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CARRERA DE DERECHO OFICINA DESARROLLO PROFESIONAL Y PRÁCTICAS ESTUDIANTILES FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MANUAL Y REGLAMENTO DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL PARA LA CARRERA DE DERECHO Alba Liliana Jaramillo Gómez Coordinadora Oficina Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles Santiago de Cali, septiembre 13 de 2013

Manual De Derecho

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Page 1: Manual De Derecho

CARRERA DE DERECHO

OFICINA DESARROLLO PROFESIONAL Y PRÁCTICAS ESTUDIANTILES FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

MANUAL Y REGLAMENTO DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL PARA LA CARRERA DE DERECHO

Alba Liliana Jaramillo Gómez Coordinadora Oficina Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles

Santiago de Cali, septiembre 13 de 2013

Page 2: Manual De Derecho

AGRADECIMIENTOS:

Este Manual ha sido producto del apoyo de muchas personas, que han hecho aportes

significativos a cada uno de los procedimientos, para llevar a cabo con éxito las practicas

estudiantiles de la Carrera de Derecho.

Quiero agradecer muy especialmente al Director de la Carrera de Derecho, Doctor Luis

Miguel Montalvo P; a La Directora del Consultorio Jurídico, Dra. Juliana Rojas A y a la

Oficina Jurídica de la Universidad, porque sin ellos no hubiera sido posible recopilar toda

esta información para elaborar el presente Manual.

Mil gracias

Alba Liliana Jaramillo Gómez.

Page 3: Manual De Derecho

CONTENIDO

1. GENERALIDADES SOBRE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

2. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

3. COMPONENTES DE LA PRÁCTICA

4. PERFILES Y MODALIDADES DE PRÁCTICA

5. PROCEDIMIENTO DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

6. PROCESO DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA

7. TIPOS DE CONTRATO

8. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE PRÁCTICA

9. DESARROLLO DE LA PRÁCTICA

10. INSTANCIAS Y RESPONSABILIDADES

11. SOBRE PRÁCTICAS EN ZONAS DE RIESGO POR EL CONFLICTO ARMADO

12. REGLAMENTO

13. ANEXOS

Page 4: Manual De Derecho

1. GENERALIDADES SOBRE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

1.1 Definición

La Práctica Estudiantil es una estrategia pedagógica que se inicia una vez que los

estudiantes de la Carrera de Derecho han cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos

de su respectivo Plan de Estudio. Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.

Su objetivo es consolidar y enriquecer las competencias de carácter profesional y

académico, que se consideran prioritarias para el ejercicio integral de la disciplina del

Derecho.

La Práctica Estudiantil es una asignatura que hace parte de la matrícula académica y que

equivale a 9 créditos del plan de estudios. Su carácter académico exige el seguimiento

permanente a los estudiantes, de forma tal que permita planear y realizar acciones claves de

mejoramiento en forma oportuna, y que en las fechas establecidas permita el reporte de

notas definitivas para el semestre

La Práctica Estudiantil consiste en la vinculación de un estudiante en una entidad

usualmente por 6 meses calendario, durante los cuales se formula y desarrolla un proyecto

de intervención con una dedicación de 25 horas semanales, y que debe cumplir con un total

final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la Entidad como de la

Universidad.

Sin embargo, dadas las características de la práctica en el campo educativo, en donde en la

mayoría de las veces los últimos meses de práctica coinciden con las vacaciones de las

entidades educativas, éstos deben ser compensados con una práctica de 30 horas a la

semana.

La práctica estudiantil es un elemento de la estrategia pedagógica de la Pontificia

Universidad Javeriana en sus programas de pregrado, y por eso forma parte de todos sus

currículos y planes de estudio (artículo 57 del reglamento de estudiantes PUJ).

Dada la participación de personas cobijadas por diferentes reglamentos, se hace necesario

formular y divulgar criterios comunes que rijan para todos los involucrados, al menos en lo

concerniente a la dimensión académica de la práctica estudiantil, uno de los más

importantes es el proyecto de intervención.

Este Proyecto de los estudiantes en práctica, constituye una herramienta privilegiada para

materializar las intenciones de proyección comunitaria consagradas en la Misión de la

Universidad, y ello le confiere singular importancia a los criterios para la elección de sitios

de Práctica, en términos de la existencia de condiciones propicias para tal efecto.

Page 5: Manual De Derecho

2 OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

2.1 Objetivo General

Ofrecer un espacio de la Entidad al estudiante, donde se generen oportunidades para aplicar

los elementos metodológicos y conceptuales adquiridos durante la formación profesional en

Derecho.

2.2.2 Objetivos Específicos

Proporcionar a la Carrera y al proceso formativo, la retroalimentación necesaria,

obtenida del entorno y de las Entidades sobre: fortalezas y debilidades de los

estudiantes en práctica y áreas a reforzar en el currículo.

Familiarizar al estudiante con el contexto laboral y de las entidades, por medio de la

adaptación a normas y condiciones ocupacionales propiamente dichas.

Enfrentar al estudiante con las posibilidades y limitaciones que ofrece el entorno, para

desarrollar sus conocimientos profesionales acordes con la Misión de la Universidad.

Fortalecer en el estudiante las competencias para trabajar con profesionales de otras

disciplinas en pos de objetivos comunes.

Propiciar en el estudiante el desarrollo de una actitud investigativa frente a la realidad,

para contribuir al fortalecimiento de la disciplina como ciencia.

Promover en el estudiante un proceso de reflexión en torno a las dimensiones personal,

social y ética de su profesión, a partir de la confrontación con la realidad del trabajo del

abogado en las Entidades.

Promover en el estudiante la reflexión en torno a cómo los conceptos, metodologías y

conocimiento del Derecho pueden ser aplicados.

Sensibilizar al estudiante hacia las implicaciones económicas de cada acción

profesional y con ello, enfatizar en la necesidad de planearlas adecuadamente y

priorizarlas en el tiempo.

Establecer y consolidar relaciones de cooperación, compromiso e interdependencia con

las Entidades y la comunidad en general, a fin de contribuir al desarrollo socio jurídico

de la Región y el País.

Page 6: Manual De Derecho

3. COMPONENTES DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL

Toda Práctica Estudiantil debe tener estos tres componentes:

Académico: Está dirigido al desarrollo de elementos teóricos y metodológicos propios

de las disciplinas que propicien la comprensión y conceptualización de los problemas

sociales. Busca fortalecer actitudes, habilidades y valores indispensables para la

actuación social.

Gestión: Implementación de metodologías de planeación y gestión de proyectos en

Derecho. Desarrolla en el estudiante la capacidad de monitorear y evaluar proyectos

organizados de información y actividades pertinentes para concebir un proyecto de

práctica, así como para ejecutarlo.

Actuación Social: Permite la inserción de los estudiantes en dinámicas sociales de

sectores de población con alta necesidad de servicio, con el fin de generar nuevas

alternativas de actuación, acordes con la naturaleza y características de los problemas y

la generación de procesos culturalmente contextualizados.”1

1 Sanin, Javier, SJ, La política Social, el reto del nuevo milenio. Revista Javeriana. Vol. 129 No. 136.

1997

Page 7: Manual De Derecho

4. PERFILES DE LA ENTIDAD RECEPTORA DE PRACTICANTES Y

MODALIDADES DE LA PRÁCTICA.

Entidades del sector público o del sector privado

Los estudiantes en práctica, podrán desempeñarse como asesores en las diferentes ramas

del Derecho (Comercial, Laboral, Civil, Administrativo, Familia, Penal, Constitucional) y

como funciones específicas podrán tener las siguientes:

Sector Público: (Rama ejecutiva, legislativa y judicial, entidades y órganos

administrativas)

Revisión de resoluciones, pliegos de licitaciones, procesos de contratación.

Revisión de calificación de propuestas en una licitación pública.

Emitir conceptos pedidos por dependencias de la misma entidad.

Revisar recursos de apelación que agotan vía gubernativa.

Seguimiento del cumplimiento de la normatividad nacional e internacional de los

derechos humanos.

Realizar liquidaciones de prestaciones sociales y demás derechos laborales.

Redacción de Demandas y Acciones Constitucionales y contestaciones de las

mismas.

Realizar conciliaciones en Derecho como miembros del Consultorio Jurídico de la

Universidad Javeriana, según lo prescrito por el art. 11 de la ley 640 de 2001 en

asuntos según la competencia señalada en el Decreto 196 de 1971 At. 30,

Modificado por el artículo 1 de la Ley 583 de 2000.

Formar parte de grupos de análisis criminológico.

De manera especial:

Rama Judicial:

Sustanciar providencias.

Realizar líneas jurisprudenciales.

Asistir en diligencias judiciales.

Sector Privado:

Redacción y revisión de contratos.

Realizar liquidaciones de prestaciones sociales y demás derechos laborales.

Capacitación a empresarios en temas de derecho comercial, laboral y tributario

Responder requerimientos de entidades estatales.

Redacción de Demandas y Acciones Constitucionales y contestaciones de las

mismas.

Revisión de procesos que se cursan ante la rama judicial y entidades

administrativas.

Brindar asesoría jurídica en las diferentes ramas de derecho.

Formar parte de grupos de investigación científica.

Page 8: Manual De Derecho

4.1 MODALIDADES DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL

El semestre de Práctica Estudiantil puede realizarse en el país o en el exterior, por un

periodo mínimo de 6 meses calendario en el que laborará 25 horas a la semana, bajo alguna

de las siguientes modalidades.

Práctica en organizaciones: El estudiante puede vincularse a organizaciones de los sectores público, privado

o del tercer sector.

Práctica Investigativa: El estudiante se vincula a un proyecto de investigación de uno de los grupos de

investigación reconocidos por la Facultad y/o por grupos de otras universidades

con reconocido prestigio.

Proyectos de impacto social.

Se reconoce como práctica un proyecto que el estudiante formule con

indicadores de impacto y que cuente con el reconocimiento de una contraparte

que lo avale como de utilidad para una organización pública, privada o del tercer

sector.

Creación de empresa: El estudiante presenta un proyecto para crear su propia empresa en el ámbito del

Derecho. Este proyecto debe estar respaldado y avalado por la Carrera desde el

punto de vista disciplinar y por el programa de Emprendedores Javerianos,

desde la idea de negocio.

