44
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL CONSEJO DIRECTIVO PROFESORES RECTOR ASISTENTE SECRETARIA GENERAL VICERRECTOR ACADEM. SECRETARIA ACADM. VICERRECTOR ADMIN. INSPECTOR GENERAL JEFE LABORATORIO COLECTURIA PERSONAL SERVICIOS ESTUDIANTES JEFE DE AREA POR ESPECIALIDAD

Organigrama estructural

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Organigrama estructural

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

CONSEJO DIRECTIVO

PROFESORES

RECTOR

ASISTENTE

SECRETARIA GENERAL

VICERRECTOR ACADEM.

SECRETARIA ACADM.

VICERRECTOR ADMIN.

INSPECTOR GENERAL

JEFE LABORATORIO

COLECTURIA PERSONAL SERVICIOS

ESTUDIANTES

JEFE DE AREA POR ESPECIALIDAD

Page 2: Organigrama estructural

COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA

“ELOY ALFARO”

ORGÁNICO FUNCIONAL

EL CARMEN 2012

Page 3: Organigrama estructural

ESTRUCTURA ORGÁNICA - FUNCIONAL

COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA

“ELOY ALFARO”

Page 4: Organigrama estructural

TITULO I

FINALIDAD Y OBJETIVO

Art. 1.- El .I.T.S. “Pedro Frías Carrasco” es una Sociedad Educativa

Particular y Empresarial, cuya finalidad es la formación académica y

científica de Bachilleres Técnicos y Técnicos Superiores en Comercio y

Administración, especialidades: Informática y Contabilidad

Computarizada, en la ciudad de Ambato. El objetivo principal es:

Promover una enseñanza activa y práctica, centralizada en los intereses

de la sociedad, para brindar una educación personalizada e integral, de

acuerdo a as políticas educativas vigentes: aportando con innovaciones

técnicas y científicas vigentes; aportando con innovaciones técnicas y

científicas que permitan generar cambios en el desarrollo de la

educación local, provincial y nacional.

TITULO II

ESTRUCTURA ORGANICA

Art. 2.- El I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, está estructurado

orgánicamente en forma vertical, para poder identificar con claridad los

niveles de organización, igualmente el flujo de autoridad formal y

responsabilidad, de la siguiente manera:

Junta General de Accionistas

Rectorado

Vicerrectorado

Inspección General

CAPITULO I

Page 5: Organigrama estructural

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

Art. 3.- Constituye la máxima instancia de autoridad y responsabilidad

de la Sociedad Educativa, y la conforman:

Socios o Accionistas de la Sociedad

Presidencia

Gerencia General

CAPITULO II

RECTORADO

Art. 4.- Es la primera instancia de autoridad del I.T.S. “Pedro Frías

Carrasco” y el representante oficial del establecimiento, cuyo titular es

nombrado por la Junta General de Accionistas, y tiene la responsabilidad

de administrar el Instituto y responder por su funcionamiento, está

conformado por:

Consejo Directivo

Junta General de Profesores

Secretaría

Colecturía

Departamento Médico

DOBE

Servicios Generales

Page 6: Organigrama estructural

CAPITULO III

VICERRECTORADO

Art. 5.- Es la segunda instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular

es nombrado por la Junta General de Accionistas, tiene la

responsabilidad de planificar y evaluar el desarrollo académico y

pedagógico del plantel en coordinación con el rector, está conformado

por:

Junta de Directores de Área

Junta de Profesores de Área

Junta de Profesores de Curso

Comisiones permanentes

CAPITULO IV

INSPECTOR GENERAL

Art. 6.- Es la tercera instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular es

nombrado por la Junta General de Accionistas, tiene como

responsabilidad cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más

disposiciones impartidas por las autoridades dentro de la ley, está

conformada por:

Inspección de Cursos

Estudiantado

Comité Central de Padres de Familia

TITULO III

ESTRUCTURA FUNCIONAL

Page 7: Organigrama estructural

CAPITULO Y

DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

Art. 7.- Son funciones de la Junta General de Accionistas, las siguientes:

a) Acordar por mayoría simple de votos la aprobación de las

resoluciones.

b)Cumplir con los deberes y responsabilidades constantes en la Ley de

Compañías.

c) Llevar en hojas móviles escritas a máquina o a mano, foliadas y

suscritas por el Presidente y Secretario, las actas de las Juntas

generales.

d)Nombrar al Presidente y Gerente General, por un período de dos años,

pudiendo reelegirlos indefinidamente.

e) Autorizar al Presidente y Gerente General para que conjuntamente o

por separado, suscriban contratos en un moto superior a cien salarios

mínimos vitales vigentes a la fecha de autorización.

f) Fijar los montos de los sueldos, comisiones, viáticos que perciban el

Presidente y Gerente General.

g)Nombrar Rector, Vicerrector, Inspector General y Primer Vocal

principal de Consejo Directivo del Instituto.

h)Aprobar y financiar el plan de acción institucional elaborado por el

Consejo Directivo y revisado por el Gerente General.

DEL PRESIDENTE

Art. 8.- Son funciones del Presidente de la Sociedad Educativa:

a) Presidir las sesiones de la Junta General.

