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1
INVOLUCIÓN DE SUELDOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ENLACE Y MANDOS MEDIOS EN LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
2000 – 2012
ENERO DE 2013
2
INDICE
ANTECEDENTES 3
ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE SERVIDORES PÚBLICOS 4
EVOLUCIÓN SALARIAL EN TÉRMINOS NOMINALES 5
INVOLUCIÓN SALARIAL EN TÉRMINOS REALES 7
COMPARACIÓN CON EL PERSONAL OPERATIVO 9
COMPARATIVO SUELDOS CON NIVELES DE POBREZA 13
CONCLUSIONES 17
3
ANTECEDENTES
El Gobierno Federal, con base en su compromiso de ejercer los recursos públicos de una manera
más efectiva y responsable, durante los períodos 2000 – 2006 y 2006 – 2012, derivado de las
medidas de austeridad implementadas, decretó anualmente el congelamiento de los incrementos
salariales para los niveles de enlace y mandos medios de las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal, siendo por ejemplo que, con Decreto de Austeridad publicado el
día 4 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007, se
estableció en el Capítulo III “De las medidas en materia de servicios personales” en su artículo
Noveno que durante el ejercicio fiscal 2007, no se otorgarán incrementos salariales a los
servidores públicos de mando ni a los niveles homólogos, modificándose esta referencia a partir de
2008 por “niveles de Enlace, Mandos Medios y Superiores”.
En estos doce años, se ha realizado una retabulación de los niveles de Enlace, Mandos Medios y
Mandos Superiores en 2005, para pasar de un nivel de percepciones mínimo y máximo por puesto
(Enlace, Jefe de Departamento, Subdirector y Director de Área u homólogos) a un tabulador en
donde cada puesto o grupo presenta 3 grados o categorías (A, B o C), salvo los de Enlace que
presentan 4 Categorías (Q, A, B o C) y cada grado o categoría 3 Niveles de percepciones (A1, A2,
A3…C1, C2, C3).
Asimismo, en el año 2006 se realizó un ajuste consistente en una transferencia de la partida de
“compensación garantizada” a la partida de “sueldo base” del 3% con respecto al año anterior, que
no significó un incremento real, sino un ajuste entre partidas, pues el monto total de las
percepciones no sufrió modificación alguna, para mantenerse el nivel de percepciones resultante
hasta finales del año 2012. Es de aclararse que los puestos más afectados por estas medidas
resultaron ser los de Enlace, ya que el puesto con el nivel de percepciones más cercano a lo que
se percibía como mínimo hasta 2004 es el PQ3, creándose dos categorías más PQ2 y PQ1 con
niveles salariales inferiores a los mínimos manejados hasta 2004 mismos que a la fecha ya son
rebasados por el nivel operativo 11 siendo que la Constitución política de los Estados Unidos
Mexicanos en su artículo 127° fracción III señala que “Ningún Servidor Público podrá tener una
remuneración igual o mayor a su superior jerárquico…”
A partir del año 2007, esta medida de no otorgar incrementos salariales a mandos medios y
enlaces aparece en los sucesivos Decretos de Austeridad y es incluida también en los Decretos de
Presupuesto de Egresos de la Federación y demás ordenamientos derivados de dicho Decreto
hasta el año 2012 contraviniendo lo establecido en el artículo 123°, apartado B, fracción XIV de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que: “La Ley determinará los
cargos que serán considerados de confianza. Las personas que los desempeñan disfrutarán de las
medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social”.
Dichas medidas han causado un gran impacto en la economía de los Servidores Públicos de los
niveles de Enlace y Mandos Medios de la Administración Pública Federal en los últimos 12 años,
debido a que no se han percibido, ni siquiera, los incrementos al Salario Mínimo, y por otro lado el
detrimento en nuestro poder adquisitivo que, a diciembre de 2012, alcanza el 61.27% por efecto de
la inflación; además, se debe también comparar con el hecho de que no se reciben las
prestaciones de los niveles operativos, quienes han incrementado sus percepciones anuales, al
punto de que el nivel operativo más alto rebasa las percepciones del sexto grado o categoría de los
niveles de Enlace.