Práctica en el exterior: El estudiante a través de la Oficina de Desarrollo Profesional y Prácticas

Estudiantiles (DPPE), se vincula a una Institución u organización que acepte

todos los requisitos de la práctica. La práctica en el exterior se aprueba una vez

el estudiante demuestre que tiene al día toda la documentación legalmente que

lo habilita para realizar esta labor fuera del país y en los términos del presente

Manual.

- La Práctica Estudiantil se puede realizar en otro país, teniendo en cuenta las

siguientes consideraciones:

*Se debe contactar, en el otro país, una Institución u organización que cumpla

las condiciones y criterios estipulados en el Manual de Práctica Estudiantil.

* Se debe tener un Asesor Institucional en el sitio de prácticas que se haga

responsable del proyecto a realizar y las evaluaciones parciales y finales y de la

práctica estudiantil.

*La institución debe enviar, por escrito, la aceptación del estudiante como

practicante. La Oficina DPPE enviará una carta de aceptación del sitio.

*Se debe matricular financiera y académicamente la práctica.

Page 9: Manual De Derecho

*Se debe estar en contacto, vía internet, con un Asesor Académico, asignado por

la dirección de la carrera, quien acompañará al estudiante en su proceso de

práctica desde la Universidad, de manera virtual.

5. PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL

Estos procedimientos rigen para todas Las modalidades y los énfasis de práctica, aunque es

posible que en algunos casos haya procedimientos diferentes que deben explicitarse en su

momento.

La Práctica puede llevarse a cabo teniendo en cuenta las etapas que agrupan sus principales

actividades; en este sentido, la Práctica inicia con la solicitud de estudiantes por parte de

Entidades oferentes, continúa con el proceso de los estudiantes seleccionados y se

formaliza con la aprobación del Proyecto a realizar en la Entidad oferente, posteriormente

se desarrolla dicho Proyecto de Práctica para concluir con la entrega final y el posible

empalme con el estudiante siguiente.

5.1 Solicitud de estudiantes en práctica

El proceso de Práctica inicia con la solicitud de estudiantes por parte de las Entidades. Para

ello se deben diferenciar claramente tres momentos, a saber: la evaluación de las

condiciones ofrecidas por cada Entidad interesada en vincular estudiantes, el reporte de las

solicitudes concretas por parte de las Entidades aprobadas y la oferta de oportunidades de

Práctica a los estudiantes.

5.2. Evaluación de Entidades Oferentes.

El Director de la Carrera, los profesores, asesores académicos, directivos de la Universidad

y estudiantes pueden proponer Entidades para Práctica, asegurándose de establecer

compromisos con ellas, solamente después de que los responsables formales apliquen los

procedimientos establecidos para su aceptación como Sitio de Práctica Para ello deben

diligenciar la “Solicitud de practicantes” (ver anexos).

Para evaluar la adecuación de las Instituciones interesadas, la DPPE, debe coordinar la

realización de una revisión de las condiciones que ellas ofrecen, teniendo en cuenta los

siguientes criterios:

Pertinencia de la Entidad frente a los principios y lineamientos de la Universidad.

Existencia de un espacio institucional donde se requiera la capacidad de trabajo de un

estudiante en Práctica estudiantil y que en lo posible promueva el fortalecimiento de la

disciplina del Derecho.

Disposición de los medios formativos idóneos para crear oportunidades de aprendizaje,

de acuerdo con los objetivos curriculares de la Carrera.

Suficiencia de recursos físicos y materiales para la realización de la labor del estudiante

en Práctica.

Page 10: Manual De Derecho

Disposición de horarios y condiciones de las entidades, que permitan al estudiante en

Práctica cumplir con las demás responsabilidades académicas de último año.

Se sugiere realizar en lo posible, una visita formal a las instalaciones de la institución, con

el fin de constatar por medio de entrevistas; la idoneidad de las condiciones referidas.

Es importante anotar que una institución debe ser evaluada obligatoriamente, solo cuando

no ha tenido estudiantes vinculados en el pasado, en lo sucesivo, se realiza el seguimiento

natural, esporádico y aleatorio a los mismos aspectos mencionados, creándose la

posibilidad de suspender temporal o definitivamente las instituciones que dejen de ofrecer

la garantías mínimas que dieron lugar a su aceptación inicial.

Les corresponde a los estudiantes en práctica adquirir en la tienda Javeriana el presente

Manual para ser entregado a los asesores institucionales o jefes directos.

5.3. Reporte de Solicitudes

La solicitud de estudiantes debe formalizarse por medio del formato digital enviado por la

DPPE, donde se especifiquen las funciones del practicante, el perfil requerido, el asesor

institucional o jefe directo, las condiciones laborales de práctica. Esto es válido tanto para

las instituciones evaluadas por primera vez como para las que solicitan renovación de

estudiantes.

El canal idóneo para la recepción de estas cartas es la DPPE. Cualquier solicitud que

provenga de otra fuente deberá ser validada con la instancia pertinente.

5.4. Oferta a los Estudiantes

La DPPE debe informar a través de una reunión con los practicantes, las oportunidades de

práctica que correspondan a las entidades evaluadas por primera vez o que solicitan

renovación de estudiante y que han sido aceptadas para vincular estudiantes en práctica.

Esta publicación debe identificar las Entidades, precisando las características de la Entidad,

el perfil deseado en el estudiante, las exigencias especiales en programas o idiomas, las

funciones regulares básicas a desempeñar.

Page 11: Manual De Derecho

6. PROCESO DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA

6.1. Requisito

El único requisito que debe cumplir un estudiante para inscribirse en el proceso de Práctica

y matricularla formalmente, es haber aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios

vigente hasta noveno semestre (equivalente a 178 créditos) y haber cumplido con todas las

actividades programadas en el Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo.

6.2 Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo

La Universidad a través de las DPPE de todas las Facultades, realiza el Seminario Taller de

Equipamiento para el Trabajo dirigido a los estudiantes inscritos en el proceso de práctica.

Esta fase tiene como fin preparar al estudiante en términos procedimentales y actitudinales

y especialmente en lo relacionado con la adquisición y fortalecimiento de las competencias

requeridas para la vida laboral.

Para iniciar el proceso de práctica, los estudiantes deben asistir a todas las actividades del

Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo y obtener el correspondiente certificado.

6.3 Inscripción

Para inscribirse al proceso de Práctica los estudiantes deben asistir a las reuniones que se

realizan en el semestre previo a la práctica y cuando en estas se anuncie, realizar el

procedimiento en el sistema de prácticas. Adicionalmente, deben acreditar que conocen el

presente Manual y Reglamento firmando la carta de compromiso diseñada para tal fin. (Ver

anexos).

Evidentemente, esta inscripción tiene valor provisional hasta tanto se conozcan las notas

definitivas de las asignaturas que esté cursando en ese momento.

6.4 Selección

La selección de los estudiantes a realizar práctica, depende enteramente de las Entidades

oferentes; igualmente se respeta total autonomía institucional para la elección de las

modalidades de vinculación y/o remuneración para los estudiantes.

Los estudiantes que certifiquen su asistencia al Seminario Taller de Equipamiento para el

Trabajo y que deseen participar en la selección para acceder a alguna de las oportunidades

publicadas, deben entregar a la DPPE la carta de compromiso, subir al sistema de práctica

su hoja de vida y una fotografía como se indica en los anexos finales.

Una vez el estudiante suba la información al sistema de prácticas y lleven la carta de

compromiso, se procederá hacer el cruce de los perfiles de los estudiantes con las vacantes

requeridas por las empresas.

Page 12: Manual De Derecho

En estos procesos el estudiante debe participar siguiendo las normas éticas elementales,

cuidando la imagen que proyecta de sí mismo y de la Universidad; estableciendo con

seriedad y respeto los compromisos a que haya lugar.

6.5 Decisión y Formalización

Una vez la Entidad decida cuál estudiante encaja mejor en sus necesidades, (tiene ocho

días hábiles para hacer el proceso de selección), debe comunicarse con el estudiante para

comunicarle la decisión. Acto seguido la Entidad debe informar por escrito a la DPPE el

nombre del estudiante y código, el profesional designado como Asesor Institucional o jefe

directo, las principales funciones a realizar, y solicitar la designación del Asesor

Académico correspondiente.

La DPPE debe solicitar de inmediato al Director del Departamento de Ciencia Jurídica y

Política, la asignación formal del Asesor Académico. Para después de ello la DPPE proceda

a notificar al asesor académico, con copia al asesor institucional o jefe directo, Informando

la fecha de inicio y terminación de la práctica estudiantil. El estudiante deberá informarse

por intermedio del asesor institucional o jefe directo sobre el nombramiento del asesor

académico.

Page 13: Manual De Derecho

7. TIPOS DE CONTRATOS PARA REALIZAR LA PRÁCTICA

7.1 Por contrato laboral:

En este escenario, la vinculación se regula por la ley laboral vigente al momento de la

contratación y responderá a la clase de contrato de trabajo que se realice con el estudiante.

Es pertinente aclarar que la Universidad no es parte del contrato por la esencia del mismo.

En el momento de la vinculación del estudiante por esta modalidad, la oficina de Desarrollo

Profesional y Prácticas Estudiantiles, deberá tener en cuenta las siguientes exigencias:

1. Que el trabajo realizado por el estudiante esté directamente relacionado con sus estudios,

permitiéndole desarrollar habilidades y perfeccionar conocimientos relacionados con su

formación profesional.

2. Que el salario se encuentre dentro de los parámetros de Ley y que sea acordado entre la

Entidad receptora y el estudiante en práctica.

3. Que el contrato laboral contenga una cláusula donde se deje constancia expresa, de que

en materia académica y disciplinaria los estudiantes en práctica quedan sujetos a los

estatutos y reglamentos de la Pontificia Universidad Javeriana.

4. Que en el contrato se incluya las siguientes obligaciones de la Entidad:

a) Acordar con el estudiante los permisos especiales para cumplir con sus

responsabilidades académicas.

b) Informar y evaluar al estudiante dentro de los términos, exigencias y métodos

académicos que demande la Pontificia Universidad Javeriana.

c) Contar dentro de la Entidad receptora con un profesional de un área afín a la

Carrera del estudiante, para que sea reúna al menos, tres veces al semestre con el

(la) asesor (a) académico(a) de la Pontificia Universidad Javeriana.

d) Hacer conocer a los estudiantes, docentes y colaboradores de la Pontificia

Universidad Javeriana que participan en el desarrollo de la práctica estudiantil, la

filosofía, visión y misión de la Entidad, así como los reglamentos que deberán

cumplir con motivo de su permanencia en ella.

