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NÚMERO 249 Lunes, 30 de diciembre de 2013 33499 ORDEN de 27 de diciembre de 2013 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013050296) De acuerdo con lo establecido en el Decreto 79/2010, de 26 de marzo y el Decreto 34/2011, de 25 de marzo por los que se aprueba las Ofertas de Empleo Público de la Junta de Extremadura para los años 2010 y 2011 respectivamente y con el fin de atender las necesi- dades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Administración Pública, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3.2.h) del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en mate- ria de personal, resuelve convocar pruebas selectivas correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2010 y 2011, para el acceso a puestos vacantes del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con suje- ción a las siguientes: BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Normas Generales. 1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, 40 pla- zas del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya cobertura por personal de nuevo ingreso se considera imprescindible, de acuerdo con la distribución que a continuación se expresa: a. 25 para ser cubiertas por el turno general de acceso libre. b. 13 para ser cubiertas por promoción interna. c. 2 que se reservan para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 47/2003, de 22 de abril, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En Anexo I a esta Orden se clasifican las plazas que se convocan por Especialidades y por turnos de acceso, con expresión del requisito de titulación imprescindible por cada una de ellas. Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los tres turnos de acceso. 2. Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dis- puesto en el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por ley 7/2007, de 12 de abril, en el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de junio, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre; y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los

Oposiciones Extremadura

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  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33499

    ORDEN de 27 de diciembre de 2013 por la que se convocan pruebasselectivas para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario delCuerpo Administrativo de la Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura. (2013050296)

    De acuerdo con lo establecido en el Decreto 79/2010, de 26 de marzo y el Decreto 34/2011,de 25 de marzo por los que se aprueba las Ofertas de Empleo Pblico de la Junta deExtremadura para los aos 2010 y 2011 respectivamente y con el fin de atender las necesi-dades de personal de la Administracin Pblica de la Comunidad Autnoma de Extremadura,la Consejera de Administracin Pblica, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por elartculo 3.2.h) del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribucin de competencias en mate-ria de personal, resuelve convocar pruebas selectivas correspondientes a las Ofertas deEmpleo Pblico de los aos 2010 y 2011, para el acceso a puestos vacantes del CuerpoAdministrativo de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura, con suje-cin a las siguientes:

    BASES DE LA CONVOCATORIA

    Primera. Normas Generales.

    1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposicin, 40 pla-zas del Cuerpo Administrativo de la Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura, cuya cobertura por personal de nuevo ingreso se considera imprescindible,de acuerdo con la distribucin que a continuacin se expresa:

    a. 25 para ser cubiertas por el turno general de acceso libre.

    b. 13 para ser cubiertas por promocin interna.

    c. 2 que se reservan para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual osuperior al 33 por ciento, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 47/2003, de 22 de abril,por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo pblico dela Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura.

    En Anexo I a esta Orden se clasifican las plazas que se convocan por Especialidades y porturnos de acceso, con expresin del requisito de titulacin imprescindible por cada una deellas.

    Los aspirantes slo podrn participar por uno de los tres turnos de acceso.

    2. Las pruebas selectivas se regirn, adems de por lo establecido en estas bases, por lo dis-puesto en el Estatuto Bsico del Empleado Pblico aprobado por ley 7/2007, de 12 deabril, en el Texto Refundido de la Ley de la Funcin Pblica de Extremadura, aprobado porDecreto Legislativo 1/1990, de 26 de junio, en el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura,aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre; y en el Decreto 170/2002, de 17 dediciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Pblico de la Administracin de laComunidad Autnoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los

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    que sea aplicable el derecho de libre circulacin de trabajadores y de ciudadanos extran-jeros residentes en Espaa.

    Estas convocatorias cumplirn el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombresen el acceso al empleo pblico, de acuerdo con lo que establece el artculo 14 de laConstitucin, la Ley Orgnica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de Mujeresy Hombres as como Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombresy contra la Violencia de Gnero en Extremadura.

    3. Las plazas que queden sin cubrir de las reservadas para el turno de discapacidad, no seincorporarn a las ofrecidas por el turno libre. Las plazas ofertadas por promocin inter-na que no sean cubiertas se acumularn a las ofertadas por el turno libre.

    4. Las bases de la presente convocatoria, as como todos sus Anexos, se podrn consultar atravs de Internet en la direccin http://ciudadano.gobex.es. Adems, a efectos informa-tivos, se har pblico en la misma direccin de Internet, la relacin de aspirantes admiti-dos y excluidos, provisional y definitivamente, las relaciones de aprobados de cada ejer-cicio y la puntuacin de la fase de concurso.

    Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    1. Para ser admitidos a la realizacin del proceso selectivo correspondiente, los aspirantesdebern poseer al da de finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes, durante eldesarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesin, lossiguientes requisitos de participacin:

    a) Ser espaol/a.

    Los nacionales de los Estados miembros de la Unin Europea podrn acceder, comopersonal funcionario, en igualdad de condiciones que los espaoles a los empleos p-blicos.

    Tambin podrn participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cnyuge de los es-paoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unin Europea, siempreque no estn separados de derecho, y sus descendientes y los de su cnyuge siempreque no estn separados de derecho, sean menores de veintin aos o mayores de di-cha edad dependientes.

    El acceso al empleo pblico como personal funcionario, se extender igualmente a laspersonas incluidas en el mbito de aplicacin de los Tratados Internacionales celebra-dos por la Unin Europea y ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la librecirculacin de trabajadores.

    No obstante lo anterior, ser necesario estar en posesin de la nacionalidad espaolapara acceder a las Especialidades que figuran en al artculo 3.2 del Decreto 170/2002,de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Pblico de laAdministracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura de ciudadanos nacionalesde otros Estados a los que sea aplicable el derecho a la libre circulacin de trabajado-res y de ciudadanos extranjeros residentes en Espaa.

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    b) Tener cumplidos 16 aos de edad y no exceder en su caso de la edad mxima de ju-bilacin forzosa.

    c) Estar en posesin de la titulacin que se especifica en el Anexo I para cada Especialidado cumplir las condiciones para obtenerla. En el caso de titulaciones obtenidas en el ex-tranjero se deber estar en posesin de la credencial que acredite su homologacin.

    d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeo de los puestos a los que seaspira.

    e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera delas Administraciones Pblicas o de los rganos constitucionales o estatutarios de lasComunidades Autnomas, ni hallarse en inhabilitacin absoluta o especial para emple-os o cargos pblicos por resolucin judicial, para el acceso al cuerpo o escala de fun-cionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeaban en el caso del per-sonal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacionalde otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situacin equivalente ni haber sido so-metido a sancin disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostrminos el acceso al empleo pblico.

    f) No pertenecer como funcionario de carrera a la misma Especialidad a cuyas pruebasselectivas se presente.

    2. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de personas con discapacidad de-bern poseer un grado de discapacidad igual o superior al 33%, legalmente reconocidopor el rgano competente, cumplir los requisitos que se establecen en el Decreto 47/2003,de 22 de abril, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleopblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y acreditarlo me-diante certificado expedido al efecto por el rgano competente, el cual debern acompa-ar junto con la solicitud de participacin.

    3. Los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna debern reunir adems delos requisitos generales de participacin que se relacionan en el apartado 1 de la presen-te base, los siguientes:

    a) Pertenecer al Cuerpo Auxiliar de la Junta de Extremadura.

    b) Estar en posesin del ttulo que se especifica en el Anexo I para cada Especialidad ocumplir las condiciones para obtenerlo.

    De acuerdo con lo previsto en el artculo 28.1 in fine del Decreto Legislativo 1/1990,de 26 de junio, no se requerir la titulacin acadmica ya referida a aquellos funcio-narios que tengan una antigedad de al menos 10 aos en el Cuerpo Auxiliar o de 5aos y la superacin del curso especfico de formacin que oportunamente se convo-que. A estos efectos se computarn los servicios prestados en el Cuerpo Auxiliar re-conocidos al amparo de la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en laAdministracin Pblica. No obstante lo anterior, no tendrn que realizar el referidocurso especfico aquellos aspirantes que ya lo hubieran superado en su momento conmotivo de procesos selectivos anteriores.

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    El curso especfico de formacin referido se celebrar antes de que se inicien las prue-bas selectivas. Por tanto, la participacin en estas pruebas por el turno de promocininterna de aquellos aspirantes que, sin poseer la titulacin acadmica requerida, ten-gan una antigedad de al menos 5 aos en el Grupo D, quedar condicionada a queen el momento en que se convoque el curso presenten su solicitud de participacin enl, a que sean admitidos al mismo por aplicacin de los criterios objetivos de accesoque se determinen en la convocatoria y, finalmente, a que lo superen. La no concu-rrencia de cualquiera de dichas condiciones determinar, en el mismo momento en quese origine, la exclusin automtica del aspirante de las pruebas selectivas.

    c) Encontrarse, en relacin con el Cuerpo referido en el apartado a) para cada Especialidaden servicio activo o en cualquier otra situacin administrativa, siempre que haya trans-currido el tiempo mnimo requerido de permanencia en dicha situacin.

    d) Tener una antigedad de al menos dos aos de servicios efectivos prestados como fun-cionario de carrera en el Cuerpo Auxiliar, subgrupo C2.

