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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS DEPARTAMENTO ACADEMICO DE CIENCIAS ECONOMICAS INFORME FINAL PRACTICA PRE PROFESIONAL “ANALISIS DE LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO” Presentado por: SALDAÑA FONSCA, KROL LUDENDORF Asesor: Econ. BAZAN RIVERA, JIMMY 1

Informe Final Ppp Krol

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EN ESTE DOCUMENTO DE PRACTICA SE DESCRIBE LA TRIBUTACION MUNICIPAL Y SUS RESULTADOS A MEDIANO PLAZO EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO - REGION HUANUCO - PERU

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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVAFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVASDEPARTAMENTO ACADEMICO DE CIENCIAS ECONOMICAS

INFORME FINAL

PRACTICA PRE PROFESIONAL

ANALISIS DE LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

Presentado por:

SALDAA FONSCA, KROL LUDENDORF

Asesor:

Econ. BAZAN RIVERA, JIMMY

Tingo Mara Per

2014

UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVAFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVASDEPARTAMENTO ACADEMICO DE CIENCIAS ECONOMICAS

INFORMACION BASICA DE LA PRACTICA PRE PROFESIONAL

TITULOANALISIS DE LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

ENTIDAD : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

LUGAR : TINGO MARIA

ESPECIALIDAD : ECONOMIA

EJECUTOR : SALDAA FONSECA, KROL LUDENDORF

ASESOR : Econ. BAZAN RIVERA, JIMMY

FECHAS : 16 DE OCTUBRE - 16 DE FEBRERO

.. ..A mis amados padres, Elda y Jorge, por el constante apoyo y la confianza depositada durante el transcurso de mi formacin profesional. A mis amados padres, Elda y Jorge, por el constante apoyo y la confianza depositada durante el transcurso de mi formacin profesional.

Econ. BAZAN RIVERA, JIMMY SALDAA FONSECA, KROL ASESOR EJECUTORDEDICATORIA

A Dios, por haberme dado la vida y la oportunidad de contribuir a la sociedad.

A mis amados padres, Luden y Mery, por el constante apoyo y la confianza depositada durante el transcurso de mi formacin profesional.

A mis hermanos Jessica, Martin, quienes son la razn de mi superacin y la fuente constante de apoyo moral para culminar mi carrera profesional.A mis hermanas Irina, Natalia y MeyLin, quienes son la razn de mi superacin y la fuente constante de apoyo moral para culminar mi carrera profesional.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A todos mis amigos por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

A mis tos Pedro y Darlym, por el apoyo incondicional en todo momento de mi vida.

AGRADECIMIENTO

A mi alma mater, la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA, por brindarme el servicio de aprender y compartir en todo momento, los conocimientos.

A la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO. Por permitirme realizar mis prcticas pre - profesionales que contribuyen el proceso de mi formacin profesional.

Al Eco. JIMMY, BAZAN RIVERA, asesor del presente informe de prcticas pre-profesionales, por su dedicacin y orientacin en el desarrollo y culminacin del presente informe de prcticas.

A todos los catedrticos de la Especialidad de Economa por sus enseanzas que permiti ampliar mis conocimientos

INDICEDEDICATORIAAGRADECIMIENTOINDICEINTRODUCCION

CAPITULO IASPECTOS GENERALES 1.1 OBJETIVOS DE LA PRACTICA

1.1.1 OBJETIVO GENERAL....091.1.2 OBJETIVO ESPECIFICO...09

1.2 INFORMACION GENERAL DE LA PROVINCIA DE LEONCIO PRADO

1.2.1 RESEA HISTORICA ...091.2.2 UBICACIN GEOGRAFICA..101.2.3 POBLACION.101.2.4 LIMITES.101.2.5 DIVISION..11DISTRITO JOSE CRESPO Y CASTILLO12DISTRITO DANIEL ALOMIAS ROBLES.13DISTRITO HERMILIO VALDIZAN15DISTRITO PADRE FELIPE LUYANDO...16DISTRITO RUPA RUPA.18DISTRITO MARIANO DAMASO BERAUN 201.3 INFORMACION GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO1.3.1 LA MUNICIPALIDAD ....211.3.2 DATOS DE IDENTIFICACION.211.3.3 PROPOSITO DE LA MPLP..21 a. MISION....21 b. VISION.211.3.4 FINALIDAD FUNCIONEES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCION a. FINALIDAD.21 b. FUNCIONES..22 c. OBJETIVOS...221.3.5 JERARQUIAS DE LAS UNIDADES ORGANICAS...231.3.6 ESTRUCTURA ORGANICA. ...25

CAPITULO IILA MOROSIDAD Y LA TRIBUTACION EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO2.1 BASE LEGAL..26 2.1.1 CONSTITUCION POLITICA DEL PERU26 2.1.2 LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES.28 2.1.3 LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL.28 2.1.4 CODIGO TRIBUTARIO..29 2.2 LA MOROSIDAD..30 2.2.1 CONCEPTO.30 2.2.2 CALCULO DE LA MOROSIDAD..30 2.2.3 CALCULO DEL INDICE DE MOROSIDAD31

2.3 TRIBUTOS.....31 2.1.1 CONCEPTO.....31 2.1.2 TIPOS DE TRIBUTOS....31a. IMPUESTO MUNICIPAL........32i. IMPUESTO PREDIAL.....32ii. IMPUESTO DE ALCABALA...33iii. IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR...35iv. IMPUESTO A LAS APUESTAS.38v. IMPUESTOS A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS.39b. CONTRIBUCIONES....41c. TASAS......41i. ARBITRIOS....41ii. DERECHOS...41iii. LICENCIAS....412.4 GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ...411. NATURALEZA....412. RESPONSABILIDAD....423. CANALES DE COORDINACION....424. FUNCIONES...42a. FUNCION BASICA...42b. FUNCION GENERAL..435. LINEA DE AUTORIDAD...442.3.1 SUB-GERENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA...45a. FUNCION ESPECIFICA..45b. LINEA DE DEPENDENCIA....46c. GRADO DE RESPONSABILIDAD46

2.3.2 SUB-GERENCIA DE CONTROLTRIBUTARIO Y ORIENTACION AL CONTRIBUYENTE..47a. FUNCION ESPECIFICA..47b. LINEA DE DEPENDENCIA....49c. GRADO DE RESPONSABILIDAD....49

CAPITULO IIIANALISIS DE LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

3.1 LA RECAUDACION TRIBUTARIA..503.1.1 RECAUDACION TRIBUTARIA TRIMESTRAL..503.1.2 RECAUDACION TRIBUTARIA ANUAL..513.2 LA BASE IMPONIBLE...533.2.1 BASE IMPONIBLE TRIMESTRAL...533.2.2 BASE IMPONIBLE ANUAL....533.3 ANALISIS DE LA MOROSIDAD.....553.3.1 ANALISIS DE LA MOROSIDAD TRIMESTRAL553.3.2 ANALISIS DE LA MOROSIDAD ANUAL563.3.3 INDICE DE MOROSIDAD.573.3.4 ANALIS COMPARATIVO....58

CONCLUSIONES RECOMENDACINBIBLIOGRAFIAINTRODUCCION

El presente documento denominado MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENYES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO, constituye el plan de prcticas, el cual se contempla en la estructura curricular de la especialidad de economa y est desarrollada en base al reglamento de prcticas Pre- Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas y Administrativas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.Las prcticas pre profesionales constituyen uno de los primeros pasos dentro del contexto profesional, es aqu donde las primeras perspectivas y experiencias se van formando, constituye a su vez un arquetipo del carcter y la predisposicin objetiva que servirn de base, para que en un futuro el nuevo profesional sea capaz de asumir responsabilidades, dirigir la marcha de pequeas, medianas y grandes organizaciones o donde la necesidad de su presencia humana y su calidad profesional lo requiere.La ejecucin de este plan de prcticas de prcticas pre- profesionales tiene por objetivo contrastar, verificar y aplicar los conocimientos acadmicos y tericos adquiridos durante la formacin acadmica en la especialidad de economa y la participacin en la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado permitir conocer el grado de morosidad de los contribuyentes del impuesto predial, referido a la recaudacin tributaria que todo gobierno local tiene derecho a ser participe, con la finalidad de complementar mi formacin profesional en sta rea.

CAPITULO II. ASPECTOS GENERALES

1.1 OBJETIVOS DE LA PRACTICA1.1.1 OBJETIVO GENERAL Analizar y evaluar el la recaudacin del impuesto predial en la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado.

