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LA LEY DE DEPENDENCIA Y SU INCIDENCIA EN LA CREACIÓN DE EMPLEO EN EL MUNICIPIO DE CARREÑO

LA LEY DE DEPENDENCIA Y SU INCIDENCIA EN LA CREACIÓN DE ... · empleo en el municipio de Carreño”, es un instrumento de análisis del sector de la dependencia para los próximos

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LA LEY DE DEPENDENCIA Y SU

INCIDENCIA EN LA CREACIÓN DE

EMPLEO EN EL MUNICIPIO DE

CARREÑO

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ÍNDICE Pág.

1. Introducción 3 2. Presentación, objetivos, metodología 5 3. El territorio 12 4. Marco normativo: la Ley de Dependencia 29 5. Catálogo territorial de servicios para personas

dependientes 49 6. El potencial de generación de empleo 53 7. Oferta formativa 63 8. Conclusiones 76 9. Recomendaciones 78 ANEXOS 83

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1.- INTRODUCCIÓN Uno de los desarrollos más sostenidos del último siglo ha sido el avance regular

de la esperanza de vida de la población. Ello es, sin duda, una buena noticia,

especialmente porque ha venido acompañada de una menor incidencia

generalizada de la morbilidad de la población, especialmente a edades que

hasta hace pocas décadas caracterizaban el paso a la “gran edad”. Forzosamente

pues, esta gran edad se ha ido moviendo aunque de manera contradictoria en la

realidad cotidiana o administrativa, o en el ámbito semántico, y el imaginario

colectivo. Las consecuencias de ello son una percepción difusa de las ventajas e

inconvenientes, y de la necesaria preparación del futuro, que conlleva el hecho

de que cada vez hay más personas de edades avanzadas tanto en términos

absolutos como relativos a otros grupos de edad de la población. La buena

noticia de la mayor duración de la vida, para la generalidad de los individuos,

ha pasado, sin embargo, una factura: la creciente exposición de la población

mayor a discapacidades de todo tipo.

Junto a ello, los nuevos patrones, en buena medida estructurales, de trabajo

femenino, tamaño y estructura de las familias, localización y movilidad de la

población, etc., hacen necesario prever y organizar los recursos que la sociedad,

en su conjunto, y los individuos, crecientemente, habrán de aplicar a la atención

de sus necesidades debidas a la dependencia. Si la cuestión de la dependencia

se expresa ya hoy de manera clara en nuestra sociedad como una cuestión de

relevancia social y económica, lo será mucho más aún en las próximas décadas

en cuyo transcurso la tasa de dependencia de las personas de 65 y más años, en

proporción a las de 16 a 64 años, que se duplicará pasando a multiplicarse por

tres o por cuatro las tasas asociadas a una edad de corte mayor.

La organización de recursos de cara a la dependencia de la población mayor

(residencias, centros de día, cuidadores, ayudas económicas, etc.) no es sencilla,

ni en su composición ni en su medida y evoca inmediatamente numerosos

aspectos. Desde la emergencia de un nuevo sector económico hasta la

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compatibilidad de las posibilidades y necesidades de los hogares de cara a la

atención de sus miembros dependientes en la debida forma, pasando por la

combinación de recursos públicos y privados necesarios. Sea como fuere, los

recursos que habrán de asignarse a las necesidades de dependencia de la

población serán muy importantes.

En España, el sector de los servicios comunitarios -o personales en la

terminología anglosajona- están menos desarrollados en comparación con los

países más desarrollados. Ello implica un potencial de crecimiento, al que es

necesario sacar rendimiento colectivo. A este objetivo va a contribuir, sin duda,

la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación

de Dependencia (Ley de Dependencia).

En este estudio que ahora presentamos se lleva a cabo una estimación de la

población en situación de dependencia para los próximos ocho años y los

efectos de empleabilidad que el completo desarrollo de la Ley implicará,

estimado mediante metodologías apropiadas. Se analizan los diferentes

recursos de atención a la dependencia que existen en la actualidad y se estudian

asimismo los recursos formativos que operan en el territorio. Todo ello, para

concluir en los “datos reveladores” del territorio respecto al tema que nos

ocupa, y sobre la base de esas datos articular unas recomendaciones precisas.

Este tipo de estudios, en nuestra opinión, ayuda a entender mejor las

consecuencias económicas de la introducción de leyes tan importantes como la

Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de

Dependencia y constituye una importante contribución para una valoración

completa y rigurosa de esta histórica iniciativa legislativa.

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2.- PRESENTACIÓN, OBJETIVOS, METODOLOGÍA. El presente estudio “La Ley de Dependencia y su incidencia en la creación de

empleo en el municipio de Carreño”, es un instrumento de análisis del sector de

la dependencia para los próximos ocho años en el ámbito territorial del

municipio de Carreño y su incidencia en la creación de empleo. El estudio

comprende la planificación de acciones relacionadas con la mejora de la

prestación y gestión de los servicios de atención a la dependencia.

El objetivo general del estudio es analizar el sector de la dependencia y su

proyección para los próximos 8 años en el ámbito territorial de Carreño. Como

objetivos específicos se han fijado los siguientes:

� Conocer el escenario demográfico de la dependencia para los próximos

ocho años y la incidencia de este nuevo escenario en el desarrollo de

servicios de atención y en las nuevas oportunidades de empleo.

� Analizar el contexto de la prestación de servicios públicos y privados de

atención a la dependencia en el área de estudio y de los recursos

económicos públicos y privados para su desarrollo.

� Conocer las oportunidades laborales del sector

� Mejorar la prestación de los servicios de atención a la dependencia por

parte de las entidades locales.

Las estrategias metodológicas a utilizar por el equipo de investigación para la

consecución del objetivo del presente estudio han sido básicamente

cualitativas.

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Al diseñar el esquema de trabajo se planteó la necesidad de efectuar una

articulación y convergencia interparadigmática utilizando, para lograrlo, la

integración metodológica, con el triple objetivo de enriquecer la investigación,

poder descubrir nuevos aspectos sobre el tema a estudiar y, por último, paliar

las limitaciones que presenta un solo método, contrarrestándolas con las

potencialidades de otros métodos.

Para poder cumplir estos objetivos y concluir en el estudio esperado se dividirá

el trabajo de investigación en las siguientes fases:

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� ENTREVISTAS EN PROFUNDIDAD

� FORO DE EXPERTOS

FASE DOCUMENTAL

Búsqueda y Análisis Documental según

fuentes secundarias de información.

FASE EXPERIMENTAL

Generación de Información Propia

(primaria)

FASE ANALÍTICA

Puesta en común y síntesis de resultados

Técnicas Cualitativas

Técnicas Cualitativas

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FASE DOCUMENTAL: esta fase se corresponderá a una breve etapa inicial de

investigación de gabinete (desk research) en la que se recurre a diferentes tipos

de fuentes, vinculadas al objeto de estudio, o que disponen de información

referida al mismo.

La técnica de investigación fue la búsqueda de información en las fuentes

relacionadas a continuación:

- Padrón Municipal de habitantes.

- SADEI

- Instituto Nacional de Estadística

- Guías y/o Directorios de Servicios Sociales en el territorio objeto

de análisis, y concretamente de los Servicios de Atención a la

Dependencia

- Estudios sectoriales referidos al tema central de análisis, tanto

referidos al Principado de Asturias, como de otras CC.AA.

- Bases de datos de Legislación nacional y autonómica.

- Observatorio de Personas Mayores. IMSERSO.

- Portal Mayores

- Inforesidencias

- Fundación Asturiana de Atención a Personas con Discapacidad

- Asociación Estatal de Servicios Residenciales para la Tercera Edad

- Confederación Española de Organizaciones de Mayores.

- Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad

(CERMI)

- Instituto para la Mejora, Promoción e Innovación de la Calidad de

Vida de las Personas Mayores.

- Educastur.

- Libro Blanco de la Dependencia.

- Ley de Dependencia.

- Observatorio del Servicio Público de Empleo.

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FASE EXPERIMENTAL: el núcleo central de la investigación se desarrolló en

esta fase experimental, de generación de información propia, de manera directa,

aplicando en este caso técnicas cualitativas, dado el contenido del estudio. Para

desarrollar esta Fase se diseñaron instrumentos específicos para la recogida

ordenada y coherente de información.

Las fuentes primarias o agentes informantes a los que se accedió fueron:

1 Responsables de los organismos relacionados con el ámbito de la

dependencia en el territorio de análisis y de ámbito autonómico.

2 Directores y/o responsables de empresas privadas cuya actividad se

desarrolla en este sector.

3 Personas relacionadas con programación formativa y formadores.

4 Personas expertas en el tema objeto de estudio.

Técnicas de investigación cualitativa:

1. Entrevista a informantes clave: personas directamente relacionadas con la

actividad del sector, tanto en la administración, como en empresas o

entidades proveedoras de servicios, entidades proveedoras de formación y

expertos especializados en el sector o en alguna de sus ramas.

Objetivo: Recabar la información primaria cualitativa y detallada sobre el objeto

del estudio.

Técnicas de investigación:

1 Entrevista en profundidad

Con la entrevista, el investigador busca encontrar lo que es importante y

significativo en la mente de los informantes, sus significados, perspectivas e

interpretaciones, el modo en que ven, clasifican y experimentan su propio

mundo de actuación. La Entrevista en Profundidad es, en definitiva, una

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técnica con la que se persigue obtener que las personas transmitan oralmente

al entrevistador su definición personal de la situación.

Los instrumentos de trabajo para la recogida y tratamiento de la información

han sido:

1 Diseño del guión para la entrevista

2 Diseño de “Fichas de captura de conocimiento”, instrumento en el que

el entrevistador, a posteriori, recoge el quid o aspecto clave de la

entrevista.

Las personas expertas entrevistadas han sido las responsables y/o representantes de las siguientes instituciones:

Responsable Servicios Sociales de Carreño

Responsable Área V Servicios Sociales Responsable Residencia Geriátrica Perlora

Responsable Residencia Guimarán Responsable Residencia Rey Pelayo

Responsable Residencia San Pancracio Responsable Residencia Xana del Mar

Responsable Residencia San Félix Responsable Residencia El Cristo Responsable Residencia Algamar

Tabla nº 1: Relación de personas entrevistadas

Elaboración propia.

FASE ANALÍTICA: es la fase de puesta en común, síntesis de resultados, conclusiones y recomendaciones. La técnica de investigación utilizada fue la de Foro de Expertos, mesa final en la que se expuso la síntesis de la investigación, con el objetivo de validar los resultados obtenidos y plantear las recomendaciones y líneas de actuación a proponer.

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En el Foro han participado las siguientes personas:

Amelia Fernández López. Concejala Ayuntamiento Carreño

Rosa Rodríguez Mangas. Responsable de Servicios Sociales Carreño Virginia González Santamaría. Cruz Roja. Responsable del Área Social

Maite Alonso Moro. Cruz Roja. Trabajadora Social Carlos Pico Rodríguez. Director Médico Residencia Perlora.

Raquel Pico Rodríguez. Directora Médica Residencia Guimarán. Mª Jesús Fernández Sierra. Responsable de Servicios de Forem Asturias

Inmaculada Espina Rodríguez. Responsable de Formación de Forem Asturias Luis Fernández. Presidente de Asociación de Vecinos Amigos de Candás

Tabla nº 2: Relación de Participantes en el Foro de Expertos

Elaboración propia.

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3.- EL TERRITORIO

PRESENTACIÓN DEL TERRITORIO

El territorio objeto de estudio comprende el municipio de Carreño. Está situado

en la zona centro de Asturias y ocupa una superficie de 66,70 Km2, lo que

representa el 0,66% de la superficie de la Comunidad Autónoma.

El territorio limita al norte con Gozón, al Sur y Este con Gijón y al oeste con

Corvera. Forma, junto al vecino de Gozón, la Mancomunidad del Cabo Peñas.

La capital del municipio es Candás y el mismo está formado por 12 parroquias:

Candás, Perlora, Albandi, Carrió, Prendes, Pervera, Piedeloro, Guimarán,

Logrezana, El Valle, Ambás y Tamón.

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Parroquia Extensión Habitantes Densidad Candás 2,21Km2 7223 3.268,32habitantes por Km2 Perlora 5’55 Km2 757 136,39 habitantes por Km2 Albandi 1,82 Km2 620 340,65 habitantes por Km2 Carrió 2,31 Km2 159 68,83 habitantes por Km2

Prendes 2,31 Km2 568 245,88,63 habitantes por Km2

Pervera 5,74 Km2 185 32,22 habitantes por Km2 Piedeloro 5,83 Km2 212 36,36 habitantes por Km2 Guimarán 5,03 Km2 360 71,57 habitantes por Km2 Logrezana 11,28 Km2 391 34,66 habitantes por Km2

El Valle 7,03 Km2 255 36,27 habitantes por Km2 Ambás 3,23 Km2 222 68,73 habitantes por Km2 Tamón 8,95 Km2 344 38,43 habitantes por Km2

Tabla nº 3. Parroquias de Carreño Elaboración propia. Fuente: SADEI

Carreño cuenta con una población de 10.833 personas, lo que supone una

densidad de 162,41 habitantes por Km2.

