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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
DEL CONTRATO DE SERVICIOS ENERGETICOS Y MANTENIMIENTO
CON GARANTÍA TOTAL DEL ALUMBRADO PUBLICO MUNICIPAL
1. OBJETO DEL CONTRATO ........................................................................................................ 3
2. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................... 4
3. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN .................................................................................. 4
4. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN .............................................................. 5
5. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE ............................................................................................. 5
6. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO ......................................................................... 5
7. PRESUPUESTO ........................................................................................................................... 6
8. FORMA DE PAGO ................................................................................................................... 7
9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR ......................................................................................... 7
10. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ................................................................................ 7
10.1. “Sobre A” (CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR) .................. 8
Documentación acreditativa del porcentaje de trabajadores con
discapacidad .......................................................................................................................... 8
10.2. "Sobre B" PROPOSICIÓN TÉCNICA. Elementos cuya valoración
depende de juicio de valor. ..................................................................................... 9
B.1. Propuesta Técnica de las Prestaciones P1, P2 y P3. ................................................ 9
B.2 Relación y programación de inversiones incluidas en la Prestación P4, de
“Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones de Alumbrado Público”. ...... 9
B.3. Memoria Técnica y Económica de la Prestación P5 ............................................. 11
10.3. “Sobre C” (PROPOSICIÓN ECONOMICA. CRITERIOS CUANTIFICABLES
MEDIANTE FÓRMULA) ...............................................................................................11
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. .............................................................................................. 13
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ........................................................................................... 14
12.1. Criterios cuya valoración dependa de juicio de valor: 47 puntos .....14
a) Valoración técnica de la propuesta de Gestión Energética de la Prestación
P1 (documento B.1.), hasta un máximo de 5 puntos. .................................................. 14
2
b) Valoración técnica de la propuesta de programa de mantenimiento de las
instalaciones de la Prestación P2 (documento B.1.), hasta un máximo de 5 puntos.
15
c) Valoración técnica de la propuesta de Garantía Total de la Prestación P3
(documento B.1), hasta un máximo de 5 puntos. ......................................................... 15
d) Valoración de la Memoria Técnica de la Prestación P4 (documento B.2) de
Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones de Alumbrado Público para
conseguir una mayor eficiencia energética, hasta un máximo de 14 puntos ....... 16
e) Valoración de la Memoria Técnica de la Prestación P5 de Mejora de la
Eficiencia Energética (documento B.3.), hasta un máximo de 18 puntos ............... 17
12.2.Criterios valorables de forma automática por aplicación de fórmulas: 53
puntos ........................................................................................................................18
13. ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS .............................................................................. 18
14. EJECUCION DEL CONTRATO ............................................................................................... 26
15. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES ............................................................................. 28
16. REVISIÓN DE PRECIOS .......................................................................................................... 30
17. CONSUMOS DE ENERGÍA. ................................................................................................... 31
18. AJUSTE DE PRECIOS POR MODIFICACION DE INSTALACIONES .................................... 32
19. PLAZO DE GARANTÍA ........................................................................................................... 33
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................... 33
21. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO........................................................................... 35
22. AYUDAS Y SUBVENCIONES .................................................................................................. 36
23. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE ............... 37
3
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la contratación de LOS SERVICIOS ENERGETICOS
CON MANTENIMIENTO Y GARANTIA TOTAL DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE LA RED
DE ALUMBRADO PUBLICO DE ORTUELLA que se detallan en el Pliego de Condiciones
Técnicas.
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
Prestación P1- Gestión Energética: ejecución de las técnicas de gestión energética y
explotación necesarias para el correcto funcionamiento de las instalaciones objeto del
contrato; incluida la gestión del suministro energético de la demanda de las
instalaciones de alumbrado. Esta prestación incluye los costes de la energía consumida
por las instalaciones objeto de este contrato.
Prestación P2- Mantenimiento: ejecución de las tareas de mantenimiento preventivo
para lograr el perfecto funcionamiento y rendimiento de las instalaciones de alumbrado
exterior y de todos sus componentes, incluida la limpieza periódica de la misma, todo
ello de acuerdo con las prescripciones de la ITC-EA-06 del Reglamento de eficiencia
energética en instalaciones de alumbrado exterior.
Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos
deteriorados en las instalaciones según se regula en el Pliego de Condiciones Técnicas
bajo la modalidad de Garantía Total.
Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de
energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación de las instalaciones
que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: Además de las
prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la
eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que
fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías
renovables y residuales.
4
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el
Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro
del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el
presupuesto de este contrato.
EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: No. Justificación: Se estima que por las
características del contrato y por la existencia de prestaciones similares que en función
de las necesidades existentes van a ser llevados a cabo por los mismos servicios en su
conjunto y sin diferenciación, por lo que no es susceptible de distribuir en lotes.
CODIFICACION SEGÚN LA NOMENCLATURA DE LA CPV:
09310000-5 Electricidad
50232100-1 - Servicios de mantenimiento de alumbrado público de calles
50430011-2 -Servicios de reparación y mantenimiento de contadores de electricidad
CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: Sí (art. 15 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público).
2. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo total de duración de la presente contratación será de 10 años.
3. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
El presente contrato tiene naturaleza administrativa, y sin perjuicio de que quede
definido el régimen jurídico de la contratación en el presente pliego de cláusulas
administrativas particulares, rige la regulación aplicable al contrato administrativo mixto
de suministro y servicios y obra.
De conformidad con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículos 12 y
115, las normas aplicables a la adjudicación serán las correspondientes a la prestación
que tenga más importancia desde el punto de vista económico, en este caso se
atenderá a las normas reguladoras del contrato de suministro. En cuanto al régimen
5
jurídico aplicable a sus efectos, cumplimiento y extinción, se atenderá a las normas
aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas en ellos.
4. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato será mediante procedimiento abierto sujeto
a regulación armonizada y tramitación ordinaria, con arreglo a lo establecido en los
artículos 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
sometiéndose a los requisitos de publicidad recogidos en el artículo 142 del citado
RDL.
Se dispondrá la publicación de los anuncios correspondientes en el Boletín Oficial
del Estado y en el Diario Oficial de la Comunidad Europea.
