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Mensaje con motivo de la conmemoración del sesenta aniversario
de la Constitución del Estado Libre Asociado d e Puerto Rico
Orador: Lcdo. Alfredo Castellanos Bayouth
Muy buenas tardes. Me uno a los saludos protocolares con motivo de
esta ocasión. Quiero comenzar expresando mi mas profundo agradecimiento
al gobernador Luis Fortuño, por honrarme con su invitación para ofrecer un
mensaje en el día de hoy, fecha tan importante para todos los
puertorriqueños, ya que celebramos el sexagésimo aniversario de nuestra
constitución y nuestro ordenamiento constitucional.
Un día como hoy, hace exactamente sesenta (60) años, la historia de
nuestro pueblo y de nuestra nación cambió para siempre. El primer evento
transformante para todos los puertorriqueños se suscito cuando, con el aval
del Congreso, decidimos organizarnos no solo en el ámbito político y en lo que
concierne a la administración publica; proceso que se había iniciado con la Ley
Foraker del 1900, la Ley Jones del 1917 y la Ley del gobernador electo del
1947; sino, más trascendental aun, comenzamos a organizarnos
constitucionalmente, como un estado de facto de la Unión americana.
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Como la historia de nuestra nación nos ilustra, el proceso de concederle
a un territorio la oportunidad de organizarse política y legalmente con su
propia Constitución, con el aval del Congreso, fueron sucesos que nunca antes
se habían experimentado de manera consolidada y simultánea en el
experimento constitucional americano. Es en ese momento, del que hoy se
cumplen sesenta (60) años, que nace nuestra estructura constitucional, la cual
fue creada con mentes puertorriqueñas y avalada por la absoluta mayoría de
nuestro pueblo. Ese vehículo, que fue diseñado y respaldado por nuestro
pueblo, se vislumbro hace sesenta (60) años, entre otras cosas, como el medio
que nos iba a permitir evolucionar y empoderarnos como pueblo. Con ese
vehículo, fortalecido por el pensamiento de los arquitectos del ordenamiento
constitucional americano y dentro del concepto de estado que emana de
nuestro ordenamiento constitucional, la esperanza de muchos, hace ya
sesenta (60) años era que precisamente con ese vehículo íbamos a llegar a
nuestro destino político. Hace sesenta (60) años, y según lo ha confirmado el
Tribunal Supremo de los Estados Unidos recientemente en Examining Board
v. Flores Otero y la retirada Juez Sandra Day O’Connor en United States v.
Laboy Torres, Puerto Rico se convirtió en un estado de facto de la Unión
americana.
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Hay que descartar, para el beneficio de aquellos que desconocen o
rehúsan conocer de nuestro pasado, que la antedicha gestión histórica recibió,
no en una, sino en tres ocasiones, el apoyo masivo de la absoluta mayoría de
los electores. Sin lugar a dudas, nuestra Constitución es el fruto de nuestros
esfuerzos individuales y colectivos. Nuestra constitución, es una prueba
fehaciente de lo que podemos lograr como pueblo. Este evento sirve para
manifestarle a los aproximadamente trescientos diez (310) millones de
hermanos y hermanas que junto a nosotros, forman parte de la Unión
americana, que la resolución puertorriqueña, precisamente es de la que
hablaba Francis Scott Key cuando mientras se encontraba varado en la Bahía
de Baltimore, Maryland durante la Guerra del 1812, nuestra segunda guerra
de independencia, escribió un poema que luego se convirtió en nuestro himno
nacional, el Star Spangled Banner, que habla expresamente de la resolución
del pueblo americano. Nuestra resolución está a fin con la resolución de
nuestros compatriotas americanos y que no le quepa duda a nadie que aquí
también estamos en la tierra de los bravos.
