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pliego de condiciones

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  • MODELO DE CONVOCATORIA

    SECCION I INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES

    A. INTRODUCCION

    1.- PRESENTACION Y OBJETO.

    1.1. La Prefectura del Departamento de Cochabamba en adelante denominado Convocante ", en el marco de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios (NB-SABS) aprobadas mediante Decreto Supremo N 25964, mediante esta convocatoria a licitacin pblica, invita a las empresas constructoras legalmente establecidas a presentar propuestas, sobre las condiciones del presente pliego.

    1.2. El objeto de esta la CONSTRUCCIN DEL COLISEO del Centro de Alto Rendimiento en la provincia Quillacollo, Municipio de Vinto, zona de Buena Vista, del Departamento de Cochabamba. en los rubros siguientes: Obra Gruesa, Obra Fina, Instalaciones y Acabados, en una superficie construida de 1.980 m2.

    2.- DOMICILIO. El Convocante, fija su domicilio en la siguiente Direccin:

    9 Prefectura del Departamento de Cochabamba 9 Plaza 14 de Septiembre N E-0243 Acera Norte 9 Telfonos 449-0497 449-0499 9 Fax 490499 9 Cochabamba Bolivia

    3. AUTORIDAD RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACION Y PERSONAL JERARQUICO DE LA ENTIDAD.

    3.1. La Autoridad Responsable del Proceso de Contratacin (ARPC) es: Director Departamental de Desarrollo de Infraestructura Arq. Francisco Urey Salina.

    3.2. Los servidores pblicos que ocupan cargos ejecutivos hasta el tercer nivel jerrquico de la estructura orgnica del contratante son:

    1 Director General de Coordinacin Departamental. Ricardo Bedregal Hartmann 2 Director Departamental de Promocin Productiva Arq. Jorge Arze Grundner. 3 Director Departamental de Recursos Naturales y Medio

    Ambiente Bonny Vargas Arze.

    4 Director Jurdico departamental Dr. Gonzalo Reque Campero 5 Director Departamental Administrativo y Financiero Edgar Dvalos Vallejos. 6 Directora de Auditoria Interna Lic. Susana Lemaitre Mendoza

    4. PRECIO REFERENCIAL Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    4.1. El precio referencial es Bs. 2852.920,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE 00/100 BOLIVIANOS)

    4.2. La presente contratacin, est financiada con fondos del provenientes de recursos propios de la

    Prefectura del Departamento. 5. PROPONENTES ELEGIBLES. En esta convocatoria podrn participar nicamente las siguientes organizaciones:

    5.1. Empresas constructoras legalmente constituidas en Bolivia. 5.2. Asociaciones accidentales entre empresas constructoras constituidas legalmente en Bolivia.

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    6. CONFLICTO DE INTERESES.

    6.1. No se contratar a ninguna persona jurdica que tenga conflicto de inters con la entidad convocante, en las circunstancias que se indican a continuacin: a) Una persona jurdica contratada por la entidad convocante para suministrar bienes y obras para un

    proyecto, as como sus filiales, estarn impedidas para prestar servicios de consultora respecto del mismo proyecto.

    b) A la inversa, ninguna persona jurdica contratada por la entidad convocante, para prestar servicios de consultora para la preparacin o ejecucin de un proyecto, as como ninguna de sus filiales, podr suministrar bienes, construir obras o prestar servicios relacionados para el mismo proyecto.

    c) Las personas jurdicas y sus filiales, no podrn ser contratadas para realizar trabajos (proyectos) que por su naturaleza, resulten incompatibles con los mismos trabajos, por ejemplo, las personas jurdicas contratadas para preparar un proyecto, no podrn ser contratadas para evaluar el mismo proyecto o servicios, previstos en el mismo proyecto.

    d) Las personas jurdicas que estn asesorando a una entidad pblica respecto de la contratacin de obras, servicios de consultora o provisin de bienes, no podrn ejecutar dichas obras, ni proveer los servicios de consultora o los bienes que desea contratar la entidad.

    7.- RECHAZO DE PROPUESTA. El Convocante rechazar las propuestas presentadas por las siguientes causas:

    a) Por incompatibilidad para contratar: (i) Son incompatibles para contratar con las entidades pblicas sometidas al mbito de aplicacin de

    las NB-SABS sea en forma directa, indirecta o a travs de empresas en las que tuviesen participacin, el Presidente y Vicepresidente de la Repblica los Representantes Nacionales, los Ministros de Estado, los servidores pblicos que ocupan cargos ejecutivos hasta el tercer nivel jerrquico de la estructura orgnica de la entidad contratante, la Autoridad Responsable del Proceso de Contratacin o los miembros de la comisin de calificacin.

    (ii) Son incompatibles para contratar con una entidad pblica, los proponentes o en el caso de que stos sean personas jurdicas sus representantes, sus accionistas o socios, que tengan vinculacin matrimonial o grado de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad conforme a lo establecido por el Cdigo de Familia, con los servidores pblicos que ocupen cargos ejecutivos hasta el tercer nivel jerrquico de la estructura orgnica de la entidad contratante, con la Autoridad Responsable del Proceso de Contratacin o los miembros de la comisin de calificacin.

    (iii) Los servidores pblicos, hasta un ao despus de su retiro de una entidad, no podrn realizar con esta, para s o para terceros, negocios o celebrar contratos de provisin de bienes y servicios de ninguna ndole.

    b) Por inhabilitacin de la propuesta:

    (i) Si el proponente hubiese omitido la presentacin de cualquier documento requerido en el pliego de condiciones.

    (ii) Si se verificase que estuviese en trmite o declarada la disolucin o quiebra de la empresa proponente.

    (iii) Por haber incurrido en prcticas corruptas y/o fraudulentas.

    c) Por descalificacin de la propuesta: (i) Si se verificase falsedad o inconsistencia en la documentacin proporcionada, debindose en

    consecuencia ejecutar la garanta de seriedad de propuesta. (ii) Si no hubiese alcanzado la evaluacin o calificacin mnima requerida para el sobre "A", como

    requisito previo a la evaluacin econmica. (iii) Si en la revisin aritmtica de la propuesta econmica existiese una diferencia mayor al dos por

    ciento (2%) entre los clculos presentados en la propuesta y los resultantes de la revisin de la comisin de calificacin.

    8. RELACIONAMIENTO ENTRE PROPONENTE Y CONVOCANTE.

    8.1. El relacionamiento entre cualquier proponente o potencial proponente y el Convocante, debe guardar los ms altos estndares de tica y solamente debe ser realizado en forma escrita cuando sea referido a esta convocatoria.

    8.2. Cualquier relacionamiento referente a la presente convocatoria por parte de cualquier funcionario del Convocante hacia cualquier proponente o potencial proponente que no sea en forma escrita y que sea demostrada

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    fehacientemente ante la ARPC, motivar la separacin del funcionario del proceso de licitacin y lo someter a proceso administrativo. Cuando la ARPC sea cuestionada, este procedimiento se realizar ante la autoridad jerrquica inmediata superior.

    8.3. Cualquier relacionamiento referente a la presente licitacin por parte de cualquier funcionario del proponente o potencial proponente hacia el Convocante que no sea en forma escrita y que sea demostrada fehacientemente ante la ARPC o autoridad jerrquica inmediata superior, segn corresponda, motivar la inhabilitacin del proponente o potencial proponente.

    8.4. Lo descrito en los subnumerales 8.2 y 8.3 se aplican desde el inicio del proceso hasta la adjudicacin, con excepcin de la Reunin de Aclaracin.

    9. DECLARACION DE INTEGRIDAD.

    9.1. Tanto los servidores pblicos como los proponentes involucrados en este proceso de licitacin, se obligan a firmar y cumplir lo establecido en los formularios de Declaracin de Integridad A-4a y A-4b respectivamente, que se incluyen en la Seccin V de Formularios de Propuesta.

    9.2. El formulario A-4a que corresponde a la entidad convocante, ser firmado por la ARPC y los miembros de la Comisin de Calificacin a ser designados para este proceso de licitacin.

    9.3. El formulario A-4b que corresponde a los proponentes, obligatoriamente debe ser incluido como parte del sobre "A", bajo sancin de inhabilitacin y debe ser firmado por el representante legal del proponente y por los dependientes directamente involucrados en la propuesta.

    10.- AUTORIZACION DE VENTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES. La venta del pliego de condiciones, ha sido debidamente autorizada por la ARPC, en forma escrita. 11. - REUNION DE ACLARACION.

    11.1. En la reunin de aclaracin que se realizar en la fecha sealada en la convocatoria pblica, los proponentes podrn expresar sus consultas e informar si consideran que el pliego de condiciones tiene errores o es discriminatorio.

    11.2. Al final de la reunin, el Convocante entregar a cada uno de los proponentes asistentes, fotocopia del Acta de la Reunin suscrita por los servidores pblicos y los proponentes presentes. Dentro de los tres (3) das calendario siguientes, el Convocante enviar una fotocopia del Acta a cada uno de los proponentes que no hubiesen asistido a la reunin de aclaracin.

    12.- INSPECCION PREVIA.

    12.1 La inspeccin al sitio de la obra es obligatoria para todos los proponentes que se presenten a esta licitacin, debiendo presentar en su propuesta la certificacin que acredite su presencia en el sitio de la obra. Para recabar el certificado correspondiente; que ser emitido por la Direccin Departamental de Desarrollo de Infraestructura de la Prefectura del Departamento, cada proponente, en forma independiente realizar visita al sitio de la obra, y debiendo enviar su solicitud al Convocante, adjuntando fotografas resientes del lugar de la obra.

    12.2. La inspeccin previa deber realizarse hasta tres (3) das antes de la fecha de cierre de presentacin de consultas escritas.

    13.- CONSULTAS ESCRITAS SOBRE EL PLIEGO DE CONDICIONES. Independientemente de la reunin de aclaracin anterior, cualquier potencial proponente que haya adquirido el pliego de condiciones, as como las Organizaciones Empresariales Nacionales que lo hubiesen recibido, podrn solicitar aclaraciones al pliego, hasta el 11 de junio de 2002. Las solicitudes de aclaracin y sus respuestas, sern enviadas a todos los potenciales proponentes y a las Organizaciones Empresariales Nacionales que hayan recibido el pliego de condiciones.