Los anuncios de licitación, junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas, Pliegos
de Condiciones Técnicas y las Auditorías Energéticas previas se publicarán,
asimismo, en el perfil del contratante del Ayuntamiento.
5. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE
Procedimiento de tramitación Ordinario.
6. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Las obligaciones económicas que se derivan de este contrato se atenderán con la
partida presupuestaria que al efecto se consigne en el Presupuesto en el año
correspondiente, y en los ejercicios siguientes, durante el plazo de ejecución del
contrato.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio presupuestario anterior al de
inicio de la ejecución, la adjudicación quedará sometida a la condición suspensiva de
la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas
del contrato en el ejercicio presupuestario correspondiente.
6
7. PRESUPUESTO
El presupuesto máximo del contrato asciende a la cantidad de dos millones trescientos
cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta euros y noventa céntimos (2.346.470,90 €), IVA
excluido, que dividido en DIEZ anualidades resulta en un precio máximo ANUAL de
Doscientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y siete euros y nueve céntimos
(234.647,09 €), IVA excluido. Las ofertas no podrán rebasar el presupuesto máximo
indicado.
El desglose del precio máximo anual de licitación para las prestaciones de gestión
energética (P1), del servicio de mantenimiento (P2), de la garantía total (P3) y Obras de
Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía (P4) objeto de la
presente licitación se establece en:
P1 90.986,09
P2 36.000,00
P3 18.575,00
P4 89.086,00
El precio del contrato y, en su caso, los precios unitarios que regirán durante la ejecución
del mismo, serán los ofertados por el contratista en su proposición que, en ningún caso,
podrá superar el presupuesto máximo de licitación fijado en estos Pliegos ni los
presupuestos máximos fijados para cada prestación.
Se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el precio del
contrato y todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal
cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros,
beneficios, seguros, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, de
derechos, las tasas e impuestos, excepto del Impuesto sobre el Valor Añadido, sin que
por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente. No obstante, la
cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
7
8. FORMA DE PAGO
El pago al adjudicatario tendrá una periodicidad mensual. El adjudicatario facturara el
importe anual correspondiente en doce mensualidades, siendo el importe de cada
factura igual a importe anual correspondiente/12.
9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga
relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o
reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y
materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar
su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en un registro profesional
o comercial admitido.
Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante
informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España
del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación
por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o
análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito
de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de
reciprocidad a que se refiere el artículo 55 TRLCSP, o, en su caso, que dicho Estado es
signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del
Comercio.
10. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
8
Las proposiciones constarán de TRES sobres cerrados, identificados en su exterior con
indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de
la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico,
de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente,
deberá cumplir los requisitos que se señalan a continuación:
10.1. “Sobre A” (CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR)
Declaración responsable (Anexo I) de la persona licitadora indicando que cumple las
condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. En tal caso,
la persona licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá
acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato,
la posesión y validez de los documentos exigidos.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá
recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación,
que las personas licitadoras aporten documentación acreditativa del cumplimiento de
las condiciones establecidas para ser adjudicatario/a del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y
solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo
de presentación de las proposiciones.
Todas las personas licitadoras deberán señalar un domicilio para la práctica de
notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo con el art. 151.4 TRLCSP.
Documentación acreditativa del porcentaje de trabajadores con discapacidad
En el caso de tener en su plantilla un número de personas trabajadoras con
discapacidad superior al 2 por 100, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en el
apartado segundo de la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, se deberá
acreditar mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente:
9
- La pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de personas
trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100.
- El porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
10.2. "Sobre B" PROPOSICIÓN TÉCNICA. Elementos cuya valoración
depende de juicio de valor.
B.1. Propuesta Técnica de las Prestaciones P1, P2 y P3.
El documento contendrá el Estudio Técnico correspondiente a las prestaciones P1,
P2, y P3, de la oferta, incluyendo los siguientes apartados:
a) Propuesta de gestión energética de la prestación P1
b) Propuesta de programa de mantenimiento de las instalaciones de la
prestación P2.
c) Propuesta de la garantía total de la prestación P3.
Este documento incluirá toda aquella información y documentación que permita
realizar la valoración de las ofertas de acuerdo a los establecido en la cláusula 13.
Criterios de adjudicación de este Pliego y el Pliego de Condiciones Técnicas.
B.2 Relación y programación de inversiones incluidas en la Prestación P4, de
“Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones de Alumbrado Público”.
En este apartado el licitador reflejara detalladamente la oferta que realiza para llevar a
cabo la ejecución de las inversiones para la mejora y renovación de las instalaciones
consumidoras de energía, conforme a las especificaciones del Pliego de Prescripciones
Técnicas.
Se establecerá un programa concreto en el que se refleje un calendario de ejecución
de las obras.
Esta memoria, deberá incluir, obligatoriamente, los siguientes apartados:
10
a) Detalle de las inversiones propuestas especificadas en el pliego de
condiciones técnicas.
I. Propuesta de renovación de elementos de maniobra y
actualizaciones de cuadros de AP, con detalles técnicos de cada
uno de los equipos y elementos que configuraran la nueva
instalación.
II. Propuesta de renovación de las luminarias, con detalles técnicos de
cada uno de los equipos y elementos que configuraran la nueva
instalación. Se propondrá un procedimiento específico para la
verificación de la calidad y prestaciones del material suministrado
incluyendo las marcas, sellos, certificaciones de conformidad con los
reglamentos aplicables y con la legislación vigente u otros distintivos
de calidad voluntarios, legalmente concedidos en cualquier Estado
miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
III. Propuestas de regulación del flujo luminoso, con detalles técnicos de
cada uno de los equipos y elementos que configuraran la nueva
instalación.
IV. Propuesta para la monitorización y telegestión de la instalación.
V. Otras propuestas.
b) Documentación que justifique mediante estudios lumínicos que la solución
propuesta ofrecerá niveles de iluminación adecuados para la totalidad de
la instalación en todos los regímenes de operación.
c) Resumen de las actuaciones con un estudio energético con los ahorros
previstos por las distintas inversiones. Estos ahorros serán los considerados
ahorros garantizados.
d) Anexo II especificando los ahorros garantizados de la propuesta.