7.2. Por contrato de aprendizaje

El contrato de aprendizaje es una forma especial dentro del Derecho Laboral, mediante la

cual una persona natural que se encuentre estudiando en una Entidad autorizada, presta un

servicio a una Entidad receptora, encaminado a aplicar los fundamentos teóricos que haya

recibido en la Entidad autorizada, y complementarlos con las situaciones de aplicación

práctica que se presenten en la entidad receptora.

7.2.1. Apoyo del sostenimiento mensual

Es la contraprestación económica mensual, que recibe la persona vinculada por contrato de

aprendizaje, por el servicio prestado a la entidad y que, por mandato de la ley (Artículo 30

Ley 789/2002), no constituyen salario.

Page 14: Manual De Derecho

En caso que la Entidad decida vincular a estudiantes universitarios por medio del contrato

de aprendizaje, éste deberá cumplir con las siguientes exigencias:

1. Que las actividades desarrolladas no se encuentren dentro de las actividades pactadas a

través de convenios suscritos con la Universidad.

2. Que la práctica no sea asistencial o de servicio social obligatorio en las áreas de la salud

y aquellas otras que determine el Ministerio de la Protección Social.

3. Que la actividad desarrollada por el aprendiz estén directamente relacionadas con sus

estudios, permitiéndole así desarrollar habilidades y perfeccionar conocimientos

relacionados con su formación profesional.

4. Que la práctica cumpla con actividades de mínimo 25 horas semanales en la Entidad.

5. Que los estudiantes que se vinculen en esta modalidad no se encuentren contratados

laboralmente por la entidad.

6. Que el apoyo de sostenimiento mensual no sea inferior al equivalente de un salario

mínimo legal vigente.

7. Que el contrato contenga una cláusula donde se deje constancia expresa, de que en

materia académica y disciplinaria los practicantes quedan sujetos a los estatutos y

reglamentos de la Pontificia Universidad Javeriana.

8. Que incluya en las siguientes obligaciones de la Entidad:

a) Facilitar al docente de la Pontificia Universidad Javeriana que intervenga en el desarrollo

de las actividades del aprendiz, el acceso a los Programas.

b) Dar al aprendiz los recursos físicos necesarios para el adecuado cumplimiento de sus

labores, tales como: papelería, fotocopias, bibliografía y condiciones locativas adecuadas

para el logro de estos fines; (Esto depende de la labor a realizar)

c) Acordar con el aprendiz los permisos especiales para cumplir con sus responsabilidades

académicas.

d) Informar y evaluar al aprendiz dentro de los términos, exigencias y métodos académicos

que demande la Pontificia Universidad Javeriana.

e) Contar dentro de la Entidad con un profesional de área afín a la carrera del aprendiz, para

que se reúna, al menos, tres veces al semestre, con el (la) asesor (a) académico (a) de la

Pontificia Universidad Javeriana, para efectos de evaluación.

f) Hacer conocer al aprendiz, docentes y colaboradores de la Pontificia Universidad

Javeriana que participan en el desarrollo de la práctica estudiantil, la filosofía, visión y

misión de la Entidad, así como los reglamentos que deberán cumplir con motivo de su

permanencia en ella.

7.3. Por convenios Universidad-Entidad:

Es política de la Universidad tratar de regular los procesos de Práctica por medio de la

realización de convenios con Entidades, de tal forma que se estipulen con claridad los

acuerdos y compromisos concertados entre ambas partes para unificar criterios sobre los

cuales tomar decisiones.

Para llevar a cabo la firma de un convenio, se requiere una solicitud expresa de la Entidad

interesada dirigida a la Coordinación Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles, que

en adelante se denominará (DPPE), adjuntando copia del Certificado de Existencia y

Page 15: Manual De Derecho

Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con vigencia de un

mes y la fotocopia de la cedula del representante legal de la empresa.

Como respuesta al requerimiento inicial, la DPPE, solicita a la Oficina Jurídica de la

Universidad la elaboración de un borrador que debe ser sometido a revisión por parte de la

Entidad, y una vez se realicen y aprueben las modificaciones del caso, se procede a

formalizarlo con la firma de los representantes legales de ambas partes.

Dependiendo del término establecido para el convenio, las Entidades pueden renovarlo de

manera concertada durante el tiempo que estimen conveniente, y realizar cláusulas

adicionales cuando sea preciso.

Sin este convenio, la Entidad no podrá contar con un estudiante para realizar las prácticas.

Esto significa que las Entidades deben tener el convenio con la Universidad debidamente

firmado y actualizado.

Por lo tanto, la Entidad podrá vincular al estudiante en práctica, suscribiendo un convenio

con La Universidad, donde se deje constancia de que la relación entre ésta y el estudiante es

netamente académica pues busca responder a la exigencia realizada por la Universidad para

la obtención del título universitario. En este Convenio se podrá plantear un subsidio de

alimentos y/o transporte, que tendrá como fin, garantizar el proceso de práctica formativa

del estudiante.

7.3.1. Requisitos para convenios

7.3.1.1. Convenio Entidades Estatales:

Para realizar un convenio con una Entidad estatal, se requiere lo siguiente:

1. Certificación donde conste la norma de creación de la entidad y la norma que le

reconoce personería jurídica.

2. Resolución de nombramiento y acta de posesión (si la requiere) del director de

la Entidad.

3. Nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de la persona con quien se

establecerá contacto para los fines de la práctica.

4. Los datos de la práctica del estudiante: nombre, cédula, código, fecha de inicio y

terminación y remuneración, si la hay.

Para Empresas:

1. Certificado de existencia y representación legal.

2. Nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de la persona encargada.

3. Datos del practicante: nombre, cédula, código, fecha de inicio y terminación,

remuneración si la hay.

4. Fotocopia de la cedula del representante legal de la empresa.

Page 16: Manual De Derecho

8. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE PRÁCTICA

A partir de la fecha de la primera reunión entre los asesores académico e institucional o jefe

directo y el estudiante en el sitio de práctica; el practicante tiene seis semanas como

máximo para elaborar un Proyecto de Práctica, siguiendo los lineamientos de los asesores

institucional y académico. Vale señalar que cada estudiante debe presentar su propio

proyecto, aún cuando haya varios compañeros que inicien la Práctica simultáneamente en

una misma Entidad.

Este proyecto debe contener las siguientes unidades principales:

Contextualización: Breve descripción de la ubicación de la Entidad donde se

desarrollará la Práctica

Antecedentes: Presentación concisa de experiencias anteriores en la Entidad alrededor

de los temas elegidos para el presente proyecto.

Objetivos: Formulación de propósitos y resultados esperados en forma ordenada,

mediable y ajustada a las necesidades institucionales y académicas.

Fines: Establecimiento del aporte que el trabajo de práctica del estudiante hace a la

consecución de los objetivos de la Entidad. Si bien las metas de las entidades están más

allá del alcance del trabajo del estudiante, la práctica tiene un lugar en los mismos y

coadyuva a su logro.

Productos: El estudiante debe precisar los productos que, siendo el resultado de la

ejecución de su proyecto de práctica, le permiten alcanzar el propósito de la entidad

que definió previamente. Los productos son la “capacidad instalada” que el proyecto de

práctica le deja a la Entidad y generalmente se expresa en tópicos tales como el

fortalecimiento de la capacidad de la Entidad desarrollada, comunidad educada y/o

organizada, publicaciones, bases de datos, manuales, cursos, grupos de trabajo etc. Los

productos deben ser garantizados por el practicante a través de la concreción de

diversas actividades. Junto a los productos deben especificarse indicadores verificables

que permitan la evaluación objetiva de los mismos.

Actividades: Identificación de las actividades que se deben adelantar por parte del

practicante para lograr los productos que le permitirán cumplir con el propósito de su

práctica. Las actividades pueden ser entendidas como las acciones necesarias, para

transformar los recursos disponibles en productos durante los seis meses de la práctica.

Cronograma General: Establecimiento de la dedicación de tiempo a cada actividad,

teniendo en cuenta su secuencia y distribución racional.

Recursos: Definición de los equipos, materiales y demás recursos físicos y económicos

requeridos para el desarrollo exitoso del proyecto de práctica.

Conclusiones y Recomendaciones.

La evaluación del proyecto de Práctica debe estar avalada por el Asesor Académico e

Institucional o jefe directo. Se recomienda que cada instancia conserve copia del Proyecto

de Práctica para fines de seguimiento y evaluación permanentes. El Asesor Académico es

responsable de entregar este documento en una copia magnética a la DPPE. Hasta que este

requisito no se cumpla, no se registrará la nota de práctica.

Page 17: Manual De Derecho

8.1 Marco Lógico

¿Qué es el marco lógico?

El marco lógico, hace parte de una metodología de planeación y gestión que se expresa

fundamentalmente en una matriz de cuatro por cuatro. Esta matriz es una útil herramienta

para planear, monitorear y evaluar proyectos. Constituye también un sistema para organizar

la información y las actividades de un proyecto tanto en su concepción como en su

implementación. Diseña un método eficiente en la medida en que crea una jerarquía que

discrimina entre los medios necesarios para alcanzar fines superiores. Por ejemplo. Las

actividades conducen a un determinado producto, una serie de productos llevan a la

consecución del propósito, y varios propósitos llevan a la consecución de la finalidad. La

matriz se compone de un eje horizontal y vertical. En el eje vertical, llamado nivel de

objetivos, se traza el plan estratégico del proyecto; y en el horizontal, básicamente las

variables del proyecto.

MARCO LÓGICO MATRIZ 4 x 4

Nivel de

Objetivo

Indicador Medios de

Verificación

Supuestos

FIN

PROPÓSITO

PRODUCTOS

ACTIVIDADES

¿En qué consiste el primer eje vertical correspondiente al nivel de objetivos?

Este eje compone la base estratégica del proyecto de gestión (de su práctica, en este caso) y

articula los cuatro niveles que la componen tanto de arriba hacia abajo como de abajo hacia

arriba: finalidad, propósito, productos, actividades; y actividades, productos, propósito,

finalidad. Eso le da coherencia y eficiencia al proyecto.

