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TABLA DE CONTENIDO

1. DEFINICIONES ..................................................................................................... 4

2. ESQUEMA GENERAL DEL PROCESO ........................................................... 8

3. SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS ............................................ 9

3.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES ................ 9

3.2. ESTUDIO Y APROBACION DE LA FACTIBILIDAD .................................. 10

3.3. CASOS EN QUE NO SE OTORGARA LA FACTIBILIDAD ...................... 10

4. VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD ..................................................................... 11

4.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES .............. 11

4.2. EFECTOS JURIDICOS DE LA VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD PARA LOS PROYECTOS DE URBANIZACION ............................................................ 13

4.3. CASOS EN QUE NO SE OTORGARA LA VIABILIDAD ........................... 13

5. ESTUDIO Y APROBACION DEL PROYECTO HIDROSANITARIO ......... 15

5.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES .............. 15

6. EJECUCION DEL PROYECTO HIDROSANITARIO ..................................... 18

7. REVISION DE REDES EXTERNAS ................................................................ 19

7.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS CONSTRUCTORES ....... 19

7.2. SUPERVISOR DE OBRA ............................................................................... 19

7.3. CRONOGRAMA DE OBRAS ......................................................................... 20

7.4. EJECUCION DE LAS OBRAS ....................................................................... 20

7.5. MODIFICACIONES DE OBRA Y REVISION DE PLANOS RECORD .... 20

7.6. EJECUCION DE LOS EMPATES ................................................................. 21

7.7. ENTREGA Y RECIBO DE OBRAS ............................................................... 21

8. SERVICIO TEMPORAL ..................................................................................... 22

8.1. DOCUMENTOS QUE DEBEN APORTAR LOS SOLICITANTES ........... 22

8.2. ACOMETIDAS EXISTENTES ........................................................................ 25

8.4. VIGENCIA Y PRORROGA DEL SERVICIO TEMPORAL ......................... 25

8.5. DOCUMENTOS PARA SOLICITAR LA PRORROGA DE TEMPORAL DE OBRA .................................................................................................................. 25

8.6. LIQUIDACION DE LOS COSTOS DE CONEXIÓN DE SERVICIO TEMPORAL DE OBRA ........................................................................................... 25

8.7. SUSPENSION DEL SERVICIO TEMPORAL .............................................. 26

8.8. CORTE DEL SERVICIO TEMPORAL .......................................................... 26

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10. ACOMETIDAS DEFINITIVAS ......................................................................... 28

10.1 APROBACION DE CONEXIONES DOMICILIARIAS ............................... 28

10.2. REQUISITOS DE INSTALACION ............................................................... 29

10.3. INSTALACION DE CUENTA TOTALIZADORA ....................................... 29

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1. DEFINICIONES

CAPACIDAD: Es la existencia de recursos técnicos y económicos de un prestador de los servicios de acueducto y/o alcantarillado, con el fin de atender las demandas asociadas a las solicitudes de los servicios públicos mencionados para efectos de otorgar la disponibilidad o viabilidad inmediata del servicio solicitado. En todo caso y de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 12 de la Ley 388 de 1997, el prestador del servicio donde está ubicado el predio, no podrá argumentar falta de capacidad para predios ubicados al interior del perímetro urbano (Decreto 3050 de 2013).

CAPACIDAD HIDRÁULICA: Caudal máximo que puede manejar un componente o una estructura hidráulica conservando sus condiciones normales de operación.

CAUDAL DE DISEÑO: Estimado para diseñar los equipos, dispositivos y estructuras de un sistema determinado.

CERTIFICACION DE VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD INMEDIATA DE SERVICIOS PUBLICOS: “Es el documento mediante el cual el prestador del servicio público certifica la posibilidad técnica de conectar un predio o predios objeto de licencia urbanística a las redes matrices de servicios públicos existentes. Dicho acto tendrá una vigencia mínima de dos (2) años para que con base en él se tramite la licencia de urbanización.”

CONSTRUCTOR: Persona natural o jurídica autorizada por la licencia de construcción para desarrollar un predio con construcciones cualquiera que ellas sean, acordes con un plan de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas del municipio o distrito.

CONTRATO DE CONDICIONES UNIFORMES O CCU: Es el acuerdo celebrado entre EMSERCOTA SA ESP por una parte y el suscriptor o todo aquel que lo suceda en sus derechos reales, a cualquier título, por acto entre vivos o por causa de muerte de la otra parte, que tiene como objeto que EMSERCOTA SA ESP preste los servicios de acueducto y alcantarillado al suscriptor o usuario en un inmueble a cambio de un precio o tarifa determinada, de conformidad con la reglamentación vigente y con las condiciones definidas en el contrato para la prestación de los servicios públicos domiciliarios.

DATOS TECNICOS GENERALES: Es la información técnica de la Viabilidad y Disponibilidad Inmediata de Servicios Públicos para Proyectos de Urbanización, que EMSERCOTA SA ESP suministra a los urbanizadores para la elaboración de los proyectos de redes externas de servicio de acueducto y alcantarillado sanitario y pluvial.