Desde la aprobación del mapa asturiano de servicios sociales por el Decreto

108/20051, se establece la ordenación territorial o zonificación de los servicios

sociales en su conjunto, mediante la agrupación de unidades territoriales y

administrativas con el fin objetivo de alcanzar una base de población y territorio

suficiente para dotar y gestionar de manera eficiente los servicios. La tipología

de unidades territoriales sobre las que se articulan los servicios sociales son:

Áreas, Distritos, Zonas Básicas y Zona Especiales. El Principado ha dividido la

región en ocho áreas que coinciden con las que desde hace años funcionan en la

sanidad. El territorio se encuentra en el Área V y supone una de las tres Zonas

Básicas existentes en el Área. Junto a los municipios de Gijón y Villaviciosa

conforman el Área V.

1 Decreto 108/2005, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Mapa Asturiano de Servicios Sociales

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PRESENTACIÓN DE LA POBLACIÓN.

El territorio cuenta en la actualidad con una población de 10.833 habitantes2, lo

que supone el 1% de la población regional y una densidad de población algo

superior a la media de la Comunidad Autónoma: si tenemos en cuenta que el

área geográfica del territorio son aproximadamente 67 Km2, la densidad de

población es de 162 hab./km2, mientras que la media de Asturias está en 101,37

habitantes por km2.

Respecto a las características demográficas, el territorio presenta rasgos muy

similares a los del resto de la Comunidad. Así, si observamos los datos de

población clasificados por tramos de edad, destacan la franja de edad de 65

años en adelante, y la de 0 a 18 años. Los datos revelan que la población de la

tercera edad del territorio es casi el doble de la población infantil y juvenil.

Asimismo, resulta patente que el porcentaje de hombres y mujeres es muy

similar, rondando ambos colectivos el 50%, porcentaje que se aleja de la

paridad, en los segmentos de mayor edad, destacando el de mayores de 85

años, donde la presencia de la mujer es significativamente superior a la de los

varones: un 68,47% de mujeres en ese segmento etario.

Ambos datos siguen las tendencias a nivel regional, en donde el envejecimiento

de la población y la paridad hombres - mujeres es una constante, tal y como

puede comprobarse en los gráficos referidos a la Comunidad Autónoma.

2 Fuente: INE

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TERRITORIO Varones Mujeres Total

Menores de 4 años 179 197 376

De 5 a 9 años 166 181 347

De 10 a 14 años 198 175 373

De 15 a 19 años 195 184 379

De 20 a 24 años 266 282 548

De 25 a 29 años 380 338 718

De 30 a 34 años 458 441 899

De 35 a 39 años 438 402 840

De 40 a 44 años 399 366 765

De 45 a 49 años 422 426 848

De 50 a 54 años 426 420 846

De 55 a 59 años 371 366 737

De 60 a 64 años 337 341 678

De 65 a 69 años 206 250 456

De 70 a 74 años 304 336 640

De 75 a 79 años 259 323 582

De 80 a 84 años 160 272 432

85 años y más 120 249 369

TOTAL 5284 5549 10833 Tabla nº4: Población según sexo y edad en Carreño en 2008

Elaboración propia. Fuente INE

Gráfico nº1: Población en Carreño en 2008

Elaboración propia. Fuente INE

Población en Carreño

179 166 198 195266

380458 438 399 422 426 371 337

206304 259

160 120

197 181 175 184

282

338

441402

366426 420

366341

250

336323

272249

376 347 373 379

548

718

899840

765

848 846

737678

456

640582

432369

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

1800

2000

Men

ores

de

4añ

os

De

10 a

14

años

De

20 a

24

años

De

30 a

34

años

De

40 a

44

años

De

50 a

54

años

De

60 a

64

años

De

70 a

74

años

De

80 a

84

años

Total

Mujeres

hombres

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ASTURIAS Varones Mujeres Total

De 0 a 4 años 18873 17904 36777

De 5 a 9 años 18424 17186 35610

De 10 a 14 años 18491 17564 36055

De 15 a 19 años 21820 20080 42700

De 20 a 24 años 29569 28086 57655

De 25 a 29 años 38390 37514 75904

De 30 a 34 años 44098 42542 86640

De 35 a 39 años 41484 40711 82195

De 40 a 44 años 41325 41785 83110

De 45 a 49 años 42050 43385 85435

De 50 a 54 años 39807 41716 81523

De 55 a 59 años 36282 38011 74293

De 60 a 64 años 31759 35167 66926

De 65 a 69 años 22315 25440 47755

De 70 a 74 años 26055 32570 58625

De 75 a 79 años 23215 32875 56090

De 80 a 84 años 14991 25414 40405

De 85 y más años 9343 23097 32440

TOTAL 518291 561847 1080138

Tabla nº 5: Población según sexo y edad en Asturias en 2008. Elaboración propia. Fuente INE

En la pirámide de población por edad y sexo observamos dos características

importantes; en primer lugar, vemos que la pirámide tiene forma invertida, lo

que nos indica que es una población envejecida, como dijimos anteriormente.

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-500 -400 -300 -200 -100 0 100 200 300 400 500

Menos 5

10 a 14

20 a 24

30 a 34

40 a 44

50 a 54

60 a 64

70 a 74

80 a 84

CARREÑO. AÑO 2009

Gráfico nº 2: Pirámide de Población en Carreño en 2008.

Elaboración propia. Fuente INE

En segundo lugar, existe un destacado sobreenvejecimiento de la población

(mayores de 80 años) causado fundamentalmente porque la población de

mayor edad de la pirámide, 80 y más años, crece más rápidamente que la

población de edad comprendida entre 65 y 79 años. La mayor esperanza de

vida de las mujeres comporta que éstas predominen entre las personas

mayores, sobre todo entre las de edad más avanzada. De este modo, el

sobreenvejecimiento incide más en el colectivo de las mujeres mayores que en el

de los hombres mayores.

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Observando la tabla sobre evolución de la población en Carreño se comprueba

que ha habido un descenso paulatino en los últimos años si bien a partir del año

2004 se produce el efecto contrario al resurgir una destacada recuperación

demográfica. A nivel regional, también se observa un descenso paulatino, si

bien, asimismo, hubo años en los que se produjo una recuperación demográfica.

TERRITORIO: CARREÑO

Año Población Total Mayores de 65 años

% sobre el total

1998 5141 1037 20,17% 1999 5147 1078 20.94% 2000 5125 1081 21.09% 2001 5152 1126 21.85% 2002 5134 1111 21.64% 2003 5131 1139 22.19% 2004 5115 1112 21.73% 2005 5248 1099 20.94% 2006 5297 1094 20.65% 2007 5307 1078 20.31%

Hombres

2008 5284 1049 19.85% 1998 5446 1398 25.67% 1999 5463 1448 26.50% 2000 5432 1487 27.37% 2001 5152 1489 28.90% 2002 5393 1497 27.75% 2003 5300 1476 27.84% 2004 5320 1475 27.72% 2005 5468 1466 26.81% 2006 5045 1450 28.74% 2007 5519 1442 26.12%

Mujeres

2008 5549 1430 25.77% 1998 10587 2435 22.99% 1999 10610 2526 23.80% 2000 10557 2547 24.12% 2001 10567 2615 24.74% 2002 10527 2608 24.77% 2003 10431 2615 25.06% 2004 10435 2587 24.79% 2005 10716 2565 23.93% 2006 10842 2544 23.46% 2007 10826 2520 23.27%

Población

total

2008 10833 2479 22.88%

Tabla nº6. Evolución de la población en el territorio

Elaboración propia. Fuente: INE

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20

0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

14000

16000

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Mayores de 65 años

Población Total

Gráfico nº3: Evolución de la población en el territorio

Elaboración propia. Fuente INE

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Varones 516.398 515.897 515.166 515.945 515.047 516.329 516.347 515.292 518.291

Mujeres 560.169 559.432 558.805 559.436 558.714 560.306 560.549 559.570 561.847

Total 1.076.567 1.075.329 1.073.971 1.075.381 1.073.761 1.076.635 1.076.896 1.074.862 1.080.138

Tabla nº7: Evolución de la población en Asturias Elaboración propia. Fuente INE

Gráfico nº4: Evolución de la población en Asturias Elaboración propia. Fuente INE

516.398 515.897 515.166 515.945 515.047 516.329 516.347 515.292518.291

560.169 559.432 558.805 559.436 558.714 560.306 560.549 559.570561.847

490.000

500.000

510.000

520.000

530.000

540.000

550.000

560.000

570.000

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Varones

Mujeres

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21

Veamos ahora un aspecto importante, que permite profundizar más en el

análisis de situación del territorio objeto de estudio. Se trata de la Tasa de

Dependencia, entendida como la proporción que representa la población que

no está en edad de trabajar (menor de 16 años y mayor de 65), sobre la

población activa (con edades entre 16 a 65 años).

Es muy significativo el dato de la tasa de dependencia de los mayores de 65

años en el territorio, que asciende al 30%, valor por encima de la media de

Asturias (27,85%) y de España (20,01%). Sin embargo, la tasa de dependencia de

los menores de 15 años (11,25%) es similar a los resultados regionales (11,16%) e

inferior a los nacionales (17%).

Tasa de dependencia menores de 15 años en Carreño:

Menores de 15 años: 1096 Mayores de 15 años: 9737

11.25% 9737

1096 años 15 de menores de adependenci de Tasa ==

Tasa de dependencia mayores de 65 años en Carreño:

Mayores de 65 años: 2479 Menores de 65 años: 8354

29.67% 8354

2479 años 65 de mayores de adependenci de Tasa ==

Tasa de dependencia menores de 15 años en Asturias:

Menores de 15 años: 108442 Mayores de 15 años: 971696

11.16% 971696

108442 años 15 de menores de adependenci de Tasa ==

Tasa de dependencia Mayores de 65 años en Asturias:

Mayores de 65 años: 235315 Menores de 65 años: 844823

27.85% 844823

235315 años 65 de mayores de adependenci de Tasa ==

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22

Tasa de dependencia menores de 15 años en España:

Menores de 15 años: 6782367 Mayores de años: 39879583

17% 39879583

6782367 años 15 de menores de adependenci de Tasa ==

Tasa de dependencia Mayores de 65 años en España:

Mayores de 65 años: 7780830 Menores de 65 años: 38881120

20.01% 38881120

7780830 años 65 de mayores de adependenci de Tasa ==

Asimismo, si atendemos a la evolución del movimiento natural de población

del territorio, puede observarse claramente la tasa negativa de crecimiento

vegetativo, que se mantiene constante desde 1990, si bien con distinto nivel.

Nacimientos Defunciones Saldo Vegetativo

1990 76 132 -56

1991 67 129 -62

1992 68 142 -74

1993 62 142 -80

1994 58 131 -73

1995 74 117 -43

1996 57 143 -86

1997 55 129 -74

1998 45 130 -85

1999 67 142 -75

2000 51 153 -102

2001 71 141 -70

2002 78 144 -66

2003 69 155 -86

2004 74 178 -104

2005 87 141 -54

2006 85 148 -63

2007 67 155 -88

Tabla nº 8: Movimiento natural de la población Elaboración propia. Fuente INE

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23

Movimiento Natural de la Población

7667 68

62 58

74

57 5545

67

51

7178

6974

87 85

67

132129

142142

131 117143

129130

142153141

144155

178

141148

155

0

50

100

150

200

250

300

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Defunciones

Nacimientos

Gráfico nº 5 : Movimiento natural de la población Elaboración propia. Fuente INE

PROYECCIONES DE POBLACIÓN

Para el objeto de nuestro estudio resulta fundamental conocer cuál va a ser el

escenario de población en los próximos años. Para ello, se ha aplicado al

territorio, el método de componentes, método utilizado por el Instituto

Nacional de Estadística, otros institutos autonómicos de estadística y por la

práctica totalidad de las oficinas de estadística de los países del contexto

occidental que realizan proyecciones demográficas.

La aplicación del método de componentes responde al siguiente esquema:

Partiendo de la población residente en un cierto ámbito geográfico y de los

datos observados para cada uno de los componentes demográficos básicos, la

mortalidad, la fecundidad y la migración, se trata de obtener la población

correspondiente a fechas posteriores bajo ciertas hipótesis sobre el devenir de

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24

esos tres fenómenos, que son los que determinan su crecimiento y su

estructura por edades.

POBLACIÓN FINAL = POBLACIÓN INICIAL + (NACIMIENTOS - DEFUNCIONES) +

(INMIGRACIONES - EMIGRACIONES)

POBLACIÓN FINAL = POBLACIÓN INICIAL + (CRECIMIENTO NATURAL) +

(CRECIMIENTO MIGRATORIO)

POBLACIÓN FINAL = POBLACIÓN INICIAL + CRECIMIENTO TOTAL

Dado que en el INE sólo encontramos proyecciones de población del total

regional y no segregadas por municipios, se han extrapolado a los datos

actuales del padrón en el territorio, las hipótesis relativas a nacimientos,

defunciones y movimientos migratorios del total de Asturias.

El horizonte de proyección ha sido hasta el año 2017 para el ámbito territorial

estudiado.

