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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, miércoles 25 de mayo de 2011 443141 AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. 132-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Panamá y Costa Rica, y encargan su Despacho al Ministro de la Producción 443143 R.M. Nº 159-2011-PCM.- Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública 443143 R.M. Nº 160-2011-PCM.- Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas 443147 AGRICULTURA R.M. Nº 0198-2011-AG.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida por R.S. N° 131-2011-PCM 443157 R.J. Nº 295-2011-ANA.- Prorrogan reserva de agua otorgada a SEDAPAL mediante D.S. N° 018-2007-AG 443158 R.J. Nº 297-2011-ANA.- Modifican el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua 443158 R.J. Nº 300-2011-ANA.- Aprueban Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales 443160 DEFENSA R.S. N° 192-2011-DE/.- Autorizan la intervención de las Fuerzas armadas en apoyo de la PNP en la provincia de Tocache, departamento de San Martín 443160 EDUCACION R.VM. Nº 0032-2011-ED.- Aprueban “Normas para la Organización y Desarrollo de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemáticas 2011” 443161 INTERIOR RR.SS. N°s. 051 y 052-2011-IN.- Conceden la nacionalidad peruana a ciudadanas británica y ecuatoriana 443161 RR.MM. Nºs. 0536, 0537 y 0538-2011-IN/1701.- Designan Directores de las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC Puno, Cuzco y Lambayeque 443162 JUSTICIA Res. 028-2011-JUS/CDJE.- Aprueban Directiva “Lineamientos para la descarga procesal en las Procuradurías Públicas a nivel nacional” 443164 PRODUCE R.D. Nº 291-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. la incorporación definitiva del PMCE de las Zonas Norte - Centro y Sur a embarcaciones pesqueras 443164 R.D. 292-2011-PRODUCE/DGEPP.- Autorizan a embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza” 443168 R.D. Nº 295-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aceptan desistimiento de la empresa Luguensi E.I.R.L. a solicitud de caducidad de permiso de pesca otorgado a embarcación pesquera 443169 R.D. Nº 296-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban a favor de Corporación Pesquera Inca S.A.C. la incorporación definitiva del PMCE a embarcación pesquera 443170 R.D. Nº 297-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a Corporación Pesquera Hillary S.A.C. autorización para instalación de establecimiento industrial pesquero a fin de realizar el procesamiento de productos hidrobiológicos 443173 RELACIONES EXTERIORES R.S. N° 163-2011-RE.- Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá” 443174 R.S. N° 164-2011-RE.- Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Costa Rica” 443175 R.S. N° 165-2011-RE.- Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Zagreb, República de Croacia 443175 R.M. Nº 0464/RE-2011.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios 443175 SALUD R.M. Nº 399-2011/MINSA.- Declaran en proceso de transferencia al Régimen Especial de Lima Metropolitana, a los órganos que integran las Direcciones de Salud II Lima Sur, IV Lima Este y V Lima Ciudad 443176 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. Nº 149-2011-TR.- Autorizan la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de plazas de Inspector Auxiliar bajo el régimen laboral del D. Leg. N° 728 443178 Sumario Año XXVIII - Nº 11412

Normas Legales 25 de Mayo 2011

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NORMAS LEGALES

www.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011

443141

AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

R.S. 132-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Panamá y Costa Rica, y encargan su Despacho al Ministro de la Producción 443143

R.M. Nº 159-2011-PCM.- Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia fi nanciera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública 443143

R.M. Nº 160-2011-PCM.- Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas 443147

AGRICULTURA

R.M. Nº 0198-2011-AG.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida por R.S. N° 131-2011-PCM 443157

R.J. Nº 295-2011-ANA.- Prorrogan reserva de agua otorgada a SEDAPAL mediante D.S. N° 018-2007-AG 443158

R.J. Nº 297-2011-ANA.- Modifi can el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua

443158

R.J. Nº 300-2011-ANA.- Aprueban Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artifi ciales 443160

DEFENSA

R.S. N° 192-2011-DE/.- Autorizan la intervención de las Fuerzas armadas en apoyo de la PNP en la provincia de Tocache, departamento de San Martín 443160

EDUCACION

R.VM. Nº 0032-2011-ED.- Aprueban “Normas para la Organización y Desarrollo de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemáticas 2011” 443161

INTERIOR

RR.SS. N°s. 051 y 052-2011-IN.- Conceden la nacionalidad peruana a ciudadanas británica y ecuatoriana 443161

RR.MM. Nºs. 0536, 0537 y 0538-2011-IN/1701.- Designan Directores de las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC Puno, Cuzco y Lambayeque 443162

JUSTICIA

Res. Nº 028-2011-JUS/CDJE.- Aprueban Directiva “Lineamientos para la descarga procesal en las Procuradurías Públicas a nivel nacional” 443164

PRODUCE

R.D. Nº 291-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. la incorporación definitiva del PMCE de las Zonas Norte - Centro y Sur a embarcaciones pesqueras 443164

R.D. Nº 292-2011-PRODUCE/DGEPP.- Autorizan a embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza” 443168

R.D. Nº 295-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aceptan desistimiento de la empresa Luguensi E.I.R.L. a solicitud de caducidad de permiso de pesca otorgado a embarcación pesquera 443169

R.D. Nº 296-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban a favor de Corporación Pesquera Inca S.A.C. la incorporación defi nitiva del PMCE a embarcación pesquera 443170

R.D. Nº 297-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a Corporación Pesquera Hillary S.A.C. autorización para instalación de establecimiento industrial pesquero a fi n de realizar el procesamiento de productos hidrobiológicos 443173

RELACIONES EXTERIORES

R.S. N° 163-2011-RE.- Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá” 443174

R.S. N° 164-2011-RE.- Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Costa Rica” 443175

R.S. N° 165-2011-RE.- Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Zagreb, República de Croacia

443175

R.M. Nº 0464/RE-2011.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios 443175

SALUD

R.M. Nº 399-2011/MINSA.- Declaran en proceso de transferencia al Régimen Especial de Lima Metropolitana, a los órganos que integran las Direcciones de Salud II Lima Sur, IV Lima Este y V Lima Ciudad

443176

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. Nº 149-2011-TR.- Autorizan la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de plazas de Inspector Auxiliar bajo el régimen laboral del D. Leg. N° 728 443178

Sumario

Año XXVIII - Nº 11412

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443142

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. Nº 060-00-0000020/SUNAT.- Dan por concluidas designaciones y designan Auxiliar Coactivo de la Ofi cina Zonal Chimbote 443178

Res. Nº 145-3N0000/2011-000194.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo 443179

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL

DEL SERVICIO CIVIL

Res. Nº 064-2011-SERVIR/PE.- Aprueban ampliación de plazo para la presentación del Plan de Desarrollo de las Personas Quinquenal (2012-2016) 443179

COMISION NACIONAL SUPERVISORA

DE EMPRESAS Y VALORES

R.D. Nº 32-2011-EF/94.06.3.- Disponen inscripción del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” en el Registro Público del Mercado de Valores 443180

Res. Nº 036-2011-EF/94.01.1.- Autorizan a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV a participar en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado 443181

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 391-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima

443182

Res. Adm. Nº 392-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho 443182

Res. Adm. Nº 393-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Familia de Lima 443182

Res. Adm. Nº 394-2011-P-CSJLI/PJ.- Disponen permanencia de magistrado como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho 443183

Res. Adm. Nº 395-2011-P-CSJLI/PJ.- Disponen la permanencia de magistrada como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita 443183

Res. Adm. Nº 053-2011-P-CSJCÑ-PJ.- Reconocen y felicitan a magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Cañete por ganar el Bono por Desempeño 2010 443184

Res. Adm. Nº 071-2011-P-CSJCÑ-PJ.- Felicitan y reconocen a magistrados por haber cumplido 15 años como Jueces Superiores y por su desempeño en la Corte Superior de Justicia de Cañete 443184

ORGANOS AUTONOMOS

MINISTERIO PUBLICO

Res. Nº 052-2011-MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia de Fiscal Superior Titular de Lima, Distrito Judicial de Lima 443185

RR. Nºs. 873, 874 y 875-2011-MP-FN.- Dan por concluidos nombramientos, designaciones, designan y nombran fi scales en los Distritos Judiciales de Puno, Arequipa, Lima e Ica 443185

RR. Nºs. 876 y 877-2011-MP-FN.- Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Judiciales de Tumbes y San Martín

443188

Res. Nº 878-2011-MP-FN.- Designan Fiscal en el despacho de la Cuadragésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima 443188

SUPERINTENDENCIA DE

BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 6138-2011.- Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en EE.UU. 443188

UNIVERSIDADES

Res. Nº 01580-CU-2011.- Otorgan duplicado de diploma de bachiller en pedagogía y humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú 443189

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

R.D. Nº 120-2011-GRA-DREM.- Otorgan autorización a Tecnológica de Alimentos S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en planta industrial ubicada en el departamento de Ancash 443190

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

DE EL AGUSTINO

Ordenanza Nº 479-MDEA.- Modifi can la Ordenanza N° 378-MDEA mediante la cual se declaró de interés y necesidad el uso masivo del gas natural para los sectorres residencial y comercial en el distrito 443190

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Ordenanza Nº 328-MSI.- Conforman Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012

443192

Ordenanza Nº 329-MSI.- Modifi can Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales 443193

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CORRALES

Ordenanza Nº 001-2011-MDC-CM.- Modifi can la Ordenanza N° 001-2008-MDC-ALC referente a las principales calles, avenidas, jirones y pasajes del Centro Urbano de la ciudad capital del distrito de Corrales

443193

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Marítimos, de 2 de mayo de 2011” 443195

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443143

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Panamá y Costa Rica, y encargan su Despacho al Ministro de la Producción

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 132-2011-PCM

Lima, 24 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor EDUARDO FERREYROS KÜPPERS, viajará a las ciudades de Panamá (República de Panamá) y San José (República de Costa Rica), para participar en las Ceremonias de Firma de Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y dichos países, que se llevarán a cabo los días 25 y 26 de mayo de 2011, respectivamente;

Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor EDUARDO FERREYROS KÜPPERS, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Panamá (República de Panamá) y San José (República de Costa Rica), del 25 al 27 de mayo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 1 662,22Viáticos : US$ 600,00

Artículo 3°.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor LUIS NAVA GUIBERT, Ministro de la Producción, a partir del 25 de mayo de 2011 y en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

EDUARDO FERREYROS KUPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

644594-1

Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 159-2011-PCM

Lima, 20 de mayo de 2011

Visto, el MEMORANDUM Nº 167-2011-PCM/CMAN, por medio del cual la Secretaría Ejecutiva de la CMAN solicita se tramite los proyectos de Convenio y Resolución Ministerial de Transferencia Financiera para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública con declaratoria de viabilidad y los Expedientes Técnicos aprobados, presentados por los Gobiernos Locales que se consignan en el Anexo “A” que forma parte integrante de la presente resolución:

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 396 -2010-PCM de fecha 29 de diciembre de 2010 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2011 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional;

Que, según el Memorando de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Junín, Lima, San Martín y Ucayali han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN, y que tanto los estudios de preinversión, como los Expedientes Técnicos de los Proyectos de Inversión Pública presentados en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente declaratoria de viabilidad y aprobación respectivamente; por lo que solicita la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remite veintinueve (29) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera;

Que, de acuerdo con el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;

Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente;

Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM;

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443144

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de S/. 2.846.070,01 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETENTA Y 01/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública con declaratoria de viabilidad y Expedientes Técnicos aprobados, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales.

Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Cuadro Nº 01, que forma parte integrante de la presente resolución, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos.

Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 003 “Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia”, Programa: 004 Planeamiento Gubernamental; Sub- Programa: 0005 Planeamiento Institucional; Actividad: 1000737 Coordinación de Políticas, Programas Integrales y Intersectoriales, Componente: 3001874 Coordinación de Políticas y Programas – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: 39328 Elaboración y Seguimiento de los Planes, Programas y Proyectos para contribuir a la

Pacifi cación, Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional.

Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera autorizada se efectuará conforme al Cronograma de Desembolsos, Términos y Obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los proyectos a que hace referencia el artículo 1º y que forma parte de la presente Resolución en Anexo “A”.

Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales citados en el Anexo “A” que cuenten con página web publicarán necesariamente en ella y aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página web, publicarán necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad el resultado de las acciones y detalle de gastos, dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2011 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan.

Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministrosy Ministra de Justicia

Anexo “A”

Nº Departa-mento Provincia Gobierno

LocalComunidadbenefi ciada Proyecto Minuscula

ExpedienteTécnico y/o

Perfi l

CódigoSNIP

Resolución de Aprobación

Cronograma de DesembolsoÚnico (S/.)

Financia-miento

PCM (S/.)

1 Apurimac AbancayMunicipalidad

Distrital de Chacoche

CASINCHIHUA

Construcción de Local Multiusos para el Centro Poblado Casinchihua, Distrito de Chacoche, Provincia de

Abancay, Región Apurimac

ExpedienteTécnico -

Resolución de Alcaldía N° 006-2010-MDCH/

ABANCAY-APURIMAC100,000.00 100,000.00

2 Apurimac AndahuaylasMunicipalidad

Distrital de Kaquiabamba

TROJAHUASI

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e

Instalación de Letrinas Sanitarias en el Anexo Trojahuasi, Distrito de Kaquiabamba, Provincia de

Andahuaylas - Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 045-2010-MDK/A 97,000.00 97,000.00

3 Apurimac AndahuaylasMunicipalidad

Distrital de Turpo

TURPO

Ampliación y Mejoramiento de Infraestructura de Riego

Llacctayarcca de la Localidad de Turpo, del Distrito de Turpo,

Provincia de Andahuaylas - Apurimac

Perfi l y Expediente

Técnico144381 Resolución de Alcaldía

Nº 001-2011-A/MDT 100,000.00 100,000.00

4 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Cocharcas

SAÑOCC Construcción Casa Comunal Sañocc ExpedienteTécnico -

Resolución de Alcaldía Nº 22-2010-A-MDC-

CH-APU100,000.00 100,000.00

5 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Ocobamba

EDEN

Construcción Carretera Soccos Eden del Distrito de Ocobamba, Provincia de Chincheros Región

Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 053-2010-MDO 100,000.00 100,000.00

6 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Ongoy

PORVENIR

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la

Localidad de Porvenir, Distrito de Ongoy, Chincheros - Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

N° 017-2011 - MDO-AL 100,000.00 100,000.00

7 Ayacucho CangalloMunicipalidadProvincial de

CangalloMOLLEBAMBA

Construcción Canal de Riego Entubado y Reservorio de

Almacenamiento en la Comunidad de Mollebamba del Distrito de

Cangallo, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Perfi l y Expediente

Técnico173305 Resolución de Alcaldía

N° 035-2011-MPC/AYAC 100,000.00 100,000.00

8 Ayacucho CangalloMunicipalidadProvincial de

CangalloYANAYACU

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la Comunidad de Yanayacu en el

Distrito de Cangallo, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Perfi l y Expediente

Técnico173342 Resolución de Alcaldía

N° 038-2011- A/MPC 100,000.00 100,000.00

9 Ayacucho CangalloMunicipalidad

Distrital de Totos

CHUYMAYConstrucción Reservorio Nocturno Condormarca en la Comunidad de

Chuymay

ExpedienteTécnico -

Resolución de Alcaldía N° 0002-2011-MDT-

P-CANG100,000.00 100,000.00

10 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de Acocro

PARCCAHUANCA

Ampliación, Mejoramiento y Equipamiento de la Institución

Educativa Nº 38619 Parccahuanca, Distrito de Acocro - Huamanga

- Ayacucho

Perfi l y Expediente

Técnico116274 Resolución de Alcaldía

Nº 86-2010-MDA/A. 100,000.00 100,000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443145

Nº Departa-mento Provincia Gobierno

LocalComunidadbenefi ciada Proyecto Minuscula

ExpedienteTécnico y/o

Perfi l

CódigoSNIP

Resolución de Aprobación

Cronograma de DesembolsoÚnico (S/.)

Financia-miento

PCM (S/.)

11 Ayacucho Huamanga

MunicipalidadDistrital

de Jesús Nazareno

TOTORA Construcción y Mejoramiento del Canal Totora - Distrito de Jesús

Nazareno - Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 0125-2010-MDJN/A 100,000.00 100,000.00

12 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de San Juan Bautista

CAPILLAPATA

Construcción de Local Multiuso del Pueblo Joven de Capillapata, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga

- Ayacucho

Perfi l y Expediente

Técnico156152

Resolución de Alcaldía N° 030-2011-MDSJB/

AYAC100,000.00 100,000.00

13 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de Vinchos

ÑAUPALLACCTA

Mejoramiento de Pequeños Sistemas de Riego de la Comunidad

de Ñaupallaqta, Distrito Vinchos, Provincia de Huamanga, Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

N° 020-2011-MDV/A 50,000.00 50,000.00

14 Ayacucho LucanasMunicipalidad

Distrital de Otoca

OTOCA

Construcción de Reservorio Nocturno Ccochalaya, Distrito

de Otoca, Provincia de Lucanas, Región Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 0056 -2010 - MDO/A 100,000.00 100,000.00

15 Huancavelica HuancavelicaMunicipalidad

Distrital de Acoria

ACORIA

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria del Centro Poblado Acoria, Distrito de Acoria

- Huancavelica - Huancavelica

Perfi l y Expediente

Técnico122742 Resolución de Alcaldía

Nº 038-2011-MDA 100,000.00 100,000.00

16 Huancavelica HuancavelicaMunicipalidad

Distrital de Acoria

AYACOCHA

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria en el Centro Poblado de Ayacocha,

Distrito de Acoria - Huancavelica - Huancavelica

Perfi l y Expediente

Técnico122707 Resolución de Alcaldía

Nº 039-2011-MDA 100,000.00 100,000.00

17 Huancavelica TayacajaMunicipalidad

Distrital de Tintay Puncu

ROBLE

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en

la Localidad de Roble, Distrito de Tintay Puncu - Tayacaja -

Huancavelica

Perfi l y Expediente

Técnico173989 Resolución de Alcaldía

N° 0152-2010-MDTP 99,070.01 99,070.01

18 Huancavelica TayacajaMunicipalidad

Distrital de Tintay Puncu

UCHUYSIHUIS

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria en la Localidad

de Uchuysihuis, Distrito de Tintay Puncu - Tayacaja - Huancavelica

Perfi l y Expediente

Técnico173990 Resolución de Alcaldía

N° 066-2011-MDTP 100,000.00 100,000.00

19 Junín ConcepciónMunicipalidad

Distrital de Comas

JAJARMA

Construcción de Trocha Carrozable Tramo: Manzanilla - Jajarma, Distrito de Comas, Provincia de Concepción

- Junín

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 138-2010-A/MDC 100,000.00 100,000.00

20 Junín JaujaMunicipalidad

Distrital de Masma

SAN JUAN DE UCHUBAMBA

Construcción de Trocha Carrozable en el Sector la Deseada de la Comunidad de San Juan de

Uchubamba, Distrito de Masma, Provincia de Jauja - Junín

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

N° 024-2011-A/MDM 100,000.00 100,000.00

21 Junín JaujaMunicipalidad

Distrital de Muquiyauyo

MUQUIYAUYO

Mejoramiento del Canal de Riego Uzno - Lado Norte de la Localidad

de Muquiyauyo, Distrito de Muquiyauyo Provincia de Jauja

- Junin

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía

Nº 01 - 2011/A - MDM 100,000.00 100,000.00

22 Junín SatipoMunicipalidad

Distrital de Pangoa

CUBANTIA

Construcción de la Institución Educativa Nº 981 de la Comunidad

Nativa de Cubantía, Distrito de Pangoa - Satipo - Junín

Perfi l y Expediente

Técnico171859 Resolución de Alcaldía

Nº 016-2011-A/MDP 100,000.00 100,000.00

23 Lima CajatamboMunicipalidad

Distrital de Huancapón

HUANCAPON

Construcción del Reservorio Cunya para Riego en la Localidad de

Huancapón, Distrito de Huancapón, Provincia de Cajatambo

Perfi l y Expediente

Técnico172014 Resolución de Alcaldía

Nº 115 -2010-A-MDH 100,000.00 100,000.00

24 Lima OyónMunicipalidad

Distrital de Cochamarca

COCHAMARCA

Construcción de Reservorio para Riego en la Localidad de Cochamarca, Distrito de Cochamarca - Oyón - Lima

Perfi l y Expediente

Técnico172189 Resolución de Alcaldía

Nº 0015-2011-MDC 100,000.00 100,000.00

25 Lima OyónMunicipalidad

Distrital de Cochamarca

COLCAPAMPA

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en el

Centro Poblado de Colcapampa, Distrito de Cochamarca - Oyón

- Lima

Perfi l y Expediente

Técnico172192 Resolución de Alcaldía

Nº 0016-2011-MDC 100,000.00 100,000.00

26 San Martín LamasMunicipalidad

Distrital de Zapatero

SAN JUAN DE TALLIQUIHUI (SAN JUAN)

Construcción de Infraestructura Educativa en la I.E. Inicial 215

- San Juan de Talliquihui, Distrito de Zapatero, Provincia de Lamas

- San Martin

Perfi l y Expediente

Técnico158466 Resolución de Alcaldía

Nº 085-A-A-MDZ-10 100,000.00 100,000.00

27 San Martín PicotaMunicipalidad

Distrital de San Hilarión

SAN CRISTOBAL DE SISA

Ampliación del Centro de Salud con Infraestructura para Odontología en

la Localidad de San Cristóbal de Sisa, Distrito de San Hilarión - Picota

- San Martín

Perfi l y Expediente

Técnico157954 Resolución de Alcaldía

Nº 095-2010/MDSH/A 100,000.00 100,000.00

28 San Martín TocacheMunicipalidad

Distrital de Uchiza

SAN FRANCISCO

Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Construcción del Sistema

de Alcantarillado en el Caserío San Francisco, Distrito de Uchiza

- Tocache - San Martin

Perfi l y Expediente

Técnico129180 Resolución de Alcaldía

N° 114-2011-MDU/A 100,000.00 100,000.00

29 Ucayali Padre AbadMunicipalidad

Distrital de Irazola

SAN PEDRO DE CHIO

Construcción del sistema de agua potable del Caserío San Pedro de

Chio, Distrito de Irazola - Padre Abad - Ucayali

Perfi l y Expediente

Técnico126994 Resolución de Alcaldía Nº

219-2009-ALC-MDI-SA 100,000.00 100,000.00

Total 2,846,070.01 2,846,070.01

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443146

Cuadro Nº 1

Nº Departa-mento Provincia Gobierno Local Comunidad

benefi ciada Proyecto MinusculaExpedienteTécnico Y/O

Perfi l

CódigoSNIP

Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.)

Financia-miento PCM

(S/.)

1 Apurimac AbancayMunicipalidad

Distrital de Chacoche

CASINCHIHUA

Construcción de Local Multiusos para el Centro Poblado Casinchihua, Distrito de Chacoche, Provincia de

Abancay, Región Apurimac

ExpedienteTécnico -

Resolución de Alcaldía N° 006-2010-MDCH/

ABANCAY-APURIMAC140,000.00 100,000.00

2 Apurimac AndahuaylasMunicipalidad

Distrital de Kaquiabamba

TROJAHUASI

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e Instalación

de Letrinas Sanitarias en el Anexo Trojahuasi, Distrito de Kaquiabamba, Provincia de Andahuaylas - Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

045-2010-MDK/A 97,000.00 97,000.00

3 Apurimac AndahuaylasMunicipalidad

Distrital de Turpo

TURPO

Ampliación y Mejoramiento de Infraestructura de Riego Llacctayarcca de la Localidad de Turpo, del Distrito de Turpo, Provincia de Andahuaylas

- Apurimac

Perfi l y Expediente Técnico 144381 Resolución de Alcaldía Nº

001-2011-A/MDT 104,758.00 100,000.00

4 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Cocharcas

SAÑOCC Construcción Casa Comunal Sañocc ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

22-2010-A-MDC-CH-APU 100,000.00 100,000.00

5 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Ocobamba

EDENConstrucción Carretera Soccos Eden

del Distrito de Ocobamba, Provincia de Chincheros Región Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

053-2010-MDO 135,876.62 100,000.00

6 Apurimac ChincherosMunicipalidad

Distrital de Ongoy

PORVENIR

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la

Localidad de Porvenir, Distrito de Ongoy, Chincheros - Apurimac

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía N°

017-2011 - MDO-AL 107,480.01 100,000.00

7 Ayacucho CangalloMunicipalidadProvincial de

CangalloMOLLEBAMBA

Construcción Canal de Riego Entubado y Reservorio de

Almacenamiento en la Comunidad de Mollebamba del Distrito de Cangallo,

Provincia de Cangallo - Ayacucho

Perfi l y Expediente Técnico 173305 Resolución de Alcaldía N°

035-2011-MPC/AYAC 126,294.75 100,000.00

8 Ayacucho CangalloMunicipalidadProvincial de

CangalloYANAYACU

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la

Comunidad de Yanayacu en el Distrito de Cangallo, Provincia de Cangallo

- Ayacucho

Perfi l y Expediente Técnico 173342 Resolución de Alcaldía N°

038-2011- A/MPC 122,727.31 100,000.00

9 Ayacucho CangalloMunicipalidad

Distrital de Totos

CHUYMAYConstrucción Reservorio Nocturno Condormarca en la Comunidad de

Chuymay

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía N°

0002-2011-MDT-P-CANG 120,893.12 100,000.00

10 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de Acocro

PARCCAHUANCA

Ampliación, Mejoramiento y Equipamiento de la Institución

Educativa Nº 38619 Parccahuanca, Distrito de Acocro - Huamanga

- Ayacucho

Perfi l y Expediente Técnico 116274 Resolución de Alcaldía Nº

86-2010-MDA/A. 118,603.95 100,000.00

11 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de Jesús Nazareno

TOTORA Construcción y Mejoramiento del Canal Totora - Distrito de Jesús

Nazareno - Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

0125-2010-MDJN/A 100,000.00 100,000.00

12 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de San Juan Bautista

CAPILLAPATA

Construcción de Local Multiuso del Pueblo Joven de Capillapata, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga

- Ayacucho

Perfi l y Expediente Técnico 156152 Resolución de Alcaldía N°

030-2011-MDSJB/AYAC 100,000.00 100,000.00

13 Ayacucho HuamangaMunicipalidad

Distrital de Vinchos

ÑAUPALLACCTA

Mejoramiento de Pequeños Sistemas de Riego de la Comunidad de Ñaupallaqta, Distrito Vinchos,

Provincia de Huamanga, Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía N°

020-2011-MDV/A 54,816.75 50,000.00

14 Ayacucho LucanasMunicipalidad

Distrital de Otoca

OTOCA

Construcción de Reservorio Nocturno Ccochalaya, Distrito de Otoca, Provincia de Lucanas, Región

Ayacucho

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

0056 -2010 - MDO/A 125,295.00 100,000.00

15 Huancavelica HuancavelicaMunicipalidad

Distrital de Acoria

ACORIA

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria del Centro Poblado Acoria, Distrito de Acoria

- Huancavelica - Huancavelica

Perfi l y Expediente Técnico 122742 Resolución de Alcaldía Nº

038-2011-MDA 184,987.16 100,000.00

16 Huancavelica HuancavelicaMunicipalidad

Distrital de Acoria

AYACOCHA

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria en el Centro Poblado de Ayacocha, Distrito de

Acoria - Huancavelica - Huancavelica

Perfi l y Expediente Técnico 122707 Resolución de Alcaldía Nº

039-2011-MDA 197,538.19 100,000.00

17 Huancavelica TayacajaMunicipalidad

Distrital de Tintay Puncu

ROBLE

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la

Localidad de Roble, Distrito de Tintay Puncu - Tayacaja - Huancavelica

Perfi l y Expediente Técnico 173989 Resolución de Alcaldía N°

0152-2010-MDTP 99,070.01 99,070.01

18 Huancavelica TayacajaMunicipalidad

Distrital de Tintay Puncu

UCHUYSIHUIS

Fortalecimiento de Capacidades en Gestión Comunitaria en la Localidad

de Uchuysihuis, Distrito de Tintay Puncu - Tayacaja - Huancavelica

Perfil y Expediente Técnico 173990 Resolución de Alcaldía N°

066-2011-MDTP 100,000.00 100,000.00

19 Junín ConcepciónMunicipalidad

Distrital de Comas

JAJARMA

Construcción de Trocha Carrozable Tramo: Manzanilla - Jajarma, Distrito de Comas, Provincia de Concepción

- Junín

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

138-2010-A/MDC 240,128.57 100,000.00

20 Junín JaujaMunicipalidad

Distrital de Masma

SAN JUAN DE UCHUBAMBA

Construcción de Trocha Carrozable en el Sector la Deseada de la Comunidad de San Juan de Uchubamba, Distrito de Masma, Provincia de Jauja - Junín

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía N°

024-2011-A/MDM 100,000.00 100,000.00

21 Junín JaujaMunicipalidad

Distrital de Muquiyauyo

MUQUIYAUYO

Mejoramiento del Canal de Riego Uzno - Lado Norte de la Localidad de Muquiyauyo, Distrito de Muquiyauyo

Provincia de Jauja - Junin

ExpedienteTécnico - Resolución de Alcaldía Nº

01 - 2011/A - MDM 104,844.00 100,000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443147

Autorizan al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros efectuar transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para la ejecución de intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 160-2011-PCM

Lima, 20 de mayo de 2011

Visto, el MEMORANDUM Nº 168-2011-PCM/CMAN, por medio del cual la Secretaría Ejecutiva de la CMAN solicita se tramite los proyectos de Convenio y Resolución Ministerial de Transferencia Financiera para la ejecución de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas de acuerdo a los Expedientes Técnicos aprobados, presentados por los Gobiernos Locales que se consignan en el Anexo “A” que forma parte integrante de la presente resolución;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 396-2010-PCM de fecha 29 de diciembre de 2010 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2011 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional;

Que, según el Memorando de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales

detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Junín, Lima, Pasco y Puno han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN y que los Expedientes Técnicos para la ejecución de las intervenciones contempladas en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente aprobación; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten ciento siete (107) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera;

Que, de acuerdo con el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;

Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente;

Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la

Nº Departa-mento Provincia Gobierno Local Comunidad

benefi ciada Proyecto MinusculaExpedienteTécnico Y/O

Perfi l

CódigoSNIP

Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.)

