Upload
luis-gustavo-flores
View
32
Download
13
Embed Size (px)
Citation preview
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORIA
Conste por el presente contrato que celebran el Lic. Luis Alberto Paredes Cuba, identificado con DNI Nº 29433325 domiciliado en, Urb Alameda de Salaverry B 50 Miraflores quien para efecto de este contrato se llamara el ASESOR de una parte y de otra el Ing Américo Rafael Romero Rodríguez identificado con DNI Nº 23987380, domiciliado en Av Mariano Santos L-6 del Disrtrito de San Sebastián Cusco, quien para efecto de este contrato se denominara el CONTRATANTE ,se ha celebrado el siguiente contrato de prestación de servicios de asesoría que se regirá por las siguientes clausulas:
PRIMERO: OBJETO EL ASESOR se obliga para con el CONTRATANTE a prestar los servicios de asesoría para optar el grado de “Magister en Ingeniería de Proyectos” con mención en Gerencia de Proyectos otorgado por la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa.
Los términos descritos solo podrán modificarse mediante convenio celebrado entre el ASESOR y el CONTRATANTE.
SEGUNDO: PLAZO. EL ASESOR se compromete a realizar el trabajo de tesis, en un plazo no mayor a 90 días calendario, contados a partir de la fecha de la firma del presente contrato.
TERCERO: VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor del presente contrato de prestación de servicios de asesoría es de tres mil nuevos soles(S/3000.00). Esta suma se pagara de la siguiente manera.
El 50% a la firma del presente contrato
El 50% a la aprobación de la Tesis de Maestría por la UNSA
CUARTO: OBLIGACIONES DEL ASESOR Son obligaciones del ASESOR:
1) Poner al servicio del CONTRATANTE todo su conocimiento para cumplir a cabalidad con el contrato de asesoría de este contrato.
2) Cumplir con los plazos fijados en este contrato y la entrega oportuna del material al
CONTRATANTE
3) No divulgar, entregar o suministrar total o parcialmente, el resultado de los estudios que son materia de este contrato sin el consentimiento escrito del CONTRATANTE.
4) Realizar toda las correcciones y/o levantamiento de observaciones que sean realizadas por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
QUINTO: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
1) Suministrar la información veraz y oportuna requerida por el asesor.2) Realizar las actividades acorde con el asesor dentro de los plazos programados.3) El retraso originado por entrega inoportuna de la información por parte del
CONTRATANTE no obliga al asesor a la disolución del presente contrato.
SEXTO: PROPIEDAD Y RESERVA DEL CONTRATO. Los resultados obtenidos de esta investigación serán de propiedad del Ing. Américo Rafael Romero Rodriguez
Para constancia se firma en Arequipa a los 06 días del mes de Setiembre del año 2014
…………………………………………………Lic. Luis ALBERTO PAREDES CUBA D.N.I 29433325
……………………………………………………Ing. Américo R. Romero Rodríguez
D.N.I : 23987380