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PROYECTO DE NORMA PNTP 011.014 TÉCNICA PERUANA 2013 LIMÓN. Requisitos LEMON. Requirements 2010-10-11 1ª Edición

Norma Del Limon Fresco

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PROYECTO DE NORMA PNTP 011.014TÉCNICA PERUANA 2013

LIMÓN. Requisitos

LEMON. Requirements

2010-10-111ª Edición

“Este documento se encuentra en etapa de estudio, sujeto a posibleCambio. No debe ser usado como Norma Técnica Peruana” Precio basado en 08 páginasI.C.S.: ESTA NORMA ES RECOMENDABLEDescriptores: Limón, requisitos

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ÍNDICE

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ÍNDICE 2

PREFACIO 3

1. OBJETO 5

2. REFERENCIAS NORMATIVAS 5

3. CAMPO DE APLICACIÓN 6

4. DEFINICIONES 6

5. DISPOCISIONES RELATIVAS A LA CALIDAD 6

6. DISPOSICIONES SOBRE LOS CALIBRES 9

7. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN 9

8. MARCADO O ETIQUETADO 10

9. CONTAMINANTES 12

10. HIGIENE 12

11. MUESTREO 13

12. ANTECEDENTES 13

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PREFACIO

A. RESEÑA HISTÓRICA

A.1 El presente Proyecto de Norma Técnica Peruana fue elaborado por el Comité Técnico de Normalización de Productos Agroindustriales – Subcomité de Limón, mediante el Sistema 2 u Ordinario, durante los meses de enero a octubre del 2013, utilizando como antecedentes a los que se indican en el capítulo correspondiente.

A.2 El Comité Técnico de Normalización – Subcomité de Limón, presentó a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias –CNB-, con fecha 2013-10-12, el PNTP 011.014:2013 LIMÓN FRESCO. Requisitos Generales, para su revisión y aprobación, previa a la etapa de discusión pública.

A.3 Este Proyecto de Norma Técnica Peruana utilizó como antecedente a los documentos mencionados en el capítulo correspondiente. El presente Proyecto de Norma Técnica Peruana presenta cambios editoriales referidos principalmente a terminología empleada propia del idioma español y ha sido estructurado de acuerdo a las Guías Peruanas GP 001:1995 y GP 002:1995.

B. INSTITUCIONES QUE PARTICIPARON EN LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE NORMA TECNICA PERUANA

SECRETARÍA PROMPEX

PRESIDENTE Martín Berendson Leigh

SECRETARIA Alejandra Díaz Rodríguez

ENTIDAD REPRESENTANTES

ASOCIACION DE PRODUCTORES Víctor Zapata RodríguezAGRÍCOLAS DE LIMÓN

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GERENCIA REGIONAL DE LA Eduardo Burgos DelgadoPRODUCCIÓN - GOBIERNO REGIONALLA LIBERTAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SALUD Bertha Esperanza Becerra RodríguezAMBIENTAL - DIRECCIÓN REGIONAL DESALUD - GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SALUD Manuel Agustín Gonzales VeraAMBIENTAL - DIRECCIÓN REGIONAL DESALUD - GOBIERNO REGIONALLAMBAYEQUE

Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo Carmen Campos Salazar

Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo Martha Tesén Arroyo

Universidad Señor de Sipán Jorge Cabrejos Barriga

Centro de Protección al Consumidor Milagros Peña CallirgosFilial Lambayeque.

Sociedad Nacional de Industria Manuel García PeñaFilial Lambayeque

Sociedad Nacional de Industria Luis Fernández RiveraFilial Lambayeque.

SINVBIOL E.I.R.L Graciela Olga Albino Cornejo Consultor Alfonso Tesén Arroyo.

Cámara Agraria de Productores José Antonio Vásquez De Sullana

PROLIMÓN Antonio López Figueroa Carlos Seminario Cortez

MINISTERIO DE AGRICULTURA Natali Barreto Valdivia- DGP

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LIMÓN. Requisitos

1. OBJETO

Este Proyecto de Norma Técnica Peruana establece los requisitos que debe cumplir el Limón (sutil) Citrus aurantifolia de la familia de las Rutaceae, en estado fresco y destinado para el consumo humano.

2. REFERENCIAS NORMATIVAS

Las siguientes normas contienen disposiciones que al ser citadas en este texto, constituyen requisitos de esta Norma Técnica Peruana.