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FACTIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO: “Es el documento mediante el cual el prestador del servicio público establece las condiciones técnicas, jurídicas y económicas que dentro de procesos de urbanización que se adelante mediante el trámite de plan parcial permitan ejecutar la infraestructura de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, atendiendo el reparto equitativo de cargas y beneficios. Dicha factibilidad tendrá una vigencia mínima de cinco (5) años. Una vez concedida la factibilidad no se podrá negar la disponibilidad inmediata del servicio, siempre y cuando el solicitante haya cumplido con las condiciones técnicas exigidas por la empresa de servicios al momento de otorgar la factibilidad”. (Decreto 3050 de 2013) .N

IGAC: Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Entre sus funciones está la de suministrar y certificar la información catastral georreferenciada o geodésica, con el fin de apoyar los procesos de planificación y ordenamiento territorial, dicha información debe estar referida al sistema de referencias estandarizado MAGNA – SIRGAS (garantiza la compatibilidad de las coordenadas colombianas con las técnicas espaciales de posicionamiento)

INSTALACIÓN LEGALIZADA: Es aquella instalación que ha surtido todos los trámites exigidos por EMSERCOTA SA ESP y ha sido recibida por ella, con medición, bien sea individual o colectiva, que se verifica periódicamente y de la cual depende su facturación. Del mismo modo tiene vigente Contrato de Servicios Públicos.

INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE ACUEDUCTO: Es el conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de abastecimiento de agua del inmueble a partir del medidor. Para edificios de propiedad horizontal o condominios, es aquel sistema de abastecimiento de agua potable del inmueble ubicado inmediatamente después de la acometida o del medidor de control.

INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE ALCANTARILLADO: Es el conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de tratamiento, evacuación y ventilación de residuos líquidos, instalados en un inmueble hasta la caja de inspección que se conecta a la red local de alcantarillado de aguas negras y lluvias. En conjuntos residenciales conformados por varias unidades independientes, habrá una caja de inspección general ubicada en la entrada del conjunto hasta donde llega la red local.

LICENCIA DE URBANIZACIÓN: “Es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, así como las vías públicas y la ejecución de obras de infraestructura de servicios públicos domiciliarios que permitan la adecuación, dotación y subdivisión de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial,

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los instrumentos que lo desarrollen y complementen, las leyes y demás reglamentaciones que expida el Gobierno Nacional.

Las licencias de urbanización concretan el marco normativo general sobre usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos con base en el cual se expedirán las licencias de construcción para obra nueva en los predios resultantes de la urbanización. Con la licencia de urbanización se aprobará el plano urbanístico, el cual contendrá la representación gráfica de la urbanización, identificando todos los elementos que la componen para facilitar su comprensión, tales como: afectaciones, cesiones públicas para parques, equipamientos y vías locales, áreas útiles y el cuadro de áreas en el que se cuantifique las dimensiones de cada uno de los anteriores elementos y se haga su amojonamiento.

PARAGRAFO. La licencia de urbanización en suelo de expansión urbana sólo podrá expedirse previa adopción del respectivo plan parcial.” (Decreto Nacional 1469 de 2010).

LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: “Es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.” (Decreto Nacional 1469 de 2010).

RED DE DISTRIBUCIÓN, RED LOCAL O RED SECUNDARIA DE ACUEDUCTO: Es el conjunto de tuberías, accesorios, estructura y equipos que conducen el agua desde la red matriz o primaria hasta las acometidas domiciliarias del respectivo proyecto urbanístico. Su diseño y construcción corresponde a los urbanizadores (Decreto 3050 de 2013).

RED MATRIZ O RED PRIMARIA DE ACUEDUCTO: Es el conjunto de tuberías, accesorios, estructuras y equipos que conducen el agua potable desde las plantas de tratamiento o tanques hasta las redes de distribución locales o secundarias (Decreto 3050 de 2013).

RED MATRIZ O RED PRIMARIA DE ALCANTARILLADO: Es el conjunto de tuberías, accesorios, estructuras y equipos que reciben el agua procedente de las redes secundarias o locales y las transporta hasta las plantas de tratamiento de aguas residuales o hasta el sitio de su disposición final.

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Su diseño, construcción y mantenimiento estará a cargo de la empresa, prestadora del servicio, la cual deberá recuperar su inversión a través de tarifas de servicios públicos (Decreto 3050 de 2013).

RED SECUNDARIA O RED LOCAL DE ALCANTARILLADO: Conjunto de tuberías, accesorios, estructura y equipos que conforman el sistema de evacuación y transporte de las aguas lluvias, residuales o combinadas de una comunidad y al cual descargan las acometidas de alcantarillado de los inmuebles y llega hasta la red matriz o primaria de alcantarillado. Su diseño y construcción corresponde a los urbanizadores (Decreto 3050 de 2013).

SERVICIO TEMPORAL: Es el servicio que se presta a obras en construcción, espectáculos públicos no permanentes y a otros servicios no residenciales de carácter ocasional. (Decreto 229 de 2002).

