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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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INFORME AUDITORIA ESPECIAL SOBRE EL ESTADO DE LAS FINANZAS
MUNICIPIO DE TOLEDO
ADMINISTRACION MUNICIPAL
VIGENCIA FISCAL
2019
Contraloría General de Antioquia
Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada
Medellín, octubre de 2020
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Administración municipal. Municipio de Toledo Antioquia
Contralora General de Antioquia Elsa Yazmín González Vega Subcontralor. Dalgy Bibiana Rico Ángel
Contralora Auxiliar Delegado Beatriz Elena García Estrada Contralor A. Auditoría Integrada Anderson de Castaño Cataño
Equipo Auditor
John Jairo Mesa Cubillos (Coordinador) Profesional Universitario Marta Isabel Díaz Sanmiguel Profesional Universitaria Francisco Javier Ramirez Cadavid Técnico Operativo
Comité Operativo Profesional Universitaria Sandra Briyidi Rozo Pava
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN .................................................................................................... 4 1 INFORMACIÓN PRESUPUESTAL ............................................................... 12
1.1 PRESUPUESTO INICIAL, ADICIONAL Y DEFINITIVO .......................... 12
1.2 INGRESOS .............................................................................................. 13 Presupuesto y Ejecución de Ingresos 2019 ............................................................... 13
1.2.1 Presupuesto y Ejecución de Ingresos 2019..................................................... 14 Ingresos Corrientes .................................................................................................... 14
Recursos de Capital .................................................................................................... 14 1.2.2 Comparativo Ejecución Presupuestal de Ingresos 2016—2019 ............... 15 1.2.3 Indicadores de Ejecución Presupuestal de Ingresos ....................................... 16
1.3 EGRESOS ............................................................................................... 17 1.3.1 Presupuesto y Ejecución de Egresos 2019 ..................................................... 17 1.3.2 Comparativo Ejecución Presupuestal de Egresos 2016- 2019 ....................... 20
1.4 Indicadores De Ejecución Presupuestal De Egresos .......................... 21 1.5 RESULTADO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL ........................... 23
2 INFORMACIÓN CONTABLE ......................................................................... 24 2.1 ESTADOS FINANCIEROS 2016-2019 .................................................... 24
3 LEY 617 DE 2000 .......................................................................................... 26
3.1 FACTORES EVALUADOS ...................................................................... 28 3.1.1 DEUDA PÚBLICA ........................................................................................ 28 3.1.2 CAPACIDAD DE PAGO ............................................................................... 31 3.1.3 DEFICIT FISCAL .......................................................................................... 33
3.2 PLANTA DE CARGOS ............................................................................ 39 3.4.1.2. Debido por Cobrar de Industria y Comercio .............................................. 43
Comportamiento del recaudo 2016 a 2019 ................................................... 47 3.3 PASIVOS CONTINGENTES Y EMBARGOS ......................................... 48 3.6 PASIVO PENSIONAL ................................................................................. 53
FONDO DE PENSIONES TERRITORIALES-FONPET ....................................... 53 3.7. VIGENCIAS FUTURAS .............................................................................. 55 3.4 DESEMPEÑO FISCAL ............................................................................ 56
3.5 LEY 550 DE 1999 .................................................................................... 59 3.6 SITUACIONES QUE COMPROMETEN LOS RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. ..................................................................... 64
5. HALLAZGOS ................................................................................................. 70
6. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS ........................................... 75 7. ANEXOS ...............................................................¡Error! Marcador no definido.
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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INTRODUCCIÓN
La Contraloría General de Antioquia con fundamento en las facultades otorgadas
por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, la Ley 42 de 1993 y la
Ordenanza 27 de 1998, y con base a los resultados obtenidos en el análisis del
estado de las finanzas de los municipios del departamento de Antioquia, realizó
visita a la administración municipal de Toledo, con la finalidad de establecer la
viabilidad fiscal y financiera del ente Territorial e identificar los factores de riesgo.
Dentro del análisis efectuado se incluyen los resultados del indicador de Ley 617 de
2000, por medio de la cual se dictan las normas de ajuste fiscal, y los aspectos que
influyeron en el cumplimiento de los artículos 6 y 10 de la misma Ley, para
establecer el límite de gastos de funcionamiento, medido en términos de Ingresos
Corrientes de Libre Destinación - ICLD, recursos que las Entidades Territoriales
recaudan para garantizar la viabilidad financiera.
Entre otros aspectos tenidos en cuenta en el presente informe se encuentran: El
Déficit Fiscal generado en el periodo de la actual administración y el Esfuerzo fiscal
realizado por el Municipio en el año 2020, tanto en sus obligaciones corrientes como
de Inversión; así mismo, se evalúa sus indicadores financieros, la capacidad de
endeudamiento, análisis de las vigencias futuras, el estado de las Rentas por Cobrar
y los Pasivos contingentes.
Este informe se constituye en una herramienta de toma de decisiones para los
mandatarios locales y el Gobierno Departamental, es responsabilidad de la
Administración municipal emprender las acciones necesarias para subsanar las
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debilidades producto de observación y gestionar ante las demás Entidades
Gubernamentales los proyectos tendientes a mejorar o ajustar la sostenibilidad
fiscal y financiera.
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Medellín,
Doctora
ASTRID HELENA CHAVARRIA CORREA
Alcaldesa Municipal
[email protected] [email protected]
Carrera 10 N° 10 – 30 Parque Principal
Toledo - Antioquia
Asunto: Informe sobre el Estado de las finanzas públicas municipales
La Contraloría General de Antioquia, con fundamento en las facultades otorgadas
por el artículo 267 de la Constitución Política, la ley 42 de 1993 y la Ordenanza 27
de 1998, realizo visita al Municipio de Toledo, con la finalidad de compilar en este
documento los factores que influyen en la sostenibilidad financiera de la Entidad por
usted representada y adelantar el proceso de validación del indicador de Ley 617 y
cumplimiento del acuerdo de restructuración de pasivos.
Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada
y analizada por la Contraloría General de Antioquia. La responsabilidad de este Ente
de control, consiste en producir un informe especial que contenga las conclusiones
sobre el examen practicado.
La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con los procedimientos prescritos por la
Contraloría General de Antioquia, por lo tanto, requirió acorde con ello de la
planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base
razonable para fundamentar las conclusiones expresadas en el informe especial.
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El examen se efectuó sobre la base de documentos, comprobantes y evidencias
que soportan las ejecuciones presupuestales de la Entidad, información rendida a
través del aplicativo Gestión Transparente y demás información suministrada por el
Ente Territorial e Información reportada al CHIP.
El análisis a que se refiere el presente informe tuvo el siguiente alcance: Evaluación
Déficit Fiscal, Operaciones de Crédito público (endeudamiento), Pasivos
Contingentes, debido cobrar, acuerdos de pago, validación de indicador de
cumplimiento de la Ley 617 de 2000, análisis de vigencias futuras, Planta de cargos,
acuerdo restructuración de pasivos, cierre fiscal y Reservas Presupuestales.
Al respecto es pertinente precisar las competencias sobre las certificaciones y
evaluación del indicador de desempeño fiscal, en los Entes territoriales:
La Contaduría General de la Nación, de acuerdo con los ingresos corrientes de libre
destinación certificados por la Contraloría General de la República y teniendo en
cuenta lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 617 de 2000, este municipio se ubica
en la categoría sexta.
El artículo 81. Extensión del Control de la Contraloría General de la República, de la Ley
617 de 2000, establece: “En desarrollo del inciso tercero del artículo 267 de la Constitución
Nacional, la Contraloría General de la República realizará el control fiscal de las entidades
territoriales que incumplan los límites previstos en la presente Ley”.
Así mismo, el Artículo 68 de la Resolución Orgánica 5993 de 2008 de la Contraloría
General de la República, establece: Control al límite del gasto en el nivel territorial:
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“La Contraloría General de la República verificará que las entidades territoriales
cumplan con los límites de gasto establecidos en los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y
11 de la Ley 617 de 2000. En caso de incumplimiento se procederá de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 81 de la misma Ley y realizará la vigilancia y control
fiscal en los mismos términos en que lo ejerce para la Nación”.
En cuanto a la competencia de la Contraloría General de Antioquia, para evaluar el
cumplimiento de los límites establecidos en la Ley 617 de 2000, hacemos referencia
a lo normalizado en la Ordenanza 27 de 1998, Estatuto Fiscal de Antioquia:
Artículo 3° competencia: “Corresponde a la Contraloría General de Antioquia ejercer
la función pública de Control Fiscal en su respectiva jurisdicción, de acuerdo con los
principios, sistemas y procedimientos establecidos en la Constitución y la Ley”.
Artículo 8°. Atribuciones: “Corresponde al Contralor General de Antioquia, además
de lo establecido en el artículo 272 de la Constitución Política, ejercer entre otras
las siguientes:
Artículo 9. Presentar anualmente a la Asamblea Departamental y a los Concejos
Municipales, un informe sobre el estado de las finanzas de las entidades, el
Departamento en el ámbito central y descentralizado, que comprenda el resultado
de la evaluación y su concepto sobre la gestión fiscal de la administración en el
manejo dado a los fondos y bienes públicos.
Artículo 10 del Capítulo IV. Presentación a la Asamblea. Corresponde al Contralor
General del Departamento presentar a la Asamblea de Antioquia la cuenta del
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presupuesto de las entidades sujetas a su control, correspondiente al año
inmediatamente anterior, la cual contendrá entre otros: Numeral 3. Estado
comparativo de la ejecución de los ingresos y gastos contemplados en los literales
anteriores, en forma tal que se refleje el superávit o déficit resultante. Esta
información deberá presentarse de manera que permita distinguir Las fuentes de
financiación del presupuesto.
Artículo 13. Capitulo V. Certificación de las finanzas. El Contralor General de
Antioquia deberá certificar al cierre del año fiscal, la situación de las finanzas de las
Entidades sujetas a su control, para lo cual tendrá en cuenta, entre otros, los
siguientes factores:
a. Ingresos y gastos totales
b. Superávit o déficit fiscal y presupuestal.
c. Superávit o déficit de tesorería y de operaciones efectivas.
Artículo 16. Informes que debe rendir el Contralor. El Contralor General de
Antioquia, estará obligado a rendir los informes que sobre el ejercicio de sus
funciones le solicite la Asamblea Departamental de conformidad con lo establecido
en el artículo 300, numeral 11 de la Constitución política, entre las cuales se
encuentra:
- Presentar a la Asamblea, a los Concejos de los municipios bajo su vigilancia, a los
organismos competentes y a la opinión pública en general, de los informes de la
situación y el estado fiscal y financiero del Departamento, los municipios y sus
entidades descentralizadas, según el caso. Dichos informes deberán corresponder
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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al periodo fiscal anterior y en ellos se certificará la situación y el estado de sus
finanzas, así como la evaluación de la gestión realizada por la respectiva
administración. Además, informara cómo las entidades fiscalizadas, cumplen con
las normas contables y presupuestales vigentes”.
De lo anterior se concluye cuál es la competencia de la Contraloría General de
Antioquia, en la evaluación del indicador de desempeño y cumplimiento de los
límites establecidos en la Ley 617 de 2000, lo cual hace parte de la evaluación
presupuestal de las entidades sujetas a control por parte de la Contraloría General
de Antioquia, adicionalmente, este organismo de Control y el Departamento
Administrativo de Planeación de Antioquia, vienen realizando conjuntamente la
evaluación del indicador de Ley 617 de 2000, indicador que es tomado como
referente para el ranking de desempeño fiscal, que cada año publica el
Departamento Nacional de Planeación.
Como resultado de la evaluación realizada, el equipo auditor deja plasmadas
conclusiones y observaciones, con respecto a los aspectos relevantes encontrados
en la ejecución de la revisión, para las cuales el municipio debe contribuir y realizar
los ajustes que considere pertinentes.
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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ANDERSON DE JESUS CASTAÑO CATAÑO Contralor Auxiliar - Auditoria Integrada P/ John Jairo Mesa Cubillos, Profesional Univeristario E/ John Jairo Mesa Cubillos, Profesional Univeristario R/ Anderson Castaño Cataño, CAAI
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1 INFORMACIÓN PRESUPUESTAL
1.1 PRESUPUESTO INICIAL, ADICIONAL Y DEFINITIVO
El presupuesto inicial del Municipio para la vigencia fiscal 2019 fue aprobado por valor de $9.643.733.333; realizó Adiciones durante el período por $10.043.941.921 y reducciones por $1.748.521.905, para un presupuesto definitivo de $17.939.153.349; distribuidos de la siguiente forma:
CONCEPTO VALOR ($) PARTICIPACIÓN
(%)
Ingresos Corrientes
14,367,542,353 80.09%
Recursos de Capital 3,571,610,996 19.91%
Total Presupuesto Ingresos 17,939,153,349 100.00%
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo auditor
Para el presupuesto definitivo de egresos se asignaron recursos así:
CONCEPTO VALOR ($) PARTICIPACIÓN
(%)
Gastos de Funcionamiento 2,921,427,887 16.29%
Inversión 15,002,150,658 83.63%
Servicio a la deuda 15,574,804 0.09%
Total Presupuesto de Gastos 17,939,153,349 100.00%
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo auditor
Al comparar el presupuesto definitivo de ingresos frente al de egresos, no se encontró diferencias, es decir el presupuesto se presentó de forma equilibrada.
DESCRIPCION INGRESOS($) EGRESOS($) DIFERENCIA($)
APROPIACIÓN DEFINITIVA 17,939,153,349 17,939,153,349 0
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1.2 INGRESOS Presupuesto y Ejecución de Ingresos 2019 (Cifras en miles de pesos)
CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO ($)
EJECUCIÓN % PART.