Como ustedes bien conocen, nuestra Constitución, cuya vigencia
celebramos todos los 25 de julio desde el 1952, desde que Don Luis Muñoz
Marín erizó nuestra bandera oficial, representa un compromiso
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inquebrantable por parte del Congreso de los Estados Unidos hacia nuestro
pueblo. Dentro del contexto histórico de nuestra nación, con algunas
esotéricas excepciones, ese pacto, siempre ha sido un pacto de carácter
doméstico, en nuestro caso fue expresamente un pacto entre el Congreso y el
pueblo de Puerto Rico. Esto es una realidad inalterable, y el mismo no es, ni
puede ser interpretado como uno de carácter o connotaciones
internacionales, como lamentablemente algunas personas, ya sea por
ignorancia o por fines políticos partidistas, pretenden tergiversar. Y es
precisamente, esa intención de desvirtuar y alterar de manera acomodaticia a
intereses o aspiraciones particulares de algunos sectores, lo que en vez de
adelantar nuestra navegación hacia un mejor futuro, ha inducido a error a
cientos de miles de puertorriqueños, durante el transcurso de nuestra historia
contemporánea, específicamente desde el 1948. Veamos
No es un mero “accidente histórico” el que a estas alturas, en el 2012,
sesenta (60) años después de ese evento crucial, todavía exista un
cuestionamiento individual y/o colectivo, de lo que verdaderamente significa
para nosotros, los 3.7 millones de ciudadanos que hacemos de Puerto Rico
nuestro hogar, la autorización que nos brindó el Congreso para la creación de
nuestra Carta Magna y el alcance de dicho suceso histórico.
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En gran medida, la confusión responde a esa acción concertada por
algunos sectores con la ayuda de congresistas y cabilderos inescrupulosos, de
proyectar ese pacto ineludible, como un convenio ajeno a la realidad histórica
de los Estados Unidos. La verdad es, aunque reconocemos que hay quienes
acuden a la negación, y cito, en parte, al Profesor Emeritus de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Yale, quien es posiblemente uno de los
constitucionalistas mas respetado en este momento en nuestra nación,
incluyendo por el propio Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que lo cito
sin vacilación para sostener una determinación histórica y de carácter
constitucional, me refiero al profesor, Akhil Reed Amar, quien afirma en su
libro The History of the Constitution Of the United States: “nuestro pacto
doméstico con el Congreso es el mismo pacto que el Congreso le
reconocía a cada territorio que recibía la autorización del Congreso
para organizarse políticamente”, ni más ni menos.
Respetuosamente, le recomiendo a los “agnósticos” que vuelvan a leer
el encasillado de la Ley 600 la cual habla expresamente de organizarnos, para
disipar cualquier duda que a estas alturas de nuestra historia algún
puertorriqueño pueda tener. Por eso hoy, 25 de julio del 2012, sesenta (60)
años del nacimiento de nuestra constitución les afirmo a todos ustedes, sin
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reserva mental alguna, que no existe impedimento en el ejercicio de nuestros
derechos naturales, para celebrar, sin preocupación alguna, la
conmemoración de la promulgación de nuestra Constitución, la misma
Constitución, que tiene los cimientos en ley para encaminarnos hacia nuestro
destino como un estado de facto de la Unión Americana. El conocimiento de la
verdad, nos brinda la libertad y oportunidad de celebrar nuestra historia con
el respeto y la dignidad que todos debemos sentir por la misma. Nuestra
historia constitucional no le pertenece a ningún partido político y ningún otro
estado de la Unión: le pertenece a todos nosotros, al pueblo de Puerto Rico.
La evolución constitucional de los Estados Unidos nos enseña, entre
otras cosas, que una vez se perfecciona el llamado “pacto doméstico” entre el
Congreso y los ciudadanos de un territorio organizado, sin excepción alguna,
este pacto siempre ha llevado a los ciudadanos y residentes del territorio
organizado hacia una sola dirección dentro del contexto constitucional
nacional. Esa dirección envuelve, por mandato histórico y constitucional, el
reconocimiento de todos los derechos, privilegios, e inmunidades que nos
confiere nuestra ciudadanía americana, la cual el Congreso completó en el
1947. ¡Hace ya sesenta y cinco (65) años! que el Congreso nos extendió los
mismos derechos que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, hasta el
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caso de Balzac v. Porto Rico, indicó que estaban ausentes desde el Tratado de
Paris y que llevaba a la conclusión de que Puerto Rico no era un territorio
incorporado. Y escuchen bien, en ese mismo año, fue que el Juez Asociado del
Tribunal Supremo de los Estados Unidos, el Juez Hugo Black de Alabama, en
una opinión disidente en el caso de Adamson v. California inició el proceso de
nacionalización a nivel constitucional de todos los derechos fundamentales
que le pertenecen a todos los ciudadanos americanos por razón de su
nacionalidad. Un pensamiento jurídico que al igual que nuestra pacto con el
Congreso, sigue siendo una obra en marcha. En nuestra nación hay que luchar
por nuestros derechos fundamentales tanto en los estados, estados de facto y
los territorios. Pero si se lucha y persiste, la historia afirma que se triunfa y así
será para nuestro pueblo.
