originando inconsistencias en los datos tomados para las áreas financieras de la entidad
Cta. Bancaria N° 552079998 -Banco de Bogotá
Mes saldo inicial Ingresos Egresos Gravamen mov fros Saldo Final
Febrero 0.00 16.132.700 16.132.700 0 0.00
Marzo 0.00 10.754.300 10.754.300 0 0.00
Mayo 0.00 54.730.219 53.781.500 0 948.719
Julio 948.719 52.132.451 50.985.478 0 2.095.692
Agosto 2.095.692 15.000.000 16.929.500 0 166.192
Septiembre 166.192 71.318.339 42.832.700 0 28.650.679
Diciembre 28.650.679 123.963.529 109.552.500 0 43.061.708
TOTALES 344.031.538 300.968.678 0 43.061.708
Cta. Bancaria Ahorro N°0552080871 -Banco de Bogotá
Mes saldo inicial Ingresos Egresos Intereses pagados Saldo Final
Enero a marzo 15.786.244 25.761.712 26.954.300 470.463 15.065.149
Abril a junio 15.064.149 0 0 102.084 15.166.233
Julio a septiembre 15.166.233 0 15.000.000 90.335 256.568
Octubre a diciembre 256.568 0 0
2.072 258.640
TOTAL
25.761.712 41.954.300
664.954
258.640
Hallazgo Administrativo
Hallazgo N° 09 Pago de Contratos financiados con recursos de la estampilla Pro Ancianato, sin la evidencia del cumplimiento de objeto contractual
Destinación y Pagos de Recursos de Estampilla Pro Ancianato vigencia fiscal 2012.
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Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
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Nº contrato fecha
Nombre del contratista
Objeto Duración Valor Observaciones
154 del 16 de mayo de 2012
Fundación Educativa Vocacional ó Sila Magut Arrieta Polo
Fortalecer y promocionar actividades de capacitación, asistencia técnica para consolidad procesos de participación comunitaria, igual que la atención a la población con discapacidad y asesorar y organizar los procesos de archivos generales de la alcaldía de los córdobas
45 días 43.900.000 El archivo se encuentra en total desorden, así mismo el software del archivo no tiene ninguna información
130 de fecha mayo 18 de 2012
Servicios Integrales, empresariales y de gestión LTDA “SIGEP LTDA” ó Lucelys del Carmen Ramos Vidal
Asistencia técnica de la cadena productiva doble propósito con énfasis en leche y apoyo a otras cadenas productivas a los corregimiento del municipio de los córdobas
2 meses 50.000.000 Según acta de liquidación se evidencia que el contratista no cumplió con los 2 meses estipulados en dicho contrato, faltando por culminar 7 días, por lo tanto debían ser descontados estos 7 días por valor de $5.833.333,falta de informe del supervisor, fichas de visita sin firma del asistente técnico, como evidencia solo se tienen 30 visitas y algunas fotografías, las cuales no cumplen con el objeto contractual, adicionalmente se videncia que el asesor no es idóneo su profesión con el objeto principal del contrato, anexo copia hoja de vida asistente.
161 del 11 de mayo de 2012
Servicios Integrales, empresariales y de gestión LTDA “SIGEP LTDA” Lucelys del Carmen Ramos Vidal
Diseño y entrega del plan de seguridad alimentaria del municipio de los córdobas
15 días 60.000.000 Al pago no se le realizó el descuento de estampillas pro ancianato y pro universidad, no se evidenció cumplimiento del objeto contratado
158 del 15 de mayo de 2012
Fundación Educativa Vocacional ó Sila Margut Arrieta Polo
Apoyo a la secretaria de planeación municipal en el desarrollo del estudio técnico de estratificación socioeconómica urbana y rural del municipio de los córdobas
2 meses 70.000.000 Los certificados de antecedentes disciplinarios, fiscales y penales son expedidos con posterioridad a la firma del contrato, Se solicitó a la oficina de planeación, quien es el interventor del contrato
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certificación del cumplimiento del objeto contratado, éste certificó el incumplimiento del mismo. Detrimento $70.000.000
El anterior cuadro nos muestra la ejecución de los recursos de la Estampilla Pro Ancianato del municipio durante la vigencia fiscal 2012, en la cual se presenta una inadecuada ejecución de estos recursos.
Teniendo en cuenta lo anterior se estructura como un presunto detrimento patrimonial el valor del mencionado contrato que asciende a la suma de $163.900.000, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 610 de 2000, ya que se observa un menoscabo a los recursos del municipio de Los Córdobas.
El anterior hallazgo es administrativo con connotación fiscal
Estampilla Pro Cultura
La estampilla Pro Cultura del municipio de Los Córdobas fue adoptada en el Capitulo 11, artículo 94 del acuerdo N° 019 de noviembre 30 de 2009 por el concejo municipal, el cual constituye como base gravable: el valor del contrato suscrito, factura ó cuenta de cobro que se paguen en la secretaría de hacienda ó quien haga sus veces
La base gravable para esta estampilla es del 1%, de todas las cuentas y órdenes que se paguen en la secretaría de hacienda o quien haga sus veces
Según el artículo 98 del mencionado acuerdo, estos recursos serán destinados así: el 10%, para seguridad social del creador y del gestor cultural independientemente que no estén afiliados a salud.
El 20% debe destinarse al fondo de pensiones de la entidad destinataria de los recursos.
El 70% se destinarán a proyectos culturales del municipio, las cuales serán destinadas para estimular y proporcionar la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales, participar en la dotación de los diferentes
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centros y casas culturales y en general, propiciar la infraestructura de las expresiones culturales. Fomentar la capacitación técnica y cultural del creador y del gestor cultural. Apoyar los diferentes programas de expansión cultural y artística.