4
Lo anterior, se muestra de manera cuantitativa y gráfica en el presente análisis, que resume la
involución en términos reales (tomando en cuenta la inflación), de los niveles salariales de los
servidores públicos del Gobierno Federal entre los años 2000 y 2012.
Cabe aclarar que el ejercicio que se presenta a continuación es una elaboración propia de los
representantes de los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios de la Administración
Pública Federal, para efectos de este análisis se tomaron los datos de los tabuladores de
percepciones publicados en el Diario Oficial de la Federación, los datos sobre la inflación
publicados por Banco de México y el INEGI, los datos de prestaciones de los niveles operativos y
de sus percepciones extraordinarias, así como la Nota Técnica para la medición de la pobreza y los
resultados de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, publicada por la
Secretaría de Desarrollo Social.
ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE SERVIDORES PÚBLICOS
Los empleados del Gobierno Federal de Enlace y Mandos Medios están divididos, en grupos
jerárquicos, identificados por una letra, conforme al siguiente cuadro:
INDICADOR DE
GRUPO
JERÁRQUICO
PUESTOS DE REFERENCIA
M Dirección de Área
N Subdirección de Área
O Jefatura de Departamento
P Enlace
Fuente: Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal 2005 - 2012
Cada uno de estos grupos jerárquicos tiene, a su vez, tres grados o categorías, indicadas por las
letras A, B o C (siendo C la más alta) con excepción del nivel de Enlace, el cual se indica por las
letras Q, A, B o C. Por último, cada grado o categoría tiene a su vez tres niveles de percepción: el
1, 2 y 3 (siendo el número 3 el de mayor remuneración). Así por ejemplo, dentro del grupo P
(Enlace), el puesto de mayor remuneración será el PC3, y el de menor percepción, el PQ1. Para el
presente informe, se utilizarán los grupos P a M correspondientes a los llamados Mandos Medios y
Enlaces.
5
EVOLUCIÓN SALARIAL EN TÉRMINOS NOMINALES
Para efectuar los cálculos, se tomó en cuenta la percepción ordinaria bruta anual de los servidores
públicos establecidas en mínimos y máximos, de acuerdo con lo publicado cada año en el Manual
de Percepciones de la Administración Pública Federal hasta 2005 y el Manual de Percepciones de
los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal de
2006 al 2012. Cabe aclarar que los Manuales de Percepciones entran en vigor dentro de los
primeros meses de cada año, por lo general, el 31 de mayo. Antes de esa fecha, durante ese año
natural, aplica el tabulador del Manual del año anterior. Por ejemplo, durante el mes de enero de
2012, aplicó el tabulador publicado en el Manual de Percepciones en mayo de 2011. Por razones
de simplicidad, el presente análisis asume el cambio de tabulador en mayo de cada año y se aclara
que dichos tabuladores presentan los mismos niveles de percepciones del año 2000 al 2004 y la
retabulación del año 2005 al año 2012.
A continuación se presenta un cuadro resumen que refleja el comportamiento promedio de cada
grupo jerárquico de puestos de Enlaces y Mandos Medios, del año 2000 al 2004 por mínimos y
máximos de percepciones de acuerdo a lo publicado en los Manuales de Percepciones de la
Administración Pública Federal, así como por grupo jerárquico de puestos por categorías y niveles
a partir del año 2005 de acuerdo a lo publicado en los Manuales de Percepciones de los
Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
Inmediatamente después se presenta la información en forma gráfica.
Evolución del Salario Bruto en la APF de 2000 a 2012
Cuadro Resumen
AÑO P
ENLACE
O
JEFE DE
DEPARTAMENTO
N
SUBDIRECTOR
M
DIRECTOR DE
ÁREA
2000 10,667.08 14,200.05 20,211.78 36,544.20
2001 10,667.08 14,200.05 20,211.78 36,544.20
2002 10,667.08 14,200.05 20,211.78 36,544.20
2003 10,667.08 14,200.05 20,211.78 36,544.20
2004 10,667.08 14,200.05 20,211.78 36,544.20
2005 10,269.13 17,046.25 25,254.76 47,973.69
2006 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
2007 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
6
2008 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
2009 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
2010 10,577.20 17,046.25 25.254.76 47,973.69
2011 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
2012 10,577.20 17,046.25 25,254.76 47,973.69
NOTA: Los datos de nivel salarial se toman de los Manuales de Percepciones y son cantidades mensuales, aclarando que se utilizan los niveles
mínimos por cada puesto de 2000 a 2004, del 2005 en adelante se muestra el puesto, nivel y categoría promedio, es decir, para el nivel de enlace se
muestran las percepciones del nivel PQ3, de Jefe de Departamento el OA1, de Subdirector el NA1 y de Director de Área el MA1.
