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CONTENIDO
Pág.
1. OBJETIVO …………………………………………………………………………
2. ALCANCE ………………………………………………………………………….
3. DOCUMENTOS RELACIONADOS ……………………………………………..
4. VISION ……………………………………………………………………………...
5. MISIÓN ……………………………………………………………………………..
6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ……………………………………………….
7. JUNTA DIRECTIVA . ……………………………………………………………..
8. AUDITORIA INTERNA ……………………………………………………………
9. PRESIDENCIA …………………………………………………………………….
10. CONSULTORÍA JURIDICA ……………………………………………………
11. COORDINACION DE PROMOCION Y DESARROLLO SOCIAL …………
12. COORDINACION DE PLANIFICACION Y CONTROL DE GESTION ……
13. OFICINA DE INFORMÁTICA ………………………………………………….
14. OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO …………………………………
15. ARCHIVO GENERAL …………………………………………………………..
16. GERENCIA DE FISCALIZACION Y RECAUDACIÓN ……………………..
17. DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN …………………………………….
18. DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN ……………………………………..
19. GERENCIA DE OPERACIONES ……………………………………………...
20. DEPARTAMENTO DE TRAMITES MINEROS ………………………………
21. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS BASICOS ………………………………
22. GERENCIA DE ADMINISTRACION ………………………………………….
23. DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ……………………………
24. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS………………….
25. OFICINA DE RECEPCION …………………………………………………….
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1. OBJETIVO:
Establecer, documentar e implementar las funciones que deben desempeñar las
unidades organizativas que conforman el Instituto Autónomo Minas Bolívar
(IAMIB), a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Minas del estado
Bolívar y su Reglamento.
2. ALCANCE:
Está dirigido al Instituto Autónomo Minas Bolívar (IAMIB) y sus unidades
adscritas.
3. DOCUMENTOS RELACIONADOS:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
Constitución del Estado Bolívar.
Código Orgánico Tributario.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, y sus reglamentos.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.
Ley Orgánica de Procedimientos Administración.
Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos.
Ley de Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras.
Ley Contra la Corrupción.
Ley de Minas del Estado Bolívar.
Reglamento de la Ley de Minas del Estado Bolívar.
Reglamento de la Ley de Orgánica de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
Reglamento sobre la Organización del Control Interno en la Administración Publica Nacional y otros
Normas Generales de Control Interno.
Procedimientos de Elaboración y Control de los Documentos del IAMIB.
Todo ordenamiento Jurídico Vigente.
4. VISIÓN:
Ser reconocido a nivel nacional, como entidad modelo, autogestionaria,
respetuosa del ambiente, innovadora, con altos estándares de desempeño en sus
funciones; promotor del desarrollo integral de la Minería no Metálica del Estado
Bolívar.
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5. MISION:
Ejercer la competencia exclusiva sobre la exploración, explotación, organización,
administración y aprovechamiento sustentable de los recursos minerales no
metálicos en el Estado Bolívar, no reservados al Poder Ejecutivo Nacional,
garantizando la recaudación y control de los impuestos, la autogestión y la
prestación de servicios de calidad a satisfacción de nuestros clientes,
promoviendo el desarrollo económico de la región con marcada responsabilidad
social.
6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.
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7. JUNTA DIRECTIVA 7.1 OBJETIVO: Ejercer la máxima dirección y ejecutar las políticas del Instituto en atención a las directrices emanadas del Poder Ejecutivo del estado Bolívar, según las políticas determinadas por el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del estado Bolívar. 7.2 ADSCRIPCIÓN:
N/A
7.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Miembros de Junta Directiva. 7.4 FUNCIONES:
7.4.1 Ejercer la máxima representación del Instituto y aplicar las
políticas implantadas por el Consejo de Planificación de Políticas
Públicas del estado Bolívar.
7.4.2 Aprobar el Reglamento Interno del Instituto, una vez que sea
sometido a la consideración del Gobernador del Estado.
7.4.3 Considerar los proyectos y solicitudes que le sean presentados a los
fines de su aprobación.
7.4.4 Aprobar y ordenar la ejecución del presupuesto de Ingresos y
Egresos de cada ejercicio fiscal, así como los traslados de partidas.
7.4.5 Aprobar el régimen de personal del Instituto de conformidad con lo
que establezca el Reglamento Interno de Funcionamiento.
7.4.6 Aprobar la celebración de compromisos financieros.
7.4.7 Autorizar al Presidente para nombrar apoderados judiciales,
quienes ejercerán la representación del Instituto en los términos que
señalen los respectivos mandatos.
7.4.8 Autorizar la adquisición, enajenación o cesión de bienes, créditos o
derechos del Instituto, previo cumplimiento de las normas
legales pertinentes, cuando dichas operaciones exceda de Dos Mil
Quinientas Unidades Tributarias (2.500 U.T.)
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7.4.9 Autorizar la constitución de gravámenes, así como el otorgamiento
de fianzas o garantías a favor de terceros.
7.4.10 Presentar al Gobernador del Estado, por Órgano del Presidente, el
informe de la cuenta de la gestión del Instituto al cierre de cada
Ejercicio Fiscal.
7.4.11 Autorizar las solicitudes de ausencia temporal de los Directores,
siempre que estas excedan de quince (15) días y convocar al
suplente respectivo. Las ausencias del Presidente que excedan de
quince (15) días, serán suplidas por el Director que designe el
Gobernador del Estado. En caso de ausencia absoluta el Gobernador
designara un nuevo Presidente.
7.4.12 Aprobar los planes operativos del Instituto.
7.4.13 Aprobar anualmente el informe de la cuenta de su gestión y los
Estados financieros del Instituto.
7.4.14 Resolver acerca de la creación, ampliación, reducción o supresión de
servicios y dependencias del Instituto.
7.4.15 Aprobar, la constitución de empresas y/o la adquisición de acciones o
participaciones en sociedades cuyas actividades sean afines o
conexas con su objetivo, previa autorización del Gobernador del
estado Bolívar.
7.4.16 Establecer planes para la formación y capacitación del personal que
sea necesario para su funcionamiento.
7.4.17 Aprobar la aplicación de las causales de caducidad.
8. AUDITORIA INTERNA
8.1 OBJETIVO:
Ejercer el control, vigilancia y fiscalización practicando auditorias continuas con el
objetivo sistemático y profesional de evaluar las actividades administrativas,
financieras y operativas del Instituto, para determinar su pertinencia y
confiabilidad, así como la evaluación de la eficiencia, eficacia, calidad de la gestión
y los procedimientos de control interno aplicados dentro del IAMIB.
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8.2. ADSCRIPCIÓN:
La Unidad de Auditoría Interna está adscrita a la Junta Directiva del IAMIB.
8.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Auditor Interno.
8.4 FUNCIONES:
8.4.1 Ejercer el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y
bienes del IAMIB, realizando auditorias continuas a las unidades
administrativas y operativas adscritas al instituto.
8.4.2 Coordinar la elaboración del proyecto de presupuesto de la unidad de
auditoría interna.
8.4.3 Realizar auditorías y averiguaciones de todo tipo y de cualquier
naturaleza en el Instituto, para verificar la legalidad, exactitud,
sinceridad y corrección de sus operaciones.
8.4.4 Verificar la exactitud y sinceridad de los procesos administrativos del
IAMIB, ejerciendo el control posterior sobre la ejecución del
presupuesto del Instituto.
8.4.5 Emitir Informes de recomendación de las actuaciones practicadas, a
los responsables de las unidades evaluadas y a las demás
autoridades, con el fin de subsanar deficiencias detectadas en las
áreas examinadas cuando sea posible.
