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JUICIO EN LINEA JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PONENTE: LIC. GUADALUPE CASTILLO PEREZ

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JUICIO EN LINEA

JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

PONENTE:

LIC. GUADALUPE CASTILLO PEREZ

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I N T E R N E T

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ALGUNOS SUPUESTOS DE PROCEDENCIA:

• Resoluciones determinantes de créditos

• Resoluciones recaídas a los recursos administrativos

• Multas administrativas

• Requerimiento de pago de pólizas de fianzas

• Resoluciones “Negativa Ficta”

• Resoluciones determinantes de pensiones

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OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN

LA INSTAURACION DEL JUICIO EN LINEA

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• Constituye una innovación al implementar el seguimiento de todo un proceso Jurisdiccional Federal, a través de medios electrónicos que modernizará al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

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Hacer mas eficiente la actividad jurisdiccional

Disminuir el tiempo de resolución de los juicios

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• Con un juicio a través de medios electrónicos se persigue que mas mexicanos tengan acceso a la justicia, que ésta se acerque de forma mas eficiente al gobernado, al resultar innecesario el desplazamiento para su acceso

Justicia verdaderamente:

• Expedita

• Eficaz

• Moderna y Confiable

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BENEFICIOS PARA LOS JUSTICIABLES

Mismas etapas procesales

Acceso total a la Justicia Administrativa

Acceso al expediente electrónico

Agilidad en trámites ante el Tribunal

Variación de algunos aspectos formales

Actuación desde cualquier computadora

Consultable las 24 horas del día, los 365 días del año

Demandas y promociones presentadas en segundos

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• Litigio fácil, eficiente y seguro

Sustanciación integral desde la demanda hasta la sentencia

Demanda Contestación

Demanda Ampliación Demanda

Contestación Ampliación

Alegatos Cierre de

Instrucción Sentencia

Tiempo Dinero Papel

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Justicia expedita

Reducción drástica en el tiempo de tramitación de juicios

Ahorros Sustanciales

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LAS HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS DEPENDENCIAS EN

NUESTRO PAÍS QUE LAS HAN

USADO Legislativo ◦ Sistema parlamentario de: Asistencia Votación Audio automatizado

Administrativo ◦ Documentos digitales, firma

electrónica avanzada, notificaciones y cumplimiento de obligaciones fiscales vía internet.

Jurisdiccional ◦ Sistema de Control de

Expedientes (TFJFA) ◦ Sistema Integral de Seguimiento

de Expedientes (SCJN)

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PRÁCTICAS EXITOSAS EN MÉXICO

Declara-SAT - Declaranet

Instituto Federal de Acceso a la Información

Banca electrónica

PROFECO - Concilianet

Firma electrónica en los juicios de amparo

Pedimentos de importación y exportación

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RETOS

Aprovechar las ventajas tecnológicas

Dar mejor acceso a los servicios del Tribunal

Cultura judicial

Capacitación

Eficiencia

Distribución de cargas de

trabajo

Participación activa

Adecuaciones legales y

normativas

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FECHA DE INICIO DE OPERACIONES

• LA INSTAURACION DEL JUICIO EN LINEA

7 DE AGOSTO DE 2011

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FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

• LA INSTAURACION DEL JUICIO EN LINEA

Lo es el articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se establece que “ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”, y que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia las costas judiciales.

REGULACION LEGAL DEL JUICIO EN LINEA - Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo - Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa - Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa - Código Federal de Procedimientos Civiles

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FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

• LA INSTAURACION DEL JUICIO EN LINEA

Lo es el articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se establece que “ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”, y que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia las costas judiciales.

REGULACION LEGAL DEL JUICIO EN LINEA - Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo - Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa - Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa - Código Federal de Procedimientos Civiles

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SUBSTANCIACION Y RESOLUCION DEL JUICIO EN LINEA DEFINICIÓN DE CONCEPTOS JUICIO EN LINEA

Boletín Procesal: Medio electrónico, a través del actuaciones o resolucionesadministrativos federales que

de caracteres alfanuméricos Justicia en Línea del Tribunal a las

identificación de las personas facultadas Sistema, y asignarles los privilegios respectivo o envío vía electrónica de actuaciones

Contraseña: Conjunto únicoasignados de manera confidencialLínea del Tribunal a los usuarios,identificación de la persona aAcceso.

