38
LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN GUATEMALA Dra. Ruth Elena Girón de Arango

LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN

GUATEMALA

Dra. Ruth Elena Girón de Arango

Page 2: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

EL TRABAJO DECENTE, ESCENARIO UNIVERSAL DE PROTECCIÓN

En 1,999 la Organización Internacional del Trabajo -OIT- impulsó el paradigma del Trabajo Decente confirmado el compromiso de lograr que toda persona, sin importar su situación laboral, tenga el derecho a trabajar en condiciones de:

• Libertad• Equidad• Seguridad• Dignidad

Page 3: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Los Derechos Laborales de las Mujeres son normas que se presentan como leyes y se encuentran en:

La Constitución Política de la República El Código de Trabajo Los Convenios Internacionales de Trabajo

ratificados o aceptados por Guatemala y Otras leyes de trabajo

DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS

Page 4: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Se han hecho para proteger a la mujer trabajadora en lo relacionado con:

La maternidad Salario o sueldo Jornadas de trabajo Salud y seguridad Entre otras

DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS

Page 5: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

LEGISLACIÓN NACIONAL

Page 6: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 151 literales c) y d) Código de Trabajo

Inamovilidad: Lo que significa que la mujer embarazada no puede ser despedida o sacada del trabajo sin causa justificada.

Reinstalación: Si es despedida en esta condición, tiene derecho a solicitar ante la Inspección General de Trabajo o ante un Juzgado de Trabajo, la reinstalación, quiere decir volverle a colocar en su mismo puesto de trabajo.

Tiene derecho al pago de salarios no devengados.

PROTECCION A LA MATERNIDAD

Page 7: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 152 Código de Trabajo Descansos pre y post-parto: Derecho a

una licencia o descanso de 30 días antes del parto; este es el pre natal y 54 días después; este es el post natal. Deben gozarse de corrido los 84 días, teniendo derecho a que se le pague el salario o sueldo completo por parte del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Si la fecha de parto se retrasa, el descanso posparto será igual, 54 días

PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD

Page 8: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

En caso de enfermedad, pre o pos parto, se tendrá derecho a prolongación del descanso, mediante certificado médico

Si el empleador o patrono no está inscrito al Seguro Social, tiene la obligación de pagarle el salario o sueldo completo durante este tiempo

PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD

Page 9: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 153 Código de Trabajo. Después del parto: al regresar al trabajo,

tiene derecho a un permiso por lactancia para alimentar o darle el pecho a su hija o hijo, que es de media hora, dos veces al día, las cuales puede juntar según conveniencia para entrar una hora más tarde a o salir una hora más temprano, sin que se le descuente del salario o sueldo.

PERIODO DE LACTANCIA

Page 10: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

El período de lactancia se debe computar a partir del día en que la madre retorne a sus labores y hasta diez meses después, salvo que por prescripción médica éste deba prolongarse.

Inamovilidad: También goza de este derecho, lo que significa que no puede ser despedida o sacada del trabajo injustificadamente.

PERIODO DE LACTANCIA

Page 11: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 152 Literal f) Código de Trabajo. La ley da el derecho a una licencia o permiso

para no ir a trabajar durante 54 días, al adoptar a una niña o niño, tiempo para gozar de un período de adaptación o conocerse con la hija o hijo.

Estos días deben ser pagados por el empleador o patrono.

Para gozar de este derecho debe presentar al empleador o patrono los documentos del trámite de la adopción.

LICENCIA POR ADOPCIÓN

Page 12: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 152 literal c) Código de Trabajo. Si por sufrir complicaciones, el bebé no

nace,(se produce un aborto) tiene derecho a un descanso equivalente a la mitad del de parto normal.

Puede extenderse por orden médica que informe que debe seguir reposando hasta la recuperación completa, siempre que no exceda de tres meses.

LICENCIA POR ABORTO NO INTENCIONAL O PARTO PREMATURO NO

VIABLE

Page 13: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 155 Código de Trabajo. Si en la empresa hay más de 30 trabajadoras, el

empleador o patrono debe proporcionar o dar un lugar adecuado para alimentar a las hijas o hijos menores de 3 años y puedan dejarles allí durante las horas de trabajo, bajo el cuidado de una persona responsable contratada y pagada por el empleador o patrono.

El acondicionamiento se ha de hacer en forma sencilla dentro de las posibilidades económicas del patrono, a juicio y con el visto bueno de la Inspección General de Trabajo.

CREACION DE CENTROS INFANTILES O GUARDERIAS

Page 14: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Podrán ampliar estas prestaciones, pero en ningún caso, podrán disminuirlas

Deberán reglamentarse debidamente

CONTRATOS O PACTOS COLECTIVOS

Page 15: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

DIVULGACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES

Page 16: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Derivado de la globalización, existen muchas maneras a través de las cuales un empleador puede encubrir una relación de trabajo para que la trabajadora o el trabajador gocen de una menor protección.

LA OTRA CARA

Page 17: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Actualmente la simulación de una relación de trabajo con un contrato civil o mercantil es muy frecuente.