$ % %
Ingresos Corrientes 14,367,542,353 13,379,291,982 93.12% 78.94%
Recursos Capital 3,571,610,996 3,569,890,083 99.95% 21.06%
Total Presupuesto Ingresos
17,939,153,349 16,949,182,065 94.48% 100.00%
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
La ejecución presupuestal de ingresos arrojó el siguiente resultado: Presupuesto definitivo $17,939,153,349
IngresosCorrientes
Recursos CapitalTotal Presupuesto
Ingresos
PRESUPUESTO DEFINITIVO ($) 14.367.542.353 3.571.610.996 17.939.153.349
EJECUCIÓN 13.379.291.982 3.569.890.083 16.949.182.065
% 93,12% 99,95% 94,48%
02.000.000.0004.000.000.0006.000.000.0008.000.000.000
10.000.000.00012.000.000.00014.000.000.00016.000.000.00018.000.000.00020.000.000.000
EJECUCION PRESUPESTO INGRESOS
PRESUPUESTO DEFINITIVO ($) EJECUCIÓN %
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Recaudos $16,949,182,065
Déficit Presupuestal de Ingresos -$989,971,284
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
El resultado obtenido presentó déficit de Ingresos, debido a que los recaudos percibidos no superaron los ingresos proyectados. La estructura del presupuesto de ingresos fue la siguiente
1.2.1 Presupuesto y Ejecución de Ingresos 2019
Ingresos Corrientes
Con un presupuesto definitivo de $14,367,542,353, se ejecutaron recursos por cuantía de $13,379,291,982, el 93,12% con una participación del 78,94% en el total recaudado, significando la mayor fuente de ingresos del Ente Territorial. Del total de Ingresos corrientes, correspondió a Ingresos Tributarios, con recaudos de $2,152,941,479 y representan el 16,09% del recaudo del grupo y No Tributarios $11.226.350.503, el 66,23% de participación. Las Transferencias del orden Nacional y Departamental tuvieron un recaudo de $10,893,539,080, el 90,36% de lo programado, de las cuales $ 8,280,237,009 corresponden a transferencias del nivel Nacional y $2,613,302,071 Transferencias del nivel Departamental, todas para Inversión. Por Concepto de Venta de Servicios, de un Presupuesto Definitivo por $292.812.794, se recaudaron $238.543.771, el 81,46%, recurso proveniente por la venta de servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, prestados por la Unidad de Servicios Públicos de la Administración Municipal. Recursos de Capital
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Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Con un presupuesto definitivo de $3,571,610,996 y ejecución de $3,569,890,083 equivalente al 99,95%; conformados principalmente otros recursos de capital por $3,071,374,078 y Recursos del crédito por $498,516,005, valor correspondiente a Operación de crédito Publico celebrada con el IDEA, recursos para el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado Zona Urbana del Municipio de Toledo.
1.2.2 Comparativo Ejecución Presupuestal de Ingresos 2016—2019
CONCEPTO EJECUCIÓN
2019 EJECUCIÓN
2018 EJECUCIÓN
2017 EJECUCIÓN
2016
VARIACIÓN
$ %
Ingresos Corrientes
13,379,291,982 12,610,181,650 14,133,740,312 8,129,157,117 5,250,134,865 64.58
Tributarios 2,152,941,479 1,811,219,496 1,397,705,119 1,096,434,270 1,056,507,209 96.36
No Tributarios
11,226,350,503 10,798,962,154 12,736,035,193 7,032,722,847 4,193,627,656 59.63
Recursos De Capital
3,569,890,083 4,244,995,747 4,675,485,795 5,150,970,647 -1,581,080,564 - 30.69
Recursos Del Crédito
498,516,005 - - - 498,516,005 -
Otros Recursos De Capital
3,071,374,078 4,244,995,747 4,675,485,795 5,150,970,647 -2,079,596,569 - 40.37
Total 16,949,182,065 16,855,177,397 18,809,226,107 13,280,127,764 3,669,054,301 27.63
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
En el comparativo 2016–2019, se registra un incremento del 27,63%, correspondiente a $3,669,054,301. Los Recursos de Capital que tuvieron la variación más significativa fue el 2016 con un incremento del 27,63%, y conformados principalmente por los Recursos del Balance $1.299.994.821, Rendimientos Financieros $53.338.230 y el Desahorro Fonpet por $1.718.041.027. Igualmente, Los Recursos del Crédito, originado en la Operación de crédito publico celebrada con el IDEA en cuantía de $498.516.005.
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En la estructura financiera del municipio, existe una alta dependencia de las Transferencias recibidas del Nivel Nacional y Departamental. Las cuales son orientadas a la ejecución de programas de Inversión y Funcionamiento del Municipio. Situación riesgosa para la viabilidad financiera municipal.
1.2.3 Indicadores de Ejecución Presupuestal de Ingresos
Valor recaudado x 100 =
$16,949,182,065 x 100 = 94.48%
Valor programado $ 17,939,153,349
Indica que, por cada cien pesos del presupuesto definitivo de ingresos, el Municipio recaudó $ 94, es decir que el recaudo total fue del 94.48% de los ingresos presupuestados.
1.2.3.1 Cumplimiento de los Ingresos Tributarios
Valor recaudado Ingresos Tributarios x 100 =
2,152,941,479 x 100 = 111.71%
Valor programado Ingresos Tributarios 1,927,177,710
Establece que, por cada cien pesos del valor total programado, el Municipio generó a través de los ingresos tributarios $111, de recursos propios, igualmente indica que el 111,71% del recaudo proyectado de los ingresos tributarios se generó a través de actividades institucionales.
1.2.3.2 Cumplimiento de los ingresos no tributarios
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Valor recaudado Ingresos No Tributarios x 100 =
11,226,350,503 x 100 = 90.24%
Valor programado 12,440,364,643
Indica que, por cada cien pesos del presupuesto definitivo de ingresos no tributarios, se obtuvo un recaudo por este concepto de $90 o sea, que el recaudo de los ingresos no tributarios alcanzó el 90,24% de lo presupuestado.
1.2.3.3 Cumplimiento de los aportes y transferencias
Transferencias Recibidas x 100 =
10,893,539,080 x 100 = 90.36%
Transferencias Presupuestadas 12,055,871,054
Determina que, por cada cien pesos del valor de las transferencias proyectadas, el Municipio recaudó $90, es decir que el pronóstico de las transferencias a recibir se cumplió en un 90.36%.
1.3 EGRESOS
1.3.1 Presupuesto y Ejecución de Egresos 2019
CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO ($)
EJECUCIÓN
% PART. $ %
Funcionamiento 2,921,427,887 2,785,562,276 95.35% 16.01%
Gastos Inversión 15,002,150,658 14,603,482,369 97.34% 83.92%
Servicios a la Deuda 15,574,804 12,343,732 79.25% 0.07%
Gastos Totales 17,939,153,349 17,401,388,377 97.00% 100.00%
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
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Para la vigencia 2019 el Municipio tuvo un presupuesto inicial de egresos de $9,643,733,333, con adiciones y reducciones alcanzó un presupuesto definitivo por $17,939,153,349. Al finalizar la vigencia se registra una ejecución por $17,401,388,377; es decir, que el nivel de cumplimiento de las metas programadas inicialmente se logró en un 97,00%. La ejecución presupuestal de egresos, presentó el siguiente resultado: Presupuesto Definitivo $17,939,153,349
Compromisos Netos $17,401,388,377
superávit $537,764,972
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
El resultado obtenido presentó un superávit de Egresos, debido a que las erogaciones realizadas fueron inferiores las apropiaciones definitivas. La ejecución presupuestal de egresos fue estructurada de la siguiente manera:
2.921.427.887
15.002.150.658
15.574.804
2.785.562.276
14.603.482.369
12.343.732
0 5.000.000.000 10.000.000.000 15.000.000.000 20.000.000.000
2.1 Funcionamiento
2.3 Gastos Inversión
2.4 Servicios a la Deuda
2.1 Funcionamiento 2.3 Gastos Inversión 2.4 Servicios a la Deuda
Ejecución 2.785.562.276 14.603.482.369 12.343.732
Presupuesto Definitivo 2.921.427.887 15.002.150.658 15.574.804
EJUCUCIÓN DE GASTOS
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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Gastos de Funcionamiento Conformados por un presupuesto definitivo de $2,921,427,887, de los cuales se ejecutaron $2,785,562,276, que representa un 95,35% de cumplimiento y equivalen al 16,01% de participación dentro del total de egresos. Las cuentas más importantes dentro de este agregado, corresponden a Gastos de Personal en cuantía de $2,131,016,710, con una participación del 76,50%, Gastos Generales por $515,325,283, que participan con el 18,49% y Transferencias Corrientes con $135,150,307 que representaron el 4,85% y $4,069,976 por pago déficit de vigencias anteriores con el 0,14% del total de Gastos de Funcionamiento de la vigencia. Servicio de la Deuda El servicio a la deuda es el dinero empleado en el pago de intereses y capital de las obligaciones contraídas a través de créditos de deuda pública, la cual tuvo un presupuesto definitivo para la vigencia 2019 de $15,574,804 y una ejecución de $12,343,732, el 79,25%; representan un 0,07% de participación en el total de egresos.
Inversión Se constituye en el concepto de mayor importancia en el total de egresos del Municipio toda vez que se destinan a financiar los planes, programas y proyectos, contemplados en el Plan de Desarrollo Municipal. Para la vigencia 2019 presentaron un presupuesto definitivo de $15,002,150,658, con ejecución de $14,603,482,369, el 97,34% de cumplimiento y participación en el total de gastos del 83,92%, los programas de Inversión fueron dirigidas a los siguientes sectores: TOTAL INVERSIÓN 14,603,482,368.61
Educación 876,355,375.00
Salud 3,958,974,907.00
Agua Potable y Saneamiento Básico (Sin Incluir Proyectos De Vis) 1,442,401,887.40
Deporte y Recreación 439,099,508.00
Cultura 416,131,985.00
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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Servicios Públicos Diferentes a Acueducto Alcantarillado y Aseo (Sin Incluir Proyectos de Vivienda de Interés Social)
10,384,397.00
Vivienda 1,615,940,029.00
Agropecuario 245,896,321.66
Transporte 976,371,640.73
Ambiental 729,713,799.00
Centros de Reclusión 32,211,588.00
Prevención y Atención de Desastres 24,039,178.00
Promoción del Desarrollo 0.00
Atención a Grupos Vulnerables - Promoción Social 1,631,998,914.97
Equipamiento 120,505,144.00
Desarrollo Comunitario 1,130,618,607.00
Fortalecimiento Institucional 657,806,522.00
Justicia y Seguridad 295,032,564.85 Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
La Inversión se dirigido principalmente a Programas de Salud $3.958.974.907, el 27,10% de participación, Agua Potable y Saneamiento Básico $1.442.401.887, el 9,88%, Programas de vivienda $1.615.940.029, el 11,06%, La atención a Grupos vulnerables – Promoción Social $1.631.998.915, el 11,18% y Desarrollo comunitario $1.130.618.607, con el 7,74%.
1.3.2 Comparativo Ejecución Presupuestal de Egresos 2016- 2019
CONCEPTO EJECUCIÓN
2019 EJECUCIÓN
2018 EJECUCIÓN
2017 EJECUCIÓN
2016
VARIACIÓN
$ %
Funcionamiento 2,785,562,276 2,806,582,453 2,220,656,706 1,730,246,852 1,055,315,424 60.99
Gastos Inversión 14,603,482,369 12,801,121,099 13,871,442,190 7,369,067,867 7,234,414,502 98.17
Servicio a la Deuda
12,343,732 - - - 12,343,732 -
Gastos Totales 17,401,388,377 15,607,703,552 16,092,098,896 9,099,314,719 8,302,073,658 91.24
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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En el comparativo 2019 – 2016, se registra variación de $8,302,073,658, correspondiente al 91,24%.
Incidieron en este resultado el aumento en la Inversión con $7.234.414.502, el 98,17%, Los Gastos de funcionamiento aumentaron el 60,99% y el Servicio de la deuda incremento los Gastos, toda vez que en las vigencias fiscales 2016, 2017 y 2018, no hubo deuda pública.
1.4 Indicadores De Ejecución Presupuestal De Egresos
1.4.1.1 Participación del servicio de la deuda en los ingresos corrientes
Servicio a la deuda x 100 =
12,343,732 x 100 = 0.07%
Total Ingresos 16,949,182,065
Determina, que por cada cien pesos que el Municipio recaudó en Ingresos $0,07 correspondieron al servicio de la deuda, o sea que la deuda del Municipio participó con el 0,07% de los ingresos.
1.4.1.2 Financiación del funcionamiento con ingresos
Gastos de funcionamiento x 100 =
2,785,562,276 x 100 = 16.4%
Ingresos 16,949,182,065
Indica que por cada cien pesos que el Municipio ordenó en el año de análisis con ingresos corrientes, para atender funcionamiento destinó $16, igualmente indica que los gastos de funcionamiento participan del total de los ingresos corrientes con el 16,4%.
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1.4.1.3 Participación del funcionamiento en los gastos totales
Gastos de funcionamiento x 100 =
2,785,562,276 x 100 = 16.0%
Ejecución total de gastos 17,401,388,377
Establece que por cada cien pesos ordenado en la vigencia, para atender funcionamiento se destinaron $16, es decir, que los gastos de funcionamiento representan el 16% del total de gastos.
1.4.1.4 Participación de la inversión
Ejecución total de la inversión x 100 =
14,603,482,369 x 100 = 83.9%
Ejecución total de gastos 17,401,388,377
Refleja que, por cada cien pesos de los egresos del Municipio, $83, correspondieron a gastos de inversión, igualmente significa que los gastos de inversión representan el 83,9% del total ejecutado.
1.4.1.5 Participación de la inversión en los ingresos recaudados
Ejecución total de la inversión x 100 =
14,603,482,369 x 100 = 86.2%
Total Ingresos recaudados 16,949,182,065
Por cada cien pesos de ingresos recaudados por el Municipio, $86, se destinaron al pago de inversión, es decir que el 86,2% del total recaudado se destinó para gastos de inversión.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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1.5 RESULTADO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
Situación Presupuestal entre Ingresos y Egresos Ejecución de Ingresos $16,949,182,065
Ejecución de Egresos $17,401,388,377
Situación presupuestal -$452,206,312
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
Déficit presupuestal de ingresos -$989,971,284
Superávit presupuestal de egresos $537,764,972
Déficit de ejecución presupuestal -$452,206,312
Fuente: CGR Presupuestal vigencia 2019 Elaboró: Equipo Auditor
Se presenta un déficit de ejecución presupuestal de $452,206,312, debido a que son mayores los compromisos, con respecto al total de ingresos recaudados, situación que contribuye a la generación del déficit fiscal del Municipio.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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2 INFORMACIÓN CONTABLE
2.1 ESTADOS FINANCIEROS 2016-2019
Como lo manifestó la Contaduría General de la Nación, los objetivos de la
información financiera buscan que esta sea útil, a partir de la satisfacción de las
necesidades de sus usuarios. En ese sentido, los objetivos de la información
financiera de las entidades de gobierno son: Rendición de cuentas, Toma de
decisiones y Control. El objetivo de Rendición de cuentas implica que la información
financiera sirve a los gestores públicos para suministrar información, a los
destinatarios de los servicios y a quienes proveen los recursos, sobre el uso y
gestión de estos y el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulan
la actividad de la entidad, Resolución 533 de 2015, Marco normativo para entidades
de Gobierno Expedido por la Contaduría General de la Nación.
