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Guía didáctica Nuevas Tecnologías Aplicadas al Derecho UTPL-ECTS: 5 CRÉDITOS

Nuevas Tecnologias Aplicadas Al Derecho

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nuevas tecnologias del derecho

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  • Gua didctica: Nuevas Aplicaciones Aplicadas al Derecho

    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Catlica de Loja 1

    Gua didctica

    Nuevas Tecnologas Aplicadas al Derecho

    UTPL-ECTS: 5 CRDITOS

  • 10308

    Reciba asesora virtual en: www.utpl.edu.ec

    AUTOR:Abg. Carlos Vinicio Correa Jaramillo

    ESCUELA DE CIENCIAS JURDICAS

    1. Datos Informativos

    Gua didctica

    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA

    La Universidad Catlica de Loja

    MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA

    Nuevas Tecnologas Aplicadas al Derecho

    CICLO UTPL-ECTSAbogaca

    3

    5 CRDITOS

  • NUEVAS TECNOLOGAS APLICADAS AL DERECHOGua didcticaCarlos Vinicio Correa Jaramillo

    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA

    CC Ecuador 3.0 By NC ND

    Diagramacin, diseo e impresin:EDILOJA Ca. Ltda.Telefax: 593 - 7 - 2611418San Cayetano Alto s/[email protected]

    Derecho de Autor No.: 000455

    Primera edicinTercera reimpresin

    ISBN-978-9942-00-858-9

    Maquetacin y diseo digital:EDILOJA Ca. Ltda.

    Primera edicin

    ISBN digital-978-9942-04-226-2

    Esta versin digital, ha sido licenciada bajo las licencias Creative Commons Ecuador 3.0 de reconocimiento -no comercial- sin obras derivadas; la cual permite copiar, distribuir y comunicar pblicamente la obra, mientras se reconozca la autora original, no se utilice con fines comerciales ni se realicen obras derivadas. http://www.creativecommons.org/licences/by-nc-nd/3.0/ec/

    Octubre, 2012

  • 2. ndice

    2. ndice ....................................................................................................................................................... 4

    3. Introduccin .......................................................................................................................................... 6

    4. Competencias ....................................................................................................................................... 74.1 Competencias genricas ................................................................................................................... 74.2 Competencias especficas ................................................................................................................. 7

    5. Bibliografa ........................................................................................................................................... 85.1 Bsica ................................................................................................................................................ 85.2 Complementaria ............................................................................................................................... 8

    6. Orientaciones generales para el estudio .................................................................................. 10

    7. Proceso de enseanza-aprendizaje para el logro de competencias .............................. 11

    PRIMER BIMESTRE

    7.1. Planificacin para el trabajo del alumno ........................................................................................ 117.2. Sistema de evaluacin de la asignatura (primero y segundo bimestres) ..................................... 137.3. Orientaciones especficas para el aprendizaje por competencias .................................................. 14

    UNIDAD 1: DERECHO E INFORMTICA ............................................................................................................ 14

    1.1 Qu es Derecho? ........................................................................................................................... 141.2 Qu es Informtica? ...................................................................................................................... 151.3 Informtica Jurdica .......................................................................................................................... 161.4 Derecho Informtico ......................................................................................................................... 181.5 Internet ............................................................................................................................................ 181.6 Hardware, Software y Sistemas Operativos ...................................................................................... 20Autoevaluacin 1 ........................................................................................................................................ 23

    UNIDAD 2: LEYES AFINES ............................................................................................................................. 25

    2.1 Normas Internacionales y Organismos Internacionales ..................................................................... 252.2 Constitucin de la Repblica del Ecuador .......................................................................................... 262.3 Ley de Comercio Electrnico, Firmas electrnicas y mensajes de datos ........................................... 262.4 Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor ..................................................................................... 272.5 Ley de Telecomunicaciones ............................................................................................................... 302.6 Ley de Sistema Nacional de Datos Pblicos ...................................................................................... 31Autoevaluacin 2 ........................................................................................................................................ 34

    UNIDAD 3: ANLISIS DE LA LEY DE COMERCIO ELECTRNICO, FIRMAS ELECTRNICAS Y MENSAJES DE DATOS .... 35

    3.1 Mensajes de datos ........................................................................................................................... 353.2 Firma electrnica .............................................................................................................................. 363.3 Contratacin electrnica ................................................................................................................... 383.4 Derechos de los usuarios o consumidores de servicios electrnicos ................................................... 383.5 Instrumentos pblicos, la prueba y notificaciones electrnicas .......................................................... 39Autoevaluacin 3 ........................................................................................................................................ 40

  • SEGUNDOBIMESTRE

    7.4. Planificacin para el trabajo del alumno ........................................................................................ 417.5. Orientaciones especficas para el aprendizaje por competencias .................................................. 42

    UNIDAD 4: PROTECCIN JURDICA DE LOS PROGRAMAS DE COMPUTACIN Y PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL INTERNET ..................................................................................................................................................... 42

    4.1 Propiedad Intelectual ........................................................................................................................ 424.2 Propiedad intelectual de programas informticos .............................................................................. 434.3 Derechos de Autor ............................................................................................................................ 444.4 Creative commons ............................................................................................................................ 45Autoevaluacin 4 ........................................................................................................................................ 48

    UNIDAD 5: DELITOS INFORMTICOS .............................................................................................................. 49

    5.1 Sujeto Activo y Pasivo. .................................................................................................................... 495.2 Bien protegido .................................................................................................................................. 525.3 Tipos de Delitos Informticos ............................................................................................................ 535.4 Fraudes ............................................................................................................................................ 555.5 Sabotaje ........................................................................................................................................... 565.6 Robo de servicios .............................................................................................................................. 56Autoevaluacin 5 ........................................................................................................................................ 58

    8. Solucionario .......................................................................................................................................... 59

    9. Recursos educativos multimedia .................................................................................................. 64

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    3. Introduccin

    La asignatura de Nuevas Tecnologas Aplicadas al Derecho se imparte en segundo ciclo de la carrera de Abogaca de la Escuela de Ciencias Jurdicas en la Modalidad Abierta y a Distancia de la Universidad Tcnica Particular de Loja; tiene una valoracin de cinco crditos acadmicos, y es de tipo genrica.

    En la actualidad el mundo se desenvuelve entre computadores y utensilios electrnicos, creando un mundo paralelo simplificado y que continuamente se encuentra ampliando la gama de actividades que reguladas en la vida real se encuentran muchas veces en la indefensin en el sistema informtico o simplemente presenta realidades diferentes que necesitan ser reguladas.

    Estos sistemas informticos han facilitado el comercio nacional e internacional, las relaciones interculturales, el acceso a la informacin y educacin, disminuyendo considerablemente las fronteras que hasta hace poco tiempo se podan encontrar en la sociedad, pero as como encontramos muchos beneficios tambin nos enfrentamos a retos con los que antes no nos habamos encontrado.

    Es por esto que es importante comprender la relacin del derecho con las nuevas tecnologas y el mundo paralelo que se est creando en la red, tanto para proteger a aquellos que se sienten desprotegidos como para facilitar el comportamiento de las personas ante este fenmeno; realizando un proceso de investigacin que permitir entender dicha relacin.

    El propsito principal de la asignatura es poder facilitar el conocimiento sobre las normas y temas que se relacionan con Las Nuevas Tecnologas aplicadas al Derecho, de esta manera abrir las mentes hacia el nuevo mundo que nos rodea y preparar el camino hacia el futuro que estamos construyendo.

    Los contenidos a desarrollar en la asignatura han sido distribuidos equitativamente para los dos bimestres. En el primer bimestre se estudiarn los siguientes captulos: Derecho e Informtica, Leyes afines, Anlisis a la Ley de Comercio Electrnico; y para el segundo bimestre: Proteccin Jurdica de los Programas de Computacin y Propiedad Intelectual en el Internet; y, Delitos Informticos.

    Se recomienda que el usted cuente con los conocimientos de computacin bsica, como son: Sistema operativo Windows, Microsoft Word, Excel, Power Point, Internet, Correo Electrnico; con la finalidad de poder desarrollar las competencias y contenidos de la presente materia.

    El autor de la Gua didctica es el Abogado Carlos Vinicio Correa, quien estar gustos de acompaarle en este proceso de aprendizaje.

    Pablo Picasso dijo: Yo hago lo imposible, porque lo posible lo hace cualquiera, con estas palabras damos inicio al estudio del mundo de las Nuevas Tecnologas aplicadas al Derecho.

    Empecemos

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    4. Competencias

    4.1 Competencias genricas

    Capacidad de aplicar los conocimientos en la prctica.

    Conocimiento sobre el rea de estudio y la profesin.

    Capacidad de investigacin.

    Habilidades para buscar, procesar y analizar informaciones procedentes de fuentes diversas.

    Capacidad de aprender a aprender como poltica de formacin continua.

    Capacidad creativa e innovadora.

    Habilidades en el uso de las tecnologas de las TICs.

    4.2 Competencias especficas

    Buscar la justicia y equidad en todas las situaciones en las que interviene.

    Capacidad para interpretar y aplicar los principios generales del Derecho y del ordenamiento jurdico nacional e internacional en casos concretos.

    Capacidad para analizar problemas contemporneos empleando para ello el Derecho aplicable.

    - Capacidad para identificar las caractersticas del sistema legal y su aplicacin en las diferentes instancias administrativas y jurdicas.

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    5. Bibliografa

    5.1 Bsica

    Paez, J. J. yAcurio, S. (2010).Derecho yNuevasTecnologas.Quito, Corporacinde Estudios yPublicaciones.

    Se ha determinado como texto bsico para el estudio de la materia, ya que posee el contenido necesario para cubrir los diferentes temas a tratar, por lo que es de lectura obligatoria; es una obra de dos autores, por un lado el Doctor Juan Jos Paez, que se enfoca en el tema de Derecho y Nuevas Tecnologas, y, por otro el Doctor Santiago Acurio, ilustre profesional que desarrolla el tema de Derecho Penal Informtico. Este libro se destaca por su anlisis en lo que se refiere al mbito penal.

