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Ley de Competitividad - Argentina

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Marzo, 2001 GCB Argentina, Operating Procedures

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CIM Ley de Competitividad

LEY DE COMPETITIVIDAD

Introducción

El día 26 de Marzo del 2001 ha sido publicada en el Boletín Oficial la Ley 25.413 “Ley de Competitividad”, la que comenzará a regir a partir del 3 de Abril del presente año.

Establece un impuesto a aplicar sobre todos los créditos y débitos en Cuenta Corriente Bancaria, Agentes de Liquidación y Percepción y excepciones.

Se aplicará una alícuota del 2,5 por mil a las operaciones bancarias realizadas en Cuenta Corriente, ya sean depósitos o extracciones en efectivo o a través de cheques o con débitos automáticos, con algunas excepciones, que se detallan en los cuadros adjuntos. Cabe aclarar que la misma se cobrará en el momento de la transacción. La Ley prevé una tasa de 0,75 por mil para determinados sectores que usan cheques de manera intensiva. Dichos sectores aún no están definidos.

En los cuadros que se encuentran a continuación, se detallan las operaciones alcanzadas por el impuesto y las operaciones exentas, divididas por tipo de producto.

Cuenta Corriente (en $ y U$S persona Física y Jurídica)

1. Están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Débitos en concepto

de:

Retiro de efectivo Cheques Transferencias locales interbancarias entre cuentas de distinto tipo y distinta

titularidad Cargos de mantenimiento de cuenta Intereses Comisiones Iva Débitos automáticos Transferencias entre cuentas corrientes de distinta titularidad Transferencias entre distintos tipos de cuenta (ej. de cuenta corriente a caja de

Ahorros o para constituir un plazo fijo)

Créditos en concepto

de:

Depósitos en efectivo (por caja o por cajero automático) Transferencias locales interbancarias entre cuentas de distinto tipo y distinta

titularidad Depósito de cheques de otras entidades Transferencias entre cuentas corrientes de distinta titularidad Transferencias entre distintos tipos de cuenta (ej. de Caja de Ahorros a Cuenta

Corriente o acreditación de plazo fijo, etc)

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CIM Ley de CompetitividadAlgunas excepciones a los movimientos anteriormente mencionados:

2. No están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Débitos en concepto

de:

Contraasientos para anular transacciones erróneas Retiros de cuenta corriente de los haberes, jubilaciones y pensiones, teniendo el

Cliente el plazo del mes calendario para realizar dichos retiros, siempre que el importe retirado no supere lo acreditado con ese motivo.

Transferencias locales interbancarias entre cuentas corrientes que posean la misma titularidad

Débito originado por el propio impuesto

Créditos en concepto

de:

Contraasientos para anular transacciones erróneas Haberes, jubilaciones y pensiones con acreditación bancaria Transferencias locales interbancarias entre cuentas corrientes que posean la

misma titularidad Préstamos bancarios Depósito de cheques de la misma entidad

Caja de Ahorros Persona Física

1. Están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Créditos en concepto de:

Depósito de cheques de otras entidades Acreditación de cupones de tarjetas (sujeto a confirmación)

2. No están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Créditos en concepto

de:

Depósitos de cheques de la misma entidad Depósitos en efectivo (por caja o cajero automático) Transferencias entre Caja de Ahorros de igual titularidad Transferencias locales interbancarias hacia otra cuenta de igual titularidad

Débitos en concepto

de:

Retiros de efectivo (por caja o por cajero automático) Transferencias locales interbancarias hacia otra cuenta de igual titularidad Transferencias entre Caja de Ahorros de igual titularidad

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Caja de Ahorros Persona Jurídica

1. Están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Créditos en concepto

de:

Depósito de cheques de otras entidades Transferencias locales entre cuentas de distinta titularidad

Débitos en concepto

de:

Débitos de servicios/ Pago directo

2. No están alcanzadas por el impuesto las siguientes operaciones:

Débitos en concepto

de:

Retiros de efectivo (por caja o por cajero automático)

Créditos en concepto

de:

Depósitos de efectivo (por caja o por cajero automático) Depósito de cheques de la misma entidad Transferencias locales entre cuentas de igual titularidad

Plazo Fijo

No se cobra impuesto

Constitución de Plazo fijo con efectivo

Se cobra impuesto

Cuando se constituye con un cheque de terceros Depósito de plazo fijo de otro banco en cuenta Depósito de plazo fijo de otro banco para constituir otro plazo fijo

Transferencias desde y hacia el exterior

No se cobra impuesto en ningún caso.

