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LA LEGALIDAD ELECTORAL EN LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA MEXICANA. Doctor Eduardo de Jesús Castellanos Hernández Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional de la Secretaría de Gobernación Sumario Introducción. 1. El contexto del tema. 2. La cuestión electoral en la democratización de México. 3. El impulso democrático como política pública. 4. El servicio público de compilación y difusión del orden jurídico para la cultura de la legalidad electoral. 5. La compilación jurídica electoral de la DGCCOJN. 6. Panorama nacional en torno a la legalidad electoral. 7. Conclusión. Anexos Resumen Se reseña el esfuerzo gubernamental por difundir la cultura de la legalidad a través de la compilación de todas las disposiciones del orden jurídico vigente en los diferentes órdenes de gobierno del país, a partir de un contexto institucional y político de transición democrática. Esta perspectiva permite acercarse a la legislación electoral local como elemento igualmente decisivo para el perfeccionamiento democrático nacional. La obra publicada por la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal Mexicano para difundir el pensamiento jurídico y la compilación de disposiciones permite advertir la necesidad, importancia y alcances de una política de Estado para afirmar la cultura de la legalidad y el respeto al Estado de derecho como elementos esenciales de la democracia mexicana. Introducción. La comprensión de un sistema político requiere, necesariamente, del estudio y conocimiento de sus mecanismos de integración y, en su caso, renovación y ejercicio del poder. El régimen jurídico respectivo nos indica también la madurez ideológica de una sociedad reflejada en sus instituciones constitucionales y legales, como fundamento para el funcionamiento regular, a su vez, del sistema electivo. 1

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LA LEGALIDAD ELECTORAL EN LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA MEXICANA.

Doctor Eduardo de Jesús Castellanos Hernández

Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

de la Secretaría de Gobernación Sumario Introducción. 1. El contexto del tema. 2. La cuestión electoral en la democratización de México. 3. El impulso democrático como política pública. 4. El servicio público de compilación y difusión del orden jurídico para la cultura de la legalidad electoral. 5. La compilación jurídica electoral de la DGCCOJN. 6. Panorama nacional en torno a la legalidad electoral. 7. Conclusión. Anexos Resumen Se reseña el esfuerzo gubernamental por difundir la cultura de la legalidad a través de la compilación de todas las disposiciones del orden jurídico vigente en los diferentes órdenes de gobierno del país, a partir de un contexto institucional y político de transición democrática. Esta perspectiva permite acercarse a la legislación electoral local como elemento igualmente decisivo para el perfeccionamiento democrático nacional. La obra publicada por la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal Mexicano para difundir el pensamiento jurídico y la compilación de disposiciones permite advertir la necesidad, importancia y alcances de una política de Estado para afirmar la cultura de la legalidad y el respeto al Estado de derecho como elementos esenciales de la democracia mexicana. Introducción. La comprensión de un sistema político requiere, necesariamente, del estudio y

conocimiento de sus mecanismos de integración y, en su caso, renovación y

ejercicio del poder. El régimen jurídico respectivo nos indica también la

madurez ideológica de una sociedad reflejada en sus instituciones

constitucionales y legales, como fundamento para el funcionamiento regular, a

su vez, del sistema electivo.

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La interacción de estos elementos define el aspecto político de las democracias

contemporáneas, pero es precisa la convicción de sus componentes para su

estabilidad como formación política en la transición gubernamental y su

trascendencia cultural y material en espacios de desarrollo individual y social.

A partir de estas consideraciones, la actual administración del gobierno federal

ha diseñado y programado líneas estratégicas y de acción implementadas a

través de novedosos servicios públicos jurídicos, para el fortalecimiento de la

cultura de la legalidad y la gobernabilidad democrática como políticas públicas

permanentes aplicadas como atribución y obligación legal del Estado, como

factor de democratización institucional y de la actuación gubernamental.

La Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

de la Secretaría de Gobernación es el área responsable de desarrollar estos

servicios aprovechando las nuevas tecnologías de la información y con un

ambicioso programa de trabajo de investigación, sistematización, publicación y

suministro de información jurídica al público.

Parte de esa actividad es la presentación de estas reflexiones, con el fin de dar

a conocer en este espacio de saber multidisciplinario y entendimiento

internacional los argumentos que, desde la perspectiva del servicio público,

fundamentan la actual circunstancia de democratización de la vida institucional

y nacional en México.

1. El contexto del tema. En la sociedad contemporánea es prácticamente impensable el funcionamiento

del Estado y sus diversas estructuras y órganos sin un soporte jurídico que

garantice su legalidad y su legitimidad.

Asimismo, tampoco es posible concebir al Estado sin los mecanismos

electorales para la designación y renovación de los funcionarios públicos,

cualquiera que sea la fórmula de elección –directa, indirecta, colegiada,

universal-, pues tanto el principio de legalidad como la democracia política han

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adquirido carta de naturaleza en la concepción actual de la organización

estatal, su actuación y viabilidad como formación política trascendente.

El desarrollo y arraigo de esta visión y práctica políticas ha debido atravesar

diversas etapas más o menos similares en los países del Hemisferio Occidental

y algunos asiáticos y africanos, que sin ser la totalidad de los Estados del

planeta, sí concentran algunos de ellos, y con mucho, la hegemonía mundial en

casi todos los aspectos de las relaciones internacionales, lo que no deja de

reflejarse en una influencia ideológica generalizada a la par de la adopción de

patrones económicos impulsada por los procesos globales de integración.

Esta situación, real e innegable después de todo, es lo que ha favorecido su

irradiación al resto del mundo y ha servido para evaluar el mayor o menor –

incluso oposición- apego a este modelo de rediseño estatal sobre parámetros

uniformes compartidos como un valor colectivo que hace del sentido

democrático de los Estados una forma de ser universal que ahora es incluso

entendida como una vocación democrática comprobada y comprobable.

Esta vocación democrática no se agota por sí sola ni concluido el proceso

electoral. Debe estar reflejada en la conformación del Estado (es ilógico un

Estado rígidamente organizado, cerrado y arbitrario que pretenda gobernar

democráticamente), en su actuación y en el enfoque de los problemas

nacionales que pretende resolver para crear un ambiente propicio para el bien

común, cuya concreción y permanencia sería lo más apegado a la idea que en

general todos tenemos del concepto “forma de vida democrática”.

En ese sentido, todo proceso de consolidación democrática implica no sólo el

entendimiento de los factores de poder para la transición, sea pactada, sea

realmente expresión de la voluntad popular –en cuyo caso su respeto requiere

también de un consenso de los factores que podrían eventualmente estorbar

esa expresión y su consumación-, sino la convicción profunda de los actores

económicos, políticos y sociales en que esta forma política y los valores,

prácticas e incluso concesiones –personales, de grupo, sociales- que requiere

su funcionamiento real es la solución a los problemas que el sistema hasta

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entonces vigente, cualquiera que haya sido el medio utilizado para sostenerse,

no resolvió o generó por sí mismo sin posibilidades de solución.

Estos problemas, siempre colectivos, son tanto de forma como de fondo. Van

desde espacios políticos insuficientes a manifestaciones o corrientes de opinión

con representatividad real y no meramente nominal, en cuyo caso éstas

presionarán por abrirlos primero de hecho y una vez acreditada su utilidad para

la continuidad del sistema político como válvula de escape -y posterior

asimilación- de propuestas, tendencias y formas que no trascienden más allá

de dicho espacio político, hasta situaciones potencialmente explosivas y que sí

pueden alterar la estructura estatal.

Estas son los problemas económicos y sociales que el modelo dominante de

gestión estatal no sólo ya no domina –incluso a nivel programático- sino que

favorece y reproduce al responder a intereses que encuentran en estas

situaciones su propia consolidación.

Tales problemas son la pobreza, el analfabetismo, la marginación, la

criminalidad, la corrupción, el desempleo y en casos extremos la represión.

Aquí es donde está la raíz de la crisis de las instituciones vigentes económicas

–o al menos de cierto tipo de gestión-, sociales y culturales que llevará,

inevitablemente, a una crisis política cuyo resultado es, como hemos visto, la

sustitución convencida de una formación ya ineficaz por otra con múltiples

posibilidades que las obtiene, si se quiere ver así, tan sólo de la expectativa

que esta genera y que la sociedad comparte y no, evidentemente, de una

experiencia previa de la misma.