8.4.6 Ejercer la potestad investigativa, de conformidad con lo previsto en la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema
Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.
8.4.7 Iniciar, sustanciar y decidir los procedimientos administrativos para la
formulación de reparos, declaratorias de responsabilidad
administrativa o imposición de multas, de conformidad con lo previsto
en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del
Sistema Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.
8.4.8 Recibir las denuncias de particulares o las solicitudes que formule
cualquier órgano, ente o empleado público, vinculadas con la
comisión de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición
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legal o sub-legal, relacionados con la administración, manejo y
custodia de fondos o bienes públicos, del órgano o ente sujeto a su
control.
8.4.9 Presentar el informe de gestión anual de la unidad de auditoría
interna a la máxima autoridad jerárquica del Instituto y a la
Contraloría General de la Republica
8.4.10 Ejercer el control perceptivo posterior de conformidad con la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema
Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.
8.4.11 Realizar seguimiento al plan de acciones correctivas implementadas
por el órgano o ente sujeto a control, con la finalidad de que se
cumplan las recomendaciones contenidas en los informes de
auditoría o de cualquier actividad de control.
8.4.12 Recibir las cauciones presentadas por los funcionarios encargados
de la administración y liquidación de ingresos o de la recepción,
custodia y manejo de fondos o bienes públicos, antes de la toma de
posesión del cargo.
8.4.13 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
8.4.15 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por las unidades adscritas y determinar los
mecanismos de mejora continua.
9. PRESIDENCIA
9.1 OBJETIVO:
Coordinar, analizar, formular, controlar y elaborar el plan operativo y funcional, el
presupuesto anual; el Plan de la calidad del Instituto a fin de contribuir a garantizar
la consolidación y consecución de los proyectos de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Ley de Minas del estado Bolívar y su Reglamento. Así como,
promover y coordinar la explotación, organización, recaudación y control de las
sustancias minerales No Metálicas del Estado Bolívar, a fin de optimizar los
procesos de administración y Operación Minera, la infraestructura asociada, y
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asegurar la participación de las comunidades incluyendo la conservación
ambiental.
9.2 ADSCRIPCIÓN:
La Presidencia del Instituto se encuentra adscrita a la Junta Directiva.
9.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Presidente.
9.4 FUNCIONES:
9.4.1 Ejercer la representación legal del Instituto.
9.4.2 Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Directiva.
9.4.3 Otorgar y revocar poderes judiciales y extrajudiciales, a objeto de
defender los intereses del Instituto, previa aprobación de la Junta
Directiva.
9.4.4 Conocer y resolver todos los actos, operaciones y negocios que
afecten al Instituto.
9.4.5 Abrir y movilizar cuentas bancarias, firmar los contratos, órdenes de
pago y cheques de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
de la Ley de Minas del estado Bolívar.
9.4.6 Dirigir, organizar, coordinar y formular las Normas de Operación de
Procedimientos Administrativos, de Organización y de
Funcionamiento.
9.4.7 Nombrar, remover o destituir el personal del Instituto y establecer las
remuneraciones correspondientes de conformidad con las leyes, el
Reglamento Interno de Funcionamiento y previa aprobación por la
Junta Directiva.
9.4.8 Elaborar el Reglamento Interno del Instituto, presentarlo a la Junta
Directiva y elevarlo al Gobernador del Estado para su consideración.
9.4.9 Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Junta Directiva.
9.4.10 Elaborar el Proyecto de Presupuesto del Instituto, presentarlo a la
Junta Directiva y remitirlo al Gobernador del Estado para su
aprobación.
9.4.11 Ejecutar el presupuesto.
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9.4.12 Otorgar Autorizaciones Eventuales, Temporales y Especiales de
Explotación, Traslado, Transformación, Procesamiento; y de
Comercialización de minerales no metálicos.
9.4.13 Previa aprobación de la Junta Directiva del Instituto, presentar al
Ciudadano Gobernador la solicitud para el otorgamiento de
Concesiones Directas de Explotación.
9.4.14 Preveía delegación de la Junta Directiva y en el cumplimiento de las
normas legales pertinentes, adquirir, enajenar o ceder bienes,
créditos o derechos del Instituto, cuando dichas operaciones no
excedan de Dos Mil Quinientas Unidades Tributaria (2.500 U.T)
9.4.15 Dictar, previa aprobación del Ciudadano Gobernador el Estado, la
Resolución de caducidad o prorroga de los derechos mineros
otorgados conforme a la Ley de Minas del Estado Bolívar, bajo la
modalidad de concesión; Concesión de explotación directa,
autorizaciones de explotación para el ejercicio de la actividad minera
artesanal y de pequeña minería, autorizaciones especiales de
explotación en territorios indígenas, por las mancomunidades
mineras, asociaciones cooperativas , consejos comunales, empresas
de producción social y empresas mixtas; y concesión de explotación
y subsiguiente explotación.
9.4.16 Las demás atribuciones que señalen la Ley de Minas del estado
Bolívar, su Reglamento y el Reglamento Interno del Instituto.
10. CONSULTORÍA JURIDICA
10.1 OBJETIVO:
Asesorar al Presidente del Instituto y a todas sus unidades en el ámbito jurídico y legal, bajo criterios de oportunidad y confiabilidad, con el fin de que las actuaciones correspondan a las normas y procedimientos establecidos legalmente.
10.2 ADSCRIPCIÓN: La Consultoría Jurídica está adscrita a la Presidencia del
IAMIB.
10.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Consultor Jurídico.
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10.4 FUNCIONES:
10.4.1 Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de
la dependencia de Consultoría Jurídica.
10.4.2 Revisar desde el punto de vista legal, los proyectos de Decretos,
Resoluciones, Contratos, Convenios, y otras Disposiciones que se
elaboren para el Instituto.
10.4.3 Asesorar al Presidente y a la Gerencia de Administración., desde el
punto de vista jurídico, en las dudas que surjan durante el desarrollo
de los procedimientos de selección de contratistas para la
adquisición de bienes, materiales, obras y servicios.
10.4.4 Asesorar al Presidente del IAMIB y las unidades adscritas al
instituto sobre las actuaciones e informes levantados por los
órganos de control fiscal.
10.4.5 Analizar las leyes, decretos y demás actos de interés para el
Instituto en materia de minería no metálica y la administración
tributaria, a fin de precisar su impacto en el mismo.
10.4.6 Elaborar proyectos de reforma a Ley de Minas del estado Bolívar y
su reglamento, a los fines de ser presentados ante el Concejo
Legislativo del Estado Bolívar.
10.4.7 Preparar Dictámenes y opiniones jurídicas para la consideración del
Presidente del IAMIB, en relación con las consultas que formulen
las unidades adscritas al Instituto y por otros entes de la
Administración Pública, en relación a Derecho Administrativo,
Tributario, Financiero, Laboral, Civil, Mercantil, y Presupuestario,
entre otras.
10.4.8 Analizar desde el punto de vista legal Proyectos de Resoluciones,
para determinar la procedencia del otorgamiento del beneficio de
jubilación y de pensiones de incapacidad e invalidez.
10.4.9 Analizar desde el punto de vista legal Proyectos de Resoluciones y
expedientes de los funcionarios para determinar la procedencia de
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ajustes a los montos de jubilaciones, pensiones de incapacidad o
invalidez.
10.4.10 Unificar los criterios de interpretación, en el proceso de aplicación
de la legislación tributaria, de sus diferentes disposiciones legales
reglamentarias y procedimentales que rigen la actividad minera no
metálica.