Institucional: Sistema de informáticas, dentro del

proporcionado por los órganos públicos.

federal, independientemente video, identificado por un

Firma Digital: Medio gráficoJusticia en Línea, consistenteautógrafa mediante un dispositivopara reconocer a su autor

Electrónica Avanzada: Conjunto de datos consignados en mensaje electrónico adjuntados o lógicamente asociados al

que permita identificar a su autor mediante el Sistema Justicia en línea, y que produce los mismos efectos jurídicos

firma autógrafa. La firma electrónica permite actuar en en Línea.

tradicional: El juicio contencioso administrativo substancia recibiendo las promociones y demás

Juicio en líneacontencioso administrativocomo de los procedimientosLey, a través del Sistema

Sistema de Justicia en Línea: Sistema informático establecido por el Tribunal a efecto de registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar

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SUBSTANCIACION Y RESOLUCION DEL JUICIO EN LINEA DEFINICIÓN DE CONCEPTOS JUICIO EN LINEA

Boletín Procesal: Medio electrónico, a través del actuaciones o resolucionesadministrativos federales que

de caracteres alfanuméricos Justicia en Línea del Tribunal a las

identificación de las personas facultadas Sistema, y asignarles los privilegios respectivo o envío vía electrónica de actuaciones

Contraseña: Conjunto únicoasignados de manera confidencialLínea del Tribunal a los usuarios,identificación de la persona aAcceso.

Institucional: Sistema de informáticas, dentro del

proporcionado por los órganos públicos.

federal, independientemente video, identificado por un

Firma Digital: Medio gráficoJusticia en Línea, consistenteautógrafa mediante un dispositivopara reconocer a su autor

Electrónica Avanzada: Conjunto de datos consignados en mensaje electrónico adjuntados o lógicamente asociados al

que permita identificar a su autor mediante el Sistema Justicia en línea, y que produce los mismos efectos jurídicos

firma autógrafa. La firma electrónica permite actuar en en Línea.

tradicional: El juicio contencioso administrativo substancia recibiendo las promociones y demás

Juicio en líneacontencioso administrativocomo de los procedimientosLey, a través del Sistema

Sistema de Justicia en Línea: Sistema informático establecido por el Tribunal a efecto de registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar

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HORAS HÁBILES • FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROMOCIÓN

Las 24 horas De los días en que se encuentren abiertas al público las oficinas del

Tribunal

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PROMOCIONES

• Deberán contener firma autógrafa o electrónica avanzada.

REQUISITOS DE LA DEMANDA

• Deberá indicar la dirección del correo electrónico del interesado.

PRESENTACION DE LA DEMANDA

• Presentación mediante vía tradicional o

• Juicio en línea (única vía en caso de que sea la autoridad la parte demandante).

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OPCIÓN PARA EL DEMANDANTE

• Presentar su demanda en línea

• La autoridad deberá comparecer y tramitar en la misma vía.

AUTORIDAD DEMANDANTE

• El particular ejercerá la opción anteriormente descrita, al contestar la demanda

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COPIAS PARA TRASLADO

PRUEBAS

Para los juicios en línea no será necesario que las partes exhiban copias para correr los traslados.

Salvo que hubiese tercero interesado, en cuyo caso, el demandante deberá presentar la copia de traslado con sus respectivos anexos.

El tercero interesado deberá precisar si desea que el juicio se continúe substanciando en línea y señalar en tal caso, su Dirección de Correo Electrónico.

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ACUMULACIÓN

DE AUTOS

• En el caso de que proceda la acumulación y los juicios respectivos se estén sustanciando por la vía tradicional y el juicio en línea, el Magistrado Instructor requerirá a las partes relativas al Juicio en la vía tradicional para que en el plazo de 3 días manifiesten si optan por substanciar el juicio en línea, en caso de que no ejerza su opción se tramitará el Juicio en la vía tradicional.

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USO DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA, CLAVE DE ACCESO Y CONTRASEÑA

La Firma Electrónica Avanzada, Clave de Acceso y Contraseña se proporcionarán, a través del Sistema de Justicia en Línea del Tribunal, previa obtención del registro y autorización correspondientes.

El registro de la Firma Electrónica Avanzada, Clave de Acceso y Contraseña, implica el consentimiento expreso de que dicho Sistema registrará la fecha y hora en la que se abran los Archivos Electrónicos, que contengan las constancias que integran el Expediente Electrónico.

EFECTOS LEGALES FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

La Firma Electrónica Avanzada Producirá los mismos efectos legales que la firma autógrafa y garantizara la integridad del documento, teniendo el mismo valor probatorio.

