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acondicionamiento terrtorial
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ARQ. SHIRLEY CHILET [email protected]
Cel: 942-865503, 989-902616
PLANIFICACION
Y GESTIÓN URBANA
Lima, 13 de Octubre del 2010
LA PLANIFICACIÓN CONCEPTOS BÁSICOS
¿QUE ES PLANIFICAR?
Proceso por el cual se sondea al futuro y se intenta predecir los efectos que tendrán los sucesos venideros, con el fin de enfrentar ese futuro con cierto nivel de éxito.
*¿Qué hacer?
*¿Cómo hacerlo?
*¿Cuándo y quién debe llevar a cabo una acción?
CARACTERÍSTICAS
* Fija cuál es la situación presente, dónde estamos y hacia dónde queremos llegar
* No elimina el elemento RIESGO ---> Gradúa y/o reduce el RIESGO
* RACIONALIDAD
* OBJETIVO INMEDIATO:
Superar en el futuro la situación - problema actual
* Substituye la actividad espontánea, inconexa o discontinua de esfuerzos y decisiones NO PLANEADAS.
LA PLANIFICACIÓN CONCEPTOS BÁSICOS
ES EL INSTRUMENTO TÉCNICO - NORMATIVO DE UN PROCESO DE
PLANIFICACIÓN
• Incluye secuencia apropiada a las actividades necesarias para alcanzar los Objetivos de Desarrollo
• Contiene estimaciones de tiempo que se requiere para alcanzarlo gradualmente
¿QUE ES UN PLAN?
EL PLAN - CRITERIOS BÁSICOS
Concepto preciso de hacia donde se quiere llegar, con especificaciones de los resultados que se espera
OBJETIVOS
Pensamiento que orientará las ideas para tomar las decisiones adecuadas en los plazos previstos
POLÍTICAS
Forma de acción, en base al grado de coordinación e integración de todos los recursos disponibles
ESTRATEGIAS
Instrumentos técnicos del proceso de planificación, cuyo fin es crear bienes o servicios
PROYECTOS
Conjunto de acciones y proyectos organizados en función a la homogeneidad de las metas a lograrse
PROGRAMA
Todo Plan debe tener fuerza e idoneidad suficiente para llevarlo a cabo
AUTORIDAD
Todo PLAN debe fijar OBJETIVOS, definir ESTRATEGIAS, dimensionar y pronosticar la SITUACIÓN - PROBLEMA, proponer PROGRAMAS y PROYECTOS y precisar LÍNEAS DE AUTORIDAD.
EL PLAN CRITERIOS BÁSICOS
• OBJETIVIDAD• FLEXIBILIDAD• EFECTIVIDAD• NIVEL DE ESTRUCTURACIÓN Y GESTIÓN
CARACTERÍSTICAS
EL PLAN - CRITERIOS BÁSICOS
No solo es un documento redactado y gráfico de archivo administrativo
no debe constituirse en el instrumento de control RIGIDO y ENCASILLADO
DEBE SER el instrumento de GESTIÓN de todos los agentes involucrados en el proceso, los cuales, a través de su AUTORIDAD MUNICIPAL, REGIONAL O NACIONAL, encuentren respuestas más convenientes a sus expectativas de dinámica económica y pueda
desarrollarse en términos de comunidad
Para que las Autoridades de Nivel Nacional, Regional y/o Local tomen medidas de:
• PREVENCIÓN• PROMOCIÓN• CONTROL DEL CRECIMIENTO,
DESARROLLO Y ACONDICIONAMIENTO DE SU ÁMBITO TERRITORIALcon la participación plena de los agentes que intervienen en el:
- Población - Entidades Gubernamentales y No
Gubernamentales - Organismos Culturales, Deportivos,
Económicos, Productivos, etc.
¿PARA QUE SIRVE EL
PLAN?
EL PLAN CRITERIOS BÁSICOS
• Difusión para que se emitan opiniones
• Subsanación de las observaciones
• Aprobación por Ordenanza Municipal o Regional, Resolución Suprema para su implementación y puesta en marcha
¿COMO SE UTILIZA EL
PLAN?
EL PLAN CRITERIOS BÁSICOS
La planificación no puede entenderse como un hecho solamente técnico ni puntual sino, más bien, como un proceso político. No existe planeación efectiva sin decisión, sin poder político. Planificación y descentralización entrañan una unidad técnico - política pues, descentralizar es, fundamentalmente, una cuestión política; significa transferir el poder, democratizar las decisiones, entender que cada comunidad debe asumir responsabilidades y manejar directamente sus problemas.
