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    Reglamento de medidores de petrleo y sus derivados

    y otros lquidos distintos del agua

    1 Campo de aplicacin1.1 Alcance

    El presente reglamento especifica los requerimientos metrolgicos y tcnicos aplicablesa los sistemas de medicin dinmicos para cantidades (volumen o masa) de petrleo ysus derivados, cuyos resultados se utilizan en transacciones comerciales o controlesfiscales. Tambin provee los requerimientos para la aprobacin de las partes quecomponen el sistema de medicin.

    Este reglamento es aplicable a sistemas de medicin utilizados para la medicin de otros

    lquidos distintos al agua, tales como por ejemplo: sustancias alimenticias (leche yderivados, bebidas alcohlicas y no alcohlicas, jugos y concentrados, etc.), aceitesvegetales, productos qumicos en estado lquido (HCL, H2SO4, etc.).

    Este reglamento es aplicable a todos los sistemas de medicin dinmicos equipados conmedidores como el definido en 2.1.1 (destinados a medir continuamente),independientemente del principio de medicin del contador o su aplicacin excepto:

    - Surtidores para combustibles lquidos.- Sistema de medicin para recarga de combustible en aviones y helicpteros.- Sistemas y dispositivos de medicin dinmica para lquidos criognicos

    - Medidores de agua potable caliente y fra- Medidor de energa trmica- Medidores para gases licuados en general

    2 Definiciones

    2.1 Sistema de medicin y sus componentes

    2.1.1 Medidor

    Instrumento destinado a medir continuamente e indicar la cantidad de lquido que pasapor el dispositivo de medicin a condiciones de medicin. Un medidor debe estarcompuesto por lo menos de un dispositivo de medicin, un calculador (incluyendodispositivos de ajuste o correccin, si es necesario) y un dispositivo de indicacin.

    2.1.2 Dispositivo de medicin

    Una parte del medidor que transforma el flujo, el volumen o la masa de lquido a sermedido en seales, transferidas al calculador. Consta de un sensor de medicin y untransductor.

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    2.1.3 Sensor o sensor del medidor

    Una parte del dispositivo de medicin, directamente afectado por el flujo de lquido aser medido y el cual convierte el flujo en una seal dirigida al transductor.

    2.1.4 Transductor (ver tambin 2.1.13)

    Una parte de un dispositivo de medicin, que provee una seal de salida representativadel volumen o masa, que tiene una relacin determinada con la seal de entrada.

    El transductor puede, en cualquier caso, estar incorporado al sensor del contador oconectado externamente al mismo. En el segundo caso, ste deber ser aprobadoconjuntamente con el sensor o con el calculador.

    2.1.5 Calculador

    Una parte del medidor que recibe la seal de salida del dispositivo de medicin yposiblemente de un dispositivo de medicin asociado, procesando dicha seal en formaapropiada, para luego, almacenar los resultados en memoria antes de utilizarlos.

    Adems el dispositivo calculador puede ser capaz de comunicarse bidireccionalmentecon equipos perifricos.

    2.1.6 Dispositivo indicador

    Componente del medidor que indica continuamente los resultados de la medicin.

    Nota: Un dispositivo de impresin que provee la indicacin al finalizar la medicin noes considerado un dispositivo indicador.

    2.1.7 Dispositivo auxiliar

    Dispositivo destinado a realizar una funcin particular, directamente involucrada en laelaboracin, transmisin e indicacin de los resultados de la medicin.

    Los principales dispositivos auxiliares son:

    Dispositivo de puesta a cero.

    Dispositivo para indicacin repetitiva. Dispositivo para impresin. Dispositivo para memoria de datos. Dispositivo totalizador de indicacin. Dispositivo para conversin. Dispositivo de predeterminacin.

    Un dispositivo auxiliar puede o no estar sujeto a controles concernientes a metrologalegal. Ser funcin de INTI establecer la necesidad de efectuar dichos controles.

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    2.1.8 Dispositivo adicional

    Dispositivo no considerado como auxiliar, requerido para asegurar un correcto nivel deexactitud en la medicin o destinado a facilitar las operaciones de medicin, el cual

    puede de cualquier modo afectar la medicin.

    Los principales dispositivos adicionales son:

    Dispositivo eliminador de gas. Indicador de gas. Visor. Filtro, bomba. Dispositivo usado como punto de transferencia. Dispositivo anti-flujo turbulento. Bifurcaciones y bypasses. Vlvulas, mangueras.

    2.1.9 Sistema de medicin

    Un sistema compuesto por un medidor para cantidades (volumen o masa) de lquido ysus dispositivos auxiliares y adicionales.

    2.1.10 Dispositivo de predeterminacin

    Un dispositivo que permite seleccionar una cantidad a ser medida y que interrumpeautomticamente el flujo de lquido al finalizar la medicin de la cantidad seleccionada.

    Nota: La cantidad preseleccionada puede ser de volumen o de masa

    2.1.11 Dispositivo de ajuste

    Un dispositivo incorporado al medidor que permite modificar la curva de error,generalmente paralela a si misma, con el objetivo de llevar los errores dentro del errormximo tolerado.ste dispositivo puede ser mecnico o electrnico.

    2.1.12 Dispositivo de medicin asociado

    Dispositivo conectado al calculador, al dispositivo de correccin o al dispositivo deconversin, que convierte durante la medicin, las cantidades caractersticas(temperatura, presin, densidad, viscosidad, etc.) del lquido, en seales dirigidas para elcalculador, con el objetivo de efectuar una correccin y/o conversin. ste incluye unsensor de medicin asociado y un transductor de medicin asociado.

    2.1.13- Sensor de medicin asociado

    Una parte del dispositivo de medicin asociado, directamente afectado a la medicin, elcual convierte las cantidades caractersticas (temperatura, presin, densidad, viscosidad,

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    etc.) del lquido, en una seal de medida (resistencia, corriente elctrica, frecuencia,etc.) destinado al transductor de medicin asociado.

    2.1.14- Transductor de medicin asociado

    Una parte del dispositivo de medicin asociado, que provee una sealde salida para elcalculador, el dispositivo de correccin o el dispositivo de conversin, y tiene unadeterminada relacin con la cantidad de entrada.

    2.1.15- Dispositivo de correccin

    Un dispositivo conectado o incorporado al medidor para corregir automticamente elvolumen acondiciones de medicin, teniendo en cuenta el caudal y/o las caractersticasdel fluido a medir (viscosidad, temperatura, presin) y las curvas de calibracin

    preestablecidas.Las caractersticas del lquido pueden ser medidas usando instrumentos de medicin

    asociados o cargadas en una memoria delinstrumento.

    2.1.16- Dispositivo de conversin

    Un dispositivo que convierte automticamente:

    El volumen medido bajo condiciones de medicin a un volumen acondicionesde base, o

    el volumen medido bajo condiciones de medicin a masa, o la masa medida a un volumen acondiciones de medicin, o la masa medida a un volumen acondiciones de base.

    Se define como factor de conversin al cociente entre la cantidad convertida y lacantidad acondiciones de medicin.

    2.1.17- Condiciones de medicin

    Los valores de las condiciones que caracterizan al lquido durante la medicin en elpunto de medicin (Ej: temperatura y presin del lquido).

    2.1.18- Condiciones de base

    Los valores especficos de las condiciones para las cuales la cantidad de lquido medidoes convertido (Ej: temperatura base y presin base del lquido).

    Nota: Condiciones de medicin y condiciones de base (se refiere solamente alvolumen de lquido a ser medido o indicado) no debe confundirse con elrango de condiciones operativas y condiciones de referencia aplicablesa las cantidades de influencia.

    2.1.19- Punto de transferencia

    Un punto en el cual el lquido es definido como siendo entregado o recibido.

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    2.1.20- Dispositivo eliminador de gas

    Un dispositivo usado para remover aire, gas o vapor contenido en el lquido.

    2.1.21- Separador de gas

    Dispositivo eliminador de gas utilizado para separar continuamente y remover,cualquier mezcla de aire o gases contenidas en el lquido.

    2.1.22- Extractor de gas

    Un dispositivo usado para extraer aire o gases acumulados en una lnea suplementariadel medidor en forma de bolsones, mezclado con el lquido.

    2.1.23- Extractor de gas especial

    Un dispositivo que como el separador de aire o gases, pero bajo condiciones masseveras, separa continuamente cualquier contenido de aire o gases en el lquido ydetiene automticamente el flujo de lquido, si existe riesgo de que aire o gasesacumulados en forma de bolsones mezclado con el lquido, ingresen al medidor.

    2.1.24- Indicador de gas

    Un dispositivo que permite detectar burbujas de aire o gas presentes en el flujo dellquido.

    2.1.25- Filtro

    Un dispositivo apropiado para la proteccin del medidor y dispositivos adicionales deposibles daos causados por partculas extraas presentes en el fluido a medir.

    2.1.26- Bomba

    Un dispositivo que origina el flujo de lquido a travs de la succin o presin.

    2.1.27- Visor

    Un dispositivo que permite chequear si todo o parte del sistema de medicin estacompletamente lleno de lquido (sistemas de medicin a conduccin llena), ocompletamente vaco de lquido (sistemas de medicin a conduccin vaca), antes dearrancar y al finalizar la medicin.

    2.1.28- Autorizacin de un sistema de medicin

    Operacin que logra que un sistema de medicin opere bajo condiciones legales,adecuadas de entrega.

    2.1.29- Persona autorizada

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    Persona que tiene permitido desempearse en actividades especficas sobre sistemas demedicin o componentes controlados legalmente, bajo la aplicacin de leyes nacionales.

    2.1.30- Sistema de medicin sobre caera

    Un sistema de medicin instalado principalmente sobre caera fija, conectada a dos oms tanques fijos.

    Nota: La caera es caracterizada por el caudal del lquido a medir, el cual, engeneral, no cambia o cambia muy poco durante perodos prolongadosde tiempo.

    2.2- Caractersticas metrolgicas

    2.2.1- Cantidad convencionalmente verdadera (referencia)

    Volumen o masa total que ha pasado a travs del medidor durante la medicin. Confrecuencia referida como cantidad conocida .

    2.2.2- Cantidad indicada

    Volumen o masa total indicada por el medidor.

    2.2.3- Indicacin primaria

    Una o ms indicaciones sujetas al control metrolgico legal.

    Nota: Las otras indicaciones que no son consideradas primarias son comnmentellamadas secundarias.

    2.2.4- Error de indicacin

    Valor de la cantidad indicada menos el valor convencionalmente verdadero de lacantidad de referencia.

    2.2.5- Error relativo de indicacin

    El error de indicacin dividido por el valor convencionalmenteverdadero de la cantidadde referencia.

    2.2.6- Errores mximos tolerados

    Los valores extremos de un error permitido por esta reglamentacin.

