46
CIUDAD DE ALTA GRACIA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD BOLETÍN OFICIAL Nº 230 CREADO POR ORDENANZA Nº 96 DE FECHA 31 DE MAYO DE 1926 OCTUBRE - NOVIEMBRE/2.016 PUBLICACIÓN MUNICIPAL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Decretos SECRETARÍA GENERAL Y DE AMBIENTE Resoluciones HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Ordenanzas - Resoluciones - Decretos TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE FALTAS Edictos

PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

CIUDAD DE ALTA GRACIA

PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

BOLETÍN OFICIAL Nº 230

CREADO POR ORDENANZA Nº 96 DE FECHA 31 DE MAYO DE 1926

OCTUBRE - NOVIEMBRE/2.016 PUBLICACIÓN MUNICIPAL

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Decretos

SECRETARÍA GENERAL Y DE AMBIENTE Resoluciones

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Ordenanzas - Resoluciones - Decretos

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE FALTAS

Edictos

Page 2: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

BOLETÍN OFICIAL AUTORIDADES DEL ESTADO MUNICIPAL

Y ÓRGANOS DE CONTROL

CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL

TERCERA PARTE

JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS

Jueza Municipal de Faltas Ab. y Esc. Sra. Graciela Pérez Contreras

Secretaria

Ab. Lucía Ellese

TRIBUNAL DE CUENTAS Presidente

Dr. Hugo Fernando Mina

Vocales Sr. Oscar Hugo Maccari

Ab. Marisa Gladys Carrillo

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

INTENDENTE MUNICIPAL Ab. Facundo Torres Lima

VICEINTENDENTE MUNICIPAL

Lic. Juan Manuel Saieg

ASESORÍA LETRADA As. Letrado: Ab. Daniel Eduardo Villar

OFICIALÍA MAYOR

Of. Mayor: Ab. María Eugenia Amiune

SECRETARÍAS

Secretaría de Economía y Finanzas Secretario: Cr. Edgard René Pérez

Secretaría de Gobierno y Coordinación

Secretario: Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada

Secretaría de Infraestructura Secretario: Ing. Héctor Juan Bupo

Secretaría de Salud Pública

Secretario: Dr. Martín Nicolás Cugno

Secretaría de Desarrollo Social Secretario: Sr. Diego Matías Barrientos

Secretaría General y de Recursos Humanos

Secretario: Dr. Ricardo José María González

Secretaría de Servicios Públicos Secretario: Sr. Iván Poletta

Secretaría de Gestión Administrativa

Secretaria: Ab. María Cristina Yolanda Roca

Secretaría de Innovación Tecnológica Secretario:

Dirección de Ingresos Públicos

Director: Cr. Carlos Francisco Mariano Di Leo

Dirección de Deportes Director: Sr. Keith Andrew Bevan

Dirección de Turismo

Sra. Beatriz Isabel Chiacchio

Dirección de Cultura Directora: Lic. María Adelina Coda

Dirección de Educación

Director:

Dirección de Obras Públicas Director: Sr. Marcos Ariel Moreira

Dirección de Logísticas y Técnicas

Director: Sr. Marcos Osvaldo Ledesma

Dirección de Recursos Hídricos y Energía Director:

Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Director: Lic. Gustavo Luis Caranta

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE Lic. Juan Manuel Saieg

PRESIDENTE PROVISORIO

VICEPRESIDENTE 1º

VICEPRESIDENTE 2º

UNIÓN POR CÓRDOBA EN ALTA GRACIA Presidente

Ab. Marcos Torres Lima

CONCEJALES Ab. Oscar Roberto Urreta

Téc. Franco Mariano Agazzi Sr. Julio Gabriel Medina

Ab. Daniela Valentina Ferrari

UNIÓN CÍVICA RADICAL Presidente

Lic. Germán Aníbal Rodríguez

CONCEJALES Téc. Leandro Esteban Morer

Od. Roberto J. Brunengo Lic. María Inés Carignani

SECRETARÍA LEGISLATIVA

Secretario: Sr. Javier Almada

Page 3: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 3 de 46

DEPARTAMENTO EJECUTIVO DECRETOS MES DE OCTUBRE DE 2.016

Que se considera oportuno otorgar a los contribuyen-tes un tratamiento distintivo de beneficios, en cuanto a descuento de intereses resarcitorios y financieros, a los regulados por la ordenanza Nº 9.707 puesto la fianza del plan; Que el Art. 2 de la Ordenanza Nº 10.241 establece que el Departamento Ejecutivo podrá otorgar como beneficio a aquellos contribuyentes que opten por esta modalidad quitas en los intereses resarcitorios de hasta el 50% (cincuenta por ciento) del descuento establecido para pagos de contado según los casos normados en el Art. 6 de la Ordenanza Nº 9.707 y sus modificatorias; Que el Decreto Nº 388/16 establece la tasa de interés mensual a aplicar a la financiación en el régimen de facilidades de pago establecido por la Ordenanza Nº 9.707 y sus modificatorias; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA ART. 1º: ESTABLÉZCASE un plan de facilidades de pago para regularizar obligaciones tributarias venci-das, para ser cancelado mediante cheques de pago diferidos.- ART. 2º: ESTABLÉZCASE que el plan de facilidades de pago a que hace referencia el artículo anterior podrá ser aplicado a las deudas vencidas, en cual-quiera de sus estados (corriente, gestión extrajudicial, y/o en gestión judicial excepto deuda judicial con medidas cautelares preventivas) de los siguientes tributos: a) Tasa por servicio a la propiedad, excepto deuda de inmuebles baldíos sujetos a expropiación por Orde-nanza N° 9769. b) Tasa por servicio de Inspección General e Higiene. c) Contribución que incide sobre los cementerios. d) Contribución que incide sobre los automotores, acoplados y similares.- ART. 3º: FÍJASE en doce (12) la cantidad máxima de cuotas para los planes de pagos suscriptos con las modalidades del presente Decreto.- ART. 4º: BENEFICIOS. Para los contribuyentes que al adherirse al régimen de facilidades de pago esta-blecido por la Ordenanza Nº 9.707 y sus modificato-rias, opten por entregar, al momento de firmar el convenio de plan de pagos, un cheque de pago diferido por cada cuota del mismo, se les otorgará: a) descuento de los intereses resarcitorios equivalen-te al 50% del descuento establecido para pagos de contado según los casos normados en el Artículo Nº 6 de la Ordenanza 9.707 y sus modificatorias. b) reducción del cincuenta por ciento (50%) en la tasa de interés mensual establecida en el Art. 1 del Decre-to Nº 388/16 o el que en el futuro lo reemplace, a aplicar a la financiación.- ART. 5º: DISPÓNGASE que todos los cheques de pago diferidos entregados por el contribuyente deben ser cheques propios, ser emitidos “no a la orden” de esta Municipalidad y entregados al momento de suscribir el plan de pagos. El anticipo del plan de pagos deberá abonarse en efectivo o con un cheque al día de la fecha de suscripción, mientras que las cuotas del plan se van a imputar a medida que se acredite el cobro de los valores mediante informe de

la Tesorería municipal.- ART. 6º: FIJÁNSE en Pesos UN MIL SETECIENTOS ($1.700,00) el importe mínimo de cada cuota por cada cuenta/legajo como requisito para acogerse a los planes de pagos regulados por el presente Decre-to.- ART. 7º: FACÚLTESE al Director de Ingresos Públi-cos a exigir como requisito a cumplimentar por el interesado para poder acogerse al presente régimen de facilidades de pago la presentación del informe comercial y crediticio de empresas dedicadas al análisis de riesgo crediticio o “Bureau de Crédito” o del informe de deuda del Banco Central de la Repú-blica Argentina (B.C.R.A.) a los fines de acreditar la debida solvencia financiera. ART. 8º: ESTABLÉCESE que en caso de que alguno de los cheques entregados fuera rechazado, se producirá la caducidad automática del plan de pagos y el reintegro de los cheques aún no depositados al contribuyente, pudiendo el mismo acogerse a otro plan de pagos con las características y condiciones generales establecidas en la Ordenanza Nº 9.707, sus modificatorias y complementarias. La mencionada caducidad no operará si en el mo-mento en que se notifica al contribuyente la situación mencionada en el párrafo anterior, éste reemplaza el cheque por dinero en efectivo u otro cheque, por el monto de la cuota vencida más los intereses que puedan corresponder.- ART. 9º: DISPÓNGASE que para todo lo que no fuera expresamente establecido en este Decreto rige lo dispuesto por la Ordenanza Nº 9.707 y sus modifi-catorias. Art. 10º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.- Art. 11º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 12º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publí-quese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gra-cia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgar René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.- Decreto Nº 1.241/16 - 04/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.242/16 - 04/10/16 Pago de ayuda económica para cubrir gastos de sonido de la duodécima edición del festival “RÍNDETE ANTE EL ROCK”.- Decreto Nº 1.243/16 - 05/10/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de septiembre de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.- Decreto Nº 1.244/16 - 05/10/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de septiembre de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente al Anciano.- Decreto Nº 1.245/16 - 05/10/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de septiembre de 2.016, correspondientes al Programa de Merenderos Municipales.-

Decreto Nº 1.230/16 - 03/10/16 Compensación de Partidas del Presupuesto corres-pondiente al mes de octubre de 2.016.- TEXTO COMPLETO A FS. 6.- Decreto Nº 1.231/16 - 03/10/16 Ratifica Addenda a Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.232/16 - 03/10/16 Acepta donación efectuada por la Sra. GORDO DE SAN VICENTE Alicia; Agradece a la donante.- Decreto Nº 1.233/16 - 03/10/16 Acepta donación efectuada por los Sres. HOURGRAS Luis, INCARDONA Julio, INDORADO Flavia, DATTOLO Jorge, FERREYRA Carlos, MANOUQUIAN Carlos y GIMÉNEZ Miriam; Agradece a los donantes.- Decreto Nº 1.234/16 - 03/10/16 Dispone pago a la firma “MUNDO UNIFORME”, C.U.I.T.: 30-71051254-6, según Ticket Factura Nº 0003-00005172.- Decreto Nº 1.235/16 - 03/10/16 Dispone pago a la firma “SUPERMERCADOS BECE-RRA”, C.U.I.T.: 30-68976459-9, según Ticket Factura Nº 0057-00340082.- Decreto Nº 1.236/16 - 03/10/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.321.- TEXTO COMPLETO A FS. 24.- Decreto Nº 1.237/16 - 03/10/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.328.- TEXTO COMPLETO A FS. 26.- Decreto Nº 1.238/16 - 04/10/16 Ratifica Addenda a Contrato Administrativo de Ejecu-ción de Servicios.- Decreto Nº 1.239/16 - 04/10/16 Ratifica Convenio de Recolección y Reciclado de Botellas PET - Proyecto Ladrillos Ecológicos.- Decreto Nº 1.240/16 - 04/10/16 VISTO: La Ordenanza Nº 10.241 y las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo por la Ordenan-za Tarifaria Nº 10.138 y por la Ordenanza Nº 9.707 (T.O. Ordenanza Nº 10.118) de Régimen de Facilida-des de Pago; y CONSIDERANDO Que según el Art. 1 de la Ordenanza Nº 10.241 se faculta al Departamento Ejecutivo a recibir cheques de pago diferido como medio de cancelación de las cuotas que surjan en conformidad a los planes de facilidades de pago; Que según el Art. 57 de la Ordenanza Nº 10.138 el Organismo Fiscal podrá conceder a los contribuyen-tes o responsables, facilidades para el pago de los tributos, accesorios y multas adeudados, con los recaudos, condiciones y el interés que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal; Que debe preverse que la entrega de cheques por parte de los contribuyentes al Municipio para cancelar sus obligaciones tributarias, no significa novación de deuda, pues dicha situación perjudicaría las acciones de ejecución fiscal propias de la Municipalidad, a la vez que generaría un mayor gasto administrativo por la administración de valores;

Page 4: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 4 de 46

Decreto Nº 1.263/16 - 14/10/16 Dispone retención sobre los haberes que percibe empleado municipal en concepto de cuota alimenta-ria.- Decreto Nº 1.264/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba (GOOD TRAVEL TOURS S.R.L.).- Decreto Nº 1.265/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provin-cia de Córdoba (GOOD TRAVEL TOURS S.R.L.).- Decreto Nº 1.266/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba (EMPRESA MARTÍNEZ S.R.L.).- Decreto Nº 1.267/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provin-cia de Córdoba (EMPRESA MARTÍNEZ S.R.L.).- Decreto Nº 1.268/16 - 14/10/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.269/16 - 14/10/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.270/16 - 14/10/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.271/16 - 14/10/16 Acepta renuncia; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.272/16 - 14/10/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.273/16 - 14/10/16 Acepta renuncia; Rescinde Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.274/16 - 14/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.275/16 - 14/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.276/16 - 14/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.277/16 - 18/10/16 VISTO: El Expediente Nº 898/I/13; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 573/16, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades del Centro Vecinal de Bº Tiro Federal y Piedra del Sapo, electas el día 25 de septiembre de 2.016; Que a fs. 30/31 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 33 obra Acta de Apertura de Comicios;

Que a fs. 34 consta Acta de Cierre de Comicios; Que a fs. 36 a 52 consta fotocopia de Documento Nacional de Identidad de las personas electas; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Bº Tiro Federal y Piedra del Sapo, electas en el acto efectua-do el día 25 de septiembre de 2.016, y que en virtud de los considerandos expuestos ut-supra a continua-ción se detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.278/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.279/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.280/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.281/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica al organizador del evento “RAID MOUNTAIN” para cubrir gastos de realización

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE LOVRICH Juan Marcelo Cristobal García Nº 113 16.907.177

SECRETARIO VÁZQUEZ Silvia Roxana Calle 6 Nº 24 23.110.053

TESORERO CHANQUÍA Judith Analía 18 de Mato Nº 74 24.196.014

PRIMERO HEREDIA Ester Etelvina M. Alfonso Nº 646 14.497.149

SEGUNDO PALERMO Marcelo Andrés Calle 16 esq. Calle 17 26.915.021

TERCERO ROBLEDO Germán Darío Molina esq. Calle 1 23.636.368

PRIMERO PESSUTO Flavia Mercedes Calle 7 Nº 263 27.357.288

SEGUNDO RAPOSSI Claudia Gabriela Calle 16 Nº 250 25.407.659

TERCERO MORESCHINI Fernando Gustavo Loreto Lucero Nº 31 17.393.156

PRIMERO MORENO José Salvador 11 de Febrero Nº 47 11.563.804

SEGUNDO LEONES Ana María 18 de Mayo Nº 50 22.794.906

TERCERO BONANNATA Silvia Pedro Butori Nº 521 22.876.648

PRIMERO ROBLEDO Octavio Carlos Molina esq. Calle 1 26.112.615

SEGUNDO ESTELA SOSA Marcia Daniela Loreto Lucero Nº 51 33.403.238

Decreto Nº 1.246/16 - 06/10/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.334.- TEXTO COMPLETO A FS. 27.- Decreto Nº 1.247/16 - 06/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.248/16 - 06/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.249/16 - 06/10/16 Pago de ayuda económica para cubrir gastos de la cobertura de salud (ambulancia de alta complejidad) para el evento deportivo “DOWN RACE”.- Decreto Nº 1.250/16 - 11/10/16 Ratifica Convenio Servicios de Consultoría.- Decreto Nº 1.251/16 - 14/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.252/16 - 14/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.253/16 - 14/10/16 Acepta renuncia; Rescinde Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.254/16 - 14/10/16 Designa como Director de Obras Públicas de la Municipalidad de Alta Gracia al Sr. MOREIRA Marcos Ariel.- Decreto Nº 1.255/16 - 14/10/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.319.- TEXTO COMPLETO A FS. 23.- Decreto Nº 1.256/16 - 14/10/16 Ratifica Solicitud de Adhesión de Comercios Amigos (Tarjeta Naranja).- Decreto Nº 1.257/16 - 14/10/16 Autoriza el pago del Boleto Educativo Gratuito a Docentes Rurales correspondiente al período agosto a diciembre de 2.015.- Decreto Nº 1.258/16 - 14/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.259/16 - 14/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleada municipal.- Decreto Nº 1.260/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provin-cia de Córdoba.- Decreto Nº 1.261/16 - 14/10/16 Ratifica Convenio de Adhesión al Régimen de Provi-sión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba.- Decreto Nº 1.262/16 - 14/10/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “SOCORRO MÉDICO PRIVADO CÓRDOBA S.A.”, C.U.I.T.: 30-70711681-8, por el servicio presta-do de cobertura de emergencias y urgencias en áreas de clubes deportivos y en áreas protegidas de esta-blecimientos educativos; Dispone pago a la firma “SOCORRO MÉDICO PRI-VADO CÓRDOBA S.A.”, C.U.I.T.: 30-70711681-8, según Facturas Nº 0006-00000295 y 0006-00000296.-

Page 5: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 5 de 46

Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.283/16 - 18/10/16 Otorga ayuda económica a la Iglesia del Divino Niño Jesús de nuestra Ciudad para cubrir gastos de sonido que se utilizará en la tradicional fiesta anual y proce-sión en honor al Divino Niño Jesús; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS SONIDO E ILUMINACIÓN” de LOUSA-RARIAN Pablo Eduardo, C.U.I.T.: 20-34840772-5.- Decreto Nº 1.284/16 - 18/10/16 Otorga ayuda económica al Instituto Manuel de Falla de nuestra Ciudad para cubrir gastos de sonido e instalación del palco que se utilizará en el evento denominado “JUNTADA FALLA 2.016”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS SONIDO E ILUMINACIÓN” de LOUSA-RARIAN Pablo Eduardo, C.U.I.T.: 20-34840772-5.- Decreto Nº 1.285/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica al Sporting Basket Ball Club de nuestra Ciudad para la organización del “TORNEO ANIVERSARIO INTERFEDERATIVO DE BOCHAS” que se llevará a cabo en dicho club.- Decreto Nº 1.286/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en el Campeonato Panamericano Master de Ciclismo 2.016, que se desarrollará en la Ciudad de Jalisco, Méjico.- Decreto Nº 1.287/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica al Centro de Jubilados, Pensionados y Biblioteca de Alta Gracia 19 de Mayo de nuestra Ciudad para la compra de elementos de gimnasia y juegos de recreación.- Decreto Nº 1.288/16 - 18/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.289/16 - 19/10/16 Pago de ayuda económica a la Academia de Danzas Árabes SYMARYK de nuestra Ciudad para solventar gastos de la realización del evento ENCUENTRO DE DANZAS Y COREOGRAFÍA.- Decreto Nº 1.290/16 - 19/10/16 Pago de ayuda económica a vecinos de Bº Parque San Juan para la conformación de una Asociación Civil sin fines de lucro.- Decreto Nº 1.291/16 - 19/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.292/16 - 19/10/16 Ratifica Contrato de Locación de Materiales, Equipos y Mano de Obra.- Decreto Nº 1.293/16 - 19/10/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 1.294/16 - 19/10/16 Otorga ayuda económica a la Escuela República Italiana de nuestra Ciudad para cubrir gastos de traslado a la Reserva Natural y Cultural de Cerro Colorado; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “TURISMO URBANO GARAY S.R.L.”.- Decreto Nº 1.295/16 - 19/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.-

Decreto Nº 1.296/16 - 19/10/16 Autoriza la compra de dos (2) pares de zapatillas, para ser destinados a agentes de limpieza; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ATHLETIC CENTER DEPORTES” de DEMIR-CAN José.- Decreto Nº 1.297/16 - 21/10/16 Ratifica Contrato de Locación de Materiales, Equipos y Mano de Obra.- Decreto Nº 1.298/16 - 21/10/16 Pago de ayuda económica para el acondicionamiento de la Gruta de Nuestra Señora de Lourdes, con motivo del cumplimiento de su centenario.- Decreto Nº 1.299/16 - 21/10/16 Pago de ayuda económica a la firma G RACING CAR S.A. para la organización de la 10º carrera del calen-dario 2.016 de Turismo Nacional.- Decreto Nº 1.300/16 - 21/10/16 Ratifica Convenio General de Prácticas (Prácticas Profesionalizantes).- Decreto Nº 1.301/16 - 21/10/16 VISTO: El Expediente Nº 557/I/16; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 534/16, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades del Centro Vecinal de Bº Villa Camiares, electas el día 04 de septiembre de 2.016; Que a fs. 4/5 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 6 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 7 consta Acta de Cierre de Comicios; Que a fs. 10 a 21 constan fotocopias de Documento Nacional de Identidad de las personas electas; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Bº Villa Camiares, electas en el acto efectuado el día 04 de septiembre de 2.016, y que en virtud de los conside-randos expuestos ut-supra a continuación se detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE ESCOBARES MARIO RODOLFO Achiras Nº 07 12.035.463

SECRETARIO SCHWAB URSULA VALERIA Diaguitas Nº 590 20.622.862

TESORERO RUIZ CARINA Achiras Nº 94 24.493.421

PRIMERO BARRIONUEVO NADIA ANDREA Sanavirones Nº 514 33.592.503

SEGUNDO GALLARDO DANIEL ARMANDO Achiras Nº 392 6.448.114

TERCERO PAEZ NICOLAS Sacha Nº 339 16.840.010

PRIMERO SCHWAB GISELA BARBARA Diaguitas Nº 532 24.557.473

SEGUNDO LOZA CHRISTIAN DARIO Diaguitas Nº 513 26.350.179

TERCERO FERNANDEZ JESUS CRISTOBAL Huayramuyu N° 373 24.196.322

del mismo.- Decreto Nº 1.282/16 - 18/10/16 VISTO: El Expediente Nº 634/I/13; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 612/16, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades del Centro Vecinal de Bº Liniers, electas el día 02 de octubre de 2.016; Que a fs. 29/30 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 34 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 35 consta Acta de Cierre de Comicios; Que a fs. 37 a 52 constan fotocopias de Documento Nacional de Identidad de las personas electas; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Bº Liniers, electas en el acto efectuado el día 02 de octubre de 2.016, y que en virtud de los considerandos expues-tos ut-supra a continuación se detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.-

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I. PRESIDENTE SILVA Manuel Alejandro Av. Argentina Nº 268 24.598.112 SECRETARIO AYALA FERRO Marcelo Eugenio Florida Nº 131 20.338.153 TESORERO MENDOZA Sebastián Alberto Entre Ríos Nº 385 28.331.817

PRIMERO PEDRERO Sonia Edith Av. Argentina Nº 268 14.784.866

SEGUNDO SIMÓN Roberto Félix Av. de Mayo Nº 420 M8.543.073

TERCERO FORLEO Claudia Carina Av. Argentina Nº 275 20.764.535

PRIMERO VILLEGAS María Isabel Roque Sáenz Peña Nº 410 11.562.045

SEGUNDO FERNÁNDEZ Paola Noelia Entre Ríos Nº 385 29.473.418

TERCERO MEDINA Luciana Anahí Roque Sáenz Peña Nº 410 38.159.310

PRIMERO IRAOLA Diana Jorgelina Av. de Mayo Nº 420 F6.677.451

SEGUNDO VALLE Carla Vanesa Vicente López Nº 625 27.058.536

TERCERO JIMÉNEZ Esteban Daniel Yapeyu Nº 46 20.310.730

PRIMERO PERISSET Alejandra Noemí Yapeyu Nº 46 24.668.844

SEGUNDO AMAYEZ Walter Adrián Av. Argentina Nº 226 17.393.138

Page 6: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 6 de 46

Decreto Nº 1.304/16 - 24/10/16 Ratifica Convenio de Permiso de Uso.- Decreto Nº 1.305/16 - 27/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.306/16 - 27/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.307/16 - 27/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.308/16 - 27/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.309/16 - 27/10/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.337.- TEXTO COMPLETO A FS. 29.- Decreto Nº 1.310/16 - 27/10/16 Ratifica Convenio.- Decreto Nº 1.311/16 - 27/10/16 Acepta depósito hecho por la AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E. efectuado en concepto de colabora-ción económica para la edición del libro “GRUTA DE LOURDES ALTA GRACIA - 100 AÑOS DE GRACIA”; Ordena confección de la correspondiente Orden de Pago para el Sr. COLAMARINO Franco Rubén.- Decreto Nº 1.312/16 - 27/10/16 Ratifica Contrato de Locación.- Decreto Nº 1.313/16 - 27/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.314/16 - 27/10/16

Acepta renuncia por jubilación por invalidez definitiva; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.315/16 - 27/10/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.316/16 - 27/10/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleada municipal.- Decreto Nº 1.317/16 - 28/10/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.318/16 - 28/10/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.319/16 - 28/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.320/16 - 28/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.321/16 - 28/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.322/16 - 28/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.323/16 - 28/10/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.324/16 - 31/10/16 Dispone el pago de Bonificaciones Especiales a agentes municipales.-

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.302/16 - 24/10/16 Autoriza la compra de dos (2) ambo color azul, para ser destinados a agentes de limpieza; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “MUNDO UNIFORME - INDUMENTARIA INSTI-TUCIONAL”.- Decreto Nº 1.303/16 - 24/10/16 Rectifica el Art. 1º del Decreto Nº 1.243/16 - Becas de capacitación laboral correspondientes al Programa de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.-

PRIMERO BASUALDO LUIS ALBERTO Ranqueles Nº 32 7.630.472

SEGUNDO HAILS MARTIN Quillahuasi Nº 86 25.929.761

TERCERO MONTORO MARIA ALEJANDRA Diaguitas Nº 571 29.189.304

PRIMERO MORONI MATIAS Pampa N° 152 26.422.835

Decreto Nº 1.230/16 - 03/10/16 (Texto completo)

VISTO: La Ordenanza Nº 10137, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016; y

CONSIDERANDO

Que es menester adecuar la marcha del presupuesto vigente a las necesidades actuales de la administración municipal a los fines de optimizar su desarrollo;

Que la Ordenanza Nº 10137 establece, en el artículo 5, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suprimir compensar, ampliar y redistribuir las partidas presupues-tarias que así lo requieran; Atento a ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

DECRETA

ART.1º: PROCÉDASE por Secretaría de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación de partidas del presupuesto vigente, correspondiente al mes contable Octu-bre 2016

PRESUPUESTO DE GASTOS

PARTIDAS A INCREMENTAR PRES.VIG. INCREMENTO PRES.RECT.

01.1.1.02.02.05 ADQ. DE MATERIALES DE CONSERVACIÓN 2.000,00 5.000,00 7.000,00 01.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 75.000,00 10.000,00 85.000,00 01.1.1.03.03.01 ELECT,GAS Y AGUA CTE EN EDEP. MUNICIPALES 155.000,00 50.000,00 205.000,00 01.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 600.000,00 200.000,00 800.000,00 01.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 25.000,00 10.000,00 35.000,00 01.1.1.03.03.32 BECAS Y PSANTÍAS 68.000,00 12.000,00 80.000,00 01.1.3.02.02.18 BONIFICACIÓN POR JUBILACIÓN 1.415.000,00 100.000,00 1.515.000,00 01.1.3.02.02.44 EROGACIONES DEFENSA CIVIL 220.000,00 20.000,00 240.000,00

Page 7: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 7 de 46

01.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 204.000,00 5.000,00 209.000,00 02.1.1.03.03.01 ELECT. GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 5.000,00 2.000,00 7.000,00 03.1.1.03.03.04 COMUNICACIONES TELEGRÁFICAS Y POSTALES 1,00 1.000,00 1.001,00 03.1.3.01.01.01 VARIOS 25.000,00 2.000,00 27.000,00 04.1.1.03.03.01 ELECT,GAS Y AGUA CTE EN EDEP. MUNICIPALES 14.000,00 2.000,00 16.000,00 04.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 201.000,00 50.000,00 251.000,00 05.1.1.03.03.01 ELECT,GAS Y AGUA CTE EN EDEP. MUNICIPALES 45.000,00 5.000,00 50.000,00 05.1.1.03.03.07 ALQULERES VARIOS 153.000,00 20.000,00 173.000,00 05.1.1.03.03.09 VIÁTICOS Y MOVILIDAD 10.001,00 5.000,00 15.001,00 05.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 1.233.200,00 12.000,00 1.245.200,00 05.1.3.02.02.16 ATENCIÓN A LOS CENTROS VECINALES 10.000,00 10.000,00 20.000,00 05.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 204.000,00 80.000,00 284.000,00 06.11.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 30.000,00 2.000,00 32.000,00 06.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 95.000,00 30.000,00 125.000,00 07.11.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1,00 1.000,00 1.001,00 08.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 25.000,00 5.000,00 30.000,00 08.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 33.000,00 20.000,00 53.000,00 08.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 30.000,00 20.000,00 50.000,00 08.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 300.000,00 50.000,00 350.000,00 08.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN 10.001,00 2.000,00 12.001,00 09.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 6.300,00 3.000,00 9.300,00 09.1.1.02.02.05 ADQ. DE MATERIALES DE CONSERVACIÓN 15.000,00 15.000,00 30.000,00 09.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 164.000,00 5.000,00 169.000,00 09.1.1.03.03.01 ELECT,GAS Y AGUA CTE EN EDEP. MUNICIPALES 80.000,00 20.000,00 100.000,00 09.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL 3.001,00 2.000,00 5.001,00 09.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 76.000,00 5.000,00 81.000,00 09.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 3.000,00 10.000,00 13.000,00 09.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 54.000,00 2.000,00 56.000,00 09.1.1.03.03.26 DEPORTE FEDERADO 100.000,00 5.000,00 105.000,00 10.1.1.02.02.02 ADQUISICIÓN DE REPUESTOS EN GRAL 200.000,00 50.000,00 250.000,00 10.11.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 20.000,00 100.000,00 120.000,00 10.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 15.000,00 30.000,00 45.000,00 10.2.1.02.01.07 CONVENIO CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN 700.000,00 470.000,00 1.170.000,00 11.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 18.000,00 5.000,00 23.000,00 11.1.1.02.02.02 ADQUISICIÓN DE REPUESTOS EN GRAL. 20.000,00 5.000,00 25.000,00 11.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 250.000,00 100.000,00 350.000,00 11.1.1.02.02.12 MEDICAMENTOS Y REACTIVOS 600.000,00 200.000,00 800.000,00 11.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 65.000,00 20.000,00 85.000,00 11.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 20.000,00 5.000,00 25.000,00 11.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 23.000,00 50.000,00 73.000,00 11.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 980.000,00 120.000,00 1.100.000,00 11.2.1.01.01.04 APARATOS E INSTRUMENTAL 10.000,00 70.000,00 80.000,00 11.2.1.01.01.13 PROGRAMA SUMAR 102.000,00 10.000,00 112.000,00 12.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 61.001,00 89.000,00 150.001,00 12.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1,00 40.000,00 40.001,00 13.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 114.500,00 10.000,00 124.500,00 13.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 5.000,00 5.000,00 10.000,00 14.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 250.000,00 45.000,00 295.000,00 14.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 264.000,00 35.000,00 299.000,00 14.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 50.000,00 10.000,00 60.000,00 14.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIOS EJ. ANT. 173.000,00 80.000,00 253.000,00 15.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 20.000,00 5.000,00 25.000,00 15.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL. 303.000,00 90.000,00 393.000,00 15.1.1.03.03.14 ALUMBRADO PÚBLICO 6.520.000,00 1.000.000,00 7.520.000,00 15.2.1.01.01.05 OTOS BIENES DE CAPITAL 100.000,00 200.000,00 300.000,00 16.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 135.000,00 100.000,00 235.000,00 17.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 25.000,00 20.000,00 45.000,00 17.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 120.001,00 20.000,00 140.001,00 17.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 55.000,00 55.000,00 110.000,00 18.1.1.03.03.04 COMUNICACIONES TELEGRÁFICAS Y POSTALES 90.000,00 20.000,00 110.000,00 19.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 4.001,00 20.000,00 24.001,00 20.1.1.02.02.03 ÚTILES, LIBROS Y PAPELERÍA 6.000,00 1.000,00 7.000,00 22.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 1,00 100.000,00 100.001,00 23.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 2.000,00 15.000,00 17.000,00 23.1.1.02.02.06 ADQ. DE CAMARAS Y CUBIERTAS 1,00 15.000,00 15.001,00 23.1.1.02.02.07 ADQ. DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 1,00 50.000,00 50.001,00 23.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 15.000,00 100.000,00 115.000,00 23.1.1.02.02.11 DEUDAS DE CONSUMO DE EJ. ANT. 1,00 2.000,00 2.001,00 23.1.1.03.03.09 VIÁTICOS Y MOVILIDAD 10.000,00 15.000,00 25.000,00 23.1.1.03.03.10 ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASIST. TÉCNICA 1,00 40.000,00 40.001,00 23.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 3.000,00 30.000,00 33.000,00

Page 8: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 8 de 46

Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.331/16 - 02/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.332/16 - 02/11/16 Otorga premios a los quinchos ganadores en el mar-co del evento “QUINCHOS ESTUDIANTILES 2.016”.- Decreto Nº 1.333/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.334/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica al equipo de handball municipal para cubrir gastos de inscripción al Torneo Nacional B, categoría mayores femenino, que se desarrollará en nuestra Ciudad.- Decreto Nº 1.335/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.-

Decreto Nº 1.336/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a vecinos de nuestra Ciudad para la realización de un bingo a beneficio de un menor que padece leucemia linfática aguda.- Decreto Nº 1.337/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a la Fundación Provocar Arte de nuestra Ciudad para cubrir gastos de la reali-zación de la exposición de arte “CONTEMPORÁNEA 2.016”.- Decreto Nº 1.338/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.339/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a la Filial Belgrano A.G. de nuestra Ciudad para la realización de una pollada solidaria a beneficio de una menor que necesita tratamiento médico y quirúrgico a raíz de una malfor-mación pulmonar.-

Decreto Nº 1.325/16 - 01/11/16 Compensación de Partidas del Presupuesto corres-pondiente al mes de noviembre de 2.016.- TEXTO COMPLETO A FS. 12.- Decreto Nº 1.326/16 - 02/11/16 Pago de ayuda económica al Alta Gracia Rugby Club de nuestra Ciudad para cubrir gastos de organización del evento “V ENCUENTRO NACIONAL DE RUGBY CARLOS CHUPETE SÁNCHEZ.- Decreto Nº 1.327/16 - 02/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.328/16 - 02/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.329/16 - 02/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.330/16 - 02/11/16

23.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 3.000,00 10.000,00 13.000,00 23.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 10.000,00 100.000,00 110.000,00 23.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 1,00 2.000,00 2.001,00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 4.357.000,00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES.VIG. DISMINUCIÓN PRES.RECT.

01.1.1.02.02.11 DEUDA DE CONSUMO DE EJ. ANT. 126.000,00 12.000,00 114.000,00 01.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 1.457.000,00 4.000,00 1.453.000,00 02.1.1.02.02.11 DEUDA DE CONSUMO DE EJ. ANT. 6.900,00 2.500,00 4.400,00 02.2.1.01.01.09 EXPROPIACIONES VARIAS 4.000.000,00 2.257.500,00 1.742.500,00 03.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 440.000,00 100.000,00 340.000,00 04.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 527.500,00 60.000,00 467.500,00 04.1.1.03.03.32 BECAS Y OASANTÍAS 189.600,00 10.000,00 179.600,00 05.1.1.02.02.11 DEUDA DE CONSUMO DE EJ. ANT. 39.000,00 7.000,00 32.000,00 06.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 305.000,00 20.000,00 285.000,00 07.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 1.470.000,00 100.000,00 1.370.000,00 08.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 170.000,00 10.000,00 160.000,00 18.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 110.000,00 10.000,00 100.000,00 09.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 169.000,00 40.000,00 129.000,00 10.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 300.000,00 20.000,00 280.000,00 10.1.1.03.03.10 ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASISTENCIA TÉCNICA 70.000,00 10.000,00 60.000,00 10.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 164.000,00 64.000,00 100.000,00 10.2.1.02.01.01 OBRAS VARIAS 10.911.000,00 470.000,00 10.441.000,00 11.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 4.075.000,00 100.000,00 3.975.000,00 11.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 306.720,00 50.000,00 256.720,00 11.1.1.03.03.35 PROGRAMA SUMAR 200.000,00 10.000,00 190.000,00 12.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 900.000,00 500.000,00 400.000,00 15.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 3.800.000,00 100.000,00 3.700.000,00 15.1.1.02.02.15 DEMARCACIÓN VIAL 350.000,00 100.000,00 250.000,00 15.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 1.749.000,00 79.000,00 1.670.000,00 15.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 500.000,00 200.000,00 300.000,00 19.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN 55.001,00 20.000,00 35.001,00 20.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 5.000,00 1.000,00 4.000,00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 4.357.000,00

ART.2º: CON la presente compensanción, el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente es de $ 487.127.016(Pesos: Cuatrocientos ochenta y siete millones ciento veintisiete mil dieciseis).- ART.3º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.- ART.4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales, a sus efectos.- ART.5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese. Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

DEPARTAMENTO EJECUTIVO DECRETOS MES DE NOVIEMBRE DE 2.016

Page 9: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 9 de 46

23 de Octubre de 2.016; Que a fs. 26 a 39 constan fotocopias de Documento Nacional de Identidad de las personas electas; Que a fs. 42/44 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 46 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 47 consta Acta de Cierre de Comicios; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conforman la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Bº Parque del Virrey Este, electas en el acto efectuado el día 23 de Octubre de 2.016, y que en virtud de los conside-randos expuestos ut-supra a continuación se detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.345/16 - 04/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.357.- TEXTO COMPLETO A FS. 34.- Decreto Nº 1.346/16 - 04/11/16 Pago de ayuda económica a SITRAMAG - SINDICA-

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE CUBETA, Pedro José. Int. Julio Molinari Nº 1732 6.448.970

SECRETARIO RODRIGUEZ, Pedro Norberto. Fernando de la Peña Nº 1940 14.365.180

TESORERO MONTAGUT, María Eugenia de Lourdes. Julio Molinari Nº 1768 22.876.725

PRIMERO CAÑETE, Patricia Alejandra. Fernando de la Peña Nº 1940 18.566.505

SEGUNDO PAEZ, Gustavo Enrique Int. Julio Molinari Nº 2038 22.876.632

TERCERO GONZALEZ, Alberto Fernando Peña Nº 2085 6.432.694

PRIMERO BOGADO, Miguel Ángel. Int. Julio Molinari Nº 1850 26.957.816

SEGUNDO SANCHEZ, Claudia Alejandra. Fernando de la Peña esq. Lobos 27.212.322

TERCERO MOLINA, Mónica Miriam. Fernando Peña N° 2021 13.682.262

PRIMERO SOTELO, Nelson. Julio Antun esq. Fernando Peña 32.736.804

SEGUNDO GALVAN, Héctor Hugo. Fernando Peña Nº 2013 11.976.914

TERCERO FERNANDEZ, María Ester. Int. Julio Molinari Nº 2038 23.536.637

PRIMERO ESCOBAR, Guillermo Fabián. Fernando de la Peña Nº 1954 27.172.886

SEGUNDO PEREYRA, Gustavo Ramón Int. Julio Molinari N° 2057 39.614.200

TO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE ALTA GRACIA para la realización del festejo del “DÍA DEL EMPLEADO MUNICIPAL”.- Decreto Nº 1.347/16 - 14/11/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.348/16 - 14/11/16 Ratifica Convenio de Aranceles.- Decreto Nº 1.349/16 - 14/11/16 Visto: El Expediente Nº 832/I/14; y CONSIDERANDO Que a través del mismo y mediante Memorándum Nº 325/16 la Secretaría de Gestión Administrativa solicita el llamado a Concurso Público de Precios para la contratación de la cobertura de los accidentes de trabajo, in-itinere y enfermedades profesionales de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 24.557 y por la Ordenanza Municipal Nº 9.783, que deberá contar con un Servicio Médico Permanente, Consultorio Médico y Base operativa en el radio de la ciudad, con un profesional a su cargo, que ejercerá las funciones de Coordinador Médico a fin de brindar información, ejecutar trabajos en conjunto y prestar asistencia técnica debiendo además, cuando así se lo requiera, realizar los exámenes preocupacionales de ingreso, periódicos y de egreso de ley del personal de la Administración Municipal; Que la Ordenanza Nº 9.233 establece en su Título IV el régimen de contrataciones, regulando a partir del Art. 55º las condiciones generales que se aplicarán en los procedimientos licitatorios y demás contratacio-nes del Municipio, obrando como Pliego General de Condiciones en todos los casos; Que a fs. 137 a 149 se adjuntan Pliego Particular de Condiciones y Pliego de Especificaciones Técnicas, para el correspondiente llamado a Concurso Público de Precios requerido; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: LLÁMASE a Concurso Público de Precios Nº 03/16 para el día 25 de noviembre de 2.016, a las 12:00 hs., en la oficina de la Secretaría de Gestión Administrativa de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano 15, Planta Baja, de esta Ciudad, con el objeto de la contratación de la cobertura de los accidentes de trabajo, in-itinere y enfermedades profesionales de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 24.557 y por la Ordenanza Municipal Nº 9.783, que deberá contar con un Servicio Médico Permanente, Consultorio Médico y Base operativa en el radio de la ciudad, con un profesional a su cargo, que ejercerá las funciones de Coordinador Médico a fin de brindar información, ejecutar trabajos en conjunto y prestar asistencia técnica debiendo además, cuando así se lo requiera, realizar los exámenes preocupacionales de ingreso, periódicos y de egreso de ley del personal de la Administración Municipal, según las especificacio-nes de la Ordenanza Nº 9.233 - Título IV y del Anexo I que se adjunta y forma parte del presente Decreto.- Art. 2º: ESTABLÉCESE que a partir del primer día de publicación y hasta el día 24 de noviembre de 2.016, se podrá adquirir el Pliego de Condiciones en Tesore-ría de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Av. Belgrano Nº 15, 1º piso de esta Ciudad, en días hábiles administrativos y en el horario de 7:30 a 13:00 horas.-

Decreto Nº 1.340/16 - 04/11/16 VISTO: La conmemoración del ¨ DÍA DEL TRABAJA-DOR MUNICIPAL¨; y CONSIDERANDO Que el día 08 de Noviembre queda reconocido como el ¨DÍA DEL TRABAJADOR MUNICIPAL¨, conforme lo establece el Estatuto y Reglamento del Empleado Municipal en su Art. 93º; Que asimismo, la Ordenanza Nº 2.147 dispone asue-to en el ámbito de la Administración Municipal para ese día; Que este año el día 08 de Noviembre es día Martes, y teniendo en cuenta el espíritu histórico de la conme-moración para todos los Trabajadores Municipales de la Republica Argentina en acuerdo con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Alta Gracia y este Departamento Ejecutivo se decide decretar asueto administrativo el día Martes 8 de Noviembre; Que se hace necesario compensar la jornada de trabajo correspondiente al Martes 8 de noviembre de 2.016 con francos, al personal de las áreas municipa-les que deben prestar servicios de guardias mínimas; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: DECLÁRASE asueto administrativo el día Martes 8 de Noviembre de 2.016, en razón de con-memorarse el ¨DÍA DEL TRABAJADOR MUNICIPAL¨, en un todo de conformidad con lo establecido en el Art. 93º de la Ordenanza Nº 2.147 - Estatuto y Regla-mento del Empleado Municipal.- Art. 2º: DISPÓNESE compensar la jornada de trabajo correspondiente al día referido en el Art. 1º con fran-cos, al personal de las áreas municipales que deben prestar servicios de guardias mínimas.- Art. 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General y de Recursos Humanos.- Art. 4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ab. Ricardo José María González - Secre-tario General y de Recursos Humanos.- Decreto Nº 1.341/16 - 04/11/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.342/16 - 04/11/16 Ratifica Contrato de Servicios de Limpieza y Desma-lezado.- Decreto Nº 1.343/16 - 04/11/16 Ratifica Contrato de Servicios Para Extracción de Árboles.- Decreto Nº 1.344/16 - 04/11/16 VISTO: El Expediente Nº 801/I/14; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 646/16, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades del Centro Vecinal de Bº Parque del Virrey Este, electas el día

Page 10: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 10 de 46

Que de conformidad a lo estipulado en el Art. 1º del Decreto Nº 646/16, el día 30 de agosto de 2.016, a las 11:00 hs, en la Oficina de la Secretaría de Infraes-tructura, se realizó la apertura de sobres Presenta-ción en presencia de la Comisión de Preadjudicación; Que con fecha 20 de septiembre de 2.016 se realizó la apertura de Sobres Propuesta Económica en presencia de la Comisión de Preadjudicación; Que el Sobre Propuesta Económica Nº 1, presentado por la firma COVA S.A., C.U.I.T.: 30-51792718-6, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATRO-CIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($52.418.183,51) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 2, presentado por la firma HENISA SUDAMERICANA S.A., C.U.I.T.: 33-66821775-9, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVE-CIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS OCHEN-TACON SESENTA CENTAVOS ($55.927.580,60) IVA INCLUÍDO; Que la Comisión de Preadjudicación, luego de anali-zar las ofertas presentadas sugiere la adjudicación en primer lugar a la firma COVA S.A., C.U.I.T.: 30-51792718-6; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta de Apertura de Sobres Propuesta Económica de la Licitación Pública Nº 01/16, rubricada en la Oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, con fecha 20 de septiembre de 2.016.- Art. 2º: ADJUDÍCASE la Licitación Pública Nº 01/16, para la contratación de la Mano de Obra, Materiales y Equipos necesarios para la ejecución de la obra “RESTAURACIÓN CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS”, a la firma COVA S.A., C.U.I.T.: 30-51792718-6, por la suma de Pesos CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($52.418.183,51) IVA INCLUÍDO.- Art. 3º: IMPÚTESE la presente erogación a la partida Presupuestaria correspondiente.- Art. 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 5º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 6º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infraestructura.- Decreto Nº 1.357/16 - 16/11/16 Ratifica Contrato de Beca.-

Decreto Nº 1.358/16 - 16/11/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.359/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica a la Asociación de Bochas Alta Gracia para costear gastos ocasionados para el primer evento competitivo de los alumnos concurren-tes a la escuelita de bochas.- Decreto Nº 1.360/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.361/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.362/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica a grupo coral de nuestra Ciudad para solventar gastos de un viaje a Capilla del Monte para participar del Encuentro Internacional de Coros organizado por la Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta.- Decreto Nº 1.363/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica al grupo coral Sentires con los Sonidos del Alma de nuestra Ciudad para solven-tar gastos de un viaje a Villa Giardino para participar del “IV CONGRESO UNIVERSAL DE LA POESIA HISPANOAMERICANA”.- Decreto Nº 1.364/16 - 16/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.365/16 - 16/11/16 Otorga licencia a la Sra. Secretaria del Tribunal Admi-nistrativo Municipal de Faltas de nuestra Ciudad.- Decreto Nº 1.366/16 - 16/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.373.- TEXTO COMPLETO A FS. 37.- Decreto Nº 1.367/16 - 16/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.374.- TEXTO COMPLETO A FS. 37.- Decreto Nº 1.368/16 - 21/11/16 Pago de ayuda económica a CRECER - CENTRO DE INTEGRACIÓN DEL DISCAPACITADO de nuestra Ciudad para la realización del evento “VI INTEGRA-TÓN BRUNO MARGARÍA”.- Decreto Nº 1.369/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.370/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.371/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.372/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.373/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.374/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.375/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.376/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.377/16 - 21/11/16 Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.378/16 - 21/11/16

Art. 3º: ESTABLÉCESE que las propuestas podrán presentarse en días hábiles, de 9:00 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Gestión Administrativa de la Municipalidad de Alta Gracia y se recibirán hasta las 11:00 horas del día 25 de noviembre de 2.016.- Art. 4º: ESTABLÉCESE que el día 25 de noviembre de 2.016, a las 12:00 hs., se procederá a realizar el acto de apertura de las ofertas en la oficina de la Secretaría de Gestión Administrativa de la Municipali-dad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano 15, Planta Baja, de la Ciudad de Alta Gracia.- Art. 5º: PUBLICÍTESE el presente llamado a Concur-so Público de Precios durante un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y publicitado du-rante dos (2) días en el diario o semanario de mayor circulación de la zona, o en los medios locales de comunicación.- Art. 6º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de General y de Recursos Humanos.- Art. 7º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 8º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dese al Registro Municipal y archívese.- POR RAZONES DE ESPACIO NO SE PUBLICA EL ANEXO I (PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES). EL MISMO PUEDE SER CONSULTADO EN OFICIA-LÍA MAYOR. Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ab. Ricardo José María González - Secre-tario General y de Recursos Humanos.- Decreto Nº 1.350/16 - 14/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.351/16 - 14/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.352/16 - 14/11/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de octubre de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.- Decreto Nº 1.353/16 - 14/11/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de octubre de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Protección Permanente al Anciano.- Decreto Nº 1.354/16 - 14/11/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de octubre de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Merenderos Municipales.- Decreto Nº 1.355/16 - 15/11/16 Ratifica Contrato de Locación de Materiales, Equipos y Mano de Obra.- Decreto Nº 1.356/16 - 16/11/16 VISTO: El Expediente 258/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante Decreto Nº 536/16 de fecha 22 de junio de 2.016, modificado por Decreto Nº 646/16 de fecha 28 de julio de 2.016, se dispuso el Llamado a Licitación Pública Nº 01/16, para la contratación de la Mano de Obra, Materiales y Equipos necesarios para la ejecución de la obra “RESTAURACIÓN CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS”;

Page 11: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 11 de 46

na Domínguez de nuestra Ciudad para cubrir gastos de la realización de la muestra plástica “INTEGRARTE”.- Decreto Nº 1.386/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.387/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.388/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.389/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.390/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.391/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.392/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.393/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.394/16 - 24/11/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.395/16 - 24/11/16 Ratifica Addenda a Contrato Administrativo de Ejecu-ción de Servicios.- Decreto Nº 1.396/16 - 24/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.397/16 - 24/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.398/16 - 24/11/16 Rescinde Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.399/16 - 24/11/16 Otorga premios a los ganadores del “CONCURSO FALLA 2.016 - PINTURA AL AIRE LIBRE ENCUEN-TRO NACIONAL”.- Decreto Nº 1.400/16 - 29/11/16 Dispone retención sobre los haberes que percibe empleado municipal en concepto de cuota alimenta-ria.- Decreto Nº 1.401/16 - 29/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleada municipal.- Decreto Nº 1.402/16 - 29/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.403/16 - 29/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.404/16 - 29/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.405/16 - 29/11/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.406/16 - 29/11/16 Emite orden de pago para dar por finalizado trámite

administrativo por juicio en autos: “CALIVA ENRIQUE GABRIEL Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA - EXP. 382356”.- Decreto Nº 1.407/16 - 29/11/16 Emite orden de pago para dar por finalizado trámite administrativo por juicio en autos: “CALIVA ENRIQUE GABRIEL Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA - EXP. 382356”.- Decreto Nº 1.408/16 - 29/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.365.- TEXTO COMPLETO A FS. 35.- Decreto Nº 1.409/16 - 29/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.371.- TEXTO COMPLETO A FS. 36.- Decreto Nº 1.410/16 - 29/11/16 Pago de ayuda económica a la Asociación Coopera-dora y Amigos del Hospital Dr. Arturo Illia de nuestra Ciudad para cubrir gastos de la realización de la “MARATÓN SOLIDARIA POR EL DÍA MUNDIAL DE LA LUCHA POR EL SIDA”.- Decreto Nº 1.411/16 - 29/11/16 Otorga licencia a la Sra. Secretaria del Tribunal Admi-nistrativo Municipal de Faltas de nuestra Ciudad.- Decreto Nº 1.412/16 - 29/11/16 Otorga licencia a la Sra. Juez del Tribunal Administra-tivo Municipal de Faltas de nuestra Ciudad.- Decreto Nº 1.413/16 - 29/11/16 Autoriza la transferencia de la Licencia de Remis Nº 17, otorgada al Sr. GARRETTO Orlando, a favor de la Sra. HEREDIA Martha Ida, de conformidad al Art. 22 inc. b) de la Ordenanza Nº 8.708 y modificatorias.- Decreto Nº 1.414/16 - 29/11/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.415/16 - 29/11/16 Acepta renuncia por jubilación por invalidez definitiva; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 1.416/16 - 29/11/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.417/16 - 29/11/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleada municipal.- Decreto Nº 1.418/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.419/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.420/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.421/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.422/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.423/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.-

Designa personal en planta permanente.- Decreto Nº 1.379/16 - 21/11/16 VISTO: La cantidad de cambios y el crecimiento poblacional que se vienen produciendo en nuestra ciudad que impactan en el territorio y su desarrollo; y CONSIDERANDO Que la Ordenanza Nº 8.547 sancionada en diciembre de 2.009 marcó en su momento un avance con res-pecto al ordenamiento de la ciudad; Que en estos años se han producido cambios impor-tantes en el desarrollo de la ciudad, como la sanción de la ordenanza que regula el uso de agroquímicos, además de un fuerte avance de proyectos urbanísti-cos favorecidos por la autovía que nos une con la ciudad de Córdoba; Que para realizar un estudio profundo de la situación actual y poder realizar una proyección para los próxi-mos años se hace necesario conformar un equipo de trabajo que elabore un Plan Director de Desarrollo Urbano. Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: CONFÓRMESE una Comisión encargada de realizar un Plan Director de Desarrollo Urbano y Revisión y Actualización de las normativas urbanas vigentes en la Ciudad de Alta Gracia.- Art. 2º: INTEGRESE la Comisión por el Sr. Viceinten-dente Municipal, quien presidirá la misma, por el Secretario de Infraestructura, los Concejales integran-tes de la Comisión de Obras y Servicios Públicas del Honorable Concejo Deliberante y un Coordinador Técnico designado por el Departamento Ejecutivo.- Art.3: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art.4: TOMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art.5: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.380/16 - 21/11/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.375.- TEXTO COMPLETO A FS. 37.- Decreto Nº 1.381/16 - 24/11/16 Pago de ayuda económica al Centro de Jubilados 19 de Mayo de nuestra Ciudad para cubrir gastos de un viaje a la localidad de Laguna Larga para asistir a un encuentro de adultos mayores.- Decreto Nº 1.382/16 - 24/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.383/16 - 24/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.384/16 - 24/11/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.385/16 - 24/11/16 Pago de ayuda económica al Instituto Especial Pauli-

Page 12: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 12 de 46

Decreto Nº 1.427/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.428/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.429/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.430/16 - 29/11/16

Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.431/16 - 30/11/16 Pago de ayuda económica a vecinos del Bº Crucero Sud para el pago del alumbrado público.- Decreto Nº 1.432/16 - 30/11/16 Dispone el pago de Bonificaciones Especiales a agentes municipales.-

Decreto Nº 1.424/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.425/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.426/16 - 29/11/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.-

Decreto Nº 1.325/16 - 01/11/16 (Texto completo)

VISTO: La Ordenanza Nº 10137, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016; y

CONSIDERANDO

Que es menester adecuar la marcha del presupuesto vigente a las necesidades actuales de la administración municipal a los fines de optimizar su desarrollo; Que la Ordenanza Nº 10137 establece, en el artículo 5, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suprimir compensar, ampliar y redistribuir las partidas presupues-tarias que así lo requieran; Atento a ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

DECRETA

ART.1º: PROCÉDASE por Secretaría de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación de partidas del presupuesto vigente, correspondiente al mes contable No-viembre 2016

PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A INCREMENTAR PRES.VIG. INCREMENTO PRES.RECT.

01.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 85.000,00 30.000,00 115.000,00 01.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 205.000,00 50.000,00 255.000,00 01.1.1.03.03.04 COMUNICACIONES TELEGRÁFICAS Y POSTALES 500,00 10.000,00 10.500,00 01.1.3.02.02.18 BONIFICACIÓN POR JUBILACIÓN 1.515.000,00 20.000,00 1.535.000,00 01.1.3.02.02.44 EROGACIONES VARIAS DEFENSA CIVIL 240.000,00 50.000,00 290.000,00 01.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 209.000,00 40.000,00 249.000,00 02.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 7.000,00 2.000,00 9.000,00 02.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 1,00 4.000,00 4.001,00 03.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 10.000,00 2.000,00 12.000,00 03.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL. 800.000,00 20.000,00 820.000,00 03.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 343.000,00 20.000,00 363.000,00 03.1.3.02.02.01 DEV.TASA PROP.IMP.A LOS AUTOM. SERV. INSP. 1.000,00 6.000,00 7.000,00 04.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 8.100,00 1.000,00 9.100,00 04.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EB DEP. MUNIC. 16.000,00 5.000,00 21.000,00 04.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 130.000,00 25.000,00 155.000,00 05.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 50.000,00 25.000,00 75.000,00 05.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 220.000,00 70.000,00 290.000,00 05.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 173.000,00 10.000,00 183.000,00 05.1.3.02.02.16 ATENCIÓN A LOS CENTROS VECINALES 20.000,00 2.000,00 22.000,00 05.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 50.000,00 60.000,00 110.000,00 06.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 16.000,00 2.000,00 18.000,00 06.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 10.000,00 6.500,00 16.500,00 07.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 25.000,00 2.500,00 27.500,00 07.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 100.000,00 5.000,00 105.000,00 08.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1.001,00 1.000,00 2.001,00 08.1.1.02.02.05 ADQ.DE MATERIALES DE CONSERVACIÓN 6.000,00 5.000,00 11.000,00 08.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 30.000,00 5.000,00 35.000,00 08.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EB DEP. MUNIC. 36.000,00 10.000,00 46.000,00 08.1.1.03.03.15 PREMIOS, ADHESIONES Y OTROS SIMILARES 30.000,00 10.000,00 40.000,00 08.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 350.000,00 60.000,00 410.000,00 09.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 20.000,00 5.000,00 25.000,00 09.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 100.000,00 30.000,00 130.000,00 09.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 15.000,00 10.000,00 25.000,00 09.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 20.000,00 6.000,00 26.000,00

Page 13: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 13 de 46

09.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 1.000,00 1.000,00 2.000,00 09.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 81.000,00 20.000,00 101.000,00 09.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 10.000,00 1.000.000,00 1.010.000,00 10.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 46.000,00 6.000,00 52.000,00 10.1.1.02.02.03 ÚTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 30.000,00 5.000,00 35.000,00 10.1.1.02.02.15 DEMARCACIÓN VIAL 150.000,00 10.000,00 160.000,00 10.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 70.000,00 15.000,00 85.000,00 10.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 30.000,00 3.000,00 33.000,00 10.1.1.03.03.12 CONSERVACINES Y REPARACIONES 210.000,00 25.000,00 235.000,00 11.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 50.000,00 20.000,00 70.000,00 11.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 65.000,00 15.000,00 80.000,00 11.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 4.000,00 10.000,00 14.000,00 11.1.3.02.02.39 PROGRAMA MUNICIPAL DE SALUD ANIMAL (CBA.SOL.) 612.500,00 15.000,00 627.500,00 11.2.1.01.01.13 PROGRAMA SUMAR 112.000,00 50.000,00 162.000,00 12.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 150.001,00 5.000,00 155.001,00 13.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1,00 40.000,00 40.001,00 13.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 115.000,00 20.000,00 135.000,00 13.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 124.500,00 50.000,00 174.500,00 13.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 20.000,00 20.000,00 40.000,00 14.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 53.000,00 10.000,00 63.000,00 14.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 295.000,00 15.000,00 310.000,00 14.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 27.000,00 3.000,00 30.000,00 14.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 75.000,00 5.000,00 80.000,00 14.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 317.500,00 15.000,00 332.500,00 14.2.1.01.01.02 MUEBLES YEQUIPOS DE OFICINA 65.000,00 25.000,00 90.000,00 15.1.1.02.02.02 ADQUISICIÓN DE REPUESTOS EN GRAL 550.000,00 100.000,00 650.000,00 15.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 33.000,00 20.000,00 53.000,00 15.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL. 393.000,00 120.000,00 513.000,00 15.1.1.03.03.14 ALUMBRADO PÚBLICO 7.520.000,00 1.500.000,00 9.020.000,00 15.2.1.01.01.01 MAQUINARIAS, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 50.000,00 20.000,00 70.000,00 16.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 150.000,00 20.000,00 170.000,00 16.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 95.000,00 25.000,00 120.000,00 17.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 20.000,00 10.000,00 30.000,00 17.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 140.001,00 10.000,00 150.001,00 18.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1,00 30.000,00 30.001,00 18.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 10.000,00 5.000,00 15.000,00 18.1.1.02.02.03 UTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 20.000,00 1.000,00 21.000,00 18.1.1.03.03.01 ELECTRICIDAD GAS Y AGUA CTE EN DEP. MUNICIPALES 15.000,00 10.000,00 25.000,00 18.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 40.000,00 10.000,00 50.000,00 19.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 10.000,00 3.000,00 13.000,00 19.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 10.000,00 12.000,00 22.000,00 19.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 5.001,00 3.000,00 8.001,00 20.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 1,00 110.000,00 110.001,00 20.1.1.03.03.01 ELEC.GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIPALES 7.000,00 3.000,00 10.000,00 20.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 5.000,00 2.000,00 7.000,00 23.1.1.02.02.03 UTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 5.000,00 3.000,00 8.000,00 23.1.1.02.02.07 ADQ.DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 50.001,00 20.000,00 70.001,00 23.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 10.000,00 10.000,00 20.000,00 23.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 10.000,00 70.000,00 80.000,00 23.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 13.000,00 5.000,00 18.000,00 23.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 110.000,00 10.000,00 120.000,00 23.2.1.01.01.06 DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ.ANT. 2.001,00 2.000,00 4.001,00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 4.147.000,00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES.VIG. DISMINUCIÓN PRES.RECT.

01.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 400.000,00 50.000,00 350.000,00 01.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 269.000,00 50.000,00 219.000,00 02.2.1.01.01.09 EXPROPIACIONES VARIAS 1.742.500,00 1.000.000,00 742.500,00 03.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 340.000,00 200.000,00 140.000,00 03.1.1.03.03.10 ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y ASISTENCIA TÉCNICA 305.000,00 100.000,00 205.000,00 04.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 160.000,00 50.000,00 110.000,00 04.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 220.000,00 50.000,00 170.000,00 06.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 20.000,00 30.000,00 07.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 300.000,00 100.000,00 200.000,00 07.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 800.000,00 100.000,00 700.000,00 07.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 1.370.000,00 100.000,00 1.270.000,00 08.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 160.000,00 100.000,00 60.000,00 08.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 512.160,00 100.000,00 412.160,00 10.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 280.000,00 50.000,00 230.000,00 10.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 350.000,00 50.000,00 300.000,00

Page 14: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 14 de 46

inmueble ubicado en calle Liniers Nº 296 - Local 3.- Resolución Nº 171/16 - 07/07/16 Habilita al Sr. GUZMÁN Raúl Orlando, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Venta de Comida Para Llevar”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.143.- Resolución Nº 172/16 - 07/07/16 Habilita al Sr. GARAY Enrique Martín, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Verdulería - Polle-ría - Kiosco - Despensa”, en el inmueble ubicado en calle Vélez Sársfield Nº 165.- Resolución Nº 173/16 - 07/07/16 Habilita al Sr. MORENO Gustavo Ariel, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Servicio de Cate-ring”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 43 - 1º Piso - Dto. “A”.- Resolución Nº 174/16 - 12/07/16 Habilita al Sr. LINGUA Oscar Antonio, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Distribución de Productos de Panadería”, en el inmueble ubicado en calle Paraguay Nº 219.- Resolución Nº 175/16 - 14/07/16 Habilita a la firma MONTEMED S.R.L., C.U.I.T.: 30-71508279-5, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Agencia de Turismo y Servicios Conexos Propios - Agencia de Viajes” en el inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 55.- Resolución Nº 176/16 - 14/07/16 Habilita a la Sra. DE NÁPOLI María Valentina, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bar - Mesas y Sillas (Aires de La Merced)”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 51.- Resolución Nº 177/16 - 14/07/16 Habilita a la Sra. RAMIRES Estela Alicia, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Artículos de Limpieza - Perfumería - Cos-mética”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 625.- Resolución Nº 178/16 - 14/07/16 Habilita a la Sra. PAVÓN Paola Verónica, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Perfumería -

Cosmética - Librería - Artículos de Limpieza - Jugue-tería - Regalería”, en el inmueble ubicado en calle Brasil Nº 897.- Resolución Nº 179/16 - 25/07/16 Habilita a la Sra. ESTÉVEZ Cecilia Mariana, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Discos y DVD - Disquería - Regalería (Sonorama)”, en el inmueble ubicado en calle Mateo Beres Nº 249 - Local 5 y 6.- Resolución Nº 180/16 - 25/07/16 Habilita al Sr. SECK Khadim, para desarrollar activi-dad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Carte-ras - Artículos de Marroquinería - Bijouterie”, en el inmueble ubicado en calle España Nº 191.- Resolución Nº 181/16 - 25/07/16 Habilita a la Sra. SORO Romina, domiciliada en Av. del Libertador Nº 756, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Transporte de Sustancias Alimentarias”, con el vehículo marca Toyota (tipo furgón) Dominio AQL 429.- Resolución Nº 182/16 - 25/07/16 Habilita a la Sra. ZARATE Nancy del Valle, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Enseñanza Privada (Cursos de Francés y Clases en Español)”, en el inmueble ubicado en calle Av. Bel-grano Nº 164 - Local 24 y 26.- Resolución Nº 183/16 - 25/07/16 Habilita a la Sra. PÉREZ Jorgelina Mariel, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Pizzería - Empanadería - Servicio de Delivery”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 362.- Resolución Nº 184/16 - 25/07/16 Habilita al Sr. PRAT Mauro Matías, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Impresión - Encua-dernación - Servicio de Fotocopias”, en el inmueble ubicado en calle España Nº 164.- Resolución Nº 185/16 - 26/07/16 Habilita al Sr. DOMÍNGUEZ Facundo Manuel, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Pollería - Venta de Bebida Sin Alcohol - Venta de Pastas”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 449.-

Resolución Nº 163/16 - 01/07/16 Habilita al Sr. PASARELLA Carlos Ramón, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Telas y Artículos de Tapicería”, en el in-mueble ubicado en calle Liniers Nº 608.- Resolución Nº 164/16 - 01/07/16 Habilita al Sr. IDAÑEZ Juan Carlos, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Kiosco - Despensa”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 548.- Resolución Nº 165/16 - 01/07/16 Habilita al Sr. CAÑETE LÓPEZ Pablo Miguel, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Elaboración Artesanal de Pastas - Venta Por Menor de Pastas”, en el inmueble ubicado en calle Margarita Funes Nº 36.- Resolución Nº 166/16 - 05/07/16 Habilita al Sr. DAVIES Diego Sebastián, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Provisión de Comidas Preparadas - Racionamiento de Alimentos en Cocido (Para Eventos)”, en el inmueble ubicado en calle Intendente Peralta Nº 820.- Resolución Nº 167/16 - 05/07/16 Habilita al Sr. CASADO Walter Mario, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Forrajes”, en el inmueble ubicado en calle Bolivia Nº 1.770.- Resolución Nº 168/16 - 05/07/16 Habilita a la Sra. TORRES Diana Karina, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Despensa”, en el inmueble ubicado en calle Av. de Mayo Nº 23 - Local 1.- Resolución Nº 169/16 - 07/07/16 Habilita a la Sra. CONTI Claudia Susana, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Indumentaria y Accesorios Para Bebes y Niños”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Liber-tador Nº 1.401.- Resolución Nº 170/16 - 07/07/16 Habilita a la Sra. CORNEJO Jesica Sabrina, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Indumentaria y Accesorios Para Bebes y Niños”, en el

10.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 100.000,00 80.000,00 20.000,00 10.2.1.02.01.01 OBRAS VARIAS 10.441.000,00 1.272.000,00 9.169.000,00 11.1.1.03.03.35 PROGRAMA SUMAR 190.000,00 50.000,00 140.000,00 11.1.3.02.02.38 PROGRAMA YO DECIDO (CORDOBA SOLIDARIA) 425.000,00 15.000,00 410.000,00 11.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 200.000,00 100.000,00 100.000,00 15.1.1.02.02.15 DEMARCACIÓN VIAL 250.000,00 150.000,00 100.000,00 15.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 741.567,00 100.000,00 641.567,00 16.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 235.000,00 50.000,00 185.000,00 16.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 210.000,00 100.000,00 110.000,00 20.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 176.000,00 110.000,00 66.000,00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 4.147.000,00

ART.2º: CON la presente compensanción, el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente es de $ 487.127.016 (Pesos: Cuatrocientos ochenta y siete millones ciento veintisiete mil dieciseis).- ART.3º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.- ART.4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales, a sus efectos.- ART.5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIONES

Page 15: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 15 de 46

Resolución Nº 199/16 - 04/08/16 Habilita a la Sra. GIANRE Alejandra Soledad, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Fabricación y Venta de Productos de Panificación”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.720.- Resolución Nº 200/16 - 08/08/16 Habilita al Sr. PAREDES ZULLO Marcos Sebastián, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Preparación y Venta de Comidas Para Llevar - Cade-tería - Mensajería - Delivery”, en el inmueble ubicado en calle Brasil Nº 1.211 - Local 7.- Resolución Nº 201/16 - 10/08/16 Habilita al Sr. PALCHICH Darío Andrés, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Venta al Por Menor de Perfumería y Cosmética”, en el inmueble ubicado en calle Av. Hipólito Irigoyen Nº 1.433 - Local 5.- Resolución Nº 202/16 - 12/08/16 Habilita al Sr. ENRIQUEZ Calos Jorge, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Herboristería - Dietética”, en el inmueble ubicado en calle Lucas V. Córdoba Nº 655.- Resolución Nº 203/16 - 17/08/16 Habilita a la Sra. GERMANETTI María de la Cruz, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Artículos de Telefonía y Acceso-rios”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 425 - Local 6.- Resolución Nº 204/16 - 17/08/16 Habilita a la Sra. DELFINO Mariana Beatriz, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Joyas y Relojes (Rouge)”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 266 - Local 7.- Resolución Nº 205/16 - 17/08/16 Habilita a la Sra. GRGICH Carolina, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Productos Para Animales y Mascotas”, en el inmueble ubicado en calle Nuñez Nº 9.- Resolución Nº 206/16 - 18/08/16 Habilita al Sr. VEGA Florindo Elías, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Verdulería - Frutería”, en el inmueble ubicado en calle Gabino Ezeiza Nº 545.- Resolución Nº 207/16 - 18/08/16 Habilita al Sr. PEREYRA Carlos Aníbal, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Quiniela”, en el inmueble ubicado en calle Pte. Raúl Alfonsín Nº 391 - Local 2.- Resolución Nº 208/16 - 18/08/16 Habilita a los Sres. ANGULO Gustavo y PEREYRA THIEM Lucas, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bufet - Bar - Canchas de Fútbol”, en el inmueble ubicado en calle Guillermo Almada Nº 310.- Resolución Nº 209/16 - 25/08/16 Habilita a la firma LA CREACIÓN, C.U.I.T.: 30-71525724-2, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Fabricación de Pan y Productos de Panifica-ción” en el inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 217 - Local 5.- Resolución Nº 210/16 - 25/08/16 Habilita a la firma LA CREACIÓN, C.U.I.T.: 30-71525724-2, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bar - Venta Por Menor de Panificación” en el inmueble ubicado en calle Prudencio Bustos Nº 99.- Resolución Nº 211/16 - 25/08/16

Habilita al Sr. CASIS Jorge Elías, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Quiniela”, en el in-mueble ubicado en calle Lucas V. Córdoba Nº 867.- Resolución Nº 212/16 - 26/08/16 Habilita a la Sra. GUZMÁN Mariana, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Prendas de Vestir”, en el inmueble ubicado en calle Aguirre Cámara Nº 470.- Resolución Nº 213/16 - 29/08/16 Habilita a la Sra. BUSTOS FERREYRA Sofía, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Despensa”, en el inmueble ubicado en calle Inten-dente Héctor Llorens Nº 645.- Resolución Nº 214/16 - 29/08/16 Habilita al Sr. GÜEMES Alejandro José, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Juguetes - Librería - Venta Por Menor de Artículos de Regalos”, en el inmueble ubicado en calle Av. Dalinger Nº 495.- Resolución Nº 215/16 - 29/08/16 Habilita a la Sra. CHARA Eliana Yanina, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Ropa Deportiva”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.605.- Resolución Nº 216/16 - 30/08/16 Habilita al Sr. CORTÉZ STOCCHERO Matías, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Servicios Prestados Por Profesionales en Ejercicio de su Profe-sión Liberal (Abogado)”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 547 - Local 1.- Resolución Nº 217/16 - 30/08/16 Habilita al Sr. DEL VALLE Lionel Roberto, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Almacén de Comestibles”, en el inmueble ubicado en calle Pedro Butori Nº 213.- Resolución Nº 218/16 - 01/09/16 Habilita a la Sra. RÍOS María Esther, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta al Por Menor de Prendas de Vestir y Accesorios - Venta al Por Menor de Calzado (Zapatería)”, en el inmueble ubica-do en calle Belisario Roldán Nº 101.- Resolución Nº 219/16 - 01/09/16 Habilita a la Sra. COLOMBANA Aida María, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Kiosco - Fotocopias (Cantina Instituto Manuel de Falla)”, en el inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 309.- Resolución Nº 220/16 - 05/09/16 Habilita al Sr. QUINTEROS Mauricio Ariel, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Salón de Fiestas Infantiles”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.338.- Resolución Nº 221/16 - 05/09/16 Habilita a la Sra. ALONSO Gabriela Alejandra, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Kiosco - Regalería - Librería”, en el inmueble ubicado en calle Av. Hipólito Irigoyen Nº 1.775 - Local 4.- Resolución Nº 222/16 - 07/09/16 Habilita al Sr. SAVISKI Juan Manuel, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bar - Restaurant”, en el inmueble ubicado en calle Uruguay Nº 102 - Local 1.- Resolución Nº 223/16 - 07/09/16 Habilita a la Sra. PEDEMONTE Gladis Norma, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Agencia de Turismo”, en el inmueble ubicado en calle España Nº 370 - Local 1.-

Resolución Nº 186/16 - 26/07/16 Habilita a la Sra. GÓMEZ Clarisa Andrea, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Salón de Belle-za - Peluquería”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.080.- Resolución Nº 187/16 - 29/07/16 Habilita a la firma SEDAGRA S.A., C.U.I.T.: 33-71069993-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta y Distribución de Cereales (Oficina y Galpón)” en el inmueble ubicado en calle Ruta 5 Km. 24.- Resolución Nº 188/16 - 29/07/16 Habilita a la Sra. BONDIO Norma Haydee, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Pastas Frescas”, en el inmueble ubicado en calle Uruguay Nº 445.- Resolución Nº 189/16 - 29/07/16 Habilita al Sr. GIGENA Juan Ezequiel, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Peluquería”, en el inmueble ubicado en calle Bahía Blanca Nº 71.- Resolución Nº 190/16 - 29/07/16 Habilita al Sr. MATASINI TURRI Mariano, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Peluquería”, en el inmueble ubicado en calle Paraguay Nº 1.660.- Resolución Nº 191/16 - 29/07/16 Habilita al Sr. OLIVERO Joaquín, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Telefonía Celular y Accesorios”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 469.- Resolución Nº 192/16 - 01/08/16 Habilita al Sr. SORO Luis Eduardo, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Depósito y Almacena-miento de Alimentos Refrigerados”, en el inmueble ubicado en calle Malvinas Argentinas Nº 967.- Resolución Nº 193/16 - 01/08/16 Habilita a la Sra. CAPOFERRI María Alejandra, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Agencia de Quiniela”, en el inmueble ubicado en calle 24 de Septiembre Nº 1.406.- Resolución Nº 194/16 - 01/08/16 Habilita a la Sra. PAGES Yanina Nadia, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Verdulería - Ocu-pación de Vía Pública”, en el inmueble ubicado en calle Liniers Nº 102.- Resolución Nº 195/16 - 03/08/16 Habilita al Sr. IRUSTA Sergio Mariano, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Servicio de Repa-ración de Celulares - Venta de Accesorios”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 425 - Local 5.- Resolución Nº 196/16 - 03/08/16 Habilita a la Sra. VITALI María Belén, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Salón de Fiestas Infantiles”, en el inmueble ubicado en calle Av. Pte. Arturo Illia Nº 551.- Resolución Nº 197/16 - 03/08/16 Habilita al Sr. VERA Jorge Marcelo, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Pollería - Verdulería”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.615.- Resolución Nº 198/16 - 04/08/16 Habilita al Sr. VIGLIONE Carlos Alberto, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Bar - Ocupa-ción de Acera Con Mesas y Sillas”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.991.-

Page 16: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 16 de 46

“Peluquería”, en el inmueble ubicado en calle Conce-jal Rusconi Nº 920.- Resolución Nº 237/16 - 03/10/16 Habilita a la Sra. GUDIÑO María Fernanda, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Indumentaria”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.896.- Resolución Nº 238/16 - 04/10/16 Habilita a la firma DISTRIBUIDORA ROYJO S.R.L., C.U.I.T.: 30-65334771-1, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Agroquímicos - Depó-sito” en el inmueble ubicado en calle Ruta C45 Km. 31.- Resolución Nº 239/16 - 04/10/16 Habilita al Sr. TEJEDA ROSALES Darío Martín, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bar - Ocupación de Vereda (Anexo de Rubro)”, en el in-mueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 141.- Resolución Nº 240/16 - 05/10/16 Habilita al Sr. CASERES VILLALBA Diego Javier, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Lavadero de Autos”, en el inmueble ubicado en calle Concejal Lorusso Nº 286.- Resolución Nº 241/16 - 05/10/16 Habilita a la Sra. ASÚA Erika Soledad, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Academia de Corte y Confección”, en el inmueble ubicado en calle 25 de Mayo esquina 3 de Febrero Nº 421.- Resolución Nº 242/16 - 07/10/16 Habilita a la firma ELECTRÓNICA MEGATONE S.A., C.U.I.T.: 30-54365973-4, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Motocicle-tas, Artículos del Hogar Maquinarias y Equipos de Oficina e Instrumentos Musicales - Disquería” en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 105.- Resolución Nº 243/16 - 12/10/16 Habilita a la Sra. ROMERO Mauricia Susana, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Despensa - Verdulería”, en el inmueble ubicado en calle Ecua-dor Nº 1.909.- Resolución Nº 244/16 - 12/10/16 Habilita a la Sra. HEREDIA MARTÍNEZ Daniela Soledad, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Almacén - Despensa”, en el inmueble ubicado en calle Huayra Muyu Nº 325.- Resolución Nº 245/16 - 13/10/16 Habilita a la firma ALMUZARA DISTRIBUCIONES S.R.L., C.U.I.T.: 30-71456486-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Bar” en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 453 - Local 2.- Resolución Nº 246/16 - 13/10/16 Habilita al Sr. LOBOS José Agustín, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Heladería”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 453 - Local 14.- Resolución Nº 247/16 - 13/10/16 Habilita al Sr. TORRICO FLORES Wilfor, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Mayor de Prendas de Vestir”, en el inmueble ubicado en calle España Nº 250.- Resolución Nº 248/16 - 17/10/16 Habilita a la Sra. FERRARIS Silvana Victoria, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Gimnasia - Enseñanza Privada (Zumba)”, en el inmueble ubicado en calle Achával Rodríguez Nº 189 - Local 1 y 2.-

Resolución Nº 249/16 - 17/10/16 Habilita al Sr. FABRA Mauricio Gabriel, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Venta de Toldos - Cortinas - Cerramientos - Cubre Cerco y Piletas”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.815.- Resolución Nº 250/16 - 17/10/16 Habilita a la Sra. BRICEÑO VIDAL Luz Carmela, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Verdulería”, en el inmueble ubicado en calle 24 de Septiembre Nº 271.- Resolución Nº 251/16 - 17/10/16 Habilita al Sr. LÓPEZ TRASMONTE Juan Manuel, domiciliado en Av. del Libertador Nº 756, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Transporte de Sustancias Alimentarias”, con el vehículo marca Pik Up KIA Dominio HIL 236 .- Resolución Nº 252/16 - 17/10/16 Habilita a la firma BECERRA MIGUEL S.A., C.U.I.T.: 30-68976459-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Supermercado” en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 453 - Local 7.- Resolución Nº 253/16 - 18/10/16 Habilita a la Sra. MURÚA Amanda Mercedes, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Despensa - Verdulería - Artículos de Limpieza”, en el inmueble ubicado en calle Rioja Nº 351.- Resolución Nº 254/16 - 18/10/16 Habilita a la Sra. FLEITAS Verónica Paola, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Juguetería - Librería - Ocupación de Vereda”, en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 226.- Resolución Nº 255/16 - 20/10/16 Habilita al Sr. GIORIA Matías Ezequiel, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Servicios Presta-dos al Público N.C.P. (Tatuajes Dragón Tatoo)”, en el inmueble ubicado en calle Maipú Nº 11.- Resolución Nº 256/16 - 20/10/16 Habilita al Sr. ORELIA Adrián Pablo, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Telefonía - Celulares y Accesorios”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 453 - Local 3.- Resolución Nº 257/16 - 20/10/16 Habilita a la Sra. MARTÍNEZ María Cecilia, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Carteras”, en el inmueble ubicado en calle Av. Bel-grano Nº 164 - Local 10.- Resolución Nº 258/16 - 20/10/16 Habilita a la firma SAFARI S.R.L., C.U.I.T.: 33-71536720-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Artículos de Camping - Venta de Artículos de Caza, Pesca y Náutica” en el inmueble ubicado en calle Guillermo Almada Nº 77.- Resolución Nº 259/16 - 26/10/16 Habilita a la firma CONSULTORA BETTER S.R.L., C.U.I.T.: 30-71161361-3, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Construcción, Reforma y Repa-ración de Edificios” en el inmueble ubicado en calle Las Margaritas Nº 39.- Resolución Nº 260/16 - 26/10/16 Habilita a la Sra. SILVA María Eugenia, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Verdulería - Frute-ría”, en el inmueble ubicado en calle Av. Hipólito Irigoyen Nº 1.035 - Local 3.- Resolución Nº 261/16 - 26/10/16 Habilita a la Sra. VEGA Andrea Marcela, para desa-

Resolución Nº 224/16 - 07/09/16 Habilita al Sr. PEREYRA Roberto Juan, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Kiosco - Despen-sa”, en el inmueble ubicado en calle Liniers Nº 211.- Resolución Nº 225/16 - 07/09/16 Habilita al Sr. MONTENEGRO Cristian Andrés, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Discoteca - Disco - Bar - Pubs (Up All Night - 8MM Disco)”, en el inmueble ubicado en calle Av. Sarmiento Nº 388.- Resolución Nº 226/16 - 07/09/16 Habilita a la firma FUNDACIÓN PROVOCAR ARTE, C.U.I.T.: 30-71455516-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Sala Teatral - Peña Folklórica - Salón de Fiestas - Bar” en el inmueble ubicado en calle España Nº 60.- Resolución Nº 227/16 - 09/09/16 Habilita al Sr. RODRÍGUEZ Cristian Alberto, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Artículos y Productos de Limpieza”, en el inmueble ubicado en calle Brasil Nº 841.- Resolución Nº 228/16 - 09/09/16 Habilita a las Sras. PÉREZ Y ESCRIBANO Mercedes y PÉREZ ESCRIBANO Antonia, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Fabricación de Masas y Demás Productos de Panificación - Venta de Panifi-cación”, en el inmueble ubicado en calle Lucas V. Córdoba Nº 234.- Resolución Nº 229/16 - 13/09/16 Habilita al Sr. TABORDA José Roberto, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Productor de Seguros”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Libertador Nº 1.864.- Resolución Nº 230/16 - 13/09/16 Habilita al Sr. BOBEDA Claudio Rubén, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Verdulería - Frute-ría - Venta de Bebidas Con y Sin Alcohol”, en el inmueble ubicado en calle Los Quebrachos Nº 1.920.- Resolución Nº 231/16 - 13/09/16 Habilita al Sr. OJEDA Juan Sebastián, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Quiniela”, en el inmueble ubicado en calle Paraguay Nº 55 - Local A.- Resolución Nº 232/16 - 13/09/16 Habilita a la firma ELECTRO PUNTO NET S.A., C.U.I.T.: 30-71144667-9, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Venta Por Menor de Motocicle-tas, Colchones, Artículos del Hogar y Máquinas de Oficina - Financiera” en el inmueble ubicado en calle Av. Belgrano Nº 71.- Resolución Nº 233/16 - 19/09/16 Habilita a la Sra. BIANCO Luciana Noelia, para desa-rrollar actividad comercial en el rubro “Venta de Comi-da Para LLevar”, en el inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 298.- Resolución Nº 234/16 - 21/09/16 Habilita a la Sra. LÓPES Jimena Judith, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Verdulería”, en el inmueble ubicado en calle Lucas V. Córdoba Nº 996.- Resolución Nº 235/16 - 03/10/16 Habilita al Sr. GARCÍA Julio César, para desarrollar actividad comercial en el rubro “Service de Artefactos de Gas”, en el inmueble ubicado en calle 24 de Sep-tiembre Nº 171.- Resolución Nº 236/16 - 03/10/16 Habilita a la Sra. VILLARREAL Jésica Belén, para desarrollar actividad comercial en el rubro

Page 17: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 17 de 46

Habilita a la Sra. ALTAMIRANO Carola, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Corredor Inmobi-liario”, en el inmueble ubicado en calle Av. del Liberta-dor Nº 1.290.-

Resolución Nº 263/16 - 26/10/16 Habilita al Sr. BRESCA Sergio Daniel, para desarro-llar actividad comercial en el rubro “Quiniela”, en el inmueble ubicado en calle Celestina M. de Agüero Nº 200.-

rrollar actividad comercial en el rubro “Confitería - Salón de Té - Servicio de Catering - Bar”, en el in-mueble ubicado en calle Gral. Mosconi Nº 281.- Resolución Nº 262/16 - 26/10/16

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

RESOLUCIONES DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS.- RESOLUCIÓN Nº 25/16 Visto: El Decreto Nº 571/16 del Departamento Ejecu-tivo elevado ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante; y CONSIDERANDO Que mediante el Decreto de referencia y de acuerdo a Dictamen de Asesoría Letrada, se establece como fecha de determinación del Acto, para fijar el momen-to en que es exigible el hecho imponible que debe abonar la firma Bybest S.A. y Tres Gracias S.A. por los derechos de estudio de planos y documentos, al momento de la presentación de los planos (Abril de 2014), momento desde el cual corresponde calcular los intereses; Que asimismo Asesoría Letrada aconseja que, a los fines de evitar cuestionamientos que podrían afectar derechos subjetivos del administrado, el decreto que dicte el Departamento Ejecutivo sea elevado ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante; Que habiendo analizado los fundamentos esgrimidos en el dictamen de Asesoría Letrada, habiendo realiza-do consultas con Secretaría de Economía, Dirección de Ingresos Públicos y asesores externos, se consi-dera que al no haber fijado la Ordenanza General impositiva el momento de configuración del hecho imponible, corresponde aplicar el criterio de Derechos de Oficina y por lo tanto el momento es el de presen-tación; Que evaluado los antecedentes y principalmente el dictamen de Asesoría Letrada por la Comisión de Hacienda emite despacho, aprobado por mayoría, en sesión ordinaria del día 26 de octubre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 0571/16 del De-partamento Ejecutivo en todos sus términos, de fecha 06 de julio 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 26/16 Visto: La nota presentada por el Conservatorio de Música “Manuel de Falla”, solicitando se declare de interés Cultural Municipal al 1er Festival de Piano clásico; y CONSIDERANDO Que el firme objetivo es generar un nuevo polo muni-cipal y cultivar el hábito por la música académica;

Que los promotores son la Prof. Ema Wall del Con-servatorio de Música Manuel de Falla y el pianista y docente de trayectoria internacional Orlando Millaá de Buenos Aires; Que es una gran posibilidad que tiene la Ciudad y toda la Región para disfrutar de la música para piano; donde confluyen jóvenes talentosos de todo el país para un verdadero jubileo musical; Que docentes y alumnos compartirán una intensa actividad musical durante las masterclases diarias y los conciertos nocturnos; Que dicho evento se realizara los días 18,19 y 20 de noviembre del corriente año; Que evaluado la nota por la Comisión de Turismo, Cultura y Deporte emite despacho favorable, aproba-do por unanimidad en sesión ordinaria del día 26 de octubre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLARESE de Interés Cultural Municipal al 1er Festival de Piano Clásico – Conservatorio de Música “Manuel de Falla” que se llevara a cabo los días 18, 19 y 20 de noviembre de 2016. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 27/16 Visto: La nota presentada Rotary Club Alta Gracia Tajamar, solicitando se declare de Interés socio Educativo Cultural a la presentación de la obra “Mujeres Bonitas”, y CONSIDERANDO Que este club lleva adelante, entre otros, el Proyecto “Solo la Educación Podrá Salvarnos” que consiste en Becar a los niños que egresan del nivel primario y comienzan el nivel secundario; Que desde comienzo de este año, nuestros primeros alumnos becados comenzaron el nivel universitario, por lo cual decidimos continuar con la beca hasta que finalicen este nivel; Que este evento se llevará a cabo el día 29 del co-rriente mes, a las 22 hs en Espacio Solares. Que evaluada la nota por la totalidad de los conceja-les, se resuelve por unanimidad aprobar lo peticiona-do, en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE

RESOLUCIÓN Nº 24/16 Visto: El Art. 33 de nuestra Carta Orgánica Municipal y el Proyecto “Reutilizacion de los Materiales Solidos en la Escuela ECO 6to” del Colegio Nuestra Señora de la Misericordia - Nivel Primario; y CONSIDERAN-DO Que en la fundamentación del mencionado Proyecto se expresa que “desde siempre las actividades del ser humano han producido residuos de uno u otro tipo, pero estos no siempre constituyeron un proble-ma como lo es hoy”; Que en esta misma fundamentación se propone que el Proyecto de Reutilización de Materiales Sólidos en la Escuela responda “a la necesidad de ofrecer a nuestros niños y niñas, experiencias significativas que les permitan desarrollar sus capacidades intelectuales y el fortalecimiento de sus valores, para el logro de su personalidad, con el mayor despliegue de su inteli-gencia y madurez, en el uso consciente de sus posibi-lidades, cuidando su salud y la transformación y conservación del medio ambiente”; Que entre los objetivos del Proyecto se pueden des-tacar la prevención, concientización y creación “en los escolares” de “una actitud crítica ante el cuidado y preservación del medio ambiente”, y la posibilidad de participar de los alumnos “fomentando la reutilización de los materiales, inculcando el interés por aprove-charlos y utilizarlos para otras funciones”; Que con el afianzamiento del proyecto en el tiempo, y con el aporte y la experiencia de alumnos, padres y docentes surgió la iniciativa de reutilizar residuos sólidos confeccionando con ellos otros objetos con un fin distinto con el que fueron creados, pasando de una instancia que se desarrollaba sólo en el ámbito escolar hasta la ocupación del espacio público, lo-grando así mayor visibilización y aumentando la posibilidad de impactar en la comunidad; Que es deber del Estado promover, apoyar y difundir proyectos educativos que estimulan los aprendizajes con espíritu crítico sobre los comportamientos huma-nos que degradan nuestro medio ambiente natural, y fundamentalmente aquellos proyectos que proponen acciones tendientes a disminuir los impactos negati-vos de tales comportamientos. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la Comi-sión de Turismo, Cultura y Deporte emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordi-naria del día 12 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLARESE de Interés Educativo Ambiental Municipal al Proyecto Ambiental Municipal “ECO 6to – Reutilización de los Materiales Solidos en la Escuela” del Instituto Nuestra Señora de la Misericordia – Nivel Primario.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.-

Page 18: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 18 de 46

en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 29/16 Visto: El expediente Nº 2020/2016, presentado por Andrés Tissera, solicitando declarar de Interés Muni-cipal IV Jornadas Provinciales de Derecho del Traba-jo; y CONSIDERANDO Que se llevara adelante el día viernes 11 de Noviem-bre de 2016, la IV Jornadas Provinciales de Derecho del Trabajo en el auditorio del colegio de abogados delegación Alta Gracia. Que es un evento profesional, y que el mismo contará con la presencia de Magistrados y Funcionarios Judiciales nacionales y de la provincia de Córdoba, como así también contarán con la presencia de 90 asistentes/ visitantes de distintas partes del país. Que evaluado lo solicitado por la Comisión de Turis-mo, Cultura y Deporte, emite despacho favorable aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal la “IV Jorna-das Provinciales de Derecho del Trabajo” a realizarse en la ciudad de Alta Gracia. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 30/16 Visto: El evento solidario que se llevará a cabo el próximo 13 de noviembre denominado “TODOS POR EMILIA”; y CONSIDERANDO Que las filiales de futbol de nuestra ciudad, Belgrano, Boca, Instituto, River y Talleres se han unido en una actividad solidaria para colaborar con el difícil mo-mento que atraviesa la familia de Emilia; Que Emilia es una pequeña que nació con una mal-formación en el diafragma que no le permite respirar bien y debe contar con un ambiente adecuado para poder ir a su casa; Que la familia no cuenta con medios por lo que, en una actividad solidaria de las filiales de futbol de nuestra ciudad se han unido y se encuentran organi-zando una gran pollada que llevarán a cabo el próxi-mo 13 de noviembre en frente del Club Deportivo Norte; Que se han sumado a la difusión del evento prestigio-sos medios de la provincia y del país, planteles de futbol a nivel nacional, periodistas como Tato Aguile-ra, deportistas que han trascendido las fronteras de nuestro país, entre ellos la Leona Soledad García, Facundo Chapur, piloto de TN y Super TC2000, los futbolistas Carlos Tevez, Marcelo Gallardo, Juan Carlos Olave, Guanchope Abila, Chino Zelarrayan, Guillermo Farré, Guido Herrera, Juan Ramírez y Nico Giménez entre muchos otros, lo que ha permitido que

el evento tuviera una amplia difusión; Que asimismo muchos comercios e industrias han brindado su apoyo con importantes donaciones, como así también la Municipalidad de Alta Gracia; esta noble causa. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 09 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal el evento solidario “UNIDOS POR EMILIA PEÑAS FILIALES Y AGRUPACIONES DE ALTA GRACIA” Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 31/16 Visto: La nota presentada por el Dr. Flavio José Molgara – ref conferencia sobre el tema “Tratamiento y Prevención de la Violencia de Genero; y CONSIDE-RANDO Que la conferencia sobre tratamiento y prevención de la violencia de género será dictada por la Dra. Silvia Graciela Soria D´Errico, presidenta de la Comisión Violencia de Género, Familiar y Sexual del Colegio de Abogados de Córdoba y la Dra. Bettina Graciela Croppi, fiscal de instrucción de violencia familiar de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba, Que la misma se llevará a cabo el día lunes 21 de noviembre del cte. año en el horario de 18:00hs a 20:00hs, en la sede, sita en calle Dr. Dino Carignani 37 de nuestra Ciudad; Que la misma se encuentra destinada a llevar conoci-miento a la población en general de una problemática tan compleja y actual de nuestra sociedad. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 16 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal a la confe-rencia sobre el tema “Tratamiento y Prevención de la violencia de Genero” a realizarse el día lunes 21 de noviembre en la delegación del colegio de abogados de cordoba, sita en calle Dr. Dino Carignani 37, Alta Gracia.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 32/16 Visto: Que el día 23 de noviembre se conmemora el día de la Defensa Civil Argentina; y CONSIDERAN-

Art.1: DECLÁRESE de Interés Socio Educativo Cultural a la presentación de la Obra “Mujeres Boni-tas” que se llevará a cabo el día 29 de octubre a las 22hs en Espacio Solares. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 28/16 Visto: Que este año la reconocida banda de jazz “Small Jazz Band” cumple 35 años de trayectoria, recreando el estilo musical de los primeros grupos de los años 20 en numerosas presentaciones locales, provinciales, nacionales e internacionales en países como Chile, España, Alemania, Estados Unidos, entre otros; Y CONSIDERANDO Que la “Small Jazz Band” comenzó su actividad a fines de 1981 en nuestra ciudad de Alta Gracia, desde donde se ha proyectado con su música e intérpretes locales hacia diversos escenarios del país y el extranjero; Que en sus 35 años de trayectoria la “Small Jazz Band” ha editado numeroso material discográfico, como el disco compacto “Harlem Joys" en 1994, primera producción realizada por un grupo de jazz del interior de Argentina, nominado por A.C.E. Asociación Cronistas del Espectáculo entre las cuatro mejores producciones de jazz de ese año; Que sus presentaciones en el exterior han sido decla-radas de Interés Cultural por la Secretaría de Cultura (Resoluc. Nº 349/2010) y la Agencia Córdoba Cultura S.E. de la Provincia de Córdoba (Resoluc. Nº 010/2012 y Nº 225/2014); Que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba mediante Declaración Nº 526/2011 nomi-nó a la “Small Jazz Band” con motivo de su trigésimo aniversario a recibir la estatuilla “Jerónimo” de la Municipalidad de Córdoba; Que la Legislatura de la Provincia de Córdoba me-diante Declaración Nº 18356/16 de fecha 12/10/16 ha declarado su beneplácito y reconocimiento por el 35º Aniversario de la “Small Jazz Band”; Que resulta oportuna y de suma relevancia proceder a su declaración de interés artístico y cultural por parte de este Honorable Concejo Deliberante, dado que esta banda con sus numerosas presentaciones en eventos locales como el Encuentro Anual de Colectividades, la Feria del Libro, el Festival de Jazz de Invierno, entre otros, se ha convertido en un au-téntico referente cultural del Jazz Tradicional en la ciudad de Alta Gracia y el país. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 09 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Artístico y Cultural Municipal las presentaciones realizadas por la “Small Jazz Band” con motivo de conmemorarse durante el presente año su 35 Aniversario.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese

Page 19: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 19 de 46

BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 33/16 Visto: Los premios recibidos por el Instituto EL OBRAJE en el marco del Programa de Innovación Social implementado por la Fundación Córdoba Mejora y el Premio a la Innovación Tecnológica de la Fundación Holcim Argentina; y CONSIDERANDO Que la Fundación Córdoba Mejora, tiende a propiciar espacios de diálogo y articulación entre distintos sectores para el diseño e implementación de políticas públicas sustentables, con proyección a largo plazo y fundamentalmente, capaces de generar una mejor calidad de vida e igualdad de oportunidades; Que, en este marco se involucran un número crecien-te de ciudadanos que, desde su rol en el sector em-presarial, se comprometen a participar activamente en los programas y acciones propuestos para este fin; Que con este objetivo desarrollan el Programa de Innovación Social, programa que se realiza para que los alumnos de distintos colegios creen soluciones innovadoras a problemas cotidianos de la comunidad y la ciudad, partiendo de analizar una problemática relacionada al medio ambiente, inclusión, inseguri-dad, entre otras, hasta armar una propuesta de solu-ción a la misma, todo ello en equipo, con la guía de profesores, mentores y la Fundación; Que participaron invitados alumnos del Instituto “El Obraje” de nuestra ciudad, quienes con su compromi-so y dedicación resultaron premiados en distintas categorías, así, los alumnos de 7° B obtuvieron el Primer Puesto con “Articulación Técnica”, un proyecto en el que unen dos colegios técnicos para realizar proyectos en común donde cada uno aporta su punto fuerte, intercambiando conocimientos entre los alum-nos con el objetivo de crear nuevos vínculos, adquirir experiencia, capacitarse en distintas áreas y ampliar la visión del título y una Mención Especial con el Proyecto Autentik, basado en la creación de una lapicera en la que la tinta contiene el ADN de su propietario, garantizando la legitimidad de las firmas del que la requiera, destinado a sectores que requie-ran que sus firmas alcancen un valor de seguridad óptimo; Que asimismo obtuvieron el Premio a la Innovación Tecnológica con el Proyecto “Alta Vista” presentado por alumnos de la especialidad construcciones, entre-gado por la Fundación Holcim Argentina en su rol de fomentar la construcción de una sociedad sostenible mediante la promoción y el fortalecimiento de las condiciones necesarias para que personas, grupos y comunidades puedan desarrollar todas sus potenciali-dades; Que este Proyecto constructivo se basó en la cons-trucción de torres bajo un sistema de cerramiento interno prefabricado, liviano, además con un sistema de parasoles móviles que generan una fachada dinámica generando un fluido ingreso de luz solar, resultando en un aporte para el ahorro de energía, además de ser un atractivo visual innovador, disminu-yendo notablemente los tiempos de construcción comparados con la construcción tradicional; Que el Instituto “El Obraje” es una institución educati-va de Alta Gracia con una larga y reconocida trayec-toria en la formación de egresados bien formados y sobre todo de personas de bien y siempre trabaja comprometida con la sociedad y en este caso en particular han desarrollado estos proyectos que han merecido el reconocimiento de las fundaciones men-

cionadas; Que las ideas en los concursos fueron evaluadas de acuerdo a su potencial de innovación, factibilidad, sostenibilidad e impacto social; Que este tipo de actitudes participativas y comprome-tidas deben ser destacadas y reconocidas por la sociedad toda. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 16 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal los premios obtenidos por el Instituto “EL OBRAJE” en el marco de los Programas de Innovación Social e Innovación Tecnológica implementados por la Fundación Córdo-ba Mejora y la Fundación Holcim Argentina.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 34/16 Visto: El Expediente Nº 445/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial Boleto gratuito Obrero Social – Empresa de Transporte Martínez; y CONSIDERANDO Que por Decreto Provincial N° 272/15 se ha creado el Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social, destinado a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas de bajos recursos y quienes circuns-tancialmente se encuentren en situación de desem-pleados, beneficiando en forma directa a todos aque-llos ciudadanos que diariamente contribuyen con su esfuerzo en su trabajo a que tengamos una mejor Provincia; Que mediante Decreto Nº 1266/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deli-berante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1266/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-

DO Que ese día fue establecido por decreto nacional Nº 1988 del 17/11/1981 en recuerdo de una de las mayores catástrofes ocurridas en el país: Terremoto de causete en la provincia de San Juan el 23 de noviembre de 1977. Que constituye un reconocimiento a quienes trabajan en silencio para aliviar el sufrimiento ajeno así como un estímulo en la ciudadanía, para la realización de acciones en defensa del bien común. Que en nuestra ciudad de Alta Gracia, por medio de la Ordenanza Nª 5390 en el año 2001 se crea la junta Municipal de Defensa Civil. Que el día 12 de diciembre de 2011, es nombrado como Coordinador General al Sr. Luis Luque, y como Jefe de Operativo el ex Crio inspector el Sr. Roberto Peralta, contando con un personal con Responsabili-dades internas integrado por 3 (tres), con 30 (treinta) ángeles negros. Asimismo disponen con una escuela de capacitación, con 15 aspirantes, y 12 aspirantes paramédicos. Que cuentan con un equipamiento de móviles, com-puestos por dos vehículos de transportes de perso-nal, un colectivo para evacuación, una camioneta de primera intervención y una motocicleta, todas con equipo de comunicación. Que las actividades que se realizan consisten en elaborar un conjunto de acciones tendientes a preve-nir, evitar, reducir y reparar los efectos adversos que puedan ocasionar daño a la población ya sea natura-les o por acción del hombre, las que derivan en pla-nes estratégicos para dar respuesta adecuada a dichos siniestros. Que se elaboran inspecciones en canales de desa-güe pluvial, árboles de grandes envergaduras, enjam-bres de insectos peligrosos, caída de columnas de servicios públicos, perdidas de gas en rotura de caños maestros, y asimismo prestan su servicio en grandes eventos que se desarrollan en nuestra ciu-dad (procesión de la gruta, colectividades, 24 de septiembre, quinchos, etc.) Que cuentan con equipos profesionales capacitados, en paramédicos (17 efectivos, 12 en curso), búsque-da en rescate en altura, equipo montados, equipo de aplicación contra dengues e insectos peligrosos, equipo pedagógicos, equipo de apicultura, radio operadores. Asimismo mantiene convenios con priva-dos para los servicios de helicópteros y drones. Que tienen asistencia de técnica de profesionales en medicina, seguridad e higiene, técnico en seguridad pública, y guía turística. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 16 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal el día 23 de noviembre día de la Defensa Civil Argentina, y reco-nocer la labor de la Defensa Civil de nuestra ciudad.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-

Page 20: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 20 de 46

Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1264/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 37/16 Visto: El Expediente Nº 446/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial boleto gratuito al Adulto Mayor – Empresa Transporte Good Travel Tours SRL; y CONSIDERANDO Que por Decreto N° 1990/15 se ha creado el Régi-men de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor, destinado a personas de la Tercera Edad, entendién-dose hombre mayores de sesenta y cinco (65) años y mujeres mayores de sesenta (60) años, con domicilio real en la provincia de Córdoba, que utilicen los servicios de transporte urbanos e interurbanos de pasajeros habilitados por las Autoridades respectivas; Que mediante Decreto Nº 1265/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de Córdo-ba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1265/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 38/16 Visto: El Expediente Nº 477/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial Boleto Obrero Social– Empresa Transporte Automotor Garay SRL y Francisco Garay; y CONSIDERANDO

Que por Decreto Provincial N° 272/15 se ha creado el Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social, destinado a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas de bajos recursos y quienes circuns-tancialmente se encuentren en situación de desem-pleados, beneficiando en forma directa a todos aque-llos ciudadanos que diariamente contribuyen con su esfuerzo en su trabajo a que tengamos una mejor Provincia; Que mediante Decreto Nº 1261/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deli-berante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1261/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 39/16 Visto: El Expediente Nº 476/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial boleto al adulto mayor – Empresa Transporte Automotor Garay SRL y Francisco Garay (transporte); y CONSIDE-RANDO Que por Decreto N° 1990/15 se ha creado el Régi-men de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor, destinado a personas de la Tercera Edad, entendién-dose hombre mayores de sesenta y cinco (65) años y mujeres mayores de sesenta (60) años, con domicilio real en la provincia de Córdoba, que utilicen los servicios de transporte urbanos e interurbanos de pasajeros habilitados por las Autoridades respectivas; Que mediante Decreto Nº 1260/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de Córdo-ba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1260/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016

BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 35/16 Visto: El Expediente Nº 445/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial Boleto Gratuito al Adulto Mayor – Empresa Transporte Auto-motor Martinez; y CONSIDERANDO Que por Decreto N° 1990/15 se ha creado el Régi-men de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor, destinado a personas de la Tercera Edad, entendién-dose hombre mayores de sesenta y cinco (65) años y mujeres mayores de sesenta (60) años, con domicilio real en la provincia de Córdoba, que utilicen los servicios de transporte urbanos e interurbanos de pasajeros habilitados por las Autoridades respectivas; Que mediante Decreto Nº 1267/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de Córdo-ba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1267/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 14 de Octubre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 36/16 Visto: El Expediente Nº 446/I/16, iniciado por Aseso-ría Letrada – Convenio régimen Provincial boleto gratuito Obrero Social – Empresa Transporte Good Travel Tours SRL; y CONSIDERANDO Que por Decreto Provincial N° 272/15 se ha creado el Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social, destinado a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas de bajos recursos y quienes circuns-tancialmente se encuentren en situación de desem-pleados, beneficiando en forma directa a todos aque-llos ciudadanos que diariamente contribuyen con su esfuerzo en su trabajo a que tengamos una mejor Provincia; Que mediante Decreto Nº 1264/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión al Régimen de Provisión del Bole-to Obrero Social de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deli-berante. Que evaluado el Expediente por la Comisión de

Page 21: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 21 de 46

Provincia de Córdoba.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-

elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Gratuito al Adulto Mayor de la Provincia de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la

parlamentaria. Art. 4°:PROCEDIMIENTO a) El Viceintendente, como presidente del Concejo Deliberante, es el quien tiene competencia sobre todo lo relacionado a la Página Web del Concejo Delibe-rante de la Ciudad de Alta Gracia. Tendrá a su cargo la habilitación y actualización permanente, como así también las mejoras que se propongan sobre la mimas. b) Dispondrá de personal para llevar adelante las tareas operativas de recolección de información, redacción, edición, fotografía, carga de noticias, como así toda actualización mejoras que se le deba hacer al sitio web. c) El Concejal que necesite cobertura de alguna actividad que se lleve adelante y que se ajuste a los objetivos y contenidos comunicacionales de la pre-sente herramienta institucional, deberá preveer infor-mar de la misma con la debida antelación (24 horas) al Viceintendente para programar la realización de la misma. d) En caso de no encontrarse el Viceintendente dicha tarea la llevará adelante el Secretario Legislativo. Art.5:PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Decretos y archívese.- DECRETO Nº 09/16 - 30/11/16 Visto: El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Concurso Público de Ofertas

“Para la Concesión del Predio Denominado Pileta Olímpica, que incluye: Pileta, Camping, Buffet, Quin-cho y Proveeduría Bases y Condiciones” ;y CONSI-DERANDO Que la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 93 inc 7 el mecanismo de doble lectura para el tratamiento de este tipo de Ordenanzas; Que se les dio ingreso en primera lectura, por lo que corresponde convocar a Audiencia Pública a las personas o instituciones interesadas en su discusión, todo de acuerdo a lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal. EL VICEINTENDENTE PRESIDENTE DEL HONO-RABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art.1: CONVOCAR a Audiencia Pública para el día martes 06 de diciembre de 2016, a la hora 09:00, en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deli-berante, Belgrano 15 – Planta Baja - a fin de tratar el siguiente tema: Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Concurso Público de Ofertas “Para la Con-cesión del Predio Denominado Pileta Olímpica, que incluye: Pileta, Camping, Buffet, Quincho y Proveedu-ría Bases y Condiciones”. Art.2: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Decretos y archívese.-

DECRETO Nº 08/16 - 15/11/16 Visto: El Reglamento de uso de Página web del Concejo Deliberante de Alta Gracia; y CONSIDE-RANDO Que el presente reglamento tiene como fin normatizar el uso y publicación de los contenidos e imágenes de la página web oficial del Concejo Deliberante de la ciudad de Alta Gracia. EL VICEINTENDENTE PRESIDENTE DEL HONO-RABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art.1°: EL Dominio de la página web de la ciudad de Alta Gracia es la que tiene como dominio www.concejodeliberanteag.gob.ar. Art.2°:DEFINICIÓN esta web es una herramienta de comunicación Institucional del organismo parlamenta-rio de la ciudad. En tal sentido la información a publi-car debe reflejar las actividades y acciones previstas en el ámbito de su competencia como información pública, entendiendo ésta que deber ser sin contenido publicitario, ni de parcialidad político/partidario. Art.3°: CONTENIDOS a) Registro de Labor Parlamentaria del Cuerpo: horarios y temario de Sesiones, Concejos de Comi-sión, Reuniones de las Comisiones, Convocatoria a Audiencias Públicas, comunicación de la sanción de nuevas Ordenanzas, Resoluciones y Declaraciones.- b) Registro de Autoridades del Concejo Deliberante. c) Información de los distintos Bloques Parlamenta-rios y Concejales, datos personales y producción

DECRETOS

ORDENANZAS el Departamento Ejecutivo, adjunto al Expediente 1415/16 la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordi-naria del día 21 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: CANCELAR la deuda que en concepto de Obra de Pavimento mantiene con el Municipio la Cuenta Nº 03127 a nombre de Luis Alfonso Hourgras.-

Art.2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a recibir el cuadro ofrecido por el Sr. Juan Luis Hourgras, el que deberá inventariarse como patrimo-nio de este Estado Municipal.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.302 Visto: El Expediente N° 2158/15 – Iniciado por la Sra.

Nora Victoria Páez – Eximición de Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00008797 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016 Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.303 Visto: El Expediente N°2746/14 – iniciado por la Sra. Palacios María Amelia – Solicita plan de pago – Ref.: multa por malezas de inmuebles; y CONSIDERANDO Que solicita la posibilidad de autorizar un plan de cuotas a los fines de abonar la multa aplicada por el Tribunal de Faltas por incumplimiento de mantener su

ORDENANZA Nº 10.301 Visto: El Expediente Nº 1415/16 iniciado por el Sr. Juan Luis Hourgras; y CONSIDERANDO Que mediante el expediente de referencia el Sr. Juan Luis Hourgras, hijo de nuestro querido Luis Hourgras, solicita se vea la posibilidad de saldar la deuda que en concepto de pavimento mantiene con el Municipio un inmueble propiedad de su padre, con la entrega de un cuadro; Que hace mención que antes de fallecer su padre puso a disposición de la municipalidad un cuadro para cancelar la deuda iniciando las conversaciones a tal fin pero no pudiendo concretar el trámite; Que, consultada la Dirección de Ingresos Públicos la misma informa que a nombre del Sr. Luis Alfonso Hourgras se encuentran dos obras de pavimento, una que no registra deuda y otra, la Cuenta Nº 03127, que posee deuda; Que para este estado Municipal es un honor contar con un cuadro más de tan prestigioso artista, que vivió en nuestra ciudad, eligiéndola como su lugar en el mundo y haciéndonos sentir orgullosos de tenerlo entre nosotros. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por

Page 22: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 22 de 46

Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.306 Visto: El Expediente N° 2454/14 – iniciado por la Sra. Scurti Gisela; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 13561 de la Tasa de construcción en un 50% del total de la deuda y el saldo restante abonar sin intereses en cuotas de$300.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.307 Visto: El Expediente N° 1965/15 – iniciado por el Sr. Silva David Sebastián; y CONSIDERANDO Que se solicita la eximición de la deuda por pago de multa y estadía del motovehículo secuestrado, según acta N°1093 de fecha 17 de abril de 2015; Que del estudio socioeconómico realizado indica que la solicitante no cuenta con recursos para afrontar dichos gastos. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al motovehículo Dominio 717GCL del pago de la Tasa por estadía generado por la infrac-ción cometida según Acta Serie A 1093 que consta a Fs.2 del presente expediente. Art.2°: ABONAR $300 (pesos trescientos) por mes hasta finalizar el pago por la multa ocasionada sin intereses. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.308 Visto: El Expediente N° 116/16 – Iniciado por la Sra. López María de las Mercedes – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00009277 en un (50%)sobre la cuota actual que en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad mantiene con el Municipio Art.2°: POR cada cada cuota que pague en término eximir cuatro de la deuda por el término de un año desde la promulgación de la presente ordenanza. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.309 Visto: El Expediente N° 683/16 – Iniciado por la Sra. Díaz Ana María – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00000972 que en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad mantiene con el Municipio, Art.2°: POR cada cada cuota que pague en término eximir cinco de la deuda. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.310 Visto: El Expediente N° 724/16 – Iniciado por la Sra. Santamaría María Fernanda – Eximición de Tasa por Servicio a Cementerios – Parcela La Paloma; y CON-SIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°p00121 que en concepto de Tasa por Servicios a Cemente-rios mantiene con el Municipio.- Art.2°: POR cada cada cuota que pague en término eximir dos de la deuda. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS

propiedad limpia y desmalezada en todo de acuerdo a lo establecido por las Ordenanzas N° 1108,3335 y 9230; Que la solicitante se encuentra con una difícil situa-ción económica; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de sep-tiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pago en cuotas a valores históri-cos y sin intereses que corresponde a la multa (pesos cuatro mil cuatrocientos ochenta) $4.480 más el desmalezado (pesos siete mil cuatrocientos) $7.400.- Art.2°: FIJAR una cuota de (pesos doscientos )$200 por mes Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.304 Visto: El Expediente N° 1795/16 – Iniciado por el Sr. Mario Gabriel Giorgio – Eximición de Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00005326 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.305 Visto: El Expediente N° 414/11 – Iniciado por el Sr. Eugenio Adán Liendo – Eximición de Tasas por Servicios a la propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00029512 de la deuda que en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad mantiene con el Municipio en un 100% desde el año 2014 hasta finalizar el año 2016. Art.2°: APLICAR los beneficios de la Ordenanza N° 8953. Art. 2.- Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.-

Page 23: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 23 de 46

ORDENANZA Nº 10.314 Visto: El Expediente N° 1258/14 – Iniciado por la Sra. María del Carmen Bustos – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00005927 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.315 Visto: El Expediente N° 663/14 – iniciado por la Sra. Lucero Ester del Rosario – Eximición Tasa Obra de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR a la titular de la Cuenta N° 03033 Tasa por Obras de Pavimento a pagar cuotas de $300 (pesos trescientos) por mes sin intereses, hasta cubrir la deuda correspondiente.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN0 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.316 Visto: El Expediente N° 2579/14 – iniciado por la Sra. Fontenla Cecilia Laura – Eximición Tasa Obra de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR a la titular de la Cuenta N° N° 85902 Tasa por Obras de Pavimento a pagar cuotas de $500 (pesos quinientos) por mes sin intereses, hasta cubrir la deuda correspondiente.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.317 PUBLICADA EN BOLETÍN OFICIL Nº 228.- ORDENANZA Nº 10.318 Visto: El Expediente N° 1013/13 – Perez y Escribano Mercedes– Habilitación Comercial; y CONSIDERAN-DO Que la solicitante se dedica a la venta y fabricación

de productos de panadería y pastelería, con cafetería y autorización para uso de vereda con mesas y sillas; Que solicita la habilitación del comercio sito en calle Lucas V. Córdoba N° 234 de nuestra ciudad por la vía de la excepción a los Art. 25, 26 y 59 de la Orde-nanza N° 2441, para el rubro Cafetería; Que las medidas del local no permiten la construcción de otro baño y solo hay cuatro mesas adentro y dos mesas afuera cuyo horario de atención es el de comercio de 8:00 a 13:00 hs y de 16:00 hs. a 21:00 hs. Que evaluado el expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTORGAR a la Sra. Mercedes Pérez y Escri-bano la eximición por la vía de la excepción a los Art. 25,26 y 59 de la Ordenanza N° 2441 para el rubro cafetería. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.319 Visto: El Programa Provincial “LO TENGO” y lo establecido en el Art. 79 inc. 10 de la Carta Orgánica Municipal; y CONSIDERANDO Que a los fines de poner en marcha el Programa Provincial Lo Tengo, en la Ciudad de Alta Gracia, con el objeto de que vecinos de la Ciudad, puedan tener mejores condiciones para acceder a lotes aptos para vivienda y con la infraestructura necesaria para gene-rar el hábitat, se instrumenta en conjunto con los Municipios y Comunas de la Provincia, la localización y adquisición de tierras necesarias para tal fin; Que la Municipalidad de Alta Gracia adquirió dos parcelas, con designación Catastral 31-06-01-03-01-491-001 y 31-06-01-03-01-491-002, con una superfi-cie total de 4.3953.83 m2 en Barrio Parque San Juan; Que la zona en cuestión se encuentra dentro de la zona Residencial Barrio Parque San Juan, donde el Art. N° 202 de la Ordenanza N° 8547, define como Uso Dominante al Uso Residencial Unifamiliar, Multi-familiar y Colectivo; Que a los fines de optimizarla tierra disponible y los costos por ejecución de la Infraestructura de Apertura de calles y ejecución de Cordón Cuneta, Provisión de Agua Potable, Energía Eléctrica y Alumbrado Público, se generaran Parcelas con Superficie Menores a las normadas; Que se labró Escritura Traslativa de Dominio por la compra de dichas Parcelas con fecha 12 de Septiem-bre de 2016; Que es menester contar con la autorización de Hono-rable Concejo Deliberante a los fines de proceder a la comercialización de los lotes referidos, de conformi-dad a lo establecido por el inc. 10 del Art. 79 de la Carta Orgánica Municipal;

MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.311 Visto El Expediente N° 1162/16 – Iniciado por la Sra. Villarreal Inés Rosa – Eximición de Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00009509 que en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad mantiene con el Municipio.- Art.2°: POR cada cada cuota que pague en término eximir cuatro de la deuda. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.312 Visto: El Expediente N° 1468/11 – Iniciado por el Sr.Díaz Fernando Horacio – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°000029645 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.313 Visto: El Expediente N° 196/16 – Iniciado por la Sra. Nora del Carmen Gómez – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°000026634 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio desde noviembre de 2015 hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Page 24: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 24 de 46

Art.2°: EXIMASE del pago de la Contribución que incide sobre los Automotores a todos aquellos excom-batientes conscriptos que intervinieron en el conflicto armado desatado en el Atlántico Sur en el periodo comprendido entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982.- Art.3°: DEROGUESE: la ordenanza Nº 4810 Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.321 Visto: El expediente 776/2016, iniciado por el Señor Yori Gerardo proyecto de ampliación de una posada (Posada de Ely) construyendo 1700 m2, con veintisie-te habitaciones con baño privado, comedor para cien personas, para acompañar el crecimiento turísti-co de la ciudad; Y CONSIDERANDO Que Además está proyectado construir una sala de reunión para cien personas con entrada independien-te y vinculada internamente con la posada; Que por el tipo de construcción aprobado se planea-ba excavar una profundidad de tres metros lo que no se realizó por la dureza del suelo, llegando a una profundidad de un metro veinte; Que se receptaron quejas de los vecinos por las vibraciones que provocaban las excavaciones sobre el sector por ser una gran piedra que como bien dicen los vecinos en la copa del cerro; Que de las inspecciones realizadas por la Secretaria de Infraestructura, dadas las características rocosas del suelo impiden que la planta del subsuelo donde se planean los estacionamientos se pueda realizar bajo la acera; Que evaluado el Expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho por mayo-ría, aprobado en general por unanimidad y en particu-lar por mayoría en Sesión Ordinaria del día 21 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR la construcción conforme a las observaciones realizadas a fs Nº 36 y 37 por el Área Obras Privadas y plano de proyecto y relevamiento de fs Nº 32, 33, 34 y 35, Ordenanza Nº 8547 sin el cumplimiento del Artículo 207, OCUPACIÓN DEL SUELO a) Fot: 1,03%, denominación catastral 01-01-140-001/024, RETIROS MINIMOS b) retiro lateral: 1,08 metros, ALTURA DE EDIFICACIÒN c) tres plantas (11,54 metros), superficie de la tercera planta no cumple con el 30% de superficie máxima que establece dicho artículo.- Art.2°: La Secretaria de Infraestructura arbitrara los medios paras que las obras a realizarse se realicen previo a tomar las medidas para mitigar las molestias a los vecinos colindantes como así también las medi-das para proteger y resguardar las construcciones existentes en los terrenos colindantes.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.322 Visto: Los expediente 1404/09, 1699/14, 1298/2015, iniciado por Ferrari Roque y sus sucesores, ( Apart Hotel Tierras Bajas), que con fecha 29 de junio del 2016, se sanciona la Ordenanza 10128, aprobando la excepción a la Ordenanza 8547, Articulo, 240, con-forme informe de la Secretaria de Infraestructura de la visación de fecha 23/11/15.- CONSIDERANDO Que el Secretario de infraestructura no requirió nueva visaciòn conforme a la documentación aportada por el solicitante, solamente agrego la visaciòn anterior realizada, manifestando que el error de dicha Secre-taria se debió a la forma que se refolio y se acumula-ron los expedientes por lo cual no se advirtió los nuevos planos presentados y por tal motivo no fueron debidamente visados; Que advirtiendo el error el Área Obras Publicas reali-za nueva previa con fecha 19 de Agosto del 2016, girando el expediente a la Secretaria de Infraestructu-ra conforme la nueva visaciòn de fs 247 y 248 consi-dera que es necesario sancionar una nueva ordenan-za para modificar la anterior; Que evaluado el Expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho, aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria del día 21 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Modificar el Artículo Nº 1 de la Ordenanza 10218, que quedara redactado de la siguiente forma: Autorizar la excepción conforme los índices urbanísti-cos que no se cumplen conforme visación de fs. 249 y 250: Articulo Nº 240 de la Ordenanza 8547, OCU-PACIÓN DEL SUELO a) Fos: 83.66% y Fot: 3.27%, número de plantas cuatro, altura de edificación 12.20 metros, exceptuar el cumplimiento de los articulo Nº175 al artículo 182 inclusive de la Ordenanza 8548.-

Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.323 Visto: El Expediente N° 1794/13 – iniciado por el Sr. Abeldaño Miguel Alfredo; y CONSIDERANDO Que solicita se autorice el pago por la Tasa de Dere-cho de Construcción de la Previa del Inmueble No-menclatura Catastral 03-01-295-18, Designación Oficial: Mz 25 – Lote 18 – Número de Cuenta Munici-pal: 10798; Que mediante Ordenanza N°10207 se le otorgó la eximición solicitada no consignando en la misma “sin intereses”; Que Dirección de Ingresos Públicos al detectar la omisión remite el Expediente al Departamento Ejecu-tivo para ser elevado al Concejo Deliberante para agregar la omisión en la Ordenanza N° 10207. Que evaluado el expediente por la Comisión de

Que las condiciones de ventas son dispuestas por el Gobierno Provincial, debiendo en su oportunidad, dictarse el Decreto Reglamentario correspondiente Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo por la Comisión de Legis-lación General emite despacho favorable, aprobado en general y en particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a enajenar en el marco del Programa Pro-vincial “LO TENGO” las parcelas propiedad de la Municipalidad de Alta Gracia con designación Catas-tral 31-06-01-03-01-491-001 y 31-06-01-03-01-491-002. Art.2°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a desarrollar en las Parcelas indicadas en el Art. 1 el loteo para ser afectado al Programa Pro-vincial “LO TENGO”. Art.3°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Gobierno de la Provincia de Córdoba el convenio para la implementación del Programa “LO TENGO” en la Ciudad de Alta Gracia. Art.4°: FACULTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar el Decreto Reglamentario corres-pondiente a los fines de dejar establecidas las condi-ciones de venta de los lotes reseñados cuando el Gobierno Provincial determine las mismas. Art.5°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.320 Visto: La Ordenanza 4810 que exige que los Vetera-nos de Guerra de Malvinas residentes en la Alta Gracia tenga que acreditar mediante un estudio socioeconómico, la dificultad para afrontar el pago de Tasa por Servicios a la Propiedad y exención de Contribución que incide sobre Automotores; y CONSI-DERANDO Que ese requisito vulnera el espíritu del legislador cuando pretendió realizar un acto de reparación histórica a aquellos ciudadanos que en su juventud debieron combatir en el conflicto armado desatado en 1982 en el Atlántico Sur para la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur: Que evaluado el Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque de U.P.C. por la totalidad de los conce-jales, queda aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMASE del pago de Tasa por Servicios a la Propiedad a todos aquellos excombatientes conscrip-tos que intervinieron en el conflicto armado desatado en Atlántico Sur en el periodo comprendido entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.-

Page 25: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 25 de 46

gravámenes que recaigan sobre la unidad adquirida establecidos por la ley de impuestos internos y sin pagar IVA. A su vez la Ley impone ciertas limitaciones, como que el beneficiario no debe ganar más de $8.000 mensua-les aproximadamente. Su grupo familiar conviviente no debe ganar más de $16.000 mensuales aproxima-damente, ni poseer bienes por más de 309.000 apro-ximadamente. Se debe tener imposibilidad o dificultad para viajar en transporte público de pasajeros. Tener el valor total en efectivo, el automotor debe ser stan-dard (el de menor valor en su categoría). Que la Ordenanza Nº9436 en su Art.195 inc.2 y la Ordenanza Tarifaria Nº10.138 en el Art.50 fija como valor límite de $238.000 el importe a que se refiere el inc.2 del Art.195 Cap.V, Título XII de la Ordenanza Impositiva N°9436. En tal entendimiento, y a prima facie, la normativa exige que el automotor se encuentre a nombre de la persona discapacitada, es una condición sine qua non, para que la exención se aplique, porque la ley protege al propio discapacitado, a los fines de que el mismo adquiera un vehículo sin pagar ciertos impues-tos. Asimismo, la misma Ordenanza en el Art. 80 Cap.IV, de la Tasa por Servicios a la Propiedad, en las exenciones subjetivas, no debe ser titular de otro inmueble, y pertenecer a cierto radio de ubicación para poder alcanzar la exención impositiva. Siguiendo la jurisprudencia de la Corte, que dice “Que es de aplicación constante el criterio conforme al cual las excepciones impositivas deben resultar de la letra de la ley, de la indudable intención del legislador o de la necesaria implicación de las normas que la esta-blezcan, y que fuera de esos casos corresponde la interpretación estricta de las cláusulas respectivas”. Coincide con ello Villegas cuando indica “que las normas que establecen exenciones y beneficios tributarios son taxativas y deben ser interpretadas en forma estricta”. La distinción la efectúa Carranza torres en los si-guientes términos: “el criterio de interpretación que se consagra en orden a la taxatividad de las exenciones y su interpretación estricta y literal, debe desenvolver-se sobre la base de que tal interpretación no debe ser restrictiva, sino estricta, buscándose el verdadero sentido y propósito de la norma, es decir por un camino razonable y discreto, no aferrándose a la consideración desaprensiva de la mera literali-dad ni prescindiendo de ella, sino aplicando un crite-rio lógico y sistemático que permita el logro efectivo de los fines perseguidos por el legislador. Es decir la ley protege a la persona discapacitada adquirente de un vehículo importado o nacional, para su uso personal, independientemente de que lo maneje ella misma adaptándolo a sus condiciones físicas, o tenga un conductor familiar o contratado para trasportarlo. En el presente caso que nos ocupa, el Sr. César Oscar Schafli, peticionante de la exen-ción de Tasa a la Propiedad Automotor, por su disca-pacidad, no es el titular del vehículo Dominio OQH 728, sino su esposa la Sra. María Eugenia Torres en un 100%, y además tampoco se cumplen los demás requisitos exigidos por la ley, en virtud de que el peticionante tiene dos propiedades a su nombre en B° El Golf, y del informe social de fs.9/10 surge que la esposa es docente con un ingreso mensual de $18.000, y el Sr. Schafli es empleado, no manifestan-do el importe de su salario. Por todo ello, esta Asesoría, entiende que con estos antecedentes, las ordenanzas aplicables al caso y la norma sobre discapacidad, debería rechazarse la

solicitud de exención del pago de la Tasa a la Propie-dad Inmueble, y de la Tasa al Automotor (patente) al Sr. César Oscar Schafli, en virtud de que el vehículo Marca Citroen Modelo 2856-Nuevo C3 1.6, Dominio OQH 728, cuya deuda se pretende eximir, no se encuentra registrado a nombre de la propia persona discapacitada (Sr. César Oscar Schafli), y en razón de que el mismo solicitante es a su vez titular de dos inmuebles ubicados en B° El Golf, contando así con ingresos y bienes patrimoniales que exceden los montos fijados por las leyes, no cumpliéndose los requisitos esenciales que exige la normativa vigente. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DENEGAR lo solicitado de eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad y automotor en función del dictamen de Asesoría Letrada. Art.2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a cobrar los impuestos de Automotor vehículo CITRO-EN C3 – Dominio QH 728 con el beneficio de adherir-se a la cuota única sin interés. Art.3°: LAS Cuentas N° 00002737 y 00010043 de Tasas por Servicios a la Propiedad con los beneficios de la Ordenanza N° 10138 en su Art 53 y sin intere-se, en el plazo de 30 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.325 Visto: El Expediente N° 2629/13 – iniciado por el Sr. Bustamante Darío Alejandro – Previa; y CONSIDE-RANDO Que solicita la rabaja en la Tasa de derecho de cons-trucción – Cuenta N° 29560; Que del informe socioeconómico surge que se trata de un grupo familiar nuclear; Que debido a dificultades económicas el solicitante se encuentra imposibilitado de afrontar con el pago del final de obra; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pagos por la Tasa de derecho de Construcción de la deuda que mantiene con el muni-cipio la Cuenta N° 29560 cuyo monto total es de (Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Dos c/ 90) $4472,90 de (seis) 6 cuotas sin intereses Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-

Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo al cobro de la Tasa de Derecho de Construcción de la previa del Inmueble Nomenclatura Catastral 03-01-295-18, Designación Oficial: Mz. 25 – Lote 18 – Número de Cuenta Municipal: 10798; en un 50% de descuento sin intereses y en un plan de 20 (veinte) cuotas de $500 (Pesos Quinientos), sin intereses Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.324 Visto: El Expediente N° 2651/15 – iniciado por el Sr. César Oscar Schafli - Exención de Tasa por Servicios a la Propiedad y pago de impuesto de automotor por discapacidad; y CONSIDERANDO Que solicita la eximición de la Tasa por Servicios a la Propiedad de las Cuentas N° 00002737 y N° 00010043; Que solicita la exención de pago del impuesto auto-motor del vehículo CITROEN C3 – Dominio 0QH 728, cuyo titular es la Sra. María Eugenia Torres, esposa del solicitante y utilizado para traslado y movilización del Sr.César Oscar Schafli, quien si acredita el certifi-cado de Discapacidad. Que consultada Asesoría Letrada emite dictamen donde a fs. 2 luce agregada una nota del Sr. César Oscar Schafli, solicitando la exención de la Tasa por Servicios a la propiedad de la Cta. 2737 y 10043 por dos lotes ubicados en B° El Golf de esta Ciudad, y exención de la Tasa sobre Automotores correspon-diente al vehículo Citroen Nuevo C3, Dominio OQH 728, cuyo titular es la Sra. María Eugenia Torres, esposa del peticionante. Que a fs.3 obra Certificado de Discapacidad del Sr. César Oscar Schafli, con un diagnóstico por anormali-dades de la marcha y de la movilidad, Paraplejía Espástica, Fracturas múltiples de Columna Cervical. A fs. 6/7 obra estado de deuda de dos inmuebles propiedad del Sr. César Oscar Schafli, ubicados en B° El Golf de esta ciudad. Que a fs.23 se encuentra glosado o acreditado el Dominio del vehículo, en donde consta que la titular de dominio del rodado en un 100% es la Sra. María Eugenia Torres, esposa del Sr. César Oscar Schafli. A fs.7 vta. se encuentra glosado el informe de la Dirección de Ingresos Públicos el cual expresa que el solicitante posee dos propiedades, y un vehículo a nombre de la Sra. Torres, María Eugenia, y cuyo valor supera el monto mínimo establecido en las ordenanzas vigentes. Entrando de lleno al análisis de la cuestión traída a esta Sede, podemos decir que La Ley Nacional 19.279 en su Art.3 Inc.b) establece el beneficio para que una persona discapacitada adquiera un vehículo automotor, de industria nacional con exención de los

Page 26: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 26 de 46

ta que linda con Mz P y ex – confitería Tobruk con una superficie total de 10 ha. 8232 m2 y que según datos de la Municipalidad de Alta Gracia se encontra-ría inscripto a nombre de la Compañía de Tierras y Hoteles de Alta Gracia S.A al Nº 27-Fº 21-Aº 1910; Que surgiendo una diferencia en la superficie entre lo establecido en la Ordenanza y el Croquis acompaña-do a la misma que dice 9 ha, el entonces Int. Audino Vagni aclara que la superficie aproximada a tasar es de 9 hectáreas; Que la tasación fue realizada por las 9 has. no con-cretándose el trámite de expropiación; Que mediante Exp. Nº 251/03 del 7/02/03 iniciado por Alta Gracia Golf Club solicita la visación de 2 previas que se adjuntan al expediente y al emitir informe Catastro dice que la mensura de posesión de la superficie 10.382,72 m2 que se pretende visar, ocupa parte del Parque García Lorca, adjuntando copias del parcelario 1-1-912-1 y croquis del predio del parque indicando cuál parte corresponde al Parque García Lorca; Que durante la tramitación del expediente antes mencionado la Municipalidad de Alta Gracia inicia, ante el Juez de la quiebra de la compañía de Tierras y Hoteles, el pedido de adquisición directa del bien todo conforme a lo previsto en los arts. 11 y 14 de la Ley Provincial Nº 6394 (Prov. de Cba.) que reproduce el art 13 de la Ley Nacional Nº 21449 que posibilita la concertación directa con el propietario del bien a expropiar; Que ante este pedido y existiendo oferta de precios por parte de la Municipalidad de Alta Gracia, el Juez de la Quiebra, Dr. Ángel Sala, corre vista al sindico de la quiebra quien valora la situación del bien declara-do de Interés Público y Sujeto a Expropiación, el monto ofrecido y toma como descripción del bien la establecida en la Ordenanza Nº 1810 que dice que el bien a expropiar linda al Norte con Mz. P y ex – confi-tería Tobruk y considera que el monto propuesto por la Municipalidad de Alta Gracia resulta acorde con el que podría obtenerse en una subasta pública; Que atento a ello, la Municipalidad de Alta Gracia, una vez resuelta la cuestión en la quiebra de la com-pañía de Tierras y Hoteles, abona el precio estableci-do adquiriendo el bien; Que en función de lo expuesto y ante la solicitud del Alta Gracia Golf Club del pedido de la visación de un plano de mensura (Exp. Nº 251/03) el entonces Asesor Letrado emite dictamen diciendo que las superficies cuya posesión se pretende, se encuentran incluidas en la mayor superficie declarada Parque García Lorca de propiedad de la Municipalidad de Alta Gracia afectada al dominio público Municipal y adquirida mediante Sentencia de adjudicación definiti-va de fecha 11/05/04 Secretaria Nº 28 del Poder Judicial de la Nación en autos “Compañía de Tierras y Hoteles Alta Gracia S.A S/ Quiebra S/ Incidentes de subastas (Bienes sitos en Cba. ), por lo que consi-dera que resulta inviable la visación previa solicitada; Que tal decisión es notificada al Alta Gracia Golf Club y mediante Expte. Nº 894/05 el Presidente del Alta Gracia Golf Club y el ing. Agrimensor consideran equivocado el dictamen realizado argumentando tener la posesión del bien por más de 20 años en forma pública y pacifica; Que Asesoría Letrada emite nuevo dictamen median-te el cual reconoce la actividad desplegada por el Alta Gracia Golf Club tendiente a configurar derechos posesorios sobre parte de las fracciones detalladas

en plano (fs.3 Expte. Nº 251/03 ) donde se levanta un edificio destinado a explotación gastronómica con lugar para estacionamiento de autos, habilitado por el Municipio, no así sobre “la cuña” que con dirección sur se introduce en el Parque García Lorca y hace algunas precisiones sobre bienes del dominio público o del dominio privado (dictamen Nº 35- Fs. 24-25 Exp. Nº 251/03) concluyendo que, teniendo en cuenta la existencia de una cuestión potencialmente litigiosa con una institución del medio, la resolución final escapa al asesoramiento técnico para adentrarse en resoluciones basadas en criterios de oportunidad, necesidad o conveniencia propios de las autoridades que deben resolver en definitiva y sugiere remitir las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante a los fines expuestos; Que actualmente se han mantenido conversaciones con autoridades del club y con el fin de lograr arribar a un acuerdo que beneficie tanto a la cuidad como al club, institución con muchos años de historia y trayec-toria, se cree conveniente reconocer la actividad desplegada por el Alta Gracia Golf Club tendiente a configurar derechos posesorios sobre parte de las fracciones detalladas en plano (fs.3 Exp. Nº 251/03 ) donde se encuentra un edificio destinado a explota-ción gastronómica y que fuera habilitado por el Muni-cipio en distintas oportunidades, al norte de calle F .García Lorca, asi como la parte utilizada como estacionamiento; Que a tal efecto y conforme a la intención del legis-lador al sancionar la Ordenanza Nº 1810 que excluye ese sector en la Declaración de Interés Público y al dictamen de Asesoría Letrada Nº 35, se advierte una actividad desplegada por el Alta Gracia Golf Club tendiente a configurar derechos posesorios sobre parte de las fracciones detalladas en el plano (fs. 03 Expte Nº 251/03) donde se encuentra un edificio destinado a la explotación gastronómica y un lugar de estacionamiento y que fuera habilitado por el Munici-pio en distintas oportunidades, al norte de calle F. García Lorca; Que se ha realizado un nuevo relevamiento del sector a fin de determinar la cantidad de hectáreas que posee efectivamente el Parque García Lorca confor-me con la intención original de la declaración de Utilidad Pública coincidiendo con lo allí establecido sin incluir el sector de ocupación del Alta Gracia Golf Club; Que por lo expuesto y conforme a dictamen de Ase-soría Letrada Nº 081/16 coincidente con Dictamen Nº 35 del 19/07/05, se considera conveniente, remitir las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante a fin de que se autorice la suscripción de un convenio con el Alta Gracia Golf Club que deje claramente estable-cido cuál es la fracción poseída por la Institución y con el fin de ser presentado en las actuaciones judi-ciales que el Alta Gracia Golf Club tiene iniciadas con el objeto del reconocimiento de esa posesión a fin de evitar litigiosidades con el Estado Municipal; Que se hace necesario además realizar el respectivo plano de mensura unión y subdivisión de ambas porciones de terrenos, para poder delimitar y aprobar las nuevas posesiones como sus respectivas nomen-claturas.- Que evaluado el proyecto de Ordenanza adjunto al Expediente 251/03 por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de sep-tiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON

se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.326 Visto: EL Expediente 1254/16 iniciado por el Sr. Veronesee Jorge Omar; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: MODIFICAR la Ordenanza 10249 en su Art. 1 donde dice: “Cuenta N° 00001493” debe decir: “Cuenta N°4989” Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.327 Visto: El Expediente N° 2418/15 – iniciado por la Sra. Benavides Gabriela Alejandra – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POR cada cuota actual abonada en término eximir cinco cuotas de la deuda que a la fecha de promulgación de la presente mantiene con el munici-pio el inmueble - Cuenta 00003690. Art.2°: LA falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el beneficio otorgado. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.328 Visto: La Ordenanza Nº 1810 que en su momento declaró de Interés Público y Sujeto a Expropiación el hoy denominado Parque García Lorca; y CONSIDE-RANDO Que en el año 1987 se declara de utilidad pública la fracción 10 circ. 1, secc. 1 Quinta Anchorena y se establece en su delimitación que linda al Norte con Mz. P y ex confitería Tobruk de Bº El Golf; Que mediante Expediente Nº 0041-02432/88 de 1988 se inicia el proceso de Tasación del inmueble Quinta Anchorena propiedad de Tierras y Hoteles de Alta Gracia delimitado al Sur por Av. Carlos Pellegrini, al Oeste por Camino al Valle Buena Esperanza, al Este calle F. García Lorca y al Norte una poligonal descrip-

Page 27: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 27 de 46

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.331 Visto: El Expediente N° 1322/16 – iniciado por la Sra. Ervidia Gisela – Eximición Tasa de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pago de (doce) 12 cuotas de (Pesos Tres Mil)$3.000 en concepto total de la deuda que mantiene con el municipio de la cuenta N° 02951 a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Art.2°: LA falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el presente beneficio. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.332 Visto: El Expediente N° 2564/13 – iniciado por la Sra. Leyton Marta Zulema – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad y Tasas de Automotor; y CONSIDE-RANDO Que solicita la eximición de la deuda de Tasa por Servicios a la Propiedad correspondiente al inmueble - Cuenta N° 00002987 y Tasas de Automotores – Cuenta N° CIB486; Que el esposo de la solicitante presenta graves problemas de salud, según certificado médico de fs.9; Que en estos momentos sus ingresos son muy esca-sos, que le impiden cubrir sus necesidades básicas. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 00002987 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.2°: EXIMIR la Tasa de Automotores – Cuenta N° CIB486 de la deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-

BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.333 Visto: El Expediente N° 713/11 – iniciado “B y S Envases de Papel S.R.L.” – Solicitud de Eximición; y CONSIDERANDO Que dicho instrumento administrativo es iniciado por el Sr. Jorge Alberto Olivero, D.N.I Nº 14.256.364 en su calidad de Socio Gerente de B. y S. ENVASES DE PAPEL S.R.L. solicitando eximición del pago de Tasa por Servicios de Inspección General e Higiene registrado bajo el Legajo Nº 10471, rubro 34000-03, fabricación de envases de papel y cartón con alta el día 26 de Abril de 2011; Que mediante nota obrante a Fs.12 el solicitante manifiesta que es un emprendimiento absolutamente familiar, el que ha requerido un importante y prolon-gado esfuerzo a los fines de contar con los conoci-mientos técnicos, adquisición de maquinarias e insu-mos para su puesta en funcionamiento; Que la actividad, habilitada oportunamente por Reso-lución Nº 0112/11 de Secretaría General y Coordina-ción Administrativa de fecha 13 de Mayo de 2011, en la actualidad después de cinco años, la empresa ha incorporado tres máquinas y se ha incrementado el personal de tres a quince personas. Además se ha construido un galpón, se han renovado vehículos y se ha adquirido un camión Ivecco, lo que nos permitió solucionar problemas de logística y así poder vender nuestros productos a todo el país; Que siempre ha sido intención de este Estado Munici-pal facilitar la instalación de industrias en nuestra Ciudad, máxima si se trata de empresas locales y en particular emprendimientos familiares; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la sociedad “B y S ENVASES DE PAPEL S.R.L., Legajo N° 10471, rubro 34000-03, fabricación de envases de papel y cartón con alta el día 26 de abril de 2011, Resolución N° 0112/11 de Secretaría General y Coordinación Administrativa de fecha 13 de mayo de 2011, en un CIENTO POR CIENTO (100%) del pago de la Tasa por Servicios de Inspección General e Higiene desde la promulgación de la presente y por el término de cinco años. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.334 Visto: La Ordenanza Nº 10247 autorizando una operación de Leasing con Nación Leasing; y CONSI-DERANDO Que mediante la Ordenanza Nº10247 se autorizó al Departamento Ejecutivo a tramitar ante Nación Lea-sing S.A. una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de camiones,

FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio con el Alta Gracia Golf Club a fin de delimitar claramente la fracción sobre la cual el Alta Gracia Golf Club ejerce una posesión publica y pacífica en el sector norte de la calle García Lorca ( ex confitería Tobruk y lugar de estacionamiento), conforme a croquis que se adjunta, debiendo realizar el club nuevo plano de mensura, unión y subdivisión en el expediente Nº 251/03 desistiendo de la visación de previa para posesión que dio origen al mismo debiendo quedar expresamente establecida dicha voluntad en el convenio respectivo.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.329 Visto: El Expediente N° 805/16 – Iniciado por el Sr. Monzo German Héctor – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad - Posesión; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la Cuenta N° 00011494 de la Tasa por Servicios a la Propiedad deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.330 Visto: El Expediente N° 593/14 – iniciado por la Sra. Garrido Marta – Eximición Tasa de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pago en cuotas de (Pesos Tres-cientos) $300 de la deuda que mantiene con el muni-cipio la Cuenta N° 00009335 sin intereses hasta cubrir el total de la deuda por la Obra de Pavimento a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Art.2°: LA falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el presente beneficio. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.-

Page 28: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 28 de 46

Que Secretaria de Infraestructura considera necesa-rio hacer una modificación a la Ordenanza Nº 8547, no sustancial ya que no modifica las bases funda-mentales de este código sino que se considera que ha sido omisión involuntaria del legislador; Que el art. 121 de la Ordenanza 8547 establece la clasificación, limitaciones y requisitos en particular del uso servicios definiendo lo que comprende al decir que: “….comprende el conjunto de actividades desti-nadas a la atención de necesidades con prestación directa o a través de intermediarios incluyendo los servicios públicos y los privados en sus distintas escalas”; Que el mencionado artículo posee incisos según el siguiente detalle: Servicios Básicos y Generales; Servicios Centrales, Servicios Recreativos; Servicios Fúnebres; Servicios de Seguridad; Servicios del Automotor; Transporte y Comunicación; Depósitos; Servicios Industriales; Infraestructuras Urbanas. Estableciendo en cada caso distintas subclasificacio-nes y fijando requisitos y limitaciones; Que a partir del Título III define las Zonas normativas, Ejes normativos y Precintos normativos (Artículos 175 y siguientes); Que a partir del art. 190 que inicia el tratamiento de cada zona normativa, va en cada una, estableciendo los usos del suelo definiendo los usos dominantes, usos complementarios, usos condicionados y culmina en todas las zonas con USOS NO PERMITIDOS expresando que “no se admiten el resto de los usos habitacionales, comerciales, de servicios, equipa-mientos y productivos normados en el Capítulo III sobre los usos del suelo, de las disposiciones genera-les”; Que Secretaría de Infraestructura ha detectado que en ninguna de las zonas existe como permitido el Uso Infraestructuras Urbanas ya que en todas las zonas al final se encuentra la leyenda de USOS NO PERMITI-DOS con los alcances expresados en el considerando anterior; Que esto estaría imposibilitando la construcción de cualquier obra de infraestructura dentro del ejido urbano lo que aparejaría una imposibilidad de creci-miento y desarrollo de la ciudad; Que entendiéndose que esta ha sido una omisión involuntaria, se considera necesario realizar una modificación de la Ordenanza 8547 que no altera las bases fundamentales de este código y que permita incorporar como USO CONDICIONADO el inc. J del art. 121 en todas las zonas; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: INCORPORASE en los artículos comprendi-dos dentro del TITULO III – DISPOSICIONES ESPE-

CIALES, Capitulo II - Disposiciones Especiales para las Zonas Normativas, artículos 190 al 228 inclusive; Capitulo III Disposiciones Especiales para Ejes Nor-mativos, artículos 229 al 247 inclusive y Capitulo IV, Disposiciones especiales para Precintos Normativos artículos 248 al 262 inclusive, como Usos Condiciona-dos el inc. J del art. 121 Infraestructuras Urbanas, con los requisitos y limitaciones establecidos en el mismo artículo.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.336 Visto: El Expediente Nº 1011/2011 y Expediente Acumulado Nº958/I/2012 iniciado por las Empresas “Francisco Garay “ y “Transporte Automotor Garay SRL”; y CONSIDERANDO Que a fs. 161 las Empresas peticionarias con fecha 13 de septiembre de 2016 solicitan entre otros consi-derandos, un nuevo pedido de aumento de la tarifa del boleto del Transporte Urbano de la Ciudad; que la solicitud se basa en los aumentos de sueldo de los choferes y en los aumentos de insumos , neumáti-cos , combustibles ,seguros , material rodante , etc.; Que atendiendo al compromiso asumido por el Esta-do Municipal en el sentido de revisar periódicamente la evolución de los costos necesarios para el desen-volvimiento armónico del servicio y que se ratifica la existencia de un desfasaje de las constancias de ítems obrantes a fojas 142/156 del presente expe-diente surgen fundamentos por los cuales se entiende razonable la solicitud efectuada; Que las tarifas vigentes actualmente para el Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros fueron aprobadas mediante la Ordenanza N° 9980 de fecha 17 de junio de 2015; Que atendiendo al compromiso asumido por el Esta-do Municipal en el sentido de revisar periódicamente la evolución de los costos necesarios para el desen-volvimiento armónico del servicio y que se ratifica la existencia de un desfasaje entre el último incremento otorgado a la fecha, se considera que el valor del boleto de transporte debe ser revisado; Que en tal sentido se considera oportuno y conve-niente incrementar el precio del boleto urbano de pasajeros en base a las constancias obrantes en las presentes actuaciones; Que a los fines de atemperar el impacto económico a los usuarios del servicio se considera oportuno y conveniente que el incremento se realice en dos etapas. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, aprobado en General y en Particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APROBAR la tarifa del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros, según los valores que se detallan a continuación, a partir de la promul-gación de la presente:

chasis, minicargadoras, recolectores, compactadores, cajas volcadoras, barredoras e hidroelevadoras, hasta la suma máxima de Pesos Siete millones cien mil ($7.100.000), autorizándose asimismo a ceder en garantía y como medio alternativo de pago los impor-tes que se depositen en la Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Alta Gracia, Nº 10900217268. Que con fecha 03 de 0ctubre de 2016 el Sr. Intenden-te, Dr. Facundo Torres y el Sr. Secretario de Econo-mía, Cr. Edgar René Pérez, suscribieron los contratos correspondientes con Nación Leasing S.A. por el leasing de: tres camiones marca IVECO modelo TECTOR ATTACK 170E22 4185 EURO V., un ca-mión marca IVECO modelo DAILY 70 C 17 HD paso 4350, una caja volcadora Hidraùlica marca SCORZA modelo CVS/8, un Hidroelevador marca REFIRE modelo H 13 I, un Recolector Compactador de Resi-duos Marca SCORZA Modelo C.S.6, una barredora marca ECONOVO, un Minicargador BOBCAT mod. S 450 con accesorio Martillo Hidràulico mod. HB 980; Que los contratos suscriptos establecen que se for-malizan “ad-referéndum” de la Ordenanza que dicte el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad en su carácter de Tomador por el cual se disponga la aprobación del íntegro texto de los mismos y hasta tanto no se cuente con ese instrumento normativo, el contrato no entrará en vigencia; Que a los fines de cumplimentar con la aprobación requerida, se hace necesaria la sanción de la Orde-nanza correspondiente. Que evaluado el proyecto de Ordenanza por la totalidad de los Concejales queda aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APRUÉBENSE en todos sus términos los contratos de Leasing Mobiliarios Nº 5379/16; 5380/16 y 5381/16 y sus Anexos que se acompañan a la presente y forman parte de la misma suscriptos entre la Municipalidad de Alta Gracia en su carácter de Tomador, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Facundo Torres, D.N.I. Nº 26.480.193 y por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Edgard René Pérez, D.N.I. Nº 13.709.760 y Nación Leasing S.A. en su carácter de Dador. Art.2°: RATIFICASE la cesión en garantía y como medio alternativo de pago, de los saldos acreedores eventuales futuros de la Cuenta Corriente $ N°10900217268 del Banco Nación Argentina sucursal Alta Gracia CBU N° 01101092-20010900217268 de la titularidad de la Municipalidad de Alta Gracia hasta la concurrencia de las sumas adeudadas bajo la operación suscripta. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.335 Visto: La Ordenanza Nº 8547 – Plan de Ordenamien-to Urbano y Territorial del Municipio de Alta Gracia; y CONSIDERANDO

Page 29: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 29 de 46

CULTURAL. Es todo local que con servicio de bar o restaurante que realice manifestaciones culturales como la pre-sentación de números artísticos y/o culturales a cargo de artistas, escritores, escultores, pintores, actores, animadores, humoristas, cantores, solistas y conjun-tos de música o de danza, de cualquier tipo género o especie, contratados al efecto y con amplificación limitada no mayor a 75 decibeles. Pueden realizarse también, presentaciones de libros, muestras de plásti-ca o pictóricas, tertulias, como así también, activida-des inherentes a talleres artísticos y culturales. Los titulares de los establecimientos que quieran acceder a este rubro, para el desarrollo de estas actividades, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Registrarse y tramitar autorización por ante la Secretaría General o el Área o Autoridad de Aplica-ción que el Departamento Ejecutivo determine. b) Cuente con Resolución de habilitación como bar, restaurante o autorización provisoria para su funcio-namiento. c) Disponga de una superficie útil no inferior a veinti-cinco metros cuadrados (25 m2) y no mayor de doscientos metros cuadrados (200 m2). d) Cuente, con medidas de Seguridad, Higiene y Salubridad, necesarios para el desarrollo de la activi-dad. La autoridad de aplicación podrá exigir aisla-miento acústico cuando la transferencia de sonido hacia ámbitos vecinos afecte a terceros provocando denuncias verificables de los mismos. e) Si la Autoridad de Aplicación así lo dispone, en forma fundada, debe contratarse un policía adicional, uniformado o no, para controlar el orden en vía pública y zonas aledañas. f) El horario: puede funcionar para el desarrollo de la actividad desde las 09:00 hs. hasta las 04:00 hs. g) En estos establecimientos, no está permitido el baile por parte del público asistente. h) Está prohibida la admisión de menores de dieci-ocho (18) años de edad después de las 24:00 horas, salvo que estuvieran acompañados de padre madre o tutor o un mayor de 21 años de edad. i) El representante de la Razón Social o el titular debe: 1. llenar una solicitud de registro, a modo de Declara-ción Jurada. 2. encontrarse libre de deudas tributarias por activi-dad de espectáculos públ icos o en vías de regularizar la situación, acreditando cuota vigente del plan de pago, Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.338 Visto: El Expediente N° 1702/16 – Iniciado por la Sra Bognano Antonia Mirta –Eximición Tasas de Automo-tores; y CONSIDERANDO Que solicita la eximición de la Tasa por Automotores – Dominio: GDJ668; Que la solicitante es jubilada y cuenta con pocos ingresos para subsistir; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 12 de octubre de 2016.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Eximir a la titular del Dominio GDJ668 de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016 Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.339 Visto: El Expediente N° 1963/16 – iniciado por la Sra. Matos Zunilda Cristina – solicitando exención de Derechos de Introducción al Cementerio; y CONSI-DERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Eximir el pago de Derechos de Introducción al Cementerio por la inhumación de los restos de Lucero Paulo de la sepultura Identificación N° P000084. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.340 Visto: El Expediente N°1220/16 – iniciado por la Sra. Manson Mónica Graciela – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENAN-ZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 00010260 de la Tasa por Servicios a la Propiedad el 100% de los intereses adeudados y el monto histórico el 50% que se abonará en una sola cuota. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.341 Visto: El Expediente N° 573/11 – iniciado por el Sr. Domínguez Atilio Alberto – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR un 100% al titular de la Cuenta N° 00002212 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el municipio hasta finalizar el año 2016.

A partir del 1 de octubre del año 2016

A partir del 1 de diciembre del año 2016

Art.2º: DEBERÁN los permisionarios del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros, colocar en lugar visible, a la vista del pasajero, los horarios y recorridos de cada línea.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.337 Visto: El crecimiento de la oferta cultural en espacios con servicios de gastronomía y el Código de Espec-táculos Públicos Ordenanza Nº 7164, y CONSIDE-RANDO Que nuestra ciudad está en pleno crecimiento en cuanto a servicios de entretenimientos relacionados al arte y la cultura; Que estos espacios están desarrollados en otras ciudades turísticas con amplia aceptación no solo por los visitantes y vecinos sino también por el Estado que los fomenta como atractivo turístico cultural; Que como toda actividad nueva debe generarse un marco regulatorio que controle elementos fundamen-tales como la seguridad; Que la actual legislación (Ordenanza Nº 7164) no cuenta con el rubro adecuado para contener este tipo de actividades provocando una falla en el sistema dado que los rubros existente tienen una carga de exigencias imposible de afrontar para los emprendi-mientos de esta naturaleza; Que brindar un marco regulatorio adecuado y actuali-zado es una obligación del Estado dado que facilita y promueva a nuevas inversiones acrecentando el movimiento económico local, más actividades comer-ciales mayor empleo; Que existen artistas locales que encuentran en estos espacios un lugar para expresarse y hacer conocer su arte, cuestión que debe fomentarse; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque de la U.C.R. por la Comisión de Legis-lación General emite despacho favorable, aprobado en General y en Particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 05 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: INCORPORASE en el CODIGO DE ESPEC-TÁCULOS PÚBLICOS, Ordenanza Nº 7164 el Art. 23 BIS, que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 23 BIS: BAR RESTAURANT ARTÍSTICO Y

BOLETO ORDINARIO BOLETO EDUCATIVO GRATUTITO

PRIMERA SECCIÓN $9 $4,50

SEGUNDA SECCIÓN $10 $5

BOLETO ORDINARIO BOLETO EDUCATIVO GRATUITO

PRIMERA SECCIÓN $10 $5

SEGUNDA SECCIÓN $11 $5,50

Page 30: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 30 de 46

CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR el pago de Derechos de introducción al Cementerio por la inhumación de los restos del Sr. Ochoa Miguel Ángel en la sepultura Identificación N° 6519.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.345 Visto: El Expediente N°1916/16 – iniciado por la Sra. Oviedo Adela Roxana – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR un 50% de descuento a la titular de la Cuenta N° 00011117 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la cuota actual hasta diciembre de 2018 inclusive. Art.2°: POR cada cuota que la titular de la Cuenta abone, eximir 5 cuotas de la deuda que mantiene con el municipio en concepto de Tasa por Servicios a la Propiedad. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.346 Visto: El Expediente N° 1346/10 – iniciado por la Sra. Rosa Catalina Guzmán y Sr. Rodolfo José Pessione – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 00004493 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el Municipio desde Enero del año2014 hasta Septiembre de 2015. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.347 Visto: El Expediente N° 2003/16 – iniciado por la Sra. Gervasi Noemí Alicia – Eximición de deuda Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art.1°: Eximir a la titular de la Cuenta N° 00029200 de la Tasa por Servicios a la Propiedad en un 100% de los intereses y a pagar en cuotas de $2000 la deuda restante a valores históricos. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.348 Visto: El Expediente Nº 404/16, iniciado por la Sra. Linares Ester; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTORGAR una pensión municipal por proble-mas de salud a la Sra. Linares Ester D.N.I. Nº 14.784.725, con domicilio en calle Esmeralda N° 262 de Barrio Liniers, mientras no perciba otro beneficio previsional.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.349 Visto: El Expediente N° 944/16 iniciado por la Funda-ción “Santo Domingo” solicitando la donación de moto vehículos que se encuentran secuestrados y deposi-tados en dependencias Municipales y fuera de circu-lación; CONSIDERANDO Que Fundación Santo Domingo es una Institución Educativa reconocida en la Provincia, que brinda ofertas educativas formales y no formales, contando con un Colegio de nivel inicial, primario y secundario, un Instituto Técnico terciario que ofrece carreras tecnológicas oficiales y una Academia de enseñanza técnica dedicada a la especialización laboral y la formación profesional; Que cada año la Fundación participa de diferentes programas de apoyo solidario a distintas instituciones, organismos y personas en situación de vulnerabilidad de la provincia; Que en el desarrollo de sus actividades se encuentra inscripta en el Ministerio de Educación de la Provin-cia, en el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación y en la Secretaría de Equidad y Promoción de Empleo de la Provincia de Córdoba; Que dentro de la oferta educativa de oficios que brinda, se encuentra la de mecánica de motos, con-tando cada año con muchos alumnos que eligen y egresan de esa especialidad, poseyendo un taller de prácticas que requiere de gran cantidad de motores y repuestos; Que esta Administración Municipal ha proporcionado tratamiento preferencial para erradicar las de motos que se han acumulado durante mucho tiempo ante distintos procedimientos y que ahora se encuentran debidamente inventariados por esta gestión; Que hay algunas motos vehículos que carecen de

Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.342 Visto: El Expediente N° 2402/14 – iniciado por el Sr. Moyano Daniel Alberto – Eximición de deuda Tasas por Servicios a la Propiedad y Eximición de Obra de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00008280 de la Tasa por Servicios a la Propiedad por cada cuota actual pagada en término eximir 5 cuotas de la deu-da. Art.2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pagos sobre el monto a valores históricos y sin intereses de$ 250 (Pesos Doscientos Cincuenta). Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.343 Visto: El Expediente N°1426/02 – iniciado por la Sra. Gaete Moyano María – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 00012027 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de los intereses adeudados, cuyo monto quedaría de $ 3591,69 pagaderos en 3 cuotas de $1200 cada una sin intereses y a valores históricos. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUE-VE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.344 Visto: EL Expediente Nº 1966/16 iniciado por la Sra. Yolanda del Carmen Reartes; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA

Page 31: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 31 de 46

(62) moto vehículos según el siguiente listado: 1. Marca: Zanella - Color verde 2. Marca: Motomel - Color negro 3. Marca: Appia - Color azul 4. Marca: Motomel - Color negro 5. Marca: Gilera - Color gris 6. Marca: Motomel - Color negro 7. Marca: Brava - Color rojo 8. Marca: Honda - Color violeta 9. Marca: Gilera - Color negro y rojo 10. Marca: Garelli - Color blanco 11. Marca: Suzuki - Color negro 12. Marca: Sin marca identificable - Color negro y verde 13. Marca: Appia - Color negro 14. Marca: Brava - Color gris 15. Marca: Gilera - Color naranja 16. Marca: Cerro - Color negro 17. Marca: Bimatic - Color blanco 18. Marca: Garelli - Color celeste 19. Marca: Motomel - Color gris 20. Marca: Honda - Color rojo y negro 21. Marca: Gilera - Color negro 22. Marca: Gilera - Color azul 23. Marca: Zanella - Color amarillo 24. Marca: Gilera - Color negro y verde 25. Marca: Motomel - Color azul 26. Marca: Dalim - Color rojo 27. Marca: Cerro - Color rojo 28. Marca: Zanella - Color blanco 29. Marca: Garelli - Color blanco 30. Marca: Zanella - Color gris 31. Marca: Daelim - Color rojo 32. Marca: Zanella - Color celeste 33. Marca: Zanella - Color blanco 34. Marca: Corven - Color negra y roja 35. Marca: Gilera - Color roja y negra 36. Marca: Zanella - Color gris 37. Marca: Honda - Color gris 38. Marca: Kikai - Color rojo y gris 39. Marca: Daeltin - Color negro 40. Marca: Yamaha - Color azul y gris 41. Marca: Zanella - Color verde y gris 42. Marca: Zafari - Color rojo 43. Marca: Yamaha – Color: blanca y roja 44. Marca: Garelli - Color rojo 45. Marca: Brava - Color negro 46. Marca: Motomel - Color negro 47. Marca: Hyosung - Color negro 48. Marca: Daelim - Color azul 49. Marca: Zanella – Color rojo 50. Marca: Zanella – Color rojo 51. Marca: Daelim – Color verde 52. Marca: Guerrero - Color rojo 53. Marca: Puma - Color lila 54. Marca: Garelli - Color blanco 55. Marca: Puma - Color azul 56. Marca: Zanella - Color rojo 57. Marca: Daelim - Color negro 58. Marca: Sin Marca identificable - Color negro 59. Marca: Zanella - Color celeste 60. Marca: Yamaha - Color azul 61. Marca: Zanella - Color verde y blanco 62. Marca: Sin Marca identificable - Color negro Quedando prohibido su uso como motos vehículos para circular y solo pudiendo usarse como repuestos para prácticas educativas. Art.2: ESTABLEZCASE que el cargo de la Institución Santo Domingo consistirá en la entrega de treinta (30) becas a la Municipalidad de Alta Gracia para otorgar a jóvenes de la Ciudad. Las 30 becas estarían distri-buidas de la siguiente manera: *20 becas para realizar un curso completo de infor-mática, con certificación Oficial de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba, *5 becas para realizar el curso completo de Mecánica

de Motos, *2 becas para realizar el curso completo de Cerraje-ría, *3 becas para realizar el curso completo de Instala-ciones Eléctricas Domiciliarias, con certificación Oficial de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba. Art.3: Los cursos correspondientes a las becas podrán ser efectivizados durante el período 2016 y 2017. Art.4: AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Corresponde-rá a Secretaría General y de Recursos Humanos de la Municipalidad de Alta Gracia el control, designación y nombramiento del/los agentes actuantes, a los fines de efectivizar la entrega de las motos. Art.5: RETIRO DE LOS BIENES: El retiro de los bienes adquiridos, será por cuenta y a cargo exclusi-vo de la Institución Santo Domingo. Art.6: DEL ESTADO DE LOS BIENES OBJETOS DE LA DONACION: Los bienes se entregarán en el estado visto en que se encuentran y que se exhiben. El municipio, no acep-tará reclamo alguno sobre su estado, condición, componentes, accesorios, desperfectos, deterioros, faltantes, etc. Art.7: ENTREGA DE LAS BECAS: Las becas serán entregadas por la Institución Santo Domingo a la Municipalidad de Alta Gracia, la que, a través de la Secretaría de Desarrollo Social y la Dirección de Educación, serán otorgadas y distribui-das a vecinos de la ciudad que las requieran y nece-siten. Art.8°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.350 Visto: La Nota Elevada por el Departamento Ejecuti-vo solicitando una prórroga para la presentación del Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálcu-lo de Recursos y Proyecto de Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio 2017; y CONSIDERANDO Que el Sr. Intendente Facundo Torres remite nota, comunicando que en virtud de los establecido en el Art. 101 inc. 18 de la Carta Orgánica Municipal y en atención a la necesidad de aguardar los dictámenes de las Comisiones abocadas al análisis del Presu-puesto Provincial cuya incidencia se ve proyectada en los ingresos de nuestra ciudad y que las Secretarías de Infraestructura y Servicios Públicos tienen que ajustar los diferentes proyectos presentados, se hace necesario solicitar al Honorable Concejo Deliberante una prorroga hasta el 29 de noviembre de 2016, para la presentación del Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos y del Proyecto de Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio 2017; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho, aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo

registración, no tienen legibles sus números de cha-sis, ni cuentan con patente, y por lo tanto se hace imposible su identificación y su registro; Que se han realizado remates con aquellas motos vehículos que pueden registrarse y volver a circular, lo que no es el caso de las motos a que se hace referencia en el presente; Que Asesoría Letrada emite dictamen expresando que la Administración Municipal puede tener la dispo-sición de las motos en virtud de que las mismas cuentan con la baja correspondiente y el CUDAP nuevo, habiendo sido técnica y correctamente verifi-cadas a través de la Dirección Nacional del Registro Propiedad del Automotor y porque en definitiva, se trata de bienes muebles no registrables en virtud de que se han cumplido los plazos exigidos por ley en posesión del municipio, no son cosas ni hurtadas ni perdidas, no cuentan con identificación legible y no existen reclamos por parte de los infractores/poseedores desde el momento del secuestro de cada moto hasta la fecha; Que además la Institución garantiza que las motos vehículos no rodarán ni entrarán en circulación por ningún motivo ya que sólo serán utilizadas como elementos pedagógicos dentro del aula taller; Que ofrecen como contraprestación por la entrega de las motos vehículos treinta (30) becas para vecinos de nuestra ciudad, para que puedan adquirir las herramientas que les brinden mayores posibilidades laborales: 20 becas para un curso completo de infor-mática con certificación oficial de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba; 5 becas para un curso completo de Mecáni-ca de Motos; 2 becas para un curso completo de cerrajería y 3 becas para un curso completo de Insta-laciones Eléctricas Domiciliarias con certificación oficial de la Secretaría de Equidad de Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba; Que ésta acumulación de bienes produce problemas para el normal uso de los espacios municipales, además de provocar inconvenientes en el medio ambiente, por ocupar espacio físico y la acumulación de basura, polvo, agua, maleza, etc.; Que se hace necesario formalizar la entrega de las motos a la Institución Santo Domingo mediante una Ordenanza de Donación con cargo, consistente el cargo en que la Institución beneficiaria deberá otorgar a la Municipalidad la cantidad de 30 becas en benefi-cio de jóvenes de la Ciudad de Alta Gracia, que estudiarían sin costo alguno; Que se considera que mediante este mecanismo se puede, por un lado, solucionar un viejo problema y por otro lado, satisfacer necesidades de la comunidad posibilitando a vecinos de nuestra ciudad que puedan asistir a cursos gratuitos que les brinden la posibilidad de adquirir conocimientos que les pueden abrir las puertas para una salida laboral. Que evaluado el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo adjunto al expediente 944/16, por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, aprobado en general y en parti-cular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTÓRGANSE en donación con cargo a la Institución Educativa Santo Domingo, sesenta y dos

Page 32: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 32 de 46

DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.353 Visto: El Expediente N° 1727/14 – iniciado por la Sra. Rodríguez María Teresa - Eximición Tasas de Pavi-mento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pago a la titular de la Cuenta N° 02469 de (veinticuatro) 24 cuotas de Pesos Seiscien-tos Noventa con /41) $ 690/41 sin intereses hasta cubrir el total de la deuda por Obra de Pavimento a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Art.2°: LA falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el presente beneficio.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.354 Visto: El Expediente N° 2041/16 – Iniciado por la Sra. Cabral Alicia Maricel - Eximir Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00010903 de Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.355 Visto: Ley Nacional Nº 26.485, y la Ley Provincial N° 10352 que refiere a la “Protección Integral para Pre-venir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Rela-ciones Interpersonales”, y que tiene por objeto promo-ver y garantizar la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida, asegurando a la mujeres el derecho a vivir una vida sin violencia; y CONSIDERANDO Que Que la provincia de Córdoba sanciono la Ley N° 10.352, que adhiere a la Ley Nacional N°26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erra-dicar la Violencia contra las Mueres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales”, con excepción del Capítulo II del Título III - Procedimien-tos.- Que la normativa aludida constituye una respuesta efectiva al compromiso con la igualdad de géneros y

derechos humanos asumidos por la ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer – incorporada al art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional- y de la Con-vención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Ley 24.632), en cuanto obligan a los Estados signatarios a implemen-tar políticas públicas en pos de dicho objetivo. Que la Constitución de la Provincia de Córdoba, en su Art. 24 dice: DE LA MUJER. “La mujer y el hom-bre tienen iguales derechos en lo cultural, económico, político, social y familiar, con respecto a sus respecti-vas características socio biológicas. La madre goza de especial protección desde su embarazo y las condiciones laborales deben permitirle el cumplimien-to de su esencial función familiar”. Que la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Alta Gracia en su art. 53 proclama: “ El Estado Municipal debe impulsar la integración de la mujer en el ámbito laboral, cultural, educacional, político, social y econó-mico, evitando todo tipo de discriminación. La educa-ción es uno de los medios a utilizar para el reconoci-miento de los derechos de la mujer por parte de la sociedad. En coordinación con el gobierno provincial y el nacional u otros organismos públicos y/o priva-dos, promueve programas de asistencia a la mujer desprotegida o maltratada.” Que el mismo cuerpo legal en su artículo 18 estable-ce el deber del Estado Municipal de promover la participación política y social de los vecinos en desa-rrollo de la política local de respetar su capacidad de aportar ideas y propuestas que mejoren su funciona-miento y crear las organizaciones e instituciones necesarias que posibiliten el ejercicio de ese derecho. Que es responsabilidad de los Poderes de Estado asegurar las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, debiendo para ello desa-rrollar las acciones positivas que correspondieren y que tiendan a asegurar a las mujeres el goce y ejerci-cio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales sobre la materia. Que la erradicación de la violencia contra la mujer tiene tal complejidad y magnitud que solo puede alcanzarse mediante la cooperación interinstitucional para el intercambio de ideas, experiencias, informa-ción, y la ejecución de distintos programas tendientes a modificar los estereotipos culturales arraigados en todas las estructuras sociales. Que es necesario que exista coordinación y participa-ción entre distintas áreas gubernamentales y no gubernamentales, vinculadas a temáticas relaciona-das con la mujer. Que nuestra ciudad debería contar con un espacio para el abordaje de estas temáticas, que busque la participación y permita la puesta en marcha de pro-gramas y proyectos de orden nacional y provincial. Que es por ello que resulta indispensable a los efec-tos de llevar adelante la planificación y la implementa-ción de estrategias claras de igualdad de género y de velar por su seguimiento y permanencia en el tiempo, crear un organismo específico para que funcione en la dependencia Municipal. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por el Con-cejo reunido en Comisión emite despacho, aprobado en general por unanimidad y en particular por mayo-ría en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de

Municipal una prorroga hasta el día 29 de noviembre de 2016 para la presentación del Proyecto de Presu-puesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Y Proyecto de Ordenanza Tarifaria Para el Ejercicio 2017.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.351 Visto: El Expediente N° 1625/16 – Iniciado por la Sra. Guzmán María Elena; y CONSIDERANDO Que se solicita la eximición de la deuda por pago al servicio de automotores de la motocicleta Dominio 865AXD; Que la solicitante no cuenta con recursos para afron-tar dichos gastos. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR la deuda del Dominio 865AXD a nombre de Guzmán María Elena por los años 1995 hasta 1998 en concepto de la Tasa por Automotores.- Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.352 Visto: El Expediente N° 2021/16 – Iniciado por el Sr. Pereyra Néstor Alberto - Eximir Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00026281 de Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL

Page 33: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 33 de 46

j.- Fomentar la participación de la ciudadanía en los asuntos vinculados con estos. Art.6°: EL Consejo de la Mujer estará integrado de la siguiente manera: .- Sector Publico: El Intendente de la ciudad de Alta Gracia o la persona que este designe en carácter de Presidente del Consejo, un representante por cada Secretaria con un máximo de 5 (cinco) priorizando aquellas personas que tengan vinculación con la violencia de género, 2 (dos) concejales:1 (uno) en representación de la mayoría y 1 (uno) en representa-ción de la minoría.- b.- Sector Socio-Comunitario: Hasta 5 (cinco) representantes de organizaciones de la sociedad civil con personería jurídica que tengan trayectoria de trabajo relacionado directamente con la violencia de género que serán designados conforme a la regla-mentación. c.- Consejos Municipales: 1 (un) representante de otros consejos municipales de participación ciudada-na que se encuentren funcionando en Alta Gracia. Art.7°: LOS miembros del Consejo duraran en sus cargos (años) 4 años pudiendo ser reelectos por el mismo periodo de tiempo. Así mismo podrán ser sustituidos antes de la expiración del plazo. Todos los miembros del Consejo Municipal de la Mujer actuaran Ad- Honorem Art.8°: EL Consejo Municipal de la Mujer es presidido por el Intendente de la Ciudad de Alta Gracia, o por el funcionario que este designe. En la primera sesión anual, con acuerdo del resto de los integrantes del Consejo Municipal de la Mujer expresado por el voto, se designara a las autoridades que gobiernen dicho organismo.- Art.9°: LOS dictámenes e informes generados por el Consejo Municipal de la Mujer tendrán carácter no vinculante y deberán, en todos los casos, encontrarse debidamente fundamentados. En caso de existir más de un dictamen, proyecto o informe todos deberán ser puestos a consideración del Departamento Ejecutivo quien resolverá acorde a sus atribuciones.- Art.10°: LA participación, tanto en las sesiones del Consejo Municipal de la Mujer, como cada una de las comisiones de trabajo es abierta a toda la comunidad, y los integrantes mencionados en el artículo 5 tendrán la potestad del voto.- Art.11°: EL Consejo debidamente constituido dictará su propio Reglamento Interno, que deberá incluir por lo menos a un Presidente, un Coordinador, y un Secretario de Actas. Los demás integrantes se deno-minaran Consejeros. Dicho reglamento deberá ser aprobado por el voto de los dos tercios (2/3) de los miembros presentes, requiriéndose idéntica mayoría para su modificación. Art.12°: EL Consejo Municipal de la Mujer funciona con la modalidad de plenario a realizarse periódica-mente de la manera que se acuerde en el Reglamen-to. En todos los casos, el Consejo sesionará válida-mente con los números de Consejeros presentes. Sus decisiones se toman con el voto de, al menos, los dos tercios (2/3) de sus miembros presentes.- Art.13°: EL Departamento Ejecutivo Municipal asigna las partidas presupuestarias específicas al Consejo Municipal de la Mujer, a propuesta de este último.- Art.14°: EL Consejo Municipal de la Mujer presentará la nomina de sus integrantes y la organización interna al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Deliberante.

Art.15°: EL Consejo Municipal de la Mujer tendrán un plazo de noventa (90) días para la constitución del Consejo a contar desde la aprobación de la presente ordenanza.- Art.16°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publí-quese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gra-cia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.356 Visto: Que se cumplen 70 años de la Empresa Fami-liar de Helados Artesanales “HELADERIAS LA MER-CED” con mayor permanencia y trayectoria de nues-tra ciudad de Alta Gracia; y CONSIDERANDO Que el día 5 de enero de 1906, nació Said Najle en Ikusba Líbano, fundador y pionero de la elaboración de helados artesanales que años después se trans-formarían en los más ricos helados “LA MERCED” con un sabor especial, elaborados en nuestra ciudad. Que el Sr Said, en su juventud y entre muchas otras actividades, se dedicó a fabricar helados, con su carrito iba a las montañas y hacia bloques de hielo, con el cual enfriaba la mezcla para la elaboración durante pocas horas, pero antes de emprender el viaje hacia las montañas del Líbano, avisaba a sus vecinos para supieran que horas más tarde habría helado. Que un 15 de junio de 1936, junto con su hermana Helmosa Najle decidieron viajar a Argentina, para quedarse definitivamente en estas tierras. Al año siguiente llego su esposa Dalal Najel de Najle, donde se instalaron en la Provincia de Córdoba vivieron en la localidad de los Cisnes. Luego se mudaron a la ciudad de Santa Rosa de Rio Primero, donde instalan una heladería artesanal que llamo “Santa Rosa” allí estuvieron hasta el año 1946, para luego instalarse definitivamente en nuestra ciudad. Que Cuando Said se jubiló, Elías siguió los pasos de su papá, renovó la construcción de la heladería “Santa Rosa” y en honor a nuestra patrona cambio el nombre y paso a llamarse “HELADERIAS LA MER-CED”. Elías formo su familia, su esposa Teresa y sus cuatro hijos Gabriela, Zulma, Cecilia y Guillermo Najle. Elías siguió elaborando helados de la misma calidad como lo hacía su papá. Que a medida que pasaba el tiempo Elías elaboraba los mejores productos haciéndolos exquisitos, apren-diendo y enseñando a sus hijos que el secreto para fabricar los mejores helados estaba en utilizar la mejor materia prima. Pero la vida lo sorprendió, dejando el principal legado que un padre puede dejar a sus hijos que es la enseñanza de que cuando se trabaja con amor y pasión, siempre se logran grandes triunfos. Que la tradición familiar se fue transmitiendo de generación en generación, siendo hoy la 3era genera-ción que se encuentra al frente de este gran empren-dimiento. En la actualidad quien sigue con la trayecto-ria de elaboración es Guillermo, que es tan exigente como lo fueron Said y su papá Elías, quien es el encargado de controlar personalmente los productos, como también el creador de nuevos sabores, junto con sus hermanos quienes siguen al frente de cada negocio. Que el verano es la estación en la que más se fabri-can estas cremas heladas, donde se producen 5.000

2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Adhiérase la Municipalidad de Alta Gracia a la Ley Provincial Nº10.352 Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Rela-ciones Interpersonales”, con excepción del Capítulo II del Título III – Procedimientos.- Art.°: Créase el Consejo Municipal de la Mujer de la ciudad de Alta Gracia, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, como órgano de participación democrática para la igualdad entre varones y mujeres de la ciudad de Alta Gracia.- Art.3°: EL Concejo Municipal de la Mujer tendrá como objetivo obrar como instancia para analizar y conceptualizar sobre Políticas Publicas de Mujeres y Géneros tendientes a erradicar las desigualdades y la discriminación que experimentan las mujeres en razón de su género, representando sus necesidades e interés teniendo en cuenta la diversidad generacio-nal, étnico-racial, territorial, socio-económica e ideoló-gica, de orientación sexual y las distintas capacidades motoras, visuales, auditivas, psicológica y cognitivas Art.4°: SERÁN los objetivos del Consejo Municipal de la Mujer de la ciudad de Alta Gracia: a.- Proclamar la importancia de la equidad de género para el desarrollo y crecimiento de la sociedad. b.-Brindar un espacio institucional de contención y asesoramiento a la mujer que facilite el ejerci-cio efectivo de sus derechos en la vida perso-nal, familiar, social, política, económica y cultural. c.- Promover la articulación entre el Munici-pio de Alta Gracia y las instituciones y organismos locales, regionales, provinciales y nacionales que se ocupan del área de la mujer a efectos de fortalecer e impulsar acciones conjuntas que permitan el desarrollo de proyectos y programas tendientes a revertir las problemáticas de la mujer. c.- Favorecer e impulsar iniciativas y/o even-tos que permitan la plena e igualitaria participación de la mujer en la sociedad en general. Art.5°: SERÁN las funciones del Consejo Municipal de la Mujer de la ciudad de Alta Gracia: a.-Proponer políticas, planes, programas y proyectos para el sector, promoviendo acciones en los distintos sectores de la sociedad. b.- Asesorar al Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante para la implantación de acciones y políti-cas relativas al reconocimiento y promoción de dere-chos. c.- Facilitar la búsqueda de recursos para proyectos específicos. d.- Fomentar y apoyar la capacitación de los profesio-nales en la materia. e.-Cooperar con el Departamento Ejecutivo en la elaboración de estadísticas cuantitativas y cualitativas y todo instrumento que contribuya al diseño de políti-cas locales.- f.- Colaborar con la permanente actualización del diagnóstico de la situación de la mujer en la ciudad. g.- Ser fuente de información permanente sobre la temática de la mujer. h.-Coordinar el desarrollo de Programas y Proyectos con el Consejo Nacional y Provincial de la Mujer y demás Consejos Regionales que tengan funciones similares. i.- Promover la capacitación de la mujer en toda área que tenga como finalidad obtener salidas laborales.

Page 34: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 34 de 46

Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo por la totalidad de los concejales se emite despacho favorable, aprobado en general y en particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA. Rt. 1: CONVOCASE a “Concurso de Ideas” para la utilización del espacio verde recientemente recupera-do por el Estado Municipal ubicado al Noreste del Parque García Lorca entre calles Federico García Lorca y Camino al Valle Buena Esperanza. El resulta-do del presente concurso es no vinculante y comple-mentario del proyecto general. Art.2: OBJETIVO: Diseñar y realizar una propuesta de uso del espacio mencionado que complemente el sector, pudiendo ser éste como lugar de Encuentro, Recreación, Deportivo, Artístico, Cultural. Art.3: POSTULACIÓN: Podrán participar del presen-te concurso todos los alumnos de los sextos años de las escuelas secundarias públicas y privadas de la ciudad de Alta Gracia en forma grupal por curso y cada grupo podrá presentar sólo un trabajo. No po-drán participar como colaboradores profesionales y personas relacionadas a miembros del jurado hasta un parentesco de segundo grado. Art.4: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán presentarse por escrito en carpetas tamaño A4, con croquis o dibujos explicati-vos y además en soporte magnético. Al momento de la inscripción se otorgará un número de serie y a partir de ese momento los inscriptos deben identificar-se siempre con ese número a fin de asegurar anoni-mato durante la selección. Art.5: REGLAS DE PARTICIPACION: - Establézcase un plazo de siete (7) días a partir de la presente convocatoria para receptar la inscripción de los parti-cipantes. La inscripción implica la aceptación de todas las reglas del presente concurso. Vencido el plazo de inscripción se otorga un plazo de veinte (20) días para la presentación de las propues-tas. No serán admitidas las propuestas presentadas fuera de término. Queda terminantemente prohibida la publicación parcial o total o exhibición de los trabajos a concursar previa a la decisión final del jurado Los trabajos presentados solo serán expuestos por la Municipalidad. Durante la elaboración de la propuesta, podrán reali-zarse consultas en la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad, debiendo respetar la tipología utili-zada en el Parque García Lorca (cercos de troncos, respeto por las especies arbóreas autóctonas, etc). Art.6: JURADO: El jurado estará integrado por El Intendente Municipal y el Viceintendente, un repre-sentante de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante, un representante del Club de Jardinería de la ciudad de Alta Gracia, un representante de la Secretaría de Infraestructura relacionada con el Patrimonio de la ciudad. Art.7: CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Deberá valo-rarse principalmente las características paisajísticas que más se integren y guarden relación con el resto del entorno. Las propuestas que abarquen la integra-ción de la utilización del espacio. Las propuestas que más respeten las especies arbóreas autóctonas existentes en el lugar.

Art.8: FORMA DE ENVIO: Las propuestas deberán presentarse en el Departamento Ejecutivo Municipal en carpeta cerrada y solo identificada con el número otorgado al momento de la inscripción. Art.9: CRONOGRAMA DEL CONCURSO: Plazo para la inscripción: Plazo para presentación de trabajos: Selección: Presentación resultados finales y Exposición: Consultas en Secretaría de Infraestructura de Lunes a viernes de a . Art.10: PREMIOS: El jurado deberá seleccionar según los criterios establecidos en la presente art. 7, tres trabajos que obtendrán premiación. 1° Premio $ 20.000 y exposición de la propuesta 2° Premio $ 10.000 y exposición de la propuesta 3° Premio $ 5.000 y exposición de la propuesta Art.11: Designar como Organismo de aplicación a la Dirección de Políticas Educativas, quien deberá instrumentar el cronograma de acción y difusión a las Instituciones Educativas. Art.12°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publí-quese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gra-cia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.358 Visto: El Expediente N° 2553/14 – iniciado por la Sra. Seuffrut Elba Mirta – Eximición Tasa de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POSIBILITAR a la titular de la Cuenta N° 03521, tasa por Obras de Pavimento a pagar cuotas de $150 (pesos ciento cincuenta) sin interés y a valores históricos, respectivamente hasta cancelar el total de la deuda.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.359 Visto: El Expediente N° 1889/16 – iniciado por el Sr. Rivarola Ezequiel Enrique– Eximición Tasa Obra de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al titular de la Cuenta N° 03835 Tasa por Obras de Pavimento a pagar cuotas de $300 (pesos trescientos) por mes sin intereses, hasta cubrir la deuda correspondiente Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL

kilos por día de helados, lo que equivale a un prome-dio de 4.500 personas que consumen el producto. Que “Heladerías LA MERCED”, hoy cuentan con 6 sucursales en distintos puntos de nuestra ciudad, ubicadas en: Avenida Belgrano, Avenida Sarmiento, San Martin y Dalinger, y también llegando a los alre-dedores, en la Comuna La Bolsa, y en Los Aromos. Que es importante destacar el trabajo que la familia Najle tradicionalmente, viene elaborando y caracteri-zando a nuestra ciudad a través de sus más exquisi-tos sabores.- Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la totali-dad de los concejales, queda aprobado por unanimi-dad en Sesión Ordinaria del día 26 de octubre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DECLÁRESE de Interés Municipal a la Em-presa Familiar de Helados Artesanales “ HELADE-RIAS LA MERCED” por cumplir 70 años de perma-nencia y trayectoria en nuestra ciudad de Alta Gracia.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.357 Visto: Que se ha recuperado un sector del Parque García Lorca ubicado con calle García Lorca y ca-mino al Valle Buena Esperanza o en la zona noreste del mismo en una cuña que linda con calle García Lorca y camino al Valle Buena Esperanza; Y CONSI-DERANDO Que mediante Ordenanza Nº 10328 se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio con el Alta Gracia Golf Club con el objeto de poner fin a un litigio por la posesión de esas tierras que, al haberse extendido por mucho tiempo, impidió el uso de ese espacio; Que hoy puede el Estado Municipal disponer de las tierras para uso y disfrute de toda la comunidad; Que a tal fin se cree conveniente hacer partícipes de la disposición del lugar, con sugerencias e ideas que complementen al Estado, a los jóvenes de nuestra ciudad que tanto utilizan el parque García Lorca como lugar de encuentro para compartir y disfrutar de las bondades de la vida al aire libre; Que siendo Alta Gracia un lugar privilegiado en cuan-to a espacio verdes y paisajes, este lugar puede ser utilizado como espacio de encuentro recreativo y deportivo; Que teniendo en cuenta las características topográfi-cas del sector, puede visualizarse en el mismo un mirador privilegiado para observar nuestras sierras, como así también un anfiteatro natural, entre otras ideas; Que en el marco de las políticas públicas implementa-das por esta gestión, se cree conveniente hacer partícipes a los jóvenes que cursan los últimos años de secundario para que sugieran el uso de este sector recientemente recuperado para todos;

Page 35: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 35 de 46

Cuenta N° 00004784, eximir cinco cuotas de la deuda que en el mismo concepto mantiene con el Municipio hasta la fecha de promulgación de la presente. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.363 Visto: El Expediente N° 1456/16 – iniciado por el Sr. Asua Oscar Fernando – Eximición Tasa de Pavimen-to; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Posibilitar al titular la Cuenta N° 03055, tasa por obras de pavimento a pagar cuotas de $200 (pesos doscientos) sin interés y a valores históricos, respectivamente hasta cancelar el total de la deuda. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.364 Visto: El Expediente N° 121/02 – iniciado por el Sr. Romero Miguel Ángel – Eximición Tasas por Servi-cios a la Propiedad; Y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00010040 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el Municipio hasta Diciem-bre de 2016 inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.365 Visto: La Ordenanza N° 10032; y CONSIDERANDO Que ante el pedido de DIGPE de modificar la Orde-nanza N°10032 para beneficiar el trámite de la aper-tura de los Ciclos Inicial y Primario de la Escuela “Padre Domingo Viera” Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la totali-

dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 09 de noviem-bre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: MODIFICASE el Art. 2° de la Ordenanza 10032, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Art.2: EL aval se otorga por el término de tres años a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, pudiendo suspenderse el mismo por causales de incumplimiento o a pedido de la Funda-ción.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.366 Visto: El Expediente Nº 860/I/14 iniciado por la Se-cretaria de Cultura; y CONSIDERANDO Que solicita el descuento según estipula la Ordenan-za Nº 4518, titulo XVII, capitulo I, Art. 261, Inc. 3; Que solicita el cambio de titularidad del Expediente N° 860/I/14-Ordenanza N° 9990 con fecha Junio de 2015; Que solicita la eximición de la Tasa por Servicios de Inspección General e Higiene de la Cuenta Nº 8225; Que esta Asesoría entiende que los efectos de la Ordenanza N° 9990 deben ser extensivos a la Sra. María Pía Maffrand, Cuenta N° 11862, en razón del principio de transitividad jurídica que permite que una situación jurídica pre existente sumado a un hecho, concluya en una situación jurídica nueva, siendo que ella era titular por Escritura Pública del inmueble objeto del comercio Apart Hotel la Posada, y formaba parte ya del emprendimiento familiar, puesto que el trámite de excepción solicitado fue iniciado con ante-rioridad (año 2014)a la sanción de la ley local (año 2015), lo que posibilita que con este fundamento se dicte un decreto que perfeccione el acto legislativo de mención. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de no-viembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: MANTENER los beneficios de la Ordenanza N° 9990 sancionada el 24 de Junio de 2015. Art.2°: AMPLIAR el beneficio del Art. 2 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la Cuenta N° 2656 a partir de Julio de 2016 hasta finalizar el año 2017 y las cuotas devengadas autorizar al Departamento Ejecutivo a las mismas cobrar sin intereses y a valo-res históricos. Art.3°: TRASLADAR los beneficios del Art. 3 a la cuenta N° 11862 de la Sra. María Pía Maffrand, que reviste la calidad de titular del inmueble.

DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.360 Visto: El Expediente N° 438/12 – iniciado por el Sr. Ortiz Narciso Eduardo – Eximición Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR desde el mes de noviembre de 2016 hasta diciembre de 2017 inclusive, el cincuenta por ciento (50%) de Tasas por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00000334. Art.2°: EXIMIR el cincuenta por ciento (50%)de la deuda generada a partir de enero hasta octubre de 2016 inclusive sin intereses y a valores históricos de la Cuenta N° 00000334. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.361 Visto: El Expediente N° 1223/16 – iniciado por la Sra. Cejas María Elba – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la solicitante el cincuenta por ciento (50%)de Tasas por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N°00013296 hasta diciembre de 2018. Art.2°: POR cada cuota actual abonada en término eximir cinco cuotas de la deuda que mantiene con el Municipio. Art.3°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.362 Visto: El Expediente N° 1219/16 – iniciado por la Sra. Villarreal Miriam Alejandra – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Por cada cuota actual abonada en término de la Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble

Page 36: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 36 de 46

traída.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.370 Visto: El Expediente N° 49/14 – iniciado por la Sra. Quinteros María Esther - Previa por Derecho de Construcción; y CONSIDERANDO Que solicita se autorice el pago por la Tasa de Dere-cho de Construcción de la Previa del Inmueble No-menclatura Catastral 31-06-01-01-02-020-006-00000.0, Designación Oficial: Mz. 12 – Lote 3 – Nú-mero de Cuenta Municipal: 00021455; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de no-viembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR los intereses y autorizar al Departa-mento Ejecutivo a otorgar un plan de pago del monto original ($13700) en (veinticuatro) 24 cuotas sin intereses de (Pesos Quinientos Setenta con, 83) $570,83 cada una de la Cuenta de Tasas por Servi-cios a la Propiedad Municipal - 00021455. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.371 Visto: La nota presentada por la Sra. Lidia Glass, vecina de la ciudad de Alta Gracia; que solicita Decla-rar Ciudadano Ilustre al Dr. Médico Pediatra “Pedro Polacov”; y CONSIDERANDO Que este Honorable Concejo Deliberante, evaluada la nota, toma como propia la iniciativa y evaluados los antecedentes, considera justo reconocer la trayectoria del Sr. Pedro Polacov, en el ámbito de las ciencias, como médico pediatra y fundamentalmente su calidad como ser humano. Que el Sr. Pedro Polacov nació el 4 de marzo de 1935, desde pequeño tuvo interés en estudiar como curar a los niños, preocupándose por ellos y dedicán-dole el tiempo y el amor que requieren. Que en 1960 se recibió de Médico Cirujano en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Córdoba, con un promedio de 7.86, encontrándose dentro del grupo de alumnos avanzados con mejores calificaciones y terminando su carrera un año antes. El 27 de noviembre de 1969, recibió el título de Médi-co Pediatra, otorgado por la sociedad Argentina de Pediatría. El 6 de Septiembre de 1973 se recibió de Doctor en Medicina y Cirugía, basando su Tesis en la investigación de la enfermedad Fibroquística del páncreas “test del sudor” y haciendo hincapié de que en la provincia de Córdoba y en la ciudad Alta Gracia en ese momento ya existía esa enfermedad. En 1997

obtuvo el título de médico especialista en pediatría (definitivo) por resolución decanal número 26 de 1997. Que en sus primeros años como médico se le presen-tó la oportunidad de ejercer en el Hospital de Niños en Córdoba con el cargo de Medico Ad Honorem y luego por medio de concurso como docente de la Cátedra de Neonatología de la Universidad Nacional de Córdoba. Que sus días se desarrollaban desde muy temprano entre el Hospital de Niños, donde revisaba a concien-cia a cada pequeño, y luego dando clases de docen-cia a los alumnos que se encontraban cursando el último año de medicina. Pasado el medio día viajaba en ómnibus hacia Alta Gracia donde ya lo esperaban los padres junto a sus hijos para que sean atendidos, aquellos tiempos eran muy duros, las personas se trasladaban a caballo o en sulkis para ver al Dr. Polacov, y éste hasta no atender al último niño, no se retiraba de su consultorio. Que en varias oportunidades recibía llamados de urgencias a altas horas de la noche, por lo que subía a su auto junto a su señora e hijos y se dirigían al domicilio del paciente para atenderlo o en su caso llevarlos hacia el Hospital en la ciudad de córdoba, donde allí consultaba con sus profesores el caso. Que en la ciudad de Alta Gracia empezó a ejercer en la Clínica Lister, luego en la Clínica San José, y más tarde instala el consultorio en su casa, motivo por el cual muchas veces se postergaron salidas familiares, ya que las personas llegaban hasta allí sin importar la hora que fuera para que el Doctor atendiera a sus pequeños. Que cuando fue medico en el Hospital Regional de Alta Gracia, muchas veces necesitaban trasladar a la ciudad de Córdoba a algún niño de urgencias, en aquel entonces se carecía de ambulancia, pero el Dr. Polacov trasformaba su propio auto en una ambulan-cia y muchas veces lo cargaba con tubos de exígenos para cumplir con el cometido. Que durante muchos años fue docente de la Cátedra de Pediatría de la Facultad de Medicina de la Univer-sidad Nacional de Córdoba. Que asistió a numerosos cursos y congresos científi-cos nacionales e internacionales como relator y asistente, como así también ha publicado cuantiosos artículos médicos en revistas científicas de la espe-cialidad. Que ha sido fundador de la sección en Córdoba de la fundación de la fibrosis quística siendo el primer Secretario científico, junto con el Dr, Rezzonico e integrado por los padres de los niños con esa enfer-medad. Que fundó la Sociedad de Pediatría en Alta Gracia junto a los Dres. Emilio Sanchez y Pablo Constantini realizando ateneos en el aula del hospital Regional Arturo Illia. Que ha participado Ad Honorem en el Servicio de Gastroenterología Pediátrica y Nutrición del Hospital de Niños de Córdoba, siendo nombrado jefe de la sección de Fibrosisquística de Páncreas. Que fue secretario de los ateneos del Hospital de Niños de Córdoba y del comité científico de la docen-cia del Hospital de Alta Gracia, también profesor de la Cruz Roja de enfermería de Alta Gracia. Que fue nombrado como encargado de la docencia

Art.4°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.367 Visto: El Expediente N° 413-I-07 – Iniciado por la Sra. Lucero Esther del Rosario - Eximir Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta°00021160 de Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016 y hacerlo extensivo hasta diciembre del año 2017 inclusive. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.368 Visto: El Expediente N° 1225/16 – iniciado por la Sra. Miranda Ana Rosenda – Eximición Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POR cada cuota actual abonada en término de la Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00010869, eximir cinco cuotas de la deuda que en el mismo concepto mantiene con el Municipio hasta la fecha de promulgación de la presente. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.369 Visto: El Expediente N° 1861/16– iniciado por el Sr. Rodríguez Eduardo Carlos– solicitando plan de pago cuotas accesibles – Tasa por Servicios a la Propiedad – Posesión; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar al solicitante un plan de pago de (Pesos Cuatrocientos) $400 por mes sin intereses y a valores históricos de la deuda que en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad mantiene con el municipio – Cuenta N° 00006151 y hasta finalizar la deuda con-

Page 37: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 37 de 46

unión con el lote Nomenclatura Catastral 001-001.176-062 Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.373 Visto: El Programa Provincial “LO TENGO” y; CON-SIDERANDO Que el Programa Provincial LO TENGO, se instru-menta en conjunto con los Municipios y Comunas de la Provincia, donde éstos aportan las tierras necesa-rias para tal fin; Que a los fines de poner en marcha el Programa, en la ciudad de Alta Gracia, con el objeto de que vecinos de la ciudad, puedan tener mejores condiciones para acceder a lotes aptos para vivienda y con la infraes-tructura necesaria para generar el hábitat, la Munici-palidad de Alta Gracia adquirió las Parcelas, con designación Catastral 31-06-01-03-01-491-001 y 31-06-01-03-01-491-002 y con una superficie total de 43953.83 m2 en Barrio Parque San Juan; Que las Parcelas adquiridas, se encuentra dentro de la Zona Residencial Barrio Parque San Juan, regula-das por el Art. 202 de la Ordenanza N° 8547 que define, como Uso Dominante, al Uso Residencial Unifamiliar, Multifamiliar y Colectivo; Que para el desarrollo del Loteo, se tienen en cuenta las calles existentes, dando continuidad a las mismas; Que dado el emplazamiento del Loteo en una zona ya consolidada urbanísticamente y por lo reducido del mismo, no se generan Espacios Verdes ni Espacio Comunitario, teniendo en cuenta la existencia de Espacios Verdes cercanos y también Espacio Comu-nitario como el Centro vecinal y Dispensario Munici-pal; Que en lo que respecta a las Obras de Infraestructu-ra, se prevé la construcción de Red de Distribución de Agua Potable, Red de Distribución de Energía Eléctri-ca y Alumbrado Público, Cordón Cuneta y Badenes de Hormigón, con carpeta de rodamiento con material 0-20 consolidado; Que se realizó el Estudio de Impacto Ambiental, con resultados satisfactorios; Que se ejecutará el Estudio de Escorrentías, a fin de regular el escurrimiento de los excedentes pluviales y garantizar la no inundabilidad de las Parcelas; Que se generan un total de 120 Parcelas, con un frente y Superficies menores a las normadas para la zona y dado el perfil de loteo social, no afecta la imagen urbana del sector; Que a fin de dar continuidad a las calles existentes y para lograr un adecuado ensamble con la urbaniza-ción colindante existente, se generan Manzanas, con medidas que exceden en más y en menos, los máxi-mos y mínimos establecidos en la Normativa vigente; Que como ANEXO I, formando parte de la presente Ordenanza, se adjunta Plano de Unión y Loteo pro-puesto. Que evaluado el proyecto de Ordenanza adjunto al

Expediente 584/I/2016, por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APRUÉBASE el Loteo practicado sobre las Parcelas con designaciones catastrales 31-06-01-03-01-491-001 y 31-06-01-03-01-491-002, conforme Plano de Unión y Loteo que como ANEXO I, forma parte de la presente Ordenanza.- Art.2°: VERIFÍQUESE por medio de la Secretaría de Infraestructura el cumplimiento de la ejecución de las Obras de Infraestructura y las necesarias para el tratamiento de las aguas Pluviales.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. NO SE DISPONE DEL PLANO DIGITALIZADO (ANEXO I) PARA SU PUBLICACIÓN. EL MISMO PODRÁ SER CONSULTADO POR LOS INTERESA-DOS EN OFICIALÍA MAYOR. ORDENANZA Nº 10.374 Visto: El Expediente N°565/15-Rivero, Juan Sebas-tián; Previa; y CONSIDERANDO Que el pedido de excepción solicitado a fs. 17 por el Dr. Juan Sebastián Rivero, debe ser tratado por este Honorable Concejo Deliberante, que a fs. 22 este concejo emitió despacho solicitando el cumplimiento de varios puntos previo a tratar nuevamente el pedido de excepción, que a fs 26 obra informe de obras privadas donde el área considera que el impacto urbanístico es mínimo que produciría este centro de salud, que a fs 36 obra conformidad de los vecinos del sector. Que evaluado el Expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTORGAR: EXCEPCIÓN –CODIGO Urbanís-tico – Ordenanza Nº 8547- Art. 190 – Uso del suelo a escala ( 151 a 1500 m2) Uso no permitido - De forma) Equipamiento sanitario para atención de personas de mediana escala ( 151 a 1500 m2) Uso no permitido. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.375 Visto: Que con fecha 18 de Noviembre del 2015 la Legislatura de la Provincia de Córdoba sanciono con la Ley 10321 “CREACIÓN DEL CONCEJO PROVIN-CIAL DE LAS MUJERES”, la cual fuera publicado en

de pediatría de la catedra de pediatría en el Hospital de Alta Gracia y formador de numerosos médicos en la especialidad. Que recibió el Segundo premio en el Congreso Inter-nacional en Republica de Costa Rica sobre Fibrosis quísticas y Asma, en 1994.- Que fue nombrado Fellow de pediatría por la Acadé-mica Americana de Pediatría de Estados Unidos en el año 1970.- Que gano el concurso de médico pediatra del Hospi-tal Ferroviario de Alta Gracia, por concurso y oposi-ción, donde también realizo ateneos. Que fue Integrante del jurado de pediatría del Conse-jo Medico para la Especialidad. Que fue nombrado Medico Ad Honorem en la Funda-ción del Niño Discapacitado “Paulina Domínguez” de la ciudad de Alta Gracia. Que aún continua estudiando y ejerciendo su espe-cialidad en el Centro Medico Modelo de ALTA GRA-CIA con 81 años de edad, 56 años de ejercicio en la profesión como médico pediatra, y 57 años de vivir en nuestra ciudad, dando cumplimiento al juramento Hipocrático de ser un Medico de pueblo y para el pueblo, quedando demostrado en esta breve reseña histórica su calidad como profesional en las ciencias medicas pero por sobre todo su calidad como ser humano. Que evaluada la nota presentada por el concejo reunido en comisión, se emite despacho favorable, aprobado en general y en particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DECLARAR “Ciudadano Ilustre” al Dr. Pedro Polacov. D.N.I. N° 6.491.212, por su destacada trayectoria como médico pediatra y fundamentalmen-te por su calidad como ser humano.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.372 Visto: El Expediente N° 1002/15 –Yunquera Pablo Adrián- Previa; y CONSIDERANDO Que la Secretaria de Infraestructura sugiere dar curso favorable al pedido de Excepción de la subdivisión con Nomenclatura Catastral 001-001.176-061- y Futura unión con el lote Nomenclatura Catastral 001-001.176-062.- Que evaluado el Expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APROBAR lo Excepción de la subdivisión con Nomenclatura Catastral 001-001.176-061- y Futura

Page 38: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 38 de 46

Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.378 Visto: El Expediente N° 1610/16 – iniciado por la Sra. Criado Graciela del Valle – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Eximir a la titular de la Cuenta N° 00028889 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta diciembre de 2016 inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.379 Visto: El Expediente N° 2387/12 – iniciado por la Sra. Centeno Dina Mercedes – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Eximir a la titular de la Cuenta N° 00028889 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta diciembre de 2016 inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.380 Visto: El Expediente N° 912/15 – iniciado por el Sr. Dippert José Antonio – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N°00000510 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta diciembre de 2017

inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.381 Visto: El Expediente N° 1550/02 – iniciado por el Sr. Pérez Pedro Aníbal – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POR cada cuota actual abonada en término de la Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00012214, eximir cinco cuotas de la deuda que en el mismo concepto mantiene con el Municipio hasta la fecha de promulgación de la presente. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.382 Visto: El Expediente N° 1770/16 – iniciado por la Sra. Dattolo Mercedes Noemí – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la Titular de la Cuenta N°00019456 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta diciembre de 2017 inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.383 Visto: El Expediente N° 682/16 – iniciado por la Sra. Juárez Beatriz del Valle – Eximición Tasas por Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO...

el Boletín Oficial el 09/12/15 CONSIDERANDO Que en su artículo Nº 11 invita a las comunas y municipios a adherirse a los contenidos de la presen-te Ley que tiene como objetivo impulsar acciones y medidas necesarias que procuren consolidar y garan-tizar la preservación de los derechos de las mujeres en el marco de los derechos humanos. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por el Con-cejo reunido en Comisión emite despacho favorable, siendo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 09 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: Adhiérase la Municipalidad de Alta Gracia a la Ley Provincial Nº 10321 Creación del Consejo Provincial de las Mujeres. Dado que en su artículo Nº 11 invita a sus municipios a adherirse. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.376 Visto: El Expediente N° 1900/16 – iniciado por el Sr. Vara Elvio Ruben – Eximición Tasas por Servicios a la Propiedad y Tasa Obra de Pavimento; y CONSIDE-RANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al Titular de la Cuenta N°00012721 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta diciembre de 2017 inclusive. Art.2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo un plan de pago al titular de la Cuenta N° 03976 Tasa por Obras de Pavimento a pagar cuotas de $200 (pesos doscientos) sin interés y a valores históricos, respectivamente hasta cancelar el total de la deuda.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.377 Visto: El Expediente N° 167/13 – iniciado por el Sr. Martínez Agustín Luis – Eximición Tasa de Pavimen-to; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo al pago de contado al titular de las Cuenta N°02760, Cuenta N°03476 y cuenta N°03527 correspondiente a la tasa por obras de pavimento a valores históricos y sin intereses de la (tres) 3 Cuentas cuyo monto total es de $ 109.777,37 (Pesos Ciento Nueve Mil Sete-cientos Setenta y Siete c/37.-

Page 39: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 39 de 46

sión de Asuntos Ambientales y Salud emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordi-naria del día 16 de noviembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: IMPLEMÉNTESE el Programa de Prevención de Adicciones, que se instrumentara de manera conjunta entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Asociación Civil Abriendo Caminos.- Art.2°: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a instrumentar las acciones que crea pertinentes en función del avance del programa.- Art.3°: IMPÓNGANSE la leyenda “Vive sin Droga. Lo que no podes solo, lo podemos entre todos”, en los cedulones de tasas y servicios de la Municipalidad de Alta Gracia.- Art.4°: SUGIÉRASE que en todo los ticket de entra-das de espectáculos públicos que se desarrollen en el ejido de la ciudad se imprima en el borde inferior la leyenda “Vive sin Droga. Lo que no podes solo, lo podemos entre todos”. Art.5°: INVÍTESE a los comercios habilitados por la Municipalidad de Alta Gracia a disponer en el área de ingreso al establecimiento una calcomanía con el logo del Programa de Prevención de Adicciones. Las mismas serán provistas por la Asociación Abriendo Caminos Art.6°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.385 Visto: El Expediente N° 1190/07 – iniciado por el Sr. Tapia Rubén Oscar – Exención Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR en un 100% (Cien Por Ciento) el pago de la deuda de Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00028458 hasta diciembre de 2016 inclusive. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.386 Visto: El Expediente N° 2208/16 – iniciado por la Sra. Palacio María Angélica – Exención Tasas por Servi-cios a la Propiedad; Y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA

CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR 100% (Cien Por Ciento) el pago de la deuda de Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00025793 hasta Diciembre de 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.387 Visto: El Expediente N° 747/08 adjunto a Expediente N° 1457/15– iniciado por el Sr. Pessione José Rober-to – Exención Tasas por Servicios de Inspección General e Higiene, y CONSIDERANDO Que solicita la eximición de la deuda de Tasa por Servicios de Inspección General e Higiene – Cuenta N° 07944; Que el solicitante presenta problemas de salud y económicos en estos momentos. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 23 de no-viembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR 100% (Cien Por Ciento) el pago de la deuda de Tasa por Servicios de Inspección General e Higiene sobre el comercio Legajo Nº 07944, haciendo extensivo la exención hasta Diciembre de 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.388 Visto: El Expediente N° 618/I/07 – iniciado por el Departamento Ejecutivo – Sra. Murua Elva Lucinda – Exención Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSI-DERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR 100% (Cien Por Ciento) el pago de la deuda de Tasa por Servicios a la Propiedad de las Cuentas N° 00005939 y Cuenta N°00005940; hasta Diciembre de 2017 inclusive.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POR cada cuota actual abonada en término de la Tasa por Servicios a la Propiedad del inmueble Cuenta N° 00026286, eximir cinco cuotas de la deuda que en el mismo concepto mantiene con el Municipio hasta la fecha de promulgación de la presente. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.384 Visto: El flagelo que es para la sociedad la problemá-tica de adicciones; y CONSIDERANDO Que la problemática de las adicciones exige al Estado adoptar las medidas necesarias para generar resulta-dos positivos, tanto en la prevención, como en el tratamiento de aquellas víctimas de este flagelo, Que en los últimos tiempos se ve notoriamente incre-mentado el consumo de drogas en nuestra ciudad, Que la Asociación Civil Abriendo Caminos ha gestio-nado y efectivizado reuniones durante el último año con especialistas en el área de la salud, educación y prevención, con el objeto de la diagramación de campañas de prevención de adicciones, Que la droga es un flagelo que comienza en lo indivi-dual, afectando la salud, pero luego en su tortuoso camino, arrastra a los adictos a conductas que ponen en riesgo su vida, ingresando al mundo del delito, degradándolos, y causado daños sociales irrepara-bles, Que Alta Gracia no es una isla en la sociedad Argen-tina, siendo innumerables los pedidos de ayuda de madres, padres, hermanos, amigos y comunidad toda sobre esta materia, Que esta problemática no se soluciona negando el problema u ocultándolo, sino por el contrario enfren-tando con una organización, preparada con progra-mas, dotada de los recursos humanos necesarios y capacitados en tan alta especialidad, Que deben contenerse todas las adicciones, pero entendiendo que de acuerdo a la realidad social actual deben ser prioritarias políticas municipales sobre estupefacientes, alcohol y tabaco, Que es obligación del Estado interponerse en la ruta del comercio que enferma nuestra sociedad, ante la casi imposible defensa individual de la persona y su familia. Que se deben articular las acciones necesarias para educar, prevenir, mediante un programa específico, Que la función de prevención no solo corresponde al Estado Municipal sino a todos los vecinos de la ciu-dad, Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la Comi-

Page 40: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 40 de 46

Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.390 Visto: El Expediente N° 1269/14 – Iniciado por la Sra. Martínez Ariana Alejandra – Solicita chapa de taxi; y CONSIDERANDO Que se encuentra en condiciones de transferir la chapa de taxi número 39; Que la solicitante está atravesando una situación económica delicada y sugiere retrotraer el arancel a pagar a la fecha de julio de 2015 y en lo posible abonarlo en un plan de cuotas.

Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 23 de no-viembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a cobrar la tarifa por transferencia de chapa de taxi equivalente a 7.000 bajadas, según Art. 41 de la Ordenanza Tarifaria vigente, al precio a la bajada de bandera del año 2015, es decir cobrar un monto de $105.000 (son pesos Ciento Cinco Mil) en 10 (Diez) cuotas de $10.500 (son pesos Diez Mil Quinientos) cada una sin intereses. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTI-TRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.389 Visto: El Expediente N° 592/10 – iniciado por la Sra. Molina Beatriz Susana –Exención Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR 100% (Cien Por Ciento) el pago de la deuda de Tasa por Servicios a la Propiedad de las Cuentas N° 00013034 hasta Diciembre de 2016 inclusive.

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5504/16 CAratulado: “ ANTONELLO PATRICIA SUSANA DNI 18.400.466 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 940 Alta Gracia, 22 DE NOVIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO(884) de fecha 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIE-CISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 5504/16 CAratulado: “ ANTONELLO PATRICIA SUSANA DNI 18.400.466 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ZANELLA” SIN PORTAR CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO(DNRPA), conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01567(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.- 4) A los fines dis-puestos en ordenanza 9500: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº884 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº884……../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. ANTONELLO PATRICIA SUSANA DNI 18.400.466 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 31 INC.d), 40 inc b), inc d), y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y mo-dif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01567, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALI-DAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 14:36 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle C.PELLEGRINI Nº15, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA ZANELLA,sin portar chapa que identifique el DOMINIO .- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.-AGENTE ACTUANTE: LIENDO EDUARDO.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS TRECE ($8.613) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presen-tar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la munici-palidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimenta-do según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4)Omítese notificación al titular dominial, atento la carencia de chapa patente que permita identificar el DOMINIO.- (Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 22/11/16

EDICTOS - TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE FALTAS - MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5496/16 CAratulado: “ GODOY ENRIQUE ISMAEL DNI 16.615.097 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 941 Alta Gracia, 22 DE NOVIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO(885) de fecha 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECI-SÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 5496/16 CAratulado: “ GODOY ENRIQUE ISMAEL DNI 16.615.097 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “HONDA” SIN PORTAR CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO(DNRPA), conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE H Nº05902(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.- 4) A los fines dis-puestos en ordenanza 9500: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN

Page 41: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 41 de 46

ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº885 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…885…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. GODOY ENRIQUE ISMAEL DNI 16.615.097 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 31 INC.d), 40 inc d), -todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie H Nº05902, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 14:36 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle LUCAS V.CORDOBA Nº200, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA HONDA,sin portar chapa que identifique el DOMINIO .- El infrac-tor-conductor es notificado en el acto de constatación.-AGENTE ACTUANTE: TERNAVASIO JORGE.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO($ 3.828) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expues-tos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documen-tación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4)Omítese notificación al titular dominial, atento la carencia de chapa patente que permita identificar el DOMINIO.- (Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 22/11/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5508/16 CAratulado: “ MIGGITSCH MARÍA DE LOS ÁNGELES DNI 36.878.981 (conductor identi-ficado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 942 Alta Gracia, 22 DE NOVIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO(888) de fecha 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECI-SÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 5508/16 CAratulado: “ MIGGITSCH MARÍA DE LOS ÁNGELES DNI 36.878.981 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “GUERRERO” SIN PORTAR CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO(DNRPA), conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº0834(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.- 4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº888 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…888…../ Y VISTOS…Y CONSIDE-RANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. MIGGITSCH MARÍA DE LOS ÁNGELES DNI 36.878.981(identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conduc-tor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A) de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie H Nº05853, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 16:48 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle LUCAS V CORDOBA S/Nº, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA GUERRERO, sin portar chapa que identifique el DOMINIO .- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- AGENTE ACTUANTE. CASTRO VICTOR.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 6.699) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos preceden-temente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación perti-nente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acredi-tar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y dispo-sición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 22/11/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5502/16 CAratulado: “ TORRES ETELVINA INÉS DNI 24.196.285 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 943 Alta Gracia, 22 DE NOVIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS (886) de fecha 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECI-SÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 5502/16 CAratulado: “ TORRES ETELVINA INÉS DNI 24.196.285 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987”, a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “GILERA” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 485DWI, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01998(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjunta-mente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº886 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍ-QUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…886…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. TORRES ETELVINA INÉS DNI 24.196.285(identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsa-ble/s de infringir el artículo 40 INC. A), y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01998, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 14:48 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por LUCAS V.CORDOBA S/Nº, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA GILERA, DOMINIO 485DWI.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constata-ción.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($5.742) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la san-ción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚM-

Page 42: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 42 de 46

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5498/16 CAratulado: “ MEDINA JUAN CARLOS DNI 33.164.651 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 944 Alta Gracia, 22 DE NOVIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE (887) de fecha 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECI-SÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 5498/16 CAratulado: “ MEDINA JUAN CARLOS DNI 33.164.651 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 ”, a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “KELLER” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 627ILG, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE H Nº05853(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjunta-mente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº887 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍ-QUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…887./ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. MEDINA JUAN CARLOS DNI 33.164.651 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A) de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie H Nº05853, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 16:46 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por C.PELLEGRINI esquina calle A.ILLIA S/Nº, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utiliza-do: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA KELLER, DOMINIO 627ILG.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS UN MIL NOVECIENTOS CATORCE ($1.914) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los funda-mentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contre-ras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 22/11/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5501/16 CAratulado: “ CAGLIOSTRO MATEO DNI 40.681.414 (conductor identificado por el ac-tuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1114 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES(883) DE FECHA 28 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº 5501/16 CAratulado: “ CAGLIOS-TRO MATEO DNI 40.681.414 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987” , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “MONDIAL” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 671LNA, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01999(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº883 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…883…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. CAGLIOSTRO MATEO DNI 40.681.414 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 31 INC.d) y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01999, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIE-CISEIS, A LA HORA 15:16 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle C.PELLEGRINI S/Nº , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA MONDIAL, DOMINIO 671LNA.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.-AGENTE ACTUANTE: CASTRO VÍCTOR.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($ 10.527) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBI-MIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4)Omítese notificación al titular dominial, atento la carencia de constancias en tal sentido (Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

PLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 22/11/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5503/16 CAratulado: “ SUAREZ, NÉSTOR ARIEL DNI 27.645.608 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1115 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: OCHOCIENTOS NOVENTA y SIETE(897) DE FECHA 09 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECI-SÉIS; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº 5503/16 CAratulado: “ SUA-REZ, NÉSTOR ARIEL DNI 27.645.608 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta

Page 43: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 43 de 46

Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “BRAVA” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 738GDB, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01568(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº897 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…897…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. SUAREZ, NÉSTOR ARIEL DNI 27.645.608 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC.B) y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01568, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 14 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIE-CISEIS, A LA HORA 15:05 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por C.PELLEGRINI al Nº15 , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA BRAVA, DOMINIO 738GDB.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS TRECE ($8.613) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presen-tar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la munici-palidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimenta-do según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4) Notifíquese la presente a quien sería propietario del DOMINIO 738GDB según WEB Rentas Cba: PALACIO SANDRA ELIZABETH DNI 25.093.869 (art.5º Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: Expte.Nº 5674/16 CAratulado: “ LOYOLA CRISTOBAL OSVALDO DNI 26.496.580 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1116 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS DIEZ(910) DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº 5674/16 CAratulado: “ LOYOLA CRISTO-BAL OSVALDO DNI 26.496.580 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “honda” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 047DFP, conforme los fundamentos dados en “Y CON-SIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº0835(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Reso-lución Nº910 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Gracie-la Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…910…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. LOYOLA CRISTOBAL OSVALDO DNI 26.496.580 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo art.40 INC.A) y art.40 Inciso b) ; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº0835, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 10:22 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle BRASIL AL Nº 459, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA HONDA SDH 125, DOMINIO 047DFP.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUEN-TA Y SEIS ($ 7.656) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4) Notifíquese la presente al propietario del DOMINIO 047DFP según PGmunicipal: RAMIREZ GABRIEL EDUARDO DNI 39.734.507(art.5º Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: Nº 5676/16 CAratulado: “ MOLINA LUIS ANTONIO DNI 14.533.413 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1117 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS ONCE(911) DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº 5676/16 CAratulado: “ MOLINA LUIS ANTO-NIO DNI 14.533.413 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Inten-dente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e indivi-dualizado como MOTOVEHICULO MARCA “MOTOMEL” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 998DLH, conforme los fundamentos dados en “Y CON-SIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01587(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción conteni-da en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Reso-lución Nº911 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Gracie-la Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…911…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. MOLINA LUIS ANTONIO DNI 14.533.413 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo art.40 INC.A) y art.40 Inciso b) ; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01587, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 09:14 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle AV LIBERTADOR AL Nº 573, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA MOTOMEL, DOMINIO 998DLH.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, MULTA DE PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO ($2.871) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los funda-mentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante

Page 44: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 44 de 46

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 5686/16 CAratulado: “ MOYANO CRISTIAN EZEQUIEL DNI 39.937.025 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1118 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS DOCE(912) DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº 5686/16 CAratulado: “ MOYANO CRISTIAN EZEQUIEL DNI 39.937.025 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ CORVEN” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 516KGO, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01679(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº912 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…912…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. MOYANO CRISTIAN EZE-QUIEL DNI 39.937.025 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 40 INC.B) y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01679, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 10:31 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle BRASIL AL Nº459, ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA CORVEN, DOMINIO 516KGD.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 6.699) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secre-taría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16 CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: Nº5679/16 CAratulado: “ TINARI JANET DNI 40.416.645 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) Y/O REPRESENTANTE LEGAL- P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1119 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS TRECE(913) DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELE-VAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte.Nº5679/16 CAratulado: “ TINARI JANET DNI 40.416.645 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) Y/O REPRESENTANTE LEGAL- P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ IMSA(110)” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 334EAJ, confor-me los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01969(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjunta-mente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº913 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍ-QUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…913…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra TINARI JANET DNI 40.416.645 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) Y/O REPRESENTANTE LEGAL , responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 40 INC.B) y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01969, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 10:33 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle Av.LIBERTADOR , ALTA GRACIA- Provin-cia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA INSA, DOMINIO 334EAJ.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS SEIS MIL SEIS-CIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 6.699) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4) Notifíquese la presente al propietario del DOMINIO 334EAJ según PGmunicipal: MARTINEZ ROBERTO LUIS DNI 21.721.438(art.5º Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4) Omítese notificación al titular dominial, atento la carencia de constancias en tal sentido (Ord.9500/9734).. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: . Nº 5672/16 CAratulado: “ CUITIÑO MIGUEL DNI 27.296.193 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1120 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS CATORCE(914) DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte. Nº 5672/16 CAratulado: “ CUITIÑO

Page 45: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 45 de 46

MIGUEL DNI 27.296.193 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ BRAVA(110)” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 143DWI, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE H Nº05831(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº914 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…914…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra CUITIÑO MIGUEL DNI 27.296.193 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) , responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), y art.40 INC. I (ART 80 INC.2º)-todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie H Nº05831, labrada por INSPECTO-RIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 11:35 MINU-TOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle SAN JUAN BOSCO S/Nº , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA BRAVA(110), DOMINIO 143DWI.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA ($ 9.570) QUE DEBE-RÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: Nº 5682/16 CAratulado: “ VILLARREAL LUCAS ALBERTO DNI 29.002.336 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 1121 Alta Gracia, 29 de DICIEMBRE de 2016. Y VISTOS…Y CON-SIDERANDO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: NOVECIENTOS QUINCE(915) DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELE-VAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: Expte. Nº 5682/16 CAratulado: “ VILLARREAL LUCAS ALBERTO DNI 29.002.336 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 , a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ HONDA(NF 110 WAVE)” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 598IFT, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE H Nº05829(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publí-quese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº915 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLA-SE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…915…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra VILLARREAL LUCAS ALBERTO DNI 29.002.336 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) , responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A) de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie H Nº05829, labrada por INSPECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 27 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 11:35 MINUTOS.- Lugar de consta-tación del hecho: circulación por calle SAN JUAN BOSCO S/Nº , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA HON-DA(NF 110), DOMINIO 598IFT.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS UN MIL NOVECIENTOS CATORCE ($1.914) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposi-ción del mencionado y a los fines pertinentes. 4) Notifíquese la presente al propietario del DOMINIO 598IFT según PGmunicipal: LÍO KEVIN MAXIMILIANO DNI 37.177.226(art.5º Ord.9500/9734)..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 29/12/16

CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: 6268/16, caratulado:” GONZALEZ JULIO DNI 6.419.807(conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 27 Alta Gracia, 10 de enero de 2017. Y VISTOS…Y CONSIDERAN-DO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: UN MIL TREINTA Y OCHO(1038) de fecha 20 DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 6268/16, caratulado:” GONZA-LEZ JULIO DNI 6.419.807(conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 ”, a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “ZANELLA” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 460ACH, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01884(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº1038 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…1038…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. GONZALEZ JULIO DNI 6.419.807 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01884, labrada por INSPECTORIA DEL TRAN-SITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 29 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 10:45 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por AV.HIPOLITO IRIGOYEN INTERSECCION CALLE JOSÉ HERNANDEZ , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA ZANELLA, DOMINIO 460ACH.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS UN MIL NOVECIENTOS CATORCE ($1.914) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde

Page 46: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD · ciudad de alta gracia patrimonio de la humanidad boletÍn oficial nº 230 creado por ordenanza nº 96 de fecha 31 de mayo de 1926 octubre - noviembre/2.016

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 230 - Página 46 de 46

los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presen-tar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la munici-palidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422 Y MODIF.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubieren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- 4) Notifíquese la presente al propietario del DOMINIO 460ACH según PGmunicipal: BERSEZIO BAUTISTA ELEUTERIO DNI 6.100.578 (art.5º Ord.9500/9734). REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 10/01/17 CEDULA DE NOTIFICACIÓN –ORDENANZA 9500/9734-PUBLICACION POR TERMINO LEGAL BOLETIN MUNICIPAL-PROVINCIAL EXPEDIENTE NÚMERO-APELLIDO Y NOMBRE DEL INFRACTOR: EXPEDIENTE NÚMERO 6123/16 CAratulado: “ PEREYRA SOFÍA ÁGATA DNI 39.174.343 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987 EN EL EXPEDIENTE ANTES MENCIONADO SE HA DICTADO la SIGUIENTE RESOLUCION Nº 35 Alta Gracia, 10 de enero de 2017. Y VISTOS…Y CONSIDERAN-DO…RESUELVO: 1)No cumplida la Resolución Número: UN MIL TREINTA Y NUEVE(1039) de fecha 20 DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ; ELEVAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SR.INTENDENTE MUNICIPAL, los originales de las presentes actuaciones: EXPEDIENTE NÚMERO 6123/16 CAratulado: “ PEREY-RA SOFÍA ÁGATA DNI 39.174.343 (conductor identificado por el actuante, al momento de la comisión del hecho) - P.S.I.: LEY 8560/9022 ORD.5308/5987”, a fin de que el Sr. Intendente municipal resuelva y disponga el destino del bien mueble de inscripción registral obligatoria y constitutiva, en custodia en Municipalidad de Alta Gracia e individualizado como MOTOVEHICULO MARCA “BRAVA” CHAPA PATENTE IDENTIFICATORIA DE DOMINIO 203DNS, conforme los fundamentos dados en “Y CONSIDERANDO”, a los que me remito, y acorde a la individualización del ACTA SERIE A Nº01595(me remito).- Y A fin de que el Sr. Intendente ejecute la sanción contenida en la Resolución dictada en éstos, si así correspondiere.- 3) Oportunamente: Vuelvan.-4) A los fines dispuestos en ordenanza 9500/9734: publíquese la presente en BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL y donde disponga el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SEGÚN ORD.9734, conjuntamente a la parte Resolutiva de la Resolución Nº1039 dictada en éstos, otórguese el tiempo de ley, según corresponda (art 6 Ord.9500/9734).-REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- RESOLUCION Nº…1039…../ Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: 1) Declarar al Sr./ Sra. PEREYRA SOFÍA ÁGATA DNI 39.174.343 (identificado por personal MUNICIPAL, en carácter de conductor al momento de la constatación del hecho), responsable/s de infringir el artículo 40 INC. A), 40 INC.B) -todos-; de la Ley 8560 y modif.9022/9140 (t.o )(ORD.5308/ 5987/6914), según hecho descripto y constatado en Acta serie A Nº01595, labrada por INS-PECTORIA DEL TRANSITO MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA, a cuyo contenido me remito, del día 23 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, A LA HORA 10:34 MINUTOS.- Lugar de constatación del hecho: circulación por calle PARAGUAY intersección calle SANTILLAN , ALTA GRACIA- Provincia de Córdoba.- Vehículo utilizado: TIPO “MOTO VEHÍCULO” MARCA BRAVA, DOMINIO 203DNS.- El infractor-conductor es notificado en el acto de constatación.- 2) Según lo expuesto, en base al Art.121 Inc.a) de la ley 8560/9022 y Or.7632: Aplicar como sanción por las faltas cometidas, UNA MULTA DE PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO ($2.871) QUE DEBERÁ ABONARSE ANTE ESTE TRIBUNAL a los dos días de notificada ésta: BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY(Ord.9246 Y Ord.9267).- 3) Acorde los fundamentos expuestos precedentemente, Notifícase en este mismo acto, al imputado/INFRACTOR que cumplida la sanción impuesta; deberá proceder a presentar ante éste, la documentación pertinente(Decreto Ley 6582 y modf.) que posibilite retirar el vehículo retenido por Inspectoría Tránsito, Secretaría General de la municipalidad de Alta Gracia, previo acreditar cumplimiento ante éste del art.25 Ord.9422 Y MODIF.- Todo, bajo apercibimiento de que vencido el mismo sin que hubie-ren cumplimentado según lo ordenado, se elevarán las presentes actuaciones al Departamento Ejecutivo, Sr. Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gra-cia, poniendo el vehículo descripto en guarda y disposición del mencionado y a los fines pertinentes..- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-FDO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Juez.- QUEDA UD.LEGALMENTE NOTIFICADO.- FECHA 10/01/17

Fecha de Emisión 17 de enero de 2.017

Staff: Realizado en Oficialía Mayor

Dirección Técnica: Ab. María Eugenia Amiune - Oficial Mayor Edición y Diseño: Lautaro Bustamante Urriza

Se encuentra a disposición de la población en OFICIALÍA MAYOR, SECRETARÍAS Y DIRECCIONES MUNICIPALES, que de ellas dependan, los actos administrativos y legislativos correspondientes a las mismas. Asimismo, se encuentran a disposición de los interesados, en Oficialía Mayor, Belgrano Nº 15, la versión completa de dichos actos, los que por razones de espacio, se publican en forma sintetizada, como así también ediciones anteriores y actual del Boletín Oficial. Desde el mes de Enero de 2007, para mayor comodidad, puede consultar la versión electrónica en la página Web oficial de la ciudad de Alta Gracia:

http://www.altagracia.gov.ar/boletín_oficial.asp