LA PLANIFICACION
El desarrollo sostenible debe orientarse a alcanzar las metas económicas, sociales, políticas y ambientales, dirigidas a mejorar la calidad de vida de la población, reconocer el derecho de la población a decidir sobre su futuro, dotarle el instrumento político, económico y jurídico para modificar su situación actual.
EL DESARROLLO SOSTENIBLE
El desarrollo local sostenible debe ser abordado impulsando cambios estructurales, que potencien la capacidad nacional y local para satisfacer las necesidades básicas de la población que vive en condiciones de pobreza, que pueda compartir un entorno seguro de vida, evitando intervenir irreversiblemente en procesos de degradación ambiental.
EL DESARROLLO LOCAL SOSTENIBLE
Arq. Shirley Chilet Cama
Instrumentar la sustentabilidad del desarrollo local.
Propiciar la descentralización de la gestión local.
Generar instrumentos concertados de gestión local.
Transferir poder de decisión a la comunidad.
Generar políticas locales participativas.
Lograr el cambio de actitud de los actores locales.
Objetivos de la Planificación Local Participativa
Objetivos de la Planificación Local Participativa
Promover el desarrollo económico y social local.
Involucrar a la comunidad en la identificación, ejecución, operación y mantenimiento de proyectos.
Modificar el sentido de la obra pública como propiedad comunitaria.
Multiplicar los recursos locales y los frentes de trabajo.
Propiciar la modernización de la gestión local.
El Plan de Desarrollo Local es ante todo un proceso participativo para ser desarrollado y ejecutado en un lapso de tiempo determinado. Esto implica que el Plan determina previsiones para el ordenamiento físico de la localidad, que deben desarrollarse en unos tiempos específicos, durante el periodo de su vigencia.
PLAN DE DESARROLLO LOCAL
Dichas previsiones son principalmente políticas locales participativas que orientan el desarrollo de la localidad en el largo plazo, a partir de una vocación funcional y un modelo de ocupación del territorio; planteamiento de proyectos y programas que desarrollan los objetivos y estrategias de desarrollo previstos, con el fin de estructurar el territorio de la localidad; determinación de normas que establecen el uso y el aprovechamiento del suelo.
PLAN DE DESARROLLO LOCAL
Todo esto conlleva necesariamente a la integración de las materias de la planificación y la gestión que, repercuten no solamente en la necesidad de prever una serie de instrumentos y mecanismos de planificación y gestión que faciliten la implementación progresiva del planeamiento del territorio de la localidad, sino también en las funciones y desempeño de las entidades públicas y agentes del sistema de planificación, las cuales deben dejar de ser básicamente entes aprobatorios de procesos para ser esencialmente entes gestores y partícipes de los mismos.
PLAN DE DESARROLLO LOCAL
NUEVO ENTORNO DE DESARROLLO LOCAL
APERTURA EXTERNA
APERTURA INTERNA
NUEVO ESCENARIO
CONTEXTUAL
GLOBALIZACIÓN
DESCENTRALIZACIÓN
NUEVA ORG. TERRITORIAL
NUEVA GESTIÓN
TERRITORIAL
NUEVO ESCENARIO
ESTRATÉGICO
PIVOTALES ASOCIATIVAS
VIRTUALES
CUASI-ESTADOS CUASI-
EMPRESASº
NUEVO ENTORNO DE DESARROLLO LOCAL
NUEVO ENTORNO DE DESARROLLO LOCAL
NUEVAS FUNC. GOB. REG.
MODERNIZACIÓN ESTADO
NUEVO ESCENARIO
POLÍTICO
TERRITORIALIDAD
CONDUCCIÓN ANIMACIÓN
Arq. Shirley Chilet Cama
LA PLANIFICACIÓN Y LA GESTIÓN
PLANIFICACIONPLANIFICACION GESTIONGESTION
REGIONAL
REGIONAL
URBANA
URBANA
GESTIONPLANIFICACION
PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL DESARROLLO URBANO Y REGIONAL
GESTIONURBANAAMBIENTAL
GESTIONURBANAAMBIENTAL
LA PLANIFICACIÓN Y LA GESTIÓN URBANA AMBIENTAL
GESTIONGESTIONPLANIFICACIONPLANIFICACION
AMBI ENTAL
URBANA
LA PLANIFICACIÓN Y LA GESTIÓN URBANA AMBIENTAL
GESTIONPLANIFICACION
PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO URBANO Y REGIONAL
PUESTA EN EJECUCION
GESTIONURBANA
AMBIENTAL
ACCIONES
NORMAS
Gestión Pública y Empresarial
Procesos Modernos de Planificación
Formulación y Financiación de Proyectos
Gobernabilidad y Política Urbana
PLANIFICACION GESTION
INSTITUCIO-NALIZACION
•SIG
Métodos de Análisis Espacial
Gestión y Ordenamiento Ambiental
Evaluación de Impactos y Riesgos Ambientales
LEGISLACIÓN NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL
LEGISLACIÓN NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL
Ley orgánica desarrolla el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
La descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de Gobierno, en beneficio de la población.