    Correa,CarlosV.(2010).GuadeNuevasTecnologasaplicadasalDerecho.Loja-Ecuador,UTPL.

    En esta gua se presenta los contenidos programados para la materia, basada en un anlisis a las diferentes normas e informacin detallada de temas relacionados; elaborado por el profesor de la misma con la finalidad de ampliar los conocimientos de la asignatura.

    Puede encontrar en esta gua conceptos importantes para la compresin de los diversos temas a tratar, as como anlisis a las normas y orientacin para la lectura del texto bsico. Al final de cada unidad se encontrar con un cuestionario que ser til para evaluar si se ha logrado la comprensin de la unidad.

    5.2 Complementaria

    LeydeComercioElectrnico,firmasymensajesdedatos.Nmero67.2002/04/17.RegistroOficialSuplemento #557

    Es la Norma encargada de regular todo lo relacionado con el comercio electrnico, as como el uso de las firmas y mensajes de datos.

    LeydelSistemaNacionaldeRegistrodeDatosPblicos.Nmero0.2010/31demarzode2010.RegistroOficialSuplemento#162

    Es la Norma que se encarga de regular el manejo de los datos, tanto en su forma de almacenamiento, publicidad o privacidad.

    LeydeTelecomunicaciones.Nmero184.10deAgostode1992.RegistroOficial#996

    Esta ley se encarga de regular lo relacionado con las telecomunicaciones, el uso de frecuencias, acceso, manejo, distribucin, entre otras.

    LeyOrgnica de laDefensadel Consumidor.Nmero 21. 10 de Julio de 2000. RegistroOficialSuplemento #116

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    Esta norma es de carcter proteccionista puesto que se encarga de velar por el bienestar de los consumidores, ya que dentro de sus artculos existen diferentes sistemas de proteccin creados con la finalidad de amparar los derechos del consumidor.

    Recursos web

    Puertas,JuanJos;Pacheco,PatriciayGranda,Vernica.(2008).LicenciasCreativeCommons[Enlnea]. Disponible en: http://creativecommons.org/international/ec/ [Consulta: 23 de junio de2010]

    En esta pgina web podr encontrar informacin sobre las licencias Creative Commons y su respectiva adaptacin a las normas ecuatorianas.

    OMPI,OrganizacinMundialdelaPropiedadIntelectual.Disponibleen:http://www.wipo.int/pct/en/index.html.[Consulta:05dejuliode2010]

    PginadelaOMPI,dondesehabladelTratadodeCooperacinenmateriadePatentes(PCT)anivel internacional.

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    6. Orientaciones generales para el estudio

    Con la finalidad de que el alumno adquiera la mayor cantidad de destrezas, habilidades y conocimientos sobre la asignatura, se recomienda la lectura tanto de la presente gua como del texto bsico, as como el uso de varios recursos didcticos y ciertas estrategias de aprendizaje que detallamos a continuacin:

    Distribuireltiempodeformaadecuada,paraquenoseacumulelamateriaypuedaestudiarlamisma de manera calmada.

    Sesugiererealizarunarevisindelaplanificacinporbimestredelamateria.

    PuedeaccederalEntornoVirtualdeAprendizaje(EVA),dndeperidicamentedebatiremossobretemas de actualidad que se relacionen con la materia y se despejarn las dudas que se tengan, haciendo uso de un dilogo ameno.

    Tambinesrecomendablehaceresquemas,resmenesycualquiermtodoquelepermitaasimilarde forma ms prctica la materia.

    Resolver la evaluacin a distancia y las autoevaluaciones de la gua, que sern tiles en supreparacin para la prueba presencial.

    Finalmentecontamosconlasasesorastelefnicas,dondesepodrsolucionarcualquierdudadeforma personal.

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    7. Proceso de enseanza-aprendizaje para el logro de competencias

    PRIMER BIMESTRE

    7.1. Planificacin para el trabajo del alumno

    COMPETENCIAS ESPECFICAS

    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    CONTENIDOS: Unidades/Tema

    CRONOGRAMA ORIENTATIVO

    (Tiempo estimado)

    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

    RECURSOS DIDCTICOS EVALUACIN

    * Buscar la justicia y equidad en todas las situaciones en las que interviene.

    * Capacidad para interpretar y aplicar los principios generales del Derecho y del ordenamiento jurdico nacional e internacional en casos concretos.

    * Capacidad para analizar problemas contempor-neos empleando para ello el Derecho aplicable.

    * Adquirir los conocimientos bsicos sobre derecho e informtica.

    UNIDAD 1DERECHO E

    INFORMTICA

    1.1 QuesDerecho?

    1.2 QuesInformtica?

    1.3 Informtica Jurdica.

    1.4 Derecho Informtico.

    1.5 Internet.1.6 Hardware,

    Software, Sistemas Operativos.

    Semana 1 y 2

    12 horas de autoestudio.

    8 horas de interaccin.

    * Lectura didctica del texto bsico y la gua.

    * Desarrollo de las auto-evaluaciones.

    * Interaccin por medio del EVA.

    * Iniciar con el desarrollo de la evaluacin a distancia.

    Textobsico

    GuaDidctica

    EntornoVirtualde Aprendizaje (EVA)

    Correoelectrnico

    Telfono

    Chatvainternet

    Desarrollode las auto-evaluaciones 1 a la 3.

    Evaluacina distancia: parte objetiva y de ensayo del primer bimestre.

    Evaluacinpresencial.

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    COMPETENCIAS ESPECFICAS

    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    CONTENIDOS: Unidades/Tema

    CRONOGRAMA ORIENTATIVO

    (Tiempo estimado)

    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

    RECURSOS DIDCTICOS EVALUACIN

    * Capacidad para identificar las caractersticas del sistema legal y su aplicacin en las diferentes instancias administrativas y jurdicas.

    * Identificar brevemente las normas que regulan las Nuevas Tecnologas.

    * Analizar las normas relativas al uso de nuevas tecnologas y el comercio electrnico.

    UNIDAD 2LEYES A FINES

    2.1 Normas Internacionales y Organismos Internacionales.

    2.2 Constitucin2.3 Ley de Comercio

    Electrnico, FirmasElectrnicas y mensajes de datos.

    2.4 Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor.

    2.5 Ley de Teleco-municaciones

    2.6. Ley de Sistema Nacional de Datos Pblicos.

    2.7 Disposiciones transitorias.

    Semana 3 y 4

    12 horas de autoestudio.

    8 horas de interaccin.

    * Lectura didctica del texto bsico y la gua.

    * Desarrollo de las auto-evaluaciones.

    * Interaccin por medio del EVA

    * Continuar con el desarrollo de la evaluacin a distancia

    * Comprender los diferentes temas que contiene la ley de Comercio Electrnico.

    * Conocer los derechos que tenemos como usuarios o consumidores.

    * Aprender sobre los instrumentos pblicos, pruebas y notificaciones electrnicas.

    UNIDAD 3ANLISIS A LA

    LEY DE COMERCIO ELECTRNICO

    3.1 Mensajes de datos

    3.2 De la firma electrnica

    3.3 De la Contratacin electrnica

    3.4 Derechos de los usuarios o consumidores de servicios Electrnicos

    3.5 De los instrumentos pblicos

    3.6 De la prueba y notificaciones electrnicas

    Semana 5 Y 6

    12 horas de autoestudio.

    8 horas de interaccin.

    * Lectura didctica del texto bsico y la gua.

    * Desarrollo de las auto-evaluaciones.

    * Interaccin por medio del EVA.

    * Finalizarypresentar la evaluacin a distancia.

    UNIDADES 1 A LA 3 Semana 7 Y 8

    12 horas de autoestudio.

    8 horas de interaccin.

    * Revisindetoda la materia, as como de las pruebas a distancia y las auto-evaluaciones como preparacin para la evaluacin presencial del primer bimestre.

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    7.2. Sistema de evaluacin de la asignatura (primero y segundo bimestres)

    3. C

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    Para aprobar la asignatura se requiere obtener un puntaje mnimo de 28/40 puntos, que equivale al 70%.

    * Son estrategias de aprendizaje, no tienen calificacin; pero debe responderlas con el fin de autocomprobar su proceso de aprendizaje.

    ** Recuerdelaevaluacinadistanciadelprimerbimestreysegundobimestreconstadedospartes:unaobjetivayotradeensayo,debe desarrollarla y entregarla en la fecha establecida.

    2. Heteroevaluacin

    Evaluacin presencial

    Prue

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    Formasdeevaluacin

    Competencia: criterio

    Comportamiento tico

    Cumplimiento, puntualidad y responsabilidad

    Esfuerzo e inters en los trabajos

    Respetoalaspersonasyalasnormasdecomunicacin

    Creatividad e iniciativa

    Contribucin en el trabajo colaborativo y de equipo

    Presentacin, orden y ortografa

    Emite juicios de valor argumentadamente

    Dominio del contenido

    Investigacin(citafuentesdeconsulta)

    Aporta con criterios y soluciones

    Anlisis y profundidad en el desarrollo de los temas

    PORCENTAJE

    Puntaje

    Actit

    udes

    Hab

    ilida

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    Seor estudiante:

    Tenga presente que la finalidad de la valoracin cualitativa es principalmente formativa

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    7.3. Orientaciones especficas para el aprendizaje por competencias

    UNIDAD 1: DERECHO E INFORMTICA

    Estimado alumno, en esta unidad que estamos iniciando trataremos temas que sirven de base para la comprensin de la asignatura de Nuevas Tecnologas aplicadas al Derecho, por esta razn revisaremos como inici este mundo tecnolgico y su necesidad de vincularse con el derecho.

    1.1 Qu es Derecho? El presente tema no se encuentra dentro del contenido del texto bsico, pero es necesario tratarlo. Comencemos.