10.4.11 Crear los lineamientos de interpretación jurídica y de políticas que
unifiquen los criterios jurídicos sobre la admisibilidad de
deducciones, donaciones, exenciones, exoneraciones, y de los
recursos interpuestos tanto en vía administrativa como en vía
jurisdiccional.
10.4.12 Elaborar los convenios de cooperación efectiva en el área de la
minería no metálica, con entes públicos, privados, nacionales e
internacionales, previo cumplimiento de las disposiciones legales
respectivas.
10.4.13 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
10.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de
Gestión de la Calidad del Instituto.
10.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
11. COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL
11.1 OBJETIVO:
Impulsar, desarrollar, promocionar y ejecutar los planes de promoción del Instituto,
difundir las actividades proyectadas y ejecutar en relación de la Minería No
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Metálica a nivel local, regional y nacional; además de servir de apoyo a los
concesionarios y comunidad en general.
11.2 ADSCRIPCIÓN: La Coordinación de Promoción y Desarrollo Social está
adscrita a la Presidencia del IAMIB.
11.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Coordinador de Promoción
y Desarrollo Social.
11.4 FUNCIONES:
11.4.1 Fomentar la inversión en las actividades de la minería no metálica en
el estado Bolívar, generando empleo, controlando la evasión de la
minería no metálica, con el fin de fortalecer los subsectores que
incorporen valor agregado, consolidando la pequeña minería y la
minería artesanal.
11.4.2 Apoyar a la pequeña minería en el diseño, control y planificación de
los proyectos de financiamiento destinados a la inversión tecnológica,
investigación, procesamiento y transformación de los recursos
mineros no metálicos en el estado Bolívar, para ser tramitados ante
los entes financieros públicos y privados, con el fin darle valor
agregado a los procesos mineros no metálicos asociados
11.4.3 Orientar mediante la asistencia técnica, las oportunidades de
participación en la explotación de la minería no metálica, a los
pequeños mineros, incluyendo la generación y formación de
cooperativas y empresas de producción social (EPS) y otros tipos de
organización empresarial comunitarias o de índole social, tanto
pública como privada, dirigidas al desarrollo de las actividades
mineras no metálica.
11.4.4 Desarrollar actividades de promoción según requerimientos de las
unidades del Instituto, en materia de minería no metálica.
11.4.5 Organizar y velar la ejecución de jornadas de exposiciones, foros,
congresos, conferencias, y otros eventos promovidos por el Instituto.
11.4.6 Coordinar la participación del Instituto en actos y eventos públicos y
privados.
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11.4.7 Diseñar, actualizar, gestionar y administrar el material promocional,
informativo, divulgativo, propagandístico y publicitario como:
certificados, reconocimientos, trípticos, dípticos, folletos, revistas y
material P.O.P., entre otros.
11.4.8 Diseñar y realizar montaje de material editorial especializado,
orientado a la educación de las actividades relacionadas con la
Minería no Metálica.
11.4.9 Velar por la uniformidad en el uso de la imagen corporativa del
Instituto; en los formatos de papelería, presentaciones, pendones,
vallas y avisos, rotulación de vehículos, entre otros.
11.4.10 Establecer y mantener relaciones con instituciones públicas y
privadas, a los fines de realizar actividades relacionadas con el área
de Información, Comunicación y Relaciones Públicas.
11.4.11 Elaborar y presentar ante el Presidente del IAMIB, el Plan
Comunicacional del Instituto.
11.4.12 Mantener un registro de las diversas fuentes de información
vinculadas a las actividades del sector de la Minería No Metálica y de
las actividades donde participe el Institutito (hemeroteca, dossier y
resumen de prensa semanal).
11.4.13 Actualizar continuamente las actividades e información publicadas
en la web oficial del IAMIB y en las diferentes redes sociales.
11.4.14 Brindar asistencia en trabajos de selección de material informativo,
recreativo y deportivo, relacionados con las actividades del Instituto,
para su divulgación y propagación.
11.4.15 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
11.4.16 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.
11.4.17 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
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11.4.18 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
12. COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
12.1 OBJETIVO:
Coordinar, supervisar y evaluar la formulación y ejecución de proyectos operativos
y presupuestarios, diseñar y administrar indicadores de gestión que aseguren el
cumplimiento de los objetivos de la Institución, así como promover, implantar y
mantener el Sistema de Gestión de la Calidad del Instituto Autónomo Minas
Bolívar.
12.2 ADSCRIPCIÓN: La Coordinación de Planificación y Control de Gestión está
adscrita a la Presidencia del IAMIB.
12.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Coordinador de
Planificación y Control de Gestión.
12.4 FUNCIONES:
12.4.1 Coordinar la elaboración, seguimiento y control de la formulación y
ejecución del Plan Presupuestario de Ingresos y Egresos del
Instituto, de acuerdo a los lineamientos emitidos por el Ejecutivo
Regional.
12.4.2 Asesorar a las unidades administrativas en la elaboración del
presupuesto anual, de acuerdo a los manuales de procedimientos,
normas y políticas establecidas
12.4.3 Revisar con el personal directivo de la Institución los objetivos y
alcances de los programas y proyectos de la Institución
12.4.4 Evaluar planes y proyectos a fin de realizar los correctivos y ajustes
necesarios, que orienten la gestión del Instituto.
12.4.5 Coordinar, revisar y evaluar los indicadores de gestión del Instituto y
sus unidades adscritas, para identificar desviaciones y formular
recomendaciones.
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12.4.6 Coordinar, revisar y gestionar ante la Gobernación del estado
Bolívar, la rendición de cuentas de las acciones específicas, sujetas
al Plan Operativo Anual.
12.4.7 Coordinar la elaboración del Informe de Gestión Anual del Instituto.
12.4.8 Asesorar y sensibilizar a las unidades organizativas del Instituto
Autónomo Minas Bolívar, en materia de Sistema de Gestión de la
Calidad.
12.4.9 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
12.4.10 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.
12.4.11 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
12.4.12 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
13. OFICINA DE INFORMÁTICA
13.1 OBJETIVO:
Programar, desarrollar, implantar y mantener sistemas informáticos, aplicando
métodos modernos, a fin de optimizar el rendimiento de los mismos que garantice
una plataforma tecnológica adecuada para el Instituto.
13.2 ADSCRIPCIÓN: La Oficina de Informática está adscrita a la Presidencia del
IAMIB.
13.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Oficina de
Informática.
13.4 FUNCIONES
13.4.1 Incorporar métodos y técnicas actualizados de procesos
automatizados en los sistemas existentes en el Instituto.
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13.4.2 Administrar y supervisar el diseño de la página WEB de la institución.
13.4.3 Participar en el procedimiento de adquisición de equipos y programas
de computación ejecutado por la Gerencia de Administración.
13.4.4 Elaborar, ejecutar y controlar el plan de mantenimiento preventivo y
correctivo de los equipos, sistemas y redes informáticos y de
telefonía del instituto, con el fin de garantizar la operatividad de los
mismos.
13.4.5 Controlar y corregir el desarrollo de las distintas etapas de los
proyectos informáticos implementados en el Instituto.
13.4.6 Utilizar técnicas y disciplinas informáticas para desarrollar sistemas
en el área administrativa, organizacional, estadística y control de
proyectos del Instituto.
13.4.7 Estudiar la factibilidad técnica de las alternativas para satisfacer las
necesidades de información del Instituto.