Page 8: Organigrama estructural

b) Suscribir conjuntamente con el Gerente general de certificados de

aportación que la Sociedad Educativa entregará a cada socio.

c) Suscribir conjuntamente con el Secretario, las actas de las sesiones

respectivas.

d) Subrogar al Gerente general hasta por un tiempo máximo de tres

meses.

e) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos establecidos

en la Sociedad Educativa y las resoluciones de la Junta general.

f) Colaborar con el Gerente general en la administración de la Sociedad

Educativa.

g) Suscribir conjuntamente con el Gerente General en la administración

de la Sociedad Educativa.

h) Presentar a la Junta General informe de la gestión realizada en su

período.

i) Las demás que la Junta general disponga, de conformidad con la Ley.

DE LA GERENCIA GENERAL

Art. 9.- Son funciones del gerente General de la Sociedad Educativa, las

siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Junta General.

b) Administrar la Sociedad Educativa de conformidad a la Ley de

Compañías, estatutos y reglamentos.

c) Ejecutar toda clase de contratos y actos a nombre de la Sociedad

Educativa, de conformidad con la ley.

d) Convocar a sesiones de la Junta General.

e) Actuar como Secretario en las sesiones de la Junta General.

f) Contratar, designar o remover al personal del Instituto de

conformidad a las intereses de la entidad, previo informe del Rector y

de acuerdo con la ley.

Page 9: Organigrama estructural

g) Fijar cauciones, remuneraciones y conceder vacaciones y licencias a

las autoridades, personal administrativo y de servicios del Instituto.

h) Elaborar los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de

la Sociedad Educativa.

i) Supervisar el correcto funcionamiento de la contabilidad de la

Sociedad Educativa.

j) Elaborar la proforma presupuestaria conjuntamente con las personas

encargadas de la colecturía y la contabilidad, y analizar el plan anual

de acción institucional elaborado por el Consejo Directivo y poner en

consideración de la Junta General para su aprobación.

k) Suscribir conjuntamente con el Presidente, previa autorización de la

Junta obligaciones por un monto superior a los cien salarios mínimos

vitales.

l) Organizar los espacios físicos y oficinas del Instituto.

m)Coordinar con el rector y Vicerrector todo lo relacionado con los

aspectos técnicos pedagógicos y administrativos del Instituto.

n) Presentar a la Junta General anualmente, los balances, el estado de

pérdidas y ganancias de la Sociedad Educativa.

o) Presentar a la Junta General el informe de la gestión realizada en el

aspecto económico y administrativo del Instituto.

p) Autorizar al rector del Instituto la realización de Concursos de

Merecimientos cuando se presenten vacantes en las áreas docentes,

administrativa y de servicios.

q) Las demás que la Junta General disponga, de conformidad a la Ley.

CAPITULO II

DEL RECTORADO

Art. 10.- Las funciones del titular del rectorado del I.T.S. “Pedro Frías

carrasco”, son las siguientes:

Page 10: Organigrama estructural

a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más

disposiciones impartidas por las autoridades educativas y por la Junta

General..

b) Administrar el Instituto en coordinación con el gerente General, y

responder por su funcionamiento y disciplina interna y externa.

c) Permanecer en el Instituto mientras dure las jornadas de trabajo

establecidas.

d) Velar para que la acción del Instituto se vincule con el desarrollo de la

comunidad.

e) Presidir el Consejo Directivo y Junta General de profesores del

Instituto.

f) Promover y participar en acciones de mejoramiento de la educación,

actualización y desarrollo profesional del personal docente,

administrativo y de servicios.

g) Presentar a la Gerencia General el informe anual de labores y el

cuadro de distribución de trabajo.

h) Legalizar los documentos oficiales que son de su responsabilidad y

suscribir conjuntamente con la secretaria los títulos que confiere el

Instituto.

i) Responsabilizarse solidariamente con la o las personas que tienen a

su cargo la colecturía del manejo de los fondos del Instituto.

j) Declarar aptos para presentarse a rendir exámenes de grado, a los

estudiantes que hubieren cumplido con los requisitos

correspondientes.

k) Asignar al personal las comisiones ocasionales que fueren necesarias.

l) Informar permanentemente al Gerente General sobre las novedades

referentes al personal y Estudiantado del Instituto.

m)Designar tribunales para la defensa de los trabajos de investigación o

demostración de los trabajos prácticos, y para la recepción de

exámenes de grado.

Page 11: Organigrama estructural

n) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas clase,

semanales.

o) Informar a la Junta General de Profesores en su última sesión, el

informe anual de labores.

p) Estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de

servicios del Instituto, de acuerdo a las normas legales vigentes.

q) Suministrar oportunamente a la Dirección provincial de Educación de

Tungurahua, la información estadística del Instituto y más datos

solicitados oficialmente.

r) Aprobar la distribución de trabajo y el horario elaborado por una

comisión especial, designada por el Consejo Directivo.

s) Organizar actividades culturales, sociales, deportivas, de defensa del

medio ambiente y de educación para la salud, con la participación del

Instituto y la comunidad.

t) Administrar las áreas de apoyo del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”:

Secretaria, Colecturía, Dpto. Médico, DOBE, y Servicios Generales.

u) Coordinar la labor pedagógica con el Gerente General, Vicerrector

Consejo Directivo y Junta General de profesores.

v) Convocar y realizar Concursos de Merecimientos y Oposición para

llenar vacantes de personal docente, administrativo y de servicios del

Instituto, en coordinación con el Gerente General.

w) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno

del Instituto vigentes.

