Partido Radical, Programa y Estatuto 1935

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    Prot i rama v Estatutos*****a*****.-'

    A v d a . e e r n a r d o O ' H i g g i n s 8 7 6T e l f o n o 6 9 8 6 2

    S a n t i a g o

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    - 4 -crisis y mejore el standard de vida del trabajador en trminosde que obtenga un salario o renta que le permita sat isfacer de-corosarnente las neceqidades de la vida civilizada.(i.--&ue el 'crdito d ebe ser funcin exclu siva del Es ta d o ,quien debe realizaila por medio de un Banco estatal y monopo-lizador.7.-Que reconoce como un hecho so cia l, engend rado po r elcapitalismo, la lucha de clases, y afirma que, por medio del m-todo revolucionario propender a la nivelacin econmica de losindividuos y al desnparecimiento de las luchas de las clases so-ciales.

    8.-Que proclama la lucha contra ei imperialismo, en todasSUS formas, y -pr op icia la reconquista de la s riquezas nac-ionalesentregadas al capitalismo por la clase dirigente del pas.9.--Que. el Poder Pblico debe ser generado mediante un

    sistema democrtico orgnico, que asegure una representacingenuinamente popular.iO.-Que renueva su fe en las+l ibertades democrt icas qutdignifican al individuo, permitiendo su total desarrollo mokal eintelectual y son la garanta del imperio de la just ic ia en las SO-ciedades humanas. i . - Q u e problama la obligac in que tiene e l individuo det r a b a j a r y, paralelamente a el la, el deber del Estado de propor-c ionarle trabajo, reconociendo el derecho a una justa repart i -cin d e todas las u tilidades entre tdos los elementos que C O Operen en la produccin.i8.-Qiie ninguna person a puede ser persegu ida por ideas.L a l ibertad de opinin, escr i ta o 'hablada, debe ser absoluta.

    i3.-Que el E sta do no tiene religin. E n consecuencia, de-be imperar en toda su plenitud'la l ibertad de culMs y l a i g u a l -dad para todas las confesiones religiosas.1 4 . 4 u e condena toda guerra imperialista y propicia, PO!lo tanto , e l arbi t ra je y dems medios pacficos para soluciona]10s conflictos internacionales.15.-Qe asp ira a l a unin aduanera y econmica con 10 :

    deni& pases indoamcricanos.

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    16.-Que, en seguimiento del progreso uniforme de todasia s regiones que forman el territorio nacional, cree necesaria 1%transformacihn del actual gobierno unitario en una verdaderaHcphlica federal.

    Declaraciones d e A p l i c a c i n Prci'licaEDUCACIUN

    E L P A R T I D O R A D I C A L S O C I A L T S T A sostiene que l neducacin debe obligar a todos los individiios de la sociedad paraque alcancen la cultura necesaria, de modo que les proporcion?todas las ,posibilidades p ar a el desarrollo de sus facultades na-turaieq, y as puedan ser Gtiles a la sociedad, y que en sus ml-tiples aspectos, slo debe ser proporcionada por los mtodoscientficos ms modernos, tendiendo a formar en el individuo elideal radical socialista.E n es t a v ir tu d, d ec l a ra :

    dormitorios, roperos y cantinas esclares para los hi jos de aque-llos pro letarios 'que tengan salarios insu ficientes. L o s textos ydems material .de enseanza deben ser proporcionados por el3.-Que l a educacin debe ser un proceso contnuo que em-piece en los jardines infanti les y que concluya en las Universi-dades del Trabajo, ya sean de cartfcter cientfico o manuales,en forma que capaciten al individuo para que pueda afrontarcon xito la lucha por la vida. par.1

    que todos los maestros, sin distincin de clases ni grado, formenun frente nico que responda a su misin, tambin nica, quee s la Educacin, y stos, a s u vez, elaboren un P l a n d e R e f o r m aEducacional , de acuerdo con las nuevas tendencias pedaggicasy sociales, y respetar y hacer suyos los t raba jos que e jecnten10s maestros organizados de la Repblica.

    4 . 4 u e luchar por todos los medios a su alcance

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    - 6 -/.?.-Que la ediicacion debe inspirarse en sentimizntos d .solidaridad humana y tener por f inalidad fundamental f o m ,,.hombres de carcter, con personalidad propia y que siempre es-tn dispuestos a ser tiles a sus semejantes .