1.1.2 OBJETIVO ESPECIFICO Evaluar y determinar el ndice de morosidad Analizar la recaudacin tributaria Analizar la relacin entre morosidad y recaudacion1.2 INFORMACION GENERAL DE LA PROVINCIA DE LEONCIO PRADO1.2.1 RESEA HISTORICA TINGO proviene de la palabra quechuaTINCCOque significa encuentro, el cual hace referencia a la unin de los ros Monzn y Huallaga que se unen a la altura del Puente Corpac, para el nombre de MARIA se tiene referencia que existi una pobladora que viva en el margen de la unin de estos ros, esta pobladora atenda a las personas que transitaban por los afluentes del rio Huallaga, brindndoles hospedaje y alimentacin. Otras versiones afirman que se encontr en ese lugar una mujer ahogada y cuyo nombre era MARIA. La historia seala a Don Martin Alcantara como la primera autoridad encargada de la entonces RUPA RUPA regin conformada por los indios de HUANUCO, este encargo le fue asignado por Don Francisco Pizarro Gobernador del PERU en 1539, posteriormente en 1548 el entonces Don Pedro de la Gazca presidente de los reinos del Per, nombro al capitn Gomez Arias Davila como encargado de las regiones colindantes a RUPA RUPA y no fue hasta 1557 que el Virrey Hurtado de Mendoza le concedi el ttulo de Gobernador del Imperio de RUPA RUPA. Este en compaa de Fray Jurado y otros encontraron frrea resistencia por parte de los lugareos siendo finalmente derrotados por las fuerzas Espaolas. Se considera al Padre Salazar de la orden de Jess como fundador de la zona de CHINCHAO, desde ese lugar llamado SAN CRUZ DE TUNOA se desplego la ruta de evangelizacin para los lugares que hoy conocemos como TINGO MARIA, LAS PALMAS y NARANJILLO. . Esta poca se caracteriza por el inters de los gobernantes por la exploracin de la zona, muchas veces con el apoyo de otros pases. Entre las visitas ms importantes se encuentra la del norteamericano Andres Mathews y el Sargento Mayor Don Pedro Beltran, quienes en sus crnicas dejaron legados importantes sobre la visita que realizaron a esta parte del Per.

En 1868, el Oficial del Ejrcito Peruano LEONCIO PRADO en compaa de otros expedicionarios, desarrollaron trabajos de investigacin Hidrogrfica, bajando por el caudal del rio Huallaga se internaron en el Amazonas. Fue un 15 de Octubre de 1938, cuando toda la comunidad del poblado del que ahora es TINGO MARIA, se haba reunido a pedido del Ing. Enrique Pimentel, quien mostrando el acuerdo de ley y con frases emocionadas hizo conocer a los presentes que los terrenos que comprendan Tingo Mara haban sido expropiados a favor de los colonos que habitaban por aquel entonces .

Queda sellada la historia de la fundacin de Nuestra ciudad teniendo como patrona a Santa Teresita del Nio Jess por el fervor catlico que mostraban los pobladores.

1.2.2 UBICACIN GEOGRAFICA Departamento : Hunuco Provincia : Leoncio Prado Distrito : Rupa Rupa Ciudad : Tingo Mara

1.2.3 POBLACION Segn la Poblacin Estimada al ao 2012, la provincia de LEONCIO PRADO cuenta con una poblacin aproximada de 129,953 habitantes.

1.2.4 LIMITES

Por el Norte: Con la Provincia de Tocache. Por el Sur: Con la Provincia de Hunuco, Pachitea y Puerto Inca. Por el Este: Con la Provincia de Padre Abad. Por el Oeste: Con la Provincia de Huamalies, Huacaybamba y Dos de Mayo.

1.2.5 DIVISION

La provincia de LEONCIO PRADO est conformada por 06 distritos de las cuales nombraremos a continuacin:

RUPA RUPA-TINGO MARIA DANIEL ALOMIAS ROBLES-PUMAHUASI JOSE CRESPO Y CASTILLO-AUCAYACU HERMILIO VALDIZAN PADRE FELIPE LUYANDO-NARNJILLO MARIANO DAMASO BERAUN-LAS PALMAS

Mapa 01: Distribucin Geogrfica de los Distritos de la Provincia de Leoncio Prado

DISTRITO JOSE CRESPO Y CASTILLO1. mbito geogrfico del distrito de Jos Crespo y Castillo. El Distrito de Jos Crespo y Castillo con su Capital Aucayacu, geogrficamente se halla ubicado en la parte Nor - Este de la Provincia de Leoncio Prado y parte central de la Selva Amaznica, ms conocida como el Valle del Alto Huallaga, en el Departamento de Hunuco e integrante de la Regin Andrs Avelino Cceres; en las coordenadas geogrficas: Latitud Sur 0856'00", Latitud Oeste 7602'30" y Altitud 540 m.s.n.m.2. LimitesEl gobierno por resolucin Suprema y conforme a la ley N 1220 de tierras de montaas en su artculo N 20, resuelve reservar la superficie de 366 has. Para el centro urbano de Aucayacu con los siguientes: -Por el Norte : Con la regin de San Martn, Distrito de Progreso. -Por el Sur : Con la Quebrada de Sangapilla, con el distrito de Naranjillo y la ciudad de Tingo Mara. -Por el Este : Con la cordillera Sur, lnea divisoria con la regin de Ucayali y el Distrito de Hermilio Valdizn. -Por el Oeste : Ro Aucayacu, con distrito de Choln en la Provincia de Maran y la Provincia de Huacaybamba. Por el otro lado segn la Ley N 14777 de creacin poltica del Distrito de Juan Jos Crespo y Castillo el 26 de Diciembre de 1963, se fijan los siguientes lmites de la Provincia de Leoncio Prado fijados por la ley N 11843. 3. Extensin territorial y Altitud. El distrito de Jos Crespo y Castillo, tiene una extensin territorial de 2,829.67 Km2, representando el 57.13% del territorio de la Provincia de Leoncio Prado, el porcentaje de su poblacin rural es de 56.5%, Urbana del 43.5%.La ciudad de Aucayacu pertenece a la Selva Alta, se encuentra ubicado altitudinalmente a 540 m.s.n.m. 4. Estructura poblacional La Poblacin del distrito de Jos Crespo y Castillo para el 2007 se estim en 32,255 habitantes, de los cuales la poblacin masculina representa el 54.65% del total de la poblacin, siendo marcadamente superior a la poblacin femenina. El distrito alberga el 27.58% de la poblacin de la provincia de Leoncio Prado.

Cuadro 01: Distribucin de las comunidades del Distrito de Jos Crespo CastilloDISTRITONCOMUNIDADES

JOSE CRESPO CASTILLO1ALTO PACAE

2ANGASHYACU

3EL ARABE

4GENERAL ENRIQUE VARELA

5GOSSEN

6LA CORVINA

7LA ESPERANZA

8LOS MILAGROS

9PACAE

10PAMPA HERMOSA

11PUEBLO NUEVO

12PUERTO MANUEL PRADO

13RIO FRIO

14SAPAI

15SAN JORGE DE PUCATE

16SAN MIGUEL

17SANTA LUCIA

18SANTO DOMINGO DE ANDA

19WIRACOCHA

DISTRITO DANIEL ALOMIAS ROBLES1. Ubicacin PolticaDistrito : Daniel Alomia Robles Provincia : Leoncio Prado Regin : Hunuco

El Distrito de Daniel Alomia Robles, la capital del distrito es la localidad de Pumahuasi. Se encuentra ubicado a 20 Km. de la ciudad de Tingo Mara, capital de la provincia de Leoncio Prado, en la margen derecha de la carretera Federico Basadre con direccin a la regin Ucayali.

2. Ubicacin GeogrficaSe encuentra ubicado en la zona este de la provincia de Leoncio Prado. Las coordenadas estn situadas entre 09 1000 latitud sur y 75 54 30 de longitud oeste en el meridiano de Greenwich, a una altitud de 600 msnm.

3. Superficie territorial y limitesLa superficie territorial del distrito es de 710.91 Km2, equivalente a 71,091 hectreas, que equivale el 14,4%, segn el Compendio Estadstico Departamental 1995-1996-INEI, del territorio total de la provincia de Leoncio Prado.Sus lmites son:-Por Este : Con el distrito Luyando y ro Tulumayo. -Por Oeste : Con el distrito de Hermilio Valdizn. -Por Norte : Con los distritos de Hermilio Valdizn y Jos Crespo y Castillo. -Por el Sur : Con los distritos de Mariano Dmaso Beran y Chincha y la Provincia de Pachitea.

4. Distribucin del distritoEl distrito se encuentra distribuido en 36 comunidades: Alfonso Ugarte - Apisa, Alto Huayhuante, Alto Peregrino, Antonio Mansilla, Cafesa, Delicias, Diego Ferrer, Flores de Belen, Huamancoto, Huayhuante, Huayhuantillo, Julio Cesar Tello, La colorada, La Libertad, Lourdes, Nuevo Huayhuante, Once de Octubre, Pendencia Alta, Pendencia Baja, Peregrinos, Porvenir de Marona, Pumahuasi, San Cristobal, San Pablo, Sector Beln, Topa, Trampoln.

Cuadro 02: Distribucin de las comunidades del Distrito de Daniel Alomias Robles

DISTRITONCOMUNIDADES

DANIEL ALOMIAS ROBLES1ALTO PENDENCIA

2ANTONIO RAYMONDI LAS VEGAS

3BAJO PENDENCIA

4CAFESA

5DELICIAS

6FLORES DE BELEN

7HUAMANCOTO

8LA COLORADA

9LA VICTORIA

10LOURDES

11PEREGRINO

12RIO TIGRE

13TOPA

DISTRITO HERMILIO VALDIZANEl distrito se encuentra ubicado en la zona este de la Provincia de Leoncio Prado, a ambas mrgenes de la carretera Federico Basadre en direccin a Pucallpa, en el lmite con la regin Ucayali. La capital del distrito es el casero Hermilio Valdizn. Se encuentra ubicado a 32 Km de la ciudad de Tingo Mara, capital de la Provincia de Leoncio Prado, en la margen derecha de la carretera Federico Basadre con direccin a la regin Ucayali.Distrito : Hermilio Valdizn Provincia : Leoncio Prado Regin : HunucoEl distrito de Hermilio Valdizn fue creado por la Ley N 11483 del 27 de mayo de 1952 bajo la categora de Pueblo, sealando como capital de distrito a la localidad de Hermilio Valdizn, formando parte de la provincia de Leoncio Prado y del departamento y regin Hunuco.