DEL CONSEJO DIRECTIVO

Art. 11.- Son funciones del Consejo Directivo del I.T.S. “Pedro Frías

Carrasco”, las siguientes:

Page 12: Organigrama estructural

a) Elaborar el Plan de Acción Institucional, dar a conocer a la Junta

General de Profesores y presentar al gerente General, para su

aprobación.

b) Elaborar las reformas al reglamento Interno del Instituto, poner en

conocimiento de la Gerencia para su visto bueno y remitir a la

Dirección Provincial de Educación de Tungurahua para su aprobación.

c) Designar la comisión encargada de elaborar el horario general y la

distribución de trabajo para el personal docente.

d) Conformar las comisiones permanentes necesarias para el buen

funcionamiento del Instituto.

e) Estudiar y resolver problemas de carácter disciplinario profesional del

personal docente y disponer el trámite correspondiente.

f) Crear estímulos e imponer sanciones a los estudiantes de

conformidad a la Ley de Reglamentos pertinentes.

g) Conocer y aprobar los informes presentados por los responsables de

los departamentos, organismos técnicos y comisiones.

h) Evaluar periódicamente la marcha del plan institucional y realizar los

ajustes que fueren necesarios.

i) Supervisar el proceso de las Concursos de Merecimientos y Oposición

realizados por el Rector.

j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento

Interno del Instituto vigentes.

DE LA JUNTA GENERAL DE PROFESORES

Art. 12.- Son funciones de la Junta General de Profesores del I.T.S.

“Pedro Frías carrasco”, las siguientes:

a) Conocer el Plan de Acción Institucional preparado por el Consejo

Directivo del Instituto, y sugerir las modificaciones que creyere

conveniente.

Page 13: Organigrama estructural

b) Conocer el informe anual de labores preparado por el rector del

Instituto y formular las recomendaciones que estimaren conveniente.

c) Elegir dos vocales principales con sus respectivos suplentes del

Consejo Directivo del Instituto.

d) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su

consideración por el rector del Instituto.

e) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su

consideración por el Rector del Instituto.

f) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno

vigentes.

DE LA SECRETARIA

Art. 13.- Las funciones de la persona titular de la Secretaría del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes:

a) Organizar las labores de la Secretaría del Instituto.

b) Notificar y controlar la asistencia a reuniones de los miembros del

Consejo Directivo.

c) Actuar como secretaria(o) del Consejo Directivo.

d) Redactar y suscribir las actas de las sesiones del Consejo Directivo,

Junta General de Profesores y Asambleas del Comité Central de

Padres de Familia.

e) Certificar documentos solicitados por el personal docente,

administrativo y Estudiantado del Instituto.

f) Supervisar y dirigir la recepción de matrículas.

g) Vigilar la elaboración de cuadros estadísticos solicitados por las

autoridades y de los libros auxiliares de promedios, previos a la

obtención de los títulos que otorga el Instituto.

Page 14: Organigrama estructural

h) Desempeñar sus funciones con responsabilidad, agilidad, cortesía y

ética profesional.

i) Supervisar y mantener actualizando el archivo del Instituto.

j) Manejar el fondo de caja chica del Instituto si la Gerencia General lo

asigna.

k) Tramitar y registrar la correspondencia del Instituto y llevar el

registro de ingresos y egresos.

l) Efectuar convocatorias de acuerdo a disposiciones del rector del

Instituto.

m) Intervenir en las actas de apertura de Concursos de Merecimientos

que se realiza en el Instituto.

n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.

o) Las demás que determine la Ley de Educación y el reglamento

Interno del Instituto vigentes.

A más de las estipuladas en el Reglamento General son los siguientes:

- Dar a conocer oportunamente a departamentos, profesores,

estudiantes y más interesados las resoluciones, decisiones, acuerdos

y comunicados de instancias superiores en un plazo de 24 horas.

- Archivar comunicaciones del inciso anterior, una vez que han

conocido todos los involucrados.

- Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las

que no este facultada hacer publico.

- Coleccionar junto con el Departamento de RR.HH., los boletines,

artículos de prensa, referentes a la Institución.

- Prohibir la manipulación de documentos, libros, registros y otros que

pertenecen al Departamento de Secretaría, personas ajenas al

Departamento.

- Los bienes, suministros y materiales de oficina deben solicitarse en

base a necesidades y optimizar los mismos con fines exclusivos de

trabajo de la Institución.

Page 15: Organigrama estructural

- Recibir y entregar con actas de entrega – recepción toda la

documentación y bienes a su cargo.

- Exigir a los docentes el paso oportuno de notas, sin tachones, ni

enmendaduras, y de acuerdo con las disposiciones emanadas por las

autoridades respectivas.

- Legalizar la documentación de matrículas promociones, actas de

grado, títulos y otros documentos en la Dirección Provincial de

Educación y otros organismos competentes.

- Utilizar teléfono, computador y otros bienes para labores

exclusivamente de la Institución.

- Exigir a los directivos de la sociedad la automatización de sistemas

para matrículas, calificaciones, promociones, etc.