    14.- ENMIENDAS AL PLIEGO DE CONDICIONES.

    14.1. El convocante podr, cualquier momento antes de que emita la resolucin de aprobacin del pliego de condiciones, modificar el mismo mediante una enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atencin a las consultas escritas efectuadas por los proponentes. Estas enmiendas, no debern modificar el Modelo de Pliego de Condiciones.

    14.2. Las enmiendas sern comunicadas por escrito a todos los proponentes que adquirieron el pliego de condiciones de acuerdo a lo establecido en el artculo 34 de las NB- SABS.

    14.3. Todas las aclaraciones y enmiendas, se constituyen en parte del pliego de condiciones en las secciones correspondientes.

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    15.- RESOLUCION DE APROBACION DEL PLIEGO. La ARPC, emitir la resolucin administrativa de aprobacin del pliego, notificando a los proponentes y Organizaciones Empresariales Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el pargrafo VI del artculo 34 de las NB-SABS.

    16.- AMPLIACION DE PLAZO PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS.

    16.1. El convocante podr ampliar el plazo de presentacin de propuestas como mximo por quince (15) das calendario, hecho que ser notificado por escrito a las potenciales proponentes que adquirieron el pliego, mximo hasta el 21 de junio de 2002.

    16.2. Las causas, no necesariamente obligatorias, para que el Convocante ample el plazo son las siguientes:

    a) Motivos de fuerza mayor, debidamente justificados. b) Enmiendas al pliego de condiciones.

    Si se ampla el plazo, adems de la notificacin por escrito, el Convocante publicar dicha ampliacin en la Gaceta Oficial de Convocatorias, por lo menos ocho (8) das calendario antes de la fecha limite para presentacin de propuestas.

    B. PREPARACION DE LAS PROPUESTAS

    17.- COSTO DE LA PREPARACION DE LAS PROPUESTAS. El Proponente solventar todos los costos relacionados con

    la preparacin y presentacin de su propuesta, cualquiera sea el resultado del proceso. 18.- IDIOMA. En la propuesta que prepare el Proponente, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia

    que intercambien entre el Proponente y el Convocante, debern redactarse en espaol. 19.- PROPUESTAS ALTERNATIVAS. No est permitido presentar propuestas alternativas. 20.- DOCUMENTOS NECESARIOS EN EL SOBRE "A".El sobre "A" deber contener los siguientes documentos:

    20.1. Documentos legales originales a) Carta de presentacin firmada por el representante legal de la empresa, de acuerdo al Formulario A-1 que

    se encuentra en la Seccin V Formularios de Propuesta. b) Identificacin del Proponente, de acuerdo al Formulario A-2 que se encuentra en la Seccin V

    Formularios Propuesta. c) Declaracin expresa del Proponente, asegurando el cumplimiento de contratos que hubiera efectuado

    durante los ltimos diez (10) aos, con entidades del sector pblico y privado, y no encontrarse comprendido entre las causales de incompatibilidad e inhabilitacin de acuerdo al Formulario A-3, que se encuentra en la Seccin V Formularios de Propuesta.

    d) Declaracin de Integridad del Proponente, de acuerdo al Formulario A-4b, que se encuentra en la Seccin V. Formularios de Propuesta.

    20.2. Documentos legales en fotocopias:

    a) Fotocopias del Testimonio de Constitucin de la empresa y de la ltima modificacin registradas en el Servicio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC), exceptuando a empresas unipersonales.

    b) Fotocopia de registro de matrcula vigente otorgado por el Servicio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC).

    c) Fotocopia del Poder General del Representante Legal, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y firmar contratos a nombre de la empresa, registrado en el SENAREC. Este requisito no es obligatorio para las empresas unipersonales.

    d) Fotocopia del Registro nico de Contribuyentes (RUC). e) Fotocopia del certificado de actualizacin emitido por el Registro Nacional de Empresas Constructoras,

    dependiente del Viceministerio de Transportes 20.3. Documentos administrativos en original

    a) Garanta de Seriedad de Propuesta, BOLETA BANCARIA, emitida a nombre de la Prefectura del departamento de Cochabamba, por el monto de Bs.28.530,00 (VEINTICHO MIL QUINIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS) con validez de noventa (90) das calendario a contar a partir de la fecha fijada para la presentacin de propuestas.

    b) Certificado de inspeccin al sitio de la Obra

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    20.4. Documentos administrativos en fotocopias a) Fotocopia del Balance General y Estado de Resultados de los aos 1999 y 2000.

    Si la empresa esta obligada a presentar Estados Financieros Auditados de acuerdo a lo normado por el Servicio Nacional de Impuestos Internos, las empresas deben acompaar el Dictamen de Auditoria, tambin en fotocopia. Si las empresas tienen menos de dos aos de vida, presentarn el Balance General y Estado de Resultados del ao concluido; y si son de reciente creacin, presentarn su Balance de Apertura y Balance General a la fecha.

    b) Fotocopia de la Declaracin Jurada del Pago de Impuestos a las Utilidades, con el sello del Banco.(excepto las empresas de reciente creacin)

    c) Fotocopia del recibo de pago de compra del pliego de condiciones

    20.5. Documentos de la propuesta tcnica: a) La experiencia del proponente, debe estar detallada en los formularios A-5 (Experiencia General) y A-6

    (Experiencia Especfica). Toda la informacin debe estar respaldada por fotocopias de los certificados o actas de recepcin definitiva de las obras indicadas, emitidas por las entidades que las contrataron. Se acepta como experiencia vlida la obtenida hasta diez (10)aos antes de la fecha de la presentacin de propuestas. Se define como Obra similar aquella que por sus caractersticas y costos totales tengan una incidencia superior al a diez por ciento (10%) del costo total de la obra, debiendo el proponente certificar esta incidencia.

    b) El personal clave para esta obra es: Un Arquitecto, como Residente de Obra Un Ingeniero Estructurista (especialista) Un Ingeniero Sanitario (especialista) Un Ingeniero Elctrico (especialista) Para el Residente o el Superintendente de la Obra, segn corresponda, se debe llenar el Formulario A-7 y para el resto del personal (los especialistas) el Formulario A-8, de forma independiente para cada uno de los especialistas.

    c) Lista del Equipo asignado a la obra, de acuerdo al Formulario A-9 d) Metodologa de trabajo, el proponente elaborar un documento en el que se describa la forma cmo va a

    enfrentar la obra, los mtodos constructivos a utilizar, el nmero de frentes que utilizar, etc. e) Cronograma de actividades.

    20.6. Documentos que deben presentar las asociaciones accidentales Cuando el Proponente sea una

    asociacin accidental, debe presentar los siguientes documentos:

    a) Carta de presentacin firmada por el Representante Legal de la asociacin accidental, de acuerdo al Formulario A-1 que se encuentra en la Seccin V Formularios Propuesta.

    b) Contrato de asociacin accidental, que indique el porcentaje de participacin de los asociados, la designacin de la empresa lder y la nominacin del Representante Legal de la Asociacin, y el domicilio legal de la misma.

    c) Fotocopia del Poder General del Representante legal, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y firmar contratos a nombre de la asociacin accidental.

    d) Garanta de seriedad de propuesta, conforme a lo requerido en el inciso a) del subnumeral 20.3. e) Fotocopia del recibo de pago de compra del pliego de condiciones. f) Documentos de la Propuesta Tcnica, conforme a lo requerido en el subnumeral 20.5.

    Adems, cada socio en forma independiente debe presentar la siguiente documentacin: g) Identificacin del Proponente, de acuerdo al Formulario A-2 que se encuentra en la Seccin V

    Formularios Propuesta. h) Declaracin expresa de cumplimiento de contratos, de acuerdo al Formulario A-3, conforme a lo

    requerido en el inciso c) del Sub-Numeral 20.1. i) Declaracin de Integridad, de acuerdo al Formulario A-4b. j) Fotocopias del Testimonio de Constitucin y de la ltima modificacin registradas en el SENAREC. k) Fotocopia de la matrcula vigente otorgada por el SENAREC, exceptuando empresas unipersonales. l) Fotocopia del Poder General del representante legal, de acuerdo a lo sealado en el inciso c) del

    subnumeral 20.2.

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    m) Fotocopia del RUC. n) Fotocopia del Certificado de Actualizacin emitido por el Registro Nacional de Empresas Constructoras. o) Fotocopia del Balance General y Estado de Resultados, de acuerdo con lo sealado en el inciso a) del

    subnumeral 20.4. p) Fotocopia de la declaracin jurada del pago de impuestos a las utilidades, con sello del Banco.

    21.- DOCUMENTOS NECESARIOS EN EL SOBRE "B". El sobre "B" deber contener los siguientes documentos:

    21.1. Los formularios de la propuesta econmica B1, B2 y B3, que se encuentran en la seccin V Formularios de Propuesta.

    21.2. Cronograma de desembolsos, directamente relacionado con el cronograma de trabajo.

    22.- REAJUSTE DE PRECIOS. El precio del contrato de obra podr ser reajustado de acuerdo a lo establecido en el artculo 50 de las NB-SABS y la Clusula Dcima Sexta REAJUSTE DE PRECIOS del texto del contrato, considerando el ndice de Precios al Consumidor, emitido por el Instituto Nacional de Estadstica 23.- MONEDA DE LA PROPUESTA Y PAGO. Los precios de la propuesta y el pago del monto del contrato deben expresarse en moneda nacional (BOLIVIANOS). 24.- VALIDEZ DE LA PROPUESTA.

    24.1. La propuesta deber tener validez hasta noventa (90) das calendario, desde la fecha fijada para la apertura de las propuestas. La propuesta cuyo periodo de validez sea ms corto que el requerido, no ser considerada, por no ajustarse al plazo requerido en el pliego de condiciones.

    24.2. Solamente en circunstancias excepcionales (causas de fuerza mayor, casos fortuitos, enmiendas o recursos administrativos), el Convocante podr solicitar por la extensin del perodo de validez de las propuestas. El proponente que rehse aceptar la solicitud, no perder su garanta de propuesta, pero ya no competir en la convocatoria. Los proponentes que accedan a la prrroga, no podrn modificar su propuesta.

