Ley Sst - Nro 29783 (Ppt)

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Ley Sst - Nro 29783 (Ppt)

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REQUISITOS LEGALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Ing. Juan Miguel Loyola SalvadorEspecialista en Seguridad ySalud OcupacionalLey n 29783:Ley de seguridad y salud en el trabajo &Rgto: ds n 005-2012-tr

OBJETIVOSSensibilizar al personal en materia de requisitos legales relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo.Dar a conocer los deberes y derechos de los trabajadores en dicha materia.

| 4por qu?Principios de la Poltica del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el TrabajoLa Poltica del SGSST incluye en su compromiso:A) El cumplimiento de los requisitos legales pertinentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, de los programas voluntarios, de la negociacin colectiva en seguridad y salud en el trabajo, y de otras prescripciones que suscriba la organizacin.

Art. 23 DE LA LEY 29783

| 5 ohsas 18001:2007

La organizacin debe asegurar que estos requisitos legales y otros requisitos aplicables que la organizacin suscribe son tomados en cuenta para establecer, implementar y mantener su sistema de S&SO.La organizacin debe mantener esta informacin actualizada.La organizacin debe comunicar informacin relevante sobre requisitos legales y otros requisitos a personas que trabajan bajo el control de la organizacin, y otras partes interesadas relevantes.| 6IDENTIFICACIN, ACTUALIZACIN Y EVALUACIN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOSIDENTIFICACIN DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOSACTUALIZACIN DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOSAPLICACIN DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOSEVALUACIN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOSPASO 1PASO 2PASO 3PASO 4| 7MARCO jurdico Del sistema de seguridad y salud en el trabajoCONSTITUCIN POLTICA DEL PEREs la norma ms importante de nuestro pas. En ella se establecen los principales derechos y obligaciones que nos corresponden.En su artculo 2 numeral 1, establece que toda persona tiene derecho:A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica y a su libre desarrollo y bienestar.

| 8 Decisin 584 (can) Y RESOLUCIN 957

En todo lugar de trabajo se debern tomar medidas tendientes a disminuir los riesgos laborales. Estas medidas debern basarse, para el logro de este objetivo, en directrices sobre sistemas de gestin de la seguridad y salud en el trabajo y su entorno como responsabilidad social y empresarial.ARTCULO 11 (Dec.)| 9DECISIN 584Los empleadores debern adoptar y garantizar el cumplimiento de las medidas necesarias para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores, entre otros, a travs de los sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo.Los empleadores debern propiciar la participacin de los trabajadores y de sus representantes en los organismos paritarios existentes para la elaboracin y ejecucin del plan integral de prevencin de riesgos de cada empresa. Asimismo, debern conservar y poner a disposicin de los trabajadores y de sus representantes, as como de las autoridades competentes, la documentacin que sustente el referido plan.Todos los trabajadores tienen derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades fsicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y bienestar.Los trabajadores tienen derecho a estar informados sobre los riesgos laborales vinculados a las actividades que realizan. Complementariamente, los empleadores comunicarn las informaciones necesarias a los trabajadores y sus representantes sobre las medidas que se ponen en prctica para salvaguardar la seguridad y salud de los mismos.ART. 12ART. 18ART. 13ART. 19| 10Cambiar en VER_encabezado y pie de pgina_DISPOSICIONES GENERALES (ART.3 RGTO.)

La Ley 29783 y su Rgto.Establecen normas mnimas en materia de SST exigibles a todo empleador. Por Convenio colectivoSe pueden establecer niveles de proteccin superiores a los previstos en la Ley (estndares Internacionales)Por Contrato de TrabajoDecisin unilateral del empleador| 11

APLICACIN DE NORMAS SECTORIALES (Art. 4 Rgto.)

LEY N 29783 y Rgto.REGLAMENTOS SECTORIALESReglamento SectorialLey N 29783 y Rgto.Prevalece sobre cualquier norma sectorial, continuando vigentes las disposiciones de esta, siempre que no exista incompatibilidad. Prevalece sobre la Ley 29783 y Rgto. siempre y cuando establezcan obligaciones y derechos superiores a los previstos en aquellos | 12Empresas que cuentan con SIG o certificaciones internacionales en SST (Art. 23 Rgto.)

Debe verificar que sus Sistemas de Gestin SST o certificacin cumpla lo sealado en la Ley y su Rgto.Si el Empleador cuenta con SIG o certificacin por estndar internacional en SST12| 13

Empresas que NO cuentan con SIG o certificaciones internacionales en SST (Art. 77 y 78 del Rgto.)

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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR, ENTRE OTROS

ARTCULO 35 DE LA LEY:a.-Entregar a cada trabajador copia del RISST.b.-Realizar no menos de 4 capacitaciones al ao, en SST.c.-Adjuntar al contrato de trabajo la descripcin de las recomendaciones de SST.d.-Dar facilidades econmicas y licencias con goce de haber, para que los trabajadores participen en cursos sobre SST.

| 15ARTCULO 26 DEL REGLAMENTO

a.- Definir y comunicar a todos los trabajadores el rea o reas responsables de identificar los peligros y evaluar y controlar los riesgos en SST.b.- Establecer, aplicar y evaluar una poltica y un programa en materia de SST con objetivos medibles y trazables. c. Disponer de una supervisin efectiva.d.- Establecer programas de prevencin y promocin de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento. e.- Proporcionar los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de los planes y programa preventivos establecidos.f.- Capacitar a todos los trabajadores en materia de prevencin de riesgos laborales.