0.00
20,000.00
40,000.00
60,000.00
80,000.00
100,000.00
120,000.00
20
00
20
01
20
02
20
03
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04
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05
20
06
20
07
20
08
20
09
20
10
20
11
20
12
NIV
EL P
ERC
EPC
ION
ES
NIVEL DE PERCEPCIONES POR PUESTO MANDOS MEDIOS DE LA A.P.F.
DIRECTOR
SUBDIRECTOR
JEFE DPTO
ENLACE
7
INVOLUCIÓN SALARIAL EN TÉRMINOS REALES
Por otro lado, en este análisis se estudia la involución real del salario, a partir de la variación del
sueldo tomando en cuenta el efecto de la inflación. De esta manera, se compara el poder
adquisitivo del salario en un año dado, con el que se tenía en el año 2000.
El cálculo del poder adquisitivo se hizo con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor,
publicado por el Banco de México e INEGI.
Para medir la pérdida del poder adquisitivo, se descontó al sueldo anual la inflación acumulada,
es decir, el nivel de inflación del año anterior más la inflación del año en curso, acumulando año
por año el porcentaje de inflación.
El resultado indica cuál es el valor real de ese sueldo al final de cada año y el inicio del siguiente,
es decir, cuánto se estaba percibiendo en 2012 en pesos de ese año, pero con un valor
depreciado por efecto de la inflación desde el año 2000. Después se comparó con el sueldo
nominal del período (que es constante), para medir cuánto había variado el sueldo real.
A continuación, se presenta un cuadro resumen de los resultados promedio por año de cada
grupo jerárquico, e inmediatamente después en forma gráfica.
AÑO P
ENLACE
O
JEFE DE
DEPARTAMENTO
N
SUBDIRECTOR
M
DIRECTOR DE
ÁREA
%
DE INFLACIÓN
ACUMULADA
2000 116,535.72 155,132.71 220,809.65 399,238.08 8.96
2001 110,903.50 147,635.08 210,137.83 379,942.74 13.36
2002 103,607.21 137,922.25 196,312.98 354,946.51 19.06
2003 98,512.62 131,140.30 186,659.83 337,493.00 23.04
2004 91,869.16 122,296.51 174,071.93 314,733.27 28.23
2005 84,338.31 139,997.44 207,412.29 393,998.32 31.56
2006 81,727.91 131,712.96 195,138.48 370,683.11 35.61
2007 76,955.48 124,021.70 183,743.53 349,037.38 39.37
8
2008 68,667.18 110,664.26 163,953.90 311,445.20 45.9
2009 64,135.91 103,361.64 153,134.76 290,893.27 49.47
2010 58,551.15 94,361.22 139,800.25 265,563.16 53.87
2011 53,702.56 86,547.22 128,223.47 243,572.02 57.69
2012 49,171.29 79,244.61 117,404.33 223,020.09 61.27
NOTA: El porcentaje de inflación se tomó de Banco de México hasta 2011 e INEGI en 2012. Aquí se muestra el resultado de descontar al sueldo bruto
anual con base en los sueldos del año 2000 la inflación anual acumulada.
Como se puede observar, el salario ha sufrido severas disminuciones por efecto de la inflación
desde el año 2000, como ejemplo el nivel de Enlace PQ3 (nivel aproximado de percepciones a lo
que se tenía en 2004) que por efecto de la inflación en 12 años con un sueldo bruto anual de
$126,926.40, en 2012 su valor real es de $49,171.29; es decir una disminución de 61.27%. En
otras palabras, un peso del año 2012 compra lo que en el año 2000 compraban 39 centavos.
