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IRPFc o n . m
CovidLos ERTE alteran las obligaciones tributarias de m uchos ciudadanos que hasta ahora estaban exentos de presentar declaración de renta P2-3
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los ERTE ala próxima declaración de la renta?
Calendario Retenciones
La campaña de la renta de 2020 empieza en abril del año que viene, pero solo quedan 3 meses para hacer ajustes fiscales.
Es Importante examinar qué retenciones de IRPF nos está aplicando el SEPE, en caso de cobrar de él prestaciones por ERTE.
RAFAEL SERVENT
TARRAGONA
I a próxima declaración de renta está más cerca de lo que imagina- ■ mos. Y puede llegar con sorpresas. Aunque
queda tiempo todavía para el mes de abril del próximo año -cuando arranca la campaña de la renta de 2020 y la presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que se extiende hasta el mes de junio-, apenas quedan tres meses para cerrar el año.
Un año 2020 marcado por la pandemia de Covid-19 y los ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo), que alteran las obligaciones tributarias de muchos ciudadanos hasta ahora exentos de presentar IRPF. ¿En qué consisten estos cambios?
Prestaciones por ERTERecibir una prestación a través del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) cuando nos hemos
visto afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), ya sea total o parcial, puede implicar cambios en nuestras obligaciones fiscales. En primer lugar está la consideración que tienen estas prestaciones a nivel tributario. Se trata, en todos los casos, de «rentas del trabajo»,
La existencia de dos pagadores rebaja el umbral de ingresos exentos de declaración
recuerda Joan Pons, secretario de EFPA España (la delegación estatal de esta asociación europea de asesores financieros) y socio director de ETL Global Links.
«El SEPE -explica Pons- me paga un complemento que se califica como renta del trabajo», con lo cual esos ingresos deberán figurar como tales en la próxima declaración de renta. «Es muy importante recordar -coincide Irene Rovira,
profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC- que estas prestaciones tributan. El único caso en que están exentas es cuando se capitaliza la prestación de paro».
Y aquí llega el primer punto de atención: cobrar una parte de nuestros ingresos a través del SEPE puede cambiar las obligaciones fiscales de todos aquellos ciudadanos que no superan los22 .000 euros brutos al año. Si bien no es obligatorio presentar declaración de renta cuando nuestros ingresos se encuentran por debajo de ese umbral, la situación cambia cuando esas rentas del trabajo proceden de más de un pagador que haya pagado más de 1.500 euros. En ese caso, la cantidad de ingresos anuales en los que el contribuyente no está obligado a presentar declaración baja hasta los 14.000 euros.
«El SEPE me paga un complemento que se califica como renta del trabajo», explica Joan Pons, de EFPA. «Como que se trata de una entidad diferente a mi em-
Los profesionales
«Es muy importante recordar que estas prestaciones tributan como rentas del trabajo»Irene Rovira uoc
«Habrá mucha gente que se encontrará con la desagradable sorpresa de que la declaración le sale a pagar»Joan PonsEFPA
presa -prosigue-, se considera que tengo dos pagadores. Y eso puede tener un impacto».
Retenciones del IRPF«Con rentas por debajo de los22.000 euros al año -añade este profesional financiero-, al no estar obligado a declarar, si con las retenciones que me ha aplicado mi empresa me sale una declaración de renta a devolver, la presento. Pero si me sale a pagar, no la presento y con ello no hago ningún fraude fiscal». Ahora, salga a devolver o a pagar, por encima de los 14.000 euros tendrá que presentar declaración de renta.
Llega el segundo punto de atención, y se centra en las retenciones fiscales que se aplican a nuestros ingresos. Si las retenciones de IRPF que aplican nuestros pagadores son demasiado bajas, entonces nuestra declaración de renta nos saldrá a pagar. Si son las adecuadas o están por encima, esa declaración de renta saldrá a devolver. «El problema - alerta Irene Rovira, de la UOC-,
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En caso de que queramos ahorramosuna declaración de renta 'a pagar’,una buena ¡dea sería adelantarnospidiendo por escrito al SEPE queaumente la retención de IRPF queaplica a nuestros ingresos.
Calculadora
Es recomendable calcular qué retención nos debería aplicar el SEPE, comparándola con la que nos aplica nuestro empleador.
Previsión
Podemos hacer también una estimación de lo que tendremos que pagar en nuestra declaración de renta en base a las retenciones que no se nos han aplicado, y ahorrar esa suma con previsión.