Cuadro 03: Distribucin de las comunidades del Distrito de Hermilio Valdizan

DISTRITONCOMUNIDADES

HERMILIO VALDIZAN 103 DE OCTUBRE

2RICARDO HERRERA

3SAN PEDRO DE HUAYHUANTE

4SAN SEBASTIAN

5SHANGAI

6SORTILEGIO

DISTRITO DE LUYANDOLa capital del distrito es el Centro Poblado de Naranjillo, ubicado al margen derecha del ro Huallaga a 5 Km., de la ciudad de Tingo Mara en la carretera Fernando Belaunde Terry (ex marginal de la selva), con direccin hacia las provincias de Tocache y Mariscal Cceres en la Regin San Martn, y polticamente se ubica.Distrito : LuyandoProvincia : Leoncio PradoRegin : Hunuco

1. Ubicacin Geogrfica: El distrito de Luyando est ubicado en la zona centro-sur de la provincia de Leoncio Prado. Sus coordenadas geogrficas se sitan entre 09 14 00 latitud sur y 75 5930 de longitud Oeste en el meridiano de Greenwich, a una altitud de 700 msnm.

2. Lmites y Superficie Territorial Sus lmites son: Por el Norte : Con el Distrito de Jos Crespo y Castillo. Por el Sur : Con el Distrito de Rupa Rupa. Por el Este : Con el Distrito de Rupa Rupa y el Ri Huallaga. Por el Oeste : Con los Distritos de Daniel Aloma Robles y Hermilio Valdizn. La superficie territorial del distrito es 100.32 Km, en cuyo mbito se ubican un centro poblado urbano-rural ubicado en la jurisdiccin del distrito de Naranjillo que tambin es la capital del distrito, 17 caseros y 11 sectores y/o anexos. La extensin geogrfica total es de 4,409.00 Has corresponden a superficie agrcola 43.94% de la superficie total; la zona de pastos naturales alcanza a 100.00 Has (0.99%); zona de proteccin (monte virgen)/forestal/pastoril, 1,883.50 Has (18.77%); purma 3,639.5 Has (636.27%).Segn el mapa de clasificacin climtica del Per por el SENAMHI, las precipitaciones fluviales anuales alcanzan 2,905.7 mm, la temperatura media es de 24.31 C, con una mxima de 25.70 C y una mnima de 19.5 C, su variacin es frecuente en los meses de mayo y setiembre.

Cuadro 04: Distribucin de las comunidades del Distrito de LuyandoDISTRITONCOMUNIDADES

PADRE FELIPE LUYANDO1ALTO SAN JUAN DE TULUMAYO

2BOLAINA

3CAPITAN MIGUEL ARELLANO

4CARGATAMBO

5CORA CORA

6HUACAMAYO

7HUASCAR

8MAPRESA

9MARONA

10MARONA BAJA

11PEDRO RUIZ GALLO

12POZO AZUL

13PUERTO LIBRE

14PUERTO NUEVO

15RICARDO PALMA

16RIO NEGRO

17SAN JUAN DE TULUMAYO

18SANJA SECA

19SANTA MARTHA

20SANTA ROSA DE SHAPAJILLA

21SHAPAJILLA

22TRES ESQUINAS

DISTRITO DE RUPA RUPA1. Ubicacin Poltica Distrito : Rupa Rupa Provincia : Leoncio Prado Regin : Hunuco.2. Ubicacin Geogrfica. El Distrito de Rupa Rupa, est ubicada en la regin natural conocida como rupa rupa u omagua (selva alta), a 660 msnm en el kilmetro 528 de la Carretera Central Lima Hunuco. Sus coordenadas geogrficas son 091800 de latitud sur y 769100 de longitud oeste.3. Lmites y Superficie Territorial Limites Sus lmites son: Por el Norte con el Distrito de Jos Crespo y Castillo. Por el Este con el Distrito de Hermilio Valdizn Por el Oeste con el distrito de Padre Felipe Luyando. Por el Sur con el distrito de Mariano Dmaso Beran. Superficie Territorial El distrito de Rupa Rupa tiene una superficie territorial de 428.58 Km2, y constituye el 8.65% de la superficie total de la provincia de Leoncio Prado. Distribucin Espacial Rupa Rupa con su capital Tingo Mara y como capital de la provincia determina la dinmica espacial, econmica y social de la provincia. Es el principal centro administrativo y comercial provincial, es una ciudad de tercer orden a nivel nacional, cuyo mbito urbano es eminentemente comercial y, los centros poblados menores son de base rural y escasos servicios sociales. La configuracin espacial del distrito es como sigue.

Cuadro 05: Distribucin de las comunidades del Distrito de Rupa Rupa

DISTRITONCOMUNIDADES

RUPA RUPA1ATAHUALPA

2BARTOLOME HERRERA

3BUENOS AIRES

4CHONTAYACU

5FELIPE PINGLO ALVA

6GERVACIO SANTILLANA

7HUANGANA PAMPA

8HUAYRURO

9JULIO CESAR TELLO

10LA MERCED DE LOCRO

11LOS CEDROS

12PICURUYACU BAJO

13RIO BARRANCO

14SANTA ROSA DE CASTILLO

15SUPTE DE SAN JORGE

16TUPAC YUPAN QUI

17VENADO PAMPA

18VENENILLO

19YURIMAGUAS

DISTRITO DE MARIANO DAMASOLa capital del distrito es el Centro Poblado de las Palmas, ubicado al margen derecha del ro Huallaga a 18 Km., de la ciudad de Tingo Mara en la carretera central, con direccin hacia las provincias de Hunuco y polticamente se ubica. Distrito : Mariano Dmaso Beraun Provincia : Leoncio Prado Regin : Hunuco1. Ubicacin Geogrfica El distrito de Mariano Dmaso Beraun est ubicado en la zona centro-sur de la provincia de Leoncio Prado. Sus coordenadas geogrficas se sitan entre 09 21 45 latitud sur y 57 5815 de longitud Oeste en el meridiano de Greenwich, a una altitud de 719 msnm.2. Lmites y Superficie Territorial Sus lmites son: Por el Norte : Con el Distrito de Rupa Rupa Por el Sur : Distrito de Chinchao. Por el Este : Con Provincia de Padre Abad. Por el Oeste : Con el Distrito de Monzon. La superficie territorial del distrito es 100.32 Km, en cuyo mbito se ubican un centro poblado urbano-rural ubicado en la jurisdiccin del distrito de Naranjillo que tambin es la capital del distrito, 17 caseros y 11 sectores y/o anexos. La extensin geogrfica total es de 28,197.43 Has corresponden a superficie agrcola 20.8% de la superficie de la zona urbano y el 79.2% del total de la zona rural.

Cuadro 06: Distribucin de las comunidades del Distrito de Mariano Damaso BeraunDISTRITONCOMUNIDADES

MARIANO DAMASOBERAUN1BELLA

2BELLA ALTA

3CHONTA PLAYA

4HONOLULU

5INTI

6INTI ALTO PUEBLO LIBRE

7JUAN SANTOS ATAHUALPA RIO

8LOTA

9MELITON CARBAJAL RIO ORO

10PUENTE PEREZ

11PUENTE PRADO

12RIO TIGRE GENERL ROQUE SAENZ

13TAMBILLO CHICO

1.3 INFORMACION GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO1.3.1 LA MUNICPALIDAD La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado es el rgano de Gobierno Local Provincial emanado de la voluntad popular, con personera jurdica de derecho pblico, con autonoma econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. El concejo municipal es el rgano de gobierno, normativo y fiscalizador de la administracin municipal, de las cuales se rige a la Ley N27972, Ley Orgnica de Municipalidades.

1.3.2 DATOS DE IDENTIFICACION Ruc : 20200042744 Razn social : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO Tipo de organizacin : Gobierno Local Actividad econmica : Administracin pblica en general Direccin legal : Av. Alameda Per Nro. 525 Tingo Mara

1.3.3 PROPOSITO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADOa. MISION La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado es el rgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho pblico y plena capacidad para el cumplimiento de los fines que persigue la poblacin en su conjunto.b. VISION Leoncio Prado provincia agro exportadora, turstica, con identidad, equidad y valores que se identifica con su medio ambiente y biodiversidad.