URBANIZADOR: Persona natural o jurídica autorizada por la licencia de urbanismo para desarrollar un predio con construcciones de redes e infraestructura, acordes con un plan de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas del municipio o distrito.

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2. ESQUEMA GENERAL DEL PROCESO

INICIO

FACTIBILIDAD

VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD

ESTUDIO Y APROBACION DEL

PROYECTO HIDROSANITARIO

EJECUCION DEL PROYECTO

HIDROSANITARIO

REVISION DE REDES

EXTERNAS

SERVICIO TEMPORAL

ACOMETIDAS DEFINITIVAS

FIN

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3. SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS

El interesado solicita por escrito la factibilidad de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo a EMSERCOTA SA ESP, con el fin de conocer información relacionada con las redes construidas y proyectadas.

3.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES

El interesado para obtener la factibilidad debe aportar la siguiente

documentación:

DOCUMENTO PUNTO DE VERIFICACION

Una copia heliográfica del plano IGAC

tamaño 50 X 70 en escala 1:2000

disponible en la Secretaria de

Planeación Municipal.

Determinar la localización,

incorporación urbana y ubicación

dentro de las áreas de servicio de

EMSERCOTA SA ESP.

Incorporación del predio en las

planchas de la Secretaria de

Planeación Municipal.

La aprobación del plano topográfico,

la cual debe contar con la

incorporación de la Secretaría de

Planeación Municipal.

Copia del certificado de tradición y

libertad del predio o predios por

urbanizar, expedida con anterioridad

no superior a 60 días calendario.

Identificación del predio y titularidad

del derecho de dominio

En caso que el trámite sea efectuado

por una persona natural o jurídica

diferente al propietario del predio, este

último deberá otorgarle poder

indicando los trámites para los cuales

lo faculta para actuar.

Capacidad para actuar de la persona

que solicita la factibilidad de servicio.

Fotocopia de la consignación por

concepto de factibilidad al 10% de un

SMMLV.

Pago por tramite

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3.2. ESTUDIO Y APROBACION DE LA FACTIBILIDAD

El área técnica, serán quienes se encargarán de estudiar la solicitud teniendo en

cuenta la información suministrada por el urbanizador:

Una vez recepcionada la solicitud de estudio y aprobación del proyecto

hidráulico, el software le asignara un código para su plena identificación.

Realizar visita al predio y levantar acta de reunión, verificando que el sitio

en terreno coincida con el del plano aprobado ante planeación y no exista

ningún riesgo para la prestación del servicio o asentamiento humano.

Una vez radicada de manera legal y debida forma, EMSERCOTA SA ESP

contará con el término de quince (15) días hábiles para dar respuesta a la

solicitud.

Cuando el interesado obtenga la factibilidad deberá continuar con su trámite ante

la Secretaria de Planeación Municipal. Esta factibilidad tendrá una validez por

cinco (5) años.

3.3. CASOS EN QUE NO SE OTORGARA LA FACTIBILIDAD

EMSERCOTA SA ESP no otorgará la factibilidad al predio cuando: 1. El solicitante no aporte los documentos estipulados en el presente manual 2. Por imposibilidad técnica derivada de las condiciones físicas del inmueble o de su ubicación geográfica que hagan inviable la conexión 3. Por imposibilidad de tipo jurídico 4. Ya sea porque el predio se encuentre fuera del perímetro de prestación de servicio por parte de EMSERCOTA SA ESP Los eventos anteriormente mencionados se comunicarán al interesado su negativa. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la negativa remitirá copia de la comunicación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, adjuntando los análisis que sustenten tal decisión y demás soportes.

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4. VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD

El resultado de este trámite será la viabilidad y disponibilidad de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo como requisito para que el urbanizador obtenga la licencia de urbanismo. EMSERCOTA SA ESP a través de un documento denominado DATOS TECNICOS GENERALES anexo a la disponibilidad de servicio informará al urbanizador sobre las condiciones generales, parámetros y normas técnicas que se tendrán en cuenta para elaborar los diseños de las redes de servicio.

4.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES

Para la solicitud de la viabilidad y disponibilidad la empresa tendrá a la disposición de los urbanizadores el formato de solicitud de viabilidad y disponibilidad GPQR- F002, el cual debe ser diligenciado por el interesado. Para este trámite es necesario que radique en la ventanilla de Peticiones, Quejas y Reclamos – PQRS- la siguiente documentación:

DOCUMENTO PUNTO DE VERIFICACION

Una copia heliográfica del plano IGAC

tamaño 50X 70 en escala 1:2000

disponible en la Secretaria de

Planeación Municipal.

Determinar la localización,

incorporación urbana y ubicación

dentro de las áreas de servicio de

EMSERCOTA SA ESP.

Incorporación del predio en las

planchas de la Secretaria de

Planeación Municipal.

La aprobación del plano topográfico,

la cual debe contar con la

incorporación de la Secretaría de

Planeación respectiva.

