15
Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio Pleito entre la Villa de Fuenterrabía y su aldea de Irún (1328-1500) M.ª Soledad Tena García

Irún a fines de la Edad Media

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Pleito entre la Villa de Fuenterrabía y su aldea de Irún (1328-1500) M.ª Soledad Tena García

Citation preview

Page 1: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media.

Documentos para su estudio

Pleito entre la Villa de Fuenterrabía y su aldea de Irún

(1328-1500)

M.ª Soledad Tena García

Page 2: Irún a fines de la Edad Media

CIP. Biblioteca UniversitariaTena García, M.ª Soledad

Irún a fi nes de la Edad Media : documentos para su estudio : pleito entre la Villa de Fuenterrabía y su aldea de Irún (1328-1500) / M.ª Soledad Tena García. — Bilbao : Uni-versidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Argitalpen Zerbitzua = Servicio Editorial, D.L. 2011. — 83 p. ; 14 cm. + 1 CD-Rom — (Inéditos de Historia ; 5)

El CD-Rom contiene el Catálogo y la Colección DocumentalD.L.: BI-2910-2011 ISBN: 978-84-9860-573-0

1. Gipuzkoa – Historia – 0500-1500 (Edad Media) 2. Gipuzkoa – Historia – Fuentes 3. Irun (Gipuzkoa) 4. Hondarribia (Gipuzkoa)

946.015.4 "05/15"946.015.4 (093)

Este libro se ha escrito como parte de un proyecto de investigación de la UPV-EHU (Có-digo del proyecto: 9/UPV 0014.130-16009/2004) y de la convocatoria de Ayudas para Apoyar las Actividades de los Grupos de Investigación del sistema universitario vasco (Gobierno Vasco, 2007).

Foto de portada/Azalaren argazkia: Plano de 1719 de Fuenterrabía. Javier Gómez Piñeiro, José Luis Orella Unzúe, Juan Antonio Sáez García, José M.ª Roldán Gual y José M.ª Aramburu, Documentos cartográfi cos históricos de Guipúzcoa I. Cartoteca histórica del Servicio Geográfi co del Ejército, publicado por la Diputación Foral de Guipúz-coa, Departamento de Urbanismo y Arquitectura, San Sebastián, 1994, pág. 249 (241. Les environs de Fontararabie. Signatura: Servicio geográfi co del ejército, Car-toteca histórica, atlas 65, Arm. 1.)

© Servicio Editorial de la Universidad del País VascoEuskal Herriko Unibertsitateko Argitalpen Zerbitzua

ISBN: 978-84-9860-573-0Depósito legal/Lege gordailua: BI - 2.910-2011

Fotocomposición/Fotokonposizioa: Ipar, S. Coop.Zurbaran, 2-4 - 48007 Bilbao

Impresión/Inprimatzea : Sarbide, S.A.P.A.E. Asuaran - Edificio Asua - 48950 Erandio (Bizkaia)

Page 3: Irún a fines de la Edad Media

7

Índice

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

Introducción histórica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

La Tierra de Guipúzcoa. Las villas y la Hermandadde Guipúzcoa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

Fuenterrabía e Irún. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50

Edición en CD:

Catálogo documental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3Colección documental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71Índice de personas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 631Índice de lugares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 671

Page 4: Irún a fines de la Edad Media
Page 5: Irún a fines de la Edad Media

9

Introducción1

El texto que aquí se transcribe se corresponde con un plei-to acaecido a finales del siglo XV entre la villa de Fuenterrabía y su aldea de Irún. Este pleito se encuentra en el Archivo Mu-nicipal de Fuenterrabía2 y, aunque fechado en 1560, se retrotrae en el tiempo más de 200 años, hasta 1328. Son 350 documentos que presentan una vívida imagen de una rica e importante aldea a finales del siglo XV. A través de ellos se puede ir conociendo a los habitantes de este núcleo y a los de la cercana villa, sus rela-ciones, intereses, bienes, dedicaciones económicas, fórmulas de actuación, tanto a nivel personal como de aldea. La riqueza do-cumental es muy amplia y muchos son los temas de estudio que ofrece, de los que aquí apuntamos algunos.

1 Este trabajo se inscribe dentro del Proyecto de Investigación Culturas urba-nas y percepciones sociales en los concejos castellanos medievales durante los si-glos XIII-XV. HAR2010-14826.