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Manual de Percepciones de cada año y de los datos de
inflación anual publicados por Banco de México e INEGI.
0.00
100,000.00
200,000.00
300,000.00
400,000.00
500,000.00
600,000.00
700,000.00
800,000.00
900,000.00
1,000,000.00
20
00
20
01
20
02
20
03
20
04
20
05
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20
07
20
08
20
09
20
10
20
11
20
12
COMPARATIVO DEL EFECTO DE LA INFLACIÓN ACUMULADA 2000 - 2012
DIRECTOR
SUBDIRECTOR
JEFE DPTO
ENLACES
9
Sin embargo, es importante no perder de vista el comportamiento de la inflación desde el segundo
trimestre del año 2012, donde los productos pecuarios registraron alzas que superaron por mucho
el promedio general. Al cierre del 2012 repuntaron 13.22 por ciento, siendo los casos más
destacados la cotización del huevo, con un alza de 33.45 por ciento y el pollo, con 12.52 por ciento.
También el jitomate se mantuvo caro (18.88 por ciento), el atún y la sardina en lata (18.63 por
ciento) y la carne de res (13.74 por ciento). Asimismo, dentro de la lista de los 20 productos que
más se encarecieron en 2012, se encuentran los energéticos como el gas natural doméstico (10.18
por ciento), el gas LP (9.17 por ciento) y la gasolina (7.23 por ciento).
Todos estos aumentos a los productos de consumo general representan un impacto en nuestra
economía, el encarecimiento de estos productos aunado a un nivel salarial que se mantiene fijo
desde hace 12 años, pero depreciado en su poder adquisitivo, genera una situación que día a
día se vuelve insostenible para los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios.
COMPARACIÓN CON EL PERSONAL OPERATIVO
Al anterior análisis, debe agregarse que los niveles operativos obtienen prestaciones de Ley y
otras extraordinarias, que les permiten hacer frente aunque sea en menor medida tanto a la
inflación como al incremento de los precios de productos no básicos pero necesarios, además de
los ya mencionados se puede enumerar la educación de hijos, el vestido, el calzado, además del
incremento en el costo de servicios, tal como sucede en el Distrito Federal con incrementos en el
predial, el costo del agua, energía eléctrica, refrendo de placas, etc.
Es de comentar también que los puestos de Enlace y Mandos Medios no recibimos los incrementos
al Salario Mínimo General Vigente como sí lo reciben los niveles operativos, dichos incrementos en
realidad son ajustes inflacionarios (indexación), los cuales de otorgarse permitirían revertir el efecto
de la inflación sobre nuestros salarios; del año 2000 al año 2012 el Salario Mínimo Diario en
México se ha incrementado en 39.19% es decir, en el año 2000 el Salario Mínimo Diario en la Zona
A era de $37.90 y en el año 2012 se sitúo en $62.33 lo que representa un incremento de $24.43
Diarios ó $943.20 anuales, esto resulta en una falta de ingresos por el ajuste inflacionario del
incremento a los Salarios Diarios Mínimos de $8,794.80 en 12 años en nuestras percepciones.
Para ilustrar de mejor manera la anterior situación se presenta un comparativo de las percepciones
que el puesto operativo más alto (Nivel 11) percibe mensual y anualmente, contra las percepciones
del puesto de Enlace de la categoría y nivel PQ3 (grado, categoría y nivel considerado en los
anteriores ejemplos) para ilustrar la diferencia en el nivel de percepciones que año con año se
incrementa a favor de los niveles operativos, el año de comparación será 2012.
10
AÑO
ENLACE PQ3
OPERATIVO 11 DIFERENCIA
MENSUAL
DIFERENCIA
ANUAL
SUELDO BASE 5,906.45 6,425.00 (518.55) (6,222.60)
COMPENSACIÓN 4,670.75 1,865.00 2,805.75 33,669.00
PERCEPCIÓN
ORDINARIA
BRUTA
10,577.20 8,290.00 2,287.20 27,446.40
COMPENSACIÓN
POR
CAPACITACIÓN
674.50 (674.50) (8,094.00)
FONAC
750.00 (750.00) (9,000.00)
MULTAS
2,400.00 (2,400.00) (28,800.00)
PAGO POR
DESARROLLO Y
CAPACITACIÓN
1,000.00 (1,000.00) (12,000.00)
TOTAL 10,577.20 13,114.50 (2,537.50) (30,447.60)
FUENTE: Elaboración propia con base en el Manual de Percepciones del año 2012, así como la información proporcionada por el área de Recursos
Humanos de la SHCP.