    4. Todos los requisitos establecidos en esta base debern cumplirse en el momento de fina-lizacin del plazo de presentacin de instancias, mantenerse durante el proceso selectivohasta el momento de la toma de posesin, y acreditarse, en caso de superarse el con-curso-oposicin, del modo que se indica en la Base Novena de esta convocatoria.

    Tercera. Solicitudes.

    1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas debern hacerlo constar en el for-mulario de solicitud al que se acceder exclusivamente a travs de la pgina webhttp://solicitudesoposicion.gobex.es, indicando la Especialidad a la que se desea participar.

    2. Una vez cumplimentada va internet, la solicitud deber ser impresa y tras procederse alabono de la tasa correspondiente en la entidad bancaria colaboradora correspondiente, sepresentar tal y como se establece en el apartado 7 de la presente Base, en el plazo de20 das naturales contados a partir del da siguiente al de la fecha de publicacin de estaconvocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

    La solicitud se dirigir a la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos eInspeccin.

    3. Los interesados debern presentar su solicitud registrada en soporte papel, no siendo po-sible su presentacin por medios telemticos. La simple cumplimentacin de la solicitudva internet no exime de su presentacin en un registro oficial, ni de hacerlo en el plazoindicado en el apartado 2 de la presente Base. Tampoco exime al aspirante del requisitode proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.

    Las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atencin Administrativa de laJunta de Extremadura, en caso que fuera posible, facilitar a los aspirantes el acceso amedios telemticos para la cumplimentacin de las solicitudes.

    La no presentacin de la solicitud en tiempo y forma supondr la exclusin del aspirante.

    4. Junto a la solicitud, los aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unin Europea,debern presentar el Anexo II a esta Orden, debidamente cumplimentado.

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    No obstante lo anterior, ser necesario estar en posesin de la nacionalidad espaola pa-ra acceder a las Especialidades que figuran en el artculo 3.2 del Decreto 170/2002, de 17de diciembre.

    5. Los aspirantes que concurran por el turno de reserva para discapacitados debern indi-carlo en la instancia, as como la discapacidad por la que estn afectados, debiendo soli-citar en ese momento, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios parala realizacin de los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal de Seleccin atender a lo dis-puesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios ge-nerales para la adaptacin de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el ac-ceso al empleo pblico de personas con discapacidad. Este Tribunal podr or al interesado,y pedir asesoramiento y, en su caso, colaboracin de los rganos tcnicos y asociacio-nes competentes. Para este fin, la Direccin General de Funcin Pblica, RecursosHumanos e Inspeccin facilitar a los Tribunales de Seleccin un modelo normalizado desolicitud de valoracin de necesidad de adaptacin, con objeto de homogeneizar las peti-ciones que se realicen a los rganos tcnicos competentes.

    La solicitud de adaptacin a que se refiere el prrafo anterior podr ser formulada porcualquier aspirante con discapacidad, sin perjuicio del turno por el que concurra a las prue-bas selectivas.

    6. A los efectos de la constitucin de Listas de Espera previstas en el Reglamento Generalde Ingreso del personal al servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura, los aspirantes marcarn en la solicitud la zona o zonas en la que desean fi-gurar para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en sucaso, slo sern llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro delmbito territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no sealar ningu-na zona se entender que desean figurar en todas ellas.

    Una vez publicada la resolucin por la que se constituyen las listas de espera se podratender la solicitud de modificacin de zonas, siempre que la misma consista en reduc-cin del nmero de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.

    En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentarla casilla correspondiente de Renuncia que figura en el modelo de solicitud.

    7. La presentacin de instancias podr hacerse en cualquiera de las oficinas de registro dedocumentos integrados en el Sistema de Registro nico de la Administracin de laComunidad Autnoma de Extremadura y de sus organismos pblicos vinculados o depen-dientes o por cualquiera de las formas previstas en el artculo 38 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Proce dimien -to Administrativo Comn.

    Las solicitudes que se presenten a travs de las oficinas de Correos debern ir en sobreabierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

    8. Los aspirantes podrn presentarse a cuantas Especialidades se convoquen siempre querenan los requisitos especficos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de queen algn caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas,

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    horas o lugares de celebracin de los ejercicios, as como del periodo de prcticas, cir-cunstancia que en modo alguno vincular a la Administracin. En cualquier caso, se pre-sentar una instancia por cada Especialidad a la que se aspire.

    9. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 21,56 euros por solicitud, y suingreso se efectuar a travs de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras quese indican en la solicitud de participacin. En la solicitud deber figurar el sello corres-pondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente aPrestaciones Patrimoniales: Derechos de examen, acreditativo del pago de los derechosde examen.

    En ningn caso, la presentacin de la solicitud para el pago de la tasa en las oficinas ban-carias colaboradoras supondr la sustitucin del trmite de presentacin, en tiempo y for-ma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.

    10. Estn exentos del pago de esta tasa:

    a) Los aspirantes que estn en situacin legal de desempleo, excepcin hecha de los de-mandantes de empleo en la modalidad de mejora de empleo, debiendo acreditarse me-diante vida laboral o informe de perodo ininterrumpido inscrito en situacin de de-sempleo emitido por el rgano competente.

    b) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debien-do acompaar a la solicitud certificado acreditativo de tal condicin.

    c) Las personas que tengan la condicin de vctimas del terrorismo, cnyuges o parejasde hecho, as como sus hijos, debiendo acompaar a la solicitud certificado acreditati-vo de tal condicin.

    d) Las personas que tengan la consideracin de vctimas de violencia de gnero a que ha-ce referencia la Ley Orgnica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de ProteccinIntegral contra la Violencia de Gnero, y que as lo acrediten.

    11. La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrar, de acuerdo con el artculo 6del Decreto 79/2010, de 26 de marzo y del Decreto 34/2011, de 25 de marzo, por losque se aprueban las ofertas de Empleo Pblico de la Junta de Extremadura para 2010 y2011, respectivamente, a:

    a) Los aspirantes que acrediten la condicin de tercer o ulterior hijo dependiente de suspadres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos aos de antela-cin a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas me-nores cinco veces al Salario Mnimo Interprofesional (SMI), siempre que efectivamen-te participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolucin delingreso.

    b) Los interesados que hayan sido admitidos para participar en ms de una prueba se-lectiva correspondiente a distintos Cuerpos/Categoras y Especialidades y que no pue-dan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebracin delos ejercicios y soliciten la devolucin del ingreso.

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    No ser procedente la devolucin de la tasa en los supuestos de exclusin de participa-cin en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

    La falta de justificacin del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento,determinar la exclusin del aspirante.

    Cuarta. Admisin de aspirantes.

    1. Finalizado el plazo de presentacin de instancias, por la Direccin General de FuncinPblica, Recursos Humanos e Inspeccin se dictar resolucin en el plazo mximo de dosmeses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha reso-lucin, que deber publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarn los luga-res en que se encuentran expuestas al pblico las listas certificadas de aspirantes admi-tidos y excluidos, sealando un plazo de 10 das hbiles para subsanacin de defectos yreclamaciones. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consig-nacin de sus datos personales podrn manifestarlo en el mismo plazo.

    Los aspirantes que dentro del plazo sealado no subsanen el defecto que motiv la ex-clusin o no presenten reclamacin justificando su derecho a ser incluidos en la relacinde admitidos, sern definitivamente excluidos de la realizacin de las pruebas.

    2. En el trmino de 15 das desde que finalice el plazo de subsanacin de errores y recla-maciones, una vez que aquellos aspirantes que fueron excluidos hayan subsanado defec-tos u omisiones, se harn pblicas las listas definitivas de admitidos y excluidos. Las lis-tas, provisionales o definitivas, se expondrn, en todo caso, en la Consejera deAdministracin Pblica, en las Oficinas de Respuesta Personalizada y en los Centros deAtencin Administrativa de la Junta de Extremadura.

    La publicacin de la resolucin aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial deExtremadura ser determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o re-cursos, y en ella se determinar el lugar, fecha y hora de comienzo de cada una de lasfases en el que se desdobla el ejercicio, cuando stas tuviesen lugar el mismo da, tal co-mo se establece en la Base Sptima.

    Quinta. Tribunales.

    1. Los Tribunales de Seleccin encargados de la valoracin de la fase de oposicin sern nom-brados por Orden de la Consejera de Administracin Publica con antelacin a la publica-cin de la lista provisional de admitidos y excluidos a que se refiere la Base Cuarta.

    2. Para la valoracin de los mritos de la fase de concurso se constituir un Tribunal nicocompuesto por un Jefe de Servicio de la Consejera de Administracin Pblica, que actua-r como Presidente, y como vocales, un representante de la Direccin General de losServicios Jurdicos y tres representantes de la Direccin General de Funcin Pblica,Recursos Humanos e Inspeccin, uno de los cuales actuar como secretario. El nombra-miento de este Tribunal se realizar por el Consejero de Administracin Pblica, publi-cndose el mismo en el Diario Oficial de Extremadura con anterioridad al comienzo de lostrabajos de valoracin de mritos.

    3. El personal de eleccin o de designacin poltica, el personal funcionario interino, el per-sonal laboral temporal y el personal eventual, no podr formar parte de los rganos deseleccin.