El resultado se presenta en la siguiente tabla:

PROYECCIONES DE POBLACIÓN EN CARREÑO Población Total De 5 a 64 años Más de 65 años TOTAL Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres 2008 5284 5549 4056 3922 1049 1430 10833

2009 5261 5525 4038 3905 1058 1530 10785

2010 5244 5507 4035 3893 1058 1541 10749

2011 5227 5489 4022 3880 1079 1555 10713

2012 5209 5470 4008 3867 1092 1568 10676

2013 5190 5451 3994 3854 1106 1583 10639

2014 5171 5431 3979 3840 1120 1598 10601

2015 5151 5410 3964 3826 1135 1613 10561

2016 5130 4988 3948 3811 1150 1628 10519

2017 5109 4968 3932 3795 1165 1643 10478

Tabla nº 9: Previsiones de Población en el territorio

Elaboración Propia

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25

Proyecciones de Población en Carreño

10833

10785

1074910713

10676

10639

10601

10561

10519

10478

10300

10400

10500

10600

10700

10800

10900

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Población Total

Gráfico nº 6: Previsiones Población en el territorio Elaboración Propia

Como puede observarse, se mantiene la tendencia actual, con un descenso

paulatino de población en el territorio, tal como de forma representativa,

muestra el anterior gráfico.

PROYECCIONES DE POBLACIÓN DEPENDIENTE Una vez representado el escenario de población que va a caracterizar al

municipio en los próximos años, debemos conocer que grado de la población va

a ser considerada población dependiente. El punto de partida para tal

estimación es la proyección del número de personas que serán cubiertas por el

Sistema. A finales del año 2017 (límite del escenario temporal en el que venimos

trabajando), en el que el Sistema estará ya totalmente instaurado, pues el

calendario de implantación finiquita su aplicación en el 2014, el número de

personas dependientes en sentido estricto, que gozarían de la cobertura del

Sistema en el territorio ascenderá a 631 personas.

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26

Para obtener estos datos se han aplicado a los datos de proyección de población

del territorio, el valor medio de los porcentajes de personas declaradas

dependientes en España según datos estadísticos del SAAD, en relación con el

perfil de las mismas (sexo y edad), de forma que se ha considerado que en el

colectivo de personas menores de 65 años y en un escenario temporal

proyectado a ocho años, un 0,5% de los hombres y mujeres menores de 65 años

pueden ser declarados dependientes. A su vez, respecto a los mayores de 65

años, un 9% de los hombres y un 12% de las mujeres, tendrán esa

consideración.

HOMBRE MUJER

-65 AÑOS +65AÑOS

Tabla nº 10: Porcentaje de Personas dependientes por edad en los próximos años

Elaboración Propia. Fuente: Estadísticas SAAD e INE La aplicación de esos porcentajes sobre los datos anteriormente presentados de

proyección de población, arrojan las siguientes cifras de población dependiente

en Carreño:

PROYECCIONES DE POBLACIÓN DEPENDIENTE EN CARREÑO De 5 a 64 años Más de 65 años TOTAL Hombres Mujeres Hombres Mujeres

2008 41 39 115 257 453

2009 40 39 116 275 471

2010 40 39 116 277 473

2011 40 39 119 280 478

2012 40 39 120 282 481

2013 40 39 122 285 485

2014 40 38 123 288 489

2015 40 38 125 290 493

2016 39 38 127 293 497

2017 39 38 128 296 501

Tabla nº 11: Proyecciones de Población Dependiente en Carreño Elaboración propia

1%

1%

11%

18%

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27

PROYECCIONES DE POBLACIÓN DEPENDIENTE

0

100

200

300

400

500

600

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Total Dependientes

Hombres

Mujeres

Gráfico nº 7: Proyecciones de Población Dependiente en Carreño

Elaboración propia EL DESEMPLEO EN EL TERRITORIO Presentamos a continuación, los datos de demandantes de empleo,

desagregados según sexo, correspondientes al municipio objeto de estudio.

DEMANDANTES DE EMPLEO SEGÚN SEXO

DEMANDANTES MUNICIPIO HOMBRE MUJER TOTAL

Carreño 399 508 907

Tabla nº 12: Demandantes de empleo según sexo en septiembre de 2009

Elaboración propia. Fuente: Observatorio Ocupacional

Por otro lado, y a los efectos de mostrar con más detalle, el desempleo que

afecta al colectivo femenino, ya que dada la femineidad del sector, es el

colectivo al que va dirigido fundamentalmente el empleo sector de actividad,

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28

recogemos en el siguiente cuadro la cifra de mujeres desempleadas en el

municipio, desagregadas según edad. Así:

MUJERES DESEMPLEADAS 16-29 años 30-34 años 35-44 años 45-65 años Total Carreño 112 75 140 181 508

Tabla nº 13: Mujeres desempleadas según edad en septiembre de 2009

Elaboración propia. Fuente: Servicio Público de Empleo

Destacamos el dato de 396 mujeres desempleadas en el territorio, en la franja de

edad comprendida entre los 30 y los 65 años, mujeres que en general poseen

cargas familiares, y que constituye el colectivo diana que, entendemos, es

susceptible de empleabilidad en el sector.

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29

4.- MARCO NORMATIVO: LA LEY DE DEPENDENCIA.

En España, los cambios demográficos y sociales están produciendo un

incremento progresivo de la población en situación de dependencia. Nos

encontramos con un importante crecimiento de la población de más de 65 años,

que se ha duplicado de largo en los últimos cuarenta años (7,5 millones de

personas según el Avance del Padrón a 1 de enero de 2007), con un aumento

muy significativo de la población con edad superior a 80 años (envejecimiento

del envejecimiento); a esta realidad debe añadirse la dependencia por razones

de enfermedad y otras causas de discapacidad o limitación.

Hasta ahora han sido las familias las que tradicionalmente han asumido el

cuidado de las personas en situación de dependencia. Los cambios en el modelo

de familia y la incorporación progresiva de la mujer al mercado de trabajo y la

nueva regulación normativa han introducido nuevos factores en esta situación.

Tomando este contexto como punto de partida, en enero de 2007 se aprobó en el

Parlamento Español la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (BOE n. 299 de

15/12/2006). Es la ley denominada de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a Personas en Situación de Dependencia; es su objetivo regular la

atención de las personas dependientes. Es una ley básica y se encuentra ya en

vigor en todo el Estado español.

La Ley ha sido presentada como elemento fundamental del Estado del

Bienestar, ya que, además de reconocer un nuevo derecho, crea un Sistema para

la Dependencia que se equipara con los Sistemas de Salud, Pensiones y

Educación, los cuales han sido hasta ahora las bases del Estado. De acuerdo con

este criterio, la nueva Ley ha nacido para ser el cuarto pilar del Estado del

Bienestar.

Mediante esta ley se establece en España un nuevo derecho universal y

subjetivo de ciudadanía que garantiza atención y cuidados a las personas

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dependientes (aquellas que no se pueden valer por sí mismas, en su mayoría

ancianos) ya que configura el derecho a la atención de las personas en situación

de dependencia como un derecho de acceso en igualdad a elementos esenciales

para la vida autónoma de muchas personas, para su dignidad, un derecho de

cuya directa significación para la vida de sus titulares es inherente a la dignidad

de las personas y al libre desarrollo de la personalidad.

En este sentido esta ley ha dado un gran paso adelante: antes de la aprobación

de la Ley, existía la posibilidad de pedir servicios; en cambio, con la nueva Ley,

se establece y regula el derecho a esos servicios. Eso sí, la fecha para recibir los

servicios se especificará en las resoluciones, y será a partir de entonces cuando

se podrán reclamar los servicios. La transformación ha sido radical puesto que

se ha pasado de unas prestaciones cuasibenéficas a un derecho de alcance

universal; esto es, obligatorio para las Administraciones Públicas y accesible a

todos los ciudadanos, con independencia de su renta, circunstancia que pone

este servicio al alcance de las clases medias que normalmente estaban excluidas

de los servicios existentes hasta su entrada en vigor. Asimismo, la Ley traslada

el pivote de la actuación de los servicios, desde la limpieza y aseo, hacia la

atención de la persona para facilitarle la autonomía personal. Es decir, que las

funciones que venían realizando especialmente los Servicios de Ayuda a

Domicilio deben de girar del concepto hacer hacia el criterio de la atención.

Para atender, cubrir y regular las condiciones de los beneficios que debe

desarrollar esta ley, se ha creado el SAAD (Sistema para la Autonomía y

Atención a la Dependencia) en el que colaboran y participan toda aquellas

Administraciones Públicas con competencias en la materia.

Para la articulación del sistema se ha creado el Consejo Territorial de

Dependencia como órgano rector de la dependencia. Este Consejo está formado

por once miembros de la Administración General del Estado, 17 de las

Comunidades Autónomas, 2 representantes de Ceuta y Melilla y 2 miembros de

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31

la Federación Española de Municipios y Provincias. Es el encargado de realizar

el desarrollo reglamentario de la Ley de Dependencia.

El Sistema se configura como una red de utilización pública, diversificada, que

integra de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados,

debidamente acreditados.

Requisitos para ser beneficiario

• Ser español

• Cualquier edad, pero con peculiaridades para los menores de 3 años.

• Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados

establecidos por la LAAD (gran dependencia, severa y moderada).

• Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los

cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de

presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el período de

residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

• Las personas que reúnan los requisitos señalados en los dos apartados

anteriores, pero carezcan de la nacionalidad española, se regirán por lo

establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y

libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los

Tratados Internacionales y en los Convenios que se puedan haber

suscrito con los diferentes países de origen. Además, se recogen

previsiones especiales para los menores que carezcan de la nacionalidad

española, para quienes se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor

vigentes, tanto de carácter estatal como autonómica, así como en los

Tratados Internacionales.

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32

Proceso para obtener el grado y nivel de dependencia

Básicamente, el proceso comienza cuando el ciudadano, pudiendo ser la

persona dependiente o su representante, acude a los Servicios Sociales de Base.

En este lugar, el solicitante realizara la petición pertinente.

� La petición deberá de realizarse en el municipio en el que la persona

dependiente se encuentre empadronada.

� El médico del centro de salud deberá cumplimentar el informe de salud

en el documento oficial previsto al efecto.

� La valoración y todos los trámites sucesivos son realizados por los

Equipos de Valoración dependientes de la Consejería de Bienestar Social,

en el domicilio particular o en el centro residencial en el caso de que la

persona solicitante se encuentre internada.

� El resultado de la valoración se notificará mediante resolución; en ella se

especificarán los puntos, el grado y el nivel obtenidos. Tendrá validez en

todo el Estado español.

� Se diseña el P.I.A. (Programa Individualizado de Atención) tras negociar

con el interesado y la familia teniendo en cuenta sus deseos y

expectativas.

� En la resolución se dará cuenta de las ayudas y servicios que necesita el

ciudadano.

� En la Resolución se detallará también, en función del calendario

establecido por la Ley, las prestaciones y servicios correspondientes al

grado y nivel reconocidos, y la fecha en la que el ciudadano tendrá

derecho a recibirlos. Por lo tanto, no se pueden reclamar los servicios

antes de esta fecha.

Page 33: LA LEY DE DEPENDENCIA Y SU INCIDENCIA EN LA CREACIÓN DE ... · empleo en el municipio de Carreño”, es un instrumento de análisis del sector de la dependencia para los próximos

33

Tabla nº 14: Fases del Proceso de Valoración de la Dependencia Elaboración Propia

Tabla nº 15: Fases del Proceso y Cometidos Elaboración Propia.

FASE I: INFORMACIÓN E

INICIO

FASE II: VALORACIÓN Y RECONOCIMIENTO DEL

GRADO Y NIVEL

FASE III: DISEÑO P.I.A. Y DETERMINACIÓN DE

SERVICIOS

FASE IV: GESTIÓN P.I.A. Y

SERVICIOS

FASE I : INFORMACIÓN E INICIO: ♦ Informar ♦ Elaborar informes de salud y

social ♦ Configurar expediente ♦ Tramitar

FASE II: VALORACIÓN Y RECONOCIMIENTO DEL GRADO Y NIVEL:

♦ Valorar Grado y Nivel ♦ Valoración Técnica ♦ Rsolución ♦ Notificación / gestión recursos

FASE III: DISEÑO P.I.A. Y DETERMINACIÓN DE PRESTACIONES:

♦ Diseñar P.I.A. ♦ Negociar con el interesado y su familia ♦ Resolver concesión prestaciones

(notificar / gestión recursos)

FASE IV: GESTIÓN P.I.A. Y PRESTACIONES:

♦ Gestionar P.I.A. ♦ Gestionar Prestaciones ♦ Seguimiento del P.I.A. y Prestaciones

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34

Grados y niveles de dependencia que establece la Ley.

La situación de dependencia se clasifica en los siguientes grados:

a) Grado I. Dependencia moderada: Cuando la persona necesita ayuda para

realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.

b) Grado II. Dependencia severa: Cuando la persona necesita ayuda para

realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero

no requiere el apoyo permanente de un cuidador.

c) Grado III. Gran dependencia: Cuando la persona necesita ayuda para

realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su

pérdida total de autonomía mental o física, necesita el apoyo indispensable y

continuo de otra persona. Este grupo es atendido desde 2007.

