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MUNICIPIO DE DUITAMA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA RESOLUCIÓN N° 011 DE ENERO 24 DE 2018 POR LA CUAL SE ADOPTA Y DESARROLLA EL PLAN BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA” LA GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA En uso de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, y CONSIDERANDO Que por mandato constitucional la Empresa Social del Estado Salud del Tundama, se encuentra en el Régimen de carrera administrativa bajo los parámetros de la Ley 909 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios. Que mediante el Decreto Ley 1567 de 1998 se crean el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado. Que el Decreto Ley 1567 del 5 de Agosto de 1998 en su título segundo, capítulos I, II y IV, establece las disposiciones generales del sistema de Estímulos e Incentivos para los empleados del Estado. Que el Decreto 1572 del 5 de Agosto de 1998 en su título IV reglamenta los planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los servidores públicos del Estado. Que el Decreto 1227 de 2005, Capítulo II artículos 70 y 75 reglamenta el sistema de estímulos. Que el presupuesto requerido para el programa de Bienestar, estímulos, incentivos y reconocimiento será asignado por la Entidad. Que la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA debe diseñar y adoptar estrategias y acciones encaminadas a mejorar la competitividad y sostenibilidad en el desarrollo de su Misión. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho, RESUELVE TITULO I. ADOPCIÓN, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL PLAN. ARTICULO 1- ADOPCIÓN DEL PLAN DE BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO. Adóptese el Plan de Bienestar, Estímulos,

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MUNICIPIO DE DUITAMA

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA

RESOLUCIÓN N° 011 DE ENERO 24 DE 2018

“POR LA CUAL SE ADOPTA Y DESARROLLA EL PLAN BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO PARA LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

LA GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA

En uso de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO

Que por mandato constitucional la Empresa Social del Estado Salud del Tundama, se encuentra en el Régimen de carrera administrativa bajo los parámetros de la Ley 909 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios. Que mediante el Decreto Ley 1567 de 1998 se crean el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado. Que el Decreto Ley 1567 del 5 de Agosto de 1998 en su título segundo, capítulos I, II y IV, establece las disposiciones generales del sistema de Estímulos e Incentivos para los empleados del Estado. Que el Decreto 1572 del 5 de Agosto de 1998 en su título IV reglamenta los planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los servidores públicos del Estado. Que el Decreto 1227 de 2005, Capítulo II artículos 70 y 75 reglamenta el sistema de estímulos. Que el presupuesto requerido para el programa de Bienestar, estímulos, incentivos y reconocimiento será asignado por la Entidad. Que la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA debe diseñar y adoptar estrategias y acciones encaminadas a mejorar la competitividad y sostenibilidad en el desarrollo de su Misión. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho,

RESUELVE

TITULO I.

ADOPCIÓN, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL PLAN. ARTICULO 1- ADOPCIÓN DEL PLAN DE BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO. Adóptese el Plan de Bienestar, Estímulos,

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Resolución Nº 011 de Enero 24 de 2018

“POR LA CUAL SE ADOPTA Y DESARROLLA EL PLAN DE BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO PARA LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

Incentivos y Reconocimiento para los servidores públicos de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA ARTÍCULO 2- DEFINICIÓN. Por este plan se entiende el conjunto interrelacionado de políticas, estrategias, planes y acciones orientados a elevar la competitividad institucional a través del incremento de los niveles de satisfacción, motivación, desarrollo y reconocimiento de los empleados de la Entidad. ARTICULO 3- OBJETIVOS DEL PLAN DE BIENESTAR ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO. El Plan de Bienestar, Estímulos, Incentivos y Reconocimiento de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA tendrá como principales objetivos los siguientes:

1. Orientar el plan de Bienestar hacia actividades que propendan por: Decreto 1083 de 2015 ARTICULO 2.2.10.7 Programas de bienestar de calidad de vida laboral. De conformidad con el artículo 24 del Decreto-ley 1567 de 1998 y con el fin mantener niveles adecuados de calidad de vida laboral, las entidades deberán efectuar los siguientes programas:

Medir el clima laboral, por lo menos dos años y definir, ejecutar y evaluar estrategias de intervención.

