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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, domingo 20 de marzo de 2011 439273 AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Ley N° 29670.- Ley que autoriza al Poder Judicial a modificar el bono por función jurisdiccional 439275 Ley Ley N° 29671.- Ley que prorroga por treinta (30) días el plazo de funcionamiento de la Comisión Especial Revisora del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar 439275 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. R.S. N°043-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Relaciones Exteriores 439276 R.S. R.S. N°044-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Defensa 439276 R.S. R.S. N°045-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Economía y Finanzas 439276 R.S. R.S. N°046-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro del Interior 439276 R.S. R.S. N°047-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de Justicia 439277 R.S. R.S. N°048-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Salud 439277 R.S. R.S. N°049-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Agricultura 439277 R.S. R.S. N°050-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 439277 R.S. R.S. N°051-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de la Producción 439277 R.S. R.S. N°052-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Comercio Exterior y Turismo 439278 R.S. R.S. N°053-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Energía y Minas 439278 R.S. R.S. N°054-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Transportes y Comunicaciones 439278 R.S. R.S. N°055-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 439278 R.S. R.S. N°056-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 439278 R.S. R.S. N°057-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro del Ambiente 439278 R.S. R.S. N°058-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Cultura 439279 R.S. R.S. N°059-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 439279 R.S. R.S. N°060-2011-PCM.- Nombran Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia 439279 R.S. R.S. N°061-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores 439279 R.S. R.S. N°062-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Defensa 439279 R.S. R.S. N°063-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas 439280 R.S. R.S. N°064-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Interior 439280 R.S. R.S. N°065-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Educación 439280 R.S. R.S. N°066-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Salud 439280 R.S. R.S. N°067-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura 439280 R.S. R.S. N°068-2011-PCM.- Nombran Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo 439281 R.S. R.S. N°069-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de la Producción 439281 R.S. R.S. N°070-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo 439281 R.S. R.S. N°071-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas 439281 R.S. R.S. N°072-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones 439282 R.S. R.S. N°073-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento 439282 R.S. R.S. N°074-2011-PCM.- Nombran Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social 439282 R.S. R.S. N°075-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente 439282 R.S. R.S. N°076-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Cultura 439282 R.S. R.S. N°077-2011-PCM.- Dejan sin efecto la Resolución Suprema N° 036-2011-PCM que autoriza viaje de la Mnistra de Justicia a Brasil 439283 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. Nº 071-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) 439283 R.M. Nº 075-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Guatemala y Costa Rica para participar en eventos “EXPOPERÚ” 439284 Sumario Año XXVIII - Nº 11335

Normas Legales 20 Mar 2011

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NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, domingo 20 de marzo de 2011

439273

AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley Ley N° 29670.- Ley que autoriza al Poder Judicial a modifi car el bono por función jurisdiccional 439275Ley Ley N° 29671.- Ley que prorroga por treinta (30) días el plazo de funcionamiento de la Comisión Especial Revisora del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar 439275

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

R.S. R.S. N°043-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Relaciones Exteriores 439276R.S. R.S. N°044-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Defensa 439276R.S. R.S. N°045-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Economía y Finanzas 439276R.S. R.S. N°046-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro del Interior 439276R.S. R.S. N°047-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de Justicia 439277R.S. R.S. N°048-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Salud 439277R.S. R.S. N°049-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Agricultura 439277R.S. R.S. N°050-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 439277R.S. R.S. N°051-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de la Producción 439277R.S. R.S. N°052-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Comercio Exterior y Turismo 439278R.S. R.S. N°053-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Energía y Minas 439278R.S. R.S. N°054-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Transportes y Comunicaciones 439278R.S. R.S. N°055-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 439278R.S. R.S. N°056-2011-PCM.- Aceptan renuncia de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 439278R.S. R.S. N°057-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro del Ambiente 439278R.S. R.S. N°058-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Ministro de Cultura 439279R.S. R.S. N°059-2011-PCM.- Aceptan renuncia del Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 439279

R.S. R.S. N°060-2011-PCM.- Nombran Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia 439279R.S. R.S. N°061-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores 439279R.S. R.S. N°062-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Defensa 439279R.S. R.S. N°063-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas 439280R.S. R.S. N°064-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Interior 439280R.S. R.S. N°065-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Educación 439280R.S. R.S. N°066-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Salud 439280R.S. R.S. N°067-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura 439280R.S. R.S. N°068-2011-PCM.- Nombran Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo 439281R.S. R.S. N°069-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de la Producción 439281R.S. R.S. N°070-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo 439281R.S. R.S. N°071-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas 439281R.S. R.S. N°072-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones 439282R.S. R.S. N°073-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento 439282R.S. R.S. N°074-2011-PCM.- Nombran Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social 439282R.S. R.S. N°075-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente 439282R.S. R.S. N°076-2011-PCM.- Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Cultura 439282R.S. R.S. N°077-2011-PCM.- Dejan sin efecto la Resolución Suprema N° 036-2011-PCM que autoriza viaje de la Mnistra de Justicia a Brasil 439283

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

R.M. Nº 071-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) 439283R.M. Nº 075-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Guatemala y Costa Rica para participar en eventos “EXPOPERÚ” 439284

Sumario

Año XXVIII - Nº 11335

Page 2: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439274

R.M. Nº 078-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan convocatoria a concurso público de méritos para la cobertura de personal en el Ministerio 439284R.M. Nº 081-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Tailandia para participar en visita de trabajo y seminario 439285R.M. Nº 084-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representante del Ministerio a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) 439286R.M. Nº 087-2011-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Bélgica para participar en ceremonia de rúbrica del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú 439286

EDUCACION

R.S. N°013-2011-ED.- Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Institucional 439287

ENERGIA Y MINAS

D.S. N° 008-2011-EM.- Modifi can artículo 1° del Decreto Supremo N° 003-2011-EM 439287D.S. N° 009-2011-EM.- Aprueban Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124 439288D.S. N° 010-2011-EM.- Aprueban Cesión de Posición Contractual y Modifi cación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123 439289D.S. N° 011-2011-EM.- Aprueban Cesión de Posición Contractual y Modifi cación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129 439289

JUSTICIA

R.S. N° 059-2011-JUS.- Conceden gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diferentes Establercimientos Penitenciarios de la República 439290

PRODUCE

D.S. N° 005-2011-PRODUCE.- Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos 439291R.M. N° 095-2011-PRODUCE.- Aceptan renuncia de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción 439292R.M. N° 096-2011-PRODUCE.- Aprueban Cartilla de Servicios de la Dirección Mi Empresa, la misma que sustituirá en todos sus aspectos el Procedimiento Administrativo N° 74 del TUPA 439292R.M. N° 097-2011-PRODUCE.- Modifi can procedimientos y formularios del TUPA del Ministerio 439293R.M. N° 098-2011-PRODUCE.- Amplían autorización otorgada al IMARPE para ejecutar el Plan de Crucero 1103 439294RR.MM. N°s. 099 y 100-2011-PRODUCE.- Suspenden actividades de extracción de los recursos jurel, anchoveta y anchoveta blanca 439295R.M. N° 101-2011-PRODUCE.- Autorizan viaje de funcionario a Brasil para participar en la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT) 439297R.D. Nº 073-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de CFG Investment S.A.C. 439299R.D. Nº 075-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcación pesquera presentada por la empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. 439300

RELACIONES EXTERIORES

R.S. N° 072-2011-RE.- Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República Bolivariana de Venezuela 439300

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN

DE LA PROPIEDAD INFORMAL

R.D. Nº 046-2011-COFOPRI/DE.- Designan Jefe de la Ofi cina Zonal Ica de COFOPRI 439301

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. Nº 069-2011/SUNAT.- Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur 439301Res. Nº 080-024-0000020.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Piura 439302

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE BIENES ESTATALES

Res. Nº 018-2011/SBN-DGPE-SDDI.- Aprueban desafectación de zona de dominio restringido de predio ubicado en el departamento de Piura, para su adjudicación en venta 439303

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION NACIONAL SUPERVISORA

DE EMPRESAS Y VALORES

R.D. Nº 22-2011-EF/94.06.1.- Otorgan autorización para la organización de la sociedad agente de bolsa denominada Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A. 439305Res. Nº 025-2011-EF/94.01.1.- Autorizan viaje de funcionario a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífi co 439306

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 004-2011-P-CE-PJ.- Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a Brasil para participar en visitas de trabajo 439306Res. Adm. Nº 090-2011-CE-PJ.- Autorizan viaje de Presidente del Poder Judicial a Brasil para participar en visitas de trabajo 439307

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Res. Nº 00007-2011-JEELC/JNE.- Inscriben y disponen publicación de lista de candidatos para el Congreso de la República del distrito electoral de Lima + Residentes en el Extranjero, presentada por el partido político “Justicia, Tecnología, Ecología”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011 439308

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439275

Res. Nº 00008-2011-JEELC.- Corrigen la Resolución N° 00007-2011-JEELC/JNE, en lo que respecta a lista de candidatos 439309

SUPERINTENDENCIA DE

BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 3283-2011.- Autorizan viaje de funcionaria a Brasil para participar en la conferencia “Mobile Money Transfer Americas” 439309

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA

D.A. Nº 003-2011-MDJM.- Aprueban Directiva de creación de la Mesa de Partes Periférica 439310D.A. Nº 06-2011-MDJM.- Modifi can el D.A. N° 01-2011-MDJM, que aprobó realización del “Sorteo por Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011” 439310

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA

Acuerdo Nº 005-2011-MDPH.- Fijan monto de remuneración del Alcalde y dieta de Regidores 439311

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 29670

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA AL PODER JUDICIAL A MODIFICAR EL BONO POR FUNCIÓN

JURISDICCIONAL

Artículo único.- Objeto de la LeyAutorízase, por única vez, al titular del Pliego

Poder Judicial a modifi car la bonifi cación por función jurisdiccional del personal auxiliar jurisdiccional y administrativo, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 056-2008-P/PJ, hasta por un monto no mayor del diez por ciento (10%) del presupuesto institucional de apertura 2010 del Pliego Poder Judicial en la Sub Genérica de Gasto 2.1.1 con cargo al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público, y sin afectar las metas y objetivos de la entidad.

La aplicación de la presente disposición se efectúa en forma progresiva en función de la disponibilidad presupuestaria del Pliego Poder Judicial.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORESPresidente del Congreso de la República

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNGSegunda Vicepresidenta del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministrosy Ministro de Educación

616962-1

LEY Nº 29671

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA POR TREINTA (30) DÍAS EL PLAZO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN

ESPECIAL REVISORA DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE PROTECCIÓN FRENTE

A LA VIOLENCIA FAMILIAR

Artículo 1. Objeto de la LeyLa presente Ley tiene el objeto de prorrogar el plazo

de funcionamiento de la Comisión Especial Revisora del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, establecido en el artículo 2 de la Ley 29340, Ley que Crea la Comisión Especial Revisora del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, modifi cada por las Leyes 29468 y 29585.

Artículo 2. Prórroga del plazo de funcionamientoProrrógase por treinta (30) días hábiles, contados

a partir de la fecha de su vencimiento, el plazo de funcionamiento de la Comisión Especial Revisora del

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439276

Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, con el objetivo de que concluya con su trabajo y pueda cumplir con la fi nalidad señalada en el artículo 1 de la Ley 29340, Ley que Crea la Comisión Especial Revisora del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORESPresidente del Congreso de la República

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNGSegunda Vicepresidenta del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministrosy Ministro de Educación

616962-2

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Aceptan renuncia del Ministro de Relaciones Exteriores

RESOLUCIÓN SUPREMANº 043-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula el señor José Antonio García Belaunde; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula el señor José Antonio García Belaunde, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-3

Aceptan renuncia del Ministro de Defensa

RESOLUCIÓN SUPREMANº 044-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, formula el señor Jaime Fernando Thorne León; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, formula el señor Jaime Fernando Thorne León, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-4

Aceptan renuncia del Ministro de Economía y Finanzas

RESOLUCIÓN SUPREMANº 045-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, formula el señor Ismael Alberto Benavides Ferreyros; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, formula el señor Ismael Alberto Benavides Ferreyros, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-5

Aceptan renuncia del Ministro del Interior

RESOLUCIÓN SUPREMANº 046-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho del Interior, formula el señor Elmer Miguel Hidalgo Medina; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho del Interior, formula el señor Elmer Miguel

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439277

Hidalgo Medina, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-6

Aceptan renuncia de la Ministra de Justicia

RESOLUCIÓN SUPREMANº 047-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Justicia, formula la señora Rosario del Pilar Fernández Figueroa; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Justicia, formula la señora Rosario del Pilar Fernández Figueroa, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-7

Aceptan renuncia del Ministro de SaludRESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 048-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Salud, formula el señor Oscar Raúl Ugarte Ubilluz; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Salud, formula el señor Oscar Raúl Ugarte Ubilluz, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-8

Aceptan renuncia del Ministro de Agricultura

RESOLUCIÓN SUPREMANº 049-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, formula el señor Rafael Quevedo Flores; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, formula el señor Rafael Quevedo Flores, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-9

Aceptan renuncia de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN SUPREMANº 050-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, formula la señora Manuela Esperanza García Cochagne; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, formula la señora Manuela Esperanza García Cochagne, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-10

Aceptan renuncia del Ministro de la Producción

RESOLUCIÓN SUPREMANº 051-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, formula el señor Jorge Elisban Villasante Araníbar; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, formula el señor Jorge Elisban Villasante Araníbar, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-11

Page 6: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439278

Aceptan renuncia del Ministro de Comercio Exterior y Turismo

RESOLUCIÓN SUPREMANº 052-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, formula el señor Eduardo Ferreyros Kuppers; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, formula el señor Eduardo Ferreyros Kuppers, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-12

Aceptan renuncia del Ministro de Energía y Minas

RESOLUCIÓN SUPREMANº 053-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, formula el señor Pedro Emilio Sánchez Gamarra; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, formula el señor Pedro Emilio Sánchez Gamarra, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-13

Aceptan renuncia del Ministro de Transportes y Comunicaciones,

RESOLUCIÓN SUPREMANº 054-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, formula el señor Enrique Javier Cornejo Ramírez; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, formula el señor Enrique Javier Cornejo Ramírez, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-14

Aceptan renuncia del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN SUPREMANº 055-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Juan Sarmiento Soto; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Juan Sarmiento Soto, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-15