    Para poder iniciar la presente materia he credo necesario empezar resolviendo la inquietud qu es Derecho?, y en respuesta tenemos que es el conjunto de Normas creadas para regular los actos de la sociedad para evitar o resolver conflictos.

    Pero, De dnde nace la palabra Derecho?

    Etimolgicamente hablando la palabra derecho deriva del latn directum, que significa lo que est conforme a la regla, a la ley, a la norma, analizado desde otro punto de vista es aquello que no desva de un camino pautado con anterioridad.

    En la siguiente imagen podemos ver representada la justicia, que se encuentra con los ojos vendados, indicando que esta no discrimina, ya que es igual para todos y en su mano izquierda una balanza, representando la equidad. Junto a la figura encontramos algunos libros donde estn gravadas las normas existentes.

    Recursos educativos multimedia

  • Gua didctica: Nuevas Aplicaciones Aplicadas al Derecho

    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Catlica de Loja 15

    Fuente: CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

    Continuando con el tema podemos acotar que el derecho es un instrumento de organizacin social ya que gracias al mismo las relaciones de la sociedad son admitidas o limitadas, encausando conductas, ya que define, establece, manda o prohbe. Pero tambin presenta pautas para resolver los conflictos que pueden aparecer en la vida cotidiana.

    Uno de los primeros Cdigos conocidos es el de Hammurabi, donde se encuentra la Ley del Talin Ojo por ojo, diente por diente donde el criterio de justicia estaba relacionado con el principio de proporcionalidad.

    La mano del hombre fue la creadora del Derecho y por lo tanto es la responsable de los cambios que se le ha dado al mismo, al igual que la creacin y modificacin de instituciones encargadas de aplicarlo.

    Entendido lo anterior es necesario conocer algo sobre Informtica.

    1.2 Qu es Informtica?

    Deseguromuchosdenosotrosnoshemospreguntadomsdeunavez:QueslaInformtica?LeinvitoarevisarelsignificadosegnlaRealAcademiadelaLenguaEspaola;laInformticaeselConjuntodeconocimientos cientficos y tcnicas que hacen posible el tratamiento automtico de la informacin por medio de ordenadores.1 Debemos entender que por ordenadores se refiere a computadores.

    Cmo nace la palabra Informtica? Etimolgicamente el significado es el siguiente: fue creada por la unindelapalabraInformacinylapalabraautomtica,porelIngenieroFrances,PhilippeDreyfus.

    Al realizar la lectura anterior an no esclareceramos cules son los procesos que se realizan dentro de la Informtica?; a continuacin les presento los tres procesos:

    Elprimeroeselingresoocaptacindelainformacin; Elsegundoeselprocesodelainformacin;y, Elterceroeslasalidaotransmisindelainformacin.

    En el siguiente grfico espero esclarecer un poco ms este concepto:

    1 Diccionario de la Real Academia de la Lengua, Disponible en: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=informtica[Consulta2010-06-23]

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    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Catlica de Loja 16

    Fuente: CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

    Cmo inici la informtica? En un principio la informtica fue aplicada en procesos administrativos, en la actualidad todas las reas de una u otra forma se ven vinculadas a la informtica.

    Quherramientassontilesparalainformtica?,larespuestaaestapreguntasonloscomputadores,que son mquinas programables, completamente automticas.

    Dentro de la historia de la computadora podemos mencionar que una de las primeras computadoras es el Z3, creado por Konrad Zuse, con un peso de 1000 kg, presentada por primera vez ante los cientficos de Berln el mismo ao de su culminacin en 1941, y destruida en 1944 durante un bombardeo; en 1960 se realiza una rplica de la misma que se encuentra en exposicin en el museo de Deutsches Museum.

    Para recordar: Los pilares de la informtica son:- La computacin, y - La comunicacin.

    1.3 Informtica Jurdica

    Para iniciar el estudio del tema le invito a revisar el captulo siete, Causas del desarrollo de la informtica jurdica, del texto bsico, y debido a la importancia del mismo se ha realizado una pequea ampliacin en la presente gua.

    Quleparecilalectura?Fuedefcilcomprensin?Denoserasacontinuacinclarificounpocomsel tema.

    Primeramente revisaremos las siguientes imgenes, que demuestran como la tecnologa es til en el campo penal:

  • Gua didctica: Nuevas Aplicaciones Aplicadas al Derecho

    UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Catlica de Loja 17

    Las imgenes anteriores son fotografas tomadas para realizar el reconocimiento del lugar en accidentes de trnsito.

    Fuente: CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

    AhoraustedsepreguntarQuelementosrequierelaInformticaJurdica?Simple,paralaexistenciadela informtica jurdica se requiere de dos elementos:

    1.- Tecnolgicos.2.- Jurdicos.

    Analicemos cada uno de ellos:

    ELEMENTOS TECNOLGICOS, como es el caso del computador, cmaras fotogrficas, laboratorios electrnicos, programas, sistemas operativos, entre muchos ms, que resultan tiles dentro del mbito jurdico; ya sea para actos simples como procesar texto o mucho ms complejos como determinar el ADN de las personas.

    Estos elementos pueden ser tanto Hardware como Software.

    ELEMENTOSJURDICOS,comoeselcasodelostextoslegalesdecualquierndoleoelementosprobatorios,entre muchos otros, relacionados con el tema legal.

    Fuente: CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

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    Para recordar: - El uso de la tecnologa a favor del Derecho es conocido como informtica jurdica.

    1.4 Derecho Informtico

    RecurranuevamentealtextobsicoyreviselasegundapartedeltextotituladaDerecho y Nuevas Tecnologas; all encontrar el concepto del mismo, de una forma resumida. Luego de la lectura del mismo le invito a continuar con lo planteado en la presente gua.

    QucomprendeelDerechoInformtico?

    El Derecho Informtico comprende lo siguiente:

    1.- Derecho2.- Tecnologa

    Analicemos cada uno de ellos:

    DERECHO: Toda norma, regla o elemento legal que regula, en este caso, la tecnologa o los actosrealizados con la misma.

    TECNOLOGA: Elemento, ya seaHardware o Software, que va a ser regulado. Comprendiendo comoHardware a todo elemento fsico de la tecnologa, que se puede tocar; y Software a los diferentes programas o elementos que no se perciben fsicamente.

    Para recordar:- La normativa o uso del derecho en el aspecto tecnolgico es llamado Derecho informtico.

    1.5 Internet

    Es necesario aclarar que el presente tema no se encuentra en el texto bsico, pero por su importancia se lo revisar en la presente gua didctica.

    Se ha preguntado qu es internet?, de dnde naci?, cmo funciona?; a continuacin espero responder dichas dudas:

    Empecemos indicando que internet es el nombre que se le ha dado a la red informtica mundial, pero qu es una red?, una red es la unin de varios elementos; en el caso del internet esta unin se da entre computadoras o mquinas electrnicas, por medio de redes telefnicas, por antena, entre muchas otras posibilidades.

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    Histricamente podemos indicar que desde los principios de la humanidad los hombres hemos requerido comunicarnos, y es por esto que acorde a los conocimientos que se han ido adquiriendo logramos encontrar medios que nos son tiles para mantenernos en contacto, es as que los cientficos se encuentran continuamente trabajando para hacer las comunicaciones en tiempo real y de mejor calidad.

    Como ejemplo de lo anterior tenemos que uno de los artefactos que signific un gran paso para el hombre fue el telgrafo; en 1833, gracias a la colaboracin entre los cientficos Gauss y Weber, valindose de un cable, logran enviar seales electromagnticas, a una distancia de 1000 metros, entre la Universidad deGottingenyelobservatorioastronmico;ayudndosedelinventodeSamuelF.BreeseMorse,unamquina que por medio de electromagnetismo transmite a forma de cdigo, de puntos y lneas, un mensaje.

    Por medio de cables elctricos se logr posteriormente transmitir sonido, dando paso al uso del telfono, aparato que realiza una conversin del sonido en seales elctricas, debido a la vibracin que se produce al chocar las ondas sonoras con un disco acstico, y su respectiva transformacin en corriente elctrica a sonido en otro aparato que se encuentra en un lugar distinto.

    En cuanto a la historia del internet, en 1969 se estableci la primera conexin de computadoras, entre varias Universidades, tres de California y una en Utha, a esta conexin se la conoci con el nombre de ARPANET.

    En la actualidad contamos con una conexin descentralizada, con uno de los servicios ms conocidos y tiles,laWorldWideWew(www),queesunconjuntodeprotocolos que permite la consulta de archivos en lugares remotos, de forma sencilla, tal es el caso que podemos revisar documentos que se encuentran en servidores de otros continentes en forma instantnea, ya sea por medio de un buscador como google, yahoo, u otros, o directamente tipeando la direccin, en los navegadores, donde podemos encontrar la misma, ejemplo: www.utpl.edu.ec o www.tuabogadopersonal.com

    Para una mejor comprensin he subrayado unas palabras que explicar a continuacin:

    El protocoloeninformticaesunmtodo(conjuntodereglasyprocedimientos)acordadoparaelenvoy la recepcin de datos; definiendo la forma de comunicarse de los equipos.

    Los servidores son computadoras que conectadas a una red ofrecen determinados servicios e informacin a un sinnmero de computadoras.

    Conocemos como buscadores o motor de bsqueda a los sistemas informticos que se encargan de la bsqueda de un archivo almacenado en un servidor, ya sea basndose en palabras clave o en un rbol jerrquico de palabras que se relacionan con el tema a buscar.

    Los navegadores son programas informticos que realizan la conversin de cdigos informticos en grficos o texto que sean comprensibles para un usuario.

    Se preguntar cmo se transmite la informacin? Para responder dicha pregunta le invito a leer lo siguiente:

    Existen miles de conexiones y cientos de protocolos, cada protocolo es un lenguaje que sirve para transmitir los datos, estos protocolos se puede dividir acorde a la actividad para la que fueron creados, ya sea para videoconferencia, chat, transmisin de datos, juegos en red, entre otros.