Se cobrará el impuesto sobre los débitos y créditos en cuenta corriente producido por el envío y recepción de una transferencia al exterior.

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Transferencias locales interbancarias (sujeto a confirmación)

Se cobra impuesto Siempre que la titularidad de las cuentas de donde se debita y donde se acredita sea distinta

Si las cuentas donde se debita y acredita son de distinto tipoNo se cobra impuesto Siempre que la titularidad de las cuentas de donde se debita y

donde se acredita sea la misma, y el tipo de cuenta sea igual

Cliente de Tarjeta de Crédito

Pago del Resumen Diners y Bankcards

No se cobra el impuesto

Pago en efectivo Débito automático en Caja de Ahorros persona física Pago por medios alternativos de Citibank Pago por Banelco

Se cobra el impuesto

Pago con cheque Citibank Pago con cheque de otro banco Débito en cuenta corriente payroll: exento hasta importe del

sueldo acreditado Débito en cuenta corriente

Merchants

Acreditación de cupones Diners y Banckards

Si se cobra el impuesto Acreditación de cupones en Caja de Ahorros (tanto

persona física como jurídica - sujeto a confirmación) Acreditación de cupones en cuenta corriente

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Payroll

No se cobra el impuesto

A la cuenta de los empleadores de donde se obtienen los fondos para el pago de haberes con acreditación en cuenta bancaria

Créditos por haberes en cuenta corriente Débitos para realizar la extracción de haberes en cuenta

corriente, hasta el tope del importe acreditado por ese concepto, y por mes calendario. Es decir que el cliente puede hacer retiros, hasta el importe de su sueldo, dentro del mes calendario, no acumulando el saldo para el mes siguiente. Los retiros pueden ser en cheque, efectivo u otro medio

Se cobra impuesto

Débitos que superen el importe del haber acreditado en la cuenta, se cobra el impuesto sobre el excedente

Débitos que no se hayan realizado dentro del mes calendario, y se hagan a mes vencido

Personas exceptuadas del cobro al impuesto:

1. Cuentas pertenecientes al Estado2. Misiones diplomáticas y consulares extranjeras3. Entidades exentas ante la ley de impuesto a las ganancias4. Algunas actividades específicas

Cuando un Cliente declare que su situación es Exento al impuesto por pertenecer al tipo de Persona antes mencionadas, le solicitarán que presente documentación que respalde su situación, y en ese momento, el Oficial en la Sucursal, ingresará en la aplicación CUO/CUA, en el campo "Paga impuesto débito", el código que se les informará próximamente. La documentación deberá ser archivada en el legajo del Cliente.

Si el llamado es recibido por CitiPhone, derivarán al Cliente a la Sucursal.

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LEY DE COMPETITIVIDAD

PREGUNTAS FRECUENTES DE CLIENTES

1- Cuándo me cobran el impuesto?

Se le cobrará el impuesto por las operaciones de débito y crédito en Cuentas Corrientes. (Incluye los cargos de mantenimiento de cuenta, los intereses, IVA de lo anterior, débitos automáticos comisiones e IVA de comisiones), por ejemplo, la chequera, certificación de firmas, etc. Con algunas excepciones, VER CUADROS ANTERIORES

2- Si tengo un débito de Servicios en mi Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente o Caja de Ahorros, me cobran?

Si posee un débito de servicios en Tarjetas de Crédito o Caja de Ahorros Física, No se le cobrará el impuesto.Si posee un débito de Servicios en Caja de Ahorros Jurídica, Sí se le cobrará el impuesto.Si el débito de Servicios está en la Cuenta Corriente, Sí se le cobrará el impuesto.Si posee un débito de servicios en Cuenta Corriente Payroll, No se le cobrará el impuesto sólo si el monto a debitar no supera el monto del Sueldo acreditado y el mismo se produce dentro del mes calendario.

3- Si deposito un Cheque en mi cuenta Corriente o mi Caja de Ahorros, me cobran?

Si deposita un cheque del mismo banco en el que tiene su Caja de Ahorros de Persona Física , No se le cobrará el impuesto.

Si deposita un cheque de otro banco o entidad en su Caja de Ahorros de Persona Física, Sí se le cobrará el impuesto.

Si deposita un cheque en su Caja de Ahorros de Persona Jurídica, solo pagará el impuesto si el mismo es de otro banco o entidad.

Si deposita un cheque de otro banco o entidad en su Cuenta Corriente, Sí se le cobrará el impuesto.

Si deposita un cheque Citibank en su Cuenta Corriente Citibank, No se le cobrará el impuesto.