Desde hace seis (6) décadas, comenzando desde un día como hoy, más
de dos generaciones de puertorriqueños nos hemos beneficiado de los frutos
de los derechos, privilegios e inmunidades que nos brinda nuestro
ordenamiento constitucional por razón de nuestra ciudadanía, lo que el
Congreso incluyo para garantizar su permanencia, por disposición expresa en
el Articulo VII de nuestra Carta Magna.
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Hace sesenta (60) años, el Congreso de Estados Unidos nos abrió las
puertas de nuestra Nación para que todos los ciudadanos americanos que
residimos en Puerto Rico pudiéramos participar del experimento político y
democrático más exitoso de la historia de la humanidad, el cual inclusive,
sobrepaso todas las expectativas de éxito que tenían los Padres Fundadores.
Esa visión de los Padres Fundadores de la República y arquitectos de nuestro
ordenamiento constitucional nacional, inspirado en los derechos naturales
que nos confiere nuestro Padre Creador, es precisamente la razón que nos une
en esta importante actividad aquí en el Viejo San Juan. Sin embargo, aquí, hoy,
es imperativo señalar y enfatizar, un hecho del que todos tenemos y debemos
de estar conscientes como bien mencione hace unos momentos: lo que
empezamos gloriosamente en el 1952, aún no ha culminado. Para lograr esa
encomienda restan unos pasos y acciones afirmativas que tenemos que tomar
como pueblo. El tiempo actual, el presente, nos exige compromiso, afirmación
y una inquebrantable resolución en pro de nuestro futuro. El camino esta
trazado, podemos caminar hacia nuestro destino sobre tierra firme.
Ante la trascendencia de esta ocasión, además, se torna imperativo
señalar e ilustrar un hecho que, humildemente, me atrevería a afirmar que
desconoce la mayoría de nuestro pueblo. Este dato, es relevante,
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particularmente en esta celebración y evento histórico de hoy, en el cual
conmemoramos la creación de nuestra Carta Magna: Los derechos,
privilegios e inmunidades que le fueron reconocidos a nuestro pueblo en
el 1947, nacen no por obra y gracia del Congreso y tampoco por las
mejores intenciones del Juez Hugo Black, sino del fruto de la Ordenanza
del Noroeste aprobada el 13 de julio de 1787, el cual es uno de los más
importantes documentos en la historia de los Estados Unidos. Dicha
ordenanza, fue aprobada tan solo unos meses antes de que la Asamblea
Constituyente que se llevo a cabo en Philadelphia, en el caluroso verano del
1787. De hecho, impresionantemente, probablemente, quizás por divina
providencia, dicho acto congresional fue la única ordenanza que fue aprobada
por el Congreso bajo los Artículos de Confederación. El fruto de la m en el
2012.