Aceptan renuncia de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

RESOLUCIÓN SUPREMANº 056-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social, formula la señora Dora Virginia Borra Toledo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social, formula la señora Dora Virginia Borra Toledo, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-16

Page 7: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439279

Aceptan renuncia del Ministro del Ambiente

RESOLUCIÓN SUPREMANº 057-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, formula el señor Antonio José Brack Egg; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, formula el señor Antonio José Brack Egg, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-17

Aceptan renuncia del Ministro de Cultura

RESOLUCIÓN SUPREMANº 058-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, formula el señor Juan Ossio Acuña; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, formula el señor Juan Ossio Acuña, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-18

Aceptan renuncia del Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

RESOLUCIÓN SUPREMANº 059-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la renuncia que, al cargo de Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Estado en el Despacho de Educación, formula el señor José Antonio Chang Escobedo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Aceptar la renuncia que, al cargo de Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Estado en el Despacho

de Educación, formula el señor José Antonio Chang Escobedo, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Educación

616962-19

Nombran Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 060-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia, a la señora Rosario del Pilar Fernández Figueroa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-20

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 061-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, al señor José Antonio García Belaunde.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-21

Page 8: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439280

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Defensa

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 062-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, al señor Jaime Fernando Thorne León.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-22

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 063-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, al señor Ismael Alberto Benavides Ferreyros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-23

Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Interior

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 064-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho del Interior, al señor Elmer Miguel Hidalgo Medina.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-24

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Educación

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 065-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Educación, al señor Víctor Raúl Díaz Chávez.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-25

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Salud

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 066-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Salud, al señor Oscar Raúl Ugarte Ubilluz.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-26

Page 9: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439281

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 067-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, al señor Rafael Quevedo Flores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-27

Nombran Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 068-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a la señora Manuela Esperanza García Cochagne.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-28

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de la Producción

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 069-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, al señor Jorge Elisban Villasante Araníbar.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-29

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 070-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, al señor Eduardo Ferreyros Kuppers.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-30

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 071-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, al señor Pedro Emilio Sánchez Gamarra.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-31

Page 10: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439282

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 072-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, al señor Enrique Javier Cornejo Ramírez.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-32

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 073-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al señor Juan Sarmiento Soto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-33

Nombran Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 074-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social, a la señora Dora Virginia Borra Toledo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-34

Nombran Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 075-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, al señor Antonio José Brack Egg.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-35

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Cultura

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 076-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

Vista la propuesta de la señora Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia;

De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, al señor Juan Ossio Acuña.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

616962-36

Page 11: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439283

Dejan sin efecto la Resolución Suprema Nº 036-2011-PCM que autoriza viaje de la Ministra de Justicia a Brasil

RESOLUCIÓN SUPREMANº 077-2011-PCM

Lima, 19 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2011-PCM, publicada el 9 de marzo de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, se autorizó el viaje de la doctora Rosario del Pilar Fernández Figueroa, Ministra de Justicia, del 20 al 24 de marzo de 2011, a la ciudad de Brasilia, República Federal de Brasil, para conocer in situ, entre los días 21 y 23 de marzo de 2011, la manera cómo viene funcionando la experiencia brasileña respecto al expediente digital;

Que, por razones propias del Despacho, resulta necesario dejar sin efecto la indicada autorización de viaje, siendo pertinente emitir el acto correspondiente;

De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 036-2011-PCM, publicada el 9 de marzo de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, mediante la cual se autorizó el viaje de la doctora Rosario del Pilar Fernández Figueroa, Ministra de Justicia, del 20 al 24 de marzo de 2011, a la ciudad de Brasilia, República Federal de Brasil.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministrosy Ministra de Justicia

616962-37

COMERCIO EXTERIOR

Y TURISMO

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP)

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 071-2011-MINCETUR/DM

Lima, 14 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), se llevará a cabo en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 23 de marzo al 1 de abril de 2011, con el objeto de continuar con los trabajos de negociación que se han venido realizando;

Que, la participación del Perú en dichas negociaciones permitirá introducir asuntos de interés nacional, favorecer la defensa de intereses comunes en otros foros y lograr acuerdos comerciales con otros países, prosiguiendo con el desarrollo de la Agenda de Negociaciones Internacionales;

Que, en dicho evento se reunirán grupos de negociación tales como: acceso a mercados, procedimientos aduaneros, defensa comercial, medio ambiente y medidas sanitarias y fi tosanitarias, obstáculos técnicos al comercio, reglas de origen, política de competencia, propiedad intelectual, entre otros;

Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del equipo de profesionales que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participarán en la referida Ronda de Negociaciones;

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias;

Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del equipo de profesionales que, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participará en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en las fechas que a continuación se indica:

Fechas del viaje: Señores

Del 21 de marzo al 2 de abril de 2011 Daisy Jennifer Olórtegui Marky Mónica Guerrero Acevedo José Luis Castillo Mezarina Vanessa del Carmen Rivas Plata

Saldarriaga

Del 24 de marzo al 2 de abril de 2011 Edgar Manuel Vásquez Vela Diego Alonso Urbina Fletcher Gerardo Antonio Meza Grillo

Del 25 de marzo al 1 de abril de 2011 Angela Rossina Guerra Sifuentes Fernando Hugo Cerna Chorres Teresa Stella Mera Gómez

Del 25 de marzo al 2 de abril de 2011 José Luis Cano Cáceres Ernesto Emilio Guevara Lam

Del 27 de marzo al 2 de abril de 2011 Mariella Kazuko Amemiya Siu

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Sres. José Luis Castillo Mezarina, Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Mónica Guerrero Acevedo y Vanessa del Carmen Rivas Plata Saldarriaga (del 21 de marzo al 2 de abril de 2011):

Page 12: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439284

Pasajes (US$ 3 916,76 x 4) : US$ 15 667,04Viáticos (US$ 260,00 x 11 días x 4) : US$ 11 440,00

Sres. Edgar Manuel Vásquez Vela, Diego Alonso Urbina Fletcher y Gerardo Antonio Meza Grillo, (del 24 de marzo al 2 de abril de 2011):

Pasajes (US$ 3 916,76 x 3) : US$ 11 750,28Viáticos (US$ 260,00 x 8 días x 3) : US$ 6 240,00

Sres. Fernando Hugo Cerna Chorres, Teresa Stella Mera Gómez y Angela Rossina Guerra Sifuentes (del 25 de marzo al 1 de abril de 2011):

Pasajes (US$ 3 916,76 x 3) : US$ 11 750,28Viáticos (US$ 260,00 x 6 días x 3) : US$ 4 680,00

Sres. José Luis Cano Cáceres y Ernesto Emilio Guevara Lam (del 25 de marzo al 2 de abril de 2011):

Pasajes (US$ 3 916,76 x 2) : US$ 7 833,52Viáticos (US$ 260,00 x 7 días x 2) : US$ 3 640,00

Srta. Mariella Kazuko Amemiya Siu (del 27 de marzo al 2 de abril de 2011):

Pasajes : US$ 3 916,76Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución Ministerial, deberá presentar al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616625-1

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Guatemala y Costa Rica para participar en eventos “EXPOPERÚ”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 075-2011-MINCETUR/DM

Lima, 15 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR viene desarrollando actividades de promoción en diversos países a través del evento EXPOPERÚ, con la fi nalidad de fomentar las exportaciones no tradicionales, difundir nuestra oferta exportable, impulsar la solución de los obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera, consolidar la presencia del Perú (empresas, productos y servicios) en los mercados priorizados y promover la imagen del Perú;

Que, del 27 al 31 de marzo de 2011, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR llevará a cabo el evento “EXPOPERÚ” en las ciudades de Guatemala (República de Guatemala) y San José de Costa Rica (República de Costa Rica);

Que, el Titular del Sector de Comercio Exterior y Turismo asistirá a los eventos indicados en el considerando anterior para participar en los Foros Empresariales de Inversiones, Ruedas de Negocios, ruedas de prensa, entrevistas con prensa especializada en comercio e inversiones, así como en las reuniones con autoridades públicas y con los principales operadores de turismo de ambos países;

Que, en tal razón, es necesario autorizar el viaje del señor Luis Alberto Torres Paz, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior y del señor Gustavo Alberto Bedoya Robinson, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a las referidas ciudades, para que en representación del MINCETUR, participen en los eventos antes mencionados;

Que, el MINCETUR, tiene entre sus funciones, la de contribuir al incremento de las exportaciones peruanas a través de la generación y promoción de la nueva oferta exportable y del desarrollo, identifi cación e incursión en mercados potenciales;

Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales y acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Torres Paz, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior y Gustavo Alberto Bedoya Robinson, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a las ciudades de Guatemala (República de Guatemala) y San José (República de Costa Rica) del 27 al 31 de marzo de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en los eventos “EXPOPERÚ”, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 1 868,70 x 2) : US$ 3 737,40Viáticos (US$ 200,00 x 6 días x 2) : US$ 2 400,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616906-1

Autorizan convocatoria a concurso público de méritos para la cobertura de personal en el Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 078-2011-MINCETUR/DM

Lima, 17 de marzo de 2011

Visto, el Memorándum Nº 126-2011-MINCETUR/VMT de la Viceministra de Turismo.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439285

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 013-2010-MINCETUR/DM, se aprobó el Reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, aprobado por Resolución Suprema Nº 016-2002-MINCETUR, que incluye la Plaza Nº 355 - Chofer II, Nivel T-B; la Plaza Nº 358 – Abogado IV, Nivel P-A; y, la Plaza Nº 366 – Técnico Administrativo II, Nivel T-B, de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, sujetas al régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728;

Que, con el documento del Visto la Viceministra de Turismo solicita se convoque a Concurso Público de Méritos para cubrir las plazas antes mencionadas, por causal de reemplazo por cese de personal;

Que, por Resolución Ministerial Nº 028-2011-MINCETUR/DM, del 3 de febrero de 2011, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del MINCETUR, correspondiente al año fi scal 2011, según el cual las Plazas Nos. 355, 358 y 366, antes referidas, se encuentran debidamente presupuestadas;

Que, dichas plazas se encuentran vacantes por cese de personal, en cuya razón es necesario cubrirlas a fi n de atender las necesidades del servicio;

Que, de acuerdo con el artículo 9º de la Ley Nº 29626 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se exceptúa de la prohibición de ingreso de personal el reemplazo por cese de personal o para suplencia temporal de los servidores del Sector Público, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada, en cuyo caso el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por Concurso Público de Méritos;

Que, mediante el Informe Nº 078-2011-MINCETUR/SG/OGPPD, el Director General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo comunica que las plazas Nos. 355, 358 y 366 cuentan con la certifi cación de crédito presupuestario correspondiente;

De conformidad con la Ley Nº 29626, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de la Plaza Nº 355 - Chofer II, Nivel T- B; la Plaza Nº 358 – Abogado IV, Nivel P-A; y, la Plaza Nº 366 – Técnico Administrativo II, Nivel T-B, de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Viceministerio de Turismo, sujetas al régimen laboral de la actividad privada – Decreto Legislativo Nº 728, incluidas en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR.

Artículo 2º.- Designar la Comisión que se encargará de elaborar las Bases del Concurso Público de Meritos y de llevar a cabo dicho proceso para la cobertura de las plazas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución.

La Comisión estará integrada por:

- La Secretaria General, quien la presidirá;- El Director General de Administración,- El Director General de Juegos de Casino y Máquinas

Tragamonedas,- El Asesor Legal del Viceministerio de Turismo,- La Directora de Personal, quien actuará como

Secretaria Técnica de la Comisión.

Artículo 3º.- Las Unidades Orgánicas del MINCETUR deberán brindar la información y el apoyo que requiera la Comisión para el cumplimiento del encargo que se le encomienda.

Artículo 4º.- La Comisión, al término del proceso, elevará un informe final al Despacho Ministerial sobre los resultados del Concurso Público.

Artículo 5º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Auditoría Interna del MINCETUR, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616747-1

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Tailandia para participar en visita de trabajo y seminario

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 081-2011-MINCETUR/DM

Lima, 17 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias;

Que, teniendo en cuenta el Acuerdo Marco suscrito entre el Perú y Tailandia para lograr un Tratado de Libre Comercio y la puesta en vigencia de los Protocolos para acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, el Viceministro de Comercio Exterior realizará una visita de trabajo a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, a fin de fortalecer las relaciones comerciales entre ambos países, en cuya razón sostendrá reuniones con el Viceministro de Comercio de Tailandia, el Presidente de Thailand Trade Representative e instituciones gremiales empresariales tailandesas;

Que, asimismo, el Viceministro de Comercio Exterior participará en el Seminario “Perú’s Business Opportunities Within Peru – Thailand FTA”, organizado por la Embajada Peruano en Bangkok, con apoyo del MINCETUR, PROMPERÚ y el Ministerio de Relaciones Exteriores, que contará con la presencia del Ministro de Relaciones Exteriores de Tailandia, el Presidente del Thailand Trade Representative, el Viceministro de Comercio y representantes del sector empresarial; ambos eventos se llevarán a cabo del 30 al 31 de marzo de 2011;

Que, por tanto, es necesario autorizar el viaje a la ciudad de Bangkok del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, y del señor Boris Martín Gómez Del Corzo, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas:

Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad;

Que, es conveniente encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior en tanto dure la ausencia del titular.