Copia del certificado de tradición y

libertad del predio o predios por

urbanizar, expedida con anterioridad

no superior a 60 días calendario.

Identificación del predio y titularidad

del derecho de dominio

En caso que el trámite sea efectuado

por una persona natural o jurídica

diferente al propietario del predio, este

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último deberá otorgarle poder

indicando los trámites para los cuales

lo faculta para actuar.

Capacidad para actuar de la persona

que solicita la factibilidad de servicio.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía

del propietario o del representante

legal

Fotocopia del certificado de la cámara

de comercio con expedición no mayor

a sesenta (60) días calendario.

Paz y salvo del impuesto predial

Descripción del proyecto:

Número de unidades

habitacionales

Caudal medio demandado del

servicio de acueducto en l/s

Caudal medio de vertimiento

de aguas residuales en l/S

Caudal medio vertido de aguas

lluvias en l/s

Producción media estimada de

residuos solidos

Verificación de cálculos hidráulicos

para determinar la capacidad de las

redes existentes y la necesidad de

realizar ampliación de diámetros.

Certificado de nomenclatura y estrato Determinar la calidad de las

instalaciones hidrosanitarias internas.

Fotocopia de la consignación por

concepto de revisión estudio de la

viabilidad y disponibilidad equivalente

al 40% de SMMLV.

Pago por trámite

NOTA: Todas las redes de la urbanización deben estar localizadas en espacio

público acorde con el plano urbanístico aprobado por la Secretaria de planeación

Municipal. Cuando sea necesario construir redes en predios privados o en

predios oficiales ajenos a la urbanización en aprobación, el urbanizador tiene la

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responsabilidad de establecer la servidumbre a favor del Municipio de Cota-

Cundinamarca.

La documentación debe entregarse en un folder azul AZ de dos huecos,

marcado con el nombre, dirección del proyecto y datos del contacto en el

frente y lomo en el orden solicitado.

Una vez radicada en legal y debida forma EMSERCOTA SA ESP contará con el

término de quince (15) días hábiles para dar respuesta a la solicitud.

Cuando EMSERCOTA SA ESP requiera al solicitante para que aporte

documentos referentes al proyecto a desarrollar, este último dispone de un

término de treinta (30) días calendario para atender dicha solicitud.

Transcurrido este término si el solicitante no responde, se entiende el

desistimiento de su trámite y el proyecto se deberá radicar nuevamente

efectuando el pago del 40% de un SMMLV por concepto de estudio y

aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda presentar

nuevamente en cualquier momento el trámite.

4.2. EFECTOS JURIDICOS DE LA VIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD PARA LOS PROYECTOS DE URBANIZACION

La viabilidad y disponibilidad de servicios públicos domiciliarios para proyectos

de urbanismo expedida por EMSERCOTA SA ESP, queda sujeta al

cumplimiento de las especificaciones y datos técnicos, exigidos por la Empresa

al urbanizador responsable, como requisito para el desarrollo del predio y

posterior solicitud de conexión del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo.

4.3. CASOS EN QUE NO SE OTORGARA LA VIABILIDAD

EMSERCOTA SA ESP no otorgará disponibilidad de servicios y datos técnicos al predio cuando: 1. El solicitante no aporte los documentos estipulados en el presente manual 2. Por imposibilidad técnica derivada de las condiciones físicas del inmueble o de su ubicación geográfica que hagan inviable la conexión 3. Por imposibilidad de tipo jurídico 4. Ya sea porque el predio se encuentre fuera del perímetro de prestación de servicio por parte de EMSERCOTA SA ESP. Los eventos anteriormente mencionados se comunicarán al interesado su negativa. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la negativa remitirá copia de

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la comunicación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, adjuntando los análisis que sustenten tal decisión y demás soportes.

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5. ESTUDIO Y APROBACION DEL PROYECTO HIDROSANITARIO

El urbanizador elabora y presenta para aprobación de la Empresa los diseños

del proyecto hidráulico.

5.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS SOLICITANTES

Para este trámite el urbanizador deberá entregar la siguiente documentación:

DOCUMENTO PUNTO DE VERIFICACION

Formato de revisión de proyectos

GPQR-F003 Debido diligenciamiento

Licencia de urbanismo vigente

expedida por la Secretaria de

Planeación Municipal.

Titular aprobación del proyecto

urbanístico no pierda vigencia antes

de seis (6) meses

Copia del Plano Urbanístico aprobado

dentro de la licencia anteriormente

indicada.

Verificar vigencia de la

documentación presentada, en caso

de desarrollo por etapas.

Certificado de existencia y

representación legal, si se trata de

personas jurídicas, con fecha de

expedición no mayor a sesenta (60)

días calendario. Vigencia de la documentación

presentada. Capacidad jurídica para

actuar en la solicitud

En caso que el trámite sea efectuado

por una persona natural o jurídica

diferente al propietario del predio, se

deberá allegar poder debidamente

otorgado por el propietario, indicando

los trámites para los cuales faculta

para actuar.