2 El mismo se encuentra en el Archivo Municipal de Fuenterrabía y su signatu-ra es C/5/I/1/1.

Page 6: Irún a fines de la Edad Media

M.ª Soledad Tena García

10

Las normas de trascripción utilizadas han sido recomen-dadas por la Comisión Internacional de Diplomática y Sigi-lografía3, adecuándolas a las exigencias de este tipo de docu-mentación.

Cada documento va precedido de un número arábigo en ne-grita que indica el orden cronológico real que le corresponde. A continuación de él van las fechas crónica y tópica, separadas por comas, que dan idea de la fecha y lugar de expedición del documento. Cuando alguno de los datos no aparece expresa-mente reflejado en el texto hemos optado por introducirlo entre paréntesis «( )». Le sigue una breve regesta, en cursiva, del do-cumento y la localización del mismo, con los folios correspon-dientes dentro del pleito. Igualmente, hacemos constar si el do-cumento tiene otros en su interior y el número que ocupan en nuestra Colección Documental.

Tras estos datos viene la trascripción en sí del documen-to, en el que siempre constan los folios del original en el que se encuentra, diferenciando entre caras rectas «r.» y vueltas «v.». En la trascripción hemos optado por respetar la grafía original utilizada por el escribano. Por ello hemos respetado la «ç»; he-mos trascrito la sigma griega por «s» o «z» según corresponda; la «R» la hemos trascrito como «r» salvo que el escribano haya escrito «rr», respetando, en este caso, la grafía original aun-que hoy en día no la utilicemos; hemos respetado las «s», «t» y «l» dobladas como tales; la «X» griega la hemos trascrito por «ch»; la abreviatura sobre la «n» por «ñ»; y, finalmente, la «u»

3 En Commision Internationale de Diplomatique et Commision Internationale de Sigillographie, Folia Caesaraugustuna, 1, Diplomatica et Sigillo gra phica, Za-ragoza, 1984.

Page 7: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio

11

con valor consonántico la hemos trascrito por «v»; igualmente, hemos respetado la grafía original en el caso de las «v» y «b», transcribiendo la «v» con astil izquierdo alto por «v» y dejan-do la «b» solamente para aquellos casos en los que la letra se traza claramente. También hemos desarrollado las abreviaturas del texto, pero hemos respetado las contracciones, separando sus palabras por medio de una apóstrofe «’» a fin de hacer más comprensiva la lectura. Igualmente, hemos tratado, en la medi-da de lo posible, de aclarar, mediante notas a pie de página, los errores que los sucesivos escribanos que trazaron las copias y traslados del documento cometieron. Los más corrientes son errores en la escritura de los nombres y apellidos de los aldea-nos de Irún, así como algunas fechas erróneas.

Por último, hacemos constar los añadidos al texto, por omi-sión o rotura del documento, entre corchetes «[ ]», que nos han servido, igualmente, para introducir las palabras necesarias para comprender, en ocasiones, el texto. Las palabras de ortogra-fía dudosa o incorrecta las resaltamos mediante un «sic» escri-to entre paréntesis «(sic)». Estos servirán también para expresar las particularidades del texto (cruces † fundamentalmente). Las tachaduras, correcciones y anomalías van resaltadas en nota al pie. Hemos acentuado y puntuado siguiendo, en la medida de lo posible, nuestras normas ortográficas, con el fin de facilitar la lectura de los textos al lector.

Por último, destacamos que, para facilitar el manejo del do-cumento, en la última trascripción llevada a cabo, la de 1560, el escribano Diego de Valera realizó nume rosas acotaciones en la zona izquierda de todos los folios, destacando los aspectos que más podían interesar a aquel que, interesado en defender los in-tereses hon darra bi tarras, consultara el documento. No siempre

Page 8: Irún a fines de la Edad Media

M.ª Soledad Tena García

12

son legibles, pero, en la medida de lo posible, los hemos trascri-to, situándolos en notas al pie de página. Ello explica el gran número de éstas. Igualmente, rubricó todas las caras del pleito, algo que no hemos hecho constar en cada uno de los cambios de folio para evitar incrementar aún más (en 208) las notas a pie de página. Lo que si hemos destacado son las correcciones rea-lizadas por el escribano y destacadas en algunos folios.