Partes que componen el eje estratégico:

- FINES: Establecimiento del aporte que el trabajo de práctica del estudiante hace

a la consecución de los objetivos institucionales. Si bien las metas

institucionales están más allá del alcance del trabajo del estudiante, la práctica

tiene un lugar en los mismos y coadyuda a su logro. Por ejemplo: supongamos

que el estudiante hace su práctica en la delegación del Valle del Cauca de

Human Rights Watch en una labor de promoción y defensa de los Derechos

Humanos. Entonces la finalidad se plantearía en los siguientes términos: (El

trabajo de Práctica) Coadyuva a la protección y promoción de los Derechos

Humanos en Colombia.

- PROPÓSITO: Identificación del propósito que el estudiante en práctica debe

cumplir en la Entidad. Dentro de este espacio se define aquello que la institución

espera conseguir como efecto directo del trabajo del estudiante. El propósito es

el objetivo central del trabajo del proyecto de práctica del estudiante y por lo

mismo permite orientar, monitorear y evaluar los resultados de la misma. Por

ejemplo: documentar los casos de violaciones de Derechos Humanos en el Valle

del Cauca en el periodo 2007-2008.

Page 18: Manual De Derecho

- PRODUCTOS: El estudiante debe precisar los productos que, siendo el

resultado de la ejecución de su proyecto de práctica, le permiten alcanzar el

propósito institucional que definió previamente. Los productos son la

“capacidad instalada” que el proyecto de práctica le deja a la institución y

generalmente se expresa en tópicos tales como el fortalecimiento de la

capacidad institucional desarrollada, comunidad educada y/organizada,

publicaciones, bases de datos, manuales, cursos, grupos de trabajo, etc. Los

productos deben ser garantizados por el practicante a través de la concreción de

diversas actividades. Junto a los productos debe especificarse indicadores

verificables que permitan la evaluación objetiva de los mismos. Por ejemplo:

Uno, construir una base de datos con las noticias sobre violaciones a los

derechos humanos que se han registrado en el 2007- 2008. Dos, establecer una

tipología sobre las diferentes violaciones de derechos humanos, el lugar

geográfico donde suceden y los actores que las cometen. Tres, recoger

testimonios de casos para reconstruirlos.

- ACTIVIDADES: Identificación de las actividades que se deben adelantar por

parte del practicante para lograr los productos que le permitirán cumplir con el

propósito de su práctica. Las actividades pueden ser entendidas como las

acciones necesarias para transformar los recursos disponibles en productos

durante los seis meses de la práctica. Por ejemplo: para el producto uno, se hace

una revisión diaria de la prensa escrita; se sistematiza esa información y se

clasifica cronológicamente y por tipo de delito.

¿En qué consiste el segundo eje vertical correspondiente a los indicadores?

Este eje, señala metas claras y cuantificables en los cuatro niveles anteriores (fines,

propósito, productos y actividades) y por lo mismo constituye la base para el monitoreo y

evaluación del proyecto de práctica. En otras palabras, este espacio permite el análisis

evaluativo de avances y resultados del proyecto, a través del cumplimiento de actividades.

¿En qué consiste el tercer eje vertical correspondiente a los medios de verificación?

Es la fuente donde el indicador toma la información. Es el registro del proyecto.

Supuestos

Considera los factores externos ajenos al control del trabajo del practicante pero que

influyen y determinan su trabajo.

Page 19: Manual De Derecho

9. DESARROLLO DE LA PRÁCTICA

Después de la aprobación del Proyecto de Práctica, el estudiante procede a desarrollarlo por

el tiempo restante, contando para ello con asesorías académicas y sometiéndose a las

evaluaciones de seguimiento estipuladas por la Universidad.

9.1 Asesorías Académicas de Práctica

La Asesoría Académica debe desarrollarse alrededor del Proyecto de Práctica, prestando

especial atención a los obstáculos y dificultades que se presenten durante su ejecución; son

de especial interés los aspectos personales comprometidos en esta experiencia, pues

constituyen el principal objetivo formativo a este nivel, los cuales pueden derivarse de las

anotaciones del estudiante en Práctica.

Para ello la Universidad reconoce veinte horas (20) en total durante el semestre de Práctica,

en los sitios y horarios que convengan los Asesores Académicos y el estudiante. Tres veces

al semestre, una al iniciar la práctica, otra en la mitad y otra al concluirla, se debe realizar

una asesoría académica con la participación del Asesor institucional, previamente

acordadas y de acuerdo con las posibilidades de quienes intervienen en ellas, dos veces en

la Entidad y una en la Universidad. Cuando se trate de docentes de planta, las asesorías que

no sean en la Entidad deben realizarse en las instalaciones de la Universidad o en su defecto

por vía virtual, cuando el estudiante está haciendo su práctica fuera de Cali.

El asesor académico, el asesor institucional o jefe directo y el estudiante en práctica, deben

reunirse tres veces por semestre para discutir, monitorear, dirigir y evaluar el proceso de la

práctica y el trabajo del practicante.

El asesor académico debe reunirse con el estudiante en práctica 17 veces durante su

práctica, para monitorear y orientar el trabajo del practicante. Estas reuniones deben ser

preferiblemente en persona pero también pueden hacerse vía Internet.

La asistencia a las asesorías académicas programadas es de carácter obligatorio para el

estudiante, y por tanto cualquier irregularidad en este sentido acarreará las sanciones

disciplinarias y académicas contenidas en los diferentes reglamentos de la Universidad.

Un asesor académico no puede cumplir al mismo tiempo con la función de ser asesor

institucional.

9.2 Evaluaciones de Seguimiento

Con el fin de asegurar el logro de los objetivos formativos comprometidos en la Práctica, en

su calidad de estrategia pedagógica, la Carrera de Derecho exige que se realice de manera

obligatoria por lo menos dos evaluaciones formales durante la práctica, una a la mitad del

proceso y otra en el cierre.

Por la concepción de educación que se tiene al interior de la Carrera y del estudiante como

sujeto activo y transformador de su propia formación, se requiere un sistema de evaluación

que facilite más la reflexión que la crítica, que favorezca el desarrollo del individuo y no su

descalificación, que incluya logros y potencialidades más que fracasos y equivocaciones y

Page 20: Manual De Derecho

que permita establecer áreas funcionales, áreas por desarrollar y estrategias y compromisos

específicos de mejoramiento del estudiante.

Desde esta perspectiva, la evaluación o el análisis del desempeño del estudiante más que

ser una actividad puntual de diligenciar un instrumento, se convierte en un proceso

continuo de comunicación entre aquel y sus asesores y pierde el carácter de "calificación

cuantitativa", para abrir espacio a una retroalimentación descriptiva mucho más

personalizada y enriquecedora para todos.

Para este efecto, el asesor académico debe diligenciar los formatos de evaluación en el

sistema de prácticas y el promedio de la segunda y tercera evaluación de seguimiento es la

nota final correspondiente a práctica, reportado oficialmente por la DPPE a la Secretaría

Académica de la Facultad para efectos de registro de notas.

Logísticamente la evaluación admite cualquier modalidad de concertación entre los

asesores y el estudiante, privilegiando el consenso que puede obtenerse en una sesión donde

se reúnan física o virtualmente los tres. La nota es un acto en el cual deben participar los

tres actores de este proceso pedagógico (estudiante, asesor o asesora académica y el asesor

institucional o jefe directo pero quien finalmente debe emitir la nota es el asesor o asesora

académica.

Para la evaluación de la práctica los porcentajes están distribuidos así:

Nota Porcentaje

Proyecto de práctica 30%

Evaluación competencias, segunda visita 30%

Evaluación competencias, tercera visita 30%

Autoevaluación 10%

Proyecto de práctica 30%, en el que el estudiante presentará lo que se hará durante la

práctica. La presentación debe hacerse por medios de informes que pueden estar

distribuidos así:

a. Informe de objetivos y metas: 15%

b. Informe de avance: - (Es opcional)

c. Informe de gestión: 15%

Page 21: Manual De Derecho

9.3 FINALIZACIÓN DE LA PRÁCTICA

El proceso de finalización de la Práctica comienza al iniciar el sexto mes del desarrollo del

proyecto y abarca dos semanas en las cuales, el estudiante debe elaborar y presentar su

informe final de práctica, así como adelantar las gestiones necesarias para un adecuado

relevo y empalme con el estudiante que lo vaya a reemplazar, si es el caso y así cumplir con

los seis meses calendario.

9.3.1 Informe Final de Práctica

Para la elaboración del informe final de Práctica el estudiante debe tomar como base el

proyecto inicialmente formulado, las evaluaciones realizadas y las actividades

desarrolladas.

Debe presentarse el último día de Práctica debidamente avalado por los Asesores

Académico e Institucional o jefe directo y el estudiante. Se recomienda que todas las

instancias conserven copia de este documento para fines de orientación a futuros

estudiantes. El Asesor Académico es responsable de entregar este documento en copia

magnética a la DPPE, junto con la evaluación de práctica, la evaluación del asesor

académico e institucional o jefe directo, la evaluación del sitio de práctica y los respectivos

formatos de cada una de las asesorías realizadas. Hasta que este requisito no se cumpla no

se registrará la nota de décimo semestre.

9.3.2 Relevo y Empalme

Cuando un estudiante vaya a ser reemplazado por otro, su última responsabilidad es

procurarle al entrante la mejor y más rápida adaptación a la Entidad en todas sus

dimensiones.

Esta obligación debe cumplirse de manera ordenada, planificada y rigurosa, de tal forma

que el nuevo estudiante en Práctica pueda formular su proyecto atendiendo los avances del

anterior y sus posibles aspectos inconclusos. Vale la pena resaltar que el estudiante en

Práctica debe velar, porque la Entidad haga una oportuna selección de su sucesor, para que

esta fase final pueda ser desarrollada plenamente.

Page 22: Manual De Derecho

10. INSTANCIAS Y RESPONSABILIDADES

10.1 Oficina de Desarrollo Profesional Y Prácticas Estudiantiles

10.1.1 Misión

Convertirse en un canal de proyección frente a las relaciones de la Facultad en cuanto a

estudiantes en práctica, en cada una de sus carreras, con el entorno local, regional, nacional

e internacional.

10.1.2. Objetivo General

Coordinar y establecer redes entre la Facultad y las Entidades generadoras de vínculos que

fortalezcan la relación académica y laboral de estudiantes practicantes, egresados y

empresarios.

10.1.3 Perfil

El coordinador de la DPPE, debe reunir los mismos requisitos de perfil que se exigen a todo

profesor y además debe haber desempeñado el rol de asesor académico de práctica al

menos durante un año, demostrando pleno conocimiento de los lineamientos estipulados en

el presente manual.