Como se puede observar, el nivel de ingresos del puesto operativo 11 supera anualmente por
mucho las percepciones del puesto de Enlace PQ3, situación que año con año se incrementa por
el apoyo que reciben los niveles operativos, por ejemplo la capacitación implica que cada año, por
realizar un curso, se le otorgan 6 días de sueldo base que se suman a los días otorgados por años
anteriores que se toman cursos, en el ejemplo que se presenta se consideran las percepciones de
un nivel operativo 11 que realiza cursos desde 2006 y por ende a 2012 percibe el pago por 36 días
de salario base.
11
A este respecto, es necesario mencionar que los puestos de Enlace y Mandos Medios cursamos
capacidades gerenciales y técnicas especificas para certificar nuestros puestos en el marco del
Servicio Profesional de Carrera (SPC), sin obtener remuneración alguna por lograr la certificación,
como se establece en la propia Ley, ya que deberíamos recibir estímulos y/o promociones:
Además para el caso de los Enlaces y Mandos Medios, existe la sanción de que el no aprobar los
cursos implica el despido del Servidor Público; por otro lado, para el personal operativo el apoyo
del Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC) también se incrementa cada año; el apoyo derivado
de los gastos de ejecución en materia del cobro de créditos fiscales (multas) puede incrementarse
o mantenerse en el mismo nivel para el personal operativo de varias dependencias, y el pago por
Desarrollo y Capacitación varia anualmente dependiendo de lo acordado entre el Gobierno Federal
y la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), con la peculiaridad
de que este apoyo se suma al sueldo base para la cotización de Seguridad Social que repercute en
un mayor monto de la jubilación de los Servidores Públicos Operativos.
En el caso de los cursos por el Servicio Profesional de Carrera, estos se pueden considerar
inequitativos, autoritarios e injustos, comparado con el trato a los niveles operativos, a quienes no
importa si aprueban o no los cursos para la obtención de su apoyo económico, ya que los puestos
de Enlace y Mandos Medios están sujetos a la aprobación de los cursos y evaluaciones para
continuar laborando en la Administración Pública Federal, siendo que la responsabilidad es mayor,
así como nuestro horario de trabajo y el riesgo de perder el empleo también lo es, pero con una
INVOLUCION en la remuneración que año con año se ve disminuida ante las percepciones de los
niveles operativos con menor responsabilidad y menor horario de trabajo, por lo que no se cumple
con el principio de “a mayor responsabilidad, mayor remuneración”, como además sucede con los
puestos de Mandos Superiores, contraviniendo al artículo 127° Constitucional que señala: “Ningún
servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico…”
Considerando que el principio de equidad e igualdad no marca distingo entre el personal operativo
y el de confianza, denominado así en razón de un código y no de sus funciones, resulta de vital
importancia se revise y adicione en el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de la
Administración Pública Federal, las prestaciones a que tienen derecho los Servidores Públicos de
Enlace y Mandos Medios, considerando que han sido segregados para recibir aquellas que
reconocen el tiempo de servicio, la capacidad y el estímulo por el desempeño de las funciones
asignadas y las aportaciones a la mejora de los procesos.
Es de mencionar que a nuestros castigados sueldos por inflación, por falta de compensaciones o
estímulos por nuestro desempeño, se debe sumar la tasa impositiva con la que se nos grava el
sueldo mensual, los porcentajes de I.S.R. varían de acuerdo al nivel de percepciones, a
continuación se presentan los niveles máximos de I.S.R. con que se han gravado nuestros sueldos
desde el año 2000, lo cual también repercute en obtener un nivel de bienestar familiar y social,
acorde a nuestro desempeño, responsabilidad y nivel de cumplimiento.