Esto requiere un tratamiento institucional sistemático, a largo plazo e integral,

donde el elemento político es esencial para la construcción de acuerdos y

respuestas apropiadas.

Por ello, una de las primeras tareas es abordar los esquemas de expresión y

representación políticos mediante las adecuaciones electorales que hagan

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viables, prácticamente a corto plazo, las opciones que el Estado democrático

propicia para enfrentar tales situaciones.

En las siguientes líneas se expondrá cómo esta convicción y su conversión en

política de Estado contribuyen al proceso de consolidación democrática en

México en su aspecto electoral, mediante la construcción de una cultura de la

legalidad en este ámbito tanto en el orden federal como en el estatal, y su

constatación comparativa en los distintos marcos regulatorios a los que se ha

llevado.

2. La cuestión electoral en la democratización de México.

El arribo de México a la democracia como una práctica política y de actuación

gubernamental es relativamente reciente si consideramos como tal el proceso

electoral y la alternancia en la titularidad del Poder Ejecutivo federal del año

2000, el cargo público de mayor relevancia en el sistema presidencialista

federal mexicano, cuando el Partido Acción Nacional (PAN) alcanzó ese puesto

después de más de medio siglo de predominio del Partido Revolucionario

Institucional (PRI), que también detentaba la mayoría en el Congreso de la

Unión, la que perdió apenas en las elecciones de julio de este año, al quedar

en tercer lugar atrás del PAN y el emergente Partido de la Revolución

Democrática (PRD).

Este hecho, intrascendente para las democracias operativas más antiguas,

incluso aquellas de América Latina que ocasionalmente han sido interrumpidas

por golpes militares, por ser de suyo la alternancia a la competencia electoral

limpia, para México representó la primera sucesión presidencial realizada sin la

intervención del gobierno vía control del organismo responsable de organizar y

efectuar la jornada electoral, y la cesión del poder por un partido que lo había

monopolizado.

Esto último fue, además, significativo porque implicó una insospechada

continuidad institucional del Estado en una sociedad acostumbrada al

autoritarismo y al disimulo legal, si bien legalmente está previsto el hecho sin

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mayor novedad. El efecto fue una mayor confianza de los partidos políticos en

las reglas del juego electoral como tales, en la medida que resultaron ser las

adecuadas sin defectos de aplicabilidad, así como la credibilidad ciudadana en

los mecanismos de administración y control electoral y de solución de

controversias electorales.

De esta manera, la alternancia del año 2000 tuvo consecuencias tanto políticas

como jurídicas al llevar a la sociedad en general al terreno del interés por las

ofertas partidistas y a una participación ciudadana más confiada en estos

procesos, por una parte, y por la otra, al fortalecer con la prueba de los hechos

el sistema jurídico electoral, reformado apenas cuatro años antes, en 1996.

No se trató de conquistas espectaculares, sino del resultado de la continua

revisión de la legislación electoral y su lenta pero firme separación del control

presidencial, en un proceso de negociación y concertación entre el gobierno, el

PRI y la oposición, pues si bien dicho control presidencial y todo lo que de ello

se deriva era riguroso, en ocasiones en extremo, esto también comenzó a

aislar al gobierno y a llevarlo al descrédito en su combinación con el PRI, al

grado de obligarlo a abrir paulatinamente la contienda electoral con cada vez

más amplias opciones de participación de la oposición y fórmulas de control

más transparentes.

Esta revisión legal culminó con las reformas de 1996, ya señaladas y que se

tratarán más adelante, como el escenario que el país necesitaba para cimentar

un sistema electoral fundamentalmente ciudadanizado y bajo control judicial, lo

que excluía ya la intervención como “juez y parte” del gobierno y

concretamente del presidente de la República en todo lo relativo, incluso con la

célebre figura del “tapado”, su sucesor designado por él mismo y que

determinaba cuál grupo dentro del partido accedería al poder.

Situación y operación ésta que a lo largo del Siglo XX garantizó la disciplina

interna pero también un manejo clientelar del electorado y verdaderos cotos de

poder en sectores, actividades, estados y regiones del país, ya no resultó ágil

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frente a la dinámica contienda que se diseñó y que requería un juego limpio

tanto de partidos como de autoridades, todos ahora bajo escrutinio.

El sistema autoritario se diluiría así insensiblemente en un visionario tamiz

constitucional y legal que posibilitaría una transición legítima, pacífica e

incruenta.

En un ejemplo de la capacidad de concertación de los actores políticos, que no

pasó desapercibido por la sociedad “civil”, se estructuró el entramado electoral,

se retiró el gobierno del control del sistema, los partidos fortalecieron su vida

interna y su presencia ante la sociedad y se asumió el resultado del proceso

electoral presidencial del 2000 como una posibilidad de la contienda.

Todo esto contribuyó a que tanto al acuerdo nacional expresado en la

aceptación de los cauces legales –cualquiera que fuera el resultado- previstos

y en esos mismos medios jurídicos se manifestaran en su afirmación como los

únicos rectores del sistema electoral mexicano en general.

Esa confianza en las soluciones legales se manifestaron plenamente en dos

situaciones: la incorporación al Poder Judicial del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación y el sistema de medios de impugnación en materia

electoral, en particular, el juicio para la protección de los derechos político-

electorales del ciudadano.

Esto viene a significarse porque completa el esquema del Estado de Derecho

sometiendo al control de la legalidad y la constitucionalidad actos

tradicionalmente políticos y que por ese motivo se consideraban sujetos a un

tratamiento también político.

3. El impulso democrático como política pública. Concluido el proceso electoral federal de ese año, 2000, se hizo evidente que

no bastaba la alternancia de partidos políticos en la titularidad del Poder

Ejecutivo y en la correlación de fuerzas parlamentarias en el Congreso de la

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Unión. Es decir, no bastaría la presidencia de la República para que la

oposición, ahora convertida en gobierno, consiguiera el respaldo y los

consensos necesarios para realizar su proyecto de gobierno.

Si bien un supuesto de la democracia es el funcionamiento regular y de mutuo

equilibrio de los Poderes Públicos, esto no se hace automáticamente. El Estado

y sus órganos no se mueven por voluntad propia.

Son los seres humanos, los ciudadanos los que determinan el sentido de una u

otra acción de gobierno y las prioridades a atender, eso sí, dentro de los

mandatos constitucionales y legales que señalan funciones, estructuras,

atribuciones, competencias y facultades, y desde luego, prioridades en un

Estado social de Derecho.

A partir de lo anterior el gobierno del cambio, como se denominó a la

administración presidencial encabezada por Vicente Fox Quesada, del 2001 al

2006, concentró sus esfuerzos en definir los principios rectores de su gestión,

con el fin de imprimir a la actividad gubernamental un doble carácter de

continuidad institucional, como ya se señaló, y de gobernabilidad democrática

real.

Esos principios, que simultáneamente marcan líneas de acción, permiten

programar las políticas públicas trazadas en el Plan Nacional de Desarrollo

sexenal y sentar las bases para su permanencia una vez finalizado el mandato

respectivo, cualquiera que fuese el partido triunfador en las elecciones

presidenciales de julio de 2006, pues la ausencia de un signo partidista

determinante favoreció la identificación del conjunto de la Administración

Pública Federal con estas líneas, al grado de considerárselas ya como

características permanentes de la misma y no una adecuación coyuntural a

cierto proyecto electoral.

En mayo del 2001 se publica el Plan Nacional de Desarrollo 2001 – 2006, con

los principios y estrategias que la Administración Pública Federal seguiría y

aplicaría para la consecución de los objetivos globales del primer gobierno

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presidencial de oposición en 70 años, de ahí que se tratara de un plan con

importantes aspectos operativos y valorativos que tenían el propósito de

consolidar la democracia electoral recientemente probada haciéndola extensiva

al servicio público y por lo tanto, a la actuación gubernamental.

Así, quedó definida una política de Estado encaminada a la democratización de

la propia estructura y funcionamiento gubernamental, como requisito

indispensable si a la par se quería concretar una experiencia democrática como

característica definitiva de una nueva gobernabilidad.

Los principios sobre los que se basa la refundación democrática del servicio

público en México son: legalidad, transparencia, rendición de cuentas,

responsabilidad y profesionalización, principios cuyo efecto legitimador pronto

alcanzó a los otros Poderes y al resto de la estructura federal: estados y

municipios.