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y

Page 14: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439286

funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, y del señor Boris Martín Gómez Del Corzo, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 27 de marzo al 03 de abril de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la visita de trabajo y el Seminario “Peru’s Business Opportunities Within Peru – Thailand FTA”, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 3 726,17 x 2) : US$ 7 452,34Viáticos (US$ 260,00 x 5 días x 2) : US$ 2 600,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5º.- Encargar a la señorita María Magdalena Seminario Marón, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho del Viceministerio de Comercio Exterior, a partir del 27 de marzo de 2011, y en tanto dure la ausencia del titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616904-1

Autorizan viaje de representante del Ministerio a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP)

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 084-2011-MINCETUR/DM

Lima, 18 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), se llevará a cabo en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 23 de marzo al 1 de abril de 2011, con el objeto de continuar con los trabajos de negociación que se han venido realizando;

Que, la participación del Perú en dichas negociaciones permitirá introducir asuntos de interés nacional, favorecer la defensa de intereses comunes en otros foros y lograr acuerdos comerciales con otros países, prosiguiendo con el desarrollo de la Agenda de Negociaciones Internacionales;

Que, entre los grupos de negociación que se reunirán en dicho evento está la Mesa de Inversiones, con reuniones programadas del 27 de marzo al 1 de abril de 2011, en cuya razón el Viceministro de

Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la referida mesa de negociación;

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias;

Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 24 de marzo al 02 de abril de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 3 916,76Viáticos (US$ 260,00 x 8 días) : US$ 2 080,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616905-1

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Bélgica para participar en ceremonia de rúbrica del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 087-2011-MINCETUR/DM

Lima, 18 de marzo de 2011

Page 15: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439287

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias;

Que, los días 23 y 24 de marzo de 2011, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, se celebrará la ceremonia de rúbrica del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú, a cargo de los Jefes Negociadores de dicho Acuerdo;

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es el responsable de la negociación del Acuerdo Comercial entre el Perú y la Unión Europea, por cuya razón es necesario autorizar el viaje a la ciudad de Bruselas del Jefe Negociador peruano, señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señorita Sandra Patricia Li Carmelino, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en el evento antes mencionado;

Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señorita Sandra Patricia Li Carmelino, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 21 al 25 de marzo de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la ceremonia de rúbrica del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú, así como en la reunión presencial previa a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 2 811,14 x 2) : US$ 5 622,28Viáticos (US$ 260,00 x 4 días x 2) : US$ 2 080,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

616907-1

EDUCACION

Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Institucional

RESOLUCIÓN SUPREMANº 013-2011-ED

Lima, 19 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 025-2006-ED se designó al señor Víctor Raúl Díaz Chávez en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación;

Que, el señor Víctor Raúl Díaz Chávez ha formulado renuncia al cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, la cual corresponde aceptar;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25762 y la Ley Nº 27594; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Víctor Raúl Díaz Chávez en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministrosy Ministro de Educación

616962-38

ENERGIA Y MINAS

Modifican artículo 1° del Decreto Supremo N° 003-2011-EM

DECRETO SUPREMON° 008-2011-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2011-EM

se dictaron disposiciones reglamentarias del artículo 4° de Decreto de Urgencia N° 032-2010, el cual dispuso que el Ministerio de Energía y Minas, y la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, pueden conducir licitaciones para el suministro de energía eléctrica destinada al servicio público;

Que, para lograr el objetivo antes mencionado es necesario modifi car el artículo 1° del referido Decreto Supremo;

De conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifi cación del Decreto Supremo N° 003-2011-EM.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439288

Modifíquese el artículo 1° del Decreto Supremo N° 003-2011-EM en la forma siguiente:

“Artículo 1°.- Disposiciones reglamentarias del artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 032-2010

Cuando en virtud del Artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 032-2010, el Ministerio de Energía y Minas encargue a PROINVERSIÓN llevar a cabo las Licitaciones a que se refi ere el Capítulo Segundo de la Ley Nº 28332, se aplicarán las siguientes reglas:

a) PROINVERSION aplicará las normas que regulan su función de promoción de inversión privada.

b) La potencia y energía adjudicadas en el marco del Decreto de Urgencia N° 032-2010 y sus lineamientos, podrá ser adquirida por un comercializador designado en las Bases. A su vez, el comercializador podrá transferir dicha potencia y energía a los Distribuidores incorporados o designados mediante contratos cuyo tenor será incluido en las Bases. El Comercializador podrá agregar un margen de comercialización no superior a 1%, que conformará el Precio Firme.

Para la incorporación o designación de Distribuidores que no son Empresas del Estado, se requiere su consentimiento. En el caso de Empresas del Estado se requiere la aprobación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, FONAFE.

c) Para los efectos del incentivo a que se refiere el Artículo 10° del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo N° 052-2007-EM, “MA” será igual al número de meses que medien entre la fecha de suscripción del contrato con el comercializador y la fecha de inicio del suministro.

Para determinar el incentivo aplicable, el valor de CA (%) que se obtenga se multiplicará por un factor de 1.1.; manteniéndose el Cargo Adicional máximo en 3%.”

Artículo 2°.- Refrendo.El presente Decreto Supremo será refrendado por

el Ministerio de Energía y Minas y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

616960-1

Aprueban Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124

DECRETO SUPREMON° 009-2011-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2006-EM, de fecha 18 de agosto de 2006, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, ubicado entre las provincias de Maynas y Loreto del departamento de Loreto, suscrito entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA;

Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la mencionada Ley;

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho artículo señala que estas cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista;

Que, mediante carta de fecha 10 de setiembre de 2010, y de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, BURLINGTON RESOURCES PERÚ LIMITED, SUCURSAL PERUANA, comunicó a PERUPETRO S.A. que había llegado a un acuerdo para ceder el veinte por ciento (20 %) de su participación en el Contrato de Licencia a favor de GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L.;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 169-2010, de fecha 21 de diciembre de 2010, aprobó el Proyecto de Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1°.- De la Aprobación de la cesión de posición contractual

Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, aprobado por Decreto Supremo Supremo N° 050-2006-EM, por parte de BURLINGTON RESOURCES PERÚ LIMITED, SUCURSAL PERUANA, a favor de GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L., así como la modifi cación del citado contrato derivada de la cesión que se aprueba en el presente artículo.

Artículo 2°.- De la autorización para suscribir la modifi cación

Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas BURLINGTON RESOURCES PERÚ LIMITED, SUCURSAL PERUANA, y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L., con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, que se aprueba en el artículo 1°.

Artículo 3°.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por

el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439289

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

616960-2

Aprueban Cesión de Posición Contractual y Modificación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123

DECRETO SUPREMON° 010-2011-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia;

Que, a través del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 049-2006- EM, publicado con fecha 19 de agosto de 2006, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, ubicado entre las provincias de Maynas y Loreto del departamento de Loreto, suscrito entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA;

Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la referida Ley

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho artículo señala que estas cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista;

Que, mediante Carta, de fecha 10 de septiembre del 2010, y de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA comunicó a PERUPETRO S.A., que había llegado a un acuerdo tanto con TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, para cederle el treinta y cinco por ciento (35%) de su participación, así como con GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L. para cederle el veinte por ciento (20%) de su participación en el referido Contrato de Licencia;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 168-2010, de fecha 21 de diciembre de 2010, aprobó el Proyecto de Cesión de Posición Contractual y Modifi cación en el Contrato de Licencia para la Exploración

y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1°.- De la aprobación de la cesión de posición contractual y Modifi cación

Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, aprobado mediante Decreto Supremo N° 049-2006-EM, por parte de BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, a favor de TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L., así como la modifi cación del citado Contrato derivada de la Cesión que se aprueba en el presente artículo.

Artículo 2°.- De la autorización para suscribir la modifi cación

Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L, con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la Cesión de Posición Contractual y la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, que se aprueba en el Artículo 1° del presente Decreto Supremo.

Artículo 3°.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por

el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

616960-3

Aprueban Cesión de Posición Contractual y Modificación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129

DECRETO SUPREMON° 011-2011-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia;

Que, a través del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2007-EM, publicado con fecha 24 de abril de 2007, se aprobó el

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439290

Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, ubicado entre las provincias de Loreto y Maynas del departamento de Loreto, suscrito entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA;

Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la referida Ley;

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho artículo señala que estas cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista;

Que, mediante Carta, de fecha 10 de septiembre del 2010, y de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA comunicó a PERUPETRO S.A., que había llegado a un acuerdo tanto con TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, para cederle el treinta y cinco por ciento (35%) de su participación, así como con GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L. para cederle el veinte por ciento (20%) de su participación en el referido Contrato de Licencia;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 170-2010, de fecha 21 de diciembre de 2010, aprobó el Proyecto de Cesión de Posición Contractual y Modifi cación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1°.- De la aprobación de la cesión de posición contractual y Modifi cación

Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2007-EM, por parte de BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, a favor de TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L., así como la modifi cación del citado Contrato derivada de la Cesión que se aprueba en el presente artículo.

Artículo 2°.- De la autorización para suscribir la modifi cación

Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, TALISMÁN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L, con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la Cesión de Posición Contractual y la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 129, que se aprueba en el Artículo 1° del presente Decreto Supremo.

Artículo 3°.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por

el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

616960-4

JUSTICIA

Conceden gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República

RESOLUCIÓN SUPREMANº 059-2011-JUS

Lima, 19 de marzo de 2011

Vistas las solicitudes de conmutación de la pena presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;

CONSIDERANDO:

Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 26º de la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena;

De conformidad con el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República:

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LURIGANCHO

1. CHERO YNOÑAN, JHONNY ALEJANDRO, conmutarle de 5 años 10 meses a 3 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de febrero de 2012.

2. COSCOL CHUQUILIN, WAGNER, conmutarle de 6 años a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de diciembre de 2012.

3. TORIBIO YSIDORO, YSRAEL o TORIBIO ISIDRO, YSRAEL o TORIBIO ISIDRO, ISRAEL o TORIBIO YSIDRO, YSRAEL, conmutarle de 10 años a 9 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 24 de julio de 2011.

4. TUÑOQUE MIÑAN, CESAR AUGUSTO, conmutarle de 5 años a 3 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de junio de 2012.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CALLAO

5. CACHAY ORELLANA, MARCO ANTONIO, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439291

pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de junio de 2012.

6. LOPEZ CHACALTANA, LUIS ANGEL, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de marzo de 2012.

7. QUISPE SAMANIEGO, CARLOS ENRIQUE, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de agosto de 2012.

8. ÑAUPA GUERREROS, WILMAR, conmutarle de 8 años a 6 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de abril de 2014.

9. PINEDO CARBAJAL, PABLO, conmutarle de 6 años a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de noviembre de 2011.

10. AGÜERO CAMASCA, EDWIN ANDRES, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de junio de 2012.

11. WEISS CASTRO, RICARDO JAVIER, conmutarle de 6 años a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de enero de 2013.

12. CARDOZO TIBURCIO, CARLOS EUGENIO o CARDOSO TIBURCIO, CARLOS EUGENIO, conmutarle de 6 años 8 meses a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de abril de 2013.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS

13. HUAYTAN SOLIS, DORA NAVELA, conmutarle de 5 años 10 meses a 2 años 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 5 de abril de 2012.

14. LOPEZ GUIMARAES, JAQUELINE o LOPEZ GUIMARAES, DIANA o RENGIFO GARCES, DIANA, conmutarle de 5 años a 3 años 8 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 18 de diciembre de 2012.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO VIRGEN DE FATIMA

15. PONCE BORRERO, ROCIO DEL PILAR, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de abril de 2012.

16. ARAGONES FRANCO, EVELYN MARIA, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 1 de febrero de 2012.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUARAZ

17. DIAZ JIMENEZ, ERIKA CHALIE, conmutarle de 12 años a 6 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de abril de 2013.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE TRUJILLO

18. RODRIGUEZ YUPANQUI, SEGUNDO JULIAN, conmutarle de 6 años a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de diciembre de 2012.

19. BARRERA RODRIGUEZ, EDVAR, conmutarle de 8 años a 7 años 1 mes de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de marzo de 2011.

20. MARIN BUENO, FANNY GIOVANNA, conmutarle de 8 años a 5 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de julio de 2013.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PIURA

21. DIAZ MORALES, ROGER ISAAC, conmutarle de 15 años a 8 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de marzo de 2012.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO

22. BUSTAMANTE VERA, SEGUNDO GERARDO, conmutarle de 15 años a 13 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de mayo de 2011.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CAJAMARCA

23. COTRINA ARMAS, DORCA RUBY o COTRINA ARMAS, DORCAS RUBY o COTRINA ARMAS, DORCA RUBI, conmutarle de 7 años a 3 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de noviembre de 2011.

Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de Justicia

616960-6

PRODUCE

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos

DECRETO SUPREMONº 005-2011-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los recursos naturales son patrimonio de la Nación, y el Estado, soberano en su aprovechamiento, promueve su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; en concordancia con lo establecido en los artículos 66º a 68º de la Constitución Política del Perú;

Que, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales implica el manejo racional de éstos teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso; de conformidad con lo señalado en el artículo 28º de la Ley Nº 26821 - Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales;

Que, el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas o extranjeras en la actividad pesquera con sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana, como también promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros, así como incrementar la construcción y modernización de la infraestructura y servicios pesqueros, estimulando la innovación tecnológica propiciando la modernización de la industria pesquera y por ende optimizando la utilización de los recursos hidrobiológicos a través de la obtención de un producto pesquero con mayor valor agregado;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2010-PRODUCE, se dispuso por un plazo de 30 días calendario la pre publicación del Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos, a fi n de recibir los comentarios y aportes de los agentes vinculados al asunto a reglamentar; acorde con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

Que, los descartes y/o residuos de pescado generados por la actividad de consumo humano directo deberán

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439292

ser aprovechados en plantas autorizadas de harina de pescado residual, de reaprovechamiento, de ensilado e ictiocompost, y otros procesos, que permitan la utilización integral y racional del recurso hidrobiológico;

Que, resulta necesario aprobar un Reglamento que tenga por objeto establecer el marco jurídico regulador de la actividad pesquera de procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos generados durante las operaciones de desembarque y actividades de procesamiento pesquero artesanal e industrial de consumo humano directo;

Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobación mediante Decreto Supremo del Reglamento que contenga normas y lineamientos aplicables a la realización de actividades pesqueras de procesamiento en plantas de consumo humano directo e indirecto, plantas de harina de pescado residual y plantas de reaprovechamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos que cuenta con 18 artículos y 5 Disposiciones Complementarias Transitorias, y su Glosario de Términos.

Las licencias y/o autorizaciones otorgadas antes de la entrada en vigencia del Reglamento aprobado en el presente artículo, deberán ser adecuadas por el Ministerio de la Producción.

Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos a que se refi ere el artículo 1º del presente Decreto Supremo, en el Portal Electrónico del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial, bajo responsabilidad.

Artículo 3º.- Déjese sin efecto los artículos 6º y 7º de la Resolución Ministerial Nº 043-2005-PRODUCE; la Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE y el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 197-2007-PRODUCE; así como las demás disposiciones que se opongan al Reglamento aprobado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo.

Artículo 4º.- Facúltese al Ministerio de la Producción a emitir los dispositivos legales que resulten necesarios para el adecuado desarrollo y aplicación del presente Decreto Supremo y el Reglamento que éste aprueba.

Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de la Producción y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

616960-5

Aceptan renuncia de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 095-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 288-2010-PRODUCE de fecha 04 de noviembre de 2010, se designó

a la señora BENIGNA DEL CARMEN AGUILAR VELA en el cargo de confi anza de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción;

Que, la referida funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en el Decreto Legislativo N° 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 17 de marzo de 2011, la renuncia presentada por la señora BENIGNA DEL CARMEN AGUILAR VELA al cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANIBARMinistro de la Producción

616961-1

Aprueban Cartilla de Servicios de la Dirección Mi Empresa, la misma que sustituirá en todos sus aspectos el Procedimiento Administrativo N° 74 del TUPA

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 096-2011-PRODUCE

Lima, 19 de mayo de 2011

VISTOS: El Informe N° 92-2010-PRODUCE/DVMYPE-I/DGMYPE-C/DMIEMPRESA/CPC de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de MYPE y Cooperativas, el Informe N° 018-2011-PRODUCE/OGPP-Opir de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando N° 0188-2011-PRODUCE/OGPP-Opir de la Directora General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 017-2011-PRODUCE/OGAJ-rzarate de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28015 - Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y el Decreto Supremo N° 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, establecen como funciones del Estado: 1) la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micro y pequeñas empresas; 2) fomentar la formalización de las MYPE a través de la simplifi cación de los diversos procedimientos de registro, supervisión, inspección y verifi cación posterior; y, 3) dispone que la MYPE que se constituya como persona jurídica lo realiza mediante escritura pública sin exigir la presentación de la minuta, conforme a lo establecido en el inciso i) del artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1049;

Que, el artículo 67-E, incorporado al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción mediante Decreto Supremo N° 018-2009-PRODUCE, establece que son funciones de la Dirección MI EMPRESA

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439293

de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, promover en el ámbito nacional la facilitación de requisitos para los trámites de formalización empresarial, de información de regímenes legales vigentes, de trámites de licencias municipales en coordinación con los gobiernos regionales o locales, según corresponda;

Que, a fi n de dar cumplimiento a las funciones antes señaladas, mediante Informe N° 011-2011-PRODUCE/DGMYPE-C/DMIEMPRESA, la Dirección MI EMPRESA solicita la aprobación de la Cartilla de Servicios – Dirección Mi Empresa, que incluye los siguientes servicios: 1) Información, orientación y consultas en temas relacionados a micro y pequeña empresa; 2) Asesoría y elaboración de minutas de constitución de empresas, asociaciones y otras formas de organización empresarial con minuta o acto constitutivo; 3) Modifi cación de minutas de constitución de las personas jurídicas constituidas por MI EMPRESA; y, 4) Exposición del curso – taller sobre constitución y formalización de MYPES;

Que, mediante Memorando N° 032-2011-PRODUCE/DVMYPE –I/DGMYPE –C el Director General de MYPE y Cooperativas solicita la aprobación de la Cartilla de Servicios – Dirección Mi Empresa a que se refi ere el considerando precedente;

Que, mediante Informe N° 018-2011-PRODUCE/OGPP-Opir el Director de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto propone la transferencia de la competencia del Procedimiento Administrativo N° 74 “Visación de las minutas de constitución de micro y pequeñas empresas en concordancia con el convenio suscrito con el Colegio de Notarios” del TUPA, a la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de Mype y Cooperativas, por ser de competencia de la citada Dirección conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, precisando que dicho procedimiento se convierte en servicio no exclusivo y se encuentra compuesto por los cuatro nuevos servicios referidos en el Informe N° 011-2011-PRODUCE/DGMYPE-C/DMIEMPRESA;

Que, la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización concluye que debe aprobarse la Cartilla de Servicios de la Dirección Mi Empresa, precisando que la misma sustituirá en todos los aspectos el Procedimiento Administrativo N° 74 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción;

Que, el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las disposiciones concernientes a la simplifi cación de los procedimientos podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38º de dicha Ley, toda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37° de la citada Ley,, aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;

Con la visación del Viceministerio de MYPE e Industria, así como de las Ofi cinas Generales de de Asesoría Jurídica y de Planifi cación y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, y su modifi catoria, aprobada por Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, el procedimiento administrativo N° 74.

Artículo 2.- Aprobar la Cartilla de Servicios de la Dirección MI EMPRESA de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, que comprende cuatro (4) nuevos servicios, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Aprobar el Formato Declaración Jurada y las dos (2) Fichas de Solicitud del Tarifario de la Cartilla de Servicios de la Dirección MI EMPRESA de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y, el Tarifario de la Cartilla de Servicios de la Dirección MI EMPRESA de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, el Formato de Declaración Jurada y las dos (2) Fichas de Solicitud en los portales de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBÁN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

616961-2

Modifican procedimientos y formularios del TUPA del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 097-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011

VISTOS: El Informe Nº 090-2011-PRODUCE/OGPP-Opir de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando N° 661-2011-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando Nº 0466-2011-PRODUCE/OGA de la Ofi cina General de Administración, el Memorando Nº 1115-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, el Memorando Nº 334-2011-PRODUCE/DGA de la Dirección General de Acuicultura, Memorando Nº 350-2011-PRODUCE/DVMYPE-I-DGI de la Dirección General de Industria, el Memorando Nº 446-2011-PRODUCE/DVMYPE-I/DGMYPE-C de la Dirección General MYPE y Cooperativas, el Memorando Nº 409-2011-PRODUCE/DIGAAP de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, el Memorando N° 280-2011-PRODUCE/DGPA-Dpp de la Dirección General de Pesca Artesanal; el Memorando Nº 0737-2011-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando Nº 709-2011-PRODUCE/DIGSECOVI de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, el Memorando Nº 315-2011-PRODUCE/OGTIE de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística y el Informe Nº 30-2011-PRODUCE/OGAJ-mparra de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, el mismo que fue modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 328-2009-PRODUCE; 514-2009-PRODUCE; 126-2010-PRODUCE; 270-2010-PRODUCE; 307-2010-PRODUCE y los Decretos Supremos Nºs. 012-2009-PRODUCE, 004-2010-PRODUCE; 062-2009-PCM y 003-2011-PRODUCE;

Que, el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos, requisitos y costos

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NORMAS LEGALESEl Peruano

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administrativos se determinan exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad;

Que, el numeral 36.3 del artículo 36º de la citada Ley, establece que las disposiciones concernientes a la simplifi cación de los procedimientos podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38º de dicha Ley, toda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, de acuerdo al numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular, dicho plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo;

Que, en el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano, y en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 27444, se ha visto por conveniente modifi car los procedimientos y formularios propuestos, y publicar el íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y sus modifi catorias;

Que, estando a lo informado en los documentos de Vistos, con el visado de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM - Aprueban lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Eliminación de mención comprendida en requisitos

Elimínese la mención “original y copia” comprendida en el Requisito Nº 1 de los Procedimientos Administrativos Nºs. 76, 92 y 93, del TUPA del Ministerio de la Producción, según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Eliminación de requisitoElimínese el requisito “Código de Inscripción en el

REMYPE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo” del Procedimiento Nº 132 y del Formulario Nº DDE-001A del TUPA del Ministerio de la Producción, según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3°.- Actualización de base legalActualícese la base legal de los Procedimientos

Administrativos Nºs. 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 83 del TUPA del Ministerio de la Producción, según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4º.- Reemplazo de formulariosReemplácese en el Procedimiento Administrativo Nº 41

del TUPA del Ministerio de la Producción, el Formulario de Solicitud Nº 13, por el Formulario DGA-004, según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5º.- Modifi cación de NotaModifíquese la Nota (*4), referida al Procedimiento

Nº 50 del TUPA del Ministerio de la Producción, por el siguiente texto:

“(*4) Procedimiento transitoriamente a cargo de PRODUCE, respecto a menor escala, subsistencia, investigación, poblamiento y repoblamiento, únicamente para el ámbito de la circunscripción del Régimen Especial de Lima Metropolitana, hasta su inclusión en el TUPA de dicha entidad, previa acreditación y recepción de funciones de acuerdo a la normatividad legal vigente”.

Artículo 6º.- AclaraciónAclárese el Procedimiento Nº 89 del TUPA del

Ministerio de la Producción, precisando su gratuidad.

Artículo 7º.- Sustitución de requisitoSustitúyase el Requisito Nº 1, “Solicitud”, en los

Procedimientos Nºs. 9 y 24, por el Formulario DGEPP-009 y Formulario DGEPP-024, respectivamente, del TUPA del Ministerio de la Producción según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a fi n de facilitar la atención al ciudadano.

Artículo 8º.- PrecisarPrecísese que el Formulario Nº 13, será utilizado

únicamente para el inicio de la tramitación de los servicios Nºs. 5, 6 y 7, del TUPA del Ministerio de la Producción, según detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 9°.- Publicación íntegra del TUPA del Ministerio de la Producción

Publíquese el íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en el Diario Ofi cial El Peruano y sus respectivos Anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Artículo 10º.- Disposición derogatoriaDeróguense todas las disposiciones que se opongan a

la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

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Amplían autorización otorgada al IMARPE para ejecutar el Plan de Crucero 1103

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 098-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011

VISTOS: el Ofi cio Nº DE-100-097-2011-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe Nº 298-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 047-2011-PRODUCE/OGAJ-rzarate de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 084-2011-PRODUCE se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución del Plan de Crucero 1103: “Evaluación de estructuras de cardúmenes de anchoveta detectados con una ecosonda científi ca y capturados por la fl ota industrial”, a realizarse del 10 al 17 de marzo del 2011, en el área marítima comprendida desde Callao (12º00’S) hasta San Juan (15º30’S) y con la participación del buque de investigación científi ca SNP – 2 y de la embarcación pesquera TASA 315, de matrícula PS-1852-PM;

Que, el IMARPE a través del Ofi cio Nº DE-100-097-2011-PRODUCE/IMP informa que debido a la alerta

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de tsunami, las autoridades marítimas y portuarias no autorizaron el zarpe del día 14 de marzo; razón por la cual la operación sufrió un retraso de cuatro (4) días; y por tanto solicita la ampliación del plazo autorizado para el crucero, hasta el 21 de marzo del 2011;

Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero en su Informe Nº 298-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y, sobre la base de lo informado por IMARPE, recomienda autorizar la ampliación del plazo por ser una actividad de investigación;

Con el visado del Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Legislativo 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ampliar hasta el 21 de marzo del 2011 la autorización, otorgada por la Resolución Ministerial Nº 084-2011-PRODUCE, al Instituto del Mar del Perú – IMARPE para ejecutar el Plan de Crucero 1103: “Evaluación de estructuras de cardúmenes de anchoveta detectados con una ecosonda científi ca y capturados por la fl ota industrial”, con la participación del buque de investigación científi ca SNP – 2 y de la embarcación pesquera TASA 315, de matrícula PS-1852-PM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

616961-4

Suspenden actividades de extracción de los recursos jurel, anchoveta y anchoveta blanca

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 099-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011

VISTOS: El Ofi cio N° DE-100-095-2011-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe N° 228-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe N° 041-2011-PRODUCE/OGAJ-SFM de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos;

Que, el artículo 9° de la citada Ley, dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos;

Que, por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en cuya Primera Disposición Final,

Complementaria y Transitoria se dispone que el Ministerio de la Producción, en base a las condiciones biológicas y oceanográfi cas podrá autorizar temporalmente la extracción de los recursos jurel y caballa con tallas diferentes a las establecidas en el inciso 7.6 del artículo 7º del citado Reglamento. Asimismo, señala que estos criterios podrán adecuarse en razón de los reportes de las capturas por zona de pesca, así como de los resultados de la evaluación de los recursos que efectúa el Instituto del Mar del Perú – IMARPE;

Que, la Resolución Ministerial N° 025-2011-PRODUCE publicada el 26 de enero de 2011, en atención a las recomendaciones del IMARPE remitidas en los Ofi cios N° DE-100-017-2011-PRODUCE/IMP y Nº DE-100-017-2011-PRODUCE/IMP, establece un Régimen Provisional de extracción de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) en todo el litoral peruano, desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de marzo de 2011, de alcance a las capturas provenientes de la actividad pesquera artesanal y de las embarcaciones pesqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos jurel y caballa, cuyo listado de permisos de pesca vigente se encuentra en la página web del Ministerio de la Producción;

Que, el artículo 2° de la citada Resolución Ministerial determinó un límite de captura mensual de diez mil (10,000) toneladas métricas del recurso jurel y de quince mil (15,000) toneladas métricas del recurso caballa, en el marco de lo dispuesto en el Régimen Provisional. Asimismo, dispuso que una vez cumplido el límite de captura para cada recurso, el Ministerio de la Producción suspenderá las actividades extractivas por los días que resten del mes correspondiente. Por otro lado, se estableció que el IMARPE efectúe el seguimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 025-2011-PRODUCE, debiendo informar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción los resultados de dicha labor, a fi n de que se establezcan las medidas de regulación pesquera necesarias;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 035-2011-PRODUCE publicada el 6 de febrero de 2011, modifi cada por la resolución Ministerial N° 039-2011-PRODUCE, se dispone entre otros, la suspensión de las actividades de extracción del recurso jurel (Trachurus murphyi), desde las 00:00 horas del 7 de febrero hasta las 24:00 horas del 28 de febrero de 2011, en el marco del Régimen Provisional de extracción dispuesto por la Resolución Ministerial N° 025-2011-PRODUCE; asimismo, se establece que la actividad de procesamiento del recurso jurel podrá desarrollarse hasta las 24:00 horas del 9 de febrero de 2011;

Que, la Resolución Ministerial N° 058-2011-PRODUCE publicada el 26 de febrero de 2011, modifi ca el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 025-2011-PRODUCE, determinando que el límite de captura establecido es de aplicación para las capturas provenientes de las embarcaciones pesqueras de mayor escala y será hasta la conclusión del Régimen Provisional de extracción de los recursos jurel y caballa; ampliándose el límite de captura del recurso jurel a cuarenta y cinco mil (45,000) toneladas métricas. Además, se precisa que del límite de captura determinado en el presente Régimen Provisional, aplicable a las embarcaciones de mayor escala, queda por extraer veinticinco mil doscientas treinta y seis (25,236) toneladas métricas del recurso jurel;

Que, a través del Ofi cio N° DE-100-095-2011-PRODUCE/IMP el IMARPE, remitió el Informe denominado “Desarrollo de la Pesquería de los recursos jurel y caballa en la costa peruana al 14 de marzo de 2011”, en el cual señala entre otros que: (i) Los desembarques acumulados de jurel y caballa desde el 27 de enero al 14 de marzo de 2011 se estimaron en, aproximadamente, 54 mil toneladas, (ii) los desembarques de jurel y caballa provenientes de la fl ota industrial entre el 1 y el 14 de marzo de 2011 fueron del orden de 21,859 y 5,055 toneladas, respectivamente; (ii) la estructura de tamaños de jurel

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NORMAS LEGALESEl Peruano

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presentó rango de tallas entre 23 y 34 cm de longitud total, con moda principal entre 28 y 29 cm, mientras que la caballa presentó rango de tallas entre 20 y 34 cm de longitud a la horquilla, con moda principal entre 27 y 29 cm de longitud total; (iii) las observaciones de la actividad extractiva del recurso jurel con el desarrollo del Régimen Provisional, indican altos rendimientos diarios, que muestran una tendencia decreciente en el porcentaje de incidencia de juveniles. Asimismo, concluye, entre otros, que las proyecciones de pesca de jurel indican que, de mantenerse el actual ritmo de pesca se estima que el límite de captura de 25,236 toneladas se alcanzaría el 17 de marzo de 2011;

Que, a través de el Informe de Vistos, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero en atención a lo informado por el IMARPE, ha estimado conveniente adoptar las medidas de ordenamiento pesquero correspondientes, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 025-2011-PRODUCE modifi cada por la Resolución Ministerial N° 058-2011-PRODUCE, disponiendo la suspensión de las actividades extractivas del recurso jurel en todo el litoral peruano, a fi n de asegurar la sostenibilidad del recurso;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, y de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE;

SE RESUELVE:Artículo 1°.- Suspender a partir de las 00:00 horas del

día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, las actividades de extracción del recurso jurel (Trachurus murphyi), en el marco del Régimen Provisional de extracción dispuesto por la Resolución Ministerial N° 025-2011-PRODUCE, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 058-2011-PRODUCE.