    2.2.7- Cantidad mnima medible ( MMQ)

    La menor cantidad de lquido para el cual la medicin es metrolgicamente aceptablepara el sistema o componente.

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    En los sistemas de medicin destinados a entregar producto, la menorcantidad se refiere a la entrega mnima, en los sistemas destinados a operaciones derecepcin se refiere a la recepcin mnima.

    2.2.8- Desvo de la cantidad mnima especificada

    El valor absoluto del error mximo tolerado para la cantidad mnima medible.

    2.2.9- Error de repetibilidad

    Para el propsito de este reglamento, est dado por la diferencia entre el mayor y menorresultado obtenido en una serie de mediciones sucesivas, de una misma cantidad,realizadas bajo las mismas condiciones.

    2.2.10- Error intrnseco

    El error de indicacin de un sistema de medicin o sus componentes usado bajocondiciones de referencia.

    2.2.11- Error intrnseco inicial

    El error intrnseco determinado antes de todos los ensayos de desempeo.

    2.2.12- Falla significativa

    La diferencia entre el error de indicacin y el error intrnseco mayor que el valorespecificado en esta Reglamentacin.Fallas significativas son solamente relevantes ensistemas de medicin electrnicos.

    No deben ser consideradas como fallas significativas:

    Mal funcionamiento transitorio resultante de variaciones momentneas en laindicacin, que no puedan ser interpretadas, memorizadas o transmitidas comoun resultado de medicin,

    Para sistemas de medicin interrumpibles solamente, mal funcionamiento queimplique la imposibilidad de efectuar futuras mediciones.

    2.2.13- Durabilidad para dispositivos electrnicos

    La capacidad de los dispositivos electrnicos de un sistema de medicin para mantenersus caractersticas de desempeo durante un perodo de uso.

    2.2.14- Sistema de medicin interrumpible / no interrumpible

    Un sistema de medicin es considerado como interrumpible / no interrumpible cuandoel flujo de lquido puede / no puede ser interrumpido fcil y rpidamente (esto noincluye parada de emergencia).

    2.2.15- Primer elemento de un dispositivo indicador

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    Elemento que en un dispositivo indicador, compuesto por diversos elementos, esportador de la escala graduada con la menor divisin de la escala.

    2.3- Condiciones de ensayo

    2.3.1-Cantidad de influencia

    Una cantidad que no est sujeta a la medicin pero tiene influencia sobre el valor de lamedicin o la indicacin del sistema de medicin.

    2.3.2- Factor de influencia

    Una cantidad de influencia que posee un valor dentro de las condiciones de operacinde un sistema de medicin, como se especifica en este reglamento.

    2.3.3- Perturbacin

    Una cantidad de influencia que presenta un valor fuera del rango especificado para lascondiciones de operacin del sistema de medicin (solamente para sistemas demedicin electrnicos).

    Una cantidad de influencia es una perturbacin, si para la magnitud de esa influencia,las condiciones de operacin no son especificadas.

    2.3.4- Rango de las condiciones de operacin

    El rango de valores dados de las cantidades de influencia para las cuales lascaractersticas metrolgicas se mantienen dentro del error mximo toleradodel sistemade medicin.

    2.3.5- Condiciones de referencia

    Un conjunto de valores especficos de factores de influencia fijos, que aseguran unaintercomparacin vlida de los resultados de lamedicin.

    2.3.6- Ensayo de desempeo

    Un ensayo destinado a verificar si el sistema de medicin bajo ensayo es capaz decumplir con las funciones para el cual ha sido previsto.

    2.3.7- Desgaste

    La capacidad de un sistema de medicin para mantener sus caractersticas defabricacin durante un perodo de uso.

    2.3.8- Ensayo de desgaste

    Un ensayo destinado a verificar si el medidor o el sistema de medicin es capaz de

    mantener sus caractersticas de desempeo durante un perodo de uso.

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    2.3.9- Incertidumbre en la determinacin del error

    Un estimador caracterstico del rango de valores dentro de los cuales se encuentra elverdadero valor del error, incluyendo componentes debido al patrn de referencia y suuso, y componentes debido a la verificacin o calibracin del instrumento propiamente

    dicho.

    2.4- Equipamiento elctrico o electrnico

    2.4.1- Sistema de monitoreo

    Sistema para operaciones de chequeo, incorporado al sistema de medicin, el cual:

    controla la presencia de un dispositivo necesario, y que permita detectar una incorreccin en la generacin, transmisin, procesamiento

    y/o indicacin de un dato de medicin y actuar en consecuencia, y que

    permita detectar un error significativo y actuar en consecuencia.

    Nota: El chequeo de un dispositivo de transmisin apunta a verificar que toda lainformacin transmitida sea recibida por el equipo receptor.

    2.4.2- Sistema de monitoreo automtico

    Sistema para operaciones de chequeo, sin intervencin de un operador.

    2.4.3- Sistema de monitoreo permanente y automtico ( tipo P )

    Sistema para operaciones de chequeo, que funciona durante toda la operacin demedicin.

    2.4.4- Sistema de monitoreo intermitente y automtico ( tipo I )

    Sistema para operaciones de chequeo, que funciona por lo menos una vez, al comienzoo al finalizar cada medicin.

    2.4.5- Sistema de monitoreo no automtico ( tipo N )

    Sistema para operaciones de chequeo, que requiere la intervencin de un operador.

    2.4.6- Dispositivo de potencia auxiliar

    Un dispositivo que provee energa elctrica a los dispositivos electrnicos, usando una ovarias fuentes de CA o CC.

    3- Requerimientos Generales

    3.1- Componentes de un sistema de medicin

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    Un sistema de medicin incluye como mnimo:

    Un medidor, un punto de transferencia, y un circuito de conduccin hidrulico con caractersticas particulares que se

    deben tener en cuenta.

    Para una correcta operacin, el sistema de medicin necesita frecuentemente incorporarlos siguientes elementos:

    Un dispositivo eliminador de aire-gases.un filtro,una bomba, ydispositivos de correccin por temperatura, presin, densidad, etc.

    El sistema de medicin puede estar provisto de otros dispositivos auxiliares o

    adicionales (ver 3.2).

    Si varios medidores son destinados a efectuar una nica operacin de medicin, estosmedidores son considerados como un solo sistema de medicin.

    Si varios medidores, son destinados a efectuar operaciones de medicin separadas yposeen elementos comunes ( calculador, filtro, dispositivo eliminador de aire-gases,dispositivo de conversin, etc.) cada medidor es considerado conjuntamente con loselementos comunes un sistema de medicin separado.

    3.2- Dispositivos auxiliares

    3.2.1- Dispositivos auxiliares pueden ser una parte del calculador o del medidor, opuede ser, por ejemplo, un dispositivo conectado a travs de una interfase al calculador.

    Como regla estos dispositivos auxiliares son opcionales.

    3.2.2- Cuando el uso de dispositivos auxiliares es obligatorio para una aplicacindefinida en esta reglamentacin, estos dispositivos sern considerados una parteintegrante del sistema de medicin, sujetos a controles metrolgicos y atendiendo losrequerimientos de esta reglamentacin.

    3.2.3- Cuando el uso de un dispositivo auxiliar no es obligatorio el cual indicavisiblemente el resultado de la medicin al usuario, y no est sujeto a controlesmetrolgicos, deben llevar una leyenda claramente visible para el usuario que indiquenque ellos no son controlados. Los dispositivos de impresin, solamente pueden serexcluidos del control metrolgico si tal leyenda se presenta en cada salida de impresin

    para el cliente.

    Cuando un dispositivo auxiliar no esta sujeto a control, se debe verificar que estedispositivo no afecte la correcta operacin del sistema de medicin. El sistema debecontinuar operando correctamente y sus funciones metrolgicas no deben ser afectadas

    cuando el dispositivo auxiliar es conectado o desconectado.

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    3.3- Rango de condiciones operativas

    3.3.1- El rango de las condiciones operativas de un sistema de medicin es definido porlas siguientes caractersticas:

    Cantidad mnima medible, MMQ,

    rango de caudal, limitado por el caudal mnimo Qmny el caudal mximoQmx,

    nombre o tipo de lquido o sus caractersticas relevantes, cuando la indicacindel nombre o tipo de lquido no es suficiente para caracterizar el lquido, sedeber caracterizar mediante sus propiedades relevantes, por ejemplo:

    1. el rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mnima del lquidomny viscosidad mxima del lquido mx,

    2. el rango de densidad, limitado por la densidad mnima del lquidomny densidad mxima del lquido mx,

    el rango de presin, limitado por la presin mnima del lquido Pmny lapresin mxima del lquido Pmx,

    el rango de temperatura, limitado por la temperatura mnima del lquido Tmnyla temperatura mxima del lquido Tmx,

    rango del nmero de Reynolds (si es aplicable), (cuando el nmero deReynolds es indicado, el rango de caudales no necesita ser especificado),

    niveles de severidad que corresponden a las condiciones climticas, elctricasy mecnicas ambientales para las cuales el sistema de medicin es diseado

    para ser expuesto, (ver anexo A),

    valor nominal de la tensin de alimentacin de CA y / o lmites de tensin dealimentacin de CC.

    Un sistema de medicin debe ser utilizado exclusivamente para medir lquidos con

    caractersticas dentro de su rango de condiciones operativas, de acuerdo a loespecificado en el certificado de aprobacin de modelo. El rango de condicionesoperativas de un sistema de medicin debe estar dentro del rango de condicionesoperativas de cada uno de los elementos que lo componen (medidor, dispositivoeliminador de aire-gases).

    3.3.2- La cantidad mnima medible de un sistema de medicin debe tener una forma1x10n, 2x10no 5x10nunidades autorizadas de volumen o masa, donde n es un nmeroentero positivo, negativo o cero.

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    La cantidad mnima medible debe satisfacer las condiciones de uso del sistema demedicin. Excepto en casos especiales, el sistema de medicin no debe ser utilizado

    para medir cantidades inferiores a su cantidad mnima medible.

    La cantidad mnima medible de un sistema de medicin no debe ser inferior a la mayor

    de las cantidades mnimas medibles de cada uno de los elementos que lo componen(medidor/es, extractor de aire-gases, extractor especial de gases, etc.).

    3.3.3- Rango de caudal de un sistema de medicin

    3.3.3.1- El rango de caudal de un sistema de medicin debe estar dentro del rango decaudal de cada uno de los elementos que lo componen.

    3.3.3.2- El rango de caudal debe satisfacer las condiciones de uso del sistema demedicin.Este sistema debe estar constituido de tal forma que el caudal de lquido a sermedido debe ubicarse entre el caudal mximo y el caudal mnimo, excepto en el inicio y

    en el final de la medicin o durante las interrupciones.

