Liquidacion de Sociedad Conyugaal y Cesion de Derechos

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  • 7/25/2019 Liquidacion de Sociedad Conyugaal y Cesion de Derechos

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    LIQUIDACIN DE SOCIEDAD CONYUGAL

    Y

    CESIN DE DERECHOS

    DE

    SEGISFREDO ENRIQUE NEGE ALMONACID

    A

    MARA BEATRIZ ULLOA BARRIENTOS

    En Punta Arenas, ade dos mil nueve, ante m,

    Notario Pblico titular de Magallanes y Antrtica Chilena, conoficio en calle.. de esta ciudad, comparecen:SEGISFREDO ENRIQUE NEGE ALMONACID, chileno, divorciado,empleado, cdula nacional de identidad nmero diez millonesdoscientos sesenta y tres mil ciento uno guin tres, condomicilio en calle Costa Rica nmero cincuenta y tres, PoblacinLas Naciones de esta ciudad, y doa MARA BEATRIZ ULLOABARRIENTOS, chilena, divorciada, asesora del hogar, cdulanacional de identidad nmero once millones cuatrocientos trecemil setecientos setenta y cinco guin ocho, domiciliada en calleCentral Oriente nmero cero mil noventa y ocho de esta ciudad,

    los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan susrespectivas identidades con las cdulas ya anotadas de las quedoy fe y exponen: PRIMERO: Los comparecientes con fecha tres deseptiembre de mil novecientos noventa y dos celebraron matrimonioante el oficial del registro civil de Punta Arenas, segn constaen el acta de matrimonio, inscrita con el nmero cuatrocientossetenta del citado ao, bajo el rgimen de sociedad conyugal.SEGUNDO: Por sentencia de fecha diez de septiembre de dos milnueve, dictada por don Exequiel Gonzlez Castillo, Juez Titulardel Juzgado de Familia de Punta Arenas y ejecutoriada con fechaveintiuno de septiembre de dos mil nueve se declar el divorcio

    entre los comparecientes el que fue inscrito en el Servicio deRegistro Civil con fecha..........TERCERO: Loscomparecientes dejan constancia que el nico bien adquiridodurante la vigencia del matrimonio y por ende de la sociedadconyugal es el siguiente: inmueble consistente en sitio y casaubicado en la ciudad de Punta Arenas, comuna de Punta Arenas,Regin Dcimo segunda, calle Central Oriente nmero cero milnoventa y ocho, que corresponde al sitio diecinueve de la manzanaT del plano del loteo del conjunto habitacional denominadoCARDENAL SILVA HENRQUEZ, aprobado por la Direccin de ObrasMunicipales de Punta Arenas y que se encuentra archivado al finaldel Registro de Propiedad del ao dos mil del Conservador deBienes Races de Punta Arenas bajo el nmero cincuenta y nueve.Los deslindes de la propiedad en que se construyo el loteo sonlos siguientes segn su ttulo: Norte: en lnea quebrada: lneaR-Q en ochenta y siete metros cincuenta y siete centmetros conlote A-dos de la misma subdivisin, lnea P-O en trescientoscincuenta y cuatro, cero tres metros con lote A-dos de la mismasubdivisin; Sur: en lnea quebrada: lnea B uno-F uno en

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    cuatrocientos treinta y tres metros con prolongacin calleManantiales, lnea H uno-I en siete metros ochenta y seiscentmetros con otros propietarios; Oriente: en lnea O-D uno ennoventa y cuatro metros setenta y cinco centmetros con otrospropietarios, lnea D uno-B uno, en ciento nueve metros con otrospropietarios; Poniente: en lnea quebrada: lnea F uno-H uno enciento nueve metros con otros propietarios, lnea I-R en cuarentay cinco metros ochenta y siete centmetros con otrospropietarios, lnea Q-P en cuarenta y ocho metros ochenta y ochocentmetros con lote A-dos de la misma subdivisin. El ttulo depropiedad se encuentra inscrito a fojas mil seiscientos cuarentay seis bajo el nmero mil trescientos veintisiete del Registro dePropiedad del Conservador de Bienes Races de Punta Arenas,correspondiente al ao dos mil. Su rol de contribuciones es elnmero cero nueve cero seis cinco guin cero cero cero uno dos. CUARTO: Para los efectos de la adjudicacin y liquidacin de lasociedad conyugal habida entre los comparecientes, stos

    establecen que el bien inmueble individualizado en la clusulatercera y ubicado en la calle Central Oriente nmero cero milnoventa y ocho de esta ciudad, tiene una tasacin de cuatromillones ochocientos ochenta y un mil ochocientos treinta y ochopesos. QUINTO: De acuerdo a lo establecido en este instrumento elcuerpo comn de bienes habido entre los comparecientes durante lavigencia de la sociedad conyugal asciende a la suma de cuatromillones ochocientos ochenta y un mil ochocientos treinta y ochopesos, lo que constituye los gananciales de dicha sociedadconyugal. Por tanto corresponde a doa MARIA BEATRIZ ULLOABARRIENTOS la mitad por concepto de gananciales ascendente a la

    suma de dos millones cuatrocientos cuarenta mil novecientosdiecinueve pesos y a don SIGUISFREDO ENRIQUE NEGE ALMONACID lamisma suma de dos millones cuatrocientos cuarenta mil novecientosdiecinueve pesos. SEXTA: En cumplimiento de lo ordenado en lasentencia de divorcio individualizada en la clusula segunda deeste instrumento, el compareciente don SIGUISFREDO ENRIQUE NEGEALMONACID cede y transfiere sus acciones y derechos sobre elinmueble individualizado en la clusula tercera de esteinstrumento correspondiente al cincuenta por ciento de losgananciales de la sociedad conyugal habida entre loscomparecientes. De esta manera la compareciente doa MARA

    BEATRIZ ULLOA BARRIENTOS adquiere, la totalidad de las acciones yderechos que recaen sobre el bien de marras. SPTIMA: Loscomparecientes declaran en la forma expuesta que no se adeudanningn alcance y se otorgan recprocamente el ms amplio ycompleto finiquito en todo lo relacionado con la sociedadconyugal habida entre ambos, no quedando cuentas pendientes entreellos directamente o por la sociedad conyugal, y declaran que nose forman hijuelas de frutos por haberse consumido stos por lafamilia comn. OCTAVO: Para los efectos legales derivados delpresente contrato los comparecientes fijan su domicilio en laciudad de Punta Arenas y desde luego se someten a la jurisdiccinde sus tribunales ordinarios.NOVENO:Los gastos e impuestos quederiven del presente contrato de cualquier naturaleza que seansern de cargo de doa MARA BEATRIZ ULLOA BARRIENTOS. DCIMO: Sefacultan a portador de copia autorizada de la presente escriturapara requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones yanotaciones que en derecho procedan. La presente escritura seextendi conforme con la minuta redactada por el abogado donMarcelo Retamales Vivar. En comprobante, firman, doy fe.

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