    6.-Qiie l a educacin debe se r funcin esp ecial de lo s edil-radoresy, en consecuencia, ninguna persona que carezca de t tulo profesional podr e jercer el magii terio .7.-Que l a educacin debe ser funcin exc lus iva del E sta do .&-Que la educacin debe tene r ,auto?oma t cn ica , admi -nistrativa y econmica y concordar con los intereses de cad.!zona del pas.9.-Que cuerpos d e pa dr es de fam ilia, apoderados, edu ca-dores y educandos formen Consejos que secunden la labor edx-cadora del Estado.iO.-Que la s escu elas ru ra les deben ser so cia liza da s, tent.1-los medios necesarios y adecuados conforme a la regin, zon-t

    o lugar en que se encuentren ubicadas para dar preparacin :tlos alumnos en la pequea industria; y en especial , campos decultivo, como medio de arraigar a l a t i e r r a a la poblacin cani-pesina y dar auge a nuestra agricultura.

    1 1 -La enseanza secundaria debe tener programas sufi-cientes que capaciten a nuestra juventud para conseguir aquel1.tespecializacin que satisfaga las exigencias no slo del postii-Iante, sino de la cultura y de la economa nacional.suprima el bachillerato, se establezca la asistencia y la d0cenci.il ibres y se fomente la investigacin cientf ica.]&-Que se suprima en los colegios el sistem a de prom o-cin por exmenes 9 se adopte la promocin a base de las nota%medias anuales.

    i4.-Para completar .la obra educacional de la escuela de-* ben exist ir , por l o menos, en cada Comuna, los medios modernosde difusin, tales como cinematgrafos, radios, estadios, etc.i 5 . 4 u e l o s es ta ble &m ie iito s d e reed ucacin d e M en o re sdependan solamente del Ministerio de Educacin.16.-Que solamente el E st a d o pueda otorga r ttulos pro fe-sionales y asegure a los maestros la estabilidbn en sus cargos )*

    ] % - Q u e para e l ingreso a l a enseanza univers itaria.

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    organice iin sistema de escalafones para 5 1 1 s ascensos, debida-invnte coord inados, a base d e estud ios, aos de -serv icios, expr-riencia profesional y espritii docente. avaluado por una oficin.1de calificacioiles y d e ascensos.i 7.-Que romo i in estmulo para el perfeccionamiento pro-fesional y con el objeto de que el profesorado asimile los pro-gresos contnuos que sigue alcanzando la . ciencia educacional ,los mejores matwtros sean enviados a l extranjero por cuenta dT1Estado.18.-&ue l a re nta del m aestr o le asegure su independencitieconmica, renta que aumentar segn sus aosLde servicias. Est3r e n t a s e f i j a r al maestro desde que est en pos5sin de $11 t-tulo, siempre que no haya rechazado un nombramiento.ig.-Que la s licenc ias de los profesores que se enfermanen el servicio sean con sueldo ntegro, hasta que se restablezcasi1 s ala d y , k n c as o d e .m a te rn id a d, l a s profesoras deben tenerdos meses de licencia con el mismo sueldo.

    20.-Que se disminuya gradualm ente el tr ab aj o del pro fc-sor a medida que avance en edad, sin que se afecte su rentii.7. 2i.-Qiie se estab lezca l a jubilac in. vo lun taria desde 10720 aos de servicios, y ohligatoria a los 30, en este caso con 1,irenta ntegra comespondiente a su ltimo empleo.22.-Que el sueldo de los profesores juhilados sea igual alde los que se encuentran en servicio.23.-Que se reo rga nice l a Caja de los EE. PP. y PP. par2que preste a sus mponentes todos aquellos beneficios de asis-tencia y pr ev isin ,soc ial que la vida moderna exige de estos or-ganismos, con rebaja de intereses en los prstamos y cuyo Coi i -sejo deba ser formado por sus mismos imponentes.2k -P ar a completar la obra educacional, e l Es tad o debeprocurar la edificacin escolar de acuerdo con las necesidadcsde las dist intas zonas del pas..

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    PROPlIDAD Y T I E R R A SISL P A R T I D O R A D I C A L S O C I A L I S T A DECLARA

    I.-Que toda propiedad debe desempeiar una funcin SO-r ia l , ya sea que est destinada a la vivienda O a la prodilccin eincremento de la riq u ez a individual o colectiva, por lo cual es3propiedad debe ser amparada en consideracin a este fin de uti-l idad general. ,E n concordancia con este postulado, el Pa rtid o RadicnlSocialista establece que reconoce el derecho de propiedad, conlas siguientes limitaciones y condiciones :a) Debe es tar fundada en e l t raba jo personal o - fami l iar :por 10 tanto, cada ciudadano podr ser dueo de un lote de te-rreno en el que construya su habitacin, debiendo facilitrselvlos elementos de cultivo necesarios para que obtenga, mediar.tesu t r a b a j o , los medios de subsistencia para l y SIL familia.