FINALIDAD
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
Arq. Shirley Chilet Cama
La descentralización cumplirá, a lo largo de su desarrollo, con los siguientes objetivos a nivel ambiental:
a) Ordenamiento Territorial y del entorno ambiental.
b) Gestión sostenible de los recursos naturales.
c) Coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana.
OBJETIVOS
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
Arq. Shirley Chilet Cama
La participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los Gobiernos Regionales y Locales establezcan de acuerdo a Ley.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
COMPETENCIAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES
a) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional concertado con las Municipalidades y la Sociedad Civil de Su Región.
b) Planificar el Desarrollo Integral de su Región y ejecutar los programas socio-económicos correspondientes.
COMPETENCIAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES (Municipalidades)
a) Planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción, y ejecutar los planes correspondientes.
b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Local concertado con su comunidad.
c) Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la Gestión Municipal.
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
FINALIDAD
Los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial
fomentar el desarrollo regional integral sostenible,
promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y
garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad
de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los
planes y programas nacionales, regionales y locales de
desarrollo.
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
La Gestión de los Gobiernos Regionales se rige por los siguientes principios:
Participación.- La gestión regional desarrollará y
hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuestos y proyectos regionales.
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
PRINCIPIOS
La Gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de
Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo
plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto
Participativo Regional, aprobados de conformidad con
Políticas Nacionales y en cumplimiento del
Ordenamiento Jurídico Vigente.
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
GESTION REGIONAL
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
(Ley N° 27972)27 de mayo de 2003
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Ley N° 27972
ART. 9°.-
Dentro de las atribuciones del Consejo Municipal corresponde:
• Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial.
• Aprobar el Plan de desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural , el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL
ART. 73°.-
Dentro del marco de las competencias y funciones específicas establecidas en la ley N° 27972, el rol de las municipalidades provinciales comprende:
a. Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial , en el nivel provincial.
b. Promover, permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital.
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Ley N° 27972
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Ley N° 27972
Art. 79
Las municipalidades, en materia de organización de espacio físico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:
a. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Ley N° 27972
Art. 79
b. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, El Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, El Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.
Dentro de las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, se encuentra el de aprobar el Plan Urbano o Rural distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia.
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Ley N° 27972
Art. 97
Basándose en los Planes de Desarrollo Municipal Distritales Concertados y sus presupuestos participativos , según la ley de municipalidades, el Consejo de Coordinación Local Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y su presupuesto participativo, el cual luego de aprobado es elevado al consejo de Coordinación Regional para su integración a todos lo planes de desarrollo municipal provincial concertados de la región y la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO
TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
(Decreto Supremo N° 027-2003-VIVIENDA)
ART. 3°.-
Las municipalidades, en materia de acondicionamiento territorial y
desarrollo urbano, formularán los siguientes instrumentos:
a. Plan de Acondicionamiento Territorial.
b. Plan de Desarrollo Urbano
c. Plan Específico
d. Plan Urbano Distrital
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
Art. 4
El Plan de Acondicionamiento Territorial es el instrumento de
planificación que permite el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, la distribución equilibrada de la
población y el desarrollo de la inversión pública y privada en
los ámbitos urbano y rural del territorio provincial.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
Establece:
La política general referente a los usos del suelo.
b. Los roles y funciones de los asentamientos poblacionales que
conforman el sistema urbano provincial
c. La organización físico-espacial de las actividades económicas,
sociales y político – administrativas.
d. La localización de infraestructura de transportes,
comunicaciones, energía y saneamiento.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
e. La ubicación del equipamiento de servicios de salud,
educación, recreación, esparcimiento, seguridad,
cultura y administración.
f. La identificación de las áreas de protección
ecológica, áreas de riesgo para la seguridad física y
las afectadas por fenómenos naturales recurrentes.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
Arq. Shirley Chilet Cama
Art. 8
El Plan de Desarrollo Urbano es el instrumento
técnico-normativo para promover y orientar el
desarrollo urbano de cada asentamiento poblacional
del ámbito provincial, en concordancia con el Plan de
Acondicionamiento Territorial.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE DESARROLLO URBANO
Establece:
La zonificación de usos del suelo urbano y su normativa.