2.1 Normas Técnicas Peruanas

2.1.1 NTP 209.038:2003 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado

2.2 Normas Técnicas Internacionales

2.2.1 CODEX (CAC/RCP 44 – 1995) Código Internacional Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas.

2.2.2 CODEX (CAC/RCP 1 – 1969, Rev. 4-2003) Código Internacional de Practicas Recomendado – Principios Generales de Higiene de los Alimentos.

2.2.3 CODEX (CAC/GL 21 – 1997) Principios para el Establecimiento y la Aplicación de Criterios Microbiológicos a los Alimentos.

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3. CAMPO DE APLICACIÓN

Esta Norma Técnica Peruana se aplica a todas las variedades de Limón Citrus aurantifolia Swingle, de la familia de las Rutacea, que habrán de suministrarse frescas al consumidor, después de su acondicionamiento y envasado. Excluyen los limones destinados a elaboración industrial.

4. DEFINICIONES

Para los propósitos de esta Norma Técnica Peruana se aplican las siguientes definiciones:

4.1 Limón: es el fruto procedente de cualquier variedad de la especie Citrus aurantifolia Swingle. El limón sutil puede tener las siguientes definiciones o equivalencias: key Lime, peruvian lime, mexican lime, lima ácida, limón con semilla, limón de cebiche y limón de pica.

4.2 Rastreabilidad: rastreo de productos (trazabilidad); la capacidad para seguir el desplazamiento de un alimento a través de una o varias etapas especificas de su producción, transformación y distribución.

5. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD

5.1 Requisitos mínimos

Según las disposiciones especiales de conformidad para cada categoría y las tolerancias permitidas, los limones deberán:

- Estar enteras;

- Ser de consistencia firme;

- Estar sanas, exentas de podredumbre o deterioro que hagan que no sean aptas para el consumo;

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- Estar limpias, y prácticamente exentos de cualquier materia extraña visible;

- Estar prácticamente exentas de plagas que afecten al aspecto general del producto;

- Estar prácticamente exenta de daños causados por plagas;

- Estar exentos de daños causado por bajas temperaturas;

- Estar exentos de humedad externa anormal, salvo la condensación consiguiente a su remoción de una cámara frigorífica;

- Estar exentos de cualquier olor y/o sabor externo.

5.1.1 Los limones deberán haber alcanzado un grado apropiado de desarrollo y madurez, de conformidad con los criterios peculiares de la variedad y la zona en que se producen. El desarrollo y la condición de los limones deben ser tales que les permitan:

- Soportar el transporte y la manipulación; y

- Llegar en estado satisfactorio al lugar de destino,

5.1.2 Contenido mínimo de zumo (jugo) y coloración

El contenido mínimo de zumo (jugo) se calcula con relación al peso total del fruto.

Contenido mínimo de zumo (jugo): 40 %

La coloración deberá ser la típica de la variedad por lo menos en dos tercios de la superficie del fruto. El fruto deberá ser verde pero podrá presentar decoloraciones (manchas amarillas) hasta en el 30 % de su superficie.

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5.2 Clasificación

Los limones poseen tres categorías, según se definen a continuación:

5.2.1 Categoría extra

Los limones de esta categoría deberán ser de calidad superior y característica de la variedad. No deberán tener defectos, salvo defectos superficiales muy leves siempre y cuando no afecten al aspecto general del producto, su calidad, su estado de conservación y presentación en el envase.

5.2.2 Categoría I:

Los limones de esta categoría deberán ser de calidad superior y característica de la variedad. Podrán permitirse, sim embargo, los siguientes defectos leves, siempre y cuando no afecten al aspecto general del producto, su calidad, su estado de conservación y presentación en el envase:

- Defectos leves de forma;

- Defectos leves de coloración;

- Defectos leves de la cascara que no superen 1cm2.

En ningún caso los defectos deberán afectar a la pulpa del fruto.

5.2.3 Categoría II

Esta categoría comprende los limones que no pueden clasificarse en las categorías superiores, pero satisfacen los requisitos mínimos especificados en el apartado 5.1. Podrán permitirse los siguientes defectos, siempre y cuando los limones conserven sus características esenciales en lo que respecta a su calidad, estado de conservación y presentación:

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- Defectos de forma;

- Defectos de coloración;

- Defectos leves de la cascara que no superen 2 cm2.