Durante la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas, según ejecución presupuestal de ingresos, recaudó por concepto de estampilla Pro cultura la suma de $96.510.259, presentando diferencia de $34.876.357 con los ingresos que presentan los extractos bancarios
Los recursos de estampilla Pro cultura, durante la vigencia fiscal 2012, fueron manejados a través de la cuenta corriente N° 552080004 del banco de Bogotá, oficina Montería, con el nombre de Municipio de los Córdobas Pro-cultura y en la cuenta de ahorro Nº 552080889 del banco de Bogotá, oficina Montería, con el nombre de Municipio de los Córdobas Pro-cultura, según los extractos presentados hubo ingresos por $61.633.902, tal como se ilustra a continuación
Cta. Corriente N° 552080004 -Banco de Bogotá
Mes saldo inicial Ingresos Egresos Gravamen mov fros Saldo Final
Mayo 0 25.341.666 10.464.309 0 14.877.357
Junio 14.877.357 8.000.000 22.317.000 0 560.357
Julio 560.357 22.000.000 22.317.000 0 243.357
TOTALES 55.341.666 55.098.309 0 243.357
Cta. de Ahorro N° 552080889 -Banco de Bogotá
Mes saldo inicial Ingresos Egresos Intereses pagados Saldo Final
Enero a marzo 18.718.904 6.292.236 0 330.526 25.341.666
Abril a junio 25.341.666 0 25.341.666 163.924 163.924
Julio a septiembre 163.924 0 0 1.196 165.120
Octubre a diciembre
165.120 0 0 1.252 166.372
TOTALES 6.292.236 25.341.666 496.898 166.372
Destinación y Pagos de Recursos de Estampilla Pro Cultura vigencia fiscal 20112
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Destinación de los recursos Pro- Cultura
Nº contrato fecha
Nombre del contratista
Objeto Duración Valor Observaciones
146 del 18 de mayo de 2012
Fundación vientos del mar
Apoyo a la secretaria de gobierno en la implementación de proyectos artísticos conservación de patrimonio cultural, atención y apoyo a madres cabeza de hogar y apoyo a la población reinsertada en el municipio de los córdobas
2 meses 96.849.000 Póliza Nº 300024971 de aseguradora Cóndor expedida el 4 de junio de 2012. Fecha de aprobación de póliza anterior a la expedición de la misma. Firma de estudios previos posterior a la firma del contrato. El objeto del contrato no coincide con la imputación presupuestal gastos suntuarios. Según acta de liquidación y el último pago realizado, se evidencia que este contrato finalizó el día 9 de julio de 2012. No se evidencia informe de interventoría
Convenio 003 del 19 de enero de 2012
Fundación Nueva Ilusión o Máxima E Talaigua Arrieta
Apoyar la implementación de estrategias orientadas a fomentar la interacción, participación, motivación en actividades recreativas, lúdicas y culturales determinando la atención integral al adulto mayor en el municipio de los córdobas
7 meses 240.000.000 Teniendo en cuenta la cuantía, la destinación de la estampilla proancianato, este contrato no debió ser celebrado mediante convenio sino por licitación pública ya que supera la menor cuantía, no se evidencia un impacto social de dicho contrato, no se evidencia cumplimiento del objeto contratado, no hay informe de cumplimiento por parte del interventor
Hallazgo No. 10 No identificación de los gestores y creadores culturales del municipio. De acuerdo a la ejecución de ingresos, corroborada con certificación expedida por el Tesorero Municipal, por concepto de la estampilla pro cultura el municipio recaudó la suma de $96.510.259, debió destinar de este monto para atender el pasivo pensional la suma de $19.302.052, en cumplimiento a la ley 863 de 2003 que en su artículo 47
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establece: “RETENCIÓN POR ESTAMPILLAS. Los ingresos que perciban las entidades territoriales por concepto de estampillas autorizadas por la ley, serán objeto de una retención equivalente al veinte por ciento (20%) con destino a los fondos de pensiones de la entidad destinataria de dichos recaudos. En caso de no existir pasivo pensional en dicha entidad, el porcentaje se destinará al pasivo pensional del respectivo municipio o departamento”, incumpliendo lo establecido en la norma citada. Por lo tanto podía disponer de los recursos de estampilla pro cultura la suma de 77.208.207 y de estos destinar el 10% para la Seguridad Social del Creador y del Gestor Cultural conforme dice la ley 797 de 2003 en su artículo 24. Por lo anterior la administración incumplió lo citado en las normas descritas, debido a que no existe en el municipio registro o base de datos de quienes son los gestores culturales del Municipio de los Córdobas, para que la administración municipal cumpla con el pago de la seguridad social de estos, por lo anterior la conducta asumida por a alcaldía municipal de los Córdobas, durante la vigencia fiscal 2012, de no identificar los gestores y creadores culturales y de incumplir las Leyes 797 y 863 de 2003, se tipifica como una falta disciplinaria de conformidad con la Ley 734 de 2002. El anterior hallazgo es administrativo con connotación disciplinaria
Estampilla Pro Universidad
Hallazgo Nº 11 incumplimiento en las transferencias de los recursos de la estampilla prouniversidad y desviación de los mismos
La estampilla Pro Universidad del municipio está establecida mediante acuerdo Número 019 del 30 de noviembre de 2009, por el concejo municipal. Tiene tarifa del 2% sobre todas las operaciones y actos contractuales que realice el municipio.
El hecho generador lo constituyen todos los actos y documentos señalados en la Ordenanza 21 de 2004, emanada de la Asamblea Departamental de Córdoba.
Se pudo constatar mediante extractos bancarios, que el municipio de los Córdobas recaudó por concepto de estampilla Pro-Universidad la suma de $93.256.693, los cuales fueron manejados a través de la cuenta de ahorro N° 552078487 del banco de Bogotá, oficina Montería, con el nombre Fondo Universidad, a continuación describimos lo anterior
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Cta. Bancaria N° 552078487 -Banco Bogotá
Meses de 2012 saldo inicial Ingresos Egresos Gravamen mov fros
Intereses pagados
Saldo Final
Enero a marzo 122.432.140 93.256.693 208.125.213 2.576 629.257 8.190.301
Abril a junio 8.190.301 0 0 0 60.060 8.250.361
Julio a septiembre 8.250.361 0 0 0 61.703 8.312.064
Octubre a diciembre 8.312.064 0 0 0 73.600 8.385.664
Meses de 2013
Enero a marzo 8.385.664 0 0 0 49.143 8.434.806
Abril a junio 8.434.806 0 0 0 58.222 8.493.028
No obstante se evidencia que a 31 de diciembre de 2012, solo reposan en la cuenta la suma de $8.385.664.