    3.3.3.3- La relacin entre el caudal mximo y mnimo del sistema de medicin debe serpor lo menos 5.

    La relacin puede ser menor, en este caso, el sistema de medicin deber estar dotadode un dispositivo de chequeo automtico, para detectar cuando el caudal de lquido a sermedido est fuera de los lmites del rango de caudal. Este dispositivo de chequeo deberser del tipo P y resulte en una alarma visible o audible para el operador. Esta alarmadeber continuar hasta que el caudal este dentro de los lmites del rango de caudal.

    3.3.3.4- Cuando dos o mas medidores son montados en paralelo en el mismo sistema demedicin, se deben considerar los caudales lmites (Qmx ,Qmn) de los diferentesmedidores, especialmente la suma de los caudales lmites, para verificar si el sistema demedicin satisface lo mencionado arriba.

    3.4- Clases de exactitud

    Tomando en consideracin su campo de aplicacin, los sistemas de medicin sonclasificados en tres clases de exactitud de acuerdo a tabla 1.

    Tabla 1Clase Tipo de sistemas de medicin

    0,3

    -Sistemas de medicin sobre caera (ver 6.3).(Excepto los que estn indicados para la clase de exactitud 1,0)

    Todos los sistemas de medicin, no indicados en otro sitio de esta

    tabla, en particular:-Sistemas de medicin para descarga de buques tanque, tanques

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    ferroviarios y camiones cisternas (ver 6.1).-Sistemas de medicin para leche, cerveza, y otros lquidos congeneracin de espuma (ver 6.2).

    -Sistemas de medicin para carga de buques (ver 6.3).

    1,0

    -Sistemas de medicin:

    usados para lquidos cuya viscosidad dinmica es superior a1000 mPa.s, ocuyo caudal mximo no supera los 20 L/h o 20 kg/h

    Una mejor exactitud puede ser especificada, para ciertos tipos de sistemas de medicin.

    3.5- Errores mximos toleradosy fallas significativas (Para indicaciones de masa y

    volumen de un sistema de medicin)

    3.5.1- Para cantidades superiores o iguales a dos litros o dos kilogramos y sin perjuiciode lo dispuesto en el punto 3.5.3, los errores mximos toleradospositivos o negativos,sobre las cantidades indicadas (volumen a condiciones de medicin, volumen a

    condiciones de base y / o masa) son especificados en tabla 2.

    Tabla 2

    (*) ver 3.6para aplicacin de lnea A o lnea B

    3.5.2- Para cantidades inferiores a dos litros o dos kilogramos y sin perjuicio de lodispuesto en el punto 3.5.3, los errores mximos toleradospositivos o negativos, sobrelas cantidades indicadas (volumen acondiciones de medicin, volumen acondicionesde base y / o masa) son especificados en tabla 3.

    Tabla 3Cantidad medida

    Cm (L o kg)Error mximo tolerado

    1 < Cm < 2 - Valor fijado en tabla 2, aplicado a 2L o kg

    0,4 < Cm 1 - El doble del valor fijado en tabla 20,2 < Cm 0,4 - El doble del valor fijado en tabla 2, aplicado a 0,4L o kg0,1 < Cm 0,2 - El cudruple del valor fijado en tabla 2

    Cm 0,1 - El cudruple del valor fijado en tabla 2, aplicado a 0,1L o kgLos errores mximos toleradosde tabla 3 son relativos a la lnea A o lnea B de la tabla 2, de acuerdo alos requerimientos del punto 3.6.

    3.5.3- Para cualquier cantidad medida, el valor del error mximo toleradoesta dado porel mayor de los dos valores siguientes:

    valor absoluto del error mximo toleradodado en tabla 2 o tabla 3, o

    desvo para la cantidad mnimaespecificada, (Emn).

    Clase de exactitudLnea0,3 0,5 1,0

    A(*) 0,3 % 0,5 % 1,0 %B(*) 0,2 % 0,3 % 0,6 %

    C(Lnea A Lnea B)

    0,1 % 0,2 % 0,4 %

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    Para una cantidad mnima medible mayor o igual a dos litros o dos kilogramos, eldesvo de la cantidad mnima especificada (Emn) esta dado por las frmulas:

    Formula para el sistema de medicin:

    ( ) ( )100/2 AxMMQEmn =

    Donde:

    MMQ:Es la cantidad mnima medible (volumen o masa).

    A: Valor numrico especificado en lnea A de la tabla 2, para la clase deexactitud correspondiente.

    Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emn es el doble del valorespecificado en tabla 3 y relativo a la lnea A de la tabla 2.

    Formula para el medidor o dispositivo de medicin:

    ( ) ( )100/2 BxMMQEmn =

    Donde:

    MMQ:Es la cantidad mnima medible (volumen o masa).

    B: Valor numrico especificado en lnea B de la tabla 2, para la clase deexactitud correspondiente.

    Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emn es el doble del valorespecificado en tabla 3 y relativo a la lnea B de taba 2.

    Nota: Emnes un error absoluto mximo tolerado.

    3.5.4- La falla significativa, es una falla superior al mayor de los siguientes dos valores:

    1/5 del valor absoluto del error mximo toleradopara la cantidad medida, oel desvo de la cantidad mnima especificada Emnpara el sistema de medicin.

    3.5.5- Para sistemas de medicin con clase de exactitud 0,3 o 0,5 y midiendo lquidoscon una temperatura menor que -10 C o superior a + 50 C, se deber aplicar el

    mximo error tolerado de la clase de exactitud 1,0.3.6- Condiciones de aplicacin de los errores mximos tolerados

    Las disposiciones de estas secciones se aplican a cantidades indicadas acondiciones demedicin (ver 3.7para valores convertidos).

    3.6.1- Los errores mximos tolerados especificados en lnea A de tabla 2 deben seraplicados a sistemas completos de medicin, bajo el rango de condiciones operativas,sin ningn ajuste entre los diferentes ensayos, para:

    Aprobacin de modelo. Verificacin primitiva.

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    Verificacin peridica.

    Nota: Si un medidor es proporcionado con un dispositivo de ajuste o correccin,para aprobacin de modelo, es suficiente verificar que las curvas de error estncontenidas dentro del rango establecido por el doble del valor especificado en

    lnea A tabla 2.

    3.6.2- El mximo error tolerado especificadoen lnea B de tabla 2 es aplicable a:

    Aprobacin de modelo de un medidor, bajo el rango de condicionesoperativas, y

    Verificacin primitiva del medidor antes de la verificacin primitiva delsistema de medicin.

    Notas:

    El medidor puede ser capaz de medir varios lquidos, usando un ajusteparticular para cada lquido o con el mismo ajuste para todos los lquidos.En este caso, el certificado de la aprobacin de modelo debe proveerinformacin apropiada sobre la capacidad del medidor

    Si un medidor es proporcionado con un dispositivo de ajuste o correccin, essuficiente verificar que las curvas de error estn contenidas dentro del rangoestablecido por el doble del valor especificado en lnea B tabla 2, durante laaprobacin de modelo.

    3.6.3- Cuando se prev en el certificado de aprobacin de modelo, una verificacinprimitiva, de un sistema de medicin destinados a medir dos o ms lquidos, puede serrealizada con un solo lquido o con un lquido diferente para los que el medidor sedestinar. En este caso y si es necesario, el certificado de aprobacin de modelo debe

    proveer informacin concerniente al error mximo tolerado a ser aplicado, de modo queel sistema de medicin satisfaga 3.6.1, para todos los lquidos a los cuales estdestinado.

    Si un medidor es inicialmente verificado en dos etapas (segn 7.2.1) y cuando seindique en el certificado de aprobacin de modelo, la verificacin del medidor destinado

    a medir dos o ms lquidos, puede ser realizada con un solo lquido o con un lquidodiferente a los que el medidor se destinar a medir.

    En este caso y si es necesario, el certificado de aprobacin de modelo debe proveerinformacin concerniente al error mximo tolerado a ser aplicado, de modo que elsistema de medicin satisfaga 3.6.2, para todos los lquidos destinados.

    Las consideraciones arriba mencionadas pueden ser extendidas para el caso de unsistema de medicin o un medidor destinado a medir solamente un lquido y laverificacin se desarrolla con otro lquido.

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    3.7- Previsiones para indicaciones convertidas

    Para la verificacin de un dispositivo de conversin en oportunidad de la aprobacin demodelo, el INTI podr optar por dos alternativas:

    1) verificar el dispositivo de conversin con el dispositivo de medicin asociado, elcalculador, y el dispositivo indicador en conjunto. Esta alternativa es aplicada adispositivos de conversin mecnicos y puede aplicarse a dispositivos de conversinelectrnicos.

    2) verificar separadamente los componentes individuales de un dispositivo deconversin. Esta alternativapermite la verificacin separada del sensor de medicinasociado, dispositivo de medicin asociado (sensor de medicin asociado mstransductor de medicin asociado), y la funcin de conversin.

    En ambas alternativas, para el propsito de la verificacin, la indicacin de la cantidad

    acondiciones de medicin es asumida sin error.

    3.7.1- Primera alternativa: Verificacin de un dispositivo de conversin con eldispositivo de medicin asociado, el calculador, y el dispositivo indicador enconjunto

    3.7.1.1- No es obligatorio que un dispositivo de conversin indique las cantidadesmedidas por el dispositivo de medicin asociado (tales como temperatura, presin ydensidad).

    3.7.1.2- Cuando un dispositivo de conversin es verificado usando la primeraalternativatal como se prev para su uso, el error mximotolerado sobre la indicacinconvertida debido al dispositivo de conversin (positivo o negativo), es el mayor de losdos valores siguientes:

    el valor especificado en la lnea C de tabla 2, oun medio del desvo de la cantidad mnima especificada (Emn).

    3.7.1.3- El valor de una falla significativa sobre las indicaciones convertidas es la msgrande de:

    1/5 del valor absoluto del error mximo admisible para la cantidad medida, oel desvo de la cantidad mnima especificada (Emn).

    3.7.2- Segunda alternativa: Verificacin de los componentes individuales del

    dispositivo de conversin

    3.7.2.1- Verificacin del dispositivo de conversin (como parte del calculador con sudispositivo indicador), usando entradas simuladas.

    3.7.2.1.1- Usando seales digitales de entrada: cuando un calculador con su dispositivoindicador es verificado separadamente, usando seales digitales de entrada conocidas

    para simular entradas originadas en un dispositivo de medicin asociado, el error

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    mximo toleradoy la falla significativa para la indicacin de la temperatura, presin odensidad son limitados por los errores de redondeo.

    3.7.2.1.2- Usando seales analgicas de entrada: cuando un calculador con sudispositivo indicador es verificado separadamente, usando seales analgicas de entrada

    conocidas para simular entradas originadas en un dispositivo de medicin asociado, elerror mximo tolerado y la falla significativa para la indicacin de la temperatura,presin o densidad son los especificados en tabla 4.1.