Evaluar adaptación al cambio organizacional y adelantar acciones preparación frente al cambio y de desvinculación laboral asistida o readaptación laboral cuando se den procesos reforma organizacional.

Preparar a los prepensionados para el retiro del servicio.

Identificar cultura organizacional y definir los procesos para la consolidación la cultura deseada.

Fortalecer el trabajo en equipo.

Adelantar programas de incentivos.

2. Fortalecer el manejo integral de los procesos de administración del talento humano, en función del desempeño eficiente y eficaz de los funcionarios de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA- 3. Recompensar el desempeño exitoso de los funcionarios y de los equipos de trabajo 4. Fomentar el desarrollo del potencial profesional y humano de los funcionarios, incrementando la satisfacción laboral, generando actitudes favorables frente a la prestación del servicio público y propendiendo por el mejoramiento continuo de la organización a través de resultados con calidad, para el cabal ejercicio de la función constitucional, legal y social de la Entidad. 5. Consolidar una cultura de control organizacional que garantice la competitividad y sostenibilidad de la entidad a través del mejoramiento continuo de la calidad en sus procesos. ARTICULO 4- PRINCIPIOS. Los principios que fundamentan y justifican el Plan de Bienestar, Estímulos, Incentivos y Reconocimiento para los funcionarios de E.S.E SALUD DEL TUNDAMA son: DESARROLLO PERSONAL. Toda actividad laboral deberá brindar la oportunidad para que las personas crezcan en sus múltiples dimensiones: cognoscitiva,

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Resolución Nº 011 de Enero 24 de 2018

“POR LA CUAL SE ADOPTA Y DESARROLLA EL PLAN DE BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO PARA LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

afectiva, valorativa, ética, social y técnica, donde se desarrollen sus potencialidades creativas, mejorando al tiempo la gestión institucional y el desempeño personal. EQUIDAD Y JUSTICIA. El Plan deberá procurar actitudes de reconocimiento para todos sus destinatarios en igualdad de oportunidades, de tal manera que la valoración de los mejores desempeños o trabajos motive a los demás para que sigan mejorando. SINERGIA. Todo estímulo, incentivo o reconocimiento que se dé a los funcionarios, deberá beneficiar a la organización en su conjunto a través de la generación de valor agregado. OBJETIVIDAD Y TRANSPARENCIA. Los procesos que conduzcan a la toma de decisiones para el manejo del Plan de Estímulos, Incentivos y Reconocimiento deberán fundarse en criterios y procedimientos técnicos, objetivos y predeterminados, los cuales serán conocidos por todos los miembros de la Entidad.

TITULO II

BIENESTAR SOCIAL

ARTICULO 5. Definición. Es el conjunto de procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, mejoramiento de su calidad de vida y la de su familia, así mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la Institución en la cual labora. Para el cumplimiento de la presente Resolución se desarrollará el Programa Anual de Bienestar. Anexo a esta resolución ARTICULO 6 Objetivos

Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo personal y laboral.

Fomentar la aplicación de estrategias y procesos en el ámbito laboral que contribuyan al potencial personal de los funcionarios.

Generar condiciones favorables frente al servicio público y al mejoramiento continuo de la organización.

Desarrollar valores organizacionales en función de una cultura de servicio público que genere compromiso institucional.

Fortalecer competencias actitudinales que se expresen en el ser.

Contribuir a través de acciones participativas en la construcción de un mejor nivel recreativo y de salud de los funcionarios.

Procurar la calidad y respuesta participativa a los programas con el fin de alcanzar la protección y previsión social del empleado.