    bJ Reconoce la gran propiedad de cultivo, siempre que stallene la funcin social de producir riqueza individual y colec-tiva.' c) Por exigirlo el inters social, el latifundio debe desapa-recer y las t ierras que l o constituyen sern parceladas y entre- 'gadas al cultivo que corresponda.Se entiende por latifundio aquella parte de la propiedad

    rural, cualquiera que sea su extens in,, que no se cultiva, qucpermanece ociosa, sustrada a todo trabajo, que a nadie benr-ficia y que no cumple la funcin social de producir riqueza yde contribur al biene9tar de . a comunidad. Esta aspiracin sere ali za r estable iendo d e inmediato un impuesto parce lariofuertemente progresivo, lo que pertnifir llegan en corto -tiempoa la socializacin de la t ierra sin costo alguno para el Estado.4.-El E sta d o podr exp ropiar la s terrenos pertenecientesa particulares y parcelarlos con los fines indicados en los n-meros anteriores, no permitindose que un solo individuo tengamayor cantidad de parcelas que las que puede trabajar -perso-nalmente o con los miembros de su familia. Podr hacerse laexplotacin colect iva de las parcelas, con justo reparto de la

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    produccihn. Las parcelas debern ser entregadas a agricultortsv no a personas que desconozcan la agricultura.

    5.-La t ierra debe ser t raba jada por sus dueos y no debeser objeto de especulacin o hsura al entregarla en arrenda-miento, pasando as los dueos a ser meios rentistas del tra-ba jo a j en o . .

    6.-Las t ierras del Estado que estn indebidamente en ma-nos de explotadores naciona!es o e'xtranjeros, deben ser, recu-peradas para restiturlas a l?s indgenas de la' zona aratucanay a , la parcelacin nacionl en el resto del pas.

    'I.-TOdO ciudadano debe obtener del E s ta d o la s fac ilida-des necesarias para adquirir su casa propia .con una extmsinde terreno que le permita tener un h uerto ob re ro F e , en todomomento y principalmente en el caso de cesanta, le psrmitaobtener los medios de sustento para l y su familia.8.-Se deben org an iza r cooperativas de produccin, distri-bucin, consumo y crxditos, como un medio de favorecet. y abn-ratar la explotacin de la t ierra en cualesquiera de l a s formas.indicadas y que tiendan a l mayor, bienestar social.%-Como un medio inmediato de ter m ina r con la esclavi-tud en los campos y de indzpendizar a los t raba jadotes de la-tierra, debe suprimirse el inqulinaje, concentrando a los cam-pesinos en.aldeas donde puedan tener sus vivirndas propias, es-cuelas gran jas y centros culturales.

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    ECOMOMIAE L P A R T I D O R A D I C A L S O C I A L I S T A considera in-dispensable impulsar el desarrollo de la agricultura, la minera,las industrias y el comercio; pero declara que es anti- imperia-l ista y que combatir los monopolios y especulaciones. Al mi;-md tiempo estima que los gastos pblicos deben ser cubiertos-mediante impuestos a-ros dueos de la fortuna y no a ' los desh+redados de el la . Al efecto, persigue:-La obligacin del Estado de facil itar crdito expedito y ba-rate , a l -m ism o tiempo que la creacin de organismos tcnicoscompetentes, gratuitos, para quien los solicite, que indiquen los

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    - -- 0 -dios adecuados' de l a produccin, de l exphcacin y las con-

    , dici0nt.s qumicas p fsicas de las diversas regiones o zonas agr-colas, al mismo tiempo que los mtodos econmicos y prcticospa r a a r r a nca r a la t ierra sus riquezas minerales.As mismo, y como un medio de formar hombres prcti-cos para las diversas actipidades econmicas, es necesario muI-t iplicar y dar una organizacin m s ef icie nt e a los institutoscomerciales y la6 es cu ela s industriales, agrcolal s c n iw r l e h r n t e n e r o i i r c n e l i h r - c v r l p i n v P c f i c r a r i A n s h i e r t n csin limitacin alguna, a quienes se inte?esen por estas mate-rias. subordinacin de la s aeiividades ecorimicasc a unplan contralado- po r el Es tad o, pa ra lo cual deber& cre ars e elMinisterio de Economa Nacional .% -Reb aja del inters pa ra toa a clasedas y>descuentos a a n i n t er s d e-5 % a n z l ,4.-Monopolio de1 crdito por el E s t a

    a.-Saneamivnto d e la m o n d a . .6.-Supresith de los bondedicar los capitales al desarroLos prEstamos debern hacerse eii dinero efectivo.plazo p v impuestos d irectos a las ut ilidades, a los capitales in-movilizados y al sobre avalo de los bienes, inmuebles.&-Supresin de tod a proteccin aduanera que contribuyaal encarecimiento indebido de los producto-s nacionales o extran-jeros.%-La liberacin de pa tente s e impuestos a los industria-

    i& -L a ayuda del Esta do a los obreros l ibres (artesanos)mediante la creacin de un organismo que les faci l i te pr imas y_dinero y coloque su produccin, l ibrndolos de laL explotacinde las grandes casas comercialps, monopolios, eic.