Financia-miento PCM

(S/.)

22 Junín SatipoMunicipalidad

Distrital de Pangoa

CUBANTIA

Construcción de la Institución Educativa Nº 981 de la Comunidad

Nativa de Cubantía, Distrito de Pangoa - Satipo - Junín

Perfi l y Expediente Técnico 171859 Resolución de Alcaldía Nº

016-2011-A/MDP 119,483.00 100,000.00

23 Lima CajatamboMunicipalidad

Distrital de Huancapón

HUANCAPON

Construcción del Reservorio Cunya para Riego en la Localidad de

Huancapón, Distrito de Huancapón, Provincia de Cajatambo

Perfi l y Expediente Técnico 172014 Resolución de Alcaldía Nº

115 -2010-A-MDH 200,000.00 100,000.00

24 Lima OyónMunicipalidad

Distrital de Cochamarca

COCHAMARCAConstrucción de Reservorio para

Riego en la Localidad de Cochamarca, Distrito de Cochamarca - Oyón - Lima

Perfi l y Expediente Técnico 172189 Resolución de Alcaldía Nº

0015-2011-MDC 115,735.75 100,000.00

25 Lima OyónMunicipalidad

Distrital de Cochamarca

COLCAPAMPA

Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en el Centro Poblado de Colcapampa, Distrito de

Cochamarca - Oyón - Lima

Perfi l y Expediente Técnico 172192 Resolución de Alcaldía Nº

0016-2011-MDC 118,945.67 100,000.00

26 San Martín LamasMunicipalidad

Distrital de Zapatero

SAN JUAN DE TALLIQUIHUI (SAN JUAN)

Construcción de Infraestructura Educativa en la I.E. Inicial 215

- San Juan de Talliquihui, Distrito de Zapatero, Provincia de Lamas

- San Martin

Perfil y Expediente Técnico 158466 Resolución de Alcaldía Nº

085-A-A-MDZ-10 100,000.00 100,000.00

27 San Martín PicotaMunicipalidad

Distrital de San Hilarión

SAN CRISTOBAL DE SISA

Ampliación del Centro de Salud con Infraestructura para Odontología en

la Localidad de San Cristóbal de Sisa, Distrito de San Hilarión - Picota

- San Martín

Perfi l y Expediente Técnico 157954 Resolución de Alcaldía Nº

095-2010/MDSH/A 100,000.00 100,000.00

28 San Martín TocacheMunicipalidad

Distrital de Uchiza

SAN FRANCISCO

Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Construcción del Sistema de Alcantarillado en el Caserío San

Francisco, Distrito de Uchiza - Tocache - San Martin

Perfi l y Expediente Técnico 129180 Resolución de Alcaldía N°

114-2011-MDU/A 132,951.63 100,000.00

29 Ucayali Padre AbadMunicipalidad

Distrital de Irazola

SAN PEDRO DE CHIO

Construcción del sistema de agua potable del Caserío San Pedro de

Chio, Distrito de Irazola - Padre Abad - Ucayali

Perfi l y Expediente Técnico 126994 Resolución de Alcaldía Nº

219-2009-ALC-MDI-SA 228,215.62 100,000.00

Total 3,695,645.11 2,846,070.01

644589-1

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443148

suma de S/. 10 510 000,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales.

Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de las intervenciones detalladas en el Cuadro Nº 01, que forma parte integrante de la presente resolución, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos.

Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 003 “Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia”, Programa: 004 Planeamiento Gubernamental; Sub- Programa: 0005 Planeamiento Institucional; Actividad: 1000737 Coordinación de Políticas, Programas Integrales y Intersectoriales, Componente: 3001874 Coordinación de Políticas y Programas – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: 39328 Elaboración y Seguimiento de los Planes, Programas y Proyectos para contribuir a la Pacifi cación, Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional.

Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera autorizada se efectuará conforme al Cronograma de Desembolsos, Términos y Obligaciones establecidos en los Convenios

suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de las intervenciones a que hace referencia el artículo 1º y que forma parte de la presente Resolución en Anexo “A”.

Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales citados en el Anexo “A” que cuenten con página web publicarán necesariamente en ella y aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página web, publicarán necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad el resultado de las acciones y detalle de gastos, dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2011 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan.

Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministrosy Ministra de Justicia

CUADRO Nº 1

Nº Departamento Provincia Distrito Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.) Financiamiento PCM (S/.)

1 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Kishuara

MATAPUQUIO Mejoramiento del Centro de comercialización Agropecuaria del Centro Poblado de Matapuquio,

Distrito de Kishuara, Provincia de Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 030-2010-MDK

100 000.00 100 000.00

2 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Pacucha

SANTA ELENA Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Santa Elena, Distrito de Pacucha, Andahuaylas

- Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 079-2010-MDP/A

122 480.00 100 000.00

3 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de San Jerónimo

LLIUPAPUQUIO Fortalecimiento de Capacidad Tecnológica para Elevar la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Lliupapuquio del Distrito de San Jerónimo,

Provincia de Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 15-2011-SG-MDSJ/A.

149 997.00 100 000.00

4 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Santa María de

Chicmo

CHICHUCANCHA Fortalecimiento de Capacidades en Comercialización y Gestión de la Producción Rural en la Comunidad

de Chichucancha, Distrito de Santa María de Chicmo - Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 86-2010-AL/MDSMCH

123 087.70 100 000.00

5 Apurimac Aymaraes Municipalidad Distrital de Colcabamba

HUAYAO Mejoramiento Genético de Ganado Vacuno en la Comunidad de Huayao - Distrito de Colcabamba

- Provincia Aymaraes - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 037-2010-MDC

100 000.00 100 000.00

6 Apurimac Chincheros Municipalidad Distrital de Huaccana

TOCCSO SAURI Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Toccso Sauri, Distrito de Huaccana, Provincia de

Chincheros - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 014-2011-A/MDH

142 582.00 100 000.00

7 Apurimac Grau Municipalidad Distrital de Huayllati

HUAYLLATI Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola para el Desarrollo Agropecuario en la Localidad

de Huayllati, Distrito de Huayllati, Grau - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 056-2010-MDH/GA

125 489.75 100 000.00

8 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Chuschi

PUNCUPATA Fortalecimiento de la Capacidad Agrícola de la Comunidad de Puncupata, Distrito de Chuschi

– Cangallo – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 121-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

9 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Los Morochucos

CUCHUCANCHA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

Campesina de Cuchucancha, Distrito de Los Morochucos, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0167 - 2010 MDLM/A

101 086.00 100 000.00

10 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Los Morochucos

VIZCACHAYOCC Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

Campesina de Vizcachayocc, Distrito de Los Morochucos, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0174 - 2010 MDLM/A

103 790.50 100 000.00

11 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Maria Parado de

Bellido

HUASCARPAMPA Fortalecimiento de la Capacidad Agrícola de la Comunidad de Huascarpampa, Distrito de María Parado

de Bellido - Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 063-2010-MDMPB/A

100 000.00 100 000.00

12 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de María Parado de

Bellido

SAN JOSE DE CCACHCCARA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San José de Ccachccara, Distrito de María Parado de Bellido

– Cangallo – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 064-2010-MDMPB/A

100 000.00 100 000.00

13 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

PANTIPAMPA Mejoramiento de la Actividad Ganadera Ovina en la Comunidad de Pantipampa - Distrito de Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 127-2010-MDA/A

134 130.64 100 000.00

14 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

POMAPUQUIO Mejoramiento de la Actividad Ganadera Ovina en la Comunidad de Pomapuquio - Distrito Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 129-2010-MDA/A

160 279.32 100 000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443149

Nº Departamento Provincia Distrito Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.) Financiamiento PCM (S/.)

15 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

SAN JUAN DE RAYAN

Mejoramiento de la Actividad Ganadera Vacuna en la Comunidad de San Juan de Rayan - Distrito Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 122-2010-MDA/A

132 763.15 100 000.00

16 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acos Vinchos

CAPILLAPATA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para el Manejo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Capillapata, Distrito de Acos Vinchos - Huamanga

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 216-2010-MDAV/A

100 000.00 100 000.00

17 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acos Vinchos

CCACCE Fortalecimiento de Capacidades Productivas para el Manejo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Ccacce,

Distrito de Acos Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 218-2010-MDAV/A

100 000.00 100 000.00

18 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Carmen Alto

ASOCIACION LOS POKRAS II

Instalación de un Taller de Confecciones Textiles y Derivados en la Asociación Los Pokras II Distrito de

Carmen Alto - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 223-2010-MDCA/A

100 000.00 100 000.00

19 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Carmen Alto

RUDACCASA Fortalecimiento de Capacidades para la Instalación y Producción de Sandalias y Zapatos de Cuero en la Localidad de Rudaccasa, Distrito de Carmen Alto

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 404-2010-MDCA/A

100 000.00 100 000.00

20 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Chiara

BASILIO AUQUI DE CHUPAS

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de

Basilio Auqui de Chupas, Distrito Chiara - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 137-2010-MDCH/A

196 249.08 100 000.00

21 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Jesús Nazareno

SAN MIGUEL DE AYACUCHO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad San Miguel de Ayacucho, Distrito Jesús Nazareno,

Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0207-2010-MDJN/A

100 000.00 100 000.00

22 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Pacaycasa

OCOPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Ovino en la Comunidad de Ocopa, Distrito de Pacaycasa - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 046-2010-MDP/A

100 000.00 100 000.00

23 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Quinua

PAMPACHACRA Fortalecimiento y Equipamiento en el Sector Agricultura en la Comunidad de Pampachacra, Distrito Quinua

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 229-2010-MDQ/A

100 000.00 100 000.00

24 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Quinua

QUINUA Fortalecimiento de Capacidades Productivas y Comercialización en la Crianza Familiar de Cuyes en la Comunidad Quinua, Distrito Quinua, Provincia de

Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 231-2010MDQ/A

100 000.00 100 000.00

25 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de San José de Ticllas

SAN MARTIN DE PARAISO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San Martín de Paraíso, Distrito de San José de Ticllas

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 132-2010-MDSJT/A

100 000.00 100 000.00

26 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Socos

LARAMPUQUIO Fortalecimiento de Capacidades en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Larampuquio del

Distrito de Socos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0183-2010-DS/A

112 000.00 100 000.00

27 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Socos

TOCCYASCCA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localidad de

Toccyascca - Distrito de Socos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 88-2010-A/MDS

132 828.98 100 000.00

28 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Tambillo

NIÑO JESUS DE ÑEQUE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo para el Mejoramiento Ganadero en la Comunidad de

Niño Jesús de Ñeque, Distrito de Tambillo, Provincia de Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 134-2010-MDT/A

107 618.24 100 000.00

29 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Tambillo

PINAO Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Ovino en el Centro

Poblado de Pinao, Distrito de Tambillo - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 136-2010-MDT/A

100 000.00 100 000.00

30 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

ANCHACHUASI Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad Anchahuasi, Distrito Vinchos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 32-2011-MDV/A

100 000.00 100 000.00

31 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

CCOÑANI Adquisición de Ganado Vacuno Mejorado en la Comunidad de Ccoñani - CCPP Ccoñani - Distrito

Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 442-2010-MDV/A

100 000.00 100 000.00

32 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

CORAZON DE ÑAUPAS

Adquisición de Vaquillas Mejoradas en la Comunidad de Corazón de Ñaupas - CCPP Paccha - Distrito Vinchos

- Huamanga

Resolución de AlcaldíaNº 381-2010-MDV/A

107 368.46 100 000.00

33 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

SALLALLI Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Sallalli, Distrito de Vinchos, Provincia Huamanga

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 27-2011-MDV/A

133 131.50 100 000.00

34 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

SANTA ROSA DE CCOLLOTA

Adquisición de Vaquillas Mejoradas en la Comunidad de Santa Rosa de Ccollota - CCPP. Paccha - Distrito

Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 024 - 2011 - MDV/A

100 000.00 100 000.00

35 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

UNION PACCHACC Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad Unión

Pacchacc, Distrito Vinchos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 383-2010-MDV/A

70 000.00 50 000.00

36 Ayacucho Huancasancos Municipalidad Distrital de Santiago de Lucanamarca

LA MERCED DE TIO

Fortalecimiento y Equipamiento del Sector Agricultura en la Localidad de la Merced de Tío - Distrito de Santiago

de Lucanamarca - Huancasancos - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 061 - 2010 - MDSL/A

131 168.90 100 000.00

37 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

MAYHUAVILCA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para Producción de Tuna en la Comunidad de Mayhuavilca

Distrito de Ayahuanco Provincia de Huanta Región Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 036-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

38 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

SANABAMBA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para la Producción de Café Orgánico en la Comunidad de Sanabamba, Distrito de Ayahuanco, Provincia de

Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 034-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

39 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

VIZCATAN ALTO (VIZCATAN)

Fortalecimiento de Capacidades Productivas para la Producción de Café Orgánico en la Comunidad de Vizcatán Alto, Distrito de Ayahuanco, Provincia de

Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 038-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443150

Nº Departamento Provincia Distrito Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.) Financiamiento PCM (S/.)

40 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Huamanguilla

YANAPAMPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad

Yanapampa, Distrito Huamanguilla, Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 157-2010-MDH-HTA/A

100 000.00 100 000.00

41 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

CANRAO Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la crianza de ganado ovino en el Centro Poblado de Canrao, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 571-2010-MPH/GM

101 504.08 100 000.00

42 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

CUNYA Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Cunya, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 574-2010-MPH/GM

191 608.97 100 000.00

43 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

MAYNAY Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en el Centro

Poblado de Maynay, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 557-2010-MPH/GM

170 218.00 100 000.00

44 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

PAQUECC Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Paquecc, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 348-2010-MPH/GM

183 125.47 100 000.00

45 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

PUCHKAS Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Puchkas, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 558-2010-MPH/GM

181 116.34 100 000.00

46 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

TUPIN Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en el Centro Poblado de Tupín, Distrito y Provincia de Huanta

- Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 559-2010-MPH/GM

93 557.00 50 000.00

47 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

VIRU VIRU Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Localidad de Viru Viru, Distrito y Provincia

de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 560-2010-MPH/GM

186 143.00 100 000.00

48 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Iguaín

MUSUCCLLACCTA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad Musuccllaccta, Distrito Iguaín, Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 105-2010-ALC.-MDI./

HTA./AYAC

50 000.00 50 000.00

49 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

MARCCARE Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas en la Crianza de Ganado Caprino en la Comunidad de Marccare – Distrito de Santillana – Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 106-2010-MDS/A

103 978.00 100 000.00

50 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

PICAS Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de Picas, Distrito de Santillana, Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 091-2010-MDS/A

112 469.75 100 000.00

51 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

SANTA ROSA DE ARAUJO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos en la Crianza de Ganado Caprino en la Comunidad de Santa Rosa de Araujo, Distrito de Santillana, Provincia

de Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 071-2010-MDS/A

102 200.25 100 000.00

52 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Anco

ANCHIHUAY SELVA

Fortalecimiento de Capacidades de Producción con Procesador de Cacao en la Localidad de Anchihuay

Selva, Distrito de Anco - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 026-2011-MDA-LM/A

141 585.15 100 000.00

53 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chilcas

SAN LUIS DE TRANCA O TRANCA

Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Comunidad de San Luis de Tranca

- Chilcas - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 69-2010-MDCH/A

148 979.00 100 000.00

54 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

ANCCEA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Ovinos en la Localidad de

Anccea - Distrito de Chungui - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 179-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

55 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

QOTOPUQUIO Fortalecimiento de la Producción de Cuyes en la Localidad de Qotopuquio - Distrito de Chungui - La Mar

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 181-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

56 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

SONCCOPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localidad

de Sonccopa - Distrito de Chungui - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 183-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

57 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

PAMPA MIRAFLORES

Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de Pampa Mirafl ores, Distrito de Santa Rosa,

La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 099-2010-MDSR/ALC.-

137 010.71 100 000.00

58 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

RINCONADA BAJA Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de Rinconada Baja, Distrito de Santa Rosa,

La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 95-2010-MDSR/ALC

137 986.43 100 000.00

59 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

SAN LUIS Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de San Luis, Distrito de Santa Rosa, La Mar

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 097-2010-MDSR/ALC

142 384.10 100 000.00

60 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de Cabana

SONDONDO Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno de la Comunidad de Sondondo, Cabana, Lucanas

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 094-2010-MDC/LA

100 000.00 100 000.00

61 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de Chipao

AZABAMBA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Alpacas en la Comunidad Campesina de Azabamba, Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 061 - 2010 - ALC

- MDCH/A

100 000.00 100 000.00

62 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de San Juan

SAN JUAN Fortalecimiento de capacidades en mecanización agrícola en la comunidad de San Juan - Distrito de San

Juan Provincia de Lucanas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 040-2010-AMDSJ.L

100 000.00 100 000.00

63 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de San Juan

UTEC Fortalecimiento de capacidades en mecanización agrícola en la comunidad de Utec - Distrito de San Juan

Provincia de Lucanas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 044-2010-AMDSJ.L

100 000.00 100 000.00

64 Ayacucho Parinacochas Municipalidad Provincial de Parinacochas

PAMPAMARCA Mejoramiento de la Producción de Alpacas en la Localidad de Pampamarca, Distrito de Coracora,

Provincia de Parinacochas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 269-2010-MPPC/AYAC

100 000.00 100 000.00

65 Ayacucho Parinacochas Municipalidad Distrital de Pacapausa

LACAYA Mejoramiento Genético de Ganado Vacuno en la Localidad de Lacaya, Distrito de Pacapausa

– Parinacochas – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 032-2010-A/MDP

60 000.00 60 000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443151

Nº Departamento Provincia Distrito Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.) Financiamiento PCM (S/.)

66 Ayacucho Paucar del Sara Sara

Municipalidad Distrital de Sara Sara

QUILCATA Fortalecimiento y Equipamiento para Elevar la Producción Agropecuaria Mediante la Mecanización en la Comunidad de Quilcata, Distrito de Sara Sara,

Provincia de Paucar del Sara Sara - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 011-2011-MDSS/Alc.

124 258.00 100 000.00

67 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Colca

SAN JOSE DE SUCRE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de San José de Sucre, Distrito de Colca - Victor Fajardo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 038

106 819.00 100 000.00

68 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Huamanquiquia

SAN JUAN DE PATARA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Cuyes en la Comunidad de San Juan de Patará - Distrito de Huamanquiquia - Víctor Fajardo

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 051-2010-MDH-A

100 000.00 100 000.00

69 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Vilcanchos

SANTA ROSA DE ESPITE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Santa Rosa de Espite, Distrito de Vilcanchos, Provincia

de Victor Fajardo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 067-2010-MDV-F/A

100 000.00 100 000.00

70 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Distrital de Concepción

SANTA ROSA DE QOCHAMARCA

Fortalecimiento de Capacidades Productivas en la Producción de Paltos, comunidad de Santa Rosa de Qochamarca, Distrito de Concepción, Provincia de

Vilcas Huamán – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 069-2010-MDC-PVH/A

100 000.00 100 000.00

71 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Provincial de Vilcas

Huamán

PUTACCA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Putacca, Distrito Vilcas Huamán, Provincia Vilcas

Huamán - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 018-2011-MDV/A

106 800.00 100 000.00

72 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Provincial de Vilcas

Huamán

SAN FELIPE SANTIAGO DE

HUAYLLAN

Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el nivel de Desarrollo Agropecuario Mediante la Mecanización

Agrícola en la Localidad San Felipe Santiago de Huayllán, Distrito y Provincia de Vilcas Huamán

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 168-2010-MPVH/A

100 000.00 100 000.00

73 Huancavelica Angaraes Municipalidad Distrital de Chincho

SANTA ROSA DE TINCUY

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Tincuy Santa Rosa, Distrito Chincho - Angaraes

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 100-2010-ALC/MDCH

100 000.00 100 000.00

74 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Anco

PUEBLO LIBRE CHILCAPATA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de Pueblo Libre Chilcapata, Distrito Anco - Churcampa - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 171 - 2010 - MDA/A

100 000.00 100 000.00

75 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Chinchihuasi

LECHUGUILLAS Mejoramiento de la Producción de Ganado en la Localidad de Lechuguillas, Distrito de Chinchihuasi,

Provincia de Churcampa - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 081-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

76 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Chinchihuasi

PUÑUYPAMPA Mejoramiento de Ganado Vacuno de la Localidad de Puñuypampa - Distrito de Chinchihuasi, Churcampa

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 116-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

77 Huancavelica Churcampa Municipalidad Provincial de Churcampa

PATACANCHA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localiadad de Patacancha Distrito de Churcampa, Provincia de

Churcampa - Huancavelica

Resolución de de AlcaldíaNº 136-2010-MPCH/A

176 948.00 100 000.00

78 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Pachamarca

ILLPE Implementación de un Módulo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Illpe - Pachamarca - Churcampa

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 035-2010-MDP/A

100 000.00 100 000.00

79 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de San Pedro de Coris

MACHAHUAY Mejoramiento de la Crianza de Ganado Ovino en la Comunidad de Machahuay, del Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Región Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 008-2011-A/MDSPC

100 000.00 100 000.00

80 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Moya

ISLA CHUMPI Fortalecimiento de Capacidades a los Productores de Vacunos de la Comunidad de Islaychumpe, Distrito de

Moya, Provincia de Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 061-2010-MDM

100 000.00 100 000.00

81 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Pilchaca

PILCHACA Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Localidad de Pilchaca, Distrito de

Pilchaca, Provincia de Huancavelica Departamento de Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-A/MDP.

140 000.00 100 000.00

82 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Vilca

SANTA ANA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productiva Para la Crianza de Ovinos Raza Junin en la Localidad

de Santa Ana, Distrito de Vilca - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 299-2010-A/MDV-HVCA

100 000.00 100 000.00

83 Huancavelica Huaytara Municipalidad Distrital de Pilpichaca

CARHUANCHO Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Artesanal de Tejidos de la Localidad de Carhuancho,

Pilpichaca - Huaytará - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 092-2010 ALD/MDM

128 653.41 100 000.00

84 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Cochas

SAN FRANCISCO DE MACON

Fortalecimiento de Capacidades Técnicas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San Francisco de Macon, Distrito de Cochas, Provincia de

Concepción, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 067 - 2010 - A/MDC

100 000.00 100 000.00

85 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

ACHIN Desarrollo de las Capacidades en la Producción de Alpacas en la Comunidad Campesina de Achin Distrito

de Comas - Concepción

Resolución de AlcaldíaNº 147-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

86 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

AYCHANA Mejoramiento del Manejo Sostenible de la Vicuña vía Repoblamiento en la Localidad de Aychana, Distrito de

Comas, Concepción - Junín.