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    4. Podrn, a iniciativa de cada Central Sindical, estar presentes en los Tribunales durante latotalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un representante de cada unade las Centrales Sindicales que ostente representacin en el mbito de cada una de lasOrganizaciones Sindicales con capacidad representativa reconocida en el mbito corres-pondiente de la Administracin Autonmica, en los trminos previstos en la Ley 7/2007,de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico.

    5. Los Tribunales no podrn constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y delSecretario, o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad al menos, de susmiembros.

    6. Los miembros de los Tribunales debern abstenerse de intervenir en el proceso, comuni-cndolo a la Consejera de Administracin Pblica, cuando en ellos se den cualquiera delas circunstancias previstas en el artculo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,o si hubieran realizado tareas de preparacin de aspirantes en los cinco aos anterioresa la publicacin de esta convocatoria, siempre que las mismas correspondan al mismoCuerpo y Especialidad.

    Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artculo 29 del referido texto legal, los inte-resados podrn promover recusacin en los casos previstos en el prrafo anterior, en cual-quier momento de la tramitacin del procedimiento.

    7. A efectos de comunicacin y dems incidencias, los Tribunales tendrn su sede en laDireccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin, Avda. Valhondo,s/n. (III Milenio), Mrida.

    8. Los Tribunales podrn disponer la incorporacin a sus trabajos de asesores especialistaspara las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime necesarios, limitndose di-chos asesores a prestar su colaboracin en sus especialidades tcnicas. La designacinde los mismos deber comunicarse a la Consejera de Administracin Pblica, la cual po-dr limitar el nmero de asesores a intervenir en cada Tribunal.

    9. Corresponder a los Tribunales resolver todas las dudas que pudieran surgir en la apli-cacin de estas bases, as como la resolucin de aquellas cuestiones no previstas en lasmismas, siguiendo las instrucciones que al efecto les sern facilitadas por la Comisinde Seleccin creada al efecto en el seno de la Direccin General de Funcin Pblica,Recursos Humanos e Inspeccin, para homogeneizar los criterios aplicables en los pro-cesos selectivos.

    10. A los Tribunales les ser de aplicacin el rgimen previsto en el Ttulo II, Captulo II, dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy Procedimiento Administrativo Comn, para los rganos Colegiados.

    11. Los Tribunales que acten en estas pruebas selectivas tendrn la categora segunda delas recogidas en el Anexo III del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizacio-nes por razn del servicio.

    12. La documentacin del proceso selectivo se depositar, con carcter general, en las de-pendencias que la Consejera de Administracin Pblica ponga a disposicin de los

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    Tribunales de Seleccin para la idnea conservacin y custodia de dicha documentacindurante todo el proceso selectivo.

    Sexta. Sistema Selectivo.

    1. Procedimiento de seleccin.

    El procedimiento de seleccin para los aspirantes del turno libre y del de discapacidad se-r el de concurso-oposicin seguido de la superacin de un periodo de prcticas, y cons-tar de las siguientes fases en el orden que se especifica: oposicin, concurso y supera-cin del periodo de prcticas.

    Para los aspirantes que accedan por promocin interna el procedimiento de seleccin se-r el concurso-oposicin.

    2. Fase de Oposicin.

    Tanto para el turno libre y discapacidad como para la promocin interna, la fase de opo-sicin se compondr de un ejercicio dividido en dos fases, eliminatorias cada una de ellas.

    Los temarios estn recogidos en los Anexos III, IV y V a la presente convocatoria, sin per-juicio de las actualizaciones que se lleven a cabo por la Consejera de AdministracinPblica. En todo caso, deber exigirse por los Tribunales de Seleccin, en la totalidad delos procesos selectivos, la normativa vigente el da de la publicacin de la resolucin porla que se fija la fecha de celebracin del ejercicio correspondiente.

    Cada fase se valorar con un mximo de 10 puntos, siendo necesario un mnimo de 5 pun-tos en cada una de ellas para aprobar la fase de oposicin. Las dos fases podrn reali-zarse en el mismo da.

    Los Tribunales de Seleccin adoptarn las medidas oportunas para garantizar que las dis-tintas fases del ejercicio sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

    a) Primera fase del ejercicio.

    La primera fase del ejercicio consistir, para los aspirantes que acceda por el turno li-bre y discapacidad, en contestar en el tiempo mximo que seale el Tribunal deSeleccin, que no podr exceder de 95 minutos, un cuestionario formado por 86 pre-guntas con 4 respuestas alternativas, de las cuales slo una de ellas ser la correcta,de todo el temario, tanto de la parte comn como de la especfica, recogidos en losAnexos III y IV.

    Para los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna el primer ejercicioconsistir en contestar en el tiempo mximo que seale el tribunal que no podr ex-ceder de 80 minutos, un cuestionario formado por 70 preguntas con 4 respuestas al-ternativas, de las cuales solo una de ellas ser la correcta, del temario recogido en elAnexo V segn la Especialidad a la que opte.

    Los cuestionarios que se propongan contendrn 10 preguntas adicionales tipo test, lascuales sustituirn por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su ca-so, sean objeto de anulacin con posterioridad al inicio de los ejercicios.

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    A este respecto, los interesados podrn presentar las reclamaciones que estimen pro-cedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Seleccin,dentro de los 5 das hbiles siguientes a la celebracin del ejercicio.

    Para la valoracin de esta primera fase del ejercicio se aplicarn los siguientes crite-rios de calificacin:

    1. Cada 2 preguntas contestadas errneamente se restar una pregunta contestadacorrectamente.

    2. Cada 6 preguntas en blanco se restar una pregunta contestada correctamente.

    La puntuacin mnima para superar esta fase se obtendr, una vez aplicados los crite-rios anteriormente citados, cuando el aspirante haya contestado correctamente el 50por ciento de las preguntas de las que se compone el cuestionario.

    b) Segunda fase del ejercicio.

    Tanto para los aspirantes que accedan por el turno libre y discapacidad, como por pro-mocin interna, consistir en resolver uno o varios supuestos o pruebas prcticas pro-puestos por el Tribunal de Seleccin, relacionados con el programa de materias de laEspecialidad correspondiente, en el tiempo y con los medios auxiliares que dichoTribunal disponga. El contenido de esta segunda fase del ejercicio estar dirigido aapreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de laEspecialidad.

    El Tribunal de Seleccin indicar el da de celebracin de esta fase del ejercicio e, in-mediatamente antes de iniciarse ste, los criterios de correccin del mismo.

    Una vez finalizada la correccin del ejercicio, se publicar por el Tribunal de Seleccinla relacin de los aspirantes que han superado el mismo, as como relacin de aque-llos que habiendo superado la primera fase formarn parte de la lista de espera queen su momento se constituya, disponiendo los interesados de un plazo de cinco dashbiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.

    3. Fase de concurso para el turno libre y discapacidad.

    La fase de concurso, para el turno libre y discapacidad, consistir en la valoracin por elTribunal nico de los siguientes mritos:

    Se valorarn los servicios efectivos prestados para cualquier Administracin Pblica comopersonal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal es-tatutario, personal funcionario interino o contratado de colaboracin temporal en rgimende derecho administrativo (cuyos contratos se celebraran con anterioridad a la entrada envigor de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), cuando el Cuerpo, Escala, Categora Profesionaly Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo yEspecialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo de Titulacin.

    Quedar a criterio del Tribunal nico ponderar la similitud a que se refiere el prrafo an-terior mediante instrucciones realizadas al efecto.

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    No sern tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administracin bajo lamodalidad de contratos de trabajo temporales de colaboracin social celebrados al ampa-ro del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.

    Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarn enproporcin a la jornada realmente trabajada, que deber acreditarse segn establece elAnexo VI.

    Los servicios prestados se valorarn a razn de 0,084 puntos por mes o fraccin, hastaun mximo de 5 puntos, computados hasta la fecha de finalizacin del plazo de presen-tacin de solicitudes.

    4. Acreditacin de mritos de la fase de concurso para el turno libre y discapacidad

    4.1. Los servicios prestados para la Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura o sus Organismos Autnomos por los aspirantes que hayan superadola fase de oposicin, se certificarn de oficio por la Direccin General de la FuncinPblica, Recursos Humanos e Inspeccin o, en su caso, por el rgano competentedel Organismo Autnomo, los cuales se aportarn al Tribunal nico para su valora-cin en la fase de concurso, previa comunicacin al interesado.

    4.2. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposicin dispondrn de un plazo de 15das contados a partir del siguiente al de publicacin de la relacin de aprobados en laltima fase del ejercicio de oposicin para acreditar los mritos definidos en el apar-tado anterior mediante certificacin expedida, segn modelo que figura en Anexo VI,por el rgano competente de la Administracin donde se hayan prestado los mismos.

    Dicha certificacin deber contener, al menos, el Grupo Profesional y de Titulacin,el Cuerpo, Escala, Categora Profesional y Especialidad, porcentaje de jornada y pe-rodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalizacin del plazo de presentacinde solicitudes. Dicha certificacin deber ir acompaada de una vida laboral del in-teresado junto con el contrato laboral correspondiente, para acreditar los certifica-dos que acompae a esta fase, siempre que se trate de servicios prestados fuera dela Administracin de la Junta de Extremadura.

    El Tribunal nico se reservar el derecho de comprobar la veracidad del contenido delas certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.