El plan vial y de transporte y su normativa.
Lo requerimientos de vivienda para determinar las áreas
de expansión urbanas y/o programas de densificación de
acuerdo a las condiciones y características existentes.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE DESARROLLO URBANO
d. Los requerimientos de saneamiento ambiental y de
infraestructura de servicios básicos.
e. La preservación de áreas e inmuebles de valor
histórico monumental.
f. La programación de acciones para la protección y
conservación ambiental y la de mitigación de
desastres.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE DESARROLLO URBANO
g. El nivel de servicios de los equipamientos de educación,
salud, seguridad, recreación y otros servicios comunales.
h. El Sistema de Inversiones Urbanas a fin de promover las
inversiones al interior de la ciudad e incrementar el valor
de la propiedad predial.
i. La delimitación de áreas que requieran de planes
específicos.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN DE DESARROLLO URBANO
Art. 16
El Plan Especifico es el instrumento técnico
normativo mediante el cual se desarrollan y
complementan las disposiciones del Plan de
Acondicionamiento Territorial.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN ESPECIFICO
Arq. Shirley Chilet Cama
Considera:
En aquellas áreas no comprendidas en el Plan de
Desarrollo Urbano.
En Aquellas áreas identificadas y delimitadas en el Plan
de Desarrollo Urbano.
En aquellas áreas que se desarrollen mediante
Unidades de Gestión Urbanística.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN ESPECIFICO
Art. 21 y 22
El Plan Urbano Distrital es el instrumento técnico
normativo mediante el cual se desarrollan
disposiciones del Plan de Acondicionamiento
Territorial y del Plan de Desarrollo Urbano.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN URBANO DISTRITAL
Debe considerar los siguientes aspectos:
La compatibilidad del Índice de Usos para ubicación
de actividades urbanas en las zonas residenciales,
comerciales e industriales del distrito.
La localización del comercio de nivel local C1.
Los retiros de las edificaciones.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN URBANO DISTRITAL
Arq. Shirley Chilet Cama
d. La dotación de estacionamientos en zonas
comerciales y residenciales.
e. Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario
urbano.
f. La identificación de las áreas públicas aptas para la
inversión privada.
REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
PLAN URBANO DISTRITAL
Arq. Shirley Chilet Cama
GESTIÓN URBANA LOCAL:LOS CONTEXTOS
GESTIÓN URBANA LOCAL
La liberalización es el marco en el cual se sitúa la acción de los gobiernos locales en la gestión de la ciudad. Con el desarrollo de las comunicaciones y del transporte, el nivel de interrelación de las economías y de los mercados ha crecido de forma exponencial, con la consecuente apertura de los mercados a la libre circulación de capitales, personas, bienes y servicios.
LOS CONTEXTOS
Hace unos años, el Municipio se concebía sólo en función de sus competencias de administración, asegurando la construcción de obras viales e infraestructura, además de brindar los servicios básicos. Hoy, el Municipio debe entender más cuáles son los procesos que se desarrollan al interior del tejido social y económico que gobierna, y participar menos directamente en la producción de la ciudad.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
El Gobierno Local tiene que estar más atento a los procesos de descentralización y creciente competencia económica a nivel nacional y regional, ya que hacen del Municipio un actor fundamental de los cambios que hay que introducir y producir. En estos cambios el Municipio tiene que asumir un rol proactivo, de facilitador, de productor de espacios para impulsar la economía local, generando las precondiciones para el desarrollo.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
El desarrollo de un sistema económico global no sólo
ha provocado cambios en las ciudades en función de
la jerarquía urbana que se ha ido construyendo en
cada país y en cada región, sino que ha significado, al
mismo tiempo, un fortalecimiento del rol del espacio
local.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
La globalización significa una más amplia posibilidad
de transferencia de informaciones, tecnologías y, sobre
todo, recursos financieros. Sin embargo, las
actividades de la globalización necesitan diferentes
acciones de servicio que sólo se pueden encontrar en
ciudades y que tienen la tendencia a concentrarse cada
vez más en ellas.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
Un tercer elemento del contexto en el cual se sitúa actualmente el tema de la gestión urbana es, sin duda, el de la descentralización.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