De esta manera el fenómeno electoral no sólo se probaba como el medio

democrático por excelencia de integración de los Poderes públicos sujetos al

mismo, sino que la actuación del Estado en tanto legislador, administrador e

impartidor de justicia se convertiría a su vez, en el medio democratizador de las

relaciones intergubernamentales y con la sociedad, como atribución legal

cumplida a través de mecanismos de información, integración,

responsabilidades y transparencia como un servicio público obligatorio.

4. El servicio público de compilación y difusión del orden jurídico para la cultura de la legalidad electoral.

Derivado del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Especial para el

Fomento de la Cultura Democrática definió en este campo, como líneas

estratégicas incentivar una cultura política proclive a la participación ciudadana,

difundir el conocimiento de los derechos, prerrogativas y deberes ciudadanos

fundamentales, fomentar una mayor difusión de la cultura democrática entre los

actores políticos, así como fomentar el desarrollo y difusión de la cultura

democrática entre los servidores públicos.

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Por ese motivo, la Secretaría de Gobernación, responsable de su ejecución,

redefinió sus atribuciones orientándolas conforme a las respectivas líneas de

acción, hacia una mayor interlocución con la sociedad y los actores políticos,

para desarrollar un diálogo constructivo y permanente sobre la base del respeto

a la ley, al federalismo y la transparencia, fortaleciendo sus áreas de enlace,

negociación, información y de nuevos servicios jurídicos.

Parte esencial de esta política es el acceso del público a información sobre el

orden jurídico, puesto que únicamente el conocimiento de derechos y

obligaciones capacita para exigir su respeto y el cumplimiento de la ley a otros

particulares y a la autoridad.

Con esta nueva dirección hacia objetivos definidos de democratización de la

información jurídica se procedió a crear el contexto legal y administrativo

adecuado para una prestación eficaz de servicios públicos y de amplia

cobertura, pues la tarea en sí es enorme y prácticamente inagotable: arraigar

en gobernantes y gobernados, mediante el interés por el conocimiento de las

disposiciones jurídicas nacionales, la cultura de la legalidad en todos los

aspectos y manifestaciones de la sociedad, para llevar el respeto a la ley del

ámbito público al privado, con un efecto permanente en el orden que sea

resultado de la convicción en los medios jurídicos como rectores de la

convivencia social y de actuación del Estado y sus organismos e instituciones.

Así, en el año 2002 se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de

Gobernación para dotarla de las facultades necesarias para tales fines. Se crea

entonces la Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico

Nacional (DGCCOJN), adscrita a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y

Derechos Humanos, con la atribución específica de prestar los servicios

jurídicos de compilación y sistematización del universo normativo nacional –

federal, estatal y municipal-, complementado con la investigación y publicación

de obras relativas al orden jurídico.

La novedad está en el recurso a las nuevas tecnologías para potenciar al

máximo su cobertura: la compilación electrónica y la publicación de obras en

disco compacto son ejemplo de ello.

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Otros servicios a cargo de la DGCCOJN son el Registro Nacional de Avisos de

Testamento, que reúne estos documentos para proporcionar información sobre

la existencia o no de una disposición testamentaria en cualquier parte del país

o ante cónsul mexicano en el extranjero, a la autoridad competente que esté

conociendo de una sucesión, con el consiguiente efecto positivo en la

impartición de justicia, el ejercicio del derecho a testar y heredar y la estabilidad

familiar.

El Registro Nacional de Poderes Notariales, por su parte, con similar objetivo

de contribuir a la seguridad y certeza jurídica en los actos jurídicos con

intervención de apoderados, concentrará y suministrará a los interesados la

información relativa a estos documentos, otorgados también en todo el país.

Un servicio más a cargo de la DGCCOJN es la certificación de disposiciones

jurídicas federales, para su utilización por las instancias que participan el los

procedimientos de extradición de que es parte México.

De manera expresa se la atribuye también a la DGCCOJN el fomento de la

informática jurídica, lo que se realiza tanto en su labor sustantiva de

compilación y publicaciones electrónicas, como mediante actividades

específicamente diseñadas para tal objetivo, como es el caso de espacios

especializados de discusión y análisis del fenómeno informático jurídico –los

Congresos bianuales de Informática Jurídica y Cultura de la Legalidad- y los

cursos programados de Informática Jurídica y Derecho Informático.

Conviene resaltar la compilación electrónica del orden jurídico nacional por

tratarse, independientemente de ser un servicio público gratuito pionero en

México y único en el mundo por el alcance previsto y las características de sus

bases de datos de integralidad, exhaustividad, fidelidad y actualización al día

de la consulta, de una política de Estado específicamente desarrollada para

difundir la cultura de la legalidad.

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Con esta acción se pretende hacer del conocimiento de la sociedad en general,

las normas jurídicas, los derechos, obligaciones, prerrogativas, deberes,

competencias, responsabilidades y limitantes de los particulares, de éstos

frente a las autoridades y de éstas mismas, para generar un entorno de

transparencia en la gestión gubernamental y de exigencia en el cumplimiento

del marco jurídico.

Para ello se diseñó y opera la página www.ordenjuridico.gob.mx, que inició su

funcionamiento en febrero de 2003 y reúne más de 22 mil ordenamientos

jurídicos –es una página especializada en textos, no en información

institucional- constitucionales, internacionales, federales, estatales y

municipales, con una cada vez mayor presencia en los medios académicos,

colegiados profesionales y de áreas jurídicas de los sectores público y privado,

con 1, 760,000 visitas a la fecha y en aumento, lo que es un indicativo del

volumen de la demanda de este tipo de información.

La compilación jurídica nacional se desarrolla en dos etapas operativas. La

primera, ya en conclusión, es el acceso a los textos normativos vía enlaces

(links) a los mismos, en las páginas oficiales de sus emisores.

La segunda etapa, ya respaldada por los respectivos convenios de

colaboración interinstitucionales, consiste en el envío y control de actualización

por los propios emisores, con características y controles únicos con el fin de

asegurar las características ya señaladas y con esto la eficiencia y eficacia de

este servicio público.

Las actividades realizadas durante estos años de gestión, además de los

servicios ya indicados, se exponen en los anexos 1 y 2 a este documento, con

el fin de presentar, comparativamente, la progresión en los resultados

sustantivos y el avance en la cobertura de los mismos.

Parte indispensable de esta difusión es desde luego, y en un proceso nacional

de consolidación democrática e institucional, la compilación, sistematización y

divulgación de las normas electorales federales y locales, con la mayor

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amplitud posible y facilidad de acceso a las mismas, tanto por autoridades y

especialistas como por el público en general, habida cuenta de que éste es

quien finalmente decide los términos políticos con los que se integrará el poder

y se conducirá el Estado en cada proceso electoral.

La disponibilidad de las normas que establecen y regulan el sistema electoral

deviene así en elemento de transparencia y control de la actuación de los

organismos responsables de la preparación y desarrollo de los comicios, de los

partidos políticos en cuanto a su manejo interno y financiamiento y de la

solución de las controversias motivadas por cuestiones político-partidistas o

electorales, su legalidad y constitucionalidad.

El sistema electoral mexicano, propio de una forma de gobierno republicana

presidencialista, está compuesto tanto de organismos administrativos y

jurisdiccionales como de entidades de interés público de representación y

participación políticas (los partidos políticos), así como de actos y

procedimientos tendentes a difundir programas y plataformas políticas y de

elección propiamente dichas.

Por eso, está regulado por un complejo –por lo extenso- conjunto de

disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias, administrativas y

judiciales que le dan autonomía e identidad como rama sustantiva del Derecho

Público nacional.

Normas jurídicas especiales, instituciones y organismos competentes y una

amplia y variada doctrina lo definen como un área de estudio y conocimiento

fundamental del Derecho Mexicano y del Derecho Electoral Comparado,

sustentada a su vez, en la experiencia práctica que la aplicación de las normas

electorales y el funcionamiento de los órganos respectivos proporciona para la

comprensión de la consolidación democrática mexicana y la experiencia que

esto pueda aportar en la definición de lo electoral en la participación ciudadana

en todo proceso de conformación y transformación políticas de una sociedad.

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5. La compilación jurídica electoral de la DGCCOJN.