DE ASISTENTE DE SECRETARIA (OFICINISTA)

Art. 14.- Son funciones de la persona titular del puesto de Oficinista en

el I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las siguientes:

a) Receptar las matrículas de los estudiantes al Instituto, en los períodos

establecidos.

b) Mecanografiar oficios, circulares, memorándums, certificaciones de

matrícula, cronogramas, pases de año, etc.

c) Transcribir el resumen mensual de asistencia del personal directivo,

docente, administrativo y de servicios del Instituto, remitidos por el

Inspector general.

d) Elaborar anualmente el distributivo de labores y los respectivos

contratos de trabajo del personal del Instituto.

e) Llevar en archivo las carpetas de los documentos personales de los

estudiantes (documentos estudiantiles).

f) Transcribir las calificaciones y promedios a los libros

correspondientes del Instituto.

Page 16: Organigrama estructural

g) Elaborar la nómina de los estudiantes matriculados, clasificados por

paralelo.

h) Asistir en las funciones de Secretaría cuando su titular lo requiera.

i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.

j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento

Interno del Instituto vigentes.

DE COLECTURIA

Art. 15.- las funciones de la persona titular de la Colecturía del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, son:

a) Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria del

Instituto.

b) Asesorar en materia económica a las autoridades del Instituto.

c) Controlar las registros sobre ingresos y egresos presupuestarios.

d) Supervisar el control del movimiento económico.

e) Suscribir conjuntamente con el Gerente General de la Sociedad

Educativa, cheques y comprobantes de pago.

f) Supervisar y Controlar que se mantenga actualizado el inventario de

bienes muebles, inmuebles, suministros de oficina, permanentes al

Instituto.

g) Participar en la elaboración de los inventarios del Instituto y en las

actas de entrega – recepción.

h) Custodiar las especies valoradas del Instituto.

i) Elaborar los roles de pago.

j) Ejecutar los pagos de sueldos mensuales al personal docente,

administrativo y de servicios.

k) Recaudar dineros por concepto de matrículas, pensiones, venta de

especies valoradas, tasa y otros.

Page 17: Organigrama estructural

l) Efectuar depósitos en los bancos.

m) Rendir informes periódicos de ingresos y egresos, estados

financieros, etc., al Gerente general de la Sociedad Educativa.

n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.

o) Vigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos económicos

vigentes.

p) A más de las que determine la Ley de Educación y el reglamento

Interno del Instituto vigentes, las siguientes:

- Presentar un informe detallado de cada rubro de ingreso en forma

periódica al Gerente de la Sociedad Educativa.

- Cotizar mínimo en tres empresas para toda adquisición de bienes, o

gastos que sobrepasen los 20 dólares, y presentar al Gerente, para el

análisis y seleccione al proveedor para la adquisición.

- Solicitar la automatización a los directivos de la Sociedad para el

control de ingresos y egresos y la contabilidad las de la Institución.

- Participar con un accionista de la sociedad en las erogaciones

económicas a favor de la Institución.

- Realizar los depósitos diarios, antes de que ingrese a la jornada

vespertina para lo cual se tomará el tiempo que requiera para el

efecto.

- Exigir el pago de pensión como plazo máximo hasta el 5 de cada mes

y bajo ningún pretexto fuera de esta fecha.

- Informar a Profesores Guías sobre los estudiantes que no han

cancelado pensiones a fin de tomar correctivos necesarios, a partir

del 06 de cada mes.

- Los desembolsos económicos de la Institución Educativa tanto de caja

chica como gastos mayores, podrá autorizar el Gerente de la

Sociedad.

- Para entrega de suministros y materiales a dependencias o personal

de la institución se hará con el visto bueno del Rector y formulario

respectivo de egreso.

Page 18: Organigrama estructural

- Los libros y colecciones existentes en biblioteca estarían custodiados

bajo llave y para préstamos serán únicamente canalizados por la

Srta. Colectora.

DEL DEPARTAMENTO MEDICO

Art. 16.- Son funciones del titular del Departamento Médico del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, las siguientes:

a) Ejecutar anualmente un programa de Medicina Preventiva en el

Instituto.

b) Dictar periódicamente seminarios y conferencias de Educación para

la Salud.

c) Atender con ética profesional cuando lo requieran, el Estudiantado,

los directivos, personal docente, administrativo, de servicios y padres

de familia del Instituto.

d) Emitir el respectivo certificado médico a sus pacientes en caso de

necesitar reposo o tratamiento especializado.

e) Cumplir con el horario establecido por el I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”.

f) Abalizar los certificados médicos de facultativos particulares,

presentados por el personal del Instituto.

g) Además de las establecidas en la Ley y reglamentos de la salud y

Reglamento Interno del Instituto vigentes, la siguiente:

- Informar sobre necesidades de medicinas básicas que se requieren

en el botiquín de la Institución, específicamente de primeros auxilios.

DEL D.O.B.E.