13.4.8 Sistematizar y automatizar procesos y procedimientos administrativos
del Instituto.
13.4.9 Realizar respaldos de los sistemas informáticas, base de datos, las
aplicaciones y cualquier otro archivo de las unidades del IAMIB.
13.4.10 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
13.4.11 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.
13.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
13.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
14. OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO
14.1 OBJETIVO:
Canalizar y orientar las solicitudes, denuncias, sugerencias y peticiones de la
comunidades organizadas y de personas naturales, en aras de cumplir con el
marco regulatorio en materia de atención a la ciudadanía, las cuales incluyen a
trabajadores del instituto, en cuanto a realización de trámites.
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14.2 ADSCRIPCIÓN: La Oficina de Atención al Ciudadano está adscrita a la
Presidencia.
14.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Atención al Ciudadano.
14.4. FUNCIONES:
14.4.1 Promover la participación ciudadana y a tal fin realizar eventos,
charlas, seminarios y cualquier otra actividad que permita alcanzar
dicho objetivo.
14.4.2 Atender las iniciativas de la ciudadanía, vinculadas con el ejercicio de
la participación ciudadana en el control de la gestión pública.
14.4.3 Proponer programas pedagógicos e informativos y cualquier
actividad que permita fortalecer los valores, virtudes y derechos
ciudadanos, consagrados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
14.4.4 Implementar estrategias para promover el ejercicio del derecho a la
participación ciudadana en el control de la gestión pública.
14.4.5 Promover espacios de deliberación pública, a fin de dar a conocer a
la Ciudadanía experiencias exitosas y buenas prácticas sobre la
participación Ciudadana en el ejercicio del control sobre la gestión
pública.
14.4.6 Promover mecanismos de control ciudadano en proyectos de alto
impacto económico, financiero y social.
14.4.7 Coordinar con las dependencias del IAMIB, actividades tendentes a
incorporar a los ciudadanos a las labores de control sobre la gestión
pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de las
Normas para Fomentar la Participación Ciudadana.
14.4.8 Promover investigaciones orientadas a generar proyectos y normas
relacionados con la participación ciudadana en el ejercicio del control
sobre la gestión pública.
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14.4.9 Llevar el registro de las comunidades organizadas a que hace
mención el artículo 138 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública.
14.4.10 Coordinar con otras dependencias del IAMIB, las actividades
relacionadas con la promoción de la participación ciudadana en el
ejercicio del control sobre la gestión pública.
14.4.11 Poner a disposición de la ciudadanía los planes, programas,
proyectos y contratos que ejecuta el IAMIB; su estructura
organizativa y funciones, así como los procedimientos
Administrativos y servicios que presta, a través de medios impresos,
audiovisuales, informáticos, entre otros.
14.4.12 Informar a la ciudadanía sobre la utilización de los recursos que
integran el patrimonio del IAMIB, a través de un Informe de fácil
manejo y comprensión, que se publicará trimestralmente.
14.4.13 Atender, orientar, apoyar y asesorar, a los ciudadanos que acudan al
IAMIB, a solicitar información, requerir documentos o interponer
denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones.
14.4.14 Recibir, tramitar, valorar, decidir o resolver; denuncias, quejas,
reclamos, sugerencias o peticiones y remitirlas a la dependencia del
IAMIB, al ente u organismo que tenga competencia para conocerlas,
según el caso.
14.4.15 Comunicar a los ciudadanos la decisión o respuesta de las
denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones formuladas
por ellos.
14.4.16 Llevar un registro automatizado de las denuncias, quejas, reclamos,
sugerencias y peticiones.
14.4.17 Remitir a la Unidad de Auditoría Interna del IAMIB, una relación
mensual de todas las denuncias recibidas.
14.4.18 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
14.4.17 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.
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14.4.18 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
14.4.19 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
15. ARCHIVO GENERAL
15.1 OBJETIVO:
Dirigir, coordinar y controlar la organización y el funcionamiento del archivo, con la
finalidad de resguardar los expedientes de las actividades mineras no metálicas
del IAMIB.
15.2 ADSCRIPCIÓN: El Archivo General está adscrito a la Presidencia del IAMIB.
15.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Analista de Información y
Archivo.
15.4 FUNCIONES:
15.4.1 Coordinar, controlar y resguardar la recepción de documentos y
medios magnéticos recibidos por las diferentes unidades adscritas al
IAMIB.
15.4.2 Resguardar el sello utilizado en las foliaturas de los documentos
recibidos.
15.4.3 Foliar la documentación recibida en números y letras con un sello
elaborado y diseñado para ese único fin.
15.4.4 Planificar, dirigir y coordinar la metodología de organización
documental utilizada en el archivo, especialmente en relación con el
sistema de clasificación, transferencias, elaboración de instrumentos
de descripción, preservación y conservación de la documentación.
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15.4.5 Planificar, dirigir y coordinar las publicaciones del archivo: guías,
inventarios, catálogos. También, elaborar las memorias anuales del
archivo, entre otras publicaciones.
15.4.6 Remitir oportunamente los documentos solicitados en calidad de
préstamo a la Presidencia del IAMIB.
15.4.7 Entregar los documentos y medios magnéticos solicitados en calidad
de préstamo previa autorización del Presidente del IAMIB.
15.4.8 Llevar a cabo la gestión y el control de la prevención y conservación
del acondicionamiento físico de los diferentes soportes de la
documentación.
15.4.9 Organizar y ejecutar del procedimiento de desincorporación de
documentos de acuerdo a la normativa legal vigente.
15.4.10 Vigilar la prevención y la conservación de la documentación
controlando periódicamente su estado físico, notificar las
eventualidades ocurridas al Presidente del IAMIB, y proponer las
mejoras oportunas para que los documentos se conserven en un
estado óptimo.
15.4.11 Permitir a la Unidad de Auditoria interna el acceso al Archivo
General con la finalidad de revisar el cumplimento de las normas
legales vigentes.
15.4.12 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
15.4.13 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
15.4.14 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
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16. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN
16.1 OBJETIVO:
Planificar, fiscalizar, recaudar y controlar el cumplimiento de la normativa en
materia de regulación de las actividades mineras no metálicas dentro del ámbito
de la Ley de Minas del Estado Bolívar y su reglamento, garantizando el
acatamiento de la ordenación, conservación, de acuerdo a las normativas legales
en favor del estado.
16.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Fiscalización y Recaudación está adscrita a
la Presidencia del IAMIB.
16.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de Fiscalización y
Recaudación.
FUNCIONES:
16.3.1 Vigilar, inspeccionar y controlar la explotación, almacenamiento,
tenencia, beneficio, transporte, circulación y comercio de las
sustancias minerales que establezca la Ley de Minas del Estado
Bolívar y su reglamento.
16.3.2 Controlar el volumen de explotación de mineral no metálico que sirve
de base imponible a la determinación de los tributos bajo la
competencia del IAMIB, mediante la recepción y análisis de los
informes de producción mensual y anual entregado por los
concesionarios o titulares de derechos mineros.
16.3.3 Controlar el registro de información de los titulares de derechos
mineros, transportes, bloqueras, marmoleras y graniteras.
16.3.4 Verificar y controlar la organización y actualización del registro de los
titulares de los derechos mineros.
16.3.5 Verificar la aplicación de los procedimientos de fiscalización tributaria
sobre el cumplimiento de los deberes formales y el pago de tributos.
16.3.6 Practicar inspecciones y fiscalizaciones sobre uno o varios periodos
fiscales.