    1 1 .-Ida incompatibilidad entre jubilaciones y sueldoE s t a d o , l o mismo que la acumulacin de sueldos.12.-I,a naciolanizacin y sccializacin de todos 10s servi-cios o empresas de d i l idad pbl ica .

    2.-

    econmica del pas.'?.-Supresin de todos 104 imp uestos ifidirecto s y

    les p comerciantes cuyo capital sea inferior a $ 5.000.

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    - 1 -13.-La w cied ad pnnima constituye una forma repudiablede explotacin y es. propia del rgimen individualista y capitall ista; por lo tanto, debe reemplazarse por la empresa coopera-

    tiva o socializada , lo mismo que cualquiera otra .actividad- pro.ductora que exi ja la concurrencia de capitales y esfuerzo detrabajo colectivo, debiendo SUS capitales ser aportados - p o r elEstado. L a administracin y direccin de dicha em presa estara caf-go exclusivo de un directorio integrado p o r rep rese nta ntesde obreros y empleados, por igual representacin del Estado endefensa de los intereses de la colectividad y por e1 t cn ico j e fede la misma empresa. Las uti l idades de la empresa socializadao cooperativa, sern repartidas por iguales partes entre el Es-tado y los emp1eados.y obreros de la mencionada empresa.E n c u a n t o a las actuales sociedades annimas, deben serabsorbidas por. el Estado mediante un impuesto extraordinarioque debern pagar estas empresas sobre sus utilidades, y queservir para la amortizaain total de sus acciones, las que de-ben,pas&, a poder del Estado para su cooperativizacin o Y O -cializacin.i4.-Control del E sta d o con -el comercio exterior.15.-Reciprocidad en e l iiitercam bio com ercial con los d e .ms pases, no debiendo traerse artculos o mercaderas de aque-llos pases-que no compren productos chilenos por sumas mso menos equivalentes. ,P a r a el efec to , e l Estad ualmente la c i fraque puede importarse de cada pas, prohibiendo la importacinde cualquier exceso. ' . - .

    . ) eLEGISLACION SOCIAL, JUSTICIA, T R A B A J OY SALARIOS< ,El 'Part ido Radical Social ista se preocupa de la defenssde l a , vida del individuo y de la .sociedad, procura su organiza-cin en seguimiento imperativo de las leyes de la naturaleza yquiere la accin individual, al amparo de la jus t i c ia , g uiada .h a-c ia la f raternidad, la armona y la fel icidad humanas. E n ' esteorden de ideas, sostiene y procura: WELlOfECA NACiOncY;

    I ) m I O N CHKENA

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    . -12 -i -La creacin del Tr ib un al de la Fa m iIa , anexndoselclas funciones que actualmente corresponden .al Tr ibu na l d s M e-norcs.2O-Los padres estn obligados a cuidar y sat is facer lasnecesidades de los hijos, primero, en obedecmiento dS ls ra-

    i o nw fisiolgicas y, en seguida, de acuerdo con su capacidadeconmica. En caso justif icado de atencin de 10s padres , lasobligaciones de &tos recaen sobre el Estado.3--1A o s padres t ienen paracon los hi jos nacdos fuera dclmatrimonio, las mismas obligaciones que para con los hi jos na-

    cidos en l, y todos 10s hijos tienen iguales derechos antz isLey . 4O-La m ayoridad debe f i j a r s e en 10s 21 afios. .i?-Debe estab lecerse la igualdad ju rd ica p ar a los dos se-xos y , en consecuencia, deben rngdificarse las leyes que, en ra-zn del sexo, imponen determinadas incompatibilidades. E n con-formidad a esto y fuera de otras resoliiciones, de consiguiente:a ) U n rgimen ord inariod e s-paracin de bienes en el m-trimonio:b) Disponer que la mujer no est dbligad a a obedecer la sdecisionrs del marido cuando ellas constituyan un -abuso de SUderecho; yc) Disponer que lamujer t iene.el derecho y la obhgacfride dirigir los quehaceres domsticos.6O-La vida de l a madre debe se r protegida por medio d.leye s sociales .que aseg uren su salud y condicin durante el pe-rodo d- embarazo, parto y puerperio. El Estado debe mantr -ner consultorios gratuitos para madres. La madre soltera y suhijo merecen e1 amparo legal drl Estado.?-Debe dictar se una am plia ley del divorcio con disolu-cin de vnculo que, entre la s causales p ar a obtenerlo, .co ns u lpel mutuo consentimiento.8-E1 mejoramiento y la .wlccciii de la raza por mediode leyes eugensicas y la adop-ih de medidas que contribuyana racionaiixar la vida sexual. De ariierdo con esto, se estima quese prec isa :a) La educacin sexual en los colegios-desde la pubertad;