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    Para poder encontrar documentos en el internet debemos contar con una direccin, esta direccin toma el nombre de dominio, y para regular la misma se cre la Corporacin de Internet para los Nombres yNmerosAsignado (ICANN)queasuvezseencargaderegularnmerosdepuertos,protocolos,y,parmetros.

    YQuesunnombrededominio?

    Debido a que existe una infinidad de informacin en distintas pginas era necesario un ordenamiento de las mismas, por lo que en un principio se le entreg un nmero, como en el caso de los nmeros de telfono, sin embargo ahora estas direcciones se las da con nombres, por su facilidad recordar. Tal es el caso de: www.yahoo.com, www.unesco.org

    1.6 Hardware, Software y Sistemas Operativos

    Este tema no es tratado en el texto bsico por lo que es necesaria la revisin del mismo en la gua didctica.

    Hardware

    QusignificaHardware?ParalaRealAcademiadelalenguaelhardwareesconjuntodeloscomponentesque integran la parte material de una computadora.2

    Ampliando un poco ms la explicacin podemos decir que son aquellos componentes elctricos, electrnicos, electromecnicos, mecnicos y en s todo elemento que se pueda ver fsicamente, sin que esto limite exclusivamente a los computadores, ya que puedan existir otros aparatos tecnolgicos que poseen hardware, como el caso de robots.

    LoselementosmscomunesconocidoscomoHardwaresonlaUnidadCentraldeProcesamiento(CPU),y, Perifricos tanto de entrada como de salida. Pero, qu son la CPU y los perifricos?

    Unidad Central de Procesamiento (CPU)

    La Unidad Central de Procesamiento, CPU por sus siglas en ingls, se encarga de ejecutar las instrucciones dadasporlosdatos(procesardatos),pormediodelosmicroprocesadores,enelcasodelascomputadorasde alto rendimiento pueden tener hasta miles de microprocesadores trabajando simultneamente o en paralelo, en este caso el conjunto de microprocesadores forman el CPU. Actualmente los CPU se los puede encontrar en otros tipos de dispositivos como automviles, aviones, electrodomsticos, videojuegos, entre muchos ms.

    Los microprocesadores se conectan con una placa madre, permitiendo la conexin entre estos, consumiendo determinada cantidad de energa que puede ser transformada por los mismos en calor.

    Este calor puede daar los materiales de los que estn hechos la placa madre y los microprocesadores, por lo que para que no se destruyan es necesario contar con unas plaquitas pequeas llamadas disipadores que ayudan a mover el calor de estos elementos, y sobre los disipadores existen unos ventiladores pequeos y potentes que sacan el calor del computador al exterior.

    2 Diccionario de la Real Academia Espaola, Disponible en: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=hardware[Consultado:2010-06-25]

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    Pero nos preguntamos si el CPU puede trabajar solo?, a lo que debemos responder que no, para esto es necesario otros tipos de hardware, es ah cuando aparecen los perifricos, y se preguntar qu son? A continuacin resolveremos esa duda.

    Perifricos

    Los dispositivos que permiten la comunicacin entre la computadora y el usuario, ingreso o salida de datos, tienen el nombre de perifricos, muchos de ellos son considerados no esenciales, pero con el tiempo se han convertido en una necesidad, tal es el caso del ratn o mouse que en la dcada de los 80s era un elemento del cual prescindan algunas computadoras personales.

    Los Perifricos que se encargan del ingreso de datos tienen el nombre de perifricos de entrada, que se encargan de ingresar datos desde una fuente externa o por parte del usuario, ya sea cercana o remota, proveyendo el medio fundamental para este trabajo, haciendo posible las ms diversas tareas.

    Como ejemplos tenemos el teclado, el ratn, escner, cmaras, sensores, dispositivos de medicin, lectores de cdigos, palancas, lectores de cd y dvd, entre otros. La siguiente imagen es un ejemplo de un perifrico, el mouse o ratn:

    Fuente: CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

    Por otro lado contamos con perifricos que se encargan de transmitir los datos procesados hacia el mundo exterior, ya sea tanto al usuario o a otra fuente cercana o remota, por ejemplo tenemos las impresoras, monitores, parlantes, infocus, entre otros.

    En la actualidad tenemos perifricos mixtos, que se encargan tanto de permitir la entrada como la salida de datos, tal es el caso de las memorias flash o pendrive, disquetes, reproductor/quemador de cd y dvd, tarjetas de red, pantallas tctiles, entre otros.

    Historia de la computacin

    Siempre es bueno conocer un poco de historia, por lo que les invito a realizar la siguiente lectura, donde veremos los cambios que se han dado en cuento a la computacin:

    La electrnica de la mquina ha evolucionado de forma muy notable, tomando en cuenta que las mquinas de 1945 funcionaban con tubos de vaco, estas mquinas pertenecen a la clasificacin de las de primera generacin.

    A partir de 1957 se observan mquinas desarrolladas con transistores, las cuales pertenecen a las mquinas de segunda generacin, reduciendo considerablemente el tamao de un computador.

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    Desde 1964 hasta la actualidad la electrnica est basada en circuitos integrados, donde en una sola pastilla de silicio se pueden incluir cientos de transistores, en un nico circuito integrado; reduciendo an ms el tamao de las computadoras y a su vez el costo de las mismas; se incrementa su capacidad, velocidad y fiabilidad, dando paso a las mquinas que conocemos actualmente.

    Para algunos autores la cuarta generacin comienza con la aparicin del microprocesador, en 1971 sale a la luz el microprocesador 4004; a diferencia de los cambios anteriores este no oblig a los computadores que mantenan tecnologa anterior a desaparecer de forma radical.

    Software

    El hardware realiza todo el trabajo? el Hardware por s solo no podra funcionar, por lo que requiere de software y sistemas operativos, pero qu es el software?

    El software, traducido al espaol es la parte blanda del computador, aquello que no se puede percibir de forma fsica, es intangible, en la que podemos agrupar los programas, sistemas y datos asociados, datos como los cdigos binarios, que hacen posible que el programa se ejecute.

    Este equipamiento lgico es el medio con el cual el hardware es capaz de realizar las tareas que le ordena el usuario. Existe una gran variedad de programas, acorde a las necesidades del usuario.

    Podemos clasificar el Software en tres:

    Software de sistema, cuando la finalidad del mismo sea librar al usuario del procesamiento interno de la computadora, es intermediario entre el usuario y la actividad que deseamos que realice la computadora, por lo que el usuario no requiere conocer sobre programacin, ni el manejo de las herramientas que se encuentran en la parte interior del computador y que debe hacer para que estas interacten, ejemplo: Sistemas operativos como Windows, controladores de dispositivos, entre otros.

    Por otro lado tenemos el software de programacin, que son los medios con los cuales un programador puede desarrollar o crear programas informticos, con el uso de lenguajes de programacin.

    Finalmentetenemoselsoftware de aplicacin que es el que permite realizar actividades determinadas, como es el caso de las hojas de clculo, videojuegos, y muchos ms.

    En la siguiente imagen podemos ver discos compactos que contienen instaladores de diferente software.

    Fuente:CarlosCorrea(2010).Archivopersonal.

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    Sistemas Operativos

    Solucionado la duda del software pasaremos a revisar qu es un sistema operativo?

    Los Sistemas Operativos son tipos de software que hacen la vez de intermediario entre los distintos programas y el usuario; este software es propicio para ayuda a gestionar, coordinar y realizar las actividades entre la mquina y los usuarios.

    Un sistema operativo es el ncleo de las actividades del un computador, mas no el conjunto de herramientas con las que puede contar un computador, como ejemplo tenemos el caso de MS DOS o MacOS. El Sistema Operativo es un programa estacional principal, que gestiona recursos de localizacin, proteccin y acceso al hardware; actualmente lo podemos encontrar inclusive en telfonos celulares inteligentes o en los distintos aparatos que funcionan con multiprocesadores.

    Estos Sistemas Operativos pueden ser software libre o bajo licencia, como es el caso de Linux, donde sus usuarios pueden modificar el mismo desde su cdigo fuente, o el comercialmente Windows, donde el usuario no puede alterar de ninguna manera el cdigo fuente.

    ConvieneaclararqueelCdigoFuenteeselconjuntodelneasdetextoqueenformadeinstruccionesle indican al computador como actuar y qu operaciones realizar.

    Para concluir con esta unidad le sugiero responder la siguiente autoevaluacin, las respuestas las encontrar al final de esta gua, en el apartado denominado solucionario. Es necesario que conteste primero todas las preguntas planteadas y luego revise el solucionario.

    Autoevaluacin 1

    Encierre en un crculo la respuesta correcta:

    1. El conjunto de Normas creadas para regular los actos de la sociedad para evitar o resolver conflictos es denominado:

    a) Internetb) Softwarec) Derecho

    2. Informtica proviene de la unin de las palabras:

    a) Informacinyautomticab) AlfayDeltac) InternacionalyJurismtica

    3. Los textos legales de cualquier ndole o elementos probatorios, entre muchos otros que se relacionan con el tema legal se llaman:

    a) lgebrab) ElementosJurdicosc) ElementosElectrnicos

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    4. Dentro de la tecnologa encontramos:

    a) ElementoshardwareySoftwareb) ElementosElectrnicosc) Textosescritos,NormasyLeyes

    5. Laparteblandadelcomputador(programas)sellama:

    a) Hardwareb) Softwarec) Jurismtica

    6. Laparteduradelcomputador(fsica)sellaman:

    a) Hardwareb) Softwarec) Jurismtica

    7. El Derecho Informtico es:

    a) LapartedelDerechoquesededicaainformarb) ElusodelDerechoenelaspectotecnolgicoc) TodainformacindelDerecho

    8. En la actualidad contamos con una conexin descentralizada llamada:

    a) WorldWideWeb(www)b) Autopistac) Elctrica

    9. Los dispositivos que permiten la comunicacin entre la computadora y el usuario, ingreso o salida de datos, tienen el nombre de:

    a) Cablesb) Datosc) Perifricos

    10. Las hojas de clculo, videojuegos, procesadores de texto, son conocidos como software:

    a) Libreb) Ofimticac) Deaplicacin

    Felicitaciones, hemos finalizado la Unidad 1.