Resolución de AlcaldíaNº 174-2010-A-MDC

235 730.00 100 000.00

87 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

LIBERTAD DE RUNATULLO

Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno en la Comunidad Libertad de Runatullo, Distrito de Comas,

Provincia de Concepción, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 149-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

88 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

PUSACPAMPA Ampliación de la Piscigranja Comunal para el Anexo de Pusacpampa, Distrito de Comas, Provincia de

Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 148-2010 -A - MDC

100 000.00 100 000.00

89 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla

CHALLHUAS Centro de Acopio en la Comunidad de Challhuas, Distrito de Mariscal Castilla - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 009-2011 - MDMC

100 000.00 100 000.00

90 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Orcotuna

ORCOTUNA Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización Agrícola en la Comunidad Campesina de Orcotuna,

Distrito de Orcotuna - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 123-2010/MDO-A

125 500.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443152

Nº Departamento Provincia Distrito Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto Resolución de Aprobación

Costo Total (S/.) Financiamiento PCM (S/.)

91 Junín Concepción Municipalidad Distrital de San José de Quero

INDEPENDENCIA Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Comunidad Campesina de Independencia

del Distrito San José de Quero - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 0104-2010-A/MDSJQ

164 278.58 100 000.00

92 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Chicche

SANTA ROSA DE HUACRAMAZANA

Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Comunidad Campesina de Santa Rosa de Huacramazana, Distrito de Chicche - Huancayo - Junin

Resolución de AlcaldíaNº 057-2010 - A/MDCH

158 900.00 100 000.00

93 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Chupuro

CHUPURO Módulo de Producción Piscícola de Truchas en la Comunidad Campesina de Chupuro

Resolución de AlcaldíaNº 021-2011-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

94 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Cullhuas

CHUAMBA Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización Agrícola en la Comunidad de Chuamba, Distrito de

Cullhuas – Huancayo – Junín

Resolución de AlcaldíaNº 160-2010-MDC/A

100 000.00 100 000.00

95 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Huasicancha

HUASICANCHA Mejoramiento de la Producción de Leche y Derivados en la Comunidad de Huasicancha, Distrito de

Huasicancha, Provincia de Huancayo, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 023-2010-MDH

100 000.00 100 000.00

96 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Santo Domingo de

Acobamba

POTRERO Construcción del Centro de Acopio del Anexo de Potrero, Distrito de Santo Domingo de Acobamba

- Huancayo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-MDSDA/A

100 000.00 100 000.00

97 Junín Jauja Municipalidad Distrital de Acolla

ACOLLA Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno en la Localidad de Acolla - Distrito de Acolla - Provincia de

Jauja - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-MDA/A

100 000.00 100 000.00

98 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

BOCA KIATARI Mejoramiento de la Producción Agroforestal y Frutícola de la CC.NN. de Boca Kiatari, Distrito de Pangoa,

Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 018-2011-A/MDP

100 000.00 100 000.00

99 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

CACHINGARANI Fortalecimiento de capacidades técnicas productivas para la crianza de ganado vacuno en la CC.NN. De San Emiliano de Cachingarani, Distrito de Pangoa,

Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 905-2010-A/MDP.

100 000.00 100 000.00

100 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

MAZARONQUIARI Fortalecimiento de Capacidades Técnicas Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la CC.NN, de

Mazaronquiari, Distrito de Pangoa, Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 906-2010-A/MDP

100 000.00 100 000.00

101 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

TRES UNIDOS DE MATERENI

Fortalecimiento de Capacidades Técnicas Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la CC.NN. De Tres Unidos de Matereni, Distrito de Pangoa, Satipo

- Junín

Resolución de AlcaldíaNº 904 - 2010-A/MDP

100 000.00 100 000.00

102 Junín Satipo Municipalidad Provincial de Satipo

SANTO DOMINGO DE MARANKIARI

Construcción del Centro de Acopio CC.PP. Marankiari Resolución de AlcaldíaNº 054-2010-GDUR/MPS

100 000.00 100 000.00

103 Lima Oyón Municipalidad Distrital de Caujul

CAUJUL Fortalecimiento de Capacidades para Mejorar la Producción de Paltos e Implementación del Sistema de Riego en la Localidad de Caujul, Distrito de Caujul

- Oyón - Lima

Resolución de AlcaldíaNº 058-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

104 Lima Yauyos Municipalidad Distrital de Lincha

LINCHA Construcción de Piscigranja y Producción de Truchas en la Localidad de Lincha, Distrito de Lincha - Yauyos

- Lima

Resolución de AlcaldíaNº 047 - 2010 - MDL

100 000.00 100 000.00

105 Lima Yauyos Municipalidad Distrital de Tupe

TUPE Implementación de un Módulo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Tupe - Distrito de Tupe - Yauyos - Lima

Resolución de AlcaldíaNº 36 - 2010 -MDT - Y

100 000.00 100 000.00

106 Pasco Pasco Municipalidad Distrital de Ninacaca

SAN PEDRO DE HUAY HUAY

Mejoramiento de la producción de ovinos en la Comunidad de Huay Huay del Distrito de Ninacaca

Resolución de AlcaldíaNº 257-2010-A/MDN

100 000.00 100 000.00

107 Puno Azángaro Municipalidad Distrital de San Antón

TUPAC AMARU Mejoramiento de la Crianza de Alpacas de la Comunidad de Tupac Amaru, Distrito San Antón,

Azángaro - Puno

Resolución de AlcaldíaNº 019-2011 - MDSA

100 000.00 100 000.00

Total 12 197 804.46 10 510 000.00

ANEXO “A”

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

1 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Kishuara

MATAPUQUIO Mejoramiento del Centro de comercialización Agropecuaria del Centro Poblado de Matapuquio,

Distrito de Kishuara, Provincia de Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 030-2010-MDK

100 000.00 100 000.00

2 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Pacucha

SANTA ELENA Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Santa Elena, Distrito de Pacucha, Andahuaylas

- Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 079-2010-MDP/A

100 000.00 100 000.00

3 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de San Jerónimo

LLIUPAPUQUIO Fortalecimiento de Capacidad Tecnológica para Elevar la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Lliupapuquio del Distrito de San Jerónimo,

Provincia de Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 15-2011-SG-MDSJ/A.

100 000.00 100 000.00

4 Apurimac Andahuaylas Municipalidad Distrital de Santa María de

Chicmo

CHICHUCANCHA Fortalecimiento de Capacidades en Comercialización y Gestión de la Producción Rural en la Comunidad

de Chichucancha, Distrito de Santa María de Chicmo - Andahuaylas - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 86-2010-AL/MDSMCH

100 000.00 100 000.00

5 Apurimac Aymaraes Municipalidad Distrital de Colcabamba

HUAYAO Mejoramiento Genético de Ganado Vacuno en la Comunidad de Huayao - Distrito de Colcabamba

- Provincia Aymaraes - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 037-2010-MDC

100 000.00 100 000.00

6 Apurimac Chincheros Municipalidad Distrital de Huaccana

TOCCSO SAURI Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Agrícola mediante la Mecanización en la Localidad de Toccso Sauri, Distrito de Huaccana, Provincia de

Chincheros - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 014-2011-A/MDH

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443153

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

7 Apurimac Grau Municipalidad Distrital de Huayllati

HUAYLLATI Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola para el Desarrollo Agropecuario en la Localidad

de Huayllati, Distrito de Huayllati, Grau - Apurimac

Resolución de AlcaldíaNº 056-2010-MDH/GA

100 000.00 100 000.00

8 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Chuschi

PUNCUPATA Fortalecimiento de la Capacidad Agrícola de la Comunidad de Puncupata, Distrito de Chuschi

– Cangallo – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 121-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

9 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Los Morochucos

CUCHUCANCHA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad Campesina de Cuchucancha,

Distrito de Los Morochucos, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0167 - 2010 MDLM/A

100 000.00 100 000.00

10 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Los Morochucos

VIZCACHAYOCC Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

Campesina de Vizcachayocc, Distrito de Los Morochucos, Provincia de Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0174 - 2010 MDLM/A

100 000.00 100 000.00

11 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de Maria Parado de

Bellido

HUASCARPAMPA Fortalecimiento de la Capacidad Agrícola de la Comunidad de Huascarpampa, Distrito de María Parado

de Bellido - Cangallo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 063-2010-MDMPB/A

100 000.00 100 000.00

12 Ayacucho Cangallo Municipalidad Distrital de María Parado de

Bellido

SAN JOSE DE CCACHCCARA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San José de Ccachccara, Distrito de María Parado de

Bellido – Cangallo – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 064-2010-MDMPB/A

100 000.00 100 000.00

13 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

PANTIPAMPA Mejoramiento de la Actividad Ganadera Ovina en la Comunidad de Pantipampa - Distrito de Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 127-2010-MDA/A

100 000.00 100 000.00

14 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

POMAPUQUIO Mejoramiento de la Actividad Ganadera Ovina en la Comunidad de Pomapuquio - Distrito Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 129-2010-MDA/A

100 000.00 100 000.00

15 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acocro

SAN JUAN DE RAYAN

Mejoramiento de la Actividad Ganadera Vacuna en la Comunidad de San Juan de Rayan - Distrito Acocro

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 122-2010-MDA/A

100 000.00 100 000.00

16 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acos Vinchos

CAPILLAPATA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para el Manejo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Capillapata, Distrito de Acos Vinchos - Huamanga

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 216-2010-MDAV/A

100 000.00 100 000.00

17 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Acos Vinchos

CCACCE Fortalecimiento de Capacidades Productivas para el Manejo de Ganado Vacuno en la Comunidad

de Ccacce, Distrito de Acos Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 218-2010-MDAV/A

100 000.00 100 000.00

18 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Carmen Alto

ASOCIACION LOS POKRAS II

Instalación de un Taller de Confecciones Textiles y Derivados en la Asociación Los Pokras II Distrito de

Carmen Alto - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 223-2010-MDCA/A

100 000.00 100 000.00

19 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Carmen Alto

RUDACCASA Fortalecimiento de Capacidades para la Instalación y Producción de Sandalias y Zapatos de Cuero en la Localidad de Rudaccasa, Distrito de Carmen Alto

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 404-2010-MDCA/A

100 000.00 100 000.00

20 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Chiara

BASILIO AUQUI DE CHUPAS

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de

Basilio Auqui de Chupas, Distrito Chiara - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 137-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

21 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Jesús Nazareno

SAN MIGUEL DE AYACUCHO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad San Miguel de Ayacucho, Distrito Jesús Nazareno,

Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0207-2010-MDJN/A

100 000.00 100 000.00

22 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Pacaycasa

OCOPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Ovino en la Comunidad

de Ocopa, Distrito de Pacaycasa - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 046-2010-MDP/A

100 000.00 100 000.00

23 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Quinua

PAMPACHACRA Fortalecimiento y Equipamiento en el Sector Agricultura en la Comunidad de Pampachacra, Distrito Quinua

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 229-2010-MDQ/A

100 000.00 100 000.00

24 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Quinua

QUINUA Fortalecimiento de Capacidades Productivas y Comercialización en la Crianza Familiar de Cuyes en la Comunidad Quinua, Distrito Quinua, Provincia de

Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 231-2010MDQ/A

100 000.00 100 000.00

25 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de San José de Ticllas

SAN MARTIN DE PARAISO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San Martín de Paraíso, Distrito de San José de Ticllas

- Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 132-2010-MDSJT/A

100 000.00 100 000.00

26 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Socos

LARAMPUQUIO Fortalecimiento de Capacidades en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Larampuquio del

Distrito de Socos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 0183-2010-DS/A

100 000.00 100 000.00

27 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Socos

TOCCYASCCA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localidad

de Toccyascca - Distrito de Socos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 88-2010-A/MDS

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443154

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

28 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Tambillo

NIÑO JESUS DE ÑEQUE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo para el Mejoramiento Ganadero en la Comunidad de

Niño Jesús de Ñeque, Distrito de Tambillo, Provincia de Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 134-2010-MDT/A

100 000.00 100 000.00

29 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Tambillo

PINAO Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Ovino en el Centro Poblado de Pinao, Distrito de Tambillo - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 136-2010-MDT/A

100 000.00 100 000.00

30 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

ANCHACHUASI Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad Anchahuasi, Distrito Vinchos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 32-2011-MDV/A

100 000.00 100 000.00

31 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

CCOÑANI Adquisición de Ganado Vacuno Mejorado en la Comunidad de Ccoñani - CCPP Ccoñani - Distrito

Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 442-2010-MDV/A

100 000.00 100 000.00

32 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

CORAZON DE ÑAUPAS

Adquisición de Vaquillas Mejoradas en la Comunidad de Corazón de Ñaupas - CCPP Paccha - Distrito Vinchos

- Huamanga

Resolución de AlcaldíaNº 381-2010-MDV/A

100 000.00 100 000.00

33 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

SALLALLI Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Sallalli, Distrito de Vinchos, Provincia Huamanga

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 27-2011-MDV/A

100 000.00 100 000.00

34 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

SANTA ROSA DE CCOLLOTA

Adquisición de Vaquillas Mejoradas en la Comunidad de Santa Rosa de Ccollota - CCPP. Paccha - Distrito

Vinchos - Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 024 - 2011 - MDV/A

100 000.00 100 000.00

35 Ayacucho Huamanga Municipalidad Distrital de Vinchos

UNION PACCHACC Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad Unión

Pacchacc, Distrito Vinchos, Huamanga - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 383-2010-MDV/A

50 000.00 50 000.00

36 Ayacucho Huancasancos Municipalidad Distrital de Santiago de Lucanamarca

LA MERCED DE TIO

Fortalecimiento y Equipamiento del Sector Agricultura en la Localidad de la Merced de Tío - Distrito de

Santiago de Lucanamarca - Huancasancos - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 061 - 2010 - MDSL/A

100 000.00 100 000.00

37 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

MAYHUAVILCA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para Producción de Tuna en la Comunidad de Mayhuavilca

Distrito de Ayahuanco Provincia de Huanta Región Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 036-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

38 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

SANABAMBA Fortalecimiento de Capacidades Productivas para la Producción de Café Orgánico en la Comunidad de Sanabamba, Distrito de Ayahuanco, Provincia de

Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 034-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

39 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Ayahuanco

VIZCATAN ALTO (VIZCATAN)

Fortalecimiento de Capacidades Productivas para la Producción de Café Orgánico en la Comunidad de Vizcatán Alto, Distrito de Ayahuanco, Provincia de

Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 038-2010-MDA-H/A

100 000.00 100 000.00

40 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Huamanguilla

YANAPAMPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad

Yanapampa, Distrito Huamanguilla, Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 157-2010-MDH-HTA/A

100 000.00 100 000.00

41 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

CANRAO Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la crianza de ganado ovino en el Centro Poblado de Canrao, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 571-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

42 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

CUNYA Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Cunya, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 574-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

43 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

MAYNAY Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en el Centro

Poblado de Maynay, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 557-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

44 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

PAQUECC Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Paquecc, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 348-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

45 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

PUCHKAS Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización

Agrícola en la Localidad de Puchkas, Distrito y Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 558-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

46 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

TUPIN Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en el Centro Poblado de Tupín, Distrito y Provincia de Huanta

- Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 559-2010-MPH/GM

50 000.00 50 000.00

47 Ayacucho Huanta Municipalidad Provincial de Huanta

VIRU VIRU Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Localidad de Viru Viru, Distrito y Provincia

de Huanta - Ayacucho

Resolución de Gerencia Municipal

Nº 560-2010-MPH/GM

100 000.00 100 000.00

48 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Iguaín

MUSUCCLLACCTA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza Ganado Vacuno en la Comunidad Musuccllaccta, Distrito Iguaín, Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 105-2010-ALC.-MDI./

HTA./AYAC

50 000.00 50 000.00

49 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

MARCCARE Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas en la Crianza de Ganado Caprino en la Comunidad de Marccare – Distrito de Santillana – Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 106-2010-MDS/A

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443155

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

50 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

PICAS Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de Picas, Distrito de Santillana, Provincia de Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 091-2010-MDS/A

100 000.00 100 000.00

51 Ayacucho Huanta Municipalidad Distrital de Santillana

SANTA ROSA DE ARAUJO

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos en la Crianza de Ganado Caprino en la Comunidad de Santa Rosa de Araujo, Distrito de Santillana, Provincia

de Huanta - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 071-2010-MDS/A

100 000.00 100 000.00

52 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Anco

ANCHIHUAY SELVA Fortalecimiento de Capacidades de Producción con Procesador de Cacao en la Localidad de Anchihuay

Selva, Distrito de Anco - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 026-2011-MDA-LM/A

100 000.00 100 000.00

53 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chilcas

SAN LUIS DE TRANCA O TRANCA

Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Comunidad de San Luis de Tranca

- Chilcas - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 69-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

54 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

ANCCEA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Ovinos en la Localidad de

Anccea - Distrito de Chungui - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 179-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

55 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

QOTOPUQUIO Fortalecimiento de la Producción de Cuyes en la Localidad de Qotopuquio - Distrito de Chungui - La

Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 181-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

56 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Chungui

SONCCOPA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivos para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localidad

de Sonccopa - Distrito de Chungui - La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 183-2010-MDCH-LM/A

100 000.00 100 000.00

57 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

PAMPA MIRAFLORES

Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de Pampa Mirafl ores, Distrito de Santa Rosa,

La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 099-2010-MDSR/ALC.-

100 000.00 100 000.00

58 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

RINCONADA BAJA Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de Rinconada Baja, Distrito de Santa Rosa,

La Mar - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 95-2010-MDSR/ALC

100 000.00 100 000.00

59 Ayacucho La Mar Municipalidad Distrital de Santa Rosa

SAN LUIS Construcción Centro de Acopio de Cacao en la Localidad de San Luis, Distrito de Santa Rosa, La Mar

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 097-2010-MDSR/ALC

100 000.00 100 000.00

60 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de Cabana

SONDONDO Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno de la Comunidad de Sondondo, Cabana, Lucanas

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 094-2010-MDC/LA

100 000.00 100 000.00

61 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de Chipao

AZABAMBA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Alpacas en la Comunidad

Campesina de Azabamba, Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 061 - 2010 - ALC

- MDCH/A

100 000.00 100 000.00

62 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de San Juan

SAN JUAN Fortalecimiento de capacidades en mecanización agrícola en la comunidad de San Juan - Distrito de San

Juan Provincia de Lucanas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 040-2010-AMDSJ.L

100 000.00 100 000.00

63 Ayacucho Lucanas Municipalidad Distrital de San Juan

UTEC Fortalecimiento de capacidades en mecanización agrícola en la comunidad de Utec - Distrito de San Juan

Provincia de Lucanas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 044-2010-AMDSJ.L

100 000.00 100 000.00

64 Ayacucho Parinacochas Municipalidad Provincial de Parinacochas

PAMPAMARCA Mejoramiento de la Producción de Alpacas en la Localidad de Pampamarca, Distrito de Coracora,

Provincia de Parinacochas - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 269-2010-MPPC/AYAC

100 000.00 100 000.00

65 Ayacucho Parinacochas Municipalidad Distrital de Pacapausa

LACAYA Mejoramiento Genético de Ganado Vacuno en la Localidad de Lacaya, Distrito de Pacapausa

– Parinacochas – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 032-2010-A/MDP

60 000.00 60 000.00

66 Ayacucho Paucar del Sara Sara

Municipalidad Distrital de Sara Sara

QUILCATA Fortalecimiento y Equipamiento para Elevar la Producción Agropecuaria Mediante la Mecanización en la Comunidad de Quilcata, Distrito de Sara Sara,

Provincia de Paucar del Sara Sara - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 011-2011-MDSS/Alc.

100 000.00 100 000.00

67 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Colca

SAN JOSE DE SUCRE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de San José de Sucre, Distrito de Colca - Victor Fajardo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 038

100 000.00 100 000.00

68 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Huamanquiquia

SAN JUAN DE PATARA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Cuyes en la Comunidad de San Juan de Patará - Distrito de Huamanquiquia - Víctor Fajardo

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 051-2010-MDH-A

100 000.00 100 000.00

69 Ayacucho Víctor Fajardo Municipalidad Distrital de Vilcanchos

SANTA ROSA DE ESPITE

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivo en la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Santa Rosa de Espite, Distrito de Vilcanchos, Provincia

de Victor Fajardo - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 067-2010-MDV-F/A

100 000.00 100 000.00

70 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Distrital de Concepción

SANTA ROSA DE QOCHAMARCA

Fortalecimiento de Capacidades Productivas en la Producción de Paltos, comunidad de Santa Rosa de Qochamarca, Distrito de Concepción, Provincia de

Vilcas Huamán – Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 069-2010-MDC-PVH/A

100 000.00 100 000.00

71 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Provincial de Vilcas

Huamán

PUTACCA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Putacca, Distrito Vilcas Huamán, Provincia Vilcas

Huamán - Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 018-2011-MDV/A

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443156

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

72 Ayacucho Vilcas Huamán Municipalidad Provincial de Vilcas

Huamán

SAN FELIPE SANTIAGO DE

HUAYLLAN

Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el nivel de Desarrollo Agropecuario Mediante la Mecanización

Agrícola en la Localidad San Felipe Santiago de Huayllán, Distrito y Provincia de Vilcas Huamán

- Ayacucho

Resolución de AlcaldíaNº 168-2010-MPVH/A

100 000.00 100 000.00

73 Huancavelica Angaraes Municipalidad Distrital de Chincho

SANTA ROSA DE TINCUY

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de Tincuy Santa Rosa, Distrito Chincho - Angaraes

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 100-2010-ALC/MDCH

100 000.00 100 000.00

74 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Anco

PUEBLO LIBRE CHILCAPATA

Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad

de Pueblo Libre Chilcapata, Distrito Anco - Churcampa - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 171 - 2010 - MDA/A

100 000.00 100 000.00

75 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Chinchihuasi

LECHUGUILLAS Mejoramiento de la Producción de Ganado en la Localidad de Lechuguillas, Distrito de Chinchihuasi,

Provincia de Churcampa - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 081-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

76 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Chinchihuasi

PUÑUYPAMPA Mejoramiento de Ganado Vacuno de la Localidad de Puñuypampa - Distrito de Chinchihuasi, Churcampa

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 116-2010-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

77 Huancavelica Churcampa Municipalidad Provincial de Churcampa

PATACANCHA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Localiadad de Patacancha Distrito de Churcampa, Provincia de

Churcampa - Huancavelica

Resolución de de AlcaldíaNº 136-2010-MPCH/A

100 000.00 100 000.00

78 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de Pachamarca

ILLPE Implementación de un Módulo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Illpe - Pachamarca - Churcampa

- Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 035-2010-MDP/A

100 000.00 100 000.00

79 Huancavelica Churcampa Municipalidad Distrital de San Pedro de

Coris

MACHAHUAY Mejoramiento de la Crianza de Ganado Ovino en la Comunidad de Machahuay, del Distrito de San Pedro de Coris, Provincia de Churcampa, Región Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 008-2011-A/MDSPC

100 000.00 100 000.00

80 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Moya

ISLA CHUMPI Fortalecimiento de Capacidades a los Productores de Vacunos de la Comunidad de Islaychumpe, Distrito de

Moya, Provincia de Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 061-2010-MDM

100 000.00 100 000.00

81 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Pilchaca

PILCHACA Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Localidad de Pilchaca, Distrito de

Pilchaca, Provincia de Huancavelica Departamento de Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-A/MDP.

100 000.00 100 000.00

82 Huancavelica Huancavelica Municipalidad Distrital de Vilca

SANTA ANA Fortalecimiento de Capacidades Técnico Productiva Para la Crianza de Ovinos Raza Junin

en la Localidad de Santa Ana, Distrito de Vilca - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 299-2010-A/MDV-HVCA

100 000.00 100 000.00

83 Huancavelica Huaytara Municipalidad Distrital de Pilpichaca

CARHUANCHO Fortalecimiento de Capacidades para la Producción Artesanal de Tejidos de la Localidad de Carhuancho,

Pilpichaca - Huaytará - Huancavelica

Resolución de AlcaldíaNº 092-2010 ALD/MDM

100 000.00 100 000.00

84 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Cochas

SAN FRANCISCO DE MACON

Fortalecimiento de Capacidades Técnicas para la Crianza de Ganado Vacuno en la Comunidad de San Francisco de Macon, Distrito de Cochas, Provincia de

Concepción, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 067 - 2010 - A/MDC

100 000.00 100 000.00

85 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

ACHIN Desarrollo de las Capacidades en la Producción de Alpacas en la Comunidad Campesina de Achin Distrito

de Comas - Concepción

Resolución de AlcaldíaNº 147-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

86 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

AYCHANA Mejoramiento del Manejo Sostenible de la Vicuña vía Repoblamiento en la Localidad de Aychana, Distrito de

Comas, Concepción - Junín.

Resolución de AlcaldíaNº 174-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

87 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

LIBERTAD DE RUNATULLO

Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno en la Comunidad Libertad de Runatullo, Distrito de Comas,

Provincia de Concepción, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 149-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

88 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Comas

PUSACPAMPA Ampliación de la Piscigranja Comunal para el Anexo de Pusacpampa, Distrito de Comas, Provincia de

Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 148-2010 -A - MDC

100 000.00 100 000.00

89 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla

CHALLHUAS Centro de Acopio en la Comunidad de Challhuas, Distrito de Mariscal Castilla - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 009-2011 - MDMC

100 000.00 100 000.00

90 Junín Concepción Municipalidad Distrital de Orcotuna

ORCOTUNA Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización Agrícola en la Comunidad Campesina de Orcotuna,

Distrito de Orcotuna - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 123-2010/MDO-A

100 000.00 100 000.00

91 Junín Concepción Municipalidad Distrital de San José de Quero

INDEPENDENCIA Fortalecimiento de Capacidades en Mecanización Agrícola en la Comunidad Campesina de

Independencia del Distrito San José de Quero - Concepción - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 0104-2010-A/MDSJQ

100 000.00 100 000.00

92 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Chicche

SANTA ROSA DE HUACRAMAZANA

Fortalecimiento de la Capacidad para elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización Agrícola en la Comunidad Campesina de Santa Rosa

de Huacramazana, Distrito de Chicche - Huancayo - Junin

Resolución de AlcaldíaNº 057-2010 - A/MDCH

100 000.00 100 000.00

93 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Chupuro

CHUPURO Módulo de Producción Piscícola de Truchas en la Comunidad Campesina de Chupuro

Resolución de AlcaldíaNº 021-2011-MDCH/A

100 000.00 100 000.00

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443157

AGRICULTURA

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida por R.S. Nº 131-2011-PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0198-2011-AG

Lima, 24 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial presidida por un representante del Ministerio de Energía y Minas, encargada de estudiar y proponer las acciones pertinentes respecto a las concesiones mineras en las Provincias de Chucuito y Yunguyo, departamento de Puno, pudiendo el Ministerio de Agricultura acreditar un representante ante esa Comisión Multisectorial mediante resolución ministerial de su titular;

Que, es conveniente designar a un representante del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Suprema mencionada;

De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Francisco Marcelino Palomino García, Viceministro de Agricultura, como representante titular y al señor Jorge Luis Maguiña Villón, Asesor de la Alta Dirección, como representante alterno del Ministerio de Agricultura, ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE VILLASANTE A.Ministro de Agricultura

644519-1

Nº Departamento Provincia Gobierno Local Comunidad benefi ciada

Nombre del Proyecto (Minúsculas) Resolución de Aprobaciòn

CronogramaDesembolsoÙnico (S/.)