Atenta a esta trascendencia normativa y a la obligación legal de difusión

jurídica –que por otra parte viene a materializar la obligación del Estado de

garantizar el acceso a la información, que le impone el artículo 6°

constitucional-, se proyectó por la DGCCOJN en la compilación jurídica

nacional aquella correspondiente a la materia electoral, tanto federal como

estatal.

La página www.ordenjuridico.gob.mx está estructurada conforme a la jerarquía

normativa del Derecho Mexicano, establecida por el artículo 133 constitucional

y definida por jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

- La ley suprema de la Unión está integrada por la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales suscritos por el

presidente de la República y aprobados por el Senado y las leyes del Congreso

de la Unión, en ese orden.

- Después se ubican las demás disposiciones del Derecho federal y el Derecho

de las entidades federativas, en igual nivel, en sus respectivos ámbitos de

competencia (esto en términos del artículo 124 constitucional que establece

esta diferencia competencial entre ambos órdenes normativos y no jerarquía

entre ellos).

Por ese motivo, el Derecho Electoral nacional quedó sistematizado en federal y

local (o estatal), con accesos a las respectivas disposiciones legales,

reglamentarias, etc., por dos opciones: a través de su búsqueda por los

organismos competentes para su aplicación, como los institutos electorales

federales y estatales o los tribunales electorales, o su consulta directa en el

listado completo de normas según el ámbito, federal o local. Este material,

como todo el contenido en la página citada, es de acceso libre e ilimitado vía

Internet.

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Asimismo, se investigó, compiló y publicó el conjunto normativo electoral en

disco compacto, para una difusión personal, en áreas jurídicas, instituciones de

enseñanza del Derecho y asistentes a los eventos organizados por la

DGCCOJN, como los Congresos Nacionales de Informática Jurídica y Cultura

de la Legalidad, o la Campaña Nacional anual “Febrero, mes del la

Constitución y del Estado de Derecho”.

Este material se concentra en dos discos, el primero se denomina

“Normatividad aplicable a los Partidos Políticos y en materia Electoral”,

publicado en el año 2004, para reunir en una sola base de datos la regulación

jurídica de estos institutos políticos, estructurándose el contenido en cuatro

grandes rubros:

- Disposiciones constitucionales,

- Normatividad federal (tanto orgánicas como sustantivas y penales),

- Jurisprudencia (120 textos),

- Documentos básicos de los partidos políticos (en general, estatutos,

programa de acción, declaración de principios y código de ética), y

- Normatividad local (igualmente, disposiciones constitucionales,

sustantivas y penales).

Este disco contiene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

diez leyes federales aplicables, 23 documentos de los partidos políticos

nacionales con registro hasta ese momento (Partido Acción Nacional, Partido

Revolucionario Institucional, Partido de la Revolución Democrática, Partido del

Trabajo, Partido Verde Ecologista de México y Convergencia) y 114 normas

estatales en la materia.

Posteriormente, y con un objetivo más amplio en vista del intenso año electoral

2006 (la elección federal presidencial y legislativa -500 diputados y 128

senadores-, y 18 locales, -seis elecciones de gobernadores y 12 de diputados

locales-) en febrero de dicho año se publicó el disco “Compilación Jurídica

Electoral”, con las disposiciones contenidas en el disco anterior actualizadas y

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complementadas con otras distribuidas en siete áreas de consulta con

opciones más específicas:

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en texto

completo y por artículo en materia electoral –artículos 41, 60, 74, 99 y

105-,

- Instrumentos internacionales aplicables -tratados multilaterales y

resoluciones de la Asamblea General de la ONU- 20 documentos,

- Normatividad federal –el Código Federal de Instituciones y

Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de

Impugnación en texto completo y por libros, y 10 leyes y reglamentos

federales, así como 15 reglamentos aplicables por el Instituto Federal

Electoral (IFE) y 69 acuerdos y resoluciones del Consejo General del

IFE en materia electoral, de partidos políticos y del proceso electoral

federal,

- Jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

por año de 1997 al 2005 -183 documentos-,

- Normatividad local, con 283 disposiciones legales, reglamentarias y

orgánicas,

- Documentos básicos de los partidos políticos nacionales (los anteriores

seis más dos con registro reciente: Nueva Alianza y Alternativa

Socialdemócrata y Campesina) con 28 textos,

- y las opciones documentales concentradas en la contienda electoral

federal de 2006:

a) Coaliciones, con los estatutos, declaración de principios y programa de

acción de Alianza por México (PRI-PVEM) y la Coalición por el Bien de

Todos (PRD-PT-Convergencia),

b) Plataformas electorales de los partidos políticos (PAN, Nueva Alianza y

Alternativa), y

c) Plataformas electorales de las Coaliciones.

Este material, cuidadosamente sistematizado y actualizado, también está

disponible para su consulta pública y gratuita en la Biblioteca Jurídica Virtual de

la Secretaria de Gobernación, en la página www.ordenjuridico.gob.mx.

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Representa la primera compilación electrónica prácticamente completa de la

regulación aplicable al sistema electoral mexicano y las diferentes etapas,

procedimientos y actividades que implica: derechos político-electorales,

partidos políticos –constitución, registro, prerrogativas-, observación electoral,

requisitos de elegibilidad para los cargos públicos, instalación y toma de

posesión, tipos de elección –convocatoria y organización-, jornada electoral –

preparación, desarrollo, escrutinio y cómputo de los sufragios-, medios de

impugnación y contencioso electoral.

6. Panorama nacional en torno a la legalidad electoral.

La materia electoral es competencia de cada uno de los ámbitos de gobierno

que componen la federación. Así, existen, dentro del sistema electoral

mexicano, un sistema federal y uno local que incluye la elección de

funcionarios estatales y municipales, en las 32 entidades federativas (31

estados libres y soberanos y el Distrito Federal).

La actual conformación constitucional y legal de este sistema quedó definida,

como se apuntó anteriormente, con las reformas constitucionales de 1996, que

revisó, actualizó y eficientó el régimen jurídico electoral y de las instituciones

públicas y los partidos políticos.

Estas reformas, publicadas el 22 de agosto de ese año en el Diario Oficial de la

Federación, cubrieron siete grandes aspectos del sistema electoral: integración

del Poder Legislativo federal; regulación de los partidos políticos; equidad en la

contienda electoral; conformación y competencia del IFE; coaliciones

electorales; justicia electoral, y sistemas electorales locales y del Distrito

Federal.

En el primer aspecto, la integración del Poder Legislativo federal, se estableció

el límite en 300 diputados para la primera fuerza, electos por los principios de

mayoría relativa y representación proporcional, que equivale al 60% de los

lugares disponibles en la Cámara de Diputados (500).

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En el Senado, se elegirían los 128 senadores de la siguiente forma: de los tres

que corresponden a cada entidad federativa, dos por mayoría relativa y el

tercero se asignaría a la primera minoría, y los 32 senadores restantes se

elegirían por el principio de representación proporcional. Por último, en ambas

Cámaras se requeriría de mínimo 2% de la votación nacional para que un

partido pudiera participar en la asignación de lugares por representación

proporcional.

Por lo que hace a la regulación de los partidos y agrupaciones políticos, se

estableció el registro definitivo de los partidos políticos, eliminándose el previo

registro condicionado; para obtener el registro se disminuyó el requisito de 65

mil afiliados en el país a tres mil en mínimo diez estados de la República o en

su defecto, 300 en 100 distritos uninominales electorales de los 300 en que se

divide el territorio nacional.

En cuanto a la equidad en la contienda electoral, esta se estructuró sobre tres

aspectos:

1. Acceso a los medios de comunicación: se asignan 30% de los tiempos

gratuitos y adicionales en igualdad y el 70% de acuerdo con su peso electoral.

Los tiempos adicionales incluyen 250 horas en radio y 200 en televisión en

campaña presidencial y la mitad en intermedias –legislativas- y 10 mil

promocionales en radio y 400 en televisión de 20 segundos cada uno,

mensuales, adquiridos por el IFE, todo esto además de los 15 segundos

mensuales que tienen como prerrogativa los partidos políticos.

