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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATAR
EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE
MOBILIARIO URBANO MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Ayuntamiento de FUENLABRADA Concejalía de Parques y Jardines y Gestión de Residuos
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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATAR
EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO URBANO
MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
INDICE GENERAL
1.- ANTECEDENTES
2.- OBJETO
3.- AMBITO TERRITORIAL
4.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
5.- TRABAJOS Y MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO INFORMATIZADO DE
MOBILIARIO URBANO
6.- TRABAJOS DE INSPECCION Y CONTROL
7.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
8.- TRABAJOS DE REPARACIÓN
9.- TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVO MOBILIARIO
10.- MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS
11.- CONTROL DE CALIDAD
12.- PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
13.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
14.- PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS
15.- PLAN DE RIESGOS LABORALES
16.- HORARIOS DE TRABAJO
17.- EMERGENCIAS
18.- PERFIL DEL LICITADOR
19.- CONDICIONES DE LAS OFERTAS
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20.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
21.- RESPONSABILIDADES GENERALES
22.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O
INCONVENIENTES CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN
DE LOS TRABAJOS
23.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO
24.- SEGURO
25.- DURACIÓN DEL CONTRATO
26.- CONDICIONES ECONOMICAS Y PENALIZACIONES
27.- CONTROL DEL SERVICIO
28.- ANEXOS
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1.- ANTECEDENTES
En el Término Municipal de Fuenlabrada, se encuentran instalados en la
actualidad un gran número de elementos de mobiliario urbano de uso general, que
pueden distribuirse en las siguientes categorías:
a) Mobiliario urbano de titularidad municipal repartida tanto en vías públicas
como en parques y zonas ajardinadas. Dentro de esta categoría figuran :
1) elementos de protección peatonal, tales como vallas de aceras, jardines,
y áreas infantiles, talanqueras y cadenas varias.
2) elementos de descanso, como bancos (metálicos ,materiales reciclados,
madera, prefabricados y piedra ) y mesas( madera, prefabricados de
hormigón o metálicas)
3)Elementos tales como robidores, aparca-bicicletas, carteles de áreas
infantiles.
4) Elementos de recreo para la tercera edad y deportivos.
5 ) Elementos varios tales como papeleras de jardín, alcorques (forja y
chapa perforada ), tramex, etc...
b) Juegos infantiles, agrupados en áreas situadas en parques, zonas
ajardinadas y otras. Son de titularidad municipal, carecen de explotación
publicitaria, y están sujetos a un proceso de homologación, así como una
serie de condiciones de carácter constructivo, de instalación y de
conservación, dentro del ámbito de las UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177.
c) Mobiliario urbano con contraprestación publicitaria, sujeto a contratos o
adjudicaciones específicas por tiempos determinados, tales como
marquesinas de paradas de autobús, soportes informativos, contenedores,
vallas de cerramiento de obras, soportes de gran formato y pantallas
electrónicas y relojes. La conservación y explotación de este tipo de
mobiliario se lleva a cabo por las empresas adjudicatarias de los
correspondientes contratos.
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2.- OBJETO
El objeto del presente concurso es suscribir un contrato para el mantenimiento
preventivo, conservación, reparación y sustitución de los elementos de mobiliario
urbano, comprendidos en el apartado a) y b) del punto anterior.
Comprenderá por tanto, los elementos de mobiliario urbano instalados o por
instalar, que se indiquen, durante el período de vigencia del contrato, cuya
conservación no esté sujeta a otra adjudicación por concurso o en razón de las
características específicas del elemento.
En concreto, y a la fecha de redacción de este Pliego, quedan excluidos , los
elementos de alumbrado público, contenedores de residuos del Departamento de
Limpiezas, los elementos deportivos del Patronato Municipal de Deportes, así como
las señales de tráfico o informativas o el mobiliario que aun estando en zona municipal
goce de algún acuerdo marco para la no conservación.
También queda excluida la conservación de mobiliario urbano o elementos
deportivos en recintos o ámbitos de titularidad privativa, tales como colegios,
residencias, instalaciones deportivas y en general, cualquier instalación que no esté
situada sobre suelo público y sea de acceso libre a los ciudadanos.