    Los mritos que deban ser acreditados por los propios aspirantes, se presentarnmediante documentos originales o fotocopias debidamente compulsadas, en cual-quiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registronico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y de sus or-ganismos pblicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previs-tas en el artculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdicode las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    La valoracin de los mritos en la fase de concurso, tanto si se accede por el turnolibre como por el de discapacidad, no podr en ningn caso superar el 25 por cien-to de la puntuacin mxima alcanzable en la fase de oposicin.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33510

    La puntuacin mxima alcanzable ser de 20 puntos en la fase de oposicin y de 5puntos en la fase de concurso.

    5. Fase de concurso para promocin interna

    La fase de concurso para promocin interna consistir en la valoracin de los siguientesmritos:

    5.1. Antigedad.

    Por servicios efectivos prestados en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, hasta la fe-cha de terminacin del plazo de presentacin de solicitudes, se otorgarn 0,30 pun-tos por cada ao completo de servicios efectivos, hasta un mximo de 2,40 puntos.A estos efectos, se computarn los servicios reconocidos al amparo de la Ley70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administracin Pblica, siem-pre que se hayan prestado en Cuerpos o Escalas de funcionarios del Subgrupo C2.

    5.2. Actividad formativa.

    5.2.1. Realizacin de Cursos de Formacin y Perfeccionamiento:

    Se valorarn, hasta un mximo de 2,10 puntos, exclusivamente los cursos deformacin y perfeccionamiento que guarden relacin directa con las funcionesdel Cuerpo y Especialidad a que se pretende acceder, organizados u homolo-gados por la Escuela de Administracin Pblica, el Instituto Nacional deAdministracin Pblica o cualquier otro Centro Oficial de Formacin deEmpleados Pblicos, o acogidos al Plan Nacional de Formacin Continua de lasAdministraciones Pblicas, independientemente del promotor de los mismos,hasta la fecha de terminacin del plazo de presentacin de solicitudes.

    La puntuacin de los cursos de formacin realizados se regir por el sistemade crditos determinado en el Acuerdo General de Formacin de la Junta deExtremadura, de tal manera que los cursos de formacin aportados por los in-teresados que se ajusten a los requisitos de la convocatoria se traducirn acrditos, establecindose en 40 el mximo de crditos valorables; es decir, ellmite de 2 puntos fijado anteriormente se alcanzar con 40 crditos.

    A estos efectos los cursos de formacin se valorarn independientemente ca-da uno de ellos con un crdito por cada 10 horas lectivas, no valorndose losde menor duracin, pudindose establecer fracciones de medio crdito dentrode un mismo curso para fracciones de 5 horas o superior.

    En los cursos de formacin en los que se fijen pruebas para valorar el gradode aprovechamiento, la puntuacin que resulte de la valoracin de aqullos seincrementar en un 40%, en caso de acreditarse que se han superado las men-cionadas pruebas.

    5.2.2. Imparticin de cursos de formacin y perfeccionamiento:

    Por la participacin como ponente en cursos o actividades formativas que guar-den relacin directa con las funciones del Cuerpo y Especialidad a que se pre-tende acceder y promovidos por los centros e instituciones a que se refiere el

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    apartado 5.2.1 anterior, se otorgarn 0,01 puntos por cada hora de ponenciacertificada, hasta un mximo de 0,5 puntos, valorndose cada ponencia deforma independiente.

    6. Acreditacin de mritos de la fase de concurso para promocin interna

    Los aspirantes que hayan superado la fase de oposicin dispondrn de un plazo de 15 d-as contados a partir del siguiente al de publicacin de la relacin de aprobados en la lti-ma fase del ejercicio de oposicin para acreditar los mritos definidos en el apartado an-terior en la forma detallada a continuacin:

    6.1. Antigedad.

    Los servicios prestados por los aspirantes en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 aque se refiere el apartado 5.1 de la presente Base, se certificarn de oficio por laDireccin General de la Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin quien losaportar al Tribunal nico para su valoracin en la fase de concurso, previa comu-nicacin al interesado.

    6.2. Actividad formativa.

    La actividad formativa deber ser acreditada en horas. No obstante, cuando la du-racin del curso venga determinada en das, el Tribunal nico establecer la opor-tuna equivalencia de acuerdo con criterios de proporcionalidad, y siempre que seacrediten claramente los das concretos de celebracin del curso, no asignndosepuntuacin alguna por los cursos alegados por el solicitante cuya duracin no estdebidamente acreditada.

    6.2.1. Se aportarn por los interesados los documentos acreditativos de los siguien-tes mritos, en la forma que se indica a continuacin:

    La realizacin de cursos de formacin y perfeccionamiento que no hayansido organizados por la Escuela de Administracin Pblica, mediante fo-tocopia compulsada del ttulo, diploma o certificado de asistencia que lehubiere sido expedido.

    La imparticin de los cursos de formacin y perfeccionamiento promovi-dos por centros institucionales distintos a la Escuela de AdministracinPblica se acreditar en horas, mediante fotocopia compulsada del certi-ficado expedido por el rgano o institucin correspondiente, no asignn-dose puntuacin alguna a aquellas ponencias cuya duracin no est de-bidamente acreditada.

    6.2.2. Se acreditar mediante certificacin expedida de oficio por la Direccin Gene -ral de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin, quin la aportar alTribunal nico, dando conocimiento al interesado, la realizacin de los cursosde formacin y perfeccionamiento que hayan sido organizados por la Escuelade Administracin Pblica, as como la imparticin de los cursos promovidospor los citados organismos.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33512

    6.3. Los mritos que deban ser acreditados por los propios aspirantes se presentarn,mediante documentos originales o fotocopias debidamente compulsadas, en las ofi-cinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro nico de laAdministracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y de sus organismos p-blicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previstas en el ar-tculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de lasAdministraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, durante el pla-zo de 15 das contados a partir del siguiente al de publicacin de la relacin de apro-bados en el ltimo ejercicio de la fase de oposicin.

    La valoracin de los mritos en la fase de concurso para la promocin interna no po-dr en ningn caso superar el 25 por ciento de la puntuacin mxima alcanzable enla fase de oposicin.

    La puntuacin mxima alcanzable ser de 20 puntos en la fase de oposicin y de 5puntos en la fase de concurso.

    Sptima. Desarrollo del proceso selectivo.

    1. Con carcter general, los aspirantes sern convocados para cada fase del ejercicio de lafase de oposicin en llamamiento nico, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvoen los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que sern apreciados y pondera-dos por el Tribunal de Seleccin.

    No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgnica 3/2007, de 22 de marzo, para laigualdad efectiva de mujeres y hombres, se har excepcin en el llamamiento nico porla coincidencia de hospitalizacin, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes,con el da de la celebracin de alguna prueba en la que tenga que participar. Para ello lasaspirantes debern presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco das natura-les anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco das naturales posteriores ala realizacin de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Seleccin co-municando el hecho de la hospitalizacin, y adjuntando informe medico que lo demues-tre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realizacin de la prueba

    2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Seleccin podr re-querir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

    3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunalde Seleccin o del rgano convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requi-sitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido varia-ciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciar expediente de comproba-cin acerca del cumplimiento de los requisitos, con trmite de audiencia al interesado. Elrgano convocante, de forma motivada, podr, en su caso, declarar decado en su dere-cho al interesado.

    4. En la Resolucin aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos,se determinar el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera fase del ejercicio, y dela segunda en caso de que las dos fases coincidan en la misma fecha.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33513

    Una vez iniciadas las pruebas selectivas no ser obligatoria la publicacin de los sucesi-vos anuncios de celebracin de las restantes fases en el Diario Oficial de Extremadura. Endicho supuesto, los anuncios debern hacerse pblicos por el rgano de seleccin, a tra-vs de la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin, en lasOficinas de Respuesta Personalizadas, en los Centros de Atencin Administrativa de laJunta de Extremadura, con 24 horas, al menos, de antelacin al comienzo de las mismasy adicionalmente, en la direccin http://ciudadano.gobex.es de Internet, siempre que seaposible.

    En el mismo momento en el que los Tribunales de Seleccin hagan pblicos los anunciosde celebracin de la fase del ejercicio de contenido prctico, debern sealar, en su caso,los medios auxiliares que podrn utilizar los aspirantes para la realizacin de dichos su-puestos.

    5. Al amparo de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y con-tra la Violencia de Gnero en Extremadura, si alguna de las aspirantes no pudiera com-pletar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acredi-tado, su situacin quedar condicionada a la finalizacin del mismo y a la superacin delas fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse stas de manera que semenoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolucin del proceso ajustada atiempos razonables, lo que deber ser valorado por el Tribunal de Seleccin y, en todo ca-so, la realizacin de las mismas tendr lugar antes de la publicacin de las listas de aspi-rantes que han superado el proceso selectivo.

    Octava. Superacin del proceso selectivo.

    1. Finalizada la fase de oposicin, el Tribunal de Seleccin har pblica la relacin de aspi-rantes que hubieran superado la misma, clasificada por turnos y con expresin de la pun-tuacin obtenida, en todas las Oficinas de Respuesta Personalizada y Centros de AtencinAdministrativa de la Junta de Extremadura, y adems, se enviar, en soporte informti-co, a la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin.