2. Financiamiento: consiste en tres situaciones:

a) el financiamiento público debe prevalecer sobre el de cualquier otro tipo,

b) el financiamiento público cubre actividades ordinarias (30% distribuido

equitativamente, 70% por porcentaje de votación de aquellos con presencia en

el Congreso de la Unión), gastos de campaña (cantidad equivalente a la

recibida para actividades ordinarias, en año electoral), y

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c) actividades específicas como entidades de interés público (no más del 75%

anual de los gastos comprobados en el año anterior para tales actividades:

educación y capacitación políticas, investigación social, económica y política y

actividades editoriales).

3. Se prohíben aportaciones anónimas (excepto por colectas públicas).

4. Se limita el financiamiento por simpatizantes a no más del 10% de la

cantidad recibida por financiamiento público para actividades ordinarias en el

año respectivo, y cada persona física o moral no más de 0.05% de de la

cantidad recibida por financiamiento público para actividades ordinarias en el

año de que se trate, y

5. Fiscalización más rigurosa de la utilización de los recursos recibidos y

dictaminación de los informes que los partidos están obligados a rendir, por la

Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones

Políticas, del Consejo General del IFE –incluso auditorías y visitas de

verificación-.

Respecto de la conformación y competencia del IFE, se le ciudadanizó,

eliminándose la injerencia del Poder Ejecutivo, la presidencia del Consejo

General sería electiva por las dos terceras partes de los miembros presentes

de la Cámara de Diputados, a su vez, el Consejero Presidente propondría al

Consejo General al Secretario Ejecutivo y Directores Ejecutivos. El Consejo

General se compondría por nueve consejeros con voz y voto electos igual que

el Consejero Presidente. Los partidos políticos representados en el Congreso

de la Unión pueden proponer un Consejero cada uno. Los partidos políticos

nacionales pueden acreditar un representante sin derecho a voto.

Se crearon, asimismo, cinco comisiones permanentes: Capacitación Electoral y

Educación Cívica; Fiscalización de los Recursos de los Partidos y

Agrupaciones Políticas; Organización Electoral; Prerrogativas, Partidos

Políticos y Radiodifusión, y Servicio Profesional Electoral (posteriormente el

19

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Consejo General creó otras dos: Administración, y Registro Federal de

Electores), y se reorganizan los Consejos Locales del IFE.

Coaliciones electorales para postular candidatos comunes. Se admite esta

formación electoral para postular candidatos a diputado o senador por mayoría

relativa. Se contempla el registro de máximo 25 fórmulas y mínimo 6 para el

Senado y 100 y 33, respectivamente, para la Cámara de Diputados.

En el tema de la justicia electoral, se emprendieron cuatro reformas:

1. Se incorporó la acción de inconstitucionalidad en materia electoral, contra

leyes federales o locales, promovida por los partidos políticos ante la Suprema

Corte de Justicia de la Nación (los partidos con registro local, únicamente

pueden promover contra leyes locales).

2. Dentro del sistema de medios de impugnación –que tutela la legalidad de los

actos de las autoridades electorales- se contempla el juicio para la protección

de los derechos político-electorales de los ciudadanos (votar, ser votado y

asociarse políticamente, así como los derechos inherentes a su militancia en el

partido político respectivo).

3. La revisión constitucional de actos y resoluciones definitivos, material y

jurídicamente reparables, de las autoridades locales en la organización,

desarrollo y calificación de las elecciones, y

4. Creación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como

máximo órgano jurisdiccional electoral (menos en caso de acciones de

inconstitucionalidad, que quedan como competencia exclusiva de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación) con atribuciones para calificar la elección

presidencial.

Por último, en cuanto los sistemas electorales locales y del Distrito Federal, se

dispone la incorporación de principios y acciones de legalidad electoral, como

las relativas a la equidad de los partidos políticos en su financiamiento y acceso

20

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a medios de comunicación, autonomía de las instituciones que administran las

elecciones y previsión de delitos electorales.

A partir de 1996, la Constitución General establece una serie de principios que

las Constituciones y leyes de los Estados deberán contener en materia

electoral, regulados en la fracción IV, incisos a) a i), del artículo 116:

• Las elecciones de los gobernadores de los Estados, de los miembros de

las legislaturas locales y de los integrantes de los ayuntamientos se

realicen mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.

• En el ejercicio de la función electoral a cargo de las autoridades

electorales sean principios rectores los de legalidad, imparcialidad,

objetividad, certeza e independencia.

• Las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones

y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia,

gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus

decisiones.

• Se establezca un sistema de medios de impugnación para que todos los

actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente al principio

de legalidad.

• Se fijen los plazos convenientes para el desahogo de todas las

instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad

de las etapas de los procesos electorales.

• De acuerdo con las disponibilidades presupuestales, los partidos

políticos reciban, en forma equitativa, financiamiento público para su

sostenimiento y cuenten durante los procesos electorales con apoyos

para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio universal;

• Se propicien condiciones de equidad para el acceso de los partidos

políticos a los medios de comunicación social.

• Se fijen los criterios para determinar los límites a las erogaciones de los

partidos políticos en sus campañas electorales, así como los montos

máximos que tengan las aportaciones pecuniarias de sus simpatizantes

y los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos

21

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los recursos con que cuenten los partidos políticos; se establezcan,

asimismo, las sanciones por el incumplimiento a las disposiciones que

se expidan en estas materias, y

• Se tipifiquen los delitos y determinen las faltas en materia electoral, así

como las sanciones que por ellos deban imponerse.

En el caso del Distrito Federal, se aplicaron medidas políticas como la elección

universal y directa del Jefe de Gobierno y la conversión de la Asamblea de

Representantes del Distrito Federal en Asamblea Legislativa integrada por

diputados locales.

Como se comentó, este conjunto de reformas constitucionales y legales se

tradujeron en un proceso electoral regulado en sus diversas modalidades y con

una sólida estructura institucional, tanto administrativa como jurisdiccional y un

régimen claro para los partidos políticos y la contienda electoral.

La incorporación de los principios y acciones establecidos en 1996 por las

entidades federativas, ha producido un incremento notable de su normatividad

aplicable, así como en el establecimiento y operación de organismos

electorales, tribunales y, en algunos casos, fiscalías especializadas que

complementan un esquema local de legalidad uniforme y colocan al sistema

electoral nacional bajo el control constitucional que protege el respeto y

cumplimiento de los derechos, libertades y prerrogativas en la materia.

En el estudio comparado de la normatividad constitucional y legal local se

puede apreciar el tratamiento con mayor o menor especificidad constitucional,

donde se da fundamento a los organismos electorales competentes y se

establecen los principios rectores electorales a este nivel.

Asimismo, se destaca la existencia de legislación secundaria especializada, ya

sea como Código o como Ley, si bien en el orden jurídico mexicano la única

diferencia entre éstos radica sólo en la denominación, por tratarse en todo caso

de disposiciones generales y obligatorias. También en el nombre encontramos

22

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la designación como “de las Instituciones y procedimientos electorales”, cuando

no se llama simplemente Ley o Código Electoral.

En el caso de los institutos electorales locales todas las entidades federativas

cuentan con uno encargado de la atribución estatal de organizar las elecciones,

por lo que están debidamente creados y regulados por ley. Lo mismo sucede

con el tribunal electoral, donde éste órgano jurisdiccional tiene autonomía

operativa que se basa en una ley orgánica. En caso contrario, el órgano o la

competencia respectivos se rigen por las disposiciones de la legislación

orgánica del Poder Judicial de que se trate.

Por su parte, los medios de impugnación están regulados específicamente sólo

diez estados de la República, aplicándose por los demás, en su caso, la Ley o

Código Electoral y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en

materia Electoral expedida por el Congreso de la Unión.

En materia penal, los delitos electorales, con variadas denominaciones –delitos

electorales, delitos contra los derechos electorales de los ciudadanos, delitos

contra la legitimidad de las elecciones, etc.- prácticamente todas las entidades

federativas los contemplan y sancionan como delito especial en sus respectivos

códigos penales, excepción hecha del estado de Hidalgo que no los prevé.

En cuanto a un órgano de procuración de justicia electoral, en Chiapas existen

disposiciones específicas para crear y regular una fiscalía y una contraloría

electorales, (en el ámbito federal, existe la Fiscalía Especializada para la

Atención de los Delitos Electorales, dentro de la estructura orgánica de la

Procuraduría General de la República).

En los demás casos, la facultad de investigación y persecución de los delitos

electorales se determina en la legislación sobre el Ministerio Público o la

Procuraduría General de Justicia correspondiente.