10.1.4 Dedicación

La DPPE debe tener dedicación de tiempo completo a la Universidad.

10.1.5 Funciones

Promocionar y promover en el entorno institucional, local, regional, nacional e

internacional, los diferentes servicios ofrecidos por la Facultad, para estrechar los

vínculos en actividades de prácticas académicas universitarias y vínculos laborales

empresarios.

Reglamentar todos los procesos y actividades relacionadas con la Práctica

Académica Universitaria que requieren las Carreras, con las instituciones que lo

solicitan.

Programar actividades periódicas con el fin de facilitar la transición de nuestros

estudiantes a la vida laboral, e involucrar al sector institucional en la formación

profesional de los mismos.

Promover el uso del sistema de información sobre oportunidades de empleo a través

de la Pagina Web de la Universidad, por parte de la comunidad institucional y de la

comunidad educativa.

Consolidar y administrar la base de datos para garantizar un manejo eficiente de la

bolsa de empleos de practicantes.

Page 23: Manual De Derecho

Llevar un control estadístico sobre el comportamiento de la situación laboral de

nuestros practicantes, en cuanto a: áreas de mayor empleo, áreas de mayor

oportunidad, salarios, funciones, liderazgo de los perfiles, características del

empleador, entre otras.

Definir y actualizar los indicadores de gestión y operación de la DPPE.

Elaborar un informe de gestión semestral sobre el estado de la práctica universitaria

de los estudiantes de la Facultad, integrando los resultados de las evaluaciones y

sugerencias hechas por las Entidades y la valoración de los indicadores de gestión.

Prestar asistencia a la Dirección de los Departamentos y de las Carreras y a la

Decanatura de la Facultad en labores administrativas y docentes relacionadas con

las funciones propias del cargo.

Coordinar y colaborar en la organización de eventos, propios de sus funciones.

Mantener una comunicación constante con los responsables de unidades u oficinas

de la Universidad con funciones similares, como la oficina de Egresados y la oficina

de Comunicaciones, con el fin de intercambiar experiencias exitosas y concertar

posiciones institucionales.

Lograr establecer criterios comunes entre las Facultades, para facilitar entre los

empresarios y la Universidad la comunicación y la consecución de practicantes.

Realizar las demás funciones afines con su cargo que sean asignadas por su jefe

inmediato.

10.2 ASESORES ACADÉMICOS

10.2.1 Misión

Asesorar conceptual y metodológicamente al estudiante en la elaboración y desarrollo de su

Proyecto de Práctica por medio de la realización de reuniones periódicas y evaluaciones de

retroalimentación, con el fin de garantizar la consecución de los objetivos formativos

implicados en este proceso.

10.2.2 Perfil

Los Asesores académicos, como integrantes del cuerpo Docente de la Carrera de Derecho,

deben reunir los mismos requisitos de perfil que se exigen a todo profesor y además

acreditar experiencia relevante y suficiente en el campo en que desean hacer tutorías,

demostrando pleno conocimiento de los lineamientos estipulados en el presente manual.

10.2.3 Dedicación

Cada Asesor académico debe dedicar a sus funciones directamente relacionadas con la

Práctica 20 horas al semestre por estudiante asignado.

Page 24: Manual De Derecho

10.2.4 Funciones

Orientar y evaluar las actividades de diagnóstico y búsqueda de información pertinentes

para que el estudiante elabore su Proyecto de Práctica.

Ayudar al Estudiante en el período inicial de adaptación a la Entidad.

Acordar con el Asesor Institucional o jefe directo la orientación específica de las

funciones y las posibilidades de trabajo del estudiante en Práctica en la Entidad.

Llevar a cabo las Asesorías con el estudiante con la intensidad establecida.

Realizar las Asesorías en las Entidades dos veces al semestre, para evaluar

periódicamente el desarrollo de la Práctica, en concertación con el Asesor Institucional y

el estudiante, a fin de detectar e intervenir oportunamente sobre los alcances logrados y

las problemáticas personales y técnicas, presentados por el estudiante y una vez en la

Universidad.

Mantener permanente comunicación con la DPPE, para garantizar que se expliciten las

necesidades de las Entidades, los logros y las dificultades de los estudiantes durante la

Práctica, la idoneidad de los sitios y cualquier otra información que ambas partes

consideren pertinente.

Asistir a las reuniones y actividades especiales convocadas por la DPPE.

Informar a la DPPE las Entidades que ofrezcan espacios nuevos o de renovación para

vincular futuros estudiantes.

10.3 ASESORES INSTITUCIONALES O JEFES DIRECTOS

10.3.1 Misión

Asesorar al estudiante en la elaboración y desarrollo de su Proyecto de Práctica, por medio

de la construcción de una relación permanente de orientación y control, con el fin de

garantizar la consecución de los objetivos de las Entidades implicadas en este proceso.

10.3.2 Perfil

El Asesor institucional o jefe directo debe ser un profesional, abogado, que acredite amplia

experiencia en el campo de práctica que va a asesorar, con disponibilidad para acompañar

al estudiante en el desarrollo de sus actividades y con pleno conocimiento del presente

manual.

10.3.3 Funciones

Facilitar al estudiante las condiciones de las Entidades y de apoyo personal, de tal

manera que la adaptación a la Entidad se lleve a cabo de manera óptima.

Acordar con el Asesor Académico la orientación específica de las funciones y las

posibilidades de trabajo del estudiante en Práctica en la Entidad.

Participar en las visitas de seguimiento que el Asesor Académico realice a la Entidad,

proporcionando la información que contribuya a dimensionar el desempeño del

estudiante.

Realizar, conjuntamente con el Asesor Académico y el estudiante, las evaluaciones de

desempeño del estudiante en Práctica Estudiantil estipuladas por el Reglamento de

Práctica.

Page 25: Manual De Derecho

Asistir a las actividades y reuniones a que sea invitado por parte de la Carrera de

Derecho, con el fin de consolidar las relaciones Universidad - Entidad y compartir

información que permita optimizar el proceso.

10.4 COMITÉ DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL

10.4.1 Misión

Definir y promover los lineamientos generales de la Práctica por medio del establecimiento

de pautas consensuales que permitan instaurar normas y velar por su cumplimiento

cotidiano.

10.4.2 Integrantes

Son integrantes habituales del Comité de Práctica, el Director de la Carrera, la

Coordinadora de Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles y los profesores

designados para tal fin. En casos especiales se podrá convocar un Comité ampliado con la

presencia de Asesores Académicos, Asesores Institucionales o jefes directos, o especialistas

decisivos para dirimir controversias con implicaciones particulares.

10.4.3 Periodicidad y Duración

Pueden convocarse reuniones extraordinarias cuando se presenten circunstancias

excepcionales que así lo exijan.

10.4.4 Funciones

La principal función del Comité de Práctica es dirimir las situaciones no contempladas

en el presente Manual, así como ajustar las normas y lineamientos que lo requieran para

su operación efectiva.

Decidir el cambio de Entidad y terminación anticipada de la Práctica. La DPPE analizará

la situación con los Asesores Académicos y Asesores Institucionales o jefe directo y el

estudiante correspondiente.

10.5 FUNCIONES DE OTRAS INSTANCIAS FRENTE A LA PRÁCTICA

10.5.1 Director (a) de Carrera

La Dirección de la Carrera decidirá sobre aquellas situaciones que exijan su intervención o

remitirá las que sean de competencia exclusiva de las instancias superiores de la

Universidad.

10.5.2 Instancias Superiores

Son instancias superiores la Decanatura de la Facultad de Humanidades y Ciencias

Sociales, el Consejo de la misma Facultad, la Decanatura del Medio Universitario, la

Dirección Académica General, el Consejo de Decanos y la Vicerrectoría de la Seccional.

Cualquier situación especial de carácter académico o disciplinario será remitida a estas

instancias cuando las circunstancias así lo exijan.

Page 26: Manual De Derecho

11. SOBRE PRÁCTICAS EN ZONAS DE RIESGO POR EL CONFLICTO

ARMADO

De acuerdo con las políticas de la Universidad, se presentan los criterios sobre prácticas en

zonas de riesgo por el conflicto armado.

Dada la creciente inseguridad vivida en distintas regiones de influencia de la Universidad y

considerando que no debemos renunciar a la responsabilidad que tenemos de ser lectores

críticos de estas realidades y que, como Universidad debemos encaminarnos hacia la

propuesta de alternativas de orden teórico y práctico con el fin de mejorar las condiciones

de vida y el desarrollo humano de las grandes mayorías, se elevó una consulta ante el

Comité de Decanos, presidido por el P. Joaquín Sánchez SJ. Rector de la Pontificia

Universidad Javeriana Bogotá, para unificar criterios en este sentido.

La Universidad reafirma y reconoce el servicio que presta al país y en especial a los más

necesitados, a través de las prácticas sociales de sus estudiantes. Es consciente también de

la responsabilidad que le asiste de velar por la seguridad de sus profesores y estudiantes. En

consecuencia, la autorización de prácticas estudiantiles en zonas de conflicto y alto riesgo,

deberá estudiarse y decidirse en cada caso, considerando necesariamente que la práctica se

desarrolle en el marco de un programa o un proyecto con el aval de una reconocida entidad

social. Igualmente, los estudiantes como sus acudientes deberán reconocer y aceptar para sí

y por escrito los riesgos implícitos en la realización de la práctica.

En dicha reunión se dieron los siguientes criterios:

La Universidad advierte la dificultad y le preocupa profundamente el desarrollo de

acciones académicas en zonas en las cuales la integridad física, la libertad y la vida

de los estudiantes y los profesores, se vean amenazadas.

En caso de que se considere importante la participación de estudiantes en práctica

en regiones en las que dicha amenaza, aunque presente, no sea inminente, se debe:

Cumplir con los procedimientos requeridos por las Carreras para elegir sitios de

práctica.

Advertir a los estudiantes y profesores sobre los riesgos que genera el

desplazamiento a dichos sitios.

Explicitar que la escogencia de los sitios de práctica, es una libre elección del

estudiante, supeditada a la aprobación de la institución, organización o empresa

oferente.

Privilegiar lugares en los cuales existen Proyectos de Instituciones u Organizaciones

reconocidas por su seriedad y cuyos objetivos sean coherentes con los de la

Universidad.

Recomendar a los estudiantes que den a sus padres la mayor información posible

acerca del sitio de práctica, sus posibilidades y limitaciones, de tal manera que

puedan contar con su consentimiento.