ARTICULO 7. Lineamientos Generales de Bienestar Social. Los programas de bienestar social que formule la entidad deben responder a la satisfacción de las necesidades tanto organizacionales como individuales que permita mantener elevados niveles de productividad y responder a la satisfacción de necesidades

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PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

del funcionario, de acuerdo a las normas especiales vigentes y las que desarrollen la presente Resolución. ARTICULO 8. Modalidades de Bienestar Social. Hacen énfasis en la orientación, creación, mantenimiento y mejoras en las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del funcionario, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia, permitiendo elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación con el servicio que presta a la Entidad.

Sociales: Se podrán realizar actividades de integración para conmemoraciones especiales como el día de la mujer, secretaria, la madre e institucionales.

Salidas Recreativas: Teniendo en cuenta el interés de los empleados, se realizarán salidas de integración y recreación, permitiendo disfrutar del descanso y fortalecimiento de la interacción de los mismos, en aras a la interrelación personal de los empleados y disminución del estrés laboral.

Deportivas: Se participaran en los deportes de mayor aceptación, con el propósito de fomentar la sana competencia y el desarrollo de aptitudes personales y de grupo.

Culturales: Fomento de actividades que incentiven el interés artístico, estético y recreativo de los funcionarios y sus familias, a través de la adquisición de boletería de eventos de realce cultural tales como obras de teatro, cine, presentación grupos artísticos, café conciertos, conciertos, etc.

Fomento de relaciones interpersonales satisfactorias: Talento Humano en desarrollará talleres, conferencias, charlas que propendan al mejoramiento de las relaciones interpersonales sobre temas como: inducción a la entidad, liderazgo, valores, trabajo en equipo, manejo del tiempo, manejo de conflicto, manejo de emociones, manejo de estrés, relaciones humanas, etc.

Programas fin de año: Se realizarán actividades propias de la época para los empleados y su familia.

Clima Laboral: El Clima Laboral se refiere a la forma como los funcionarios perciben su relación con el ambiente de trabajo y qué determina su comportamiento dentro de la entidad. Dentro de ésta percepción se pone en juego las experiencias personales de cada uno de los funcionarios, sus necesidades muy particulares, motivaciones, deseos, expectativas y valores cuyo conocimiento es indispensable para que los responsables de los programas de Bienestar Social y Capacitación puedan, en parte, entender dichos comportamientos, a la vez modificarlos a partir del manejo de las variables organizacionales.

TITULO III

PLAN DE INCENTIVOS

ARTÍCULO 9- DEFINICIÓN. Es el conjunto de políticas, planes, acciones e instrumentos encaminados a reconocer de manera tangible una determinada labor dentro de la entidad que permita incrementar los niveles de satisfacción y mejore las condiciones frente al desarrollo del trabajo. ARTICULO 10- BENEFICIARIOS. Serán beneficiarios los funcionarios de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción de la entidad de acuerdo con los requisitos establecidos en cada uno de los programas señalados en la presente resolución.

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PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

ARTÍCULO 11- PERIODICIDAD. La Entidad desarrollará anualmente este programa conforme al contenido y de acuerdo con la presente EL Plan Anexo a la presente Resolución. ARTICULO 12- PLANES DE INCENTIVOS. Los Planes de incentivos para la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA, serán de dos clases: Pecuniarios y No pecuniarios. 1. INCENTIVOS PECUNIARIOS. Son los reconocimientos de carácter económico que se asignan a equipos de trabajo, dichos reconocimientos económicos podrán ser hasta por 40 salarios mínimos diarios legales vigentes de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. 2. INCENTIVOS NO PECUNIARIOS. Son reconocimientos en especie, adoptados por la Entidad para tal efecto, los cuales podrán ser: La representación de la Entidad en eventos nacionales e internacionales, becas para educación formal, Educación para Trabajo y el Desarrollo Humano, Educación Informal, participación en proyectos especiales, publicación de trabajos en medios de comunicación nacional e internacional, comisión de estudios, reconocimientos públicos a la labor meritoria, financiación de investigaciones entre otras. PARÁGRAFO. Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios concedidos a los funcionarios, en desarrollo del Plan de Estímulos, Incentivos y Reconocimiento no modificarán el régimen salarial y prestacional de los servidores públicos ni se constituirán en factor salarial.