    24.3. Para mantener la validez de la propuesta, de acuerdo al Sub-Numeral anterior, ser necesaria la presentacin de una garanta que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.

    25.- FORMATO DE LA PROPUESTA.

    25.1. El proponente deber preparar un (1) original y una (1) copia, de los documentos que integren la propuesta, identificando claramente cul es "original" y cual "copia". En caso de discrepancia entre los ejemplares, prevalecer el original.

    25.2. La documentacin de la propuesta marcada como original o copia, ser colocada dentro de dos sobres que sern cerrados e identificados como sobre "A" o sobre "B", segn corresponda. Los sobres debern ser cerrados de manera que si estos son abiertos, antes de las horas sealadas, se puedan observar muestras de dicha violacin. El lugar de cierre, debe ser firmado o sellado y colocarse una cinta adhesiva transparente sobre las firmas o sellos, cerrando el sobre.

    25.3. Los sobres estarn dirigidos al Convocante de acuerdo al siguiente formato:

    Sobre "A" o "B" 9 Nombre del Convocante: PREFECTURA DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA. 9 Direccin donde se recibirn las propuestas: PLAZA 14 DE SEPTIEMBRE N E-0243 ACERA NORTE 9 Nombre del Proponente: (Indicar si es una empresa comercial o asociacin accidental). 9 Licitacin Publica Nacional No. 9 Objeto de la Licitacin CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO

    CONSTRUCCIN DEL COLISEO 9 No abrir antes de: 1 DE JULIO DE 2002

    25.4. Si los sobres A y B fuesen entregados sin cerrar o sin seguir las instrucciones requeridas, el Convocante registrar en el libro de recepcin de propuestas sus observaciones y no asumir responsabilidad alguna en caso de que la propuesta completa o cualquiera de los sobres sea traspapelado, confundido o abierto prematuramente.

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    25.5. El original de la propuesta deber ser mecanografiado o escrito con tinta indeleble, con todas sus pginas numeradas, selladas y firmadas o rubricadas por el Proponente o por la(s) persona(s) debidamente autorizadas, de acuerdo al Poder General que es parte de la propuesta, excepto la garanta de seriedad. La propuesta deber contar con un ndice que permita la rpida ubicacin de todos los documentos.

    25.6. No se aceptarn las propuestas que contengan textos entre lneas, borrones ni tachaduras, salvo cuando fuese necesario para corregir errores propios del Proponente, en cuyo caso las correcciones debern llevar la firma o rbrica de la(s) persona(s) que firme(n) la propuesta.

    C. PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS

    26.- PLAZO Y FORMA PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS. 26.1 Las propuestas debern ser entregadas en el plazo y direccin indicadas en la convocatoria publicada en

    la Gaceta Oficial de Convocatorias (GOC). 26.2. Cuando el Convocante, prorrogue el plazo para la presentacin de propuestas mediante enmienda al pliego

    de condiciones, de conformidad con el numeral 16, todos los plazos previstos se modificarn conforme al nuevo plazo de presentacin de propuestas.

    26.3. Las propuestas podrn ser entregadas en persona o por correo; certificado (courrier) en todos los casos, el proponente es responsable que su propuesta sea presentada a tiempo y de obtener el recibo de recepcin que se detalla en el siguiente subnumeral.

    26.4. El Convocante est obligado a registrar en el libro de recepcin de propuestas, el nombre del proponente, su direccin para efectos de notificaciones, la fecha y hora de recepcin de la propuesta y el nombre de la persona que la present. Como constancia de haber recibido la propuesta dentro del plazo estipulado, el Convocante extender un recibo de constancia, a la persona que entregue la propuesta, en el que se incluir toda la informacin antes descrita y otra informacin u observacin que se considere importante.

    27.- CIERRE DEL REGISTRO DE PRESENTACION DE PROPUESTAS.

    27.1. El Secretario de la comisin de calificacin, antes de la hora lmite fijada para la presentacin de propuestas, supervisar personalmente los ltimos cinco minutos, la entrega de las mismas, y efectuar el cierre del Acta de recepcin de propuestas.

    27.2. Se considerar que una empresa ha presentado su propuesta dentro del plazo, si sta ha ingresado al lugar en el que se registra la presentacin de propuestas hasta la hora lmite establecida para el efecto, debiendo ser registrada en los prximos minutos.

    27.3. Se considerar la hora de la entidad convocante como oficial. 28.- PROPUESTA PRESENTADA FUERA DE PLAZO. Toda propuesta que quiera ser entregada despus del plazo fijado para la recepcin de propuestas, no ser recibida, registrndose tal hecho en el Acta de recepcin de propuestas, consignando el nombre del Proponente. 29.- RETIRO DE PROPUESTAS.

    29.1. El Proponente podr retirar la propuesta presentada, siempre y cuando su solicitud sea formulada por escrito, antes de que venza el plazo fijado para la presentacin de propuestas. La devolucin de los sobres A y B cerrados, se realizar bajo constancia escrita.

    29.2. Al Proponente que enve una nota escrita retirando su propuesta o desistiendo de participar en la convocatoria en forma posterior a la hora limite para la presentacin de propuesta, se le ejecutar la garanta de seriedad de propuesta.

    30.- EJECUCION DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE PROPUESTA. La garanta de seriedad de propuesta ser ejecutada en los siguientes casos:

    a) Cuando el Proponente retire su propuesta en forma posterior a la hora lmite fijada para la presentacin de propuestas.

    b) Cuando la propuesta sea adjudicada y el Proponente no suministre los documentos originales o fotocopias legalizadas que confirmen las fotocopias simples de su propuesta.

    c) Cuando el adjudicatario no presente la garanta de cumplimiento de contrato. d) Cuando el adjudicatario no acepte firmar el contrato en el plazo estipulado.

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    D. APERTURA Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 31.- APERTURA DEL SOBRE A.

    31.1 La comisin de calificacin del Convocante abrir las propuestas en el lugar, fecha y hora sealados en la convocatoria publicada en la GOC.

    31.2. La comisin de calificacin proceder a la apertura del sobre "A" de acuerdo a lo establecido en el articulo 38 de las NB-SABS, considerando adems lo siguiente: a) En la apertura, cuando la comisin de calificacin no ubique algn documento habilitante, estar

    obligada a pedir al representante del Proponente que est presente en el Acto de apertura, seale el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o en su defecto acepte la falta del mismo.

    b) La decisin de inhabilitacin por omisin de algn documento, ser asumida por la comisin de calificacin en el proceso de calificacin del sobre A, y constar en el informe respectivo.

    31.3 En el mismo acto se fijar la fecha del acto pblico destinado tanto a la lectura del informe de evaluacin de los sobres A como la apertura de los sobres B, aspecto que ser notificado a todos los proponentes mediante fotocopia del acta suscrita.

    32.- EXCUSAS.

    32.1. Tanto la ARPC, como los miembros de la comisin de calificacin, deben observar las disposiciones relativas a las excusas de acuerdo a lo estipulado en los pargrafos II y III del artculo 28 e inciso a) del artculo 32 de las NB-SABS, y sus reemplazantes deben ser nombrados de acuerdo a las consideraciones de los mismos artculos.

    32.2. Los antecedentes a los que se refiere el Pargrafo II del artculo 28 de las NB-SABS, son los justificativos de las causales de excusa. Las actuaciones a las que se refiere el mismo pargrafo en su parte final, son los documentos que cursen en poder de la ARPC hasta antes de la apertura del sobre A.

    32.3. Una vez nombrados los reemplazantes y no existiendo ninguna excusa pendiente de resolucin, la ARPC informar a todos los proponentes los nombres de los servidores excusados y sus reemplazantes.

    33.- CONVOCATORIA DESIERTA. La ARPC, declarar desierta la presente convocatoria, si se produce alguna de las tres situaciones sealadas en el artculo 43 de las NB-SABS; resolucin que ser notificada a los proponentes dentro del plazo mximo de dos (2) das hbiles de la fecha de declaracin. 34.- DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE PROPUESTA. Las garantas de seriedad de propuestas, sern devueltas a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) das calendario, en los siguientes casos:

    a) Cuando se declare desierta la convocatoria. b) Cuando la propuesta haya sido rechazada. c) Cuando el convocante solicita la extensin del perodo de validez de propuestas y el proponente rehse

    aceptar la solicitud. d) Cuando se comunique oficialmente la adjudicacin, excepto al Proponente adjudicado. e) Cuando se suscriba el contrato, al Proponente adjudicado

    35.- CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO. La informacin relativa al anlisis y evaluacin de las propuestas y sus respectivos informes, es informacin confidencial de la comisin de calificacin y no podr ser revelada a ninguna persona que no participe oficialmente en dicho proceso. Una vez terminado el proceso de evaluacin y emitido el informe respectivo, ste ser de carcter pblico. 36.- EVALUACION DEL SOBRE "A". Los documentos legales, administrativos y propuesta tcnica deben ser evaluados con la modalidad de evaluacin cumple o no cumple con lo solicitado, para esto se debe considerar el formulario de evaluacin de los documentos legales, administrativos y de propuesta tcnica del sobre A, que se presentan en la seccin VI. 37.- INFORME DE EVALUACION DEL SOBRE "A".

    37.1. El informe contendr como mnimo la siguiente informacin: a) La evaluacin de los documentos legales, administrativos y propuesta tcnica de todos los

    Proponentes, indicando las razones por las que se inhabilit algn Proponente, especificando el o los documentos que no cumplieron las condiciones solicitadas.

    b) El listado de los proponentes habilitados que cumplieron con todos los documentos legales, tcnicos y administrativos.

    c) Otros aspectos que se consideren necesarios.

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    Este Informe, estar respaldado con los Formularios de Evaluacin respectivos, que irn como Anexos.

    37.2. Una vez emitido el informe por la comisin de calificacin, el Convocante proceder con la emisin de la resolucin de aprobacin de la calificacin del sobre "A" y su notificacin a los proponentes, de acuerdo con el procedimiento establecido en el articulo 39 de las NB-SABS.

    38.- APERTURA DEL SOBRE "B".

    38.1. La apertura del sobre "B" se realizar en la fecha y lugar fijados en el acto de apertura del sobre A, en presencia de todos los proponentes que deseen asistir a dicho acto pblico.