1.3.4 FINALIDAD FUNCIONES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCION a) FINALIDAD

La municipalidad tiene como finalidad esencial, fomentar el desarrollo local sostenible, promoviendo la inversin pblica y privada para garantizar el empleo y el ejercicio pleno de los derechos y oportunidades de sus habitantes, de las cuales nombramos a continuacin;

Construir un eficiente gobierno local, con capacidad para promover y contribuir al desarrollo armnico e integral desde el punto de vista econmico, social y cultural en el mbito Provincial. Promover el ptimo suministro de los servicios pblicos y comunales. Proporcionar al ciudadano, un ambiente adecuado para satisfacer sus necesidades bsicas. Fomentar el desarrollo integral y sostenible de las circunscripciones de su jurisdiccin.

b) FUNCIONES. Las funciones generales de la Municipalidad de Provincial de Leoncio Prado, son los siguientes: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, supervisar y controlar los planes de desarrollo de su jurisdiccin, en concordancia a los planes de desarrollos Regionales y Nacionales, para el mejor cumplimiento de sus fines. Constituyen servicios municipales esenciales los de saneamiento de medio ambiente, agua potable, alcantarillado, limpieza, alumbrado pblico, posta sanitaria, mercado de abastos, registros civiles y promocin cultural y turismo. Coordinar con los otros organismos del sector pblico para la mejor prestacin de servicios de inters local.

c) OBJETIVO GENERAL. Convertir el Presupuesto Municipal es un instrumento de Gestin Econmico y Financiero, asegurando la fluidez y consistencia en su manejo. Reordenar al sector Informal del Mercado de abastos y promover la generacin de empleo. Promocionar los principales atractivos Tursticos de la Provincia. Eficiencia al servicio social. Ampliar los servicios pblicos a los diferentes sectores rurales y urbanos.1.3.5 JERARQUIAS DE LAS UNIDADES ORGANICAS El contenido organizacional de la Unidades Orgnicas en el nivel jerrquico es la siguiente:

A. ORGANOS DE ALTA GERENCIA Concejo MunicipalAlcaldaGerencia Municipal

B. ORGANOS DE COORDINACION, CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACION Concejo de coordinacin Local Provincial Junta de delegados Vecinales Comunales Comit provincial de Defensa Civil Comit de Gestin Local Provincial y Programa de Complementacin Alimentaria. Comit provincial de Seguridad Ciudadana. Mesa de concertacin y lucha contra la pobreza Comisin Ambiental Municipal Concejo de Participacin de la juventud de Leoncio Prado Concejo Provincial de la Mujer de la Provincia de Leoncio Prado.

C. ORGANO DE DEFENSA MUNICIPALa. Procuradura publica municipal

D. ORGANO DE CONTROL a.rgano de control Institucional

E. ORGANO DE ASESORAMIENTOa. Gerencia de Asuntos Jurdicos Unidad de Imagen Institucionalb. Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Sub gerencia de desarrollo institucional, Estadstica e Informtica Sub gerencia de Presupuesto Sub gerencia Programacin e Inversiones OPI

F. ORGANOS DE APOYOa. Secretaria General Sub gerencia de Tramite Documentario y Archivos Central Sub gerencia de Imagen Institucionalb. Oficina de Ejecutoria Coactivac. Gerencia de Administracin Y Finanzas Sub gerencia de contabilidad Sub gerencia de Tesorera Sub gerencia de Recursos Humanos Sub gerencia de Logstica Sub gerencia de Control Patrimonial Marges de Bienesd. Gerencia de Administracin Tributaria Sub gerencia de Recaudacin Tributaria Sub gerencia de Control Tributario y Orientacin al Contribuyente

G. ORGANOS DE LINEA a. Gerencia de Desarrollo Econmico Sub gerencia de Desarrollo Productivo Sub gerencia de Desarrollo Empresarial Sub gerencia de Promocin de Turismob. Gerencia de Servicios Comunales Sub gerencia de Seguridad Ciudadana Sub gerencia de Polica Municipal, Fiscalizacin y Control Sub gerencia de Transporte y Seguridad Vial Sub gerencia de Registro Civil c. Gerencia de Desarrollo Social Sub gerencia de Educacin, Cultura, Deporte y Juventudes y Fondo Editorial. Sub gerencia de DEMUNA Y OMAPED Sub gerencia de Programas Socialesd. Gerencia de Desarrollo Ambiental Sub gerencia de Limpieza Publica, Parques, Jardines y Ornato Sub gerencia de Calidad Ambiental Proyectos Sub gerencia de Defensa Civil e. Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Local Sub gerencia de Catastro y Desarrollo Urbano Sub gerencia de Formulacin y Ejecucin de Proyecto Sub gerencia de Asentamientos Humanos y Desarrollo Rural

H. ORGANOS DESCONCENTRADOSa. Agencias Municipalesb. Municipalidades de Centros Pobladosc. Empresas municipalesd. Institutos Vial Provincial

1.3.6 ESTRUCTURA ORGANICA

CAPITULO IIII. LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA PARA EL GOBIERNO LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

2.1 BASE LEGAL2.1.1 CONSTITUCION POLITICA DEL PERULos captulos y artculos referidos al tema de tributacin municipal lo mencionados a continuacin:CAP V: DEL REGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTALArticulo 74.-Principio de LegalidadLos tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneracin, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegacin de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de stas, dentro de su jurisdiccin, y con los lmites que seala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningn tributo puede tener carcter confiscatorio.Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria. Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del ao siguiente a su promulgacin.No surten efecto las normas tributarias dictadas en violacin de lo que establece el presente artculo.CAP XIV: DE LA DESCNTRALIZACIONArtculo 194.- Las municipalidades provinciales y distritales son los rganos de gobierno local. Tienen autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley.La estructura orgnica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como rgano normativo y fiscalizador y la Alcalda como rgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les seala la ley.Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un perodo de cuatro aos. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable, conforme a ley, e irrenunciable, con excepcin de los casos previstos en la Constitucin.

Artculo 195.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economa local, y la prestacin de los servicios pblicos de su responsabilidad, en armona con las polticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.Entre sus competencias esta: Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley Organizar, reglamentar y administrar los servicios pblicos locales de su responsabilidad Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacin, urbanismo y el acondicionamiento territorial.

Articulo 196.- Son bienes y rentas de las municipalidades. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad. Los tributos creados por ley a su favor. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley. Los derechos econmicos que generen por las privatizaciones, concesiones y servicios que otorguen, conforme a ley. Los recursos asignados del Fondo de Compensacin Municipal, que tiene carcter redistributivo, conforme a ley. Las transferencias especficas que les asigne la Ley Anual de Presupuesto. Los recursos asignados por concepto de canon. Los recursos provenientes de sus operaciones financieras, incluyendo aquellas que requieran el aval del Estado, conforme a ley.

Artculo 197.- Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacin vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperacin de la Polica Nacional del Per, conforme a ley.

2.1.2 LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Ley N 27972 ley orgnica de municipalidades: La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, est ubicada en la ciudad de Tingo Mara, Capital del distrito de Rupa Rupa en la Regin Hunuco, creada por Ley N 11843 promulgado el 27 de mayo de 1952 por el SR. Presidente Constitucional de la Republica don Manuel A Odria.

2.1.3 LEY DE TRIBUTACION MUNICIPALA fin de simplificar la administracin de los tributos que constituyen renta de los gobiernos locales y optimizar su recaudacin se estableci la ley de tributacin municipal. Las municipalidades reciben ingresos tributarios por las siguientes fuentes: Los impuestos municipales creados y regulados por las disposiciones de esta ley. Las contribuciones y tasas que determinen los concejos municipales , en el marco de lmites establecidos Los impuestos nacionales creados en favor de las municipalidades y recaudados por el gobierno central, conforme a las normas establecidas. Los contemplados a las normas que rigen el fondo de compensacin municipalTodas las normas y procedimientos de la recaudacin municipal estn plasmadas de forma detallada en la ley de tributacin municipal que constantemente se est actualizando para el beneficio de los contribuyentes y de las municipalidades.Actualmente, el marco general para la poltica tributaria municipal se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributacin Municipal. De acuerdo al artculo 6 de la referida norma legal, los impuestos municipales son: Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto al Patrimonio Automotriz, Impuesto a las apuestas, Impuesto a los Juegos, e Impuesto a los Espectculos Pblicos.

2.1.4 CODIGO TRIBUTARIOEn concordancia con lo mencionado en el prrafo precedente, la Norma IV del Decreto Legislativo 816 Cdigo Tributario, establece que "Los gobiernos Locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que seala la ley".Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del mencionado Cdigo Tributario, "Los Gobiernos Locales administrarn exclusivamente las contribuciones y tasa municipales, sean estas ltimas derechos, licencias o arbitrios, y por excepcin los impuestos que la Ley les asigne".La Norma II: Ambito de aplicacin, del Cdigo Tributario, establece que el trmino genrico de tributo comprende a Impuesto, Contribucin y Tasa (Arbitrios, Derechos y Licencias).De lo anteriormente mencionado se puede concluir en lo siguiente:a. Los tributos comprenden: Impuestos, Contribuciones y Tasas. En ese sentido, los Gobiernos Locales slo pueden crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que la ley seala.b. Los gobiernos locales no pueden crear, modificar, suprimir ni exonerar de los impuestos que por excepcin la ley les asigna, para su administracin.2.2 LA MOROSIDAD2.2.1 CONCEPTOToda la persona natural o jurdica que no ha cumplido una obligacin a su vencimiento, en el mbito tributario o financiero despus de haberse generado las notificaciones respectivas de impago, para ser reconocido legalmente como moroso debe obrar en poder de ambas partes un documento legalmente reconocido donde el deudor est obligado a efectuar dichos pagos por ejemplo: contratos de crditos, contratos de tarjetas de crdito, contratos de servicios telefnicos, escrituras hipotecarias y escrituras de crdito con garantas hipotecarias, letras de cambio, cheques o pagars impagados, deuda tributarias. De no existir dicho documento la deuda no existe legalmente y no se puede proceder contra el/la deudor/a.Los contribuyentes en el caso de la recaudacin tributaria municipal deben estar informados de los plazos establecidos por la administracin pblica para que ah as puedan cumplir con sus obligaciones en las fechas indicadas.2.2.2 CALCULO DE LA MOROSIDAD Para el clculo de la morosidad tributaria se incluye dos indicadores que son la recaudacin potencial y la recaudacin real:

INCUMPLIMIENTO = RECAUDACION POTENCIAL - RECAUDACION REAL

INCUMPLIMIENTO: Es no pago de las obligaciones tributarias en la fecha indicada.RECAUDACION POTENCIAL: Es la meta establecida a recaudar por la MPLP y esta expresada en nuevos solesRECAUDACION REAL: Es la recaudacin tributaria expresada en nuevos soles y puede mostrarse trimestral o anualmente.

