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Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)ARACELLY ARIAS SOTOCL 3 No. 10 A-32Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
AURORA FERLACL 3 A No. 10-19Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)DIANA LORENA VARGASCL 14 Nø 16-111Florencia
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)EDILMA RIZCO ANDRADECL 23 Nø 8Puerto Asis
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), que se relacionan en referencia por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)CLAUDIA PATRICIA CHACON FERIACL 25 No. 9-60Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)DIANA ALICIA MEDINA COLLAZOSCR 8 Nø 3B-25Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)YUBELY ANDREA CASTRO CABRERACL 3 A No. 10-19Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)LIESBETH TORRES FERNANDEZCL 40 F SUR No. 81D-38Bogotá
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)LUZ DARY PEREZ VALDERRAMACL 2 D No. 6-32Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECT
Y (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)TADIA MENDEZ BUSTOSCR 11 A Nø 3-27Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)SANDRA MILENA SANCHEZ PAREDESVRD PALOMASPaujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)ELIANA ANDREA CORTES BUSTOSVRD LA RIVERAPaujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
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Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)DERLY TATIANA FERLA MANDOZACL 86 No. 5-21Neiva
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)NORMA CHACON FERIACL 25 Nø 9-60Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)KARINA MONROY ARTUNDUAGACL 3 A No. 10-19Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)ZHARITH SOFIA VERU SOTOCR 11 Nø 3-33Paujil
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)ZENAIDA ECHEVERRY DIAZVRD EL TEMBLONLa montañita
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)ANA YAXIRY PAPAMIJA ARDILAVRD UNION CORDILLERALa montañita
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)LUZ FANNY CALDERON ZAPATACL 2 A Nø 7 B-37Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)DISNEY OLAYA GARZONCL 22 No 6-30 AV CENTENARIAFlorencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)MARIA ESPERANZA LOMBANA CASTROCR 7 C No. 1 D BIS-20Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)YINETH ZAMBRANO ZAMBRANOCL 23 D Nø 3 A-39Florencia
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
E-mail. [email protected]
Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
Bogotá D.C., 28 de enero de 2015
CONSULTOR (A)MALFY ALEJANDRA POSSO SOBOGALCR 3 Nø 13-27Doncello
REF: Cobro pre jurídico.
Estimada Consultora Independiente:
A la fecha persiste el incumplimiento respecto al pago de la(s) factura(s), por concepto de compra de productos a la Compañía YANBAL DE COLOMBIA S.A. identificada con Nit. N° 860512249-4. Por tanto le informamos que el plazo para cancelar es el día 04 de febrero de 2015.
Aunado lo anterior, le manifestamos que si en los próximos 15 días, a partir de la notificación del presente documento usted no cancela la obligación precitada, nos veremos en la obligación de acceder por la vía judicial y adelantar los siguientes trámites: (i) demanda ejecutiva de mínima cuantía en su contra, (ii) reporte negativo ante las centrales de riesgos (CIFIN Y DATACREDITO), (iii) honorarios de abogado, consistentes en el 35% sobre el valor de la obligación, (iv) el 2.5% de interés moratorio mensual autorizado por la Súper financiera, (v) y será condenada a cancelar todas las costas procesales que acarrea el mencionado proceso ejecutivo.
Sumado a lo anterior, se procederá a hacer el embargo y secuestro de los bienes muebles, inmuebles, semovientes y demás permitidos por la ley, para un posterior remate.
Comuníquese y aproveche la oportunidad de arreglo directo, y registre su pago con número de cedula a través de
EFECTY (Servientrega) o punto de pagos autorizados.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
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Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.
Confirme su estado de cuenta llamando a nuestra oficina de cobranzas MV SERVICIOS JURIDICOS al celular 3142160970, Con el fin de llegar a conciliar su obligación pendiente.
Si se encuentra al día con esta factura(s), favor hacer caso omiso a este comunicado.
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS
PERDOMO Y HURTADO ABOGADOS ____________________________________________________
Calle 13 No 10 – 49 oficina . 103 TELEFONO : 3142160970
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Recuerde que un pago oportuno le crea un historial positivo y una buena referencia, el incurrir en mora afecta su buen nombre comercial y le genera los gastos anterior mente mencionada.