4- Si tengo un plazo fijo y lo paso a mi Cuenta Corriente o Caja de Ahorros, me cobran?

Si deposita un Plazo fijo en su Cuenta Corriente, Sí se le cobrará el impuesto, sea el plazo fijo del mismo banco o de otro banco o entidad.

Si deposita un Plazo Fijo en una Caja de Ahorros, No se le cobrará el impuesto, sea el plazo fijo del mismo banco o de otro banco o entidad.

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5- Si hago una Transferencia Local Interbancaria, me cobran impuesto?

Si la transferencia se realiza entre cuentas del mismo tipo y misma titularidad, No se le cobrará el impuesto aunque se trate de cuentas radicadas en distintas entidades. Por ejemplo: a. Transferencia de una cuenta corriente a nombre de Juan López del banco A hacia otra cuenta corriente de Juan López en el banco A, b. Transferencia de una cuenta corriente a nombre de Juan López del banco A hacia otra cuenta corriente de Juan López en el banco B, En ninguno de estos casos se cobra impuesto.

(Ver cuadro de Caja de Ahorros de Personas Físicas)

6- Si hago una transferencia al exterior, me cobran?

Las transferencias al exterior no están alcanzadas por el impuesto.

Si el dinero a transferir se encuentra en la Cuenta Corriente, Sí se le cobrará el impuesto, por el débito en la Cuenta Corriente.

Si el dinero a transferir, se encuentra en una Caja de Ahorros (sea de Personas Físicas o Jurídicas), No se le cobrará el impuesto.

Cuando reciba una transferencia desde el exterior, y los fondos se acrediten en una Cuenta Corriente, Sí se le cobrará el impuesto, por el crédito en la cuenta corriente.

Cuando reciba una transferencia desde el exterior, y los fondos se acrediten en una Caja de Ahorros (sea de Personas Físicas o Jurídicas), No se le cobrará el impuesto.

7- Si hago una transferencia entre mis cuentas Citibank, me cobran? SUJETO A CONFIRMACION

Si realiza una transferencia entre una Cuenta Corriente y una Caja de Ahorros de la misma titularidad, Sí se le cobrará el impuesto pero solamente por el movimiento (débito o crédito) en la Cuenta Corriente.

Si realiza una transferencia entre una Cuenta Corriente y una Caja de Ahorros de distinta titularidad, se le cobrará el impuesto por el movimiento (débito o crédito) en la Cuenta Corriente.

Si realiza una transferencia entre Cajas de Ahorros, No se le cobrará el impuesto.

Si hace una transferencia entre sus Cuentas Corrientes y estas poseen la misma titularidad, No se le cobrará impuesto. Si poseen distinta titularidad, Sí se le cobrará el impuesto.

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CONSULTAS DE CLIENTES MERCHANTS

1- Si tengo acreditación de cupones en mi Cuenta Corriente, Caja de Ahorros Física o Caja de Ahorros Jurídica, me cobran impuesto?

Si la acreditación de cupones se realiza en una Caja de Ahorros física o Jurídica, Cuenta Corriente física o jurídica, Sí, en todos los casos se le cobrará el impuesto.

CONSULTAS DE CLIENTES PAYROLL

1- Me cobran el impuesto sobre el importe de mi Sueldo que me acreditan en Cuenta Corriente, Caja de Ahorros o Cuenta Sueldo?

No, en ninguno de los 3 casos se le cobrará el impuesto.

2- Si retiro plata de mi Cuenta Corriente, Cuenta Sueldo o Caja de Ahorros, en dónde me depositan el Sueldo, me cobran?

Si el sueldo se acredita en cuenta Corriente: podrá retirar dinero sin que le cobren el impuesto siempre y cuando el monto total retirado en el mes calendario de acreditación del sueldo:

- no supere el importe que le acreditaron en concepto de sueldo.- que los retiros efectuados dentro del mes calendario se hubieran realizado entes de

las 15 horas del último día hábil de dicho mes.

Si no hubiera retirado la totalidad de su sueldo en el mes calendario de su acreditación, Sí pagará impuesto sobre los retiros que efectué sobre ese saldo que le quedó.

Cuando realice retiros de su Cuenta Sueldo, No se le cobrará el impuesto, la cuenta sueldo tiene el mismo tratamiento que la Caja de Ahorros.

Si realiza retiros de la Caja de Ahorros en la que se le acredita el sueldo, No le cobrarán impuesto.

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CONSULTAS DE SOCIOS

1- Si pago mi Tarjeta de Crédito por CitiPhone Banking, me cobran?

