Para Ello Deben Adoptarse Criterios

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  • 8/14/2019 Para Ello Deben Adoptarse Criterios

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    ACUERDO No. 006(febrero 07 de 1996)

    Por el cual se crea el Comit Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nacin

    LA JUNTA DIRECTIVA DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACINEn uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por

    La Ley 80 de 1989, el Decreto 1382 de 1995 y elAcuerdo 07 de 1994

    C O N S I D E R A N D O:

    Que el Artculo 1 del Decreto 1382 de 1995 orden a los Organismos del Orden Nacional, presentar al Archivo General de la Nacin, sus tablas de retencindocumental.

    Que para ello deben adoptarse criterios y tcnicas de seleccin muy precisas, que permitan determinar las distintas etapas de conservacin documental, a efectos demejorar la calidad y servicios de los archivos en las entidades pblicas.

    Que se hace necesario precisar la operatividad para la elaboracin, presentacin yevaluacin de las Tablas de Retencin y los procesos de transferencia documental,

    A C U E R D A:

    ARTICULO 1.- CREACIN. Crear el Comit Evaluador de Documentos delArchivo General de la Nacin.

    ARTICULO 2.- INTEGRACIN. El comit evaluador de documentos delARCHIVO GENERAL DE LA NACIN, estar conformado por:

    El Director del Archivo General de la Nacin, o su delegado.

    El Jefe de Clasificacin y Descripcin del Archivo General de la Nacin.

    Un funcionario de la Divisin de Clasificacin y Descripcin del Archivo General dela Nacin, quien ser designado por el Director del A.G.N.

    Un historiador designado por la Junta Directiva del Archivo General de la Nacin .

    El Jefe de Archivo de la Entidad productora de la documentacin a evaluar.

    PARAGRAFO: Cuando la naturaleza del asunto lo requiera, el comit podr invitara los funcionarios o especialistas que considere del caso.

    ARTICULO 3.- FUNCIONES. Sern funciones del comit evaluador dedocumentos:

    a) Servir de rgano asesor del Archivo General de la Nacin en los trminosprevistos en el Art.18 del acuerdo 07 de 1994.

    b) Estudiar los valores testimoniales, informativos e histricos de losdocumentos de las entidades pblicas.

    c) Verificar el cumplimiento de los lineamientos previstos en el Decreto 1382 de1995 y en los Acuerdos Nos. 8 y 9 de 1995 expedidos por la Junta Directivadel Archivo General de la Nacin.

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    d) Asesorar a la Junta Directiva del Archivo General de la Nacin para laaprobacin o improbacin de las tablas de retencin documental que lepresenten las entidades publicas a su consideracin y estudio.

    e) Hacer estudios previos de las solicitudes de eliminacin documental,presentadas por los archivos de los organismos nacionales.

    f) Presentar a la Junta Directiva informes peridicos de sus actividades.g) Las dems que le sean asignadas por la Junta Directiva.h) Sugerir el Rgimen de Acceso y el de Transferencias, con base en las tablas

    de retencin documental presentadas por cada organismo.

    ARTICULO 4.- El presente Acuerdo rige a partir de su expedicin-

    COMUNQUESE Y CUMPLASE

    Dado en Santaf de Bogot D.C. a los siete (7) das del mes de febrero de milnovecientos noventa y seis (1996).

    F/DO DIANA CONSTANZA FAJARDO R. JOSE ALBERTO GIRALDO LPEZPresidente Secretario General