    Ir a solucionario

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    UNIDAD 2: LEYES AFINES

    Es hora de iniciar con la Unidad 2, en la que realizaremos un anlisis a los artculos tiles de las normas que rigen el mundo que rodea las Nuevas Tecnologas; algunas de las cuales han sido analizadas en el texto bsico, y otras que solo se detalla en la gua.

    Es importante esclarecer que los temas a tratar se los har en orden jerrquico, desde las normas internacionales hacia abajo.

    2.1 Normas Internacionales y Organismos Internacionales

    El presente tema no se encuentra incluido en el texto bsico, por lo que es necesario que ponga especial atencin a lo detallado en la presente Gua; y siga adelante, la educacin es muy importante para el progreso.

    En primera instancia conviene recordar la pirmide de Kelsen, quien menciona que las normas internacionales priman ante las normas nacionales; as mismo es importante mencionar que para la existencia de normas internacionales deben existir entidades supranacionales que se encarguen de crearlas.

    Dentro de los organismos que regulan el comercio internacional por internet se puede mencionar a:

    LaOrganizacinMundialde laPropiedad Intelectual (OMPI-WIPO), es una de las 16 entidades especializadas de la ONU, encargada de la proteccin de la propiedad intelectual en el mundo, con la cooperacin de los diferentes estados, abarcando la propiedad industrial y el derecho de autor; podemos encontrarlo en: www.ompi.org.

    LaComisindelasNacionesUnidasparaelDerechoMercantilInternacional(CNUDMIUNCITRAL), creada con la finalidad de eliminar las disparidades que suscitan entre norma y norma de cada pas, concentrando su labor principalmente en las reas de: Compraventa internacional de mercaderas y operaciones conexas, Transporte internacional de mercaderas, Arbitraje y conciliacin comercial internacional, Contratacin pblica, Contratos de construccin, Pagos internacionales, Insolvencia transfronteriza, y, Comercio electrnico.

    LaOrganizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE-OECD), integrada por 29 pases, proporciona informacin a los gobiernos sobre desarrollo, economa y poltica social, buscando las mejores soluciones por medio del Derecho Comparado.

    Recursos educativos multimedia

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    El rea de Libre Comercio de las Amricas (ALCA), una asociacin creada con la finalidad de establecer un rea de libre comercio en Amrica Latina, involucrando a los Ministros de Comercio y Viceministros de cada uno de los doce pases miembros; esta entidad se encarga de omitir opiniones en base a las diferentes normas relacionadas con el comercio; y,

    LaCmaradeComercioInternacional(CCI-ICC), es el nico organismo internacional autorizado a hablar con autoridad a nombre de las distintas empresas a nivel mundial, cuentan con el servicio de Corte Internacional de Arbitraje.

    Esto en cuanto a los organismos, de estos desprende una serie de convenios que ayudan a regular el comercio internacional.

    2.2 Constitucin de la Repblica del Ecuador

    Empecemos este tema revisando en el texto bsico el captulo RgimenJurdico de Proteccin de datos, numeral dos marco jurdico general tema Constitucin Ecuatoriana.

    Despus de la lectura comprensiva que acaba de realizar, conviene aclarar lo siguiente:

    EnloqueserefierealaConstitucindelaRepblicadelEcuadorenelCaptuloRgimenJurdicodeProteccin de Datos que usted revis, nos seala que indirectamente en el artculo 40, numeral 5 se establece la proteccin de los datos de carcter personal; al igual que el artculo 66, numerales 11, 19 y 20, donde aparte de establecer la proteccin de los datos personales se estipula el derecho a la privacidad.

    Esto se refuerza con el artculo 92, explicando que para la publicacin de datos personales o financieros debern contar con la respectiva autorizacin del titular o de la ley.

    En el texto bsico tambin se menciona el artculo 66 que nos estipula principalmente tres derechos, en los numerales 11, 19 y 20. El derecho de reserva, de proteccin de datos y a la intimidad personal y familiar.

    Para el mejor cumplimiento de los artculos mencionados en los prrafos anteriores se estipul en la primera disposicin transitoria, numeral ocho, la creacin de las leyes encargadas de organizar los sistemas de datos, principalmente en lo que se refiere a lo civil, mercantil y de la propiedad.

    Es importante mencionar tambin que se establecen los derechos a la formacin y educacin para poder acceder a fuentes de trabajo de calidad, muchos de ellos pudiendo ser autnomos; dentro del artculo 329.

    2.3 Ley de Comercio Electrnico, Firmas electrnicas y mensajes de datos

    Para el presente tema analizaremos muy brevemente, y estableceremos la existencia de la ley de Comercio Electrnico, firmas y mensajes de datos; esta Ley,identificadacomonmero67,sepublicenelRegistroOficialnmero557,el 17 de abril de 2002, la misma que se encuentra vigente hasta la fecha, junio de 2010; le recomiendo prestar atencin al tema en la presente gua debido a que la misma no se encuentra en el texto bsico.

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    El comercio, los sistemas de informacin y de redes electrnicas han evolucionado de forma importante, por lo que el Estado ecuatoriano se vio en la necesidad de crear una ley que regule los nuevos mecanismos de negociacin e intercambio comercial y cultural.

    Elartculo1delaLeydeComercioElectrnico,FirmaselectrnicasyMensajesdedatosestablecequedicha ley es la que se encarga de regular los mensajes de datos, la firma electrnica, los servicios de certificacin, la contratacin electrnica y telemtica, la prestacin de servicios electrnicos, a travs de redes de informacin, incluido el comercio electrnico y la proteccin a los usuarios de estos sistemas.

    Este cdigo basa sus normas, principalmente, en los siguientes principios generales:

    Reconocimiento Jurdico de los mensajes de datos.- Dndole valor jurdico a los mismos,establecindolos en el mismo nivel que tienen los documentos escritos.

    Reconocimientodedocumentosadjuntos.-Entregndoleigualvalidezalainformacinadjunto(documentosadjuntos)alosmensajesdedatos.

    Propiedadintelectual.-Sometiendoestosmensajesalasnormasrespectivas.

    Confidencialidadyreserva.-Reconociendoalaprivacidadquesepuedadaralosmismos.

    Informacin original.- Bsicamente se solicita que la informacin se presente o conserve ensu forma original, sin sufrir modificaciones, de lo contrario deber remitirse a las respectivas comprobaciones.

    Conservacin.- Los mensajes de datos requeridos deben ser de fcil acceso para posterioresconsultas, sin cambios de formatos, y en s, garantizando su integridad.

    Proteccin.-Encasodeelaboracindebasesdedatos,eltitulardelosmismosdebeexpresarquetipo de datos permitir sea pblica para con terceros; respetando el derecho a la privacidad e intimidad.

    Procedenciaeidentidad.-Unmensajededatosseentiendecomopropiadequienlaentrega,aexcepcin: cuando se da aviso de lo contrario; y, si el destinatario no verifica.

    Envoyrecepcin.-Sedesignancomotalesaquellosdesdeloscualeselusuarioenveyrecepte,salvo designacin contraria por parte del usuario.

    Duplicacin.-Cadamensajessetomacomodiferentealanterior.

    2.4 Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor

    El presente tema no se encuentra plasmado en el texto bsico, por lo que es necesaria la revisin detenida de la gua.

    Los consumidores al ser un grupo vulnerable, necesitaban de una normativa que ampare sus derechos, porloquesecreLaLey#21,LeyOrgnicadeDefensadelConsumidor,publicadaenelRegistroOficialSuplemento 116, el 10-07-2010

    De esta forma se puede proteger a los ciudadanos que son vctimas de diferentes tipos de abusos por parte de empresas y servicios pblicos y privados, por medio de controles de calidad y normas que

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    obliguen a la publicacin clara y precisa de lo que el consumidor obtendr, y en s resguardar cualquier violacin que se pueda dar a los derechos de los ciudadanos como consumidores.

    Le recomiendo revisar el artculo dos, de la Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor, que nos establece las definiciones de las siguientes palabras:

    Anunciante, Consumidor, Contrato de Adhesin, Derecho de Devolucin

    Especulacin, Informacin bsica comercial, Oferta, Proveedor, Publicidad, Publicidad abusiva, Publicidad engaosa,ServiciosPblicosdomiciliarios,DistribuidoresoComerciantes,ProductoresoFabricantes,Importadores, y, prestadores.

    Artculo. 2.- Para efectos de la presente ley, se entender por:

    Anunciante.- Aquel proveedor de bienes o de servicios que ha encargado la difusin pblica de un mensaje publicitario o de cualquier tipo de informacin referida a sus productos o servicios.

    Consumidor.- Toda persona natural o jurdica que como destinatario final adquiera utilice o disfrute bienes o servicios, o bien reciba oferta para ello. Cuando la presente ley mencione al Consumidor, dicha denominacin incluir al Usuario.

    Contrato de adhesin.- Es aquel cuyas clusulas han sido establecidas unilateralmente por el proveedor a travs de contratos impresos o en formularios sin que el consumidor, para celebrarlo, haya discutido su contenido.

    Derechodedevolucin.-Facultaddelconsumidorparadevolverocambiarunbienoservicio,enlosplazos previstos en esta Ley, cuando no se encuentra satisfecho o no cumple sus expectativas, siempre que la venta del bien o servicio no haya sido hecha directamente, sino por correo, catlogo, telfono, internet, u otros medios similares.