    Tabla 4.1Errores mximos tolerados para indicaciones convertidas con entradasanalgicas simuladas conocidas

    Clase de exactitud del sistema de medicinErrores mximos

    toleradosy fallassignificativas de

    medicin0,3 0,5 1,0

    Temperatura 0,18 C 0,3 C

    Presin

    Menor que 1 MPa: 30kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: 3 %Mayor que 4 MPa: 120kPa

    Densidad (masa a

    conversin de volumen)

    0,6 kg/m3 1,2 kg/m3

    Densidad (temp. o

    conversin de presin)

    3 kg/m3

    Nota: Ver 4.6.7para la determinacin del tamao de los intervalos de escala sobre losdispositivos de medicin asociados

    3.7.2.1.3- Verificacin de indicaciones de las cantidades convertidas usando entradassimuladas.

    La indicacin de la cantidad convertida deber estar de acuerdo con el valorconvencionalmente verdadero, dentro de 1/10 del error mximo tolerado indicado enlnea A de la tabla 2 para la clase de exactitud pertinente. El valor convencionalmente

    verdadero es calculado basado en las cantidades indicadas para las siguientes entradassimuladas:

    la cantidad no convertida, la temperatura, presin o densidad como determinadas por un

    dispositivo de medicin asociado adems: algunas cantidades caractersticas ingresadas al calculador

    (tpicamente la densidad) y los valores apropiados aplicables de Recomendaciones

    internacionales y normas

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    3.7.2.2- Verificacin de dispositivos o sensoresde medicin asociados

    3.7.2.2.1- El error mximo tolerado y la falla significativa de las indicaciones detemperatura, presin o densidad medida por un dispositivo de medicin asociado (queesta compuesto de un sensor y un transductor de medicin asociado) cuando ste est

    sujeto a una temperatura, presin o densidad conocida, son aquellos especificados entabla 4.2. Si la indicacin es provista por el dispositivo de conversin (como parte delcalculador con su dispositivo indicador), este error mximo tolerado incluye el errormximo toleradocorrespondiente al calculador especificado en 3.7.2.1.1.

    3.7.2.2.2- Cuando un dispositivo de medicin asociado, el cual provee una seal desalida digital es verificado exponindolo a una temperatura, presin o densidadconocida, el error mximo tolerado y falla significativa son los especificados en la tabla4.2. El error de redondeo del calculador u otro dispositivo indicador son asumidos comodespreciables.

    3.7.2.2.3- Cuando un dispositivo sensor de medicin (que provee una salida analgica)se verifica separadamente por exposicin a temperatura, presin o densidad conocida, elerror mximo toleradoy la falla significativa son especificados en la tabla 4.3.

    Tabla 4.2, Errores mximos toleradospara dispositivos de indicacin de medicionesasociadas.

    Clase de exactitud del sistema de medicinErrores mximos

    toleradosy fallas

    significativas de

    medicin0,3 0,5 1,0

    Temperatura 0,30 C 0,50 C

    Presin

    Menor que 1 MPa: 50kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: 5 %Mayor que 4 MPa: 200kPa

    Densidad (masa a

    conversin de volumen)

    1,0 kg/m3 2,0 kg/m3

    Densidad (temp. o

    conversin de presin)

    5 kg/m3

    Nota: Ver 4.6.7para la determinacin del tamao de los intervalos de escalasobre los dispositivos de medicin asociados

    Tabla 4.3, Errores mximos toleradospara la seal de salida de los sensores demedicin asociados.

    Clase de exactitud del sistema de medicinErrores mximos

    tolerados y fallas

    significativas demedicin

    0,3 0,5 1,0

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    Temperatura 0,24 C 0,40 C

    Presin

    Menor que 1 MPa: 40kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: 4 %Mayor que 4 MPa: 160kPa

    Densidad (masa a

    conversin de volumen)

    0,8 kg/m3 1,6 kg/m3

    Densidad (temp. o

    conversin de presin)

    4 kg/m3

    Nota: Ver 4.6.7para la determinacin del tamao de los intervalos de escalasobre los dispositivos de medicin asociados

    3.8- Errores mximos toleradosy falla significativa en calculadores

    Los errores mximos tolerados y fallas significativas sobre las indicaciones decantidades de lquidos aplicables a calculadores, positivo o negativo, cuando ellos sonensayados separadamente, son igual a 1/10 del error mximo admisible definido en lalnea A de la tabla 2. No obstante, la magnitud del error mximo tolerado y fallasignificativa respectivamente, no debe ser menor que media divisin del sistema demedicin delcual el calculador formar parte.

    3.9- Indicaciones

    3.9.1- La indicacin de volumen debe ser hecha en centmetros o milmetros cbicos, endecmetros cbicos o litros, o en metros cbicos. La masa debe ser indicada en gramos,kilogramos, o toneladas.El smbolo o el nombre de la unidad debe figurar en la vecindad inmediata, de laindicacin.Para masa, acorde con el caso, el nombre de la unidad o su smbolo debe seracompaado por el termino masa (masa actual) o masa convencional (comparacin

    por pesaje.Cuando las unidades de cantidad son entregadas por instrumentos de medicinasociados: la temperatura deber ser indicada en grados Celsius, la densidad deber serindicada en kilogramos por metro cbico, y la presin deber ser indicada en Pascales(Pa, kPa, MPa).

    3.9.2- Los sistemas de medicin deben ser provistos de un dispositivo indicador queentregue la cantidad de lquido medido a condiciones de medicin.

    Cuando un sistema de medicin est equipado con un dispositivo de conversin, stedebe posibilitar la indicacin de la cantidad a condiciones de medicin y la cantidadconvertida.

    Las exigencias aplicables a los dispositivos que indican las cantidades a condiciones demedicin deben ser aplicadas a los dispositivos que indican las cantidades a condicionesconvertidas.

    3.9.3- El uso de un mismo display para la indicacin de las cantidades a condiciones demedicin y a condiciones convertidas, puede ser permitido debido a la naturaleza de la

    cantidad indicada y sta indicacin estar disponible cuando se requiera.

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    3.9.4- Un sistema de medicin puede tener varios dispositivos indicadores de unamisma cantidad. Cada indicacin debe estar de acuerdo a las exigencias de estareglamentacin. Los valores de las mnimas divisiones de los distintos indicadores

    pueden ser distintos.

    3.9.5- Para cualquier cantidad medida relativa a la misma medicin, las indicacionesproducidas por varios dispositivos, no deben diferir una de otra en un valor superior alvalor de la menor divisin de la mayor de las escalas, si fueran diferentes.

    Para totalizadores este requerimiento es aplicable a la diferencia en la indicacin antes ydespus de la medicin.

    3.9.6- Salvo indicaciones especficas para ciertos tipos de sistemas de medicin, puedeser aprobado el uso del mismo dispositivo indicador para las indicaciones de variossistemas de medicin (que poseen un dispositivo de indicacin comn), siempre queuna de las siguientes condiciones sea atendida:

    imposibilidad de utilizar simultneamente dos sistemas de medicin, las indicaciones relativas de un sistema de medicin dado son acompaadas

    de una identificacin clara del sistema de medicin y el usuario puedeobtener la indicacin correspondiente de uno de los sistemas, usando unsimple comando.

    3.10- Eliminador de aire o gases

    3.10.1- Requerimientos generales

    Los sistemas de medicin debern incorporar un dispositivo eliminador de gas para laadecuada eliminacin de aire o gases no disueltos, los cuales pueden estar contenidos enel lquido antes de entrar en el medidor.En el caso de que aguas arriba del medidor nose aspire aire y/o no se libere gas, no es necesario un dispositivo eliminador de gas.

    Los dispositivos de desgasificacin deben ser adaptados a las condiciones dealimentacin y estar dispuestos de tal forma que el efecto de influencia del aire o gasessobre los resultados de la medicin, no excedan:

    a) 1 % de la cantidad medida para leche, cerveza, otros lquidos con formacin de

    espuma y para lquidos cuya viscosidad seasuperior a 1mPa.s (a 20 C), ob)

    0,5 % de la cantidad medida para todos los otros lquidos.

    No es necesario que este efecto de influencia sea menor que el 1 % para la cantidadmnima medible.

    Los valores especificados en esta seccin son aplicables a la diferencia entre:

    los errores del medidor con entrada de aire o gas ylos errores del medidor sin entrada de aire o gas.

    3.10.2- Lquido bombeado

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    Un dispositivo eliminador de aire o gas es requerido, sin perjuicio de los requerimientosdel punto 3.10.4, cuando la presin de entrada en la bomba puede, aneventualmente,ser inferior a la presin atmosfrica o a la presin de vapor saturado del lquido, lo cual

    puede resultar en una mezcla de aire y gas.

    Si pueden generarse formaciones de bolsones de gases y tienen un efecto especficomayor al 1 % de la mnima cantidad medible, el separador de gas debe tambin seraprobado como un extractor de gas.

    Dependiendo de las condiciones de suministro, un extractor de gas especial puede serutilizado con el propsito de que el riesgo de aire o gas mezclado sea menor al 5% delvolumen entregado al mximo caudal.

    Cuando son aplicables estas previsiones concernientes a formaciones gaseosas, esimportante considerar que:

    1)

    son posibles las formaciones gaseosas, debido a la contraccin trmica enperodos de parada; y

    2) bolsones de aire probablemente se pueden introducir en la caera, cuando untanque de alimentacin es vaciado completamente.

    Un dispositivo eliminador de aire o gas es necesario, cuando la presin de entrada de labomba es superior a la presin atmosfrica y a la presin de vapor saturado del lquido,pero las probables formaciones de gases tienen un efecto especfico mayor al 1 % de lamnima cantidad medible (cuando esto se prev, es necesario considerar las situacionesconcernientes a formaciones gaseosas mencionadas arriba)

    Si un dispositivo eliminador de aire-gas es instalado debajo del nivel del medidor, esnecesario incorporar al sistema una vlvula de retencin para evitar el vaciado de lacaera entre los dos componentes.

    No se requiere un dispositivo eliminador de aire o gas, cuando la presin en la entradade la bomba es siempre superior a la presin atmosfrica y a la presin de vaporsaturado del lquido, y si cualquier formacin gaseosa posible que tenga un efectosuperior al 1% de la cantidad mnima medible, no puede formarse o introducirse en lacaera de admisin del medidor, en cualquier condicin de uso.

    .La cada de presin causada por el flujo del lquido entre el dispositivo eliminador deaire-gas y el medidor debe ser la menor posible.

    Si la caera aguas arriba del medidor posee varios puntos elevados, es necesarioincorporar uno o mas dispositivos de purga automticos o manuales.