El objetivo de Toma de decisiones implica que la información financiera sirve a la
entidad que la produce para la gestión eficiente de sus recursos y a los usuarios
externos, para la definición de la política pública, la asignación de recursos y el
otorgamiento de financiación.
El objetivo de Control implica que la información financiera sirve para el ejercicio del
control en dos niveles: interno y externo. A nivel interno, el control se ejerce
mediante el sistema de control interno y a nivel externo, a través de diferentes
instancias tales como la ciudadanía, las corporaciones públicas, el Ministerio
Público y los órganos de control, inspección y vigilancia.
La información financiera contribuye a obtener información relacionada con lo
siguiente:
a) la medida en que la administración ha cumplido con su responsabilidad de
gestionar y salvaguardar los recursos de la entidad;
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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b) la capacidad que tiene la entidad para continuar financiando sus actividades y
cumplir sus objetivos operativos en el futuro;
c) la medida en que los recursos están disponibles para mantener las actividades
futuras de prestación de servicios y los cambios, que se presenten durante el
periodo contable, en el valor y composición de los recursos y en los derechos sobre
estos;
d) la determinación de la producción y distribución de los bienes y recursos
explotados por el sector público, y su impacto en la economía, lo cual facilita el
seguimiento de comportamientos agregados a través de subsistemas estadísticos;
e) los importes de los flujos de efectivo futuros necesarios para pagar los intereses
y reembolsar derechos existentes sobre los recursos de la entidad;
f) los costos de la prestación de servicios y su financiación a través de impuestos,
cargos a usuarios, contribuciones y transferencias, o por medio de endeudamiento
de la entidad;
g) la determinación de la situación del endeudamiento y la capacidad de pago de la
entidad;
h) la liquidez y grado de solvencia de la entidad;
i) la forma en que la entidad obtuvo y utilizó el efectivo durante el periodo;
j) el cumplimiento, por parte de la entidad, de los mandatos de gasto expresados en
términos de flujos de efectivo y de los flujos de efectivo necesarios para lograr los
niveles de prestación de servicios previstos;
k) el origen de las variaciones en las partidas patrimoniales; y
l) la capacidad de la entidad para proveer bienes y prestar servicios a corto,
mediano y largo plazo
Los resultados de los Estados Financieros de la Administración Municipal correspondientes a las vigencias fiscales 2016 a 2019, fueron los siguientes:
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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MUNICIPIO 2016 2017 2018 2019
TOLEDO CON SALVEDAD CON SALVEDAD NEGATIVO NEGATIVO Fuente: Dictámenes Contraloría Antioquia Elaboro: Marta Isabel Díaz S. PU CGA
Los resultados obtenidos obedecen a que la información contable de la Administración municipal no cumple con las características fundamentales de la información financiera como lo es la Relevancia y Representación fiel.
3 LEY 617 DE 2000
De acuerdo a artículo 6° de la ley 617 de 2000, el municipio de Toledo para las vigencias fiscales 2016 a 2019, se ubicó en sexta categoría, por lo cual durante cada vigencia fiscal los gastos de funcionamiento no podrán superar como proporción de sus ingresos corrientes de libre destinación, el 80%. Los resultados obtenidos por el municipio en las vigencias fiscales analizadas fueron las siguientes:
Concepto 2019 2018 2017 2016
Gastos de Funcionamiento
$2.360.568.882 $2.004.559.532 $1.928.654.086 $1.609.969.166
Ingresos Corrientes de Libre Destinación
2.895.454.037 2.549.373.045 2.417.107.032 2.028.829.333
Indicador 81,53% 78,63% 79,79% 79,35 Fuente: Datos ley 617 Contraloría Antioquia y planeación departamental. Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU CGA
Comparado el indicador ley 617 del año 2018, con respecto al obtenido en el año 2019, se presenta un aumento porcentual de 2,9 puntos porcentuales. Más preocupante es que para la vigencia fiscal 2019, el municipio incumplió con el Indicador de Ley 167, estando por encima del límite del 80%, en 1,53 puntos, para un 81,53%, con lo que se incumplió con el artículo 6° de la Ley 617 de 2000. Es importante resaltar que la ley 617, define sanciones para los entes territoriales que no cumplan con los indicadores de gasto regulados por la ley 617, y contempla
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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en el artículo 84: “El incumplimiento de lo previsto en la presente ley constituirá falta gravísima, sancionable disciplinariamente de conformidad con la ley”. Por lo anterior se dio traslado a la Procuraduría General de la Nación mediante oficio 2020100006717 de junio 23 de 2020, para lo de su competencia. Durante las vigencias analizadas el Concejo y la Personera Municipal de Toledo - Antioquia, cumplieron con los límites de gastos estipuladas en el artículo 10° de la Ley 617 de 2000. Comparativo Ley 617 v/s Escenario Financiero Evaluados los resultados obtenidos en el indicador de la Ley 617 de 2000 por parte de la Contraloría General de Antioquia y Departamento Administrativo de Planeación departamental y comparados con las metas del escenario financiero, se obtuvo el siguiente resultado: Ley 617 Escenario Financiero
Concepto 2019 2018 2017
Gastos de Funcionamiento
$1.976.000.000 $1.923.000.000 $1.954.000.000
Ingresos Corrientes de Libre Destinación
2.760.000.000 2.385.000.000 2.162.000.000
Indicador 71,59% 80,63% 90,38% Fuente: Escenario Financiero Toledo. Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU CGA
Comparativo
Concepto 2019 2018 2017
Escenario financiero 71,59% 80,63% 90,38%
Indicador CGA y DAPD
81,53% 78,63% 79,79%
Diferencia 9,94% 2,00% 10,59%
Fuente: Escenario financiero y Ley 617 Municipio Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU. CGA
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Para el año 2019, el Indicador de Ley 617, estimado en el Escenario Financiero, no se cumplió, siendo superior en 9,94 puntos porcentuales y más aún se incumplió con el indicador, estando por encima de lo regulado en el artículo 6° de la Ley 617 de 2000.
3.1 FACTORES EVALUADOS
3.1.1 DEUDA PÚBLICA Mediante Acuerdo Municipal N° 09 de agosto 30 de 2018, el Concejo municipal de
Toledo - Antioquia, autoriza al alcalde para gestionar y suscribir un empréstito y se
conceden unas facultades, estableciendo en los siguientes artículos:
- Artículo Primero: Autorizar al Señor alcalde del Municipio de Toledo para
que gestione y suscriba empréstitos con establecimientos de crédito,
entidades bancarias, corporaciones financieras y/o institutos para el fomento
y desarrollo, hasta por la suma de Quinientos millones de pesos
($500.000.000).
- Artículo Segundo: Los proyectos de Inversión que estarán apalancados por
estos recursos del crédito, será el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado
Urbano.:
Parágrafo Primero: Los dineros que se obtengan por el empréstito
autorizado mediante este Acuerdo, serán de destinación específica, única y
exclusivamente para los Proyectos descritos en este artículo.
- La Administración Municipal suscribió el Contrato 0093 de diciembre 19 de
2018, con el Instituto Para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, hasta por la suma de quinientos ($500) millones de pesos, y su destinación fue el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado y con un plazo hasta de ocho (8) años. Todos los recursos fueron desembolsados por el IDEA en la vigencia fiscal
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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2019, mediante pagares 17555 por $247.043.094, pagare 17542 por $191.205.361 y pagare 17658 por $60.267.550.
- La Deuda Publica, adquirida para Inversión, presento una destinación
específica, así:
Fuente: Contrato empréstito Idea. Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
Acorde con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 – artículo 41 – parágrafo 2° - inciso 6°. Las operaciones de crédito público interno de las entidades territoriales y sus descentralizadas se regularán por las disposiciones contenidas en los Decretos 1222 y 1333 de 1986, que continúan vigentes, salvo lo previsto en forma expresa en esta Ley. En todo caso, con antelación al desembolso de los recursos provenientes de estas operaciones, éstas deberán registrarse en la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.”. El municipio cumplió con este requisito, así mismo solicitado el registro de Deuda Pública ante la Contraloria General de Antioquia, como lo dispone la Resolución de cuentas del ente de control vigente para la fecha, no se evidencio el cumplimiento del requisito. En el informe se observa el sector al cual se dirigieron los recursos de la Deuda Publica, como fueron el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado – Zona Urbana, contemplado en el Plan de Desarrollo del municipio para el cuatrienio “De la mano con el campesino” el cual se terminó de ejecutar en un cien por ciento (100%) en la vigencia fiscal 2019, por el rubro presupuestal 2301010113., en cuantía de $499.944.005.
Reg.
MinhaciendaSector Garantia Proyecto Entidad Fra
Firma
contratoValor Aprobado
Valor
Desembolsado
Plazo
(meses)
500,000,000.00 500,000,000.00
000201601 Agua Potable y Saneamiento
Basico
SGP Agua Potable y
Saneamiento Basico
Plan Maestro
Acueducto y
Alcantarillado
Instituto para el
Desarrollo de
Antioquia -Idea-
09-12-2019 500,000,000.00 500,000,000.00 96
Total
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
30
- La deuda del Municipio a diciembre 31 de 2019 y junio 30 de 2020, fue la siguiente:
Dic.31/2019
Pagares Valor Amortización Dic/2019
Saldo Dic.31/2019
17658-17542-17555 $498.516.205 $6.556.812 $491.959.393 Fuente: Ejecución Presupuestal. Dic.31/2019 Elaboro: John Jairo Mesa c. PU. CGA
Junio 30/2020
Pagares Valor Amortización Dic/2019
Amortización Jun.30/2020
Saldo
17658-17542-17555
$498.516.205 $6.556.812 $30.422.051 $461.537.342
Fuente: Ejecución Presupuestal. Dic.31/2019 Elaboro: John Jairo Mesa c. PU. CGA
A junio 30 de 2020, el municipio adeuda al Instituto para el desarrollo de Antioquia –IDEA $461.537.342, lo que indica que se ha cancelado el 6,82% de lo adeudado. Deuda otorgada con un plazo de ocho (8) años, proyectada hasta el año 2026. COMPARATIVO SALDOS DEUDA PUBLICA (2016-2019)
2016 2017 2018 2019
0 0 $0 $491.959.393
Total 0 $0 $0 $491.959.393
El Municipio de Toledo durante los años 2016, 2017 y 2018, no celebro operaciones de crédito público, por lo que no tenía deuda pública. Para el año 2019, adquirió un crédito con el Instituto de Desarrollo de Antioquia – IDEA, del cual se adeudaban a diciembre 31 de 2019 $491.959.393.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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3.1.2 CAPACIDAD DE PAGO
3.1.2.1. METAS DE DEUDA PUBLICA Y SOSTENIBILIDAD
1. Solvencia. Intereses/ahorro operacional: menor o igual al 40% 2. Sostenibilidad de la deuda. Saldo deuda/ingresos corrientes: menor, igual
a 80% 3. Superávit primario/intereses: mayor o igual a 100%
Si no se cumple uno de los tres requisitos (3) la deuda publica legalmente no es sostenible. Para los últimos cuatro años, los resultados del Municipio de Toledo fueron:
Indicador 2016 2017 2018 2019
Solvencia 0 0 0 0,87%
Sostenibilidad 0 0 0 6,33% Fuente: Ejecución presupuestal y Capacidad de pago Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos SUPERAVIT PRIMARIO
Metas 2016 2017 2018 2019
Superávit Primario $4.180.813.045 $2.717.127.211 $1.247.473.845 $(439.862.580)
Intereses de la Deuda
0 0 0 5.800.000
Superávit primario/intereses: mayor o igual a 100
- - - -758,38
Fuente: Ejecución presupuestal y marco fiscal Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos De los cuadros anteriores, se observa que la Administración Munvipal de Toledo para la fecha de suscripción del contrato de deuda Pública con el IDEA, presentaba capacidad de pago y sostenibilidad de la deuda, como lo demuestran las cifras de las ejecuciones presupuestales. Para la vigencia Fiscal 2019, el municipio presento un Superávit Primario Negativo por -$439.862.580.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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- El Decreto 694 de 2000, por medio del cual se reglamenta parcialmente el título V de la Ley 550 de 1999, estableció en el artículo tercero:
ARTICULO 3o. ACTIVIDAD DE LA ENTIDAD TERRITORIAL DURANTE LA NEGOCIACION DEL ACUERDO. Con base en el artículo 17 y el numeral 10 del artículo 58 de la Ley 550 de 1999, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la entidad territorial o del nivel territorial, a partir de la fecha de iniciación de la negociación, determinarán las operaciones que éstas podrán realizar y salvo autorización previa y escrita del Ministerio, no podrán expedir actos o realizar operaciones que impliquen gasto, en especial los siguientes: 6. Operaciones de crédito público de corto y largo plazo, así como de las operaciones de manejo de la deuda, sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido sobre el particular en la Ley 358 de 1997 y el Decreto 696 de 1998 o de las normas que la modifiquen o complementen. Igualmente, la Cláusula 24 del Acuerdo de Restructuración estableció: “Restricción para asunción de nuevos pasivos. Salvo prescripción legal, habrá durante la vigencia del ACUERDO una restricción absoluta para el sector central de asumir pasivos generados por el Sector Descentralizado. De acuerdo a lo anterior, solicitado al Municipio la autorización dada por Comité de
Vigilancia y el Ministerio de Hacienda, para celebrar Operaciones de Crédito
Público, certificaron lo siguiente: “El Municipio de Toledo no considero necesario
solicitar autorización ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para contratar
empréstito, entre otra por las siguientes razones:
1. Los recursos que se pignoraron como garantía, corresponde a Inversión en
el Sector agua Potable y saneamiento Básico – SGP – APSB, y
2. El Municipio cumplió Ley 617 en la vigencia 2018.
Por lo anterior observa el Organismo de Control que se omitió dicho requisito por
parte de la Administración Municipal de Toledo, requisito necesario para celebrar
Operaciones de crédito Público, por lo que se presume una falta con incidencia
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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disciplinaria, de la cual se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación,
para lo de su competencia.