TITULO IV PLAN DE RECONOCIMIENTO.

ARTÍCULO 13- DEFINICIÓN. Se entiende por Plan de Reconocimiento la exaltación a la generación de ideas innovadoras y a las calidades deportivas, culturales y humanas, etc. orientado a elevar los niveles de pertenencia de los servidores públicos de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA. ARTÍCULO 14 –MODALIDADES. El Plan de Reconocimiento contempla 1. RECONOCIMIENTO A LA INNOVACIÓN. 2. RECONOCIMIENTO A LAS CALIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES Y HUMANAS. 3. RECONOCIMIENTO INDIVIDUALES Y PROFESIONALES. 4. RECONOCIMIENTO EMPLEADO DEL MES.

5. ESTIMULOS FUNCIONARIOS CARRERA ADMINISTRATIVA

6. RECONOCIMIENTO POR TIEMPO DE SERVICIO 7. RECONOCIMIENTO A LA CULTURA DE REPORTE DE INCIDENTES, COMPLICACIONES Y EVENTOS ADVERSOS QUE SE PRESENTEN EN LA INSTITUCIÓN.

CAPITULO I

RECONOCIMIENTO A LA INNOVACIÓN

ARTÍCULO 15- DEFINICIÓN. Es el reconocimiento que se hace a los funcionarios de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA, por el aporte de ideas innovadoras que

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optimicen procesos, proyectos y procedimientos en aras de fomentar el mejoramiento continuo de la dependencia o de la entidad. ARTICULO 16- BENEFICIARIOS. Este reconocimiento aplica a todos los funcionarios activos inscritos en la carrera administrativa especial, de Libre Nombramiento y Remoción de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA, sin tener en cuenta el rango en que se ubique su desempeño laboral. Esta modalidad será otorgada anualmente, a la mejor idea innovadora que se haya presentado de manera individual o por equipo de trabajo, previo cumplimiento de los requisitos señalados en la presente resolución. ARTÍCULO 17- TIPOS DE PREMIOS. Los premios a los que se refiere este capítulo podrán ser de tipo pecuniario para equipos de trabajo y no pecuniario si se presenta de manera individual, los cuales serán otorgados dependiendo de la disponibilidad presupuestal. Los premios no pecuniarios podrán estar representados en participación en eventos, patrocinio para ejecución de la propuesta, planes de recreación y turismo, entre otros. ARTÍCULO 18- REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN. Para optar por este reconocimiento, se podrán postular aquellos funcionarios o equipos de trabajo que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Los funcionarios o equipos aspirantes deberán presentar y sustentar por escrito la idea innovadora de acuerdo con los criterios que establecidos anualmente.

2. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año anterior a la fecha de la postulación o en cualquier etapa del proceso de selección del programa de reconocimiento. Estos requisitos aplican tanto para la postulación de la idea innovadora como para el disfrute de los premios.

ARTICULO 19- CONTENIDO DEL INFORME ESCRITO. Los funcionarios o equipos de trabajos presentarán un informe escrito que soporte la idea innovadora, el cual podrá contener los siguientes aspectos: a) Identificación de la idea innovadora. b) Identificación de las causas. c) Identificación de la Solución. d) Análisis de Costo / Beneficio. e) Viabilidad económica, jurídica, técnica para el desarrollo de la Idea. f) Requerimientos de calidad. g) Sustentación sobre el origen de la idea, si es original o mejoramiento de una preexistente. ARTÍCULO 20- CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Para escoger la mejor idea innovadora se deberá tener en cuenta entre otros los siguientes aspectos: 1. Creatividad. 2. Análisis costo beneficio. 3. Esfuerzo Investigativo. 4. Adaptabilidad. 5. Idea Original.