Introducción histórica

La Tierra de Guipúzcoa. Las villas y la Hermandad de Guipúzcoa

La base de la organización territorial guipuzcoana en la Edad Media son las villas, principal agente articulador del terri-torio. El paso al dominio castellano en 12004 supuso el mante-nimiento de esta Tierra dentro de la administración realenga. En esto debe afirmarse un principio de continuidad. Tampoco fueron sobresalientes los cambios operados en las relaciones sociales del área. Los representantes regios en la zona, merinos, alcaldes mayores y corregidores5, no tuvieron un peso especí-fico importante durante el período medieval. Lo que si resultó

4 Vid. Para su conquista vid. J.A. FERNÁNDEZ DE LARREA: «La conquista cas-tellana de Álava, Guipúzcoa y el Duranguesado (1199-1200)» y L.F. PÉREZ DE CI-RIZA: «La quiebra de la soberanía navarra en Álava, Guipúzcoa y el Duranguesa-do (1199-1200)», Revista Internacional de Estudios Vascos. 800 Aniversario de la Conquista de Álava, Guipúzcoa y el Duranguesado, 45, 2, (2000), pp. 425-438 y 439-494 respectivamente.

5 Vid. M.ªS. TENA GARCÍA: La sociedad urbana en la Guipúzcoa costera me-dieval. San Sebastián, Rentería y Fuenterrabía (1200-1500), San Sebastián, 1997, pp. 199-204

Page 9: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio

13

fundamental fue la aparición y extensión de pequeñas villas que cubrieron prácticamente todo el territorio guipuzcoano a gran velocidad. La cronología de la fundación de las villas comenzó en torno a 1180 y terminó en 14536.

Las razones para explicar tan gran número de fundaciones, 27 durante el período medieval, atienden a argumentos de di-versa índole. Argumentos de carácter económico, convirtién-dolas en el centro de intercambios comerciales y de diversifica-ción de las actividades económicas existentes hasta el momento en Guipúzcoa, además del beneficio y la potenciación del co-mercio internacional atlántico. Argumentos de carácter político, para asegurar la posesión y colonización de Guipúzcoa con res-pecto a posibles intereses navarros. A ellos se unen los de carác-ter militar y defensivo. Razonamientos jurídicos, para imponer así sobre las divisiones eclesiásticas un continuum del realen-go castellano y como una forma de frenar el avance de intere-ses ajenos a los monarcas, principalmente al crecimiento de los señoríos laicos. Y también el desarrollo demográfico de la zona hasta 13487.

La fundación de Fuenterrabía, villa a la que pertenecía la aldea de Irún que aquí estudiamos, se encuadraría dentro de una

6 San Sebastián fue fundada hacia 1180; Fuenterrabía, en 1203; Guetaria y Mo-trico, en 1209; Zarauz, en 1237; Tolosa, Segura y Villafranca, en 1256; Mondragón, en 1260; Vergara, en 1268; Azpeitia, en 1310; Villanueva de Oyarzun, en 1320; Az-coitia, en 1324; Salinas de Léniz, en 1331; Elgueta, en 1335; Deva y Placencia, en 1343; Eibar y Elgoibar, en 1346; Zumaya, en 1347; Usúrbil, en 1371; Orio, en 1379; Hernani, antes de 1380; Cestona y Villarreal de Urrechua, en 1383; por último, el Valle de Oyarzun recibió el villazgo en 1453.

7 Realizamos un análisis de los motivos de las fundaciones y de las interpreta-ciones de diferentes autores sobre éstas en M.ªS. TENA GARCÍA: La sociedad urbana en la Guipúzcoa costera medieval, op. cit, pp. 148-155.

Page 10: Irún a fines de la Edad Media

M.ª Soledad Tena García

14

primera etapa de fundaciones que llegarían hasta Alfonso X y que comenzó con la fundación navarra de San Sebastián.