    Simultneamente, cada Tribunal de Seleccin anunciar la apertura del plazo de 15 daspara la presentacin de los documentos acreditativos de los mritos que se aleguen parala fase de concurso, segn se dispone en la Base Sexta.

    Finalizado el referido plazo, la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos eInspeccin remitir al Tribunal nico, los documentos justificativos de los mritos a valo-rar, tanto si han sido aportados por los aspirantes como si han sido expedidos de oficiopor la Direccin General de Funcin Pblica u rgano competente de los OrganismosAutnomos de la Comunidad Autnoma de Extremadura.

    2. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal nico har pblico, por el mismo proce-dimiento dispuesto para la fase de oposicin, la relacin de aspirantes que hayan supera-do la fase anterior, con la puntuacin obtenida en el concurso de mritos, disponiendo losinteresados, igualmente, de un plazo de 5 das hbiles para efectuar reclamaciones anteel mismo. A continuacin la remitir a la Direccin General de Funcin Pblica, RecursosHumanos e Inspeccin.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33514

    3. Seguidamente, la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccinenviar a cada Tribunal de Seleccin el resultado de la fase de concurso para cada una delas Especialidades que le corresponda valorar, debiendo proceder stos a la suma de lascalificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la fase de oposicin y en la fa-se de concurso.

    Con la puntuacin as obtenida, cada Tribunal de Seleccin emitir la relacin de aproba-dos por orden de puntuacin total, no pudiendo rebasar stos el nmero de plazas con-vocadas, de tal modo que resultarn seleccionados aquellos aspirantes que mayor pun-tuacin hayan obtenido hasta el lmite de las plazas convocadas.

    En caso de empate, el orden de prelacin se establecer atendiendo a la mayor puntua-cin obtenida en la fase de oposicin. Si el empate contina, se atender a la mayor pun-tuacin obtenida en la primera fase del ejercicio de oposicin. De persistir dicho empatese resolver por la letra E que fue la resultante en el sorteo pblico que determina elorden de actuacin y prelacin de los aspirantes el orden de actuacin y prelacin de losaspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el ao, que fue publicadomediante Resolucin de 12 de febrero de 2013 (DOE nmero 34, de 19 de febrero).

    4. Los Tribunales de Seleccin elevarn las relaciones provisionales de aprobados a laDireccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin, quien dispondrsu insercin en el Diario Oficial de Extremadura, disponiendo los interesados de un plazode 10 das hbiles, contados a partir del da siguiente al de su publicacin, para presen-tar las alegaciones que estimen pertinentes, las cuales no tendrn carcter de recurso.

    5. Finalizado el plazo a que se refiere el prrafo anterior, la Consejera de AdministracinPblica, dictar resolucin conteniendo la relacin definitiva de aprobados y dispondr supublicacin en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto de que algnaspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, dentro de la convocatoria ge-neral, supere los ejercicios correspondientes, no obtuviera plaza en dicho turno y su pun-tuacin total fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno libre, ser inclui-do, por orden de puntuacin, en dicha relacin definitiva de aprobados, segn lo previstoen el artculo 2 del Decreto 47/2003, de 22 de abril.

    La mencionada relacin definitiva de aprobados agota la va administrativa, pudiendo losinteresados interponer, con carcter potestativo, recurso de reposicin o bien, interponerdirectamente recurso contencioso-administrativo, as como cualquier otro recurso que es-timen procedente. Dicha resolucin ser motivada con referencia al cumplimiento de lasnormas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

    En todo caso deber quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolu-cin adoptada, la observancia del procedimiento debido.

    Seguidamente los Tribunales de Seleccin y el Tribunal nico remitirn a la Consejera deAdministracin Pblica, junto con toda la documentacin del proceso de seleccin, las ac-tas de las sesiones.

    6. No se podr declarar que han superado el proceso selectivo un nmero de aspirantes su-perior al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de apro-bados que contravengan esta limitacin.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33515

    Novena. Presentacin de documentos.

    1. En el plazo de 20 das naturales contados a partir del siguiente al de publicacin de la re-lacin definitiva de aprobados en el Diario Oficial de Extremadura, los aspirantes que fi-guren en la misma y hayan accedido por el turno libre y turno de discapacidad debernpresentar en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistemade Registro nico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y desus organismos pblicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas pre-vistas en el artculo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por la que se aprueban lasBases del Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de ca-pacidad y dems requisitos exigidos en la convocatoria:

    a) Fotocopia compulsada del DNI.

    b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulacin acadmica o resguardo acreditati-vo de haber abonado los derechos para la expedicin de dicho ttulo, as como fotoco-pia compulsada de cualquier otro ttulo o permiso exigido en la convocatoria.

    c) Declaracin jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio en ninguna Administracin Pblica, ni hallarse inhabilitado para elejercicio de funciones pblicas, o de no estar sometido a sancin disciplinaria o con-dena penal que impida en su Estado el acceso a la funcin pblica para los aspirantesque no posean la nacionalidad espaola, segn el modelo que figura como Anexo VIIa esta Orden.

    d) Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unin Europea, y las personas in-cluidas en el mbito de aplicacin de los Tratados Internacionales celebrados por la UninEuropea y ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la libre circulacin de tra-bajadores, y que residan en Espaa, debern presentar una fotocopia compulsada delcorrespondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente co-munitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjetatemporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

    Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unin Europea, y las personas in-cluidas en el mbito de aplicacin de los tratados internacionales celebrados por laUnin Europea y ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la libre circulacinde trabajadores, y que no residan en Espaa, bien por residir en el extranjero o porencontrarse en Espaa en rgimen de estancia, debern presentar una fotocopia com-pulsada del documento de identidad o pasaporte y fotocopia compulsada del resguar-do de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

    Los familiares de nacionales de la Unin Europea debern presentar una fotocopia com-pulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado lacorrespondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exencin del visado y la co-rrespondiente tarjeta. Tambin debern presentar la documentacin expedida por lasautoridades competentes que acrediten el vnculo del parentesco y una declaracin ju-rada o promesa del espaol o nacional de la Unin Europea, con el que existe este vn-culo, de que no est separado de derecho de su cnyuge y, en su caso, del hecho deque el aspirante vive a sus expensas o est a su cargo.

  • NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33516

    2. Los aspirantes que han concurrido por el turno libre debern someterse a un reconoci-miento mdico que determine su capacidad funcional para el desempeo de las tareaspropias de la Especialidad a la que opta. Dentro del mismo plazo de veinte das natura-les, los que formen parte de la relacin definitiva de aprobados en cada proceso selecti-vo, recibirn en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citacin para someter-se a dicho reconocimiento mdico. En el caso de que el informe dictamine que carece dela capacidad funcional para el desempeo de las tareas propias de la Especialidad, el as-pirante no podr ser nombrado funcionario en prcticas, quedando sin efecto todas las ac-tuaciones en cuanto a l se refiere. El informe mdico ser confidencial, respetando en to-do el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su proteccin, sin que puedaser utilizado para otra finalidad distinta.

    3. Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad debern presentar, ade-ms de someterse al reconocimiento mdico a que se hace referencia en el apartado 2 dela presente Base, certificacin de los rganos competentes que acredite la condicin y elgrado de discapacidad.

    4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresadosanteriormente, podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas en la convoca-toria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

    5. Quienes tuvieran la condicin de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijoal servicio de cualquier Administracin Pblica estarn exentos de aportar la documenta-cin a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente base, debien-do presentar nicamente certificacin del Organismo de la Administracin Pblica de la quedependan, acreditando su condicin, situacin administrativa y dems circunstancias queconsten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificacin expedida no figurala titulacin acadmica requerida para participar en las pruebas por no constar en el ex-pediente personal del funcionario o personal laboral, ste acreditar el cumplimiento de es-te requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.

    6. Los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna tampoco aportarn la do-cumentacin a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente ba-se, ni cualquier otra justificativa de sus requisitos especficos, al expedirse de oficioCertificacin de la Direccin General de la Funcin Pblica, Recursos Humanos eInspeccin, o, en su caso, el rgano competente del Organismo Autnomo, acreditandosu condicin de funcionario, situacin administrativa y dems circunstancias que obren ensu expediente personal. En todo caso, si en la certificacin expedida no figura la titulacinacadmica requerida para participar en las pruebas por no constar en el expediente per-sonal del funcionario, ste deber aportar fotocopia debidamente compulsada de la titu-lacin acadmica requerida o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos parala expedicin de dicho ttulo.

    La Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin ponderar enatencin a la similitud entre la Especialidad de origen y a la que se opta, si los aspirantesque acceden por este turno han de someterse al reconocimiento mdico que determinesu capacidad funcional para el desempeo de las tareas propias de la Especialidad a laque opta, a que se hace referencia en el apartado 2 de la presente Base.

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    7. Asimismo, los aspirantes que ya estn prestando servicios remunerados en la Adminis -tracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura como funcionarios de carrera, interi-nos, o como personal laboral, debern formular opcin por la remuneracin que deseenpercibir durante su condicin de funcionarios en prcticas, de conformidad con lo dispuestoen el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de losfuncionarios en prcticas.

    8. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la do-cumentacin, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requi-sitos sealados en la Base Segunda, no podrn ser nombrados, quedando anuladas susactuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por fal-sedad en su solicitud de participacin.