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6. Mejoramiento de una Idea anterior. Para escoger la mejor idea innovadora de la entidad asignará un puntaje hasta de 100 puntos por cada criterio. ARTICULO 21- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE LA MEJOR IDEA INNOVADORA. 1. Se publicará anualmente el cronograma para la ejecución de cada una de las etapas del proceso de escogencia de la mejor idea creativa. 2. Cada funcionario o grupo de trabajo podrá postular mediante la presentación de un informe escrito que soporte tal circunstancia, su idea innovadora ante el líder de proceso. 3. Una vez postulados los funcionarios o equipos de trabajo, se procederá a escoger la mejor idea innovadora de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. 4. En el día señalado como fecha límite para la respectiva inscripción, el líder de cada proceso remitirá a la Gerencia el acta con el informe de sustentación de la mejor idea innovadora. 5. Previo estudio y verificación de requisitos, presentará ante gerencia, el listado final de los postulados, quienes competirán para el reconocimiento a la mejor idea innovadora. 6. la Gerencia con el apoyo del líder de Talento Humano y el líder de Calidad procederá a estudiar y calificar las propuestas presentadas, pudiendo soportar sus decisiones en expertos. 7. Este resultado será consignado en acta, que deberá ser firmada, procediéndose a la entrega oficial del premio mediante acto público. PARÁGRAFO. En ningún caso podrá postularse un mismo proyecto a concursar como mejor idea innovadora y como premio a la excelencia en equipo.

CAPITULO II RECONOCIMIENTO A LAS CALIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES Y

HUMANAS.

ARTÍCULO 22 - DEFINICION. Es aquél que reconoce a funcionarios o equipos, que sobresalen en el ámbito deportivo, campeonatos tanto a nivel interno, o nivel municipal, regional y nacional, en el marco cultural - pintura, teatro, cine, poesía, fotografía, periodismo, concursos, entre otros o cualidades humanas sobresalientes, tales como: colaboración, solidaridad, compañerismo, superación y tejido social. PARÁGRAFO. Para el Reconocimiento a las Calidades Deportivas Culturales y Humanas, la dirección, coordinación y ejecución de esta modalidad estará a cargo de la Gerencia de la Entidad, quien establecerá los requisitos necesarios para optar por este reconocimiento, así como su respectivo presupuesto.

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ARTICULO 23- BENEFICIARIOS. Los beneficiarios de este programa serán los funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de la Entidad. ARTICULO 24. TIPOS DE PREMIO. Podrán ser de tipo pecuniario o no pecuniario. ARTÍCULO 25- PERIODICIDAD. La Entidad otorgará anualmente a los funcionarios o equipos, que sobresalen en el ámbito deportivo, campeonatos tanto a nivel interno, o nivel municipal, regional y nacional, en el marco cultural pintura, teatro, cine, poesía, fotografía, periodismo, concursos, entre otros o cualidades humanas sobresalientes, tales como: colaboración, solidaridad, compañerismo, superación y tejido social.

CAPITULO III RECONOCIMIENTOS INDIVIDUALES Y PROFESIONALES

ARTÍCULO 26 - DEFINICION. Es aquél que destaca a los funcionarios, periódicamente en las fechas especiales como cumpleaños, fechas especiales y día de las profesiones con el fin de promover el sentido de familiaridad entre compañeros, incentivando las relaciones interpersonales. ARTICULO 27- BENEFICIARIOS. Los beneficiarios de este programa serán los funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de la Entidad. ARTICULO 28. TIPOS DE PREMIO. Podrán ser de tipo pecuniario o no pecuniario.