Se da también en el sector gubernamental.• Renglón 029• Renglón 182• Renglón 189

LA OTRA CARA

Page 18: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Contratos laborales Se hacen precarias las condiciones laborales Se pierden todas las prestaciones y toda protección

◦ No hay derecho a Seguro Social◦ No hay inamovilidad por embarazo en el trabajo◦ No hay prenatal ni posnatal◦ No hay hora de lactancia◦ No hay vacaciones◦ No hay indemnización◦ No hay aguinaldo ni bono 14◦ No hay jubilación◦ Si se pagan impuestos

LA OTRA CARA

Page 19: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Disfrazar una relación de trabajo es una acción fraudulenta que realiza un empleador cuando da trabajo a una persona, a través de un contrato, con el propósito de encubrir una verdadera relación de trabajo.

Con este encubrimiento el empleador anula, impide o atenúa la protección que las leyes otorgan a las trabajadoras.

LA OTRA CARA

Page 20: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

En este caso la protección contra todos los riesgos propios de la maternidad, corren a cuenta de la propia trabajadora.

Es ella misma la que tiene que pagar los costos de todos estos beneficios sociales.

Se pierde la equidad y la seguridad, entre trabajadoras de una misma institución.

LA OTRA CARA

Page 21: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

2006 La recomendación 198 de OIT, sobre la Relación de trabajo, especialmente establece que:

Una política nacional de protección de los trabajadores debe como mínimo luchar contra las relaciones de trabajo encubiertas para evitar que acuerdos contractuales generen desprotección en las y los trabajadores

RECOMENDACIONES

Page 22: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Arreglos verbales con jefe directo

Traslado de contratos a plazas fijas

Espacios amigables

Gestiones para formalizar las relaciones laborales

Revisión de la Ley de Servicio Civil

ACCIONES TEMPORALES

Page 23: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

OTRAS OPCIONES

Page 24: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Es un lugar cómodo, higiénico y privado, ubicado en el entorno laboral, que ofrece las condiciones adecuadas para la extracción y conservación de la leche materna bajo lineamientos técnicos de seguridad, para luego las madres poder transportarla al hogar y disponer de ella para alimentar al bebé en su ausencia temporal.

Busca sensibilizar a empleados y empleadores en los procesos de formación que buscan lograr cambios en los conocimientos y prácticas de lactancia materna, alimentación y desarrollo infantil.

ESPACIOS AMIGOS DE LA LACTANCIA MATERNA PARA LA MADRE TRABAJADORA

Page 25: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

OTRAS LEGISLACIONESRelacionadas con la Lactancia

Page 26: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

DE PROTECCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA

Page 27: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Ley de Comercialización de los Sucedáneos de La Leche

Materna

1983-Guatemala fue el segundo país en América Latina en adoptar el Código Internacional, como Ley Nacional (Decreto Ley Numero 66-83)

1987 se emite el Reglamento para la Comercialización de Los Sucedáneos de la Leche Materna. (Acuerdo Gubernativo No. 841-87)

Page 28: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Ley de Comercialización de los Sucedáneos de La Leche Materna

Page 29: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx
Page 30: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx
Page 31: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Ley de Comercialización de los Sucedáneos de La Leche

Materna

Page 32: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

CONTIENE LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES IMPORTANTES: 1. Prohibición de la publicidad de estos productos. 2. Prohibición de muestras gratis para las madres. 3. Prohibición de la promoción de estos productos en

los servicios de salud. 4. Prohibición del uso de visitadores de las compañías

para asesorar a las madres. 5. Prohibición de regalos o de muestras al personal de

salud. 6. Prohibición del uso de imágenes que idealicen la

alimentación artificial, incluso imágenes de lactantes, en las etiquetas de los productos.

Ley de Comercialización de los Sucedáneos de La Leche

Materna

Page 33: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

7. La información dada a los profesionales de salud debe ser científica y objetiva.

8. Toda información sobre la alimentación artificial de lactantes, también en las etiquetas, debe explicar las ventajas del amamantamiento y los costos y peligros de la alimentación artificial.

9. Los productos que no son adecuados, como la leche condensada azucarada, no deben ser promocionados para la alimentación de los bebés.

10. Todos los productos deben ser de alta calidad y adecuarse a las condiciones climáticas y de almacenamiento

Ley de Comercialización de los Sucedáneos de La Leche Materna

Page 34: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

El derecho de las familias a decidir la alimentación de sus hijas o hijos libres de

presiones comerciales

PROTEJE

Page 35: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Decreto No. 32-2010

Articulo 3 d) Respeto a la interculturalidad: Los servicios de salud materno-neonatal deberán prestarse garantizando el respeto a la identidad cultural, valores y costumbres de las comunidades.

LEY PARA LA MATERNIDAD SALUDABLE

Page 36: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx

Artículo 11. Salud neonatal. Las instituciones responsables a que se refiere el artículo 6 de la presente Ley, deberán implementar las acciones costo-efectivas para la reducción de la muerte neonatal, tales como la lactancia materna exclusiva, el uso de antibióticos para infecciones neonatales, la vacunación para prevenir el tétanos y la disminución de barreras para acceder a los servicios de salud. De igual forma, deberá promoverse la visita al recién nacido durante las primeras veinticuatro horas

LEY PARA LA MATERNIDAD SALUDABLE

Page 37: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx
Page 38: LEGISLACIÓN EN FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA EN.pptx