Mediante certificación expedida por el Tesorero Municipal señor Jorge Luis Bascarán Álvarez, y ejecución presupuestal de ingresos, vigencia 2012, por concepto de estampillas pro universidad de córdoba, ingresó la suma de $171.372.415, recursos estos que a la fecha de auditoría no fueron transferidos a la Universidad de Córdoba, como tampoco reposan en la cuenta donde se manejan estos recursos. Evidenciándose un presunto detrimento patrimonial en la suma de $163.063.351, de conformidad con el Artículo 6 de la Ley 610 de 2000 y penal de conformidad a la ley 599 de 2000.
5.0 Seguimiento a la contratación de Régimen Subsidiado. El Municipio de los Córdobas mediante Resolución N°008-1 del 25 de enero de 2012, realizó un compromiso presupuestal, para financiar el aseguramiento de las personas afiliadas al régimen subsidiado de salud durante el periodo enero a 31 de diciembre de 2012, en la cual se determina un valor de $6.471.414.086,40, para el aseguramiento de 16.366 afiliados registrados cargados en BDUA, discriminadas por fuente de financiación y cofinanciación del régimen subsidiado, según el siguiente detalle. Compromisos presupuestales
Estimado SGP Ultima Doceava 2011-conpes 145
Estimado SGP Once Doceavas 2012
Recursos esfuerzo Propios Enero –
Total Recursos esfuerzo propio Enero – diciembre 2012
Fosyga enero –diciembre 2012
Fosyga para cubrir PPNA
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diciembre 2012
240.169.286,00 2.768.792.835,61 166.491.047,00 536.043.295,00 2.055.239.222,79 704.678.400,00
Hallazgo N° 12 Debilidades en la vigilancia de las EPS En la revisión a las Disposiciones de la Ley 1438 de 2011 y el Decreto 971 de 2011 referencia a la Administración de los recursos de Régimen Subsidiado y el estado de ejecución de estos con las E.P.S-S y el ente Territorial, se observó que el Municipio No contrato una firma auditora, según el art. 14 del Decreto 971 de 2011, el ente territorial tiene la obligación de vigilar de forma permanente a las EPS para que cumplan sus funciones. Esta obligación tampoco fue ejercida por la Secretaria de Salud Municipal. Quien debe hacer seguimiento y control de los recursos de régimen subsidiado, a través de auditorías internas a los procesos de atención, accesibilidad y oportunidad del servicio de salud a los usuarios, revisión de base de datos de afiliados por EPS, para tener certeza que se cumpla con la entrega de medicamentos, asignación de citas médicas de manera oportuna, y evitar las demoras en la autorización de procedimientos, duplicidades y multiafiliacion de afiliación en las EPS. Es importante recordarle a la administración Municipal, que debe seguir con el seguimiento a la contratación del régimen subsidiado, para evaluar a las EPS otros aspectos importantes de cumplimiento a la administración de Régimen Subsidiado como son: verificar la estructura de la red contratada para la prestación de los servicios de salud, propuesta por las E.P.S-S que garantice del acceso a los servicios y cubra todos los niveles de atención contemplados en el plan de beneficios de manera Oportuna, el pago oportuno a la red prestadora de servicios de acuerdo con los términos establecidos por la norma, como también verificación de la utilización del porcentaje de UPC-S destinados para la prestación del servicio (incluida la promoción, prevención , alto costo y reserva). Este hallazgo es de tipo administrativo, con incidencia disciplinaria y queda en cabeza de la secretaria de Salud Municipal LILIANA JULIO GALVIS, identificada con cédula de ciudadanía número 35.116.187. 2.5 Proceso de Mejoramiento Continuo 2.4 .1Evaluación del Sistema de Control Interno y Calidad
Hallazgo N° 13 Deficiencias en el Control Interno
El Control Interno de la Alcaldía de los Córdobas, estaba asignada a la Secretaría de Gobierno Municipal; a partir del día 21 de agosto de 2012, mediante Decreto Nº 073
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se nombró a Ana Patricia Benítez Sfer para que ejercieran estas funciones en propiedad. En el desarrollo del proceso auditor se puedo verificar que la Alcaldía Municipal de los Córdobas, presenta alto grado de riegos que impiden el logro de los objetivos misionales de la entidad dado que no se realiza control, seguimiento y evaluación a la gestión de la entidad por parte de la Oficina de Control Interno, al no promover una sana administración de los recursos públicos en las entidades en el marco de una adecuada estructura del control interno, no controla que se ejecuten las operaciones de acuerdo a criterios de efectividad, eficiencia y economía, en los procesos de la entidad que permitan proteger y conservar los recursos públicos contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. Así mismo, el Jefe de la Oficina de Control interno no cumple con las funciones establecidas en el cargo, al no realizar el seguimiento a la gestión de la entidad mediante las auditorias de control Interno durante la vigencia 2012, no tienen implementado el MECI, lo anterior conduce al incumplimiento de lo establecido en la ley 87 de 1993 y el Decreto 1599 de 2005. Se programaron realizar auditorías en el mes de noviembre de 2012, a las dependencias de: Recursos humanos (al Manual de funciones), en el municipio no tienen manual de funciones de acuerdo con la planta de cargo. Tesorería (a fondo cuenta, recado y soportes legales de los contratos). Presupuesto (a ejecución de ingresos y gastos). Inventario (a inventario de la entidad), no se evidenció que se hayan efectuados estas auditorías La administración no tiene garantizado los espacios y las instalaciones necesarias para el correcto funcionamiento de sus archivos, el manejo de la documentación, no obedece a los principios archivísticos, no han implementado ninguna acción que contrarreste esta deficiencia, en conclusión hay un incumplimiento total de la norma en lo relacionado con el proceso de gestión documental y a la Ley 87 de 1993 y al Decreto 1599 de 2000, conducta esta que es tipificada como falta disciplinarias, de conformidad con la Ley 734 de 2002. No se elaboraron planes de acción La Alcaldía no ha establecido un Código de Ética, el Manual de Procesos y Procedimientos, versión 2.0, de fecha 20 de diciembre de 2012 está incompleto, no ha sido socializado En lo que respecta al grado de cumplimiento del sistema de control interno gestión de calidad, reportados por el municipio al Departamento Administrativo de la función