23

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Para facilitar una visión panorámica de los datos apuntados, se contiene en el

anexo 3 de esta exposición la tabla comparativa de la legislación electoral local

que detalla la existencia o no de disposiciones específicas o generales –por

corresponder a un Poder, institución o actividad que incluye o abarca en su

estructura y competencia cuestiones electorales- aplicables a ciertos aspectos

institucionales y sustantivos básicos.

Los aspectos considerados son: 1. Entidad federativa, 2. Disposiciones

electorales en la Constitución local, 3. Código o ley electoral. 4. Instituto

electoral, 5. Medios de impugnación. 6. Tribunal electoral, 7. Delitos

electorales, y 8. Fiscalización electoral.

7. Conclusión.

Los fines del Estado encuentran en la representación actual de éste los

mecanismos que pueden hacerlos alcanzables con un margen razonable de

viabilidad, pues en el mismo carácter incluyente, tolerante y fundamentalmente

posibilitador que revisten las políticas públicas –intrínseco en la figura de los

derechos humanos, tercer “pilar” del Estado actual, junto con el principio de

legalidad y la vocación democrática- delineadas en una planeación

consensuada y de amplia cobertura se le da a la actuación gubernamental una

orientación clara hacia la concreción del orden público, la eficacia de la justicia

y la construcción continua del bien común.

En este contexto es donde podemos apreciar la relevancia del papel que

representa el sistema jurídico al dotar al organismo estatal en su conjunto de

las normas, los principios y las instituciones que le dan fundamento, orientación

y cohesión a sus instituciones, sus actos y sus objetivos.

Desde luego, esta referencia constante al marco legal y que es (debe ser) la

esencia del Estado de Derecho, no es sino la autolimitación del propio Estado

por normas jurídicas que responde más a la necesidad legitimadora de

transparencia, legalidad y gobernabilidad democrática que a un poder

omnímodo y supremo.

24

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El proceso de democratización de México, tanto política e institucional como en

sus estructuras social, económica y cultural se construye con un andamiaje

jurídico que debe garantizar la continuidad de las formas de representación

genuinas y amplias para reflejar las expresiones y materialicen las aportaciones

de todos los sectores en la empresa común de consolidar una sociedad con

oportunidades reales y perspectivas concretas de desarrollo.

Madrid, España, noviembre 2006.

25

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ANEXO 1

Secretaría de Gobernación Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Programas, Acciones y Resultados de la

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

Funciones Oct-Dic 2002 2003 2004 2005 2006 Total

COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN

INTERGUBERNAMENTAL Y CON LA

SOCIEDAD CIVIL

Registro Nacional de Avisos de Testamento (1)

Convenios suscritos y publicados

Sesiones de Consejo Consultivo

Compilación Jurídica Nacional

Convenios propuestos a entidades federativas

Convenios propuestos a poderes y órganos

autónomos federales

Convenios en concertación

Convenios suscritos y publicados

Instalación de órganos colegiados de

seguimiento y evaluación con entidades

federativas

Instalación de ocse’s con poderes y órganos

autónomos federales

Sesiones de ocse’s con entidades federativas

Sesiones de ocse’s con poderes y órganos

autónomos federales

Acuerdo del Secretario de Gobernación

Iniciativa de reforma constitucional

Registro Nacional de Poderes Notariales

Convenios propuestos a entidades federativas

Convenios concertados y en trámite de firma

Convenios suscritos y publicados

Cultura de la Legalidad y Fomento Editorial

Convenios en concertación y trámite de firma

Asociación Nacional del Notariado Mexicano

Secretaría de Relaciones Exteriores

Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM

Editorial Porrúa, S.A. de C.V.

Asociación Franco-Mexicana de Serv. Públicos

Convenios suscritos y publicados

Comisión Nacional de Trib. Sup. de Justicia

29

8

3

2

1

4

29

9

2

4

5

13

7

7

4

9

9

7

3

7

3

4

9

5

8

1

8

4

1

1

32

2

6

1

1

1

1

1

1

32

24

32

14

9

38

22

4

22

7

1

1

32

2

6

5

1

1

1

1

1

1

1

26

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Secretaría de Gobernación Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Programas, Acciones y Resultados de la

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

Funciones Oct-Dic 2002 2003 2004 2005 2006 Total

COMPILACIÓN JURÍDICA NACIONAL (2)

Primera etapa

Vínculos a disposiciones jurídicas

Documentos en la página

Visitas a la página www.ordenjuridico.gob.mx

Segunda etapa

Asesorías técnicas a distancia

Asesorías técnicas in situ

Normateca Federal

Ordenamientos incorporados y actualizados

Compilación Normativa de la SEGOB

Ordenamientos compilados

10, 093

3, 189

173, 295

1, 044

1, 715

5, 450

326,703

1, 288

2, 126

7, 794

616, 623

21

4

9

1, 523

-

8,020

640, 263

48

10

6

1, 861

2, 126

21, 264

1, 756, 884

69

14

15

REGISTRO NACIONAL DE AVISOS DE

TESTAMENTO

Universo de Avisos de testamento

Implementación del formato único de aviso de

testamento en las entidades federativas

Implementación del formato en los consulados

de México en el extranjero

Reportes de Búsqueda Nacional

Visitas a la página www.testamentos.gob.mx

Propuesta de iniciativa de reforma legal local

Reformas legislativas locales

Reformas reglamentarias locales

Reformas reglamentarias federales

Iniciativa de reforma constitucional

520, 235

79, 191

10

11, 488

282,553

15

7, 481

28, 573

1

251, 594

4

11, 105

42, 889

32

4

1

277,130

3

1

18, 586

68, 848

5

1

1

1. 410, 703

32

1

37, 172

151, 798

32

9

2

1

1

REGISTRO NACIONAL DE PODERES

NOTARIALES

Sesiones de información y coordinación

Diseño de propuesta de iniciativa de reforma

legal local

4

1

4

1

27

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Secretaría de Gobernación Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Programas, Acciones y Resultados de la

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

Funciones Oct-Dic 2002 2003 2004 2005 2006 Total

PUBLICACIONES JURÍDICAS (3)

Libros

CD’s

Folletos

Revista

Artículos publicados en revistas

PUBLICACIONES SÓLO EN VÍA ELECTRÓNICA

Boletín Jurídico en Línea

Tarjeta informativa jurídica

4

4

1

2

7

4

4

8

5

9

115

16

18

5

3

5

24

214

86

26

37

5

3

15

362

33

329

EVENTOS ORGANIZADOS

Ceremonia de propuesta de convenio

Congreso Nacional

Encuentro Nacional

Reunión Nacional

Congreso Internacional

Presentación obra editorial y servicios a cargo

de la DGCCOJN

Firma de convenio y/o instalación OCSE

3

9

2

29

1

87

9

3

1

1

3

23

12

1

12

21

5

1

1

60

14

298

52

2

1

1

2

171

69

MULTIMEDIA (Audio y video)

Conferencias magistrales

Paneles

Ponencias

Discursos

Conferencias y ponencias (sólo texto)

Presentaciones de libro

179

29

4

13

12

6

5

30

9

2

20

7

13

15

344

55

16

56

36

179

2

28

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Secretaría de Gobernación Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Programas, Acciones y Resultados de la

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

Funciones Oct-Dic 2002 2003 2004 2005 2006 Total

CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN

Orden Jurídico Nacional

Encuentro Nacional para la Consolidación del

Registro Nacional de Avisos de Testamento

Reunión Nacional de Directores de Diarios,

Periódicos, Gacetas y Boletines Oficiales de

los Estados Unidos Mexicanos

Febrero Mes de la Constitución y del Estado de

Derecho

Septiembre Mes del Testamento

Del Congreso Nacional

Del Congreso Internacional

Concurso de Tesis de Licenciatura

Cultura de la legalidad electoral

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

16

1

1

1

2

4

2

2

2

1

ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN

Entrevistas y promoción en medios de

comunicación

Visitas promocionales

Conferencias

71

2

244

36

285

82

13

305

439

12

255

600

39

2, 383

1, 160

1, 121

102

EXPOSICIONES ITINERANTES (4)

Diseño y producción

Presentación en sitio

Reproducción y distribución

Exposición virtual

1

1

1

1

8

3

12

1000

1

1, 028

6

21

1, 000

1

CERTIFICACIÓN DE NORMAS JURÍDICAS

FEDERALES

27

13

27

67

CURSOS GRUPALES DE FORMACIÓN CONTINUA

DEL PERSONAL DE LA DGCCOJN

2

2

1

5

AUDITORÍA ADMINISTRATIVA

1

1

2

29

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Secretaría de Gobernación Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Programas, Acciones y Resultados de la

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

(1) Durante el periodo 1999-septiembre 2002 la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos concertó y suscribió 29 convenios en materia de RNAT y organizó 7 sesiones del Consejo Consultivo.