11
e) Plan de ejecución previsto para la implementación de las medidas
propuestas, incluyendo detalle de recursos humanos y materiales a emplear
y planificación temporal de los trabajos. Se deberán describir breve, pero
completamente, los criterios y metodología que se plantea para el desarrollo
del trabajo, con especial mención de los trámites para su legalización y la
forma en que se pretende la coordinación y seguimiento a realizar por los
servicios técnicos del ayuntamiento.
Se indicara el plazo máximo para la finalización de la implementación de la
totalidad de las medidas que procuren el ahorro energético comprometido,
así como plan de ejecución de la realización de cada una de las inversiones
previstas y en su caso condicionante para su ejecución.
B.3. Memoria Técnica y Económica de la Prestación P5
Se recogerán las actuaciones que el Adjudicatario tiene previsto acometer en las
instalaciones que fomenten el ahorro, la eficiencia energética, y la utilización de
energías renovables y residuales. La Memoria Técnica contendrá:
a) Detalle técnico de las inversiones propuestas
b) Detalles técnicos de las nuevas luminarias propuestas
c) Estudio energético con las inversiones a acometer, los ahorros previstos y
la producción de energía renovable en su caso,
d) Estudio técnico-económico que incluya claramente el volumen de
renovación propuesto.
Como parte de la Memoria se incorporará el documento Anexo III de los
presentes Pliegos.
10.3. “Sobre C” PROPOSICIÓN ECONOMICA
Contendrá los siguientes datos:
12
A. PROPOSICION ECONÓMICA
Proposición económica, ajustada al modelo que figura como Anexo IV en el presente
Pliego, que deberá ir firmada por el ofertante o persona que le represente. Se incluirá
en el precio ofertado todos los conceptos, incluido el importe del Impuesto sobre el
Valor Añadido, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la
operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del contratista.
La proposición económica presentada se referirá a una única cantidad referida a
la totalidad del contrato, e incluirá los precios de las prestaciones P1, P2, P3, P4
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Precio P1: se determina según la siguiente fórmula:
P1= EAO x PEA + G
Siendo:
EAo: valor base de consumo anual de kWh de electricidad en alumbrado
público, calculado según se indica en el punto 10.DEFINICIÓN DEL
CONSUMO ENERGÉTICO DEL AÑO BASE del Pliego de Condiciones Técnicas.
PEA: precio unitario de la electricidad en cent€/ kWh en alumbrado público,
a definir por el candidato en su oferta.
G: Costes de gestión asociadas a la P1.
Precio P4: precio al cual el licitador se compromete a ejecutar las obras de
mejora y renovación de las instalaciones consumidoras de energía, siendo la
inversión máxima total prevista en estos Pliegos de 890.860,00 €, IVA no
incluido.
B. COMPROMISO DE CONTRATACIÓN
13
Compromiso de contratación de un desempleado por el tiempo que dure la realización
de las inversiones propuestas.
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al
mismo, podrá ser examinado en el Ayuntamiento de Ortuella , Plaza 1º de Mayo s/n de
8,00 a 14,00 horas, a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicado el
anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y hasta el
vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el Registro general de 9:00 a 13:30 horas durante el
plazo de CUARENTA (40) DIAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al envío
del referido anuncio en el DOUE. En el supuesto de que el último día coincida con
sábado, domingo o festivo, se trasladará al día siguiente hábil. Así mismo se publicarán
anuncios en el BOE y en el BOB, especificándose en los mismos el día en que finaliza el
plazo de presentación de proposiciones.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de
contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página
web: www.ortuella.biz
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no
serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización
del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por telex, fax, telegrama o
correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día
que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo
establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley
de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el
empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
14
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
12.1. Criterios cuya valoración dependa de juicio de valor: 47 puntos
a) Valoración técnica de la propuesta de Gestión Energética de la
Prestación P1 (documento B.1.), hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará la presentación de una memoria descriptiva del Plan de
Actuación en la que se detallen los siguientes prototipos con el desglose
conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el pliego
técnico:
Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de
facturación
Propuesta de horario de encendido y apagado de la Red de
Alumbrado Público y justificación
Sistema de gestión y control de consumos
o Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de
consumos
Prototipo de tablas y gráficas para el control de niveles de
iluminación y eficiencia energética
Propuesta de inventario y planos a elaborar:
o Identificación del número de planos y esquemas a
elaborar y descripción del detalle que llevará cada uno
de ellos
15
o Prototipo de tablas y fichas de inventario que se
elaborarán en donde se recojan todos los datos relevantes
de la Instalación de Alumbrado Público Exterior
b) Valoración técnica de la propuesta de programa de mantenimiento de
las instalaciones de la Prestación P2 (documento B.1.), hasta un máximo
de 5 puntos.
Presentación de un Plan de Mantenimiento e Inspecciones conforme a
las directrices técnicas y de gestión dadas en este Pliego. Se valorará la
presentación de una memoria detallada del Plan de Mantenimiento
propuesto en la que se detallen la siguiente información con el desglose
conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el Pliego de
condiciones Técnicas:
Propuesta de tabla de inspecciones y labores de mantenimiento
y limpieza a realizar y periodicidad
Descripción de las tareas a realizar
Número de personas de las que se dispone para llevar a cabo las
tareas de Mantenimiento, inspecciones y limpieza
Propuesta de calendario de ejecución del Plan de Mantenimiento
Preventivo e Inspecciones (incluye limpieza) y número de
personas asignadas
Propuesta de comunicación con el ayuntamiento para facilitar el
control de la buena ejecución de la tareas
c) Valoración técnica de la propuesta de Garantía Total de la Prestación P3
(documento B.1), hasta un máximo de 5 puntos.