3.- AMBITO TERRITORIAL
A efectos de este concurso, el adjudicatario será único y deberá cumplir las
obligaciones objeto del mismo en la totalidad del Término Municipal de Fuenlabrada, y
no podrá subcontratar los trabajos a realizar sin previo conocimiento y aprobación
municipal.
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4.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que a
continuación se estipulan, de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas
partes contratantes:
� Realización y mantenimiento del Inventario de Mobiliario Urbano, según
condicionantes mínimos, establecidos en este Pliego y bajo la supervisión
del Departamento de Parques y Jardines.
� Ejecutar las labores de inspección periódica del estado del mobiliario
urbano, con las frecuencias y características que se especifiquen en la
oferta.
� Conservación preventiva del conjunto del mobiliario urbano objeto del
Concurso según los planes propuestos en la oferta, sujetos a aprobación o
modificación por el Departamento de Parques y Jardines, incluidas las
labores de limpieza de los elementos.
� Operaciones de reparación y mantenimiento del mobiliario urbano in situ, o
en taller atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos reseñados en este
Pliego, así como las comunicaciones del personal técnico del Departamento
de Parques y Jardines.
� Transporte de elementos de mobiliario urbano tanto a, o de talleres de
reparación o almacenes.
� Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica.
� Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la
realización de suministros de piezas necesarias para asegurar la
continuidad del servicio de los elementos instalados.
� Disponer del personal necesario tanto en número como en capacidad
profesional y cuantía mínima reseñada para la adecuada realización del
servicio.
� Disponibilidad de vehículos y equipos en las cuantías mínimas y
características que se reseñarán para satisfacer las exigencias del Pliego.
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� Disponibilidad de almacenes, talleres y materiales y repuestos necesarios
en cuantías mínimas señaladas, para asegurar el racional desempeño del
servicio.
� Administración del servicio.
� Facilitar presupuestos de sustitución, modificación y conservación de los
elementos que en el futuro se precise y que no se encuentren incluidos en
este Pliego.
� Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un
peligro y comunicar de forma inmediata al Ayuntamiento las actuaciones.
� Entregar parte semanal de trabajos y actuaciones realizadas al
Departamento de Parques Jardines.
5.- TRABAJOS Y MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO INFORMATIZADO DE
MOBILIARIO URBANO.
El contratista adjudicatario del servicio, asumirá como obligación lo siguiente:
� Deberá disponer del material informático necesario para la gestión de
control y mantenimiento de las instalaciones a su cargo, facilitará al
departamento los medios suficientes para el control de dicha gestión, y la
modernización de dicho material según el progreso técnico.
� Asumirá como obligación el mantenimiento durante los años que dure el
contrato del inventario de todos los elementos de mobiliario urbano, tanto
existentes como de los elementos que se vayan incorporando, debiendo
estar actualizado a cada momento.
� Aportará los medios precisos para la conexión y la carga de datos de las
bases de datos municipales en sus instalaciones, dispondrá de las licencias
que sean necesarias y colaborará en el desarrollo de las aplicaciones que
se realicen en la Concejalía de Medio Ambiente. Esta colaboración es
extensiva al material necesario, así como a la formación del personal que
se requiera (técnicos, operarios de pantalla, manejo de terminales, etc.).
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Las adquisiciones y mejoras que se obtengan quedarán de propiedad
municipal.
� Deberá estar conectado en todo momento a la Concejalía de Medio
Ambiente a fin de conocer las incidencias que se produzcan. Una vez
detectadas tales incidencias, realizarán las inspecciones y actuaciones
necesarias, incorporarán al sistema la información correspondiente y
emitirán informes correspondientes de forma periódica.
Los Licitadores podrán incluir en su oferta, un modelo de datos así como una
propuesta de aplicación informática, indicando la compatibilidad con los sistemas
existentes en la Concejalía de Medio Ambiente (SIG, bases de datos etc.), servicios
Web, sistemas de cartografía móvil etc.
6.- TRABAJOS DE INSPECCION Y CONTROL
El adjudicatario queda obligado a realizar inspecciones periódicas en la cuantía
expresada en su oferta y que aseguren un perfecto conocimiento del estado del
mobiliario y permitan detectar de forma rápida las posibles averías, así como
programar la conservación preventiva del mismo siempre previo conocimiento y
aprobación por los servicios municipales, y el mantenimiento actualizado del inventario
durante la duración del contrato.