FinanciamientoPCM (S/.)

94 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Cullhuas

CHUAMBA Fortalecimiento de la Capacidad para Elevar el Nivel de Desarrollo Agropecuario a través de la Mecanización Agrícola en la Comunidad de Chuamba, Distrito de

Cullhuas – Huancayo – Junín

Resolución de AlcaldíaNº 160-2010-MDC/A

100 000.00 100 000.00

95 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Huasicancha

HUASICANCHA Mejoramiento de la Producción de Leche y Derivados en la Comunidad de Huasicancha, Distrito de

Huasicancha, Provincia de Huancayo, Región Junín

Resolución de AlcaldíaNº 023-2010-MDH

100 000.00 100 000.00

96 Junín Huancayo Municipalidad Distrital de Santo Domingo de

Acobamba

POTRERO Construcción del Centro de Acopio del Anexo de Potrero, Distrito de Santo Domingo de Acobamba

- Huancayo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-MDSDA/A

100 000.00 100 000.00

97 Junín Jauja Municipalidad Distrital de Acolla

ACOLLA Mejoramiento de la Producción de Ganado Vacuno en la Localidad de Acolla - Distrito de Acolla - Provincia

de Jauja - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 006-2011-MDA/A

100 000.00 100 000.00

98 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

BOCA KIATARI Mejoramiento de la Producción Agroforestal y Frutícola de la CC.NN. de Boca Kiatari, Distrito de Pangoa,

Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 018-2011-A/MDP

100 000.00 100 000.00

99 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

CACHINGARANI Fortalecimiento de capacidades técnicas productivas para la crianza de ganado vacuno en la CC.NN. De San Emiliano de Cachingarani, Distrito de Pangoa,

Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 905-2010-A/MDP.

100 000.00 100 000.00

100 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

MAZARONQUIARI Fortalecimiento de Capacidades Técnicas Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la CC.NN, de

Mazaronquiari, Distrito de Pangoa, Satipo - Junín

Resolución de AlcaldíaNº 906-2010-A/MDP

100 000.00 100 000.00

101 Junín Satipo Municipalidad Distrital de Pangoa

TRES UNIDOS DE MATERENI

Fortalecimiento de Capacidades Técnicas Productivas para la Crianza de Ganado Vacuno en la CC.NN. De Tres Unidos de Matereni, Distrito de Pangoa, Satipo

- Junín

Resolución de AlcaldíaNº 904 - 2010-A/MDP

100 000.00 100 000.00

102 Junín Satipo Municipalidad Provincial de Satipo

SANTO DOMINGO DE MARANKIARI

Construcción del Centro de Acopio CC.PP. Marankiari Resolución de AlcaldíaNº 054-2010-GDUR/MPS

100 000.00 100 000.00

103 Lima Oyón Municipalidad Distrital de Caujul

CAUJUL Fortalecimiento de Capacidades para Mejorar la Producción de Paltos e Implementación del Sistema de Riego en la Localidad de Caujul, Distrito de Caujul

- Oyón - Lima

Resolución de AlcaldíaNº 058-2010-A-MDC

100 000.00 100 000.00

104 Lima Yauyos Municipalidad Distrital de Lincha

LINCHA Construcción de Piscigranja y Producción de Truchas en la Localidad de Lincha, Distrito de Lincha - Yauyos

- Lima

Resolución de AlcaldíaNº 047 - 2010 - MDL

100 000.00 100 000.00

105 Lima Yauyos Municipalidad Distrital de Tupe

TUPE Implementación de un Módulo de Ganado Vacuno en la Comunidad de Tupe - Distrito de Tupe - Yauyos - Lima

Resolución de AlcaldíaNº 36 - 2010 -MDT - Y

100 000.00 100 000.00

106 Pasco Pasco Municipalidad Distrital de Ninacaca

SAN PEDRO DE HUAY HUAY

Mejoramiento de la producción de ovinos en la Comunidad de Huay Huay del Distrito de Ninacaca

Resolución de AlcaldíaNº 257-2010-A/MDN

100 000.00 100 000.00

107 Puno Azángaro Municipalidad Distrital de San Antón

TUPAC AMARU Mejoramiento de la Crianza de Alpacas de la Comunidad de Tupac Amaru, Distrito San Antón,

Azángaro - Puno

Resolución de AlcaldíaNº 019-2011 - MDSA

100 000.00 100 000.00

Total 10 510 000.00 10 510 000.00

644589-2

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443158

Prorrogan reserva de agua otorgada a SEDAPAL mediante D.S. Nº 018-2007-AG

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 295-2011-ANA

Lima, 23 de mayo de 2011

VISTO:

El escrito de fecha 10.02.2011, mediante el cual el Gerente General de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto de Derivación Huascacocha – Rímac; y

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, mediante resolución de la Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos, asimismo; el numeral 5 del artículo 15º de la misma ley, señala que es función de la Autoridad Nacional, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la nación;

Que, el numeral 208.1 del artículo 208º concordante con el numeral 206.3 del artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que la reserva de recursos hídricos, se otorga por un período máximo de dos años prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-AG, se otorgó reserva de agua de libre disponibilidad de la microcuenca del río Huascacocha hasta la desembocadura de la laguna Huascacocha, a favor de empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, por un volumen anual de 23.97 MMC, para fi nes de desarrollo del Proyecto de Mejoramiento del Abastecimiento de Agua Potable de la ciudad de Lima Metropolitana mediante Afi anzamiento Hídrico de la Laguna Huascacocha Marca IV, Proyecto de Derivación Huascacocha-Rímac;

Que, con Resolución Jefatural Nº 0792-2009-ANA, se prorrogó por dos (02) años adicionales, la reserva de agua señalada en el considerando precedente;

Que, el Informe Técnico Nº 022-2011-ANA-DCPRH-ASUP/FCC, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, concluye que es procedente prorrogar la reserva de recursos hídricos de la microcuenca del río Huascacocha, en las mismas condiciones en que fuera otorgada mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-AG y prorrogada por Resolución Jefatural Nº 0792-2009-ANA;

Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General y de conformidad con lo establecido por la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 y el artículo 206º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Prórroga de la reserva de recursos Hídricos

1.1 Prorróguese por dos años adicionales, a favor de empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, la reserva de agua otorgada por Decreto Supremo Nº 018-2007-AG, la misma que comprende las aguas superfi ciales de libre disponibilidad en la microcuenca del río Huascacocha hasta la desembocadura de laguna Huascacocha, por un volumen de 23.97 MMC, para fi nes de desarrollo del Proyecto de Mejoramiento del Abastecimiento de Agua Potable de la ciudad de Lima Metropolitana mediante Afi anzamiento

Hídrico de la Laguna Huascacocha Marca IV, Proyecto de Derivación Huascacocha-Rímac.

1.2 El plazo de prórroga de la reserva de recursos hídricos se computa a partir del 30.10.2011.

Artículo 2º.- Del incremento de la reserva de recursos hídricos

Los volúmenes de agua correspondientes a licencias de uso de agua actualmente vigentes en la cuenca antes referida y que producto de terminación, caducidad o revocatoria, que puedan retornar a la situación de libre disponibilidad, pasarán automáticamente a formar parte de la reserva de recursos hídricos prorrogada mediante la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3º.- Licencias de uso de agua con cargo a la reserva de recursos hídricos

El otorgamiento de la licencia de uso de agua con cargo a la presente reserva de recursos hídricos, estará supeditada a la previa aprobación de las obras hidráulicas necesarias para el uso del agua y la correspondiente presentación de la resolución de aprobación del estudio de impacto ambiental por parte de la autoridad ambiental respectiva.

Artículo 4º.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos

La Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, es responsable de supervisar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

CARLOS JAVIER PAGADOR MOYAJefeAutoridad Nacional del Agua

644433-1

Modifican el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 297-2011-ANA

Lima, 23 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el literal 3) del artículo 15 de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG se aprobó el reglamento de la precitada Ley, el mismo que regula en el Capítulo III del Título IV, los procedimientos para el otorgamiento de licencias de uso de agua;

Que, por Resolución Jefatural Nº 579-2010-ANA se aprobó el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, que contiene los requisitos específicos, plazos y trámites que deben presentar los administrados para el otorgamiento de los derechos de uso de agua en el marco de la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento; así como el procedimiento a seguir ante la Autoridad Nacional del Agua, garantizando el derecho de toda persona a formular oposiciones en caso se considere afectada;

Que, resulta necesario dictar disposiciones que compatibilicen el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos con el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua; así como regular los procedimientos administrativos aplicables para la obtención de una licencia de agua desalinizada con el fi n de promover la inversión pública y privada en desalinización; y,

En uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443159

Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifi cación del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua

Modifi car el texto del Artículo 21° del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, aprobado por Resolución Jefatural N° 579-2010-ANA, por el siguiente:

“Artículo 21º.- Contenido del estudio de aprovechamiento hídrico

21.1 El estudio de aprovechamiento hídrico comprende el estudio hidrológico y el plan de aprovechamiento. Para su aprobación deberá cumplir las siguientes condiciones:

a. Acreditar la disponibilidad del recurso hídrico en cantidad, oportunidad y calidad apropiada para un determinado proyecto en un punto de interés de una fuente de agua, compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca.

b. Que el plan de aprovechamiento no afecte los derechos de uso de agua de terceros, incluyendo los derechos de las comunidades campesinas y comunidades nativas.

c. Que el sistema hidráulico del proyecto, en cuanto se refi ere a las obras de captación y devolución de las aguas, esté dimensionado de acuerdo con la disponibilidad acreditada, la demanda y capacidad operativa del proyecto.

21.2 El cumplimiento de la condición señalada en el literal a) se acredita con la presentación del estudio elaborado según Formato Anexo Nº 4, capítulos I, Aspectos Generales, y II, Evaluación Hidrológica.

21.3 El cumplimiento de las condiciones señaladas en los literales b) y c) se acredita con una breve descripción de la propuesta de “Plan de Aprovechamiento” y “Planteamiento Hidráulico”.

21.4 La presentación de los capítulos III, “Ingeniería del Proyecto Hidráulico”, y IV, “Plan de Aprovechamiento de Recursos Hídricos”, del Formato Anexo Nº 4, se efectúa al momento de tramitar la Autorización de Ejecución de Obras de aprovechamiento hídrico.

21.5 En caso la información de los capítulos III, “Ingeniería del Proyecto Hidráulico”, y IV, “Plan de Aprovechamiento de Recursos Hídricos”, del Formato Anexo Nº 4 resulte diferente a la descripción señalada en el numeral 21.3; se acumulará al procedimiento de “Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico” el de “Modifi cación de Estudios de Aprovechamiento Hídrico”, solamente en lo referido al “Plan de Aprovechamiento” y “Proyecto Hidráulico”.

Artículo 2°.- Incorporar la Octava, Novena y Décima Disposición Complementaria Final al Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua

Incorporar la Octava, Novena y Décima Disposición Complementaria Final al Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, aprobado por Resolución Jefatural N° 579-2010-ANA, conforme a los siguientes textos:

OCTAVA.- Licencia de uso de agua desalinizadaLos procedimientos para obtener una licencia de uso

de agua desalinizada captada de mar, incluídas las aguas de transición, se tramitarán conforme a lo establecido en el Título II del presente Reglamento, sujetándose a las siguientes reglas especiales:

a. No se requiere que el administrado tramite y obtenga una resolución administrativa que apruebe la acreditación de la disponibilidad del agua de mar.

b. Para obtener la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico el administrado deberá presentar:

b.1 Autorización sectorial para desarrollar la actividad para la cual se destinará el uso del agua.

b.2 Certifi cación ambiental que comprenda la evaluación ambiental del uso del agua desalinizada.

b.3 Concesión para uso del área acuática otorgada por la Dirección de Capitanías y Guardacostas del Perú – DICAPI

b.4 Instrumento que acredite la constitución de servidumbres para el uso del agua, cuando corresponda.

b.5 Instrumento que acredite la propiedad o posesión legítima del predio o lugar donde se construirá la planta desalinizadora y se hará uso del agua.

b.6 Estudio de aprovechamiento hídrico que contenga los capítulos II, “Evaluación Hidrológica” solo en lo que corresponde a la demanda hídrica, III, “Ingeniería del Proyecto Hidráulico”, y IV, “Plan de Aprovechamiento de Recursos Hídricos”, del Formato Anexo Nº 4.

c. La licencia de uso de agua se otorgará a solicitud de parte, requiriéndose la opinión favorable del sector correspondiente respecto a la verifi cación de la ejecución de las obras conforme a las características, especifi caciones, pruebas hidráulicas y condiciones autorizadas.

NOVENA.- Regularización de licencia de uso de agua desalinizada: agua salina

Las personas naturales o jurídicas, que a la entrada en vigencia de la presente norma, vienen utilizando el agua desalinizada captada de mar, incluídas las aguas de transición, de manera pública, pacífi ca y continua, durante un plazo mínimo de un (1) año, podrán regularizar el otorgamiento de licencia de uso de agua desalinizada, presentando los documentos señalados en el literal b) de la Octava Disposición Complementaria Final del presente Reglamento,

El procedimiento se tramitará conforme a lo establecido en el Título II del presente Reglamento, prescindiéndose de las publicaciones y avisos. Se deberá contar con el informe favorable de la autoridad sectorial correspondiente.

El plazo máximo para la presentación de la solicitud será hasta el 31 de diciembre del 2013. Los procedimientos sancionadores que inicie la Administración Local de Agua contra quienes vienen utilizando el agua desalinizada sin licencia serán suspendidos con la sola acreditación de haber solicitado la regularización del derecho en el marco de esta disposición.

DÉCIMA.- Pozos de exploración o investigaciónLa perforación de pozos de exploración, a que se

refi ere el numeral 30.2 del artículo 30, o de piezómetros, para la investigación o evaluación del acuífero, no faculta el uso de aguas subterráneas. El trámite para su autorización se rige por lo establecido en el Título II del presente Reglamento debiendo presentarse los siguientes documentos:

a. Justifi cación técnica: Se entenderá cumplida con la presentación del diseño de pozo y el estudio de prospección geofísica, según el numeral 2.2 del formato anexo VI.

b. Certificación ambiental de acuerdo a la normatividad de la materia que regula la actividad productiva que requiere de las exploraciones o investigaciones.

c. Acreditación de la propiedad o posesión del predio donde se realizará la perforación de pozo o piezómetro.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

CARLOS JAVIER PAGADOR MOYAJefeAutoridad Nacional del Agua

644433-2

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443160

Aprueban Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 300-2011-ANA

Lima, 23 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el literal 3) del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, establece que es función de esta Autoridad dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;

Que, según el artículo 74º de la precitada Ley, en los terrenos aledaños a los cauces naturales o artifi ciales, se mantiene una faja marginal de terreno necesaria para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vigilancia u otros servicios;

Que, por su parte el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que las dimensiones en una o ambas márgenes de un cuerpo de agua son fi jadas por la Autoridad Administrativa del Agua, de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento para la Delimitación de Fajas Marginales, respetando los usos y costumbres establecidos;

Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos mediante Memorándums Nº 265, 416 y 647-2011-ANA-DCPRH/ASUP ha expresado su conformidad a la versión defi nitiva de la propuesta de Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artifi ciales, correspondiendo disponer su aprobación;

Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artifi ciales que consta de siete (07) títulos, veintiún (21) artículos, dos (02) disposiciones complementarias transitorias y una (01) disposición complementaria fi nal con dos (02) anexos.

Artículo 2º.- Disponer la publicación del reglamento aprobado en el artículo precedente conjuntamente con sus anexos en el portal electrónico institucional, www.ana.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS JAVIER PAGADOR MOYAJefeAutoridad Nacional del Agua

644433-3

DEFENSA

Autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la PNP en la provincia de Tocache, departamento de San Martín

RESOLUCIÓN SUPREMANº 192-2011-DE/

Lima, 24 de mayo de 2011

Visto, el Ofi cio Nº 154-2011-IN/0101 de fecha 17 de mayo de 2011, del Ministro del Interior.

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 039-2011-PCM del 27 de abril de 2011, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 9 de mayo de 2011, el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Cholón de la provincia de Marañón, en el distrito de Monzón de la provincia de Huamalíes, y en la provincia de Leoncio Prado, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huánuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martín; y en la provincia del Padre Abad del departamento de Ucayali;

Que, asimismo, se dispuso que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de la Fuerzas Armadas;

Que, el numeral 5.3. del artículo 5º, concordante con los artículos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas del Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo de la Policía Nacional del Perú en casos de Tráfi co Ilícito de Drogas, Terrorismo, entre otros, en cuyo caso la autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervención de las Fuerzas Armadas, al Ministerio del Interior quien, una vez evaluado los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República el que, a su vez, autoriza la actuación de las Fuerzas Armadas mediante Resolución Suprema;

Que, mediante el Ofi cio del Visto, el señor Ministro del Interior ha solicitado al Presidente de la República el apoyo de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional del Perú, para garantizar la participación de personal del Ejército del Perú (3ª Brigada de Fuerzas Especiales) realizando patrullajes contraterroristas en las zonas del Alto Huallaga adyacentes y simultáneas a los sectores donde la DIRANDRO PNP (DIVOEAD - HUALLAGA) viene brindando seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH en las operaciones de reducción del espacio cocalero ilegal para el año 2011;

Que, en consecuencia, es conveniente disponer la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional del Perú; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1095.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorización de intervención de las Fuerzas Armadas

Autorízase la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional del Perú, a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución y hasta el 7 de julio de 2011, a fi n de que intervenga el personal del Ejército del Perú (3ª Brigada de Fuerzas Especiales) realizando patrullajes contraterroristas en la provincia de Tocache, departamento de San Martín, donde la DIRANDRO PNP (DIVOEAD - HUALLAGA) viene brindando seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH durante las operaciones de reducción del espacio cocalero ilegal.

Artículo 2º.- De la actuación de las Fuerzas Armadas

2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de ésta. La responsabilidad de brindar seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH en las operaciones de reducción de espacio cocalero ilegal permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú.

2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la ejecución de patrullajes contraterroristas en las zonas de la provincia de Tocache, departamento de San Martín, adyacentes y simultáneas a los sectores donde actuará la DIRANDRO PNP (DIVOEAD

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443161

- HUALLAGA), facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en brindar seguridad durante las antes citadas operaciones.

Artículo 3º.- De la intervención de las Fuerzas Armadas

La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, debiendo el Ministro de Defensa aprobar la Directiva específi ca para la intervención de las Fuerzas Armadas, formulada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Artículo 4º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por

el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAIME THORNE LEÓNMinistro de Defensa

MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

644594-2

EDUCACION

Aprueban “Normas para la Organización y Desarrollo de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemáticas 2011”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALN° 0032-2011-ED

Lima, 19 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 0180-2004-ED, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0178-2005-ED, se instituye la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática como espacio que permite a los alumnos de las Instituciones de Educación Básica Regular-Secundaria del país contrastar sus aprendizajes en esta ciencia, con lo cual se estimula el estudio de la matemática, se promueve el desarrollo de jóvenes talentos, se fomenta el trabajo en equipo y se propicia la sana competencia, el compañerismo y, la amistad entre los participantes;

Que, con la fi nalidad de implementar la “Movilización por los Aprendizajes” establecida en el literal g) del numeral 1 del capítulo VIII de la “Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2011, en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0348-2010-ED, el Ministerio de Educación, entre otras actividades, ha previsto la realización de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática;

Que, en ese sentido, estando a lo opinado por la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular mediante Informe Nº 209-2011-DES/DIGEBR y en atención a los considerandos precedentes, resulta necesario regular la organización y desarrollo de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2011;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las “Normas para la Organización y Desarrollo de la VIII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2011”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, para que a través de la Dirección de Educación Secundaria, efectúe las coordinaciones con las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizadas, para la difusión, supervisión y adecuado cumplimiento de las normas aprobadas en el artículo precitado.

Artículo 3.- La presente Resolución y el Anexo correspondiente, serán publicados en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación www.minedu.gob.pe., en la misma fecha de la publicación ofi cial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IDEL VEXLER T.Viceministro de Gestión Pedagógica

644150-1

INTERIOR

Conceden la nacionalidad peruana a ciudadanas británica y ecuatoriana

RESOLUCIÓN SUPREMANº 051-2011-IN

Lima, 24 de mayo de 2011

Vistos, la solicitud y documentos presentados por doña Isabel Mary WOOD AYUB, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalización;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente administrativo Nº 009395, doña Isabel Mary WOOD AYUB, ciudadana de nacionalidad británica, ha solicitado al señor Presidente Constitucional de la República del Perú, por intermedio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, se le conceda la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, con Informe Nº 989-2007-IN-1606, el Subdirector de Naturalización de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, da cuenta que la administrada ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos generales y específi cos exigidos por las normas legales sobre la materia y opina favorablemente a efecto de la concesión de la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, mediante Dictamen Nº 909-2009-1603-UAL, el Director de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Migraciones y Naturalización considera procedente la solicitud presentada por doña Isabel Mary WOOD AYUB;

Estando a lo propuesto por el Director General de Migraciones y Naturalización y con la visación de la Directora de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26574 - Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN y la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalización a doña Isabel Mary WOOD AYUB, inscribirla en el registro respectivo y extenderle el Título de Nacionalidad correspondiente.

Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser refrendada por el señor Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

644594-3

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443162

RESOLUCIÓN SUPREMANº 052-2011-IN

Lima, 24 de mayo de 2011

Vistos, la solicitud y documentos presentado por doña Mariana de Jesús DUEÑAS CORDERO, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalización;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente administrativo Nº 31190 del 18 de mayo del 2009, doña Mariana de Jesús DUEÑAS CORDERO, ciudadana de nacionalidad ecuatoriana, ha solicitado al señor Presidente Constitucional de la República del Perú, por intermedio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, se le conceda la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, con Informe Nº 1368-2009-IN-1606; la Subdirectora de Naturalización de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, da cuenta que la administrada ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos generales y específi cos exigidos por las normas legales sobre la materia y opina favorablemente a efecto de la concesión de la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, mediante Dictamen Nº 2142-2009-IN-1603, el Director de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Migraciones y Naturalización considera procedente la solicitud presentada por doña Mariana de Jesús DUEÑAS CORDERO;

Estando a lo propuesto por el Director General de Migraciones y Naturalización y con la visación de la Directora de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 26574 - Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN y la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalización a doña Mariana de Jesús DUEÑAS CORDERO, inscribirla en el registro respectivo y extenderle el Título de Nacionalidad correspondiente.

Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser refrendada por el señor Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

644594-4

Designan Directores de las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC Puno, Cuzco y Lambayeque

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0536-2011-IN/1701

Lima, 19 de mayo de 2011

VISTO, el Ofi cio Nº7593-2011-IN/1701/1 del 12 de abril del 2011, formulado por el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

CONSIDERADO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0115-2009-IN/1701 del 11 de febrero de 2009 se designó al

Comandante Policía Nacional del Perú Julio Cesar TORRES TAMAYO en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Puno de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del Comandante Policía Nacional del Perú Julio Cesar TORRES TAMAYO en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Puno de la Dicción General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, resulta necesario designar al Comandante Policía Nacional del Perú ® Derly RAMOS NEIRA en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Puno de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione los derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción;

Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, con efi cacia al 01 de junio del 2009, la designación del Comandante Policía Nacional del Perú Julio Cesar TORRES TAMAYO, en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Puno de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, dándole las gracias por los servicios prestados a la Nación.

Artículo 2º.- Designar al Comandante Policía Nacional del Perú ® Derly RAMOS NEIRA, en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Puno de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

E. MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

643640-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0537-2011-IN/1701

Lima, 19 de mayo de 2011

VISTO, el ofi cio Nº 2952-2011-IN-1707/1 del 11 de febrero del 2011, formulado por el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443163

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0809-2008-IN-1701 del 08 de setiembre de 2008 se designó al Coronel PNP ® Antero Agustín PEREIRA GOMEZ SANCHEZ en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC-Cuzco de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del Coronel PNP ® Antero Agustín PEREIRA GOMEZ SANCHEZ en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC-Cuzco de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, resulta necesario designar al Coronel PNP ® Hugo Benigno ARBIETO MORON en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Jefatura Departamental DICSCAMEC-Cuzco de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, el numeral 17,1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto, administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione los derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción;

Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, con efi cacia al 11 de febrero del 2011, la designación del Coronel PNP ® Antero Agustín PEREIRA GOMEZ SANCHEZ, en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC –Cuzco de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, dándole las gracias por los servicios prestados a la Nación.

Artículo 2º.- Designar al Coronel PNP ® Hugo Benigno ARBIETO MORON, en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC-Cuzco de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

E. MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

643640-2

RESOLUCION MINISTERIALNº 0538-2011-IN/1701

Lima, 19 de mayo de 2011

VISTO, el Ofi cio Nº 20962-2010-IN-1707/1 del 09 de diciembre de 2010, cursado por el Director General de

Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0115-2009-IN/1701 del 11 de febrero de 2009, se designó en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Lambayeque de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior al Mayor Policía Nacional del Perú Rafael Omar ORIGGI HUAMBACHANO;

Que, se ha visto conveniente dar por concluida la designación del Mayor Policía Nacional del Perú ® Rafael Omar ORIGGI HUAMBACHANO en el cargo público de confi anza de Director de Programa sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Lambayeque de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, resulta necesario designar al Mayor Policía Nacional del Perú ® José Antonio BENAVIDES SAMALVIDES en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Lambayeque de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción;

Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, con efi cacia al 14 de setiembre de 2010, la designación del Mayor Policía Nacional del Perú ® Rafael Omar ORIGGI HUAMBACHANO, en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Lambayeque de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de. Uso Civil del Ministerio del Interior, dándole las gracias por los servicios prestados a la Nación.

Artículo 2º.- Designar al Mayor Policía Nacional del Perú ® José Antonio BENAVIDES SAMALVIDES, en el cargo público de confi anza de Director del Programa Sectorial I, Nivel F-2, de la Jefatura Departamental DICSCAMEC – Lambayeque de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior.

Registrese, comuníquese y publíquese.