    3.10.3- Lquido no bombeado

    Cuando un medidor es alimentado por gravedad, sin utilizar una bomba, y si la presindel lquido en toda la caera aguas arriba del medidor y en el medidor es superior a la

    presin de vapor saturado del lquido y a la presin atmosfrica, durante las condicionesde operacin, no es necesaria la utilizacin de un dispositivo eliminador de aire-gas.

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    Si la presin del lquido es probablemente inferior a la presin atmosfrica y permanecemayor que la presin de vapor saturado del lquido, un dispositivo apropiado debe

    prevenir la entrada de aire en el medidor.

    En otros casos, deber ser instaladoun dispositivo eliminador de gases.

    Si un medidor es alimentado por un lquido presurizado, el sistema de medicin debeser construido de tal forma, de evitar el uso de un separador de aire-gas, pero undispositivo apropiado debe impedir la entrada de aire o gas al medidor.

    En todas las circunstancias la presin del lquido entre el medidor y el punto detransferencia debe ser mayor que la presin de vapor saturado del lquido.

    3.10.4- Lquidos viscosos

    Considerando que la eficiencia del dispositivo eliminador de gas decrece con elaumento de la viscosidad del lquido, este dispositivo puede ser prescindible paralquidos con viscosidad dinmica superior a 20 mPa.s a 20 C.En este caso es necesario proveer recursos que eviten la entrada de aire. Una bombadebe colocarse de tal forma que la presin de entrada sea siempre superior a la presinatmosfrica.

    Si no es posible satisfacer la condicin anterior, se deber proveer un dispositivo para ladetencin automtica del flujo de lquido para presiones inferiores a la atmosfrica. Unmedidor de presin debe usarse para el monitoreo de la presin. Estas precauciones noson necesarias si existen dispositivos que aseguren la hermeticidad de las juntas en lasuccin de la caera, donde se reduce la presin, y el sistema se disea de tal formaque aire o gas disuelto nunca puede ser liberado.

    3.10.5- Caera removedora de gases

    La caera removedora de gas de un dispositivo eliminador de gas, no debe incluir unavlvula de control manual, si tal elemento de cierre es requerido por razones deseguridad, este deber posibilitar asegurar que la vlvula contine en la posicin abiertadurante la operacin, por medio de un dispositivo de precintado o por medio de undispositivo de bloqueo que prevenga futuras mediciones con vlvula cerrada.

    3.10.6- Dispositivo anti-turbulencias

    Si el tanque reservorio de un sistema de medicin en condiciones normales defuncionamiento es vaciado completamente. A la salida del tanque debe instalarse undispositivo anti-turbulencias, a menos que el sistema de medicin incorpore unseparador de aire-gas.

    3.10.7- Exigencias generales para un dispositivo eliminador de aire-gas

    3.10.7.1- El gas separado por un dispositivo eliminador de aire o gas debe ser eliminadoautomticamente, a menos que exista un dispositivo que automticamente interrumpao

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    reduzca suficientemente el flujo del lquido cuando existe riesgo de que aire o gas entre en el medidor. En caso de corte, ninguna medicin debe ser realizada, a no ser que elaire o gas sea automticamente o manualmente eliminados.

    3.10.7.2- Los lmites operacionales de un dispositivo eliminador de aire-gas son los

    siguientes:

    a) el / los caudal/es mximo/spara uno o ms lquidos especificados,b) la presin mxima (sin corriente de flujo) y la presin mnima (con lquido y sin

    entrada de aire mientras la bomba opera a caudal mximo) compatible con lacorrecta operacin del dispositivo separador de aire-gas,

    c) la cantidad mnima medible para la cual fue diseado.

    3.10.8- Disposiciones especiales aplicables a los separadores de gas

    3.10.8.1- Dentro de los lmites de error especificados en 3.10.1, un separador de gas

    debe asegurar la eliminacin de aire o gases mezclados con el lquido. Un separador degas diseado para un caudal mximo menor o igual a 20 m3/h debe asegurar laeliminacin de cualquier proporcin relativa en volumen de aire o gases para el lquidomedido. Un separador de gas diseado para un caudal mximo mayor a 20 m3/h debeasegurar la eliminacin del 30% de aire o gases para el lquido medido (los volmenesde aire o gases son medidos a presin atmosfrica para determinar sus porcentajes). El

    porcentaje es considerado solamente cuando el medidor funciona a un caudal superior almnimo (valor medido durante un minuto).

    Cuando se prev un dispositivo automtico de eliminacin de aire o gases, este debecontinuar operando correctamente a la presin mxima fijada para el separador.

    3.10.9- Disposiciones especiales aplicables a los extractores de gas

    Un extractor de gas operando al caudal mximo del sistema de medicin, debe asegurarla eliminacin de aire o un bolsn de gases, de un volumen (medido a presinatmosfrica) menor o igual a la cantidad mnima medida, sin que resulte un efectoadicional mayor que el 1 % de la cantidad mnima medible.

    Un extractor de gas especial (capaz de eliminar gas mezclado y bolsones de gas), debetambin ser capaz, al caudal mximo del sistema, separar continuamente un volumen de

    aire o gas mezclado en el lquido igual al 5% del volumen de lquido entregado (alcaudal mximo) sin que resulte un efecto adicional que exceda los lmites fijados en3.10.1.

    3.11- Indicador de gas

    A criterio del INTI, para ciertos tipos de sistemas de medicin puede ser exigible unindicador de gas.

    El indicador de gas debe ser diseado de tal forma que permita una indicacinsatisfactoria de la presencia de aire o gas en el lquido.

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    El indicador de gas debe ser instalado aguas abajo del medidor. En los sistemas demedicin con conducto de vaciado, el indicador de gas puede tener la forma de un visortipo vertedero y puede tambin, ser usado, simultneamente como punto detransferencia.

    El indicador de gas puede ser equipado con un tornillo de purga u otro dispositivo deventilacin (vlvula de ventilacin), cuando forma un punto alto de la caera. Ningunacaera debe ser conectada al dispositivo de venteo. Los dispositivos indicadores deflujo pueden ser incorporados a los indicadores de aire o gas siempre que tal dispositivono impida la observacin de cualquier formacin de gases presentes en el lquido.

    3.12- Punto de transferencia

    3.12.1- Un sistema de medicin debe poseer como mnimo un punto de transferencia.Este punto de transferencia debe ser localizado aguas abajo del medidor en sistemasdiseados slo para entregar y aguas arriba del medidor en sistemas diseados slo para

    recibir.

    3.12.2- Los sistemas de medicin pueden ser de dos tipos, sistemas con conduccinvaca o sistemas con conduccin llena.

    El trmino conduccin incluye las caeras rgidas y flexibles.

    Sistema de medicin con conduccin vaca

    3.12.2.1- Los sistemas que funcionan con conduccin vaca en el caso de equipamientopara entrega, son sistemas de medicin en los cuales el punto de transferencia estubicado aguas arriba de la caera de entrega. Este punto de transferencia puede ser enforma de visor tipo vertedero, o un dispositivo de cierre combinado. Encada caso debeexistir un sistema que asegure el vaciado de la caera de entrega, luego de cadaoperacin de medicin.(y aguas abajo de la caera de recepcin en sistemas demedicin destinado para recibir producto)

    Sistema de medicin con conduccin llena

    3.12.2.2- Los sistemas de medicin que funcionan con conduccin completamentellena, son sistemas de medicin en los cuales el punto de transferencia consiste en un

    dispositivo de cierre, ubicado cerca del extremo o en el extremo de la caera de entregaen sistemas de medicin diseados para entrega de producto (o cerca del comienzo de lacaera de recepcin en sistemas de medicin diseados para recibir producto)

    3.12.2.3- En el caso de equipamiento de recepcin, las mismas disposiciones deben seraplicadas a las caeras de recepcin situadas aguas arriba del medidor.

    3.13- Llenado completo de un sistema de medicin

    3.13.1- El medidor y la caera entre el medidor y el punto de transferencia debe sermantenida llena de lquido durante la medicin y en perodos de interrupcin.

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    Cuando esta condicin no se satisface, especialmente en el caso de instalaciones fijas, elllenado completo del sistema de medicin hasta el punto de transferencia debe serrealizado manualmente o automticamente y monitoreado durante la medicin y en

    perodos de interrupcin.

    Para garantizar la completa eliminacin de aire o gases del sistema de medicin, undispositivo de ventilacin de manera que permita la deteccin visual o automtica delllenado completo, se deber incorporar en posicin apropiada.

    3.13.2- El efecto de contraccin debido al cambio de temperatura del lquido en lacaera entre el medidor y el punto de transferencia no debe producir un efecto superiorel 1 % de la cantidad mnima medible, debido a variaciones de temperatura igual a:

    10 C para caeras expuestas.2 C para caeras enterradas o con aislamiento trmico.

    3.13.3- Sujeto a la previsto en el punto 3.10.3 es necesario instalar aguas abajo delmedidor un dispositivo de mantenimiento de la presin, para asegurar que la presin enel dispositivo eliminador de gas y en el medidor sea siempre superior que la presinatmosfrica y la presin de vapor saturado del lquido.

    3.13.4- Cuando el flujo invertido pueda generar un error superior al desvo de lacantidad mnima especificada, un sistema de medicin en el cual el lquido puede fluiren direccin opuesta a la de funcionamiento normal, cuando la bomba es detenida, sedeber equipar con una vlvula de retencin. Si es necesario, el sistema deber tambinser equipado con un dispositivo limitador de presin.

    3.13.5- En los sistemas de medicin operados con caera vaca, la caera aguas abajodel contador es necesaria, y la caera aguas arriba del medidor debe tener un puntoelevado, de tal forma que todas las partes del sistema de medicin, siempre

    permanezcan llenas de lquido.

    3.13.6- En los sistemas de medicin operados con caera llena, los cuales son usadospara medir lquidos excepto gases licuados, el extremo libre de la caera debeincorporar un dispositivo que impida el drenaje de la mismadurante perodos de parada.Cuando un dispositivo de cierre es instalado aguas abajo de este dispositivo, el volumendel espacio entre ellos debe ser el menor posible, y en todos los casos, inferior al desvo

    de la cantidad mnima especificada.3.13.7- Si la caera est constituida por diversos componentes, estos deben sermontados por medio de conectores especiales, que mantengan la manguera llena, o unsistema de conexin que sea sellado o requiera el uso de herramientas especiales para sudesconexin.

    3.14 Vaciado de la caera de entrega

    3.14.1-En los sistemas a caera vaca, el drenaje de la caera de entrega referida alpunto 3.12.2.1, debe estar aseguradopor la vlvula de ventilacin.

    En algunos casos, esta vlvula puede ser sustituida por un medio activo, como unabomba auxiliar o compresor para inyeccin de gas.