    Especulacin.- Prctica comercial ilcita que consiste en el aprovechamiento de una necesidad del mercado para elevar artificiosamente los precios, sea mediante el ocultamiento de bienes o servicios, o acuerdos de restriccin de ventas entre proveedores, o la renuencia de los proveedores a atender los pedidos de los consumidores pese a haber existencias que permitan hacerlo, o la elevacin de los precios de los productos por sobre los ndices oficiales de inflacin, de precios al productor o de precios al consumidor.

    Informacin bsica comercial.- Consiste en los datos, instructivos, antecedentes, indicaciones o contraindicaciones que el proveedor debe suministrar obligatoriamente al consumidor, al momento de efectuar la oferta del bien o prestacin del servicio.

    Oferta.- Prctica comercial consistente en el ofrecimiento de bienes o servicios que efecta el proveedor al consumidor.

    Proveedor.- Toda persona natural o jurdica de carcter pblico o privado que desarrolle actividades de produccin, fabricacin, importacin, construccin, distribucin, alquiler o comercializacin de bienes, as como prestacin de servicios a consumidores, por lo que se cobre precio o tarifa. Esta definicin incluye a quienes adquieran bienes o servicios para integrarlos a procesos de produccin o transformacin, as como a quienes presten servicios pblicos por delegacin o concesin.

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    Publicidad.- La comunicacin comercial o propaganda que el proveedor dirige al consumidor por cualquier medio idneo, para informarlo y motivarlo a adquirir o contratar un bien o servicio. Para el efecto la informacin deber respetar los valores de identidad nacional y los principios fundamentales sobre seguridad personal y colectiva.

    Publicidad abusiva.- Toda modalidad de informacin o comunicacin comercial, capaz de incitar a la violencia, explotar el miedo, aprovechar la falta de madurez de los nios y adolescentes, alterar la paz y el orden pblico o inducir al consumidor a comportarse en forma perjudicial o peligrosa para la salud y seguridad personal y colectiva.

    Se considerar tambin publicidad abusiva toda modalidad de informacin o comunicacin comercial que incluya mensajes subliminales.

    Publicidad engaosa.- Toda modalidad de informacin o comunicacin de carcter comercial, cuyo contenido sea total o parcialmente contrario a las condiciones reales o de adquisicin de los bienes y servicios ofrecidos o que utilice textos, dilogos, sonidos, imgenes o descripciones que directa o indirectamente, e incluso por omisin de datos esenciales del producto, induzca a engao, error o confusin al consumidor.

    Servicios pblicos domiciliarios.- Se entienden por servicios pblicos domiciliarios los prestados directamente en los domicilios de los consumidores, ya sea por proveedores pblicos o privados tales como servicio de energa elctrica, telefona convencional, agua potable u otros similares.

    Distribuidores o Comerciantes.- Las personas naturales o jurdicas que de manera habitual venden o proveen al por mayor o al detal, bienes destinados finalmente a los consumidores, an cuando ello no se desarrolle en establecimientos abiertos al pblico.

    ProductoresoFabricantes.-Laspersonasnaturalesojurdicasqueextraen,industrializanotransformanbienes intermedios o finales para su provisin a los consumidores.

    Importadores.- Las personas naturales o jurdicas que de manera habitual importan bienes para su venta o provisin en otra forma al interior del territorio nacional.

    Prestadores.- Las personas naturales o jurdicas que en forma habitual prestan servicios a los consumidores.

    Tambin es necesario que revisemos en los artculos 4 y 5, de la ley que nos encontramos revisando, donde podemos encontrar los distintos derechos y las obligaciones que tenemos los consumidores.

    Mencionaremos brevemente los dems artculos de la Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor que son tiles para los usuarios de las Nuevas tecnologas:

    Artculo 16, establece que en los envases o cajas de los productos durables debe constarinformacin sobre seguridad de uso e instrucciones y advertencias para un adecuado manejo del bien.

    Artculo20,establecequeelconsumidorpuederescindirdelcontratoysolicitardevolucindeldinero, si el mismo tiene defectos o vicios ocultos.

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    Artculo22, losconsumidorestienenderechoa lareparacindelbiendentrode los90dasdehaberlo comprado, en lo que respecta a defectos.

    Artculo35,obligaalasempresasproveedorasdeserviciospblicoscontarconunregistrodelosreclamos presentados por los consumidores.

    Artculo38,mandaladevolucindeldinero,correspondientealtiempoenelqueunserviciohasido interrumpido.

    Artculo44,elusuariooconsumidortienelaposibilidaddedarporterminadoelcontratodeformaanticipada.

    Artculo50,mencionaqueelpagocontarjetadecrditoserconelmismovalorquesielpagoserealizara en efectivo.

    Artculo71,losconsumidorestenemosderechoalareparacin,reposicinydevolucindeformagratuita de los bienes adquiridos hasta luego de 30 das de haberlo comprado.

    Artculo91,nosepermiteelredondeodetarifasenloquerespectaalserviciodetelefonacelular.

    Con fines didcticos se ha transcrito los artculos mencionados anteriormente, de la Ley Orgnica de Defensa del Consumidor.

    2.5 Ley de Telecomunicaciones

    Este tema es importante de analizar, mas no lo podemos encontrar en el texto bsico, por lo que es necesario tratarlo en la presente gua, a continuacin realizo un anlisis al mismo, le invito a revisarlo.

    La Ley Especial de Telecomunicaciones que se encuentra vigente a la fecha, se public el 10-08-1992, enelRegistroOficialnmero996;creadaconlafinalidaddenormartodoloreferentealatransmisin,recepcin de signos, seales imgenes, sonidos, e informacin, dentro del territorio nacional del Ecuador.

    Le recomiendo que revise el Artculo 2 de esta ley, donde se estipula que debemos entender por Espectro radioelctrico; de esta manera podemos pasar a indicar que es el Estado quien regula, y formula leyes para todo lo referente al espectro radioelctrico y uso de frecuencias, en s todo lo que tiene que ver con las actividades de telecomunicaciones.

    Artculo. 2.- El espectro radioelctrico es un recurso natural de propiedad exclusiva del Estado y como tal constituye un bien de dominio pblico, inalienable e imprescriptible, cuya gestin, administracin y control corresponde al Estado.3

    Acorde con el Artculo 8, existen dos tipos de servicios:

    Uno de ellos es el final, que se refiere a los que proporcionada la capacidad completa para comunicacin, dentro de los que se incluye a: la telefona rural, urbano, interurbano e internacional; videotelefnico; telefax; burofax; datafax; videotex; telefnico mvil automtico, telefnico mvil martimo o aeronutico de correspondencia pblica; telegrfico; radiotelegrfico; de tlex y de teletextos, entre otros.

    3 LeyEspeciadeTelecomunicaciones,RegistroOficialnmero996,fechadepublicacin:10-08-1992.

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    El segundo tipo es el de portadores, servicio encargado de proporcionar la capacidad necesaria para la transmisin de seales entre puntos de terminacin de red definidos. Es necesario solicitar autorizaciones en el caso de los lugares privados o domicilios?

    Debemos estar claros que no es necesario solicitar autorizaciones para instalar o usar sistemas de comunicacin internas, dentro de residencias, edificaciones e inmuebles, siempre que no interfieran con otros sistemas de comunicacin. De igual forma est garantizado el derecho al secreto y la privacidad de los usuarios de telecomunicaciones.

    Todas las personas se encuentran en igualdad de derecho de uso de servicios pblicos de telecomunicaciones, acorde a lo establecido por las normas.

    2.6 Ley de Sistema Nacional de Datos Pblicos

    Antes de iniciar el estudio del tema revise en el texto bsico el captulo Rgimen Jurdico de Proteccin de datos, numeral dos marco jurdicogeneral, ttulo Ley del sistema nacional de datos pblicos de los registros de la propiedad, mercantiles y de prendas especiales de comercio.

    Luego de la lectura anterior recurriremos al siguiente texto para una mejor comprensin:

    LaleyqueexaminaremosacontinuacineslaLeydelSistemaNacionaldeRegistrodeDatosPblicos,que se encuentra vigente hasta la presente fecha, julio de 2010, la misma que se public el 31 de marzo de2010,enelRegistroOficialSuplementonmero162.

    La finalidad de la presente ley la encontramos en el artculo 1, donde textualmente menciona lo siguiente: La presente ley crea y regula el sistema de registro de datos pblicos y su acceso, en entidades pblicas o privadas que administren dichas bases o registros.4 Esto con el objeto de garantizar la seguridad jurdica, y establecer el orden de todo lo relacionado con el manejo de datos.

    Principios rectores de la Ley de Sistema Nacional de Datos Pblicos

    Es muy importante conocer los principios en los que se basa la Ley de Sistema Nacional de Datos Pblicos, los cuales encontraremos expresados en el Captulo II de la misma ley, y pasaremos a mencionarlos brevemente a continuacin:

    Obligatoriedad(Art.3).-Sedeterminarencadamaterialosdatosquedebenserregistrados,losmismos que deben ser completos, accesibles, en formatos libres, son licencia alrededor de los mismos, no discriminatorios, veraces, verificables y pertinentes.

    Responsabilidadde la informacin(Art.4).-Las institucionesdelsectorpblicoyprivadoy laspersonas naturales que actualmente o en el futuro administren bases o registros de datos pblicos, son responsables de la integridad, proteccin y control de los registros y bases de datos a su cargo.

    Asmismoestaspersonas sehacen responsablesdel incumplimientodel control,proteccineintegridad de los datos.

    4 Artculo1,LeydeSistemaNacionaldeDatosPblicos,RegistroOficialSuplemento162,publicadoel31demarzode2010

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    Publicidad (Art. 5).- El Estadomantendr pblicos todos los datos que se encuentren en susregistros, por lo que sern de total acceso para la ciudadana; siempre y cuando dichos datos no sean determinados como de carcter personal.

    Accesibilidad y confidencialidad (Art. 6).- Son confidenciales los datos de carcter personal,dentro de los que podemos encontrar: ideologa, afiliacin poltica o sindical, etnia, entre otros, que se relacionan con la intimidad personal o que atenten contra los Derechos humanos.