Page 19: Organigrama estructural

Art. 17.- Las funciones de la persona titular del Departamento de

Orientación y Bienestar Estudiantil del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son:

a) Estudiar y proponer soluciones a problemas sociales, económicos y

otros que incidan en el bienestar de los estudiantes del Instituto.

b) Participar en la organización de actividades colectivas y grupos de

mejoramiento.

c) Participar en el diseño de boletas de encuestas de carácter socio –

económico, cultural y otros.

d) Conformar grupos de trabajo y colaborar en la realización de charlas,

seminarios, cursos de motivación, superación, etc., para los

estudiantes del Instituto.

e) Participar en las investigaciones que proponga el DOBE provincial.

f) Asistir a las reuniones de trabajo convocadas por el DOBE provincial.

g) Formar parte de la comisión de salud del Instituto.

h) Presentar informes mensuales de las investigaciones realizadas al

rector del Instituto.

i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.

j) A más de las que determine la Ley de Educación y el Reglamento

Interno del Instituto vigentes, son las siguientes:

- Asesorar y prestar en forma oportuna actividades de su campo tanto

a: Personal Docente como Dicente.

- Presentar planificación para una mejor organización y ayuda a

estudiantes en conflicto.

- Llevar actualizadas las fichas socio-económicas y el control individual

de los estudiantes.

- Organizar charlas y conferencias sobre vocación para los estudiantes

del tercer Año de Educación Básica y Tercer Año de Educación Media.

Page 20: Organigrama estructural

- Certificar la aptitud para la especialización a seguir de los estudiantes

del Tercer Año de Educación Básica.

- Informar por escrito de sus actividades a las autoridades cada mes.

- Sugerir a las autoridades la admisión de estudiantes nuevos previa

un acta de compromiso.

- Solucionar en el momento los problemas que se presentan de los

estudiantes con los profesores e inspectores.

SERVICIOS GENERALES

AUXILIAR DE SERVICIOS

Art. 18.- Las funciones del Auxiliar de Servicios del Instituto Técnico

Superior “Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes:

a) Efectuar el aseo de todas las instalaciones del Instituto.

b) Franquear y retirar correspondencia del Instituto.

c) Ejecutar diligencias oficiales en bancos y otras instituciones.

d) Resguardar las instalaciones físicas y demás bienes del Instituto.

e) Transportar máquinas, equipos y materiales varios necesarios que

soliciten para su utilización.

f) Hacer labores de mensajería dentro y fuera del Instituto, de asuntos

oficiales.

g) Realizar ocasionalmente trabajos menores de carpintería, gasfitería,

albañilería y otros, tendientes a mantener la imagen y presentación

del Instituto.

h) Informar al rector del Instituto sobre las novedades que se suscitaren

diariamente en el plantel.

Page 21: Organigrama estructural

i) A más de las que dispongan la Ley de Educación, Reglamento Interno

del Instituto vigentes y autoridades del Plantel, de conformidad con la

ley, es la siguiente:

- No podrá abandonar el plantel en horas laborables; sin previo la

autorización de las autoridades del Instituto.

CAPITULO III

DEL VICERRECTORADO

Art. 19.- Son funciones del titular del Vicerrectorado del I.T.S. “Pedro

Frías Carrasco”, las siguientes:

a) Asumir el rectorado en ausencia del titular.

b) Responsabilizarse de la planificación, evaluación y desarrollo

académico y pedagógico del Instituto en coordinación con el Rector.

c) Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de las

actividades de la jornada estudiantil.

d) Prescindir la Junta de Profesores de Área.

e) Asesorar al gerente general y al rector en asuntos técnicos,

académicos y pedagógicos.

f) Coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones especiales

designadas por el Rector o Consejo Directivo.

g) Informar periódicamente al rector y al Consejo Directivo el

cumplimiento de sus funciones.

h) Ejecutar otras actividades delegadas por el Rector o señaladas en los

Reglamentos.

i) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas semanales de

clase.

Page 22: Organigrama estructural

j) A más de las disposiciones señaladas en la Ley de Educación y

Reglamento Interno del Instituto vigentes, las siguientes:

- Exigir y hacer cumplir a los directores de área que presenten con

oportunidad la planificación curricular anual de área y de unidad; así

como instrumentos de evaluación, para el cumplimiento del

desarrollo académico y pedagógico.

- Solicitar a comisiones y área, informes sobre la labor docente

- Sugerir cambios de horario en función de necesidades pedagógicas.

- Ejercer labores de supervisión a los profesores en forma permanente,

y hacer las observaciones y tomar correctivos necesarios .

- Revisar y controlar la planificación y cumplimiento de deberes y

obligaciones de los profesores guías.

- Supervisar la gestión administrativa y docente, de Inspección, para

detectar novedades e informar de las mismas al Rectorado en caso

de irregularidades, para tomar los respectivos correctivos.

- Conscientizar y exigir a los docentes que al impartir los

conocimientos no centren la atención únicamente en la parte

científica sino sean prácticos y vayan a la formación integral del

estudiante.

- Controlar los registros de calificaciones de los docentes y exigir la

buena utilización de los mismos.

- Recibir los problemas pedagógicos y académicos, canalizarlos y

buscar solución.

- Planificar y sugerir actividades y recuperación pedagógica y extra-

clases, como culturales, sociales que beneficien a los estudiantes y a

la comunidad.