Artículo 2°.- La Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia en coordinación con las Direcciones Regionales de la Producción de la jurisdicción, o quien haga sus veces, desarrollarán un sistema de control permanente en cada punto de desembarque del área marítima nacional, durante la vigencia de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3°.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial, se sujetarán al procedimiento administrativo sancionador, conforme al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normatividad pesquera vigente.

Artículo 4°.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales o Gerencias Regionales con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

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RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 100-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011

VISTOS: El Ofi cio Nº DE-100-096-2011-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe Nº 303-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, así como el Informe Nº 43-2011-PRODUCE/OGAJ-ealmendras de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos;

Que, el artículo 9º de la citada Ley, dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos;

Que, por Resolución Ministerial Nº 023-2011-PRODUCE del 25 de enero de 2011, se autorizó el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre los 16º00’00’’ Latitud Sur y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, a partir de las 00:00 horas del 17 de febrero de 2011, el cual concluirá el 30 de junio de 2011. Asimismo, se fi jó en 400,000 toneladas como Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) del recurso anchoveta para consumo humano indirecto para la presente temporada de pesca de la zona sur;

Que, por Resolución Ministerial Nº 057-2011-PRODUCE del 25 de febrero de 2011, se suspendió las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del día 27 de febrero de 2011, por un periodo de diez (10) días calendario, en el área marítima comprendida entre los 16°00’00’’ y 17°00’00’’ Latitud Sur;

Que, el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 023-2011-PRODUCE, dispone que cuando se registre ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderá las actividades pesqueras, principalmente, las actividades extractivas, por un periodo mínimo de tres (3) días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado;

Que, el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) mediante el Ofi cio Nº DE-100-096-2011-PRODUCE/IMP alcanzó el Informe “Reporte de la Pesquería de Anchoveta en la Región Sur del Litoral Peruano (Del 09 al 14 de marzo de 2011)”, en el cual señala que durante el mes de marzo en toda la región sur se ha registrado una estructura por tallas de anchoveta entre 8,0 y 16,5 cm de longitud total, con moda principal de 13,5 cm; y una mayor incidencia de juveniles entre los 16°00’00’’ y 17°30’00’’ Latitud Sur, dentro de las 20 millas de la costa, en porcentajes que alcanzaron hasta los 30,57 %; razón por la cual, recomienda adoptar medidas de protección de juveniles de anchoveta en dicha área, por un periodo no menor de cinco (5) días;

Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 303-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y sobre la base de lo informado por el IMARPE recomienda la suspensión de las

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439297

actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en el área comprendida entre los 16º00’00’’ y 17º30’00’’ Latitud Sur, por un periodo de cinco (5) días calendario;

Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un periodo de cinco (5) días calendario, en el área marítima comprendida entre los 16°00’00” y 17°30’00” Latitud Sur.

Artículo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias.

Artículo 3°.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones o Gerencias Regionales del litoral con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

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Autorizan viaje de funcionario a Brasil para participar en la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT)

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 101-2011-PRODUCE

Lima, 19 de marzo de 2011

VISTOS: El Informe Técnico N° 001-2010-PRODUCE/DVP-Ases-rfr, emitido por el Asesor del Despacho Viceministerial de Pesquería; el Informe Técnico N° 03-2011-PRODUCE/DGA de la Dirección General de Acuicultura; y el Informe N° 29-2011-PRODUCE/OGAJ-mparra de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la participación ofi cial del Perú en la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT), fue aprobada por la Resolución Legislativa N° 27174, del 10 de setiembre de 1999 y promulgada con fecha 18 de setiembre del mismo año;

Que, dicha Convención cuenta con un Comité Consultivo de Expertos, que tiene como objetivo asesorar y orientar a la Conferencia de las Partes (COP), para cumplir con el mandato de la Convención acerca de la protección, conservación y recuperación de las poblaciones de tortugas marinas. Una de sus obligaciones, es revisar los documentos generados en el Comité Científi co y las propuestas generadas durante la VII Reunión del citado Comité;

Que, el Informe Técnico N° 001-2010-PRODUCE/DVP-Ases-rfr, de fecha 14 de marzo de 2011, señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó con facsímil (DSL - AMA) N° 037, al Despacho Viceministerial de Pesquería la realización de la “Cuarta Reunión del Comité Consultivo de Expertos (CCE) de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT)”, a efectuarse en la Ciudad de Salvador de Bahía, República Federal de Brasil;

Que, los programas y temas a tratar en el evento que se llevará a cabo del 22 al 24 de marzo de 2011, se encuentran descritos en el Informe Técnico N° 03-2011-PRODUCE/DGA, de fecha 14 de marzo de 2011;

Que, el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619, dispone que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizadas mediante resolución del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, adicionalmente es necesario encargar las funciones del Director General de Acuicultura, mientras dure la ausencia del titular;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de los Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jorge Eliseo Zuzunaga Zuzunaga, Director General de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesquería, a la ciudad de Salvador de Bahía, República Federal de Brasil, del 21 al 26 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gastos al Estado peruano.

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado servidor deberá presentar al Titular del Sector, con copia a las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto y de Administración, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominación.

Artículo 5°.- Encargar las funciones de Director General de Acuicultura al Director de Maricultura de la Dirección General de Acuicultura, en adición a sus funciones, en tanto dure la ausencia del titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439298

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439299

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de CFG Investment S.A.C.

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 073-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 9 de febrero del 2011

Visto el escrito con Registro Nº 00083141-2010 del 28 de octubre del 2010 y los adjuntos Nºs 01 y 02 del 10 y 21 de diciembre del 2010, presentados por el señor MARCO ANTONIO JAMANCA VEGA, en representación de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C.;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de la embarcación pesquera de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 631-95-PE, del 13 de noviembre de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA EL TIBURON S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera denominada TALARA 1, de matrícula CE-0238-PM, de 300 TM de capacidad de bodega, para ser destinada a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito de litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 208-2005-PRODUCE/DNEPP, del 19 de julio de 2005, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA MARU S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 631-95-PE, modifi cado en su titularidad por Resolución Ministerial Nº 569-96-PE y Resolución Directoral Nº 203-98-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada TALARA 1, de matrícula CE-0238-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; y reconociéndole la capacidad de bodega de 347.81 m3;

Que, mediante el escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. solicitó el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera TALARA 1, con matrícula CE-0238-PM, en su condición de arrendataria como corre inscrito en el Asiento D00004 del Rubro Gravámenes y Cargas del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Partida Nº 50000039 de la Ofi cina Registral de Chimbote – Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz y en el Certifi cado Compendioso de Dominio;

Que, mediante los adjuntos Nº 1 y 2 del escrito del visto, la citada empresa presentó la Carta de Autorización del Banco de Crédito del Perú, por la que autoriza a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. a continuar con el trámite de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación TALARA 1, de matrícula CE-0238-PM, en atención a lo comunicado en el Ofi cio Nº 6392-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch;

Que, de la evaluación efectuada a la documentación presentada por el administrado se determinó que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, así como

los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 1026-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 29 de noviembre de 2010 y Memorando Nº 281-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 27 de diciembre de 2010, y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente;

De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demás normas modifi catorias y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PRODUCE;

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera denominada “TALARA 1” de matrícula Nº CE-0238-PM, con 347.81 m3 de capacidad de bodega, en su condición de arrendataria fi nanciera conforme se encuentra inscrito en el Asiento D00004 del Rubro Gravámenes y Cargas del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Partida Nº 50000039 de la Ofi cina Registral de Chimbote – Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz, hasta el 21 de octubre del 2011, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y lo demás en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA MARU S.A.C., a través de la Resolución Directoral Nº 208-2005-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera denominada “TALARA 1”, de matrícula Nº CE-0238-PM.

Artículo 3º.- Consignar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “TALARA 1” de matrícula Nº CE-0238-PM, así como la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a la empresa PESQUERA MARU S.A.C. y la Resolución Directoral Nº 208-2005-PRODUCE/DNEPP de dicho Anexo.

Artículo 4º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE.

Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439300

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcación pesquera presentada por la empresa Procesadora de Productos Marinos S.A.

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 075-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 9 de febrero del 2011

Visto el escrito de Registro Nº 00090337-2010 de fecha 19 noviembre del 2010, presentado por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 164-95-PE de fecha 18 de abril de 1995, modifi cada por Resolución Directoral Nº 038-98-PE/DNE de fecha 19 de febrero de 1998, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, a 19 armadores pesqueros, entre otros, a PESQUERA ASTURIAS S.A. para operar la embarcación URUGUAY I con matrícula Nº CO-4187-CM y con una capacidad de bodega 102.14 m3, para ser destinada a la extracción de recursos hidrobiológicos para consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 128-2004-PRODUCE/DNEPP del 06 de abril del 2004, se aprobó a favor de PESQUERA SALVE S.R.L. el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera URUGUAY I con matrícula Nº CO-4187-CM; asimismo, se modifi có el nombre y capacidad de bodega de la referida embarcación, la misma que desde entonces se denominó YAYO de matrícula CO-4187-CM con 108.11 m3 de capacidad de bodega;

Que, mediante el escrito del visto, la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A debidamente representado por el señor ROLANDO RODRIGUEZ MAMANI, solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera YAYO de matrícula CO-4187-CM;

Que, de la evaluación a los documentos presentados, se observó lo siguiente; (i) no se ha presentado el Formulario DGEPP-007, debidamente suscrito por los transferentes de la E/P YAYO; (ii) el contrato de arrendamiento celebrado entre la empresa PESQUERA SALVE S.R.L. (propietaria del permiso de pesca), se encuentra vencido con fecha 31 de diciembre del 2009; (iii) de la verifi cación en línea a la página web de la RENIEC, se ha podido advertir que el DNI del señor ROLANDO ELISEO RODRIGUEZ MAMANI se encuentra caduco; (iv) se ha podido constatar en el Certifi cado Compendioso de Gravamen, que sobre la E/P YAYO de matrícula CO-4187-CM, recae gravamen a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por lo que falta la autorización expresa formulada por escrito con fi rmas legalizadas del titular de la carga y/o gravamen; y (v) el Certifi cado de Matrícula de la E/P YAYO de matrícula CO-4187-CM debe consignar la capacidad de bodega en m3, así como también señalar la refrenda vigente;

Que, mediante Ofi cio Nº 0056-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 6 de enero del 2011, se requirió a la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A. subsanar las observaciones indicadas líneas arriba, dentro del término de diez (10) días hábiles,

caso contrario se procedería a declarar improcedente la referida solicitud; sin embargo, a pesar de haber sido debidamente notifi cado, con fecha 13 de enero del 2011, a la fecha la administrada no ha cumplido con los requerimientos formulados; dado que el último día para subsanar las observaciones indicadas en dicho ofi cio fue el 27 de enero del 2011;

Que, en tal virtud, la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., no ha cumplido con subsanar las observaciones anotadas en el Ofi cio Nº 0056-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, dentro del plazo establecido en el mismo; en tal sentido, la administrada no cumple con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que corresponde declarar improcedente el cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según el Informe Técnico Nº 1074-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Complementario Nº 108-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, e Informe Legal Nº 130-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera YAYO de matrícula CO-4187-CM, presentada por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

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RELACIONES EXTERIORES

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República Bolivariana de Venezuela

RESOLUCIÓN SUPREMANº 072-2011-RE

Lima, 19 de marzo de 2011

De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439301

de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Anderson Machado.

Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Eric Anderson Machado asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial.

Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

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ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE

FORMALIZACIÓN DE LA

PROPIEDAD INFORMAL

Designan Jefe de la Oficina Zonal Ica de COFOPRI

RESOLUCIÓN DIRECTORALN° 046-2011-COFOPRI/DE

Lima, 17 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, en aplicación de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el artículo 1º de esa Ley;

Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 210-2010-COFOPRI/DE se designó a la señora Abogada María del Carmen Salazar Valencia como Jefe de la Ofi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada por Resolución Directoral Nº 210-2010-COFOPRI/DE y designar a su reemplazante;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI;

Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora abogada María del Carmen Salazar Valencia en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, al señor Guillman Efrén Muñoz Olivares como Jefe de la Ofi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY HERNAN HINOJOSA ANGULODirector Ejecutivo

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE ADMINISTRACION

TRIBUTARIA

Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 069-2011/SUNAT

Lima, 18 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que mediante Facsímil Circular Nº 013-2011-MINCETUR/VMCE de fecha 24 de febrero de 2011, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria para participar en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP, por sus siglas en inglés), entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelanda, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y los países de Australia, Estados Unidos, Malasia, Perú y Vietnam, a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 23 de marzo al 1 de abril de 2011;

Que el TPP conocido previamente como el Grupo P4, es un bloque comercial que agrupa a Nueva Zelanda, Chile, Brunei Darussalam y Singapur, y que establece medidas de libre comercio en las áreas de bienes y servicios entre sus miembros, así como sobre derechos de propiedad intelectual y cooperación en ciencia y tecnología;

Que el TPP está orientado a convertirse en la base de un futuro Acuerdo de Libre Comercio en APEC, para lo cual se buscará alcanzar un acuerdo comprensivo y de alta calidad que sea soporte para el crecimiento económico y la generación de empleo en las economías miembro;

Que los Tratados de Libre Comercio tienen una gran incidencia en la política y normas aduaneras al regular

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439302

diferentes áreas del comercio exterior, toda vez que generan nuevas medidas a implementar en el proceso aduanero aplicados a los países que se benefi cian de los Acuerdos Comerciales;

Que en ese sentido, el Perú viene abriendo sus mercados a través de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con otros países, los mismos que, entre otros, incorporan temas que involucran a la aduana como la entidad encargada del control de ingreso y salida de mercancías del territorio de un país, así como de la regulación de los regímenes aduaneros, aplicando el principio de facilitación del comercio exterior;

Que asimismo, la SUNAT participa en las distintas mesas de negociación vinculadas a temas aduaneros, como son la Facilitación de Comercio, Reglas de Origen, Acceso a Mercados, Obstáculos Técnicos al Comercio, Procedimientos Aduaneros, Propiedad Intelectual, Cooperación Aduanera y Fortalecimiento de Capacidades, a efecto de prestar su colaboración técnica en los temas de su competencia, con el objeto de que se negocien compromisos que puedan ser implementados adecuadamente;

Que de otro lado, la participación de la SUNAT en dicho evento internacional hará posible que en la negociación de los temas aduaneros del TPP, se plasmen los intereses institucionales de conformidad con las normas, procedimientos y procesos aduaneros aplicados en el Perú;

Que en tal sentido, considerando que la participación de la SUNAT en el citado evento internacional, se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como de procurar la facilitación del comercio con los países que el Perú ha suscrito acuerdos internacionales, se ha estimado conveniente la participación del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III, y de la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III, ambos de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración, y del señor José Luis Espinoza Portocarrero, Jefe de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, en la referida Ronda de Negociaciones;

Que en dicho evento, las mencionadas personas integrarán diversos grupos de negociación, correspondiendo participar al señor Jaime Américo Venero Muñiz en la Mesa de Reglas de Origen, a la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas en las Mesas de Cooperación Aduanera, Propiedad Intelectual y Fortalecimiento de Capacidades, y al señor José Luis Espinoza Portocarrero en las Mesas de Procedimientos Aduaneros y de Acceso a Mercados;

Que en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores, de acuerdo a las fechas indicadas en la parte resolutiva de la presente Resolución; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29626, y el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III, del 25 de marzo al 2 de abril de 2011, y de la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III, del 21 de marzo al 2 de abril de 2011; ambos de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración; y del señor José Luis Espinoza Portocarrero, Jefe de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de

Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, del 21 de marzo al 2 de abril de 2011; todos de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

Señor Jaime Américo Venero Muñiz

Pasajes (incluye la Tarifa Única por Usode Aeropuerto - TUUA) US$ 2 941,37Viáticos US$ 1 820,00

Señorita Maritza Norma Urrutia Arenas

Pasajes (incluye la Tarifa Única por Usode Aeropuerto - TUUA) US$ 3 205,86Viáticos US$ 2 600,00

Señor José Luis Espinoza Portocarrero

Pasajes (incluye la Tarifa Única por Usode Aeropuerto - TUUA) US$ 3 205,86Viáticos US$ 2 600,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLOSuperintendente Nacional

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Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Piura

INTENDENCIA REGIONAL PIURA

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 080-024-0000020

Piura, 14 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;

Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante concurso público;

Que el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439303

Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas Desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias;

En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Piura a la funcionaria que se indica a continuación:

- Pamela Trujillo Castañeda

Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Piura, al funcionario que se indica a continuación:

- Jherald Thony Rodriguez García.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

F. LEVI TRUJILLO VARGASIntendente Regional (e)Intendencia Regional Piura

616694-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE BIENES ESTATALES

Aprueban desafectación de zona de dominio restringido de predio ubicado en el departamento de Piura, para su adjudicación en venta

SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO

RESOLUCIÓNNº 018-2011/SBN-DGPE-SDDI

Lima, 17 de marzo de 2011

Visto, el Expediente Nº 209-2010/SBN-JAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta por causal a favor del señor Fernando José Barco Gereda y su cónyuge María Teresa Burga Valdez, del predio de propiedad del Estado, con un área de 635,80 m², ubicado frente al Pasaje Común (circulación interna de acceso a la playa) a 47,54 metros de la antigua Carretera Panamericana Norte, a la altura del km. 1211+852 en el sector de Vichayito Norte, distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura; y la sustentación de la desafectación de la zona de dominio restringido de dicho predio;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA;

Que, el Estado - Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, es propietario del predio de 635,80 m2, ubicado frente al pasaje común (circulación interna de acceso a la playa) a 47,54 metros de la antigua Carretera Panamericana Norte, a la altura del km. 1211+852 en el sector de Vichayito Norte, distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura; inscrito en la Partida Nº 11035470 del Registro de Predios de Sullana y registrado en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP con el Nº 1558 del libro de Piura, encontrándose en zona de dominio restringido, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 26856 –Ley que declara que las playas son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles y establece zona de dominio restringido– aprobado con Decreto Supremo Nº 050-2006-EF;

Que, el señor Fernando José Barco Gereda casado con María Teresa Burga Valdez, mediante escrito recepcionado con fecha 28 de enero de 2010, solicita la adjudicación en venta por causal del presente predio, manifestando haber adquirido la posesión por contrato privado de transferencia de posesión de fecha 16 de febrero de 2005, en donde se ubica su vivienda de playa; sustentando su pedido en el inciso c) del Artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, según el Informe Nº 00049-2010/SBN-GO-JAD de fecha 03 de febrero de 2010, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al trámite de adjudicación en venta por causal a favor del señor Fernando José Barco Gereda y su cónyuge María Teresa Burga Valdez, respecto del predio anteriormente descrito, por haberse constatado en la inspección técnica que se encuentra el predio cercado y en posesión del solicitante, en donde existe una cabaña de playa de material rústico de la zona (fi nes habitacionales), contando además con un contrato privado de transferencia de posesión de fecha cierta (16 de febrero de 2005), constancia de posesión otorgada por la Municipalidad Distrital de Los Órganos, declaraciones juradas y recibos de pago de impuesto predial, encontrándose por tanto en la causal establecida en el inciso c) del Artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, conforme lo dispone el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, Reglamento de la Ley de Playas, los terrenos comprendidos dentro de la zona de dominio restringido, requieren de su desafectación para ser adjudicados en propiedad o para el otorgamiento de otros derechos a favor de una entidad pública o de particulares;

Que, el Artículo 44º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de terrenos estatales comprendidos en la zona de dominio restringido, a que se refi ere la Ley Nº 26856 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, será aprobado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;

Que, los Artículos 16º y 17º del Reglamento de la Ley Nº 26856, establecen que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es el órgano competente para declarar la desafectación de terrenos comprendidos dentro de la zona de dominio restringido; acto que forma parte del procedimiento de adjudicación en propiedad;

Que, el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856, establece que la adjudicación en propiedad o el otorgamiento de otros derechos que impliquen la ocupación o uso exclusivo de terrenos comprendidos dentro de la zona de dominio restringido, previa desafectación de los mismos, sólo procederá entre otros fi nes, cuando la adjudicación del terreno sea solicitada para la ejecución de proyectos para fi nes turísticos y recreacionales, así como para el desarrollo de proyectos de habilitación urbana de carácter residencial, recreacional con vivienda tipo club o vivienda temporal o vacacional de playa, situación que se presenta en el presente caso, al tratarse de un predio destinado a vivienda vacacional de playa;

Que, el mismo artículo 18º establece que para la desafectación de una zona de dominio restringido y posterior adjudicación, debe contarse previamente con el

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439304

pronunciamiento de la Municipalidad Provincial y Distrital del lugar, respecto a las provisiones contenidas en sus Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, según corresponda, respecto de las vías de acceso a la playa;

Que, el literal l) del numeral 3.1 de la Directiva Nº 001-2010-SBN, que regula los Procedimientos para la aprobación de la venta de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad, aprobada mediante Resolución Nº 094-2010-SBN de fecha 06 de setiembre de 2010, establece los requisitos que deben cumplirse para la adjudicación en venta de predios de propiedad del Estado, ubicados en zona de dominio restringido, cuando existan posesiones anteriores al 12 de abril de 2006, que regula el inciso c) del Artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 y sean destinados para los fi nes normados en el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856;

Que, mediante Ofi cio Nº 319-9-2010-MPT de fecha 22 de setiembre de 2010, la Municipalidad Provincial de Talara, se pronuncia respecto a la desafectación del área de dominio restringido, adjuntando el Informe Nº 1222-2010-GAT-MPT de fecha 20 de setiembre de 2010, en donde se señala que de acuerdo al plano de lotización del condominio, se verifi ca que el lote solicitado se ubica frente a una vía de acceso directo de la carretera antigua Panamericana Norte y la Playa y que atraviesa el condominio, asimismo se señala que existe un acceso directo e independiente de la carretera (antigua Panamericana Norte) a la playa, a la altura del km. 1212+000 y otro acceso declarado por disposición judicial, frente al km. 1212+50;

Que, mediante Ofi cio Nº 119.09.2010.MDLO/A de fecha 16 de setiembre de 2010, la Municipalidad Distrital de Los Órganos, se pronuncia respecto a la desafectación del área de dominio restringido, señalando que no cuenta con un catastro urbano, por lo que no se puede informar respecto a las vías de acceso en el Sector de Vichayito, pero según inspección realizada han verifi cado que el ingreso al predio submateria es a través de un portón de madera y se continúa por un acceso carrozable de un ancho de vía de 4,00 metros, dicha vía delimita a los diferentes predios existentes y tiene salida a la zona de playa, opinando que cuando se realice el catastro urbano se contemple dicha vía de acceso a la playa; señalando que el proyecto en mención no interfi ere en los planes de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de la citada municipalidad;

Que, mediante Ofi cio Nº 337-2010-CNT de fecha 28 de octubre de 2010, la empresa Corporación Nacional de Tasadores S.A.C., remitió el informe de actualización de la valuación comercial del predio antes descrito, cuyo valor asciende a la suma de US$ 22,888.80 (Veintidós mil ochocientos ochenta y ocho con 80/100) Dólares Americanos;

Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2010/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta directa de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad”, con fecha 07 de noviembre de 2010 se publicó en el diario El Tiempo de Piura y con fecha 10 de noviembre de 2010 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en la página Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasación comercial del predio antes descrito, con la fi nalidad de que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de diez (10) días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibió oferta alguna;

Que, el señor Fernando José Barco Gereda, mediante carta recibida por esta Superintendencia con fecha 19 de noviembre de 2010, ha manifestado su aceptación respecto del valor de la tasación del predio materia de venta;

Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 0761-2010/SBN-GO-JAD de fecha 06 de diciembre de 2010, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la desafectación administrativa del predio de 635,80 m2 y su adjudicación en venta por causal a favor del señor Fernando José Barco Gereda y su cónyuge, dado que se ha verifi cado la posesión plena del predio con fi nes habitacionales y, el mismo será otorgado con la fi nalidad de ser destinado a vivienda vacacional de playa,

enmarcándose su solicitud en el inciso c) del Artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 y el inciso a) del Artículo 18º del Reglamento de la ley Nº 26856;

Que, el numeral 3.14 de la Directiva Nº 001-2010/SBN establece la sanción de reversión al dominio del Estado y su reincorporación a la zona de dominio restringido, en caso de que no se concrete la venta o se varíe o incumpla con la fi nalidad para la cual se transfi ere el predio; por lo que, a fi n de garantizar el cumplimiento de la fi nalidad para la cual se efectúa la desafectación y se aprueba la adjudicación en venta por causal del predio, vivienda vacacional de playa u otras actividades compatibles, de acuerdo con lo establecido el Artículo 18º inciso a) del Reglamento de la Ley Nº 26856, es necesario establecer la causal de reversión a favor del Estado, la que de ejecutarse no deberá implicar reembolso monetario alguno al adjudicatario;

Que, siendo el Estado el titular de dominio del predio solicitado y habiéndose acreditado la posesión con fi nes habitacionales con anterioridad al 12 de abril de 2006, y cumplida las formalidades del procedimiento, corresponde, aprobar la desafectación del dominio restringido y adjudicación en venta por causal del predio submateria;

Que, de acuerdo con los Artículos 32º, 33º y 75º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, concordado con la Directiva Nº 001-2010/SBN, aprobada por Resolución Nº 094-2010/SBN, que regula los “Procedimientos para la aprobación de la venta directa de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad”, la venta por causal de predios del Estado tramitada y sustentada por la SBN, será aprobada con Resolución de su titular en mérito del Informe Técnico Legal elaborado por la Jefatura de Adjudicaciones y con la conformidad de la Gerencia de Operaciones;

Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, se ha modifi cado la estructura orgánica de la SBN, correspondiendo a la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario sustentar y aprobar la venta por causal, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del Artículo 48º del citado Reglamento;

Que, mediante Resolución Nº 125-2010/SBN de fecha 23 de diciembre de 2010 en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, se ha encargado al Jefe de Adjudicaciones las funciones de la Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de esta SBN;

Que, mediante Memorando Nº 00356-2011/SBN-DGPE de fecha 11 de enero de 2011, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el segundo considerando de la presente Resolución;

Que, mediante Memorando Nº 03465-2011/SBN-OAJ de fecha 14 de marzo de 2011, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite la conformidad a la venta por causal del predio que se describe en el segundo considerando de la presente Resolución;

Que, mediante Memorando Nº 3531-2011/SBN, de fecha 15 de marzo de 2011, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales da conformidad a la venta por causal del predio que se describe en el segundo considerando de la presente Resolución;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 26856 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, la Directiva Nº 001-2010/SBN, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, Resolución Nº 125-2010/SBN y Resolución Nº 098-2010/SBN;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la desafectación de la zona de dominio restringido del predio de 635,80 m2, ubicado frente al Pasaje Común (circulación interna de acceso a la playa) a 47,54 metros de la antigua Carretera Panamericana Norte, a la altura del km. 1211+852 en el sector de Vichayito Norte, distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura; inscrito en la Partida Nº 11035470 del Registro de

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439305

Predios de Sullana, por haberse cumplido con las condiciones y requisitos que establece el inciso a) del artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856 y el inciso c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, para su adjudicación en venta por causal.