    Dcima. Eleccin de plazas, nombramiento de funcionarios en prcticas a los aspi-rantes que accedan por el turno libre y discapacidad, y nombramiento de funciona-rios a los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna.

    1. Finalizado el plazo de presentacin de documentos, se publicar en el Diario Oficial deExtremadura resolucin del Consejero de Administracin Pblica, indicando el lugar, da yhora del acto pblico de eleccin de plazas. En la misma resolucin se relacionarn lospuestos de trabajo que se ofertan por cada Especialidad, con expresin de su ubicacin ycaractersticas de conformidad con la relacin de puestos de trabajo vigente.

    La adjudicacin de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efec-tuar, de acuerdo con las peticiones de los interesados, entre los puestos ofertados a losmismos, atendiendo al orden de puntuacin total obtenida en el proceso selectivo, siem-pre que renan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de pues-tos de trabajo.

    Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de los aspirantes que ha-yan superado el proceso selectivo por promocin interna y por el turno de discapacidad,siempre que estos ltimos lo hayan solicitado por motivos de dependencia personal o grandificultad de desplazamiento, que impida la incorporacin, que lo hayan acreditado debi-damente y que el rgano convocante as lo decida, conforme a lo previsto en el artculo 2del Decreto 47/2003, de 22 de abril.

    Los aspirantes que hayan accedido por el turno de promocin interna podrn optar porpermanecer en el puesto obtenido con carcter definitivo por concurso o por libre desig-nacin, adscrito a dos Grupos/Subgrupos, siempre que cumplan el requisito deGrupo/Subgrupo del puesto.

    2. Por Orden del Consejero de Administracin Pblica publicada en el Diario Oficial deExtremadura, se nombrarn funcionarios en prcticas a los aspirantes que hayan supera-do las pruebas por el turno libre y discapacidad, con expresin de las plazas que le sonadjudicadas a efectos de su desempeo una vez sean nombrados funcionarios de carre-ra. En la misma Orden se determinar la fecha en la que comenzarn a surtir efectos losnombramientos como funcionarios en prcticas, que no podr exceder de 15 das a par-tir de la fecha de su publicacin. Asimismo por Orden del Consejero de AdministracinPblica publicada en el Diario Oficial de Extremadura, se nombrarn funcionarios de ca-

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    rrera a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, para el acceso a puestosvacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administracin de laComunidad Autnoma de Extremadura, por el procedimiento de promocin interna.

    3. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ningunade ellas desierta, si alguno de los aspirantes aprobados en el proceso selectivo no toma-ra posesin del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al mismo, elConsejero de Administracin Pblica, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunalde Seleccin, o de resolucin independiente, nombrar como funcionario en prcticas yadjudicar las plazas correspondientes a los aspirantes que, sin figurar en la relacin deaprobados en las listas definitivas, hubieran superado todas las pruebas selectivas, por elorden de puntuacin total alcanzada. En caso de empate se aplicar el orden alfabticocomenzando por la letra que determin el orden de actuacin de los aspirantes en el sor-teo anteriormente establecido.

    4. El perodo de prcticas tendr una duracin de un mes y dar comienzo en la fecha quese determine en la Orden a que se refiere el apartado anterior.

    La calificacin del perodo de prcticas ser de APTO o NO APTO y se otorgar por laDireccin General de la Funcin Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin, previo informede la Secretara General correspondiente.

    Los aspirantes funcionarios en prcticas que no superen el perodo de prcticas por haberobtenido la calificacin de NO APTO perdern todos los derechos a su nombramiento co-mo funcionarios de carrera.

    No obstante, quienes no pudieran realizar el periodo de prcticas por causa de fuerza ma-yor debidamente justificada y apreciada por la Administracin, podrn efectuarlo con pos-terioridad.

    Durante el tiempo que los aspirantes permanezcan nombrados como funcionarios en prc-ticas tendrn derecho a ser retribuidos de acuerdo con el Real Decreto 456/1986, de 10de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prcticas.

    Undcima. Nombramiento de funcionarios de carrera.

    Por Orden del Consejero de Administracin Pblica sern nombrados funcionarios de carreradel Cuerpo Administrativo los funcionarios en prcticas que hubiesen superado con califica-cin de APTO el periodo de prcticas, publicndose dichos nombramientos en el Diario Oficialde Extremadura con expresin del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la baseanterior. Dicho destino tendr carcter definitivo y a todos los efectos ser equivalente al ob-tenido por concurso. La citada resolucin ser motivada con referencia al cumplimiento de lasnormas reglamentarias y de las bases de la convocatoria

    Duodcima. Listas de Espera.

    Para la constitucin de Listas de Espera con los aspirantes que no superen el proceso de se-leccin, cuyo procedimiento se regula en el Ttulo III del Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura, apro-bado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, slo se considerar la puntuacin obtenida

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    en la fase de oposicin, formando parte de la lista de espera aquellos aspirantes que sin ha-ber superado el proceso de seleccin, hayan aprobado al menos la primera fase del ejerciciode oposicin.

    En aplicacin del artculo 30.4 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, que aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administracin de la ComunidadAutnoma de Extremadura, si durante el desarrollo del proceso de seleccin, existiera la ur-gente necesidad de cubrir vacantes en las Cuerpo/Especialidades convocadas y se hubieranagotado las listas de espera existentes en las mismas, se constituirn listas de espera tran-sitorias con los aspirantes que hubieran superado la primera fase del primer ejercicio de laoposicin, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

    Las listas de espera constituidas tendrn carcter provisional y sern sustituidas por las nue-vas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al am-paro de lo dispuesto en el artculo 29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.

    Decimotercera. Norma final.

    Contra la presente Orden de convocatoria, que agota la va administrativa, los interesados po-drn interponer, con carcter potestativo, recurso de reposicin ante la Consejera deAdministracin Pblica en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de su publi-cacin en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso conten-cioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura, en el supuesto del turno libre y turno de discapacidad, y ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el supuesto de promocin interna, en el plazode dos meses a contar desde el da siguiente al de su publicacin en el Diario Oficial deExtremadura. En caso de interponer recurso de reposicin, no se podr impugnar en va con-tencioso-administrativa la presente Orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se ha-ya producido la desestimacin presunta de aqul. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

    Mrida, a 27 de diciembre de 2013.

    El Consejero de Administracin Pblica,PEDRO TOMS NEVADO-BATALLA MORENO

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    ANEXO I

    ESPECIALIDAD PROMOCIN INTERNA

    TURNO LIBRE.

    TURNO DISCAPACIDAD

    TOTAL TITULACIN REQUERIDA

    Administracin General

    10 23 2 35

    Bachiller, Tcnico Superior (Formacin Profesional de Grado Superior) o equivalente

    Operador de Informtica

    3 2 5

    Bachiller, Tcnico Superior (Formacin Profesional de Grado Superior) o equivalente

    CDIGOS CUERPO /ESPECIALIDAD

    LIBRE Y DISCAPACIDAD

    CDIGO CUERPO/ ESPECIALIDAD 1353 Administrativo / Administracin General 1354 Administrativo / Operador de Informtica

    PROMOCION INTERNA

    CDIGO CUERPO / ESPECIALIDAD 1363 Administrativo / Administracin General

    CDIGOS DE TITULACIONES

    CDIGO TITULACIONES PARA EL ACCESO AL CUERPO

    ADMINISTRATIVO 301 Bachiller, Tcnico Superior (Formacin Profesional de Grado

    Superior) o equivalente 305 Antigedad de al menos 10 aos en el Cuerpo Auxiliar 306 Antigedad de 5 aos e intencin de participar en el curso

    especfico 307 Antigedad de 5 aos y curso especfico de formacin superado

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    ANEXO II D./D______________________________________________________________, con

    domicilio en___________________________________________________________ y

    nacionalidad_______________________, declaro bajo juramento o prometo, a efectos

    de ser nombrado Funcionario del Cuerpo_____________________________,

    Especialidad ___________________________________________________________.

    - Que soy cnyuge de un espaol o nacional de pas miembro de la Unin Europea, y que no estoy separado de derecho. - O que soy descendiente de un espaol o nacional de pases miembros de la Unin Europea, o descendiente del cnyuge, menor de veintin aos, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas. En ________________, a_______, de____________de _______.

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    ANEXO III

    TEMARIO ESPECFICO PARA EL ACCESO POR TURNO LIBRE Y DISCAPACIDAD

    ESPECIALIDAD ADMINISTRACIN GENERAL

    Tema 1. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura (I): Los Miembros de la Junta de Extremadura. Las relaciones del Presidente y la Junta con la Asamblea de Extremadura. La Administracin de la Comunidad Autnoma: Principios y normas generales de actuacin de la Administracin de la Comunidad Autnoma, Relaciones de la Comunidad Autnoma con otras Administraciones Pblicas y los rganos de la Administracin de la Comunidad Autnoma. Tema 2. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura (II): La Administracin de la Comunidad Autnoma: El procedimiento de elaboracin de reglamentos y anteproyectos de Ley, el ejercicio de sus competencias por los rganos de la Administracin de la Comunidad Autnoma, el rgimen jurdico de la actuacin de la Administracin de la Comunidad Autnoma. Tema 3. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura (III): Los organismos pblicos de la Comunidad Autnoma. La potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de la Administracin de la Comunidad Autnoma y de sus autoridades y dems personal a su servicio. Tema 4. La Financiacin de las Comunidades Autnomas. Tema 5. La Cesin de Tributos del Estado a la Comunidad Autnoma de Extremadura. Las Tasas y Precios Pblicos de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 6. La Funcin Pblica de Extremadura (I): Estructura. Objeto y mbito de Aplicacin. Personal al servicio de la Junta de Extremadura. rganos Superiores de la funcin Pblica. Rgimen de previsin social. Aplicacin del rgimen jurdico del personal funcionario al resto del personal sometido al mbito de aplicacin de esta Ley. Tema 7. La Funcin Pblica de Extremadura (II): Seleccin de personal. Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autnoma de Extremadura. El acceso de las personas con discapacidad al empleo pblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 8. La Funcin Pblica de Extremadura (III): Estructura y Organizacin de la Funcin Pblica. Adquisicin y prdida de la condicin de funcionario. Situaciones administrativas del personal funcionario de la Comunidad Autnoma de Extremadura.