Si el pago se realiza con un débito en Caja de Ahorros, No le cobran.Si el pago se realiza con un débito en Cuenta Corriente, si le cobran, con la excepción de que sea una cuenta donde acredita su sueldo, No se le cobrará hasta el monto del Sueldo (Ver Cuadro de Payroll para ver información en detalle).Si el pago se realiza con un débito en Caja de Ahorros de Personas Jurídicas, Sí le cobran.

2- Si pago mi tarjeta con Cheque, me cobran?

Si paga su Tarjeta de Crédito con un Cheque, ya sea de Citibank o de terceros, Sí le cobrarán el débito en la cuenta corriente sobre la cual libró el Cheque.

3- Si pago mi Tarjeta de Crédito con un débito en cuenta de otro Banco, (P.E.S. Pago Electrónico de Servios), me cobran?

Si realiza el pago con un débito en una Caja de Ahorros de otro banco, No le cobran el impuesto.Si realiza el pago con un débito en una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros Jurídica, de otro Banco, Sí le cobrarán el impuesto.Si realiza el pago con un débito en una Cuenta Corriente Payroll de otro Banco, No le cobrarán el impuesto hasta el monto del Sueldo. (Ver Cuadro de Payroll para ver información en detalle).

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LEY DE COMPETITIVIDAD

CIM de reclamos para Clientes Payroll

La Ley de Competitividad, publicada el 26 de marzo del 2001, cuya reglamentación fue publicada el 30 de marzo de 2001, regirá a partir del 03 de abril de 2001. Por tal motivo, y dado el corto tiempo otorgado para su implementación, podrán recibir reclamos de Clientes a quienes se les estará cobrando el impuesto y posiblemente no le corresponda. En dichos casos se deberá controlar que el reclamo esté fundamentado, y en tal caso, hacer la devolución del importe correspondiente.

Si la fecha de acreditación del sueldo es en los últimos días del mes, la ley establece que el Cliente tiene hasta el último día hábil de ese mes para realizar sus retiros sin que se le cobre el impuesto. Deberán verificar si el cliente hizo los retiros en este período. Si es así, deberá reintegrarle el importe correspondiente al impuesto, siempre teniendo en cuenta que el impuesto se cobra para los retiros que superen el sueldo acreditado.

Si por ajustes del sistema en la primera semana de implementación hubiese un cobro duplicado o erróneo será reversado a la brevedad.

1. Reclamo por cobro del impuesto

Oficial de cuentas: Buenos días, en qué lo puedo ayudar?

Cliente: Yo tengo una cuenta corriente en Citibank donde me acreditan el sueldo. La ley dice que no me van a cobrar los retiros hasta el importe de mi sueldo, y me lo cobraron.

Oficial de cuentas: Por favor puede darme su nombre y apellido o su nro. de cuenta corriente? Ingresará en el sistema el número de cuenta corriente o nombre y apellido del Cliente y verificará, a través de las aplicaciones correspondientes, que se trate de un Cliente Payroll y que acredita su sueldo en cuenta corriente (código de transacción 55). Si es así, verificará la fecha de acreditación y procederá de acuerdo a lo siguiente:

a. Si la acreditación se hizo a fin de mes, verificará si los retiros se hicieron antes de finalizar dicho mes o si se realizaron a partir del 1er día hábil del mes siguiente.

1. Cobra a fin de mes: Retiró todo el sueldo acreditado a fin de ese mismo mes antes de las 15 hs del

último día hábil: no corresponde el cobro de impuestoSeñor/Sra: Tiene razón, en su caso no corresponde que se le cobre impuesto por los retiros que efectuó. Le acreditaremos el importe cobrado en xxx días. Le pedimos disculpas y le agradecemos que nos haya comunicado la situación.

1 de 2 Marzo, 2001 GCB Argentina, Operating Procedures Documentación de Uso Interno

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CIM Ley de Competitividad

Hizo retiros durante el mes siguiente o a partir de las 15hs. del último día hábil del mes en el que se acreditó el sueldo: corresponde el cobro del impuesto.Señor/Sra: En su caso corresponde, según lo que establece la Ley, que se le cobre impuesto por los retiros que efectuó a partir de las 15 horas del último día hábil del mes en el que se le acreditó el sueldo.

2. Cobra a principios de mes Hizo retiros durante el mes calendario: corresponde el cobro del impuesto sólo

sobre los importes retirados que excedan el sueldo acreditado.Señor/Sra: Tiene razón, en su caso no corresponde que se le cobre impuesto por los retiros que efectuó. Le acreditaremos el importe cobrado en xxx días. Le pedimos disculpas y le agradecemos que nos haya comunicado la situación.