Presentación de una planificación y previsión del mantenimiento
correctivo con garantía total:
16
Número de equipos disponibles para esta labor, número de
personas por equipo, recursos materiales con los que contará
cada equipo
Horarios y zonas que cubrirá cada equipo
Teléfonos de atención, horarios
Tiempos de respuesta tras la comunicación de incidencias según
su clasificación
Clasificación de incidencias
Planes de contingencia
Justificación de que el número de personas asignadas a
Mantenimiento Preventivo y las asignadas al Mantenimiento
Correctivo son suficientes para cada prestación
Propuesta de tabla de registro de incidencias
Equipos y materiales destinados a reposición de instalaciones por
vandalismo y robos. Se indicará expresamente el material o prestaciones
que el concursante no incluya en la garantía total
d) Valoración de la Memoria Técnica de la Prestación P4 (documento B.2)
de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones de Alumbrado
Público para conseguir una mayor eficiencia energética, hasta un
máximo de 14 puntos
Propuesta de Renovación de la instalación de alumbrado público
de acuerdo a lo establecido en el pliego técnico de
Condiciones.(hasta 10 puntos).
17
o Precisión y mayor detalle en la descripción de las
actuaciones propuestas
o Calidad de las nuevas luminarias propuestas
o Calidad estética de la propuesta
o Cálculos lumínicos: Se valorará el alcance y profundidad
de los estudios lumínicos presentados así como los
resultados obtenidos.
o Estudio energético de los ahorros conseguidos: Se
valorarán los ahorros energéticos obtenidos
o Sistema de telegestión propuesto
Mejor plan de ejecución o programa de obras. (hasta 4 puntos).
Se valorarán los medios humanos y materiales empleados, el
calendario de ejecución de las medidas propuestas, el grado de
interferencia con el funcionamiento del alumbrado, trafico,
vecinos...
e) Valoración de la Memoria Técnica de la Prestación P5 de Mejora de la
Eficiencia Energética (documento B.3.), hasta un máximo de 18 puntos
Se valorará:
La calidad técnica de las propuestas: calidad de equipos
propuestos, y uniformidad en el municipio. (3 puntos)
Calidad del estudio energético. (1 puntos)
El volumen de renovación. (hasta 13 puntos): Obtendrán la
máxima puntuación los licitadores que sustituyan todas las
luminarias del Municipio.
18
Obtendrán 6 puntos los licitadores que sustituyan solamente un
75% todas las luminarias del Municipio.
Aclaración: Todas las luminarias del municipio son todas las
luminarias incluidas en el inventario de luminarias (Anexo II) del
Diagnóstico Energético del Alumbrado Público de Ortuella
realizado la ingeniería GAISEC S.L. en 2015.
12.2. Criterios valorables de forma automática por aplicación de
fórmulas: 53 puntos
A. Precio: hasta un máximo de 51 puntos.
Ve = Valoración económica será con arreglo a la siguiente fórmula:
Donde:
Ve = Puntuación obtenida por la oferta económica
Vmax = 35 puntos (Puntuación máxima)
Bmax = Baja máxima (%) entre las presentadas al concurso
Be = Baja (%) de la oferta
B. Compromiso de contratación de un desempleado. 2 Puntos.
Por la contratación de un trabajador desempleado por la duración de los trabajos de
ejecución de las inversiones propuestas, contratado a jornada completa a través de
MEATZALDEKO BEHARGINTZA, S.L.
13. ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
A. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación estará integrada por los siguientes miembros:
3
3
max)(
)maxmax(max
B
BeBVVVe
19
Presidente:
El Alcalde Presidente o quien legalmente lo sustituya.
Vocales:
Un representante de cada uno de los grupos políticos municipales.
El Secretario de la Corporación o quien legalmente la sustituya.
La Interventora Municipal o quien legalmente le sustituya.
El Arquitecto Municipal.
Secretario:
Un funcionario de la Corporación.
Los nombres de las personas que efectivamente participen en la Mesa de Contratación
se comunicarán a los licitadores antes de proceder a la apertura de las ofertas.
La Mesa de Contratación, para la valoración de las ofertas, en lo que respecta al Sobre
2, podrá contar con una asistencia técnica. El nombre y razón social de la entidad a
que pertenezca (en su caso) se comunicarán a los licitadores.
B. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación
procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres
número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la
documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al
licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente,
concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien,
si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias
materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
20
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de
contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores,
podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones
y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros
documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el
plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión
de las proposiciones.
C. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos
u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas
que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con anterioridad al acto público
de apertura de proposiciones.
Los Sobres nº 2 correspondientes a las ofertas presentadas serán abiertos en acto público
el cuarto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de
proposiciones, a las nueve (9) horas, salvo en el caso de envío por correo, en el que se
estará lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, o cuando dicho cuarto día hábil fuese sábado, supuesto en que se propondrá
la apertura el día siguiente hábil a la misma hora.
Los Sobres nº 3 se abrirán realizada la valoración de la memoria técnica, en acto público
cuya fecha y hora se comunicará con antelación a los licitadores. En primer lugar se
comunicará la valoración efectuada de la parte de la oferta sujeta a criterio subjetivo
y a continuación se dará lectura a la oferta económica y el resto de datos sujetos a
evaluación conforme a criterios objetivos.
En función de lo previsto en el artículo 152 TRLCSP y a los efectos de apreciar, en su caso,
que las ofertas se consideran, en principio, desproporcionadas o anormales, se tendrá
en cuenta lo señalado en el Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector
Público.
21
A los efectos del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, se considerará
que las proposiciones no pueden ser cumplidas cuando la oferta económica sea inferior
a los costes salariales mínimos por categoría profesional, según el convenio aplicable a
la ejecución del contrato, que será causa de la exclusión en la licitación.
Posteriormente la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del
Contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuarla.
D. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN
Elevada la propuesta de adjudicación al órgano de contratación éste requerirá
al adjudicatario propuesto para que, en el plazo de quince días hábiles, contados
desde el siguiente a la notificación, realice las siguientes actuaciones:
A Presentar la siguiente documentación:
1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la
representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se
trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de
modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera
exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán
presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten
las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente
Registro oficial que fuera preceptivo.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de
obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en
alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar
mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado
correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local,
22
profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el
tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente
española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación
de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma
substancialmente análoga. o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo
sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento
fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus
facultades para licitar y de la escritura de constitución, y de modificación en su caso,
de la entidad licitadora y del Documento Nacional de Identidad del representante.