E. MIGUEL HIDALGO MEDINAMinistro del Interior

643640-3

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443164

JUSTICIA

Aprueban Directiva “Lineamientos para la descarga procesal en las Procuradurías Públicas a nivel nacional”

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DELCONSEJO DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO

Nº 028-2011-JUS/CDJE

Lima, 29 de abril de 2011

VISTO, el Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, de fecha 14 de abril de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;

Que, el Acuerdo Nº 1 del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, en su Sesión Extraordinaria de fecha 14 de abril de 2011, aprobó la Directiva Nº 001-2011-JUS/CDJE “Lineamientos para la descarga procesal en las Procuradurías Públicas a nivel nacional”, autorizándose a la Presidenta del referido Consejo a expedir el acto pertinente que lo aprueba;

Que, el literal f) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, concordante con el numeral 10 del artículo 16º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, establecen que es obligación del Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado disponer las acciones tendientes a velar por el cumplimiento de los acuerdos de éste;

Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2 del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, en su Sesión Extraordinaria de fecha 14 de abril de 2011, y de conformidad con lo señalado en el párrafo precedente, resulta pertinente expedir el acto correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2011-JUS/CDJE “Lineamientos para la descarga procesal en las Procuradurías Públicas a nivel nacional”, la que será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia (www.minjus.gob.pe) y en su Intranet.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidentaConsejo de Defensa Jurídica del Estado

644409-1

PRODUCE

Aprueban a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. la incorporación definitiva del PMCE de las Zonas Norte - Centro y Sur a embarcaciones pesqueras

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 291-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 29 de abril de 2011

Visto los escritos de Registro Nº 00089354-2010 y los Adjuntos Nºs. 1, y 2, de fechas 17 de noviembre, 16 de diciembre de 2010 y 09 de febrero de 2011, presentado por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.; el Informe Nº 23-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP e Informe Nº 38-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, emitido por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgó la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, estableciéndose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con la fi nalidad de mejorar las condiciones para su modernización y efi ciencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobándose a través de su artículo 2º, la preasignación de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE, como índices o alícuotas correspondientes a cada embarcación de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción;

Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece en su numeral 1) que, una vez determinado y atribuido el PMCE a una embarcación, éste quedará ligado para todos los efectos el permiso de pesca y a la embarcación que sirvieron de base para su cálculo y determinación inicial. El PMCE no podrá ser transferido de manera independiente de la embarcación que sirvió de base para su cálculo y determinación inicial. Asimismo, en el numeral 2) señala que, no procederá la asociación o incorporación que se refi ere este numeral en caso de verifi carse que los titulares de las embarcaciones pesqueras materia de la misma cuenten con sanciones de multa o suspensión que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas mediante sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la asociación o incorporación, encontrándose condicionada la vigencia a su resultado;

Que, el artículo 16° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece los requisitos para asociar o incorporar de manera defi nitiva el PMCE fi jado para una embarcación a otra u otras embarcaciones del mismo armador que cuenten con permiso de pesca para los recursos anchoveta y anchoveta blanca para consumo humano indirecto;

Que, el artículo 17º del referido Reglamento, establece que, la embarcación cuyo PMCE ha sido asociado o incorporado defi nitivamente a otra u otras embarcaciones quedará impedida de realizar actividades extractivas del Recurso dentro del ámbito marítimo nacional, quedando su permiso de pesca, incremento de fl ota o, de corresponder, el derecho de sustitución de bodega suspendidos durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, según lo establecido en el artículo 20º del presente Reglamento. La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero deberá remitir a la Autoridad Marítima la relación de Embarcaciones cuyos derechos administrativos han sido suspendidos por haber sido asociados o incorporados defi nitivamente a otra embarcación pesquera, a efectos de las acciones de fi scalización y control bajo el ámbito de su competencia;

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443165

Que, asimismo, el artículo 20º del citado Reglamento, establece que, en el caso de tratarse de asociación o incorporación defi nitiva de un PMCE, el permiso de pesca, incremento de fl ota o, de corresponder, el derecho de sustitución de bodega, quedará suspendido durante toda la vigencia de la medida de ordenamiento pesquero creada por la Ley. En ambos supuestos corresponde a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero actualizar el registro correspondiente;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobó el Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE (Norte-Centro);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 25 de mayo de 2009, publicada el 28 de mayo de 2009, se aprobó el Listado de Asignación de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación de la Zona Sur - PMCE-Sur;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-PRODUCE, se adicionó un párrafo al artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, señalando que, en caso de los cálculos de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE) y de los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE), el Ministerio de la Producción considera una reserva de contingencia, la misma que será utilizada para dar atención a lo señalado en el numeral 3 del citado artículo 11º que indica: “Cuando lo disponga una resolución administrativa o judicial fi rme que implique (i) la modifi cación de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en trámite por sustitución de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de fl ota por sustitución de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobación del Listado de PMCE; o, (iv) la modifi cación de un permiso de pesca”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-PRODUCE, se incorpora el procedimiento Nº 131 sobre “Asociación o Incorporación Defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura (PMCE) del recurso anchoveta a otra Embarcación”, al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE;

Que, el Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, establece un procedimiento excepcional a fi n de permitir la asociación o incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura (PMCE) del recurso anchoveta de una embarcación a otra, por el cual los armadores podrán sustituir el requisito 2) del procedimiento Nº 131 del TUPA del Ministerio de la Producción, con un Certifi cado de Depósito emitido por un Almacén General de Depósito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demás requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del TUPA del Ministerio de la Producción;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 023-2011-PRODUCE de fecha 25 de enero de 2011, se autorizó el inició de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoanasus), en la zona comprendida entre los 16° 00’00’’ Latitud Sur y en el extremo Sur del dominio Marítimo del Perú, correspondiente al período Enero-Junio de 2011, la misma que comenzó a partir de las 00:00 horas del 17 de febrero de 2011, y, asimismo, se establece el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP de anchoveta para el consumo humano indirecto de 400 mil toneladas métricas;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 093-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de febrero de 2011, se aprobó el Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación de la Zona Sur - LMCE-SUR, correspondiente a la primera temporada 2011 de la Zona Sur, la misma que entrará en vigencia a partir de la 00:00 horas del 17 de febrero de 2011, conforme a la autorización establecida en la Resolución Ministerial Nº 023-2011-PRODUCE; cuyos anexos fueron publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 083-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de marzo del 2011,

se autorizó el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), correspondiente al 2011, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 01 de abril del 2011;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 105-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, se estableció el Límite Máximo de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro del recurso anchoveta (Engraulisringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), para consumo humano indirecto es de tres millones seiscientos setenta y cinco mil (3’675,000) toneladas para la zona autorizada en la Resolución Ministerial Nº 083-2011-PRODUCE/DGEPP, la misma que no podrá excederse hasta el 31 de julio del 2011;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 211-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo del 2011, se aprobó el Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la Zona Norte-Centro, la misma que entró en vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 de abril del 2011 y no podrá exceder del 31 de julio del 2011, conforme con las autorizaciones establecidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 083 y 105-2011-PRODUCE;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 252-95-PE de fecha 16 de mayo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a quince (15) armadores pesqueros, para operar dieciséis (16) embarcaciones pesqueras de bandera nacional en cuya relación se encuentra la empresa PESQUERA BUENOS AIRES S.R.LTDA. armador pesquero de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM, la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 259-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de abril de 2010, se aprobó a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 con matrícula PS-3633-PM, con una capacidad de bodega de 211.45 m3, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 252-95-PE;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 163-95-PE de fecha 18 de abril de 1995, se otorgó permiso de pesca, entre otros a PESQUERA VIRGEN DE LOS DOLORES E.I.R.L. para operar la embarcación MAYTE de matrícula CE-9923-PM con capacidad de bodega de 270 toneladas métricas para la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirectoempleando red de cerco de tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 341-98-PE/DNE de fecha 23 de noviembre de 1998, se autoriza el cambio de nombre del titular de permiso de pesca, entre otras, de la embarcación MAYTE de matrícula CE-9923-PM y 285.12 m3 de capacidad de bodega a favor de PESQUERA MARIA TERESA E.I.R.L.;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 113-2006-PRODUCE/DNEPP de fecha 12 de abril de 2006 artículo 2º) se aprueba el cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcación TASA 22 (Ex–Mayte) de matrícula CE-9923-PM a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. en los mismos términos y condiciones de la Resolución Ministerial Nº 163-95-PE;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 186-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo de 2007, se modifi có la Resolución Ministerial Nº 163-95-PE de fecha 18 de abril de 1995, modifi cado por la Resolución Directoral Nº 341-98-PE/DNEPP y la Resolución Directoral Nº 113-2006-PRODUCE/DNEPP, con la que se otorgó el permiso de pesca de la embarcación pesquera TASA 22 de matrícula CE-9923-PM, sólo en el extremo referido a la capacidad de bodega, entendiéndose que la citada

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443166

embarcación pesquera cuenta con 321.64 m3 devolumen de bodega;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 353-97-PE de fecha 17 de julio de 1997, se otorgó permiso de pesca a PESQUERA JAVIER S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada JAVIER de matrícula CO-13008-PM, de 464.60 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación RSW a bordo, equipada con redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), para la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de diciembre de 2002, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA SAN FERMIN S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación JAVIER, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 133-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 15 de abril de 2004, se modifi có la Resolución Directoral Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP, a través de la cual se otorgó a la empresa PESQUERA SAN FERMIN S.A., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación JAVIER en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, sólo en el extremo referido a su capacidad de bodega de 464.60 m3 a 563.84 m3, de acuerdo a lo autorizado mediante la Resolución Directoral Nº 044-2004-PRODUCE/DNEPP;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 024-2006-PRODUCE/DNEPP de fecha 31 de enero de 2006, se modifi có el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 353-97-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP, que a su vez fue modifi cada por la Resolución Directoral Nº 133-2004-PRODUCE/DNEPP, sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera JAVIER, la misma que en adelante se denominará TASA 54; y se aprobó a favor de la empresa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera TASA 54 (Ex Javier) de matrícula CO-13008-PM, en los mismos términos y condiciones con que fueron otorgados;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 275-2000-PE/DNE de fecha 01 de diciembre de 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA SANTA ENMA S.A., parar operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada SANTA ENMA con matrícula CO-19871-PM, de 520.07 m3 de volumen de bodega y 350 toneladas métricas de carga neta de pescado, con sistema de preservación a bordo RSW,equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, según corresponda, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 139-2006-PRODUCE/DNEPP de fecha 27 de abril de 2006, se aprobó a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 275-2000-PE/DNE;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 475-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de noviembre de 2006, se modifi có el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 275-2000-PE/DNE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 139-2006-PRODUCE/DNEPP, sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera SANTA ENMA de matrícula CO-19871-PM, la misma que en adelante se denominará TASA 56;

Que, mediante el artículo 6º de la Resolución Directoral Nº 186-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo de 2007, se modifi co la carga neta entre otras, a la embarcación pesquera TASA 56 de matrícula CO-19871-PM de 379.07 m3 a 487.33 m3 ; estableciéndose dicha carga neta, en su permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 275-2000-PE/DNE de fecha 01 de diciembre de 2000, modifi cada por la Resolución Directoral 139-2006-PRODUCE/DNEPP de fecha 27

de abril de 2006 y Resolución Directoral Nº 475-2006-PRODUCE de fecha 30 de noviembre de 2006;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997, se otorgó permiso de pesca a favor de la empresa SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. para operar entre otras a la embarcación pesquera ZAÑA de matrícula HO-6173-PM, en la extracción de recursos hidrobiológicos para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas costeras;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 798-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de diciembre de 2008, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcación TASA 310 (Ex Zaña) de matrícula HO-06173-PM a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. en los mismos términos y condiciones con que fue reconocido por la administración (Resolución Ministerial Nº 163-95-PE);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca a favor de la empresa SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar la embarcación pesquera SECHIN IIde matrícula PS-10061-PM con 375 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las 5 millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 106-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 17 de febrero de 2009, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcación TASA 412 (Ex Sechin II) de matrícula PS-10061-PM a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. en los mismos términos y condiciones con que fue reconocido por la administración (Resolución Ministerial Nº 140-95-PE);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 467-97-PE de fecha 25 de setiembre de 1997, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 095-2005-PRODUCE/DNEPP de fecha 01 de abril de 2005, se otorgó permiso de pesca a favor de SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar la embarcación pesquera denominada INDEPENDENCIA Ide matrícula HO-10851-PM, en la extracción de recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 798-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de diciembre de 2008, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcación TASA 415 (Ex Independencia I) de matrícula HO-10851-PM a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. en los mismos términos y condiciones con que fue reconocido por la administración (Resolución Ministerial Nº 467-97-PE);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 410-97-PE de fecha 12 de setiembre de 1997, se otorgó entre otros, permiso de pesca a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. para operar entre otras, a la embarcación pesquera DOÑA BEILA de matrículaCO-12974-PM de 427.39 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación a bordo RSW, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas de la línea de costa, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 280-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 31 de mayo de 2007, se aprobó a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DOÑA BEILA de matrícula CO-12974-PM; y se modifi co la Resolución Ministerial Nº 410-97-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 014-2006-PRODUCE/DNEPP y Resolución Directoral Nº 159-2007-PRODUCE/DGEPP, en lo referente al permiso de pesca de la embarcación pesquera DOÑA BEILA de matrícula CO-12974-PM, en el extremo referido a la carga neta paralos recursos anchoveta y sardina; entendiéndose que

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443167

la nueva capacidad de carga neta para dichos recursos es de 397.66 m3, como consecuencia de la aplicación del saldo de bodega de 53.43 m3 provenientes de la reserva efectuada mediante la Resolución Directoral Nº 186-2007-PRODUCE/DGEPP;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 597-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre de 2008, se autorizó a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. la ampliación del permiso de pesca de la E/P DOÑA BEILA de matrícula CO-12974-PM, para la extracción de los recursos jurel y caballa con destino al CHD, con el uso de sistema de preservación a bordo de RSW, utilizando red de cerco con tamaño mínimo de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 234-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de abril de 2009, se modifi có el nombre de la E/P DOÑA BEILA, siendo su nueva denominación TASA 419 de matrícula CO-12974-PM;

Que, de la evaluación a los documentos presentados, es necesario indicar que el expediente administrativo presentó observaciones, las cuales fueron subsanadas en su oportunidad por la empresa TENOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.;

Que, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., a fi n de dar cumplimiento al requisito Nº 2 del procedimiento Nº 131 del TUPA, presenta el Certifi cado de Depósito emitido por DEPÓSITOS S.A., en donde se aprecia que la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM, se encuentra depositada en dicho establecimiento hasta el 28 de octubre del 2011; al respectó cabe indicar que, el plazo de la vigencia de la incorporación defi nitiva del PMCE será hasta el 28 de octubre del 2011; sin embargo, el plazo dispuesto puede ser extendido hasta el máximo, siempre que su ampliación se solicite conjuntamente con la presentación de la renovación del Certifi cado de Depósito y no se transgreda la normatividad vigente; es decir, que el plazo máximo que establece el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, es de doce (12) meses que son contados a partir del día siguiente de la notifi cación del acto administrativo; a fi n que el armador acredite que la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM se encuentre en uno de los supuestos del numeral 2) del artículo 7º de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y en el numeral 1) del artículo 16° de su Reglamento; antes de concluido el plazo establecido;

Que, mediante Memorando Nº 00428-2011-PRODUCE/OEC de fecha 08 de abril del 2011, la Ofi cina de Ejecución Coactiva del Ministerio de la Producción, informa respecto a la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM, TASA 22 de matrícula CE-9923-PM, TASA 54 de matrícula CO-13008-PM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM, TASA 415 de matrícula HO-10851-PM y TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, no registran deudas; cuya ejecución se encuentren tramitando en la citada ofi cina;

Que, en tal virtud, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento Nº 131 que fuera incorporado al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; por lo tanto, resulta procedente la asociación o incorporación defi nitiva del PMCE solicitado;

Que, mediante Memorando Nº 453-2011-PRODUCE/OGTIE de fecha 04 de abril del 2011, en su Informe Nº 38-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, remite el cálculo del PMCE de la Zona Norte-Centro, de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 (aportante) de matrícula PS-3633-PM a la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM;

Que, mediante Memorando Nº 326-2011-PRODUCE/OGTIE de fecha 08 de marzo de 2011, en su Informe Nº

23-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP de fecha 08 de marzo de 2011, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, remite el cálculo del PMCE de la Zona Sur, de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 (aportante) de matrícula PS-3633-PM a la embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º y 20º del Reglamento de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE/DGEPP y sus modifi catorias, correspondería suspender durante la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según el Informe Técnico Nº 1034-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Complementario Nº 238-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, e Informe Legal Nº 390-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE modifi cado por Resolución Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) de la Zona Norte-Centro de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 (aportante) de matrícula PS-3633-PM a la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM.

Artículo 2º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) de la Zona Sur de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 (aportante) de matrícula PS-3633-PM a la embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM.

Artículo 3º.- El plazo de la vigencia de la incorporación defi nitiva del PMCE referido en el artículo 1º y 2º de la presente Resolución, será hasta el 28 de octubre del 2011 (fecha de vigencia del Certifi cado de Depósito), a fi n de que cumpla con acreditar que la E/P SAN LORENZO 5 de matrícula PS-3633-PM se encuentra en uno de los supuestos del numeral 2) del artículo 7º de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y en el numeral 1) del artículo 16° de su Reglamento; teniendo presente el fundamento expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 4º.- En virtud a la incorporación defi nitiva delPorcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, el PMCE de la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM será de 0.257053%, TASA 412de matrícula PS-10061-PM será de 0.258223%, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM será de 0.224870% y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM será de 0.243727 % para la Zona Norte-Centro, conforme al porcentaje establecido por la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística, a través del Anexo 1º del Informe Nº 38-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP.

Artículo 5º.- Modifi car el Listado de los Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral,

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443168

aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM de matrícula CO-18818-PM en el extremo del PMCE que se consigna en el artículo 4º de la presente Resolución.

Artículo 6º.- Modifi car el Listado de los Límites Máximo de Captura por Embarcación (LMCE), correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral, aprobado por la Resolución Directoral Nº 211-2011-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM cuyo LMCE será 9446.72 TM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM será 9489.71 TM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM será 8264.00 TM y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM será 8956.99 TM para la Zona Norte-Centro.

Artículo 7º.- En virtud a la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), aprobada en el artículo 2º de la presente Resolución, el PMCE de la embarcación pesquera embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM será 0.100175%,TASA 56 de matrícula CO-19871-PM será 0.05872 % y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM será 0.156241%para la Zona-Sur, conforme al porcentaje establecido por la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística, a través del Anexo 1º del Informe Nº 23-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP;

Artículo 8º.- Modifi car el Listado de los Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), correspondiente a la Zona Sur del litoral, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM en el extremo del PMCE que se consigna en el artículo 7º de la presente Resolución.

Artículo 9º.- Modifi car el Listado de los Límites Máximo de Captura por Embarcación (LMCE), correspondiente a la Zona Sur del litoral, aprobado por la Resolución Directoral Nº 093-2011-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM será 401.042 TM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM será 235.088 TM y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM será 625.508 TM para la Zona Sur;

Artículo 10º.- La incorporación defi nitiva del PMCE de la embarcación pesquera TASA 415 de matrícula HO-10851-PM, TASA 412 de matrícula PS-10061-PM, TASA 310 de matrícula HO-06173-PM y TASA 22 de matrícula CE-9923-PM al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE), correspondientes a la Zona Norte-Centro del litoral aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP y Resolución Directoral Nº 211-2011-PRODUCE/DGEPP, referidas en el artículo 4º y 6º de la presente Resolución no modifi ca los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones.

Artículo 11º.- La incorporación defi nitiva del PMCE de la embarcación pesquera TASA 419 de matrícula CO-12974-PM, TASA 56 de matrícula CO-19871-PM y TASA 54 de matrícula CO-13008-PM al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE), correspondientes a la Zona Sur del litoral aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP y Resolución Directoral Nº 093-2011-PRODUCE/DGEPP, referidas en el artículo 7º y 9º de la presente Resolución no modifi ca los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones.

Artículo 12º.- Suspender durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula HO-10851-PM, de conformidad con los artículos 17º y 20º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre los Límites Máximo de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE; como consecuencia de la incorporación defi nitiva aprobada en el artículo 1º y 2º de la presente Resolución.

Artículo 13º.- Excluir de los Anexos publicado en las Resoluciones Directorales Nº 843-2008-PRODUCE/

DGEPP, Nº 211-2010-PRODUCE/DGEPP, Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP y Nº 093-2011-PRODUCE/DGEPP a la embarcación pesquera SAN LORENZO 5 de matrícula HO-10851-PM.

Artículo 14º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, para que se sirva proceder a la incorporación en el aplicativo de seguimiento del PMCE y LMCE.

Artículo 15º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

643756-1

Autorizan a embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 292-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 29 de abril del 2011

VISTOS: la comunicación remitida por el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, vía correo electrónico de fecha 29 de abril de 2011; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos;

Que, el artículo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos. Asimismo, dispone que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio;

Que, por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad;

Que, el numeral 3.3 del artículo 3º del precitado Reglamento, establece que la investigación de este recurso y su fauna acompañante realizada mediante pescas exploratorias o experimentales señaladas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, puede ser efectuada sólo por empresas que cuenten con licencia para la operación de plantas de procesamiento de productos congelados y/o permisos de pesca vigentes

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443169

para la extracción de merluza. La investigación debe contar con la opinión técnica previa al IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y validación de resultados esperados que se apliquen en la investigación. Dicha investigación requiere de la autorización del Ministerio de la Producción;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE se establece el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus)correspondiente al año 2011, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06°00’ Latitud Sur. Asimismo, establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) en 40 mil toneladas;

Que, la Resolución Ministerial Nº 109-2011-PRODUCE del 25 de marzo de 2011, se establece la veda reproductivo del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta los 06º00’ Latitud Sur. En consecuencia, se prohíbe extraer el citado recurso a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial, así como procesarlo a partir de las 00:00 horas del tercer (3er.) día calendario posterior a su publicación. Asimismo, determina que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores poblacionales y pesqueros del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 153-2011-PRODUCE se autoriza al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Pesca Exploratoria de Merluza, a partir de las 00:00 horas del 2 de mayo hasta las 24:00 horas del 3 de mayo de 2011, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º30’ LS) y Punta La Negra (06º00’ LS), con la participación de dos (2) embarcaciones pesqueras, con permiso de pesca vigente y que operen bajo el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE. Asimismo, dispuso que la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Resolución Directoral publique la relación de las embarcaciones pesqueras que participarán en la Pesca Exploratoria de Merluza, de acuerdo al Plan presentado por el IMARPE;

Que, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE vía correo electrónico del 29 de abril de 2011, en razón de la convocatoria efectuada en el portal institucional del Ministerio de la Producción, alcanza la relación de las embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la ejecución de la mencionada prospección pesquera, de acuerdo con el plan de operaciones correspondiente;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Técnico Nº 369-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch, y el Informe Legal Nº 544-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución Directoral, para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”, conforme a los sectores que se indican en dicha relación.

Artículo 2º.- Publicar en el Anexo II de la presente Resolución, las embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen de Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante

la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, seleccionadas a participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”, en calidad de suplentes.

Artículo 3º.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE, dispondrá la sustitución de las embarcaciones titulares por las suplentes, en caso ocurrieran problemas técnicos.

Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de la Producción de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

ANEXO I

RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN

EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA

(2 al 3 de mayo de 2011)

Subárea GRADOS EmbarcaciónPesquera Matrícula Armador o Empresa

Pesquera

A03°30’S 04°00’S

SNAEFARI PT-12295-PM AGROPESCA04°30’S 05°00’S

B05°00’S 05°30’S

AURITA PT-22684-CMARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A.05°30’S 06°00’S

ANEXO II

RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN

EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA EN CALIDAD

DE SUPLENTES

(2 al 3 de mayo de 2011)

EmbarcaciónPesquera

Matrícula Armador o Empresa Pesquera

SANTA MONICA V PT-20958-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A.