En cada uno de los grados de dependencia, se establecerán dos niveles, en

función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que

requiere.

Los menores de 3 años que presenten graves discapacidades tendrán una escala

de valoración específica y el sistema atenderá sus necesidades de ayuda a

domicilio y, en su caso, prestaciones económicas vinculadas o de cuidados en el

entorno familiar.

En relación al baremo establecido en la ley para reconocer la situación de

dependencia, debe apuntarse la claridad en su aplicación cuando se trata de

problemas físicos pero la problemática que genera su aplicación cuando se trata

de problemas psíquicos.

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35

SITUACIÓN ACTUAL DE LA LEY DE DEPENDENCIA

Dado que el sistema de implantación de la ley se realiza de forma gradual en el

intervalo comprendido entre los años 2007 y 2015, actualmente la ley otorga

derecho a las personas que tienen los más altos grados de dependencia: grandes

dependientes (Grado 3, nivel I y II), y parte de los dependientes severos (grado

2, nivel II y I). El resto se incorporará progresivamente hasta el 31 de diciembre

de 2014, dado que el 1 de enero de 2015 el sistema debe estar totalmente

implantado.

GRADO I GRADO II GRADO III

AÑO Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

Tabla nº 16: Fases de Implantación gradual de la Ley de Dependencia Elaboración propia

Servicios y prestaciones para las personas en situación de dependencia

valoradas con Gran Dependencia (Grado III, Nivel 1 y 2) y Dependencia

Severa (Grado II, Nivel 1 y 2)

Las personas valoradas con Gran Dependencia tendrán derecho, en su caso, a

alguno o algunos de los servicios o prestaciones que se detallan a continuación

según se establezca en el P.I.A.:

(Nota: Éste catálogo ha sido objeto de desarrollo reglamentario a través del Real

Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar la intensidad de

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36

protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley

39/2006).

Tabla nº 17: Catálogo de Servicios de la Ley de Dependencia Elaboración Propia.

Las personas valoradas con Dependencia Severa tendrán derecho a los mismos

servicios especificados para los grandes dependientes sólo que en menor

intensidad y exceptuando la prestación económica de asistencia personal que es

exclusiva para los grandes dependientes.

CATALOGO DE SERVICIOS

SERVICIOS ♦ Servicio de Prevención de la situación de dependencia y de

Promoción de la Autonomía Personal. ♦ Servicio de Teleasistencia. ♦ Servicio de Ayuda a Domicilio

� Atención de las necesidades del Hogar � Cuidados Personales

♦ Servicio de Centro de Día y de Noche � Centro de Día para Mayores � Centro de Día para Menores de 65 años � Centro de Día de Atención Personalizada � Centro de Noche

♦ Servicio de Atención Residencial: � Residencia de personas mayores en situación de

dependencia. � Centro de atención a personas en situación de

dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.

PRESTACIONES ECONOMICAS ♦ Prestación económica vinculada al servicio ♦ Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y

apoyo a cuidadores no profesionales ♦ Prestación económica de asistencia personal.

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37

SERVICIOS

Servicios de prevención

Las personas en situación de dependencia recibirán estos servicios con el objeto

de prevenir el agravamiento de su grado y nivel de dependencia.

Servicios de promoción de la autonomía personal

Estos servicios tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad

personal de controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir y

facilitar la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

La intensidad del servicio de promoción de la autonomía personal se adecuará

a las necesidades personales de promoción de la autonomía, a la infraestructura

de los recursos existentes y a las normas que establezcan las correspondientes

Comunidades Autónomas o Administración que, en su caso, tenga la

competencia.

Servicio de Teleasistencia.

El servicio de Teleasistencia atiende a los beneficiarios mediante el uso de

tecnologías de la comunicación y apoyo de medios personales con objeto de dar

respuesta inmediata en situaciones de emergencia o de inseguridad, soledad y

aislamiento. Comprende actuaciones de apoyo inmediato a situaciones de

emergencia o inseguridad a través de la línea telefónica, seguimiento desde el

Centro de Atención mediante llamadas telefónicas periódicas, movilización de

recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, doméstica o social y agenda

para recordar al usuario datos importantes sobre su salud, toma de medicación,

realización de gestiones u otros

Se prestará conforme lo establecido en el Programa Individual de Atención

(PIA).

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38

En el territorio se presta este servicio a través de dos Convenios: uno entre la

Federación Española de Municipios y Provincias, Inserso y el Ayuntamiento

para la asistencia general y otro, firmado con el Principado, para la asistencia de

las personas encuadradas en el sistema de la Ley de Dependencia. En la

práctica, se da cobertura al servicio de teleasistencia a través del voluntariado

social, por lo que no puede entenderse como un recurso generador de empleo.

Servicio de Ayuda a domicilio:

Las necesidades de las personas relacionadas con el apoyo a la realización de las

actividades básicas de la vida diaria son atendidas de forma predominante en el

propio domicilio. Todos los Ayuntamientos de Asturias, en colaboración con la

Consejería de Bienestar Social, ofrecen servicios de ayuda a domicilio para

contribuir a que la persona pueda seguir viviendo en su propio domicilio y en

contacto con su familia y allegados. Comprende servicios tanto de atención y

cuidados personales (desplazarse fuera y dentro del hogar, aseo e higiene

personal, vestirse, comer, cambios posturales, control de la incontinencia…etc)

como servicios de atención doméstica (limpieza de la casa, compra de

alimentos, cocina , lavado…etc)

Se prestará conforme a lo establecido en el PIA y se determinará en número de

horas mensuales de servicios asistenciales, estableciéndose en función del grado

y nivel, de acuerdo con el siguiente cuadro:

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Horas mensuales

_______________________________________________________

Grado III. Gran Dependencia

Nivel 2 Entre 70 y 90

Nivel 1 Entre 55 y 70

-------------------------------------------------------

Grado II. Dependencia Severa

Nivel 2 Entre 40 y 55

Nivel 1 Entre 30 y 40

-------------------------------------------------------

Tabla nº 18: Horas Mensuales estipuladas para la Ayuda a Domicilio de Grandes Dependientes y Dependientes Severos

Elaboración Propia

Las horas mensuales que correspondan a otros grados y niveles de dependencia

aún están por desarrollar reglamentariamente.

En Carreño se presta este servicio con las especificidades que se expondrán al

abordar el tema de los recursos existentes en el territorio.

Servicio de Centro de Día y de Noche:

♦ Centro de Día para mayores.

♦ Centro de Día para menores de 65 años.

♦ Centro de Día de atención especializada.

♦ Centro de Noche.

Los recursos de atención diurna permiten que la persona sea atendida durante

el día en un centro sin tener que dejar definitivamente su domicilio. Esto ayuda

tanto a la persona, ya que en estos centros recibe atención personalizada, como

a la familia al proporcionarle tiempo libre durante el horario en que la persona

en situación de dependencia asiste al centro.

Existen dos modalidades de asistencia: A tiempo completo y a tiempo parcial.

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40

En el territorio no existe centro de día, si bien se está ejecutando en el municipio

un proyecto de Centro Polivalente (Centro de atención a la Integración + Centro

de día e incluso previsiones de hacer pisos tutelados, minirresidencias..etc)

Servicio de Atención Residencial:

♦ Residencia de personas mayores en situación de dependencia.

♦ Centro de atención a personas en situación de dependencia, en

razón de los distintos tipos de discapacidad.

Este servicio ofrece una atención integral y continuada de carácter personal,

social y sanitario, que se prestará en centros residenciales, públicos o

acreditados. Puede tener carácter permanente o temporal, con motivo de

vacaciones, fines de semana, convalecencia, enfermedades o descansos de los

cuidadores no profesionales.

El servicio de atención residencial ajustará los servicios y programas de

intervención a las necesidades de las personas en situación de dependencia

atendidas; asimismo su intensidad estará en función de los servicios que precisa

la persona en situación de dependencia, de acuerdo con su PIA.

En el territorio se cuenta con 8 Residencias: Residencia Perlora, Residencia

Guimarán, Residencia Rey Pelayo, Residencia San Pancracio, Residencia Xana

del Mar, Residencia San Félix, Residencia El Cristo y Residencia Algamar.

Régimen de incompatibilidades entre los servicios del Catálogo

La Ley establece una serie de incompatibilidades entre los distintos servicios

que contempla. Así, el servicio de Atención Residencial permanente será

incompatible con el servicio de Teleasistencia, con el servicio de ayuda a

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Domicilio y con el de Centro de Noche. En los demás servicios se estará a lo

dispuesto en la normativa de las Comunidades Autónomas o Administración

que, en su caso, tenga la competencia.

PRESTACIONES ECONÓMICAS

Prestación económica vinculada a la contratación del servicio

Las principales características de esta prestación son:

• Personal y periódica.

• Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del

beneficiario.

• Destinada a la cobertura de los gastos del servicio previsto en el

Programa Individual de Atención (PIA) cuando no sea posible la

atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.

• El servicio deberá ser prestado por entidad o centro acreditado para la

atención a la dependencia.

• El Consejo Territorial del SAAD acordará las condiciones y cuantía de la

prestación.

Para el año 2009, la cuantía de la prestación económica vinculada al servicio

será de un máximo de 831,47 € en la situación de dependencia de Grado III

Nivel 2, de 623,60 € en la situación de dependencia de Grado III Nivel 1, de

460,80 € en la situación de dependencia de Grado II Nivel 2 y de 400,00 € en la

situación de dependencia de grado II Nivel 1.

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42

Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a

cuidadores no profesionales

Siempre que se den las circunstancias familiares y de otro tipo adecuadas para

ello, y de modo excepcional, el beneficiario podrá optar por ser atendido en su

entorno familiar, y su cuidador recibirá una compensación económica por ello.

Las principales características de esta prestación son:

• Carácter excepcional.

• Su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por

cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas

de convivencia y de habitabilidad de la vivienda. El cuidador deberá ser

dado de alta en la Seguridad Social.

• Se establecerá a través del PIA.

• Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del

beneficiario.

Para el año 2009 la cuantía de la prestación económica para cuidados en el

entorno familiar será de un máximo de 519,13 € en la situación de dependencia

de Grado III Nivel 2, de 415,73 € en la situación de dependencia de Grado III

Nivel 1, de 336,24 € en la situación de dependencia de Grado II Nivel 2 y 300,00

€ en la situación de dependencia grado II Nivel I. Además de 153,93 € para

todos ellos, de cuota de Seguridad Social y Formación Profesional.

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Prestación de asistencia personalizada

Tiene como finalidad la promoción de la autonomía de personas con gran

dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia

personalizada durante un número de horas, que facilite al beneficiario una vida

más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo y el ejercicio de las

actividades básicas de la vida diaria.

Las principales características de esta prestación son:

• Facilitar la promoción de la autonomía de la persona con gran

dependencia, con independencia de su edad.

• Contribuir a la contratación de una asistencia personal que facilite al

beneficiario una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo

y el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).

Para el año 2009 la cuantía de la prestación económica de asistencia personal

será de un máximo de 831,47 € en la situación de dependencia de Grado III

Nivel 2 y de 623,60 € en la situación de dependencia de Grado III Nivel 1.

Presentamos, a continuación, un resumen de las prestaciones económicas según

los grados y niveles y la cuantía correspondiente:

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Prestación vinculada

al servicio (€/mes)

Prestación para

cuidados entorno

familiar (€/mes)

Prestación

asistencia personal

(€/mes) Grados y niveles

Cuantía Cuantía Cuota

SS+FP Cuantía

Grado III Nivel 2

831,47

519,13

831,47

Grado III Nivel 1

623,60

415,73

623,60

Grado II Nivel 2

460,80

336,24

--------------------

Grado II Nivel 2

400,00

300,00

160,13

--------------------

Tabla nº 19: Resumen cuantía prestaciones para el año 2009 Elaboración Propia.

Tratamiento fiscal de las prestaciones económicas por dependencia.

Se ha añadido un nuevo apartado al artículo 7 de texto refundido de la Ley del

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, determinando como rentas

exentas las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio para

cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada derivadas de la

Ley de Dependencia.

Pese a lo mucho que se ha hablado de ella, la ley de dependencia parece seguir

siendo una gran desconocida para los españoles. Así se desprende de los

resultados del estudio realizado por la compañía de seguros Caser sobre el

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mercado potencial de productos y servicios para la dependencia. La

investigación se hizo sobre 2.300 entrevistas (el 30% de ellas a dependientes), en

una doble vertiente: familias con personas dependientes y población en general.

Y las cifras son elocuentes, pues el 76% de la población no sabe qué es

exactamente la dependencia y casi un 50% cree que el Estado ya cubre

totalmente las situaciones más graves. Asimismo, el 82% de los afectados por

algún grado de dependencia y sus familias dicen no estar al tanto de las ayudas

que el Gobierno ha articulado en la nueva ley, y el 60% de las familias con

dependientes no asocian su circunstancia personal a la dependencia, situación

que se agrava en las zonas rurales.

SITUACIÓN EN EL TERRITORIO

Con periodicidad, el sistema de Información del Saad proporciona estadísticas

sobre el movimiento natural de la situación de dependencia (altas y bajas) en

cada comunidad autónoma sin desagregar datos municipales. No obstante, la

Consejería de Bienestar Social nos ha proporcionado datos relativos al

municipio de Carreño.