2.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada
uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y
circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de
ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de
empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un
representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los
derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del
mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar
las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
3.- Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para
contratar con la Administración conforme al artículo 60 TRLCSP, comprendiendo
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes.
4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los
Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de
modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
23
5.- Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica, económica y financiera a
través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 75 y 76 TRLCSP se
establecen a continuación:
Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera
Las empresas licitadoras habrán de acreditar una facturación mínima anual durante los
tres últimos ejercicios, en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y
mantenimiento de instalaciones eléctricas, al menos una vez y media el valor anual
medio del presente contrato, que se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro
oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las
cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de
acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el
volumen de negocios en el ámbito de la prestación de servicios de
gestión energética y mantenimiento de instalaciones eléctricas.
Documentación acreditativa de la solvencia técnica
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en
cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se
acreditará CONJUNTAMENTE por los medios siguientes:
a) Documentación acreditativa de haber gestionado durante los CINCO (5) últimos
años un volumen de energía mínimo equivalente al consumo anual de las
instalaciones objeto de este contrato, lo que justificará mediante copia de los
contratos suscritos o certificados de clientes con los que tenga suscritos esos
contratos.
b) Documentación acreditativa de haber realizado en los DIEZ (10) últimos años
obras de mejora de la eficiencia energética en alumbrado público mínimo
24
equivalente al importe considerado en la prestación P4. La justificación se
realizará mediante la aportación de los certificados emitidos por el cliente
indicando importe, fecha, lugar de ejecución y alcance del proyecto, o, en su
defecto, por la aportación de una copia del contrato suscrito.
c) Documentación acreditativa de haber realizado en los CINCO (5) últimos años
servicios de mantenimiento de equipos e instalaciones eléctricas por importe
superior al considerado en la prestación P2 + P3, lo que se acreditará mediante
los contratos o certificados de los clientes con los cuales haya suscrito dichos
contratos.
d) Disponer en plantilla para el presente contrato de, al menos, un ingeniero de
grado medio o superior con experiencia mínima de 3 años en mantenimiento y
gestión de instalaciones eléctricas, que se acreditará mediante la titulación
académica y correspondientes certificados de empresa, así como de la plantilla
suficiente para responder de este contrato. Se relacionará toda la plantilla
comprometida para la ejecución de este contrato.
e) Una declaración de las medidas y sistemas de control de calidad del sistema de
producción disponibles (certificaciones de norma ISO o equivalentes).
La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de
Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de otra Comunidad Autónoma o
del Territorio Histórico de Bizkaia, le eximirá de aportar la documentación que se detalla
en los puntos 1, 2 y 3.
El certificado del Registro de Contratistas deberá ir acompañado en todo caso de una
declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias
reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
B Constituir la garantía definitiva, por importe del 5% del importe de adjudicación
(IVA excluido).
C Aportar una copia de la póliza y justificante de pago de la prima de contratación
de una póliza que cubra la responsabilidad civil (general, patronal y cruzada), en que
25
pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivadas de actos de su
personal, empleados y dependientes permanentes u ocasionales, su maquinaria y
equipo, así como consecución de trabajos realizados durante la ejecución del contrato,
con una cobertura mínima de 500.000,00 Euros.
D Aportar los documentos acreditativos de hallarse al corriente de sus obligaciones
tributarias y de Seguridad Social.
La adjudicación a favor del adjudicatario propuesto se llevará a cabo dentro de los diez
días hábiles siguientes a aquel en el que expire el plazo de quince días para la
presentación de la documentación anteriormente citada.
Recurso especial:
Contra la adjudicación y con anterioridad a la interposición del recurso contencioso
administrativo, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación
regulado en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el plazo
de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la
notificación del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151.4
y 44 TRLCSP, sin que proceda la interposición de recursos administrativos ordinarios
contra la misma.
Todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente
mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del
mismo, presentado ante el Órgano de contratación en el mismo plazo previsto en el
apartado anterior para la interposición del recurso.
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el
registro del Órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución
del recurso, al que deberá unirse la documentación y reunir los requisitos indicados en
el artículo 44 TRLCSP.
26
Formalización del contrato:
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo en el plazo de diez días
hábiles, a contar desde la recepción por el adjudicatario de la notificación de la
adjudicación.
No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública,
corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista,
el Ayuntamiento puede acordar su resolución, previa audiencia del interesado, con
indemnización de daños y perjuicios.
14. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista (art. 215 TRLCSP) y
no tendrá derecho a otro incremento del precio que el fijado para la revisión del mismo en
este Pliego de Condiciones.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por
sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las
operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios
hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la
Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes (art.
214 TRLCSP).
El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante
la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos
o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones
de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido. Si el contrato
se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán
solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula.
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes
en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo
27
tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto
del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
La entidad adjudicataria queda obligada bajo su exclusiva responsabilidad al
cumplimiento de la legislación vigente en el período de duración del contrato en materia
laboral, Previsión y Seguridad Social, con relación al personal que adscriba a la prestación
del Servicio concertado, cuyo personal dependerá exclusivamente de la citada entidad,
por cuanto que ésta tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de
patrono, quedando exonerado el Ayuntamiento de Ortuella de las responsabilidades por
cualquier infracción de este carácter.
A tal efecto y para el caso de que los tribunales pudieran declarar por cualquier causa la
responsabilidad económica directa o subsidiaria del Ayuntamiento de Ortuella referente a
deudas económicas de la adjudicataria con sus propios trabajadores, adscritos a la
prestación del Servicio en este Municipio, o a cualquier tipo de deudas derivadas de las
obligaciones legales para con los mismos, tales como Seguridad Social, Hacienda Foral,
etc., el Ayuntamiento de Ortuella podrá aplicar a las mismas las cantidades que en
concepto de fianza estén depositadas en relación con este Pliego de Condiciones
Jurídico-Económico-Administrativas.
En los contratos de servicios, cuando así lo exija la naturaleza de su objeto por
requerir la intervención de trabajadores sujetos a un especial riesgo para la
seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o biológico,
el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. En dicho Plan se
recogerán, entre otros, los siguientes aspectos:
- Control de accidentes o enfermedades profesionales.