Page 27: Manual De Derecho

Tanto los estudiantes como sus acudientes deben reconocer y aceptar para sí y por

escrito los riesgos implícitos en la realización de está práctica.

Cumplidos estos requisitos se procede a la asignación de estudiantes al sitio de práctica y

de sus respectivos asesores.

Page 28: Manual De Derecho

12. REGLAMENTO PRÁCTICAS DE LA CARRERA DE DERECHO

El presente Reglamento está basado en El Reglamento de la Pontificia Universidad

Javeriana Cali, y en los derechos constitucionales de cada persona, de acuerdo a la

Constitución de 1991.

Capítulo I.

Artículo 1°. Definición de Práctica Estudiantil

La Práctica Estudiantil es una estrategia pedagógica que se inicia una vez que los

estudiantes de la Carrera de Derecho han cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos

de su respectivo Plan de Estudio. Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.

Su objetivo es consolidar y enriquecer las competencias de carácter profesional y

académico, que se consideran prioritarias para el ejercicio integral de la disciplina del

Derecho.

La Práctica Estudiantil es una asignatura que hace parte de la matrícula académica y que

equivale a 9 créditos del plan de estudios. Su carácter académico exige el seguimiento

permanente a los estudiantes, de forma tal que permita planear y realizar acciones claves de

mejoramiento en forma oportuna, y que en las fechas establecidas permita el reporte de

notas definitivas para el semestre

La Práctica Estudiantil consiste en la vinculación de un estudiante en una entidad

usualmente por 6 meses calendario, durante los cuales se formula y desarrolla un proyecto

de intervención con una dedicación de 25 horas semanales, y que debe cumplir con un total

final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la Entidad como de la

Universidad.

Sin embargo, dadas las características de la práctica en el campo educativo, en donde en la

mayoría de las veces los últimos meses de práctica coinciden con las vacaciones de las

entidades educativas, éstos deben ser compensados con una práctica de 30 horas a la

semana.

Dada la participación de personas cobijadas por diferentes reglamentos, se hace necesario

formular y divulgar criterios comunes que rijan para todos los involucrados, al menos en lo

concerniente a la dimensión académica de la práctica estudiantil, uno de los más

importantes es el proyecto de intervención.

Este Proyecto de los estudiantes en práctica, constituye una herramienta privilegiada para

materializar las intenciones de proyección comunitaria consagradas en la Misión de la

Universidad, y ello le confiere singular importancia a los criterios para la elección de sitios

de Práctica, en términos de la existencia de condiciones propicias para tal efecto.

Artículo 2°. Duración de la Práctica:

Las prácticas estudiantiles en la Carrera de Derecho tienen una duración mínima de seis

meses (24 semanas aproximadamente) con dedicación de 25 horas semanales, y que debe

Page 29: Manual De Derecho

cumplir con un total final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la

Entidad como de la Universidad.

Articulo 3º. - Modalidades de práctica Estudiantil

El semestre de Práctica Estudiantil puede realizarse en el país o en el exterior, bajo las

siguientes modalidades:

a) Práctica en Organizaciones: El estudiante puede vincularse a entidades de los sectores

público, privado o del tercer sector por un periodo mínimo de seis meses (24 semanas)

en el que laborará 25 horas semanales.

b) Práctica Investigativa: El estudiante se vincula a un proyecto de investigación de uno

de los grupos de investigación reconocidos por la Facultad y/o por grupos de otras

universidades con reconocido prestigio.

c) Proyectos Productivos y/o de Impacto Social. Se reconoce como práctica un proyecto

que el estudiante formule con indicadores de impacto y que cuente con el

reconocimiento de una contraparte que lo avale como de utilidad para una entidad

pública, privada o del tercer sector.

d) Práctica en el Exterior: El estudiante a través de la DPPE, se vincula a una Entidad que

acepte todos los requisitos de la práctica. La práctica en el exterior se aprueba una vez

el estudiante demuestre que tiene al día toda la documentación que legalmente lo

habilita para realizar esta labor fuera del país y en los términos del presente reglamento.

e) Creación de Empresa: El estudiante presenta un proyecto de crear su propia empresa.

Este proyecto debe estar respaldado y avalado por la Carrera desde el punto de vista

disciplinar y por el programa de Campus Nova, desde la idea de negocio.

Capítulo II. : REQUISITOS PARA REALIZAR EL SEMESTRE DE PRÁCTICA.

Artículo 4º.

Son requisitos para hacer el semestre de Práctica:

a. Haber cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos de su respectivo Plan de Estudio.

Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.

b. Haber cumplido y participado en todas y cada una de las actividades del Seminario

Taller de Equipamiento para el Trabajo, programadas por la (DPPE). Así mismo, correrá

con los costos de pólizas y otras garantías que se requieran para el desarrollo de la práctica

estudiantil.

c. Haber matriculado académica y financieramente la materia correspondiente a la Práctica.

d. Tener el proceso de inscripción a la práctica (al día). Diligenciado de acuerdo con las

normas internas de coordinación de prácticas estudiantiles de la Carrera de Derecho.

Page 30: Manual De Derecho

e. En caso de que el estudiante decida cancelar la materia, deberá obtener la autorización

del Coordinador (a) de prácticas estudiantiles y de la Dirección de Carrera, de conformidad

con lo establecido en los artículos 45, 46, 47 y 48, del Reglamento de estudiantes de

pregrado de la Pontificia Universidad Javeriana.

f. El estudiante no debe encontrarse sancionado disciplinariamente durante el semestre de

práctica.

Capítulo III: PROCESO DE PRESENTACIÓN DE HOJAS DE VIDA

Artículo 5°

Para inscribirse al proceso de Práctica Estudiantil el estudiante debe inscribirse durante las

reuniones de práctica.

Artículo 6º.

Adicionalmente, debe acreditar que conoce el Manual de Prácticas Estudiantiles, y el

presente Reglamento, firmando la carta de compromiso, en la que reconoce que cualquier

falta disciplinaria cometida en el sitio donde realiza el semestre de práctica será

considerada como una falta disciplinaria para la Universidad, y se procederá de acuerdo

con lo contemplado en el Reglamento del Estudiante Javeriano, capítulo VI, Faltas,

Sanciones y Procedimientos Disciplinarios.

Parágrafo Esta inscripción tiene valor provisional hasta tanto se conozcan las notas definitivas de las

asignaturas que esté cursando en ese momento.

Artículo 7º.

La DPPE enviará las hojas de vida de los estudiantes a las empresas que coincidan con el

perfil de cada practicante, teniendo en cuenta el estudiante que mientras no ha sido

seleccionado por ninguna empresa, debe continuar asistiendo a todas las entrevistas a las

cuales sea convocado.

Artículo 8º.

Si después de un máximo un mes el estudiante no ha sido seleccionado, la Oficina enviará

su hoja de vida a todas las instituciones que tiene en su base de datos, que tengan disponible

una vacante.

Capítulo IV: RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 9°.

Las siguientes faltas acarrearán al estudiante algunas de las formas de amonestación o de

las sanciones disciplinarias establecidas en Faltas Sanciones y Procedimientos

Disciplinarios de los estudiantes de pregrado, del Reglamento de la Pontificia Universidad

Javeriana Cali:

1. Cuando la oficina DPPE recibe información que un/una estudiante no ha asistido a una

entrevista para la cual ha sido citado/a con anticipación, ésta se cuenta como entrevista

Page 31: Manual De Derecho

realizada y el estudiante recibirá de la DPPE una amonestación por escrito, con copia a

la Dirección de la Carrera y a la hoja de vida.

2. Cuando un/una estudiante decide no continuar un proceso de selección o no acepta el

sitio de práctica que ha escogido, inmediatamente debe comunicar por escrito a la

DPPE, las razones que justifican su decisión. En caso de no hacerlo, recibirá

amonestación por escrito de la DPPE, con copia a la Dirección de la Carrera y a la hoja

de vida y continuará los procesos de selección.

3. Si el/la estudiante acepta el sitio de práctica, no puede cambiarlo de manera unilateral,

pues recibirá amonestación por escrito de la DPPE, con copia a la Dirección de la

Carrera y a la hoja de vida.

Parágrafo:

El Comité de Prácticas Estudiantiles estudiará razones de fuerza mayor que el/la estudiante

argumente, para no aceptar un sitio de práctica una vez se haya completado el proceso de

selección.

4 Si un/una estudiante que ha aceptado la práctica ofrecida, renuncia sin la autorización

de la DPPE, se le cancelará el semestre de práctica. No se le cuenta el tiempo que lleve

como practicante y por lo tanto, debe reiniciar el proceso de selección matriculándose

académica y financieramente en el semestre siguiente.

5 Si el estudiante es autorizado para cambiar el sitio de práctica, por motivos de fuerza

mayor inmediatamente se le presenta otra opción de práctica y no se le cobrará

matrícula nuevamente.

6 Un estudiante ingresa a una entidad como practicante y durante su semestre de

práctica, no podrá ocupar cargos y funciones que no coincidan con su periodo

formativo o que superen su condición de practicante

Capítulo V: DURACIÓN Y CONTINUIDAD DE LA PRÁCTICA

Artículo 10°.

La práctica tiene una duración de 6 meses calendario y una intensidad horaria de 25 horas

semanales.

Capítulo VI: PERMISOS ESPECIALES

Artículo 11°

El Asesor Académico y el Asesor Institucional, acordarán la autorización de los permisos

especiales solicitados por el estudiante. Si es un permiso de un día sólo debe reportarlo a su

jefe inmediato y al asesor académico. Si es un permiso de dos días debe ser autorizado por

escrito por ambos asesores. A partir del tercer día debe enviar primero una carta a la DPPE

para su aprobación.

Page 32: Manual De Derecho

Artículo 12°

El Estudiante tendrá derecho a disfrutar los períodos de vacaciones sólo en los casos en que

la entidad tenga vacaciones colectivas, aunque estas vacaciones debe reponerlas trabajando

más de 25 horas a la semana. A sí mismo, se abstendrá de solicitar licencia para el período

ínter semestral académico.

Artículo 13°

Toda incapacidad mayor a 3 días durante el periodo de práctica, deberá el estudiante

reponer el tiempo de dicha incapacidad al final de práctica, debido a que este es un proceso

formativo y de aprendizaje que implica cumplir con un número de horas establecido, con

los objeticos establecidos y un proyecto de práctica.