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A tener en cuenta más allá de los ERTEBajas por enferm edad
Estos aspectos también deben tenerse en cuenta en caso de que se haya cobrado alguna prestación por estar de baja por enfermedad, ya sea a consecuencia del virus o no (las prestaciones del permiso de maternidad o paternidad están exentas). Además, ninguna de estas prestaciones afectará la aplicación de la deducción por maternidad y el incremento por los gastos satisfechos en centros autorizados de primer ciclo de educación Infantil, como ocurrirá también si se han percibido prestaciones derivadas de un ERTE parcial. No obstante, sí se verá afectada durante los meses en que se haya percibido la prestación de un ERTE total o la prestación de desempleo, teniendo en cuenta que esta última prestación también deberá tributar en el IRPF como rendimiento del trabajo, a menos que se haya optado por el pago único para empezar una actividad económica.
Planes de pensionesEn cuanto a los derechos consolidados de los planes de pensiones que se hayan rescatado a consecuencia de alguna de las contingencias derivadas de la crisis y que se perciban en 2020, también tributarán como rendimientos del trabajo. Esto será así tanto si se opta por un cobro total, en forma de renta periódica, como si se opta por su combinación, aunque esto afecta lógicamente las rentas que resulten exigióles durante el año.Ahora bien, hay que tener en cuenta que si se obtienen de golpe (es decir, en forma de capital), los contribuyentes podrán aplicar una reducción del 40 % de la prestación que corresponda a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.
es que el SEPE no aplica retenciones del IRPF o, si las aplica, son muy bajas».
Joan Pons, de EFPA, calcula que esas retenciones practicadas con carácter general por el SEPE estarán entre el 0% y el 2%, con lo que, en esa franja de población en situación de ERTE con ingresos entre los 1 4 .0 0 0 euros y los22.000 euros que se verán obligados a declarar su renta en la próxima campaña del IRPF, «la cuota a pagar puede ser en algunos casos de 1.000 euros».
¿Se puede hacer algo para evitar llegar a esa situación? Irene Rovira está convencida de que hay opciones. «Recomendaría a todas estas personas que miren bien qué retención de IRPF les practicaba su empresa en las nóminas, que la comparen con la que les practica ahora el SEPE y, si esta última es más baja, que soliciten por escrito al SEPE que les suban la retención. Cuando hagan esto, deben tener en cuenta que la medida se aplicará hasta cinco días antes de que acabe el mes».
14.000LimiteEl umbral de ingresos que exime dde presentar declaración de renta baja de22.000 euros brutos anuales a14.000 euros en el caso de que el SEPE haya abonado prestaciones por ERTE
2%RetencionesEl SEPE está aplicando retenciones de IRPF que van del 0% al 2%, en muchos casos por debajo de lo que aplican las empresas, con lo que el IRPF de 2020 saldrá ‘a pagar’ a esoscontribuyentes.
La otra opción es hacer un cálculo aproximado de lo que están ingresando ‘de más’ por no tener retenciones sobre ello y guardar ese importe para cuando tengan que presentar la declaración de renta. «Eso es algo personal, a criterio de cada uno», resume Rovira.
Joan Pons, de EFPA, se muestra escéptico acerca de la predisposición de los ciudadanos a solicitar un aumento de las retenciones. Unido a la caída de ingresos que conlleva la situación de ERTE y a la baja cultura en materia de finanzas personales, tampoco la opción de ahorrar una partida en los presupuestos familiares para cumplir con esas obligaciones fiscales tiene visos de ser ma- yoritaria.
«Esta situación -explica Pons- va a darse entre aquellos contribuyentes con salarios que vayan entre los 1 4 .0 0 0 euros y los22.000 euros, que son muchísimos, y estoy convencido de que habrá mucha gente que, cuando acuda al gestor, se encontrará
con la desagradable sorpresa de que la declaración de renta le sale a pagar».
LegislarEn opinión del secretario de EFPA España, antes que apelar a la proactividad del ciudadano para planificar unas obligaciones fiscales a las que muy probablemente no estaba acostumbrado, la respuesta debería buscarla el legislador: «Pienso que deberían haber hecho que, de forma transitoria, el límite de 1.500 euros por pagador [a partir del cual se está obligado a declarar IRPF si la suma supera los 14.000 euros] no debería aplicarse cuando esta persona sea beneficiaría de subsidios de Covid-19».
«Pero todavía están a tiempo de hacerlo -añade Pons-, porque la renta se merita a 31 de diciembre de 2020. Hasta que llegue esa fecha, tienen los medios legales para hacerlo e incorporarlo. Con una medida así estarías beneficiando a los más perjudicados por la Covid-19».
¿Cómo afectan los ERTE ala próxima declaración dela renta?Muchos contribuyentes hasta ahora exentos de la obligación dedeclarar su renta deberán hacerlo en la campaña del IRPF de2020
TARRAGONA
Rafael Servent
Hace 17 minutos - 16:55 hs
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La próxima declaración de renta está más cerca de lo que
imaginamos. Y puede llegar con sorpresas. Aunque queda
tiempo todavía para el mes de abril del próximo año -cuando
arranca la campaña de la renta de 2020 y la presentación del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que
se extiende hasta el mes de junio-, apenas quedan tres meses
para cerrar el año.