DE LA JUNTA DE DIRECTORES DE ÁREA

Art. 20.- Son funciones de la Junta de Directores de Área del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”:

Page 23: Organigrama estructural

a) Planificar anualmente su trabajo.

b) Promover en el Instituto un permanente proceso de mejoramiento de

la educación y un trabajo educativo coordinado, continuo e integrado.

c) Coordinar las actividades educativas del profesorado del Instituto.

d) Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal

docente del Instituto.

e) Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas.

f) Seleccionar y recomendar los procesos didácticos más convenientes

para la dirección del aprendizaje y los criterios de evaluación

aplicables a las diferentes área académicas.

g) Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así como la

innovación y adaptación curricular.

h) Promover la elaboración y utilización y utilización de los recursos

materiales que la tecnología educativa ofrece al proceso educativo.

i) Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de Área.

j) Evaluar su trabajo e informar su resultados al Rector.

k) Cumplir con las demás funciones que le asignaren las autoridades y

las que señalare la Ley de Educación y reglamento Interno del

Instituto vigentes.

Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de

Educación y Reglamento Interno los siguientes:

- Nombrar un Secretario quien llevará el libro de actas

- Cada acta debe aprobarse en la siguiente sesión de trabajo.

- Al finalizar el año lectivo deberá entregar actas e informes de las

actividades cumplidas en el año lectivo.

- En cada reunión analizar problemas académicos y disciplinarios;

solucionarlos y sugerir nuevas estrategias para contrarestarlos.

- Informar sobre el seguimiento de contenidos programáticos.

Page 24: Organigrama estructural

- Informar a las autoridades sobre novedades y sugerencias

- Aprobar instrumentos de evaluación

- Exigir a los integrantes de su área el cumplimiento de la planificación

curricular, de área y unidad, así como los instrumentos de evaluación

para su análisis y ejecución

- Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las

que no este facultado hacer público.

- Intercambiar experiencias y/o conocimientos para multiplicar en la

Junta de Área.

- Comunicar a todos los profesores de la Junta de Área que los

problemas del inter-aprendizaje, sean conocidos en orden regular

esto es estudiante – profesor ; profesor – director de área, director de

área – Vicerrector; Vicerrector – Rector.

- Cumplir con las demás disposiciones que asignen las autoridades y

otras que señalen el reglamento interno.

DE LA JUNTA DE PROFESORES DE ÁREA

Art. 21.- Son funciones de la Junta de Profesores de Área del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, son:

a) Elaborar su plan de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta de

Directores de Área.

b) Formular los objetivos curriculares, seleccionar los contenidos

programáticos, la metodología y los instrumentos de evaluación, de

acuerdo con las condiciones socio – educativas y culturales en las que

se realiza el proceso educativo.

Page 25: Organigrama estructural

c) Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de conformidad

con las orientaciones impartidas por los niveles superiores.

d) Controlar y evaluar la adaptación y la ejecución de los programas de

estudio.

e) Diseñar procesos didácticos de recuperación pedagógica para

estudiantes con dificultades de aprendizaje.

f) Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y

analizar los resultados obtenidos en pruebas, exámenes y otros

medios que utilice cada profesor.

g) Preparar y aplicar en coordinación con el DOBE, pruebas de

diagnóstico.

h) Cumplir con las funciones que le asignaren las autoridades del

Instituto, y las demás que determine la Ley de Educación y el

Reglamento Interno vigentes.

Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores a más de los

estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno los siguientes:

- El Director de Área será responsable del trabajo de su grupo de

maestros en lo que corresponde a planificación curricular cuidando la

selección de contenidos programáticos de acuerdo al avance de la

ciencia y tecnología, guardando siempre secuencia y coordinación

para satisfacer necesidades de los educandos.

- El Director de Área aplicará la evaluación permanente a los

integrantes de su grupo con el fin de verificar el manejo de

contenidos programáticos y conocer que aprenden, como aprenden, y

porque aprenden los estudiantes.

- Cada maestro entregará a su Director de Área los instrumentos de

evaluación para su aprobación y aplicación.

- El Secretario de la Junta llevará el libro de actas respectivo y

entregará el acta de la sesión, en un plazo de 48 horas al Vicerrector.

Page 26: Organigrama estructural

- El Director de Área vigilará que sus intergantes cumplan con las

disposiciones emanadas por las autoridades.

- Cada Miembro de la Junta de Profesores de Área, recogerá un

instrumento de evaluación aplicada trimestralmente para la

verificación del cumplimiento con el Director de Área y Vicerrector.

DE LA JUNTA DE PROFESORES DE CURSO

Art. 22.- Las funciones de la Junta de Profesores de Curso del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes:

a) Estudiar y analizar el aprovechamiento de los estudiantes, tanto

individual como del curso, globalmente y por asignaturas;

estableciendo un seguimiento trimestral, para sugerir estrategias que

permitan alcanzar el más alto grado de eficiencia en el proceso de

aprendizaje y compromiso de todos los docentes en la solución

oportuna de problemas.

b) Estudiar y analizar el comportamiento individual y del curso, con fines

de orientación; calificar la disciplina y formular las recomendaciones

que fueren necesarias.

c) Trabajar coordinadamente con las Juntas de Área y el DOBE del

Instituto, en forma permanente.

d) Informar por escrito al rector y a la Junta de Directores de Área sobre

el aprovechamiento, la disciplina de los estudiantes y las dificultades

técnico – pedagógicas que se presentarán.

e) Estudiar los informes presentados por el Inspector de Curso, sobre los

casos disciplinarios especiales e informar al Consejo Directivo y al

rector para las decisiones del caso.

f) Resolver e informar al Consejo Directivo respecto a las sanciones que

deban aplicarse a los estudiantes que hubieren incurrido en faltas

disciplinarias graves, previo el informe de la comisión de disciplina.