Artículo 2º.- Aprobar la adjudicación en venta por causal a favor de Fernando José Barco Gereda y su cónyuge María Teresa Burga Valdez, del predio indicado en el artículo precedente por encontrarse en la causal prevista en el inciso c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151y el inciso a) del artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856, a fi n de que sea destinado a vivienda vacacional de playa.

Artículo 3º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US$ 22,888.80 (Veintidós mil ochocientos ochenta y ocho con 80/100) Dólares Americanos conforme a la valorización actualizada efectuada por la empresa Corporación Nacional de Tasadores S.A.C., suma que deberá ser cancelada en el plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 4º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos.

Artículo 5º.- Establecer como causal de reversión al dominio del Estado y su reincorporación automática a la condición de dominio restringido del Estado del área que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución, en el caso de que no se llegue a concretar la venta que se aprueba en el Artículo 2º, o que ejecutada la venta, la citada área no sea destinada a los fi nes establecidos en el inciso a) del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, Reglamento de la Ley Nº 26856, sin obligación de reembolso al adjudicatario.

Artículo 6º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia respectiva a favor del señor Fernando José Barco Gereda y su cónyuge María Teresa Burga Valdez.

Artículo 7º.- La Zona Registral Nº I – Sede Sullana de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la desafectación de la zona de dominio restringido, la transferencia de propiedad y la carga de reversión a que se refi eren el artículo 1º, 2º y 5º de la presente Resolución, por el mérito de la presente Resolución y de la correspondiente escritura pública.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS REATEGUI SANCHEZJefe (e) de Adjudicaciones

616331-2

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

COMISION NACIONAL

SUPERVISORA DE

EMPRESAS Y VALORES

Otorgan autorización para la organización de la sociedad agente de bolsa denominada Larraín Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A.

RESOLUCIÓN DIRECTORALDE MERCADOS SECUNDARIOS

Nº 22-2011-EF/94.06.1

Lima, 1 de marzo de 2011

VISTO:

El expediente N° 2011003171 referido a la solicitud de autorización para organizar una sociedad agente de bolsa denominada Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A., iniciado por Larrain Vial Proyectos e Inversiones Limitada y Asesorías Larrain Vial Limitada (ORGANIZADORES), así como el Informe N°141-2011-EF/94.06.1.1 de fecha 28 de febrero de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 168° de la Ley del Mercado de Valores, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 861 (LMV), señala que para desempeñarse como agente de intermediación se requiere la autorización de organización y funcionamiento expedida por CONASEV, quien determinará los requisitos correspondientes, mediante disposiciones de carácter general;

Que, el artículo 3° del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 045-2006-EF/94.10 (RAI), así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo N° 056-2002-EF (TUPA CONASEV), establecen los requisitos que se deben acompañar a la solicitud de organización de un agente de intermediación, la cual debe ser presentada cuando menos por el mínimo de personas naturales o jurídicas necesarias para constituir una sociedad anónima;

Que, mediante escrito presentado el 31 de enero de 2011, los ORGANIZADORES han solicitado a CONASEV autorización para organizar una sociedad agente de bolsa denominada Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A., habiendo presentado información adicional el 11 y 17 de febrero de 2011;

Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por los ORGANIZADORES para obtener la autorización solicitada, se ha determinado que estos han cumplido con los requisitos establecidos en el RAI y en el TUPA CONASEV;

Que, de acuerdo con lo informado por los ORGANIZADORES, respecto de la participación que tendrán en la sociedad agente de bolsa que se desea organizar, Larraín Vial Proyectos e Inversiones Limitada contará con el 90% de capital social, mientras Asesorías Larraín Vial Limitada contará con una participación del 10%;

Que, el capital social de Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A. ascenderá a S/.1 320 000.00, representado por 1 320 000 acciones de un valor nominal de S/. 1.00 cada una; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 168° de la LMV, el artículo 3° del RAI, el TUPA CONASEV y en aplicación de lo establecido en el numeral i), inciso d) del artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2007-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar a Larrain Vial Proyectos e Inversiones Limitada y Asesorías Larrain Vial Limitada, autorización para la organización de la sociedad agente de bolsa denominada Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A. o su denominación abreviada Larrain Vial SAB S.A.

Artículo 2°.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de intermediación hasta que CONASEV expida la autorización de funcionamiento respectiva.

Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439306

Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Larrain Vial Proyectos e Inversiones Limitada y Asesorías Larrain Vial Limitada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO PEREDA GÁLVEZDirector de Mercados Secundarios (e)Comisión Nacional Supervisorade Empresas y Valores

609325-1

Autorizan viaje de funcionario a Singapur para participar en la VI Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífico

RESOLUCIÓN CONASEVNº 025-2011-EF/94.01.1

Lima, 17 de marzo de 2011

VISTO:

El Facsímil Circular Nº 013-2011-MINCETUR/ VMCE, de fecha 24 de febrero de 2011 , cursado por el Viceministro de Comercio Exterior, sobre la participación de los representantes acreditados de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, en la VI Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP, por sus siglas en inglés) entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelanda, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos, Perú, Vietnam y Malasia;

CONSIDERANDO:

Que, del 23 de marzo al 01 de abril de 2011 se realizará la VI Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP, por sus siglas en inglés) entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelanda, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos, Perú , Vietnam y Malasia, en la ciudad de Singapur, Singapur;

Que, la referida ronda tiene como fi nalidad defi nir los términos de referencia a utilizar en las negociaciones e iniciar la negociación de los capítulos específi cos del acuerdo. Cabe precisar, que el presente acuerdo se considera de mayor complejidad, debido a que se trata de un acuerdo multilateral;

Que, esta Comisión Nacional ha considerado necesaria la participación del señor Wilson Falen Lara, Profesional 3 de la Dirección de Investigación y Desarrollo para que participe en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) en el equipo de trabajo peruano de la mesa de negociación de Servicios, la cual incluye Servicios Financieros;

Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV;

De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; que establecen disposiciones sobre autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Wilson Falen Lara, Profesional 3 de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de Singapur, Singapur, del 28 de marzo al 01 de abril de 2011, para los

fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, según se indica, serán con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle:

- Pasajes US$ 3 024,67- Viáticos US$ 1 560,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado según el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje.

Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MICHEL CANTA TERREROSPresidente

616736-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a Brasil para participar en visitas de trabajo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 004-2011-P-CE-PJ

Lima, 14 de marzo de 2011

VISTO:

El Ofi cio N° 371-2011-UCPMSJ, cursado por el Coordinador del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, y;

CONSIDERANDO:

Primero: Que, el señor Ministro Ari Pargendler, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, ha cursado invitación al Presidente de este Poder del Estado, para que conjuntamente con los miembros de una comisión de alto nivel conformada por dignatarios y expertos de nuestro país, participen del 21 al 23 de marzo del año en curso en las visitas de trabajo a realizarse en el citado Tribunal Superior, a fi n de conocer la exitosa experiencia que esa institución viene experimentando con la implementación del expediente digital como instrumento que facilita la gestión jurisdiccional, y cuya ejecución se busca replicar en el Perú en el más corto plazo, dentro del contexto de puesta en funcionamiento de la segunda etapa del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, el mismo que cuenta con el fi nanciamiento del Banco Mundial.

Segundo: Que, en ese contexto, el Coordinador del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios hace de conocimiento de la Presidencia que dentro de la comitiva está prevista la participación del señor Héctor Lama More, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y teniendo en consideración que la Unidad Ejecutora 002 - Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439307

asumirá los gastos de pasajes y alojamiento; corresponde al Poder Judicial cubrir los gastos complementarios no previstos, de acuerdo al itinerario de viaje.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 003-2009-CE-PJ,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Héctor Lama More, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la República Federativa del Brasil del 21 al 24 de marzo del año en curso, a fi n de que participe en las visitas de trabajo programadas por el Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil; concediéndosele licencia con goce de haber del 21 al 23 de los corrientes.

Artículo Segundo.- Los gastos de assiscard, viáticos, gastos de instalación y telefonía, estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

Assiscard US$ 30.00Viáticos US$ 300.00Gastos de instalación US$ 200.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

CÉSAR SAN MARTÍN CASTROPresidente

616414-2

Autorizan viaje de Presidente del Poder Judicial a Brasil para participar en visitas de trabajo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 090-2011-CE-PJ

Lima, 2 de marzo de 2011

VISTO:

El Ofi cio N° 178/GP, cursado por el señor Ministro Ari Pargendler, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, y;

CONSIDERANDO:

Primero: Que, el señor Ministro Ari Pargendler, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, ha cursado invitación al Presidente de este Poder del Estado, para que conjuntamente con los miembros de una comisión de alto nivel conformada por dignatarios y expertos de nuestro país, participen del 21 al 23 de marzo del año en curso en las visitas de trabajo a realizarse en el citado Tribunal Superior, a fi n de conocer la exitosa experiencia que esa institución viene experimentando con la implementación del expediente digital como instrumento que facilita la gestión jurisdiccional, y cuya ejecución se busca replicar en el Perú en el más corto plazo, dentro del contexto de puesta en funcionamiento de la segunda etapa del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, el mismo que cuenta con el fi nanciamiento del Banco Mundial;

Segundo: En tal sentido, las referidas visitas de trabajo tienen como objetivo conocer la manera en que el sistema judicial de la República Federativa del Brasil viene adaptando el expediente virtual a su realidad, así como los cambios que se han venido produciendo, y que a la luz de los resultados ha superado con creces las expectativas trazadas, mereciendo reconocimiento por el éxito alcanzado. En ese orden de ideas, el programa de trabajo permitirá que se lleven a cabo reuniones con magistrados y autoridades del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, a la vez de verifi car in situ los logros y avances en el desarrollo de la administración de justicia; así como apreciar su funcionamiento y otras propuestas generales de reforma del sistema de justicia que allí se vienen dando, teniendo especialmente en cuenta las signifi cativas dimensiones de su sistema de justicia y la complejidad que representa satisfacer una demanda de justicia de grandes proporciones, considerando que geográfi camente constituye el país de mayor extensión territorial de América del Sur, y el quinto a nivel mundial; todo lo cual permitirá analizar esa experiencia y determinar los aspectos que de ser el caso podrían resultar relevantes para los esfuerzos que se vienen desarrollando en la administración de justicia de nuestro país;

Tercero: Que, siendo así, dada la trascendencia de los temas a tratar en la mencionada visita de trabajo, resulta conveniente la participación del doctor César San Martín Castro, Presidente del Poder Judicial, en las referidas actividades; y teniendo en cuenta que la Unidad Ejecutora 002 - Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia asumirá los gastos de pasajes y alojamiento, corresponde al Poder Judicial cubrir los gastos complementarios no previstos, de acuerdo al itinerario de viaje;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 241°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Octavio Gonzales Campos por encontrarse de vacaciones, por unanimidad;

RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor César

San Martín Castro, Presidente del Poder Judicial, a la República Federativa del Brasil del 21 al 24 de marzo del año en curso, a fi n de que participe en las visitas de trabajo programadas por el Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil; concediéndosele licencia con goce de haber del 21 al 23 de los corrientes.

Artículo Segundo.- Los gastos de assiscard, viáticos, gastos de instalación y telefonía, estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

Assiscard US$ 30.00Viáticos US$ 450.00Gastos de instalación US$ 200.00Gastos de telefonía US$ 100.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la República Federativa del Brasil, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

DARÍO PALACIOS DEXTRE

AYAR CHAPARRO GUERRA

616414-1

Page 36: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439308

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Inscriben y disponen publicación de lista de candidatos para el Congreso de la República del distrito electoral de Lima + Residentes en el Extranjero, presentada por el partido político “Justicia, Tecnología, Ecología”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011

JURADO ELECTORAL ESPECIALDE LIMA CENTRO

RESOLUCIÓN Nº 00007-2011-JEELC/JNE

EXPEDIENTE Nº 00134-2011-036

Lima, nueve de marzo de dos mil once

VISTO el expediente de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República del distrito electoral de LIMA + RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, presentado por María Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del partido político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGIA” cuya sigla es “JUSTE”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011.

CONSIDERANDO

Los artículos 90 de la Constitución Política del Perú, 112, 113, 114 y 115 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establecen los requisitos para ser Congresista de la República; asimismo, los artículos 10, 11, 13, 14, 20.2 y 20.4 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución Nº 5004-2010-JNE, señalan los requisitos para ser candidato y los que debe observar toda organización política en la presentación de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República; requisitos que, en este caso, se han cumplido.