Copia del certificado de tradición y

libertad del predio o predios por

urbanizar, expedida con anterioridad

no mayor de sesenta (60) días

calendario.

Identificación del predio y titularidad

del derecho de dominio.

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Copia de los planos anexos a la

disponibilidad de servicios

Indicación del predio objeto del

proyecto a la misma escala.

Copia de los planos de diseño

hidráulico de acueducto y

alcantarillado conforme normas

técnicas correspondientes Cumplimiento de las normas técnicas

Plano general donde se indiquen las

servidumbres que se constituirán a

favor de la Empresa, cuando aplique.

Presupuesto de obras hidráulicas de

acueducto, alcantarillado sanitario y

pluvial externa

Valor del proyecto hidrosanitario

Fotocopia de la matricula profesional

del diseñador

Certificado COPNIA no superior 180

días calendario (6 meses).

Fotocopia de la cedula de ciudadanía

del profesional

Información del profesional que

elabora los diseños.

Permisos ambientales Con el fin de verificar el estado de los

vertimientos

Diseños hidrosanitarios con sus

respectivas memorias de cálculo

donde se indique:

Número de unidades

habitacionales

Caudal medio demandado del

servicio de acueducto en l/s

Caudal medio de vertimiento

de aguas residuales en l/S

Caudal medio vertido de aguas

lluvias en l/s

Producción media estimada de

residuos solidos

Verificación de Cálculos hidráulicos

para determinar la capacidad de las

redes existentes y la necesidad de

realizar ampliación de diámetros.

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Diámetros solicitados para los

servicios de acueducto y

alcantarillado

Lo anterior en medio físico y digital

Recibo de pago por concepto de

revisión del proyecto hidrosanitario

equivalente al 62.00% de un SMMLV.

Correspondencia del pago con la

autoliquidación

La documentación debe entregarse en un folder azul AZ de dos huecos,

marcado con el nombre, dirección del proyecto y datos del contacto en el

frente y lomo en el orden solicitado.

Nota: Todas las redes de la urbanización deben estar localizadas en espacio

público acorde con el plano urbanístico aprobado por la Secretaria de Planeación

Municipal. Cuando sea necesario construir redes en predios privados o en

predios oficiales ajenos a la urbanización en aprobación, el urbanizador tiene la

responsabilidad de establecer la servidumbre a favor de EMSERCOTA SA ESP.

El resultado del estudio se le comunicará al interesado con el fin de que una vez

cumplidos todos los requerimientos técnicos exigidos por el área técnica de

EMSERCOTA SA ESP, esta, expida el documento de aceptación de los diseños

hidráulicos presentados y posteriormente, allegue a la Empresa dos (2) copias

adicionales de los planos y memorias de diseño para la respectiva firma y sello

del área técnica las cuales serán devueltas al interesado.

Una vez revisado y devuelto el diseño con observaciones, el urbanizador cuenta

con treinta (30) días para radicarlo, junto con sus respectivos ajustes o

correcciones; vencido este plazo y de no presentarse solicitud de prórroga de la

parte interesada, el trámite se entiende desistido y el proyecto se deberá radicar

nuevamente efectuando el pago el 62.00% de un SMMLV por concepto de

revisión de diseños, sin perjuicio de que el interesado pueda presentar

nuevamente el trámite.

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6. EJECUCION DEL PROYECTO HIDROSANITARIO

Una vez la aprobación de los diseños y licencia de obras de urbanismo y de acuerdo al cronograma de obra, el propietario o urbanizador debe iniciar la construcción de las redes de acueducto y alcantarillado, avisando oportunamente cualquier cambio que por fuerza mayor debe realizarse. Antes de la ejecución del proyecto hidrosanitario ver el titulo 8 de este manual.

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7. REVISION DE REDES EXTERNAS

La ejecución, coordinación y entrega de redes externas son responsabilidad del urbanizador. Si en la carta de viabilidad y disponibilidad se le solicita pólizas al urbanizador, este deberá constituir y allegar a EMSERCOTA SA ESP las mismas exigidas con el fin de adelantar el trámite de aprobación. Para proyectos que puedan generar riesgos a las redes matrices de acueducto y alcantarillado, se exigirá de manera adicional, la constitución de una póliza de responsabilidad civil extracontractual.

7.1. DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR LOS CONSTRUCTORES

Para la solicitud de la supervisión del proyecto hidráulico se solicita la siguiente documentación:

DOCUMENTO PUNTO DE VERIFICACION

Carta de solicitud de supervisor para la ejecución de obras indicando el nombre, dirección del proyecto y los datos del contacto

Conocer intención del urbanizador

Copia de la viabilidad y disponibilidad de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo

Cumplimiento de las normas técnicas exigidas por EMSERCOTA SA ESP.

Pólizas constituidas a favor de EMSERCOTA SA ESP

Resarcir los daños en caso que se materialice el riesgo

Fotocopia de la consignación por concepto de supervisión del proyecto hidrosanitario equivalente al 6% del presupuesto resultante del proyecto (hidrosanitario) aprobado.

Correspondencia del pago con el presupuesto resultante del proyecto aprobado.