16.3.7 Realizar las inspecciones técnicas necesarias para evaluar las
acciones minero-ambientales de los titulares de derechos mineros.
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16.3.8 Planificar y ejecutar labores de recaudación de los tributos y otros
ingresos por servicios prestados que corresponde administrar al
IAMIB.
16.3.9 Controlar la emisión, venta y seguimiento de las guías de circulación
de los minerales no metálicos.
16.3.10 Controlar las liquidaciones de tasas y otros ingresos derivadas de los
servicios prestados por el IAMIB.
16.3.11 Verificar las declaraciones presentadas por los contribuyentes y
responsables.
16.3.12 Controlar la emisión y anulación de planillas de los tributos a pagar
por los contribuyentes y responsables originados por los reparos
efectuados, así como también el monto de las penas pecuniarias e
intereses moratorios que haya lugar.
16.3.13 Verificar y controlar la tramitación, decisión y registro de los
reintegros y compensaciones solicitados por los contribuyentes y
responsables, conforme a la normativa legal vigente.
16.3.14 Elaborar y mantener actualizada las estadísticas relativas a las
actividades mineras, de producción y control de ingresos.
16.3.15 Establecer sistemas de información y de análisis estadístico,
económico y tributario.
16.3.16 Verificar la gestión de cobro administrativo de derechos pendientes
de pago, que correspondan a obligaciones líquidas y exigibles
conforme la determinación prevista en la normativa legal.
16.3.17 Preparar, controlar y elaborar las normas relativas a la orientación e
instrucción del contribuyente de acuerdo a la legislación vigente.
16.3.18 Orientar a los contribuyentes que así lo requieran, respecto a la
determinación de los tributos bajo la potestad del IAMIB.
16.3.19 Planificar y programar las actividades de educación tributaria y
divulgación, especialmente aquellas que tiendan a crear una
conciencia cívico- tributaria.
16.3.20 Controlar y verificar la emisión de las resoluciones resultantes de los
procedimientos de fiscalización, en cuanto sea procedente la
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aplicación de sanciones por el incumplimiento de pagos de tributos o
deberes formales.
16.3.21 Sustanciar el sumario administrativo, con base a las actas de reparo
generadas en el proceso de fiscalización, hasta la emisión de la
resolución de determinación de tributos omitidos y sus accesorios;
así como la aplicación de sanción de multa.
16.3.22 Supervisar, controlar y evaluar las investigaciones de fiscalización
que se realicen a los concesionarios o titulares de derechos mineros.
16.3.23 Diseñar los planes y programas anuales de investigación fiscal y
coordinar su ejecución en el nivel operativo y aprobar ejecución de
programas.
16.3.24 Proponer y desarrollar métodos para analizar y detectar formas de
evasión y fraudes tributarios y la medida de prevenirlos.
16.3.25 Realizar controles y estadísticas para determinar los sectores de
mayor índice de ilícitos tributarios mineros definidos la Ley de Minas
del Estado Bolívar.
16.3.26 Diseñar, desarrollar y ejecutar investigaciones y persecución de las
acciones u omisiones violatorias de las normas tributarias.
16.3.27 Realizar los análisis de los informes anuales y mensuales de los
indicadores de gestión de las concesiones entregadas.
16.3.28 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
16.3.29 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a su
Gerencia y los de sus departamentos adscritos.
16.3.30 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
16.3.31 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
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17. DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN
17.1 OBJETIVO:
Coordinar, dirigir, controlar, evaluar, ejecutar y definir estrategias para el
cumplimiento de la normativa en materia de regulación de las actividades mineras
dentro del ámbito de la Ley de Minas del Estado Bolívar y demás normativas
legales vigentes.
17.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Fiscalización está adscrito a la
Gerencia de Fiscalización y Recaudación.
17.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Fiscalización.
17.4 FUNCIONES:
17.4.1 Vigilar, inspeccionar y controlar la explotación, almacenamiento,
tenencia, beneficio, transporte, circulación y comercio de los
minerales no metálicos definidos en la Ley de Minas del Estado
Bolívar.
17.4.2 Aplicar los procedimientos de verificación tributaria sobre el
cumplimiento de los deberes formales y el pago de tributos.
17.4.3 Elaborar la resolución de verificación resultante del procedimiento de
fiscalización, en cuanto sea procedente la aplicación de sanciones
por el incumplimiento de pagos de tributos o deberes formales.
17.4.4 Generar los informes estadísticos relativos a las actividades mineras.
17.4.5 Sustanciar el sumario administrativo, con base a las actas de reparo
generadas en el procedimiento de fiscalización, hasta la emisión de
la resolución de determinación de tributos.
17.4.6 Diseñar, coordinar y ejecutar los planes y programas anuales de
fiscalización.
17.4.7 Diseñar y desarrollar mecanismos de control y seguimiento para
evitar los ilícitos mineros.
17.4.8 Elaborar y actualizar el registro de titulares de derechos mineros.
17.4.9 Realizar los análisis de los informes anuales y mensuales entregados
por los indicadores de gestión de las titulares de derechos mineros.
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17.4.10 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
17.4.11 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes a la unidad.
17.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
17.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.
18. DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN
18.1 OBJETIVO:
Coordinar, dirigir, controlar, evaluar y ejecutar el sistema de recaudación de los
tributos bajo la administración del IAMIB dentro del ámbito de la Ley de Minas del
Estado Bolívar y demás normativas legales vigentes, y promover la cultura
tributaria entre los contribuyentes.
18.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Recaudación está adscrito a la
Gerencia de Fiscalización y Recaudación.
18.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Recaudación.
18.4 FUNCIONES:
18.4.1 Ejecutar las labores de recaudación de los tributos y otros ingresos
por servicios prestados que corresponde administrar al IAMIB.
18.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo.
18.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua.
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18.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondientes al
Departamento.
18.4.5 Emitir, venta y seguimiento de las guías de circulación de mineral.
18.4.6 Liquidaciones de tasas y otros ingresos derivadas de los servicios
prestados por el IAMIB.
18.4.7 Elaborar y mantener actualizada las estadísticas relativas a las
actividades mineras y de producción y control de ingresos
18.4.8 Verificación de las declaraciones presentadas por los contribuyentes.
18.4.9 Emitir y anular de planillas de liquidación derivadas de ajustes en las
declaraciones presentadas por los contribuyentes.
18.4.10 Emitir y anular de planillas de los tributos a pagar por el contribuyente
originado por los reparos efectuados, así como también, el monto de
las penas pecuniarias e intereses moratorios a que haya lugar.
18.4.11 Tramitación, decisión y registro de los reintegros y compensaciones
solicitados por los contribuyentes, conforme a la normativa vigente.
18.4.12 Notificación de los actos y planillas que genere la Gerencia de
Tributos en ejercicio de sus funciones.
18.4.12 Organización, control y actualización del registro de contribuyentes.
18.4.13 Elaboración y actualización de las estadísticas relativas a las
actividades mineras, de producción, conjuntamente el control de
ingresos propios y multas.
18.4.14 Establecer sistemas de información y de análisis estadístico,
económico y tributario.
18.4.15 Gestión de cobro administrativo de derechos pendientes de pago,
que correspondan a obligaciones líquidas y exigibles conforme la
determinación prevista en la normativa legal.
18.4.16 Preparación, control y elaboración de las normas relativas a la
orientación e instrucción del contribuyente, de acuerdo a la
legislación vigente.
18.4.17 Orientación de los contribuyentes que así lo requieran, respecto a la
determinación de los tributos bajo la potestad del IAMIB.