12
AÑO
ENLACE PA1
JEFE DPTO SUBDIRECTOR DIRECTOR
2000 - 35% 35% 35%
2001 - 35% 35% 35%
2002 - 35% 35% 35%
2003 - 34% 34% 34%
2004 32% 33% 33% 33%
2005 25% 30% 30% 30%
2006 25% 29% 29% 29%
2007 25% 28% 28% 28%
2008 16% 19.94% 21.95% 28.00%
2009 16% 19.94% 21.95% 28.00%
2010 16% 21.36% 23.52% 30%
2011 16% 21.36% 23.52% 30%
2012 16% 21.36% 23.52% 30%
FUENTE: Elaboración propia con base en la información proporcionada por CONTAMEX.COM, se aclara que los porcentajes del año 2000 al 2003 se toman
teniendo como base el año 2004 y que a partir del año 2008 se desglosan más niveles salariales con diferentes porcentajes de ISR, los niveles que se toman
para este ejercicio corresponden a las primeras categorías y niveles de cada puesto (Enlace PQ1, Jefe DPTO OA1, Subdirector NA1 Y Director MA1).
13
COMPARATIVO DE SUELDOS CON NIVELES DE POBREZA
Es fundamental que se conozca cómo se ha deteriorado nuestro sueldo y como ya varios de
nosotros estamos dentro de los conceptos de pobreza. Para conocer esta situación tomaremos
como punto de partida oficial la Nota Técnica para la medición de la pobreza y los resultados de la
Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, publicada por la Secretaría de Desarrollo
Social, en la cual observamos que en términos generales, para calificar a un hogar como pobre, se
compara el “ingreso neto total per cápita” del hogar con una línea de pobreza preestablecida.
Para calcular el ingreso neto total mensual per cápita de cada hogar, se debe sumar el ingreso
total mensual corriente del hogar (percepciones de sus miembros que incluye el ingreso monetario
y el ingreso en especie o no monetario o los regalos recibidos traducidos a pesos) y dividir éste
ingreso mensual entre el número de personas del hogar, con lo que se obtiene el ingreso neto total
mensual per cápita expresado en pesos (ingreso neto total per cápita).
Asimismo debemos conocer las tres líneas de pobreza definidas que son:
Pobreza alimentaria. El concepto lleva a calificar como pobres a todos aquellos hogares que
no tienen ingreso suficiente para adquirir la canasta básica
alimentaria, de esta manera es posible tener una primera medida de la
incidencia de la pobreza.
Pobreza de capacidades. Esta segunda medida de pobreza da cuenta del hecho de que el ser
humano para potenciar sus capacidades personales necesita
satisfacer otras necesidades básicas además de las alimenticias,
como los gastos referentes a cuidados de la salud y educación básica.
Pobreza de patrimonio. El tercer concepto de pobreza agrega no solo a la canasta básica
alimentaria y las consideradas en el concepto anterior, sino también
aquellas que permiten al ser humano vivir de manera digna. Estas
necesidades adicionales son: vestido y calzado; vivienda, servicios de
conservación como, energía eléctrica; combustible; y transporte
público, (obvio sigue quedando fuera recreación y vacaciones).
Para obtener la actualización de las líneas base de los tres niveles de pobreza, nos remitimos al
Programa de cálculo, valores de línea y anexo estadístico de la pobreza por ingresos (nacional.
urbana y rural) que emite la propia Secretaria de Desarrollo Social, a través del Consejo Nacional
de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
14
* Líneas de Pobreza por ingreso en México, (valores mensuales per cápita a precios corrientes)
Según los tres criterios de pobreza y de acuerdo a la información de sus respectivas líneas de
pobreza, todo hogar urbano con un “ingreso neto total per cápita” inferior o igual a $1,153.02
mensuales será considerado con pobreza alimentaria, de igual forma si ese ingreso es menor o
igual a $1,414.18 será considerado con pobreza de capacidades y finalmente, si el ingreso por
miembro es menor o igual a $2,313.43 será un hogar con pobreza de patrimonio, es decir donde la
familia no tiene una manera digna de vivir. Recordemos que este cálculo no significa que estemos
de acuerdo con las cifras oficiales establecidas, ya que en la realidad sabemos cómo nos aprieta el
cinturón por la inflación y el deterioro de los salarios.