(2) Los vínculos a las disposiciones han sido eliminados para ser sustituidos por documentos, razón por la cual de los 13,282 vínculos que se compilaron en 2002 y 2003, ahora quedan 2126. Las disposiciones que se incorporan a la Normateca Federal son sólo las señaladas en el acuerdo de su creación suscrito por los secretarios de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública.

(3) En el caso de tres discos compactos la investigación correspondiente fue publicada sólo virtualmente, de todos los demás libros, folletos, revista y discos compactos existe edición física (en papel o disco) y virtual. El boletín jurídico en línea y la tarjeta informativa jurídica son virtuales.

(4) La exposición itinerante 2006 fue presentada en gran formato sobre vinil y en tamaño poster; en éste fue reproducida en mil ejemplares distribuidos en instituciones gubernamentales y educativas de todo el país.

México, D. F., noviembre de 2006.

30

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ANEXO 2

SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS

OBRA EDITORIAL 2003-2006 PUBLICADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE

COMPILACIÓN Y CONSULTA DEL ORDEN JURÍDICO NACIONAL.

2003 LIBROS

1. Leyes para el cambio democrático en la Administración Pública Federal. Primera edición: octubre de 2003.

2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Legislación Estatal y del Distrito Federal. Primera edición: diciembre de 2003

3. Guía de tratados promulgados y otros instrumentos internacionales vigentes suscritos por México. Primera edición: diciembre de 2003

4. 1er. Congreso Nacional "Cultura de la Legalidad e Informática Jurídica. Síntesis de ponencias. Primera edición: diciembre de 2003

DISCOS COMPACTOS

1. Compilación de Reglamentos Interiores de las Dependencias Federales y Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y su Reglamento. Primera edición: octubre de 2003

2. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Entorno Legislativo Municipal. Primera edición: octubre de 2003

3. Compilación Normativa de la Secretaría de Gobernación. Primera edición: diciembre de 2003

4. 1er. Congreso Nacional "Cultura de la Legalidad e Informática Jurídica". Memoria. Primera edición: diciembre de 2003

EXPOSICIÓN ITINERANTE “La Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico

Nacional”

31

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2004

LIBROS

1. El Registro Nacional de Avisos de Testamento. Primera edición: septiembre de 2004

2. Leyes y Reglamentos para el cambio democrático en la Administración Pública Federal. Primera edición: diciembre de 2004 DISCOS COMPACTOS

1. Compilación de Leyes y Reglamentos Federales. Primera edición: agosto de 2004

2. Normatividad aplicable a los Partidos Políticos Nacionales en materia electoral. Primera edición: agosto de 2004

3. Compilación de Constituciones Federal y Estatales, Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y Leyes Orgánicas de los Poderes Federales y Locales. Primera edición: agosto de 2004

4. Régimen jurídico para la Inversión en México. Primera edición: agosto de 2004

5. Los Derechos Humanos en el Orden Jurídico Nacional. Edición virtual 2004

6. Compilación de la Secretaría de Gobernación. Edición virtual 2004 7. Leyes para la Coordinación Fiscal y el Fomento Económico. Edición

virtual 2004 EXPOSICIÓN ITINERANTE “Servicios Públicos a cargo de la Dirección General de Compilación y

Consulta del Orden Jurídico Nacional”

32

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2005 LIBROS

1. Guía de tratados promulgados y otros instrumentos internacionales vigentes suscritos por México. SEGOB-EDITORIAL PORRÚA. Primera edición: marzo de 2005

2. Memoria del Encuentro Nacional para la Consolidación del Registro de Avisos de Testamento. Primera edición: julio de 2005

3. Doctrina y Lineamientos para la Redacción de Textos Jurídicos, su publicación y divulgación. Primera edición: septiembre 2005

4. Leyes y Reglamentos para el cambio democrático en la Administración Pública Federal. Segunda edición: agosto 2005 DISCOS COMPACTOS

1. Los Derechos Humanos en el Orden Jurídico Nacional. Primera edición: julio 2005

2. Compilación de la Secretaría de Gobernación. Segunda edición: julio 2005

3. Leyes para la Coordinación Fiscal y el Fomento Económico. Primera edición: julio 2005

4. Derecho Internacional Privado y Cooperación Procesal Civil en México. Primera edición: julio 2005

5. Extradición, Ejecución de Sentencias y Cooperación Penal en México. Primera edición: julio 2005

6. Legislación en Materia de Seguridad Social, Equidad de Género y Grupos Vulnerables. Primera edición: julio 2005

7. Seguridad Pública y Procuración de Justicia en los Ámbitos Federal, Local y Municipal. Primera edición: agosto 2005

8. Compilación de Leyes y Reglamentos Federales. Segunda edición: agosto 2005

EXPOSICIÓN ITINERANTE “Cultura de la legalidad en el sistema federal y la pluralidad democrática” BOLETÍN JURÍDICO EN LÍNEA Nueve boletines distribuidos por vía electrónica

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2006

LIBROS

1. Temas de Derecho Informático. Primera edición: junio 2006 2. Leyes y Reglamentos para el cambio democrático en la Administración

Pública Federal. Tercera edición: agosto 2006 3. Doctrina y Lineamientos para la Redacción de Textos Jurídicos, su

publicación y divulgación. Segunda edición: agosto 2006 4. Memoria de la Reunión Nacional de Directores de Diarios, Periódicos,

Gacetas y Boletines Oficiales de los Estados Unidos Mexicanos. Primera edición: agosto 2006

5. Temas de Derecho Constitucional. Primera edición: agosto 2006 6. El Derecho Burocrático en México (2 Tomos). Primera edición 7. Temas de Derecho Internacional. Primera edición 8. Temas de Derecho Internacional Privado. Primera edición 9. El Principio de Igualdad en el Régimen Disciplinario de los Servidores

Públicos en el Amparo Constitucional en España y México. Primera edición

10. Temas de Derecho Administrativo. Primera edición 11. Temas de Derecho del Trabajo. Primera edición 12. Antecedentes Históricos y Constituciones Políticas de los Estados

Unidos Mexicanos. Primera edición 13. Memoria del 2o. Congreso Internacional "El Orden Jurídico de la

Consolidación Democrática". Primera edición 14. Libro blanco de la Dirección General de Compilación y Consulta del

Orden Jurídico Nacional. Primera edición. 15. Informática Jurídica y Derecho Informático. Primera edición 16. El Derecho Internacional en el Orden Jurídico Mexicano. Primera

edición

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DISCOS COMPACTOS

1. Compilación de Leyes y Reglamentos Federales. Tercera edición: enero 2006

2. Compilación Jurídica Electoral. Primera edición: febrero 2006 3. Compilación Jurídica sobre Migración, Asilo, Refugio y Libertad

Religiosa en México. Primera edición: febrero 2007 4. Derecho Procesal Mexicano, Arbitraje y Procedimientos

Internacionales. Primera edición: mayo 2006 5. Fundamentos y Actividad Legislativa para la Reforma del Estado.