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    - 3 -b) Propender al abolicionismo en la prostitucin;c) Establecer la calidad de delito para el contagio venreo;d) Reprimir la, prostitucin organizadae) Imponer la internacin en hospitales da todos los .infec-tados con enfermedades venreas que se nieguen a seguir un tra-tamiento adecuado hasta la conclusin del estado contagioso; yf) Establecer el exmen prenupcial .90) El servicio de asistencia social es funcin del Estado.E n consecuencia, debe instalrsele p iiaantenrsele en todo el .pas en forma amplia e inmediata de aquellos servicios de aten-

    cin en hospitales, orfelinatos, casas para ciegos, casas para an-cianos, etc. Estos establecimientos sern organizados, dirigidosv atendidos por personas preparadas y altrustas que, ms queTemuneracin, busquen la m anera de cumplir el alto p e k r so-cikl 'de servir a sus semejantes y a la colectividad.iO.-La abolicin absoluta de la pena de muerte.11.-Los establecimientos pena les deben tra ns for m ar se enestablecimientos de reeducacin; a fin de. mantener a los reclu-dos en.la actividad y en la prctica de normas de disciplina yde cumplimiento de deberes, para readaptarlos y hacerlos elc-mentos tiles a l a Gc iedad. E n esta transformacin de los in-dirados establecimientos, deber darse especial importancia a laconstitucin de colonias penales, agrcolas o fabriles.12.-Como m edio de asegurar a los ciudadanos el productode 'su t raba jo en lo que de 61 sea necesario para el sustento de

    SUS personas y de sus fam ilias, deben declararse inembargn-bles los salarios de los obreros, los sueldos y las gratificacionesd e los empleados pblicos y particulares, los ho-norarios de los profesionales, los honorarios por funciones 0actividades con que una persona se gana la vida en forma re-gular, y los emolumentos de los comisionistas y el mobiliariofamiliar.

    1 3 . L O s empleados y obreros particulares deben ten-r.iguales obligaciones y ,prerrogativas que los empleados y obre-ros fiscales, semifiscales, municipales, etc.14. - odo cargo fascil, semifiscal, municipal. etc.,

    0 particular, debe ser justa m ente remunerado y llenar la

    ' y comisiones

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    - 4 -I .

    funcin social de que el sueldo 10 reciba quien tenga que darvivienda, alimentacin y vestuario a una familia.15.-El E sta d o tiene l a obligacin de proporcionar tra ba -j o al individuo en actividad productora y, en caso de imposibilidad y mientras dure la cesanta, un subsidio que le permitasat is facer , a , l y a-su familia, sus necesidades, conforme 4 unmnimo de vida compatible con la dignidad humana.

    IG.-EI Estado debe intervenir para que todo jefe de fa-milia obtenga, como remuneracin de su trabajo, no slo lo sufi-ciente para la alimentacin y vestuario .d e la s pepsonas que co-r r e n a s u cargo, sino tambin que le quede un excedente que l,:permita ahorrar para adquirir una vivienda para sus hi jos.i7.-Todas -l a s C a ja s de Prev isin deben constitur unsolo organismo de Previsin Social. S u legislacin debe refor-marse :

    . $ * /

    a ) P a ra quitarle el , car cter burocrtico de sus actuales or-ganizaciones ;b) Para que sean dirigidas bajo la vigi lancia y >control delE s t a d o por Consejos formados ,por sus mismos imponentes y enforma ms modesta, econmica y eficiente posible.c) P a r a m e j o r a r los servicios, en bien de . los empleados yobreros.d) P a ra que todas. teng anl seguros de cesanta, jub i lac iny montepo ;e) Para dar mayores garantas a los empleados y obreroschilenos ;f) P a r a d a r a todos los que viven de la remuneracin de

    s u trabajo, iguales .obligaciones y prerrogativas, sin excepcinalguna.g) P a ra hacer , extensivos los beneficios de las leyes socia-l e s a todos los em pleados, obredos, pequeos comerciantes e in-dustriales, profesionales y sus familias.h) Para que todos - s u s -imponentes puedan adq uirir casapropia, aunque sea aumentando el Estado sus imposiciones.i ) Para darles independencia suficiente, a f in de que C!Consejo formado por imponentes de las mismas Cajas, pueda