3.1.3 DEFICIT FISCAL
El Déficit fiscal Certificado por el Municipio a diciembre 31 de 2019, ascendió a
$311.432.778, luego de la evaluación realizada por la Contraloría, se pudo
determinar un déficit de aproximadamente $520.499.883, una diferencia de
$209.067.105, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente: Reportes Secretaria de Hacienda Municipio de Toledo
Elaboró: Marta Isabel Díaz Sanmiguel, P.U
Concepto Valor
Vacaciones Acumuladas 56,018,902
Primas Vacaciones Acumuladas 56,018,902
Bonificación Recreación 7,469,187
Estampillas 12,310,831
Cuentas por Pagar Vigencias anteriores
43,246,065
Vacaciones y Primas Personal retirado 89,161,788
Cesantías Personal 114,974,951
Interés a las Cesantías 10,029,039
Contrato Prestación Servicios 5.630.358
Dian 47,000,000
Aportes a la Seguridad social 39,000,000
Servicios Públicos 12.568.196
Seguros 46.410
Cuotas Partes Jubilatorias 1.480.291
Reintegros 5.901.189
Recaudos Favor Terceros-Libranzas 19.643.774
TOTAL DEL DEFICIT 520.499.883
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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- Del reporte anterior se observa que todo el Déficit Fiscal generado por la Administración municipal para el año 2019 corresponde a gastos de Funcionamiento.
- Una de las alternativas para aliviar las Fianzas del Municipio, fue acogerse a un acuerdo de Restructuración de Pasivos (Ley 550 de 1999), y se espera que mientras perdure esta situación, la Administración Municipal no debe genera déficit Fiscal. De acuerdo al análisis de la Contraloria a diciembre 31 de 2019, El municipio termino con un Déficit fiscal por $520.499.883, esta situación afecta la viabilidad fiscal del municipio, al estar realizando compromisos, sin tener el respaldo financiero para su pago.
3.1.4. ESFUERZO FISCAL
4. A junio 30 de 2020, la Administración Municipal de Toledo ha cancelado un total de $231.173.353, valor correspondiente al Déficit fiscal calculado a diciembre 31 de 2019, esta cifra representa un 44,41% de las acreencias, como se detalla a continuación:
CONCEPTO VALOR
Contrato de Prestación 5.630.358
Cuotas Partes Jubilatorias 1.480.291
Libranzas Funcionarios 19.643.774
otros pasivos 9.328.344
Seguros 46.410
Prestaciones Sociales 176.574.801
Reintegro Recursos Proyectos 5.901.189
Servicio Públicos Administración 12.568.186
TOTAL 231.173.353
Fuente_ Reportes ejecución presupuestal municipio Elaboro: Marta Isabel Díaz S. PU
3.1.5. CIERRE FISCAL
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Establece el Decreto 111 de 1996, con respecto al régimen de las apropiaciones y reservas: ARTÍCULO 89. Al cierre de la vigencia fiscal cada órgano constituirá las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando se hallen legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuéstales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen. Igualmente, cada órgano constituirá al 31 de diciembre del año cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y a la entrega de bienes y servicios. Conceptuó la Contraloría General de la Republica, en oficio 80112-EE6888, “las reservas presupuestales no constituyen un mecanismo ordinario de ejecución presupuestal. En el marco de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 819 de 2003, en un ejercicio de disciplina presupuestal los gastos se deben programar de manera tal que se reciban a satisfacción dentro de la vigencia fiscal.
Si por causas ajenas al establecimiento no se reciben los bienes y servicios a satisfacción antes del 31 de diciembre del año en que se adquirieron los compromisos, se constituirán reservas presupuestales. Es decir que las reservas presupuestales si bien están permitidas su constitución debería ser excepcional”. La administración municipal, mediante decreto 025 de enero 20 de 2020, constituyo Reservas Presupuestales por $1.402.486.199, las cuales representaron el 7,82% del presupuesto definitivo de gastos y mediante decreto 035 de enero 20 de 2020, Cuentas por Pagar por $127.763.324. La Procuraduría General de la Nación, mediante circular 032 de octubre 20 de 2011, con respecto a las Reservas Presupuestales, manifestó:
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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La anterior situación refleja falta de planeación presupuestal, artículo 13 del decreto 111 de 1996.
- Verificado el cierre fiscal de la vigencia fiscal 2018, con respecto a la constitución de las Reservas Presupuestales y Cuentas por pagar y su ejecución en la vigencia fiscal 2019, se observó:
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Fuente: Actos administrativos y ejecución presupuestal admón. Toledo Elaboro: Marta Isabel Díaz. PU CGA
Del reporte anterior se observa:
- Diferencia por $64.185.978, entre el acto administrativo de constitución de cuentas por pagar y las constituidas en el sistema de información presupuestal de Aries.
- Diferencia por $96.788.653, entre el Acto Administrativo de constitución de
Reservas Presupuestales y las constituidas en el aplicativo de información presupuestal del Sistema Aries
- Se dejaron de ejecutar cuentas por pagar por $97.281.571 y Reservas
presupuestales por $2.211.347, con respecto al acto administrativo de constitución a diciembre 31 de 2018.
Al respecto el Decreto 568 de 1996, con respecto a las cuentas por pagar y reservas presupuestales manifestó:
- Artículo 38. Las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas por
los órganos que conforman el presupuesto General de la Nación, que no se ejecuten durante el año de su vigencia fenecerá.
- Artículo 39. Si durante el año de la vigencia de la reserva o cuenta por pagar
desaparece el compromiso u obligación que las origino, el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto elaborarán un acta, la cual será enviada a la Dirección del Tesoro Nacional para los ajustes respectivos.
Concepto decreto
valor Constitución constituidas
sistema Obligaciones Pagos saldo
Reservas
PresupuestalesDec.09/ene.15/201919 2,403,969,801
2,500,758,454
2,401,758,454 2,400,599,015 100,159,439
Cuentas por Pagar Dec. 08/ene. 15/2019 155,964,887 91,778,909 58,683,316 58,683,316 64,185,978
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Igualmente, el Decreto 1068 de mayo 26 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector hacienda y crédito público, con relación a las Reservas Presupuestales y cuentas por Pagar, manifestó: 2.8.1.7.3.3. Fenecimiento de Reservas Presupuestales y Cuentas por Pagar. Las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas por los Órganos que conforman el Presupuesto General de la nación, que no se ejecuten durante el año de su vigencia fenecerán. 2.8.1.7.3.4. Extinción del compromiso u obligación fundamento de Reservas Presupuestales y Cuentas por Pagar. Si durante el año de la vigencia de la reserva o cuenta por pagar desaparece el compromiso u obligación que las originó, el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto elaborarán un acta, la cual será enviada a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional para los ajustes respectivos. El manejo que le dio la Administración Municipal de Toledo a las Reservas Presupuestales y las Cuentas Por Pagar, evidencia un incumplimiento de lo señalado por las normas anteriormente descritas. Igualmente, diferencias entre los Actos Administrativos y los valores registrados en el sistema presupuestal de Aries, lo cual distorsiona los análisis de la información. CIERRE FISCAL 2019
Fecha Decreto VALOR CIERRE FISCAL CGR- EGRESOS
FUT Cierre Fiscal
Enero 20/2020
025- Reservas Presupuestales
1,402,486,199 1,402,486,199 1,402,486,199
Enero 20/2020
032 - Cuentas Por Pagar
127,763,324 127,763,324 127,763,324
Fuente: Actos administrativos y ejecución Presupuestal Toledo Elaboro: Marta Isabel Díaz Sanmiguel. PU CGA
Evaluado el Cierre Fiscal de la Vigencia Fiscal 2019 y los correspondientes actos administrativos de cuentas por Pagar y Reservas Presupuestales, no se evidenciaron diferencias.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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- Con el fin de determinar la ejecución presupuestal de las Reservas Presupuestales y las Cuentas por Pagar, constituidas a diciembre 31 de 2019 y ejecutadas en el año 2020, se presentaron las siguientes diferencias:
Decreto Decretos 025-032 FUT Reservas junio 2020 Diferencia
Reservas Presupuestales 1,402,486,199 340,073,159 1,062,413,040
Cuentas Por Pagar 127,763,324 35,593,903 92,169,421 Fuente: Actos administrativos y ejecución Presupuestal Toledo Elaboro: Marta Isabel Díaz Sanmiguel. PU CGA
Se observan diferencias entre lo constituido mediante acto administrativo y lo reportado en el FUT Reservas vigencia fiscal 2020. Igual a la vigencia 2019, no existe total coherencia con los reportes que debe producir la Administración Municipal y reportar a los Organismos de Control. Estas situaciones distorsionan los análisis de información, Articulo 2.6.4.1 del Decreto 1536 de 2016, en lo referente a lo reportado a través del FUT deberá ser consistente y coherente con la información reconocida y revelada en los términos definidos en el Régimen de Contabilidad Pública.
3.2 PLANTA DE CARGOS
Analizada la planta de cargos de la Entidad y los costos por concepto de nómina, se establece que la entidad tiene 56 servidores públicos pagados por Funcionamiento, representados en 1 jubilado, 43 empleados de planta y 12 contratos de prestación de servicios que realizan actividades relacionadas con el funcionamiento de la Administración Municipal.
PLANTA DE CARGOS
CARGO NUMERO VALOR APROX AÑO %
JUBILADOS 1 $11,593,624 0.67
EMPLEADOS DE PLANTA 43 1,517,387,526 87.29
CONTRATISTAS FUNCIONAMIENTO 12 209,389,917 12.05
TOTAL 56 1,738,371,067 100.00 Fuente: Secretaria de Hacienda municipio de Toledo Elaboró: Comisión Auditora, CGA
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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El costo más alto en la planta de cargos está representado por los en los empleados de planta los cuales representan un 87,29% de la fuerza laboral del municipio. El 12,05% de los gastos está representado en el pago de la de contratos de prestación de servicios, de los cuales todos realizan labores de supervisión y apoyo a la ejecución de programas específicos y no se observan cargos de auxiliares y asistenciales sin que se pueda afirmar que en la actualidad en el municipio de Toledo se configure una nómina paralela. El 0,67% de los gastos lo constituye la planta de jubilados, esta planta no puede ser ajustada, pues constituye a pagos de pensiones o cuotas partes de la misma. La Administración Municipal de Toledo, cuenta con un funcionario incapacitado por enfermedad común desde el 20 de agosto 2006, y venia liquidando sus sueldos y demás prestaciones sociales, sin tener en cuenta lo establecido para el reconocimiento de sus prestaciones económicas correspondientes a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por la incapacidad de enfermedad común, de acuerdo a la establecido el parágrafo 1 del artículo 40 del Decreto 1406 de 1993, modificado por el decreto 2943 del 2013, a partir del segundo día de incapacidad y hasta los 180 días, el reconocimiento y pago de las incapacidades corresponderá a la empresa promotora de salud EPS, de las dos terceras partes 2/3 del salario.
JUBILADOS0,67%
EMPLEADOS DE PLANTA87,29%
CONTRATISTAS FUNCIONAMIENTO
12,05%
PLANTA DE CARGOS
JUBILADOS EMPLEADOS DE PLANTA CONTRATISTAS FUNCIONAMIENTO
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Es decir, los dos primeros días los debe pagar la empresa al 100%, a partir del 3 día las paga la EPS y serán del 66.66% del salario hasta los 90 días de incapacidad; después de los 90 días serán del 50 % del salario; a partir de los 181 y hasta el día 540 días las debe pagar el Fondo de Pensiones y entonces se entra a valorar la calificación de incapacidad permanente parcial o de la invalidez; situación que no tuvo en cuenta la Administración y siempre se le cancelaba sobre el 100% de sus salario. Solo hasta febrero del año 2018, se dan cuenta del error y dejan de cancelarle el salario y empiezan a cancelar solo los conceptos de prima de vida cara por tener derecho por convención, prima de servicios, prima de navidad intereses a la cesantías y cesantías. De lo anterior observa la Contraloría:
Desde el momento de inicio de la incapacidad (2006), hasta el 2018, se le reconoció al 100%, el monto de su salario.
La Administración a la fecha de la visita (Agosto de 2020), no ha realizado ninguna transcripción y posterior reclamación a la EPS por el reconocimiento de las incapacidades, como lo estable el artículo 121 del Decreto 19 del 2012, en lo referente “ …El trámite para el reconocimiento de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberá ser adelantado, de manera directa, por el empleador ante las entidades promotoras de salud, EPS”.
El funcionario sigue en la planta de personal y no se le ha definido su situación por su invalidez, asumiendo la administración todos los gastos Salariales y prestacionales desde el momento de inicio de su incapacidad, lo que podría generar un detrimento patrimonial, por lo pagado a la fecha y la no reclamación a al EPS por el reconocimiento de las incapacidades, que sería el 66,67% y 33,33% que asumió la Administración al reconocerle los sueldos hasta febrero del 2018. La anterior situación se dará a conocer la dependencia de quejas de la Contraloria, para su respectivo análisis y atención.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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3.4.1 Análisis del debido por cobrar
El Municipio de Toledo adopto mediante Acuerdo Municipal Nro. 10 de 2017, adopto el Estatuto de Rentas y tributario, la normatividad sustantiva tributaria y el régimen sancionatorio tributario para el municipio, esta herramienta del Estatuto tributario, les da legalidad a los tributos municipales.