La frecuencia mínima de inspección de cada zona será de un mes, siendo
objeto de valoración, la mejora de este plazo que se realice en las ofertas.
Será obligación del contratista, fijar los medios mínimos e itinerarios de
inspección de forma que quede perfectamente asegurada la frecuencia de paso,
acompañando a la oferta, descripción detallada de este estudio, siendo declaradas no
válidas las ofertas que carezcan de este requisito.
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Si por algún motivo, las frecuencias reales de inspección no son las previstas,
el contratista estará obligado a modificar los medios e itinerarios para lograr los
objetivos previstos, siempre previo conocimiento y aprobación por los servicios
municipales.
La realización de estos trabajos, será independiente de las labores de
mantenimiento preventivo y conservación, y por ello, el personal dedicado a las
mismas, será independiente del de aquéllas, aunque por razones lógicas, podrá
simultanearlas con las de mantenimiento del inventario informatizado.
7.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo de los elementos de mobiliario urbano instalados,
se considera uno de los objetivos prioritarios de este pliego, teniéndose muy en cuenta
los planes ofertados por el licitador.
La forma más lógica y adecuada de lograr en el futuro un parque de mobiliario
en correctas condiciones de conservación pasa, ineludiblemente, por un correcto
programa de mantenimiento preventivo, diseñado a partir del conocimiento del estado
actual del parque, así como una adecuada definición de las tareas a realizar en
función de las características constructivas de los diferentes elementos.
Así pues, el licitador deberá presentar una propuesta de mantenimiento
preventivo en forma de tabla con las operaciones que tenga previsto realizar sobre
cada tipo de elemento y la frecuencia prevista de actuación. Esta propuesta, los
medios que se dedicarán a ellas, así como su estudio económico a lo largo de las
diferentes anualidades que está previsto dure el contrato, será objeto de valoración a
la hora de fijar los criterios de adjudicación.
En cualquier caso, es objetivo definido, que en el tiempo de duración del
contrato, el peso del mantenimiento preventivo, y en consecuencia, el elevar el nivel
de conservación del mobiliario urbano, vaya imponiéndose sobre las tareas puntuales
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de reparación y al final del mismo, pueda contarse con un mobiliario adecuadamente
conservado, cuyas tareas de mantenimiento no programado se reduzcan a las
inevitablemente necesarias.
8.- TRABAJOS DE REPARACIÓN
Dado el estado actual del mobiliario y a la espera de mejorar su nivel de
conservación, gracias al mantenimiento preventivo antes citado, una de las principales
tareas a realizar con carácter inmediato por el contratista es la reparación de
elementos existentes según la forma de actuación que a continuación se describe.
Se definen bajo este epígrafe la totalidad de los trabajos cuyo fin sea reponer el
uso normal de un elemento que se encuentre deteriorado, sea cual fuere la reparación
a realizar, incluyendo si fuera necesario la sustitución del mismo por otro nuevo, previa
aprobación por los servicios municipales, los cuales harán entrega al contratista del
mismo para su sustitución.
Si bien hay que contar con la eficaz colaboración tanto de ciudadanos, como
especialmente de otros servicios municipales en la detección de desperfectos o
averías en el mobiliario, se pretende que gracias al inventario actualizado y a una
correcta y eficaz labor de inspección propia del contratista, según se ha definido en
puntos anteriores, este trabajo alcance en poco tiempo, un alto grado de autonomía,
detectándose las averías, daños o desperfectos en el plazo más breve posible y
procediéndose a su reparación.
Detectada la avería o deficiencia, el contratista comunicará la misma a los
servicios municipales, en el plazo y por los medios más inmediatos posibles. Los
servicios municipales darán su aprobación cuando proceda, a los trabajos propuestos,
debiendo comenzar el contratista la realización de los mismos en un plazo inferior a
cuarenta y ocho (48) horas.
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Se tendrá en cuenta para una rápida actuación los partes o avisos emitidos a
través de la Policía Local.
El plazo total para la reparación o sustitución, salvo casos expresamente
autorizados por los servicios municipales no excederá de setenta y dos (72) horas.