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    Tema 9. La Funcin Pblica de Extremadura (IV): Derechos de los funcionarios. Derecho a la carrera profesional y a promocin interna. La evaluacin del desempeo. Provisin de puestos de trabajo y promocin profesional del Personal al Servicio de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 10. La Funcin Pblica (V): Deberes de los empleados pblicos: cdigo de conducta. La regulacin de la jornada y horario de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 11. La Funcin Pblica (VI): Rgimen retributivo. Incompatibilidades de los funcionarios. Rgimen disciplinario. Tema 12. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): mbito de aplicacin y vigencia. Denuncia. Organizacin del trabajo. Comisin paritaria. Clasificacin profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designacin. Tema 13. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (II): Movilidad geogrfica. Supresin de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificacin de puestos en diversas categoras. Cambio de puestos de trabajo. Permutas. Provisin de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Pblicas. Movilidad funcional. Jornada y horario. Tema 14. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III): Horas Extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliacin de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensin del contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilacin. Indemnizacin por incapacidad o fallecimiento. Rgimen disciplinario. Tema 15. El contrato de trabajo: duracin del contrato de trabajo. Extincin del contrato. El contrato para obra o servicio determinado. El contrato eventual por circunstancias de la produccin. El contrato de interinidad. Tema 16. El Rgimen General de la Seguridad Social (I): Campo de aplicacin, inscripcin de empresas y normas sobre afiliacin, cotizacin y recaudacin. Accin protectora. Incapacidad temporal. Maternidad. Paternidad. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cncer u otra enfermedad grave. Tema 17. El Rgimen General de la Seguridad Social (II): Invalidez permanente en su modalidad contributiva. Invalidez en su modalidad no contributiva. Jubilacin: en su modalidad contributiva y no contributiva.

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    Tema 18. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (I): Estructura. mbito de aplicacin y principios generales. Las Administraciones Pblicas y sus relaciones. Los rganos de las Administraciones Pblicas: principios generales y competencia. Tema 19. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (II): rganos Colegiados. La abstencin y recusacin. Los interesados. La actividad de las Administraciones Pblicas: Normas generales, trminos y plazos. Las disposiciones y actos administrativos: Disposiciones administrativas, actos administrativos, eficacia de los actos, nulidad y anulabilidad. Tema 20. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (III): Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Iniciacin, ordenacin e instruccin del procedimiento. Tema 21. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (IV): Finalizacin del procedimiento y ejecucin. La revisin de los actos en va administrativa: Revisin de oficio. Tema 22. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y el Procedimiento Administrativo Comn (V): Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Disposiciones Generales, reclamacin previa a la va judicial civil, reclamacin previa a la va judicial laboral. Tema 23. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (VI): La potestad sancionadora. La responsabilidad de las Administraciones Pblicas y de sus autoridades y dems personal a su servicio. Tema 24. La contratacin del sector pblico (I): Disposiciones generales: Objeto y mbito de aplicacin de la Ley. Contratos del Sector Pblico. Disposiciones generales sobre la contratacin del sector pblico. Tema 25. La contratacin del sector pblico (II): Las partes en el contrato: rgano de contratacin. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesin de la persona del contratista. Objeto, precio y cuanta del contrato: Normas generales. Revisin de precios en los contratos de las Administraciones Pblicas. Garantas exigibles en la contratacin con el sector pblico. Modificacin de los contratos. Tema 26. La contratacin del sector pblico (III): Preparacin de los contratos: Normas generales. Normas especiales para la preparacin de determinados contratos.

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    Tema 27. La contratacin del sector pblico (IV): Adjudicacin de los contratos: Adjudicacin de los contratos de las Administraciones Pblicas. Racionalizacin tcnica de la contratacin: Normas generales. Acuerdos marco. Sistemas dinmicos de contratacin. Centrales de contratacin. Tema 28. La contratacin del sector pblico (V): Efectos de los contratos. Prerrogativas de la Administracin Pblica en los contratos administrativos. Ejecucin de los contratos. Modificacin de los contratos. Extincin de los contratos. Cesin de los contratos y subcontratacin. Tema 29. La contratacin del sector pblico (VI): rganos competentes en materia de contratacin. Registros oficiales. Normas en materia de contratacin en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 30. La informacin administrativa y atencin al ciudadano en la Comunidad Autnoma de Extremadura: El Servicio Pblico y la Organizacin del Sistema de informacin Administrativa y Atencin al ciudadano. Comisin Interdepartamental de Informacin Administrativa. La Base de Datos Institucional de informacin administrativa. Informacin administrativa y atencin al ciudadano a travs de las nuevas tecnologas. Libro de quejas y sugerencias. Tema 31. La carta de derechos de los ciudadanos y las cartas de servicios. Las medidas para la mejora de la tramitacin administrativa y simplificacin documental asociada a los procedimientos de la Junta de Extremadura. Tema 32. La Hacienda Pblica de la Comunidad Autnoma (I): Principios Generales. De los Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma: Contenido, estructura y elaboracin de los presupuestos. De la Gestin Presupuestaria: Gestin de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma. Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma de Extremadura: La aprobacin de los presupuestos y la gestin presupuestaria. Tema 33. La Hacienda Pblica de la Comunidad Autnoma de Extremadura (II): De los crditos y sus modificaciones: Disposiciones Generales. De las modificaciones de crditos. Competencias en materia de modificaciones de crditos. Tema 34. Procedimiento de ejecucin del gasto pblico: Procedimiento general. Procedimientos especiales: Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Pagos en firme. Tramitacin anticipada de expedientes de gastos. Tema 35. El gasto pblico y su control. Tramitacin de los diferentes tipos de gastos. El control interno del gasto pblico: La Intervencin General de la Junta de Extremadura.

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    ESPECIALIDAD OPERADOR DE INFORMATICA

    Tema 1. Concepto de informtica y evolucin histrica. Contenidos: Definicin. Esquema general de un ordenador. Componentes de un ordenador. Tipos de ordenadores. Evolucin histrica. Tema 2. Organizacin general de un sistema microprocesador. Contenidos: Estructura bsica. Datos y direcciones. Estructura de buses. Memorias. Generacin de direcciones. Acumuladores. Instrucciones. Sincronizacin. Decodificadores de instrucciones. Unidades de entrada y salida. Interrupciones. Tema 3. Concepto de sistema operativo y evolucin. Contenidos: Concepto bsico de sistema operativo. Evolucin de los sistemas operativos. Tipos de sistemas operativos. Diferentes visiones de los sistemas operativos. Diseo e implementacin. Tema 4. Elementos y estructura de los sistemas operativos (I). Contenidos: Entrada/Salida. Procesos. Gestin de memoria. Tema 5. Elementos y estructura de los sistemas operativos (II). Contenidos: Archivos. Intrprete de comandos. Diferentes estructuras de un sistema operativo. Tema 6. Fundamentos del sistema operativo GNU. Contenidos: Filosofa. Evolucin histrica. Conceptos de software libre, GNU y GPL. Tema 7. Introduccin al sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Elementos. Filosofa. Evolucin histrica. El estndar SVID (UNIX System V). Aparicin de Linux. Distribuciones. Tema 8. Fundamentos del sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Acceso al sistema. Personalizacin del entorno. Archivos y directorios. El Shell. Tipos. Tema 9. Administracin bsica del sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Introduccin a la administracin de sistemas. Instalacin del sistema. Superusuario. Arranques y paradas. Herramientas bsicas de administracin. Tema 10. Administracin avanzada en el sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Creacin y mantenimiento de cuentas de usuario. Sistema de ficheros y gestin de discos. Tipos de ficheros y procesos. Administracin del software. Salvaguarda y restauracin. Tema 11. Comunicaciones e interconexin en el sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Sistema de impresin. Comunicaciones externas. Interconexin TCP/IP. Servidores de interfaces grficos. Configurar correo electrnico.