7.2. SUPERVISOR DE OBRA Para que EMSERCOTA SA ESP asigne la supervisión técnica de las obras a ejecutar por parte de los urbanizadores, deberá contar con los diseños aprobados por la Empresa, la póliza debidamente aprobada.

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El urbanizador deberá solicitar a EMSERCOTA SA ESP, la designación de supervisor para la ejecución de las obras, para lo cual presentará una carta de solicitud. La solicitud de designación de supervisor deberá responderse en un término de cinco (5) días hábiles. NOTA: El urbanizador no podrá adelantar la ejecución de obras del proyecto aprobado sin que haya surtido el trámite de designación de supervisor por parte de EMSERCOTA SA ESP.

7.3. CRONOGRAMA DE OBRAS

En el momento de suscribir el acta de inicio de obras, el urbanizador deberá presentar al supervisor el cronograma con los términos para la ejecución de obras de redes.

7.4. EJECUCION DE LAS OBRAS

El urbanizador deberá suscribir el acta de inicio de obras. Y las obras deberán ejecutarse según las especificaciones contenidas en los diseños aprobados por EMSERCOTA SA ESP.

El incumplimiento injustificado del cronograma de ejecución de obras por parte del urbanizador o constructor sin que medie acta de suspensión, facultará a EMSERCOTA SA ESP para suspender el servicio temporal para obras. Lo anterior sin perjuicio de los costos que se generen por la demora en la ejecución de las obras, los cuales serán asumidos por el urbanizador y liquidados a la entrega de los planos record correspondientes a las redes externas.

Si el urbanizador requiere suspender las obras deberá informar a EMSERCOTA SA ESP y suscribir la respectiva acta de suspensión. Para reiniciarlas será indispensable suscribir acta de reiniciación con la supervisión técnica

NOTA: Los daños que se ocasionen en las redes de acueducto y alcantarillado durante la ejecución del proyecto son de responsabilidad del urbanizador. Para este efecto EMSERCOTA SA ESP podrá hacer efectivas las pólizas sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales a que haya lugar.

7.5. MODIFICACIONES DE OBRA Y REVISION DE PLANOS RECORD

Cualquier modificación de diámetros, cotas, pendiente, rasantes, cimentación, materiales y rellenos de las tuberías, deberá contar con la aprobación previa de EMSERCOTA SA ESP.

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Durante la ejecución de las obras, el urbanizador deberá elaborar los planos

record de obra, acorde con las normas técnicas.

La aceptación final de los planos record se dará una vez se incorpore en ellos la

información necesaria y se cuente con la aprobación del Sistema de Información

Geográfica –SIG-, acorde con la normatividad vigente.

7.6. EJECUCION DE LOS EMPATES

Posterior a la presentación y aprobación de los planos record de obra por parte

del supervisor de obra, será quien autorizará la ejecución de los empates

posibles de acueducto y alcantarillado. Así mismo, el constructor deberá ejecutar

los empates a las redes de distribución o matrices, bajo la supervisión técnica de

Empresa.

Si EMSERCOTA SA ESP, ejecuta los empates el constructor cancelará el valor

del costo de los mismos en el momento de la liquidación del presupuesto.

7.7. ENTREGA Y RECIBO DE OBRAS

Para la entrega y recibo de obras, EMSERCOTA SA EP expedirá al urbanizador constancia de la entrega de redes de conformidad con el record de obra.

El área técnica de Empresa incorporara el record en la base de datos o catastro de redes.

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8. SERVICIO TEMPORAL

El trámite de servicio temporal aplica únicamente para obras, construcciones o proyectos de urbanismo. El constructor deberá tramitar ante EMSERCOTA SA ESP la prestación del servicio temporal de acueducto de acuerdo a lo establecido en este manual. Para este tipo de suministro de acueducto, será medido con instrumentos aceptados por EMSERCOTA SA ESP, se le aplicará la tarifa industrial y se facturará de acuerdo a las lecturas registradas por el medidor. En los casos en que se identifique el abastecimiento con fuentes alternas se facturará el servicio de alcantarillado por concepto de la utilización de las redes.

8.1. DOCUMENTOS QUE DEBEN APORTAR LOS SOLICITANTES

DOCUMENTOS VERIFICACION

Formato de solicitud de servicio temporal para constructores GPQR-F004

Diligenciamiento

Licencia de construcción Vigencia de la licencia

Copia de la cédula de ciudadanía de quien realiza el tramite

Correspondencia con la identificación de la persona que realiza el trámite

Poder debidamente otorgado por el propietario del inmueble, urbanizador / constructor o representante legal de la sociedad. Aplica en caso que el trámite sea efectuado por una persona natural o jurídica diferente al propietario del predio.

Capacidad jurídica para actuar de la persona que realiza el trámite

Si es persona jurídica, copia del certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días calendario

Vigencia de la documentación presentada. Capacidad jurídica para actuar en la solicitud.

Certificado de tradición y libertad no mayor a sesenta (60) días calendario.

Titularidad del predio.