En cuanto a solicitudes, a fecha octubre de 2008, ascienden a 287, de las cuáles

ya han sido valoradas el 83% de las mismas (238 valoraciones). Esta cifra

supone algo más del 1% de las solicitudes registradas en Asturias en esa fecha y

que asciende, según datos del IMSERSO, a 26.490.

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Tabla nº 20: Solicitudes de dependencia en el Municipio a fecha octubre 2009 Elaboración Propia. Fuente: Consejería de Bienestar Social

Analizando la totalidad de dictámenes emitidos podemos concluir que el 41%

de las personas valoradas han sido consideradas Grandes Dependientes, el 24%

Dependientes Severos y el 25% Dependientes Moderados, según se desprende

de los siguientes datos:

ÁMBITO

TERRITORIAL GRADO NIVEL DICTÁMENES

III 2 38

III 1 59

II 2 27

II 1 31

I 2 25

I 1 35

SIN GRADO 23

CARREÑO

TOTAL 238

Tabla nº 21: Personas Dependientes valoradas en el Municipio a fecha octubre 2009 Elaboración Propia. Fuente: Consejería de Bienestar Social

Carreño287

Asturias26.490

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

30.000

Asturias

Carreño

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De esas 238 valoraciones efectuadas en Carreño, a fecha actual se han firmado

92 Planes Individualizados de Atención que han reconocido las siguientes

prestaciones:

Tabla nº 22:Prestaciones reconocidas en el PIA en el Municipio a fecha octubre 2009

Elaboración Propia. Fuente: Consejería de Bienestar Social Se observa que frente a 41 prestaciones económicas reconocidas, se enfrentan 51 reconocimientos de servicios de atención al dependiente, lo que denota una preferencia constatada con los expertos entrevistados hacia el servicio frente a la prestación. No se ha computado como prestación económica las cifras de las vinculadas al servicio puesto que no deja de ser una ayuda económica precisamente para disfrutar del servicio en sí.

En cuanto al perfil de la persona solicitante en relación al sexo y a la edad, más del 85% de los solicitantes son mayores de 65 años de los cuales el 87% son mujeres.

Tabla nº 23: Perfil de la persona solicitante en el Municipio a fecha octubre 2009 Elaboración Propia. Fuente: Consejería de Bienestar Social

P.I.A.S. POR PRESTACIONES RECONOCIDAS

PRESTACION ECONOMICA FAMILIAR 41

PRESTACION ECONOMICA VINCULADA A SERVICIO 26

S.A.D. 7

CENTRO DE DÍA 2

C.A.I. 4

CENTRO RESIDENCIAL (mayores) 7

OTROS 5

TOTAL 92

PERFIL DE LA PERSONA SOLICITANTE: SEXO Y EDAD TRAMO EDAD HOMBRES MUJERES TOTAL DE 0 A 65 AÑOS 15 28 43 DE 66 A 75 AÑOS 13 14 27 DE 76 A 85 AÑOS 39 69 108

>86AÑOS 23 87 110 TOTAL 90 197 287

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Gráfico nº8: Perfil de la persona solicitante en el Municipio a fecha octubre 2009 Elaboración Propia. Fuente: Consejería de Bienestar Social

Perfil de la persona solicitante

43; 15%

27; 9%

108; 38%

110; 38% DE 0 A 65 AÑOS

DE 66 A 75 AÑOS

DE 76 A 85 AÑOS

>86AÑOS

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5.- CATALOGO TERRITORIAL DE SERVICIOS PARA PERSONAS DEPENDIENTES

Abordamos en este apartado la elaboración de un catálogo territorial de servicios

para personas dependientes, recopilatorio de los servicios presentes en el territorio

objeto de estudio.

En este catálogo se establece una tipología de los servicios en relación a los

establecidos en la Ley de Dependencia y de cada servicio se ofrece, cuando

procede, la información estructurada en torno a seis categorías: Información del

servicio, modelo de gestión, financiación, número de plazas/usuarios, tasa de

ocupación y plantilla. Se ha de observar que, en muchos de los recursos, no se

cuenta con la información de todas las categorías definidas.

Asimismo y para conseguir una visión general de los recursos proyectados a

medio plazo, se han incluido los previstos actualmente en el municipio.

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MUNICIPIO: CARREÑO

RECURSOS EXISTENTES3

Recurso TELEASISTENCIA

Modelo de Gestión Mixto (Convenio Federación Española de Municipios y Provincias,

Inserso y Ayuntamiento + Convenio Ayuntamiento - Principado)

Financiación

Nº de Usuarios 97 (+1 en lista de espera)

Tasa de Ocupación

Plantilla

Recurso AYUDA A DOMICILIO

Modelo de Gestión Público (municipal): Externalizado

Financiación Copago

Nº de Usuarios 76

Tasa de Ocupación

Plantilla 13 auxiliares de ayuda a domicilio a jornada completa y 12 a

tiempo parcial

Recurso RESIDENCIA GERIÁTRICA PERLORA

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 11

Tasa de Ocupación 91%

Plantilla 4 Auxiliares de Clínica, 1 auxiliar de limpieza, 2 Médicos, 1

Fisioterapeuta

3 A estos recursos hay que añadir los usuarios del servicio del Centro de Día de Gozón que son derivados por Carreño al carecer del mismo. Concretamente el número de usuarios del recurso asciende a 6 personas del municipio, más otras 13 personas que se encuentran en lista de espera.

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Recurso RESIDENCIA GUIMARÁN

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 20

Tasa de Ocupación 90%

Plantilla 5 Auxiliares de Clínica, 1 auxiliar de limpieza, 2 médicos, 1

Fisioterapeuta

Recurso RESIDENCIA REY PELAYO

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 24

Tasa de Ocupación 92%

Plantilla 6 auxiliares de clínica

Recurso RESIDENCIA SAN PANCRACIO

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 102

Tasa de Ocupación 100% (30 personas en lista de espera)

Plantilla 25 Auxiliares de Clínica, 5 auxiliares de limpieza, 1 auxiliar de

mantenimiento, 1 médico,1 ATS

Recurso RESIDENCIA XANA DEL MAR

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 25

Tasa de Ocupación 100% (3personas en lista de espera)

Plantilla 1 Gobernanta, 7 Auxiliares de Clínica, 1 auxiliares de limpieza

Recurso RESIDENCIA EL CRISTO

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 22

Tasa de Ocupación 100%

Plantilla 7 Auxiliares de Clínica

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Recurso RESIDENCIA ALGAMAR

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 46

Tasa de Ocupación 93%

Plantilla 1 directora, 10 auxiliares de clínica, 1 auxiliar de limpieza, 1

cocinera, 1 auxiliar de mantenimiento

Recurso RESIDENCIA SAN FÉLIX

Modelo de Gestión Privado

Nº de Plazas 14

Tasa de Ocupación 79%

Plantilla 5 auxiliares de clínica

RECURSOS PREVISTOS

Recurso CENTRO DE DÍA

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6.- EL POTENCIAL DE GENERACION DE

EMPLEO

A continuación se esboza una estimación del potencial de generación de empleo

en el territorio, como consecuencia de la implantación del Sistema Nacional de

Dependencia en la que se contempla un escenario temporal proyectado a 10

años.

Hipótesis de asignación de recursos

Partimos del dato de la proyección de la población dependiente a proteger

(1.942 personas en el municipio).

En segundo lugar, se han fijado los porcentajes de población dependiente que

es atendida en la actualidad en el territorio por los diferentes recursos, servicios

y programas, porcentajes que se presentan en las siguientes tablas:

RECURSOS USUARIOS

2009

Valor porcentual

Centro de Día 19 4%

Residencia 253 57%

Ayuda a

domicilio

76 22%

Teleasistencia 98 17%

Asistente

Personal

0 0%

TOTAL 446 100%

Tabla nº 24: Porcentajes de población atendidos por los diferentes servicios en el territorio en 2009.

Elaboración propia

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54

Posteriormente, esos porcentajes extraídos se han aplicado al total de personas

dependientes que se estiman proyectadas a 8 años y, de ahí se ha extraído el

número potencial de usuarios de los distintos recursos tanto en el municipio.

RECURSOS

USUARIOS

2017 en el

territorio

Valor porcentual

Centro de Día 20 4%

Residencia 286 57%

Ayuda a

domicilio 85 17%

Teleasistencia 85 17%

Asistente

Personal 0 0%

TOTAL 501 100%

Tabla nº 25: Porcentajes de población atendidos por los diferentes recursos en el territorio en 2.017

Elaboración propia

Una vez configuradas estas hipótesis, es posible estimar el empleo necesario en

el territorio en 2017, aplicando los ratios de empleo (personal necesario para

atender a cada usuario) de cada tipo de servicio establecidos en la normativa.

En Asturias, están regulados los ratios de empleo necesario para los Centros de

Día y Centros Residenciales en el Decreto 79/2002 que aprueba el Reglamento

de autorización, registro, acreditación e inspección de centros de atención de

servicios sociales que establece para los centros de día un ratio de 0,1

trabajadores por usuario y para los centros residenciales un ratio de 0,3.

No obstante, se ha publicado el 17 de diciembre de 2008 en el BOE el Acuerdo

del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la

Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad

de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la

Dependencia, resolución que modifica esos ratios mediante dos fases, una

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primera en 2011, estableciendo para los centros residenciales un ratio medio de

0,41 trabajadores por usuario y para los centros de día un 0,23 trabajadores por

usuario; y otra en 2015, año en el que se adoptará el ratio que se acuerde por el

Consejo Territorial en 2012.

El servicio de ayuda a domicilio se regula en el Decreto 42/2000, pero no se

especifican ratios de personal.

Por ello y con ánimo de aunar conceptos, se ha decidido aplicar para calcular la

proyección de empleo los ratios recogidos en el Libro Blanco sobre la

Dependencia que son los siguientes:

� En residencias: 0,5 trabajadores por cada usuario en centros residenciales

para mayores dependientes, y 0,6 trabajadores por cada usuario en

centros residenciales para personas con discapacidad gravemente

afectadas.

� En centros de día: 0,35 trabajadores por cada usuario.

� En ayuda a domicilio se consideran tres ratios diferentes, dada la distinta

intensidad horaria de la prestación según el grado de dependencia de los

usuarios:

� Gran dependencia: 0,7 trabajadores por cada usuario.

� Dependencia severa: 0,51 trabajadores por cada usuario.

� Dependencia moderada: 0,21 trabajadores por cada

usuario.

� Servicio de asistente para la autonomía personal: 0,7 trabajadores por

cada usuario.

� En teleasistencia: 1 trabajador por cada 100 usuarios4.

4 Si bien se ha comentado que la prestación del servicio de teleasistencia se cubre con el voluntariado social, se computa el puesto de trabajo al entender que esa situación debería variar a corto plazo de forma que se profesionaliza la misma.

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Ratios de plantilla

Servicio Total plazas

Plazas de válidos

Plazas de asistidos

Centros residenciales

0,5 0,6

Centros de día

0,35

Ayuda a domicilio5

0,7/0,5/0,216

Asistente Personal

0,7

Teleasistencia

0,1

Tabla nº 26: Ratios de empleo Elaboración propia. Fuente: Libro Blanco de la Dependencia

Estos ratios son para empleos a jornada completa, y tienen en cuenta las

diferentes necesidades de jornada y horario de cada servicio (turnos de mañana,

tarde y noche; cobertura de sábados, domingos y festivos; sustitución en

vacaciones, etc.). Los resultados de la estimación se expresan, por tanto, en

términos de empleos equivalentes a jornada completa.

Generación de empleo indirecto

La actividad permanente de los centros y programas derivados de la total

implantación del Sistema Nacional de Dependencia, tendrá una clara incidencia

en la generación de empleo indirecto.

5 En el caso del Servicio de Ayuda a domicilio se tienen en cuenta diferentes ratios en función de que el

grado de dependencia que tiene reconocido el usuario sea de Gran Dependencia, Dependencia Severa o

Dependencia Moderada.

6 Para evitar grandes desviaciones tomaremos como ratio la media de las anteriores, fijándolo en 0,3%

trabajadores por usuario.

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Empresas proveedoras de productos alimenticios, de material fungible

relacionado con los centros de internamiento, de material vinculado a

actividades de rehabilitación o de mantenimiento físico o psíquico, de ayudas

técnicas, de productos referidos a los cuidados de salud, etc. serán las que más

se beneficiarán de la generación de empleo indirecto. Por ello, se ha decidido

incrementar en un 15% las previsiones de empleo establecidas.

RECURSOS USUARIOS

2017

RATIOS

(Trabaj.

/usuario)

EMPLEO

DIRECTO

EN 2017

EMPLEO

INDIRECTO

EN

2017

TOTAL EMPLEO

NECESARIO EN 2017

Residencia 286 0,5 143

Centro de Día 20 0,35 7

Ayuda a

domicilio 85 0,3

26

Teleasistencia 85 0,01 1

Asistente

Personal 0 0,7

0

TOTAL 501 177

+15% 204

Tabla nº 27: Proyección de empleo en el territorio en 2017 Elaboración propia

El resultado es una cantidad de Empleo Necesario a jornada completa, en el

horizonte de 2017, como resultado de la puesta en marcha en su totalidad del

Sistema de Dependencia, de 204 puestos de trabajo en el territorio.