- Determinación de la persona encargada de la vigilancia y seguimiento del Plan de
Seguridad y Salud.
El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo
públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su
conocimiento con ocasión del mismo. Y asimismo la empresa adjudicataria se
28
compromete a cumplir las exigencias previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE de 14 de diciembre)
15. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES
Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la
prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves.
Incumplimientos muy graves:
- El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas
correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el
incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas
- La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento
en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor.
- La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación
que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora).
- La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios.
- El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos
establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento
de las temperaturas.
- Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y
régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de
los mismos.
- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el
presente Pliego, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
- Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio.
29
Incumplimientos graves:
- El retraso no sistemático en la prestación de los servicios.
- Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con
terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la
prestación del servicio.
- La reiteración en la comisión de faltas leves.
- Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa.
Incumplimientos leves:
- Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos
anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones
establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den
lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
Penalizaciones.
Las infracciones se sancionarán con una multa porcentual sobre el Importe Total Anual
del Contrato, que según la tipificación anterior tendrá los siguientes importes:
a) Incumplimiento muy grave: Entre 1%, la primera vez y 2% en el caso de
reincidencia, lo que daría lugar a instruir el expediente de resolución de contrato.
b) Incumplimiento grave: Entre 0,25% la primera vez y 0,5% euros en el caso de
reincidencia.
c) Incumplimiento leve: Entre 0,1% la primera vez y 0,2% en el caso de reincidencia.
El importe máximo anual de las sanciones no podrá exceder del 10% del Importe Total
Anual del Contrato, valor al partir del cual el Ayuntamiento de Ortuella iniciará el
correspondiente expediente de resolución de contrato.
30
El incumplimiento de los plazos de la Prestación P4 propuesta en la oferta dará lugar a
una penalización por parte del Ayuntamiento de Ortuella del 20% de la facturación
prevista por cada año de retraso.
Descuentos (compatibles con las penalizaciones).
Con independencia de las penalizaciones que se señalan en el apartado anterior, el
Ayuntamiento de Ortuella tendrá derecho a aplicar los siguientes descuentos en forma
de descuento de certificación por el incumplimiento de las prestaciones incluidas en el
contrato, en los siguientes casos:
a) En caso de cese del suministro total o parcial, cualquiera que sea el motivo, será
objeto de una reducción del importe de facturación.
b) Si el cese o la insuficiencia de suministro son imputables al Adjudicatario, el
Ayuntamiento de Ortuella considerará que se ha dejado de prestar el servicio de
Gestión Energética durante la jornada completa.
16. REVISIÓN DE PRECIOS
Solamente será objeto de revisión la prestación P1.
Los importes correspondientes a esta prestación serán revisados en función de los
precios de la electricidad, tal y como se define a continuación:
P’1 = EAO x P’EA
P’EA = PEA (R’EA / REA)
Siendo:
P’1 = Precio de la energía revisado (Euros).
EAO; valor base de consumo anual de electricidad en alumbrado público, calculado
según se indica en el apartado 10.DEFINICIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO DEL
AÑO BASE del Pliego de condiciones técnicas.
31
PEA; precio unitario de la energía eléctrica en cent€/kWh en alumbrado público, a
definir por el candidato en su oferta.
REA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente
al precio de compra de energía en €/kWh, incluyendo todos los conceptos (término
de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.) según datos de contratos
de suministro de energía eléctrica en Baja Tensión, tomándose como valor actual
0,1452 €/kWh (IVA incluido).
R’EA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente
al precio real de compra de la energía eléctrica en €/kWh, incluyendo todos los
conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.), de
acuerdo a los contratos de compra de electricidad en Baja Tensión del
Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un
año completo desde la firma del contrato (IVA incluido).
17. CONSUMOS DE ENERGÍA.
Se considerarán excesos de consumo de energía en el alumbrado público a un
diferencial superior al 10% del consumo de energía anual respecto al consumo del año
base, definido por el valor EAO del apartado 10.DEFINICIÓN DEL CONSUMO
ENERGÉTICO DEL AÑO BASE del Pliego de Condiciones Técnicas. Esos excesos deberán
ser demostrados por el Adjudicatario, y se entienden como consecuencia de:
1. Excesos de consumo por aumento, a propuesta del Ayuntamiento, del horario
de uso respecto al horario oficial del año base especificado en el Pliego de
Prescripciones Técnicas.
2. Excesos de consumo por aumento, a propuesta del Ayuntamiento, de potencia
o número de equipos fuera del objeto de este contrato, especificado en el
Pliego de Prescripciones Técnicas.
3. El consumo de la iluminación de navidad u otros eventos a petición del
Ayuntamiento también se tendrán en cuenta. Se valorará a partir del consumo
medido por el contador provisional por el precio de energía actualizado.
32
Dichos excesos serán abonados por el Ayuntamiento de Ortuella al Adjudicatario a año
vencido aplicando la siguiente fórmula:
Exceso de consumo en alumbrado = Exceso de consumo eléctrico x PEA
Siendo PEA los precios unitarios de suministro energético propuestos por el licitador.
18. AJUSTE DE PRECIOS POR MODIFICACION DE INSTALACIONES
Se realizará un ajuste de precios por modificación de instalaciones cuando el número
de puntos de alumbrado modificados exceda un 3% del total de números de puntos de
luz, tanto por exceso como por defecto.
Por cada ampliación o disminución del número de puntos de alumbrado público
instalados, los precios de la P2 y P3 se incrementarán o reducirán según la siguiente
fórmula:
P’2 = P2 x (NPf / NPi)
Donde:
P’2: precio revisado (€/año)
P2: Precio del período anual antes de la ampliación / reducción
NPf: número de luminarias existentes después de la ampliación / reducción
NPi: Número de luminarias existentes antes de la ampliación / reducción
P’3 = P3 x (NPf / NPi)
Donde:
P’3: precio revisado (€/año)
P3: Precio del período anual antes de la ampliación / reducción
NPf: número de luminarias existentes después de la ampliación / reducción
NPi: Número de luminarias existentes antes de la ampliación / reducción
33
19. PLAZO DE GARANTÍA
Concluido y recibido el contrato de conformidad comenzará el plazo de garantía,
el cual tendrá una duración de 1 año a contar desde la fecha del acta de
recepción o de conformidad.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en
los bienes suministrados o las instalaciones entregadas, tendrá derecho el
Ayuntamiento a reclamar del contratista la reposición de los que resulten
inadecuados o la reparación de los mismos fuese insuficiente.
Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído
sobre la aplicación de los bienes suministrados o las instalaciones entregadas.
Si el Ayuntamiento estimase durante el plazo de garantía que los bienes
suministrados o las instalaciones entregadas no son aptos para el fin pretendido,
como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al
contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos
bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de la expiración del
plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, y teniendo derecho
a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que el Ayuntamiento haya formalizado alguno
de los reparos o la denuncia a la que se refiere esta Cláusula, quedará extinguida
la responsabilidad del contratista y se devolverá la garantía.
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo expuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP y con lo dispuesto
en el artículo 219 del TRLCSP, una vez formalizado, la Administración sólo podrá introducir
modificaciones en el contrato por razones de interés público en los casos previstos en el
artículo 107 del TRLCSP y en los supuestos previstos en la documentación que rige la
licitación, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP.
34
Podrá procederse a la modificación del contrato, además de en los casos previstos en
el artículo 107 del TRLCSP, en los siguientes supuestos:
a) Cuando actuaciones de terceros o de la Administración puedan afectar al
desarrollo del contrato y a su economía o tal afectación se produzca por
situaciones de riesgo imprevisible, siempre que ésta no suponga una alteración
superior al 3 % del precio del contrato.
b) Cuando se adicionen al objeto del contrato instalaciones distintas a las previstas
en el Anexo del PPTP.
c) Cuando se supriman del objeto del contrato alguna o algunas de las
instalaciones previstas en el Anexo del PPTP.
d) Cuando se produzca aumento, reducción o supresión de equipos a mantener o
la sustitución de unos equipos por otros, siempre que los mismos estén contenidos
en el contrato.
e) Cuando la Administración apruebe una norma o emita un acto administrativo
no vinculados directamente con el contrato pero que afecten o puedan afectar
a las prestaciones objeto del mismo o a su régimen económico, siempre que
dicha afectación no suponga una alteración superior al 3 % del precio del
contrato.
En todo caso las modificaciones contractuales nunca podrían superar el 10% del precio
del contrato en el total de años. En caso de que se produzcan los supuestos descritos
anteriormente, se asegurará que el régimen económico del contrato mantiene el
equilibrio económico en los términos considerados para la adjudicación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 211 del TRLCSP y de lo previsto en el artículo
108.2 del TRLCSP para los supuestos de modificación contractual previstos en el artículo
107 del TRLCSP, el órgano de contratación, antes de proceder a la correspondiente
modificación contractual, deberá dar audiencia al contratista, quien, en un plazo de
quince (15) días naturales días desde que la Administración se lo requiera, deberá
indicar su parecer acerca de la modificación contractual propuesta.
35
Las modificaciones contractuales serán obligatorias para el adjudicatario y deberán
formalizarse
conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
21. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
A) Cumplimiento del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por la contratista cuando ésta haya realizado,
de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Ayuntamiento, la
totalidad de la prestación.
1.- Recepción. Dos meses antes a la finalización del contrato, el órgano de
contratación adoptará las medidas oportunas para verificar el estado de
conservación y uso de los bienes e instalaciones afectos al contrato. A tal fin,
el adjudicatario tendrá que proporcionar información detallada, punto por
punto, de los cambios de luminarias realizadas en los años de vigencia del
contrato, indicando la vida útil de cada luminaria, debiendo, durante el
plazo de garantía, sustituir por nuevas aquéllas que, a la fecha de la
finalización del contrato, tengan una vida útil inferior a 4.000 horas.
Llegada la fecha de finalización del contrato, el Ayuntamiento de Ortuella
determinará si la prestación realizada por el adjudicatario se ajusta a las
prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, levantándose
acta firmada por ambas partes en la que se hará constar el resultado de la
comprobación realizada por el Ayuntamiento.
Si las obras, bienes e instalaciones se encuentran en buen estado, el responsable
del contrato las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta. En
caso contrario, si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos, se hará
constar así en el acta, señalándose un plazo para corregir los defectos
36
observados transcurrido el cual se llevará a efecto una nueva comprobación de
los mismos.
El contratista tiene obligación de asistir al acto de recepción. Si por causas que
le sean imputables no cumple esta obligación se le dará traslado del acta de
recepción.
Si existiese reclamación por parte del contratista respecto a los defectos u
observaciones reflejados en el acta de recepción, el responsable del contrato la
elevará, junto con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el
particular. Si no formulase reclamación alguna, se entenderá que se encuentra
conforme con el mismo y obligado a corregir y remediar los defectos observados.
2.- Liquidación del contrato.- En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del
acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada a la
contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso,
el saldo resultante.
B) Resolución del contrato. Son causas de resolución del contrato los supuestos
establecidos en la cláusula INCLUMPIMIENTOS Y PENALIZACIONES de estos pliegos y
en el artículo 223 del TRLCSP, regulándose sus efectos por lo dispuesto en el artículo 225
del TRLCSP.
22. AYUDAS Y SUBVENCIONES
Si se convocase por cualquier entidad pública o privada una línea de subvenciones que
tuviera como hecho subvencionable cualquiera de las inversiones ejecutadas por la
adjudicataria en cumplimiento del presente contrato, dicha adjudicataria estará
obligada a elaborar la documentación precisa para formular la solicitud,
eventualmente su subsanación y mejora, y en su caso, la justificación de la misma, tanto
para el caso de que la solicitante deba ser la empresa adjudicataria como en el
supuesto en el que lo deba ser el Ayuntamiento.
37
En todo caso, el beneficiario de la subvención concedida será el Ayuntamiento, en su
condición de dueño de la inversión y por tanto, será decisión municipal el destino del
importe íntegro de la subvención que le sea concedida, pudiendo utilizarse para:
Amortizar el capital pendiente de amortización y en consecuencia reducir el importe
de la cuota de amortización.