    Para poder acceder a los mismos se debe tener autorizacin del titular de los mismos, por mandato de la ley o autorizacin judicial.

    PresuncindeLegalidad(Art.7).-Lacertificacinregistraldafepblica,investidadelapresuncinde legalidad. Se presume legal todo dato certificado por autoridad competente, ejemplo: notarios y registradores de la propiedad.

    Modificables (Art. 8).- Los datos registrales del sistema son susceptibles de actualizacin,rectificacin o supresin en los casos y con los requisitos que la ley seale.

    Normas aplicables a los Registros pblicos.

    LasnormasaplicablesalosRegistrospblicoslaspodemosencontrarentrelosartculosArt.9hastaelArt. 35.

    Dentro de estas normas podemos sealar que sobre los diferentes registros que se pueda dar sobre un dato, el que prevalece es el ltimo, estos datos constituyen prueba, por lo que los respectivos registros pueden emitir certificados sobre los mismos, con excepcin de aquellos que la ley expresamente prohbe.

    Es el estado quien se encargar de definir las polticas y principios para la organizacin y coordinacin de las acciones de intercambio de informacin y de base de datos; bajo la gua de la Direccin Nacional deRegistrosdeDatosPblicos.

    Las RegistradorasoRegistradoresde laPropiedad seencargarna suvezdelRegistroMercantil encaso de que en el cantn donde ejerzan sus funciones no exista tal dependencia; La eleccin de los mismos se har por medio de un concurso pblico de mritos y oposicin, organizado por la respectiva municipalidad, quin ejercer sus funciones por un perodo de 4 aos, pudiendo ser reelegido por una sola ocasin.

    EncuantoalosRegistrosMercantiles,ladesignacindelosregistradoresserealizardeformasimilarqueladelosRegistradoresdelapropiedad,conladiferenciadequeestos losdesignalaDirectoraoDirectorNacionaldeRegistrodeDatosPblicos.

    Los cambios en las bases de datos se dan bajo solicitud del titular de los mismos, siempre y cuando esta modificacin no viole disposiciones legales, judiciales, administrativas o si las mismas pudieran perjudicar a terceros.

    La ley prev la existencia a futuro de un sistema de interconexin cruzada de datos entre las entidades que los manejan; estipula as mismo del sistema informativo, cuyo objetivo es la tecnificacin y modernizacin de los registros, que es de propiedad del Estado y para acceder a las licencias se lo har de forma limitada.

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    Del Sistema y Direccin Nacional de Registro de Datos Pblicos

    ElSistemayDireccinNacionaldeRegistrosdeDatosPblicossecreaconlafinalidaddeprotegerlosderechos, y de coordinar el intercambio de informacin de los registros de datos pblicos; as mismo se deben integrar a este sistema las entidades privadas que posean datos pblicos.

    ElSistemaNacionaldeRegistrodeDatosPblicosestconformadopor:

    ElRegistroCivil, RegistrodelaPropiedad, RegistroMercantil, RegistroSocietario, RegistrodeDatosdeconectividadelectrnica, RegistroVehicular,denavesyaeronaves, RegistrodePatentes, RegistrodePropiedadintelectual,entreotros.

    Del Rgimen Econmico y Financiero

    LosarancelesporcertificadosyserviciosdelosdistintosRegistrosselosfijaranualmente;estosarancelesservirn para financiar el servicio y los remanentes aumentarn las arcas de los respetivos municipios o laDireccinNacionaldeRegistrodeDatosPblicos. Asmismo en caso de que existan Registros que requieran financiamiento que no puedan obtenerdirectamente por el cobro de sus servicios, la DireccinNacional de Registro deDatos Pblicos seencargar de constituir un fondo para cubrir los gastos requeridos para su buen funcionamiento.

    Hemos concluido el estudio de esta Unidad, lo invito a responder por lo tanto, la siguiente autoevaluacin que le permitir conocer su nivel de conocimiento.

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    Autoevaluacin 2

    Responda con una V si es verdadero o con una F si es falso

    1. ( ) La OrganizacinMundial de la Propiedad Intelectual (OMPI-WIPO), es una de lasentidades especializadas de la ONU, encargada de la proteccin de la propiedad intelectual en el mundo.

    2. ( ) La Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE- OECD),proporciona informacin a los gobiernos sobre espionajes realizados va telefnica.

    3. ( ) El rea de Libre Comercio de las Amricas (ALCA), una asociacin creada con lafinalidad de establecer un rea de libre comercio en Amrica Latina.

    4. ( ) El CdigodeComercio electrnico, Firmas electrnicas yMensajesdedatos, basasusnormas,principalmente,enlossiguientesprincipiosgenerales:ReconocimientoJurdico de los mensajes de datos y documentos adjuntos, Propiedad intelectual, Procedencia e identidad, Confidencialidad y reserva, Informacin original, Conservacin, entre otros.

    5. ( ) Confidencialidadyreservanosindicaquelainformacindentrodelosmensajesdedatos es pblica y por lo tanto no se remite al derecho de publicidad.

    6. ( ) Duplicacinsignificaquecadamensajesetomacomodiferentealanterior.

    7. ( ) Ofertaes laprcticacomercialconsistenteenelofrecimientodebienesoserviciosque efecta el proveedor al consumidor.

    8. ( ) En los envases o cajas de los productos durables debe constar informacin sobreseguridad de uso e instrucciones y advertencias para un adecuado manejo del bien.

    9. ( ) Losconsumidoresnuncatienenderechoalareparacindelbienporningnmotivo.

    10. ( ) ElespectroradioelctricoesunrecursonaturaldepropiedadexclusivadelEstado.

    Le recuerdo que al final de la gua cuenta con un solucionario que ser de ayuda para un examen personal de conocimientos.

    Ir a solucionario

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    UNIDAD 3: ANLISIS DE LA LEY DE COMERCIO ELECTRNICO, FIRMAS ELECTRNICAS Y MENSAJES DE DATOS

    Estimado estudiante, en la presente Unidad analizaremos el contenido de la Ley de Comercio electrnico, firmas electrnicas y mensajes de datos; es importante poner especial atencin al anlisis de la gua al tema, debido a que no se lo trata en el texto bsico.

    Con la siguiente frase daremos inicio a la Unidad:Lee y conducirs, no leas y sers conducido.

    Santa Teresa de Jess

    Debo indicarle que anteriormente tan slo se realiz una pequea mencin y a continuacin presentamos una revisin ms detenida, empecemos.

    3.1 Mensajes de datos

    Vamos a remitirnos al Artculo 2 de la Ley 527 de 1999 de Colombia, con el objetivo de comprender que son los mensajes de datos: La informacin generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrnicos, pticos o similares5 por lo que dentro de los mismos podemos encontrar correos electrnicos, internet, entre otros.

    Los mensajes de datos tienen igual valor jurdico que un documento escrito, al igual que los documentos adjuntos a los mensajes de datos; estos mensajes se encuentran sometidos a las normas referentes a propiedad intelectual, al igual que se mantienen los principios de confidencialidad y reserva.

    La recopilacin de datos personales o privados, que se encuentren dentro de mensajes de datos pueden ser obtenidos previo consentimiento del titular u orden de autoridad competente, cuando estos datos o informacin se los obtenga de fuentes accesibles, no ser preciso el consentimiento para la recopilacin de los mismos.

    Los mensajes de datos se estiman ser autora de quien los emite, y entrega su autorizacin implcita a quien lo recibe para dar el uso correspondiente para el cual fue destinado. Se presume que el tiempo y lugar de emisin y recepcin de los mensajes se dan desde el momento del ingreso al sistema de informacin electrnica del usuario hasta el momento en que ingrese al sistema de informacin del destinatario.

    5 Ley de Comercio Electrnico y Mensajes de datos Colombiana, disponible en: http://www.brlegal.com/brsoluciones/espanol/centro/mendat.html[Consultadoel2010-07-19]

    Recursos educativos multimedia

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    3.2 Firma electrnica

    Leinvitoarevisarlapartedos,captulotres,ttuloFirmadigitalydocumentoselectrnicos, del texto bsico, donde podemos encontrar detallado el significado de Firma electrnica, y su similitud con la firma hologrfica omanuscrita. Apartir de esto podemos continuar analizando la norma.

    La Ley que nos encontramos revisando en su artculo 13 estipula lo siguiente: Son los datos en forma electrnica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lgicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relacin con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la informacin contenida en el mensaje de datos.6

    Esta herramienta es til para poder certificar el titular del mensaje, es una forma automtica de aprobacin y reconocimiento de la informacin contenida dentro del mensaje por parte del titular de la firma. Esta firma electrnica debera formar parte del mensaje de datos, en un mismo acto.

    En el artculo 15 se examina los requisitos de la firma electrnica que sern necesarios para la validez de la misma:

    a) Serindividualyestarvinculadaexclusivamenteasutitular;

    b) Quepermitaverificarinequvocamentelaautoraeidentidaddelsignatario,mediantedispositivostcnicos de comprobacin establecidos por esta ley y sus reglamentos;

    c) Quesumtododecreacinyverificacinseaconfiable,seguroeinalterableparaelpropsitoparael cual el mensaje fue generado o comunicado;

    d) Quealmomentodecreacindelafirmaelectrnica,losdatosconlosquesecrearesehallenbajocontrol exclusivo del signatario, y,

    e) Quelafirmaseacontroladaporlapersonaaquienpertenece. As mismo, esta norma, determina las formas en las que se extingue la firma electrnica, mencionando las siguientes:

    a) Voluntaddesutitular;

    b) Fallecimientooincapacidaddesutitular;

    c) Disolucinoliquidacindelapersonajurdica,titulardelafirma;y,

    d) Porcausajudicialmentedeclarada.