3.4.1.1. DEBIDO POR COBRAR IMPUESTO PREDIAL
MUNICIPIO DE TOLEDO
DEBIDO POR COBRAR, RECARGO Y VIGENCIA ACTUAL IMPUESTO PREDIAL
2019
Vencimientos en Años Valor Adeudado %
Un año 94,408,315 10.01
A dos años 150,532,549 15.96
A tres años 26,571,240 2.82
De 4 a 5 años 34,553,809 3.66
De 5 años en adelante 637,022,160 67.55
TOTAL POR RECAUDAR 943,088,073 100.00
Posible Prescripción 637,022,160 Fuente: Relación de cartera municipio de Toledo Elaboró: Comisión Auditoría Especial
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Existen deudores morosos del Impuesto Predial Unificado Urbano y Rural, con cuentas vencidas desde 1 hasta 119, por un valor de $943,088,073, las cuentas superiores a los cinco años suman $637,022,160, el 67,55% del total de la cartera, lo anterior evidencia ausencia de gestión fiscalizadora y la posible prescripción de las deudas.
3.4.1.2. Debido por Cobrar de Industria y Comercio
El impuesto de industria y comercio es un gravamen de carácter obligatorio, el cual recaerá, en cuanto materia imponible, sobre todas las actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras, que se ejerzan o realicen dentro de la jurisdicción del Municipio de Toledo que se cumplan en forma permanente, u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos, a 31 de diciembre 2019 existen establecimientos, con cuentas vencidas por $179.484.816, desde 1 hasta 108 como se detalla en el siguiente cuadro:
Un año10,01%
A dos años15,96%
A tres años2,82%
De 4 a 5 años3,66%
De 5 años en adelante67,55%
CARTERA PREDIAL
Un año A dos años A tres años De 4 a 5 años De 5 años en adelante
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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MUNICIPIO DE TOLEDO
DEBIDO POR COBRAR, RECARGO Y VIGENCIA ACTUAL INDUSTRIA Y COMERCIO
2019
Vencimientos Valor Adeudado %
Menor un año 45,188,391 25.18
A dos años 8,284,895 4.62
A tres años 43,077,076 24.00
De 4 a 5 años 14,125,718 7.87
De 5 años en adelante 68,808,736 38.34
TOTAL POR RECAUDAR 179,484,816 100.00
Posible Prescripción 68,808,736 38.34 Fuente: Relación de cartera municipio de Toledo Elaboró: Comisión Auditoría Especial
La cartera total por concepto impuesto de Industria e Intereses a diciembre de 2019, asciende a $179.484.816, del gran total, los impuestos con vencimientos superior a los 5 años por $68.808.736, representaron el 38,34% del total de la deuda, cifra con
Menor un año25,18%
A dos años4,62%
A tres años24%
De 4 a 5 años7,87%
De 5 años en adelante38,34%
CARTERA IND Y CCIO
Menor un año A dos años A tres años De 4 a 5 años De 5 años en adelante
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tendencia al incremento si no se cuenta con un programa de fiscalización, que contribuya a la recuperación de cartera. El Acuerdo N° 10 de 1° de diciembre de 2017 “Estatuto Tributario Municipal”, en su artículo 295, faculta al Secretario de Hacienda para adelantar las gestiones del recaudo y cobro de los tributos. De acuerdo al análisis de la cartera y evidenciando los Impuestos que superan los 5 años, no se encontró que estas se hayan ejercido el debido cobro coactivo, interrumpiendo la posible prescripción de acuerdo al Artículo 292, en lo referente a la prescripción, interrupción y suspensión del término de la prescripción.
3.4.1.3. UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS El Municipio no tiene descentralizada la prestación de los Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, los cuales son prestados en forma directa por la Unidad de Servicios Públicos, adscrita a la Administración Municipal. Durante la vigencia Fiscal 2019, tuvo un presupuesto inicial de $250,000,000, y un recaudo total de $196,984,104 el 78,79%. Ingresos
UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS INGRESOS
CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO ($)
RECAUDO
$ %
Acueducto 110,000,000 79,136,840 71.94%
Alcantarillado 40,000,000 35,844,967 89.61%
Aseo 100,000,000 82,002,297 82.00%
Total Ingresos 250,000,000 196,984,104 78.79%
Fuente: Ejecución presupuestal de Ingresos 2019. Elaboró: Comisión Auditoria Especial
Egresos Con un presupuesto inicial de egresos de $250,000,000, con adiciones y reducciones alcanzó un presupuesto definitivo por $294,361,6063. Al finalizar la
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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vigencia se registra una ejecución por $275,910,167; es decir, que el nivel de cumplimiento de las metas programadas inicialmente se logró en un 93,73%.
UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS EGRESOS
CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO ($)
EJECUCIÓN
$ %
Servicios de Personal 78,474,449 74,459,036 94.88%
Contribuciones Inherentes a la Nómina 43,124,217 39,908,904 92.54%
Gastos Generales 26,615,444 26,380,749 99.12%
Servicios Personales Indirectos 122,905,365 118,419,347 96.35%
Adquisición de Servicios 16,742,131 16,742,131 100.00%
Inversión 6,500,000 0 0.00%
Total Gastos 294,361,606 275,910,167 93.73%
Fuente: Ejecución presupuestal de Egresos 2019. Elaboró: Comisión Auditoria Especial
En lo que respecta a los ingresos por venta de servicios públicos domiciliarios versus los gastos de la Unidad de Servicios Públicos se presenta una situación presupuestal del déficit por $78,926,063, factor que contribuye al aumento del déficit generado a diciembre 3 de 2019, y afecta la viabilidad fiscal del municipio. La cartera morosa por la venta de estos servicios es de $113,762,175, de la cual existen cuantas vencidas de 1 hasta 185, la cartera superior a los 5 años asciende a $60,444,676, que está en riego de posible prescripción. A la fecha se viene realizando el respectivo cobro persuasivo mediante carta dirigida a los morosos y cuentan con 4 acuerdos de pago suscritos desde el mes de junio del 2020, los cuales suman $570,045 y vienen cumpliendo con lo estipulado en el acuerdo.
3.4.1.4. COMPORTAMIENTO RECAUDO RENTAS 2016 A 2019
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Comportamiento del recaudo 2016 a 2019 (Cifras en Pesos)
MUNICIPIO DE TOLEDO
RECAUDO PREDIAL E INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUMEN GENERAL DE 2016 A 2019
DESCRIPCION 2016 2017 2018 2019
Ingresos
Impuesto Predial 59,786,476 58,656,610 93,262,691 120,048,605
Impuesto De Industria y Comercio
425,346,990 452,831,806 508,401,659 455,327,355
Avisos y Tableros 25,014,837 20,634,944 11,955,135 7,956,622
Sobre tasa consumo Gasolina a Motor
121,624,000 121,629,000 176,827,000 173,514,436
Total 631,772,303 653,752,360 790,446,485 756,847,018
Fuente: Ejecución presupuestal de Ingresos y Egresos 2016 a 2019. Elaboró: Comisión Auditoria Especial
De acuerdo con las ejecuciones presupuestales de las vigencias 2016 al 2019, los ingresos municipales por concepto de ingresos tributarios directos e indirectos han tenido un comportamiento variable de los últimos 4 años. El impuesto predial fue actualizado en el año 2018 y se empezó a facturar con el incremento en el año 2019. Igualmente se vienen ajustando los avalúos catastrales urbanos y rurales en cada vigencia, de acuerdo al CONPES remitido por el Departamento Nacional de Planeación. el Municipio viene tomando las acciones necesarias para mejorar la gestión local asociada a la facturación y cobro del Impuesto Predial Unificado. El Municipio para el año 2020, viene concientizando a la comunidad mediante la emisora local y reuniones para que se acojan al incentivo que otorga el Decreto Nacional 678 de mayo del 2020 y obtener la liquidez esperada en el recaudo de estos tributos.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
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Comportamiento debido por cobrar vigencias 2016-2019
MUNICIPIO DE TOLEDO
DEBIDO COBRAR PREDIAL E INDUSTRIA Y COMERCIO, INTERESES POR MORA
RESUMEN GENERAL DE 2016 A 2019
DESCRIPCION 2016 2017 2018 2019 Intereses
Interés Mora Predial
28,852,150 27,803,015 83,743,249 27,525,276
Interés Mora Industria y Comercio
15,329,700 13,634,274 2,990,286 654,740
Total 44,181,850 41,437,289 86,733,535 28,180,016
Debido Cobrar
Debido Cobrar Predial
34,821,227 32,183,560 78,581,513 36,104,417
Debido Cobrar Industria y Comercio
136,573,523 66,992,814 29,828,420 49,607,733
Debido Cobrar Avisos y Tableros
11,724,105 9,104,268 7,230,494 17,772,539
Total 183,118,855 108,280,642 115,640,427 103,484,689
Gran Total 227,300,705 149,717,931 202,373,962 131,664,705 Fuente: Ejecución presupuestal de Ingresos y Egresos 2016 a 2019. Elaboró: Comisión Auditoria Especial
- La cifra total de los deudores morosos por concepto del Impuesto Predial unificado alcanza $943,088,073 y de Industria y Comercio $179,484,816, para un total de $1,122,572,889, El recaudo promedio entre las vigencias de 2016 a 2019, alcanza una cifra de $82,938,596, el 8,79% por concepto de predial y por concepto de Industria y Comercio, el promedio fue de $460,476,953, el 256,55%, del total del impuesto.
3.3 PASIVOS CONTINGENTES Y EMBARGOS
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Analizada la información suministrada por el municipio de Toledo se encontró que
información jurídica sobre el reporte de 18 procesos de demanda en contra, por un
valor estimado de $5.546.574.966, de acuerdo al siguiente detalle:
DESPACHO DEMANDANTE PROBABILIDAD
FALLO
PRETENSIÓN
JUZGADO 32 ADMINISTRATIVO
ORAL DE MEDELLÍN
JUAN CHAVARRÍA
RODRÍGUEZ Y OTROS
Probable 41,512,500
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
ANTIOQUIA
YALIDA MARÍA MADRIGAL
OCHOA
Baja 3,817,299,644
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
ORAL MAG ADRIANA BERNAL
VÉLEZ
SANTIAGO MARÍN
CLAVIJO-LILIANA MARÍN P.
Y OTROS
Remota ND
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO
ORAL
ROBÍN VALDERRAMA
POSADA y otros
Probable 448,961,023
JUZGADO 1 ADMINISTRATIVO
ORAL DE MEDELLÍN
LEIDY MARCELA
CASTRILLÓN CHAVARRÍA
Probable 261,450,300
JUZGADO 19 ADMINISTRATIVO
ORAL
ELAINE CHAVARRÍA V.-
LEANDRO LISINIO
CHAVARRÍA V. Y OTROS
Posible 330,782,335
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
ANTIOQUIA MAG YOLANDA
OBANDO MONTES
EDILBERTO CARREÑO
ARROYAVE
Posible 45,093,869
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
ANTIOQUIA MAG JAIRO JIMÉNEZ
ARISTIZABAL. S ORAL
AGENCIA GRUPO BRAND
S.A.S.
Posible 94,852,365
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
MAG SUSANA ACOSTA PRADA
JUAN CARLOS MONTOYA
OSORIO
Posible 37,570,648
JUZGADO 14 ADMINISTRATIVO
ORAL
ALBEIRO DE JESÚS
GRACIANO AREIZA
Posible 63,500,000
JUEZ 11 ADMINISTRATIVO ORAL
DE MEDELLÍN
JESÚS NAZARENO
VALENCIA ACEVEDO
Probable 9,710,371
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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DESPACHO DEMANDANTE PROBABILIDAD
FALLO
PRETENSIÓN
JUZGADO 011 LABORAL DE
MEDELLÍN
JAIME FERNANDO
AGUDELO TORO
Posible 36,857,001
JUZGADO 16 LABORAL DE
MEDELLÍN
LUZ ADRIANA CARVAJAL
OSORIO
Posible 9,823,858
JUZGADO 001 PROMISCUO DEL
CIRCUITO DE SANTA ROSA DE
OSOS
DIOMEDES DE JESÚS
AREIZA SALAZAR
Alta. PERDIDO,
ESPERANDO
DECISIÓN DEL
JUZGADO DE
LA
SUSPENSIÓN
DEL PROCESO
216,028,011
JUZGADO 001 PROMISCUO DEL
CIRCUITO DE SANTA ROSA DE
OSOS
HÉCTOR JAVIER CORREA
TABORDA
Baja.
30/10/2018 Se
notifica al
demandante
auto de
cúmplase lo
ordenado por
el superior en
el sentido de
no casar la
sentencia
JUZGADO NOVENO LABORAL DEL
CIRCUITO DE MEDELLÍN
MANUEL OVIDIO
RODRÍGUEZ CASAS
PERDIDO
JUEZ CUARTO LABORAL DE
MEDELLÍN
JORGE EMILIO BARRERA
LÓPEZ
Posible 87,780,300
JUZGADO 7 ADMINISTRATIVO
ORAL
HERNÁN DE JESÚS
JARAMILLO MONSALVE
Posible 45,352,741
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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DESPACHO DEMANDANTE PROBABILIDAD
FALLO
PRETENSIÓN
JUZGADO 006 PENAL DE
CIRCUITO PARA ADOLESCENTES
CON FUNCIÓN DE
CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN
PROCURADURÍA
DELEGADA PARA ASUNTOS
AMBIENTALES
SE REANUDA EL
PROCESO
ND
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
ANTIOQUIA MAG JORGE LEÓN
FRANCO
- JOSÉ EUCARIO AGUDELO
BUILES
Posible ND
TOTAL 5,546,574,966 Fuente: Procesos Jurídicos Admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa cubillos. PU: CGA
De acuerdo a la probabilidad de fallo en contra, los procesos presentan la siguiente clasificación:
Probabilidad Pretensión
Probable $761.634.194
Posible 751.613.117
Baja 3.817.299.644
Alta 216.028.011
Total $5.546.574.966 Fuente: Procesos Jurídicos Admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa cubillos. PU: CGA
Créditos Litigiosos. Se consideran créditos litigiosos para efectos del presente Acuerdo los procesos ordinarios y declarativos en curso en contra de El Municipio en los que no exista sentencia ejecutoriada, y los que se inicien con posterioridad a la suscripción del presente Acuerdo por hechos acaecidos antes del inicio de la promoción del presente Acuerdo. Clausula 12. Procesos Judiciales Ordinarios. Las acreencias derivadas de sentencias judiciales proferidas con posterioridad al inicio de la pormoción del presente Accuerdo, respecto a hechos u omisiones sucediso antes de tal iniciación, se pagaran teniendo en cue nta solamente el capital ordenado en la sentencia debidamente ejecutoriada y no se reconocerán intereses, vostas y aencas en
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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derecho liquidados en la sentencia, conforme o establecido en el inciso 3 del artículo 25 de la Ley 550 de 1999. Clausula 19. Fondo de Contingencias. El Municipio dentro de su presupuesto anual constituirá una cuenta denominada Fondo de Contingencias, que se provisionará como mínimo en los montos establecidos en el anexo N°3 escenario Financiero, con las fuentes relacionadas en la cláusula 18 del presente Acuerdo. Estos recursos se administrarán a través del encargo fiduciario a que hace referencia el presente Acuerdo y están destinados a cubrir entre otros, los siguientes conceptos:
A. Cubrir en los términos que establece la cláusula 12 del presente acuerdo el pago de las Acreencias originadas en providencias judiciales proferidas con posterioridad al inicio de la promoción del acuerdo respecto a hechos u omisiones sucedidos antes de tal iniciación, respecto a proceso ordinarios constitutivos, tutelas y todas las demás responsabilidades contingentes que se pongan en riesgo la ejecución del presente Acuerdo.