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Pública, este no presenta puntaje en Calidad. El MECI reportó un cumplimiento del 64.53%, situación ésta que no corresponde a la realidad, toda vez que el Municipio no implementó políticas y mecanismos de verificación y evaluación como herramientas de auto control y aplicación de acciones correctivas garantizando que el sistema de control interno dispusiera de sus propios mecanismos de verificación y evaluaciones para el cumplimiento de sus objetivos y el desarrollo de funciones. Entidad : ALCALDIA MUNICIPAL LOS CÓRDOBAS
Entidad con Informe Ejecutivo
PUNTAJE CALIDAD : No presento Ver Concepto Calidad
PUNTAJE MECI : 64,53 % Ver Rangos de Calificacion
ELEMENTOS AVANCE(%) COMPONENTES AVANCE(%) SUBSISTEMAS AVANCE(%)
Acuerdos,compromisos o
protocolos éticos 100
AMBIENTE DE
CONTROL 95
CONTROL
ESTRATÉGICO 76
Desarrollo de talento humano
96
Estilo de Dirección 88
Planes y programas 100
DIRECCIONAMIENTO
ESTRATÉGICO 84
Modelo de operación por
procesos 76
Estructura organizacional 65
Contexto estratégico
46 ADMINISTRACIÓN DE
RIESGOS 46
Identificación de riesgos
Análisis de riesgos
Valoración de riesgos
Politicas de administración
de riesgos
Políticas de Operación 100
ACTIVIDADES DE CONTROL
100
CONTROL DE
GESTIÓN 58
Procedimientos 100
Controles 100
Indicadores 100
Manual de procedimientos 100
Información Primaria 64
INFORMACIÓN 46 Información Secundaria 8
Sistemas de Información 10
Comunicación Organizacional 8 COMUNICACIÓN 34
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Comunicación informativa 31 PÚBLICA
Medios de comunicación 80
Autoevaluación del control 100 AUTOEVALUACIÓN 75
CONTROL DE
EVALUACIÓN 60
Autoevaluación de gestión 50
Evaluación independiente al
Sistema de Control Interno 100 EVALUACIÓN
INDEPENDIENTE 94
Auditoria Interna 89
Planes de Mejoramiento
Institucional 13
PLANES DE
MEJORAMIENTO 11
Planes de mejoramiento por
Procesos 7
Plan de Mejoramiento
Individual
2.5.2 Seguimiento a los planes de mejoramiento y a las Funciones de
advertencias.
Seguimiento a los Planes de Mejoramiento
Hallazgo N° 14 incumplimiento a la suscripción del plan de Mejoramiento
El Municipio de Los Córdobas, durante la vigencia fiscal 2012, no suscribió planes de mejoramiento con la Contraloría General del Departamento de Córdoba, con ocasión a auditoría practicada a la vigencia 2011, donde presentaba 17 acciones de mejoras las cuales fueron evaluadas por el grupo auditor logrando constatar que a la fecha de esta auditoría ha subsanado o Cumplido con 2 acciones, es decir, el 11.76% y 15 acciones, lo que equivale al 88.24% permanecen sin cumplir, a continuación relacionamos las acciones que no ha implementado el Municipio.
Falta de gestión
Falta de implementación de herramientas para el recaudo de sus impuestos
Falta de gestión en su recuperación de cartera y prescripción de la misma.
Incumplimiento de del reglamento interno de cartera
Inconsistencia en el recaudo de estampillas
Incumplimiento de contratos
Ineficiencia en la utilización de los recursos
Falta de previsión e improvisación en la suscripción de contratos
Falta de interventoría a los contratos de régimen subsidiado
Deficiencias en el control interno
33 ___________________________________________________________________________________
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Incumplimiento en suscripción del plan de mejoramiento.
Incumplimiento de las obligaciones contractuales
Cuentas canceladas sin los soportes
El anterior hallazgo es administrativo con incidencia Disciplinaria
Seguimiento a las Funciones de Advertencias
Hallazgo N° 15 incumplimiento a las funciones de advertencia
Con relación a las circulares y Funciones de Advertencia de la vigencia 2012, Emitidas por este ente de Control, a continuación se detallan las acciones realizadas por la Administración Municipal.
Circular N° 029 de Diciembre de 2012, sobre el cumplimiento de la resolución 1447 de 2009 y 5194 de 2010, emitida por el Ministerio de Protección Social, por medio de la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerio, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres En la auditoría practicada a la vigencia 2012, se constató mediante la ejecución presupuestal de gastos que la administración municipal no invirtió en programas tendientes a la construcción de cementerios ni morgues. Debido a que en el rubro 1505113 Mejoramiento y mantenimiento de plazas de mercado, mataderos, cementerios, parques, apropiaron inicialmente, la suma de $20.000.000, cifra ésta que fue reducida en su totalidad. En el municipio de Los Córdobas, existe un cementerio municipal que se presume público, pero no posee escritura pública, el cual no tiene administración encarga del mantenimiento del mismo. El cementerio municipal no cuenta con un área para la disposición final de cadáveres no identificados o no reclamados. Las áreas de los cementerios no están señalizadas con una placa visible, ni sus diferentes dependencias y respectivas vías de circulación. En el acceso principal no existe mecanismo o sistema de información y orientación a la entrada que muestre al público usuario la ubicación de las diferentes instalaciones. En cuanto a la recolección y disposición de residuos sólidos, se pudo constatar que en el interior del cementerio se realizan quemas de los residuos generados en los procesos de exhumación, además se observó que las bóvedas en su mayoría se
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encuentran en estado de deterioro a tal punto que se observan los restos humanos de los difuntos (huesos) y prendas pertenecientes a éstos, además las bóvedas están totalmente tapadas por la maleza, tal como se evidencia en el registro fotográfico.