2.2.3 CALCULO DEL INDICE DE MOROSIDADEl ndice de morosidad es el incumplimiento de pago expresada en porcentajes del total de la meta a recaudar. Es uno de los indicadores ms utilizados para determinar la morosidad tributaria o crediticia con la finalidad de establecer una tendencia de no pago en la institucin u organizacin. INDICE DE MOROSIDAD: El incumplimiento del pago expresada en porcentajes MOROSIDAD: Es el incumplimiento del pago en la fecha establecida BASE IMPONIBLE: Es la recaudacin potencial o la meta establecida a recaudar 2.3 TRIBUTOS2.3.1 CONCEPTO Aquella cantidad expresada monetariamente que la Ley obliga a los contribuyentes a pagarle al Estado para sostenerlo para brindarles beneficios y servicios pblicos.

2.3.2 TIPO DE TRIBUTOSPueden clasificarse en: Impuesto Contribucin Tasa1. IMPUESTO MUNICIPALESEs el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestacin directa en favor del contribuyente por parte del Estado, ya que el impuesto sirve para financiar Servicios Pblicos Indivisibles; es decir, sin beneficiario identificable de manera singular. De las cuales podemos encontrar 5 tipos de impuestos:

i. IMPUESTO PREDIAL MBITO DE APLICACIN Es el Impuesto cuya recaudacin, administracin y fiscalizacin corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio.El Impuesto Predial es aquel tributo de periodicidad anual que se aplica al valor de los predios urbanos y rsticos, en base a su valor de autoavalo; se consideran predios a los terrenos, las edificaciones (casas, edificios, etc.) e instalaciones fijas y permanentes (piscina, losa, etc.) que constituyen partes integrantes del mismo, que no puedan ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificacin.Conforme al artculo 887 del Cdigo Civil, son partes integrantes las que no pueden ser separadas sin destruir, deteriorar o alterar el bien.Base Legal: Art. 8 del Decreto Supremo N 156-2004-EF.PREDIOS URBANOS:Terrenos ubicados en centros poblados y destinados a vivienda, comercio, industria, o cualquier otro fin urbano y que cuente con los servicios generales propios del centro poblado.PREDIOS RSTICOS:Terrenos ubicados en zona rural, dedicado a uso agrcola, pecuario, forestal.CLCULO DEL IMPUESTO PREDIALEl impuesto se calcula aplicando al valor de autovalo, del total de los predios del contribuyente ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa:Tramo de AutovaloAlcuota

Hasta 15 UIT0.2%

Mas de 15 UIT y hasta 60 UIT0.6%

Mas de 60 UIT 1.0%

ii. IMPUESTO DE ALCABALA El Impuesto de Alcabala es de realizacin inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rsticos a ttulo oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio; de acuerdo a lo que establezca el reglamento.

La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.

Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquirente del inmueble.CALCULO DE IMPUESTO DE ALCABALA

La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podr ser menor al valor de autovalo del predio correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia ajustado por el ndice de Precios al por Mayor (IPM) para Lima Metropolitana que determina el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica.

La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador, sin admitir pacto en contrario.

No est afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble, calculado conforme a lo dispuesto en el artculo precedente.

El pago del impuesto debe realizarse hasta el ltimo da hbil del mes calendario siguiente a la fecha de efectuada la transferencia.

El pago se efectuar al contado, sin que para ello sea relevante la forma de pago del precio de venta del bien materia del impuesto, acordada por las partes.

Estn Inafectas del impuesto las siguientes transferencias:a. Los anticipos de legtima.b. Las que se produzcan por causa de muerte.c. La resolucin del contrato de transferencia que se produzca antes de la cancelacin del precio.d. Las transferencias de aeronaves y naves.e. Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisin de propiedad.f. Las producidas por la divisin y particin de la masa hereditaria, de gananciales o de condminos originarios.g. Las de alcuotas entre herederos o de condminos originarios.Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la adquisicin de propiedad inmobiliaria que efecte las siguientes entidades:a. El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.b. Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.c. Entidades religiosas.d. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.e. Universidades y centros educativos, conforme a la Constitucin.

El impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccin se encuentre ubicado el inmueble materia de la transferencia. En el caso de Municipalidades Provinciales que tengan constituidos Fondos de Inversin Municipal, stas sern las acreedoras del impuesto y transferirn, bajo responsabilidad del titular de la entidad y dentro de los diez (10) das hbiles siguientes al ltimo da del mes que se recibe el pago, el 50% del impuesto a la Municipalidad Distrital donde se ubique el inmueble materia de transferencia y el 50% restante al Fondo de Inversin que corresponda.

iii. IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehculos, automviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y mnibuses, con una antigedad no mayor de tres (3) aos. Dicho plazo se computar a partir de la primera inscripcin en el Registro de Propiedad Vehicular.La administracin del impuesto corresponde a las Municipalidades Provinciales, en cuya jurisdiccin tenga su domicilio el propietario del vehculo. El rendimiento del impuesto constituye renta de la Municipalidad Provincial.

SUJETOS DEL IMPUESTO Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, las personas naturales o jurdicas propietarias de los vehculos sealados en el artculo anterior.El carcter de sujeto del impuesto se atribuir con arreglo a la situacin jurdica configurada al 1 de enero del ao a que corresponda la obligacin tributaria. Cuando se efecte cualquier transferencia, el adquirente asumir la condicin de contribuyente a partir del 1 de enero del ao siguiente de producido el hecho.BASE IMPONIBLELa base imponible del impuesto est constituida por el valor original de adquisicin, importacin o de ingreso al patrimonio, el que en ningn caso ser menor a la tabla referencial que anualmente debe aprobar el Ministerio de Economa y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigedad del vehculo.La tasa del impuesto es de 1%, aplicable sobre el valor del vehculo. En ningn caso, el monto a pagar ser inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del ao al que corresponde el impuesto.Los contribuyentes estn obligados a presentar declaracin jurada:a) Anualmente, el ltimo da hbil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prrroga.b) Cuando se efecte cualquier transferencia de dominio. En estos casos, la declaracin jurada debe presentarse hasta el ltimo da hbil del mes siguiente de producidos los hechos.c) Cuando as lo determine la administracin tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin.La actualizacin de los valores de los vehculos por las Municipalidades, sustituye la obligacin contemplada por el inciso a) del presente artculo, y se entender como vlida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto.El impuesto podr cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas:a) Al contado, hasta el ltimo da hbil del mes de febrero de cada ao.b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota ser equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deber pagarse hasta el ltimo da hbil del mes de febrero. Las cuotas restantes sern pagadas hasta el ltimo da hbil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacin acumulada del ndice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI), por el perodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.Tratndose de las transferencias a que se refiere, el transferente deber cancelar la integridad del impuesto adeudado que le corresponde hasta el ltimo da hbil del mes siguiente de producida la transferencia.Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la propiedad vehicular de las siguientes entidades:a) El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.b) Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.c) Entidades religiosas.d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.e) Universidades y centros educativos, conforme a la Constitucin.f) Los vehculos de propiedad de las personas jurdicas que no formen parte de su activo fijo.g) Los vehculos nuevos de pasajeros con antigedad no mayor de tres (3) aos de propiedad de las personas jurdicas o naturales, debidamente autorizados por la autoridad competente para prestar servicio de transporte pblico masivo. La inafectacin permanecer vigente por el tiempo de duracin de la autorizacin correspondiente.iv. IMPUESTO A LAS APUESTAS El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hpicos y similares, en las que se realice apuestas.Los entes organizadores determinarn libremente el monto de los premios por cada tipo de apuesta, as como las sumas que destinarn a la organizacin del espectculo y a su funcionamiento como persona jurdica.El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institucin que realiza las actividades gravadas.El Impuesto es de periodicidad mensual. Se calcula sobre la diferencia resultante entre el ingreso total percibido en un mes por concepto de apuestas y el monto total de los premios otorgados el mismo mes.La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas es de 20%. La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas Hpicas es de 12%.La administracin y recaudacin del impuesto corresponde a la Municipalidad Provincial en donde se encuentre ubicada la sede de la entidad organizadora.El monto que resulte de la aplicacin del impuesto se distribuir conforme a los siguientes criterios:a) 60% se destinar a la Municipalidad Provincial.b) 40% se destinar a la Municipalidad Distrital donde se desarrolle el evento.(25) Artculo sustituido por el Artculo 14 del Decreto Legislativo N 952, publicado el 3 de febrero de 2004.Los contribuyentes presentarn mensualmente ante la Municipalidad Provincial respectiva, una declaracin jurada en la que consignar el monto total de los ingresos percibidos en el mes por cada tipo de apuesta, y el total de los premios otorgados el mismo mes, segn el formato que para tal fin apruebe la Municipalidad Provincial.El contribuyente deber presentar la declaracin a que alude el artculo precedente, as como cancelar el impuesto, dentro de los plazos previstos en el Cdigo Tributario.Las apuestas constarn en tickets o boletos cuyas caractersticas sern aprobadas por la entidad promotora del espectculo, la que deber ponerlas en conocimiento del pblico, por una nica vez, a travs del diario de mayor circulacin de la circunscripcin dentro de los quince (15) das siguientes a su aprobacin o modificacin.La emisin de tickets o boletos, ser puesta en conocimiento de la Municipalidad Provincial respectiva.