En el caso de que la situación del elemento sea tal que implique peligrosidad,
la empresa adjudicataria procederá de oficio y con la máxima urgencia a la realización
de aquellas actuaciones tendentes a eliminar el riesgo. De estos hechos se dará
cuenta la actuación inmediata a los servicios municipales.
Todas las actuaciones o reparaciones sobre un elemento deberán quedar
fijadas en las fichas del inventario informatizado de ese elemento, en un plazo máximo
de cuarenta y ocho horas de la actuación.
9.- TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVO MOBILIARIO
Aunque bajo ningún concepto este contrato sea de suministro de nuevo
mobiliario urbano, puede darse el caso de que por razones del estado de elementos
muy deteriorados, o razones de urgencia sea precisa su sustitución por un elemento
nuevo, aunque siempre con carácter puntual, ateniéndose entonces al cuadro de
precios de suministros en vigor.
Por otra parte, sí es uno de los trabajos previstos en este contrato la instalación
programada de elementos nuevos de mobiliario urbano, adquiridos por el
Ayuntamiento por otros procedimientos administrativos y que irá entregando al
contratista en función de las necesidades de cada actuación.
Recibida la orden de trabajo, el contratista de acuerdo con los servicios
municipales, procederá al replanteo de los elementos a instalar, realizándose
marcaciones mediante pintura u otro sistema inocuo para el medio ambiente.
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Una vez aceptado el replanteo por los técnicos municipales, el contratista
procederá a realizar las labores de instalación, finalizada la cual se levantará plano
acompañado de fotografías realizadas antes y después de la actuación, dándose
también de alta de forma inmediata en el inventario.
10.- MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS
En el caso de sustitución o suministro de un elemento completo o partes del
mismo, que se encuentre dentro del Catálogo de Elementos Normalizados de
Mobiliario Urbano, las características técnicas serán exclusivamente las que figuren en
dicho Catálogo.
El Departamento de Parques y Jardines comunicará anualmente al contratista
las modificaciones o características de elementos añadidos a dicho Catálogo,
aprobándose los correspondientes precios contradictorios tanto del elemento como de
su despiece en este último caso, así como de los diferentes trabajos a realizar en el
mismo
Cuando se trate de sustituir totalmente o en parte de un elemento no incluido
en dicho Catálogo, el contratista se atendrá en todo caso a las instrucciones recibidas
de los técnicos municipales, procurándose en todo caso emplear materiales similares
a los utilizados por el fabricante original de ese elemento si eso fuera posible.
En el resto de los casos y como regla general, se tendrán en cuenta los
siguientes criterios, con independencia del cumplimiento del Pliego General de
Condiciones del Ayuntamiento:
A) OBRA CIVIL:
La obra civil aunque no sea objeto básico de este servicio, está presente en
una buena parte de las actuaciones como construcción auxiliar o
complementaria. Los materiales básicos de uso más común son:
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Cemento: Se utilizará este material de primera calidad.
Áridos para morteros y hormigones: Se utilizarán arenas de río limpias y
cribadas con tamaño máximo del árido de 6 mm. En lo referido a gravilla se
utilizarán preferentemente áridos de machaqueo con granulometría entre 20 y
40 mm.
Agua: Dada la buena calidad de las aguas del servicio público, serán de uso
normal para estos menesteres, quedando proscrita la utilización de otras de
dudosa procedencia. Se permite, con autorización expresa de los servicios
técnicos municipales, el empleo de las bocas de riesgo, limitándose su uso al
mínimo imprescindible.
Baldosas y terrazos para reposiciones puntuales de pavimentos, así como
ladrillos y materiales cerámicos, serán de aplicación los contenidos del Pliego
de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Urbanización.
B) MATERIALES METALICOS
Los materiales de mayor uso son el acero en forma de perfiles huecos o
cilíndricos o rectangulares de distintas dimensiones y espesores de pared,
perfiles macizos rectangulares o circulares con sección máxima de hasta 16/18
mm., pletinas rectangulares y chapas de acero.
También se utilizan con relativa frecuencia, materiales de fundición y elementos
inoxidables o galvanizados.