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    Estos medios activos de drenaje deben funcionar automticamente.Cuando no es posible, por razones tcnicas o de seguridad debidamente establecidas,entregar o recibir la cantidad medida contenido en la caera de un sistema demedicin a caera vaca, esta cantidad debe ser menor o igual a la mitad del desvo dela cantidad mnima especificada.

    3.15- Variacin del volumen interno a caera llena

    Para las caeras llenas, en un sistema de medicin equipado con carretel porta caeraflexible, el incremento de volumen interno debido al cambio de posicin de la mangueraenrollada cuando no est bajo presin a la posicin desenrollada (extendida) bajo

    presin sin flujo de lquido,no debe exceder el doble del desvo de la cantidad mnimaespecificada.Si el sistema de medicin no est equipado con un carretel porta caera flexible, elincremento en el volumen interno no debe exceder el desvo de la cantidad mnimaespecificada.

    3.16- Bifurcaciones y by-pass

    3.16.1- En los sistemas de medicin destinados a entregar lquido, ningn medio debeexistir, por el cual, una fraccin de lquido medido pueda ser derivado aguas abajo delmedidor. Cuando dos o mas derivaciones de distribucin, pueden ser instaladas

    permanentemente y operadas simultneamente o alternativamente, asegurando quetodos los desvos de lquidos en otras direcciones que la destinada a el / los reservorio/s

    previsto/s no pueda/n ser rpida y fcilmente ejecutadas y puedan ser fcil yrpidamente detectada/s. Tales medios incluyen por ejemplo barreras fsicas, posicinde condicin de operacin de vlvulas fcilmente identificables, vlvulas de doble

    bloqueo y purga o indicaciones que tornen visible y marquen claramente cuando lasdescargas estn en operacin, letreros explicativos si es necesario.

    Para sistemas de medicin destinados a recibir lquido, tales exigencias deben seraplicadas por analoga.

    Una descarga controlada manualmente, puede ser utilizada como purga o drenaje delsistema de medicin. Medidas efectivas deben ser previstas para impedir el pasaje delquido a travs de cualquier punto de salida durante la utilizacin normal del sistema demedicin.

    3.16.2- Los sistemas de medicin que pueden operar con caera vaca o caera llena yque son equipados con caeras flexibles, se deber incorporar una vlvula de retencin,en la caera rgida, en direccin de la caera llena, inmediatamente aguas abajo de lavlvula selectora. La vlvula selectora, en ninguna posicin, permitir la conexin deuna caera de entrega funcionado como una caera de vaciado para una caera endireccin de la caera llena.

    3.16.3- No debe ser posible proveer una derivacin del medidor en condicionesnormales de uso.

    3.17- Mecanismos de control y cierre

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    3.17.1- Si existe riesgo de que en condiciones de funcionamiento se pueda sobrecargarel medidor, un dispositivo limitado de flujo debe ser provisto. Este dispositivo debe serinstalado aguas abajo del medidor y debe ser posible sellarlo.

    3.17.2- Las distintas posiciones de control de la vlvula multi-vas deben ser fcilmente

    visibles y localizadas por marcadores, limitadores u otros dispositivos indicadores.

    3.18- Previsiones diversas

    3.18.1- Si losposee, los filtros no deben interferir en la exactitud u operacin delsistema de medicin o sus componentes.

    3.18.2-En el caso de medicin de productos lquidos de petrleo, los dispositivos pararecuperacin de vapor no deben influenciar en la exactitud de la medicin de forma talque no sea excedido el error mximo admisible.

    3.18.3- Debe ser posible en medidores para sustancias alimenticias lquidas desmontar ydesensamblar el dispositivo de medicin para una limpieza profunda. El dispositivo demedicin debe ser diseado de tal forma que no permita un armado inadecuado de loscomponentes del sistema de medicin. Para ello, el medidor debe ser provisto coninstrucciones de armado o marcas que aseguren mediciones correctas.

    El desmontaje del dispositivo de medicin no debe posibilitar elcambio de exactitud deldispositivo, y en particular, steno debe proveer acceso a los parmetros y otros mediosde ajuste fijados.

    3.19- Inscripciones Placa de datos

    3.19.1- Cada sistema de medicin llevar una placa conla siguiente informacin:

    Nmero de aprobacin de modelo. Marca de identificacin del fabricante o marca registrada.Modelo, designacin seleccionada por el fabricante.

    Nmero de serie y ao de fabricacin.Caractersticas como las definidas en 3.3.1(sistema de medicin),

    4.1.1.1(medidor), 3.10.7.2(dispositivo eliminador de gas) o 4.1.7.1Clase de exactitud.

    Espacio para marcas de verificacin.

    Esta informacin debe colocarse sobre una o varias placas de datos, ubicada sobre unaparte no removible en condiciones normales de uso.

    Al menos la informacin relativa a la cantidad mnima medible y las marcas deverificacin estarn visibles en condiciones normales de uso.

    Las marcas referidas a la informacin del sistema de medicin estarn basadas en laaprobacin de modelo, incluyendo el rango de temperatura del lquido, y no deber

    confundirse con descripciones fijadas por razones de seguridad, en particular los lmitesde presin.

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    3.19.2- Cada componente o sub-sistema para el cual ha sido concedida la aprobacin demodelo deber llevar la siguiente informacin:

    Nmero de serie.

    Cdigo de aprobacin de modelo.

    Esta informacin deber ser parte del componente o sub-sistema o deber colocarsesobre una placa de datos no removible del componente o sub-sistema bajo normalescondiciones de uso.

    3.19.3- Si varios componentes operan en un nico sistema de medicin, lasinscripciones exigidas para cada parte del sistema pueden ser reunidas en una nica

    placa.

    Cuando un sistema de medicin puede ser transportado sin ser desmontado, las

    inscripciones exigidas para cada componente pueden ser tambin reunidas en una nicaplaca.

    3.19.4- Cuando el volumen es indicado en condiciones de base, el resultado de lamedicin deber ser acompaado con informacin al respecto de las condiciones de

    base, por ejemplo:a 15 C o a 15 C y 101.325 kPa

    3.20- Dispositivo de sellado o precintado y estampado de placa

    3.20.1- General

    El sellado debe ser realizado con metal, plstico u otra manera adecuada mientras sea losuficientemente durable y provea evidencia de alteraciones.

    Los sellos deben, en tal caso, ser fcilmente accesibles.

    Un sellado debe ser provisto sobre todas las partes del sistema de medicin que no estnmaterialmente protegidas de cualquier otra forma, contra una maniobra capaz de afectarla exactitud de la medicin.

    Sin perjuicio de lo previsto en 4.1.4 y 4.6.5, deben ser prohibidos los cambios deparmetros y algoritmos de clculo, los cuales participan en la determinacin de losresultados de la medicin (en particular parmetros para correccin y conversin), pormedio de dispositivos de sellado.

    Una etiqueta de identificacin destinada a recibir las marcas de control de metrologa,debe ser sellada y permanecer fija sobre un soporte del sistema de medicin. sta

    puede ser combinada con la placa de datos del sistema de medicin referido en 3.19

    En el caso de un sistema de medicin usado para lquidos potables, los sellos deben seraplicados de tal forma que el equipamiento pueda ser desmantelado para propsitos de

    limpieza.

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    3.20.2- Dispositivos de sellado electrnicos

    3.20.2.1- Cuando el acceso de parmetros y los algoritmos de clculoque participan enla determinacin de los resultados de medicinno son protegidos por dispositivos desellado mecnico, una proteccin debe satisfacer las siguientes exigencias de las

    secciones 3.20.2.1.1 y3.20.2.1.2

    3.20.2.1.1 Cualquier:

    acceso es permitido slo a personas autorizadas, como por ejemplo mediante eluso de un password y luego de cambiar parmetros, el sistema de medicin

    puede ser puesto en funcionamiento nuevamente en condiciones deprecintado sin ninguna restriccin; o

    acceso es permitido sin restriccin (similar que con el clsico precinto) pero,despus del cambio de los parmetros, el sistema de medicin puede ser puesto

    en funcionamiento nuevamente en condiciones de precintado slo porpersonas autorizadas, por ejemplo usando un password.

    3.20.2.1.2 El password puede ser variado

    Cuando el sistema est en modo configuracin (un modo en el cual los parmetrospueden ser cambiados y los algoritmos modificados), cualquiera de los dispositivos: nooperan o indican claramente que est en el modo configuracin. ste estado

    permanecer hasta que el sistema de medicin pueda ser puesto en funcionamientonuevamente en condiciones de precintado de acuerdo con 3.20.2.1.1.

    Para identificacin, los datos concernientes a las ltimas intervenciones debern seralmacenados. Los datos almacenados incluirn como mnimo:

    Un contador de intervenciones, la fecha de cambio del parmetro (puede permitirse el

    acceso manualmente). el nuevo valor del parmetro, e identificacin de la persona que llev a cabo la intervencin.

    Debe ser posible rastrear la ltima intervencin de por lo menos dos aos de antigedad.Si fuera posible almacenar ms de una intervencin y si el borrado de una intervencinanterior tiene que ocurrir para permitir una nueva memorizacin, la ms antiguamemorizada debe ser borrada.

    3.20.2.2- Para sistemas de medicin con partes que puedan ser desconectadas una deotra por el usuario y las cuales son intercambiables, las siguientes exigencias deben sercumplidas:

    No debe ser posible acceder a los parmetros que participanen la determinacin de los resultados de la medicin a travs

    de puntos desconectados a menos que las exigencias delpunto 3.20.2.1sean cumplidas.

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    Debe ser impedida la interposicin de cualquier dispositivoque pueda influenciar en la exactitud, por medio deseguridad electrnica e informtica, si no es posible pormedios mecnicos.

    3.20.2.3- Para sistemas de medicin con partes que puedan ser desconectadas unas deotras por el usuario, que no son intercambiables, las exigencias en 3.20.2.2deben seraplicadas. Adems estos sistemas deben ser equipados con dispositivos que no permitanel funcionamiento del sistema si las diversas partes no estuviesen asociadas de acuerdoa la configuracin del fabricante.

    Nota: desconexiones que no son permitidas para el usuario, pueden ser prevenidas, porejemplo, por medio de un dispositivo que impida cualquier medicin luego dedesconectar y reconectar.

    4- Requerimientos para medidores y dispositivos auxiliares de un sistema de

    medicin

    4.1-Medidor

    El /Los medidor /es de un sistema de medicin deben atender a los siguientesrequerimientos, sean stos sometidos separadamente o no a una aprobacin de modelo.