Un año 2020 marcado por la pandemia de Covid-19 y los ERTE
(Expedientes de Regulación Temporal de Empleo), que alteran
las obligaciones tributarias de muchos ciudadanos hasta
ahora exentos de presentar IRPF. ¿En qué consisten estos
cambios?
Muchos contribuyentes hasta ahora exentos de la obligación de declarar su renta deberán hacerlo enla campaña del IRPF de 2020. Infografía: DT
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Prestaciones por ERTE
Recibir una prestación a través del SEPE (Servicio Público de
Empleo Estatal) cuando nos hemos visto afectados por un
Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), ya
sea total o parcial, puede implicar cambios en nuestras
obligaciones fiscales. En primer lugar está la consideración
que tienen estas prestaciones a nivel tributario. Se trata, en
todos los casos, de «rentas del trabajo», recuerda Joan Pons,
secretario de EFPA España (la delegación estatal de esta
asociación europea de asesores financieros) y socio director
de ETL Global Links.
«El SEPE -explica Pons- me paga un complemento que se
califica como renta del trabajo», con lo cual esos ingresos
deberán figurar como tales en la próxima declaración de
renta. «Es muy importante recordar -coincide Irene Rovira,
profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la
UOC- que estas prestaciones tributan. El único caso en que
están exentas es cuando se capitaliza la prestación de paro».
Y aquí llega el primer punto de atención: cobrar una parte de
nuestros ingresos a través del SEPE puede cambiar las
obligaciones fiscales de todos aquellos ciudadanos que no
superan los 22.000 euros brutos al año. Si bien no es
obligatorio presentar declaración de renta cuando nuestros
ingresos se encuentran por debajo de ese umbral, la situación
cambia cuando esas rentas del trabajo proceden de más de
un pagador que haya pagado más de 1.500 euros. En ese
caso, la cantidad de ingresos anuales en los que el
contribuyente no está obligado a presentar declaración baja
hasta los 14.000 euros.
«El SEPE me paga un complemento que se califica como renta
del trabajo», explica Joan Pons, de EFPA. «Como que se trata
de una entidad diferente a mi empresa -prosigue-, se
«Es muy importante recordar queestas prestaciones tributan comorentas del trabajo»
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considera que tengo dos pagadores. Y eso puede tener un
impacto».
Retenciones del IRPF
«Con rentas por debajo de los 22.000 euros al año -añade este
profesional financiero-, al no estar obligado a declarar, si con
las retenciones que me ha aplicado mi empresa me sale una
declaración de renta a devolver, la presento. Pero si me sale a
pagar, no la presento y con ello no hago ningún fraude fiscal».
Ahora, salga a devolver o a pagar, por encima de los 14.000
euros tendrá que presentar declaración de renta.
Llega el segundo punto de atención, y se centra en las
retenciones fiscales que se aplican a nuestros ingresos. Si las
retenciones de IRPF que aplican nuestros pagadores son
demasiado bajas, entonces nuestra declaración de renta nos
saldrá a pagar. Si son las adecuadas o están por encima, esa
declaración de renta saldrá a devolver. «El problema -alerta
Irene Rovira, de la UOC-, es que el SEPE no aplica retenciones
del IRPF o, si las aplica, son muy bajas».
Joan Pons, de EFPA, calcula que esas retenciones practicadas
con carácter general por el SEPE estarán entre el 0% y el 2%,
con lo que, en esa franja de población en situación de ERTE
con ingresos entre los 14.000 euros y los 22.000 euros que se
verán obligados a declarar su renta en la próxima campaña
del IRPF, «la cuota a pagar puede ser en algunos casos de
1.000 euros».
¿Se puede hacer algo para evitar llegar a esa situación? Irene
Rovira está convencida de que hay opciones. «Recomendaría
a todas estas personas que miren bien qué retención de IRPF
les practicaba su empresa en las nóminas, que la comparen
con la que les practica ahora el SEPE y, si esta última es más
baja, que soliciten por escrito al SEPE que les suban la
retención. Cuando hagan esto, deben tener en cuenta que la
medida se aplicará hasta cinco días antes de que acabe el
mes».
La otra opción es hacer un cálculo aproximado de lo que están
ingresando ‘de más’ por no tener retenciones sobre ello y
guardar ese importe para cuando tengan que presentar la
declaración de renta. «Eso es algo personal, a criterio de cada
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«Habrá mucha gente que seencontrará con la desagradablesorpresa de que la declaración lesale a pagar»
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Joan Pons, de EFPA, se muestra escéptico acerca de la
predisposición de los ciudadanos a solicitar un aumento de las
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fiscales tiene visos de ser mayoritaria.
«Esta situación -explica Pons- va a darse entre aquellos
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de que habrá mucha gente que, cuando acuda al gestor, se
encontrará con la desagradable sorpresa de que la
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