    38.2. Se proceder a la apertura del sobre "B" nicamente de aquellas propuestas cuyo sobre "A" hubiera cumplido con todas las condiciones legales, administrativas y tcnicas requeridas, dando lectura al monto total de cada una de las propuestas econmicas presentadas por los proponentes.

    38.3. La ARPC podr adelantar la fecha de apertura del sobre B, situacin que har conocer en forma escrita a los proponentes, con dos (2) das hbiles de anticipacin.

    39.- EVALUACION DEL SOBRE "B". El sobre B se calificar de acuerdo a lo establecido en la Seccin III Sistema de Evaluacin, la propuesta con menor precio evaluado ocupar el primer lugar, las dems propuestas se ordenarn en forma descendente. 40.- CALIFICACION FINAL. Ser la que resulte de la calificacin del sobre B, previo el cumplimiento de los requisitos solicitados en el sobre A; resultados que deben ser consignados en el informe de calificacin final. 41.- INFORME DE CALIFICACION FINAL Y RECOMENDACION.

    41.1. La fecha para la presentacin del informe a la ARPC no exceder los diez (10) das calendario computables a partir de la apertura del sobre "B".

    41.2. El informe escrito elaborado por la comisin de calificacin, contendr la informacin, los documentos anexos, cuadros comparativos y la recomendacin de adjudicacin, en el marco de lo establecido en el artculo 42 de las NB-SABS.

    41.3. Los documentos que conforman el Informe de calificacin final y recomendacin, deben estar firmados por todos los miembros de la comisin de calificacin y rubricados en todas sus hojas,.

    E. ADJUDICACION, FIRMA Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO

    42.- DERECHO DEL CONVOCANTE DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCESO LICITATORIO. El Convocante, mediante resolucin administrativa expresa, podr dejar sin efecto el proceso licitatorio nicamente cuando surja un hecho de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificado, que hubiera extinguido la necesidad de la contratacin en cuestin. El Convocante no incurre en responsabilidad alguna respecto de los proponentes afectados por esta decisin.

    43.- ADJUDICACION Y PLAZO PARA SU NOTIFICACION. La ARPC mediante resolucin administrativa adjudicar la licitacin de acuerdo con el procedimiento establecido en el artculo 44 de las NB-SABS y notificar por escrito a todos los proponentes dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su emisin. 44.- DOCUMENTOS A PRESENTAR, GARANTIA DE CUMPLIMIENTO Y FIRMA DE CONTRATO.

    44.1. El Proponente adjudicado, en el plazo mximo de quince (15) das hbiles deber presentar ante el presidente de la comisin de calificacin la siguiente documentacin, para la firma del contrato:

    a) Documentacin original o fotocopia legalizada por la entidad competente, de toda aquella documentacin presentada en fotocopia simple en su propuesta.

    b) Documentacin original o fotocopia legalizada por la entidad que emiti el original del documento que respalda la veracidad de la informacin sobre la experiencia de la empresa, presentada en los Formularios A-5 y A-6.

    c) Original del Certificado de Informacin sobre Solvencia con el fisco, emitido por la Contralora General de la Repblica.

    d) Garanta de cumplimiento de contrato, por el monto equivalente al siete por ciento (7 %) del monto total del contrato.

    e) En caso de asociacin accidental, deber cumplir lo establecido en el pargrafo II del artculo 36 de las NB-SABS.

    44.2. Una vez recibida la documentacin anteriormente mencionada, en un plazo mximo de tres (3) das hbiles, la comisin de calificacin revisar y verificar dicha documentacin con aquella presentada en la propuesta del Proponente adjudicado.

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    44.3. Verificados los documentos y su correspondencia con la documentacin presentada en la propuesta, la comisin de calificacin emitir un informe, adjuntando toda la documentacin original a la ARPC, para que la misma de su visto bueno e instruya al abogado de la entidad la elaboracin del contrato (utilizando el modelo de contrato adjunto) y proceder a su firma.

    44.4. Elaborado el contrato, el abogado de la entidad comunicar en forma escrita al Proponente adjudicado, que en el plazo de dos (2) das hbiles debe firmar el contrato.

    44.5. Si el Convocante desea postergar la fecha para la firma del contrato, se aplicar lo estipulado en el pargrafo III del artculo 45 de las NB-SABS.

    45.- ANTICIPO Y GARANTIA DE CORRECTA INVERSION DEL ANTICIPO. Si el Proponente adjudicado, consign en su propuesta el otorgamiento de un anticipo, deber presentar la garanta estipulada por un monto igual al cien por ciento (100%) del anticipo requerido, segn el artculo 51 de las NB-SABS. 46.- FISCALIZACION Y SUPERVISION DEL CONTRATO.

    46.1. La fiscalizacin del contrato ser realizada a travs de un fiscal de Obra, preferentemente un funcionario de la entidad, que ser designado antes del inicio de las obras. Asimismo, el mencionado fiscal tendr la responsabilidad de fiscalizar el contrato de supervisin tcnica de la obra.

    46.2. La supervisin de la obra ser realizada por una empresa o consultor individual, que ser designado por lo menos treinta (30) das antes de la emisin de la Orden de Proceder de la obra

    47.- MODIFICACIONES DE LAS OBRAS. La Entidad contratante podr introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias en la obra y con tal propsito, tendr la facultad para ordenar por escrito dichas modificaciones al Contratista, va el Supervisor, utilizando cualquiera de las siguientes modalidades:

    a) Orden de Trabajo : La orden de trabajo se aplica cuando se realiza un ajuste o redistribucin de cantidades

    de obra, pudiendo aplicarse cuando esta redistribucin de cantidades no implica una modificacin del precio de contrato ni plazos en el mismo y tampoco se introducen tems nuevos (no considerados en el proceso de licitacin). Estas rdenes sern emitidas por el Supervisor, mediante carta expresa, o en el Libro de Ordenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecucin de la obra. La emisin de Ordenes de Trabajo, no debe dar lugar a la emisin posterior de una Orden de Cambio para el mismo objeto.

    b) Orden de Cambio: La orden de cambio se aplica cuando la modificacin a ser introducida implica una modificacin del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir tems nuevos (no considerados en la licitacin). Una orden de cambio no puede modificar las caractersticas sustanciales del diseo. El incremento o disminucin del monto del contrato, mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas), tiene como limite el mximo del diez por ciento (10 %) del monto total de Contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendr nmero correlativo y fecha, ser elaborado con los sustentos tcnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el Supervisor y ser puesto a conocimiento y consideracin del fiscal, quien con su recomendacin enviar a la Direccin Departamental de Desarrollo de Infraestructura, para el procesamiento de su emisin. La Orden de Cambio ser firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmo el contrato original. Una vez formulada la Orden de Cambio por el Supervisor, el proceso aprobacin y suscripcin de la misma debe durar como mximo quince (15) das calendario.

    c) Contrato Modificatorio: El Contrato Modificatorio se aplica cuando la modificacin a ser introducida implica una modificacin en las caractersticas sustanciales del diseo, el cual puede dar lugar a una modificacin del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir tems nuevos (no considerados en la licitacin). El incremento o disminucin del monto del contrato, mediante Contrato Modificatorio (una o varias sumadas) tiene como limite el mximo del quince por ciento (15 %) del monto total original de Contrato. El documento denominado Contrato Modificatorio tendr nmero y fecha, ser elaborado con los sustentos tcnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el Supervisor y ser puesto a conocimiento y consideracin del fiscal, quien con su recomendacin enviar a la Direccin Departamental de Desarrollo de Infraestructura, que derivar con un informe justificado, la recomendacin a la Mxima Autoridad Ejecutiva. Recibida la recomendacin e informe la MAE podr instruir la conformacin de una comisin tcnica que analizar el informe y emitir recomendacin, considerando aspectos tcnicos, financieros y de aprobacin del Sistema Nacional de Inversin Pblica. Aprobado el mismo la MAE instruir el procesamiento de su

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    emisin. El Contrato Modificatorio ser firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firm el contrato original.

    48.- RECEPCION DE OBRA.

    48.1. La Recepcin de la Obra ser realizada en dos etapas que se detallan a continuacin: a) Recepcin Provisional : Se realizar cuando la obra haya sido concluida completamente en

    todos los tems contractualmente acordados, conforme a lo establecido en el inciso i) del Artculo 57 de las NB-SABS. La recepcin provisional est bajo la responsabilidad del Supervisor, la Comisin de Recepcin de la Entidad efecta una inspeccin del acto.

    b) Recepcin Definitiva : Se realiza una vez que se cumplan las siguientes condiciones: - El contratista ha resuelto las observaciones que hubiesen presentado en la recepcin

    provisional, siendo el plazo mximo de noventa (90) das calendario. - Haber transcurrido sesenta (60) das calendario para verificar el funcionamiento de la obra.

    La responsabilidad por la recepcin definitiva recae en la comisin de recepcin de la Entidad, en el acto se realiza una inspeccin conjunta con el fiscal, Supervisor y el Contratista.

    48.2. Para la realizacin de cualquiera de las recepciones antes estipuladas, el Contratista notificar por escrito, con por lo menos (5) das hbiles, al Supervisor de la Obra indicando la fecha que entregar la obra. El Supervisor comunicar a la Entidad la fecha de recepcin de la obra para que est presente.

    48.3. Si el supervisor no realizar el acto de recepcin de la obra en los treinta (30) das posteriores a la notificacin del Contratista, se aplicar el silencio positivo y se entender que dicha recepcin ha sido realizada sin ninguna observacin.