En esta etapa son motivaciones comerciales el principal mo-tor de las fundaciones. Gascones y autóctonos mostraron una coincidencia de intereses que se aunaban a los de los reyes na-varros y castellanos: la actividad marítima, tanto en el mar como en tierra a través de los astilleros y las rutas de intermediación y las necesidades de abastecimiento de los comerciantes y marine-ros, pusieron en contacto a los gascones con los linajes de la tie-rra, quiénes les surtirían de los productos necesarios. Este interés era fomentado por las nacientes relaciones que al amparo de los nuevos lazos comerciales se estaban estableciendo de norte a sur y que, a su vez, se veían potenciadas por las monarquías. Parece seguro que el estímulo a las villas no vendría sólo del lado regio, sino que los dirigentes de la tierra serían los primeros interesa-dos en este fomento. En efecto, los cabezas de linaje vieron aquí una posibilidad más de expansión y se sumaron a las nuevas ac-tividades, incluyendo en ellas a un numeroso grupo de emparen-tados, aprovechando la misma coyuntura alcista que fomentó el crecimiento demográfico y económico, y que les permitió mul-tiplicar las fuentes de origen de sus rentas. Además, compren-dieron muy pronto, ya durante el siglo XIII, las ventajas de bajar a poblar los nuevos núcleos recién fundados. Prueba de ello es que pidieron a los monarcas la creación de otras villas, situadas en lugares estratégicos, beneficiándose de su situación fronteriza con el reino de Navarra y del cierre en sí mismo que sufría el ve-cino Señorío de Vizcaya.

Por ello, la coyuntura alcista de los siglos XII y XIII que pro-vocó un desarrollo paralelo y sin igual de la marina del área cántabra, los intereses repobladores de los monarcas, la aporta-

Page 11: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio

15

ción del Ducado de Gascuña como dote por Leonor de Inglate-rra, la constitución de Burgos como principal centro redistribui-dor de la lana castellana, son factores que apuntan, junto con el cambio de eje comercial del Mediterráneo al Atlántico, a una primera unión de intereses entre el monarca y los linajes habi-tantes de la Tierra guipuzcoana que perdurará durante siglos. Todas las villas guipuzcoanas están enclavadas en la encrucija-da de tres reinos: Castilla, Navarra e Inglaterra/Francia, sirvien-do de enlace y punto de encuentro de los intereses castellanos en el comercio internacional. Estas villas articularon entre sí una red viaria recorrida por recuas de bestias de carga, favore-cida por las cortas distancias entre ellas, organizándolas en una tupida red de relaciones y marcando entre ellas una especializa-ción en los tipos de transporte y dedicaciones integradoras de todo el territorio. Ya en el siglo XIII era necesario, vital, para es-tas villas guipuzcoanas recién fundadas el tráfico internacional de mercancías, sin el cual no podrían sobrevivir8. A estas funda-ciones siguieron otras, ya desde mediados del siglo XIII y hasta mediados del XV, que respondían a intereses de otra índole.

8 En un ciclo de larga duración apreciamos como al ser Guipúzcoa y Vizcaya unas zonas pobres en cereales se desarrollaron más fuertemente los sectores secun-dario y terciario, creciendo la dependencia con el exterior, lo que provocó un au-mento del número de vecinos no agricultores, y con ello un paralelo aumento de la necesidad de grano importado, equilibrado en la balanza comercial mediante expor-taciones siderometalúrgicas. Ello llevó a la zona a convertirse en un lugar de acarreo incapaz de abastecerse. L.M. BILBAO y E. FERNÁNDEZ DE PINEDO: «En torno al pro-blema del poblamiento y la población del País Vasco en la Edad Media», Homenaje a Julio Caro Baroja, Madrid, 1978, p. 143. Una carta real expedida en 1327 expresa claramente esta dependencia: «E otrosí me enviaron a mostrar en cómo la mi tierra de Guipúzcoa que es muy fuerte e muy menguada de pan e de las otras viandas en guisa que se mantiene de acarreo del Andalucía», G. MARTÍNEZ DÍEZ, E. GONZÁLEZ DÍEZ y F.J. MARTÍNEZ LLORENTE: Colección de Documentos Medievales de las Villas Guipúzcoanas. (1200-1369), San Sebastián, 1991, p. 153.