CAPITULO IV RECONOCIMIENTOS EMPLEADO DEL MES

ARTÍCULO 29 - DEFINICION. Se otorgara a quien se destaque por mostrar compromiso con la institución, puntualidad frente a sus responsabilidades, comunicación acertada y clara, trabajo en equipo, relaciones interpersonales, promover las prácticas de amabilidad y colaboración con los diferentes usuarios a los cuales se tiene acceso, en pro de una cultura organizacional de servicio a la comunidad, por cumplimiento de metas, optimización de recursos físicos, y demás aspectos relacionados, para ser acreedor se requiere tener buen rendimiento en las evaluaciones de desempeño, y no tener peticiones quejas o reclamos en el periodo anterior a su nombramiento. ARTICULO 30- BENEFICIARIOS. Los beneficiarios de este programa serán los funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de la Entidad. ARTICULO 31. TIPOS DE PREMIO. Podrán ser de tipo pecuniario o no pecuniario.

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CAPITULO V ESTIMULOS FUNCIONARIOS CARRERA ADMINISTRATIVA

ARTÍCULO 32- DEFINICIÓN. Es el conjunto de políticas, planes, acciones e instrumentos encaminados a exaltar el desempeño laboral de los funcionarios de Carrera Administrativa de la Entidad que se encuentren en el rango sobresaliente. PARÁGRAFO. El rango sobresaliente obtenido por los empleados de carrera se establecerá con base en la última calificación definitiva en firme, resultante de la evaluación del desempeño laboral del período ordinario fijado para dicha calificación, teniendo como referente la normatividad vigente sobre el tema. ARTICULO 33- BENEFICIARIOS. Los beneficiarios del Plan de Estímulos serán los funcionarios inscritos en el Registro Público de la Carrera Administrativa de los diferentes niveles jerárquicos de la entidad que cumplan con los requisitos establecidos en la presente normatividad. ARTÍCULO 34- PERIODICIDAD. La E.S.E SALUD DEL TUNDAMA otorgará anualmente los premios de que trata el presente título conforme a los términos y de acuerdo a lo preceptuado por este acto administrativo. ARTICULO 35. TIPOS DE PREMIO. Podrán ser de tipo pecuniario o no pecuniario.

CAPÍTULO VI RECONOCIMIENTO POR TIEMPO DE SERVICIO

ARTICULO 36 DEFINICIÓN. Exaltar a los colaboradores por tiempo de servicio a la E.S.E. SALUDL DEL TUNDAMA, mayor a dos (2) años de servicio. ARTICULO 37 BENEFICIARIOS. Este premio se otorgará a cada uno de los funcionarios de cada nivel jerárquico, siempre y cuando cumpla con las condiciones y requisitos aquí establecidos. ARTICULO 38 RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de seleccionar, estará a cargo de la Gerente y Talento Humano. ARTICULO 39 CATERGORÍA. Podrán participar los funcionarios de cada nivel jerárquico, inscritos en el Registro Público de Empleados de la Entidad. ARTICULO 40 PLANES DE INCENTIVOS El plan de incentivos estará representado en el reconocimiento de carácter no pecuniario, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal asignada para la ejecución de este programa, cuando se requiera. ARTICULO 41 PERIODICIDAD. La E.S.E SALUD DEL TUNDAMA otorgará anualmente los premios de que trata el presente título.

CAPITULO VII

RECONOCIMIENTO A LA CULTURA DE REPORTE DE INCIDENTES,

COMPLICACIONES Y EVENTOS ADVERSOS QUE SE PRESENTEN EN LA INSTITUCIÓN.

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ARTÍCULO 42- DEFINICIÓN. Exaltar a los colaboradores que incentivan e implementan la práctica de reporte de incidentes, complicaciones y eventos adversos de la E.S.E. ARTICULO 43- BENEFICIARIOS. Esta exaltación se otorgará a los líderes y el área de procesos que más reporte y autoreporte incidentes, complicaciones y eventos adversos de forma mensual. ARTICULO 44- RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de seleccionar los ganadores de cada nivel, estará a cargo del Comité de Seguridad del Paciente. ARTICULO 45- CATEGORÍA. Podrán participar los funcionarios inscritos en el Registro Público de Empleados de Carrera de la Entidad. ARTICULO 46- PLANES DE INCENTIVOS. El plan de incentivos estará representado en el reconocimiento de carácter no pecuniario, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal asignada para la ejecución de este programa, cuando se requiera. ARTICULO 47 PERIODICIDAD. La E.S.E SALUD DEL TUNDAMA otorgará mensualmente la exaltación de que trata el presente título conforme a los términos y requisitos que establezcan el Comité de Seguridad del Paciente.