Los recursos del Fondo de Contingencias no serán susceptibles de destinación diferente a la establecida en los literales de la presente clausula, y se sujetan exclusivamente a lo en ella establecido. La provisión de recursos en el Fondo de contingencias se realizará por el término de duración del presente Acuerdo.
Parágrafo 1. En el caso en que se presenten nuevas contingencias. El Municipio se obliga a incrementar el porcentaje de los recursos reorientados a la financiación del presente Acuerdo, con la Estampilla Pro bienestar del adulto Mayor.
- De acuerdo al Acuerdo de Restructuración de Pasivos y lo contemplado en el Escenario Financiero, se tiene lo siguiente:
Procesos En riesgo con las siguientes probabilidades: Probable, Posible y Alta $1.729.275.322 Fondo de Contingencias junio 30 de 2020 1.739.000.000 Diferencia $9.724.678
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Indica lo anterior que los Fallos que cursan en contra de la administración Municipal, el fondo de Contingencias esta provisionado con $1.739.000.000, estando por encima de las pretensiones económicas de las demandas. A junio 30 de 2020, se tenían disponibles en la cuenta del Banco Agrario 414823005384, recursos por $159.582.890. Esta situación indica que el Fondo se encuentra desfinanciado en aproximadamente $1.579.417.110.
3.6 PASIVO PENSIONAL
Durante las vigencias fiscales 2016 a 2019, el Ministerio de Hacienda, autorizo al Municipio Desahorro del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales “FONPET”., recursos que fueron verificados con los reportes del sistema Aries, por movimiento de Fondo y ejecuciones presupuestales de ingresos y gastos, presentando el siguiente comportamiento:
FONDO 1061 FONDO DE PENSIONES TERRITORIALES-FONPET
AÑO SALDO INICIAL INGRESOS EGRESOS SALDO FINAL
2016 0 5.214.791.281 1.575.334.247 3.639.457.034
2017 3.639.457.034 2.773.960.057 2.520.227.060 3.893.190.031
2018 3.893.190.031 203.779.873 2.956.779.603 1.140.190.301
2019 1.140.190.301 1.705.919.807 2.660.904.545 185.205.564 Fuente: Boletín de caja y bancos a diciembre 31 de 2019 – movimiento detallado por fondo ingresos y egresos Elaboro: Marta Isabel Diaz S. PU CGA
Los Recursos fueron manejados en la Cuenta del Banco de Bogotá, de acuerdo al
siguiente detalle:
BANCO DE BOGOTA
250-15319-4 FONPET PROPOSITO GENERAL 127.188.456
250-15322-8 FONPET EDUCACION 1.267.351
25015323-6 FONPET RESERVA PENSIONAL GENERAL 0
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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BANCO DE BOGOTA
250-15692-4 DESAHORRO RECURSOS FONPET-EDUCACION 0
250-15801-1 MESADAS PENSIONALES CORRIENTES -DESAHORRO
645.338
TOTAL 129.101.145
FALTANTE EN RECURSOS
56.104.419
Fuente: Boletín de caja y bancos a diciembre 31 de 2019 Elaboro: Marta Isabel Diaz S. PU CGA
AÑO VALOR
2016 65.678.212
2017 102.286.108
2018 75.786.484
2019 62.142.240
TOTAL 305.893.044 Fuente: movimiento detallado por fondo ingresos y egresos, enero 2016 a diciembre de 2019. Elaboro: Marta Isabel Díaz S. PU CGA
Analizados los recursos, se evidenció que el municipio de Toledo, administró los
recursos del Fonpet del desahorro, en un solo fondo denominado: “FONDO DE
PENSIONES TERRITORIALES - FONPET”, haciendo unidad de caja con los demás
recursos trasferidos por este Entidad, con un saldo a diciembre 31 de 2019 de $185.
205.564.
El fondo tiene asociado el recaudo de los ingresos en la Entidad Financiera del
Banco de Bogotá, para lo cual tiene aperturada cinco cuentas de ahorro, con saldo
a diciembre 31 de 2019 de $129.101.145, para un faltante de recursos en las
cuentas por $56.104.419, evidenciándose que se efectuó Unidad de Caja con los
citados recursos. Como lo ha manifestado la Dirección de Apoyo Fiscal del
Ministerio de Hacienda, no se aplica este principio a aquellas rentas que tienen una
destinación específica y cuyo manejo se exige que sea separado de las rentas
ordinarias, como es el caso de las transferencias que reciben las entidades
territoriales de la nación.
- Según la Sentencia 009 de 2002 de la Corte Constitucional, entre otros
manifestó: “los fondos especiales constituyen una de las excepciones al
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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principio de unidad de caja, principio definido de la siguiente manera en el
artículo 16 del Decreto 111 de 1996: "Con el recaudo de todas las rentas y
recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones
autorizadas en el Presupuesto General de la Nación". Entonces, si los fondos
especiales constituyen una excepción al principio de unidad de caja, su
determinación y recaudo se efectuará de acuerdo con las decisiones que
para cada caso adopte el legislador”.
- En los pagos asociados a este fondo, se detallan pagos por gastos por
prestación de servicios personales que se presumen como funcionamiento,
no asociados a inversión y cancelados con recursos del desahorro del
Fonpet, así mismo traslado a otras cuentas del municipio, por valor
$305.893.044.
3.7. VIGENCIAS FUTURAS
ACUERDO PROYECTO DE INVERSIÓN TOTAL INVERSIÓN VIGENCIAS FUTURAS
COMPROMETIDAS
009 NOV.2019
PAE 45,000,000 2020
Fuente: Acuerdos autorizaciones vigencias. Elaboró: Comisión Auditoria Especial
Mediante Acuerdo 009 de noviembre de 2019, el Concejo Municipal, autorizó la constitución de vigencias futuras, con destino a la celebración de convenios de alimentación escolar con la Gobernación de Antioquia-gerencia de seguridad alimentaria y nutricional de Antioquia-mana y estos se encuentran alineados con el Plan de Desarrollo 2016 – 2019, en cuantía de $45.000.000. Se demostró el cumplimiento de la normativa aplicable para la autorización de vigencias futuras, contemplada en las 1483 de 2011 y Leyes 819 del 2003, en
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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cuanto a la gestión, soportes, aprobaciones y posterior ejecución por parte de las dependencias y/o entidades correspondientes. Las vigencias futuras aprobadas, contó con la debida apropiación presupuestal
soportada con su respectivo certificado de disponibilidad y registró presupuestal.
3.4 DESEMPEÑO FISCAL El equilibrio entre recursos y competencias de las entidades territoriales y la simetría entre sus ingresos y gastos permite caracterizar el buen desempeño fiscal que puede simplificarse como un adecuado balance entre el presupuesto y la ejecución presupuestal. En otras palabras, el buen desempeño fiscal no se relaciona exclusivamente con elevar los ingresos sino también con eliminar las presiones fiscales que atenten contra la estabilidad de las finanzas. RANGOS CALIFICACION INDICADOR DSEMPEÑO FISCAL
Niveles de Desempeño Fiscal
Solvente sostenible Vulnerable Riesgo Deterioro
Rangos de Desempeño Fiscal
Mayor a 80 Entre 70 y 80 Entre 60 y 70 Entre 40 y 60 Menor de 40
Fuente: DNP Elaboro: John Jairo Mesa C. PU CGA
Sostenible mayor 80 puntos. Estas entidades gozan de unas finanzas saludables, cumplen con límites legales de deuda y gasto, generan recursos propios y alto gasto en FBK. En el largo plazo tiene mayor capacidad de proveer bienes y servicio. Asimismo, presentan mejores condiciones de sostenibilidad financiera, comparadas con el resto.
Solvente entre 70-80 puntos. Son las entidades para las cuales el indicador de desempeño fiscal se situó entre 70 y 80 puntos. Tienen finanzas saludables, pero hay oportunidades de mejora en algunos indicadores.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Vulnerable entre 60 y 70 puntos. Corresponde a las entidades cuyo indicador de desempeño fiscal, está entre 60 y 70 puntos, lo cual significa que pueden cumplir límites legales de deuda y gasto, pero aún tiene alta dependencia de las trasferencias y bajos niveles de inversión en FBK. Valores cercanos cero (0) reflejan bajo desempeño fiscal y valores cercanos a 100 significan que la entidad territorial logro en conjunto los siguientes resultados: un buen balance en su desempeño fiscal, suficientes recursos para sostener su funcionamiento, cumplimiento de los límites de gasto de funcionamiento según la ley 617/00, un nivel importante de recursos propios (Solvencia tributaria) como contrapartida a los recursos de SGP y SGR, altos niveles de inversión, adecuada capacidad de respaldo del servicio de su deuda y generación de ahorro corriente necesario para garantizar su solvencia financiera. INDICADORES DE VIABILIDAD FISCAL 2016 A 2019.
Fuente. DNP Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU CGA
Analizados los indicadores de desempeño fiscal del Municipio de Toledo, puede observarse que en el año 2016 estaba ubicado en el Rango de Riesgo, con una calificación del 59,13 y para el cierre del año 2018, su ubicación fue de Vulnerable, con calificación del 67,43%, mejorando su calificación en 8,30 puntos porcentuales, lo cual se vio reflejado en su posición a nivel nacional al pasar del puesto 962 en 2016, al puesto 602 en el 2018; y a nivel departamental paso del puesto 114 al puesto 52.
AÑO
Posicio
n
Deptal
Autofin
anciaci
ón de
los
gastos
de
Respal
do del
servici
o de la
deuda
Dependencia
de las
transferencias
de la Nación y
las Regalías
Generación
de
recursos
propios
Magnitud
de la
inversión
Capaci
dad de
ahorro
Indica
dor de
dese
mpeñ
o
Fiscal
Posición
2017 a
nivel
Nacional
Categoria
Rango
Calificació
n
2019 81,53 3,72 66,21 14,66 83,92% 17,07
2018 52 78,63 0 50,47 48,47 81,97 24,60 67,43 602 6 Vulnerable
2017 73 79,79 0.00 50,36 46,54 85,24 22,95 67,40 588 6 Vulnerable
2016 114 79,35 0 45,66 48,84 77,52 8,87 59,13 962 6 Riesgo
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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En la calificación para el año 2019 y 2018, incide el resultado de los indicadores para establecer la calificación fiscal, así:
- Autofinanciamiento de los Gastos de funcionamiento. Año 2019 fue del 81,53% y año 2016 del 79,35%. Lo deseable es que este indicador sea igual o menor al límite establecido en la Ley 617 de 2000, de acuerdo con la categoría correspondiente. Esta calificación para el año 2019, tendrá incidencia en el Indicador de Desempeño Fiscal de dicho año.
- Respaldo Servicio de la Deuda. Este indicador paso de cero (0) en el año 2016
a 3,72 en el año 2019. Se espera que este indicador sea menor a 80%, es decir que los créditos adeudados no superen el 80% de lo que se tiene para respaldarlos. Esto exige que la deuda total no supere la capacidad de pago de la entidad ni comprometa su liquidez en el pago de otros gastos, tal y como lo señala la ley 358 de 1997. Aumento el indicador por la operación de Crédito Publico realizada por el municipio con el IDEA.
- Dependencia Transferencias de la Nación. Un indicador por encima de 60%
señala que la entidad territorial financia sus gastos principalmente con recursos de transferencias de la Nación. El monto de las transferencias no incluye los recursos de regalías ni de cofinanciación, pues son recursos no homogéneos a todas las entidades territoriales y, de ser considerados, generaría distorsiones en la evaluación. El municipio paso de un indicador en el año 2016 del 46,66%, al 66,21% en el año 2019.
- Generación de Recursos Propios. Esta es una medida del esfuerzo fiscal que
hacen las administraciones para financiar sus planes de desarrollo. Se espera que las entidades territoriales aprovechen su capacidad fiscal plenamente para garantizar recursos complementarios a las transferencias que contribuyan a financiar el gasto relacionado con el cumplimiento de sus competencias. El indicador se incluye para valorar el esfuerzo que hacen las entidades territoriales para generar rentas propias, pues el solo indicador de transferencias dejaría incompleto el análisis. El municipio para el año 2016, tenía un indicador del 48,84% y para el año 2019 se ubicó en el 14,66%. Se observa la alta dependencia de las transferencias de la Nación.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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- Magnitud de la Inversión. permite cuantificar el grado de inversión que hace la entidad territorial, respecto del gasto total. Se espera que este indicador sea superior a 50%, lo que significa que más de la mitad del gasto se está destinando a inversión. Para el municipio el indicador paso en el año 2016 del 77,52% al 83,92% en el 2019. Lo que indica aumento en la Inversión.