Hizo retiros durante el mes siguiente o a partir de las 15hs. del último día hábil del mes en el que se acreditó el sueldo: corresponde el cobro del impuesto.Señor/Sra: En su caso corresponde, según lo que establece la Ley, que se le cobre impuesto por los retiros que efectuó a partir de las 15 horas del último día hábil del mes en el que se le acreditó el sueldo.

Cliente: Muchas gracias.

Oficial de cuentas: De nada, que tenga un buen día.

2. Reclamo por mal cobro del impuesto

Oficial de cuentas: Buenos días, en qué lo puedo ayudar?

Cliente: Yo tengo una cuenta corriente en Citibank. Además me acreditan el sueldo en una caja de ahorro/cuenta sueldo. La ley dice que no me van a cobrar los retiros hasta el importe de mi sueldo, y me lo cobraron.

Oficial de cuentas: Permítame informarle que, si su sueldo se acredita en otra cuenta distinta a la cuenta corriente, el impuesto sobre los débitos / créditos en su cuenta corriente están correctamente cobrados. La ley establece que no se cobrará el impuesto sobre los retiros de cuenta corriente donde se acredite el sueldo.

Cliente: Gracias por la información

Oficial de cuentas: De nada, que tenga un buen día.

2 de 2 Marzo, 2001 GCB Argentina, Operating Procedures Documentación de Uso Interno

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LEY DE COMPETITIVIDAD

CIM DE RETENTION DE CUENTA CORRIENTE

La Ley de Competitividad además de impulsar el impuesto al débito y al crédito de Cuenta Corriente, exige que todas las operaciones mayores a $1000, se deberán realizar con cheque, Tarjeta de crédito, o Transferencia Bancaria Electrónica. Si usted no contara con una Cuenta Corriente, hacer operaciones mayores a este monto le será más costoso, ya que muchas de estas operaciones no pueden realizarse con Tarjeta de Crédito. Las otras alternativas son mucho mas costosas que el mantenimiento mensual promedio de la Cuenta Corriente. Por ejemplo una alternativa son los cheques Cancelatorios que poseen un costo aproximado de $40.-

Cliente: Buen día, quisiera cerrar mi Cuenta Corriente.

Oficial de Cuentas: Señor/ra, buen día, me podría decir cuál es el motivo por el que desea cerrar su cuenta?

Si es por el impuesto a los débitos y créditos:

Oficial de Cuentas: Entiendo su preocupación. Pero, dado lo que establece la nueva Ley, cuando usted tenga que hacer un pago por más de $1000, tendrá la obligación de hacerlo mediante cheque, tarjeta de crédito o transferencia Bancaria Electrónica, a fin de que su pago tenga validez legal y evitar que se lo reclamen como si usted no hubiera pagado. La forma más rápida y usualmente aceptada es hacer estos pagos con cheque. Las personas que no poseen una cuenta corriente, tienen que comprar un cheque cancelatorio a un costo aproximado de $ 40. Recuerde que no siempre se puede pagar con tarjeta de crédito.A su vez, quien recibe este cheque en pago, también tendrá que pagar otros $ 40, motivo que encarecerá la operación para ambas parte, mucho más que la alícuota del 2,5 por mil que se les cobraría al realizar el pago con un cheque de su propia cuenta corriente.

Si aún persiste en su intención de cerrar la cuenta:

Oficial de Cuentas: Señor/Sra., por favor tenga en cuenta que si deposita un cheque de otro Banco o efectivo en su Cuenta Corriente, por un monto de por ejemplo$ 100, impuesto que se le cobraría es de sólo 25 centavos. (Salvo Excepciones, Ver Cuadro de Cuenta Corriente) y si fuera de $ 1.000, sería de $ 2,50, que es menor que lo que cuesta un cheque cancelatorio o hacer una transferencia electrónica

Si insiste en cerrarla:

Oficial de Cuentas: Señor/ra, para su tranquilidad le ofrezco mantener su cuenta sin cargo de mantenimiento durante este mes, para que usted vea cómo influye la nueva ley en sus transacciones habituales. Está de acuerdo?

Cliente: Sí. Muchas Gracias

1 de 1 Marzo, 2001 GCB Argentina, Operating Procedures Documentación de Uso Interno

Page 14: Ley de Competitividad - Argentina

CIM Ley de CompetitividadOficial de Cuentas: De nada, que tenga Buen día.

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