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EFECTOS LEGALES FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

F I E

L

RESPONSABILIDAD POR SU USO

El acceso o recepción de las notificaciones

La consulta al Expediente Electrónico

El envío de información

ACUSE DE RECIBO Lo emitirá el Sistema de Justicia en

Línea del Tribunal, señalando la fecha y la hora de recibido.

VALIDACION DE LAS ACTUACIONES

Con las firmas electrónicas y digitales de los Magistrados y

Secretarios de Acuerdos.

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PRUEBAS

DO

CU

MEN

TALE

S

• Exhibirlos de forma legible

• Manifestar su naturaleza

• Original, copia simple o certificada

• Contiene o no, firma autógrafa

NO

DO

CU

MEN

TALE

S

• Ofrecerse en la demanda

• Presentarlas a la Sala, en la fecha en que se registre en el SJLT

• Haciendo constar su recepción por vía electrónica

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NOTIFICACIONES

El Sistema de Justicia en Línea del Tribunal registrará la fecha y hora en que se efectúe el envío señalado en la fracción anterior.

Se tendrá como legalmente practicada la notificación, cuando el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal genere el Acuse de Recibo Electrónico donde conste la fecha y hora en que la o las partes notificadas ingresaron al Expediente Electrónico, dentro del plazo de tres días hábiles.

En caso de que en el plazo, el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal no genere el acuse de recibo, la misma se efectuará mediante lista y por Boletín Procesal al cuarto día hábil

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NOTIFICACIONES

Todas las actuaciones y resoluciones se deberán realizar mediante el sistema de justicia en línea, por lo que se harán por medios electrónicos y se registrara la fecha y hora en que se efectúe el envió.

El actuario deberá elaborar la minuta electrónica en la que precise la actuación o resolución a notificar, así como los documentos que se adjunten a la misma. Dicha minuta, que contendrá la Firma Electrónica Avanzada del actuario, será ingresada al Sistema de Justicia en Línea del Tribunal junto con la actuación o resolución respectiva y los documentos adjuntos.

El actuario enviará a la Dirección de Correo Electrónico de la o las partes a notificar, un aviso informándole que se ha dictado una actuación o resolución en el Expediente Electrónico, la cual está disponible en el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal.

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REGISTRO ANTE EL TRIBUNAL

DOMICILIO Y CORREO ELECTRÓNICO POR LAS AUTORIDADES

Las autoridades cuyos actos sean susceptibles de impugnarse ante el Tribunal, deberán registrar en la Secretaría General de Acuerdos o ante la Presidencia de las Salas Regionales, la Dirección de Correo Electrónico Institucional, así como el domicilio oficial de las unidades administrativas a las que corresponda su representación, para el efecto de emplazarlas electrónicamente a juicio.

En el caso de que las autoridades demandadas no cumplan con esta obligación, todas las notificaciones que deben hacerse, incluyendo el emplazamiento, se harán a través del Boletín Procesal, hasta que se cumpla con dicha formalidad.

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MODIFICACIÓN, ALTERACIÓN O DESTRUCCIÓN de la información

En caso que el Tribunal advierta que alguna persona modificó, alteró, destruyó o provocó la pérdida de información contenida en el Sistema de Justicia en Línea, se tomarán las medidas de protección necesarias, para evitar dicha conducta hasta que concluya el juicio, el cual se continuará tramitando a través de un Juicio en la vía tradicional.

Si el responsable es usuario del Sistema, se cancelará su Firma Electrónica Avanzada, Clave y Contraseña para ingresar al Sistema de Justicia en Línea y no tendrá posibilidad de volver a promover juicios en línea.

Se impondrá al responsable una multa de 300 a 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de cometer la infracción.

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FALLAS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA

Caso fortuito, fuerza mayor o por fallas técnicas que interrumpa el funcionamiento del Sistema de Justicia en Línea

Las partes deberán dar

aviso a la Sala, quien pedirá un reporte al

titular de la unidad

administrativa del Tribunal

Existió interrupción en el Sistema.

Deberá señalar la causa y el tiempo

de dicha interrupción,

indicando la fecha y hora de inicio y

término de la misma.

Los plazos se suspenderán, únicamente, el tiempo que dure la interrupción del Sistema.

Considerando el tiempo de la interrupción, realizara el computo correspondiente, para

determinar si hubo o no incumplimiento de los plazos legales.