Capítulo VII: CAMBIOS DE SITIO DE PRÁCTICA

Artículo 14°

El Estudiante cumplirá el tiempo reglamentado para su período de Práctica Estudiantil en

una sola Entidad.

Artículo 15°

Cuando el Estudiante deba cambiar de sitio de práctica por razones válidas, estudiadas en el

Comité de Práctica, tendrá derecho a que la DPPE le colabore en la búsqueda de un nuevo

sitio y a que se le tome en cuenta como tiempo de Práctica el que laboró en la primera

Entidad, que como mínimo deben ser tres (3) meses.

Artículo 16°

Los cambios de sitio de Práctica o la prolongación de la misma, deben ser autorizados por

el Comité de Práctica. El pago de los honorarios extras del asesor o asesora académica será

asumido por el propio estudiante. Cuando la práctica se prolonga, ésta debe seguir siendo

evaluada y luego las notas promediadas con el semestre anterior cursado.

Capítulo VIII: CAUSALES PARA UNA SUSPENSIÓN TEMPORAL

Artículo 17°

El incumplimiento sin causa justificada a una fecha de vinculación que el estudiante haya

concertado con una Entidad, no mayor de quince días calendario, será causal de una

suspensión por seis meses calendario de su práctica.

Artículo 18°

El rechazo comprobado a participar en un proceso de selección por criterios poco

profesionales, entre otros, la exigencia de remuneración por el desempeño de la Práctica

Formativa, será causal de una suspensión por seis meses calendario

Page 33: Manual De Derecho

Artículo 19°

La vinculación del Estudiante en una Entidad que no haya sido evaluada ni aceptada por la

Facultad, implica que éste debe comenzar de nuevo el proceso de selección, pues no se le

validará el proceso vivido en esa Entidad.

Artículo 20°

La pérdida de una asignatura en el semestre en curso, será causal de una extensión temporal

por seis meses calendario de su práctica.

Capítulo IX: CAUSALES DE PÉRDIDA ACADÉMICA DE UN SEMESTRE DE

PRÁCTICA

Artículo 21°

Si se da por terminada la práctica a causa de una falta disciplinaria, quedará sometido a lo

dispuesto en el Reglamento Estudiantil.

Artículo 22°

El estudiante debe asistir al menos al 80 % de las asesorías de práctica, de lo contrario

perderá la asignatura. Para el semestre de práctica estudiantil son 20 sesiones de asesoría en

total.

Artículo 23°

La inasistencia al sitio de práctica por tres días consecutivos, o cinco veces a lo largo del

semestre, sin causa justificada, avalada por el Comité de Prácticas; es perdida de la

asignatura.

Artículo 24°

El retiro de un estudiante de una Entidad sin consultar previamente a las instancias

pertinentes, en su orden: Asesor Institucional o jefe directo, Asesor Académico, DPPE,

Director (a) de la Carrera, es causal de pérdida da la práctica.

Artículo 25°

Las faltas a la ética profesional, debidamente comprobadas, se deben regir por el

Reglamento de Estudiantes de la Universidad.

Artículo 26°

Cuando se pierde la asignatura práctica estudiantil, el estudiante debe iniciar de nuevo todo

el proceso administrativo, financiero y académico. En lo que corresponde al proceso

financiero y académico, debe ajustarse a las políticas y fechas estipuladas por la

Universidad. Para el proceso administrativo, se debe presentar de nuevo al estudiante a la

Entidad interesada y seguir con el proceso que usualmente se realiza. El asesor o asesora

académica, no deberá seguir ejerciendo sus funciones, hasta tanto no se oficialice el

nombramiento, ratificando o asignando un nuevo asesor académico por parte de la DPPE.

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Capítulo X: SITUACIONES DE LAS ENTIDADES

Artículo 27°

Si en una Entidad son incumplidos los acuerdos iniciales que dieron lugar a su aceptación

como sitio de práctica; es deber del Asesor académico informarlo oportunamente a la

Coordinación de la Oficina Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles. Ésta evaluará

la gravedad de la situación y dependiendo de ello, podrá recurrir al Comité de Práctica

Estudiantil para amonestar por escrito o suspender temporalmente los procesos en curso si

fuese necesario, hasta cuando se restablezcan objetivamente las condiciones mínimas

aceptables.

Artículo 28°

Cuando una Entidad incurra en faltas de singular gravedad, de acuerdo con los criterios del

Comité de Práctica y del Manual, el (la) Asesora académica (o) deberá informarlo a la

DPPE para que convoque una sesión extraordinaria del Comité de Práctica, con el fin de

decidir sobre la posible cancelación definitiva de la Entidad hacia el futuro como Sitio de

Práctica.

Capítulo XI: SITUACIONES DE LOS ASESORES

Artículo 29°

Cualquier incumplimiento a los compromisos establecidos en el Manual y Reglamento de

prácticas estudiantiles, y de acuerdo al Reglamento de la Seccional, por parte de un asesor

académico, debe ser notificado oportunamente por el estudiante afectado a la DPPE; éste

evaluará la gravedad de la situación y dependiendo de ello procederá de acuerdo con los

siguientes lineamientos:

Si la falta es leve, o cuando se comete por primera vez, se hará un llamado de atención

verbal al docente.

Si la falta es grave o es reincidencia de una falta leve, lo suspenderá de su función,

informando a la Dirección del Departamento y de la Carrera.

Capítulo XII: EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA

Artículo 30º.

La práctica hace parte del currículo y plan de estudio, constituye una asignatura con

contenidos específicos y diversos, así como con objetivos propios, por tanto, de acuerdo

con el Reglamento del Estudiante Javeriano en su capítulo IV, evaluaciones académicas,

numeral 62, el semestre de práctica estudiantil será evaluado mediante una calificación

numérica de 1 a 5.

Page 35: Manual De Derecho

Artículo 31°

La evaluación académica se hará tanto del desempeño dentro de la Práctica, como del

cumplimiento de todos los requisitos exigidos para llevar adelante este proceso. El asesor

académico, el asesor institucional o jefe directo y el estudiante, deben diligenciar todas las

evaluaciones, formatos contemplados en el Manual de Prácticas Estudiantiles, en las fechas

establecidas para ello, pues de lo contrario, no se pasará nota la Secretaría Académica hasta

tanto todo esté en orden.

El semestre de práctica no queda aprobado hasta tanto el estudiante no cumpla con:

a. Las evaluaciones debidamente ingresadas al sistema por el asesor académico, incluyendo

la evaluación que debe realizar el asesor institucional o jefe directo y el estudiante.

b. El formato de seguimiento de todas y cada una de las asesorías realizadas durante el

semestre por el asesor académico y el estudiante.

c.El proyecto final de práctica.

d.Copia del contrato, si está por contrato de trabajo o aprendiz

Artículo 32°

El asesor académico debe realizar visitas al sitio de práctica al inicio de la práctica (excepto

los que tienen práctica fuera del Valle del Cauca), con el fin de darse a conocer y acordar

los momentos de evaluación del estudiante una vez más en la Entidad y otra en la

Universidad.

Para la evaluación de la práctica los porcentajes están distribuidos así:

Nota Porcentaje

Proyecto de práctica 30%

Evaluación competencias, segunda visita 30%

Evaluación competencias, tercera visita 30%

Autoevaluación 10%

Artículo 33°

Proyecto de práctica 30%, en el que el estudiante presentará lo que se hará durante la

práctica. La presentación debe hacerse por medio de informes que pueden estar distribuidos

así:

d. Informe de objetivos y metas: 15%

e. Informe de avance: - (Es opcional)

f. Informe de gestión: 15%

Durante el semestre de Práctica, el estudiante recibirá 20 visitas por parte del asesor

académico, las cuales se deberán registrar en el sistema de prácticas. T res de estas

Page 36: Manual De Derecho

asesorías serán en conjunto con el estudiante, el asesor institucional o jefe directo y el

asesor académico, donde evaluarán cada uno de los diferentes aspectos allí planteados.

En la última evaluación el asesor institucional o jefe directo debe diligenciar la evaluación

sobre la Carrera a la que pertenece el practicante, la cual se encontrará disponible en el

sistema de prácticas, cuando se hayan completado las dos evaluaciones de competencias y

de proyecto.

Artículo 34°

Una vez el asesor académico y el asesor institucional o jefe directo diligencien todos los

formatos de evaluación que corresponden al proceso; el estudiante debe ingresar al sistema

de prácticas y diligenciar la autoevaluación y demás evaluaciones que se encuentran

habilitadas para finalizar su proceso de prácticas.

Artículo 35°

Mensualmente el estudiante debe reportar a la DPPE, la actualización del carné de la EPS a

la que está vinculado.

Artículo 35° Deberes

Son deberes de los estudiantes practicantes:

1. Cumplir responsablemente con los términos de la Práctica.

2. Participar activamente junto con la Oficina DPPE de la Facultad de Humanidades y

Ciencias Sociales en la consecución de organizaciones idóneas para el desarrollo de la

práctica estudiantil.

3. Cumplir responsable y eficientemente con el objeto de la actividad encomendada.

4. Respetar las políticas y normas internas de la Entidad donde realice su práctica.

5. Reportar por escrito a la Oficina DPPE cualquier cambio o novedad en su Práctica o

actividades.

6. Entregar los informes y demás documentos requeridos dentro de las fechas y plazos

establecidos por la Oficina DPPE.

Artículo 37. Derechos

Son derechos de los estudiantes practicantes:

7. Concertar la fecha de iniciación y la fecha de terminación de la práctica con la entidad,

siempre que se encuentre dentro del período académico programado para la práctica.

8. Conocer las responsabilidades y actividades que debe realizar en desarrollo de su

práctica

9. Recibir orientación, asesoría y seguimiento durante el período de prácticas.

10. Recibir el reconocimiento de los créditos académicos a que haya lugar por realizar la

práctica.

Page 37: Manual De Derecho

Artículo 38°

De acuerdo con los puntos 2 y 5 del Reglamento del Estudiante Javeriano, Capítulo I,

denominado Disposiciones Generales, el estudiante matriculado en la asignatura

correspondiente a la práctica y quien queda adscrito a la Facultad de Humanidades y

Ciencias Sociales debe cumplir y aceptar los Reglamentos y Estatutos de la Universidad en

todas sus partes.

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ANEXOS Anexo. 1

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SOLICITUD DE PRACTICANTES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES- PONTIFICIA

UNIVERSIDAD JAVERIANA CALI.