    F. RECURSOS ADMINISTRATIVOS

    49.- INTERPOSICION (PRESENTACIN) DE RECURSO DE OPOSICIN. Los proponentes podrn interponer recurso de oposicin contra la resolucin que aprueba el pliego de condiciones, el cual, deber ser presentado ante el Arq. Francisco Urey Salinas, Director Departamental de Desarrollo de Infraestructura. El procedimiento a seguir, se sujetar a la reglamentacin establecida en el Ttulo II, Captulo Cuarto, Secciones I y II de las NB-SABS. 50. - INTERPOSICION (PRESENTACIN) DE RECURSOS DE IMPUGNACIN. Los proponentes podrn interponer recursos de impugnacin, nicamente contra la resolucin que aprueba el informe de calificacin del sobre A y la resolucin de adjudicacin; los cuales, debern ser presentados ante la Autoridad Responsable del Proceso de Contratacin y sern resueltos por la Mxima Autoridad Ejecutiva (MAE). El procedimiento a seguir, se sujetara a la reglamentacin establecida en las Secciones I y III de las NB-SABS. 51. - COMISION DE ASESORAMIENTO EXTERNO. En caso de interponer (presentarse) algn recurso de impugnacin contra la resolucin de adjudicacin, el Prefecto, conformara la Comisin de Asesoramiento Externo (CAE), de acuerdo con lo establecido en el artculo 82 de las NB-SABS, a objeto de que recomiende la confirmacin o revocatoria de la resolucin objetada.

    G. DEFINICIONES Certificado de cumplimiento de contrato: Se define, como el documento extendido por la entidad contratante a favor del

    Contratista, que oficializa el cumplimiento del contrato; deber contener como mnimo los siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega.

    Contratista: Es la empresa que ha sido contratada para realizar una obra civil especfica, de acuerdo a especificaciones

    tcnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un documento, unindolo contractualmente a la entidad contratante. Contratante o convocante: Se designa a la persona o institucin de derecho pblico que convoca y contrata la realizacin

    de obras. Diseo final: Es el diseo de una obra civil, que cuenta con todos los detalles constructivos necesarios para que pueda ser

    ejecutada hasta su conclusin. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad contratante o ha sido contratada especficamente para

    representarla en la ejecucin de una obra civil. Legalmente es la persona que toma las definiciones que fuesen necesarias en la ejecucin de la obra, as como tambin ejerce un control sobre el Supervisor Tcnico en representacin del Contratante.

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    Metodologa: Es la descripcin de los mtodos que emplear el Proponente, para lograr el Alcance de trabajo en la ejecucin del servicio ofrecido, incluyen tanto una descripcin amplia como detallada de cmo el Proponente piensa llevar adelante la realizacin de cada tarea. Si el Proponente as lo considera, ser conveniente resaltar cul de los mtodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodologa propuesta.

    Obra similar: Son obras similares, aqullas que la entidad ha definido en el numeral 20.5, para lo cual ha especificado las

    caractersticas que distinguen a estas obras. Se pueden considerar como obras similares, aqullas que tengan particularidades semejantes y que cuenten con los mismos tems significativos, entendindose como tales aquellos que por sus costos totales, tengan una incidencia superior al 10% del costo total de la obra. Esta definicin del numeral 20.5, se utilizar para considerar la experiencia de la empresa, as como del personal clave.

    Omisin: Significa no solo la falta de presentacin de documentos, sino cualquier documento que no cumpla con las

    condiciones de validez requeridas por el convocante Plan de Trabajo: Es la descripcin de la secuencia lgica expresada en un Cronograma de Trabajo que tendrn las

    actividades del servicio y su interrelacin con los productos intermedios y finales descritos en el Alcance de Trabajo, con la organizacin, asignacin de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la ejecucin de la obra en el plazo ofertado.

    Residente (Superintendente) de la obra: Es el profesional que representa al contratista en la obra, a l es a quin deben

    dirigirse, tanto el OJOcal, como el supervisor en el libro de rdenes, as como en cualquier otra correspondencia oficial. Adems, es responsable de la conduccin tcnica de la construccin de la obra. Este profesional es llamado Residente de la Obra, cuando la obra tiene un valor de contrato inferior a los $us. 500.000 y cuando sta supera dicho valor, el profesional se llama Superintendente.

    Supervisin Tcnica: Es el servicio de consultora, que supervisa el trabajo que realiza una empresa contratista para el

    Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecucin de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones tcnicas. Estos servicios tambin son llamados servicios de consultora de acompaamiento.

    Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o ser contratada por el Contratante, para

    que realice un servicio de consultora de supervisin tcnica, de alguna obra civil especfica.

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    SECCION II ESPECIFICACIONES TCNICAS

    CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO ASPECTOS GENERALES Plazo de ejecucin de la obra: La Prefectura del Departamento estima el tiempo de ejecucin de obras en un plazo de

    Trescientos (300) das calendario Planos: En caso de requerir mayor informacin grafica dirigirse a la Direccin Departamental de Desarrollo de

    Infraestructura, dentro de los plazos establecidos para las consultas. Equipo y Personal Mnimo: Se indica en el Formulario N A-9 el equipo mnimo requerido para la ejecucin de la obra, esta

    lista no es limitativa, debiendo el CONTRATISTA incrementar el equipo propuesto en el caso que as requiera la SUPERVISIN, de manera de garantizar la buena ejecucin de la obra. El personal mnimo requerido se explicita en el numeral 20.5 inciso b) del presente pliego de condiciones.

    DESGLOSE

    CAP. 1 OBRAS PRELIMINARES 1.1 INSTALACION DE FAENAS

    1.1.1 Definicin Este tem comprende la construccin de instalaciones mnimas provisionales que sean necesarias para el buen

    desarrollo de las actividades de la construccin. Estas instalaciones estarn constituidas por una oficina de obra, galpones para depsitos, caseta para el cuidador,

    sanitarios para obreros y para el personal, cercos de proteccin, portn de ingreso para vehculos, instalacin de agua, electricidad y otros servicios (provisionales para la obra).

    Asimismo comprende el traslado oportuno de todas las herramientas, maquinarias y equipo para la adecuada y correcta ejecucin de las obras y su retiro cuando ya no sean necesarios.

    1.1.2 Materiales, herramientas y equipo El Contratista deber proporcionar todos los materiales, herramientas y equipo necesarios para las construcciones

    auxiliares, los mismos que debern ser aprobados previamente por el Supervisor de Obra. En ningn momento estos materiales sern utilizados en las obras principales.

    1.1.3 Procedimiento para la ejecucin Antes de iniciar los trabajos de instalacin de faenas, el Contratista solicitar al Supervisor de Obra la autorizacin

    y ubicacin respectiva, as como la aprobacin del diseo propuesto. El Supervisor de Obra tendr cuidado que la superficie de las construcciones est de acuerdo con lo

    presupuestado. El Contratista dispondr de serenos en nmero suficiente para el cuidado del material y equipo que permanecern

    bajo su total responsabilidad. En la oficina de obra, se mantendr en forma permanente el Libro de Ordenes respectivo y un juego de planos para uso del Contratista y del Supervisor de Obra.

    Al concluir la obra, las construcciones provisionales contempladas en este tem, debern retirarse, limpindose completamente las reas ocupadas.

    1.1.4 Medicin La instalacin de faenas ser medida en forma global (glb), considerando nicamente la superficie construida de

    los ambientes mencionados y en concordancia con lo establecido en el formulario de presentacin de propuestas. 1.1.5 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con las presentes especificaciones, medido de acuerdo a lo sealado y

    aprobado por el Supervisor de Obra, ser pagado al precio unitario de la propuesta aceptada. Dicho precio ser compensacin total por todos los materiales, mano de obra, herramientas, equipo y otros gastos

    que sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin de los trabajos.

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    ITEM

    1.1 NOMINACIN

    Instalacin de faenas UNIDAD DE PAGO

    Global (glb) 1.2 REPLANTEO, LOCALIZACIN Y CONTROL DE COTAS DEL PROYECTO 1.2.1 Definicin

    Este tem comprende todos los trabajos necesarios para la ubicacin de las reas destinadas a albergar las construcciones y los de replanteo y trazado de los ejes para localizar las edificaciones de acuerdo a los planos de construccin y/o indicaciones del Supervisor de Obra.

    1.2.2 Materiales, herramientas y equipo El Contratista suministrar todos los materiales, herramientas y equipo necesarios para ejecutar el replanteo y

    trazado de las edificaciones y de otras obras. 1.2.3 Procedimiento para la ejecucin El replanteo y trazado de las fundaciones tanto aisladas como continuas, sern realizadas por el Contratista con

    estricta sujecin a las dimensiones sealadas en los planos respectivos. El Contratista demarcar toda el rea donde se realizar el movimiento de tierras, de manera que, posteriormente,

    no existan dificultades para medir los volmenes de tierra movida. Preparado el terreno de acuerdo al nivel y rasante establecidos, el Contratista proceder a realizar el estacado y

    colocacin de caballetes a una distancia no menor a 1.50 mts. de los bordes exteriores de las excavaciones a ejecutarse.

    Los ejes de las zapatas y los anchos de las cimentaciones corridas se definirn con alambre o lienza firmemente tensa y fijadas a clavos colocados en los caballetes de madera, slidamente anclados en el terreno.

    Las lienzas sern dispuestas con escuadra y nivel, a objeto de obtener un perfecto paralelismo entre las mismas. Seguidamente los anchos de cimentacin y/o el permetro de las fundaciones aisladas se marcarn con yeso o cal.

    El Contratista ser el nico responsable del cuidado y reposicin de las estacas y marcas requeridas para la medicin de los volmenes de obra ejecutada.

    El trazado deber recibir aprobacin escrita del Supervisor de Obra, antes de proceder con los trabajos siguientes. 1.2.4 Medicin El replanteo de las construcciones ser medido en forma global (gl). 1.2.5 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido de acuerdo a

    lo sealado y aprobado por el Supervisor de Obra, ser pagado al precio unitario de la propuesta aceptada. Dicho precio ser compensacin total por los materiales, mano de obra, herramientas, equipo y otros gastos que

    sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin de los trabajos.

    ITEM 1.2

    NOMINACIN Replanteo, localizacin y control de cotas del proyecto

    UNIDAD DE PAGO Global (glb)

    CAP. 2 OBRA GRUESA 2.1 EXCAVACION 2.1.1 Definicin Este tem comprende todos los trabajos de excavacin para la nivelacin del terreno, as como para las

    fundaciones de estructuras sean stas corridas o aisladas, con maquinaria o manuales, ejecutados hasta las cotas y profundidades establecidas en los planos y/o instrucciones del Supervisor de Obra.