v. IMPUESTOS A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS El Impuesto a los Espectculos Pblicos no Deportivos grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectculos pblicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepcin de los espectculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de msica clsica, pera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectculos pblicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura.La obligacin tributaria se origina al momento del pago del derecho a presenciar el espectculo.Son sujetos pasivos del impuesto las personas que adquieran entradas para asistir a los espectculos. Son responsables tributarios, en calidad de agentes perceptores del impuesto, las personas que organicen el espectculo, siendo responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realice el espectculo afecto.La base imponible del impuesto est constituida por el valor de entrada para presenciar o participar en los espectculos.En caso que el valor que se cobra por la entrada, asistencia o participacin en los espectculos se incluya servicios de juego, alimentos o bebidas, u otros, la base imponible, en ningn caso, ser inferior al 50% de dicho valor total.El impuesto se aplicar con las siguientes tasas:a) Espectculos Taurinos: 15%b) Carreras de caballos: 15%c) Espectculos cinematogrficos: 10%d) Otros espectculos: 15%El impuesto se pagar en la forma siguiente:a) Tratndose de espectculos permanentes, el segundo da hbil de cada semana, por los espectculos realizados en la semana anterior.b) En caso de espectculos temporales o eventuales, el segundo da hbil siguiente a su realizacin.La recaudacin y administracin del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccin se realice el espectculo.

2. CONTRIBUCIONESEs el tributo cuya obligacin tiene como hecho generador beneficios derivados de la realizacin de obras pblicas o de actividades estatales.

3. TASAS Es el tributo cuya obligacin tiene como hecho generador la prestacin efectiva por el Estado de un servicio pblico individualizado en el contribuyente, no es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.i. Arbitrios: Son tasa que se pagan por la prestacin o mantenimiento de un servicio pblico.ii. Derechos. Son tasas que se pagan por la prestacin de un servicio Administrativo pblico o el uso o aprovechamiento de bienes pblicos.iii. Licencias: Son tasas que gravan la obtencin de autorizaciones Especificas para la realizacin de actividades de provecho particular Sujetas a control o fiscalizacin.

2.4 GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA1. NATURALEZA

La Gerencia de Administracin Tributaria , es el rgano de apoyo encargado de organizar, normar, ejecutar, coordinar, y controlar los procesos de registro, recaudacin, y control de los tributos y rentas municipales, asimismo orientar al contribuyente de manera tal que aceleren su gestin para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Las acciones se realizan en concordancia con las normas legales pertinentes, as como proponer medidas sobre polticas de simplificacin del sistema tributario municipal, combatir la evasin tributaria y ejercer acciones de coercin para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias de la municipalidad.2. RESPONSABILIDAD

Tiene responsabilidad administrativa por sus actos en el cumplimiento de sus atribuciones y funciones3. CANALES DE COORDINACION

La Gerencia de Administracin Tributaria, coordina con la Alta Gerencia por intermedio de la Gerencia Municipal, con las Subgerencias de Recaudacin Tributaria, y con la Subgerencia de Control Tributario y Orientacin al Contribuyente. Adems coordina con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en esa materia, con los rganos de Lnea y/o responsables respecto a la determinacin para la creacin de nuevos tributos municipales y/o la ampliacin de la base tributaria, con sujecin a las normas pertinentes.

4. FUNCIONESa. FUNCIN BSICA La Gerencia de Administracin Tributaria tiene la funcin bsica de planificar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar, y controlar los procesos tcnicos y las actividades de los sistemas administrativos de las dependencias a su cargo, siendo responsable del cumplimiento de sus objetivos y metas.b. FUNCIONES GENERALES

1. Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar los procesos de registro, acotacin, recaudacin, control de las rentas municipales de conformidad con la legislacin vigente.2. Formular y proponer a la Gerencia Municipal, las polticas, normas, planes, programas y estrategias que correspondan al mbito de su competencia.3. Evaluar y proponer los cambios de los montos de las tasas municipales y dems tributos municipales vigentes.4. Planificar la emisin y distribucin de las carpetas de liquidacin de tributos (impuesto predial) y diferentes tributos de la municipalidad, as como su cobranza.5. Revisar, coordinar y visar directivas, informes, notificaciones, contratos, resoluciones y otros documentos relacionados con el mbito de su competencia.6. Proponer Proyectos de Ordenanzas, Edictos, Decretos, Directivas sobre el mbito de su competencia.7. Conciliar mensualmente sus operaciones y cuentas con la Gerencia de Administracin y Finanzas.8. Aprobar el diseo de los procesos y procedimientos de su rea, segn las propuestas de las Unidades funcionalmente involucradas, en coordinacin con la Subgerencia de Presupuesto y Racionalizacin. 9. Suscribir las resoluciones pertinentes a los procesos contenciosos, no contenciosos, tributarios y no tributarias del mbito de su competencia.10. Resolver mediante Resolucin Gerencial las solicitudes, reclamaciones e impugnaciones de naturaleza tributaria y dems procedimientos que competen a dicha Gerencia.11. Brindar orientacin y atender reclamos de los contribuyentes que requieran su atencin por su complejidad e importancia.12. Proponer el calendario de obligaciones tributarias y coordinar su publicacin con la Oficina de Imagen y Relaciones Pblicas y con la Subgerencia de Desarrollo Institucional, Estadstica e Informtica para subir al portal web.13. Integrar en calidad de Secretario Tcnico, la Comisin Permanente de Regidores que corresponda a su rea.14. Solicitar a Cobranza Coactiva la cobranza forzosa a los contribuyentes de acuerdo a la determinacin de la deuda por parte de la administracin tributaria.15. Tramitar a travs de la Secretaria General, la elevacin al Tribunal Fiscal de los recursos de apelacin admitidos y quejas presentadas por los contribuyentes del distrito, segn Cdigo Tributario.16. Administrar y coordinar el diseo, perfeccionamiento y actualizacin de los sistemas de informtica para un mejor desarrollo de la gestin en el mbito de su competencia.17. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulacin y aplicacin del Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el mbito de su competencia.18. Remitir informes mensuales de los ingresos recaudados a la Alcalda y a la comisin tcnica de la municipalidad provincial de Leoncio Prado.19. Todas las dems funciones que se desprenden de la normatividad vigente sobre la materia; y que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente Municipal y la Alta Direccin.5. LINEA DE AUTORIDAD La Gerencia de Administracin Tributaria depende directamente de la Gerencia Municipal, y tiene mando directo sobre el personal de las Subgerencias de Recaudacin Tributaria, y Control Tributario y Orientacin al Contribuyente.

2.4.1 SUBGERENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIAa. FUNCIONES ESPECFICAS: 1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades generales del rea.2. Elaborar el proyecto del Presupuesto de Ingresos de la Municipalidad.3. Administrar la cobranza ordinaria de los tributos registrados en el Sistema de Gestin de la Gerencia de Administracin Tributaria.4. Verificar la actualizacin permanente de los registros de rentas por las Gerencias y Oficinas competentes.5. Informar a los contribuyentes sobre el estado de sus obligaciones tributarias.6. Resolver los recursos impugnatorios contra resolucin administrativa, elevando el proyecto de resolucin para la aprobacin de la Gerencia de Administracin Tributaria.7. Resolver las reclamaciones contenciosas tributarias, elevando el proyecto de resolucin para la aprobacin de la Gerencia de Rentas.8. Programar, dirigir y ejecutar el fraccionamiento de la deuda.9. Transferir los valores en estado de cobranza ordinaria a la Oficina Coactiva.10. Proponer de ser necesario, la ejecucin de acciones de carcter general para impulsar la gestin de cobranza o para la actualizacin de los registros.11. Determinar los saldos por cobrar de menor cuanta en estado de cobranza ordinaria, por tributo y periodo, proponiendo la aplicacin de la medida pertinente con pronunciamiento legal y/o contable.12. Ejecutar las medidas necesarias para interrumpir los plazos de prescripcin de la deuda tributaria o administrativa.13. Archivar y controlar los comprobantes de pago as como los reportes de ingresos emitidos por la Unidad de Tesorera14. Recibir, clasificar y entregar las notificaciones por tributos, Multas y otros.15. Emitir las Resoluciones de determinacin de rdenes de pago.16. Remitir a la Subgerencia de Ejecucin Coactiva, en coordinacin con su jefe inmediato la documentacin completa y conforme a ley de aquellos contribuyentes que se encuentren en la condicin de morosos de acuerdo a lo normado17. Efectuar el control de los comisionistas para la entrega de las cobranzas diarias18. Coordinar con Informtica la realizacin de estudios e implementacin de nuevos programas en el sistema de rentas, propendiendo el uso de tecnologa de punta.19. Coordinar con la Subgerencia de Presupuesto el anlisis respectivo de los procesos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin. 20. Disear y ejecutar programas de control de los documentos valorados, registro del universo de contribuyentes; a fin de actualizar los datos de los saldos pendientes por cobrar, asimismo establecer una poltica de informacin automtica verificacin de los registros por rubro (tasas, contribuciones, impuestos, etc.21. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus Funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administracin Tributaria.