Page 27: Organigrama estructural

g) Disponer que la Inspección general o el Dirigente de Curso, informe al

padre de familia o representante, sobre las recomendaciones

formuladas por la Junta, en relación con la disciplina y el rendimiento

de su representado e involucrarle en el proceso educativo.

h) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno

del Instituto vigentes.

Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores de Curso a más de

los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno, los

siguientes:

El secretario llevará en forma obligatoria el libro de actas y tendrá un

plazo de 8 días para legalizar el acta respectiva e inmediato entregar

a Secretaría

Solicitar a las autoridades incentivos o sanciones a estudiantes si el

caso lo amerita.

Solicitar a las autoridades de la Institución la separación del Plantel a

los estudiantes que hayan incurridos en faltas graves comprobadas.

Buscar y ejecutar estrategias tendientes a mejorar el nivel académico

y disciplinario de los estudiantes (metodologías, técnicas, trabajos

con el Sicológo, etc)

Previo análisis de casos problemas de disciplina y una vez realizado

el seguimiento con anterioridad si un docente solicita sanción

disciplinaria todos los integrantes de la junta general se solidarizarán

con el peticionario.

Guardar absoluta reserva de las resoluciones tomadas en la junta de

curso.

Page 28: Organigrama estructural

CAPITULO IV

DE LA INSPECCION GENERAL

Art. 23.- Las funciones del titular de la Inspección General del I.T.S.

“Pedro Frías Carrasco”, son:

a) Participar en la ejecución del Plan Institucional.

b) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones

impartidas por las autoridades del Instituto.

c) Mantener el orden y la disciplina en los estudiantes del Instituto.

d) Organizar y controlar la labor de los inspectores de curso.

e) Laborar durante toda la jornada estudiantil.

f) Presentar al Rector los días laborados mensualmente y la asistencia

del Personal Docente, Administrativo y de Servicio en forma diaria.

g) Desarrollar acciones tendientes a asegurar el bienestar social y la

formación moral y cívica de los estudiantes del Instituto.

h) Mantener buenas relaciones entre las autoridades, personal docente,

administrativo, de servicios, estudiantes, padres de familia y

miembros de la comunidad.

i) Comunicar oportunamente las disposiciones impartidas por las

autoridades del Instituto.

j) Cumplir las comisiones y disposiciones impartidas por las autoridades

del Instituto.

k) Llevar los registros de asistencia de los profesores, personal

administrativo y de servicio, así como organizar y controlar los de

asistencia y disciplina de los estudiantes.

l) Orientar al personal de inspección en el manejo de libros, formularios

y más documentos concernientes a la actividad estudiantil.

m)Conceder permiso a los estudiantes del Instituto por causas

debidamente justificadas, hasta por cinco días consecutivos.

Page 29: Organigrama estructural

n) Elaborar anualmente los horarios de clase del Instituto.

o) Las demás que dispongan las autoridades de la Entidad, la Ley de

Educación y el reglamento Interno del Instituto vigentes.

Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de

Educación y Reglamento Interno, los siguientes:

- Comunicar a las autoridades sobre la inasistencia e irregularidades de

los estudiantes cada semana.

- Elaborar los horarios de exámenes Trimestrales, Supletorios y de

Grado, previo visto bueno del Rector, y vigilar el estricto

cumplimiento de los mismos e informar en el caso de irregularidades.

- Coordinar y planificar actividades culturales, sociales, deportivas del

Plantel.

- Vigilar el normal desenvolvimiento de las dependencias y servicios de

la Institución, adoptar correctivos inmediatos a los problemas que se

presenten y sugerir al rector medidas para contribuir al normal

desarrollo.

- Presentar cronograma de actividades hasta la primera semana

laborable en cada año lectivo.

- Coordinar con el DOBE la formación moral y social para la ética de los

estudiantes.

- Observar sobre atrasos, faltas y más novedades tanto del personal

docente, administrativo, de servicio y dicente e informar a las

autoridades respectivas.

- Verificar y observar a los inspectores los leccionarios y partes diarios

en caso de irregularidades reincidentes, comunicar a autoridades.

- Concurrir a las juntas de curso y dar a conocer los casos de

estudiantes con problemas de disciplina.

- Planificar actividades y convocar al personal de inspección a

reuniones permanentes para evaluar la disciplina de los estudiantes y

Page 30: Organigrama estructural

asistencia del personal, y solucionar oportunamente los problemas

presentados.

- Llevar el inventario de recursos humanos

- Cumplir y hacer cumplir deberes y obligaciones del personal docente,

administrativo, de servicio, Estudiantado y padres de familia.

- Notificar a padres de familia o representantes legales sobre el

desenvolvimiento académico y disciplinario de su representado.

- Al final de la jornada legalizar leccionarios de inspectores.