643756-2

Aceptan desistimiento de la empresa Luguensi E.I.R.L. a solicitud de caducidad de permiso de pesca otorgado a embarcación pesquera

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 295-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 4 de mayo del 2011

Visto: los escritos con Registros Nº 00007104-2011 y adjunto 2, de fecha 24 de enero del 2011 y 14 de marzo del 2011, respectivamente, presentados por la empresa LUGUENSI E.I.R.L.; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Directoral Nº 367-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de mayo de 2009 se otorgó a favor de la empresa MARICULTURA EL DORADO S.A.C., autorización de incremento de fl ota vía sustitución de la embarcación pesquera no siniestrada denominada GUAÑAPE 1 de matrícula CE-1248-PM, para el reacondicionamiento de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera ERNESTINA de matrícula CO-10397-PM, a 223.36 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extracción de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto;

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443170

Que, con Resolución Directoral Nº 753-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 03 de diciembre de 2010 se otorgó permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada ERNESTINA de matrícula CO-10397-PM, de 223.36 m3 de capacidad de bodega para dedicarse a la extracción únicamente del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto;

Que, mediante escrito con registro Nº 0007104 de fecha 24 de enero de 2011, la empresa LUGUENS1 E.I.R.L., solicitó la caducidad del permiso de pesca otorgado a la embarcación pesquera ERNESTINA con matrícula CO-10397-PM, argumentando que la embarcación pesquera GUAÑAPE 1 con matrícula CE-1248-PM, ha sido dejada en las instalaciones de la mencionada empresa en calidad de estadía por el señor ROMERO VERGARAY GIANCARLO quien es el custodio judicial de dicha embarcación y que en virtud de los años transcurridos y que nadie se apersonaba a honrar la obligación de pago, la administrada interpuso una demanda de obligación de dar suma de dinero ante el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, según Expediente Nº 04944-2009 contra la actual propietaria de la embarcación, la empresa MARICULTURA EL DORADO S.A.C. Por otro lado, como parte de los fundamentos expuestos a fi n de obtener la caducidad del permiso de pesca otorgado a la embarcación ERNESTINA señala que en la solicitud de incremento de fl ota no se ha evaluado de manera adecuada todos los requisitos TUPA, tal como la Declaración Jurada indicando que no cuenta con sanciones de multas incumplidas y que sobre el proceso no recae gravamen o proceso judicial que impida su disponibilidad;

Que, con Informe Técnico Nº 137-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 07 de febrero del 2011, se remitió el expediente al área legal de esta Dirección General con el fi n de que sea evaluado y emita el pronunciamiento correspondiente;

Que con Informe Legal Nº 175-2011-PRODUCE/DGEPP, de fecha 08 de febrero de 2011, el área legal de la Dirección de Consumo Humano Indirecto, recomendó encauzar el escrito de fecha 24 de enero del 2011, como una solicitud de nulidad de la Resolución Directoral Nº 753-2010-PRODUCE/DGEPP con consecuencia, elevar la presente solicitud al Superior Jerárquico para que proceda de acuerdo a sus atribuciones;

Que, con Ofi cio Nº 909-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 07 de marzo de 2011, se informó a la administrada que su escrito sería encauzado como una solicitud de nulidad y será elevado al Superior Jerárquico, sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta que la empresa PACIFICO CENTRO S.A., con recurso de registro 00018124-2011 de fecha 01 de marzo del 2011, adjuntó constancia en la cual se consigna que se ha culminado con el desguace de la embarcación GUAÑAPE 1 con matrícula cancelada, por lo que advirtiéndose la discordancia, se le solicitó se pronuncie al respecto;

Que, mediante escrito bajo registro Nº 0007104-2011-2 de fecha 14 de marzo de 2011, la empresa LUGUENSI E.I.R.L., señaló que por convenir a sus intereses y conforme al acuerdo llegado con la nueva propietaria del casco de la ex embarcación GUAÑAPE 1 (desguazada a la presente fecha con la autorización de su representada) solicita el desistimiento del pedido efectuado con fecha 24 de enero del presente año, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 189 de la Ley Nº 27444;

Que, con Informe Legal Nº 370-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, el área legal de esta Dirección General, consideró aceptar el desistimiento formulado por el señor LUIS GUILLERMO SILVA, representante de la empresa LUGUENSI E.I.R.L., e indicó que de conformidad con lo señalado en el artículo 189º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el desistimiento podrá hacerse por cualquier medio que permita su constancia y señalando su contenido y alcance, debe señalarse expresamente si se trata de un desistimiento de la pretensión o del procedimiento, si no se precisa, se considera que se trata de un desistimiento del procedimiento, asimismo, el desistimiento se podrá realizar en cualquier momento antes de que se notifi que la resolución fi nal en la instancia;

Que, de la evaluación efectuada al expediente, se pudo determinar que el recurrente es el Titular Gerente de la empresa LUGUENSI E.I.R.L., la misma persona que actuó como representante de la empresa en la solicitud de caducidad del permiso de pesca de la embarcación ERNESTINA, adjuntó la Vigencia de Poder emitida por la Ofi cina Registra’ de Chimbote, y cuenta con las facultades para desistirse de la solicitud de caducidad presentada el 24 de enero del 2011, iniciado ante el Ministerio de la Producción, para lo cual adjuntó el documento con fi rmas legalizadas;

Que, en ese orden de ideas, esta Dirección General considera pertinente aceptar el desistimiento de la solicitud presentada por el señor LUIS GUILLERMO ENRIQUEZ SILVA, representante de la empresa LUGUENSI E.I.R.L., mediante adjunto Nº02 de fecha 14 de marzo del 2011;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 137-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informes Legales Nºs 175-2011-PRODUCE/DGEPP y 370-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y la Ley General del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE:

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar el desistimiento formulado por el señor LUIS GUILLERMO ENRIQUEZ SILVA, representante de la empresa LUGUENSI E.I.R.L., de la solicitud efectuada con registro Nº 00007104-2011 de fecha 24 de enero del 2011.

Artículo 2º.- Notifi car a la administrada de la presente Resolución y archivar el expediente administrativo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

643756-3

Aprueban a favor de Corporación Pesquera Inca S.A.C. la incorporación definitiva del PMCE a embarcación pesquera

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 296-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 4 de mayo del 2011

Visto el escrito de Registro Nº 00095407-2010 y los Adjuntos Nºs. 1, 2 y 3 de fechas 09, 20 y 28 de diciembre del 2010, y 15 de febrero del 2011, presentado por la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C.; el Informe Nº 37-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, emitido por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgó la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, estableciéndose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con la fi nalidad de mejorar las condiciones para su modernización y efi ciencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443171

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobándose a través de su artículo 2º, la preasignación de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE, como índices o alícuotas correspondientes a cada embarcación de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción;

Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece en su numeral 1) que, una vez determinado y atribuido el PMCE a una embarcación, este quedará ligado para todos los efectos el permiso de pesca y a la embarcación que sirvieron de base para su cálculo y determinación inicial. El PMCE no podrá ser transferido de manera independiente de la embarcación que sirvió de base para su cálculo y determinación inicial;

Que, el artículo 16° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece los requisitos para asociar o incorporar de manera defi nitiva el PMCE fi jado para una embarcación a otra u otras embarcaciones del mismo armador que cuenten con permiso de pesca para los recursos anchoveta y anchoveta blanca para consumo humano indirecto;

Que, el artículo 17º del referido Reglamento, establece que, la embarcación cuyo PMCE ha sido asociado o incorporado defi nitivamente a otra u otras embarcaciones quedará impedida de realizar actividades extractivas del Recurso dentro del ámbito marítimo nacional, quedando su permiso de pesca, incremento de fl ota o, de corresponder, el derecho de sustitución de bodega suspendidos durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, según lo establecido en el artículo 20º del presente Reglamento. La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero deberá remitir a la Autoridad Marítima la relación de Embarcaciones cuyos derechos administrativos han sido suspendidos por haber sido asociados o incorporados defi nitivamente a otra embarcación pesquera, a efectos de las acciones de fi scalización y control bajo el ámbito de su competencia;

Que, asimismo, el artículo 20º del citado Reglamento, establece que, en el caso de tratarse de asociación o incorporación defi nitiva de un PMCE, el permiso de pesca, incremento de fl ota o, de corresponder, el derecho de sustitución de bodega, quedará suspendido durante toda la vigencia de la medida de ordenamiento pesquero creada por la Ley. En ambos supuestos corresponde a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero actualizar el registro correspondiente;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobó el Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE (Norte-Centro);

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-PRODUCE, se adicionó un párrafo al artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084-Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, señalando que, en caso de los cálculos de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE) y de los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE), el Ministerio de la Producción considera una reserva de contingencia, la misma que será utilizada para dar atención a lo señalado en el numeral 3 del citado artículo 11º que indica: “Cuando lo disponga una resolución administrativa o judicial fi rme que implique (i) la modifi cación de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en trámite por sustitución de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de fl ota por sustitución de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobación del Listado de PMCE; o, (iv) la modifi cación de un permiso de pesca”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-PRODUCE, se incorpora el procedimiento Nº 131 sobre “Asociación o Incorporación Defi nitiva del Porcentaje

Máximo de Captura (PMCE) del recurso anchoveta a otra Embarcación”, al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE;

Que, el Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, establece un procedimiento excepcional a fi n de permitir la asociación o incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura (PMCE) del recurso anchoveta de una embarcación a otra, por el cual los armadores podrán sustituir el requisito 2) del procedimiento Nº 131 del TUPA del Ministerio de la Producción, con un Certifi cado de Depósito emitido por un Almacén General de Depósito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demás requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del TUPA del Ministerio de la Producción;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 083-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de marzo del 2011, se autorizó el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), correspondiente al 2011, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 01 de abril del 2011;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 105-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, se estableció el Límite Máximo de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro del recurso anchoveta (Engraulisringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), para consumo humano indirecto es de tres millones seiscientos setenta y cinco mil (3’675,000) toneladas para la zona autorizada en la Resolución Ministerial Nº 083-2011-PRODUCE/DGEPP, la misma que no podrá excederse hasta el 31 de julio del 2011;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 211-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo del 2011, se aprobó el Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la Zona Norte-Centro, la misma que entró en vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 de abril del 2011 y no podrá exceder del 31 de julio del 2011, conforme con las autorizaciones establecidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 083 y 105-2011-PRODUCE;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 610-96-PE, de fecha 13 de diciembre de 1996, se otorgó permiso de pesca a la empresa PESQUERA LA ALMEJA S.A., para operar la embarcación pesquera NILO de matrícula Nº CE-12516-PM de 350 TM de capacidad de bodega para de dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 010-98-PE/DNE de fecha 19 de enero de 1998 y Resolución Directoral Nº 249-2000-PE/DNE de fecha 25 de octubre de 2000, se aprobó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera NILO de 385.93 metros cúbicos de capacidad de bodega en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado, a favor de la empresa PESQUERA EL LANGOSTINO S.A. y posteriormente a favor de PESQUERA CASMA S.A.;

Que, con Resolución Directoral Nº 276-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de mayo de 2007, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. el cambio del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 610-96-PE, de fecha 13 de diciembre de 1996, modifi cada en su titularidad por la Resolución Directoral Nº 010-98-PE/DNE y Resolución Directoral Nº 249-2000-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera NILO de matrícula Nº CE-12516-PM, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2001-PE/DNE de fecha 19 de marzo 2001, se otorgó a la empresa CONSERVERA RODDY S.A., permiso de pesca a plazo para operar la embarcación pesquera denominada MATTY registrada con matrícula Nº CO-20286-PM, de 495.05 m3

de volumen de bodega, con sistema de preservación RSW a bordo, para la extracción de recursos hidrobiológicos

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443172

anchoveta y sardina, empleando redes de cerco de ½ (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), con destino para el consumo humano directo e indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas de la costa;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 046-2001-PE/DNEPP de fecha 30 de abril del 2001, entre otras embarcaciones pesqueras, se aprobó el cambio del titular del permiso de pesca, otorgado mediante Resolución Directoral Nº 003-2001-PE/DNE para operar la embarcación pesquera denominada MATTY con matrícula Nº CO-20286-PM, de 495.05 m3 de volumen de bodega, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., en los mismos términos y condiciones;

Que, con la Resolución Directoral Nº 279-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de abril del 2009, se aprobó a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM, de 495.05 m3 de capacidad de bodega otorgado mediante Resolución Directoral Nº 003-2001-PE/DNE, modifi cado en su titularidad a través de la Resolución Directoral Nº 046-2001-PE/DNEPP, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 737-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 26 de noviembre del 2010, se aprobó la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) de la embarcación pesquera SAN BLAS de matrícula CE-4124-PM a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM, el PMCE de la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM será de 0.402170% para la Zona Norte-Centro y de 0.263703% para la Zona Sur;

Que, a través del escrito del visto y adjuntos, la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., solicita asociación o incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) de la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM;

Que, de la evaluación a los documentos presentados, es necesario indicar que el expediente administrativo presentó observaciones, las cuales fueron subsanas en su oportunidad por la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C.;

Que, la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., a fi n de dar cumplimiento al requisito Nº 2 del procedimiento Nº 131 del TUPA, presenta el Certifi cado de Depósito emitido por la empresa ALMACENERA DEL PERU S.A., en donde se aprecia que la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM, se encuentra depositada en dicho establecimiento hasta el 03 de diciembre del 2011; al respectó cabe indicar que, el plazo de la vigencia de la incorporación defi nitiva del PMCE será hasta el 03 de diciembre del 2011; sin embargo, el plazo dispuesto puede ser extendido hasta el máximo, siempre que su ampliación se solicite conjuntamente con la presentación de la renovación del Certifi cado de Depósito y no se transgreda la normatividad vigente; es decir, que el plazo máximo que establece el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, es de doce (12) meses que son contados a partir del día siguiente de la notifi cación del acto administrativo; a fi n que el armador acredite que la E/P NILO de matrícula CE-12516-PM se encuentra en uno de los supuestos del numeral 2) del artículo 7º de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y en el numeral 1) del artículo 16° de su Reglamento; antes de concluido el plazo establecido;

Que, mediante Memorando Nº 00200-2011-PRODUCE/OEC de fecha 17 de febrero del 2011, la Ofi cina de Ejecución Coactiva del Ministerio de la Producción, informa respecto a la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM, no registra deudas; y, con respecto a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM, mediante Memorando Nº 0220-2011-PRODUCE/OEC de fecha 21 de febrero del 2011, señala que la referida embarcación no registra deudas;

Que, en tal virtud, la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento Nº 131 que fuera incorporado al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo

Nº 008-2009-PRODUCE, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; por lo tanto, resulta procedente la asociación o incorporación defi nitiva del PMCE solicitado;

Que, mediante Memorando Nº 0452-2011-PRODUCE/OGTIE de fecha 04 de abril del 2011, en su Informe Nº 37-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, remite el cálculo del PMCE de la Zona Norte-Centro, consignada en el Anexo 02, de la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º y 20º del Reglamento de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE/DGEPP y sus modifi catorias, correspondería suspender durante la Medida de Ordenamiento Pesquero, los permisos de pesca de la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según el Informe Técnico Nº 003-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Complementario Nº 254-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, e Informe Legal Nº 369-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE modifi cado por Resolución Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) de la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM.

Artículo 2º.- El plazo de la vigencia de la incorporación defi nitiva del PMCE referido en el artículo 1º de la presente Resolución, será hasta el 03 de diciembre del 2011 (fecha de vigencia del Certifi cado de Depósito), a fi n de que cumpla con acreditar que la E/P NILO de matrícula CE-12516-PM se encuentra en uno de los supuestos del numeral 2) del artículo 7º de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y en el numeral 1) del artículo 16° de su Reglamento; teniendo presente el fundamento expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3º.- En virtud a la incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, el PMCE de la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM será de 0.547120% para la Zona Norte-Centro, conforme al porcentaje establecido por la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística, a través del Anexo 2º del Informe Nº 37-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP.

Artículo 4º.- Modifi car el Listado de los Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral, aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-20286-PM en el extremo del PMCE que se consigna en el artículo 3º de la presente Resolución.

Artículo 5º.- Modifi car el Listado de los Límites Máximo de Captura por Embarcación (LMCE), correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral, aprobado por la Resolución Directoral Nº 211-2010-PRODUCE/DGEPP, en referencia a la embarcación pesquera MATTY de matrícula CO-

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443173

20286-PM cuyo LMCE será de 20,106.71 TM para la Zona Norte-Centro.

Artículo 6º.- La incorporación defi nitiva del PMCE de la referida embarcación pesquera al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE), correspondientes a la Zona Norte-Centro del litoral aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, referida en el artículo 3º de la presente Resolución no modifi ca los PMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones.

Artículo 7º.- Suspender durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM, de conformidad con los artículos 17º y 20º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre los Límites Máximo de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE; como consecuencia de la incorporación defi nitiva aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución.

Artículo 8º.- Excluir de los Anexos publicados en las Resoluciones Directorales Nºs 843-2008-PRODUCE/DGEPP y 211-2010-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera NILO de matrícula CE-12516-PM.

Artículo 9º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, para que se sirva proceder a la incorporación en el aplicativo de seguimiento del PMCE y LMCE.

Artículo 10º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

643756-4

Otorgan a Corporación Pesquera Hillary S.A.C. autorización para instalación de establecimiento industrial pesquero a fin de realizar el procesamiento de productos hidrobiológicos

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 297-2011-PRODUCE/DGEPP

Lima, 4 de mayo del 2011

Visto: Los escritos con Registro Nº 00027297-2011 y Adjunto 1 y 2 de fechas 29 de marzo, 11 y 27 de abril del 2011, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento;

Que, el numeral 52.1 del artículo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, señala que la autorización de instalación se otorga con vigencia no mayor de un (01) año, la cual podrá renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversión sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%)

del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado;

Que, en el artículo 9º del Reglamento de Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiológicos, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE, se establece que las plantas de harina de pescado residual deben tener carácter accesorio y complementario al funcionamiento de la actividad principal y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos provenientes de las plantas de consumo humano directo del titular de los derechos administrativos, cuya capacidad instalada especifi cada estará en relación directa a la cantidad de descartes y/o residuos, teniendo un máximo de 10 t/h de procesamiento;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 679-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de noviembre de 2008, se otorgó a la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. autorización para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento, a través de las plantas de enlatado de productos hidrobiológicos, y harina de pescado residual, accesoria y complementaria al funcionamiento de la citada actividad, y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los residuos y pescado descartado provenientes de su planta de enlatado, a ubicarse en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, con capacidades proyectadas de 2,500 cajas/turno y 10 t/h, respectivamente;

Que, a través de Resolución Directoral Nº 859-2009-PRODUCE/DGEPP del 29 de octubre del 2009, se renovó por un (01) año adicional, el plazo de autorización de instalación de establecimiento industrial pesquero, otorgado a la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. con Resolución Directoral Nº 679-2008-PRODUCE/DGEPP, a fi n de que se concluya con la instalación de las plantas de procesamiento de enlatado y harina de pescado residual, ubicado en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash;

Que, la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicación, diseño, construcción y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo;

Que, mediante los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. al habérsele vencido el plazo para solicitar la licencia de operación de las plantas de enlatado y harina de pescado residual, autorizada por Resolución Directoral Nº 679-2008-PRODUCE/DGEPP, renovada por Resolución Directoral Nº 859-2009-PRODUCE/DGEPP, solicita nuevamente autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de las plantas de enlatado con una capacidad de 2500 cajas/turno, y harina de pescado residual con una capacidad de 10 t/h, con carácter accesoria y complementaria al funcionamiento de su actividad principal (enlatado), y ser de uso exclusivo para el procesamiento de descartes y/o residuos provenientes de su planta de enlatado, a ubicarse en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash;

Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, con fecha 13 de agosto del 2008, expide el Certifi cado Ambiental EIA Nº 054-2008-PRODUCE/DIGAAP, mediante el cual se hace constar que la administrada asume en vez de la empresa PESQUERA MARC S.A.C. los mismos compromisos de mitigación de contaminación ambiental adquiridos por ésta en el Certifi cado Ambiental EIA Nº 056-2007-PRODUCE/DIGAAP; el mismo que fue ratifi cado mediante Ofi cio Nº 549-2011-PRODUCE/DIGAAP de fecha 27 de abril del 2011;

Que, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP mediante Protocolo Técnico Sanitario para Autorización

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443174

de Instalación Nº PSI-005-08-CN-HA-SANIPES del 31 de marzo del 2008, modifi cado en su titularidad a través del Protocolo Técnico Sanitario para Autorización de Instalación Nº PTI-016-08-CN-HA-SANIPES del 20 de octubre del 2010, precisa que las plantas de conserva y harina de pescado residual de la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C., se adecua a los requerimientos de diseño, construcción y equipamiento, según lo establecido en la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; el mismo que fue ratifi cado mediante Ofi cio Nº 706-2011-ITP/SANIPES, de fecha 25 de abril del 2011;

Que, de acuerdo a la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorización solicitada;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Técnico Nº 324-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch, ratifi cado con Memorando Nº 254-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal Nº 548-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con el numeral 4 inciso b) del artículo 43º, los artículos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los artículos 49º, 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. con RUC Nº 20516109620, autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de las plantas de enlatado de productos hidrobiológicos y harina de pescado residual, con carácter accesoria y complementaria al funcionamiento de la actividad principal (enlatado), y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos provenientes de su planta de enlatado, a ubicarse en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, con las siguientes capacidades:

Enlatado : 2,500 cajas/turnoHarina Residual : 10 t/h de procesamiento de

descartes y/o residuos de productos hidrobiológicos

Artículo 2º.- La empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. con RUC Nº 20516109620, deberá instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, califi cado favorablemente por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, mediante el Certifi cado Ambiental EIA Nº 056-2007-PRODUCE/DIGAAP modifi cado en su titularidad por Certifi cado Ambiental EIA Nº 054-2008-PRODUCE/DIGAAP.

Artículo 3º.- Otorgar a la empresa CORPORACION PESQUERA HILLARY S.A.C. con RUC Nº 20516109620,

el plazo de un (01) año, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite de haber realizado una inversión sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la instalación del establecimiento industrial pesquero, autorizada por el Artículo 1º de la presente Resolución . La licencia de operación de las plantas de enlatado y harina de pescado residual, deberá solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorización o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovación.

Artículo 4º.- Vencido el plazo inicial o la renovación, si ésta hubiese sido otorgada, la autorización de instalación del establecimiento industrial pesquero señalada en el artículo 1º de la presente Resolución, caducará de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalación total del establecimiento industrial pesquero.

Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en los artículos 2º y 3º de la presente Resolución, será causal de caducidad del derecho otorgado, o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda.

Artículo 6º.- Declarar la caducidad de la Resolución Directoral Nº 679-2008-PRODUCE/DGEPP, renovada por Resolución Directoral Nº 859-2009-PRODUCE/DGEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 7º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Ancash y consignarse en el portal institucional del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZDirector General de Extracción yProcesamiento Pesquero

643756-5

RELACIONES EXTERIORES

Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá”

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 163-2011-RE

Lima, 24 de mayo de 2011

Visto el Memorándum (DAE) Nro. DAE0344/2011 de 18 de mayo de 2011 de la Dirección de General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Debiéndose suscribir el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá”;

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá”;

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443175

Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

644594-5

Delegan facultades para la suscripción del “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Costa Rica”

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 164-2011-RE

Lima, 24 de mayo de 2011

Visto el Memorándum (DAE) Nro. DAE0344/2011 de 18 de mayo de 2011 de la Dirección de General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Debiéndose suscribir el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Costa Rica”;

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Costa Rica”.

Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

644594-6

Dan por terminadas funciones de Consul Honorario del Perú en la ciudad de Zagreb, República de Croacia

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 165-2011-RE

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTA:

La Resolución Suprema Nº 052-94-RE, de fecha 09 de marzo de 1994, que nombró Cónsul Honorario del Perú en Zagreb, República de Croacia, al señor Fedor Devide, con jurisdicción en todo el país;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 127º, literal b), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen por la

cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º

inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 127º, literal b), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor Fedor Devide como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Zagreb, República de Croacia.

Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes.

Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

644594-7

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0464/RE-2011

Lima, 23 de mayo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, en la Declaración Conjunta del 25 de noviembre de 2010, los Presidentes de las Repúblicas de Perú y Chile acordaron convocar al Comité Conjunto sobre Cooperación Laboral y Migratoria Perú-Chile para que elabore una propuesta de agenda para el Consejo de Integración Social Perú-Chile (CIS);

Que, mediante Nota Nº 0473, de fecha 03 de febrero de 2011, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile cursó una invitación para participar en la “Primera Reunión del Comité Conjunto sobre Cooperación Laboral y Migratoria Perú-Chile”, que se realizó en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 23 de mayo de 2011;

Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0343/2011, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 17 de mayo de 2011; y (OPR) N° OPR0861/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 20 de mayo de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, con efi cacia anticipada, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Luis Alberto Castro Joo, funcionario de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, el 23 de mayo de 2011, quien participó en la “Primera Reunión del Comité Conjunto sobre Cooperación Laboral y Migratoria Perú-Chile.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443176

mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosPasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Luis Alberto Castro Joo 1,138.14 200.00 1+1 400.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDEMinistro de Relaciones Exteriores

644183-1

SALUD

Declaran en proceso de transferencia al Régimen Especial de Lima Metropolitana, a los órganos que integran las Direcciones de Salud II Lima Sur, IV Lima Este y V Lima Ciudad

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 399-2011/MINSA

Lima, 20 de mayo del 2011

Visto, el Expediente Nº 11-035374-001; que contiene el Informe Nº 012-2011-OGD/MINSA de la Ofi cina de Descentralización;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el literal c) del artículo 5º de la citada Ley, señala como acciones a seguir en el proceso de modernización, a la Descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales y la gradual transferencia de funciones;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como fi nalidad de la descentralización, el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población;

Que, el literal a) del artículo 4º de la citada Ley, señala que la descentralización constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, cuyo efecto alcanza a todos los poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y al gobierno en su conjunto;

Que, por su parte el literal g) del mencionado artículo dispone que, el proceso de descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada y clara asignación de

competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, evitando la duplicidad;

Que, el artículo 33º de la citada Ley de Bases de la Descentralización, establece el régimen especial para la provincia de Lima Metropolitana y señala que, en el ámbito de la provincia de Lima Metropolitana, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, precisando que toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a dicha municipalidad, en lo que resulte aplicable;

Que, el artículo 36º de la mencionada Ley, señala que la salud pública constituye una competencia compartida del gobierno nacional, regional y local;

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su artículo 10º que los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que le asigna la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización y la mencionada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, encontrándose dentro de las competencias compartidas la de salud pública;

Que, el artículo 65º de la citada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que la capital de la República no integra ninguna región, por lo que en la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual posee autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2007, el cual contempla las funciones desconcentradas a transferirse a los Gobiernos Regionales en materia de salud;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Norma para la ejecución de la transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las funciones Sectoriales incluidas en los planes Anuales de Transferencia”, la cual establece los procedimientos para la transferencia de funciones sectoriales en el marco de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; modifi cado con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 239-2011-PCM/SD, en la cual se adiciona al Grupo II de Transferencia las funciones específi cas de Salud;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2010-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2010”, el cual establece medidas para la continuidad del Proceso de Transferencia de los periodos 2007 al 2010, respecto de la ejecución de las acciones pendientes de los ciclos 2007 al 2009, y el proceso de transferencia del ciclo 2010;

Que, con Resolución Ministerial Nº 175-2011/MINSA del 15 de marzo de 2011, se aprobó el “Plan de Transferencia Sectorial 2011”, mediante el cual el Ministerio de Salud establece en el marco de la descentralización administrativa como uno de los objetivos de la acción estratégica para culminar el proceso de transferencia de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos a los Gobiernos Regionales y Locales que se hayan considerado en los planes anuales de transferencia. Ciclos 2007-2008-2009, impulsar la transferencia de los establecimientos de salud a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 343-2011-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros dispuso publicar, entre otros, el Plan de Acción

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443177

para la Transferencia de funciones sectoriales de Salud a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, de acuerdo con el referido Plan, para la efectivización de la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se conformarán grupos de trabajo integrados por representantes del Ministerio de Salud, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como, de las Direcciones de Salud y de sus órganos desconcentrados;

Que, el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias, señala que la Dirección de Salud II Lima Sur, Dirección de Salud IV Lima Este y Dirección de Salud V Lima Ciudad, constituyen órganos desconcentrados del Ministerio de Salud;

Que, como parte del proceso de descentralización en materia de salud, es necesario proseguir con la transferencia de competencias, personal, recursos presupuestales, bienes y acervo documentario del Ministerio de Salud al Régimen Especial de Lima Metropolitana, así como organizar y ejecutar las actividades que conlleven a la mencionada transferencia, a través de Grupos de Trabajo;

Estando a lo informado por la Viceministra de Salud en su calidad de Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia;

Con el visto del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Director General de la Ofi cina de Descentralización y de la Viceministra de Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el literal i) del artículo 8º de la Ley 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar en proceso de transferencia a los órganos que integran la Dirección de Salud II Lima Sur, la Dirección de Salud IV Lima Este y la Dirección de Salud V Lima Ciudad, incluyendo sus órganos desconcentrados, conforme se detalla a continuación:

Dirección de Salud Órganos Desconcentrados

Dirección de Salud II Lima Sur

1. Dirección de Red de Salud Villa El Salvador, Lurín - Pachacamac – Pucusana

2. Dirección de Red de Salud San Juan de Mirafl ores-Villa María del Triunfo

3. Dirección de Red de Salud Barranco, Chorrillos, Surco

4. Hospital María Auxiliadora

Dirección de Salud IV Lima Este

1. Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana2. Hospital de Huaycán3. Hospital Vitarte4. Hospital José Agurto Tello de Chosica5. Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho6. Hospital San Juan de Lurigancho7. Hospital Nacional Hipólito Unanue8. Hospital Hermilio Valdizán

Dirección de Salud V Lima Ciudad

1. Dirección de Red de Salud Lima Ciudad2. Dir. Red de Salud Lima Norte IV (Ancón, Carabayllo,

Puente Piedra y Santa Rosa - Puente Piedra)3. Hospital Carlos Lanfranco La Hoz4. Dirección de Red de Salud Lima Norte V (Rímac/

SMP/LO)5. Dirección de Red de Salud Lima Norte VI (Túpac

Amaru)6. Hospital Nacional Arzobispo Loayza7. Hospital Nacional Dos de Mayo8. Hospital Víctor Larco Herrera9. Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bar-

tolomé”10. Hospital Sergio Bernales11. Hospital de Emergencias José Casimiro Ulloa12. Hospital Emergencias Pediátricas13. Hospital Cayetano Heredia14. Hospital Santa Rosa

El Ministerio de Salud transferirá de manera progresiva al Régimen Especial de Lima Metropolitana

los bienes muebles, e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual y obligaciones, pasivos y activos correspondientes a las Direcciones de Salud mencionadas y sus órganos antes señalados.