Desde la aprobación de la referida ordenanza del Noroeste, nuestra
Nación proclamo, para el beneficio de futuras generaciones de americanos,
que los Estados Unidos jamás iban a permitir que el maltrato a los cuales
fueron expuestos en numerosas ocasiones las colonias y los colonos
cuando peticionaban a Jorge III y al Parlamento Ingles para remedios en
ley sobre sus agravios, volviera a ocurrir en todos los territorios que
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fuera adquiriendo la joven nación, ya sea por conquista o tratado. Esa
cicatriz histórica que dejo el maltrato de Gran Bretaña, con el aval de Jorge III,
promovió en una joven confederación, que los abusos y atropellos del pasado
nunca más se iban a permitir en los Estados Unidos de América y que iba a
estar el Congreso a cargo de ayudar a los nuevos territorios a convertirse en
territorios que pudiera asumir sus propias responsabilidades inspiradas en el
Republicanismo americano y que los ciudadanos del territorio se les ensenaría
sobre el deber cívico republicano que le compete asumir a todo ciudadano;
que los derechos que fueron mancillados a los colonos, como el derecho
fundamental de todo ciudadano a que sus casos se juzguen, tanto en casos
c i viles como en casos penales por los miembros de su comunidad, que todos
los ciudadanos iban a estar participando activamente , en la administración de
la justicia, el derecho al Habeas Corpus, la libertad de prensa y expresión, la
libertad de culto, entre una lista de derechos, nunca más iban a ser coartadas
por el gobierno nacional. El 13 de julio de 1787, los Estados Unidos se
comprometió con el mundo entero a que nunca más iba a ser poseedor o
retenedor de cualquier tipo de colonia ilimitadamente. Lo increíble de la
ordenanza, de las garantías y derechos que se le extendía a los nuevos
territorios y sus respectivos ciudadanos, es que la misma, en su totalidad, fue
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incorporada por referencia en la primera Sesión del Congreso bajo nuestra
nueva constitución nacional del 1787, ratificada el 17 de septiembre del 1789,
en el Artículo IV Sección 3, conocida comúnmente en nuestra jurisdicción
como la infame “cláusula territorial”. Consecuentemente, todos los derechos
que la joven nación les prometió a sus nuevos territorios y los compromisos
constitucionales, amparados en el referido pacto, también nos pertenecen a
nosotros como herederos forzosos de ese histórico legado exclusivo de
nuestra nación y nuestra constitución.
Lamentablemente, el neo imperialismo que infecto y trastoco a nuestra
nación a finales del siglo 19 y hasta la primera parte del siglo 20, habrá
trastocado momentáneamente esa importantísima proclamación histórica. Sin
embargo, este pueblo y nuestra nación, no pueden olvidar esa gran promesa y
realidad histórica la cual nos cobija, como mencione, por garantía
constitucional.
Hoy, sesenta (60) años después del nacimiento de nuestro
ordenamiento constitucional como estado de facto, podemos exaltar que los
enumerados derechos y promesas que la Nación ofrece por fuerza de la
Constitución a todos los territorios organizados políticamente, nos pertenecen
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a nosotros los puertorriqueños por igual y en igualdad de condiciones, como
les fueron reconocidos a todos los territorios organizados.
Escuchen bien, es importante que todos entendamos, que los poderes
que tiene el Congreso para establecer reglas y reglamentaciones para los
territorios americanos esta subordinada, como bien ha expresado en
reiteradas ocasiones nuestro máximo foro judicial, a las limitaciones de la
Constitución. Esa es nuestra realidad constitucional en el 2012 y una que nos
compete, directamente a nosotros como ciudadanos americanos, recordársela
a todos los conciudadanos de la Nación, particularmente a ciertos políticos, o
algunos enemigos vehementes de los intereses de nuestro pueblo que de vez
en cuando proyectan padecer de amnesia selectiva.
Me siento en la obligación de decirles a los opositores, no creyentes en
nuestro ordenamiento constitucional que si algo nos ha enseñado la historia
es que los enemigos de nuestro ordenamiento de ley y orden, nunca podrán
mutilar y/o destruir el mismo.
Quiero aprovechar la oportunidad, en el marco solemne de esta
actividad, evento oficial de Estado, que entiendo es la manera correcta y
apropiada de conmemorar el 60 aniversario de nuestra constitución, alejados
de manifestaciones de índole políticas, mencionar datos que todos ustedes
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conocen pero que entiendo, esta ocasión exige la reflexión sobre los mismos,
para el beneficio de futuras generaciones:
Según menciono el Juez Federal Gustavo Gelpí hace apenas unos años,
un 25 de julio, parafraseando el sentido profundo de sus respectivas
alocuciones con mi propio pensamiento critico, el concepto de gobierno
republicano que tenemos los puertorriqueños no es un concepto abstracto, ni
esotérico, sino dicho republicanismo reafirma el concepto de que el ciudadano
es el que tiene la última palabra, y no así el Estado. Y como bien esbozo el
fallecido presidente Ronald Reagan, ese principio, no solamente nos los
garantiza nuestra Constitución, sino que la Constitución de los Estados
Unidos, a través de la cláusula de supremacía, nos garantiza la permanencia de
ese cardenal principio de gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.