Bóvedas abiertas con prendas de los difuntos dentro Huesos de seres humanos a la intemperie
Huesos de seres humanos a la intemperie Huesos de seres humanos a la intemperie
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Bóvedas abiertas con restos humanos dentro Morgue
Bóvedas totalmente tapadas por la maleza Cause del Rio los Córdobas a 100 metros del cementerio
El cementerio en la parte posterior no tiene cerramiento alguno, y colinda con el Río Los Córdobas; éste se encuentra abierto todos los días permitiendo el acceso de personas y animales sin control alguno. A un lado del cementerio se encuentran viviendas habitadas por personal de la comunidad. El cementerio no cuenta con celador a cargo del municipio, la actividad de sepulturero la ejerce un particular, quien se gana el sustento colaborando a dolientes sepultando a los difuntos
Las bóvedas asignadas a cadáveres no identificados (NN), deben estar marcadas de forma adecuada, incluyendo como mínimo datos de individualización como los dígitos del protocolo de necropsia (asignado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses), los dígitos de la noticia criminal o acta de inspección a cadáver (en caso de necropsias realizadas por médicos rurales) y fecha de necropsia, esta marcación debe ser de carácter indeleble y permanente para facilitar
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su posterior ubicación. El anterior hallazgo es Administrativo con Connotación Disciplinaria
Circular N°011 de marzo de 2012: Prevención sobre el cumplimiento de la inclusión de deuda por concepto de Energías en el Marco Fiscal Mediano Plazo. Revisado el marco fiscal a mediano plazo realizado por la administración Municipal, se observó que en este se incluyeron las deudas por concepto de servicios públicos que se registraban en el Municipio, cumpliendo así las disposiciones establecidas en la Función de Advertencia.
2.6 Presupuesto Auditado Año 2012
Año
Valor Presupuesto
Definitivo
Valor Presupuesto
Recaudado
Valor Presupuesto
Ejecutado
Valor Presupuesto
Auditado
2012 20.842.023.060 15.295.764.089 18.181.060.421 8.798.500.000
3.0 Otras líneas de auditorías que se presenten en la ejecución del proceso auditor en cumplimiento del objeto del memorando Hallazgo N° 16 incumplimiento de las transferencias a la personería Municipal La administración municipal de los Córdobas, durante la vigencia fiscal de 2012, no trasfirió los recursos que debe transferirá a la Personería Municipal, durante los meses de enero y febrero, transferencias que ascienden la al suma de $13.390.000 En la vigencia fiscal de 2013, les adeudan a la Personería las transferencias de los meses de mayo, junio, julio y agosto, por valor total de $29.751.752. Se requiere a la Administración Central del Municipio de los Córdobas para que le gire las sumas que le corresponden por concepto de transferencias que no le han sido giradas, meses de (enero y febrero de 2012), y meses de (mayo, junio, julio y agosto de 2013), para que ésta pueda atender gastos de funcionamiento, tales como, pago de sueldos, primas, vacaciones, cesantías, aportes a las entidades prestadoras de salud, etc., del personal que desempeña sus labores en la citada entidad, y así el municipio dar cumplimiento al artículo 177 de la ley 136 de 1994.
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MATRIZ CONSOLIDACION DE HALLAZGOS
ENTIDAD AUDITADA: ALCALDIA MUNICIPAL DE LOS CÓRDOBAS VIGENCIA: 2012
N° Descripción de Hallazgos Cuantía e Pesos ($)
TIPO DE HALLAZGO
A F D P
1 Hallazgo N° 01 No solicitud del concepto de legalidad del presupuesto
El presupuesto del municipio, que fue aprobado a través del acuerdo N° 008 de diciembre 15 de 2011, éste no fue remitido por el alcalde del municipio a la Gobernación de Córdoba, para evaluar su legalidad, incumpliendo con esta omisión con el numeral 10 del Artículo 305 de la constitución política de Colombia, en concordancia con la Ley 136 de 1994
X
2 Hallazgo No 2 Herramienta Ineficaz de Fiscalización
El Municipio de los Córdobas, mediante Decreto número 019, del 30 de noviembre de 2009 “por medio de cual se adopta el Código de rentas, la normatividad sustantiva tributaria, el procedimiento tributario y el régimen sancionatorio tributario del municipio de los córdobas”
En este estatuto, en cuanto al impuesto predial, no se establecen los incentivos ó descuentos a dicho impuestos; adicionalmente se evidencia que no existe coherencia entre lo plasmado en el estatuto con la liquidación que emite el software de impuesto predial, ya que las tarifas no coinciden con lo establecido en el estatuto de rentas
X
3
Hallazgo Nº 3 inadecuada liquidación del Impuesto Predial Unificado
Durante la vigencia fiscal 2012, el equipo auditor logró constatar que el municipio de los Córdobas, recaudó por este impuesto la suma de $95.583.797,00, sin embargo al realizar el análisis del recaudo de este impuesto aplicando lo establecido en el estatuto de rentas del municipio y la base de avaluó de los predios, establecidos por el Instituto Geográfico y adecuación de tierras (Agustín Codazzi), se logró establecer que en lo relacionado a este impuesto, el municipio de los Córdobas no aplicó lo establecido en su estatuto de renta, Acuerdo 019 de noviembre 30 de 2009 situación esta que trajo como consecuencia que el municipio le cobrara un menor valor a sus contribuyentes, a continuación discriminamos lo anterior.