Ahora bien, para realizar un primer acercamiento de como los servidores públicos ya nos
encontramos en niveles de pobreza patrimonial, tomaremos en cuenta la información de
percepciones del primer cuadro del documento, donde las percepciones mensuales de los diversos
grupos de servidores públicos de Mandos Medios y Enlaces son:
Descripción del Puesto Percepción
Ordinaria
Percepción Neta
sin ISR
Ingreso neto total
per cápita*
Enlace $ 10,577.20 $8,884.85 $ 2,221.21
Jefe de Departamento $ 17,046.25 $13,405.17 $ 3,351.29
Subdirector $ 25,254.76 $19,314.84 $ 4,828.71
Director de Area $ 47,973.69 $33,581.58 $ 8,395.40
* Considera el tamaño del hogar con 4 miembros promedio (padres e hijos)
Tipo de pobreza Líneas de pobreza urbana
mensual SEDESOL,
CONEVAL (mayo 2000)*
Líneas de pobreza urbana
mensual SEDESOL,
CONEVAL (diciembre 2012)*
Pobreza alimentaria $615.96 $1,153.02
Pobreza de capacidades $755.47 $1,414.18
Pobreza de patrimonio $1,235.85 $2,313.43
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En la gráfica se puede apreciar que con los valores obtenidos, los Enlaces están dentro de la
pobreza patrimonial y el nivel de Jefe de Departamento se encuentra cercano a la pobreza de
patrimonio, lo que nos hace ver cuánto se ha deteriorado el sueldo en estos niveles de mando que
son básicos para la operatividad de la Administración Pública Federal.
Como se mencionó anteriormente, los valores obtenidos no reflejan la realidad de la pobreza, y
como muestra basta un botón: el salario mínimo mensual en el D.F. es de $62.33 x 30 = $1,869.90,
lo que denota incongruencia básica con la línea de pobreza alimentaria, ya que todos conocemos
que dicho salario no es suficiente ni para alimentar adecuadamente a la persona que lo obtiene,
menos a una familia que estimamos de cuatro miembros, lo cual en muchos casos es mayor, por lo
que con solo esta comparación se puede afirmar que para conocer en la realidad los tres
conceptos básicos de niveles de pobreza mencionada, se tendría que considerar, cuando menos,
que el “ingreso neto total per cápita” es el propio salario mínimo mensual.
Con lo anterior, modificamos el cuadro de las líneas de pobreza en forma proporcional, para no
dispararnos del contexto que queremos dejar establecido como el adecuado para cubrir las
necesidades definidas al principio del documento.
* Tomado el salario mínimo mensual del D.F. a diciembre de 2012, como referencia básica per cápita, proporcional al tipo de pobreza
$0.00$1,000.00$2,000.00$3,000.00$4,000.00$5,000.00$6,000.00$7,000.00$8,000.00$9,000.00
Ingreso Neto per capita
Pobreza de Patrimonio
Tipo de pobreza Líneas de pobreza urbana
mensual SEDESOL,
CONEVAL (mayo 2000)
Líneas de pobreza urbana
mensual (diciembre 2012)*
Pobreza alimentaria $615.96 $1,869.90
Pobreza de capacidades $755.47 $2,293.48
Pobreza de patrimonio $1,235.85 $3,751.73
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Con estos nuevos valores, más cercanos a la realidad que impera en nuestro país, podemos hacer
la comparativa de los tres criterios de pobreza y de acuerdo a la información de sus respectivas
líneas de pobreza, todo hogar urbano con un “ingreso neto total per cápita” inferior o igual a
$1,869.90 mensuales debe ser considerado con pobreza alimentaria, de igual forma si ese ingreso
es menor o igual a $2,293.48 será considerado con pobreza de capacidades y finalmente, si el
ingreso por miembro es menor o igual a $3,751.73 será un hogar con pobreza de patrimonio, es
decir, donde la familia no tiene una manera digna y estable de vivir.