DE LA INSPECCION DE CURSOS

Art. 24.- Las funciones de la Inspección de Cursos del I.T.S. “Pedro Frías

Carrasco”, son las siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir la ley y las disposiciones reglamentarias, y

las que impartan los directivos del Instituto.

b) Concurrir al Instituto quince minutos antes del inicio de las jornadas

de trabajo y permanecer hasta quince minutos después de concluidas

las mismas.

c) Desarrollar acciones tendientes a orientar el comportamiento de los

estudiantes y ofrecer ayuda para la solución de los problemas

individuales y de grupo.

d) Ofrecer la información necesaria al DOBE y a los docentes del

Instituto.

e) Cuidar de la seguridad e integridad de los estudiantes, dentro y fuera

del Instituto, mientras se encuentren a su cargo.

f) Atender los reclamos de los estudiantes y tomar las medidas

conducentes, para la solución de los mismos.

Page 31: Organigrama estructural

g) Desplegar todas las actividades encaminadas a crear un ambiente de

simpatía, confianza, cordialidad, cooperación, respeto mutuo, así

como hábitos de trabajo y buenos modales.

h) Llevar los libros, registros, formularios y más documentos

concernientes a la actividad estudiantil, de los respectivos cursos.

i) Brindar atención a los padres de familia o representantes, e

informarles oportunamente sobre el comportamiento de sus hijos o

representados.

j) Desarrollar actividades ocupacionales con los estudiantes, cuando

estuviere ausente el profesor.

k) Mantener diariamente informado al Inspector General sobre casos

especiales que conciernen a los estudiantes.

l) Supervisar el buen uso y conservación del local, sus servicios,

instalaciones y más pertenencias del Instituto.

m) Justificar la inasistencia de los estudiantes, hasta por dos días

consecutivos.

n) Participar en las Juntas de Curso, y cumplir las comisiones dispuestas

por los directivos del Instituto.

o) Atender a un mínimo de tres paralelos y dictar seis horas de clase

semanales.

p) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno

del Instituto vigentes.

Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de

Educación y Reglamento Interno, los siguientes:

- Controlar a estudiantes atrasados y asignarles tÁreas específicas

para optimizar el tiempo de la hora clase.

- Informar a padres de familia o Representante legal, vía telefónica o

esquelas, de estudiantes que inasisten dos días consecutivos a la

Institución y comunicar en forma inmediata de casos problemas.

Page 32: Organigrama estructural

- Tener al día fichas y boletines de control de estudiantes y profesores

para dar información oportuna.

- Informar a Inspector general diariamente sobre inasistencia de

profesores, estudiantes, exceso de faltas, abandono de clase,

incumplimiento de horario y otras observaciones.

- Reemplazar al profesor inasistente,

- Elaborar libretas de calificaciones en un plazo de 72 horas laborables

de concluidas las Juntas, y entregar a profesores guías de curso.

- Estar presente en las formaciones de estudiantes y cumplir turnos

semanales para dirigir la formación.

- Concurrir a las Juntas de Cursos en las cuales son inspectores.

- Presentar la calificación de disciplina en la fecha señalada para

profesores.

- Controlar a los estudiantes sobre el uso correcto del uniforme y

presentación, aseo e higiene de los estudiantes.

- Sugerir y coordinar acciones tendientes a mejorar la disciplina de la

institución.

- Vigilar e intervenir en los cambios de hora para precautelar la

disciplina del estudiante y el ingreso puntual del docente.

- Coordinar y participar en la solución de problemas con profesores y

guías de estudiantes conflictivos.

- Cumplir turnos semanales para el timbre en el cambio de hora y otras

actividades que planifique Inspección General.

- Controlar la disciplina de los estudiantes durante la jornada de

trabajo y en eventos sociales, deportivos y culturales dentro y fuera

de la Institución.

DEL ESTUDIANTADO

Art. 25.- Son funciones (deberes) del Estudiantado, las siguientes:

Page 33: Organigrama estructural

a) Participar puntualmente en el proceso de formación.

b) Cuidar su buena presentación en el uso de su uniforme, y su higiene

personal.

c) Asistir puntualmente a clases y cuando las autoridades lo dispongan

a los diversos actos cívicos, culturales, sociales, deportivos, sean

éstos dentro o fuera del Instituto, perfectamente uniformados.

d) Velar por el prestigio y buen nombre del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”.

e) Guardar la debida consideración y respeto a sus superiores,

profesores, personal administrativo, de servicios y compañeros,

dentro y fuera del Instituto.

f) Participar en representación del Instituto, bajo la dirección de los

profesores designados para el efecto, en actividades estudiantiles de

carácter educativo, cultural, social, deportivo, defensa del medio

ambiente y educación para la salud, utilizando todas sus aptitudes,

actitudes y capacidades especiales.

g) Rendir las pruebas de evaluación con honestidad y son sujeción al

horario establecido por el Instituto.

h) Observar en todos sus actos, dentro y fuera del Instituto un

comportamiento correcto.

i) Contribuir con la buena conservación de todos los bienes

pertenecientes al Instituto, incluido material didáctico, laboratorios,

biblioteca, y asumir con la responsabilidad por el deterioro

ocasionado por el estudiante de cualquiera de éstos y pagar el costo

de su reparación o reposición.

j) Permanecer en el Instituto durante toda la jornada diaria de trabajo.

k) Cumplir con las demás disposiciones determinadas en la Ley de

Educación, reglamento Interno vigentes y las impartidas por las

autoridades del Instituto.