Arq. Shirley Chilet Cama
No se puede negar que descentralización significa
tener más influencia en las decisiones sobre el
desarrollo local y que con las nuevas
responsabilidades que le son asignadas, los
gobiernos locales se introducen más explícitamente
en los problemas de funcionamiento de la ciudad,
como en los del desarrollo.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LOS CONTEXTOS
GESTIÓN URBANA LOCAL:LAS TAREAS
Con la creciente transferencia de competencias y responsabilidades que acompaña el proceso de descentralización, el Municipio se convierte en actor primario de la política urbana y tiene que asumir un rol central en la definición de la estrategia para el desarrollo local. Este nuevo rol implica establecer los rumbos para el futuro de la ciudad, es decir, definir un proyecto de ciudad y una política urbana consecuente.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LAS TAREAS
En una perspectiva de desarrollo centrado en las capacidades y posibilidades locales, el Municipio ya no puede seguir con intervenciones puntuales en respuesta a las emergencias y a las contingencias. La construcción de la imagen objetivo representa el punto clave del pasaje desde un rol puramente de administración, al de un Municipio que tiene la responsabilidad de gobernar.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LAS TAREAS
Construir una imagen objetivo y la política que permita su realización impone una perspectiva no solamente de corto plazo, sino una visión de futuro, lo que significa que las decisiones que se tomen sean todas orientadas hacia los objetivos fijados: identificar los actores que pueden participar en esta política, tener una capacidad de involucrarlos y de comprender los roles que cada uno puede y tiene que cumplir, y elegir en el tiempo entre diferentes prioridades de inversión.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LAS TAREAS
Uno de los objetivos de una gestión urbana moderna tiene que ser el mejoramiento de los mecanismos que permitan a la ciudad funcionar y aumentar la productividad urbana. Aumentar la productividad de la ciudad significa “aumentar al máximo las economías de concentración y sus externalidades positivas y, al mismo tiempo, minimizar las deseconomías y las externalidades negativas”.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LAS TAREAS
Como se señala en el párrafo anterior, la idea que se está difundiendo es que el Municipio tiene que hacerse promotor y facilitador, más que contralor del desarrollo local; esto se traduce en el fomento de nuevas relaciones e intercambios en la sociedad local con el objetivo de movilizar todas las energías y los recursos que existen, aunque es frecuente que no aparezcan.
GESTIÓN URBANA LOCAL
LAS TAREAS
LOS PLANES DE DESARROLLO(Territorio Nacional)
NOTA: - Ley N° 27972: Ley Orgánica de Municipalidades- Ley N° 27867: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley N° 27783: Ley de Bases de la Descentralización
PLAN DE DESARROLLO PROVINCIAL CONCERTADO
(Art. 97 – Ley 27972)
PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL CONCERTADO
(Art. 97 – Ley 27972)
PLAN DE ACONDICIONA-
MIENTO TERRITORIAL DE
LA PROVINCIA (Art. 79 – Ley
27972)
PLAN DE DESA-
RROLLO RURAL
(Art. 79 – Ley
27972)
PLAN DE DESARROLLO DE ASENTAMIENTOS
HUMANOS
ESQUEMA DE ZONIFICACIÓN
DE ÁREAS URBANAS
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
(Art. 18 – Ley 27783)
PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO
(Art. 97 – Ley 27972)(Art. 10 – Ley 27867)(Art. 35 – Ley 27783)
PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO ECONÓMICO PROVINCIAL SOSTENIBLE
(Art. 86 – Ley 27972)
PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO ECONÓMICO
DISTRITAL SOSTENIBLE(Art. 86 – Ley 27972)
PLAN DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL (Art. 53 – Ley
27867)
PLAN DE DESA-
RROLLO URBANO (Art. 79 –
Ley 27972)
SISTEMA NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN
(Sin Aprobar)
PLANES DE DESARROLLO METROPOLITANO(Municipalidad Metropolitana de Lima)
PLAN REGIONAL DE DESARROLLO CONCERTADO DE LIMA (Plan de Desarrollo Regional Metropolitano Concertado)
(Art. 157, 6 – Ley 27972)
PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL METROPOLITANO (Art. 157, 12 – Ley 27972)
PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO METROPOLITANO
(Art. 159, 2.1 – Ley 27972)
PLANES DIRECTORES DE LOS DISTRITOS(Art. 157, 6 – Ley 27972)
PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO DISTRITAL
(Art. 73, b – Ley 27972)
PLAN DE DESARROLLO URBANO DISTRITAL
(Art. 79, 1.2 – Ley 27972)
Nota: - Ley 27972: Ley Orgánica de Municipalidades
SISTEMA METROPOLITANO DE
PLANIFICACIÓN (Art. 159, 2.1 – Ley 27972)
ARQ. SHIRLEY CHILET [email protected]
Cel: 942-865503, 989-902616
PLANIFICACION
Y GESTIÓN URBANA
Lima, 13 de Octubre del 2010
Gracias..