TITULO IV DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 48 RESPONSABLES DEL DESARROLLO Y APLICACIÓN. La dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento del Plan de Estímulos, Incentivos y Reconocimiento, estará a cargo de la Gerencia, de acuerdo a los parámetros establecidos en la presente resolución y demás disposiciones aplicables. PARÁGRAFO. El desarrollo y aplicación de la modalidad Reconocimiento a las Calidades Deportivas Culturales y Humanas, estarán bajo la responsabilidad de la Gerencia de la Entidad. ARTÍCULO 49- POSTULACIONES ESPECIALES. En el evento que se presenten proyectos en los cuales participen funcionarios de diferentes dependencias, deberán postularse ante gerencia. ARTICULO 50- BANCO DE PROYECTOS DE LA E.S.E SALUD DEL TUNDAMA. Los trabajos finalistas pasarán a conformar la base de datos del Banco de Proyectos de la E.S.E SALUD DEL TUNDAMA, el cual estará bajo la administración del Archivo de la Entidad y serán de propiedad de la Institución, sin perjuicio de los derechos morales que les corresponden a sus autores. ARTÍCULO 51- UTILIZACIÓN DE INCENTIVOS. Los incentivos serán personales e intransferibles por parte de los ganadores, los cuales deberán reclamarse en reunión dentro de los dos (2) meses siguientes, contados a partir de la fecha de su asignación de acuerdo con la modalidad y denominación respectiva. En caso de no haber reclamado o no hacer uso del mismo dentro de dicho término, según la clase de incentivo, el ganador perderá todo derecho a éste.

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Resolución Nº 011 de Enero 24 de 2018

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PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

ARTICULO 52- PRESUPUESTO. El presupuesto requerido para el Plan de Bienestar, Estímulos, Incentivos y Reconocimiento, contará como fuentes de financiación, los recursos provenientes de la Entidad del rubro Bienestar Social por valor de TREINTA MILLONES DE PESOS m/cte.($30.000.000°°). La E.S.E SALUD DEL TUNDAMA encargada de atender presupuestalmente los incentivos pecuniarios, adelantarán las gestiones o ajustes legales en sus respectivos presupuestos a fin de dar viabilidad a la presente Resolución. ARTICULO 53- RECURSOS DE LEY. Los actos administrativos mediante los cuales se concedan los estímulos, incentivos y reconocimiento deberán ser motivados y contra ellos no procederá ningún recurso, de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1567 de 1998. ARTÍCULO 54- SANCIONES. Al funcionario o equipo de trabajo a quien se le demuestre en cualquier etapa del Plan de Estímulos, Incentivos y Reconocimiento que el proyecto es producto de plagio, automáticamente le será retirada su postulación o premio, sin perjuicio de las acciones disciplinarias y legales respectivas. El funcionario o equipo de trabajo a quien se le demuestre haber cometido fraude o engaño deberá devolver a la Entidad, según sea el caso, el premio otorgado. Quien de la misma manera logró y disfrutó el premio no siendo posible su devolución, durante la vigencia del hecho; no podrá participar en el programa se designará al nuevo ganador de acuerdo con los parámetros establecidos en esta resolución. ARTÍCULO 55- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÜMPLASE

Dada en Duitama, a los veinticuatro (24) días del mes de enero de 2018.