    Asimismo comprende las excavaciones para la construccin de diferentes obras, estructuras, construccin de cmaras de inspeccin, cmaras spticas, pozos de infiltracin y otros, cuando stas no estuvieran especificadas dentro de los tems correspondientes.

    2.1.2 Materiales, herramientas y equipo El Contratista realizar los trabajos descritos empleando herramientas, maquinaria y equipo apropiados, previa

    aprobacin del Supervisor de Obra.

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    2.1.3 Procedimiento para la ejecucin Una vez que el replanteo de las fundaciones hubiera sido aprobado por el Supervisor de Obra, se podr dar

    comienzo a las excavaciones correspondientes. Se proceder al aflojamiento y extraccin de los materiales en los lugares demarcados.

    Los materiales que vayan a ser utilizados posteriormente para rellenar zanjas o excavaciones, se apilarn convenientemente a los lados de la misma, a una distancia prudencial que no cause presiones sobre sus paredes.

    Los materiales sobrantes de la excavacin sern trasladados y acumulados en los lugares indicados por el Supervisor de Obra, an cuando estuvieran fuera de los lmites de la obra, para su posterior transporte a los botaderos establecidos, para el efecto, por las autoridades locales.

    A medida que progrese la excavacin, se tendr especial cuidado del comportamiento de las paredes, a fin de evitar deslizamientos. Si esto sucediese no se podr fundar sin antes limpiar completamente el material que pudiera llegar al fondo de la excavacin.

    Cuando las excavaciones demanden la construccin de entibados y apuntalamientos, stos debern ser proyectados por el Contratista y revisados y aprobados por el Supervisor de Obra. Esta aprobacin no eximir al Contratista de las responsabilidades que hubiera lugar en caso de fallar las mismas.

    Cuando las excavaciones requieran achicamiento, el Contratista dispondr el nmero y clase de unidades de bombeo necesarias. El agua extrada se evacuar de manera que no cause ninguna clase de daos a la obra y a terceros.

    El fondo de las excavaciones ser horizontal y en los sectores donde el terreno destinado a fundar sea inclinado, se dispondr de escalones de base horizontal. Se tendr especial cuidado de no remover el fondo de las excavaciones que servirn de base a la cimentacin y una vez terminadas se las limpiar de toda tierra suelta.

    Las zanjas o excavaciones terminadas, debern presentar superficies sin irregularidades y tanto las paredes como el fondo tendrn las dimensiones indicadas en los planos.

    En caso de excavarse por debajo del lmite inferior especificado en los planos de construccin o indicados por el Supervisor de Obra, el Contratista rellenar el exceso por su cuenta y riesgo, relleno que ser propuesto al Supervisor de Obra y aprobado por ste antes y despus de su realizacin.

    2.1.5 Medicin Las excavaciones sern medidas en metros cbicos (m3), tomando en cuenta nicamente el volumen neto del

    trabajo ejecutado. Para el cmputo de los volmenes se tomarn las dimensiones, perfiles y profundidades indicadas en los planos y/o instrucciones escritas del Supervisor de Obra.

    Correr por cuenta del Contratista cualquier volumen adicional que hubiera excavado para facilitar su trabajo o por cualquier otra causa no justificada y no aprobada debidamente por el Supervisor de Obra.

    2.1.6 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido de acuerdo a

    lo sealado y aprobado por el Supervisor de Obra, ser pagado al precio unitario de la propuesta aceptada. Dicho precio ser compensacin total por los materiales, mano de obra, herramientas, equipo y otros gastos que

    sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin de los trabajos. Adems dentro del precio unitario deber incluirse las obras complementarias como ser agotamientos, entibados y

    apuntalamientos, salvo el caso que se hubieran cotizado por separado en el formulario de presentacin de propuestas o instrucciones expresas y debidamente justificadas por el Supervisor de Obra.

    Asimismo deber incluirse en el precio unitario el traslado y acumulacin del material sobrante a los lugares indicados por el Supervisor de Obra, aunque estuvieran fuera de los lmites de la obra, exceptundose el traslado hasta los botaderos municipales el que ser medido y pagado en el tem Retiro de escombros.

    ITEM 2.1 6.1

    NOMINACIN Excavacin Excavacin

    UNIDAD DE PAGO Metro cbico (m3) Metro cbico (m3)

    2.2 RELLENO Y COMPACTADO 2.2.1 Definicin

    Este tem comprende todos los trabajos de relleno y compactado con equipo, que debern realizarse despus de haber sido concluidos las obras de estructuras, ya sean fundaciones aisladas o corridas, muros de contencin, cotes, rellenos y otros, segn se especifique en los planos y/o instrucciones del Supervisor de Obra.

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    2.2.2 Materiales, herramientas y equipo El Contratista proporcionar todos los materiales, herramientas y equipo necesarios para la ejecucin de los trabajos, los mismos que debern ser aprobados por el Supervisor de Obra. El material de relleno a emplearse ser el mismo suelo extrado de la excavacin, libre de pedrones y material orgnico. En caso de que no se pueda utilizar dicho material de la excavacin, el empleo de otro material de prstamo, deber ser aprobado y autorizado por el Supervisor de Obra. No se permitir la utilizacin de suelos con excesivo contenido de humedad, considerndose como tales, aqullos que igualen o sobrepasen el lmite plstico del suelo. Igualmente se prohbe el empleo de suelos con piedras mayores a 10 cm. de dimetro. Para el caso de relleno y compactado con maquinaria , el Contratista deber disponer en obra de palas cargadoras, volquetas, compactadoras pata de cabra y todo el equipo necesario para la ejecucin de esta actividad.

    2.2.3 Procedimiento para la ejecucin Una vez concluidos los trabajos y solo despus de transcurridas 48 horas del vaciado se comunicar al Supervisor de Obra, a objeto de que autorice en forma escrita el relleno correspondiente. El material de relleno ya sea el procedente de la excavacin o de prstamo estar especificado en los planos o formulario de presentacin de propuestas. La compactacin efectuada deber alcanzar una densidad relativa no menor al 90% del ensayo Proctor Modificado. Los ensayos de densidad en sitio debern se efectuados en cada tramo a diferentes profundidades. El material de relleno deber colocarse en capas no mayores a 20 cm., con un contenido ptimo de humedad, procedindose al compactado mecnico. A requerimiento del Supervisor de Obra, se efectuarn pruebas de densidad en sitio, corriendo por cuenta del Contratista los gastos que demanden estas pruebas. Asimismo, en caso de no satisfacer el grado de compactacin requerido, el Contratista deber repetir el trabajo por su cuenta y riesgo. El Supervisor de Obra exigir la ejecucin de pruebas de densidad en sitio a diferentes niveles del relleno. Las pruebas de compactacin sern llevadas a cabo por el Contratista o podr solicitar la realizacin de este trabajo a un laboratorio especializado, quedando a su cargo el costo de las mismas. En caso de no haber alcanzado el porcentaje requerido, se deber exigir el grado de compactacin indicado.

    2.2.4 Medicin El relleno y compactado ser medido en metros cbicos (m3) compactados en su posicin final de secciones autorizadas y reconocidas por el Supervisor de Obra. En la medicin se deber descontar los volmenes de las estructuras y otros. La medicin se efectuar sobre la geometra del espacio rellenado.

    2.2.5 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido segn lo sealado y aprobado por el Supervisor de Obra, ser pagado al precio unitario de la propuesta aceptada. Dicho precio unitario ser compensacin total por los materiales, mano de obra, herramientas, equipo, pruebas o ensayos de densidad y otros gastos que sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin del trabajo. En caso de ser necesario el empleo de material de prstamo, el mismo deber ser debidamente justificado y autorizado por el Supervisor de Obra, siguiendo los procedimientos establecidos para rdenes de cambio. No ser motivo de pago adicional alguno los gastos que demanden el humedecimiento u oreo del material para alcanzar la humedad apropiada o los medios de proteccin que deben realizarse para evitar el humedecimiento excesivo por lluvias, por lo que el Contratista deber considerar estos aspectos en su precio unitario.

    ITEM 2.2 6.2

    NOMINACIN Relleno y compactado Relleno y compactado

    UNIDAD DE PAGO Metro cbico (m3) Metro cbico (m3)

    2.3 HORMIGN POBRE

    2.3.1 Definicin Este tem se refiere al vaciado de una capa de hormign pobre con dosificacin 1:3:5, que servir de cama o asiento para la construccin de diferentes estructuras o para otros fines, de acuerdo a la altura y sectores singularizados en los planos de detalle, formulario de presentacin de propuestas y/o instrucciones del Supervisor de Obra.

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    2.3.2 Materiales , herramientas y equipo El cemento y los ridos debern cumplir con los requisitos de calidad exigidos para los hormigones. El hormign pobre se preparar con un contenido mnimo de cemento de 150 kilogramos por metro cbico de hormign. El agua deber ser razonablemente limpia, y libre de aceites, sales, cidos o cualquier otra sustancia perjudicial. No se permitir el empleo de aguas estancadas provenientes de pequeas lagunas o aqullas que provengan de pantanos o desages.

    2.3.3 Procedimiento para la ejecucin Una vez limpia el rea respectiva, se efectuar el vaciado del hormign pobre con un espesor de cinco centmetros (5 cm). El hormign se deber compactar (chuzeado) con barretas o varillas de fierro. Efectuada la compactacin se proceder a realizar el enrasado y nivelado mediante una regla de madera, dejando una superficie lisa y uniforme.

    2.3.4 Medicin La base de hormign pobre se medir en metros cuadrados (m2), teniendo en cuenta nicamente los volmenes netos ejecutados.

    2.3.5 Forma de Pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido segn lo sealado y aprobado por el Supervisor de Obra, ser cancelado al precio unitario de la propuesta aceptada. Dicho precio ser compensacin total por los materiales, mano de obra, herramientas, equipo y otros gastos que sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin de los trabajos.