Artículo 2º.- El proceso de transferencia se inicia a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dándose por notifi cadas las dependencias de salud comprendidas en dicho proceso.

Artículo 3º.- Constituir los Grupos de Trabajo para la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a que hace referencia el “Plan de Acción para la Transferencia de funciones sectoriales de Salud a la Municipalidad Metropolitana de Lima”, publicado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 343-2011-PCM/SD, según el siguiente detalle:

Grupos de Trabajo en áreas de Asesoría:

1. Planeamiento, Presupuesto e Inversión2. Organización y adecuación institucional3. Asesoría Jurídica (Procesos Administrativos,

Judiciales, acciones de control y otros)4. Estadística e Informática5. Defensoría de la Salud y Transferencia

Grupos de Trabajo en áreas de apoyo administrativo:

6. Gestión administrativa (Economía y logística)7. Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos8. Acervo Documentario

Grupos de Trabajo en áreas fi nales:

9. Salud de las Personas10. Promoción de la Salud11. Salud Ambiental12. Gestión de Medicamentos13. Epidemiología14. Prevención y Control de Emergencias y

Desastres.

Los grupos de trabajo a que hace referencia el presente artículo, serán responsables de organizar, ejecutar y monitorear las actividades relacionadas con la transferencia de la Dirección de Salud II Lima Sur, Dirección de Salud IV Lima Este y Dirección de Salud V Lima Ciudad y sus órganos desconcentrados al Régimen Especial de Lima Metropolitana.

Artículo 4º.- Los Grupo de Trabajo estarán integrados por un representante del Ministerio de Salud, quien lo presidirá, un representante de la Dirección de Salud II Lima Sur, un representante de la Dirección de Salud IV Lima Este y un representante de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Para el mejor cumplimiento de sus funciones, los Grupos de Trabajo podrán solicitar la participación del personal asignado a los órganos que forman parte del proceso de transferencia, conforme se señala en el Anexo I de la presente Resolución.

Artículo 5º.- Los Grupos de Trabajo deberán instalarse en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la publicación de la presente Resolución.

Los Grupos de Trabajo deberán elaborar su respectivo cronograma de actividades y presentar sus informes y actas de transferencia, en los plazos que apruebe la Comisión Sectorial de Transferencia.

Artículo 6º.- La Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud reconstituida mediante la Resolución Ministerial Nº 558-2007/MINSA es la encargada de efectuar la conducción y supervisión general del proceso de transferencia.

Eventualmente, la Comisión Sectorial de Transferencia, evaluará si es necesario conformar nuevos Grupos de Trabajo que permitan la operatividad de la transferencia de temas que no hayan sido considerados en la presente Resolución.

La Presidencia de la Comisión Sectorial de Transferencia podrá solicitar la participación y apoyo de todos los órganos del Ministerio de Salud, a fin

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443178

de realizar las acciones que faciliten el proceso de transferencia.

Artículo 7º.- La coordinación con los Grupos de Trabajo estará a cargo del Director General de la Ofi cina de Descentralización del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

643853-1

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Autorizan la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de plazas de Inspector Auxiliar bajo el régimen laboral del D. Leg. Nº 728

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 149-2011-TR

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTOS: El Ofi cio Nº 618-2011-MTPE/4/12 del 16 de mayo de 2011, del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29626, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

Que, mediante Ley Nº 29684, se incorpora la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final a la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, mediante el cual se autoriza al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a incorporar mediante concurso público, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo, a cincuenta (50) inspectores auxiliares, con cargo a su presupuesto institucional;

Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-2007-TR, Reglamento de la Carrera del Inspector del Trabajo, establece, entre otros, que el ingreso como servidor integrante de la Carrera del Inspector del Trabajo se hará en el grupo de inspector auxiliar, mediante concurso público, y que la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo, actualmente Dirección General de Inspección del Trabajo, es el órgano encargado de diseñar la estructura de los procesos de selección;

Que, en ese sentido, la Ofi cina General de Recursos Humanos del Sector, mediante Ofi cio de visto, propone la convocatoria y conformación de la Comisión de Concurso Público, para la cobertura de cincuenta (50) inspectores auxiliares;

Que, mediante Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 01532-2011-MTPE/4/11.1 el Jefe (e) de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración indica que la presente proposición cuenta con disponibilidad presupuestal, por lo que es necesario emitir el acto de administración interna que autorice su realización;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir la Resolución Ministerial que autorice la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de cincuenta (50) inspectores auxiliares, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, así como la conformación de una Comisión que realice dicho proceso;

Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Administración, de Recursos Humanos, de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del

Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29684, Ley que incorpora la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final a la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-2007-TR, Reglamento de la Carrera del Inspector del Trabajo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la Convocatoria a Concurso Público de Méritos, para la cobertura de cincuenta (50) plazas de Inspector Auxiliar bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.

Artículo 2º.- Constituir una Comisión en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, encargada de conducir el proceso de concurso público de méritos citado precedentemente, la misma que estará integrada por:

- El Director General de Inspección del Trabajo, quién la presidirá;

- El Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos, quién actuará como Secretario Técnico;

- El Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana; y,

- Un representante del Órgano de Control Institucional, quién actuará como veedor.

Artículo 3º.- La Dirección General de Inspección del Trabajo, conforme lo dispone el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-2007-TR, es el órgano encargado de diseñar la estructura del presente proceso de selección.

Artículo 4º.- La presente Resolución será publicada en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

644593-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE ADMINISTRACION

TRIBUTARIA

Dan por concluidas designaciones y designan Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Chimbote

INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIANº 060-00-0000020/SUNAT

Trujillo, 17 de mayo de 2011.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales a designar a los auxiliares coactivos que ejercerán sus funciones en el ámbito de su competencia;

Que, conforme a lo señalado en el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 048-2000/SUNAT la Intendencia Regional La Libertad es la instancia inmediata superior de la Ofi cina Zonal Chimbote;

Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Sección Control de la Deuda y Cobranza de la Ofi cina Zonal de Chimbote resulta necesario designar nuevo personal en calidad de Auxiliar Coactivo y dejar sin efecto

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443179

la designación del personal que desempeñará funciones distintas a las de cobranza coactiva;

Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 953, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que, la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confi rmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de la Sra. Flor Elisa Campos Palacios;

En uso de las facultades conferidas en los Artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación como Auxiliares Coactivos de la Sección Control de la Deuda y Cobranza Coactiva de la Ofi cina Zonal Chimbote de los Sres. Sergio Iván Fiestas Jiménez y Martha Jennifer Espinoza Haro.

Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Sección Control de la Deuda y Cobranza Coactiva de la Ofi cina Zonal Chimbote a la Sra. Flor Elisa Campos Palacios.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ACOSTA VILCHEZIntendente RegionalIntendencia Regional La Libertad

643644-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIANº145-3N0000/2011-000194

Mollendo, 16 de mayo del 2011

CONSIDERANDO:

Que, es necesario dejar sin efecto la designación del Auxiliar Coactivo de la Renta y designar a un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo fi n de asegurar el normal funcionamiento del área de Cobranza Coactiva de la Intendencia de Aduana de Mollendo;

Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y sus modifi catorias vigentes, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos establecidos por el Código Tributario y su Texto Único Ordenado, Decreto Supremo Nº 135-99-EF;

Que, la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1, del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los Órganos de la Administración Tributaria, cuyo personal ingreso mediante concurso público;

Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT de fecha 23.09.2004, ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes, Intendentes de Aduana desconcentradas y en los Intendentes Regionales la facultad de designar Auxiliares Coactivos que ejercerán sus funciones en las dependencias en las que serán designados;

En uso de la facultades conferidas mediante Resolución de Superintendencia Nº 205-2010/SUNAT de fecha 09.07.2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11.07.2010.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo del señor abogado ALFREDO ALVAREZ DIAZ, Servidor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.

Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo al señor abogado SANDRO URDAY ZAGACETA, Servidor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS HERNAN BRINGAS CÁRDENASIntendencia Aduana de MollendoIntendente

643646-1

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL

DEL SERVICIO CIVIL

Aprueban ampliación de plazo para la presentación del Plan de Desarrollo de las Personas Quinquenal (2012 - 2016)

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 064-2011-SERVIR/PE

Lima, 23 de mayo de 2011

VISTO, el Informe Nº 004-2011-SERVIR/GDCR de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1025 aprueba las normas de capacitación y rendimiento para el sector público con la fi nalidad de regular la capacitación y evaluación de las personas al servicio del Estado, correspondiéndole a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, la función de planifi car, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de capacitación del Sector Público;

Que, el Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, que en sus artículos 3º y 4º establecen que las entidades públicas deben aprobar un Plan de Desarrollo de las Personas – PDP al Servicio del Estado, correspondiéndole a SERVIR defi nir los contenidos mínimos;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2011-SERVIR/PE, se aprobó la “Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado” propuesta por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento;

Que, la mencionada Directiva en el numeral 3. VIII de las Disposiciones complementarias, fi nales y transitorias, establece que el PDP 2012-2016 debe ser elaborado y presentado a SERVIR por el Comité, a más tardar en el mes de mayo del 2011;

Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, órgano encargado de implementar políticas de desarrollo de capacidades ha propuesto ampliar el plazo de presentación del PDP Quinquenal (2012-2016) hasta el 30 de junio del 2011, con la fi nalidad de que los responsables puedan contar con un tiempo adicional para la elaboración, teniendo en cuenta que es un instrumento nuevo que requiere de un importante nivel de consenso al interior de cada entidad;

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443180

Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de la facultad establecida en el literal m) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobación Aprobar la ampliación, hasta el 30 de junio de 2011,

del plazo para la presentación del Plan de Desarrollo de las Personas Quinquenal (2012-2016), establecido en el numeral 3. VIII de las Disposiciones complementarias, fi nales y transitorias de la Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado.

Artículo 2º.- Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en

el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMUNDO BETETA OBREROSPresidente Ejecutivo

644457-1

COMISION NACIONAL

SUPERVISORA DE

EMPRESAS Y VALORES

Disponen inscripción del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” en el Registro Público del Mercado de Valores

RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORESNº 32-2011-EF/94.06.3

Lima, 16 de mayo de 2011

VISTOS:

El expediente Nº 201105294 y el Informe Nº 288-2011-EF/94.06.3, del 16 de mayo de 2011, de la Dirección de Emisores;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 221, numeral 14, y otros de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema fi nanciero pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de su propia emisión;

Que, en Junta Obligatoria Anual de Accionistas del Banco Interamericano de Finanzas -BIF celebrada el 28 de octubre de 2010, se acordó aprobar el “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 30 000 000,00 (Treinta Millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles. Asimismo, se delegó en el Gerente General de la sociedad, señor Juan Ignacio de la Vega Jiménez o en el Directorio, la facultad de defi nir las condiciones y las modifi caciones de dicho programa y sus respectivas emisiones, y en general adoptar todos los acuerdos y realizar todas las gestiones necesarias para su ejecución;

Que, mediante Resolución SBS Nº 492-2011, del 14 de enero de 2011, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas –BIF emita instrumentos representativos de deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas”, hasta por un monto de US$ 30 000 000,00 (Treinta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional;

Que, el 16 de mayo de 2011, El Banco Interamericano de Finanzas -BIF completó su solicitud de aprobación del trámite anticipado; de inscripción del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas”; y de registro del prospecto marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores;

Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que el Banco Interamericano de Finanzas -BIF ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias;

Que, a la fecha, el Banco Interamericano de Finanzas -BIF posee la condición de Entidad Califi cada;

Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos correspondiente a los programas de emisión en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y,

Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, por el que se faculta a la Dirección de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas, así como disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado e inscribir el “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” del Banco Interamericano de Finanzas –BIF hasta por un monto máximo de emisión de US$ 30 000 000,00 (Treinta Millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 2º.- La inscripción de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el marco del programa al que se refi ere el artículo 1, se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 14, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.

Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a la que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución debe efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refi eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento.

Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga deberá presentarse antes del vencimiento del referido plazo de colocación.

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443181

Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a los que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet.

Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución al Banco Interamericano de Finanzas -BIF en su calidad de emisor, estructurador y agente colocador, al BBVA Banco Continental, en su calidad de representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YVONKA HURTADO CRUZDirectora de Emisores

642098-1

Autorizan a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV a participar en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado

RESOLUCIÓN CONASEVNº 036-2011-EF/94.01.1

Lima, 23 de mayo de 2011

VISTOS:

El expediente Nº 2010008049 así como el Informe Conjunto Nº 300-2011-EF/94.06.1/94.05.2 de fecha 19 de mayo de 2011 presentado por la Dirección de Mercados Secundarios y por la Ofi cina de Tecnologías de Información, con la opinión favorable de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, establece que CONASEV tiene como fi nalidad, entre otros, promover el mercado de valores;

Que, el inciso d) del artículo 2º del referido Texto Único señala que es función de CONASEV velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de los precios en ellos y la protección de los inversionistas, procurando la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos;

Que, mediante Memorandos de Entendimiento suscritos el 28 de octubre de 2009 y 15 de enero de 2010 entre CONASEV, la Superintendencia de Valores y Seguros y la Superintendencia Financiera de Colombia, reguladores de los mercados de valores de Perú, Chile y Colombia, respectivamente, acordaron ejecutar las principales actividades y tareas con el objeto de facilitar la integración de las bolsas de valores de los tres países; así como establecer los mecanismos y procedimientos de coordinación para la ejecución de las actividades de supervisión que le corresponde a cada uno de ellos;

Que, mediante Resolución CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1, se aprobó el Reglamento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, el cual permite la canalización de propuestas de los intermediarios extranjeros a la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, así como las de los intermediarios locales a los sistemas de negociación extranjeros;

Que, el artículo 6º del referido Reglamento señala que para el funcionamiento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV deben presentar ante CONASEV la documentación e información que se detalla en dicho

artículo; y que verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo, siempre que medien acuerdos entre los reguladores de los sistemas de negociación participantes, CONASEV autorizará el funcionamiento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado;

Que, la disposición señalada en el considerando precedente dispone que el inicio de operaciones en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado se encuentra sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 7º de dicho Reglamento;

Que, mediante Cartas GE-037/11 del 05 de mayo de 2011 y GG-059/11 del 11 de mayo de 2011, la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV, respectivamente, solicitaron la autorización de funcionamiento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, presentando, entre otra documentación e información, los contratos suscritos con la Bolsa de Valores de Colombia S.A., la Bolsa de Comercio de Santiago, el Depósito Centralizado de Valores de Colombia - Deceval S.A. y DCV Depósito Central de Valores S.A., para efectos de conformar y viabilizar el funcionamiento de un Mercado Integrado de los valores transados en las mencionadas bolsas de valores;

Que, analizada la documentación presentada tanto por la Bolsa de Valores de Lima S.A. como por CAVALI S.A. ICLV se ha determinado que estas instituciones han cumplido con las condiciones y requisitos para la autorización de funcionamiento, establecidos en el artículo 6º del citado Reglamento;

Que, una vez autorizada la participación de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, en aplicación de los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8º del referido Reglamento, dichas instituciones deben establecer mecanismos de seguimiento y control que aseguren el normal funcionamiento del referido Mercado Integrado, de acuerdo a las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento en mención;

Que, teniendo en consideración que la integración de los mercados de valores conlleva benefi cios u oportunidades para los inversionistas, emisores, intermediarios y para el desarrollo del propio mercado, toda vez que permite una mayor diversifi cación de riesgos, mayor liquidez al mercado, niveles superiores de actividad bursátil, formación más efi ciente de precios, reducción del costo de fi nanciamiento y de los costos de transacción, entre otros, y ante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el referido Reglamento, corresponde autorizar la participación de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado; y,

Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 2 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y a lo acordado por el Directorio reunido en sesión del 23 de mayo de 2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV a participar en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado.

Artículo 2º.- El inicio de operaciones en dicho mercado se encuentra condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7º del Reglamento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado.

Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV.

Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MICHEL CANTA TERREROSPresidente

644115-1

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443182

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Establecen conformación de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 391-2011-P-CSJLI/PJ

Lima, 23 de mayo del 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante el ingreso Nº 037113-2011, la doctora Emilse Victoria Niquen Peralta, Juez Superior integrante de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, comunica que el doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, Presidente del referido colegiado se encuentra con licencia.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a designar al Magistrado que complete el Colegiado de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima, por la ausencia del doctor Ramos Lorenzo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR al doctor GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS, Juez Titular del Tercer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 23 de mayo del presente año y mientras dure la ausencia del doctor Ramos Lorenzo, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera:

Segunda Sala Contenciosa Administrativo de Lima:

Dra. Emilse Victoria Niquen Peralta PresidenteDr. Luis Alejandro Lévano Vergara (T) Dr. Germán Alejandro Aguirre Salinas (P)

Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora MARIANELLA LEDESMA NARVAEZ, como Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Civil de Lima, a partir del 23 de mayo del presente año y mientras dure la promoción del doctor Aguirre Salinas.

Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

644214-1

Designan Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado Penal Tránsitorio de San Juan de Lurigancho

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 392-2011-P-CSJLI/PJ

Lima, 23 de mayo del 2011

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, mediante el Ingreso Nº 037230-2011, la doctora Elena Isabel Chuman Céspedes, Juez del Quinto Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud, a partir del 24 al 27 de mayo del presente año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente designar al magistrado que reemplazará a la doctora Chuman Céspedes, mientras dure el periodo de su licencia.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora ROSAURA AMALIA LÓPEZ ORTIZ como Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, a partir del 24 al 27 de mayo presente año, por la licencia de la doctora Chuman Céspedes.

Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

644215-1

Designan Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Familia de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativay de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 393 - 2011- P- CSJLI/PJ

Lima, 24 de mayo del 2011

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 037242-2011, la doctora Doris Rodríguez Alarcón, Juez Titular del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones correspondientes al presente año, a partir del 24 al 27 de mayo del año en curso.

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443183

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora MARÍA NATIVIDAD OTAROLA PAREDES como Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, a partir del 24 al 27 de mayo del presente año, en reemplazo de la doctora Rodríguez Alarcón.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

644228-1

Disponen permanencia de magistrado como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 394-2011-P-CSJLI/PJ

Lima, 24 de mayo del 2011

VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 037506-2011, la doctora Eliana Salinas Ordóñez, Juez Titular del Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud, a partir del 23 al 30 de mayo del presente año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º

y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DISPONER la permanencia del doctor FREDDY SANTIAGO RÍOS SANCHEZ, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, a partir del 24 al 30 de mayo del presente año, por la licencia de la doctora Eliana Salinas Ordóñez.

Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

644229-1

Disponen la permanencia de magistrada como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 395-2011-P-CSJLI/PJ

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO:

El Ofi cio Nº 3886-2011-SG-CS-PJ, de fecha veintitrés de mayo del presente año; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el ofi cio de visto, la Corte Suprema del Poder Judicial pone en conocimiento las Resoluciones Administrativas Nº 059-2011-PCNM, mediante la cual se resuelve no renovar la confi anza al doctor Augusto Manuel Amaro Segura y, en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Juez de Paz Letrado de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima; y Nº 253-2011-PCNM, de fecha 15 de abril del presente año, que resuelve declarar Infundado el recurso extraordinario interpuesto por el doctor Augusto Manuel Amaro Segura contra la Resolución Nº 059-2011-PCNM, que dispuso no ratifi carlo en el cargo de Juez de Paz Letrado de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, es pertinente que este Despacho Presidencial emita el pronunciamiento respectivo, a fi n de no interrumpir el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443184

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DISPONER la permanencia de la doctora MARÍA PERPETUA RAMÍREZ ANCCAS como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita.

Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ofi cina de Personal de esta Corte Superior y del Magistrado designado, para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

644237-1

Reconocen y felicitan a magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Cañete por ganar el Bono por Desempeño 2010

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETEPresidencia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 053-2011-P-CSJCÑ-PJ

San Vicente de Cañete, 26 de enero del 2011

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa y representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identifi cación con este Poder del Estado.

Que, el numeral 8.3 del artículo 8º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Ley Nº 29465, dispone que se autoriza al Poder Judicial, entre otras instituciones públicas ahí referidas, a otorgar un Bono por Desempeño por el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en este Poder del Estado, y adicionalmente agrega que será otorgado en el mes de diciembre de 2010, en función a la evaluación, medición y califi cación del desempeño de las respectivas dependencias.

Que, por Decreto Supremo Nº 209-2010-EF se apruébese el Reglamento del Bono por Desempeño, a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en el Poder Judicial, establecido en el artículo 8 numeral 8.3 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010.

Que, con el objeto de establecer las pautas y lineamientos operativos específi cos para recabar y evaluar información de personal e indicadores para el otorgamiento del Bono de Desempeño Año 2010, y así premiar a los benefi ciarios de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial de acuerdo a los Anexos del citado Decreto Supremo, la Presidencia del Poder Judicial expide la Directiva Nº 001-2010-P-PJ “Directiva para el Otorgamiento de Bono por Desempeño y Cumplimiento de Metas para el Personal del Poder Judicial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010” la misma que es aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 258-2010-P-PJ de fecha 08 de noviembre del 2010.

Que, puede advertirse de la lectura en la página web http://historico.pj.gob.pe/ del Poder Judicial, que la Corte Superior de Justicia de Cañete ha sido benefi ciada con el bono ya anotado, en dos de sus órganos jurisdiccionales, y

también puede apreciarse en dicha página virtual la relación de ganadores del bono por desempeño 2010 – Decreto Supremo Nª 209-2010-EF, entre los que se encuentran magistrados y demás servidores, integrantes de la Sala Civil y del Juzgado Civil de esta Corte Superior de Justicia.

Que, el Presidente de la Corte Superior, es la máxima autoridad de la Sede Judicial a su cargo y dirige la política interna del Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER la FELICITACIÓN Y RECONOCIMIENTO a los magistrados y personal jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Cañete que para el año 2010 lograron ganar el Bono por Desempeño 2010 reglamentado por el Decreto Supremo Nº 209-2010-EF, quienes a continuación se mencionan:

• SALA CIVIL DE CAÑETE

- Ricardo Fortunato ASTOQUILCA MEDRANO Juez (T) Superior - Luz Gladys ROQUE MONTESILLO Juez (T) Superior - Paulo Jorge VIVAS SIERRA Juez (T) Superior- Ubaldina Gregoria HUAMANI HUAMANI- Manuel Rigoberto VARGAS SÁNCHEZ- Gladys Amelia RAMOS ARIAS- Percy Edwin GARCIA PAREDES- Patricia RAZZETO ZAVALA- Luis Alberto VICENTE ZAVALA- Carmen Nelly RANGEL PURILLA

• JUZGADO CIVIL DE CAÑETE

- Jacinto Arnaldo CAMA QUISPE Juez (T) Especializado - Eusebio Raúl NEGRÒN CUBILLAS- Orlando CAICHIHUA ROJAS - Sonia AVENDAÑO RICARDO- Daisy Mariluz GUZMAN SÁNCHEZ- Andrea Deyanira del Carmen LAZO CANDELA - Mónica Rosario CHAVEZ REYES- Omar VELÁSQUEZ OCHOA

Artículo Segundo.- DISPONER que la presente resolución sea agregado como mérito al legajo personal de cada servidor reconocido.

Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial, a la ofi cina de Administración Distrital, al Jefe de Personal Distrital y órganos designados en la presente resolución, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLOPresidentaCorte Superior de Justicia de Cañete

643883-1

Felicitan y reconocen a magistrados por haber cumplido 15 años como Jueces Superiores y por su desempeño en la Corte Superior de Justicia de Cañete

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETEPresidencia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 071-2011-P-CSJCÑ-PJ

San Vicente de Cañete, 8 de febrero del 2011

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443185

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa y representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identifi cación con este Poder del Estado.

Que, en la Ley de la Carrera Judicial dictada por Ley Nº 29277, se establece en el artículo 2º el perfi l del juez requerido por el Sistema para la carrera judicial, mencionándose que el perfi l del juez está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, los jueces responderán de manera idónea a las demandas de justicia, siendo sus principales características: formación jurídica sólida, capacidad para interpretar y razonar jurídicamente a partir de casos concretos, aptitud para identifi car los confl ictos sociales bajo juzgamiento, conocimiento de la organización y manejo del despacho judicial, independencia y autonomía en el ejercicio de la función y defensa del Estado de Derecho, conocimiento de la realidad nacional y prácticas culturales del lugar donde desempeña su función, propensión al perfeccionamiento del sistema de justicia, y trayectoria personal éticamente irreprochable.

Que, por otra parte, el artículo 233º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS dispone que la conducta funcional y el rendimiento de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial, será objeto de reconocimiento por parte del Consejo Ejecutivo, y se agrega que la resolución de reconocimiento felicita al Magistrado o auxiliar jurisdiccional, y se remite a la Ofi cina de Control de la Magistratura para los efectos a que se contrae el inciso 10) del artículo 105º de la presente Ley.

Que, los Jueces Superiores titulares doctores Moisés Martinez Meza, Ricardo F. Astoquilca Medrano, y Manuel Roberto Paredes Dávila, actualmente integrantes de Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, han cumplido recientemente 15 años como Jueces Superiores.