9.192.341 X X X
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Detrimento Numero de factura
459.211 379.966 678
26.490 148
260.990 265,249,272,273,274
23.757 1791
21.097 2212
13.264 2669
374.520 137,015
417.456 1271
55.254 1271
11.574 2057
36.221 2060
5.488 2065
2.000 1068
13.000 1662
12.000 1653
24.000 1651
27.888 1612
27.124 1652
8.408 1054
19.224 1356
78.500 1362
126.236 1187
40.567 1836
6.007.218 370,367,369,217
692.826 331
28.062 1267
9.192.341
Como se puede observar, revisado en forma posterior y selectiva lo recaudado por el municipio de los Córdobas por impuesto predial unificado, durante la vigencia fiscal 2012, se observa que los contribuyentes relacionados anteriormente se les dejó de cobrar sin justificación alguna la suma de $9.192.341, situación ésta que es considerada como un
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peculado a favor a terceros, de conformidad a la ley 599 de 2000 y en una falta disciplinaria gravísima de conformidad con la ley 734 de 2002, debido a que no se cumplió lo establecido en el estatuto de rentas municipal, además se estructura un presunto detrimento fiscal por valor de $9.192.341 de conformidad con el artículo 6 de la Ley 610 de 2000
4 Hallazgo N° 4 Falta de Gestión En El Recaudo Del Impuesto De Industria Y Comercio
Durante la vigencia fiscal 2012 el municipio de los Córdobas, administración central, no mostró en la base de datos en donde se pudiera observar los establecimientos comerciales ubicados en la zona rural como tampoco en la zona urbana, contribuyentes éstos, que durante el año 2012 no cancelaron el impuestos de industria y comercio, pese que el municipio en su presupuesto de ingresos proyectó recaudar por este concepto la suma de $6.000.000
X X
5 Hallazgo Nº 5 No realización de seguimiento a las liquidaciones privadas de los contribuyentes
Durante la vigencia 2012 el municipio de los Córdobas recaudó por sobretasa a la gasolina la suma de $86.050.000, convirtiéndose este en el impuesto en el segundo en recaudo, después del impuesto predial, no obstante en el desarrollo de esta auditoría el grupo auditor logro constatar que el municipio durante la vigencia fiscal 2012 no ejerció control o supervisión a los contribuyentes sujetos de este impuesto, toda vez que no realizó seguimiento a las liquidaciones privadas realizadas por los contribuyentes
X
6 Hallazgo No. 6 Falta de gestión en la recuperación de cartera en el Impuesto Predial Unificado
En el desarrollo de esta auditoría el grupo auditor pudo establecer que la administración del Municipio de los Córdobas, no tiene conocimiento de cuánto asciende la suma de sus cuentas por cobrar por concepto de impuesto Predial Unificado ni de industria y comercio, a diciembre 31 de 2012. Para establecer las cuentas por cobrar de los impuestos antes anotados, se hizo necesario acudir a la plataforma chip. Reflejando que tiene cuentas por cobrar por concepto de predial unificado por valor de $304.931.000, e industria y comercio de $70.643.000, las cuales se describen a continuación:
Vigencias
Valor por cobrar
Predial Unificado Industria y comercio
2008 147.748.000 5.000.000
152.748.000 X X
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2009 2.821.000 46.621.000
2010 136.846.000 10.792.000
2011 17.516.000 8.230.000
Total 304.931.000 70.643.000
Las anteriores cuentas por cobrar, el municipio ya perdió jurídicamente el derecho sobre el recaudo de éstas, toda vez que no inició los procesos jurídicos correspondientes para la recuperación de esta cartera.
Es importante precisar, que la Contraloría General del Departamento de Córdoba a través de la Función de advertencia No 027 de abril 28 de 2011 ha advertido a los Municipios sujetos de Control, entre los cuales figura el Municipio de los Córdobas, que deben realizar las gestiones para no dejar prescribir las cuentas por cobrar de los diferentes impuestos Municipales, por lo tanto debe realizar los procedimientos administrativos correspondientes, para no dejar prescribir sus Impuestos Municipales.
Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, el grupo auditor cuantifica un presunto detrimento patrimonial por valor de $152.748.000, por concepto de prescripciones en el cobro de los impuestos antes mencionados, ya que esta suma afecta el activo de la entidad.
7 Hallazgo No 07 Falta de gestión para la normalización de la cartera pública…”.
En la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas no le dio aplicabilidad a la ley 1066 de 2006, con la cual se dictan normas para normalización de la cartera pública, lo anterior evidenciado por su falta de gestión e ineficiencia en el recaudo de sus impuestos tributarios de vigencia actual y vigencias anteriores, especialmente el Impuesto Predial Unificado, evidenciándose en esta auditoría que el Municipio de los Córdobas no cuenta en su base de datos con el número de predios que hacen parte del Ente Territorial. El Municipio en la vigencia fiscal 2012, solo recaudó por impuesto predial unificado la suma de $95.583.797, es decir, el 63.72%, del valor total del impuesto programado recaudar en la vigencia, incluido vigencias anteriores. Así mismo, el municipio al momento de elaborar su presupuesto no tiene en cuenta el verdadero potencial de recursos que deben aportar los contribuyentes por este concepto, puesto que no tiene conocimiento del número de contribuyentes con que cuenta el municipio
X X
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8 Hallazgo N° 8 Inconsistencias en el Recaudo
Durante la vigencia fiscal 2012, el municipio de los Córdobas, según la ejecución de ingresos a 31 de diciembre de 2012, recaudó la suma de $371.629.415, mientras que los extractos bancarios recaudó por concepto de contribución por contrato de obra civiles, la suma de $143.931.688, recursos que fueron manejados a través de la cuenta corriente N° 0-2747-000364-4 -Banco Agrario, presentando diferencia con lo relacionado en la ejecución de ingresos a 31 de diciembre de 2012 de $223.697.727 La anterior situación se presenta por debilidades de control, la falta de mecanismos de seguimiento y monitoreo a la ejecución presupuestal conllevando a un control inadecuado de recursos, originando inconsistencias en los datos tomados para las áreas financieras de la entidad
X
9 Hallazgo N° 09 Pago de Contratos financiados con recursos de la estampilla Pro Ancianato, sin la evidencia del cumplimiento de objeto contractual
Teniendo en cuenta el incumplimiento del objeto contractual se estructura como un presunto detrimento patrimonial el valor del mencionado contrato que asciende a la suma de $163.900.000, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 610 de 2000, ya que se observa un menoscabo a los recursos del municipio de Los Córdobas
163.900.000 X X
10 Hallazgo No. 10 No identificación de los gestores y creadores culturales del municipio. De acuerdo a la ejecución de ingresos, corroborada con certificación expedida por el Tesorero Municipal, por concepto de la estampilla pro cultura el municipio recaudó la suma de $96.510.259, debió destinar de este monto para atender el pasivo pensional la suma de $19.302.052, en cumplimiento a la ley 863 de 2003 que en su artículo 47 establece: “RETENCIÓN POR ESTAMPILLAS. Los ingresos que perciban las entidades territoriales por concepto de estampillas autorizadas por la ley, serán objeto de una retención equivalente al veinte por ciento (20%) con destino a los fondos de pensiones de la entidad destinataria de dichos recaudos. En caso de no existir pasivo pensional en dicha entidad, el porcentaje se destinará al pasivo pensional del respectivo municipio o departamento”, incumpliendo lo establecido en la norma citada. Por lo tanto podía disponer de los recursos de estampilla pro cultura la suma de 77.208.207 y de estos destinar el 10% para la Seguridad Social del Creador y del Gestor Cultural conforme dice la ley 797 de 2003 en su artículo 24.