Aceros: Los elementos de acero a emplear, responderán a las especificaciones
básicas del art., 23 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales del
Ayuntamiento de Fuenlabrada, utilizándose aceros de clase S235JR, según
UNE-EN-10.015).
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Todos los materiales permitirán soldabilidad y los elementos de cerrajería se
instalarán convenientemente desengrasados por tricloroetileno en caliente y
posterior fosfatado e imprimación anticorrosivo de color metálico que garantice
una protección de 300 horas en cámara de niebla salina.
Materiales de fundición: Se utilizarán básicamente materiales de fundición
gris (UNE-EN-11561/98) y fundición de grafito esferoidal (UNE-EN-1563/98).
En caso de piezas de fundición de aluminio se atendrán a la UNE-EN-1706/98.
En cualquier caso, los servicios técnicos municipales definirán el tipo de
material a emplear.
C) MADERAS
La madera es otro de los materiales de más amplia utilización en los elementos
de mobiliario urbano. Todas ellas procederán de explotaciones forestales
sostenibles acreditándose documentalmente. Las de más usos serán:
Iroko ,Cerejeira , Tauari: para tablones de asiento o respaldos de elementos
de mobiliario urbano. Con densidad superior a 600 Kgs/m3, y grado de
humedad entre el 12% y el 15%.
Tauari , Sipo ,Cerejeira: para tablas de pequeña escuadra (tablillas) en
bancos, papeleras u otros elementos de mobiliario. Con densidad superior a
5OO Kgs/m3, y grado de humedad entre el 12% y el 15%.
Pino silvestre y pino radiata : para elementos rústicos. Con densidad entre
500 y 600 Kgs/m3, y grado de humedad entre el 12% y el 14%.
Las piezas no tendrán en ningún caso una tolerancia mayor que el 1%,
respecto de las dimensiones teóricas.
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D) MATERIAL RECICLADO
Al material reciclado se la va a conceder una gran relevancia en este Servicio,
si bien su uso estará limitado a lugares donde lo estimen oportuno los Técnicos
Municipales (parques, zonas estanciales, etc.) El material es una mezcla de
plásticos reciclados cuidadosamente seleccionados, libres de cloruros,
plastificantes , cadmio, u otro tipo de aditivos
E) ELEMENTOS PREFABRICADOS
Este material cumplirá las especificaciones técnicas marcadas por los Técnicos
Municipales del Departamento de Parques y Jardines. Los materiales usados
fundamentalmente son hormigón y piedra caliza.
F) TRATAMIENTOS SUPERFICIALES Y PINTURAS
No es necesario advertir que la totalidad de los elementos de mobiliario urbano,
van a estar sometidos durante su vida útil, a continuas agresiones
medioambientales. En estas condiciones se hace imprescindible asegurar un
buen tratamiento para asegurar la durabilidad del elemento con las mínimas
desviaciones por su exposición prolongada al medio ambiente urbano.
Tratamientos de madera: La totalidad de la madera a emplear se servirá
convenientemente tratada en profundidad por autoclave tipo vac-vac para
garantizar una penetración superior a P5, según la norma EN 351.2/95 (apta
para riesgo tipo 4).
El producto de tratamiento previo para acción funguicida, insecticida y repelente
al agua, no producirá cambios estructurales ni dimensionales.
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Tratamiento de superficie una vez finalizado el mecanizado y repaso, con tres
capas de producto protector orgánico coloidal a poro abierto,
antifotodegradante, siendo la capa básica incolora o con pigmentación y las dos
últimas incoloras. Si se utiliza la primera capa pigmentada no deberá alterar el
color de la madera, sino reforzar el mismo y no ocultar vetas.
Tanto los productos de impregnación como de tratamiento superficial no
contendrán derivados flúor carbonados y deberán estar previamente aprobados
por el Departamento de Parques y Jardines, para lo que los licitadores deberán
indicar en sus ofertas los tipos y características físico-químicas de los mismos.
El contratista, al realizar la entrega de los materiales deberá acompañar
certificado de haber sido realizados los tratamientos ofertados.
Los tratamientos de conservación se realizarán mediante aplicación de una
capa de lasur, sin necesidad de que haya que decaparse las imprimaciones
anteriores.