Por lo que ahora en la gráfica se puede apreciar que con los valores obtenidos, no sólo los Enlaces
están dentro de la pobreza de capacidades, sino cercanos a la pobreza alimentaria; asimismo
ahora el nivel de Jefe de Departamento ya se encuentra en el límite de la pobreza de patrimonio, lo
que confirma cuánto se ha deteriorado el sueldo en estos niveles de mando operativo de la
Administración Pública Federal. Igualmente se aprecia en la gráfica que los siguientes niveles de
mando medio (Subdirectores y Directores de Área u homólogos), se acercan cada vez más a la
pobreza de patrimonio.
$0.00$1,000.00$2,000.00$3,000.00$4,000.00$5,000.00$6,000.00$7,000.00$8,000.00$9,000.00
Ingreso Neto per capita
Pobreza de Patrimonio
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CONCLUSIONES
La reiterada negativa de otorgar incrementos salariales a los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios a partir del Ejercicio Fiscal 2000 mediante Decretos de Austeridad, Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación, del Programa de Reducción del Gasto Público y demás ordenamientos legales que reproducen ésta negativa, contravienen lo expresado en los artículos 123°, apartado B, fracción XIV y 127° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por lo que dicha política es inconstitucional.
El efecto de la inflación acumulada durante el periodo 2000 – 2012 que alcanza un nivel de 61.27% ha golpeado de manera significativa el poder adquisitivo de los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios especialmente al no percibir los ajustes inflacionarios anuales correspondientes a los incrementos al Salario Mínimo General Vigente (SMGV).
Existe una política salarial dirigida a los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios de la Administración Pública Federal, que no exalta los principios de Equidad e Igualdad al momento que niveles operativos perciben mensualmente montos superiores a lo que perciben algunos niveles de Enlace, contraviniendo lo estipulado en el artículo 127° fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la desprotección salarial y de la Seguridad Social que padecen también los Mandos Medios y que previene el artículo 123°, aparatado B, fracción XIV de la Constitución.
El incremento anual de percepciones de los niveles operativos sobre su sueldo base por concepto de Salario Mínimo General Vigente, prestaciones como Capacitación y Desarrollo, y otras deja en clara desventaja a los niveles de Enlace y Mandos Medios, quienes no reciben incremento alguno sobre su sueldo base, lo cual se ve reflejado en una mayor cotización a la Seguridad Social para efectos de la jubilación por parte de los niveles operativos, no cumpliéndose así lo previsto en el artículo 123° apartado B, fracción XIV de la Constitución.
La falta de cumplimiento por parte del Gobierno Federal de lo estipulado en los artículos 10° fracción III, 13° fracción V, 55° fracción II y 56° de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en lo referente a los estímulos al desempeño, ascensos y promociones para los Servidores Públicos de Carrera (Enlaces y Mandos Medios) en comparación con las prestaciones que por estos conceptos perciben los niveles operativos, y quienes además no están sujetos a mantener la certificación de sus puestos como los Servidores Públicos de Carrera ni a tener horarios mixtos, resulta injusta, inequitativa y discriminatoria.
Se hace indispensable revisar y adicionar en el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal, las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador de Enlace y Mando de la APF, considerando que han sido segregados para recibir aquellas que reconocen el tiempo de servicio, la capacidad y el estímulo por excelencia en el desempeño de las funciones asignadas y las aportaciones a la mejora de los procesos.
Se requiere de la homologación de puestos, niveles, salarios, prestaciones y estímulos para los Enlaces y Mandos Medios de la Administración Pública Federal con la finalidad de alcanzar los principios de equidad e igualdad salarial.
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A la pérdida de poder adquisitivo por efecto de la inflación, se agregan las deducciones por ISR, prestaciones y seguros institucionales derivando en ingresos netos aún más bajos para los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios de la Administración Pública Federal.
El hecho comprobado que los niveles de Enlace, se encuentran en Pobreza de Capacidades y los Jefes de Departamento ya están en situación de Pobreza Patrimonial, como lo es también que los niveles de Subdirector y Director de Área se encuentran cercanos a esta situación hace improrrogable una política de incrementos salariales que no sólo cubran el efecto inflacionario, sino que además permita la recuperación paulatina del poder adquisitivo de los Servidores Públicos de Enlace y Mandos Medios de la Administración Pública Federal.