    6 LEYDECOMERCIOELECTRNICO,FIRMASELECTRNICASYMENSAJESDEDATOS;Leynmero67,sepublicenelRegistroOficial nmero 557, el 17 de abr

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    De los certificados de firma electrnica Con la finalidad de identificar la voluntad de emitir determinada informacin bajo la identidad especfica del propietario de una firma, se emitir un certificado, el mismo que para ser considerado vlido debe contener los requisitos planteados en el artculo 22 de dicha Ley.

    Art. 22.- El Certificado de firma electrnica para ser considerado vlido contendr los siguientes requisitos:

    a) Identificacindelaentidaddecertificacindeinformacin;b)Domiciliolegaldelaentidaddecertificacindeinformacin;c) Losdatosdeltitulardelcertificadoquepermitansuubicacineidentificacin;d)Elmtododeverificacindelafirmadeltitulardelcertificado;e)Lasfechasdeemisinyexpiracindelcertificado;f ) Elnmeronicodeseriequeidentificaelcertificado;g)Lafirmaelectrnicadelaentidaddecertificacindeinformacin;h)Laslimitacionesorestriccionesparalosusosdelcertificado;e,i) Losdemssealadosenestaleyylosreglamentos.

    Mientras que en el artculo 24 encontramos las formas de extinguirse los certificados de firma electrnica.

    Art. 24.- Los certificados de firma electrnica, se extinguen, por las siguientes causas:

    a)Solicituddesutitular;b)Extincindelafirmaelectrnica,deconformidadconloestablecidoenelartculo19deestaley;y,c) Expiracindelplazodevalidezdelcertificadodefirmaelectrnica.

    El certificado se extingue desde el momento de su comunicacin con la entidad que certifica; desde el fallecimiento del titular de la misma; o, en casos de secuestro o desaparicin de personas a partir de la denuncia ante autoridades competentes.

    Las formas como se suspenden los certificados de firmas electrnicas estn estipuladas en el artculo 25.

    Art. 25.- La entidad de certificacin de informacin podr suspender temporalmente el certificado de firma electrnica cuando:

    a) SeadispuestoporelConsejoNacionaldeTelecomunicaciones,deconformidadconloprevistoenesta ley;

    b) Se compruebe por parte de la entidad de certificacin de informacin, falsedad en los datosconsignados por el titular del certificado; y,

    c) Se produzca el incumplimiento del contrato celebrado entre la entidad de certificacin deinformacin y el titular de la firma electrnica.

    Las entidades que se encargan de la Certificacin son empresas, que prestan varios servicios relacionados con la firma electrnica; estas entidades deben encontrarse autorizadas por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, segn lo dispuesto en las respectivas leyes y reglamentos.

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    Estas instituciones debern garantizar la proteccin de los datos que obtienen debido a su actividad.

    De los Organismos de Promocin y Difusin de los servicios electrnicos, y de Regulacin y Control de las Entidades de Certificacin Acreditadas

    Es necesario conocer las entidades que se dedican a la promocin difusin de los servicios electrnicos, a continuacin pasaremos a examinar algunos de ellos:

    COMEXI (ConsejodeComercio Exterior e Inversiones), se encargade lapromocin ydifusinde losservicios electrnicos, comercio electrnico, y uso de firmas electrnicas.

    CONATEL(ConsejoNacionaldeTelecomunicaciones),eselencargadodeautorizar,registraryregularlasentidades de certificacin de informacin acreditadas.

    Superintendencia de Telecomunicaciones, es el ente encargado del control de las entidades de certificacin.

    3.3 Contratacin electrnica Los contratos efectuados por medio de mensajes de datos tienen igual validez que aquellos que se realizan de forma fsica sobre un papel, rigindose a lo estipulado por las normas, principalmente el Cdigo Civil, salvo en determinados caso en los que deba someterse a otras normas, como es el caso de la Ley Orgnica de la Defensa del Consumidor.

    Dentro del tema de la Jurisdiccin debe someterse a lo estipulado por el Cdigo Civil, o lo pactado en el contrato, siempre que los mismos no se traten de contratos sometidos a la Ley Orgnica de Defensa del Consumidor. Tambin se puede considerar el arbitraje como medio de solucin del conflicto, pudiendo realizarse la misma por medios telemticos o electrnicos.

    3.4 Derechos de los usuarios o consumidores de servicios electrnicos

    El artculo 48 de la ley de Comercio Electrnico nos menciona uno de los derechos ms importantes de los usuarios, por lo que es conveniente realizar una lectura del mismo.

    Art. 48.- Previamente a que el consumidor o usuario exprese su consentimiento para aceptar registros electrnicos o mensajes de datos, debe ser informado clara, precisa y satisfactoriamente, sobre los equipos y programas que requiere para acceder a dichos registros o mensajes.

    El usuario o consumidor, al otorgar o confirmar electrnicamente su consentimiento, debe demostrar razonablemente que puede acceder a la informacin objeto de su consentimiento.

    Si con posterioridad al consentimiento del consumidor o usuario existen cambios de cualquier tipo, incluidos cambios en equipos, programas o procedimientos, necesarios para mantener o acceder a registros o mensajes electrnicos, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrnico o mensaje de datos sobre los que hubiera otorgado su consentimiento, se le deber proporcionar de forma clara, precisa y satisfactoria la informacin necesaria para realizar estos cambios, y se le informar sobre su derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado sin la imposicin de ninguna condicin, costo alguno o consecuencias. En el caso de que estas modificaciones afecten los derechos del consumidor o usuario, se le debern proporcionar los medios necesarios para evitarle perjuicios, hasta la terminacin del contrato o acuerdo que motiv su consentimiento previo.

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    Me he tomado la molestia de subrayar dos aspectos importantes en dicho artculo, que indirectamente defienden al usuario de los correos Spam; los correos Spam son aquellos que las compaas suelen enviar de forma masiva, muchas de las veces sin consentimiento de los usuarios, con la finalidad de hacerpublicidaddediferentesproductos.Referenteaestemismotemaencontramoselartculo50,quelo aclara an ms en sus prrafos quinto y sptimo.

    Art. 50.- En la prestacin de servicios electrnicos en el Ecuador, el consumidor deber estar suficientemente informado de sus derechos y obligaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley OrgnicadeDefensadelConsumidorysuReglamento

    (prrafoquinto)En el envo peridico de mensajes de datos con informacin de cualquier tipo, en forma individual o a travs de listas de correo, directamente o mediante cadenas de mensajes, el emisor de los mismos deber proporcionar medios expeditos para que el destinatario, en cualquier tiempo, pueda confirmar su suscripcin o solicitar su exclusin de las listas, cadenas de mensajes o bases de datos, en las cuales se halle inscrito y que ocasionen el envo de los mensajes de datos referidos.

    La solicitud de exclusin es vinculante para el emisor desde el momento de la recepcin de la misma. La persistencia en el envo de mensajes peridicos no deseados de cualquier tipo, se sancionar de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley.

    El usuario de redes electrnicas, podr optar o no por la recepcin de mensajes de datos que, en forma peridica, sean enviados con la finalidad de informar sobre productos o servicios de cualquier tipo.

    3.5 Instrumentos pblicos, la prueba y notificaciones electrnicas

    El Derecho civil y penal del Ecuador aceptan como prueba los mensajes de datos, firmas electrnicas, documentos electrnicos y los certificados electrnicos nacionales o extranjeros; si alguna de las partes niega la validez de un mensaje de datos, deber probar que el mismo adolece de uno o varios vicios que lo invalidan.

    La prueba se valorar acorde a lo estipulado en las normas respectivas, con la finalidad de determinar la seguridad y fiabilidad de la misma, para lo que se designarn los peritos necesarios del caso.

    Este Cdigo tambin trata sobre las notificaciones electrnicas, para lo cual estipula como necesario designar el lugar a ser notificado (correo electrnico), de un abogado inscrito en cualquiera de losColegios de Abogados del Ecuador; esta norma la encontramos tipificada en el artculo 56, y podemos sacar a flote que lamentablemente an menciona la inscripcin en los Colegios de Abogados, ya que actualmente para ejercer el derecho slo se requiere la inscripcin en el Consejo Nacional de la Judicatura.

    FelicitacionesporhaberculminadoelestudiodelaUnidad3,estiempoderealizarlaltimaautoevaluacindel bimestre.

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    Autoevaluacin 3

    Responda con una V si es verdadero y con una F si es falso.

    1. ( ) Losmensajesdedatossonaquellosquesegeneranpormedioselectrnicos.

    2. ( ) Dentro de los mensajes de datos podemos encontrar al correo electrnico y alinternet.

    3. ( ) Losmensajeselectrnicosnotienenningnvalorjurdico.

    4. ( ) Es necesaria una orden de autoridad competente o autorizacin del titular paraobtener sus datos personales.

    5. ( ) Noseaplicalaleydepropiedadintelectualenlosmensajesdedatos.

    6. ( ) Lafirmaelectrnicaestilparaidentificaraltitulardeunmensajededatos.

    7. ( ) Elfallecimientodeltitulardelafirmaimplicalaextincindelamisma.

    8. ( ) El Consejo Nacional deTelecomunicaciones es la entidad encargada de autorizar,registrar y regular las entidades de certificacin de informacin acreditadas.

    9. ( ) ElDerechocivil ypenaldelEcuadoraceptancomoprueba losmensajesdedatos,firmas electrnicas, documentos electrnicos y los certificados electrnicos nacionales o extranjeros.

    10. ( ) Noexisteformadedeterminarlaseguridadyfiabilidaddelafirmaelectrnica.

    Le invito a comparar en el solucionario las respuestas.

    Hemos terminado el Primer Bimestre, la mitad del ciclo. Conocemos la metodologa para continuar con elestudio.Felicidades.

    Ir a solucionario

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    SEGUNDOBIMESTRE

    7.4. Planificacin para el trabajo del alumno

    COMPETENCIAS ESPECFICAS

    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    CONTENIDOS: Unidades/Tema

    CRONOGRAMA ORIENTATIVO

    (Tiempo estimado)

    ACTIVIDADES D