CLAUDIA MARINA GARCÍA FERNÁNDEZ Gerente

Elaboro: RNAV TALENTO HUMANO Aprobó: CMGF-GR

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CAPACITACIONES, SEMINARIOS, JORNADAS DE

ACTUALIZACIÓN PARA TRABAJADORES1 1 4 3 6 15

INTEGRACION DÍA DE LA FAMILIA 1 1 4 3 6 15

INTEGRACIÓN COLABORADORES

EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN CLIMA Y CULTURA

ORGANIZACIONAL1 1 4 3 6 15

PARTICIPACION E INTEGRACION DEL TRABAJADOR EN

LOS DIAS DE FECHAS ESTABLECIDAS A NIVEL NACIONAL

(IAMI, DIA INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD, DIA DE

PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES,

PREVENCION DEL CANCER, PERVENCION DEL SUICIDIO,

SALUD MENTAL, DIA DE LA DIVERSIDAD, PREVENCION DE

LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, PREVENCION DEL VIH

ENTRE OTRAS)

1 1 4 3 6 15

CAMPEONATO INTER PROCESOS DEPORTIVO 1 1 4 3 6 15

CAMPEONATO MINITEJO 1 1 4 3 6 15

CAMINATAS ECOLOGICAS 1 1 4 3 6 15

BOLOS 1 1 4 3 6 15

DANZAS - AERORUMBA

FÚTBOL 1 1 4 3 6 15

CINE 1 1 4 3 6 15

LA ONDA ECOLÓGICA - DÍA DEL NIÑO: SALIDA

ECOLÓGICA

GOTA A GOTA, VATIO A VATIO CON EL AMBIENTE

EN PAZ CON EL AMBIENTE: MANEJO ADECUADO DE

RESIDUOS

EN PAZ CON EL AMBIENTE 5S

HUELLITAS ECOLOGICAS

NAVIDAD ECOLÓGICA

PR

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REALIZAR CONVENIO CON EL SENA PARA EVALUAR

COMPETENCIAS LABORALES1 1 4 3 6 15

FECHAS

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PROGRAMAS

INSTUCIONAL

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PROYECTO O ACTIVIDADDIRIGIDO A: (Número de

personas)

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DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO AGTHf08-180

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Y CONTROL VERSION: 02 Pagina 1

PLAN DE BIENESTAR SOCIAL Y CALIDAD DE VIDA FECHA DE

APROBACIONene-15APOYO

Page 13: MUNICIPIO DE DUITAMA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD … · Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo personal y laboral. Fomentar la aplicación

Resolución Nº 011 de Enero 24 de 2018

“POR LA CUAL SE ADOPTA Y DESARROLLA EL PLAN DE BIENESTAR, ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTO PARA LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SALUD DEL TUNDAMA”

AGTHf27-180

VERSION 2

Pág. 1/1

TEMA DIR INVE DE FECHAS

DIRECTI

VO

ASESO

R

PROFE

SIONAL

TÉCNIC

O

ASISTE

NCIALTOTAL

COS

TOSABER HACER SER

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

1 RECONOCIMIENTO A LA INNOVACIÓN

2RECONOCMIENTO A LA CALIDAD DEPORTIVA Y CULTURAL 1 1 4 3 6 15 0 x x X

3

RECONOCIMIENTOS INDIVIDUALES Y PROFESIONALES

(CUMPLEAÑOS Y FECHAS PROFESIONALES)1 1 4 3 6 15 0 x x X

4 RECONOCIMIENTO EMPLEADO DEL MES 1 1 4 3 6 15 0 x x X

5 ESTIMULOS FUNCIONARIOS CARRERA ADMINISTRATIVA 1 1 4 3 6 15 0 x x X

8

RECONOCIMIENTO A LA CULTURA DE REPORTE DE

INCIDENTES, COMPLICACIONES Y EVENTOS ADVERSOS

QUE SE PRESENTEN EN LA INSTITUCIÓN

1 1 4 3 6 15 0 x x

9 RECONOCIMIENTO POR TIEMPO DE SERVICIO 1 1 4 3 6 15

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DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Y CONTROL INTERNOFECHA DE

APROBACION24/02/2015

FORMATO PLAN DE INCENTIVOSAPOYO

GESTION DEL TALENTO HUMANOAPOYO

GESTION DEL TALENTO HUMANO