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18.4.18 Programación de las actividades de educación tributaria y
divulgación, especialmente aquellas que tiendan a crear una
conciencia cívico- tributaria.
18.4.19 Todas las demás funciones propias de la Administración Tributaria,
distintas de la fiscalización y determinación de oficio.
18.4.20 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
18.4.21 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Gerente de Fiscalización y Recaudación del IAMIB.
19. GERENCIA DE OPERACIONES
19.1 OBJETIVO:
Coordinar, planificar y supervisar la asignación de los derechos mineros,
aplicando un control de gestión eficiente y efectivo, con el propósito de contribuir
a garantizar una máxima rentabilidad, productividad, de acuerdo al plan
estratégico y a los lineamientos establecidos por el Instituto.
19.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Operaciones está adscrita a la Presidencia
del IAMIB.
19.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de Operaciones.
19.4 FUNCIONES:
19.4.1 Revisar el inventario de los recursos minerales existentes en el
territorio del estado Bolívar, mediante la implementación de estudios
geográficos y geológicos del potencial minero no metálico.
19.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo.
19.4.2 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y de las unidades adscritas y determinar los
mecanismos de mejora continua.
19.4.3 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a la
Gerencia y departamentos adscritos.
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19.4.4 Coordinar la elaboración de los estudios geológicos y de
investigación para la evaluación de los recursos mineros, prestar
asistencia técnica, servicios de laboratorio y de consultoría en las
diferentes áreas de su actividad a personas naturales, jurídicas,
publicas y privadas.
19.4.5 Diseñar y ejecutar programas y políticas de investigación geológica-
minera.
19.4.6 Garantizar la elaboración del Catastro Minero Estadal en el ámbito
de aplicación de la Ley de Minas y su reglamento, fomentando el
ordenamiento territorial.
19.4.7 Garantizar la elaboración de la cartografía geología minera no
metálica del Estado Bolívar a diferentes escalas.
19.4.8 Realizar investigaciones sobre tecnologías aplicables a la actividad
minera no metálica en sus distintas escalas y a la recuperación
ambiental.
19.4.7 Tramitar y evaluar las solicitudes de derechos mineros de los
particulares, de acuerdo lo establecido en la Ley de Minas y su
reglamento, para la exploración y explotación de los recursos
minerales no metálicos, existentes en el Estado Bolívar.
19.4.8 Determinar la factibilidad financiera – económica y técnica de los
estudios o proyectos mineros.
19.4.9 Controlar, planificar y dirigir las labores de catastro minero estadal
en el ámbito de aplicación de la ley de minas vigentes.
19.4.10 Controlar y planificar la elaboración de planos, croquis, mapas de
áreas de estudio geológico – minero.
19.4.11 Promover el desarrollo y uso de los sistemas de información
geográfica como una herramienta para el análisis ambiental y de
recursos naturales, para el desarrollo de planes y programas en
materia de protección ambiental y como apoyo a la toma de
decisiones.
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19.4.12 Controlar la sistematización de la información alfanumérica y gráfica
de las diferentes direcciones técnicas y su representación a través
de Sistemas de Información Geográfica.
19.4.13 Establecer acuerdos de colaboración con las áreas generadoras y
usuarias de información ambiental a fin de contar con información
geográfica suficiente, confiable y oportuna y aumentar la difusión y
uso de la información ambiental.
19.4.14 Establecer lineamientos y estándares para la producción de
información geográfica.
19.4.15 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
19.4.16 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Presidente del IAMIB.
20. DEPARTAMENTO DE TRAMITES MINEROS
20.1 OBJETIVO:
Coordinar, analizar, formular y controlar la explotación de la actividad minera no
metálica existentes en el Territorio del estado Bolívar, de acuerdo a los
lineamientos establecidos en la Ley de Minas y su reglamento.
20.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Tramites Mineros está adscrito a la
Gerencia de Operaciones.
20.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Tramites Mineros.
20.4 FUNCIONES:
20.4.1 Revisar que los recaudos exigidos para la tramitación de derechos
mineros cumplan con las exigencias establecidas en la Ley de
Minas del estado Bolívar y su reglamento.
20.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo.
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20.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua.
20.4.4 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes al
Departamento.
20.4.5 Tramitar Derechos Mineros y autorización para la Ocupación del
Territorio, e imponer obligaciones a los particulares dentro de los
límites de la Ley de Minas del estado Bolívar y su reglamento.
20.4.6 Emitir, registrar y archivar los certificados oficiales de titularidad de
derecho minero.
20.4.7 Conformar los expedientes de los titulares de derecho minero y
autorizaciones para la ocupación del Territorio.
20.4.8 Prestar asistencia técnica en el área minera no metálica a los
concesionarios y titulares de derecho minero.
20.4.9 Realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías en el área de la
minera no metálica.
20.4.10 Reportar al Gerente de Operaciones cualquier eventualidad
suscitada en la tramitación de los derechos mineros ante el Instituto.
20.4.11 Coordinar, organizar, administrar y certificar la matrícula catastral.
20.4.12 Elaborar informes mensuales y semanales al igual que el
Departamento de Estudios Básicos.
20.4.13 Coordinar, revisar y analizar los Levantamientos Topográficos
solicitados al IAMIB.
20.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
20.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Gerente de Operaciones del IAMIB.
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21. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS BÁSICOS
21.1 OBJETIVO:
Coordinar, planificar y supervisar la cartera de proyectos Geológico-mineros y
Físico Naturales, aplicando un control de gestión eficiente y efectivo, con el
propósito de contribuir a garantizar una máxima rentabilidad, productividad y
utilidad de los mismos de acuerdo al Plan Estratégico y a los lineamientos
establecidos por el Instituto.
21.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Estudios Básicos está adscrito a la
Gerencia de Operaciones.
21.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Estudios Básicos.
21.4 FUNCIONES:
21.4.1 Realizar, planificar y coordinar los estudios geológicos y de
investigación para la evaluación de los recursos mineros, prestar
asistencia técnica, y de consultoría en las diferentes áreas de su
actividad a personas naturales o jurídicas.
21.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo.
21.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua.
21.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondiente al
Departamento.
21.4.5 Elaborar los informes semanales y mensuales a la Unidad de
Estudios Básicos a fin de apoyar con el cumplimiento de las metas
establecidas en el Plan Operativo Anual.
21.4.6 Coordinar y supervisar los programas de prospección y
exploración geológica de áreas de interés geoeconómico
21.4.7 Planificar y coordinar investigaciones sobre tecnologías aplicables a
la actividad minera en su fase de evaluación de los recursos
minerales a distintas escalas y a la recuperación ambiental.
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21.4.8 Elaborar, planificar y coordinar los planes y programas de beneficio
de los productos mineros, para darles valor agregado, en aras de
tener una industria minera al servicio colectivo estadal.
21.4.9 Gestionar y garantizar la calidad y oportunidad de los proyectos
Ambientales y Físico Naturales estratégico que se realicen, a fin de
mantener la satisfacción del cliente en los índices comprometidos
en el plan.
21.4.10 Prestar asistencia técnica geominera y servicios de consultoría en
las diferentes áreas de su actividad.
21.4.11 Supervisar y hacer seguimiento de la actualización y diseño del
Sistema Información Geográfica.
21.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
21.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Gerente de Operaciones del IAMIB.
22. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
22.1 OBJETIVO:
Ejercer la administración de los recursos presupuestarios, financieros y de
recursos humanos en cumplimiento con los principios de transparencia, rendición
de cuentas, simplificación de trámites administrativos, uso racional de los
recursos, eficacia, eficiencia, legalidad y mejora continua.