TENACIOPENDENCIA (EMPLEO

Empleo Existente y Empleo Neto Potencial

De las cifras así estimadas, habría que deducir los puestos de trabajo que

actualmente se dedican a la atención de personas dependientes. Del resultado

de la investigación, en el territorio se han estimado esos puestos de trabajo en

109. El resultado es una generación de empleo neto potencial, como resultado

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de la puesta en marcha del Sistema de Dependencia, de unos 95 puestos de

trabajo a jornada completa con referencia a diciembre de 2017. A esta cifra se le

debe añadir un incremento relacionado con los menores de edad que

actualmente reciben prestación económica familiar y que con el paso de los

años van a necesitar un cambio hacia un servicio por imposibilidad de cuidados

en el entorno familiar, cuantificando ese incremento en un 10% estimado, nos

arroja un saldo de 4 puestos de trabajo adicionales. El total, por tanto, a que

ascienden los puestos de trabajo a cubrir en 2017 es de 99 puestos de trabajo a

tiempo completo.

EMPLEO

NECESARIO EN 2017

EMPLEO EXISTENTE EMPLEO NETO

POTENCIAL

EMPLEO

TOTAL

204 109 95 99

Tabla nº28: Empleo Neto Potencial en el territorio en 2017. Elaboración propia

Una parte importante de este empleo (sobre todo los puestos de trabajo que se

generen en los programas de ayuda a domicilio y de asistente personal para la

autonomía, pero también determinados perfiles en residencias, centros de día y

otros recursos institucionales), podrían ser desempeñados a tiempo parcial, lo

que, además de traducirse en un número mayor de puestos de trabajo

generados, favorecerá el acceso al empleo de trabajadores con cargas familiares

y de otros colectivos con especiales dificultades de inserción.

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Otros efectos sobre el empleo

Afloración de empleo sumergido.

No se dispone de datos acerca del número de cuidadores retribuidos de

personas dependientes que trabajan al servicio de las familias sin contrato ni

cobertura social, pero todo hace pensar que ese número es importante. Uno de

los efectos derivados de la total implantación del Sistema Nacional de

Dependencia podría ser la afloración de una parte sustancial de este empleo

sumergido sobre todo teniendo en cuenta que un porcentaje significativo de los

trabajadores que realizan estas tareas son extranjeros sin permiso de trabajo,

que podrían acogerse a la regularización prevista en el Reglamento de la Ley de

Extranjería.

Cuidadores familiares que podrían incorporarse al mercado laboral.

La implantación total del Sistema Nacional de Dependencia supondrá que un

número importante de personas que actualmente están siendo atendidas por

cuidadores familiares podrán pasar a ser usuarios de recursos, servicios y

programas formales. Ello permitirá que muchas personas que han tenido que

renunciar a sus carreras profesionales para cuidar a familiares dependientes

podrán, si lo desean, incorporarse al mercado laboral. Para ello, estos

cuidadores informales pueden solicitar la suscripción del Convenio Especial de

Cuidadores No Profesionales de Personas en Situación de Dependencia

regulado en el Real Decreto 615/2007. Esta norma establece que los cuidadores

no profesionales de dichas personas quedarán incluidos obligatoriamente en el

campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social y en situación

asimilada al alta.

De esa forma, se permite que los cuidadores que atienden a las personas

dependientes dentro de su entorno familiar puedan beneficiarse de la acción

protectora que otorga el Sistema: prestaciones (jubilación, incapacidad

permanente y muerte y supervivencia) y programas de formación.

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La firma del convenio especial no será necesaria en el caso de que los

cuidadores familiares estén percibiendo la prestación por desempleo, jubilación,

incapacidad y viudedad o disfruten de excedencia en su trabajo por cuidado de

familiares.

La base mensual de cotización en el convenio especial será el tope mínimo que,

en cada momento, esté establecido en el Régimen General de la Seguridad

Social.

Cuando el cuidador no profesional haya interrumpido una actividad por cuenta

ajena o por cuenta propia, por la que hubiera estado incluido en el sistema de la

Seguridad Social, a fin de dedicarse a la atención de la persona dependiente,

podrá mantener la base de cotización del último ejercicio en dicha actividad.

La cotización de los cuidadores familiares que suscriban el Convenio Especial

correrá a cargo exclusivo del Estado, salvo en los casos en que los cuidadores

opten por mantener bases previas de cotización, en que la diferencia con la

cotización del Estado correrá a su cargo.

Generación de empleo en la atención de las personas con necesidad de ayuda

para realizar tareas domésticas y/o discapacidad moderada para alguna

actividad básica de la vida diaria.

El hecho de que se establezca un umbral de entrada para tener derecho a las

prestaciones del Sistema Nacional de Dependencia no implica que las personas

que no superen ese umbral, pero tengan necesidades de ayuda para realizar

tareas domésticas o presenten discapacidad moderada para alguna actividad

básica de la vida diaria, vayan a quedar sin protección. Por el contrario, es

razonable esperar que, al garantizar el Sistema Nacional de Dependencia la

cobertura de las necesidades de atención de las personas dependientes, las

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Administraciones Públicas, y en especial las Comunidades Autónomas y las

Corporaciones Locales, podrán ampliar los recursos que actualmente vienen

dedicando a la atención de ese otro segmento de población. La ayuda a

domicilio de baja intensidad y los programas masivos de teleasistencia,

orientados a personas que no son dependientes en sentido estricto, podrán y

deberán extenderse a nuevos grupos de usuarios, garantizando así la adecuada

cobertura de sus necesidades. Como resultado, se generará asimismo un

importante volumen de empleo en estos programas en el escenario temporal

que consideramos a 8 años.

Perfil de los empleos que se generarán.

El mayor número de empleos que se crearían estarían relacionados con los

servicios de atención residencial y ayuda a domicilio, seguidos a considerable

distancia por la atención en centros de día, el servicio de asistente personal para

la autonomía y la teleasistencia.

Los perfiles de especialización requeridos serán los siguientes:

En primer lugar, será necesario un importante volumen de personal dedicado a

los cuidados y atención personal más directa a los usuarios, y en especial

cuidadores con conocimientos sobre geriatría o discapacidad y auxiliares de

enfermería.

Un segundo grupo de perfiles, que también serían requeridos aunque en menor

medida que los anteriores, serían los vinculados a tareas asociadas a la

restauración en establecimientos residenciales y centros de día, como

camareros-limpiadores, personal de cocina y lavandería.

Un tercer grupo de perfiles, de menor demanda relativa, estaría relacionado con

tareas de mantenimiento técnico de los centros y servicios, personal de

transporte, vigilantes, ordenanzas, etc.

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Un cuarto grupo de perfiles sería el correspondiente al personal de mayor

especialización: médicos, psicólogos, trabajadores sociales, fisioterapeutas,

terapeutas ocupacionales, personal de enfermería, animadores, etc.

Por ultimo estaría el personal dedicado a tareas de gestión y administración de

los centros y programas.

Según el Estudio del Sector de Servicios a las Personas y a la Comunidad,

realizado por el Observatorio del Servicio Público de Empleo del Principado de

Asturias, en el año 2005, son las ocupaciones de nivel auxiliar las que tendrán

una proyección más elevada: un 73% de los empleos a generar serían de ese

nivel auxiliar, un 20%, de nivel técnico y un 7%, de nivel directivo.

Por tanto, los perfiles profesionales de nivel auxiliar (Auxiliar de Atención

Integral: especialización en atención a domicilio, Auxiliar de Atención integral:

especialización en recursos especializados, Operador de Teleasistencia y

Asistente Personal) serán los de mayor proyección en el futuro mercado laboral.

Debe apuntarse en este sentido que las ocupaciones de nivel auxiliar

relacionadas con la atención a la dependencia, no gozan actualmente, ni han

gozado con anterioridad, de un buen reconocimiento social, lo que implica que

no existe correlación entre oferta y demanda de trabajo. Esta situación se

incrementa debido a las condiciones de trabajo ofertadas: importante tasa de

temporalidad con un importante índice de rotación de profesionales.

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7.- OFERTA FORMATIVA INTRODUCCIÓN

Para desarrollar este apartado del estudio, partimos en primer lugar, de la

presentación del actual sistema de formación, según la catalogación de los

sistemas y subsistemas de formación profesional existentes en nuestro sistema

educativo. Asimismo, se recogen los recursos educativos presentes en el

territorio, para concluir finalmente, con el cruce entre el análisis de la oferta

formativa y las carencias detectadas en cada sector/área de intervención

delimitado.

SISTEMA DE FORMACIÓN

El sistema de la formación profesional comprende el conjunto de acciones

formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas

profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social,

cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación

profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los

trabajadores así como las orientadas a la formación continua en las empresas,

que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias

profesionales.

La Ley Orgánica de Educación (LOE) regula el subsistema de la Formación

Profesional Inicial que forma parte del sistema educativo, y que comprende un

conjunto de ciclos formativos de grado medio y de grado superior. Esta norma

ha introducido una mayor flexibilidad en el acceso, así como en las relaciones

entre los distintos subsistemas de la formación profesional. El sistema incluye

asimismo los Programas de Cualificación Profesional Inicial, destinados al

alumnado mayor de dieciséis años, que no haya obtenido el título de Graduado

en Educación Secundaria Obligatoria. El objetivo de estos programas es que

todos los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una

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cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de

Cualificaciones Profesionales creado por Ley 5/2002, de 19 de junio, de las

Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como que tengan la

posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus

competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.

Estos programas se denominaban, en la anterior regulación, Programas de

Garantía Social.

Por su parte, el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, ha supuesto un cambio

fundamental en la regulación de los otros dos subsistemas de la formación

profesional, que hasta ahora mantenían regulaciones independientes: la

formación ocupacional (destinada a las personas desempleadas) y la formación

continua (dirigida a los trabajadores/as), de forma que en la actualidad pasan a

integrar el denominado subsistema de Formación Profesional para el Empleo.

Este decreto es resultado del Acuerdo de Formación Profesional para el

Empleo, suscrito en febrero de 2006 por UGT, CCOO, CEOE y CEPYME y el

Gobierno de España dentro del proceso del Diálogo Social.

Este nuevo modelo establece una integración de la Formación Ocupacional y la

Continua, orientadas ambas al empleo. La Formación Profesional para el

Empleo está integrada por las siguientes iniciativas de formación:

a) La formación de demanda, que abarca las acciones formativas de las

empresas y los permisos individuales de formación financiados total o

parcialmente con fondos públicos, para responder a las necesidades

específicas de formación planteadas por las empresas y por sus

trabajadores.

b) La formación de oferta, que comprende los planes de formación

dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, y las acciones

formativas dirigidas a los trabajadores desempleados con el fin de

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ofrecerles una formación que les capacite para el desempeño cualificado

de las profesiones y el acceso al empleo.

c) La formación en alternancia con el empleo, que está integrada por las

acciones formativas de los contratos para la formación y por los

programas públicos de empleo – formación, permitiendo al trabajador

compatibilizar la formación con la práctica profesional en el puesto de

trabajo. Estos últimos tienen como finalidad mejorar la cualificación y las

posibilidades de empleo de determinados colectivos de desempleados;

durante su desarrollo, los trabajadores participantes recibirán formación

profesional adecuada a la ocupación a desempeñar en alternancia con el

trabajo y la práctica profesional. (Son las Escuelas – Taller o Casas de

Oficios y los Talleres de Empleo)

Por tanto, y a efectos de acotar los parámetros del estudio, presentaremos la

oferta formativa incluida en el sistema de formación profesional inicial, así

como la oferta de formación profesional para el empleo, en sus modalidades de

formación de oferta y formación en alternancia con el empleo, centrada en la

oferta de formación ocupacional y continua, de las vías de programación del

Plan FIP, Fondo Social Europeo, Fundación Tripartita y Formic y de Escuelas

Taller y Talleres de Empleo, presente en el territorio.

Por lo que se refiere a los contenidos de la formación, el Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales ha ido elaborando un Repertorio Nacional de Certificados de

Profesionalidad a efectos de establecer el sistema de correspondencias y

convalidaciones entre las enseñanzas de formación profesional reglada y los

conocimientos adquiridos en la formación profesional ocupacional y en la

experiencia laboral.

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Los certificados de profesionalidad acreditan las correspondientes

cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido7. Este certificado

configura un perfil profesional reconocido y valorado en el mercado laboral. El

Repertorio Nacional de Certificados de profesionalidad es el conjunto de los

certificados de profesionalidad ordenados por sectores en las actuales 26

familias profesionales.

La evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a

través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, tiene como

referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El

reconocimiento de las competencias profesionales, cuando no completen las

cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado

de profesionalidad, se realizará a través de una acreditación parcial acumulable

con la finalidad, en su caso, de completar la formación conducente a la

obtención del correspondiente título o certificado.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluye el contenido de la

formación profesional asociada a cada cualificación, y se organiza en módulos

formativos articulados en un Catálogo Modular de Formación Profesional y

ordenados por diferentes niveles de cualificación. El Real Decreto 34/2008, de

18 de enero, regula los certificados de profesionalidad, que acreditan las

correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los obtengan.