Como lo memoria lizo el Presidente Abraham Lincoln en su discurso de
Gettysburg, un 19 de noviembre de 1863, “que nuestro nuevo renacer
amparado en la libertad, es para garantizar que el gobierno de la gente, por la
gente y para la gente, nunca desaparecerá de la faz de la Tierra”.
Siguiendo el pensamiento del ex presidente Ronald Reagan y de mi
héroe Abraham Lincoln, al igual que la Constitución de Estados Unidos, la
constitución de Puerto Rico provee para un gobierno republicano de tres (3)
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ramas de gobierno de igual rango constitucionales: ejecutiva, legislativa y
judicial. Ninguna tiene más poder que las otras y entre si proveen un sistema
de pesos y contrapesos con el fin de que siempre la ciudadanía cuestione y
sospeche de la concentración de poderes en las tres (3) ramas de gobierno y el
peligro que esto representa a nuestro esquema de libertad ordenada. Bajo el
sistema de gobierno republicano, por el que tantas personas han dado su vida
por preservar. Cabe señalar que la rama judicial en Puerto Rico, al igual que el
de cualquier estado de la Unión, tiene exactamente la misma potestad que en
un tribunal federal para interpretar la Constitución de los Estados Unidos,
para que todos podamos participar en la administración de la justicia y de ser
juzgados por los miembros de nuestra comunidad en casos civiles. La petición
que se encuentra en los tribunales de Puerto Rico para que se reconozca la
Séptima Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, es solo un
ejemplo de lo antedicho.
El Juez Asociado Black decía, ante la amenaza que existía de caer bajo
las garras del totalitarismo de Mussolini, Hitler, Stalin, Franco y compañía,
que mientras exista una Carta de Derechos como la nuestra, el experimento
de que las personas se puedan gobernar entre si siempre existirá sobre la faz
de la tierra. Así de importante es nuestro ordenamiento constitucional. Es por
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eso que hoy, sesenta (60) años después del nacimiento de nuestra
Constitución estamos aquí congregados para afirmar que nuestro pueblo no
desea invertir el estado natural de quien es el verdadero soberano en nuestro
esquema constitucional: el ciudadano, ustedes mis hermanos y hermanas.
También, es importante disipar algunos mitos del Federalismo
americano. El Federalismo es, sin lugar a dudas, el guardián de nuestras
libertades y nuestros derechos constitucionales, incluyendo los derechos no
enumerados al amparo de la Novena y Undécima Enmienda y la Sección 19 de
nuestra Carta de Derechos. Todos nuestros derechos los posee el pueblo. En
el Federalismo del 2012, le compete al Gobierno Federal y al estado de facto
de Puerto Rico, porque con la excepción de áreas ocupadas por la
constitución o de los Estados Unidos por el Congreso, que son los menos y no
los mas, defender los mismos derechos fundamentales que poseemos bajo la
Constitución de los Estados Unidos y la nuestra, como si existiera un solo
ordenamiento constitucional. La nacionalización de nuestros derechos
fundamentales, según lo vislumbro el Juez Asociado Hugo Black en el 1947, es
nuestra realidad en el 2012. Hablar de derechos en el 2012, sin hablar de
derechos que le pertenecen a todos los americanos por razón de su
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nacionalidad, es faltarle a la veracidad histórica y un acto de gran
irresponsabilidad.
Como ha enfatizado este servidor en reiteradas ocasiones, la época de la
segregación constitucional pertenece a las reliquias del pasado. Eso debemos
celebrarlo hoy y siempre, como puertorriqueños, como buenos americanos.