b. Lnea de Dependencia

Depende directamente de la Gerencia de Administracin Tributaria

c. Grado de Responsabilidad

Es responsable de administrar la cobranza ordinaria de los tributos municipales registrados en el Sistema operativo.2.4.2 SUBGERENCIA DE CONTROL TRIBUTARIO Y ORIENTACION AL CONTRIBUYENTEa. FUNCIONES ESPECFICAS:1. Disear y ejecutar programas de control tributario para la deteccin de omisos en los diversos tributos.2. Mantener actualizados los registros de control de las obligaciones tributarias, incluyendo las correspondientes a ejercicios no prescritos.3. Apoyar a las dependencias administrativas generadoras de ingresos para la creacin de arbitrios4. Realizar campaas conjuntas para ampliar la base tributaria 5. Revisar y verificar tanto en el campo como en gabinete las Declaraciones Juradas y otros documentos para determinar la correcta aplicacin de las disposiciones legales en materia de rentas Municipales.6. Velar por el cumplimiento de las normas y reglamentos municipales de sanciones y multas en materia tributaria y no tributaria.7. Ejecutar programas de control con el uso de informacin Catastral, con el consiguiente beneficio de mantener actualizados los registros, en coordinacin con la Subgerencia de Catastro y Desarrollo Urbano.8. Hacer campaas y operativos especiales para la verificacin de las inaceptaciones, espectculos pblicos no deportivos, funcionamiento de locales comerciales y paneles publicitarios, en coordinacin con la Subgerencia de la Polica Municipal y Gerencia de Servicios Pblicos, determinando su correcta aplicacin en la base de datos y adoptar las medidas correctivas del caso.9. Coordinar con la Subgerencia de Presupuesto y Racionalizacin el anlisis respectivo de los procesos y procedimientos dentro de su rea y sistematizarlos generando indicadores de gestin.10. Emitir las Resoluciones de determinacin de Deuda y Resoluciones de Multa, para lo cual coordinar con las diversas unidades orgnicas de la entidad.11. Supervisar y controlar los programas y campaas de fiscalizacin para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias, as como autorizar y/o ampliar la base tributaria existente.12. Orientar, apoyar, atender y tramitar en forma eficiente y oportuna al contribuyente, absolviendo consultas y reclamaciones en materia tcnico legal, tributario, especializado en temas de su competencia y a los plazos establecidos por ley.13. Desarrollar Programar, ejecutar y controlar la campaa de declaraciones juradas.14. Implementar y mantener permanentemente actualizado el registro de contribuyentes y cuentas corrientes por clase de tributo, asimismo el Padrn de Administracin Municipal en orden alfabtico, por jirones, placas de numeracin de fincas que facilite su utilizacin con fines de fiscalizacin a posterior.15. Realizar trabajos de Investigacin con el propsito de mejorar la Administracin tributaria propiamente dicha, que permita entre otros elevar el nivel de captacin de ingresos propios y reducir significativamente el nmero de morosos y omisos.16. Remitir a la Oficina de Ejecutoria Coactiva, en coordinacin con su jefe inmediato la documentacin completa y conforme a ley de aquellos contribuyentes que se encuentren en la condicin de morosos de acuerdo a lo normado.17. Expedir certificados y constancias de naturaleza tributaria.18. Disponer y efectuar arqueos sorpresivos a su personal, llevando las correspondientes actas.19. Adoptar medidas de seguridad en los ambientes bajo su cargo, evitando el acceso de personal no autorizado.20. Las dems atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administracin Tributaria en materia de su competencia.

b. Lnea de Dependencia

Depende directamente de la Gerencia de Administracin Tributaria.

c. Grado de Responsabilidad

Es responsable disear y ejecutar programas de fiscalizacin tributaria para la deteccin de omisos por evasin de tributos

CAPITULO IIIIII. ANALISIS DE LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO PREDIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO

3.1 LA RECAUDACION TRIBUTARIA3.1.1 RECAUDACION TRIBUTARIA TRIMESTRAL A continuacin se muestran los datos histricos trimestrales de los ltimos 05 aos recaudado por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado en concepto de Impuesto Predial.

Cuadro 07: Recaudacin tributaria del Impuesto predial 2009-2013

AOTRIMESTREMONTO(S/.)

2009I145,723.79

II139,145.78

III153,866.43

IV129,024.31

2010I182,154.14

II167,783.79

III176,769.79

IV177,479.91

2011I191,724.70

II234,462.60

III237,428.72

IV207,292.09

2012I215,724.92

II279,981.71

III207,371.22

IV238,625.34

2013I232,522.83

II292,728.50

III323,823.40

IV342,733.28

FUENTE: SIAT

Grafico 01: Recaudacin tributaria delImpuesto Predial trimestral 2009-2013

Descripcin: Lo que se puede observar es una irregularidad en el comportamiento de la recaudacin trimestral en cada ao, debido a polticas internas aplicadas de una forma desordenada y sin criterio, se podra decir que muchas personas esperan pagar en el ltimo da de la cobranza o esperar estar notificadas para acercarse a realizar sus pagos. Si extendemos nuestro anlisis en el primer trimestre del ao 2009 se obtiene una recaudacin por debajo de los 150,00 teniendo as una tendencia con altibajos hasta el tercer trimestre del ao 2012 donde se obtiene una recaudacin superior a los 200,000 que sigue una tendencia positiva llegando a una recaudacin de S/. 342,733.28.

3.1.2 RECAUDACION TRIBUTARIA ANUAL Se expresa los datos de la recaudacin anual y es analizada segn los datos recaudados y la tendencia creciente que nos arroja el grafico.

Cuadro 08: Recaudacin tributaria delImpuesto predial Anual 2009-2013

AOMONTO(S/.)

2009567760.31

2010704187.63

2011870908.11

2012941703.19

20131191808.01

FUENTE: SIAT

Grafico 02: Recaudacin tributaria delImpuesto Predial Anual 2009-2013

Descripcin: Se puede observar una tendencia positiva de la recaudacin tributaria del impuesto predial desde el primer ao con una recaudacin de 567,760.31 con amplitudes de casi 200,000 S/. ao a ao, cerrando as el quinto ao con una recaudacin de 1191,808.01. Una de los factores importantes de mayor recaudacin de ao a ao seria a las polticas internas de recaudacin aplicadas y al crecimiento econmico que hace que las personas tenga mayores ingresos lo cual adquieren ms predios o los amplan impulsando as el sector construccin contrastndose en un incremento de la base imponible lo que va generando mayores obligaciones a los contribuyentes lo cual tienen que ser cumplidos segn ley.

3.2 BASE IMPONIBLE3.2.1 BASE IMPONIBLE TRIMESTRALPara determinar la base imponible trimestral se tendr que dividir la base imponible anual entre 4. A continuacin se muestra la base imponible para los ltimos 05 aos.Cuadro 09: Base Imponible Trimestral 2009-2013AOTRIMESTREBASE IMPONIBLE (S/.)

2009I223081.0

II223081.0

III223081.0

IV223081.0

2010I244630.7

II244630.7

III244630.7

IV244630.7

2011I298183.0

II298183.0

III298183.0

IV298183.0

2012I343174.8

II343174.8

III343174.8

IV343174.8

2013I359658.5

II359658.5

III359658.5

IV359658.5

Fuente: SIAT, Ministerio de Vivienda

3.2.2 BASE IMPONIBLE ANUALLa base imponible son las metas trazadas a recaudar anualmente que son impuestas y determinadas por el Ministerio de Vivienda y por consecuente por el rea de administracin tributaria de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado lo cual es determinada en base al total de predios anual registrados en el ao anterior estos predios son valoradas segn el tamao de terreno e infraestructura y se obtiene el impuesto a los predios o autovalu que sumados nos da la base imponible a recaudar para cada ao.

Cuadro 10: Base Imponible 2009-2013AOBASE IMPONIBLE (S/.)PREDIOS (Und.)

2009892324.155997

2010978522.926012

20111192732.146085

20121372699.326107

20131438634.116143

Fuente: SIAT, Ministerio de Vivienda

Grafico 03: Base Imponible Anual 2009-2013

Descripcin: Este grafico nos demuestra las tendencias positivas de la base imponible que va de la mano con la cantidad de predios registrados por cada ao, en el ao 01 tenemos una base imponible de S/. 892,324.15 a recaudar con 5997 predios, lo que al final del ao 2013 la base imponible es de 1`438,634.11 con 6143 predios registrados hasta ese momento en toda la jurisdiccin perteneciente a la MPLP, donde se recaudara el impuesto predial o autovalu en una determinada fecha para cada predio respectivamente evaluado y registrado.

3.3 ANALISIS DE LA MOROSIDAD3.3.1 ANALISIS DE LA MOROSIDAD TRIMESTRALLa morosidad se produce cuando un contribuyente incumple el pago de su cuota en la fecha establecida. La morosidad es el riesgo de no cumplir sus obligaciones y esta no est ajena a la recaudacin tributaria municipal y produce graves perjuicios econmicos a la institucin. Se determinado la morosidad trimestral y anual de los ltimos 05 aos que a continuacin podemos observar el los cuadros y grficos correspondientes:

Nota: Para determinar la base imponible trimestral se ha divido entre 04 a la base imponible anual.