22.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Administración está adscrita a la
Presidencia del IAMIB.
22.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de
Administración.
22.4 FUNCIONES:
22.4.1 Planificar y dirigir, coordinar, supervisar y controlar la ejecución y
administración de los recursos financieros, presupuestarios, y de
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recursos humanos de conformidad con las disposiciones legales
vigentes y garantizar la prestación de los servicios administrativos
para el buen funcionamiento y mantenimiento del IAMIB.
22.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo
22.4.3 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por las unidades adscritas a la Gerencia y
determinar los mecanismos de mejora continua.
22.4.4 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a la
Gerencia y departamentos adscritos.
22.4.5 Consolidar la información de la situación contable, financiera,
presupuestaria y de recursos humanos para la elaboración de
informes de gestión trimestral por las dependencias adscritas a la
Gerencia.
22.4.6 Evaluar la eficiencia, eficacia y calidad de las operaciones, con
fundamento en los índices de gestión generados por las
dependencias adscritas.
22.4.7 Ordenar la apertura, manejo, control y cierre del fondo de caja chica
del instituto.
22.4.8 Velar por la ejecución de Pólizas de Seguros Patrimoniales de
fidelidad del IAMIB.
22.4.9 Verificar y garantizar que los registros contables de las operaciones
financieras se realicen conforme a las normas legales vigentes y
principios establecidos.
22.4.10 Avalar los estados financieros del Instituto.
22.4.11 Presentar el estado financiero anual a la Contraloría General del
Estado Bolívar, a la Secretaria de Finanzas del ejecutivo regional y a
la Coordinación de Planificación y Control de Gestión del IAMIB.
22.4.12 Participar en la formulación del proyecto presupuestario anual de
ingresos y gastos del IAMIB.
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22.4.13 Dirigir el sistema de la ejecución del proyecto presupuestario del
instituto, bajo un enfoque metodológico uniforme y ajustado a la
norma legal vigente.
22.4.14 Analizar la ejecución financiera del presupuesto anual y presentar los
reportes sobre las situaciones específicas del proyecto a las
diferentes unidades medulares, estratégicas y de apoyo.
22.4.15 Presentar informe mensual de la ejecución de las partidas a la
Dirección de Presupuesto del ejecutivo regional.
22.4.16 Ejecutar los créditos del presupuesto, con sujeción a las leyes,
reglamentos y decretos respectivos.
22.4.17 Velar por la correcta distribución de las partidas en cuanto a las
modificaciones presupuestarias durante el ejercicio fiscal.
22.4.18 Coordinar, dirigir y aprobar las operaciones de tesorería. Coordinar,
controlar, verificar y autorizar la emisión de órdenes de pago
(cheques y/o trasferencias).
22.4.19 Revisar y avalar las retenciones que aplique según la modalidad de
contratación a los proveedores de bienes y servicios y enterar las
cantidades en bolívares que corresponden por ese concepto a sus
legítimos beneficiarios.
22.4.20 Supervisar la disponibilidad financiera a través de los estados de
cuentas bancarios y la relación de ingresos y egresos.
22.4.21 Aprobar las conciliaciones bancarias.
22.4.22 Desarrollar de acuerdo a la planificación anual de compras la
adquisición de bienes, materiales y servicios requeridos por las
diferentes unidades adscritas al IAMIB, garantizando el cumplimiento
oportuno de los proyectos.
22.4.23 Revisar, controlar y avalar el procediendo para la adquisición de
bienes, materiales y servicios requeridos por las diferentes unidades
adscritas al IAMIB de acuerdo a la planificación anual.
22.4.24 Garantizar el control y registro de los bienes muebles e inmuebles
adscritos al Instituto de acuerdo a la legislación vigente.
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22.4.25 Velar por la formación, actualización e identificación anual del
inventario de bienes adscritos al instituto.
22.4.26 Dirigir, planificar, supervisar, controlar y evaluar lo concerniente al
mantenimiento y reparación de los bienes muebles e inmuebles
adscritos al instituto, desarrollando un plan de prevención anual y
controlando su correcta ejecución.
22.4.27 Supervisar el plan semanal de mantenimiento general de las
instalaciones y servicios básicos del instituto.
22.4.28 Autorizar el movimiento de bienes muebles internos.
22.4.29 Ordenar la ejecución de las decisiones que dicte el Presidente del
Instituto en materia de Recursos Humanos.
22.4.30 Revisar lo relacionado con el reclutamiento (provisión), selección,
clasificación, remuneración, evaluación, ascensos, cambios de
denominación, ajustes salariales, transferencias, traslados,
reclasificaciones, asignaciones de primas de los empleados del
IAMIB.
22.4.31 Autorizar los planes y programas de capacitación dirigidos a la
mejora continua del personal según su área de desarrollo y perfil del
cargo.
22.4.32 Revisar y aprobar los resultados de la aplicación del sistema de
evaluación de desempeño del personal administrativo del IAMIB.
22.4.33Avalar la elaboración de las nóminas de pago del personal del
IAMIB.
22.4.34 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
22.4.35 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Presidente del IAMIB.
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23. DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
23.1 OBJETIVO:
Coordinar, dirigir, controlar, evaluar, ejecutar y definir las estrategias y
procedimientos generales para la administración del Recurso Humano de manera
eficiente, dentro de las normas y procedimientos vigentes.
23.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Recursos Humanos está adscrito a la
Gerencia de Administración.
23.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Recursos Humanos.
23.4 FUNCIONES:
23.4.1 Participar en la elaboración del plan operativo anual, del proyecto
presupuestario y los informes de gestión trimestral, así como
suministrar la información necesaria para la elaboración de la
memoria y cuenta del Instituto.
23.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo
23.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua
23.4.4 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes al
Departamento.
23.4.5 Coordinar las actividades para la elaboración y actualización del
Manual Descriptivo de Cargos y el Manual de organización.
23.4.6 Llevar la documentación registros de sus procesos, con el fin de
alcanzar excelencia en la gestión, basados en normas de calidad,
que permitan el mejoramiento continuo.
23.4.7 Mantener actualizada la clasificación y valoración de los cargos
adscritos al IAMIB.
23.4.8 Coordinar la programación anual de las vacaciones del personal
adscrito a la Institución y el pago de su respectivo Bono Vacacional.
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23.4.9 Elaborar y ejecutar planes de capacitación del personal para
fomentar los conocimientos, aptitudes, habilidades y destrezas
requeridos para el mejor desempeño de las funciones del personal.
23.4.10 Coordinar la ejecución del Plan Anual de Capacitación del personal
de la Institución.
23.4.11 Seleccionar e ingresar a los pasantes de acuerdo al plan de
pasantías trimestral elaborado por las diferentes unidades adscritas
al IAMIB.
23.4.12 Elaborar y tramitar por ante el Departamento de Servicios
Administrativos, los pagos por concepto de gastos de personal,
cumpliendo con el cronograma anual de cierre y de entrega de
nómina
23.4.12 Calcular y tramitar las liquidaciones de prestaciones sociales del
personal a egresar.
23.4.13 Tramitar las inclusiones y exclusiones de los trabajadores en los
registros de obligatorio cumplimiento en el IVSS, FAOV, y Contraloría
General de la República, de acuerdo a las normas legales y
procedimientos establecidos.
23.4.14 Implementar periódicamente, el sistema de evaluación de
desempeño del personal del IAMIB y la medición de resultados a
través de indicadores de gestión.