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    - 5 -hacer las inversiones & -su s fondos con mayor seguridad y me-jores utilidades, en beneficio de obreros y empleados.

    j ) Para que las Ca jas dependan del Minis ter io dr l Tra-ba jo .* -18.-EI E st ad o debe m antener todas la s leyes sociales vi-gentes y slo podr aceptar que sean reformadas para aumen-tar los beneficios que actualmente tienen los obreros y em -pleados. .ig.-Debe legislars e de modo que e l hom bre no sea vctimade la mquina y que, en cambio, l a mq iiina est al servicio be-nfico de la sociedad.20.-El capital, que es el excedente de la produccin sobreel consumo, debe cumplir la funcin social de procurar riquezhy sustento a los seres humanos: la legislacin debe imponer fuer-t e s con tribuc iones a los depsitos bancarios, bonos y titulos derenta que mantiene a gr an nmero 'de personas que no tr ab a ja ny que son verdaderos parsitos de la colectividad.. 2i .-Debe castigarse la usura con penas bien severas porconstitur un grave delito que afecta a la colectividad.22.-El Es tad o debe m antener un estricto control de losprecios de los artculos de primera necesidad.23.- Los cargos, empleos, funciones o comisiones fisca-les, semifiscales, municipales, etc., debiendo inclurse tambinla dieta- parlam entaria, son incom patibles entre s, y por ningnmotivo pue'de aceptarse la acumulacin de remuneraciones.%% .-Debe reform arse la Ley de Herencias aumentando lastasas y estableciendo disposiciones que importen una verdaderajust i i ia soc ia l .%.-Debe establecerse la l ibertad de testar.

    .26.-En cuanto a la administracin de just ic ia , e l Pxrt jdoRadical Social ista se propone:a) L e reorganizacin d e los organismos del servicio ju d i-cial, de modo que ellos satisfagan ampliamente SUS necesidades

    y conven iencias, especialm ente en cuanto a los Juzgados deMenor Cuanta y en lo Crimin a l ;

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    - 16_-b) La revisin de los Cdigos de- Proced imien to, siniplifi-cand las tramitaciones, acortando los plazos y suprimiendo lostrmites inti les ;c) L a creacin de los Jurados en m ateria crim ina l;d) La dictacin &mediata de las leyes necesarias para darcumplimiento a las dispokciones del artculo 20 de la Constitii-cis Poltica, sobre indemnizaciones a los reos absueltos O+ so-bresedos definitivamente en los procesos criminales.e) La reposicin de los Tribunales de Alzada del T r a -b a j o ;f) La reforma de\ Cdigo Penal en cuanto a la sancin quecontempla para los raptores de nios o menores, en el. sentirlode aplicar a esos-raptores la mayor pena que contempla dichcCdigo; y

    no paralizar la administracin de justicia .

    *

    g ) L a supresin del feriado extraordinario jud icial , par.1-

    27.-Para regu lar el ro l de las actividades de l a 1glesi.te l Part ido Radical Socia l is ta se pro-n la Sociedad chilen ,pone :a) La disposicin legal de que slo l o s ciudadanos ehilenospueden ejercer funciones religiosas Como oficiantes de. cualquier

    Culto:. b) La prohibicin a las congregaciones religiosas naciona-les de conservar ms bienes qe los nicaiente indispeiisableppara el ejercicio del culto. .. 28.-A los araucanos debe drseies l a calid ad d e ciudads-nos chilenos, encuadrados en absduto en las leyes general??

    del pas. \.ADMIiNISTRACION

    El Part ido Radical Socia l is ta pers igue:El restablecimiento de la autonomo: del Municipio, desligndolo de la accin del Poder Ejecutivo, estableciendo un o?-

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    -ganismo que controle efecthamente la inversin de los fondoscomunales.El establecimiento de la descentralizacin administrativa afin de dar mayor intervencin a los habitantes de cada zona delpas en la gestin de lo s negocios pblicos de sus respectiva3regiones o zonas, consultando pa ra ello la - recaud acin e inver-sin de i ina parte de las entradas de la Nacin para aplicarlosa fines locales y regionales.La reorganizacin total del servicio diplomtico, concretn-dolo al mantenimiento de encargados de negocios o agentes co-merciales.. 4 kXTRUCTUUCiON CEp4ERAL DEL PARTIDORADICAL SOCIALISTA