Reducir el plazo del contrato.
Ejecutar otras inversiones de interés público.
23. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION
COMPETENTE
El Órgano de Contratación tiene la prerrogativa de interpretar el contrato
administrativo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones
de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los
límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el TR-LCSP.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y
efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el Órgano de Contratación.
Contra dichos acuerdos, de no agotar los mismos la vía administrativa, podrá
interponerse el recurso administrativo que proceda de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y normativa concordante. El recurso Contencioso-
Administrativo contra actos que agoten la vía administrativa, habrá de interponerse
conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el
Órgano Jurisdiccional competente en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica del
Poder Judicial.
38
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN
D/Dª .................................., con domicilio en ....................calle ............................ C.P …..........
Teléfono .......................y D.N.I. ………………….….., en posesión de su plena capacidad de
obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa con domicilio en
................calle ................. ..C.P. .......... Teléfono ............. y C.I.F. ............. al objeto da tomar
parte en el procedimiento abierto en base a una pluralidad de criterios de adjudicación,
seguido por el Ayuntamiento de Ortuella, para la adjudicación del Contrato de
SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTIA TOTAL DE LAS
INSTALACIONES Y EQUIPOS DE LA RED DE ALUMBRADO PUBLICO DE ORTUELLA y a los
efectos que señala el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para
regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
a) Que la empresa licitadora “.......................” cumple las condiciones establecidas
legalmente para contratar con la Administración, comprometiéndose a que en caso de
resultar a su favor propuesta de adjudicación acreditará ante el órgano de
contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los
documentos exigidos.
b) Que la empresa licitadora " ...............................................” señala para la práctica
de notificaciones derivadas de este procedimiento el siguiente domicilio
............................................................................................ dirección de correo electrónico:
............................. ...y número de teléfono y/o fax.......................
En............................ a…….de ...................... de 20....
39
ANEXO II
AHORRO GARANTIZADO RESULTADO DE LAS OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN
.
D (1) ............................................., con domicilio en ……………… ……….. calle
......................................... y provisto del D.N.I. ....................…....……. en nombre propio o en
representación de la empresa (2) ……………………………………..………………como (2)
....................……… de la misma, con domicilio en.......................…calle
................................... ...........………... ……………………………….y C.I.F. ...........................….
DECLARO:
I.-Que he quedado enterado del anuncio de licitación, publicado en ....... de fecha
................................., convocada por el Ayuntamiento de Ortuella para la adjudicación
del contrato que tiene por objeto ……………………...................................
II.- Que igualmente conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente
contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III.- Que garantiza la obtención de ...........kWh de ahorro anual como resultado de la
aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros están justificados en el
estudio técnico de cada una de las inversiones presentado en el documento B.2.
III.- Que el ahorro en el consumo energético asociado a las instalaciones a ejecutar se
estima en .......... kW/h / año.
Lugar, fecha y firma.
40
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICION DE INVERSIONES DENTRO DE LA PRESTACIÓN P5 Y
PROPUESTA DEL AHORRO ENERGÉTICO ASOCIADO.
D (1) ............................................., con domicilio en ……………… ……….. calle
......................................... y provisto del D.N.I. ....................…....……. en nombre propio o en
representación de la empresa (2) ……………………………………..………………como (2)
....................……… de la misma, con domicilio en.......................…calle
................................... ...........………... ……………………………….y C.I.F. ...........................….
DECLARO:
I.-Que he quedado enterado del anuncio de licitación, publicado en ....... de fecha
................................., convocada por el Ayuntamiento de Ortuella para la adjudicación
del contrato que tiene por objeto ……………………...................................
II.- Que igualmente conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente
contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III.- Que se va a renovar el ……………............% de las luminarias del todo el municipio, es
decir, todas las luminarias incluidas en el inventario de luminarias (Anexo II) del
Diagnóstico Energético del Alumbrado Público de Ortuella realizado la ingeniería
GAISEC S.L. en 2015.
IV.- Que se compromete a realizar una inversión en equipos e instalaciones que
fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías
renovables y residuales por importe de ............euros.
V.- Que el ahorro en el consumo energético asociado a las instalaciones a ejecutar se
estima en .......... kW/h / año.
Lugar, fecha y firma.
41
ANEXO IV
MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D (1) ............................................., con domicilio en ……………… ……….. calle
......................................... y provisto del D.N.I. ....................…....……. en nombre propio o en
representación de la empresa (2) ……………………………………..………………como (2)
....................……… de la misma, con domicilio en.......................…calle
................................... ...........………... ……………………………….y C.I.F. ...........................….
DECLARO:
I.- Que he quedado enterado del anuncio de licitación, publicado en....... de fecha
................................., convocada por el Ayuntamiento de Ortuella para la adjudicación
del contrato que tiene por objeto……………………...................................
II.- Que igualmente conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente
contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III.- Que el firmante y, en su caso la empresa a la represento, cumple con todos los
requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación
y funcionamiento.
IV.- Que, en relación con las prestaciones objeto de presente contrato, se compromete
a la ejecución de las mismas en las siguientes condiciones:
42
Prestación P1 (Gestión Energética):
Valor base de
consumo anual
en kWh(*)
Precio
(cent€ / kWh)
Total € / año
I.V.A.
excluido
Electricidad
Alumbrado
Costes de gestión de la P1
Prestación P1 TOTAL (Gestión Energética)
(*) El valor base del consumo anual se calcula de acuerdo a lo establecido en el apartado
10 del Pliego de Condiciones Técnicas
Prestación P2 (Mantenimiento): por un importe anual de………… € (IVA excluido).
Prestación P3 (Garantía Total): por un importe anual de………… € (IVA excluido).
Prestación P4 (Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones):por un
importe anual de………… € (IVA excluido).
Inversión total a realizar ……………………… euros I.V.A. excluido
Concepto Importe
Importe Anual del Contrato (P1+P2+P3+P4) I.V.A. excluido ............................€
I.V.A ............................€
Importe Anual Total del Contrato (P1+P2+P3+P4) I.V.A.
incluido
............................€