Boletín de nomenclatura oficial no mayor a sesenta (60) días calendario.

Ubicación predio

Plano de localización del predio indicando sitio de ubicación y lugar, diámetro de la acometida de acueducto y lugar y diámetro de conexión de la domiciliaria de

Viabilidad de la conexión, acorde a las normas técnicas

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alcantarillado (cuando se requiera). Y cálculo de la capacidad hidráulica (En caso de existir domiciliaria en el predio, el constructor deberá anexar el plano de localización de la domiciliaria y memoria de cálculo de la capacidad hidráulica actual y la proyectada.)

Para la ejecución de la domiciliaria, el constructor deberá adicionar al plano la siguiente información:

1. Localización general con nomenclatura vial.

2. Ejes de coordenadas X y coordenadas Y

3. Predio demarcado en el plano

4. Ubicación de la acometida temporal

5. Tipo de tubería (domiciliaria).

6. Ubicación de las domiciliarias.

7. Redes existentes (longitudes, diámetro, pendientes, cotas) de acuerdo con los lineamientos técnicos entregados.

8. Longitud, diámetro, pendiente, cotas claves y rasantes de salida y llegada de la(s) domiciliaria(s).

9. Perfiles de las domiciliarias con los datos básicos.

10. Detalles de conexión de las domiciliarias.

11. Detalles de cimentación de las domiciliarias

Cumplimiento de la norma técnica

Si el constructor requiere ejecutar las acometidas de acueducto y

Autorización para ejecutar las acometidas.

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alcantarillado, deberá hacer la solicitud por escrito, previo cumplimiento de las normas técnicas y bajo la supervisión técnica de EMSERCOTA SA ESP

Descripción de las medidas, elementos y estructuras que se utilizarán para evitar los desperdicios y la contaminación del sistema de acueducto y alcantarillado, los cuales deberán ajustarse a las normas establecidas por EMSERCOTA SA ESP.

Uso racional de los servicios

Licencia de excavación y copia del contrato de obra (para entidades públicas)

Vigencia de la licencia

Cronograma de ejecución de obra. Hacer el control de seguimiento de avance

EMSERCOTA SA ESP verificará que las cuentas de predios demolidos estén a paz y salvo por todo concepto. Una vez radicada en legal y debida forma, EMSERCOTA SA ESP contará con el término de quince (15) días hábiles para dar respuesta a la solicitud. NOTA: El constructor y/o urbanizador se comprometen a hacer un adecuado uso de las redes y a reconocer los costos de los daños generados a estas, ocasionados por la construcción del proyecto respectivo. El constructor y/o urbanizador estarán a cargo del Plan de manejo, transporte y disposición de lodos bentoníticos y demás sobrantes de demolición que afecten el sistema, cuya supervisión será realizada por el área técnica de EMSERCOTA SA ESP. Los costos asociados a estas actividades serán a cargo del constructor y/o urbanizador.

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8.2. ACOMETIDAS EXISTENTES

En todos los casos, la cuenta contrato existente se dará de baja en el sistema de información de la Empresa y se creará una nueva cuenta, para lo cual el constructor deberá estar a paz y salvo por todo concepto e informar en la solicitud las acometidas legales existentes para que EMSERCOTA realice la correspondiente verificación en terreno.

Cuando la construcción se realice sobre un predio demolido o que cuente con acometida legalizada existente, el constructor deberá realizar trámite del servicio temporal. En caso de existir acometida, EMSERCOTA SA ESP deberá estudiar la posibilidad de habilitarla como temporal o realizar el respectivo taponamiento desde la red.

8.4. VIGENCIA Y PRORROGA DEL SERVICIO TEMPORAL

La conexión temporal para EMSERCOTA SA ESP en todo caso el constructor no podrá exceder de seis (6) meses. La empresa EMSERCOTA SA ESP podrá suspender el servicio cuando el constructor no cumpla con las obligaciones establecidas en este reglamento. Una vez el constructor este cerca del vencimiento de la temporal de obra relacionado con la aprobación y no ha culminado el proyecto, EMSERCOTA SA ESP podrá ampliar el plazo de prestación de servicio temporal siempre que medie justificación técnica para ello.

8.5. DOCUMENTOS PARA SOLICITAR LA PRORROGA DE TEMPORAL DE OBRA

El constructor que requiera prorroga deberá entregar a EMSERCOTA SA ESP los siguientes documentos:

DOCUMENTO VERIFICACION

Carta solicitud ampliación de prorroga Fecha de solicitud

Licencia de construcción Vigencia de la licencia

8.6. LIQUIDACION DE LOS COSTOS DE CONEXIÓN DE SERVICIO TEMPORAL DE OBRA

Para la aprobación de la instalación del servicio temporal, EMSERCOTA SA ESP realizará una inspección en el predio para establecer las condiciones en las que se prestará el servicio y la posibilidad de conexión, a partir de la documentación entregada por el constructor.