Estos certificados tienen validez en todo el territorio nacional y son expedidos

por el Servicio Público de Empleo estatal y por la Administración laboral

competente de cada Comunidad Autónoma, cuando ésta tenga las

competencias transferidas. Cada certificado de profesionalidad acredita una

cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones

Profesionales. 7 Cualificación profesional: La cualificación profesional es el “conjunto de competencias profesionales con significación en el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral” (Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional).

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67

Los certificados tienen, entre otras, las siguientes finalidades:

a) Acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de

competencias recogidas en los mismos, independientemente de su vía de

adquisición (formativas, experiencia laboral u otras según el desarrollo

de la LCFP)

b) Facilitar el aprendizaje permanente mediante una formación flexible.

c) Favorecer a nivel nacional y europeo la transparencia del mercado de

trabajo.

d) Contribuir a la integración, transferencia y reconocimiento entre las

diversas ofertas de formación profesional referidas al CNCP.

Las formas para obtener un certificado de profesionalidad son:

- superar todos los módulos formativos correspondientes al certificado de

profesionalidad.

- mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las

competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral

o de vías no formales de formación.

- Mediante la acumulación de acreditaciones de las unidades de

competencia.

Respecto a los programas de formación en alternancia con el empleo (Escuelas

Taller, Casas de oficios y Talleres de empleo) los contenidos de la formación

deben ser los correspondientes a los módulos formativos asociados a las

unidades de competencia de los certificados de profesionalidad, cuando se

corresponda con la ocupación relacionada con el oficio o puesto de trabajo

previsto en el contrato laboral.

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La adquisición de las competencias profesionales mediante la experiencia y otras vías no formales.

Tradicionalmente, la competencia profesional de una persona sólo ha podido

ser acreditada oficialmente cuando la adquisición de dicha competencia se ha

producido dentro de un sistema formal, principalmente del ámbito educativo,

de manera que los títulos otorgados por este sistema han sido el instrumento de

reconocimiento formal de la competencia aceptado universalmente.

Sin embargo, se ha ido alcanzando de forma progresiva una conciencia plena de

que los aprendizajes no sólo se adquieren en entornos formales, sino que se

producen también en las actividades formativas no regladas, mediante la

experiencia adquirida por la práctica profesional o a través de las actividades de

la vida cotidiana.

Por este motivo, durante las dos últimas décadas y, de manera especial, en los

últimos años, diversos países de todo el mundo han desarrollado disposiciones

legales y metodologías encaminadas al establecimiento de sistemas que

permitan la acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la

práctica profesional y de otras vías no formales de adquisición, diseñando

procesos específicos de evaluación y reconocimiento de los aprendizajes

previos. La extensión de estas prácticas condujo a los países miembros de la

Unión Europea a impulsar una serie de iniciativas, manifestadas en la

denominada "Declaración de Copenhague", tendentes a desarrollar unos

principios comunes relativos a la validación de los aprendizajes no formales, al

establecimiento de un marco común europeo de cualificaciones y al

reconocimiento mutuo de las cualificaciones entre los países miembros

mediante un sistema de transferencia de créditos.

En España, la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación

Profesional, de julio de 2002, también estableció, por primera vez, el marco legal

que daba cabida a la creación de un sistema que permita evaluar y acreditar

oficialmente la cualificación profesional, cualquiera que hubiera sido su forma

de adquisición.

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En fecha reciente, el 25 de agosto de 2009, se publicó finalmente el Real Decreto

1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales

adquiridas por experiencia laboral, que constituye la norma reguladora

nacional de carácter básico de los procesos de evaluación, reconocimiento y

acreditación de competencias profesionales.

Las personas que quieran participar en el proceso tendrán que tener 18 años en

el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de

competencia de cualificaciones de nivel 1, y 20 para los niveles 2 y 3. Para

justificar la experiencia se deberán acreditar al menos tres años de contrato en el

área, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 10 años

transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En el caso de la formación no

reglada habrá que probar 300 horas de cursos sin reconocimiento oficial en la

última década transcurrida con anterioridad a la convocatoria. En el caso de

que la cualificación sea de nivel 1 se pedirán 2 años con un mínimo de 1.200

horas trabajadas o 200 horas de formación.

El asesoramiento, el proceso de evaluación y, por último, la acreditación de la

competencia profesional son las tres fases de este procedimiento que tendrá

como resultado que las acreditaciones obtenidas tengan efecto de acreditación

parcial acumulable para completar la formación conducente a la obtención del

correspondiente título o certificado de profesionalidad.

Está previsto que las dos primeras convocatorias de ámbito nacional se realicen

este mismo año e irán destinadas a los perfiles profesionales relacionados con la

educación infantil y la atención a las personas dependientes, debido a la

demanda de trabajadores en estos dos ámbitos.

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RECURSOS EDUCATIVOS DEL TERRITORIO

� OFERTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

Presentaremos en este punto la oferta de la formación profesional inicial del

territorio, en el marco del catálogo de titulaciones del Principado de Asturias, es

decir en el marco de todas las posibilidades de formación que existen en

Asturias.

El citado catálogo, ofrece la posibilidad de cursar estudios que cualifiquen para

la atención a la dependencia, en torno a dos familias profesionales de estudios:

“Servicios Socioculturales y a la Comunidad” y “Sanidad”. En la primera de las

familias, son los estudios del Ciclo Formativo de Grado Superior de Animación

Sociocultural y los del Ciclo Formativo de Grado Medio de Atención

Sociosanitaria, los que conforman esa oferta. Por otra parte, en la familia

Sanidad, los estudios correspondientes son el Ciclo Formativo de Grado Medio

de Cuidados Auxiliares de enfermería. Además, debemos señalar que en Asturias

no está desarrollado actualmente programa alguno de Cualificación Profesional

Inicial (PCPI), como ocurre para otras familias profesionales.

FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

TITULACIONES FAMILIA

PROFESIONAL SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA

COMUNIDAD

OFERTA

TERRITORIO

GRADO

SUPERIOR

- ANIMACION SOCIOCULTURAL

NO

GRADO MEDIO

- ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

NO

PCPI

No existen perfiles profesionales desarrollados

FAMILIA PROFESIONAL

SANIDAD

GRADO MEDIO

- CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

NO

PCPI

No existen perfiles profesionales desarrollados

Tabla nº 29: Oferta de Formación Profesional Inicial en el territorio

Elaboración propia. Fuente: Educastur

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71

Como se ilustra en el cuadro anterior, no se cuenta en el territorio con oferta

formativa al respecto, siendo, por tanto, interesante rastrear la oferta formativa

ofertada en los municipios que, junto con Carreño, componen el área de

formación profesional.

OFERTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL EN EL ÁREA

FAMILIA PROFESIONAL

SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

CENTRO

GRADO

SUPERIOR

- ANIMACION SOCIOCULTURAL

IES ROCES - GIJÓN

GRADO MEDIO

- ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

IES ROCES - GIJÓN

PCPI

No existen perfiles profesionales desarrollados

FAMILIA PROFESIONAL

SANIDAD

GRADO MEDIO

- CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

IES Nº 1 – GIJÓN

COLEGIO LÓPEZ Y VICUÑA - GIJÓN

PCPI

No existen perfiles profesionales desarrollados

Tabla nº 30: Oferta de Formación Profesional Inicial en el territorio Elaboración propia. Fuente: Educastur

� FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

Se desarrollará en este apartado la formación para el empleo en el territorio,

centrada en sus modalidades de formación de oferta y formación en alternancia

con el empleo, descartando la formación de demanda ya que ésta, por

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definición, responde a la programación individual de cada empresa quien, de

forma específica, planifica según las necesidades de formación de sus propios

trabajadores. No obstante y debido a la importancia del reciclaje profesional en

el sector, se debe incidir en la importancia de formar al capital humano en

materias específicas siendo unas de las vías la formación bonificada, gran

desconocida ésta última para la mayoría de las empresas.

Respecto a la formación de oferta presentamos las acciones ofertadas

actualmente en el territorio, en torno a las mismas familias o áreas profesionales

que las vistas para la Formación Profesional Inicial: “Servicios Socioculturales y

a la comunidad” y “Sanidad”:

Tipo Centro Especialidad

FIP CC Centro Cultural Les Escueles Atención especializada para enfermos/as de Alzheimer

FORMIC Carreño Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales

Tabla nº 31: Especialidades Formativas

Elaboración propia. Fuente: INEM

La Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, convoca

anualmente las bases reguladores de la convocatoria para la participación de

entidades y centros colaboradores en la programación de acciones de formación

para el empleo, y para la concesión de las correspondientes subvenciones.

Las solicitudes de programación deberán corresponderse con especialidades

formativas vigentes en el fichero del Servicio Público de Empleo Estatal y

deberán ser solicitadas por los centros colaboradores debidamente acreditados.

Podrán ser titulares de centros colaboradores, todas las entidades, públicas y

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privadas, que realicen el correspondiente expediente administrativo de

autorización.

También en la modalidad de formación para el empleo, y como formación de

oferta, la Consejería de Educación y Ciencia, pone en marcha con carácter anual

otra posibilidad de programación de formación (en este caso sólo para

entidades sin ánimo de lucro) que dé respuesta a las necesidades de todos los

sectores relevantes en la actividad productiva de la región, dando cobertura a

las distintas demandas de formación detectadas en la realidad socioeconómica

de cada zona y a las ocupaciones que necesiten un especial impulso formativo

en orden a potenciar su desarrollo. Nos encontramos, pues, con una posibilidad

de programación de formación “abierta” sin deber estar supeditada al fichero

de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo. Las entidades

beneficiarias de esta línea de formación, serán las entidades sin ánimo de lucro,

autorizadas como entidades colaboradoras por la Dirección General de

Formación Profesional que tengan entre sus actividades y objetivos la

promoción y la ejecución de la formación profesional.

Respecto a los programas de Empleo-Formación señalar que también es la

Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, quien tiene

atribuidas las competencias de gestión de los programas de Escuelas Taller,

Casas de Oficios y Unidades de Promoción y Desarrollo y del programa de

Talleres de Empleo.

El programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios, desde su inicio en 1985, se ha

consolidado como una eficaz medida de inserción en el mercado de trabajo a

través de la cualificación y profesionalización de jóvenes desempleados

menores de veinticinco años mediante la formación en alternancia con el trabajo

y la práctica profesional. Los últimos análisis de la evolución del mercado de

trabajo han venido desvelando la importancia de este programa como una

medida de fomento del empleo a través de la formación en alternancia con el

trabajo y la práctica profesional. Éste no sólo se ha convertido en un

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instrumento adecuado de inserción de desempleados en el mercado de trabajo,

sino que ha llegado a ser uno de los programas más importantes de

cualificación y fomento de empleo.

Los Talleres de Empleo se conciben como un programa mixto que combina

acciones de formación-empleo, con la finalidad de mejorar las posibilidades de

colocación de los desempleados de veinticinco o más años con especiales

dificultades de inserción laboral (mayores de cuarenta y cinco años, parados de

larga duración, mujeres, personas discapacitadas, etc.). Se sigue para ello la

metodología utilizada en el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios.

Podrán promover estos programas las entidades públicas y entidades privadas

sin ánimo de lucro. Podrán ser:

• Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la

Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

• Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con

competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a

las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades

locales.

• Consorcios

• Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro

En la pasada programación 2008-2009 un concreto Taller de Empleo, el “puerta

de Asturias” del Ayuntamiento de Lena, fue el único referente de nuestra

comunidad autónoma en promover un taller con el objetivo de ofrecer

formación para el personal de servicios sociales, desarrollando con éxito una

acción de empleo-formación de ayuda a domicilio.

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8.- CONCLUSIONES Respecto al territorio.

1. El territorio cuenta con una población de 10.833 personas, lo que supone una

densidad de 162,41 habitantes por Km2.

2. Se observa un elevado envejecimiento de la población del territorio: la

población de la tercera edad del territorio es casi el doble de la población

infantil y juvenil.

3. La Tasa de Dependencia en el territorio es del 30%, , valor por encima de la

media de Asturias (27,85%) y de España (20,01%).

4. La proyección de población para la próxima década mantiene la tendencia

actual, con un descenso paulatino de población.

5. La proyección de personas dependientes que gozarían de la cobertura de la

Ley, ascenderá a 631 personas en el territorio.

6. El desempleo en el territorio asciende a 907 personas desempleadas (508

mujeres y 399 varones.

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Respecto a la dependencia

7. En enero de 2007 se aprobó la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de

Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de

Dependencia (Ley de Dependencia).

8. La nueva ley regula el acceso a servicios de dependencia como un derecho

subjetivo y universal, accesible a todos los ciudadanos, con independencia de su

nivel de renta.

9. El sistema de implantación de la ley se realizará de forma gradual en el

intervalo comprendido entre los años 2007 y 2015.

10. El catálogo de servicios de atención a la dependencia comprende servicios

propiamente dichos y prestaciones económicas.

11. El servicio de ayuda a domicilio es el gran protagonista de los recursos, al

ser una de las prestaciones sociales generales de gestión local más demandadas

por la población.