23.4.15 Mantener actualizada la base de datos de los empleados y obrero
adscrito al IAMIB
23.4.16 Custodiar y actualizar los expedientes de los empleados y obreros,
jubilados, pensionados y egresados del IAMIB.
23.4.17 Tramitar jubilaciones especiales, jubilaciones de ley y pensiones del
personal y obreros adscritos al instituto, ante la Tesorería de
Seguridad Social de la Republica.
23.4.18 Proponer, planificar, organizar y ejecutar programas de bienestar
social de acuerdo al proyecto presupuestario.
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23.4.19 Llevar control de los reposos médicos, así como también de los
permisos remunerados y no remunerados otorgados bajo
procedimientos establecidos por el instituto.
23.4.20 Elaborar y presentar a la Gerencia de Administración las constancias
de trabajo solicitadas por los empleados del Instituto para su
aprobación
23.4.21 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
23.4.22 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Gerente de Administración del IAMIB.
24. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
24.1 OBJETIVO:
Coordinar, dirigir, controlar, evaluar y ejecutar los procesos administrativos,
presupuestarios, financieros y contables para el funcionamiento del IAMIB.
24.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Servicios Administrativos está adscrito
a la Gerencia de Administración.
24.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de
Servicios Administrativos.
24.4 FUNCIONES:
24.4.1 Participar en la elaboración del plan operativo anual, del proyecto
presupuestario y los informes de gestión trimestral, así como
suministrar la información necesaria para la elaboración de la
memoria y cuenta del Instituto.
24.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del
personal a su cargo
24.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua.
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24.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondientes al
Departamento.
24.4.5 Llevar la documentación registros de sus procesos, con el fin de
alcanzar excelencia en la gestión, basados en normas de calidad,
que permitan el mejoramiento continuo.
24.4.6 Registrar, conciliar y modificar los registros contables de las
operaciones financieras conforme a las normas legales vigentes.
24.4.7 Revisar las transacciones y operaciones ejecutadas, a fin de evitar
errores u omisiones que pudieran afectar los estados financieros.
24.4.8 Presentar los estados financieros del Instituto ante la Gerencia.
24.4.9 Registrar la ejecución presupuestaria del presupuesto anual y
generar reportes mensuales de la situación presupuestaria.
24.4.10 Elaborar las modificaciones presupuestarias dentro de la normativa
legal vigente y debidamente documentadas para su aprobación.
24.4.11 Generar reportes al cierre del ejercicio fiscal para la elaboración del
informe de gestión anual y remitir al ejecutivo la relación de los
compromisos causados no pagados.
24.4.12 Servir de apoyo a las áreas medulares del IAMIB, para la formulación
de presupuesto, informes de gestión, memoria y cuenta.
24.4.13 Controlar el rendimiento por concepto de colocaciones financieras.
24.4.14 Suministrar información sobre las disponibilidades bancarias con la
finalidad de programar los desembolsos sobre los compromisos
legalmente adquiridos.
24.4.15 Elaborar órdenes de pago (cheques y/o trasferencias) de los
compromisos legalmente adquiridos.
24.4.16 Custodiar los cheques emitidos hasta el momento de la entrega a sus
legítimos beneficiarios.
24.4.17 Elaborar las trasferencias mensuales de los recursos por liquidación
de tributos a la Gobernación del Estado Bolívar.
24.4.18 Elaborar las conciliaciones bancarias.
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24.4.19 Determinar y Realizar las retenciones que aplique según la
modalidad de contratación a los proveedores de bienes y servicios y
enterar las cantidades en bolívares que corresponden por ese
concepto a sus legítimos beneficiarios
24.4.20 Planificar, organizar, coordinar y supervisar que todos los
documentos que origine y respalden compromisos financieros
cumplan con las normas y procedimientos de control interno y
disposiciones legales vigentes en materia de contrataciones públicas.
24.4.21 Implementar y velar por cumplimiento de las normas de Control
Interno relativas al procedimiento de adquisición de bienes,
materiales y/o servicios.
24.4.22 Desarrollar de acuerdo a la planificación anual de compras la
adquisición de bienes, materiales y servicios requeridos por las
diferentes unidades adscritas al IAMIB.
24.4.23 Suministrar a las unidades administrativas los bienes, materiales de
trabajo necesarios para el cumplimiento oportuno de los proyectos de
acuerdo al plan de compras anual.
24.4.24 Llevar el registro de proveedores bienes, materiales y servicios del
instituto.
24.4.25 Registrar oportunamente los bienes muebles e inmuebles adscritos al
Instituto.
24.4.26 Actualizar el sistema de información sobre los inventarios de bienes
muebles e inmuebles adscritos al Instituto.
24.4.27 Identificar de acuerdo a sus especificaciones los Bienes muebles del
instituto
24.4.28 Realizar el levantamiento de inventario de Bienes Muebles
anualmente.
24.4.29 Desarrollar el plan de mantenimiento anual de los bienes muebles e
inmuebles adscritos al instituto.
24.4.30 Gestionar la disposición final de los bienes muebles e Inmuebles
adscrito al instituto.
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24.4.31 Supervisar el plan semanal de mantenimiento general de las
instalaciones y servicios Básicos del instituto.
24.4.32 Vigilar la operatividad del parque automotor adquirido y/o asignado al
instituto.
24.4.33 Gestionar el movimiento de bienes muebles internos y elaborar acta
de responsabilidad para la asignación de los bienes muebles.
24.4.34 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
24.4.35 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el
marco jurídico de la República y que le sean especialmente
asignados por el Gerente de Administración del IAMIB.
25. OFICINA DE RECEPCIÓN
25.1 OBJETIVO:
Satisfacer las necesidades de comunicación del Instituto, atendiendo al público en
sus requerimientos de información, ejecutando y controlando la recepción y
despacho de la correspondencia, para servir de apoyo a las actividades internas y
externas del IAMIB.
25.2 ADSCRIPCIÓN: La recepción está adscrita a la Gerencia de Administración
del IAMIB.
25.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Analista Administrativo
25.4 FUNCIONES:
25.4.1 Atender al público que solicita información dándole la orientación
requerida.
25.4.2 Orientar al público que solicite los requisitos sobre los diferentes
servicios que ofrece el IAMIB.
25.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora
continua
25.4.4 Llenar el libro de control y salida registrando la correspondencia
oportunamente asignándole número de control y fecha.
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25.4.5 Recibir y revisar que estén conformes a los requisitos, las solicitudes
de los servicios prestados por el IAMIB, realizadas por los titulares de
derechos mineros, concesionarios, dejando registro en el libro de
control y salida de correspondencia.
25.4.6 Recibir entregar las correspondencias y mensajes dirigidos a las
diferentes dependencias dejando registro en el libro de control y
salida de correspondencia.
25.4.7 Entregar diariamente la correspondencia recibida a la Presidencia,
dejando registro en el libro de control y salida de correspondencia.
25.4.8 Entregar a los titulares de derechos mineros las solicitudes
aprobadas dejando registro en el libro de control y salida de
correspondencia
25.4.9 Mantener Actualizada la cartelera informativa ubicada en recepción.
25.4.10 Custodiar los sellos utilizados por la recepción.
25.4.11 Controlar el uso del teléfono y hacer llenar por los usuarios el registro
de Control de Llamadas.
25.4.12 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los
formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos
de mejora continua.
25.4.13 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a su
Gerencia y los de sus departamentos adscritos.
25.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión
de la Calidad del Instituto.
25.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la
naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco
jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por
el Presidente del IAMIB.