    De lo5 m%itanCeS-4rt . lo- Podrn pertenecer a l Part ido Radical Social is ta ,lo s ciudadanos electores o no de uno p-de otro sexo que se com-prometan a luchar por los postulados de la doctrina RadicalSocial is ta , la aceptacin en todas sus partes y que acaten susresoluciones, acuerdos, rdenes, etc.Ar t . 2 O - Deber el simpatizante firmar una ficha por tr i -plicado, una de las cuales se enviar al Secretario General delCons i jo E jecu t i vo , o t r a a l Conse jo Regi ona l y l a o t r a q u ed r ien poder de la Comuna.A r t . 30- La f icha deber contener los siguientes datos:nombre, nmero d1 carnet, profesin ii oficio, -dom icilio, par-tidos a qae ha pertenecido, datos electorales, firma del aspiran-te , d J Je fe de Ncleo p del Secretario Comunal:

    -

    De los NcleoseA r t . 4O- La clula primaria de la organizacin del Psr-tido Radical Socialista la constituye el ncleo compuesto de 5militantes de uno u otro sexo, pertenecientes a una misma pro-

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    fesjn u of j r io y, en Itim trmino, tamhin por distintos ufi-cios o actividades en las que se comprenden a las personas qi i -trabajen en una industria , fbrica, tal ler , casa comercial , mina,fundo o faena, cualquiera que sea s u categora en la que se des-empee como ciudadano. Cuando haya ms de cinco militantGen un nclco, se form a de h m e d i a t o un. nii2vo ncleo.

    2 1 r t . oo- Cada ncleo designar, de entre sus miembros..a un Secretario q ue , con el carcter de Jefe, t iene la responL2-hilidad orgnica del ncleo, su direccin y cumplimiento de to-das las ' disposiciones establecidas como Doctrina de l Partid oRadical Soc ia l is ta .

    A r t . 6O- Podrn ser je fes de ncleos los mil i tantes delPartido que hayan f irmado los 'registros hasta esta fecha, y quy "renan las condiciones, necesarias p a ra su desempeo, comp ren-didas como Cultura, Moralidad y Capacidad; despus de estafech a podrn ser j e fe s de ncleos ' los mil itantes que cumplanseis meses de actividad en s u respectivo ncleo.A r t . ?'O- E n cada nficleo se recaudar, por su Jef e , iacuota mensual de cada uno de sus componentes que, en ninqincaso podr ser menor que la acordada por $1 Partido, que csd e $ 2 mensuales.El , Jefe de Ncleo rendir cuenta de inmediato al Teso-rero Regional , mientras se dicta un Redamento que dispone e1orden de las f inanzas.A r t . 8O- E n lo s D e pa rta m en to s o Comunas en que, porel momento. no sea conveniente organizar el Partido a base dt-Ncleos, se mantendrn las Asambleas, previa resolucin de1Co n se jo E j ccu t ivo Nacional. E n todo caso , la Asamblea se de-nomin?r& Consejo Comunal, hasta el primer Congreso.

    ;

    ,

    De lo s Consejos .ComunalesA r t . 90- L o s efes de Ncleos delegarn kh un militante

    8U reprsentacin para la composicin del Consejo Comunal ,el que ser constitudo con las primeras mayoras necesarias pa-

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    - 9 -d r t . ] O o - Estos Comits Comunales, adems de las fiin-cionw generales, debern calif icar a los militantes de S I I res-pectivo sector; en lo s awntos electorales de' l a Zomuna interrcn-

    dr un ComitE Polt ico nomhrado en l o s rasos necrsarios.Da los Consejos R c g i o n s l e s

    A r t . i i o - Los Consejos Comunales son base para elegirel Consejo Regional qiie debe regir 105 dest inos de la orpinim-cin del Parfdo en cada regin, debiendo hacerse por votacinla eleccin de este Consejo Regional , que ser representado poilas primeras mayoras e legidas para los puestos necesarios..A r t . 120- Cuando los Comits Regionales se presentan ncaQpaas de naturaleza electoral, reclutarn especialmente a lo smilitantes con derecho a voto y conocedores de las funciones :tdesempear, 19s que sern colegiados con un mes de anticipacin,no pudiendo actuar en estos Comits electorales los militantes con,menos de tres meses en el Part ido.De los Trbmdes &e Disciplma

    Art. i S o - Los tribunales de Disciplina tendrn S U asientoen los C o n e j o s R e g i o n a l e s y se compondrn de tres miembros.los que sern elegidos por mayora.

    Dichos Tribunales durarn en sus funciones igual tiemp aque los Consejos Regionales.E s t o s Tribunales debern conocer de Oficio y sancionar to-- dos los acto s cometidos por los militantes de su jur isdicc in , cuy:icomisin signifique trasgresin a la discipl ina, reglamentos oprincipios del Partido.En los casos en que uno o ms miembros del Tribunal deDisciplina incurran en actos que merezcan sancin del ConsejoRegional, se. reemplazar por elec'cin y para ese f in , a los in-culpados. Si no hubiere compatibilidad por sentencia expedida.continuarn en sus funciones; cn caso contrario no pozrn sc-guir actuando en cualquiera de los c inco casos que ms aba jos e contemplan. Entendindose qiie todo miembro del TribunalRIB UOTECA N A C I O W

    ~ E W I O NHILENA

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    A r t . 18.- hfientras se realiza el Primer Congreso Ordina-rio del Partido, se organizar un Directorio General Nacionai.compuesto de- tre in ta miembros representativos.A r t . 19.- El actual Consejo del Part ido elegir de entrz

    SILY miembros a quince Consejeros, los que tendrn la direccinm xima del Partido hasta el primer Con grrso Ord inario dcTPartido.A r t . 20.- L o s miembros del Consejo Ejecutivo Nacionalpagarn una cuota mensual de treinta pesos y los Directores

    Generales, de veinte pesos., Ambos quedarn inhabilitados parse j e r c e r sus derechos como tales, mientras se encuentran atrasa-dos en e l pago desus cuotas .A r t . 21.- El Consejo Ejecutivo Nacional podr celebraralianzas polt icas o pactos electorales con partidos o elemento4af ines y a base de puntos doctrinarios del Prog ram a Rad icalSocialista. El Consejo Ejecutivo podr intervenir en la s difi-cultades que ocurra n en cualquiera de-los organismos d el P a r -tido, pudiendo disolverlos y reorganizarlos. Podr adoptar larmedidas disciplinariss que estime convenientes contra cualquiermiembro del Partido.-4rt. 22.- E n caso de que algn m iembro elegido por e lCongreso se inhabilitare definitiva o temporalmente para el des-

    empeo de s u cargo, inhabifidad temporar que deber ser con-siderada por el Comit Ejecutivo Nacional, ser reemplazadopor el suplente en el orden de procedencia f i jado por e l Con-greso. E n la actual Constitucin del Congreso ser reemplazadosiguiendo el orden de votacin con que fueron escrutados lo svotos.A r f . 23.- 'Ningn miembro del Ejecutivo podr ser Secre-tar io de Es tado s in prev ia autor izac ih de l Con se jo E jecut ivo .-4r t . 24.- El Conse jo E jecut ivo dic tar un Reglamento in-terno y, adems, el Reglamento General de todos lo s organis-mos del Pa rtido, zin perjuicio de q u e stos dicten reglam entosA r t . 25.- El quoriim para las reuniones del Consejo Ej\>.ajustados a estas disposiciones.

    ciitivo YerH de cinco micmhros.'

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    -Id. 6.- E l Presidente de l Conse jo E jecut ivo Nacionalpuede tomar todas las medidas que las circunstancias requieran .

    para la mejor marcha del Part ido, debiendo dar cuenta al Con-s e j o e n s u primera sesin.d r t . 27.- Se concede al Secretar io General la tuicin so-bre la labor organizativa de los diferentes secretarios de De-partamento del Ejecutivo.A r t . 28.- El Presidente del E jecut ivo y el Secretar io Ge-neral del mismo re sd v er n de inmediato todos los pr ob l, mavde orcien interno que se presenten.

    A r t . 29.- El D irectorio G ener al conceder una falenciahasta de dos cuotas, por unanimidad y previa comprobacin almiembro que la solicite.De lo s P a r l a m e n t a r i o s

    A r t . 30.- Los parlamentarios no podrn atender peticio-nes $e carcter particular o peticiones relativas a asuntos regio-nales que hagan los militantes del Partido, si no vienen autori-zados por los Presidente y Secretario General de los respecti-vos Consejos.A r t . 31 .- L o s Ministros, Senadores, Diputados, Alcaldevy Municipales Radicales Social istas son e jecutores de la ,polti-ca general t razada por e l Gonse jo E jecut ivo , s in per juic io dr10s programas qce les t racen los Conse jos Regionales que loshan elegido.

    De la Juventud-4t.t. 32.- La juventud se organizar en ncleos formados

    por militantes de uno y otro sexo, hasta los 21 aos, en la mis-ma forma de organizacih de los adultos . Su condicin de j u1-entud ser optativa. L a Juventud queda considerada b a j o losmysmos deberes que 16s adultos para acatar y cumplir las reso-juciones del Consejo F, jecutivo Xacinnal.

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    ' A r t . 33.-. I d o s Consejos Regionales celebran Congresos Re-gionales por lo menos una al ao, en el ,lugar que ellos fi-. jen, comunicndolo al Consejo Ejecutivo y enviando una Tahis*Ir las mater ias a t ratar .

    C o n g r e s o s G e n x a l e s O r d in a r io s y E x t r a o r d i n a r i o sA r t . 34.- Habr dos clases de Congresos Generales; un.1