    ITEM 2.4

    NOMINACIN Hormign Pobre

    UNIDAD DE PAGO Metro cuadrado (m2)

    2.4 HORMIGN SIMPLE 2.4.1 Definicin

    Este tem comprende la fabricacin, transporte, colocacin, compactacin, proteccin y curado del hormign armado y hormign ciclpeo para las siguientes partes estructurales de una obra: zapatas, cimientos corridos, sobrecimientos, columnas, vigas, muros, losas, cscaras y otros elementos, ajustndose estrictamente al trazado, alineacin, elevaciones y dimensiones sealadas en los planos estructurales y/o instrucciones del Supervisor de Obra. Todas las estructuras de hormign armado y hormign ciclpeo, ya sea en construcciones nuevas, readaptacin, modificacin o ampliacin debern ser ejecutadas de acuerdo con las dosificaciones y resistencias establecidas en los planos estructurales, y en estricta sujecin con las exigencias y requisitos establecidos en la Norma Boliviana del Hormign Armado CBH-87. El subitem correspondiente a sobrecimiento incluye la capa aislante contra la humedad de cartn asfltico y alquitrn diluido en toda la superficie de contacto con mampostera de ladrillo

    2.4.2 Materiales, herramientas y equipo Todos los materiales, herramientas y equipo a emplearse en la preparacin y vaciado del hormign sern proporcionados por el Contratista y utilizados por ste, previa aprobacin del Supervisor de Obra y debern cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Boliviana del Hormign Armado CBH-87. 2.4.2.1 Cemento

    Se deber emplear Cemento Portland del tipo normal, fresco y de calidad probada. Se podr utilizar cementos de tipo especial siempre que su empleo est debidamente justificado y cumpla las caractersticas y calidad requeridas para el uso al que se destine y se lo emplee de acuerdo a normas internacionales y previamente autorizados y justificados por el Supervisor de Obra. El cemento deber ser almacenado en condiciones que lo mantengan fuera de la intemperie y la humedad. El almacenamiento deber organizarse en forma sistemtica, de manera de evitar que ciertas bolsas se utilicen con mucho retraso y sufran un envejecimiento excesivo. En general no se debern almacenar ms de 10 bolsas una encima de la otra. Un cemento que por alguna razn haya fraguado parcialmente o contenga terrones, grumos, costras, etc. ser rechazado automticamente y retirado del lugar de la obra.

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    2.4.2.2 Agregados Los ridos a emplearse en la fabricacin de hormigones sern aqullas arenas y gravas obtenidas de yacimientos naturales, rocas trituradas y otros que resulte aconsejable, como consecuencia de estudios realizados en laboratorio. La arena o rido fino ser aqul que pase el tamiz de 5 mm. de malla y grava o rido grueso el que resulte retenido por dicho tamiz. El 90% en peso del rido grueso (grava) ser de tamao inferior a la menor de las dimensiones siguientes: a) Los cinco sextos de la distancia horizontal libre entre armaduras independientes, si es que dichas

    aberturas tamizan el vertido del hormign o de la distancia libre entre una armadura y el paramento ms prximo.

    b) La cuarta parte de la anchura, espesor o dimensin mnima de la pieza que se hormigone. c) Un tercio de la anchura libre de los nervios de los entrepisos. d) Un medio del espesor mnimo de la losa superior en los entrepisos.

    2.4.2.3 Agua El agua a emplearse para la mezcla, curacin u otras aplicaciones, ser razonablemente limpia y libre de aceite, sales, cidos, lcalis, azcar, materia vegetal o cualquier otra sustancia perjudicial para la obra. No se permitir el empleo de aguas estancadas procedentes de pequeas lagunas o aqullas que provengan de pantanos o desages. Toda agua de calidad dudosa deber ser sometida al anlisis respectivo y autorizado por el Supervisor de obra antes de su empleo. La temperatura del agua para la preparacin del hormign deber ser superior a 5C.

    2.4.2.4 Fierro Los aceros de distintos dimetros y caractersticas se almacenarn separadamente, a fin de evitar la posibilidad de intercambio de barras. El tipo de acero y su fatiga de fluencia ser aquel que est especificado en los planos estructurales. Queda terminantemente prohibido el empleo de aceros de diferentes tipos en una misma seccin.

    2.4.2.5 Aditivos Se podrn emplear aditivos para modificar ciertas propiedades del hormign, previa su justificacin y aprobacin expresa efectuada por el Supervisor de Obra.

    2.4.2.6 Caractersticas del Hormign El hormign ser diseado para obtener las resistencias caractersticas de compresin a los 28 das indicados en los planos. La resistencia caracterstica real de obra Fc.r se obtendr de la interpretacin estadstica de los resultados de ensayos antes y durante la ejecucin de la obra, sobre resistencias cilndricas de compresin a los 28 das, utilizando la siguiente relacin: Fc.r = Fcm ( 1 - 1.64 S) donde :

    Fcm = Resistencia media aritmtica de una serie de resultados de ensayos. S = Coeficiente de variacin de la resistencia expresado como nmero decimal. 1.64 = Coeficiente correspondiente al cuantil 5%.

    2.4.2.7 Resistencia mecnica del hormign La calidad del hormign estar definida por el valor de su resistencia caracterstica a la compresin a la edad de 28 das. Los ensayos necesarios para determinar las resistencias de rotura se realizarn sobre probetas cilndricas normales de 15 cm. de dimetro y 30 cm. de altura, en un laboratorio de reconocida capacidad. El Contratista deber tener en obra cuatro probetas de las dimensiones especificadas.

    2.4.2.8 Impermeabilizacin de sobrecimientos A todo lo largo de los sobrecimientos, antes de iniciar el tem de tabiquera, se deber prever la impermeabilizacin de los sobrecimientos para evitar el humedecimiento de la tabiquera. Este impermeabilizado se lo realizar con cartn asfltico. Este impermeabilizado ser verificado y aprobado por el Supervisor de Obra.

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    2.4.3 Ensayos de control

    Durante la ejecucin de la obra se realizarn ensayos de control, para verificar la calidad y uniformidad del hormign. 2.4.3.1 Ensayos de consistencia

    Mediante el Cono de Abrams se establecer la consistencia de los hormigones, recomendndose el empleo de hormigones de consistencia plstica cuyo asentamiento deber estar comprendido entre 3 a 5 cm.

    2.4.3.2 Ensayos de resistencia

    Al iniciar la obra y durante los primeros das se tomarn cuatro probetas diarias, dos para ser ensayadas a los 7 das y dos a los 28 das. Los ensayos a los 7 das permitirn corregir la dosificacin en caso necesario. Durante el transcurso de la obra se tomarn por lo menos tres probetas en cada vaciado y cada vez que as lo exija el Supervisor de Obra, pero en ningn caso el nmero de probetas deber ser menor a tres por cada 25 metros cbicos de concreto. Queda establecido que es obligacin del Contratista realizar ajustes y correcciones en la dosificacin, hasta obtener los resultados que correspondan. En caso de incumplimiento el Supervisor de Obra dispondr la paralizacin inmediata de los trabajos. En el caso de que los resultados de los ensayos de resistencia no cumplan los requisitos, no se permitir cargar la estructura hasta que el Contratista realice los siguientes ensayos y sus resultados sean aceptados por el Supervisor de Obra: - Ensayos sobre probetas extradas de las estructuras en lugares vaciados con hormign de

    resistencia inferior a la debida, siempre que su extraccin no afecte la estabilidad y resistencia de la estructura.

    - Ensayos complementarios del tipo no destructivo, mediante un procedimiento aceptado por el Supervisor de Obra.

    Estos ensayos sern ejecutados por un laboratorio de reconocida experiencia y capacidad y antes de iniciarlos se deber demostrar que el procedimiento empleado puede determinar la resistencia de la masa de hormign con precisin del mismo orden que los mtodos convencionales. Si los resultados obtenidos son menores a la resistencia especificada, se considerar los siguientes casos: a) Si la resistencia es del orden del 80 al 90 % de la requerida :

    Se proceder a ensayos de carga directa de la estructura constituida con hormign de menor resistencia; si el resultado es satisfactorio, se aceptarn dichos elementos. Esta prueba deber ser realizada por cuenta y riesgo del Contratista. En el caso de las columnas, que por la magnitud de las cargas, resulte imposible efectuar la prueba de carga, la decisin de refuerzo quedar librada a la verificacin del Proyectista de la estructura, sin embargo dicho refuerzo correr por cuenta del Contratista.

    b) Si la resistencia est comprendida entre el 60 y el 80% : Se podrn conservar los elementos estructurales si la prueba de carga directa da resultados satisfactorios y si las sobrecargas de explotacin pueden ser reducidas a valores compatibles con los resultados de los ensayos. Para el caso de las columnas se proceder a un refuerzo adecuado que permita que alcancen el grado de seguridad deseado. La ejecucin de los mencionados refuerzos se har previa aprobacin del Supervisor de Obra y por cuenta y riesgo del Contratista.

    c) La resistencia obtenida es inferior al 60 % de la especificada. El Contratista proceder a la destruccin y posterior reconstruccin de los elementos estructurales que se hubieran construido con dichos hormigones, sin que por ello se reconozca pago adicional alguno o prolongacin del plazo de ejecucin.

    2.4.4 Procedimiento para la ejecucin 2.4.4.1 Preparacin, colocacin, compactacin y curado

    a) Dosificacin de materiales Para la fabricacin del hormign, se recomienda que la dosificacin de los materiales se efecte en peso.

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    Para los ridos se aceptar una dosificacin en volumen, es decir transformndose los pesos en volumen aparente de materiales sueltos. En obra se realizarn determinaciones frecuentes del peso especfico aparente del rido suelto y del contenido de humedad del mismo. Cuando se emplee cemento envasado, la dosificacin se realizar por nmero de bolsas de cemento, quedando prohibido el uso de fracciones de bolsa. La medicin de los ridos en volumen se realizar en recipientes aprobados por el Supervisor de Obra y de preferencia debern ser metlicos e indeformables.

    b) Mezclado El hormign deber ser mezclado mecnicamente, para lo cual: - Se utilizarn una o ms hormigoneras de capacidad adecuada y se emplear personal

    especializado para su manejo. - Peridicamente se verificar la uniformidad del mezclado. - Los materiales componentes sern introducidos en el orden siguiente:

    1. Una parte del agua del mezclado (aproximadamente la mitad). 2. El cemento y la arena simultneamente. Si esto no es posible, se verter una fraccin del

    primero y despus la fraccin que proporcionalmente corresponda de la segunda; repitiendo la operacin hasta completar las cantidades previstas.