- Capacidad de ahorro. Este indicador es una medida de la solvencia que tiene la entidad territorial para generar excedentes propios de libre destinación que se destinen a inversión, complementariamente al uso de transferencias de la Nación y a financiar los procesos de reestructuración de los pasivos y créditos. Se espera que este indicador sea positivo, es decir, que las entidades territoriales generen ahorro. El municipio pasa del 24,60% en el 2018 a 17,07% en el año 2019. Indica lo anterior que el municipio bajo 7,53 puntos porcentuales en el ahorro corriente.
3.5 LEY 550 DE 1999 Mediante Resolución 1645 de junio 3 de 2016 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se da inicial al proceso de Restructuración de Pasivos de la Administración Municipal de Toledo, este fue suscrito en octubre 19 de 2017 y presento una modificación al acuerdo, la cual fue suscrita el 27 de septiembre de 2018. La clasificación de las acreencias, se distribuyó de la siguiente manera:
Grupo Concepto Saldo Inicial Depuración Total
1 Trabajadores y Pensionados
$518.000.000 0 $518.000.000
2 Entidades Públicas y de Seguridad Social
871.000.000 530.000.000 341.000.000
3 Entidades Financieras
0
4 Otros Acreedores 1.485.000.000 41.000.000 1.444.000.000
Créditos Litigiosos y Contingencias
1.771.000.000 1.771.000.000
Total $4.645.000.000 571.000.000 $4.074.000.000 Fuente: Acuerdo restructuración de pasivos admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Las fuentes de financiación del acuerdo y acorde con la cláusula 18, se reorientarán para la financiación del mismo, el producto recaudado por concepto de las siguientes rentas de destinación específica:
1. El monto establecido en el Escenario Financiero. Anexo 1 de los recursos provenientes de la Estampilla Proadulto Mayor, a partir de 2017 y durante las vigencias determinadas en el Acuerdo.
2. El 35% de los recursos percibidos del Sistema General de participaciones correspondiente a Propósito General Otros Sectores de Libre Inversión durante las vigencias 2017 y 2018, el 30% en la vigencia 2019 y el 25% de la vigencia 2020, porcentajes establecidos en el anexo 3. Escenario Financiero y determinado en el Acuerdo.
3. El 10% de los recursos provenientes de la Estampilla Procultura a partir de 2017 y durante las vigencias determinadas en el Acuerdo.
4. El 15% de las Transferencias del Sector Eléctrico durante las vigencias determinadas en el Acuerdo.
5. El 50% del superávit de los ingresos corrientes de libre destinación, generado después del cierre fiscal de cada vigencia y una vez cumplidos con los límites de gasto previstos en la Ley 617 de 2000.
La proyección de las rentas reorientadas a abril 30 de 2020, fue la siguiente:
Rentas Reorientadas
2017 2018 2019 2020 2021
Estampilla Procultura
$2.000.000 $27.000.000 $33.000.000 $35.000.000 25.000.000
SGP-Libre Inversión
886.000.000 645.000.000 542.000.000 479.000.000
Estampilla Proadulto Mayor
59.000.000 73.000.000 78.000.000 40.000.000
Transferencia Sector Eléctrico
245.000.000
Total $947.000.000 $745.000.000 $653.000.000 $554.000.000 $270.000.000 Fuente: Escenario Financiero admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
Destinación de las Rentas
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Concepto 2017 2018 2019 2020 2021
Fondo de Contingencias
$100.000.000 $108.000.000 $42.000.000 $250.000.000
Fondo para pago de Cesantías Retroactivas
30.000.000 35.000.000 20.000.000 20.000.000
Pago de Acreencias
$947.000.000 615.000.000 510.000.000 492.000.000
Total $947.000.000 $745.000.000 $653.000.000 $554.000.000 $270.000.000 Fuente: Escenario Financiero admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
DISPONIBLE PARA PAGO DE ACREENCIAS
Concepto 2017 2018 2019 2020 2021
Estampilla Procultura
2.000.000
SGP-Libre Inversión
886.000.000 615.000.000 462.000.000 459.000.000
Estampilla Proadulto Mayor
59.000.000 48.000.000 33.000.000
Transferencia Sector Eléctrico
Total $947.000.000 $615.000.000 $510.000.000 $492.000.000 Fuente: Escenario Financiero admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
PAGOS ACUERDO CON RENTAS REORIENTADAS
Concepto 2017 2018 2019 2020 2021
Grupo de Trabajadores y Pensionados
$88.000.000 $443.000.000
Grupo Entidades Públicas y
172.000.000 263.000.000
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
62
Concepto 2017 2018 2019 2020 2021
Seguridad Social
Grupo de Otros Acreedores
859.000.000 510.000.000 229.000.000
Total $88.000.000 $1.474.000.000 $510.000.000 $492.000.000 Fuente: Escenario Financiero admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
METAS DEL ESCENARIO FINANCIERO
Concepto 2017 2018 2019 2020 2021
Ingresos Corrientes Libre Destinación
$2.162.000.000 $2.385.000.000 $2.760.000.000 $2.873.000.000 $2.964.000.000
Ahorro Operacional
-18.000.000 225.000.000 537.000.000 558.000.000 554.000.000
Gastos Funcionamiento
1.978.000.000 1.948.000.000 2.000.000.000 2.081.000.000 2.164.000.000
GF/ICLD Ley 617
91,49% 81,68% 72,46% 72,43% 73,00
Fuente: Escenario Financiero admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
ESTADO DE LAS ACREENCIAS A JUNIO 30 DE 2020
Fuente: Estado acreencias admón. Toledo Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU: CGA
De acuerdo al cuadro anterior, la Administración Municipal de Toledo a junio 30 de 2020, tiene un cumplimiento del acuerdo de restructuración de los grupos, así:
- Grupo 1 Trabajadores y Pensionados. Se cumplió el acuerdo en el 100%. Todas las acreencias fueron canceladas.
Grupo Concepto
Saldo
restructuración 2017 2018 2019 2020 Total pagos % cancelacionSaldo Por Pagar
1
Trabajadores y
Pensionados 518,000,000 88,000,000 430,000,000 518,000,000 100.00 0
2
Entidades Publicas
y de Seguridad 341,000,000 74,000,000 150,000,004 224,000,004 65.69 116,999,996
4 Otros Acreedores 1,444,000,000 770,000,000 606,000,000 70,087,592 1,446,087,592 100.14 -2,087,592
Creditos Litigiosos y
Contingencias 1,771,000,000 0 32,000,000 32,000,000 1.81 1,739,000,000
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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- Grupo 2. Entidades Públicas y de Seguridad Social. El cumplimiento del acuerdo es del 65,69%. S adeudan acreencias por $224.000.004.
- Grupo 4. Otros Acreedores. Cumplimiento del acuerdo del 100%. Todas las acreencias fueron canceladas.
- Créditos Litigiosos y contingencias: De un estimado de pasivos contingentes por $1.771.000.000, se han cancelado el 1,81%. Este fondo debe atender los fallos definitivos en contra de la Administración Municipal que se presenten.
DISPONIBILIDAD DE RECURSOS PAR ATENDER EL ACUERDO DE RESTRUCTURACION.
Concepto Cuenta Corriente Banco Agrario
Saldo. Dic.31/2019 Saldo Junio 30/2020
Fondo acreedores 414823004701 $35.771.626,41 $22.493.432,41
Fondo de Contingencias
414823005384 148.989.826,44 159.582.889,44
Fuente: Extractos Banco agrario Elaboro: John Jairo Mesa C. PU CGA
- El Fondo de Acreedores, a junio 30 de 2020, dispone de $22.493.432,41, dichos recursos deben ser destinados al pago de los acreedores del Grupo 2. Entidades Públicas y de Seguridad Social, el cual de acuerdo al escenario financiero tiene acreencias pendientes de pago por $116.999.996.
- El Fondo de Contingencias, a junio 30 de 2020, tiene recursos por $159.582.889,44. De acuerdo a la ejecución del escenario financiero se tiene contingencias estimadas en $1.739.000.000.
Rentas Reorientadas Proyeccion Recaudo Proyeccion Recaudo Proyeccion Recaudo Proyeccion Recaudo Proyeccion Recaudo
Estampilla Procultura 2,000,000 2,000,000 27,000,000 27,000,000 33,000,000 30,000,000 35,000,000 0
SGP-Libre Inversión 300,000,000 300,000,000 886,000,000 886,000,000 645,000,000 645,000,000 542,000,000 631,000,000 479,000,000 0
Estampilla Pro Adulto Mayor 59,000,000 59,000,000 73,000,000 73,000,000 78,000,000 72,000,000 40,000,000 0
TOTAL 300,000,000 300,000,000 947,000,000 947,000,000 745,000,000 745,000,000 653,000,000 733,000,000 554,000,000 0
2016 2017 2018 2019 2020
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
64
Rentas Reorientadas Total Proyectado Total Recaudado % Cumplimiento
Estampilla Procultura 97,000,000 59,000,000 60.82
SGP-Libre Inversión 2,852,000,000 2,462,000,000 86.33
Estampilla Pro Adulto Mayor 250,000,000 204,000,000 81.60
Total 3,199,000,000 2,725,000,000 85.18 Fuente: escenario financiero Elaboro: John Jairo Mesa Cubillos. PU CGA
3.6 SITUACIONES QUE COMPROMETEN LOS RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
- Dada la situación geográfica, la cultura de pago de los habitantes ha
disminuido, los contribuyentes esperan que se presenten alivios tributarios para proceder con el pago.
- Mediante Acuerdo 010 de diciembre 01 de 2017, se adopta el Estatuto Tributario para el Municipio de Toledo – Antioquia. Los artículos que regulan el cobro de las estampillas corresponden al artículo 155 -. Estampilla Probienestar Adulto Mayor, artículo 168 - Estampilla Procultura y Artículo 177 – Estampilla Prohospitales.
El artículo 162 del Estatuto para la Estampilla Probienestar Adulto Mayor estipulo: “Excusiones. Solo estarán excluidos del pago de la estampilla, los contratos que estipule la Ley”. Se pudo determinar que los contratos celebrados por el municipio con la Asociación de Municipios del Norte Antioqueño – Amunorte, no se les practico la retención por concepto de estampillas. Situación observada en la auditoría regular practicada a la vigencia fiscal 2019 por la auditoria Integrada. Situación que afecta las rentas del acuerdo de restructuración de pasivos. "
- En el año 2019 se presentó un robo virtual en cuantía aproximada a
$62.618.784, se realizó la correspondiente denuncia a fiscalía y reclamo a la
entidad financiera -Banco Agrario de Colombia, quien negó la solicitud de
devolución de los recursos. La compañía Aseguradora Liberty, también negó
la reclamación. Esta situación afecto las finanzas Municipales y puso en
riesgo el cumplimiento del acuerdo de restructuración de pasivos.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
65
- La Secretaria de Planeación y Obras Publicas del Municipio de Toledo,
certifico los contratos que actualmente se encuentran desfinanciados en el
Municipio y son obras inconclusas.
- Convenio interadministrativo N° 822 de 2019 con el Ministerio del Interior
Fonsecon – Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana –
Fonsecon –CIC, cuyo objeto es “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y
financieros entre las partes para promover la convivencia ciudadana, a través
de la ejecución de un centro de integración ciudadana –CIC en el Municipio
de Toledo – Antioquia, celebrado el día 21 de junio de 2019, por valor de
$1.075.000.000, con un plazo de terminación hasta el 30 de junio de 2020.
“En este sentido, es importante aclarar que después del inicio de ejecución del
contrato e Obra Pública y hacer el primer balance de ejecución, la Interventoría
presentó al Municipio de Toledo-Antioquia, un informe de avance con el respectivo
balance financiero que debe soportarlo, en el cual indica que el Contrato de Obra
presenta un desequilibrio financiero representado en $210.282.655, ya que las
cantidades de obra de algunos ítems no son suficientes para la terminación de la
obra, lo cual después de ser revisado por la Interventoría y la Supervisión del
Municipio, se llegó a la conclusión que efectivamente se está ante un desequilibrio
contractual.
Fuente: Planeación Municipal Toledo
Elaboro: John Jairo Mesa C. PU CGA
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
66
- Convenio 990 de 2017 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos técnicos,
administrativos y financieros entre Coldeportes, El Municipio de Toledo –
Antioquia y el Instituto Departamental de Deportes Antioquia, para la
ejecución del proyecto denominado. “Construcción de escenario
multipropósito primera fase en el casco urbano en el Municipio de Toledo”.
El cual fue calculado por un valor de $1.778.043.253 de los cuales
Coldeportes aportará $375.536.972. el Municipio aportará $647.721.854. y el
ente ejecutor aportará $754.784.427-
Fuente: Planeación Municipal Toledo
Elaboro: John Jairo Mesa C. PU CGA
- Actualmente la Administración cuenta con diez y seis (16) funcionarios
sindicalizados, con el fin de evaluar el costo de la Convención Colectiva, se
solicitó información a la Administración Municipal y el reporte indica un costo
aproximado de $81.522.743. Es importante precisar que estos gastos,
contribuyen al aumento del indicador de Ley 617 de 2000, máxime en un
municipio con deterioro en sus finanzas públicas.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
67
4. CONCLUSIONES
1. Analizada la ejecución presupuestal de Ingresos a diciembre 31 de 2019, el
cumplimiento de la meta de recaudo solo se logró en un 94,48%, dejándose
de recaudar de acuerdo a lo presupuestado recursos por $989.971.284.
Evaluados los Gastos, se ejecutaron en el 97,00%, con un Superávit por
$537.764.972. Resultado de lo anterior la Administración Municipal cerro la
vigencia fiscal 2019, con un déficit en la ejecución presupuestal por
$452.206.312, situación que contribuye al Déficit Fiscal generado en el año
citado.
2. Los resultados de la Información contable por los años terminados 2016,
2017, 2018 y 2019, y realizado el proceso auditor por parte de la Contraloría
general de Antioquia, el concepto de opinión fue de dictámenes con salvedad
para los años 2016 y 2017 y par los años 2018 y 2019, el concepto de opinión
fue Negativo. Los resultados obtenidos obedecen a que la información
contable de la Administración municipal no cumple con las características
fundamentales de la información financiera como lo es la Representación
Fiel, verificabilidad y comprensibilidad.