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    Tema 12. Utilizacin del shell en el sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Estructura de la lnea de comandos. Metacaracteres. Creacin de nuevos comandos. Argumentos y parmetros en los comandos. La salida de programas como argumentos. Variables de shell. Ampliacin del redireccionamiento de E/S. Iteracin en los programas de shell. Tema 13. Filtros en el sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Introduccin. La familia grep. Otros filtros. El editor de flujo sed. El lenguaje de manejo y proceso de patrones awk. Tema 14. Estructuras fundamentales de datos. Contenidos: Concepto de tipo de datos. Tipos elementales de datos. Tipos elementales normalizados. La estructura array. Representacin. La estructura registro. Variantes. Representaciones. La estructura conjunto. Representacin. La estructura fichero secuencial. Tema 15. Estructuras dinmicas de informacin. Contenidos: Tipos recursivos de datos. Punteros o referencias. Listas lineales. Estructuras en rbol. rboles multicamino. Transformaciones de claves. Tema 16. Tcnicas de clasificacin de datos. Contenidos: Clasificaciones internas. Clasificaciones externas. Clasificacin ptima. Tema 17. Tcnicas de bsqueda de datos. Contenidos: Bsqueda secuencial. Bsqueda por comparacin de claves. Bsqueda digital. Hashing. Recuperacin por claves secundarias. Tema 18. Metodologa de desarrollo de sistemas de informacin METRICA Versin 3. Contenidos: Introduccin. Aportaciones de Mtrica versin 3. Procesos principales de Mtrica versin 3. Interfaces de Mtrica versin 3. Tema 19. Implantacin y aceptacin del sistema. Contenidos: Establecimiento del plan de implantacin. Formacin necesaria para la implantacin. Incorporacin del sistema al entorno de operacin. Carga de datos al entorno de operacin. Pruebas de implantacin del sistema. Pruebas de aceptacin del sistema. Preparacin del mantenimiento del sistema. Establecimiento del acuerdo de nivel de servicio. Presentacin y aprobacin del sistema. Paso a produccin. Tema 20. Concepto de modelo de datos. Contenidos: Introduccin. Definicin de modelo de datos. Restricciones de integridad. Clasificacin. Intervencin en el diseo de base de datos. Tema 21. El modelo entidad/relacin. Contenidos: Presentacin e historia. Esttica del modelo E/R. Semntica de las interrelaciones. Generalizacin y herencia. Dinmica del modelo E/R.

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    Tema 22. El modelo relacional: Esttica. Contenidos: Presentacin y objetivos. Estructura del modelo relacional. Restricciones. Esquema de relacin y esquema relacional. El modelo relacional y la arquitectura ANSI. Los valores nulos en el modelo relacional. Reglas de Codd. Tema 23. El modelo relacional: Dinmica. Contenidos: lgebra relacional. Clculo relacional. Optimizacin de consultas. Tema 24. Diseo lgico de las bases de datos en el modelo relacional. Contenidos: Etapas de una metodologa de diseo. Transformacin del esquema conceptual al relacional. Grafo relacional. Teora de la normalizacin. Tema 25. Lenguaje de interrogacin SQL. Contenidos: Lenguaje de definicin de datos. Lenguaje de manipulacin de datos. Lenguaje de control de datos. TEMA 26.-Modelo de interconexin de sistemas abiertos OSI. Contenidos: Introduccin justificativa. Arquitectura de red. Estructura y funcin de los niveles OSI. Situacin actual de los estndares OSI. TEMA 27.-Modelo de comunicaciones de Internet: TCP/IP. Contenidos: Capa de Enlace. Capa de Internet. Capa de transporte. TEMA 28.-Redes de rea local. Contenidos: Conceptos. Topologas. Control de acceso. Estrategias de segmentacin. Normalizaciones internacionales: IEEE 802.. TEMA 29.-El protocolo IP versin 4. Contenidos: Cabecera datagrama IPv4. Direccionamiento IPv4. Subredes. Protocolos ICMP y ARP.. TEMA 30.-El protocolo IP versin 6. Contenidos: Motivacin y orgenes. Caractersticas. Direccionamiento. Mecanismos de convivencia y transicin. Movilidad. TEMA 31.-Protocolos de enrutamiento IP. Contenidos: concepto de tabla de rutas. Mtricas. Enrutamiento esttico y dinmico. Tipos de protocolos. Casos extendidos: OSPF. BGP. Tema 32. Seguridad en redes telemticas, correo y servicios de internet. Servicios de seguridad. Contenidos: Introduccin. Identificacin y descripcin de amenazas. Servicios de seguridad. Tcnicas y mecanismos de seguridad. Tema 33. Proteccin de datos de carcter personal. Contenidos: Objeto. mbito de aplicacin. Definiciones. Principios de la proteccin de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pblica. Ficheros de titularidad privada. Movimiento internacional de datos. La agencia de proteccin de datos. Infracciones y sanciones.

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    Tema 34. Reglamento de medidas de seguridad de ficheros automatizados con datos de carcter personal. Contenidos: Disposiciones generales. Medidas de seguridad de nivel bsico. Medidas de seguridad de nivel medio. Medidas de seguridad de nivel alto. Tema 35. Proteccin jurdica de programas de ordenador. Contenidos: Disposiciones generales de la Ley de Propiedad Intelectual. Sujeto, objeto y contenido. Programas de ordenador. Derecho sui generis sobre las bases de datos.

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    ANEXO IV

    TEMARIO COMN PARA EL ACCESO POR TURNO LIBRE Y DISCAPACIDAD

    Tema 1. La Constitucin Espaola de 1978 (I): Caractersticas. Estructura. Ttulo Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales: Los espaoles y los extranjeros. Derechos y Libertades.

    Tema 2. La Constitucin Espaola de 1978 (II): Los principios rectores de la poltica social y econmica. Garantas de las Libertades y Derechos Fundamentales. Suspensin de los derechos y libertades. La Corona.

    Tema 3. La Constitucin Espaola de 1978 (III): Las Cortes Generales: Las Cmaras. La elaboracin de las leyes. Los Tratados Internacionales. El Gobierno y la Administracin.

    Tema 4. La Constitucin Espaola de 1978 (IV): La Organizacin Territorial del Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.

    Tema 5. El Estatuto de Autonoma de Extremadura: Estructura. Disposiciones Generales. Derechos, Deberes y Principios Rectores. Las Competencias. Las Instituciones de Extremadura. La Organizacin Territorial. La Reforma del Estatuto.

    Tema 6. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura: Estructura. Ttulo Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autnoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.

    Tema 7. Estatuto Bsico del Empleado Pblico: Objeto y mbito de aplicacin. Clase de personal al servicio de las Administraciones Pblicas. Derechos de los Empleados Pblicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promocin Interna. La evaluacin del Desempeo. Derechos Retributivos.

    Tema 8. La Ley de Prevencin de Riesgos Laborales: Objeto, mbito de aplicacin y definiciones. Derechos y obligaciones.

    Tema 9. Ley de Gobierno Abierto de Extremadura: mbito y Principios Generales. Administracin Abierta.

    Tema 10. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Gnero en Extremadura: Disposiciones generales. Transversalidad de gnero. Violencia de Gnero: Disposiciones Generales. Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de gnero a la atencin integral y efectiva.

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    ANEXO V

    TEMARIO PARA EL ACCESO POR PROMOCIN INTERNA

    ESPECIALIDAD ADMINISTRACIN GENERAL

    Tema 1. La Funcin Pblica de Extremadura (I): Seleccin de personal. Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autnoma de Extremadura. El acceso de las personas con discapacidad al empleo pblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 2. La Funcin Pblica de Extremadura (II): Estructura y Organizacin de la Funcin Pblica. Adquisicin y prdida de la condicin de funcionario. Situaciones administrativas del personal funcionario de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 3. La Funcin Pblica de Extremadura (III): Derechos de los funcionarios. Derecho a la carrera profesional y a promocin interna. La evaluacin del desempeo. Provisin de puestos de trabajo y promocin profesional del Personal al Servicio de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 4. La Funcin Pblica (IV): Deberes de los empleados pblicos: cdigo de conducta. La regulacin de la jornada y horario de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 5. La Funcin Pblica (V): Rgimen retributivo. Incompatibilidades de los funcionarios. Rgimen disciplinario. Tema 6. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): mbito de aplicacin y vigencia. Denuncia. Organizacin del trabajo. Comisin paritaria. Clasificacin profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designacin. Tema 7. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (II): Movilidad geogrfica. Supresin de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificacin de puestos en diversas categoras. Cambio de puestos de trabajo. Permutas. Provisin de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Pblicas. Movilidad funcional. Jornada y horario. Tema 8. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III): Horas Extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliacin de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensin del contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilacin. Indemnizacin por incapacidad o fallecimiento. Rgimen disciplinario.

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    Tema 9. El contrato de trabajo: duracin del contrato de trabajo. Extincin del contrato. El contrato para obra o servicio determinado. El contrato eventual por circunstancias de la produccin. El contrato de interinidad. Tema 10. El Rgimen General de la Seguridad Social (I): Campo de aplicacin, inscripcin de empresas y normas sobre afiliacin, cotizacin y recaudacin. Accin protectora. Incapacidad temporal. Maternidad. Paternidad. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados por cncer u otra enfermedad grave. Tema 11. El Rgimen General de la Seguridad Social (II): Invalidez permanente en su modalidad contributiva. Invalidez en su modalidad no contributiva. Jubilacin: en su modalidad contributiva y no contributiva. Tema 12. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (I): Estructura. mbito de aplicacin y principios generales. Las Administraciones Pblicas y sus relaciones. Los rganos de las Administraciones Pblicas: principios generales y competencia. Tema 13. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo