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CEIP.EL RECUERDO PLAN DE CONVIVENCIA 2016-2017

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CEIP.EL RECUERDO

PLAN

DE

CONVIVENCIA

2016-2017

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*********PLAN DE CONVIVENCIA*********

1-INTRODUCCIÓN Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN.

2-ASPECTOS DEL ENTORNO DEL CENTRO DOCENTE QUE PUEDEN INFLUIR EN LA CONVIVENCIA.

2.1-El centro docente: características y entorno

2.2- Análisis de la situación actual de convivencia en el centro.

2.3-Respuestas que el centro da a las situaciones actuales de convivencia.

2.4-Relacion con las familias y los servicios externos.

3-ACTUACIONES PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENICIA:

3.1. Objetivos a conseguir, personas implicadas y acciones previstas.

3.2. Normas de Convivencia y Conducta (conforme a lo que se dispone en el artículo 4 y en el Título III). Enlace

3.3. Normas de Organización y Funcionamiento.

3.4. Distribución de competencias que favorezcan la convivencia

3.5. Evaluación de la Convivencia.

3.6. Derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa

3.7. Protección a las víctimas de agresiones. (AVE) Enlace

4-PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS:

4.1. Acuerdos y contratos de convivencia.

4.2. Aula de Convivencia.

4.3. Mediación Escolar

5-MEDIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DAR A CONOCER EL PLAN DE CONVIVENCIA.

5.1.Comisión de Convivencia.

5.2 Otros.

6. NORMATIVA EN LA QUE NOS BASAMOS.

7. ANEXOS

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1. INTRODUCCIÓN Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN.

Cuando en los Centros perseguimos la calidad en la Educación, consideramos fundamental la convivencia, siendo imprescindible y necesario un buen ambiente en el que se vinculan los niños y niñas con la sociedad, el cumplimiento de las leyes y normas, la formación ciudadana y el ejercicio de valores fundamentales tales como el respeto, la tolerancia, la autonomía, la responsabilidad, la no violencia, la solidaridad, el sentido de la justicia y la valoración del esfuerzo. Valores que deben estar presentes en las relaciones interpersonales entre todos los miembros de la comunidad educativa y contribuir a la construcción de una sociedad mejor. Además, entendemos la educación como una herramienta para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para desarrollar la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el acoso escolar. Para conseguir todo esto incluiremos en el plan de convivencia la concreción de los derechos y deberes de los alumnos y las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento, que tendrán un carácter educativo y recuperador y deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y alumnas. En cualquier caso, se pretende con éste Plan de Convivencia dar respuesta a una sociedad cambiante, con unas demandas y problemas socioeducativos.

Consideramos estos Principios de Actuación fundamentales a la hora de facilitar una óptima convivencia:

a) El desarrollo de los procesos de enseñanza y de aprendizaje en un clima de respeto mutuo, confianza, aceptación.

b) La implicación de todos los miembros de la comunidad educativa para conseguir un clima escolar adecuado y la colaboración de las familias en el cumplimiento de las normas de convivencia, así como en los procesos que ayuden a prevenir, evitar y resolver pacíficamente los conflictos de convivencia que tengan lugar en el centro.

c) El valor de las medidas y actuaciones de carácter preventivo y el establecimiento de procedimientos de resolución pacífica de conflictos a través de acuerdos y compromisos de convivencia o mediante el uso de la mediación escolar, sin perjuicio de las acciones correctoras que puedan ejercerse para garantizar el cumplimiento de las normas de convivencia en los centros.

d) La participación y colaboración con otras administraciones o instituciones para favorecer la convivencia.

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e) La educación intercultural como apuesta educativa que requiere compromiso e implicación en el proceso grupal socializador ensalzando valores de cooperación, colaboración, solidaridad, sentido de justicia,…

2. ASPECTOS DEL ENTORNO DEL CENTRO DOCENTE QUE PUEDEN INFLUIR EN LA CONVIVENCIA Y EN LOS QUE EL PLAN VA A INCIDIR.

2.1.El centro docente características y entorno.

ENTORNO:

San Javier juntamente con todos los pueblos de la comarca del Mar Menor ha experimentado un gran crecimiento demográfico en los últimos años.

El asentamiento de familias extranjeras conjuntamente con las autóctonas, ha originado un aumento muy sustancial de la población de San Javier, siendo muy significativo el aumento de la natalidad.

Las actividades económicas del municipio son la agricultura, la industria (manipulado de productos alimenticios), el turismo y el sector servicios.

En cuanto a comunicaciones se puede considerar que son satisfactorias, debido a la red de vías locales (autovías que enlazan con las poblaciones más importantes de la zona como Murcia, Cartagena, Alicante etc.), líneas ferroviarias con la estación de Balsicas a un paso del municipio, el aeropuerto, y el puerto de Cartagena.

ALUMNADO:

Actualmente nuestro centro educativo cuenta con 6 unidades escolares de Infantil, dos grupos de 1º , dos grupos de 2º, dos de 3º y tres de 4º y uno de 5º, con un total de 406 alumnos , de los cuales el 16% corresponden a alumnos de distintas nacionalidades extranjeras.

Para actuar correctamente debemos tener en cuenta las condiciones en que vamos a desarrollar la propuesta de actuación que pretendemos llevar a cabo y de forma general podemos decir:

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En nuestro centro contamos con grupos heterogéneos, existiendo alumnos con diferente grado de motivación, interés, madurez, conocimiento del idioma, capacidad de atención, dificultades de aprendizaje y de movilidad y diferentes niveles de competencia curricular dentro de un mismo grupo.

El trabajo que se nos exige desde fuera de las aulas, por parte de las familias y de la propia sociedad, hace que las clases sean lugares donde los alumnos no solo tienen que adquirir unos contenidos que marca el currículo, sino que el trabajo de la familia de establecer unos valores básicos y una educación mínima, recae cada vez más en la escuela, lo que supone una dificultad añadida a la tarea docente, quedando relegados aspectos como la tolerancia, el respeto a los demás, la cooperación entre compañeros, ….al ámbito de la escuela y no de la familia, en muchos casos.

DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL CENTRO:

Nuestro centro se encuentra situado en la zona sur de San Javier, concretamente en la calle Cerezo, en un barrio relativamente nuevo del pueblo.

EDIFICIO ESCOLAR:

El centro consta de:

-Un pabellón de Educación Infantil que consta de 6 aulas: dos de 3 años, dos de 4 años y dos de 5 años, también hay un aula de usos múltiples; aseos para niños/as y uno para profesores, también hay una Sala de profesores. y un pequeño trastero usado de almacén y amplio patio con zona de pérgola y columpios.

-Un pabellón de Primaria con 12 aulas estándar de las cuales sólo hay ocupadas 10: dos de 1º, dos de 2º y dos de 3º y tres de 4º y una de 5º, también hay aseos para niños/as, profesores/as, …, sala de profesores, aula Plumier, tres despachos, cuatro aulas de apoyo, una de logopedia, una de música, una biblioteca, y conserjería.

- Un pabellón que cuenta con comedor y cocina, sala de calderas, sala de usos múltiples y gimnasio.

- Amplio patio con pistas, aseos, zonas cubiertas y huerto escolar.

EQUIPO DOCENTE:

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El Equipo Docente del Centro lo componen:

7 profesoras de Educación Infantil.

1 profesor de Ed. Musical que apoya a las aulas con exceso de ratio.

2 profesoras de Religión.

1 profesor de Ed. Física.

4 profesores de Inglés una de ellas también lleva la secretaría del Centro y 3 de ellos tienen tutoría.

1 profesora de Francés que también lleva una tutoría.

1 P.T que comparte su horario con apoyo en Educación Infantil.

5 profesoras/es de Primaria. Todas ellas también desempeñan labores de apoyo.

2 profesoras de apoyo a Primaria que comparten horario con la dirección y la jefatura de estudios del Centro.

Una logopeda que comparte su horario con apoyo en Educación Infantil.

Orientadora que acude al Centro cada 7 días.

2.2. Análisis de la situación actual de convivencia en el centro.

Entendemos la convivencia como un proceso, creativo y respetuoso con todos, de resolver conflictos, ya sea previniendo su aparición, ya sea evitando su escalada cuando se han producido.

Del mismo modo definimos conflicto como una situación en la que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo, porque sus posiciones, valores, intereses, aspiraciones, deseos o necesidades son incompatibles o al menos se perciben como tales.

En el Centro la Convivencia se puede considerar dentro de lo normal, aunque siempre se puede mejorar.

Actualmente los problemas de convivencia se centran en aquellos casos donde las fuertes individualidades, la falta de empatía y respeto hacia los demás han generado una serie de conductas sobre las que se está trabajando con cierta mejoría.

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Aunque la convivencia en el Centro entra dentro de lo normal y se van tratando de forma puntual aquellos casos que lo precisan, se está llevando a cabo en el Centro un Trabajo de Educación Emocional de forma trasversal, vista la necesidad detectada, así mismo se ha puesto en marcha el Programa de Mediación de conflictos de nuevo, iniciado el curso pasado por dos representantes de Educoyá y que dio muy buenos resultados en el patio a la hora del recreo.

Igualmente, y obedeciendo a la gran importancia que se otorga al ámbito de la convivencia en el centro, éste curso empezamos la formación que implica la pertenencia la Programa de Educación Responsable en el que hemos sido admitidos tras solicitarlo y que depende de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad y que completará el trabajo que hasta ahora estamos llevando a cabo.

Este trabajo para mejorar la convivencia va más allá y también se tratan temas fuera del horario de docencia, en las que se puede generar problemas de conducta: comedor.

También es de destacar la falta de confianza que algunos padres manifiestan hacia la labor de los profesores en particular y del Centro en general y que, en cierta manera repercute en la actitud de los niños y niñas hacia el colegio y los profesores.

Otro aspecto sobre el que hay que estar muy atentos es el tema de la discriminación racial que a veces hemos podido vislumbrar y más bien viene generada por adultos.

2.3. Respuestas que el centro da a las situaciones actuales de convivencia.

De forma general, los docentes nos comprometemos a diario ocupándonos de aquellos aspectos que afectan a la convivencia en el centro, con los últimos estudios que se han realizado sobre conflictos en contextos escolares y más concretamente sobre las situaciones de acoso y sus consecuencias, adquirimos todo el profesorado el compromiso de una actitud más atenta y comprometida para garantizar que este tipo de actuaciones no sean un problema en el normal desarrollo de nuestros escolares ni en el logro de los objetivos que se ha propuesto en Centro.

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Llevamos a cabo un programa para la Mediación y Resolución de Conflictos que aplican los grupos de alumnos mayores en el recreo.

Con el presente Plan de Convivencia pretendemos abordar la parte que nos corresponde aunando los recursos propios y externos, e implicando a los distintos colectivos más próximos a la escuela.

La realidad escolar está sujeta a continuas variaciones, cambian en el tiempo los intereses de los padres, las expectativas de los alumnos, los recursos de los centros, la procedencia de alumnado, cambian los valores, el concepto y la práctica de autoridad, las normas legales, el sentido de la libertad y de lo justo, la escuela, en definitiva, refleja la complejidad de la sociedad.

Por lo tanto, la propuesta de Este Plan de Convivencia no es fija para todos los cursos, cada curso tendrá una propuesta de actividades adaptadas a la realidad del clima de convivencia del centro si lo necesita.

En la elaboración de este Plan de Convivencia se ha procurado la participación de la comunidad educativa para conseguir los efectos que deseamos.

Este Plan de Convivencia es complementario a las normas de convivencia en vigor.

2.4. Relació con las familias y los servicios externos.

Las familias de nuestros alumnos, son un pilar básico en todos los aspectos relacionados con la convivencia en el ámbito escolar, padres y profesorado se necesitan para hacer frente común y ayudar a nuestros escolares en la tarea de “aprender a vivir juntos” y en “aprender a ser”.

La participación de las familias en la vida escolar es de modo general satisfactoria aunque debe ser más frecuente, más comprometida y sobre todo más generalizada. En este sentido, las propuestas encaminadas a una mejor participación estarán siempre abiertas por parte del centro, muy especialmente, desde la acción tutorial.

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El Centro está totalmente abierto a formar parte de Programas provenientes de entidades como Servicios Sociales del Ayuntamiento, la Consejería de Educación,….y que tengan como objetivo mejorar en el tratamiento de los diversos aspectos de la convivencia (Escuelas de padres, charlas,……).

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3. ACTUACIONES PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA:

3.1. Objetivos que se pretenden conseguir con su desarrollo y acciones previstas para la consecución de los objetivos.

OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

1.- Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo o edad.

1.1- Potenciar un uso correcto del lenguaje, dando las gracias, pidiendo por favor, saludando al entrar, despidiéndose al salir…….

1.2- Respetar y valorar las producciones y trabajos realizados por todos los alumnos (acnee,

PROFESORES/TUTORES:

*El profesorado fomentará día a día en los alumnos los siguientes hábitos: Llamar a las personas por su nombre, dar las gracias, pedir perdón y disculparse, felicitar y elogiar, pedir por favor, saludar y despedirse.

*El profesorado trabajará en clase situaciones en las que el alumno/a tenga que asumir el punto de vista del otro por medio de actividades de cambio de rol.

*Los tutores llevarán a cabo un Plan de Acogida para potenciar la integración en la clase y en el centro de los nuevos alumnos.

*Los tutores trabajarán con el grupo clase el respeto y valoración de los trabajos realizados por todos los compañeros por medio de actividades de cooperación, exposiciones, asambleas, realización de murales….

*Realización de tareas que incluyan el conocimiento y respeto por

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inmigrantes,…)

1.3- Fomentar la participación de todos los alumnos y alumnas en las actividades extra-escolares y complementarias.

otras culturas distintas.

*Favorecer el trabajo cooperativo.

ALUMNADO:

*Como recoge el Plan de Acogida, los alumnos ayudarán a sus compañeros nuevos a conocer el centro: enseñando el centro, colaborando en los cambios de clase para que no se pierdan, jugando en el recreo con él o ella, ayudándole a hablar el castellano sin reírse de ellos y aprendiendo algunas palabras correctas de su idioma.

*Los alumnos acogerán a sus nuevos compañeros en el aula colaborando en los cambios de clase para que no se pierdan, prestándoles el material en caso necesario, contando con ellos para las actividades que organice el grupo, para que no se sienta aislado.

*Los alumnos tendrán actitudes positivas con sus compañeros de necesidades educativas especiales colaborando con ellos en las actividades de clase pero no súper protegiéndolos.

PADRES/MADRES:

*Los padres fomentarán en casa una actitud positiva hacia el hecho de la emigración en nuestro pueblo, colegio, calle….

*Todos los padres deberán implicarse en dejar a sus hijos a las actividades complementarias planificadas en el centro, para ello el

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centro potenciará a nivel de tramo o/y etapa, actividades gratuitas y/o muy económicas (siempre que sea posible), en las que se prime la convivencia y se potencie lo trabajado en clase.

*Los padres en general deberán fomentar la autonomía de sus hijos y evitar la sobre-protección para ello desde infantil los tutores explicaran esta necesidad en las reuniones generales, la orientadora del Centro dará charlas en éste sentido.

EQUIPO DIRECTIVO/ INSTITUCIONES:

*Incluir entre los documentos oficiales el Plan de Acogida y procurar darlo a conocer a todos los miembros de la comunidad educativa.

*El centro pedirá la colaboración de las asociaciones (Murcia Acoge), Ampa, servicios sociales para realizar actividades que fomenten la integración y la convivencia en el centro.

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OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

2.- Fomentar la implicación de las familias

2.1- Implicar a los padres en la tarea respecto a las actividades de apoyo y refuerzo en el aprendizaje de sus hijos.

2.2- Informar del progreso y de las dificultades del proceso educativo de los alumnos.

2.3- Informar a los padres sobre la necesidad de crear en sus hijos hábitos saludables para el desarrollo de una convivencia sana dentro de las aulas.

PROFESORES/TUTORES:

*Los tutores insistirán, en todas las reuniones generales y por medio de comunicaciones escritas, en la necesidad de venir aseado porque las aulas se impregnan de malos olores y esto dificulta la convivencia.

*Los Profesores solicitarán a los padres la información necesaria sobre sus hijos para ayudarles en su proceso educativo.

*Los profesores solicitarán por escrito la visita de los padres para intercambiar información o para comunicarle algún hecho puntual.

*Desarrollar acciones encaminadas a la mejora de la convivencia en el centro, facilitando las relaciones entre los diferentes miembros que componen la comunidad educativa.

*Recurrir a la traductora, servicios sociales,….siempre que sea necesario para colaborar en las necesidades que manifiesten las familias.

*Los padres podrán acudir al centro para ser atendidos por los profesores cuántas veces crean necesario en el horario de atención a padres.

*Los padres solicitarán a las distintas Instituciones (Ayuntamientos, Sanidad, Consumo) a través de la Ampa la realización de seminarios, cursos, charlas….relacionadas con temas que les

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2.4.- Realizar actividades en colaboración con otras instituciones para ayudar a los padres a resolver problemas educativos de sus hijos.

2.5.- Pensar en el centro como algo propio asumiendo responsabilidades para el cuidado y mantenimiento de los espacios comunes.

preocupe en relación con sus hijos.

ALUMNADO:

*Los alumnos se comprometerán a venir aseados.

*Crear situaciones en las que el alumno/a tenga que asumir el punto de vista del otro.

*Elaboración democrática de las normas de clase.

*Fomento del respeto y del conocimiento de otras culturas distintas a la propia.

*Realización de actividades que conlleven el desarrollo de la empatía.

*Fomentar en los alumnos/as actitudes y hábitos que ayuden a tener el centro limpio.

*Desarrollar acciones encaminadas a la mejora de la convivencia en el centro, facilitando las relaciones entre los diferentes miembros que componen la comunidad educativa.

*Utilizar actividades que ayuden a los alumnos a expresar opiniones y pedir consejo, expresar lo que agrada o desagrada.

*Realización de actividades encaminadas a que el alumno descubra las ventajas del trabajo en grupo.

*Realización y puesta en marcha de un programa de habilidades sociales.

*Establecimiento de un sistema de responsabilidades en el aula con un sistema de recompensas.

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EQUIPO DIRECTIVO:

*Mantener reuniones periódicas con el AMPA, apoyando y colaborando en lo posible con su labor.

*Favorecer la participación de los padres en el Consejo Escolar y procurar que estén informados.

*Atender a los padres que soliciten reuniones.

*Desarrollar acciones encaminadas a la mejora de la convivencia en el centro, facilitando las relaciones entre los diferentes miembros que componen la comunidad educativa.

*Implantación de forma sistemática de actividades tales como reuniones informativas en cuanto al desarrollo y evaluación del plan, charlas, debates, etc…, con las que se trabaje la colaboración con las familias.

*Favorecer, si hace falta, reuniones con la orientadora del centro.

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OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

3.- Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa

3.1- Mejorar y ampliar los canales de comunicación entre todos los miembros de la Comunidad Educativa de modo que sea más activa la colaboración y la participación de todos.

3.2- Organizar de forma conjunta toda la Comunidad Educativa actividades culturales o lúdicas que fomenten el conocimiento, respeto y la tolerancia hacia nuestra Comunidad Educativa.

3.3– Comprometerse e implicarse en el empleo

PROFESORES/TUTORES:

*Los profesores comunicarán a las familias en las reuniones generales las distintas formas de participar en el centro: AMPA, Consejo Escolar, delegado de la clase, talleres, apoyo en actividades escolares, apoyo en actividades extra-escolares.

*Los tutores a principio de curso explicaran a sus alumnos de su grupo clase los miembros de la comunidad educativa y el trabajo que desempeña cada uno de ellos (conserje, cocineros, auxiliares educativos, cuidadores, limpiadoras, Presidente de la AMPA, Ayuntamiento, Orientadora, asociaciones….

*Los tutores insistirán en la necesidad de conocer a todas las personas que trabajan en nuestro centro.

ALUMNADO:

*Los alumnos podrán pedir ayuda a cualquier miembro del centro, cuidadores, conserje, cocineros, profesores…

*Los alumnos participarán de forma activa en la medida de sus posibilidades en las actividades propuestas por la comunidad educativa.

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de materiales, buen uso del agua, reciclado.

PADRES/MADRES:

*Los padres participarán en la medida de sus posibilidades de las actividades propuestas por la AMPA.

*Los padres participarán en talleres, cursillos, charlas… según sus necesidades y posibilidades.

*La familia recibirá siempre información detallada de las actividades lúdicas y culturales organizadas tanto por el centro como de cualquier otra institución local.

*Las familias autorizarán la participación de sus hijos en las actividades programadas por la comunidad educativa.

*La familia puede acudir al centro siempre que lo necesite y contar con el apoyo del centro.

EQUIPO DIRECTIVO / INSTITUCIONES:

*Toda la comunidad educativa podrá aportar sugerencias para actividades culturales y recreativas propuestas por el centro, AMPA, asociaciones, ayuntamiento.

*El centro programará las actividades de navidad, carnaval, final de curso……. de forma cooperativa y participativa con toda la comunidad educativa.

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OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

4. Prevenir conflictos.

4.1-Valorar y fomentar el diálogo como vía de resolución de conflictos.

4.2- Fomentar las relaciones interpersonales entre niños y niñas desde la Educación Infantil.

4.4- Conocer a los demás para ponerse en su lugar y así crear cauces de comunicación y colaboración.

4.5- Llevar a cabo estrategias comunes del profesorado de cara a gestionar los conflictos

PROFESORES/TUTORES:

*Uso de estrategias: diálogo, técnicas de relajación (mindfulness,..), dramatizaciones, cuentos, vídeos, coloquios, debates, mediación,……

*Los profesores trabajarán diariamente en clase pautas correctas de comunicación oral y gestual para facilitar las relaciones entre todos los alumnos en clase y en el centro.

*Los profesores comunicarán a los tutores cualquier incidencia para que el tutor este informado constantemente de lo que sucede en su grupo clase.

*Los tutores trabajaran a principio de curso los derechos y deberes que tienen los alumnos en clase, elaborarán las normas de la clase entre todos y se expondrán de forma visible.

*El profesor tutor actuará como mediador entre profesores, padres y alumnos a la hora de resolver los conflictos.

*El profesor tutor comunicará a los padres cualquier conducta disruptiva que haya sucedido a los alumnos de su tutoría aunque no haya sido en su clase y estará presente en el momento en el que los padres acudan al centro.

*El profesor fomentará el papel del mediador de conflictos.

*Tratarán de forma anticipada el tema del acoso en el aula de forma

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entre los alumnos, establecer cauces adecuados para resolver los conflictos y pautas de coordinación entre los distintos estamentos (padres, profesores, alumnos,…)

4.6.-Reclamar recursos para la formación del profesorado, de las familias y demás agentes educativos en resolución de conflictos, negociación…

4.7- Crear instrumentos o estructuras en el nivel institucional del centro para facilitar la interacción y la convivencia.

que se haga en éste sentido un trabajo preventivo.

*Si el tutor o cualquier profesor del centro detecta un posible caso de acoso o maltrato, inmediatamente se llevará a cabo un protocolo a seguir por todos los maestros que estén en relación con el o los alumnos implicados. Igualmente si son los padres/madres o alumnos los que nos trasladan sus sospechas.

*Los profesores llevarán un registro de los sucesos a destacar en las clases o en el patio.

*Se trasladará al equipo docente cualquier caso que merezca ser observado más detenidamente, así como se llevarán a cabo actuaciones consensuadas para prevenir posibles conflictos.

*Se trabajará en clase la Educación Emocional.

ALUMNADO:

*Los alumnos en conjunto, guiados por los profesores elaborarán las reglas de convivencia de su clase.

*Se hará efectiva la figura del mediador de conflictos.

Los alumnos a partir de 6º de educación primaria elegirán delegado y subdelegado por clase.

PADRES/MADRES:

*Las familias deben conocer las normas de convivencia del centro.

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*Las familias deben inculcar hábitos de respeto hacia las normas establecidas en el centro.

*Las familias pueden solicitar información y ayuda a las tutores y al centro ante cualquier conducta disruptiva que observen en sus hijos.

EQUIPO DIRECTIVO / INSTITUCIONES:

*Se solicitará el asesoramiento y ayuda en caso necesario del EOEP específico de Convivencia,al ayuntamiento, los servicios sociales, a los Servicios sanitarios se les demandarán recursos, ayudas puntuales, asesoramiento…

*Al CPR del Mar Menor se solicitará formación e información por parte del centro sobre la prevención de conductas disruptivas en caso necesario.

*En el centro se revisará periódicamente Las Normas de Convivencia y Conducta, adaptándolas a las características del centro.

*En el centro existe una Comisión de Convivencia dependiente del Consejo Escolar que se reunirá trimestralmente para el plan de convivencia.

*Este plan de convivencia se revisará anualmente.

*Se llevará un seguimiento exhaustivo de aquellos casos que pudieran implicar un incumplimiento de las normas de convivencia, incluso en la hora de comedor.

*Fomentar la participación de la comunidad educativa en Programas que impliquen una mejora en la convivencia del centro: Educación

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Responsable, Programa de Mediación,…

OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

5.-Adquirir habilidades sociales y comunicativas que favorezcan la convivencia

5.1- Llevar a cabo actitudes de ayuda y colaboración en especial para los niños que llegan nuevos al centro.

5.2- Conocer a los demás para ponerse en su lugar y así crear cauces de comunicación y colaboración.

5.3- Adquirir habilidades comunicativas gestuales

PROFESORES/TUTORES:

*Conocerán y tendrán muy presente el Plan de Acogida.

*Los profesores incluirán en las Unidades Didácticas/Proyectos la Educación Emocional.

*Los profesores trabajarán habilidades comunicativas gestuales con los alumnos para que puedan comunicarse con aquellos compañeros de su clase y del centro con problemas de comunicación.

*Los profesores trabajarán diariamente en clase las siguientes habilidades sociales: llamar antes de entrar, saludar al entrar, despedirse al salir, pedir por favor, dar las gracias……

*Los profesores trabajarán requisitos básicos para realizar actividades de grupo: levantar la mano, esperar el turno, respetar a la persona que habla.…

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para comunicarse con compañeros que tienen problemas para relacionarse.

5.4-Adquirir requisitos básicos para realizar actividades de grupo.

5.5. Realizar tareas de forma cooperativa en pequeño grupo o gran grupo sabiendo valorar el esfuerzo del compañero, las diferencias interpersonales, respetando las opiniones ajenas.

5.6- Mejorar la comunicación gestual – oral y escrita valorando la amabilidad y cortesía, la afectividad y el sentido del humor.

*Los profesores realizarán actividades en las que los alumnos tengan que trabajar de forma cooperativa: realización de murales, realización de bailes para salir todo el grupo bailando en carnaval, representar una obra de teatro todo el grupo….

*Los tutores trabajarán de forma personalizada e individual en los alumnos de su grupo clase habilidades sociales que les permitan mejorar su autoestima y confianza en si mismos (Confiar en los demás, escuchar lo que nos dicen, pedir ayuda cuando sea necesario….)

*Se fomentará el trabajo cooperativo.

ALUMNADO:

*Los alumnos trabajarán en clase en gran grupo, en pequeño grupo e individualmente según el tipo de actividad.

*Los alumnos reflexionarán sobre la necesidad de trabajar muchos contenidos de forma cooperativa y valorando las aportaciones de todos sus compañeros.

PADRES/MADRES:

*Las familias deben inculcar a sus hijos en colaboración con sus profesores habilidades sociales y comunicativas.

*Las familias colaborarán con los tutores para favorecer el desarrollo

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5.7.-Reclamar recursos para la formación del profesorado, de las familias y demás agentes educativos en habilidades de comunicación y habilidades sociales.

emocional y social en sus hijos.

*Las familias solicitarán la información de los profesores, del centro u otros agentes externos, para ayudar a sus hijos en el desarrollo emocional y social.

EQUIPO DIRECTIVO / INSTITUCIONES:

*Al Ayuntamiento, a los servicios sociales se le solicitarán la puesta en práctica de proyectos como la Escuela de Familia,……. para la formación de habilidades sociales, comunicativas, colaborativas para padres, alumnos, profesores….

*Se solicitaran cursos de formación al CPR en caso necesario para que la formación del profesorado en habilidades sociales y comunicativas, Educación Emocional, Psicología positiva,…..

*Se impulsa la puesta en práctica de la Mediación y resolución de conflictos en el patio de recreo.

*Se participa en otros Programas orientados en éste sentido: Educación Responsable.

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OBJETIVOS GENERALES

OBJETIVOS ESPECIFICOS

ACCIONES PREVISTAS

6.Despertar el interés inicial por pertenecer a un colectivo

6.1 Pensar en el centro como algo propio.

6.2 Asumir responsabilidades en el cuidado y mantenimiento de los espacios comunes del centro y del Medio Ambiente en general: Patrullas verdes,…...

6.3 Comprometerse en el reciclado de materiales.

6.4 Asumir la responsabilidad de no malgastar el agua, el

PROFESORES/TUTORES:

*Los profesores insistirán diariamente en el cuidado del centro actuando como modelos de los alumnos.

*Los profesores inculcarán hábitos en el reciclado de materiales, para ello explicarán a los alumnos que viene un camión de reciclado todos los jueves y que pueden traer materiales como pilas, botes para reciclarlos.

*Los profesores trabajarán los contenidos transversales de la educación ambiental en todas sus Unidades didácticas / Proyectos.

*Los profesores propondrán actividades o trabajos a los alumnos para decorar pasillos en navidad, en carnaval ,el día del libro, el día de la paz…..

*Los tutores propondrán a sus alumnos la decoración de la clase.

*Los profesores promoverán los desplazamientos para ir al cole a pie y/o en bicicleta.

*Promoverán actividades que impliquen a todo el centro: desfiles, festivales, lipdub, ……

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papel higiénico, los folios, las tizas y ser capaces de apreciar estos materiales como comunes al centro.

*Participar en las actividades propuestas en el huerto escolar, entendido como un espacio que pertenece a todo el centro.

*Organizar la actividad de la Patrullas Verdes. Trasmitir el sentimiento de pertenencia a un grupo, clase, centro, pueblo, comunidad, país, mundo. *Desde el centro se fomentará el cuidado del entorno y del pueblo,

inculcando la necesidad de cuidar el bien común.

ALUMNADO:

*Los alumnos cuidarán los materiales de sus compañeros y los del centro como algo propio.

*Los alumnos colaborarán en la decoración de sus clases y del centro en general como un espacio común y a la vez propio. Los alumnos pedirán papel higiénico, tizas, folios a sus profesores siempre que lo necesiten para utilizarlos de forma provechosa y no malgastar los materiales. de forma individual y en conjunto, guiados por los profesores, elaborarán las reglas de convivencia de su clase.

*Participarán y cuidarán el huerto escolar.

*Participarán y asumirán con responsabilidad su colaboración como parte de la patrulla verde cuando le toque.

PADRES/MADRES:

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*Las familias deben inculcar a sus hijos el ahorro de agua, energía de forma funcional y cooperando con el centro así como la necesidad del reciclaje, sobre todo con el ejemplo.

*Conocer las normas de convivencia del centro.

*Las familias deben inculcar hábitos de respeto hacia las normas establecidas en el centro y fuera del centro para el cuidado del bien común.

*Las familias pueden solicitar información y ayuda a los tutores y al centro ante cualquier conducta disruptiva que observen en sus hijos.

EQUIPO DIRECTIVO / INSTITUCIONES:

*Se solicitará la puesta en práctica de proyectos por parte de las instituciones locales para la concienciación del ahorro del agua, de materiales, de energía para padres, profesores alumnos.

*Al ayuntamiento, los servicios sociales, servicios sanitarios se les demandarán recursos, ayudas puntuales, asesoramiento…

*La comunidad educativa actuará como ejemplo para que los alumnos aprendan apreciar el centro como un grupo social al que pertenecen y deben cuidar y respetar a la vez que se benefician de pertenecer a un centro.

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3.2. Normas de Convivencia y Conducta (conforme a lo que se dispone en el artículo 4 y en el Título III).

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Se consideran faltas leves contra las normas de convivencia en el centro las siguientes conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la consideración de faltas graves o muy graves:

a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

En el Artículo 30. Se pueden encontrar las medidas correctoras por la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia escolar y en el Artículo 31 encontramos la Ejecutividad y comunicación de las medidas correctoras. . Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 124.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, serán inmediatamente ejecutivas.

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Se consideran faltas graves contra las normas de convivencia en el centro las siguientes conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la consideración de faltas muy graves:

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

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b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia.

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios. e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

j) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos. k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

En el Artículo 33 encontramos las Medidas correctoras por la comisión de faltas graves contra las

normas de convivencia escolar y quien las aplica.

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

SE CONSIDERAN FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO

LAS SIGUIENTES CONDUCTAS:

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a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

En el Artículo 35 encontramos las Medidas correctoras por la comisión de faltas muy graves

contra las normas de convivencia escolar y quien las aplica. http://www.borm.es/borm/documento?obj=anu&id=743517

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3.3. Normas de Organización y Funcionamiento de nuestro centro.

(Aquí solo aparecen las normas directamente relacionadas con la convivencia)

1. PROFESORADO

Son competencias de los tutores/maestros especialistas

- Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y Programa de Prevención de absentismo, así como, de las actividades de orientación bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios. Para ello podrá contar con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica.

-Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

-Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

-Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de alumnos.

-Atender y cuidar, junto con los profesores del Centro, a los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas

-Mantener la confidencialidad de la información contenida en el expediente del alumno/a.

-Informar a las familias en la primera reunión del curso sobre las normas de organización y funcionamiento del Centro, ……..

-Convocar y presidir las reuniones trimestrales de padres de su tutoría.

-Registrar, diariamente en el parte mensual, las faltas de asistencia y puntualidad, contando con la colaboración de los demás profesores del grupo.

-Analizar las situaciones de riesgo que puedan producirse.

-Informar de las situaciones de riesgo a la jefatura de estudios o tutor.

-Abrir expediente de absentismo en caso necesario.

-Tomar nota en el cuaderno de clase de aquellos comportamientos de riesgo que se detecten y tratar en el equipo docente.

-Realizar las actuaciones de difusión, prevención, mediación y corrección enmarcadas dentro del Plan de Convivencia.

-Adoptar las medidas que correspondan para prevenir y evitar situaciones de acoso entre alumnos.

2. PADRES

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Los padres son un pilar básico en la consecución de los objetivos educativos, por ello tienen el derecho y el deber de colaborar con el personal docente en esta labor educativa. En el punto 5 de nuestro Proyecto educativo, quedan recogidas las medidas para promover los compromisos entre las familias y el Centro para mejorar el rendimiento del alumnado.

-Las familias deben conocer y respetar los cauces de participación e información y las normas internas del Centro, aquí recogidas.

-Todos los padres de alumnos de este Centro tienen garantizada la participación a través de los siguientes cauces: tutorías, reuniones generales, Consejo Escolar, delegado de clase, AMPA…..

El Equipo Directivo y tutores facilitarán la información a través de circulares, carteles en sitio visible del exterior del Centro y en la página Web.

3. ALUMNADO

Los alumnos constituyen el sector más importante de los que componen la comunidad educativa, y toda la organización y actividad de la misma está orientada a la consecución de los fines de su educación que recoge el artículo 2 de la LOMCE.

Los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia (tipificación de conductas y medidas de corrección) están regulados en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia y recogidos en nuestro Plan de Convivencia ( apartado 7 del Proyecto educativo).

4. OTRO PERSONAL NO DOCENTE: PERSONAL DEL COMEDOR ESCOLAR.

No contamos con personal docente en el centro que desempeñen la función de atención y cuidado de los alumnos de comedor. Por lo tanto y según el punto 5 del Artículo 15 de la Orden de 17 de julio de 2006, la atención de los alumnos constituirá parte del objeto del contrato con la empresa adjudicada, cuyos monitores deben realizar las siguientes funciones:

Se consideran funciones de atención y cuidado de los alumnos, además de la imprescindible presencia física durante la prestación del servicio de comedor y los recreos anterior y posterior, las siguientes:

- Velar por el mantenimiento del orden en el comedor.

-La atención y vigilancia de los alumnos durante las comidas, formándoles en los hábitos alimentarios y sociales adecuados para una mejor educación para la salud y la convivencia.

ORGANIZACIÓN Y NORMAS DE LA ACTIVIDAD EDUCATIVA. AUTONOMÍA DE LOS CENTROS . Basado en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo

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NORMAS DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y ACCESO AL CENTRO

1º. Control de la asistencia a clase, registro de faltas y justificación de ausencia

2º. Acceso al centro y puntualidad.

-Las entradas y salidas de las aulas, pasillos…se realizará de forma ordenada y respetuosa para con todos, evitando carreras, gritos, empujones, etc.

-Al oír la señal de entrada, los alumnos formarán filas y accederán a sus aulas con sus tutores o maestros correspondientes. Los familiares permanecerán detrás de estas filas y no deben acompañarlos al interior del edificio para evitar aglomeraciones en los pasillos.

-Los padres son los responsables del cuidado y vigilancia de sus hijos hasta el inicio de la actividad lectiva. Los alumnos de Educación Infantil, debido a su corta edad, deberán estar acompañados por sus padres o responsables hasta la entrada al módulo.

-Al oír la señal de salida, saldrán ordenadamente de las aulas cuando los maestros lo indiquen, supervisando estos que no queda nadie en la clase y que hacen la salida correctamente.

-Los familiares deben ser puntuales en la salida de las clases, esperando a sus hijos fuera de los edificios, a una distancia prudencial de las puertas para no entorpecer la salida de los niños ni impedir al resto de familiares la localización de sus hijos.

-En caso de no acudir ningún familiar a recoger a un alumno, se avisará por teléfono a los padres para que acudan al centro a recoger a la mayor brevedad posible. En caso de no contestar o de reiteración se avisará a la Policía Local para que se haga cargo del traslado del menor a su casa y de las actuaciones que pudieran derivarse de esta situación

-Los alumnos no podrán salir del Colegio hasta la finalización del horario lectivo. Cuando excepcionalmente un alumno tenga que salir antes de la finalización de las clases, los padres o tutores deberán comunicarlo a los tutores/maestros y estos se asegurarán de que el menor sale del Colegio acompañado por los padres o persona autorizada, firmando en el momento de salida del Centro, el documento que hay en conserjería.

- Fuera del horario lectivo los alumnos no pueden permanecer dentro del recinto escolar si no está acompañado por una persona responsable de él: padres, monitores...

RECREO Y USO DE AULAS, DEPENDENCIAS E INSTALACIONES.

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Según las instrucciones que regulan la Organización y el Funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (Reglamento Orgánico de estos centros, aprobado mediante el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero), en el art 79 se establece:

79. Todos los profesores atenderán al cuidado y vigilancia de los recreos, a excepción de los miembros del equipo directivo y de los maestros itinerantes, que quedarán liberados de esta tarea, salvo que sea absolutamente necesaria su colaboración. Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros del centro, a razón de un maestro por cada 60 alumnos de educación primaria, o fracción, y un maestro por cada 30 alumnos de educación infantil, o fracción, procurando que siempre haya un mínimo de dos maestros.

VIGILANCIA EN LOS RECREOS

-Los lugares o puntos de vigilancia establecidos en el Patio de Infantil y Educación Primaria serán establecidos por los profesores correspondientes.

-En los días de lluvia, los alumnos permanecerán dentro de su aula, siendo vigilados por su tutor, que será sustituido en esta tarea de vigilancia, durante los primeros quince minutos de recreo, por un especialista adscrito a su ciclo.

-Los alumnos no podrán permanecer en las aulas o en otras dependencias en el horario de recreo si no están acompañados por un maestro.

-Cuando por diversas circunstancias algún alumno no pueda salir al patio de recreo, no podrá estar solo en los pasillos, permaneciendo siempre con él su tutor/a o, en su caso, el profesor relacionado con la mencionada circunstancia.

-Haremos un uso adecuado de los aseos, mobiliario y arbolado…Respetando cuidadosamente la limpieza de las aulas, pasillos y patio, utilizando las papeleras para depositar los envoltorios y envases del almuerzo.

-Las necesidades de los alumnos en el periodo de recreo, serán atendidas por su tutor, o por cualquier otro profesor del centro.

-En el periodo de recreo del comedor escolar, de 14 a 15 horas en septiembre y junio, y de 15 a 16 horas de octubre a mayo, se planificarán actividades lúdicas que permitan el correcto desarrollo de este periodo: juegos dirigidos en el patio, juegos de mesa, manualidades, ..En los días que el tiempo no permita actividades en el exterior, los alumnos permanecerán en el aula de psicomotricidad de Infantil donde se proyectará alguna película.

-Se habilitará un aula de convivencia para los casos que lo requieran.

CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE.

-Todas las actividades se realizarán bajo la supervisión directa de al menos un profesor que cuidará de la seguridad del grupo.

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-Cada alumno deberá seguir las instrucciones para el correcto desarrollo de las actividades que determine el profesor que esté a su cargo.

-Cuando un niño padece una enfermedad contagiosa o que pudiera serlo, no vendrá al colegio bajo ningún concepto puesto que pueden enfermar con facilidad los compañeros.

-No se traerá al colegio a niños con fiebre o que la han tenido horas antes, lo mismo ocurrirá con aquellos que tengan o hayan tenido diarrea o vómitos la noche anterior.

-Las familias deben comunicar a los tutores si sus hijos padecen algún tipo de enfermedad crónica o alergias, para estar prevenidos y saber actuar al respecto.

-Cada niño llevará su botella de agua, con el nombre puesto, los padres deben recordar a sus hijos que solo debe beber de su botella.

- Los niños no traerán al colegio botellas o envases de cristal.

-No está permitido transitar o jugar por el patio del colegio con bicicletas, monopatín u otros objetos que puedan resultar peligrosos.

-Existe la prohibición total de fumar dentro del recinto escolar. Ley 28/2005 de 26 de diciembre.

-Cuidaremos, a diario la higiene personal, llevarán un vestuario adecuado y dispondrán de los materiales que indiquen los maestros (zapatillas de deporte, bolsa de aseo, flauta, cuadernos, libros, material de escritura, etc.)

-Al finalizar las sesiones de Educación Física será obligatorio el aseo para todos los alumnos, salvo que la sesión coincida con el final de la mañana o de la tarde. En su caso, los padres deberán justificar la dispensa de esta obligación.

-Actuaciones en caso de pediculosis: avisar a la familia e informar a las demás de la necesidad de revisión.

AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO

FORMACIÓN DE GRUPOS NUEVOS DE ALUMNOS Y ALUMNAS

Los grupos de alumnos, se forman en el primer curso de infantil, según una serie de CRITERIOS.

Al comienzo de cada nuevo ciclo o etapa, los alumnos serán redistribuidos de forma que resulten grupos equilibrados.

Los alumnos que se matriculen posteriormente, lo harán al grupo con menos alumnos, o donde decida la Jefatura de Estudios, después de oír a los tutores del nivel.

JUSTIFICACIÓN:

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-La experiencia relacional de los niños se enriquece al cambiar de grupo a lo largo de su escolaridad en el centro. Está comprobado que el grupo-clase es el grupo de referencia en el que los niños se mueven con casi exclusividad llevando esta relación a los tiempos de juego e incluso a sus relaciones extraescolares. Igualmente dentro del grupo clase las relaciones se circunscriben a veces a un subgrupo de compañeros más o menos cerrado o limitado.

-Al formar nuevos grupos, la dinámica de éstos se renueva cíclicamente, deshaciéndose patrones y clichés respecto de los roles asumidos por cada alumno. Los niños que ocupan un buen lugar en el “sociograma” del grupo no se ven perjudicados por cambio alguno y los menos favorecidos tienen posibilidades de asumir nuevos roles más favorecedores para su autoestima.

-Se rompe con la tendencia a diferenciar entre grupos buenos y malos, etiqueta que con frecuencia se arrastra durante varios años y que incluso llega a ser asumido por los propios niños. Se busca un equilibrio en cuanto al nivel de competencia curricular y también en cuanto al respeto de los hábitos de convivencia.

-Se limita el clima de confianza y familiaridad excesivas que da lugar a que, al final de la Primaria, algunos grupos sean difíciles de manejar: excesivo parloteo, disrupciones continuas, conflictos enquistados entre alumnos etc...

-Se rebajan los problemas entre alumnos por incompatibilidad entre ellos. Después de 6 o 9 años se generan “vicios” tanto entre individualidades como entre grupos dentro de la clase.

-Se evita la rivalidad y competitividad entre grupos del mismo nivel.

AGRUPAMIENTOS EN EL AULA

-Con carácter general los agrupamientos mediante los cuales se organizará el trabajo en el aula de cada grupo de alumnos del centro (trabajo cooperativo, proyectos,….) serán comunes para todo el equipo docente. El equipo docente analizará y evaluará la eficacia de estos agrupamientos para tomar decisiones al respecto, teniendo en especial consideración la opinión del tutor.

ESPACIOS Y RECURSOS DIDÁCTICOS

-Se podrá destinar un espacio del centro como aula específica de la creatividad que promueva la autonomía, el emprendimiento, el aprendizaje autónomo, la originalidad y el pensamiento crítico (mediateca, dramatización, plástica, construcción, lógico matemático, experimentos, entre otros). En caso de no disponer de espacios, los centros fomentarán el uso de dichos espacios en las aulas del centro, mediante rincones de actividad.

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-Los centros garantizarán el uso de la biblioteca escolar para la realización de actividades de lectura en horario escolar al menos una vez a la semana para cada grupo de alumnos de la etapa.* Las normas de uso y horarios de este espacio, así como del aula Plumier, aula de psicomotricidad, gimnasio, etc, serán establecidos y publicados por sus responsables y coordinadores, al resto del profesorado.

- Los alumnos que causen daños intencionadamente a las instalaciones o material del centro, quedan obligados a reparar el daño causado, o hacerse cargo del coste económico de su reparación.

- Igualmente, los alumnos que sustrajeren bienes del centro, o personas relacionadas, deberán restituir lo sustraído. Los padres o tutores legales, serán

responsables civiles, en los términos previstos en las leyes.

3.4. Distribución de competencias que favorezcan la convivencia.

a) El Director del centro.

1. El director, en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 132 de la Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo, favorecerá la convivencia en el centro; garantizará la mediación en la resolución de los conflictos, e impondrá las medidas correctoras, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar en el artículo 127 de la citada ley. Igualmente, impulsará la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentará un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

2. El director es el órgano competente para valorar la gravedad de las conductas o hechos cometidos, así como para decidir la iniciación y resolución de los procedimientos preventivos o correctivos y los supervisará.

3. El director, podrá delegar en los profesores, tutores y jefes de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras en los términos previstos en el título III. El acuerdo del director por el que delegue las facultades correctoras podrá realizarse con carácter genérico y permanente, sin perjuicio de la posibilidad del órgano delegante de revocar la delegación o de avocar para sí el conocimiento de algún asunto concreto. Tanto la delegación como su revocación deberán incluirse en las normas de convivencia y conducta del centro para su público conocimiento por los miembros de la comunidad educativa

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4. El director comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal, a la Consejería competente en materia de educación y, en su caso, a la Consejería competente en materia de protección de menores, cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de delito o falta, según las leyes penales vigentes, sin perjuicio de que se adopten las medidas cautelares o correctoras que procedan, teniendo en consideración lo que dispone el artículo 45 sobre concurrencia de sanciones con el orden jurisdiccional penal.

b) El Jefe de estudios del centro

1. El jefe de estudios es el responsable directo, junto con el director, de la aplicación de las normas de convivencia y conducta. Por ello, deberá llevar control de las actuaciones llevadas a cabo por los alumnos contra las normas de convivencia, así como de las medidas correctoras impuestas, debiendo informar de ellas, a los padres o representantes legales de los alumnos si estos son menores de edad.

2. El jefe de estudios, por delegación del director y bajo su supervisión podrá, de acuerdo con lo dispuesto en el título III, imponer las medidas que se lleven a cabo en el centro, procurando siempre que el clima de convivencia no se vea alterado.

c) Competencias del profesorado

1. El claustro de profesores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrá conocimiento de la resolución de conflictos y la imposición de medidas correctoras, y velará por que estas se atengan a la normativa vigente. Asimismo, podrá proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

2. Los profesores son los responsables, en primera instancia, de la prevención de conflictos y del respeto a las normas de convivencia y conducta, y contribuirán a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, de participación y de libertad, para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática, conforme a lo establecido en el artículo 91.1 apartado g) de la citada ley.

3. Los tutores coordinarán a los profesores que impartan docencia al grupo de alumnos de su tutoría y serán los intermediarios entre profesores, alumnos y padres, en su caso, cuando existan situaciones conflictivas que alteren la convivencia en el centro.

4. Los orientadores educativos, en el marco de sus funciones, desempeñarán las siguientes actuaciones dirigidas a la mejora de la convivencia escolar:

a) Asesoramiento al profesorado en la reducción y extinción de problemas de comportamiento y en estrategias de prevención de los mismos.

b) Diseño de planes de actuación específicos para la mejora de la convivencia, dirigidos al alumnado que presente alteraciones graves de conducta.

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c) Colaboración con la jefatura de estudios en la adecuación del plan de acción tutorial al plan de convivencia del centro, impulsando y programando dentro del mismo la realización de actividades que favorezcan un buen clima de convivencia escolar, y la prevención y resolución pacífica de conflictos.

5. Los profesores técnicos de servicios a la comunidad realizarán, en aquellos centros que cuenten con los mismos, las funciones propias de su especialidad relacionadas con la convivencia escolar, desarrollando actuaciones específicas de mediación y seguimiento del alumnado y sus familias.

d) El Consejo escolar del centro

El consejo escolar del centro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrá las siguientes competencias:

a) Conocer la resolución de conflictos y velar por que se atengan a la normativa vigente.

b) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

c) Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director correspondan a faltas contra las normas convivencia del centro cometidas por los alumnos y tipificadas como graves o muy graves en los artículos 32 y 34, el consejo escolar, a instancia de padres y representantes legales podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

3.5. Evaluación de la Convivencia.

-La convivencia en nuestro centro será supervisada trimestralmente por la comisión de convivencia formada a partir de los miembros del Consejo Escolar.

Así mismo la evaluará a final de curso incluyendo en la memoria los resultados y las propuestas de mejora.

-Los padres y madres expresarán su valoración al respecto en unos cuestionarios que se les pasan tanto a principio como a final de curso.

-Igualmente los equipos docentes valoran los resultados obtenidos en éste ámbito proponiendo cambios para la mejora, si se considera oportuno.

-La orientadora también valorará éste aspecto si ha tenido que intervenir.

3.6. Derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa

Derechos y deberes de los padres

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a los padres o representantes legales de los alumnos, como primeros y principales responsables de la educación de sus hijos o representados, les corresponde:

a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o representados cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.

b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores y los centros.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.

Derechos de los alumnos

1. Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando, conforme a las normas de convivencia y conducta establecidas por el centro. Los centros favorecerán igualmente el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos y facilitarán el derecho de reunión de los mismos reconocidos por los artículos 7 y 8 de la citada ley.

2. Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de los mismos y, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de reacción que frente a su vulneración arbitra el presente decreto, el director adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, a otros órganos del centro, dando posterior comunicación al consejo escolar.

Deberes de los alumnos

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1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, son deberes básicos de los alumnos:

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, de conducta y convivencia del centro educativo.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.

2. Todos los alumnos están obligados a respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, a respetar su autoridad, a cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesor para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora del rendimiento

Derechos del profesor en el ejercicio de la función docente

1. Todos los docentes de la Región de Murcia gozarán de los derechos que les atribuye el artículo 4 de la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia, en el desempeño de sus funciones.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas.

3. El profesorado deberá contar con la colaboración de los padres o representantes legales en el cumplimiento de las normas de convivencia y conducta por parte de sus hijos o representados.

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Deberes del profesor

En materia de convivencia escolar todo docente, en el ejercicio de su autoridad, es responsable de propiciar un buen clima de convivencia que permita el correcto desarrollo de las actividades educativas organizadas por el centro y el mantenimiento, dentro del aula, de las normas de conducta establecidas para llevar a cabo el proceso educativo. Por ello, tendrá el deber de respetar y de hacer que se respeten las normas de convivencia del centro y de corregir, en el ámbito de sus competencias, cualquier comportamiento que, cometido por el alumnado, atente o contravenga las mismas.

3.7. Protección a las víctimas de agresiones. (AVE)

Enlace

Protocolos de actuación ante situaciones de acoso, maltrato o agresión

1. Los centros deberán aplicar, ante cualquier situación de presunto acoso escolar, maltrato o agresión el protocolo de actuación que se haya establecido a tal fin por la administración educativa. Este protocolo incluirá tanto las actuaciones y medidas específicas a desarrollar para identificar las situaciones antes referidas y los procedimientos de intervención, como las medidas de urgencia que el director, o persona en quien delegue, podrá adoptar tanto para garantizar la inmediata seguridad del alumno acosado, agredido o maltratado, como para prevenir y evitar nuevas agresiones o situaciones de acoso, garantizando su seguridad, protección y continuidad de su aprendizaje en las mejores condiciones. En dicho protocolo se establecerán las medidas educativas que podrán recibir tanto los alumnos agredidos, como los agresores, así como el tipo de intervención que se requiera en cada situación.

2. Cuando la gravedad de los hechos lo aconseje, los centros podrán requerir el asesoramiento e intervención del equipo de orientación educativa y psicopedagógica específico de convivencia escolar y la ayuda de aquellos órganos, servicios, unidades, instituciones locales o agentes sociales que consideren oportunos, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de convivencia escolar y de protección de menores.

3. En los casos de agresión o maltrato al personal del centro se deberá actuar de acuerdo con protocolo específico de actuación que se haya establecido por la administración educativa para los supuestos de agresiones que los docentes y el resto del personal del centro pudieran sufrir en el desarrollo o desempeño de sus funciones. Artículo 19.

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Protección a las victimas

1. Los centros educativos adoptarán cuantas medidas sean necesarias para garantizar el derecho a la educación y la seguridad, integridad y dignidad personal de los alumnos que sean víctimas de abuso sexual, acoso, maltrato o agresión, así como de cualquier situación que pueda atentar contra su dignidad o integridad física o moral, aún cuando se produzca fuera del ámbito escolar. En el tratamiento de estas situaciones deberá primar siempre el interés de la víctima sobre cualquier otra consideración, dentro del marco de la legislación vigente sobre derechos de la infancia, protección jurídica de los menores y responsabilidad penal de estos y conforme al protocolo específico de actuación que se haya establecido por las administraciones públicas competentes.

2. Las situaciones descritas en el apartado anterior, en atención a su gravedad o relevancia, serán comunicadas, inmediatamente a su conocimiento, por el centro a la dirección general competente en materia de convivencia escolar, al Ministerio Fiscal, y en su caso, a los servicios sociales o de protección de menores, o a los organismos que procedan, cuando la víctima se pueda encontrar en una situación de indefensión o desprotección.

3. Se podrá solicitar la ayuda e intervención de los servicios municipales, regionales o estatales que proceda, para prestar a las víctimas y a sus familias el apoyo psicológico, sanitario o social que, en su caso, pudieran precisar.

4. Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la administración regional facilitará que los centros educativos puedan prestar especial atención a los alumnos víctimas del terrorismo para que éstos reciban la ayuda necesaria para realizar adecuadamente sus estudios.

5. Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la administración regional asegurará la escolarización inmediata de las alumnas o alumnos que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar. Igualmente, facilitará que los centros educativos presten especial atención a dichos alumnos.

En nuestro centro, llevaremos a cabo actividades dirigidas a la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre iguales:

-Tratando el tema con antelación, haciendo un trabajo de información y prevención en dónde también se informe de las consecuencias.

- Realización por parte del profesorado de carteles informativos, elaborados por el propio alumnado, sobre este tipo de conflicto y para adornar los pasillos del centro.

- Establecer una exhaustiva observación, por parte de tutores/as y especialistas en clases, recreo, salidas y entradas, al respecto.

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- Conocimiento y aplicación, por parte del profesorado y familias implicadas, del protocolo de actuación y derivación en esto casos.

- Actividades dirigidas a la sensibilización de la comunidad educativa en la igualdad entre hombres y mujeres:

- Medidas de carácter organizativo para la adecuada vigilancia de los espacios y tiempos de riesgo:

- Aplicación de las normas y medidas recogidas tanto en el presente Plan de Convivencia, como en nuestro Reglamento de Organización y Funcionamiento.

-En la resolución de los conflictos que pudieran plantearse, todos los miembros de esta Comunidad Escolar, alumnos/as, padres y madres y especialistas deben procurar y poner especial atención en que la mejor actitud para intervenir sobre los mismos es una actitud pacífica y positiva. Lo que no debe significar falta de criterio, de autoridad o de razón.

-Se potenciarán por parte de todos los miembros de esta Comunidad Escolar las siguientes actitudes y valores a la hora de la resolución de los conflictos: - El diálogo. - La cooperación. - La solidaridad. - La empatía, …..mediante una serie de actividades dirigidas al desarrollo de la Educación Emocional, programadas y secuenciadas por trimestre con éste fin.

En el caso de nuestros alumnos/as , consideramos que si se diese algún caso de presión o cierto maltrato psicológico , y en el caso de que los propios niños/as no lo dijeran a cualquier profesora o las tutoras no lo percibiesen , siempre se utilizarán los contactos directos y continuos Familia – Escuela. Insistiremos a los padres en las reuniones y/o entrevistas individuales que nos comuniquen cualquier incidencia o malestar de sus hijos respecto al colegio.

En cualquier caso solicitaremos asesoramiento al PTSC y al mediador social de Servicios Sociales del Ayuntamiento.

En el caso de otros miembros de la comunidad, se comunicará a cualquier persona del equipo directivo para establecer y afrontar los cauces legales y/o apoyo que se precisaran.

4.-PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS.

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1. Atendiendo a la autonomía que nos confiere el artículo 120.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, adoptaremos, para evitar o impedir la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia, una serie de medidas educativas de carácter preventivo y que siempre irán dirigidas a:

La potenciación de un adecuado clima de convivencia en el centro.

Dar a conocer las normas del centro con antelación, así como las sanciones en caso de no cumplimiento.

Elaborar las normas en clase de forma consensuada.

d) El desarrollo de contenidos y habilidades en las programaciones docentes para garantizar la promoción de valores cívicos y democráticos.

e) La planificación del aprendizaje para la resolución pacífica y dialogada de los conflictos entre el alumnado del centro.

f) La formación del personal del centro, y en su caso, de los componentes de los equipos de mediación, o de la comisión o del coordinador de convivencia, para el correcto ejercicio de sus funciones y actuaciones en materia de convivencia escolar.

g) La coordinación entre el centro, las familias y las instituciones públicas competentes para la adopción de medidas preventivas y educativas.

h) El diseño del plan de acción tutorial, con objetivos y contenidos concretos sobre convivencia escolar; habilidades sociales; educación en valores y aprendizajes que orienten las relaciones personales hacia la prevención de la violencia y la resolución pacífica de los conflictos.

2. Las medidas educativas de carácter preventivo que adoptaremos en el centro serán razonables, adecuadas y proporcionadas y siempre respetuosas con la integridad física y moral de los alumnos, con su dignidad personal y con el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

3. La directora, así como los docentes en quienes delegue o tengan competencias para imponer medidas preventivas o correctoras, procurarán solucionar los problemas de convivencia del centro mediante alguna de las vías con carácter previo, sustitutivo o complementario, evitando, en la medida de lo posible, recurrir a los mismos.

4. Formamos parte del Programa de Educación Responsable con la formación de un numeroso grupo de maestros que trasmitirán a los demás las actividades a llevar a cabo.

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5. Incluimos en nuestras programaciones la educación emocional como forma de mejorar en la convivencia del centro y en definitiva en nuestros alumnos.

La adquisición de valores debe estar siempre presente en el aprendizaje del alumnado, y así aparecen expresados en los objetivos de las distintas áreas. En cualquier caso, no podemos dejar de enseñar valores fundamentales para la convivencia, como es la defensa de los derechos humanos, la dignidad de las personas, la solidaridad, la igualdad de todos los seres humanos, los valores democráticos, el respeto a las instituciones, etc.

Por tanto se tratarán los siguientes temas de Educación en Valores:

EN EL PRIMER TRIMESTRE:

Orden.

Autonomía personal.

Autoestima.

Seguridad e Higiene Personal.

Silencio.

Cuidado de los espacios comunes.

Respeto y Tolerancia.

EN EL SEGUNDO TRIMESTRE:

Esfuerzo.

Paz.

Igualdad.

Consumo responsable.

Cuidado del Medio Ambiente: Reciclaje y Huerto Escolar.

EN EL TERCER TRIMESTRE:

Seguridad Vial/ Movilidad Sostenible.

Frustración.

Empatía.

Solidaridad.

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Interculturalidad.

4.1. Acuerdos y contratos de convivencia

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 121.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, promoveremos compromisos educativos entre las familias y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumno.

2. En aquellos casos que lo requieran, se podrán establecer acuerdos o contratos de convivencia que contendrán, de forma clara y precisa, los compromisos, exigencias y obligaciones asumidos por las familias y los alumnos cuyo comportamiento disruptivo o perturbador atente contra la convivencia en el centro o dificulte su propio proceso educativo y el de sus compañeros. El proceso se llevará a cabo por iniciativa del tutor, con la supervisión del jefe de estudios, que velará por su efectivo cumplimiento, y con el visto bueno del director, que deberá determinar la conveniencia del acuerdo. El incumplimiento de los compromisos asumidos podrá suponer la aplicación de medidas correctoras, u otras de índole educativa, de las previstas en este decreto.

3. En aquellos casos en que, además del acuerdo de convivencia, ya se hubiera iniciado un procedimiento de aplicación de medidas correctoras, y siempre que el director del centro lo considere conveniente, se podrá interrumpir provisionalmente la tramitación de dicho procedimiento o acordar la terminación convencional del mismo, procediendo al archivo de las actuaciones.

4.2.Aulas de convivencia

1.Dispondremos de un aula de convivencia para atender a aquellos alumnos o grupos de alumnos que sean destinatarios de esta medida educativa, bien por haberle sido impuesta una medida correctora por la comisión de faltas contra las normas de convivencia, o como medida para prevenir o evitar comportamientos disruptivos durante el desarrollo de la actividad docente.

2. El plan de convivencia del centro establecerá los criterios de organización, las condiciones de uso, el profesorado que atenderá el aula de convivencia y las tareas educativas que deberá realizar el alumno durante su estancia en la misma, para evitar la interrupción en el proceso formativo.

3. En estas aulas se favorecerá un proceso de modificación de conducta y de reflexión por parte del alumno sobre las circunstancias que han motivado su presencia en ella, de acuerdo con los criterios acordados por el claustro de profesores del centro, así como por el departamento de orientación o el equipo de orientación educativa, en su caso.

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NUESTRA AULA DE CONVIVENCIA- CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN Y USO

Protocolo de actuación:

En el caso de que aparezca cualquier conflicto relacionado con la Convivencia, el profesorado del centro actuará según el siguiente procedimiento:

- Compromiso de todo el profesorado de hacer cumplir todas las pautas que en este procedimiento de actuación se detallan.

- Existencia en cada clase de un cuaderno de incidencias en el que cada maestro anotará las conductas que, por sus características, tengan la importancia de ser tenidas en cuenta para su posterior uso ante una posible sanción.

- Derivación al aula de convivencia.

¿Qué es el aula de convivencia?

Un espacio físico, pero también una secuenciación de protocolos, para el tratamiento de la disrupción de bajo y medio nivel cuándo las medidas preventivas no han funcionado.

¿Cómo funciona el aula de convivencia?

EL aula de reflexión funciona en el horario de recreo, de 11.30 a 12, En ella se tratan a los implicados en procesos disruptivos. Los alumnos y alumnas acceden al mismo a través de derivaciones. Se parte del principio de confidencialidad e inmediatez. También se podrá recurrir en otro horario siempre y cuando la gravedad de los hechos lo justifique.

¿Cuál es el protocolo de actuación una vez decidida la derivación?

El maestro o maestra escribe lo sucedido y las posibles medidas adoptadas con anterioridad si las hubiera en el impreso de derivación, que tendrá cada tutor en la carpeta de tutoría.

En el aula el maestro o maestra de guardia leerá el informe relleno por el maestro o maestra que hizo la derivación al alumno o alumna. Se trata de llegar a un entendimiento y reflexionar sobre lo sucedido, a la vez que de buscar soluciones y responsabilizarse de las consecuencias que su actitud ha traído consigo.

¿Cuándo puedo derivar a un/a alumno/a al aula de convivencia?

Cada vez que surja un conflicto en el aula o en cualquier otra zona del centro deberé (en mi calidad de profesor/a responsable de los alumnos o alumnas) intentar resolverlo dentro del grupo, clase o en el lugar donde se haya producido.

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Sólo en aquellos casos en los que el conflicto no quede resuelto con mi intervención o que se estima necesaria una reflexión más profunda sobre lo sucedido o reiteración de conductas contrarias al buen funcionamiento de la jornada escolar, el alumnado se derivará al aula de reflexión.

¿Cómo tengo que hacer la derivación?

A través de la Ficha de derivación, anexo I, Una vez rellena (sólo el apartado medidas tomadas con anterioridad y descripción de los hechos) se le entrega al alumno o grupo, a la hora del recreo del mismo día en el que ha tenido lugar el proceso disruptivo, para que sea leída al profesor o profesora de guardia en el aula de reflexión. Si los hechos ocurren después del recreo se emplazará al alumno o alumna o al grupo al día siguiente.

¿Y cómo se actúa en el Aula de convivencia?

El profesor de guardia se reúne con el alumno, alumna o grupo, buscando llegar a una solución lo más eficaz y pedagógica posible para el problema, intentando hacerles consciente de lo inadecuado de su comportamiento y tratando de darle pautas para que corrija lo que no funciona. Se trata de reflexionar sobre lo ocurrido y lograr un compromiso por su parte, sobre el que se informará al profesor o profesora que había derivado y éste lo hará al tutor del alumno. Desde la jefatura de estudiaos se llevará un control semanal del aula. Es conveniente contar con un material digital para poder trabajar diversos temas o conductas problema (Material de educación responsable? ¿Y si el problema persiste?

En ese caso, en la segunda asistencia al aula, se intentará una nueva medida que incluirá la advertencia de que, tras la tercera incidencia, se llega al parte y su consecuencia será la que se tipifique en el plan de convivencia. En estos casos se aplicarán otras posibles vías, , la mediación, compromiso de convivencia o el tutor individualizado

a) La mediación

Es la resolución de conflictos entre iguales .La mediación como recurso antes del agravamiento de los conflictos será conocida por nuestro alumnado, estableciendo en el patio de recreo turnos de mediadores entre los alumnos de los cursos superiores, ellos se encargarán de pasar por las clases para informar a los alumnos menores de que estarán en el patio los mediadores, con un chaleco distintivo y con sus mesas dispuestos en un lugar tranquilo, y que en caso de conflicto deben acudir a ellos, éstos seguirán su protocolo, escuchando a las partes y buscando la forma de solucionar el problema entre ellos. Rellenarán un informe preparado para

Ello, siempre estarán supervisados por los profesores que vigilan en el patio. (El punto 4.3 recoge los aspectos incluidos en la legislación al respecto)

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Si el conflicto surge en clase y el profesor lo considera oportuno, también se llevará a cabo la mediación en el aula, si son pequeños será el mismo maestro el mediador

b) El compromiso de convivencia:

Se trata de un documento que el alumnado firma ante un miembro del Equipo Directivo, el tutor y los padres del alumno, comprometiéndose a cambiar definitivamente de comportamiento bajo la amenaza de seguir el proceso tipificado en el PLAN DE CONVIVENCIA del Centro según la gravedad de los hechos. Se redacta un compromiso de convivencia cuando se ha llegado a la tercera vez que recurre en la misma incidencia.

Modelo de compromiso educativo y de convivencia.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS QUE SUSCRIBEN EL COMPROMISO

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D./Dª…………………………………………………………………………………………….. , representante legal del alumno/a,……………………………………………………………………………………… , matriculado en este centro en el curso escolar ……………….. y grupo…………..

D./Dª. ………………………………………………………………………………………………… , en calidad de tutor/a de dicho alumno/a.

OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN:

Ambas partes comparten que la educación necesita la actuación conjunta de las familias y el centro educativo y manifiestan su disposición a cooperar para estimular y apoyar el proceso educativo del alumno/a. Por ello acuerdan colaborar para conseguir los siguientes objetivos:

… Conocer, compartir y facilitar el logro de los objetivos educativos adecuados al alumno/a.

… Comunicarse de manera habitual y positiva sobre el progreso y el desarrollo personal del alumno/a.

… Mejorar los resultados escolares del alumno/a.

… Mejorar los hábitos de estudio y esfuerzo del alumno/a.

… Mejorar la autonomía y responsabilidad del alumno/a en el cumplimiento de las tareas escolares.

… Otros: ……………………………………………………………………………………………………………..

COMPROMISOS QUE SE ADQUIEREN

Para conseguir los objetivos anteriormente descritos, se comprometen al cumplimiento de los siguientes compromisos:

Por parte de la familia o responsables legales:

… Favorecer y controlar la asistencia diaria y puntual del alumno/a al centro y con los materiales necesarios para las clases.

… Aceptar y cumplir las indicaciones del profesorado para el progreso educativo del alumno/a.

… Facilitar un ambiente, horario y condiciones de estudio adecuadas para el alumno/a y procurar el cuidado de los materiales educativos.

… Colaborar en el control y cumplimiento de las tareas escolares del alumno/a.

… Mantener una comunicación fluida con el tutor o tutora del alumno/a

… Otros:

Por parte del centro:

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… Realizar el control diario y proporcionar información inmediata a los representantes legales sobre la ausencia del alumno/a

… Proporcionar al alumno/a los recursos necesarios para la realización de sus actividades y tareas en el centro.

… Proporcionar indicaciones claras sobre la consecución de objetivos, el cumplimiento de tareas y el progreso escolar del alumno/a.

… Realizar las entrevistas entre los representantes legales del alumno/a y el tutor/a con la periodicidad establecida.

… Facilitar la adquisición de hábitos de estudio y el apoyo pedagógico necesario para conseguir la plena integración escolar del alumno/a.

… Otros: Este compromiso educativo tendrá una duración de y podrá ser modificado en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado.

En ………………………………………… , a………………………….. de ………………………… de…………………..

FIRMA: los representantes legales del alumno/a

Fdo.: Fdo.:

FIRMA: el tutor o tutora del alumno/a: Fdo.: Vº Bº: El director/a del centro

c)El tutor individualizado:

Un miembro del equipo del Aula que se coordinará con el tutor del grupo y con los docentes con los que pueda existir una situación de conflicto para hacer un seguimiento más directo y exhaustivo del caso y mejorar y agilizar así su tratamiento. En el caso de que las medidas anteriores fallaran se aplicaría el procedimiento normativo.

La participación del profesorado una vez he derivado al/a la alumno/a, nos corresponde hacer un seguimiento del mismo para informarnos de la consecuencia y seguimiento que el compañero/a ha establecido en el Aula y, así, informar al tutor. El profesor que ha hecho la derivación debe informar a los padres de lo sucedido y de la asistencia al aula en la agenda y controlar que venga firmada al día siguiente.

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¿Quién coordina el aula? (por determinar)

Uno de los maestros que participan en el funcionamiento del aula será el coordinador de la misma. Sus funciones serán:

Coordinar las reuniones del grupo del aula de reflexión.

Tomar acta reflejando los acuerdos o propuestas de mejora en las reuniones establecidas.

Recopilar y organizar el material de trabajo aportado para le resolución de conflictos.

Hacer la autoevaluación trimestral.

Realizar el horario de sustituciones en días de lluvia o cuando hay más de una derivación.

Proceso de derivación y estrategias

PRIMERA DERIVACIÓN ----PASOS DESARROLLO

PASOS DESARROLLO

1º D

ÍA E

N E

L A

ULA

Lectura de la hoja de derivación por parte del alumno, el apartado descripción de lo sucedido y las medidas adoptadas con anterioridad si las hubiera. (solo vendrá esos apartados rellenos por el maestro que deriva al alumno)

Charla con el alumno/a sobre lo sucedido y su versión de lo ocurrido.

El maestro entrega la hoja de auto reflexión y le explica que la rellenará en casa en colaboración de su familia y la traerá al aula al día siguiente.

El maestro rellena la hoja de seguimiento del alumno en la carpeta del aula e incluye la hoja de derivación en el apartado del curso del alumno que se encuentra dentro la carpeta del aula de reflexión.

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2º D

ÍA E

N E

L A

ULA

Al día siguiente se lee la hoja de auto reflexión y se pone una

consecuencia acorde a lo ocurrido. El alumno redacta a lo que se compromete a partir de ese momento y a cumplir con la consecuencia acordada.

Que asista más veces al aula dependerá de la consecuencia que el profesor haya estimado poner según la gravedad de lo ocurrido.

SEGUNDA DERIVACIÓN---PASOS DESARROLLO

PASOS DESARROLLO

1º D

ÍA E

N E

L A

ULA

Lectura de la hoja de derivación por parte del alumno, el apartado descripción de lo sucedido y las medidas adoptadas con anterioridad que en este caso es necesario rellenar.

Charla con el alumno/a sobre lo sucedido y su versión de lo ocurrido.

Aviso al alumno de que a la tercera derivación al aula se procederá al parte.

Si la derivación es por conducta reincidente el profesor decide si la mediación, compromiso de convivencia o tutorización individualizada.

Si la derivación es por otra circunstancia se aplica el protocolo de la 1º derivación.

- Tres anotaciones en el cuaderno de incidencias:

El maestro/a que anote la tercera conducta de un alumno contraria a las normas de convivencia se lo comunicará al tutor/a para que proceda a la citación de los padres o tutores legales. En dicha cita se les recordará el procedimiento que se está aplicando y la necesidad de corregir las conductas registradas en el cuaderno de incidencias. En éste quedará reflejada la fecha en la que se procedió a la cita de los padres o tutores legales.

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-Tres anotaciones siguientes a la citación de los padres o representantes legales de un alumno/a:

Tras la anotación en el cuaderno de incidencias de la fecha de citación de los padres o representantes legales de algún alumno/a, el profesor que anote la tercera conducta contraria a las normas se lo comunicará al tutor/a, para que éste/a, a su vez, se lo comunique al Jefe de Estudios que procederá a citar de nuevo a los representantes legales del alumnos/a acompañados de éste para comunicarle que el comportamiento de su hijo/a ha sido motivo de comunicación a esa Jefatura, mediante informe de incidencia y, en cumplimiento de la normativa vigente, sancionar al alumno infractor con la sanción que proceda.

ANEXO I :FICHA DE DERIVACIÓN

NOMBRE:____________________________________________________________________

GRUPO: __________________FECHA: ______________________________

MAESTRO/A QUE LO DERIVA: ______________________________

MEDIDAS TOMADS CON ANTERIORIDAD (SI LAS HUBIERA)

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DESCRIPCIÓN DE LO SUCEDIDO

CONSECUENCIA

COMPROMISO

Firma maestro/a Firma alumno/a

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ANEXO II---AULA DE CONVIVENCIA

AUTO-OBSERVACIÓN: SITUACIÓN CONFLICTIVA

DATOS DEL ALUMNO/A

Apellidos Nombre Grupo

Fecha Hora

Todas las personas cometemos errores. El problema no es sólo el error, sino por qué lo hice y qué consecuencias negativas vienen después. Por lo tanto, para salir del error, tenemos que reflexionar, auto-observarnos y conocer las causas que nos han llevado a tal actitud o acción. Para ayudarte responde por escrito a las siguientes preguntas que tú te vas a hacer a ti mismo. Responde con calma y pensando bien lo que vas a escribir. Confía en que, al hacerlo, tú mismo te estás ayudando. Entrégalo mañana en esta aula.

¿Qué es lo que ha ocurrido?

¿Por qué he actuado de esa manera?

¿Cómo me siento ahora?

¿Qué podría hacer yo para ayudar a resolver esta situación?

Finalmente, ¿cuál es la decisión que tomo?

4.3 La Mediación escolar

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1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la mediación escolar se podrá utilizar como estrategia educativa para solucionar los conflictos entre las personas que integran la comunidad escolar. La directora decidirá en qué casos resulta conveniente el uso de los procesos de mediación.

2. Los centros docentes podrán favorecer la convivencia y la resolución de conflictos entre iguales mediante la figura del juez de paz educativo. Asimismo, podrán crear equipos de mediación escolar, que realizarán las funciones establecidas para los mismos en el plan de convivencia. Los equipos de mediación podrán estar constituidos por cualquier miembro de la comunidad educativa debidamente designado y autorizado por el director del centro. Para formar parte del equipo de juez de paz educativo, o del equipo de mediación escolar, los alumnos menores de edad precisarán de la autorización de sus padres o representantes legales. Los componentes de estos equipos podrán contar con formación específica en materia de conciliación, justicia restaurativa o mediación escolar según establezca la Administración pública.

3. La puesta en práctica del proceso de mediación no supondrá la paralización ni la cancelación del procedimiento correctivo iniciado, salvo que así lo determine el director del centro, dejando constancia de tal circunstancia por escrito.

4. Las actuaciones de mediación escolar podrán llevarse a cabo con carácter anticipado o con posterioridad a la aplicación de la medida preventiva o correctora que se hubiera acordado por el órgano competente para resolver. La persona mediadora comunicará por escrito al director del centro el resultado de la mediación, indicando cuando haya finalizado con acuerdo de las partes, si éste se hubiera cumplido.

5. Una vez finalizado el proceso de mediación se tendrán en cuenta las siguientes acciones:

a) Si finalizase con acuerdo entre las partes y existiera un procedimiento correctivo aún no concluido por la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia, el director del centro, una vez comprobado que se está cumpliendo o que ya se ha cumplido el acuerdo de mediación, podrá proponer la suspensión, la continuidad o el archivo del procedimiento, dejando constancia escrita de la decisión adoptada, a los efectos del cómputo de plazos establecidos para la prescripción de las medidas correctoras que hayan podido imponerse.

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b) Si la mediación finalizase sin acuerdo de las partes, o los acuerdos alcanzados fueran incumplidos, se comunicará por escrito al director del centro, que podrá decidir iniciar o continuar un procedimiento correctivo de conformidad con lo establecido en el título tercero.

c)Cuando no haya sido posible llegar a un acuerdo por causas ajenas al alumno infracto esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como circunstancia paliativa de la responsabilidad del alumno, conforme a lo dispuesto en la letra e) del artículo 41.2.

5. MEDIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DAR A CONOCER EL PLAN DE CONVIVENCIA.

5.1.Comisión de Convivencia

- Composición, plan de reuniones y plan de actuación de la Comisión de Convivencia:

Su composición es la siguiente:

El director o directora, que ejercerá la presidencia.

maestro/a.

.Todos/as ellos/as, elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.

Así mismo nombraremos un coordinador de convivencia.

Funciones de la Comisión de Convivencia serán:

mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.

todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.

la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.

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disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.

la convivencia en el centro.

curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

centro.

a las normas de convivencia en el centro.

* Plan de reuniones y actuaciones:

La Comisión de Convivencia de este centro se reunirá de manera preceptiva:

Mes de OCTUBRE:

en el centro.

novedades, posibles modificaciones, mejoras…etc.

Mes de MARZO/ABRIL:

medidas disciplinarias impuestas en el centro.

el informe para el Consejo Escolar, dando cuenta de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

reclamaciones presentadas en cada trimestre.

Mes de JUNIO:

Igual que el anterior correspondiente al 3º trimestre

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para el próximo.

De manera extraordinaria, esta Comisión se reunirá siempre que lo considere necesario el Equipo Directivo para conocer, analizar, valorar y proponer medidas relacionadas con cualquier situación o circunstancia relativa a la Convivencia en el centro.

5.2.Otros:

PADRES/MADRES

Y en general se procurará que los diferentes componentes de la comunidad educativa colaboren en el adecuado ambiente de convivencia y armonía en el centro para lo que es fundamental la INFORMACIÓN. Por eso, entre los medios previstos para la consecución de este objetivo tenemos:

Participación a través del Consejo Escolar

Reuniones Generales con padres

Hora de tutoría

Correo del Centro

Comunicados a los padres por medio de notas informativas y página web.

Relación constante y fluida con la Asociación de Padres de Alumnos del Centro.

Padre delegado.

Servicios externos al centro, si así se considera oportuno.

Escuela de padres con temas relacionados con la convivencia.

………

ALUMNOS/ALUMNAS:

También nos referimos a la colaboración de nuestros alumnos y alumnas para lo que es imprescindible:

- Los tutores/ as y especialistas darán a conocer al alumnado las Normas de Convivencia del Centro, así como el procedimiento sancionador a aplicar en el caso de conflictos.

- Realizarán las Normas de Convivencia de su aula.

- Cada curso de 5º y 6º elegirá democráticamente al delegado delegada de su clase.

- Puesta en marcha del programa de Mediación escolar, dándoles una formación previa.

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6.NORMATIVA EN LA QUE NOS BASAMOS Decreto 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros

docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de

Murcia

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1526.82 KB)

Ley 1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 569.38 KB)

Resolución 28 septiembre 2009 aplicación normas convivencia escolar

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 337.54 KB)

Decreto nº 276/2007, de 3 de agosto, por el que se regula el Observatorio para la Convivencia

Escolar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 198.68 KB)

ORDEN de 19 de octubre de 2006, por la que se crea el observatorio para la convivencia escolar en la

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 96.48 KB)

ORDEN de 25 de junio de 2006 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se adscribe el

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Convivencia Escolar, a la Dirección

General de Ordenación Académica.

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 76.93 KB)

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2006, de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que se

dictan instrucciones en relación con las situaciones de acoso escolar en los centros docentes

sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares.

(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 195.42 KB)

ORDEN de 6 de mayo de 2002 de la Consejería de Educación y Cultura por la que se crea el Equipo de

Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Convivencia Escolar, dependiente de la

Dirección General de Formación Profesional, Innovación y Atención a la Diversidad.

Instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de desprotección infantil

http://www.carm.es/web/integra.servlets.BlobNoContenido?IDCONTENIDO=9415&TABLA=PUBLICACIONES_TEXTO&ID

TIPO=246&RASTRO=c886$m5855&CAMPOCLAVE=IDTEXTO&VALORCLAVE=4381&CAMPOIMAGEN=TEXTO&ARCHIVO=Texto+Completo+1+Instrumento+para+la+valoraci%F3n+de+la+gravedad+de+las+situaciones+de+desprotecci%F3n+infantil.pdf

7. ANEXOS:

- ANEXO I-Parte de medidas correctoras por faltas leves contra las normas de convivencia y conducta y resto de modelos de Informes: hechos constatados y no constatados

-ANEXO II-Ficha de derivación Aula de convivencia.

-ANEXO III-Reflexión aula de convivencia.

- ANEXO IV-Hoja de pensar (niños y niñas más pequeños)

-ANEXO V-Modelo compromiso educativo y convivencia

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-ANEXO VI-Cuestionarios padres sobre convivencia.

-ANEXO VII-Acoso escolar.

- Anexo VIII-Sociograma.

-ANEXO IX-Decreto 16/2016, de 9 de marzo, sobre convivencia escolar: procedimientos y plazos

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ANEXO I-PARTE DE MEDIDAS CORRECTORAS .

1-POR FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS

FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 29 del Decreto 16/2016)

Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.

Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

FECHA DE APLICACIÓN Y DURACIÓN DE LA MEDIDA CORRECTORA:

MEDIDAS CORRECTORAS (Hasta un máximo de dos)

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 30 del Decreto 16/2016)

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL PROFESOR 0 TUTOR

Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula o enviarlo al espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas.

Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales, en caso de los menores de edad.

Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director del centro. Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas en las normas de funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante ese tiempo el alumno permanecerá debidamente atendido.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL TUTOR

Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el alumno.

Realización, dentro de la jornada escolar, y durante un máximo de 5 días lectivos, de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material del centro, o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL JEFE DE ESTUDIOS

Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa.

Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es menor de edad.

Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días.

Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

_____________, ____ de __________________ de ________

Esta notificación, además, ha sido practicada por Teléfono, SMS o E-mail

con fecha, ____________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016)

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Profesor/a

Titular

Guardia

Fdo.:

Jefe de Estudios

Fdo.:

RECIBÍ:

Alumno/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Restos de modelos de Informes:hechos constatados y no constatados (poner enlace documentos)

2-PARTE DE MEDIDAS CORRECTORAS POR FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

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_____________, ____ de __________________ de ________

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 29 del Decreto 16/2016) a) Las faltas injustificadas de puntualidad o

de asistencia a clase.

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

MEDIDAS CORRECTORAS (Hasta un máximo de dos) MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 30 del Decreto 16/2016) MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL PROFESOR 0 TUTOR

a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula o enviarlo al espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas.

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales, en caso de los menores de edad.

d) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director del centro.

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas en las normas de funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante ese tiempo el alumno permanecerá debidamente atendido.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL TUTOR

g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el alumno.

h) Realización, dentro de la jornada escolar, y durante un máximo de 5 días lectivos, de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material del centro, o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL JEFE DE ESTUDIOS

i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa.

j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

FECHA DE APLICACIÓN Y DURACIÓN DE LA MEDIDA CORRECTORA:

Esta notificación, además, ha sido practicada por Teléfono, SMS o E-mail

con fecha, ____________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016)

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Profesor/a

Titular

Guardia

Fdo.:

Jefe de Estudios

Fdo.:

RECIBÍ:

Alumno/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Padre/Madre/

Representante legal

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

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3-INFORME DEL PROFESOR/A ANTE LA COMISIÓN DE FALTAS GRAVES O MUY GRAVES CON HECHOS CONSTATADOS

(Artículo 36.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./Dña. ................................................................................, habiendo estado presente en el

ejercicio de sus funciones como Profesor/a del Centro ..............................................................................

de ................................. (localidad), durante la comisión de los hechos que se describen a continuación, al

amparo de los establecido en el artículo 6 de la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la

Región de Murcia y a efectos de lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 162016, de 9 de marzo,

emite el siguiente informe en relación con los hechos cometidos por el alumno o alumna

............................................................................, matriculado/a en ..... curso de................... (etapa educativa)

del citado centro, según se detallan a continuación:

HECHOS: ........................................................................................................................

.........................................................................................................................................................................

............................................................................................................

.........................................................................................................................................................................

............................................................................................................

PERSONAS IMPLICADAS: .............................................................................................

LUGAR: ............................................................................................................................

CIRCUNSTANCIAS: .........................................................................................................

TESTIGOS: ......................................................................................................................

ACTUACIONES REALIZADAS: (análisis de documentos, fotografías, informaciones recabadas, etc.)

.........................................................................................................................................................................

.............................................................................................................

Y para que conste, a efectos de declarar probados los hechos que se describen y la autoría de

estos, firmo el presente Informe en .............. , a .... de …...... de 20..

PROFESOR/A

Fdo.: ..................................

4-COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE POR FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

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ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 32 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia..

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.

e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

j) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Art. 33 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

A RESOLVER POR EL JEFE DE ESTUDIOS O EL DIRECTOR

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto en el lugar que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de quince días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa

como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida

deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra las normas de convivencia.

A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR

e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de quince días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por parte del profesorado responsable del área, materia o módulo afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido impuesta esta medida correctora, según lo dispuesto en las normas de funcionamiento

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo):

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NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Alumno/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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5-COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE POR FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS

FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Art. 34 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR)

(Art. 35 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo el curso académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias durante todo el curso académico.

d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

e) Expulsión del centro (solamente en enseñanzas no obligatorias).

APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo):

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha, ___________________

(art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo

NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a

Alumno/a

Padre/Madre/ Representante legal

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Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

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- 71 -

6-DESIGNACIÓN DE INSTRUCTOR ANTE HECHOS CONSTATADOS POR FALTAS GRAVES O MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Artículo 36.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./ Dña. ………………………………………………………..…… queda designado/a instructor/

instructora del expediente que con fecha ………..…… se acuerda incoar al alumno/a D/Dña.

…………………………………………………………………. de ……….. (curso) de …..…….. (nivel/ etapa

educativa).

A efectos de lo indicado en el artículo 46.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, esta designación

se comunica al alumno/a mayor de edad o a su padre/ madre/ representante legal, en

….......................................... (localidad) , a.... de …...... de 20..

EL DIRECTOR/ LA DIRECTORA

Fdo.: ..................................

Enterados:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

Cuadro 1. Conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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7-PROPU ESTA DE RESOLUCION DEL INSTRUCTOR ANTE HECHOS CONSTATADOS(FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 36.4 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ................................................................................, designado/a INSTRUCTOR/A, por acuerdo

del director del centro, de fecha ………, en el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a

............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa

educativa), visto el informe emitido por el profesor/a D./ Dña. ........................................................., con

fecha …………., en relación con los hechos que se detallan a continuación, ocurridos el día ……..…….. ,

en el que figura como responsable el alumno/ la alumna ………………………………………………, del

curso ………., ante la comisión de faltas graves o muy graves y de las medidas correctoras que se

podrían imponer, le comunica lo siguiente

HECHOS PROBADOS

DESCRIPCIÓN (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación):

………………………………………...................................................................................................................

............................................................................................................

.........................................................................................................................................................................

.............................................................................................................

TIPIFICACIÓN: Los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o

34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s

contra las normas de convivencia: “………………. …” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s

literalmente).

CIRCUNSTANCIAS PALIATIVAS O ACENTUANTES (SI LAS HUBIERE):

…………………………………………………………………………………………..………..

………………………………………………………………………………………………….…………..

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

MEDIDA CORRECTORA: Al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto

16/2016 de 9 de marzo se propone imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida

correctora descrita en la letra correspondiente)

Esta propuesta podrá ser contestada por Ud. mediante comparecencia personal en el centro, o

por escrito, en el plazo de dos días lectivos, para formular alegaciones y proponer aquellos medios de

prueba que en el ejercicio de su derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la

presunción de veracidad de los hechos que impugna, en calidad de alumno o alumna mayor de edad, o

de Padre/ Madre/ Representante legal del alumno/a.

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EL INSTRUCTOR

Fdo-: ……………………………………

Enterado/a:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

OPCIONAL PARA EL ALUMNO/A: El alumno o alumna reconoce su responsabilidad en los hechos

constatados, y firma su conformidad, en presencia de su Padre/Madre/Representante legal:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

En....................., ..... de................. de 20.......

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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8-RESOLUCION DEL DIRECTOR (O JEFE DE ESTUDIOS) ANTE HECHOS CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 36.5 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ..............................................................., director/a o jefe/a de estudios del centro, visto el informe

emitido por el profesor/a instructor/a D./ Dña. ............................................................., con fecha ………….,

en relación con el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a

............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa

educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves,

CONSIDERANDO

1º.- Que el día … de …………… de 20….. se desarrollaron los siguientes hechos probados (se relatan los

hechos, sin transcribir su tipificación): ……………………………….……...………….……….

…………….....................................................................................................................................

2º .- Que los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del

Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las

normas de convivencia: “………………. …” (se transcriben la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente).

3º.- Que existen/ (o bien) no existen circunstancias paliativas o acentuantes (se detallan, si las hubiere)

……………………………………………………………………………………………..

4º.- Que alumno/a (o sus tutores legales) al serle/s notificada su imputación ha/n formulado, en síntesis, las

siguientes alegaciones…………………………………….……………….. y realizan la siguiente propuesta

………………………………………………………………………………….…/ (o bien) no han formulado

alegaciones.

RESULTANDO

1º.- Que el director del centro, al amparo de lo previsto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de

3 de mayo, de Educación es competente para imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los

alumnos (añadir, en su caso) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de

marzo, ha delegado en el jefe de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras previstas

en las letras a, b, c y d del apartado 1 del mismo.

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2º.- Que, en relación con las alegaciones efectuadas no procede/ (o bien) procede tomarlas en

consideración dado que ……………………………………………………………………..………../ (o bien) Que

no se han formulado alegaciones.

Por cuanto antecede, RESUELVE:

Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora de

………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el

tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo // (o bien) Declarar la no

existencia de responsabilidad del alumno/a en los hechos, al estimar las alegaciones presentadas, según

el artículo 38 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentar reclamación, ante

el Consejo Escolar del centro, en el plazo de dos días lectivos a partir del siguiente en que se produjo la

notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en

relación con las competencias que el artículo 127.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación, atribuye a este órgano colegiado.

En....................., a ........ de................. de 20.......

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

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JUSTIFICANTE DE NOTIFICACIÓN:

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA: ................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE: ............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA: ...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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9-RESOLUCION DEL DIRECTOR ANTE PROPUESTA DEL CONSEJO ESCOLAR POR HECHOS CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

Vista la propuesta efectuada por el Consejo Escolar del centro, de fecha ………, en relación con la

resolución del expediente de medidas correctoras instruido al alumno ................................, matriculado en

...... curso de ....... (nivel/ etapa educativa),

Resultando

1º.- Que con fecha ….. se dictó Resolución por el Director (o bien, cuando se trate de medidas correctoras previstas

en las letras a, b, c y d del apartado 1 del artículo 32) / por el Jefe de Estudios, por delegación del director, en virtud

de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, por la que se imponía la medida

correctora de ....

2º.- Que al amparo de lo que establece el artículo 40 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, con fecha …, el

alumno (o sus tutores legales) han presentado reclamación ante el Consejo Escolar alegando

………………………………………………………………………………..

3º.- Que el Consejo Escolar del centro, reunido en sesión extraordinaria el día …, a la vista de los

informes incorporados al expediente y de las alegaciones contenidas en la reclamación, considera que no

procede/ (o bien) procede estimar la reclamación presentada dado que ….. (indicar los motivos en los que ha

basado su decisión), y en consecuencia realiza la siguiente propuesta:

□ Ratificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de...

□ Modificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de..., y aplicar, en

sustitución, la siguiente medida …

4º.- Que el director, conforme a lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, es

competente para valorar la propuesta formulada por el Consejo Escolar, y tras analizar los argumentos en

que se fundamenta, ha decidido desestimar/ (o bien) ratificar dicha propuesta, dado que ……… (motivar la

decisión)

Considerando

1º.- Que a la vista de los informes incorporados al expediente, resulta probado que el alumno/a

……………… es responsable de los siguientes hechos: (se relatan los hechos, sin transcribir su

tipificación)………………….……………………………………………

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2º.- Que los hechos realizados por el alumno han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo

32 o 34 del Decreto Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o

muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s

literalmente del texto legal).

3º.- Que en la gradación de la medida correctora a imponer se ha considerado que

□ no concurren circunstancias atenuantes/agravantes.

□ concurren las siguientes circunstancias atenuantes/agravantes… (indicar cuáles).

4º.- Que al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016, de 9 de

marzo, procede imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en

la letra correspondiente)

Por cuanto antecede, RESUELVE

Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora de

………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el

tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el

artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de

dos meses, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, podrá presentar recurso de

reposición ante el director del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación,

de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

(O bien, cuando la medida impuesta sea la de cambio o expulsión del centro) Contra la presente resolución,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer

recurso de alzada ante la Dirección General con competencias en ordenación académica en el plazo de

un mes a contar desde la fecha de su notificación.

En....................., a ...... de................. de 20.....

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

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Fdo.: ..................................

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA: ................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE: ............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA: ...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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10-COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE POR FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA ANTE HECHOS NO CONSTATADOS

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 32 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

o) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

p) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia..

q) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

r) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.

s) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave

t) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa

u) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

v) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad.

w) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

x) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

y) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

z) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.

aa) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

bb) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Art. 33 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

A RESOLVER POR EL JEFE DE ESTUDIOS O EL DIRECTOR

h) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

i) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto en el lugar que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

j) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de

quince días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa

como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes

legales en el caso del alumnado menor de edad.

k) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra las normas de convivencia.

A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR

l) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

m) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de quince días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por parte del profesorado responsable del área, materia o módulo afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido impuesta esta medida correctora, según lo dispuesto en las normas de funcionamiento

n) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

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APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo):

NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Alumno/a

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal

Fdo.:

Nombre:

Fecha:

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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11-COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE POR FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA ANTE HECHOS NO CONSTATADOS

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA:

ASIGNATURA: HORA:

Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS

FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Art. 34 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

j) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

k) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

l) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

m) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

n) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

o) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

p) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

q) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

r) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR)

(Art. 35 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

f) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

g) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo el curso académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

h) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias durante todo el curso académico.

i) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

j) Expulsión del centro (solamente en enseñanzas no obligatorias).

APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo):

NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a

Fdo.:

Nombre:

Alumno/a

Fdo.:

Nombre:

Padre/Madre/ Representante legal

Fdo.:

Nombre:

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Fecha: Fecha: Fecha:

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha, ___________________

(art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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13-DESIGNACIÓN DE INSTRUCTOR ANTE HECHOS NO CONSTATADOS POR FALTAS GRAVES O MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Artículo 37.1 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./ Dña. ………………………………………………………..…… queda designado/a intructor/

instructora del expediente que con fecha ………..…… se acuerda incoar al alumno/a D/Dña.

…………………………………………………………………. de ……….. (curso) de …..…….. (nivel/ etapa

educativa).

A efectos de lo indicado en el artículo 46.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, esta designación

se comunica al alumno/a mayor de edad o a su padre/ madre/ representante legal, en

….......................................... (localidad) , a.... de …...... de 20..

EL DIRECTOR/ LA DIRECTORA

Fdo.: ..................................

Enterados:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

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14-ACTUACIONES DEL INSTRUCTOR PARA EL ESCLARECIMIENTO DE HECHOS NO CONSTATADOS ANTE FALTAS GRAVES O MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA (Art. 37.2 Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

En ….…………. (Localidad y lugar), el .... de ................. de 20…, previamente citado, comparece para

prestar declaración en el expediente de medidas correctoras abierto con fecha ..... de ............. de 20…,

que es informado del motivo de su comparecencia,

□ D./ Dña. ………………….…. , en calidad de testigo de los hechos que se están investigando

□ El alumno/ ……………………..….…. (añadir, si es menor de edad), acompañado de sus padres o

representantes legales, D. ………………………………. y Dña. ………………

Se le informa del motivo de su comparecencia y se le pregunta lo siguiente:

PREGUNTA: ……………………………………………………………………………

RESPUESTA: ..………………………………………………………………………..

Se harán cuantas preguntas se consideren de interés para el esclarecimiento de los hechos, y deberá formularse

como última la siguiente:

PREGUNTA: ¿Tiene algo más que alegar?

RESPUESTA: ..............................................................................................................

Leída la presente declaración por el declarante, la encuentra ajustada a lo manifestado.

....................., ..... de ................. de 20…

El instructor/a (o tutor) El alumno/a El/La representante legal del alumno

Fdo.: ….…………. Fdo.: ….…………. Fdo.: ….………….

El alumno o alumna reconoce su responsabilidad en los hechos, y firma su conformidad, en

presencia de su Padre/Madre/Representante legal:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

15-PROPUESTA DE RESOLUCION DEL INSTRUCTOR ANTE HECHOS NO CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 37.3 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ................................................................................, designado/a INSTRUCTOR/A, por acuerdo

del director del centro, de fecha ………, en el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a

............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa

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- 86 -

educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves y las medidas correctoras que se podrían

imponer, le comunica lo siguiente

HECHOS PROBADOS

DESCRIPCIÓN (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación): ………………………………………

…………….....................................................................................................................................

.......................................................................................................................................................

TIPIFICACIÓN: Los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o

34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s

contra las normas de convivencia: “………………. …” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s

literalmente).

CIRCUNSTANCIAS PALIATIVAS O ACENTUANTES (SI LAS HUBIERE): …………………….

……………………………………………………………………………………………………..

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

MEDIDA CORRECTORA: Al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto

16/2016 de 9 de marzo se propone imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida

correctora descrita en la letra correspondiente)

Esta propuesta podrá ser contestada por el padre/ la madre/ los representantes legales del

alumno/a menor de edad mediante comparecencia personal en el centro, o por escrito, en el plazo de

diez días lectivos, para formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio

de su derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la presunción de veracidad de los

hechos que impugna, en calidad de alumno o alumna mayor de edad, o de Padre/ Madre/ Representante

legal del alumno/a.

EL INSTRUCTOR

Fdo-: ……………………………………

Enterado/a:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

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Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

(OPCIONAL PARA EL ALUMNO/A) El alumno o alumna reconoce su responsabilidad en los hechos

constatados, y firma su conformidad, en presencia de su Padre/ Madre/ Representante legal, según el

artículo 37.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

(OPCIONAL PARA PADRE/ MADRE/ REPRESENTANTE LEGAL) El alumno o alumna mayor de edad, o el padre/ la

madre/ su representante legal para los alumnos/as menores de edad, renuncian a presentar

alegaciones, según el artículo 37.5 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................................ Fdo.:..................................................................

En....................., ..... de................. de 20.......

16-RESOLUCION DEL DIRECTOR (O JEFE DE ESTUDIOS) ANTE HECHOS NO CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículos 37.6, 37.7 y 38 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ..............................................................., director/a o jefe/a de estudios del centro, visto el informe

emitido por el profesor/a instructor/a D./ Dña. ............................................................., con fecha ………….,

en relación con el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a

............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa

educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves,

CONSIDERANDO

1º.- Que el día … de …………… de 20….. se desarrollaron los siguientes hechos probados (se relatan los

hechos, sin transcribir su tipificación): ……………………………….……...………….……….

…………….....................................................................................................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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2º .- Que los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del

Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las

normas de convivencia: “………………. …” (se transcriben la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente).

3º.- Que existen/ (o bien) no existen circunstancias paliativas o acentuantes (se detallan, si las hubiere)

……………………………………………………………………………………………..

4º.- Que alumno/a (o sus tutores legales) al serle/s notificada su imputación ha/n formulado, en síntesis, las

siguientes alegaciones…………………………………….……………….. y realizan la siguiente propuesta

………………………………………………………………………………….…/ (o bien) no han formulado

alegaciones.

RESULTANDO

1º.- Que el director del centro, al amparo de lo previsto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de

3 de mayo, de Educación es competente para imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los

alumnos (añadir, en su caso) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de

marzo, ha delegado en el jefe de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras previstas

en las letras a, b, c y d del apartado 1 del mismo.

2º.- Que, en relación con las alegaciones efectuadas no procede/ (o bien) procede tomarlas en

consideración dado que ……………………………………………………………………..………../ (o bien) Que

no se han formulado alegaciones.

Por cuanto antecede, RESUELVE:

Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora de

………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el

tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo // (o bien) Declarar la no

existencia de responsabilidad del alumno/a en los hechos, al estimar las alegaciones presentadas, según

el artículo 38 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar reclamación,

ante el Consejo Escolar del centro, en el plazo de dos días lectivos a partir del siguiente en que se

produjo la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de

marzo, en relación con las competencias que el artículo 127.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,

de Educación, atribuye a este órgano colegiado.

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- 89 -

En....................., a ........ de................. de 20.......

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

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- 90 -

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA: ................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE: ............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA: ...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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17-RESOLUCION DEL DIRECTOR ANTE PROPUESTA DEL CONSEJO ESCOLAR

POR HECHOS NO CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES) (Artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

Vista la propuesta efectuada por el Consejo Escolar del centro, de fecha ………, en relación con la

resolución del expediente de medidas correctoras instruido al alumno ................................, matriculado en

...... curso de ....... (nivel/ etapa educativa),

Resultando

1º.- Que con fecha ….. se dictó Resolución por el Director (o bien, cuando se trate de medidas correctoras previstas

en las letras a, b, c y d del apartado 1 del artículo 32) / por el Jefe de Estudios, por delegación del director, en virtud

de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, por la que se imponía la medida

correctora de ....

2º.- Que al amparo de lo que establece el artículo 40 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, con fecha …, el

alumno (o sus tutores legales) han presentado reclamación ante el Consejo Escolar alegando

………………………………………………………………………………..

3º.- Que el Consejo Escolar del centro, reunido en sesión extraordinaria el día …, a la vista de los

informes incorporados al expediente y de las alegaciones contenidas en la reclamación, considera que no

procede/ (o bien) procede estimar la reclamación presentada dado que ….. (indicar los motivos en los que ha

basado su decisión), y en consecuencia realiza la siguiente propuesta:

□ Ratificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de...

□ Modificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de..., y aplicar, en

sustitución, la siguiente medida …

4º.- Que el director, conforme a lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, es

competente para valorar la propuesta formulada por el Consejo Escolar, y tras analizar los argumentos en

que se fundamenta, ha decidido desestimar/ (o bien) ratificar dicha propuesta, dado que ……… (motivar la

decisión)

Considerando

1º.- Que a la vista de los informes incorporados al expediente, resulta probado que el alumno/a

……………… es responsable de los siguientes hechos: (se relatan los hechos, sin transcribir su

tipificación)………………….……………………………………………

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2º.- Que los hechos realizados por el alumno han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo

32 o 34 del Decreto Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o

muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s

literalmente del texto legal).

3º.- Que en la gradación de la medida correctora a imponer se ha considerado que

□ no concurren circunstancias atenuantes/agravantes.

□ concurren las siguientes circunstancias atenuantes/agravantes… (indicar cuáles).

4º.- Que al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016 de 9 de

marzo procede imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en la

letra correspondiente)

Por cuanto antecede, RESUELVE

Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora de

………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el

tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el

artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de

dos meses, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, podrá presentar recurso de

reposición ante el director del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación,

de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

(O bien, cuando la medida impuesta sea la de cambio o expulsión del centro) Contra la presente resolución,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer

recurso de alzada ante la Dirección General con competencias en ordenación académica en el plazo de

un mes a contar desde la fecha de su notificación.

En....................., a ...... de................. de 20.....

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

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- 93 -

Fdo.: ..................................

JUSTIFICANTE DE NOTIFICACIÓN:

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA: ................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE: ............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA: ...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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ANEXO II-FICHA DE DERIVACIÓN NOMBRE :_______________________________________________________________________

GRUPO: __________________

FECHA: ______________________________

MEDIDAS TOMADAS CON ANTERIORIDAD (SI LAS HUBIERA)

DESCRIPCIÓN DE LO SUCEDIDO

CONSECUENCIA

COMPROMISO

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ANEXO III---AULA DE CONVIVENCIA

AUTO-OBSERVACIÓN: SITUACIÓN CONFLICTIVA

DATOS DEL ALUMNO/A

Apellidos Nombre Grupo

Fecha Hora

Todas las personas cometemos errores. El problema no es sólo el error, sino por qué lo hice y qué consecuencias negativas vienen después. Por lo tanto, para salir del error, tenemos que reflexionar, auto-observarnos y conocer las causas que nos han llevado a tal actitud o acción. Para ayudarte responde por escrito a las siguientes preguntas que tú te vas a hacer a ti mismo. Responde con calma y pensando bien lo que vas a escribir. Confía en que, al hacerlo, tú mismo te estás ayudando. Entrégalo mañana en esta aula.

¿Qué es lo que ha ocurrido?

¿Por qué he actuado de esa manera?

¿Cómo me siento ahora?

¿Qué podría hacer yo para ayudar a resolver esta situación?

Finalmente, ¿cuál es la decisión que tomo?

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ANEXO IV

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- 97 -

ANEXO V Modelo de compromiso educativo y de convivencia. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS QUE SUSCRIBEN EL COMPROMISO D./Dª…………………………………………………………………………………………….. , representante legal del alumno/a,……………………………………………………………………………………… , matriculado en este centro en el curso escolar ……………….. y grupo………….. D./Dª. ……………………………………………………………………………………… , en calidad de tutor/a de dicho alumno/a. OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN: Ambas partes comparten que la educación necesita la actuación conjunta de las familias y el centro educativo y manifiestan su disposición a cooperar para estimular y apoyar el proceso educativo del alumno/a. Por ello acuerdan colaborar para conseguir los siguientes objetivos: … Conocer, compartir y facilitar el logro de los objetivos educativos adecuados al alumno/a. … Comunicarse de manera habitual y positiva sobre el progreso y el desarrollo personal del alumno/a. … Mejorar los resultados escolares del alumno/a. … Mejorar los hábitos de estudio y esfuerzo del alumno/a. … Mejorar la autonomía y responsabilidad del alumno/a en el cumplimiento de las tareas escolares. … Otros: …………………………………………………………………………………………………………….. COMPROMISOS QUE SE ADQUIEREN Para conseguir los objetivos anteriormente descritos, se comprometen al cumplimiento de los siguientes compromisos: Por parte de la familia o responsables legales: … Favorecer y controlar la asistencia diaria y puntual del alumno/a al centro y con los materiales necesarios para las clases. … Aceptar y cumplir las indicaciones del profesorado para el progreso educativo del alumno/a. … Facilitar un ambiente, horario y condiciones de estudio adecuadas para el alumno/a y procurar el cuidado de los materiales educativos. … Colaborar en el control y cumplimiento de las tareas escolares del alumno/a. … Mantener una comunicación fluida con el tutor o tutora del alumno/a … Otros: Por parte del centro: … Realizar el control diario y proporcionar información inmediata a los representantes legales sobre la ausencia del alumno/a … Proporcionar al alumno/a los recursos necesarios para la realización de sus actividades y tareas en el centro. … Proporcionar indicaciones claras sobre la consecución de objetivos, el cumplimiento de tareas y el progreso escolar del alumno/a. … Realizar las entrevistas entre los representantes legales del alumno/a y el tutor/a con la periodicidad establecida. … Facilitar la adquisición de hábitos de estudio y el apoyo pedagógico necesario para conseguir la plena integración escolar del alumno/a. … Otros: Este compromiso educativo tendrá una duración de y podrá ser modificado en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado. En ………………………………………… , a………………………….. de ………………………… de…………………..

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- 98 -

FIRMA: los representantes legales del alumno/a Fdo.: Fdo.FIRMA: el tutor o tutora del alumno/a: Fdo.: Vº Bº: El director/a del centro

ANEXO VI

Región de Murcia Consejería de Educación y Universidades

C.E.I.P. EL RECUERDO

Código de centro: 30019118 C/ Cerezo, nº 23

30730 – San Javier Teléfono: 968192021 Fax: 968100442

[email protected]

CUESTIONARIO PARA PADRES/MADRES:

-¿Qué espera usted del colegio? …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. -¿Qué horario prefiere para asistir a las reuniones generales que convoque la tutora/el tutor? Rodee la opción deseada y ponga la hora. Mañana Tarde -¿Está interesado en recibir formación como padre/madre? (escuela de padres).............................¿Qué temas le interesan para formarse?............................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................. - ¿Qué opinión le merece la convivencia en el centro?................................................................................................. ....................................................................................................................................................................................... ..................................................................................................¿Ha detectado algún problema de convivencía?........... ¿cuál?............................................................................................................................................................................ ¿Lo ha comunicado al tutor?........................................................................................................................................ -Observaciones y sugerencias: …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

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ANEXO VII 1-Recogida inicial de información ante un supuesto caso de acoso escolar.

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2-Guía de observación escolar con indicadores para identificar a posibles alumnos acosados.

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3-Guía de observación familiar con indicadores para identificar a posibles alumnos acosados.

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- 102 -

ANEXO VIII- SOCIOGRAMA

NOMBRE………………………………………………………….

CURSO……………………………………………………………

1. ¿Quiénes son los tres niños o niñas de tu clase con los que más te

gusta jugar?

¿Por qué te gusta jugar con ellos?

2. ¿Quiénes son los tres niños o niñas de tu clase con los que menos

te gusta jugar?

¿Por qué no te gusta jugar con ellos?

ADIVINA quién es el niño o niña de tu clase que:

5. Tiene más amigos………………………………………………..

6. El más triste…………………………………………………….....

7. Al que más quiere la profesora………………………………….

8. El más alegre……………………………………………………...

9. El que más ayuda a los demás………………………………….

10. El que más sabe…………………………………………………

11. El que menos amigos tiene…………………………………….

12. El que más molesta a los demás………………………………

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13. El que menos sabe………………………………………………

14. Al que menos quiere la profesora………………………………

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ANEXO IX-DECRETO 16/2016, DE 9 DE MARZO, SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR: PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS

FALTA PROCEDIMIENTO ART.

DECR.

DOCUMEN

TO

PLAZO

REALIZACIÓN/ EJECUCIÓN

RECLAMACIÓN O

ALEGACIONES

PRESCRIP. (Art. 43)*

Falta Medida

LEVE Comunicación escrita 31.2 Anexo 01 Ejecutividad inmediata Sin recurso ni reclamación 1 mes

1 mes,

dentro de

curso

escolar

GRAVE O

MUY

GRAVE

(CON

HECHOS

CONSTATA

DOS)

Informe del profesor testigo 36.2 Anexo 02 2 días lectivos tras la comisión -- GRAVES:

3 meses

--

MUY

GRAVE:

6 meses

GRAVES:

6 meses

--

MUY

GRAVE:

12 meses

(ambas

pueden

pasar al

siguiente

curso

escolar,

aunque

haya

cambio

de centro)

Comunicación de inicio de expediente 42.1

Anexo 03.1

(graves)

Anexo 03.2

(muy graves)

Inmediatamente tras informe del

profesor. Marca inicio del

proceso

--

Adopción, en su caso, de medidas

provisionales

39 Al iniciarse el proceso o en

cualquier momento de su

instrucción

--

Designación de instructor por el director

(preferentemente, Jefe de Estudios)

36.3 Anexo 4 Inmediatamente tras informe del

profesor

Posibilidad de abstención

del instructor (art. 28 Ley

30/92)

Comunicación a padres Posibilidad de recusación de

los padres (art. 29 Ley 30/92)

Propuesta de resolución del instructor 36.4 Anexo 5

Cuanto antes, tras informe del

profesor.

Plazo de 2 días lectivos para

alegaciones

Comunicación a padres

Reconocimiento de responsabilidad del

alumno (firma ante sus padres)

Resolución del director (o Jefe de Estudios:

letras a,b,c,d faltas graves)

36.5 Anexo 6 Plazo máximo de 30 días lectivos

PARA TODO EL PROCESO

(Art. 38).

Plazo de 2 días para

reclamar ante el Consejo

Escolar (Art. 40.2) Comunicación a padres

Revisión y propuesta del Consejo Escolar 40.2 -- No hay plazo establecido --

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- 105 -

FALTA PROCEDIMIENTO ART.

DECR.

DOCUMEN

TO

PLAZO

REALIZACIÓN/ EJECUCIÓN

RECLAMACIÓN O

ALEGACIONES

PRESCRIP. (Art. 43)*

Falta Medida

Resolución del director tras propuesta del

consejo escolar

40.2 Anexo 7 5 días lectivos para la

elaboración de la resolución.

--

Debe esperarse 1 mes para su

ejecución (posibilidad de

recursos o contencioso); si hay

renuncia por escrito, no hay que

esperar.

- Recurso potestativo de

reposición (plazo: 1 mes)

- Contencioso administrativo

(plazo: 1 mes)

- Recurso de alzada, solo

expulsión y cambio de centro

(plazo: 1 mes posibilidad de

renunciar por escrito a

interponerlo, Art. 40.5)

GRAVE O

MUY

GRAVE

(CON

HECHOS

NO

CONSTATA

DOS)

Comunicación de inicio de expediente 42.1

Anexo 03.1

(graves)

Anexo 03.2

(muy

graves)

Inmediatamente tras comisión.

Marca inicio del proceso

-- GRAVES:

3 meses

--

MUY

GRAVE:

6 meses

GRAVES:

6 meses

--

MUY

GRAVE:

12 meses

(ambas

pueden

pasar al

siguiente

curso

escolar,

aunque

haya

cambio

de centro)

Adopción, en su caso, de medidas

provisionales

39 Al iniciarse el proceso o en

cualquier momento de su

instrucción

--

Designación de instructor por el director

(preferentemente, el tutor)

37.1 Anexo 8 -- Posibilidad de abstención

del instructor (art. 28 Ley

30/92)

Comunicación a padres Posibilidad de recusación de

los padres (art. 29 Ley 30/92)

Actuaciones del instructor para el

esclarecimiento de los hechos

37.2 Anexo 9 Máximo 10 días lectivos en total --

Reconocimiento de responsabilidad del

alumno (firma ante sus padres)

--

Propuesta de resolución del instructor 37.3 Anexo 10 --

Comunicación a padres (trámite de audiencia) 37.4 Plazo de 10 días lectivos

para alegaciones, en los que

no se ejecuta medida.

Posibilidad de renunciar por

escrito(art. 37.5)

Reconocimiento de responsabilidad del

alumno (firma ante sus padres)

37.2

Resolución del Director (o Jefe de Estudios:

letras a,b,c,d faltas graves)

37.6,

37.7 y

38

Anexo 11 Plazo máximo de 30 días lectivos

PARA TODO EL PROCESO

(Art. 38).

Plazo de 2 días para

reclamar ante el Consejo

Escolar (Art. 40.2)

Revisión y propuesta del Consejo Escolar 40.2 -- No hay plazo establecido --

Resolución del director tras propuesta del

Consejo Escolar

40.2 Anexo 12 Cinco días lectivos para la

elaboración de la resolución.

--

- Recurso potestativo de

reposición (plazo: 1 mes)

- Contencioso administrativo

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FALTA PROCEDIMIENTO ART.

DECR.

DOCUMEN

TO

PLAZO

REALIZACIÓN/ EJECUCIÓN

RECLAMACIÓN O

ALEGACIONES

PRESCRIP. (Art. 43)*

Falta Medida

Debe esperarse 1 mes para su

ejecución (posibilidad de

recursos o contencioso); si hay

renuncia por escrito, no hay que

esperar.

(plazo: 1 mes)

- Recurso de alzada, solo

expulsión y cambio de centro

(plazo: 1 mes; posibilidad de

renunciar por escrito a

interponerlo, Art. 40.5)