Page 12: Irún a fines de la Edad Media

M.ª Soledad Tena García

16

Habría que preguntarse por las causas de tan formidable ex-pansión del fenómeno de fundación de villas que se dio en la Edad Media guipuzcoana. Creemos que en buena medida se de-bió a que los reyes de Castilla pudieron aplicar en esta zona con eficacia lo que las circunstancias impedían hacer en otras, sobre todo de la Meseta. Los monarcas, interesados, ya desde la épo-ca de Alfonso VIII, en las actividades comerciales con el exte-rior con un nuevo sentido, sobre todo desde la reforma imposi-tiva de Alfonso X9, y que se veían apremiados por la necesidad de organizar sobre bases más coherentes y homogéneas sus do-minios y necesitados de organizar el realengo mediante la inter-vención de poderes intermedios o sistemas concejiles, encon-traron un terreno fértil para esta organización en la Tierra de Guipúzcoa y consideraron que podría ser una clara y positiva salida al nuevo orden que se estaba estableciendo en el otorga-miento de estas fundaciones. La falta de obstáculos serios, dada la débil señorialización de la zona, y la existencia de factores estimulantes derivados de la potencialidad comercial y el dina-mismo de sus bases sociales, facilitó la estrategia regia. Guipúz-coa pudo así quedar articulada en ese nivel territorial mediante las villas gracias al concurso de varios elementos que el poder regio supo canalizar de acuerdo a sus parámetros de concesión de villazgo y privilegios. Por un lado, la adecuación del marco jurisdiccional a las demandas y capacidad de desarrollo de la población de inmigrantes gascones y comerciantes burgueses. Por otro, la permeabilidad hacia esos nuevos marcos por parte de los linajes autóctonos que intuyeron las ventajas y que op-

9 L.M. DÍEZ DE SALAZAR: «El Diezmo viejo y seco o diezmo de la mar de Cas-tilla (siglos XIII-XVI). Aportación al estudio de la fiscalidad guipuzcoana», Boletín de Estudios Históricos de San Sebastián, 15 (1981), pp. 187-314.

Page 13: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio

17

taron por una integración, y hasta simbiosis de tipo social con el grupo anterior dentro de las nuevas realidades. También fue fundamental el atraso histórico de la zona respecto de las evo-luciones características de otras partes en cuanto a la existen-cia —que no se daba en Guipúzcoa— de inmunidades señoria-les, lo que posibilitó que, mientras en otras partes del reino gran parte del territorio ya no era controlado por el rey, en la zona guipuzcoana los reyes se encontraron con un realengo práctica-mente intacto y, por tanto, con enormes posibilidades de reor-ganización. Y, por supuesto, la constatación previa de la via-bilidad de las fórmulas de fundación de villas nuevas de otras partes del reino o de los reinos vecinos, lo que permitió aplicar todo un equipamiento jurídico e institucional ya conocido que había demostrado su eficacia10.

Por ello las villas guipuzcoanas gozaron de unas caracte-rísticas comunes en cuanto a estatuto jurídico. Todas ellas esta-ban aforadas a San Sebastián o a Vitoria11, difundiendo de este modo el derecho de francos, con adiciones de carácter comer-cial en sus fueros y cubiertas jurídicamente con el Fuero Real. Los reyes organizaron todo el realengo gracias a estas villas. Sus concejos representaron una especie de poder intermedio que sustituyó a la administración del señorío del rey caracterís-tica de tiempos anteriores12.

10 M.ªS. TENA GARCÍA: La sociedad urbana en la Guipúzcoa costera medieval, op. cit., pp. 156-157.

11 En cuanto a las familias de fueros, VV.AA.: El Fuero de San Sebastián y su época, San Sebastián, 1981, y J.L. ORELLA UNZÚE: «El modelo riojano-alavés de Vitoria de fueros de francos y su difusión en Guipúzcoa», Vitoria en la Edad Me-dia. I Congreso de Estudios Históricos, Vitoria, 1982, pp. 711-723.