X X
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Por lo anterior la administración incumplió lo citado en las normas descritas, debido a que no existe en el municipio registro o base de datos de quienes son los gestores culturales del Municipio de los Córdobas, para que la administración municipal cumpla con el pago de la seguridad social de estos, por lo anterior la conducta asumida por a alcaldía municipal de los Córdobas, durante la vigencia fiscal 2012, de no identificar los gestores y creadores culturales y de incumplir las Leyes 797 y 863 de 2003, se tipifica como una falta disciplinaria de conformidad con la Ley 734 de 2002. El anterior hallazgo es administrativo con
11 Hallazgo Nº 11 incumplimiento en las transferencias de los recursos de la estampilla prouniversidad y desviación de los mismos
La estampilla Pro Universidad del municipio está establecida mediante acuerdo Número 019 del 30 de noviembre de 2009, por el concejo municipal. Tiene tarifa del 2% sobre todas las operaciones y actos contractuales que realice el municipio.
El hecho generador lo constituyen todos los actos y documentos señalados en la Ordenanza 21 de 2004, emanada de la Asamblea Departamental de Córdoba.
Se pudo constatar mediante extractos bancarios, que el municipio de los Córdobas recaudó por concepto de estampilla Pro-Universidad la suma de $93.256.693, los cuales fueron manejados a través de la cuenta de ahorro N° 552078487 del banco de Bogotá, oficina Montería, con el nombre Fondo Universidad, a continuación describimos lo anterior
Cta. Bancaria N° 552078487 -Banco Bogotá
Meses de 2012 saldo inicial Ingresos Egresos Gravamen mov fros
Intereses pagados
Saldo Final
Enero a marzo 122.432.140 93.256.693 208.125.213 2.576 629.257 8.190.301
Abril a junio 8.190.301 0 0 0 60.060 8.250.361
Julio a septiembre 8.250.361 0 0 0 61.703 8.312.064
Octubre a diciembre 8.312.064 0 0 0 73.600 8.385.664
Meses de 2013
Enero a marzo 8.385.664 0 0 0 49.143 8.434.806
Abril a junio 8.434.806 0 0 0 58.222 8.493.028
No obstante se evidencia que a 31 de diciembre de 2012, solo reposan en la cuenta la suma de $8.385.664.
163.063.351 X X X
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Mediante certificación expedida por el Tesorero Municipal señor Jorge Luis Bascarán Álvarez, y ejecución presupuestal de ingresos, vigencia 2012, por concepto de estampillas pro universidad de córdoba, ingresó la suma de $171.372.415, recursos estos que a la fecha de auditoría no fueron transferidos a la Universidad de Córdoba, como tampoco reposan en la cuenta donde se manejan estos recursos. Evidenciándose un presunto detrimento patrimonial en la suma de $163.063.351, de conformidad con el Artículo 6 de la Ley 610 de 2000
12 Hallazgo N° 12 Debilidades en la vigilancia de las EPS En la revisión a las Disposiciones de la Ley 1438 de 2011 y el Decreto 971 de 2011 referencia a la Administración de los recursos de Régimen Subsidiado y el estado de ejecución de estos con las E.P.S-S y el ente Territorial, se observó que el Municipio No contrato una firma auditora, según el art. 14 del Decreto 971 de 2011, el ente territorial tiene la obligación de vigilar de forma permanente a las EPS para que cumplan sus funciones. Esta obligación tampoco fue ejercida por la Secretaria de Salud Municipal. Quien debe hacer seguimiento y control de los recursos de régimen subsidiado, a través de auditorías internas a los procesos de atención, accesibilidad y oportunidad del servicio de salud a los usuarios, revisión de base de datos de afiliados por EPS, para tener certeza que se cumpla con la entrega de medicamentos, asignación de citas médicas de manera oportuna, y evitar las demoras en la autorización de procedimientos, duplicidades y multiafiliacion de afiliación en las EPS. Es importante recordarle a la administración Municipal, que debe seguir con el seguimiento a la contratación del régimen subsidiado, para evaluar a las EPS otros aspectos importantes de cumplimiento a la administración de Régimen Subsidiado como son: verificar la estructura de la red contratada para la prestación de los servicios de salud, propuesta por las E.P.S-S que garantice del acceso a los servicios y cubra todos los niveles de atención contemplados en el plan de beneficios de manera Oportuna, el pago oportuno a la red prestadora de servicios de acuerdo con los términos establecidos por la norma, como también verificación de la utilización del porcentaje de UPC-S destinados para la prestación del servicio (incluida la promoción, prevención , alto costo y reserva). Este hallazgo es de tipo administrativo, con incidencia disciplinaria y queda en cabeza de la secretaria de Salud Municipal LILIANA JULIO GALVIS, identificada con cédula de ciudadanía número 35.116.187
X X
12 Hallazgo N° 13 Deficiencias en el Control Interno X X
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El Control Interno de la Alcaldía de los Córdobas, estaba asignada a la Secretaría de Gobierno Municipal; a partir del día 21 de agosto de 2012, mediante Decreto Nº 073 se nombró a Ana Patricia Benítez Sfer para que ejercieran estas funciones en propiedad. En el desarrollo del proceso auditor se puedo verificar que la Alcaldía Municipal de los Córdobas, presenta alto grado de riegos que impiden el logro de los objetivos misionales de la entidad dado que no se realiza control, seguimiento y evaluación a la gestión de la entidad por parte de la Oficina de Control Interno, al no promover una sana administración de los recursos públicos en las entidades en el marco de una adecuada estructura del control interno, no controla que se ejecuten las operaciones de acuerdo a criterios de efectividad, eficiencia y economía, en los procesos de la entidad que permitan proteger y conservar los recursos públicos contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. Así mismo, el Jefe de la Oficina de Control interno no cumple con las funciones establecidas en el cargo, al no realizar el seguimiento a la gestión de la entidad mediante las auditorias de control Interno durante la vigencia 2012, no tienen implementado el MECI, lo anterior conduce al incumplimiento de lo establecido en la ley 87 de 1993 y el Decreto 1599 de 2005. Se programaron realizar auditorías en el mes de noviembre de 2012, a las dependencias de: Recursos humanos (al Manual de funciones), en el municipio no tienen manual de funciones de acuerdo con la planta de cargo. Tesorería (a fondo cuenta, recado y soportes legales de los contratos). Presupuesto (a ejecución de ingresos y gastos). Inventario (a inventario de la entidad), no se evidenció que se hayan efectuados estas auditorías La administración no tiene garantizado los espacios y las instalaciones necesarias para el correcto funcionamiento de sus archivos, el manejo de la documentación, no obedece a los principios archivísticos, no han implementado ninguna acción que contrarreste esta deficiencia, en conclusión hay un incumplimiento total de la norma en lo relacionado con el proceso de gestión documental y a la Ley 87 de 1993 y al Decreto 1599 de 2000, conducta esta que es tipificada como falta disciplinarias, de conformidad con la Ley 734 de 2002.