Con fecha 05 de marzo de 2011, el partido político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGIA” publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la lista de candidatos para el Congreso de la República conforme a lo previsto en los artículos 119 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y 20.2 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos; por lo que, transcurrido el periodo para la interposición de tachas a que se refi ere el artículo 120 de la Ley Orgánica de Elecciones, se verifi ca que no se ha formulado tacha alguna. En consecuencia, procede la inscripción de la lista presentada, conforme lo establece el artículo 20.4 del citado Reglamento.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- INSCRIBIR y DISPONER LA PUBLICACION de la lista de candidatos para el Congreso de la República del distrito electoral de LIMA + RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, presentada por María Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del partido político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGIA” cuya sigla es “JUSTE”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011, siendo los integrantes de la lista:

LISTA DE CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

NOMBRES Y APELLIDOS DNI1. Sr.(a) LUIS ALBERTO KITAZONO ROCCA 061137032. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------3. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------4. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------5. Sr.(a) TULA CAROLA SANCHEZ GARCIA 083129486. Sr.(a) AUGUSTO VEGA CORTEZ 086480097. Sr.(a) FEDERICO ALFREDO CASTELLANO HERAUD 091797018. Sr.(a) LUISA SOLEDAD YZIQUE TOLENTINO 076045879. Sr.(a) JOSE ANTONIO MIRANDA ACERO 4429419810. Sr.(a) MERCEDES JOSEFA CASTAÑEDA CHUQUISENGO

DE ALABA07958956

11. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------12. Sr.(a) JONAS FRANCO AHUANARI 8036944413. Sr.(a) ANA ODILIA LIZARRAGA CASELLA 0813340614. Sr.(a) ISRAEL SALVADOR PAUCAR HERNANDEZ 0892123115. Sr.(a) SHARON OBDULIA ZENOZAIN SALCEDO 4102838316. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------17. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------18. Sr.(a) AUGUSTO FROILAN MONZON ZEGARRA 0763839819. Sr.(a) JAVIER VASQUEZ VIDARTE 0829065420. Sr.(a) RAFAEL FRANCISCO ALVAREZ TEJADA 1014129321. --------------------------------------EXCLUIDO--------------------------- -------------22. Sr.(a) LUIS ALBERTO NOVOA OTERO 1076039123. Sr.(a) JOSE LOLO MENDOZA VASQUEZ 1055509824. Sr.(a) TEODOSIO SILVA MALLQUI 0625414625. Sr.(a) NELLY MERCEDES VILCA QUISPE 0971142926. Sr.(a) LUIS ENRIQUE GUTIERREZ FERNANDEZ 0671597127. Sr.(a) LUIS ALBERTO JIMENEZ YENG 0758862628. Sr.(a) CARLOS HUIMAN ESPINOZA 0356527729. Sr.(a) LUIS ALBERTO GUILLERMO LEYVA 0948184430. Sr.(a) JOSE ANTONIO CUSQUISIBAN CAHUANA 1019852031. Sr.(a) WILDE RICARDO ASTOCONDOR HUAYANAY 0623760732. Sr.(a) TULIO CARLOS GILBONIO QUISPE 0935828633. Sr.(a) MARIA DE JESUS ZUMAETA SANCHEZ DE INFAN-

TES08336137

34. Sr.(a) BISMARK ROKOV CARRANZA SOTO 0944294535. Sr.(a) NELIDA CASTRO MECCA 0760728936. Sr.(a) JORGE CARRION RUBIO 07362637

Artículo Segundo.- REQUERIR a María Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del partido político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGIA” cuya sigla es “JUSTE”, para que publique la presente resolución, en el diario de mayor circulación de la circunscripción electoral, dentro del plazo de cinco (5) días naturales de notifi cada la presente; debiendo adjuntar la publicación correspondiente, bajo apercibimiento, en caso de incumplir lo requerido, de excluir la lista de candidatos.

Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS

MOLINA ORDÓÑEZ

MENDOZA YARASCA

SOLÍS VELA

VELIZ ESCOBAR

616279-1

Page 37: Normas Legales 20 Mar 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439309

Corrigen la Resolución Nº 00007-2011-JEELC/JNE, en lo que respecta a lista de candidatos

JURADO ELECTORAL ESPECIALDE LIMA CENTRO

RESOLUCIÓN Nº 00008-2011- JEELC

EXPEDIENTE Nº 00134-2011-036

Lima, doce de marzo de dos mil once

VISTO la Resolución Nº 00007-2011-JEELC/JNE mediante la cual se dispuso inscribir y disponer la publicación de la lista de candidatos para el Congreso de la República del distrito electoral de LIMA + RESIDENTES EN EL EXTRANJERO presentada por la personera legal de la organización política JUSTICIA, TECNOLOGIA, ECOLOGIA cuya sigla es JUSTE con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011.

CONSIDERANDO:

1. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 407 del Código Procesal Civil, aplicable en forma supletoria a los procesos jurisdiccionales en materia electoral, este Colegiado puede corregir cualquier error que contenga una resolución, así como completar la resolución respecto de puntos controvertidos, pero no resueltos antes de que la resolución cause ejecutoria.

2. Que, el artículo único de la Resolución Nº 0003-2011-JEELC dispuso corregir la Resolución Nº 0002-2011-JEELC/JNE del 25 de febrero de 2011 en lo que respecta al orden de los candidatos 28 y 29, siendo el orden correcto:

Nº Orden Nº de DNI Nombre de los candidatos28 09481844 LUIS ALBERTO GUILLERMO LEYVA29 03565277 CARLOS HUIMAN ESPINOZA

3. Sin embargo, en la Resolución Nº 00007-2011-JEELC/JNE, que dispuso inscribir y disponer la publicación de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el partido político JUSTICIA, TECNOLOGIA, ECOLOGIA, se advierte que no se respetó el orden de los candidatos señalado en la Resolución Nº 0003-2011-JEELC/JNE, invirtiendo el orden de los candidatos 28 y 29; por lo que, corresponde rectifi car la resolución en dicho extremo de acuerdo con lo señalado en el considerando precedente.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:Artículo Único.- CORREGIR la Resolución Nº 00007-

2011-JEELC/JNE, de fecha 09 de marzo de 2011, en lo que respecta a la lista de candidatos, conforme a los considerandos 2 y 3 de la presente Resolución, siendo el orden correcto:

Nº Orden Nº de DNI Nombre de los candidatos28 09481844 LUIS ALBERTO GUILLERMO LEYVA29 03565277 CARLOS HUIMAN ESPINOZA

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

MOLINA ORDOÑEZ

MENDOZA YARASCA

SOLIS VELA

VELIZ ESCOBARSecretario

616279-2

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan viaje de funcionaria a Brasil para participar en la conferencia “Mobile Money Transfer Americas”

RESOLUCIÓN SBS Nº 3283-2011

Lima, 18 de marzo de 2011

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES (a.i)

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) viene trabajando en la construcción de un marco regulatorio conducente al desarrollo de los servicios fi nancieros móviles en el Perú a fi n de promover la inclusión fi nanciera.

Que, la Conferencia “Mobile Money Transfer Americas” tiene como objetivo reunir a altos ejecutivos de instituciones de servicios fi nancieros, operadores de redes móviles, organizaciones de desarrollo económico, proveedores de soluciones de tecnología, autoridades regulatorias y políticos responsables de la agenda de los servicios fi nancieros móviles;

Que, el referido foro tiene por fi nalidad lograr un acercamiento entre los encargados de los servicios bancarios de las entidades regulatorias fi nancieras y los operadores móviles, a fi n de brindar una mayor comprensión acerca de cómo es que se realizan las transferencias móviles de dinero;

Que, atendiendo las invitaciones cursadas y por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a la señora Narda Sotomayor Valenzuela, Jefe del Departamento de Análisis de Instituciones Microfi nancieras, de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, para que en representación de esta Superintendencia asista a los referidos eventos en calidad de expositora;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011 estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y alojamiento serán cubiertos por la Organización de Eventos Clarion, en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y,

Que, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución Nº 3078-SBS, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439310

Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBS-DIR-ADM-085-14;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje de señora Narda Sotomayor Valenzuela Jefe del Departamento de Análisis de Instituciones Microfi nancieras, de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil del 21 al 24 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos Complementarios US$ 320,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER POGGI CAMPODÓNICOSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

616898-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

JESUS MARIA

Aprueban Directiva de creación de la Mesa de Partes Periférica

DECRETO DE ALCALDÍANº 003-2011-MDJM

Jesús María, 3 de febrero del 2011

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDE JESÚS MARÍA

VISTO, el Informe Nº 016-2011-MDJM/SG/SGTDyA-TD de fecha 03 de febrero del 2011, elevado por la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y les reconoce autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, del bloque de constitucionalidad señala que la autonomía que establece la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, es objetivo de la actual administración municipal impulsar y propender una gestión eficiente en la administración de la documentación que ingresa a la Municipalidad, asegurando que responda a los principios de celeridad y eficacia establecidos en la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General;

Que, en tal sentido, considerando que se atiende a los administrados a través de dos mesas de partes que recepcionan la documentación que presentan, de manera general, produce un retardo que dificulta la distribución oportuna de la documentación en los cuatro locales ubicados en las Avenidas Mariátegui cuadra 8, Cuba cuadra 7, Horacio Urteaga cuadra 5 y Belisario Flores cuadra 8; por lo que resulta necesario contar con una Mesa de Partes Periférica en el local de la Av. Cuba Nº 749, que centralice la recepción, registro y distribución de todos los documentos, que generen procedimientos, establecidos en el TUPA o no, que sean de competencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental y de sus unidades orgánicas respectivas;

Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- APRUEBASE la Directiva de Creación de la Mesa de Partes Periférica, ubicada en la Avenida Cuba Nº 749, la misma que forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo Segundo.- ENCARGUESE a la Secretaría General, Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo, Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental, Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones, Sub Gerencia de Defensa Civil, Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, Sub Gerencia de Gestión Ambiental; y Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el seguimiento y cumplimiento de las medidas establecidas en la presente Directiva.

Artículo Tercero.- MODIFICASE el Texto Único de Procedimientos Administrativos en el sentido que, donde se señala “Dependencia donde se inicia el trámite” de los procedimientos signados con los Nºs. 01,01 al 01,29 y 01,29.1 de la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones; 01,30 al 01,33 de la Sub Gerencia de Defensa Civil; 02, 01 al 02,15 de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro; 03,01 al 03,13 de la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos y 04,01 al 04,05 de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, debe entenderse: Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo y debe decir: Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo – Mesa de Partes Periférica (Av. Cuba Nº 749).

Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Municipal: www.munijesusmaria.gob.pe

Regístrese, comuníquese y cúmplase

ENRIQUE OCROSPOMA PELLAAlcalde

616737-1

Modifican el D.A. Nº 01-2011-MDJM que aprobó realización del “Sorteo por Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011”

DECRETO DE ALCALDÍAN° 06-2011-MDJM

Jesús María, 16 de marzo del 2011

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de marzo de 2011 439311

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA

VISTO, el Memorando N° 097-2011-MDJM-GR de fecha 15 de marzo del 2011, remitido por la Gerencia de Rentas; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 01-2011-MDJM, se aprobó la realización del “Sorteo por Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011” destinado a incentivar el pago voluntario de los tributos municipales y contrarrestar la evasión y elusión tributaria, con la organización de sorteos que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo;

Que, en mérito a la norma señalada en el párrafo precedente, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 23 de enero del 2011, se aprobó la ejecución y procedimiento del “Sorteo por Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011”, detallando el objeto y las condiciones para la realización del mismo;

Que, se ha verificado, mediante consulta al sistema informático de la Municipalidad, que un total de 1575 contribuyentes habrían cancelado de forma virtual (Internet) y/o por intermedio de bancos, no habiéndose apersonado a recoger los cupones para participar en el sorteo, por lo que se hace necesario proceder a la modificación de la norma que regula el mismo, añadiendo la modalidad electrónica, premios y modificaciones para las opciones del sorteo, con el fin que no se vea perjudicada la participación de quienes han cumplido con el pago íntegro de sus tributos 2011;

ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 27972 LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- MODIFICACIONMODIFÍCASE el Artículo 3° del Decreto de Alcaldía Nº

01-2011-MDJM de fecha 17 de enero del 2011, el mismo que tendrá el siguiente texto:

“Artículo 3°.- SORTEO DE CUPONESEl sorteo de los artefactos eléctricos señalados en

el artículo siguiente, se realizará a través de cupones diseñados específicamente para ello, los mismos que serán entregados con oportunidad de la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y/o los Arbitrios Municipales 2011, en las ventanillas de pago:

a) Un (01) cupón por cada mes cancelado de Arbitrios Municipales 2011.

b) Un (01) cupón por trimestre cancelando del Impuesto Predial 2011.”

Artículo Segundo.- SORTEO ELECTRÓNICOLos benefi ciarios señalados en el Artículo 2° del

Decreto de Alcaldía Nº 001-2011, participarán en el sorteo del automóvil marca TOYOTA modelo YARIS 0 Km., mediante sorteo electrónico. Para el efecto mantendrán las mismas opciones a las señaladas en el Artículo 3° del referido Decreto.

Artículo Tercero.- SORTEO PARA LOS ASISTENTES AL EVENTO

Los contribuyentes participantes del sorteo Vecino Puntual, que acudan a presenciar el mismo, podrán participar del sorteo de combos de diversos artefactos eléctricos, debiendo depositar para tal finalidad, el desglosable pre numerado de la tarjeta de invitación.

Artículo Cuarto.- APLICACIÓN EXTENSIVASon de aplicación para el presente sorteo, las

prohibiciones y procedimiento previstos en el Decreto de Alcaldía Nº 021-2009-MDJM, que aprueba el “Sistema de Premiación del Vecino Puntual”, en todo lo que no se oponga al presente Decreto.

Los premios del sorteo para los asistentes al evento y por cupones no son acumulables. El favorecimiento con alguno de ellos elimina la posibilidad automática de participar en el otro.

Artículo Quinto.- VIGENCIAEl Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente

de su publicación.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ENRIQUE OCROSPOMA PELLAAlcalde

616739-1

MUNICIPALIDAD DE

PUNTA HERMOSA

Fijan monto de remuneración del Alcalde y dieta de Regidores

ACUERDO DE CONCEJONº 005-2011-MDPH

Punta Hermosa, 28 de febrero del 2011

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE PUNTA HERMOSA

Visto en Sesión de Concejo de la fecha, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, y con la dispensa del trámite y aprobación del Acta;

ACUERDA:

Artículo Primero.- FIJAR la remuneración del Sr. Alcalde y la Dieta de los señores Regidores en los mismos términos del Acuerdo de Consejo Nº 019-2007-CDPH del 24 de Enero del 2007, conforme a lo dispuesto en los Artículos 9º, numeral 28), Artículos 21º y 12º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo a la cobertura presupuestal indicada en el Informe Nº 010-2011-JP-MDPH de la Jefatura de Planeamiento y Presupuesto de fecha 25 de febrero de 2011.

Artículo Segundo.- ADECUAR los ingresos que percibirá el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa y la Dietas de los señores Regidores, por asistencia a dos Sesiones Ordinarias al mes, en los términos que establece el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, en tanto no se declare legalmente su ineficacia, inaplicabilidad o inconstitucionalidad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Oficina de Planeación y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTEROAlcalde

616283-1

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de marzo de 2011439312