6. DISPOSICIONES SOBRE LOS CALIBRES

El calibre se determina por el diámetro máximo de la sección ecuatorial del fruto, de acuerdo con la siguiente Tabla 1:

TABLA 1: Calibres

Calibres Diámetro ecuatorial (mm)

A 41 a más

B 38 a 40.9

C 35 a 37.9

D 32 a 34.9

7. DISPOSICIONES RELATIVAS DE LA PRESENTACIÓN

7.1 Homogeneidad

El contenido de cada envase (o lote, para los productos presentados a granel) deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por limones del mismo origen, variedad, calidad

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y calibre. Para la categoría “Extra”, el color deberá ser homogéneo. La parte visible del contenido el envase (o lote, para productos presentado a granel) debera ser representativa de todo el contenido.

7.2 Empacado

Los limones deberán empacarse evitando el uso de cajas de madera ( se empleará cajas de cartón, plástico, mallas, etc.) de tal manera que el producto quede debidamente protegido. Los materiales utilizados en el interior del envase deberán ser nuevo, estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permiten el uso de materiales, en particular papel o sellos con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impreso etiquetados con tinta o pegamento no tóxico.

Los limones deberán disponerse en envases que ajusten al Código Internacional de Practicas Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas. (CAC/RCP 44 – 1995).

5.2.2 Descripción de los empaques

Los empaques deberán satisfacer las características de calidad, higiene, ventilación y resistencia necesaria para asegurar una manipulación, transporte y conservación apropiados de los limones. Los empaques (o lote para productos presentados a granel) deberán estar exentos de cualquier materia y olor extraño.

8. MARCADO O ETIQUETADO

8.1 Envases

Además de los requisitos aplicados de la NTP 209.38, se aplica las siguientes disposiciones específicas:

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8.1.1 Identificación del producto

Si el producto no es visible desde el exterior cada envase deberá etiquetarse con el nombre del producto, con el de la variedad, país de origen y en el idioma del país de destino.

8.2 De los empaques a la venta al por menor

Cada empaque deberá llevar producto deberá llevar las siguientes indicaciones en letras agrupadas en el mismo lado, marcadas de forma legible, indeleble y visible desde el exterior, o bien en los documentos que acompañan al embarque. Para los productos transportados a granel, estas indicaciones deberán aparecer en el documento que acompaña a la mercancía.

8.2.1 Identificación de la empresa

Nombre y domicilio legal del productor, empacador y exportador. Código de identificación (facultativo).

8.2.2 Identificación del producto

Nombre del producto. Nombre de la variedad.

8.2.3 Origen del producto

País de origen y, nombre del lugar, distrito o región de producción.

8.2.4 Identificación comercial

- Categoría;- Calibre (código del calibre o diámetro mínimo y máximo en milímetros);- Peso neto (facultativo);- Color;- Temperatura recomendada;- Fecha de empaque;

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- Lote.

8.2.5 Marca de inspección oficial (facultativo).

8.2.6 Rastreabilidad o trazabilidad.

9. CONTAMINANTES

9.1 Metales pesados

Los limones deberán ajustarse a los niveles máximos para metales pesados establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius para este producto.

9.2 Residuos de Plaguicidas

Los limones deberán ajustarse a los niveles máximos para residuos establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius para este producto.

10. HIGIENE

10.1 Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de la presente NTP se preparen y manipulen de conformidad con las secciones apropiadas del Código Internacional Recomendado de Prácticas – Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1 – 1969, Rev. 4 – 2003), y otros textos del Codex pertinentes, como los Códigos de Prácticas y Códigos de Prácticas de Higiene.

10.2 Los productos deberán cumplir los requisitos microbiológicos establecidos por la legislación nacional vigente.

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12. MUESTREO

Véase Codex Stan 233. Planes de Muestreo del Codex para Alimentos Preenvasados (NCA 6,5)

13. ANTECEDENTES

13.1 NTP 011.006:1993 FRUTAS. Limón sutil. Requisitos

13.2 NTP 011.006:2005 LIMÓN SUTIL. Requisitos

13.2 CODEX Stan 217-1999 Norma del Codex para las limas mexicanas

13.3 NMX – FF 087-SCFI-2001 Productos Alimenticios No IndustrializadosPara Uso Humano – Fruta Fresca – Limón Mexicano (Citrus Aurantifolia Swingle) - Especificaciones

13.4 NCh 1933.of 1999 Limones. Requisitos