Hago eco de las palabras del Reverendo Martin Luther King Jr., cuando desde
una celda en prisión en Birmingham, Alabama, indico como palabras
proféticas que nunca mas un ciudadano americano se debería sentir como un
extranjero en su propia tierra. Con estas palabras podemos dar santa
sepultura al nefasto concepto de que por alguna fricción jurídica nuestro
pueblo y consecuentemente nosotros, somos extranjeros en nuestra propia
nación. Que dicho razonamiento constitucional descanse en paz.
Como puntos finales, estimo relevante, por la trascendencia de la ocasión y
mi alto grado de respeto hacia nuestra historia, recordar, como mencione
hace unos instantes, las palabras mágicas que selecciono nuestra Asamblea
Constituyente como preámbulo de nuestra Constitución.
Ordenamos y establecemos esta Constitución… que en el
ejercicio de nuestro derecho natural ahora creamos dentro de
nuestra unión con los Estados Unidos de América…
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Que consideramos factor determinante en nuestra vida la
ciudadanía de los Estados Unidos de América y la aspiración
a continuamente enriquecer nuestro acervo democrático en el
disfrute individual y colectivo de sus derechos y
prerrogativas….
[Que también consideramos factor determinante] la lealtad
de los postulados dela Constitución [de los Estados Unidos de
América]
También, estimo relevante recordarles a todos nuestros funcionarios
públicos, incluyendo en específico a los de la rama judicial, sobre el Artículo
IV, Sección 16 de la Constitución de Puerto Rico, la cual exige y cito:
Todos los funcionarios y empleados del Estado Libre Asociado,
sus agencias, instrumentalidades y subdivisiones políticas
presentaran antes de asumir las funciones de sus cargos,
juramento de fidelidad la Constitución de los Estados Unidos
de América y a la Constitución y las leyes del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico.
Este juramento conlleva el que todos nuestros funcionarios electos,
gobernador, legisladores estatales y municipales, al igual que los funcionarios
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nombrados por el ejecutivo, los miembros de la judicatura y cualquier
empleado del gobierno de Puerto Rico, no importe su rango, están obligados a
brindarle lealtad sin reserva mental alguna a ambas constituciones.
Finalmente, a la vez que rendimos tributo a esta Constitución, debemos
al igual hacerlo en honor a todos aquellos ilustres congresistas y delegados
que tuvieron una gran visión que hoy vivimos y en específico a todos los
puertorriqueños que han sacrificando sus vidas por nuestras libertades, a
todos ustedes nuestro reconocimiento y profundo agradecimiento.
Exhorto a todos a que conozcan y estudien su constitución. Difícilmente
existe en nuestra historia un documento mas importante, ilustrante, didáctico,
determinante, en fin, la mejor referencia para un pueblo entender quien es, de
donde viene y hacia donde va, amparado en sus derechos y libertades,
recogidas en nuestra constitución que se diseño con el fin de garantizar
permanentemente a todos los ciudadanos nuestra aspiración colectiva de que
todos podamos aspirar “a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad”.
Tenemos que atesorar nuestra constitución, es sabiduría que debemos
conocer y compartirla con nuestros hijos, con nuestros nietos. Este valioso
documento, en original, es exhibido en la Casa de las Leyes, y los invito a que
vayan y lo aprecien. Con nuestra Constitución y sus postulados no podemos
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fracasar en nuestra gestión histórica. Sin la misma estamos destinados a caer
en el abismo. Nuestra marcha para un mejor Puerto Rico no la va detener
nada ni nadie. Hoy nuestra constitución esta mas viva que nunca.
Hoy, a sesenta (60) años del nacimiento de nuestro experimento
constitucional como estado de facto de la Unión americana, me atrevo a
proclamar que con nuestra constitución y con la palabra del Señor en nuestro
espíritu, llegaremos a ese destino constitucional. Nuestra Nación estará
pasando por momentos económicos difíciles, pero como bien decía el
Reverendo Martin Luther King Jr., nosotros, los puertorriqueños rehusamos
aceptar que nuestro banco nacional de justicia esta insolvente.
Muchas gracias.