Cuadro 11: Morosidad Trimestral 2009-2013AOTRIBASE IMPONIBLE (S/.)RECAUDADO (S/.)MOROSIDAD (S/.)

2009I223081.04145,723.7977357.25

II223081.04139,145.7883935.26

III223081.04153,866.4369214.61

IV223081.04129,024.3194056.73

2010I244630.73182,154.1462476.59

II244630.73167,783.7976846.94

III244630.73176,769.7967860.94

IV244630.73177,479.9167150.82

2011I298183.04191,724.70106458.34

II298183.04234,462.6063720.44

III298183.04237,428.7260754.32

IV298183.04207,292.0990890.95

2012I343174.83215,724.92127449.91

II343174.83279,981.7163193.12

III343174.83207,371.22135803.61

IV343174.83238,625.34104549.49

2013I359658.50232,522.83127135.67

II359658.50292,728.5066930.00

III359658.50323,823.4035835.10

IV359658.50342,733.2816925.22

FUENTE: Elaboracin propia

Grafico 04: Morosidad Trimestral 2009-2013

Descripcin: Lo que se puede observar en el grafico es una irregularidad en el comportamiento trimestral por cada ao de los datos histricos una vez estimado los resultados de la morosidad. En el ao 2012 se puede observar trimestres ms pronunciados como en el tercer trimestre llegando a picos S/.135,803.71 en morosidad con respecto a base imponible trimestral del mismo ao. En el ao 2013 se puede observar picos menos pronunciados segn el grafico y se contrasta en el cuarto trimestre con una morosidad de S/: 16,925.22.

3.3.2 ANALISIS DE LA MOROSIDAD ANUALSe procede a estimar los resultados del anlisis de la morosidad anual y nos arroja los siguientes resultados que posteriormente sern analizados

Cuadro 12: Morosidad Anual 2009-2013AOBASE IMPONIBLE (S/.)RECAUDADO (S/.)MOROSIDAD (S/.)PREDIOS (Und.)

2009892324.15567760.31324563.845997

2010978522.92704187.63274335.296012

20111192732.14870908.11321824.036085

20121372699.32941703.19430996.136107

20131438634.111191808.01246825.996143

FUENTE: Elaboracin propia

Grafico 04: Morosidad Anual 2009-2013

Descripcin: El grafico nos muestra la evolucin de la morosidad en los ltimos cinco aos ya que en el 2009 tenemos una morosidad de S/. 324,563.84 en el periodo de la anterior gestin, al inicio del periodo de la actual gestin tenemos una disminucin de la morosidad en el ao 2010 con S/.274,335.29. El grafico nos indica que la morosidad se incrementa por diversos factores en el ao 2012 con S/. 430,996.13, despus de haber realizado un cambio en la gestin de gerencia de administracin tributaria en el ao 2013 se ha obtenido una morosidad de S/. 246825.99 siendo la de este ao la ms baja de los ltimos 05 aos.3.3.3 INDICE DE MOROSIDADCuadro 13: INDICE DE MOROSIDAD 2009-2013AOBASE IMPONIBLE (S/.)RECAUDADO (S/.)MOROSIDAD (S/.)INDICE

2009892324.15567760.31324563.8436%

2010978522.92704187.63274335.2928%

20111192732.14870908.11321824.0327%

20121372699.32941703.19430996.1331%

20131438634.111191808.01246826.1017%

FUENTE: Elaboracin propia

Grafico 06: INDICE DE MOROSIDAD 2009-2013

Descripcin: Si analizamos con la base imponible del 2009 tenemos una morosidad del 36% con una menor recaudacin del 64% con respecto a los otros aos. Para el ao 2013 tenemos un ndice de morosidad del 17% con respecto a su base imponible del mismo ao dando as una mayor recaudacin del 83% el porcentaje ms cercano a la meta de la base imponible de su propio ao.

3.3.4 ANALISIS COMPARATIVO Se realiza un anlisis comparativo con las principales variables de estudio para saber cules son sus tendencias y relacin que tiene cada variable.

Cuadro 14: Cuadro Comparativo Anual 2009-2013AOBASE IMPONIBLE (S/.)RECAUDADO (S/.)MOROSIDAD (S/.)PREDIOS (Und.)

2009892324.15567760.31324563.845997

2010978522.92704187.63274335.296012

20111192732.14870908.11321824.036085

20121372699.32941703.19430996.136107

20131438634.111191808.01246825.996143

FUENTE: Elaboracin propia

Grafico 05: Grafico Comparativo Anual 2009-2013

Descripcin: El grafico nos muestra una relacin positiva entre la base imponible, la cantidad de predios registrados para cada ao y lo recaudado del impuesto predial. No se podra decir lo mismo de la morosidad debido a que los valores de la base imponible y la recaudacin para sus mismos aos y los dems aos son diferentes lo que origina que sus amplitudes varen es por eso que la tendencia de la morosidad es irregular por diferentes factores como una base imponible mayor a lo recaudado en algunos aos y en otros una base imponible cercana a lo recaudado como en el ao 2013 que se obtiene una morosidad de S/.246,825.99 esto es originaria por el diferente tipo de gestin aplicado por los encargados de la gerencia de administracin tributaria.

CONCLUSIONES

1. La morosidad ha tenido irregularidades debido a que los valores de la base imponible y la recaudacin para sus mismos aos y los dems aos son diferentes lo que origina que sus amplitudes varen es por eso que la tendencia de la morosidad es irregular por diferentes factores como una base imponible mayor a lo recaudado en algunos aos y en otros una base imponible cercana a lo recaudado como en el ao 2013 que se obtiene una morosidad de S/.246,825.99 esto es originaria por el diferente tipo de gestin aplicado por los encargados de la gerencia de administracin tributaria.

2. La recaudacin tributaria de los ltimos 05 tiene un aumento notable pero no como debera de ser, sin llegar a cubrir esa brecha que origina la base imponible al momento de determinar la morosidad. Este dbil incremento se debe al auge econmico que vive nuestro pas ya que ellos impulsa el sector construccin las personas compran ms predios. Este incremento de predios tiene una relacin positiva con la recaudacin; pero no es cubierta a totalidad por una mala gestin aplicada por parte del rea de administracin tributaria.

3. En los 05 aos que se han analizados la morosidad y la recaudacin tributaria no se ha podido llegar a la meta de la recaudacin que es la base imponible debido a varios factores que los nombramos a continuacin. Asimetra de la informacin tributaria en el distrito de Rupa Rupa: Las personas carecen de informacin tributaria, esto conlleva al dbil compromiso de estar al da con sus impuestos diversos que impone la municipalidad Provincial. Escasa difusin de informacin tributaria: Debido a los limitados microprogramas de difusin en los medios de comunicacin (radio, televisin y diarios locales), la poblacin objetivo careces de la informacin tributaria en tiempo real. Bajo nivel de competencias del rea de rentas de la municipalidad: limitada capacitacin del personal del rea de Rentas, minimiza la mejora de generar estrategias de cobranza, recaudacin y llegar y/o aumentar la base tributaria en la MPLP. Bajo nivel de capacidades tcnicas en generar estrategias de recaudacin tributaria: La ausencia de capacitacin continua del personal profesional que labora en el rea de Rentas, se pierde muchas oportunidades de generar estrategias que mejoren la recaudacin tributaria en la municipalidad. Dbil aplicacin de las Buenas Prcticas de Administracin Tributaria

RECOMENDACIONES1. La oficina de la Gerencia de Administracin Tributaria de la MPLP siempre debe realizar estudios para determinar los ndices de morosidad trimestral que actualmente no lo realizan, solo hacen un anlisis a fin de ao. Este anlisis trimestral podr ver cul es la situacin real de la recaudacin trimestral y a travs del resultado y anlisis de estos datos se podr determinar y tomar decisiones acertadas.2. Para el incremento de la recaudacin se debe difundir la informacin tributaria en medios de comunicacin local (prensa escrita y oral-visual), esto permitir concientizar a los contribuyentes estableciendo una cultura tributaria para el beneficio de la MPLP y de la poblacin; adems capacitacin al personal de rentas mediante especialistas y/o consultores en tributos como capacitaciones para un buen trato al cliente.3. La MPLP debe premiar a sus trabajadores del rea de la Gerencia de Administracin Tributaria con incentivos a cumplir sus metas recaudadas. Sera una de las estrategias a utilizar para cubrir la brecha que actualmente existe entre lo recaudad y la base imponible.

BIBLIOGRAFIA1. BENAVIDES PINHO, Diva (1979): Combatiendo la morosidad. Buenos Aires - Argentina.

2. CARDENAS, Gerardo (1983): El Sector de Economa Publica en el Per: y la morosidad como traba del crecimiento. Lima-Per.

3. CARTER, Michel (1984): Productividad de la administracin publica. Lima Per

4. CASTRO CHIRIBOGA, Alfonso (1996): Manual para un analisis de morosidad. Quito Ecuador.

5. COOPAC Santo Francisco (2010): Manual de poltica tributaria Hunuco Per.

6. ENCOMENDEROS DAVALOS, Arnold (2001): Gestin para una recaudacin eficiente. Lima - Periu

7. FRANCO CONCHA, Pedro (2004): Evaluacin Tributaria.

8. GONZALES, Enrique (1998): Recaudacin Tributaria. Lima - Per.

9. UNAS-FCEA: Reglamento de Prctica Profesionales.

10. DYLAN THEDE ( 2009) : Manual Sobre La Ley De La Morosidad, una oportunidad perdida

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