    4.1.1- Rango de condiciones operativas

    4.1.1.1- El rango de las condiciones operativas de un medidor es determinado comomnimo por las siguientes caractersticas:

    Cantidad mnima medible, MMQ,

    rango de caudal, limitado por el caudal mnimo Qmny el caudal mximoQmx.(o rango limitado por el nmero de Reynolds, si es aplicable),

    nombre o tipo de lquido o sus caractersticas relevantes, por ejemplo:el rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mnima del lquidoy viscosidad mxima del lquido y / o el rango de densidad, limitado porla densidad mnima del lquido y densidad mxima del lquido,

    el rango de presin, limitado por la presin mnima del lquido Pmny lapresin mxima del lquido Pmx,

    el rango de temperatura, limitado por la temperatura mnima del lquidoTmny la temperatura mxima del lquido Tmx,

    niveles de severidad que corresponden a las condiciones climticas,elctricas y mecnicas ambientales para las cuales el sistema de medicines diseado para ser expuesto (ver anexo A),

    valor nominal de la tensin de alimentacin de CA y / o lmites de tensinde alimentacin de CC.

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    4.1.1.2-El valor de la cantidad mnima medible debe tener una forma 1x10n, 2x10no5x10nunidades autorizadas de volumen o masa, donde n es un nmero entero positivo,negativo o cero.

    4.1.2- Requerimientos metrolgicos

    Los requerimientos de esta seccin para un medidor son tambin aplicables a sistemas de medicin (ver 7.1.5).

    4.1.2.1- El error mximo toleradopara un medidor, bajo el rango de condicionesoperativas, son iguales a los especificados en lnea B de tabla 2.

    4.1.2.2- Para cualquier cantidad igual o mayor que cinco veces la cantidad mnimamedible, el error de repetibilidad del medidor no debe ser mayor a 2/5 del valor

    especificado en lnea A de tabla 2.

    4.1.2.3- Bajo el rango de las condiciones operativas para un lquido dado,los medidorespresentarn una diferencia entre el error intrnseco inicial y el error luego del ensayo dedesgaste la cual ser igual o menor que el valor especificado en lnea B de tabla 2.

    4.1.2.4- El desvo de la cantidad mnima especificada (Emn) para el medidor, esta dadopor la segunda formula en la seccin 3.5.3.

    4.1.3- Dispositivo de ajuste

    Los medidores pueden ser equipados con un dispositivo de ajuste que permita modificaren forma simple la relacin entre la cantidad indicada y la cantidad real de lquido que

    pasa por el medidor, la cual estar dentro de:

    0,05% para medidores destinados a equipar sistemas de medicin de clasede exactitud 0,3.

    0,1% para medidores destinados a equipar sistemas de medicin de otrasclases de exactitud.

    Un dispositivo de ajuste deber ser usado solamente para reducir el error y ubicarlo tancerca de cero como sea posible.

    Est prohibido al ajuste de un medidor por medio de una derivacin (by-pass).

    4.1.4- Dispositivo de correccin

    4.1.4.1- Los medidores pueden estar equipados con dispositivos de correccin. Estosdispositivos deben ser considerados como parte integral del medidor. Por tal motivo lasexigencias que son aplicables a los medidores, en particular el error mximo toleradoespecificado en (4.1.2.1), deber ser aplicado a la cantidad corregida (en condiciones de

    medicin).

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    4.1.4.2- En funcionamiento normal, la cantidad no corregida no deber ser indicada. Lacantidad no corregida deber, no obstante, estar disponible para utilizarla en ensayos.

    4.1.4.3- Un dispositivo de correccin deber ser usado solamente para reducir el error yubicarlo tan cerca de cero como sea posible.

    4.1.4.4- Todos los parmetros no medidos, necesarios para una correccin, debern estarcontenidos en el calculador, al comenzar la operacin de medicin.El certificado de aprobacin de modelo debe prescribir la posibilidad de chequear los

    parmetros necesarios para las correcciones y al mismo tiempo verificar el dispositivode correccin.

    4.1.4.5- Para transacciones comerciales, la correccin es permitida por seleccin oingreso del nombre o tipo de lquido o cualquier otro dato, cuando este dato participa enla correccin de la cantidad. Este dato permite caracterizar sin ambigedad a aquelloslquidos cuyo nombre o tipo no lo permiten.

    Todos los casos estn sujetos a las siguientes condiciones:

    Un dispositivo de impresin sujeto al control de metrologa legal esobligatorio.

    Este dato y una nota explicativa que este dato puede ser entradomanualmente deber ser impreso al mismo tiempo que el resultado de lamedicin.

    El nombre o tipo de lquido deber ser conocido e impreso sin ambigedad.

    4.1.4.6- El dispositivo de correccin no deber permitir la correccin de una derivapredeterminada, por ejemplo en relacin al tiempo o cantidad total.

    4.1.4.7- Los dispositivos de medicin asociados deben estar en conformidad con loestablecido en sus respectivos reglamentos tcnicos y metrolgicos. La exactitud demedicin de cada instrumento debe ser la necesariapara permitir que las exigenciasespecificadas en (4.1.2.1) sean cumplidas.

    4.1.4.8- Los dispositivos de medicin asociados deben ser dotados con sistemas demonitoreo, conforme a lo especificado en (5.3.6).

    4.1.5- Sistemas de medicin equipado con medidor tipo turbina y tipo de

    desplazamiento positivo

    4.1.5.1- La presin aguas abajo del medidor deber ser tal que evite la cavitacin.

    4.1.5.2- Si la exactitud del medidor es afectada por perturbaciones aguas arriba o aguasabajo de la caera, el medidor deber ser provisto con el suficiente nmero de tramosrectos de caera con o sin dispositivo rectificador de flujo, tal que las indicaciones deinstalacin del sistema de medicin incluyendo al medidor satisfagan los requerimientosde 3.4 a3.6con referencia a los errores mximos tolerados y de acuerdo a la clase de

    exactitud del sistema de medicin.

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    4.1.5.3- Las caractersticas de los dispositivos rectificadores de flujo y / o longitud detramo recto de caera, si son necesarios, debern especificarse en el certificado deaprobacin de modelo.

    4.1.5.4- Si el sistema es provisto con un dispositivo limitador para bajos caudales

    programable o ajustable, o un dispositivo de compensacin de cero, o cualquier otrodispositivo de ajuste que permita cumplir con los ensayos requeridos en la totalidad delrango de condiciones operativas, las limitaciones y ajustes debern ser detalladas en elcertificado de aprobacin de modelo.

    En los dispositivos limitadores para bajos caudales, el valor del lmite del caudal nodeber ser superior que el 20% de la aplicacin definida al caudal mnimo.

    El error causado por la compensacin de cero del medidor, relativo al caudal mnimo,no debe exceder el valor especificado en la lnea C de la tabla 2.

    4.1.6- Sistema de medicin equipado con medidores electromagnticos

    4.1.6.1- Son aplicables los requerimiento 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

    4.1.6.2- Las condiciones del rango de operacin con respecto a la conductividad dellquido y las caractersticas del cable deben ser especificadas por el fabricante y debe serdocumentadas en el certificado de aprobacin de modelo.

    4.1.7- Sistema de medicin equipado con medidores ultrasnicos

    4.1.7.1- Son aplicables los requerimiento 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

    4.1.7.2- El nmero de Reynolds mnimo del lquido a ser medido deber serespecificado por el fabricante, e indicado en el certificado de aprobacin de modelo..

    4.1.8- Sistema de medicin equipado con medidores vortex

    4.1.8.1- Son aplicables los requerimiento 4.1.5.1 al 4.1.5.4 y el requerimiento4.1.7.2.

    4.1.9- Sistema de medicin equipado con medidores de caudal msico

    4.1.9.1- Son aplicables los requerimiento 4.1.5.1 al 4.1.5.4.4.1.9.2- El medidor de caudal msico deber ser instalado en el sistema de medicin deacuerdo con las condiciones o limitaciones propuestas en el certificado de aprobacin demodelo.

    4.1.10- Sistema de medicin equipado con medidores a tambor para alcohol

    4.1.10.1- El volumen individual de las cmaras de medicin de un medidor a tambordebern ser de 1x10n, 2x10n o 5x10n litros, siendo n un nmero entero positivo,negativo o cero. Las cmaras del tambor debern ser de igual tamao.

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    El eje del tambor deber ser horizontal. A fin de ser capaz de asegurar que ste seainstalado correctamente, el medidor deber ser equipado con un dispositivo indicador denivel. Cuando el eje del tambor es inclinado mas de 3 de la horizontal, la indicacin delmedidor varia mas de la mitad del error mximo toleradoen la verificacin.

    4.1.10.2- El volumen individual de las cmaras de medicin de un medidor a tamborpuede ser ajustada por medio de cuerpos desplazables. El dispositivo de conversinasociado el cual mide la densidad y la temperatura del lquido de medicin deber serajustable.

    4.1.10.3- El dispositivo de conversin para determinar el volumen de etanolcorrespondiente a un medidor de tambor deber estar de acuerdo con la RecomendacinInternacional OIML R22 tablas internacionales alcoholimtricas (1975). Latemperatura de referencia para la medicin de alcohol es de 20 C.

    La conversin puede ser aplicada mecnica o electrnicamente.

    4.1.10.4- La muestra de un medidor de tambor deber ser recogida y separadaautomticamente. Una muestra representativa del lquido a ser medido permitir ladeterminacin separada del alcohol promedio contenido en el lquido, el cual pasa atravs del sistema de medicin, por ejemplo: por separacin en volmenes iguales cadavez que las cmaras de medicin son llenadas.Si el ensayo del volumen extrado es sujeto a un tratamiento especial o separado, eldispositivo de medicin deber ser ajustado de formatal que el volumen extrado no seaincluido en la indicacin del medidor a tambor.

    4.1.10.5- La eliminacin del aire ingresado o gas liberado deber funcionar por simisma para un medidor a tambor. Se requerir un dispositivo adicional eliminador degas.

    4.1.10.6- Las siguientes condiciones de operacin inadmisibles y fallas de un medidor atambor debern ser impedidas por dispositivos especiales incorporados al medidor, osu ocurrencia deber ser indicada por un dispositivo de advertencia:

    caudal excesivo; obstruccin del flujo; sobrellenado del tambor por la obstruccin de los

    elementos rotativos;

    temperatura fuera del rango permisible; calentamiento inadmisible de la muestra separada

    4.2- Dispositivo indicador

    4.2.1- Exigencias generales

    4.2.1.1- Las lecturas de las indicaciones deben ser exactas, rpidas y no ambiguas, paracualquier posicin del dispositivo indicador, Siun dispositivo indicador est compuesto

    por diversos elementos, stos deben estar conformados de tal forma que la lectura del

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    volumen medido puede ser efectuada por simple yuxtaposicin de las indicaciones delos diferentes elementos. El smbolo decimal debe aparecer en forma diferenciada.

    4.2.1.2-El valor de la divisin en la indicacin debe ser de la forma 1x10n, 2x10n 5x10n unidades legales de volumen, siendo n un nmero entero positivo, negativo o

    cero.