14 Hallazgo N° 14 incumplimiento a la suscripción del plan de Mejoramiento
El Municipio de Los Córdobas, durante la vigencia fiscal 2012,
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no suscribió planes de mejoramiento con la Contraloría General del Departamento de Córdoba, con ocasión a auditoría practicada a la vigencia 2011, donde presentaba 17 acciones de mejoras las cuales fueron evaluadas por el grupo auditor logrando constatar que a la fecha de esta auditoría ha subsanado o Cumplido con 2 acciones, es decir, el 11.76% y 15 acciones, lo que equivale al 88.24% permanecen sin cumplir, a continuación relacionamos las acciones que no ha implementado el Municipio.
Falta de gestión
Falta de implementación de herramientas para el recaudo de sus impuestos
Falta de gestión en su recuperación de cartera y prescripción de la misma.
Incumplimiento de del reglamento interno de cartera
Inconsistencia en el recaudo de estampillas
Incumplimiento de contratos
Ineficiencia en la utilización de los recursos
Falta de previsión e improvisación en la suscripción de contratos
Falta de interventoría a los contratos de régimen subsidiado
Deficiencias en el control interno
Incumplimiento en suscripción del plan de mejoramiento.
Incumplimiento de las obligaciones contractuales
Cuentas canceladas sin los soportes
El anterior hallazgo es administrativo con incidencia Disciplinaria
15 Hallazgo N° 15 incumplimiento a las funciones de advertencia
Con relación a las circulares y Funciones de Advertencia de la vigencia 2012, Emitidas por este ente de Control, a continuación se detallan las acciones realizadas por la Administración Municipal.
Circular N° 029 de Diciembre de 2012, sobre el cumplimiento de la resolución 1447 de 2009 y 5194 de 2010, emitida por el Ministerio de Protección Social, por medio de la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerio, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres
X X
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Efectividad y Oportunidad en el Control a la Gestión Pública
Calle 25 No 8 - 54 Montería – Córdoba Teléfonos: 7820173 – 7822411 Fax(4) 7825040 Quejas y Reclamos 018000914810
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En la auditoría practicada a la vigencia 2012, se constató mediante la ejecución presupuestal de gastos que la administración municipal no invirtió en programas tendientes a la construcción de cementerios ni morgues. Debido a que en el rubro 1505113 Mejoramiento y mantenimiento de plazas de mercado, mataderos, cementerios, parques, apropiaron inicialmente, la suma de $20.000.000, cifra ésta que fue reducida en su totalidad. En el municipio de Los Córdobas, existe un cementerio municipal que se presume público, pero no posee escritura pública, el cual no tiene administración encarga del mantenimiento del mismo. El cementerio municipal no cuenta con un área para la disposición final de cadáveres no identificados o no reclamados. Las áreas de los cementerios no están señalizadas con una placa visible, ni sus diferentes dependencias y respectivas vías de circulación. En el acceso principal no existe mecanismo o sistema de información y orientación a la entrada que muestre al público usuario la ubicación de las diferentes instalaciones. En cuanto a la recolección y disposición de residuos sólidos, se pudo constatar que en el interior del cementerio se realizan quemas de los residuos generados en los procesos de exhumación, además se observó que las bóvedas en su mayoría se encuentran en estado de deterioro a tal punto que se observan los restos humanos de los difuntos (huesos) y prendas pertenecientes a éstos, además las bóvedas están totalmente tapadas por la maleza, tal como se evidencia en el registro fotográfico.
16 Hallazgo N° 16 incumplimiento de las transferencias a la personería Municipal La administración municipal de los Córdobas, durante la vigencia fiscal de 2012, no trasfirió los recursos que debe transferirá a la Personería Municipal, durante los meses de enero y febrero, transferencias que ascienden la al suma de $13.390.000 En la vigencia fiscal de 2013, les adeudan a la Personería las transferencias de los meses de mayo, junio, julio y agosto, por valor total de $29.751.752. Se requiere a la Administración Central del Municipio de los Córdobas para que le gire las sumas que le corresponden por concepto de transferencias que no le han sido giradas, meses de (enero y febrero de 2012), y meses de (mayo, junio, julio y agosto de 2013), para que ésta pueda atender gastos de
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Calle 25 No 8 - 54 Montería – Córdoba Teléfonos: 7820173 – 7822411 Fax(4) 7825040 Quejas y Reclamos 018000914810
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funcionamiento, tales como, pago de sueldos, primas, vacaciones, cesantías, aportes a las entidades prestadoras de salud, etc., del personal que desempeña sus labores en la citada entidad, y así el municipio dar cumplimiento al artículo 177 de la ley 136 de 1994.
Total 488.903.692 16 4 9 1
Equipo Auditor
NÉSTOR J. RIVAS CEBALLOS DIEGO E. SÁNCHEZ CARABALLO Coordinador Auditor