Que, a lo largo de su trayectoria como magistrados en esta Corte Superior de Justicia, los doctores Moisés Martinez Meza, Ricardo F. Astoquilca Medrano, y Manuel Roberto Paredes Dávila, se han desempeñado de manera ejemplar en los distintos cargos que han ejercido en su carrera judicial, cumpliendo cabalmente el perfi l profesional de juez que predica el artículo 2º de la Ley Nº 29277; y además por sus valiosos aportes en la administración de justicia, en el ejemplo diario de trabajo a su colegas y personal auxiliar jurisdiccional, así como por sus actitudes destacadas en la labor intelectual creadora; es decisión de este despacho presidencial reconocer dichas cualidades y actitudes.

Que, no existe óbice legal alguno para que la Presidencia de la Corte, a través de una Resolución Administrativa resuelva sobre la felicitación y reconocimiento a un magistrado superior en ejercicio de sus funciones.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER la FELICITACIÓN Y RECONOCIMIENTO a los Jueces Superiores Titulares doctores Moisés Martinez Meza, Ricardo F. Astoquilca Medrano, y Manuel Roberto Paredes Dávila por haber cumplido 15 años como Jueces Superiores, y por su desempeño de manera ejemplar en los distintos cargos que han ejercido en su carrera judicial en la Corte Superior de Justicia de Cañete, demostrando las capacidades y cualidades deseadas en todo juez.

Artículo Segundo.- DISPONER que la presente resolución sea agregado como mérito al legajo personal de cada servidor reconocido.

Artículo Tercero.- REMITIR copia certifi cada de la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder

Judicial, a la ofi cina de Administración Distrital, al Jefe de Personal Distrital y magistrados designados en la presente resolución, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLOPresidentaCorte Superior de Justicia de Cañete

643883-2

ORGANOS AUTONOMOS

MINISTERIO PUBLICO

Aceptan renuncia de Fiscal Superior Titular de Lima, Distrito Judicial de Lima

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOSNº 052-2011-MP-FN-JFS

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de renuncia presentada por el doctor PEDRO MIGUEL ANGULO ARANA, al cargo de Fiscal Superior Titular de Lima, Distrito Judicial de Lima.

Que, por Acuerdo Nº 2272 adoptado en sesión extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 24 de mayo de 2011, se aceptó por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal.

Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor PEDRO MIGUEL ANGULO ARANA, al cargo de Fiscal Superior Titular de Lima, Distrito Judicial de Lima.

Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes pertinentes.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al interesado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la NaciónPresidente de la Junta de Fiscales Supremos

644590-1

Dan por concluidos nombramientos, designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Puno, Arequipa, Lima e Ica

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 873-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 150-2011-CNM, de fecha 12 de mayo del 2011, el Consejo Nacional de la Magistratura resuelve nombrar al doctor Valeriano Luis Cusi Acencio,

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443186

como Fiscal Provincial Penal Corporativo de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa; lo que hace necesario designarle en el Despacho correspondiente.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor VALERIANO LUIS CUSI ACENCIO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Antonio de Putina; materia de la Resolución Nº 457-2010-MP-FN.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la doctora ROSALYM MILAGROS MENDOZA ABRIL, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa; materia de la Resolución Nº 375-2010-MP-FN.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora GLORIA MARCELA VILLAGOMEZ OLIVERA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa; materia de las Resoluciones Nº 707-2009-MP-FN y Nº 916-2009-MP-FN.

Artículo Cuarto.- Designar al doctor VALERIANO LUIS CUSI ACENCIO, Fiscal Provincial Titular Penal Corporativo de Arequipa, del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa.

Artículo Quinto.- Designar a la doctora ROSALYM MILAGROS MENDOZA ABRIL, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Paucarpata.

Artículo Sexto.- Designar a la doctora GLORIA MARCELA VILLAGOMEZ OLIVERA, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Arequipa, del Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa.

Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Arequipa y Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales designados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-1

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 874-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor ELMER CONSTANTINO RIOS LUQUE, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 437-2006-MP-FN.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora YSABEL EDI GALVAN CALLE, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Este y su destaque como adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, asimismo su designación como Jefa de la Ofi cina de Coordinación de Enlace de las Fiscalías Especializadas en delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas,

materia de las Resoluciones Nº 890-2008-MP-FN y Nº 185-2010-MP-FN, respectivamente.

Artículo Tercero.- Nombrar al doctor ELMER CONSTANTINO RIOS LUQUE, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Este, destacándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Cuarto.- Designar al doctor ELMER CONSTANTINO RIOS LUQUE, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Este, adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, como Jefe de la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas.

Artículo Quinto.- Designar a la doctora YSABEL EDI GALVAN CALLE, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministra de Justicia, Ministro de Defensa, Ministro del Interior, Defensora del Pueblo, Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, Director Nacional Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales designados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-2

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 875-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Pedro Miguel García García, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Paucar del Sara Sara; materia de la Resolución Nº 1735-2009-MP-FN, de fecha 27 de noviembre del 2009.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Paul Anthony Amaya Carhuamaca, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Paucar del Sara Sara; materia de la Resolución Nº 1345-2010-MP-FN, de fecha 13 de agosto del 2010.

Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Paul Anthony Amaya Carhuamaca, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Paucar del Sara Sara.

Artículo Cuarto.- Designar al doctor Pedro Miguel García García, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Paucar del Sara Sara, Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Paucar del Sara Sara.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular – Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica –, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales designados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-3

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443187

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443188

Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Judiciales de Tumbes y San Martín

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 876-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

El ofi cio Nº 1011-2011-MP-FN-PJFS-Tumbes, cursado vía fax por la doctora Jane Grimalda Lucero Tamayo, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tumbes, mediante el cual eleva la renuncia formulada por la doctora Noemí Teresa Colmenares Urupeque, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, por razones de índole personal;

Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Noemí Teresa Colmenares Urupeque, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución Nº314-2011-MP-FN, de fecha 02 de marzo del 2011.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tumbes-, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 877-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

El ofi cio Nº 3221-2011-MP-PJFS-DJ-SAN MARTIN, de fecha 20 de mayo del 2011, cursado vía fax por el doctor Pablo Arévalo Flores, Fiscal Superior - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, mediante el cual eleva la renuncia formulada por el doctor David Reátegui Olano, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba, por razones de índole personal; a partir del 27 de mayo del 2011.

Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor David Reátegui Olano, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba, materia de la Resolución N° 431-2011-MP-FN, de fecha 18 de marzo del 2011; a partir del 27 de mayo del 2011.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San

Martín-, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-5

Designan Fiscal en el despacho de la Cuadragésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 878-2011-MP-FN

Lima, 24 de mayo de 2011

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora NOELIA DÍAZ CUBAS, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita, materia de la Resolución Nº847-2011-MP-FN, de fecha 19 de mayo del 2011.

Artículo Segundo.- Designar a la doctora NOELIA DÍAZ CUBAS, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Cuadragésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal designada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

644591-6

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en EE.UU.

RESOLUCIÓN SBS Nº 6138-2011

Lima, 24 de mayo de 2011

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

VISTA:

La invitación cursada por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443189

de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), para participar en la Reunión de Coordinación entre la Presidencia/Vicepresidencia del Grupo de Expertos, Coordinadores de Subgrupos y la Secretaría Ejecutiva de la CICAD, así como en la Reunión de Subgrupos de Trabajo del Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos en Decomiso y Coordinación e Integración entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigación Criminal, que se celebrarán en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, entre el 26 y 27 de mayo de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, los citados eventos tienen como fi nalidad dar seguimiento a las recomendaciones acordadas en la última reunión del Grupo de Expertos, LAVEX XXXI, llevada a cabo en setiembre de 2010 en San José, Costa Rica y la última reunión de los Subgrupos de Trabajo de Decomiso y de coordinación e integración entre UIF y OIC, llevada a cabo en mayo de 2010 en Washington D.C., Estados Unidos de América;

Que entre los temas a discutir resaltan los procedimientos de recepción, análisis y entrega de información relacionada con los Reportes de Operaciones Sospechosas procesados por FINCEN, el uso de informaciones abiertas para el análisis preliminar de casos en la Unidad de Inteligencia Financiera de Colombia, Ley modelo regional sobre extinción de dominio, Análisis de la Asistencia Legal Mutua en materia de identifi cación y localización de activos en el extranjero, entre otros;

Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés para la Institución participar en las mencionadas reuniones internacionales, de singular importancia para las actividades que desarrolla la Unidad de Inteligencia Financiera, se ha considerado conveniente la asistencia del señor Carlos Enrique Melgar Romarioni, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que concurra al citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y,

En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBS-DIR-ADM-085-14;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Enrique Melgar Romarioni, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 25 al 28 de mayo de 2011 a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos

de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1 468,88Viáticos US$ 660,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones

644407-1

UNIVERSIDADES

Otorgan duplicado de diploma de bachiller en pedagogía y humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú

UNIVERSIDAD NACIONALDEL CENTRO DEL PERU

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº 01580-CU-2011

Huancayo, 5 de mayo de 2011.

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU

Visto, el expediente Nº 012939 de fecha 06 de Abril del 2011, por medio del cual don EMIGIDIO SANTOS SAENZ, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Pedagogía y Humanidades. Especialidad: Biología y Química, por pérdida.

CONSIDERANDO:

Que, don Emigidio Santos Saenz, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller, por pérdida; el Diploma de Grado de Bachiller en Pedagogía y Humanidades. Especialidad: Biología y Química fue expedido el 29.08.1995, Diploma registrado con el Nº 4471, registrado a Fojas 477 del Tomo 021 - B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP;

Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”;

Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895-2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación; y,

De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 27 de Abril del 2011.

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443190

RESUELVE:

1º.- OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN PEDAGOGIA Y HUMANIDADES. ESPECIALIDAD: BIOLOGIA Y QUIMICA, a don SANTOS SAENZ EMIGIDIO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 4471, registrado a Fojas 477 del Tomo 021 - B.

2º.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley Nº 28626.

3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS ANTONIO ADAUTO JUSTORector

ROGER RAMOS REYMUNDOSecretario General

643529-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

Otorgan autorización a Tecnológica de Alimentos S.A. para desarrollar la actividad de generación de energia eléctrica en planta industrial ubicada en el departamento de Ancash

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 120-2011-GRA-DREM

Huaraz, 17 de mayo de 2011

VISTO:

El Expediente con registro Nº 4947, del 14 de diciembre de 2010, presentado por la Empresa TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11073052 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, debidamente representada por Olga Claudia Bianchi De Los Rios, con D.N.I Nº 0002768, sobre solicitud de otorgamiento de Autorización para Generación Termoelectrica;

CONSIDERANDO:

Que, la Empresa TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., mediante documento con registro Nº 1707, de fecha 25 de Abril de 2011, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la planta de Generación Termoeléctrica, correspodiente a los grupos Electrógenos de la Planta Industrial TASA-Chimbote Nuevo, con una potencia instalada de 4,310 Kw (cuatro mil trescientos diez Kw), ubicada en la Av. Los Pescadores s/n. Lote A, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente;

Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación,

de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, mediante recurso con registro Nº 1707 del 25 de abril de 2011, TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., remite información complementaria para la autorización de Generacion Termoeléctrica de la Planta TASA – Nuevo Chimbote;

Que, el área de Electricidad de la Direccion Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 003-2011-GRA-DREM/ATE;

Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem 4.2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energía y Minas, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0709-2009-REGION ANCASH/PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar AUTORIZACION por tiempo indefi nido a favor de la Empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., que se identifi cará con código de Expediente Nº 0001-GRA-DREM/T, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Generación Termoeléctrica, correspodiente a los grupos Electrógenos de la Planta Industrial TASA-Chimbote Nuevo, con una potencia instalada de 4,310 kW, ubicada en la Av. Los Pescadores s/n. Lote A, Zona Industrial 27 de Octubre, Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash.

Artículo 2º.- TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.

Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del D.S. Nº 009-93–EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDDY ELISEO JACOME DAPAZDirector General

643545-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

EL AGUSTINO

Modifican la Ordenanza Nº 378-MDEA mediante la cual se declaró de interés y necesidad el uso masivo del gas natural para los sectores residencial y comercial en el distrito

ORDENANZA Nº 479-MDEA

El Agustino, 19 de mayo del 2011

EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443191

VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº 144-2011-GDH-GEMU-MDEA del Gerente de Desarrollo Humano e Informe Nº 188-2011-GAJ-MDEA del Gerente de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los servicios públicos constituyen una prioridad de los gobiernos locales, tal y como lo expresa el Artículo IV de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades la cual establece que los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

Que, el servicio público de distribución de Gas Natural por Red de Ductos introduce condiciones que permiten una mejora considerable en la calidad de vida de la población por tratarse de una fuente de energía comparativamente más económica y que, por su pureza y composición favorece el medio ambiente, lo que contribuirá al desarrollo económico y social de los vecinos del distrito que cuenten con dicho servicio público.

Que, mediante la Ley Nº 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, el Estado Peruano declaró “de interés nacional” el fomento y desarrollo de la industria del gas natural, lo cual comprende a la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos;

Que, en el marco de dicha norma, el Gobierno Central viene implementando una serie de normas y medidas que buscan promover proactivamente el acceso masivo de la población a los benefi cios del gas natural, a fi n de lograr en el mediano y largo plazo el cambio de la matriz energética del país;

Que, en este sentido, y teniendo en cuenta los benefi cios económicos, sociales y medio ambientales que el Gas Natural ofrece, mediante la Ordenanza Nº 378-MDEA del 5 junio de 2008 la Municipalidad Distrital de El Agustino declaró de interés y necesidad pública el uso masivo de Gas Natural en el distrito de El Agustino.

Que, siendo función de la Municipalidad la de coadyuvar a estos objetivos desde su jurisdicción fomentando que los ciudadanos accedan a una fuente de energía más limpia y que comparativamente es más económica que otros combustibles;

De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de Comisiones, lectura y aprobación del Acta, con el voto MAYORITARIO, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBALA MODIFICATORIA Y LA AMPLIACIÓN

DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 378-MDEAQUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD EL USOMASIVO DEL GAS NATURAL PARA LOS SECTORES

RESIDENCIAL Y COMERCIAL EN EL DISTRITODE EL AGUSTINO

DE LA MODIFICATORIADE LA ORDENANZA Nº 378-MDEA

Artículo 1º.- Modifíquese el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 378-MDEA que declara de interés y necesidad el uso masivo del gas natural para los sectores residencial y comercial en el Distrito de El Agustino, la misma que quedará redactada en los términos siguientes:

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:

1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial.

2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected]

3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.

5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá.

6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: [email protected]; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443192

“Artículo Cuarto.- Con la fi nalidad de promover el desarrollo del Gas Natural en los sectores residencial, comercial y vehicular, no se exigirá a los vecinos la tramitación y pago de derechos municipales referentes a los procedimientos de autorización de conexiones domiciliarias de servicio público de gas natural.

(...).”.

DE LA AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIADE LA ORDENANZA Nº 378-MDEA

Artículo 2º.- Amplíese la vigencia de la Ordenanza Nº 378-MDEA que declara de interés y necesidad el uso masivo del gas natural para los sectores residencial y comercial en el Distrito de El Agustino, por un plazo de tres (3) años.

DISPOSICIÓN FINAL

Artículo 3º.- Encárguese al Gerente Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza; al Secretario General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo de la Gerencia de Defensoría y Participación Vecinal su correspondiente difusión masiva.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOSAlcalde

644445-1

MUNICIPALIDAD DE

SAN ISIDRO

Conforman Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012

ORDENANZA Nº 328-MSI

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO,

Vistos, en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes Nº 026-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales, Nº 024-2011-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización y Nº 003-2011-CIPVCD/MSI de la Comisión de Comunicaciones, Imagen, Participación Vecinal, Cultura y Deporte; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680 que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como la fi scalización de la gestión de los recursos públicos;

Que, el Literal f) del Artículo 2º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado

por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, defi ne que el Equipo Técnico lo integran los profesionales y técnicos de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la Ofi cina de Programación e Inversión en el Gobierno Regional y Gobierno Local, o quienes hagan sus veces, pudiendo estar integrado, además, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Gobierno Local y tiene la responsabilidad de conducir el Proceso del Presupuesto Participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el trabajo de evaluación técnica a que hace referencia el Artículo 8º del Reglamento;

Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales y señala que el Equipo Técnico tiene como rol brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso, facilitar información para el desarrollo de talleres de trabajo, realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos así como preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica fi nanciera;

Que, conforme se establece en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 298-MSI que Reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo en el Distrito de San Isidro, formará parte del Equipo Técnico un Representante de la Sociedad Civil residente en el distrito de San Isidro, profesional con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto público. Asimismo, el Consejo de Coordinación Local Distrital en pleno propondrá uno o más candidatos para ser evaluados por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo;

Que, mediante Informe Nº 084-2011-0500-GPPDC/MSI la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo comunica que habiéndose realizado la evaluación respectiva en función a los criterios establecidos en la Ordenanza Nº 298-MSI, el candidato propuesto cumple con los requisitos antes mencionados, recomendando se incorpore al señor Luis Jorge Paz Silva como representante de la Sociedad Civil ante el Equipo Técnico;

Que, en el Inciso 14) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal;

De conformidad con lo establecido en los Artículos 9º Numerales 8) y 14) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECELA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO

PARA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2012

EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO

Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012, de la siguiente manera:

- Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, como Presidente del Equipo Técnico.

- Subgerente de Planeamiento y Presupuesto, como Secretario Técnico.

- Gerente de Desarrollo Urbano.- Gerente de Obras y Servicios Municipales.- Gerente de Desarrollo Social.- Gerente de Seguridad Ciudadana.- Gerente de Tecnologías de Información y

Comunicación.- Jefe de la Ofi cina de Cultura.- Jefe de la Ofi cina de Participación Vecinal.

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443193

- Ing. Luis Jorge Paz Silva como Representante de la Sociedad Civil.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

POR TANTO:

Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San Isidro a los once días del mes de mayo del año dos mil once.

RAÚL CANTELLA SALAVERRYAlcalde

643542-1

Modifican Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales

ORDENANZA Nº 329-MSI

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO,

Vistos, en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes Nº 028-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales y Nº 026-2011-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanzas se crean modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, derechos, licencias y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley, de conformidad con el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza Nº 314-MSI de fecha 20 de setiembre del año 2010, se aprobó la Ordenanza que Regula el Régimen de Inafectaciones de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Ejercicio 2011 en el distrito de San Isidro;

Que, el Numeral 6) del Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que es competencia de los Gobiernos Locales apoyar la creación de redes educativas como expresión de participación y cooperación entre los centros y los programas educativos de su jurisdicción. Para ello se harán alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad;

Que, es preciso indicar que mediante Ordenanzas Nº 260-MSI y Nº 289-MSI se otorgaron benefi cios de condonación e inafectación de Arbitrios Municipales durante los Ejercicios 2009 y 2010 respecto de los predios de propiedad de asociaciones que tienen como fi n brindar educación en forma mayoritaria a la niñez proveniente de hogares económicamente menos favorecidos en los niveles de inicial, cuna jardín, primaria y secundaria, recomendando su ampliación para el Ejercicio Fiscal 2011;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, Numeral 8, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo por mayoría y con dispensa de trámite de aprobación de Acta ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES

Artículo Primero.- Agregar en el Artículo Octavo de la Ordenanza 314-MSI, el Literal f) con el siguiente texto:

Artículo Octavo.- INAFECTOS AL PAGO DE ARBITRIOS

Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadana los predios de propiedad de:

(...)

f) Asociaciones que tienen como fi n brindar educación en forma mayoritaria a la niñez proveniente de hogares económicamente menos favorecidos, en los niveles de inicial, cuna jardín, primaria y secundaria, previa evaluación de sus labores sociales por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de San Isidro.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria.

POR TANTO:

Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San Isidro a los once días del mes de mayo del año dos mil once.

RAÚL CANTELLA SALAVERRYAlcalde

643542-2

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CORRALES

Modifican la Ordenanza N° 001-2008-MDC-ALC referente a las principales calles, avenidas, jirones y pasajes del Centro Urbano de la ciudad capital del distrito de Corrales

ORDENANZA MUNICIPALNº 001- 2011-MDC-CM

Corrales, 12 de Mayo del 2011.

POR CUANTO :

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 06 de Mayo del 2011, sobre modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDC-ALC de fecha 22 de febrero del 2008.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobierno Local que tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su Competencia, disposición constitucional que ha sido reproducida en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Ley que en su Artículo 89º prescribe que las Municipalidades ejercen sus funciones de Gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas, entre otras Normas Municipales.

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443194

Que, con Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDC-ALC, de fecha 22 de Febrero del 2008, se declaró Zona de Destino Turístico y de Necesidad Pública la Plaza Mayor del Distrito de Corrales y las calles que circundan su perímetro; prohibiéndose el funcionamiento de bares y cantinas y otros similares donde se expendan licores durante las 24 horas del día en las calles que circundan en la Plaza Mayor del Distrito de Corrales y los establecimientos comerciales fuera de los alcances de la citada Ordenanza; norma Municipal que en sus Artículos primero y segundo no se indica con claridad las calles que circundan la Plaza de Armas del Distrito de Corrales; lo que ha generado una problemática existente de establecimientos comerciales dentro del área restringida que su funcionamiento que incluso con la utilización de aparatos de sonido que superen los decibeles reglamentarios afectan la tranquilidad y la salud de los vecinos que domicilian en dicha zona.

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 06 de Mayo del 2011, se acordó modifi car los Artículos Primero y Segundo de la citada Ordenanza Municipal, precisándose mediante un croquis y en forma detallada cada una de las Calles, Jirones y Pasajes a considerarse como Zona Restringida y de Destino Turístico en el Cercado Urbano de la Ciudad de Corrales, Prohibiendo el Funcionamiento las veinticuatro (24) horas del día a los establecimientos comerciales, que por su naturaleza vendan bebidas alcohólicas para su consumo; de igual manera se prohibió la Venta y Consumo de bebidas, alcohólicas las 24 horas del día en la Vía Pública (llámese veredas, pistas, parques, calles etc). Así también se acordó establecer horarios de atención a los establecimientos comerciales que expendan comidas y bebidas alcohólicas fuera de la zona restringida, debiéndose utilizar aparatos de sonido que no superen los decibeles reglamentario lo que genera la presente.

Que, de conformidad con el Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Distritales asumen competencias específi cas entre otras materias, en organización de espacio físico, saneamiento, salubridad y salud.

De conformidad a lo establecido en el inciso 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo Primero: Modifi car el Artículo Primero de la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDC-ALC de fecha 22 de Febrero 2008, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo Primero: Declárese Zona Restringida y de Destino Turístico por Necesidad Pública las principales calles, avenidas, jirones y pasajes del Centro Urbano de la Ciudad Capital del Distrito de Corrales, de conformidad al croquis adjunto,

1.1 Calle Hilario Carrasco : Cuadra 2da, 3era, y 4ta.1.2 Calle Atahualpa : Cuadra 3ra, 4ta y 5ta.1.3 Calle Inca Yupanqui : Cuadra 4ta y 5ta1.4 Calle Huáscar : Cuadra 2da, 3era, y 4ta.

1.5 Calle Serafín Dodero : Entre la Cuadra 2da de la Calle Hilario Carrasco hasta la Cuadra 4ta de la Calle Inca Yupanqui.

1.6 Jirón San Pedro : Entre la Esquina de las Cuadras 2da y 3era de la Calle Huáscar hasta las esquinas de las Cuadras 4ta y 5ta de la Calle Inca Yupanqui.

1.7 Calle Manuel Silva : Entre la Esquina de las Cuadras 3era y 4ta de la Calle Huáscar hasta las esquinas de las Cuadras 5ta y 6ta de la Calle Inca Yupanqui.

1.8 Calle Sinchi Roca : Entre la esquina del Pasaje Olaya C-2 hasta la esquina de la Cuadra 4ta de la Calle Huáscar.

1.9 Pasaje Olaya : Cuadra 1era y 2da.

Artículo Segundo: Modifi car el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDC-ALC de fecha 22 de febrero del 2008, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

2.1 PROHIBASE el funcionamiento las veinticuatro (24) horas del día de Bares, Cantinas, Discotecas, Peñas, Karaokes, Salones de Bailes, Café Teatros Cabaret, Nighy Clubs, Videos Plus, Picanterías y otros de Naturaleza similar, en las Calles.

2.2 ESTABLECER como horario de Atención a los Establecimientos Comerciales fuera del ámbito de la Zona Declarada como Restringida y de Destino Turístico, como a continuación se indica :

2.2.1 A partir de las 18 horas hasta las 22 horas el funcionamiento de : Bares, Café Teatros, Cabaret, Video Plus y otros de naturaleza similar.

2.2.2 A partir de las 08 horas hasta las 19 horas el funcionamiento de : Picanterías, Restaurant y otros de naturaleza similar.

2.2.3 PROHIBASE la venta y consumo de bebidas alcohólicas las veinticuatro (24) horas del día en las vías públicas (Como Pistas,Veredas,Calles,Plazas,Parques, etc).

2.3 Queda Prohibido la comercialización y/o consumo de bebidas alcohólicas, al exterior de los establecimientos autorizados, en la Vía Pública y en el interior de vehículos.

2.4 Todos los Establecimientos que ejerzan el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas (Bodegas, Bares, Cantinas, Restaurantes, Picanterías, Night Clubs, Prostíbulos, Pubs, Karaokes, Discotecas, Peñas, Licorerías y demás establecimientos cuyo giro comercial tenga que ver con la comercialización de bebidas alcohólicas); deberán utilizar aparatos de sonido que no superen los decibeles reglamentarios y además deberán contar con la respectiva Licencia de Funcionamiento, su carencia conllevara a la imposición de Sanciones establecidas.

Artículo Tercero: DEJAR SIN EFECTO Y SIN VALOR LEGAL, cualquier acuerdo, Normas Municipales y otras de similar naturaleza que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto: Queda Vigente en todos sus extremos los artículos Tercero, Cuarto y Quinto de la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDC-ALC de fecha 22 de febrero del 2008.

Artículo Quinto: La vigencia de la presente Ordenanza es a partir del día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cúmplase.

JAVIER REYNALDO VELIZ SAAVEDRAAlcalde

643584-1

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443195

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Maritimos, de 2 de mayo de 2011”

Entrada en vigencia del “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Maritimos, de 2 de mayo de 2011” aprobado mediante Resolución Legislativa N° 29686, de 19 de mayo de 2011, y ratifi cado por Decreto Supremo N° 065-2011-RE de 20 de mayo. Entró en vigor el 20 de mayo de 2011.

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443196

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443197

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443198

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 25 de mayo de 2011 443199

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, miércoles 25 de mayo de 2011443200

644525-1