12 Es evidente que este cambio está estrechamente conectado con la propia evolución histórica de los dominios del rey, concretamente a través de las fases de

Page 14: Irún a fines de la Edad Media

M.ª Soledad Tena García

18

Todas las villas contaban con un territorio, más o menos ex-tenso, organizado a través de las llamadas colla cio nes, que eran aldeas dependientes del núcleo capitalino. Algunas de estas co-llaciones eran anteriores a la fundación de las villas y otras fue-ron el resultado de las necesidades repobladoras de las nuevas fundaciones13. Las villas organizaron la vida de estas collacio-nes, dejándoles libertad de actuación en aquellas cuestiones que no suponían iniciativas lesivas a los intereses villanos. La in-tromisión, fundamentalmente económica, de las oligarquías vi-llanas en las aldeas pertenecientes al concejo les otorgaba un poder nada desdeñable en éstas14. Las materias económicas y financieras van a ser, en cambio, fuertemente centralizadas y controladas desde las villas, sin ofrecer opciones en cuanto al proceso de toma de decisiones a los vecinos de las collaciones,

propiedad dominical, dominio señorial y señorío jurisdiccional, que tienen lugar en estos siglos y que servirán también para definir la trayectoria del señorío del rey. Vid. C. ESTEPA: «El realengo y el señorío jurisdiccional concejil en Castilla y León (siglos XII-XV)», Concejos y ciudades en la Edad Media hispánica (II Congreso de Estudios Medievales), León, 1990, pp. 467-506.

13 Por ejemplo, en el caso de la fundación de San Sebastián, Usúrbil, Orio y Her-nani, más tarde desgajadas, eran lugares poblados previamente a la fundación de la vi-lla. Fuenterrabía fundó, ex novo, Lezo y el Pasaje de Allende, mientras que Irún exis-tiría previamente, aunque la propia villa fue también una fundación ex novo a costa del territorio donostiarra. También Villanueva de Oyarzun y el Valle de Oyarzun, este último previo a la fundación de la villa, surgieron del término donostiarra. Vid. para estas fundaciones, M.ªS. TENA GARCÍA: La sociedad urbana en la Guipúzcoa costera medieval, op. cit., pp. 257-278 y 364-365.

14 Es de sobra conocido el proceso mediante el cual las oligarquías de las villas, como propietarias de los bienes en las aldeas, bien conseguidos mediante herencia —aquellas familias que basaron su predominio en la villa como algo derivado de la an-terior situación privilegiada en las aldeas—, bien mediante compras e inversiones, bien por usurpaciones, conseguirán el derecho, como herederos, al uso de los bienes comu-nales de las aldeas, además de los de la propia villa y de los correspondientes a ambos espacios, como vecinos del núcleo villano.

Page 15: Irún a fines de la Edad Media

Irún a fines de la Edad Media. Documentos para su estudio

19

pese a los intentos de éstos de hacer necesaria y obligatoria su presencia en las reuniones concejiles donde se efectuaran derra-mas o se tratasen temas directamente relacionados con ellos15. Durante el siglo XIV se aprecia un doble proceso donde los inte-reses de los linajes de la tierra y de las villas coinciden, produ-ciéndose una fusión entre ambos16.

Las primeras fundaciones guipuzcoanas atendían, funda-mentalmente, a una división de sus habitantes en función de su lugar de origen, distinguiendo entre habitantes autóctonos y los foráneos, privilegiando a los segundos sobre los primeros. Esta división pronto fue abandonada, de derecho que no de hecho, y la división se establecía entre los que vivían en la propia vi-lla y los habitantes de las collaciones pertenecientes a éstas. El resto de las villas, las fundadas desde 1204 en adelante, ya no atienden al origen autóctono o foráneo17.

Las capas dirigentes de las villas ya habían logrado una ho-mogeneidad alta en el siglo XIV. Sus intereses y puntos de mira eran coincidentes: ampliación de las dedicaciones económicas de unos y otros hacia nuevos sectores de la producción, bien sea el comercio, bien la adquisición de bienes raíces o el común interés por la producción ferrona y su exportación; la existencia

15 Vid. infra los intentos fallidos de la aldea de Irún por encontrarse presente, a través de sus jurados, en las reuniones concejiles cuando se realizaban derramas de pechos que afectaban a villa y tierra.

16 Las oligarquías urbanas controlan progresivamente el mundo rural circun-dante a la vez que los linajes de la tierra consiguen introducirse en las redes comer-ciales a través de la producción y venta de hierro y de las labores de intermedia-ción, representación y administración que pueden conseguir. El caso donostiarra y hondarrabitarra fue estudiado en Ibídem, pp. 382-464.

17 Los gascones, procedentes de Bayona, solamente estaban asentados en el ex-tremo este guipuzcoano, en las villas de San Sebastián y Fuenterrabía.