    3. La grava. 4. El resto del agua de amasado.

    El tiempo de mezclado, contando a partir del momento en que todos los materiales hayan ingresado al tambor, no ser inferior a noventa segundos para capacidades tiles de hasta un metro cbico (1 mt3), pero no menor al necesario para obtener una mezcla uniforme. No se permitir un mezclado excesivo que haga necesario agregar agua para mantener la consistencia adecuada. No se permitir cargar la hormigonera antes de haberse procedido a descargarla totalmente de la batida anterior. El mezclado manual queda expresamente prohibido.

    c) Transporte El hormign ser transportado desde la hormigonera hasta el lugar de su colocacin en condiciones que impidan su segregacin o el comienzo del fraguado. Para ello se emplearn mtodos y equipo que permitan mantener la homogeneidad del hormign y evitar la prdida de sus componentes o la introduccin de materias ajenas. Para los medios corrientes de transporte, el hormign deber quedar colocado en su posicin definitiva dentro de los encofrados antes de que transcurran treinta minutos desde que el agua se ponga en contacto con el cemento.

    d) Colocacin Antes del vaciado del hormign en cualquier seccin, el Contratista deber requerir la correspondiente autorizacin escrita del Supervisor de Obra. Salvo el caso que se disponga de una proteccin adecuada y la autorizacin necesaria para proceder en sentido contrario, no se colocar hormign mientras llueva. El espesor mximo de la capa de hormign no deber exceder de 50 cm., exceptuando las columnas. La velocidad de colocacin ser la necesaria para que el hormign en todo momento se mantenga plstico y ocupe rpidamente los espacios comprendidos entre las armaduras. No se permitir verter libremente el hormign desde alturas mayores a 1.50 metros. En caso de alturas mayores, se deber utilizar embudos y conductos cilndricos verticales que eviten la segregacin del hormign. Se exceptan de esta regla las columnas. Durante la colocacin y compactacin del hormign se deber evitar el desplazamiento de las armaduras. Las zapatas debern hormigonarse en una operacin continua. Despus de hormigonar las columnas y muros, preferiblemente se esperar 12 horas para vaciar vigas y losas. En las vigas, la colocacin se har por capas horizontales, de espesor uniforme en toda su longitud. En losas, la colocacin se har por franjas de ancho tal que al colocar el hormign de la faja siguiente, en la faja anterior no se haya iniciado el fraguado.

    e) Vibrado Las vibradoras sern del tipo de inmersin de alta frecuencia y debern ser manejadas por obreros especializados. Las vibradoras se introducirn lentamente y en posicin vertical o ligeramente inclinada. El tiempo de vibracin depender del tipo de hormign y de la potencia del vibrador.

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    f) Proteccin y curado Tan pronto el hormign haya sido colocado se lo proteger de efectos perjudiciales. El tiempo de curado ser durante siete das consecutivos, a partir del momento en que se inici el endurecimiento. El curado se realizar por humedecimiento con agua, mediante riego aplicado directamente sobre las superficies o sobre arpilleras.

    g) Encofrados y Cimbras Podrn ser de madera, metlicos o de cualquier otro material suficientemente rgido. Debern tener la resistencia y estabilidad necesaria, para lo cual sern convenientemente arriostrados. En vigas de ms de 6 metros de luz y losas de grandes dimensiones se dispondr de contra flechas en los encofrados. Previamente a la colocacin del hormign se proceder a la limpieza y humedecimiento de los encofrados. Si se desea aceitar los moldes, dicha operacin se realizar previa a la colocacin de la armadura y evitando todo contacto con la misma.

    h) Remocin de encofrados y cimbras Los encofrados se retirarn progresivamente, sin golpes, sacudidas ni vibraciones. Durante el perodo de construccin, sobre las estructuras no apuntaladas, queda prohibido aplicar cargas, acumular materiales o maquinarias en cantidades que pongan en peligro su estabilidad. Los plazos mnimos para el desencofrado sern los siguientes:

    Encofrados laterales de vigas y muros:....................................................................2 a 3 das Encofrados de columnas: .........................................................................................3 a 7 das Encofrados debajo de losas, dejando puntales de seguridad: ...............................7 a 14 das Fondos de vigas, dejando puntales de seguridad: .......................................................14 das Retiro de puntales de seguridad:..................................................................................21 das

    i) Armaduras Las barras se cortarn y doblarn ajustndose estrictamente a las dimensiones y formas indicadas en los planos y las planillas de fierros, las mismas que debern ser verificadas por el Supervisor antes de su utilizacin. El doblado de las barras se realizar en fro mediante equipo adecuado, sin golpes ni choques, quedando prohibido el corte y doblado en caliente. Antes de proceder al colocado de las armaduras en los encofrados, se limpiarn adecuadamente, librndolas de polvo, barro, pinturas y todo aquello capaz de disminuir la adherencia. Todas las armaduras se colocarn en los dimetros y en las posiciones precisas sealadas en los planos. Las barras de la armadura principal se vincularn firmemente con los estribos. Para sostener y para que las armaduras tengan el recubrimiento respectivo se emplearn soportes de mortero de cemento con ataduras metlicas (galletas) que se fabricarn con la debida anticipacin, quedando terminantemente prohibido el empleo de piedras como separadores. Se cuidar especialmente que todas las armaduras queden protegidas mediante recubrimientos mnimos especificados en los planos. En caso de no especificarse los recubrimientos en los planos, se aplicarn los siguientes:

    Ambientes interiores protegidos: ......................................................... 1.0 a 1.5 cm. Elementos expuestos a la atmsfera normal:...................................... 1.5 a 2.0 cm. Elementos expuestos a la atmsfera hmeda:.................................... 2.0 a 2.5 cm. Elementos expuestos a la atmsfera corrosiva: .................................. 3.0 a 3.5 cm.

    En lo posible no se realizarn empalmes en barras sometidas a traccin. Si fuera absolutamente necesario efectuar empalmes, stos se ubicarn en aquellos lugares donde las barras tengan menores solicitaciones (puntos de momento nulos).

    2.4.5 Medicin Los tems que se ejecuten con hormign armado se medirn en metros cbicos (m3) concluidos y debidamente aprobados por el Supervisor de Obra, tomando en cuenta solamente las superficies netas ejecutadas.

    2.4.6 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos estructurales y las presentes especificaciones, medido segn lo sealado y aprobado por el Supervisor de Obra, ser cancelado al precio unitario de la propuesta aceptada.

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    Dicho precio unitario ser compensacin total por los materiales, mano de obra, herramientas, equipo y otros gastos que sean necesarios para la adecuada y correcta ejecucin de los trabajos.

    ITEM 2.4

    NOMINACIN Hormign Simple

    UNIDAD DE PAGO Metro cbico (m3)

    2.5 LOSAS ALIVIANADAS 2.5.1 Definicin

    Este tem se refiere a la construccin de losas alivianadas o aligeradas vaciadas in situ o con viguetas pretensadas, las cuales son un producto de fabricacin industrial, de acuerdo a los detalles sealados en los planos estructurales y/o instrucciones del Supervisor de Obra.

    2.5.2 Materiales, herramientas y equipo

    Todos los materiales, herramientas y equipo a emplearse en la preparacin y vaciado del hormign sern proporcionados por el Contratista y utilizados por ste, previa aprobacin del Supervisor de Obra y debern cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Boliviana del Hormign Armado CBH-87. As mismo debern cumplir, en cuanto se refiere a la fabricacin, transporte, colocacin, compactacin, proteccin, curado y otros, con las recomendaciones y requisitos indicados en dicha norma. Las viguetas de hormign pretensado de fabricacin industrial debern ser de caractersticas uniformes y de secciones adecuadas para resistir las cargas que actan, aspecto que deber ser certificado por el fabricante. Como elementos aligerantes se utilizarn bloques de hormign, ladrillo, bloques de yeso o bloques de aisloplast, de acuerdo las dimensiones y diseos establecidos en los planos constructivos o para el caso de viguetas pretensadas, los que recomiende el fabricante.

    2.5.3 Procedimiento para la ejecucin 2.5.3.1 Losas alivianadas o aligeradas vaciadas in situ Para la ejecucin de este tipo de losas el Contratista deber cumplir con los requisitos y procedimientos

    establecidos en la especificacin "Estructuras corrientes de hormign armado". 2.5.3.2 Losas alivianadas o aligeradas con viguetas pretensadas

    a) Apuntalamiento Se colocarn listones a distancias no mayores a 2 metros con puntales cada 1.5 metros. El apuntalamiento se realizar de tal forma que las viguetas adquieran una contra flecha de 3 a 5 mm. por cada metro de luz. Debajo de los puntales se colocarn cuas de madera para una mejor distribucin de cargas y evitar el hundimiento en el piso. El desapuntalamiento se efectuar despus de 14 das.

    b) Colocacin de viguetas y bloques Las viguetas debern apoyar sobre muros de mampostera o vigas concretadas en una longitud no menor a 10 cm. y sobre encofrados a vaciar . La distancia entre viguetas se determinar automticamente colocando los bloques como elemento distanciador.

    c) Limpieza y mojado Una vez concluida la colocacin de los bloques, de las armaduras, de las instalaciones elctricas, etc., se deber limpiar todo residuo de tierra, yeso, cal y otras impurezas que eviten la adherencia entre viguetas, los bloques y el vaciado de la losa de compresin. Se mojar abundantemente los bloques para obtener buena adherencia y buena resistencia final.

    d) Hormigonado El hormign se preparar con una dosificacin 1:2:3 de cemento, arena, grava, salvo indicacin contraria sealada en los planos. Durante el vaciado del hormign se deber tener el cuidado de rellenar los espacios entre bloques y viguetas. Concluido el vaciado de la losa y una vez fraguado el hormign se recomienda realizar el curado correspondiente mediante el regado con agua durante siete (7) das.

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    2.5.4 Medicin Las losas alivianadas, aligeradas y con viguetas pretensadas, sern medidas en metros cuadrados (m2) concluidos y debidamente aprobados por el Supervisor de Obra, tomando en cuenta solamente las superficies netas ejecutadas.

    2.5.5 Forma de pago Este tem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos estructurales y las presentes especificaciones, medido segn lo seala