DERECHO

La siguiente información es importante para hacer registro y seguimiento de la

práctica del estudiante. Marque con una X según el criterio correspondiente:

INFORMACIÓN DE LA EMPRESA:

Nombre Completo:

Ciudad- País:

Actividad:

Dirección:

Sector: Privado: Publico: Mixto: Tercer Sector:

CONTACTO DE GESTIÓN HUMANA:

Nombres y Apellidos: Correo Electrónico:

Teléfono y Celular:

DATOS DEL JEFE DIRECTO DEL ESTUDIANTE:

Nombre completo y Cargo: Correo Electrónico:

Teléfono y Celular

INFORMACIÓN DE LA OFERTA:

Existe departamento Jurídico u Otro abogado de planta en la Entidad? Si: No:

Carrera: DERECHO Modalidad: Empresarial: Social: Investigación: Emprendimiento:

PERFIL: FUNCIONES: CURSOS (Excel, Word):

Alguna inquietud sobre el diligenciamiento de la solicitud puede escribirnos o llamarnos al: [email protected] o al teléfono 3218741, con mucho gusto le estaremos brindando la información al respecto.

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Anexo. 2 Santiago de Cali, 01 de octubre de 2013. Señores COMITÉ DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL Carrera de DERECHO Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales La Universidad

Les informo mi interés de iniciar el próximo semestre académico, el proceso de Práctica Estudiantil. Por ello, confirmo que conozco y acepto mis obligaciones académicas y administrativas que debo cumplir durante el proceso de Práctica Estudiantil, de acuerdo con las normas establecidas en el Manual y el reglamento de prácticas y a la realización de la sistematización de la misma. Adicionalmente me estaré informando de las modificaciones que posteriormente se presenten.

Atentamente ____________________________ (firma) NOMBRE: CÓDIGO: CEDULA: Para uso de la ODPPE RECIBIDO: Fecha: Día _______ Mes ________ Año ________ Hora: AM PM

FFAACCUULLTTAADD DDEE HHUUMMAANNIIDDAADDEESS YY CCIIEENNCCIIAASS

SSOOCCIIAALLEESS

OOffiicciinnaa DDeessaarrrroolllloo PPrrooffeessiioonnaall yy PPrrááccttiiccaass EEssttuuddiiaannttiilleess

CCAARRTTAA DDEE CCOOMMPPRROOMMIISSOO

CCóóddiiggoo:: FO-PRD-06

FFeecchhaa ddee eemmiissiióónn:: 88 ddee AAbbrriill ddee 22000088..

VVeerrssiióónn:: 33..

PPáágg..:: 11..

Page 41: Manual De Derecho

FFAACCUULLTTAADD DDEE HHUUMMAANNIIDDAADDEESS YY CCIIEENNCCIIAASS SSOOCCIIAALLEESS OOffiicciinnaa DDeessaarrrroolllloo PPrrooffeessiioonnaall yy PPrrááccttiiccaass EEssttuuddiiaannttiilleess

CCAARRTTAA EEXXOONNEERRAACCIIÓÓNN

RREESSPPOONNSSAABBIILLIIDDAADD PPAARRAA

PPRRAACCTTIICCAANNTTEESS

CCóóddiiggoo:: FO-PD-16

FFeecchhaa ddee eemmiissiióónn:: 88 ddee AAbbrriill ddee

22000088..

VVeerrssiióónn:: 22

PPáágg..:: 11..

Anexo. 3

Santiago de Cali, 01 de octubre de 2013

Señores

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

Cali

Nombre Apellidos, mayor de edad, identificado con la cédula de

ciudadanía número NUMERO y el código estudiantil número NUMERO,

estudiante de la Carrera de Derecho en la Universidad, hábil para

contratar y obligarme, actuando en mi propio nombre y representación,

por medio de este escrito manifiesto que libremente he tomado la

decisión de desarrollar mi práctica estudiantil, correspondiente a la

materia Práctica Integral I, en SITIO, y por lo tanto, exonero a la

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA de cualquier

responsabilidad por mi trabajo en el sitio mencionado y de cualquier

riesgo que esté relacionado con mi desempeño y mi desplazamiento.

Estoy desarrollando mi práctica formativa, en SITIO. La misma tiene

una duración desde el FECHA DE INICIO al FECHA DE

TERMINACION.

Para constancia de lo anterior, firmo este documento el día martes, 01

de octubre de 2013.

NOMBRE Y APELLIDOS ESTUDIANTE CC. NUMERO

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LA HOJA DE VIDA

La elección del modelo de hoja de vida depende de cada persona. Sin embargo, es importante considerar que la hoja de vida debe reflejar el desarrollo profesional. Elaborar la hoja de vida requiere el conocimiento de sí mismo y la capacidad para precisar las acciones que desde su formación personal y profesional ha podido realizar.

La hoja de vida inicia con una carta de presentación, continua con la presentación de unos datos demográficos, un brevísimo perfil personal en función de lo laboral, incluye la formación académica, continua con la experiencia laboral describiendo aprendizajes y logros obtenidos en el desempeño de las funciones y finaliza con reconocimientos en este nivel. Debe ocupar máximo de DOS (2) páginas.

A continuación se dan unas indicaciones generales sobre cómo realizarla y se presenta el modelo de hoja de vida para la FHCS.

Page 56: Manual De Derecho

ESQUEMA DE HOJA DE VIDA

MODELO DE HOJA DE VIDA 1. Datos personales:

a. Nombre completo. b. Documento de identidad. c. Dirección de residencia. d. Ciudad – País. e. Teléfonos: residencia y celular. f. E-mail.

2. Perfil

a. Incluye carrera, campo de interés o énfasis, enfoque en el caso de la

Psicología, habilidades y dominio conceptual en áreas académicas y habilidades en general. Se puede incluir dominio de idiomas, sistemas, etc.

3. Estudios

a. Estudios formales realizados y certificados (posgrado, pregrado,

colegio, inglés, sistemas) con fechas de inicio y finalización. Se presentan del último hacia atrás. Se escribe así: Título de la Carrera. Institución educativa. Ciudad. Semestre. Fecha de inicio y finalización. Incluir otras carreras aunque no hayan sido finalizadas, último semestre cursado, fechas. Se escribe así: Nombre de la Carrera. Universidad. Fecha de inicio y de finalización.

4. Experiencia Académica

a. Proyectos relevantes o reconocidos, trabajos de grado:

Título, área temática, institución en la que se lleva a cabo la aplicación o implementación.

5. Actualización Profesional

a. Cursos, seminarios, congresos relacionados con la formación

profesional exclusivamente.

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Se escribe así: Nombre del curso. Ciudad, fecha. 6. Grupos y Asociaciones (opcional)

a. Nombre del gremio al que pertenece, fecha de vinculación.

7. Experiencia Laboral (opcional)

a. Nombre de la organización o negocio propio, con fechas de

vinculación y retiro. b. Funciones y logros obtenidos en la organización.

8. Otras Actividades y Talentos (opcional)

a. Actividades b. Talentos (culturales, deportivos, manuales).

9. Firma, nombre completo y fecha. RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE LA HOJA DE VIDA 1. La hoja de vida para la Práctica Estudiantil y para el Seminario Taller de

Equipamiento para el Trabajo no incluye el logo de la Universidad en la cabecera; si lo desea, puede imprimirlo como “marca de agua”.

2. La hoja de vida debe imprimirse en papel Kimberly. Para realizar el

entrenamiento en entrevista, debe colocarse en una carpeta (también en papel Kimberly) que combine con las hojas.

3. La hoja de vida que se empleará en la Práctica Estudiantil no lleva foto. 4. Se puede incluir “carta de presentación” en las hojas de vida que se emplearán

para el ejercicio profesional una vez se ha egresado de la Carrera. Hay que tener presente que si se incluye esta carta, la hoja de vida no lleva la firma.

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CARTA DE PRESENTACIÓN Santiago de Cali, Abril 15 de 2008 Señora JULIANA PINZÓN Congreso de la República Ciudad Tengo el gusto de presentarle mi hoja de vida, para ser considerada dentro de su proceso de selección en el cargo de Abogado. Conozco los servicios que ofrece el Congreso de la República, por esta razón me siento motivada para mi ejercicio profesional en él. Estudiante de Decimo semestre de Derecho en la Pontificia Universidad Javeriana Cali, con Énfasis en derecho Privado, presentando especial conocimiento y particular interés en las áreas de Derecho Comercial y Empresarial. Persona proactiva, con capacidad y habilidad para desempeñarse en el ámbito empresarial e interpersonal y para el desarrollo de trabajo y proyectos de grupo. Excelentes cualidades personales; Honestidad, Liderazgo. Me gustaría tener una entrevista con usted para ampliar la información que contiene mi hoja de vida. Espero su llamada. Atentamente, MARÍA FERNANDA ESCOBAR C.C. # 1.107.048.300 de Cali

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MARÍA FERNANDA ESCOBAR C.C. # 1.107.048.300 de Cali

Cll 58 A 1B-Bis 16 Cali-Colombia

4390868-315 4788014 [email protected]

Perfil Estudiante de Derecho Habilidades para el trabajo interdisciplinario y en equipo. Carácter propositivo y crítico, especial interés en la comunicación política, marketing y derechos humanos. Interesada en seguir proponiéndome y superando nuevas metas. Destrezas para trabajar y manejar situaciones bajo presión y en periodos cortos. Interés en la actualización profesional. Manejo de Programas de animación, diseño y páginas Web.

Estudios • Derecho, Pontificia Universidad Javeriana, Santiago de Cali, IX

semestre, 2005 a la fecha

• Bachillerato, Colegio San Luís Gonzaga, Cali 2003

Experiencia Académica

• Proyecto de grado: “Seguridad y Factibilidad jurídica de realizar transacciones mediante títulos valores representativos de mercaderías”.

Actualización Profesional

• Congreso Internacional “JUSTICIA Y DEMOCRACIA EN EL SIGLO XXI” Universidad Santiago de Cali.

• Seminario taller “ Sociedad por Acciones Simplificadas.

Experiencia Laboral

• Expo javeriana. Monitoria y promoción,2009 • Seaway Ltda. Marítimos Mayo- Agosto 2008 • Giraldo Neusa Y Asociados Asesores Jurídicos E INMOBILIARIOS.

Asesora de ventas de bienes inmuebles

Otras actividades y talentos

• Miembro de la liga de patinaje del valle del cauca Firma