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PLAZO PARA LAS AUTORIDADES

Deberán tramitar su Firma Electrónica

Avanzada

Ante la Secretaría General de Acuerdos

A través del Sistema de Justicia en

Línea

O ante la Presidencia de las Salas Regionales

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PLAZO PARA LAS AUTORIDADES

Dirección de Correo

Electrónico institucional

6 meses de la entrada

en vigor del Decreto

Domicilio oficial de las

unidades administrativas

Para el efecto de

emplazarlas

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OBLIGACIÓN DE MANTENER MECANISMOS TECNOLÓGICOS

PARA LAS UNIDADES QUE REPRESENTEN A LAS AUTORIDADES

A partir de los 6 meses de la entrada en vigor del Decreto, sin exceder para ello del plazo de 18 meses, las unidades administrativas a las que corresponda la representación de las autoridades deberán instrumentar y mantener permanentemente actualizados los mecanismos tecnológicos, materiales y humanos necesarios para acceder al Juicio en Línea a través del Sistema de Justicia en Línea del Tribunal.

TRÁMITE DE LA FIEL Y REGISTRO DE DOMICILIO Y CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL

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PARA LAS UNIDADES QUE REPRESENTEN A LAS AUTORIDADES

SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO

Se le prevendrá para que en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de que se le notifique dicha prevención, proceda a cumplir con dicha disposición o, en su caso acredite que ya la cumplió.

Se le impondrá una multa de 100 a 200 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y todas las notificaciones se le harán a través del Boletín Procesal

Se requerirá al superior jerárquico para que en el plazo de 3 días hábiles, la obligue a cumplir sin demora. En caso de continuar la renuencia de la autoridad, los hechos se pondrán en conocimiento del Órgano Interno de Control que corresponda.

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Los que se encuentren pendientes

Continuaran substanciándose y

resolverán conforme a las disposiciones vigentes

RECURSO DE REVISIÓN O JUICIO DE AMPARO

CONTRA LAS RESOLUCIONES DICTADAS EN JUICIO EN LINEA

Y en caso de requerirlo, a través de medios electrónicos

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JUICIOS EN TRÁMITE AL INICIO DE JUICIO EN LÍNEA

Los Secretarios de Acuerdos

• Sala Superior

• Salas Regionales

Deberán:

• Imprimir el Archivo del Expediente Electrónico

• Certificar las constancias del Juicio

• Y remitirlo

A los Juzgados de Distrito

Tribunales Colegiados de

Circuito

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CONCLUSIONES

LA INSTAURACIÓN DEL JUICIO EN LINEA

1. El Juicio en Línea consiste en que toda la tramitación del Juicio Contencioso Administrativo, desde la presentación de la demanda hasta la sentencia se realice a través de la Internet.

2. El Juicio en Línea es un espejo del Juicio tradicional 3. El juicio tradicional y el Juicio en Línea van a coexistir

para asegurar un pleno acceso a la justicia. 4. El particular tendrá derecho a decidir la vía en que se

deba tramitar el Juicio (tradicional o en línea).

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5. La garantía de audiencia y la seguridad jurídica, en el juicio en línea se garantizan plenamente.

6. Una vez que el particular opto por promover el Juicio en Línea, todas las actuaciones efectuadas por la autoridad, incluyendo su contestación, deberán ser presentadas por Internet.

7. En los Juicios de Lesividad, también el particular demandado al contestar la demanda, elegirá la vía mediante la cual habrá de tramitarse y resolverse el juicio de que se trate.

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12. Los acuerdos, oficios y resoluciones que deban notificarse personalmente a los particulares o por oficio a las autoridades, se realizaran a través del Sistema de Justicia en Línea.

13. Los documentos, videos, audio, imágenes que las partes ofrezcan como prueba, incluido el expediente administrativo, deberán exhibirlos en forma legible a través del Sistema de Justicia en Línea y tendrán el mismo valor probatorio que su constancia física.

14. En casos excepcionales de pruebas diferentes a las anteriores, deberán ofrecerse en la demanda y ser presentadas ante la Sala que este conociendo del asunto.

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8. Las partes podrán presentar todas sus promociones a través del Sistema de Justicia en Línea, las 24 horas del día dentro de los plazos previstos por la ley.

9. Para ello habrá que acceder al portal del Tribunal y Registrar la clave de acceso y contraseña que previamente se tramito en el propio sistema.

10. Las promociones presentadas a través del Sistema de Justicia en Línea deberán ser autorizadas por las partes con la Firma Electrónica Avanzada, la cual producirán los mismos efectos legales que la firma autógrafa y garantizara la integridad del documento.

11. Las partes podrán consultar el estado procesal de su expediente, desde cualquier computadora, las 24 horas del día los 365 días del año a través de la pagina Web del Tribunal.