12. La Ley de Dependencia sigue siendo una gran desconocida para la

población.

Respecto al potencial de generación de empleo

13. En la actualidad, el sector de la dependencia en el territorio ocupa a 109

personas.

14. Se estima un empleo neto potencial para los próximos ocho años, de 99

nuevos puestos de trabajo en ese marco territorial.

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15. El 73% de los empleos a generar, serán de nivel auxiliar.

Respecto a formación

16. En el territorio no existe oferta formativa de formación profesional inicial.

17. Existe una variada oferta de formación profesional inicial en municipios del

Área de formación profesional.

18. Existe oferta suficiente de formación profesional para el empleo en su

modalidad de oferta.

19. No existe oferta alguna de programas de empleo formación en el territorio.

20. El RD 1224/2009 establece los mecanismos de reconocimiento y acreditación

de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

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9.- RECOMENDACIONES

Presentamos a continuación la batería de recomendaciones oportunas, en torno

a cinco líneas de actuación:

- Respecto a la difusión social de la Ley de Dependencia.

Los beneficiarios del SAAD y personas susceptibles de serlo deberían recibir

información proactiva a través de mecanismos de coordinación entre los

servicios sociales y sanitarios. Por ejemplo, debe informarse objetivamente de

los beneficios de esta ley, así como de las incompatibilidades con otras

prestaciones o la existencia de copago en las mismas. Es decir, deben

gestionarse mejor las expectativas creadas con la aprobación de la ley.

Asimismo, se recomienda la difusión de los resultados resumidos de este

estudio en distintas charlas dirigidas a potenciales usuarios de los servicios,

proveedores de los mismos, así como a personas susceptibles de empleabilidad

en el sector.

- Respecto a orientación laboral

Se deben realizar acciones de información a los agentes de orientación laboral

del territorio con el propósito de acercarles al sector. Es igualmente necesario

sensibilizar a esas personas acerca de su condición de pieza clave en la labor de

dirigir a la población desempleada hacia los sectores emergentes en su

territorio.

En lo que se refiere a la orientación laboral para la inserción, se debe favorecer

el reconocimiento social de las profesiones relacionadas con la atención a la

dependencia, ya que se trata de una profesión que no está socialmente

reconocida.

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Debe evitarse la feminización de las ocupaciones del sector y favorecer la

orientación a personas desempleadas de género masculino.

- Respecto a formación.

Se debe ampliar la oferta formativa que permita cualificar a la población

desempleada en las tareas propias de los servicios de atención a la dependencia.

Por lo que respecta a la formación profesional inicial, sería interesante contar en

el municipio con algún ciclo formativo ad hoc, y ello debido a la importancia

de contar con una cualificación profesional exigida por ley para el desempeño

de las distintas ocupaciones del sector.

Se debe difundir claramente los mecanismos de reconocimiento de las

competencias profesionales adquiridas por vías no formales recogidos en el

Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, al instituirse como un llave hacia el

empleo para muchas personas, dada la exigencia de titulación de los

trabajadores en los centros susceptibles de acreditación en el SAAD.

Respecto a la formación de oferta para el empleo, el territorio debería ofertar un

completo catálogo de formación descentralizada en el territorio; se debería

impulsar a los Centros Colaboradores y entidades de formación provinciales

para impartir dicho catálogo en el municipio de Carreño, para evitar las

dificultades de asistencia con que se encuentran muchos/as potenciales

alumnos/as debido a la turnicidad de los trabajos en el sector.

Respecto a la formación de demanda, se debe informar a las empresas de la

posibilidad de acceder a formación bonificada, mecanismo de formación

ampliamente desconocido.

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Dada la importancia del reciclaje profesional en el sector, se debe incidir en la

importancia de formar al capital humano en materias como Deontologóa

Profesional, Prevención, Comunicación, Dietética y Nutrición y animación,

entre otras.

Finalmente, por lo que se refiere a la modalidad de Empleo – Formación, se

deberían definir y desarrollar Talleres de Empleo para cualificar a la población

desempleada y presentar y popularizar los servicios a la dependencia.

- Respecto al empleo

Se debe reducir la tasa de temporalidad del sector de los servicios sociales y

fomentar la estabilidad laboral.

Sería conveniente reducir la rotación de profesionales del sector de atención a

las personas dependientes. Para ello, se deben mejorar las condiciones de

trabajo del sector para fidelizar a las personas ocupadas y evitar las “fugas”

hacia otros sectores que oferten mejores condiciones.

- Respecto a la mejora de los servicios de atención a la

dependencia.

Sería interesante ampliar la información del Sistema de Información del

SAAD, no sólo a información sobre el movimiento natural de la situación de

dependencia reconocida (altas y bajas), sino también a indicadores de actividad

y de impacto del sistema sobre las situaciones de dependencia.

Debe desarrollarse la prevención como uno de los ejes principales del SAAD,

con el objetivo de retrasar, en el tiempo, la entrada de estos ciudadanos al

sistema.

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Se debe reformar el baremo con el fin de recoger y ponderar de manera

rigurosa las discapacidades cognitivas, la enfermedad mental y otras de

naturaleza psíquica que actualmente presentan serias dificultades de valoración

dentro del sistema

Viendo como crece la demanda de ayuda a domicilio, atendiendo a las

preferencias de las personas por recibir atención en su propio hogar, siguiendo

las tendencias internacionales más innovadoras en los programas de atención a

la dependencia, parece oportuno el desarrollo, la regulación y la correcta

financiación de la prestación de ayuda a domicilio que hoy ofrece una

variedad de regulaciones, muchas de ellas locales, con respecto a profesionales,

carteras de servicios, exigencias de calidad, etc. y naturalmente una gran

diversidad de costes y tarifas.

Observando la necesidad de atención a la salud y de atención social que

conllevan las situaciones de dependencia, es imprescindible reconocer la

componente socio-sanitaria que debe incluir la oferta de servicios de atención a

la dependencia y propiciar la evolución de las actuales redes hacia un modelo

mucho más coordinado/integrado de atención.

Respecto a la Teleasistencia, recurso actualmente cubierto a través del

voluntariado social, se debe impulsar su profesionalización en aras de la

calidad y la potencialidad intrínseca de generación de empleo.

Se deben fomentar programas de acercamiento, de integración social de las

personas en situación de dependencia con el fin de mantener el arraigo de las

mismas y evitar la desconexión con la sociedad. En este sentido sería interesante

desarrollar programas de ocio dirigidos a personas con necesidades de apoyo

con grandes dificultades para la realización de actividades de tiempo libre

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normalizadas. En el ámbito municipal asturiano, destaca concretamente, una

iniciativa llevada a cabo en el Ayuntamiento de Avilés denominada “Programa

Buenas Tardes”.

Parece oportuno hacer aflorar la ocupación irregular enquistada en el sector, y a

la que en la mayoría de los casos se remunera con la prestación familiar, y

suministrar incentivos de formación y contratación. Un plan con medidas

específicas a tal fin debe permitir la mejora de las condiciones de trabajo y el

reconocimiento oficial de los cuidadores informales en los sistemas de

seguridad social, una vez homologada su situación.

Se debería crear un instrumento de coordinación que permita interrelacionar

los servicios sociales del territorio, las empresas prestadoras de servicios, la red

de agentes de orientación laboral, las entidades de formación y las distintas

asociaciones de vecinos, de manera que, ante necesidades concretas se adopten

soluciones coordinadas. Dicho instrumento podría ser una Mesa o Foro Anual,

entendido como estructura permanente del territorio, integrada por todos los

agentes antes mencionados.

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ANEXOS

ÍNDICE DE TABLAS

PAG.

Tabla nº 1. Relación de personas entrevistadas 10 Tabla nº 2. Relación de participantes en el Foro de Expertos 11 Tabla nº 3. Parroquias de Carreño 13 Tabla nº4: Población según sexo y edad en el territorio en 2008 16 Tabla nº 5: Población según sexo y edad en Asturias en 2008 17 Tabla nº6 . Evolución de la población en el territorio 19 Tabla nº7: Evolución de la población en Asturias 20 Tabla nº 8: Movimiento natural de la población 22 Tabla nº 9:Previsiones de Población en el territorio 24 Tabla nº 10: Previsiones de Población en el territorio 26 Tabla nº 11: Porcentaje de Personas dependientes por edad en la próxima década. 26 Tabla nº 12:Demandantes de empleo según sexo 27 Tabla nº 13: Mujeres desempleadas según edad 28 Tabla nº 14: Fases del Proceso de Valoración de la Dependencia 33 Tabla nº 15: Fases del Proceso y Cometidos 33 Tabla nº 16: Fases de Implantación gradual de la Ley de Dependencia 35

Tabla nº 17: Catálogo de Servicios de la Ley de Dependencia 36 Tabla nº 18: Horas Mensuales estipuladas para la Ayuda a Domicilio de Grandes Dependientes y Dependientes Severos 39 Tabla nº 19: Resumen cuantía prestaciones para el año 2008 44 Tabla nº 20: Solicitudes de dependencia en el Municipio a fecha octubre 2009 46 Tabla nº 21: Personas dependientes valoradas en el municipio 46 Tabla nº 22:Prestaciones recogidas en el P.I.A. en el municipio 46 Tabla nº 23: Perfil de la persona solicitante 47 Tabla nº 24: Porcentajes de población atendidos por los diferentes recursos en el territorio en 2009 52 Tabla nº 25: Porcentajes de población atendidos por los diferentes recursos en el territorio en 2017 53 Tabla nº 26: Ratios de empleo 55 Tabla nº 27: Proyección de empleo en el territorio en 2017 56 Tabla nº 28: Empleo Neto Potencial en el territorio en 2017 57 Tabla nº 29: Oferta de Formación Profesional Inicial en el territorio 70 Tabla nº 30: Oferta de Formación Profesional Inicial en el territorio 71 Tabla nº 31: Especialidades Formativas 72

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INDICE DE GRÁFICOS

PAG.

Gráfico nº1: Población en el territorio en 2008 10 Gráfico nº2: Pirámide de Población en Carreño en 2008 18 Gráfico nº3: Evolución de la población en el territorio 20 Gráfico nº4: Evolución de la población en Asturias 20 Gráfico nº 5: Movimiento natural de la población 23 Gráfico nº 6: Previsiones de población en el territorio 25 Gráfico nº 7: Proyecciones de población dependiente en el territorio 27 Gráfico nº 8: Perfil de la persona solicitante 47

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FUENTES DE INFORMACIÓN

� Webs de interés - Gobierno del Principado de Asturias www.princast.es - Portal de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias www.educastur.princast.es - Orientación académica y profesional www.educaweb.com - Confederación Española de Organizaciones de Mayores www.ceoma.org - Instituto de Empleo. Servicio Público de Empleo Estatal www.inem.es - Instituto Nacional de Estadística www.ine.es - Ministerio de Educación y Ciencia www.mec.es - Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales www.mtas.es - Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales www.sadei.com - Portal del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias www.trabajastur.com - Centro de Investigaciones Sociológicas www.cis.es - Portal Mayores. Sección de Documentación. Canal de Dependencia www.imsersomayores.csic.es - Confederación Española de Organizaciones de Mayores www.losmayores.com

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� Fuentes bibliográficas - IMSERSO, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, (2004): Libro Blanco de Atención a las Personas en Situación de Dependencia en España. - IMSERSO, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, (2003): Plan de Acción para las personas mayores 2003-2007. - Decreto 108/2005, de 27 de octubre, de Mapa Asturiano de Servicios Sociales - Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia. - Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. - CASER (2007): Estudio del Mercado Potencial de Productos y Servicios para la Dependencia. - Decreto 38/2008, de 7 de mayo, por el que se establece el Precio Público por la prestación del Servicio de Centros de Día para Personas Mayores Dependientes (BOPA 16 de mayo de 2008, nº 113). - Decreto 41/2001, de 11 de abril, por el que se modifican los Precios Públicos correspondientes a los servicios prestados por el Organismo Autónomo “Establecimiento Residenciales para Ancianos de Asturias”. - Convenio Especial de Cuidadores no Profesionales de Personas en Situación de Dependencia. - Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. - Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que regula los Subsistemas de la Formación Profesional. - Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia profesional. - Observatorio del Servicio Público de Empleo de Asturias (2005): Estudio sobre el Sector de Servicios a las Personas y a la Comunidad. - IMSERSO, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2003): Teleasistencia domiciliaria.

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- IMSERSO, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2007): Serie Documentos Técnicos: Calidad y Dependencia. - IMSERSO, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2006): El Sistema Nacional de Dependencia. Evaluación de sus efectos sobre el empleo. - Observatorio Ocupacional. Dirección Provincial de Asturias (2008): Informe de Mercado de Trabajo 2007. - Estudio sobre las perspectivas de futuro de los servicios de atención a la dependencia: El SAD (Deloitte, 2008). - Informe de la Consejería de trabajo, Económica y Social de Cataluña (2008): Necesidades de atención de las personas en situación de dependencia: Análisis de la demanda futura. - Informe final del Grupo de Expertos para la evaluación del desarrollo y efectiva aplicación de la ley 39/2006 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (2009). - Informe de la Universidad de Valencia (2009): implementación de la ley de dependencia en España: CCAA.