Primera edición: junio 2006 6. Tratados de Libre Comercio suscritos por México y Legislación

Mercantil. Primera edición: junio 2006 7. La Protección Jurídica del Ambiente, y Legislación sobre Recursos

Naturales en México. Primera edición: junio 2006 8. El Régimen Jurídico para los Servicios Financieros en México. Primera

edición: junio 2006 9. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus

Reformas. Primera edición: julio 2006 10. Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia

Electoral, concordada con Jurisprudencia. Primera edición: julio 2006 11. Legislación en Materia de Seguridad Social, Equidad de Género y

Grupos Vulnerables. Segunda edición: julio 2006 12. El Sistema de Impartición de Justicia en el Estado Mexicano. Primera

edición: julio 2006 13. Justicia Fiscal y Administrativa. Primera edición: agosto 2006 14. Legislación Mexicana en materia de Bioseguridad. Primera edición:

agosto 2006 15. Compilación Normativa de la Secretaría de Gobernación. Tercera

edición: agosto 2006 16. Los Derechos Humanos en el Orden Jurídico Nacional. Segunda

edición: agosto 2006 17. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus

Reformas. Segunda edición: septiembre 2006 18. Fundamentos y Actividad Legislativa para la Reforma del Estado. Disco

2. Primera edición: septiembre 2006

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FOLLETOS

1. Cultura de la Legalidad y del otorgamiento de testamento. Primera edición: enero 2006

2. Las Reformas Constitucionales 2001-2005. Primera edición: marzo 2006 3. Horacio Labastida Muñoz. Primera edición 4. Abel Vicencio Tovar. Primera edición 5. José Luis Lamadrid Sauza. Primera edición EXPOSICIÓN ITINERANTE

“Cultura de la legalidad para la consolidación democrática” REVISTA

1. Orden Jurídico Nacional. Año I, Número I, Mayo 2006 2. Orden Jurídico Nacional. Año I, Número 2, Septiembre 2006 3. Orden Jurídico Nacional. Año I, Número 3, Diciembre 2006 BOLETÍN JURÍDICO EN LÍNEA Treinta y tres boletines distribuidos por vía electrónica

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MATERIAL DE APOYO PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA DOCENCIA JURÍDICA DISPONIBLE EN TEXTO, AUDIO Y VIDEO EN LA PÁGINA

www.ordenjuridico.gob.mx 2003 Primer Congreso Nacional “Cultura de la Legalidad e Informática Jurídica” (sólo texto). 2004 Encuentro Nacional para la Consolidación del Registro Nacional de Avisos de Testamento (RNAT). Primer Congreso Internacional “El Orden Jurídico de la Consolidación Democrática”. 2005 Segundo Congreso Nacional “Cultura de la Legalidad e Informática Jurídica”. 2006 Segundo Congreso Internacional “El Orden Jurídico de la Consolidación Democrática”. Reunión Nacional de Directores de Diarios, Periódicos, Gacetas y Boletines Oficiales de los Estados Unidos Mexicanos.

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OBRA EDITORIAL CUADRO COMPARATIVO

AÑO LIBROS FOLLETOS REVISTA DISCOS COMPACTOS

CONGRESOS, REUNIONES Y ENCUENTROS

EXPOSICIÓN ITINERANTE

BOLETÍN JURÍDICO EN LÍNEA

2003 4 4 1 1 2004 2 7 2 1 2005 4 8 1 1 9 2006 16 5 3 18 2 1 24

TOTAL 26 5 3 37 6 4 33 Notas:

1) En el caso de tres discos compactos la investigación correspondiente fue publicada sólo virtualmente, de todos los demás libros, folletos, revista y discos compactos existe edición física (en papel o disco) y virtual. El boletín jurídico en línea es virtual.

2) La exposición itinerante 2006 fue presentada en gran formato sobre vinil y en tamaño poster; en éste fue reproducida en mil ejemplares para su distribución en instituciones educativas y gubernamentales de todo el país.

3) Los trabajos correspondientes a congresos, reuniones y encuentros organizados se encuentran disponibles en texto, audio y video en la página www.ordenjuridico.gob.mx como materiales de apoyo a la investigación y docencia jurídica.

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ANEXO 3

TABLA COMPARATIVA DE LEGISLACIÓN ELECTORAL LOCAL MEXICANA Fiscalización

electoral Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley

Orgánica del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Aguascalientes Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Tipos Penales protectores del Sistema Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Baja California Sí Ley de Instituciones y Procesos Electorales

Ley de Instituciones y Procesos Electorales (Instituto Estatal Electoral)

Ley de Instituciones y Procesos Electorales (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal de Justicia Electoral)

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Baja California Sur

Sí Ley Electoral Ley Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

Campeche Sí Código de Instituciones y Procedimientos Electorales

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Instituto Estatal Electoral)

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Sala Electoral y Juzgados Electorales)

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Coahuila de Zaragoza

Sí Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales

Ley del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana

Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Delitos contra las instituciones Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

Colima Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

Chiapas Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica de la Fiscalía Electoral (es un órgano autónomo)

Chihuahua Sí Ley Electoral Ley Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Ley Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Electoral (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

Distrito Federal

(Estatuto de Gobierno) Sí

Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos contra la Democracia Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

40

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Fiscalización electoral

Entidad federativa

Constitución Política

(disposiciones electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Durango Sí Código Estatal Electoral

Código Estatal Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Código Estatal Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Estado de México

Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos contra el Proceso Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Guanajuato Sí Código de Instituciones y Procedimientos Electorales

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Instituto Electoral)

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Medios de Impugnación)

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica del Ministerio Público

41

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Guerrero Sí Código Electoral Código Electoral (Consejo Estatal Electoral)

Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Tribunal Electoral

Delitos Electorales y en Materia de Registro Estatal de Ciudadanos

Hidalgo Sí Ley Electoral Ley Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Jalisco Sí Ley Electoral Ley Electoral (Instituto Electoral)

Ley Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Michoacán de Ocampo

Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Código Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales y en Materia de Registro Estatal de Electores

42

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Morelos Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Estatal Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos contra los Derechos Electorales de los Ciudadanos

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Nayarit Sí Ley Electoral Ley Electoral (Consejo Estatal Electoral)

Ley de Justicia Electoral (Medios de Impugnación)

Ley de Justicia Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Nuevo León Sí Ley Electoral Ley Electoral (Comisión Estatal Electoral)

Ley Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Electoral (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Oaxaca Sí Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Instituto Estatal Electoral)

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Medios de Impugnación)

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos contra la Legitimidad de las Elecciones

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

43

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Fiscalización electoral

Entidad federativa

Constitución Política

(disposiciones electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Puebla Sí Código de Instituciones y Procesos Electorales

Código de Instituciones y Procesos Electorales (Instituto Electoral)

Código de Instituciones y Procesos Electorales (Medios de Impugnación)

Código de Instituciones y Procesos Electorales (Tribunal Electoral)

(Código de Defensa Social) Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Querétaro Arteaga

Sí Ley Electoral Ley Electoral (Instituto Electoral)

Ley Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Sala Electoral)

Delitos cometidos contra la Seguridad, Certeza y Eficacia del Sufragio

44

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Quintana Roo Sí Ley Electoral Ley Orgánica del Instituto Electoral (Instituto Electoral)

Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Tribunal Electoral

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

San Luis Potosí

Sí Ley Electoral Ley Electoral (Consejo Estatal Electoral)

Ley Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Sinaloa Sí Ley Electoral Ley Electoral (Consejo Estatal Electoral)

Ley Electoral (Sistema de Impugnaciones)

Ley Electoral (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

45

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Sonora Sí Código Electoral Código Electoral (Consejo Estatal Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Estatal Electoral y de Transparencia Informativa)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Tabasco Sí Código de Instituciones y Procedimientos Electorales

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Instituto Electoral y de Participación Ciudadana)

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Tribunal Electoral

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Tamaulipas Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Código Electoral (Tribunal Estatal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica del Ministerio Público

46

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Entidad

federativa Constitución

Política (disposiciones

electorales)

Ley electoral Instituto electoral

(regulados en una Ley Orgánica especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Medios de impugnación (regulados en

una Ley especial o

incluidos en la Ley Electoral)

Tribunal electoral

(regulados en una Ley Orgánica

especial o en la Ley Orgánica

del Poder Judicial)

Delitos electorales (previstos en los Códigos

Penales locales)

Fiscalización electoral

Tlaxcala Sí Código de Instituciones y Procedimientos Electorales

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Instituto Electoral)

Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Sala Electoral-Administrativa)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público

Veracruz de Ignacio de la Llave

Sí Código Electoral Código Electoral (Instituto Electoral)

Código Electoral (Medios de Impugnación)

Ley Orgánica del Poder Judicial (Sala Electoral)

Delitos contra la Función Electoral

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Yucatán Sí Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (Instituto Electoral)

Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (Medios de Impugnación)

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (Tribunal Electoral)

Delitos Electorales

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

Zacatecas Sí Ley Electoral Ley Orgánica del Instituto Electoral

Ley del Sistema de Medios de Impugnación Electoral

Ley Orgánica del Poder Judicial (Tribunal Electoral)

Delitos en Materia Electoral

Ley Orgánica del Ministerio Público

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