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Una vez EMSERCOTA SA ESP apruebe la solicitud anexará la liquidación correspondiente a los costos de conexión y alcantarillado según corresponda. Verificado el pago de los costos de conexión, la Empresa procederá a realizar la activación de la respectiva cuenta contrato, con el fin de realizar los cobros de manera periódica. NOTA: en caso que se habilite la acometida existente del predio demolido se dará de baja la cuenta antigua y se procederá a crear la cuenta temporal.

8.7. SUSPENSION DEL SERVICIO TEMPORAL Se procederá a realizar la suspensión del servicio temporal, si se presenta alguna de las siguientes circunstancias:

PROCESO DE CONSTRUCCIÓN a) Por vencimiento del termino establecido b) Por modificación no autorizada de la conexión

DURANTE EL PROCESO DE URBANISMO, REDES EXTERNAS c) cuando al iniciar la construcción no se han aprobado los diseños de redes externas en procesos de urbanismo d) Cuando no se han cumplido las actividades dentro de los procesos de urbanismos de acuerdo con el presente reglamento e) Cuando exista incumplimiento por parte del constructor una vez realizado los empates de acueducto g) En los demás eventos establecidos en el contrato de condiciones uniformes de EMSERCOTA SA ESP.

8.8. CORTE DEL SERVICIO TEMPORAL

EMERCOTA SA ESP controlará el uso del servicio temporal y cortará el servicio, se presente alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando se alcance el 70% de avance físico de obra civil (construcción) de acuerdo con el cronograma de obras verificado por EMSECOTA SA ESP en terreno y no se haya adelantado el trámite de acometidas definitivas.

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b) Cuando se alcance el 100% del proyecto de urbanismo de acuerdo con el cronograma de obras aprobado sin que se haya dado inicio al proceso de acometidas definitivas.

c) En los demás eventos establecidos en el Contrato de Condiciones Uniformes de EMSERCOTA SA ESP.

d) Cuando se identifiquen conexiones no autorizadas del servicio, o evidencias de fraude o adulteración de los equipos de medida. Adicionalmente, EMSERCOTA SA ESP iniciará el proceso de defraudación de fluidos, conforme la normatividad vigente.

En caso de presentarse el corte del servicio de provisional de obra el constructor o urbanizador deberá iniciar el trámite de reinstalación del servicio de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Condiciones Uniformes.

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10. ACOMETIDAS DEFINITIVAS Para esta etapa es necesario aclarar que las redes internas no son competencia, ni responsabilidad de EMSERCOTA SA ESP, por lo tanto ésta no se revisa, ni aprueba ningún elemento de dichas redes con excepción de la instalación propia de los medidores y las acometidas.

10.1 APROBACION DE CONEXIONES DOMICILIARIAS

Para la aprobación de las conexiones domiciliarias se deberá adjuntar la siguiente documentación:

DOCUMENTO VERIFICACION

Formato de solicitud de acometidas para constructores GPQR-F005

Diligenciamiento

Licencia de construcción Vigencia de la licencia

Poder debidamente otorgado por el propietario del inmueble, urbanizador/ representante legal de la sociedad). Aplica en caso que el trámite sea efectuado por una persona natural o jurídica diferente al propietario del predio.

Capacidad para actuar de la persona que realiza el trámite

Copia de la cédula de ciudadanía de quien realiza el trámite

Correspondencia con la identificación de la persona autorizada.

Si es persona Jurídica, copia del Certificado de Existencia y Representación legal con fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días calendario.

Vigencia de la documentación presentada.

Capacidad jurídica para actuar en la

solicitud.

Certificado de tradición y libertad, expedido con anterioridad no mayor a sesenta (60) días calendario.

Confirmar la titularidad del predio

Certificado de nomenclatura y estrato Vigencia de la documentación presentación

Auto declaración de instalación de equipos ahorradores de agua

Compromiso adquirido de acuerdo con el decreto 3102 del año 1997.*

Caracterización de sus vertimientos Verificar el cumplimiento de la norma de vertimientos vigente.

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* Es obligación de todo constructor y urbanizador el uso racional de los servicios y la

utilización de equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua de conformidad con lo establecido en el Decreto 3102 de 1997.

10.2. REQUISITOS DE INSTALACION

EMSERCOTA SA ESP instalará los medidores de acueducto de acuerdo a las especificaciones de materiales, diseño de acometida y demás exigencias. Cuando el suministro de los medidores lo realice el constructor, y la instalación la efectué EMSERCOTA SA ESP, el constructor deberá entregar el aparato medidor, con sus accesorios para efectuar la instalación. Una vez instalados los medidores, EMSERCOTA SA ESP procederá a la activación de las cuenta contrato, de acuerdo a la información consignada en el formato de solicitud de acometidas.

10.3. INSTALACION DE CUENTA TOTALIZADORA

La cuenta totalizadora será obligación del urbanizador o constructor bajo la supervisión del Interventor designado por EMSERCOTA SA ESP quien hará cumplir su conexión de acuerdo a los diseños previamente aprobados. Dicha montaje se hará paralelo a la instalación de los medidores para cada unidad de vivienda.