    4.2.1.3- Los valores de una divisin no significativa deben ser evitados.

    4.2.1.4- El valor del intervalo de escala debe satisfacer los siguientes requerimientos:

    Para dispositivos de indicacin continua o analgica, la cantidadcorrespondiente a 2 mm sobre la escala o para 1/5 del valor de una divisinde la escala, la mayor, deber ser menor o igual al desvo de la cantidadmnima especificada (Emn).

    Para dispositivos de indicacin discontinuos o digitales, la cantidadcorrespondiente a dos divisiones mnimas de la escala, deber ser menor oigual al desvo de la cantidad mnima especificada (Emn).

    4.2.2- Dispositivo de indicacin mecnico

    4.2.2.1- Cuando la graduacin de un elemento es enteramente visible, el valor de unarevolucin de este elemento debe tener la forma 10nunidades legales de cantidad, donden es un nmero entero, no obstante esta regla no debe ser aplicada a elementoscorrespondientes al rango mximo del dispositivo de indicacin.

    4.2.2.2- En un dispositivo indicador compuesto por varios elementos, el valor de cadarevolucin del elemento, cuya graduacin es enteramente visible, debe corresponder alvalor de una divisin del subsiguiente..4.2.2.3- Un elemento de un dispositivo indicador puede ser de movimiento continuo odiscontinuo, pero cuando otros elementos, distintos del primero, tienen solamente partede la escala visible a travs de una ventana, estos elementos deben tener movimientodiscontinuo.

    4.2.2.4- El avance de una figura de cualquier elemento que tenga movimiento

    discontinuo debe ocurrir y completarse cuando el elemento precedente pasa de 9 a 0.4.2.2.5- Cuando el primer elemento tiene solamente una parte de escala visible a travsde una ventana y tiene un movimiento continuo, la dimensin de la ventana debe ser,

    por lo menos, 1,5 veces la distancia entre dos graduaciones sucesivas de la escalagraduada.

    4.2.2.6- Todos los trazos de la escala deben tener el mismo espesor y longitudconstante que no exceder 1/4 del espesor de una divisin. El espesor visible de unadivisin debe ser igual o superior a 2 mm. La altura visible de las figuras deben serigual o superior a 4 mm, salvo especificaciones contrarias en exigencias para sistemas

    de medicin especficos.

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    4.2.3- Dispositivo de indicacin electrnico

    La indicacin continua de la cantidad durante el perodo de medicin, es obligatoria. Noobstante si se interrumpe la indicacin de la cantidad, se interrumpe la accin dealgunos sistemas de monitoreo para chequeo, que son obligatorios y necesarios para

    asegurar una medicin correcta. La cantidad que pasa a travs del medidor durante cadainterrupcin ser igual o menor a la cantidad mnima medible.

    4.2.4- Dispositivo de puesta a cero para dispositivo indicador de cantidad

    4.2.4.1-Un dispositivo indicador de cantidad puede ser provisto con un dispositivo depuesta a cero, para operaciones manuales o por medio de un sistema automtico.

    4.2.4.2- Una vez que la operacin de retorno a cero fue iniciada debe ser imposible queel dispositivo indicador de la cantidad muestre un resultado diferente al de la medicinque se acaba de realizar, hasta que la operacin de retorno a cero haya sido completada.

    En los dispositivos indicadores de sistema de medicin para abastecimiento decombustibles lquidos y los sistemas de medicin electrnicos no deben ser posiblesreestablecer una indicacin de cero durante una medicin.

    4.2.4.3-En los dispositivos de indicacin continua oanalgicos, la indicacin residualluego de retornar a cero no debe ser superior a la mitad del desvo de la cantidadmnima especificada (Emn).

    4.2.4.4- En los dispositivos de indicacin discontinua, la indicacin luego de volver acero debe ser cero sin ninguna ambigedad.

    4.3- Dispositivo de impresin

    4.3.1- El valor de una divisin de la escala de impresin debe ser de la forma 1x10n,2x10n 5x10n unidades legales de cantidad, siendo n un nmero entero positivo,negativo o cero y no ser mayor que el desvo mnimo especificado para el volumen.

    El valor de una divisin de la escala de impresin no debe ser inferior al menor valor deuna divisin del dispositivo indicador.

    4.3.2- La cantidad impresa debe ser indicada en una de las unidades legales autorizadaspara la indicacin de la cantidad y expresadas en las mismas unidades del sistema deindicacin.

    Las cifras, la unidad usada o su smbolo y el signo decimal, si hay, sern impresas en elticket por el dispositivo sin ambigedad.

    4.3.3-El dispositivo de impresin puede tambin imprimir informacin identificando lamedicin, por ejemplo: el nmero de secuencia, fecha, identificacin del contador, tipode lquido, etc.Si un dispositivo de impresin est conectado a ms de un sistema de medicin, ste

    deber imprimir la identificacin del sistema correspondiente.

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    4.3.4- Si un dispositivo de impresin permite la repeticin de la impresin antes que unanueva entrega haya comenzado, las copias deben ser claramente marcadas como porejemplo por impresin duplicado.

    4.3.5- Si la cantidad es determinada por la diferencia entre dos valores impresos, an si

    uno es expresado en cero, debe ser imposible retirar el ticket del dispositivo deimpresin durante la medicin.

    4.3.6- Cuando un dispositivo de impresin y un dispositivo indicador de cantidad, cadauno posee un dispositivo de puesta a cero, ese dispositivo debe operarde tal forma queel retorno a cero de uno implica tambin el retorno a cero del otro.

    4.3.7- Los dispositivos de impresin electrnicos estn tambin sujetos a losrequerimientos indicados en 5.3.5.

    4.4- Dispositivo de memorizacin.

    4.4.1- Los sistemas de medicin deben ser equipados con un dispositivo dememorizacin para almacenar resultados de medicin hasta su utilizacin o con el fin de

    permitir un rastreo de transacciones comerciales, proveyendo pruebas en el caso de unadisputa. Dispositivos utilizados para leer la informacin memorizada deben serconsiderados como parte integrante de los dispositivos de memorizacin.

    4.4.2-El soporte sobre el cual las informaciones son almacenadas debe presentar unapermanencia suficiente para asegurar que la informacin no sea alterada bajocondiciones normales de almacenamiento. La capacidad de memoria debe ser suficiente

    para almacenar cualquier aplicacin en particular.

    4.4.3- Los datos cargados pueden ser borrados si:

    la transaccin es resuelta, o estos datos son impresos por un dispositivo de impresin sujeto a control.

    4.4.4- Despus de satisfacer los requerimientos de la seccin 4.4.3 y cuando la memoriaest completa, est permitido borrar la informacin memorizada cuando las doscondiciones siguientes se respetan:

    la informacin es borrada en el mismo orden cronolgico que como fuegrabada y las reglas establecidas para cada aplicacin particular sonrespetadas;

    el borrado es llevado a cabo luego de una operacin manual especial.

    4.4.5-La memorizacin debe ser hecha de tal forma que sea imposible, en uso normal,modificar los valores almacenados.

    Los datos memorizados debern ser protegidos contra cambios intencionales o nointencionales con herramientas comunes de programacin.

    4.4.6- Los dispositivos de memorizacin deben ser equipados con sistemas demonitoreo conforme a lo establecido en 5.3.5. El objetivo del sistema de monitoreo es

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    garantizar que la informacin memorizada corresponda a los datos transmitidos para undispositivo calculador y que la informacin restaurada corresponda a los datosalmacenados.

    4.5- Dispositivo de predeterminacin.

    4.5.1-La cantidad predeterminada debe ser indicada antes de comenzar la medicin.

    4.5.2- Cuando una predeterminacin es efectuada por medio de diversos comandosindependientes unos de otros, el valor de una divisin correspondiente a un comandodebe ser igual al rango de predeterminacin del comando de la clase inmediatamenteinferior.

    Dispositivos de predeterminacin por medio de presin de botones o similar parapreseleccionar una cantidad fija son permitidos, siempre que las cantidades fijadas seaniguales a un nmero entero de unidades de volumen o masa.

    4.5.3- Los dispositivos de predeterminacin pueden ser ajustados de tal forma que pararepetir una cantidad seleccionada no sea necesario accionar nuevamente el comando.

    4.5.4- Cuando es posible ver simultneamente las cifras que muestra el dispositivo depredeterminacin y la del dispositivo de indicacin de cantidad, la primera debe serclaramente distinguida de la ltima.

    4.5.5- La indicacin de la cantidad seleccionada puede, durante el proceso de medicin,permanecer inalterada o retornar progresivamente a cero. No obstante, para undispositivo de predeterminacin electrnica, debe ser aceptable indicar un valor

    preseleccionado sobre el dispositivo indicador de cantidad por medio de una operacinespecial con la restriccin de que ste valor sea sustituido por la indicacin de cero parauna cantidad, antes que una operacin de medicin pueda comenzar.

    4.5.6- En el caso de una entrega solicitada anticipadamente:

    la diferencia encontrada, bajo normales condiciones operativas, entreuna cantidad preseleccionada y una cantidad mostrada por eldispositivo indicador de cantidad, al finalizar la operacin de medicin,no debe ser mayor que el desvo mnimo especificado para la cantidad

    predeterminada.

    4.5.7- Las cantidades predeterminadas y las indicadas por el dispositivo indicador decantidad deben ser expresadas en la misma unidad. Esa unidad (o su smbolo) debe estarmarcado sobre el dispositivo de predeterminacin.

    4.5.8- El valor de una divisin del dispositivo de predeterminacin no debe ser inferioral valor de una divisin del dispositivo indicador.

    4.5.9- Los dispositivos de predeterminacin pueden incorporar un dispositivo quepermita interrumpir rpidamente el flujo de lquido cuando sea necesario.

    4.6- Dispositivo de conversin

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    4.6.1- Los sistemas de medicin pueden ser equipados con un dispositivo de conversincomo el definido en 2.1.16. Las previsiones de este punto 4.6 son principalmenteaplicadas a dispositivos de conversin electrnicos. Previsiones anlogas, puedenaplicarse a los dispositivos de conversin mecnicos.

    4.6.2- El clculo de la cantidad convertida ser realizado de acuerdo con la normaIRAM-IAP A 6904 o recomendaciones internacionales aplicables (Ej: OIML R 63)

    4.6.3- Los parmetros que caracterizan al lquido medido y que son empleados en lafrmula de conversin, sern medidos usando instrumentos de medicin asociadossujetos a control metrolgico cuando los parmetros varan durante el proceso demedicin. No obstante, alguno de estos parmetros pueden no ser medidos, o medidoscon instrumentos de medicin asociados que no estn sujetos a control metrolgico,cuando su influencia sobre el factor