3. El Municipio de Toledo, clasificado en Sexta categoría y acorde con el artículo 6° de la ley 617 de 2000, los gastos de funcionamiento no deben superar el 80% de los Ingresos Corrientes de libre destinación, el resultado del indicador a diciembre 31 de 2019, fue del 81,53%, incumpliendo con el Indicador. Durante las vigencias analizadas el Concejo Municipal y la Personería, cumplieron con los límites de gastos estipuladas en el artículo 10° de la Ley 617 de 2000.
4. Para el año 2019, el Indicador de Ley 617, estimado en el Escenario
Financiero fue del 71,59%, el cual, comparado con el resultado obtenido en el análisis, con 81,53%, no se cumplió, siendo superior en 9,94 puntos porcentuales y más aún se incumplió con el indicador, estando por encima de lo regulado en el artículo 6° de la Ley 617 de 2000.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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5. Mediante acuerdo municipal 09 de agosto 30 de 2018, el Concejo Municipal autoriza al Alcalde para suscribir empréstitos con destino al Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado Zona Urbana, contemplado en el Plan de Desarrollo del municipio para el cuatrienio “De la mano con el campesino” el cual se terminó de ejecutar en un cien por ciento (100%) en la vigencia fiscal 2019, por el rubro presupuestal 2301010113., en cuantía de $499.944.005.
6. Para la ejecución del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, La Administración Municipal suscribió el Contrato 0093 de diciembre 19 de 2018, con el Instituto Para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, hasta por la suma de quinientos ($500) millones de pesos, y con un plazo hasta de ocho (8) años. Todos los recursos fueron desembolsados por el IDEA en la vigencia fiscal 2019, mediante pagares 17555 por $247.043.094, pagare 17542 por $191.205.361 y pagare 17658 por $60.267.550.
7. A junio 30 de 2020, el Municipio adeudaba aproximadamente al Instituto Para
el Desarrollo de Antioquia _ IDEA, $461.537.342, se observó que se ha
cumplido oportunamente con el pago Deuda pública, sin entra en cesación
de pagos.
8. El Crédito fue registrado la Dirección General de Crédito Público del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.”, y en la Contraloría General de
Antioquia, como lo dispone la Resolución de cuentas del ente de control
vigente para la fecha.
9. El Municipio, ubicado en la categoría sexta, debe cumplir con los indicadores de sostenibilidad de la deuda, como: La Solvencia, La Sostenibilidad de la deuda, el Superávit Primario. Analizados estos indicadores se pudo comprobar que el municipio cumplió con los requisitos, por lo que la deuda pública es SOSTENIBLE.
10. Durante el proceso de validación del déficit, el municipio certifico un déficit de Funcionamiento por $311.432.778, luego de la evaluación realizada por la Contraloría, se pudo determinar un déficit de aproximadamente $520.499.883, una diferencia de $209.067.105.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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11. Una de las alternativas para aliviar las Fianzas del Municipio, fue acogerse a
un acuerdo de Restructuración de Pasivos (Ley 550 de 1999), y se espera que mientras perdure esta situación, la Administración Municipal no deba generar déficit Fiscal. De acuerdo al análisis de la Contraloria a diciembre 31 de 2019, El municipio termino con un Déficit fiscal por $520.499.883, esta situación afecta la viabilidad fiscal del municipio, al estar realizando compromisos, sin tener el respaldo financiero para su pago.
12. A junio 30 de 2020, la Administración Municipal de Toledo ha cancelado un total de $231.173.353, valor correspondiente al Déficit fiscal que se tenía a diciembre 31 de 2019, esta cifra representa un 44,41% del total de las acreencias, siguen pendientes por cancelar aproximadamente $289.326.530.
13. En lo que respecta a los ingresos por venta de servicios públicos domiciliarios
versus los gastos de la Unidad de Servicios Públicos se presenta una situación presupuestal del déficit por $78,926,063, factor que contribuye al aumento del déficit generado a diciembre 3 de 2019, y afecta la viabilidad fiscal del municipio.
14. La cartera morosa por la venta de estos servicios es de $113,762,175, de la
cual existen cuantas vencidas de 1 hasta 185, la cartera superior a los 5 años asciende a $60,444,676, que está en riego de posible prescripción.
15. Actualmente existen demandas en contra de la administración municipal con unas pretensiones estimadas en $5.546.574.966, del total las Demandas clasificadas como Probables, Posibles y Altas, corresponden $1.729.275.322. Estas demandas son un riesgo para la estabilidad financiera del municipio, en especial las que tienen una probabilidad alta de sentencia en contra, pues estas se constituyen en Pasivos Contingentes, entendiendo estos como un tipo de obligaciones que corresponde al riesgo legal al que se ve enfrentada una entidad pública por los procesos judiciales que cursan en contra de ella. Es deber del municipio analizar de manera profunda las fallas presentadas para que a futuro no se vea comprometida la estabilidad financiera del municipio.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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16. El Fondo de Contingencias del Acuerdo de restructuración de Pasivos, esta
provisionado en $1.739.000.000, frente al total de las pretensiones economías de las demandas por $1.729.275.322, se observó que el Fondo es superior en $9.724.678, frente a las pretensiones económicas de las demandas.
17. A junio 30 de 2020, se tenían disponibles en la cuenta del Banco Agrario
414823005384, recursos del Fondo de Contingencias $159.582.890, cifra inferior en $1.579.417.110, con respecto a los recursos que debe tener el Fondo De Contingencias. Esta situación indica que el Fondo se encuentra desfinanciado en aproximadamente $1.779.417.110
18. Analizados los indicadores de desempeño fiscal del Municipio de Toledo,
puede observarse que en el año 2016 estaba ubicado en el Rango de Riesgo, con una calificación del 59,133% y para el cierre del año 2018, su ubicación fue Vulnerable, con calificación del 67,43%, mejorando su calificación en 8,3 puntos porcentuales., lo cual se vio reflejado en su posición a nivel nacional al pasar del puesto 962, al puesto 602 a nivel nacional y a nivel departamental paso del puesto 114 al puesto 52.
19. De acuerdo a los análisis realizados por la contraloría Departamental, se
concluye que el municipio en cuanto a su viabilidad fiscal, presenta enormes debilidades, posee una alta dependencia de las Transferencias de la nación para su funcionamiento, presenta limitantes en los recursos propios, falta de gestión fiscal para recuperar las rentas y está generando déficit fiscal.
5. HALLAZGOS
1. El boletín de caja es una herramienta fundamental para el diario hacer de la
administración pública, ya que mediante este es posible conocer los recursos disponibles en caja y bancos, se evitan los sobregiros y permiten realizar la programación de un plan de caja ajustado, por eso es indispensable que la administración adelante las labores necesarias para depurar la información, ajustar el boletín y realizar la incorporación de existencias tal y como lo establece la normatividad en materia de presupuesto. (A)
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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2. La cartera morosa por la venta de estos servicios es de $113,762,175, de la cual existen cuantas vencidas de 1 hasta 185, la cartera superior a los 5 años asciende a $60,444,676, que está en riego de posible prescripción. (A).
3. Existen deudores morosos del Impuesto Predial Unificado Urbano y Rural, con cuentas vencidas desde 1 hasta 119, por un valor de $943,088,073, las cuentas superiores a los cinco años suman $637,022,160, el 67,55% del total de la cartera, lo anterior evidencia ausencia de gestión fiscalizadora y la posible prescripción de las deudas. (A).
4. La cartera total por concepto impuesto de Industria e Intereses a diciembre de 2019, asciende a $179.484.816, del gran total, los impuestos con vencimientos superior a los 5 años por $68.808.736, representaron el 38,34% del total de la deuda, cifra con tendencia al incremento si no se cuenta con un programa de fiscalización, que contribuya a la recuperación de cartera. (A)
5. El Acuerdo N° 10 de 1° de diciembre de 2017 “Estatuto Tributario Municipal”,
en su artículo 295, faculta al Secretario de Hacienda para adelantar las gestiones del recaudo y cobro de los tributos. De acuerdo al análisis de la cartera y evidenciando los Impuestos que superan los 5 años, no se encontró que estas se hayan ejercido el debido cobro coactivo, interrumpiendo la posible prescripción de acuerdo al Artículo 292, en lo referente a la prescripción, interrupción y suspensión del término de la prescripción. (A)
6. El artículo 3° de la Ley 550 de 1999, determina las operaciones que se podrán realizar a partir de la fecha de iniciación del acuerdo de restructuración, y salvo autorización previa y escrita del Ministerio, no podrán expedir actos o realizar operaciones que impliquen gasto, en especial los siguientes:
Operaciones de crédito público de corto y largo plazo, así como de las operaciones
de manejo de la deuda, sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido sobre el
particular en la Ley 358 de 1997 y el Decreto 696 de 1998 o de las normas que la
modifiquen o complementen.
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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Solicitado al Municipio la autorización previa y escrita del Ministerio de Hacienda
para celebrar Operaciones de Crédito Público, certificaron: “El Municipio de Toledo
no considero necesario solicitar autorización ante el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público para contratar empréstito, entre otra por las siguientes razones:
Los recursos que se pignoraron como garantía, corresponde a Inversión en el Sector
agua Potable y saneamiento Básico – SGP – APSB, y El Municipio cumplió Ley 617
en la vigencia 2018.
Por lo anterior, y acorde con el certificado, se omitió dicho requisito por parte de la
Administración Municipal de Toledo, requisito necesario para celebrar Operaciones
de crédito Público, por lo que se presume una falta con incidencia disciplinaria,
de la cual se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su
competencia. (D).
7. En lo referente a la planta de personal la Administración Municipal, tiene un
funcionario incapacitado del año 2006, y se le venía cancelando el 100% de
su salario, incumpliendo lo establecido en el Decreto 2943 del 2013, y a partir
del 2018 se le deja de cancelar su salario y solo le cancelan las respectivas
primas y cesantías a lo que tiene derecho, que le puede acarrear posibles de
demandas en contra de la administración por vulnerarle el derecho al mínimo
vital, y no a ver tomado las medidas necesarias en su momento adecuado de
la calificación de invalidez y pensión del funcionario. La anterior situación se
dará a conocer la Contraloria Auxiliar delegada, de la Contraloría
departamental, para que sea atendida como queja y se realice el respectivo
análisis y respectiva tipificación. (A)
8. El manejo que le dio la Administración Municipal de Toledo a las Reservas
Presupuestales y las Cuentas Por Pagar, evidencia un incumplimiento de lo
señalado en los artículos 38 y 39 de Decreto 568 de 1996, Igualmente,
diferencias entre los Actos Administrativos y los valores registrados en el
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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sistema presupuestal de Aries, lo cual distorsiona los análisis de la
información. (D)
9. Evaluado los giros realizados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
– Desahorro Fonpet, se observó que el fondo tiene asociado el recaudo de
los ingresos en la Entidad Financiera del Banco de Bogotá, para lo cual tiene
apertura de cinco cuentas de ahorro, con saldo a diciembre 31 de 2019 de
$129.101.145, para un faltante de recursos en las cuentas por $56.104.419,
evidenciándose que se efectuó Unidad de Caja con los citados recursos.
Como lo ha manifestado la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de
Hacienda, no se aplica este principio a aquellas rentas que tienen una
destinación específica y cuyo manejo se exige que sea separado de las
rentas ordinarias, como es el caso de las transferencias que reciben las
entidades territoriales de la nación, ratificado en sentencia 009 de 2002 de la
Corte constitucional. (A)
10. Mediante Resolución 1645 de junio 3 de 2016 del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, se da inicial al proceso de Restructuración de Pasivos de la
Administración Municipal de Toledo, este fue suscrito en octubre 19 de 2017
y presento una modificación al acuerdo, la cual fue suscrita el 27 de
septiembre de 2018. El total de acreencias ascendió a $2.303.000.000 y los
créditos Litigiosos $1.771.000.000.
A junio 30 de 2020, el estado de las acreencias es el siguiente:
De acuerdo a lo anterior el municipio viene cumpliendo con la ejecución del acuerdo, del Fondo de acreedores se adeudan $116.999.996 y los Créditos litigiosos las
Grupo Concepto
Saldo
restructuración 2017 2018 2019 2020 Total pagos % cancelacionSaldo Por Pagar
1
Trabajadores y
Pensionados 518,000,000 88,000,000 430,000,000 518,000,000 100.00 0
2
Entidades Publicas
y de Seguridad 341,000,000 74,000,000 150,000,004 224,000,004 65.69 116,999,996
4 Otros Acreedores 1,444,000,000 770,000,000 606,000,000 70,087,592 1,446,087,592 100.14 -2,087,592
Creditos Litigiosos y
Contingencias 1,771,000,000 0 32,000,000 32,000,000 1.81 1,739,000,000
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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estimaciones ascienden a $1.739.000.000. Con respecto a los recursos en Bancos existe una des financiación en el Fondo de Acreedores por $94.506.564 y del fondo de Contingencias por $1.579.417.111. (A)
11. Evaluado el boletín de caja entregado por la administración a 31 de diciembre
de 2019, se evidencia que este no se encuentra depurado y conciliación,
entre fondos, bancos y presupuesto, encontrando diferencias entre Fondos,
presumiéndose un incumplimiento al principio de especificación del gasto
referenciado en el Decreto 111 de 1996 y a la destinación específica de los
recursos del sistema general de participaciones contenida en la Ley 715 de
2001, los recursos que registra la entidad en los fondos no corresponden con
las cifras de las cuentas bancarias asociadas a la. Esta misma situación en
constante en los demás fondos y cuentas bancarias. (A)
*2020100011035* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020100011035 Medellín, 20/10/2020
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6. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2.019
TIPO DE OBSERVACIÓN CANTIDAD VALOR (en pesos)
1. ADMINISTRATIVOS 9
2. DISCIPLINARIOS 2
3. PENALES 0
4. FISCALES 0
Obra Pública 0 0
Prestación de Servicios 0 0
Suministros 0 0
Consultoría y Otros 0 0
Estados Contables 0 0
Régimen Especial 0 0
TOTALES (1, 2, 3, y 4) 11
Nota: En total son 11 hallazgos y 11 tipificaciones. Del presente informe no surge Proceso Administrativo Sancionatorio “PAS.