| 16Art. 33 del Rgto.- Registros Obligatorios del Sistema de Gestin de SSTRegistro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes.Registro de exmenes mdicos ocupacionales Registro de monitoreo de agentes fsicos, qumicos, biolgicos, psicosociales y factores de riesgo disergonmico.Registro de Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.Registro de equipos de seguridad o emergencia.Registro de Induccin, capacitacin, entrenamiento y simulacros de emergencia.Registro de Auditoras. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes de personal contratista, bajo modalidad formativa laboral, prestadores de servicios que desarrollen actividades en las instalaciones. (Caso de Empresas usuarias de servicios de otra)

| 17Cambiar en VER_encabezado y pie de pgina_Art. 74 rgto. REGLAMENTO INTERNO DE SSTObjetivos y alcancesLiderazgo, compromiso y poltica de SSAtribuciones y Obligaciones del empleador, supervisores, CSST, de los trabajadores y de los empleadores que brindan servicios.Estndares de S.S en las operaciones.Estndares de S.S en servicios y actividades conexas.Preparacin y respuesta a emergencias

| 18OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORESART. 79 de la Ley.- -Cumplir los reglamentos e instrucciones de SST. -Usar los utensilios, materiales y elementos de proteccin previa informacin y capacitacin-No operar ni usar nada sin autorizacin suficiente. -Cooperar con investigaciones de SST cuando el MTPE lo requiera. -Aceptar hacerse los exmenes mdicos a que estn obligados, con garanta de confidencialidad. -Dentro de la jornada de trabajo participar en los organismos paritarios, en las capacitaciones, y en las actividades de prevencin que organice su empleador o el MTPE.

| 19-Comunicar a su empleador toda situacin que pueda daar su seguridad o su salud o las instalaciones fsicas, debiendo adoptar inmediatamente las medidas correctivas, sin que se genere sancin de ningn tipo. Tambin debe reportar los hechos a los representantes o delegados de seguridad cualquier incidente, accidente o enfermedad profesional. (art. 72. inc. h)

-Responder e informar con veracidad en las instancias pblicas; caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal.

| 20CONSECUENCIAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

FALTAArt. 109 SANCIN

| 21Art. 49 de la Ley y 107 del Rgto.

EXMENES MDICOS OBLIGATORIOSANTESDESPUESDURANTE EL VNCULO o CUANDO HAYAN CAMBIO EN LOS PROCESOS. TENIENDO EN CUENTA LA LABOR DESEMPEADA EN EL RECORD HISTRICO EN LA EMPRESA Negativa por parte del trabajadorFALTA| 22EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL

Se debe proporcionar a los trabajadores Epps adecuados, segn el tipo de trabajo y riesgos especficos presentes en el desempeo de sus funciones. Se debe capacitar previamente a su utilizacin y se debe verificar el uso de los mismos.

| 23Art. 68.- La planificacin y control en cuanto a la seguridad de trabajadores de TERCEROS CONTRATISTAS estar a cargo del EMPLEADOR PRINCIPAL, siendo este el responsable solidario con el empleador directo de los trabajadores sub-contratados por contratistas o services, debiendo comprobar la obtencin de las plizas de SCTR y otras de tipo obligatorio. El empleador principal es responsable de disear y hacer respetar el SG-SST que debe acatar todo el personal de sus contratistas, y en caso de incumplimiento de la legislacin el empleador principal est obligado a resarcir los daos. (art. 103 de la misma ley).

| 24INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS(Art. 92).--EMPLEADOR-RPTES. DE ORG. S -RPTES. DE TRABAJ.INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJOEn un accidente de trabajo mortal el MTPE tambin participa en la investigacin.COMUNICAR AL MTPE (indicando medidas)

| 25INSPECCIN DE TRABAJO (X EL MTPE) EN SST.Art. 99.-INSP. MTPEIndicios de Conducta Delictiva (SST)REMITE INFORMACIN AL MINISTERIO PBLICO| 26CLASES DE RESPONSABILIDADES, EN CASO DE UN ACCIDENTECLASES DE RESPONSABILIDADRESP. ADMINISTRATIVARESP. PENALRESP. CIVIL| 27RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

| 28RESPONSABILIDAD CIVILINDEMNIZACIONESINCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES| 29Articulo 168-A del Cdigo Penal:El que infringiendo las normas de SST y estando legamente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad fsica, ser reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 2 aos ni mayor de 5.Si como consecuencia de la inobservancia de las normas de SST ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad ser no menor de 5 aos ni mayor de 10 aos. RESPONSABILIDAD PENAL| 30recomendacionesIDENTIFICAR LOS REQUISITOS LEGALES DE SST APLICABLES A SU REA.VERIFICAR SI LAS NORMAS Y TODOS SUS ARTCULOS SE ENCUENTRAN VIGENTES.ADECUAR ESTNDARES DE SEGURIDAD DE ACUERDO A LEY.REGISTROS / ARCHIVOS ORGANIZADOS Y DETERMINACIN DE RESPONSABLES (inspecciones, sensibilizacin).ESTABLECER PROCEDIMIENTOS INTERNOS PARA MEJOR ORGANIZACIN.LA SUPERVISIN EFECTIVA CON LOS CONTRATISTAS.| 31

GRACIAS POR SU ATENCIN