En caso de deterioro apreciable de la capa de protección, los servicios
municipales, decidirán sobre la necesidad de proceder al cambio de la madera.
Tratamientos de elementos metálicos: La totalidad de los elementos de
cerrajería y de fundición deberán de presentarse debidamente protegidos
mediante imprimación anticorrosiva en color metálico, posterior a un
desengrasado por inmersión en tricloroetileno.
Para elementos de fundición de aluminio se sustituirá el desengrasado por un
granallado mediante chorro de arena para eliminación de rebabas y limpieza
total de la superficie.
Se podrá aplicar cualquiera de las imprimaciones definidas en el PCTG del
Ayuntamiento.
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La terminación se ejecutará en taller, con pinturas o esmaltes sintéticos a base
de resinas de poliéster, con secado en horno a 160º durante al menos, 20
minutos.
Para aquellos casos, en que por imposibilidad real no resulte materialmente
posible el tratamiento en taller, éste se podrá sustituir (con autorización expresa
de los servicios técnicos municipales) por un tratamiento en obra consistente en
aplicación mediante pistola de imprimación anticorrosiva y dos capas de pintura
sintética a base de resinas de poliéster, espaciadas entre sí 24 horas.
Los tratamientos de conservación, durante la vida útil del elemento, se
realizarán mediante aplicación de una capa (a mano o mediante pistola) de
esmaltes sintéticos similares a los indicados en los párrafos anteriores, previo
lijado de superficies deterioradas y aplicación previa de imprimación
anticorrosiva localizada en aquellas zonas donde hubiera lugar.
Piezas de acero inoxidable: Se aplicarán las especificaciones del Pliego de
Condiciones citado, excepto a las características mecánicas mínimas que serán
fijadas por los técnicos municipales.
Piezas galvanizadas: Se aplicarán las especificaciones del Pliego de
Condiciones citado, para chapas de acero galvanizado.
Tratamientos de materiales reciclados: Se realizará su limpieza con
productos adecuados preferentemente agua a presión sin aditivos, que no
dañen ni descompongan este tipo de material y se ajusten a las
especificaciones de los técnicos municipales.
Tratamientos de metacrilatos y vidrios: Se realizará su limpieza con
productos adecuados que no dañen ni arañen este tipo de material y se ajusten
a las especificaciones de los técnicos municipales.
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Tratamientos de granitos y prefabricados de hormigón: Se realizará su
limpieza con productos adecuados que no dañen ni deterioren este tipo de
material y se ajusten a las especificaciones de los técnicos municipales.
11.- CONTROL DE CALIDAD
El Ayuntamiento, a través de los servicios técnicos del Departamento de
Parques y Jardines, se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos o
componentes de los mismos, que no cumplan las especificaciones del Catálogo de
Elementos Normalizados de Mobiliario Urbano, o en su defecto las características que
le sean comunicadas por los mismos. Asimismo, podrá ordenar los análisis y ensayos
de control de calidad que se entiendan necesarios para garantizar la misma a los
elementos o componentes suministrados, efectuados en laboratorios especializados.
El importe de estos ensayos, correrá a cargo del adjudicatario, hasta un importe
máximo del dos por ciento (2%) de la facturación anual en concepto de trabajos o
medición.
El contratista estará obligado a sustituir de forma inmediata y sin cargo los
elementos o componentes que no cumplan las especificaciones o no superen los
ensayos antedichos, con independencia de la aplicación del régimen sancionador
establecido.
12.- PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
Es interés primordial del Ayuntamiento que este contrato destaque por la
protección medioambiental y evitar en lo posible ocasionar molestias al ciudadano,
dado que los trabajos y actuaciones se realizarán en todo caso en la vía pública.
Por ello, y con independencia de la eliminación de residuos que se indica en el
apartado siguiente, la totalidad de los materiales empleados en el mantenimiento y
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reparaciones, deberán ajustarse a la norma ISO-14001, incluyendo productos de
limpieza, pinturas, disolventes y tratamiento de maderas.
Asimismo, tanto los equipos empleados como las labores realizadas, deberán
cumplir escrupulosamente la normativa sobre contaminación acústica vigente.
13.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
Los residuos resultantes de la realización de los trabajos, así como embalajes,
envases vacíos, etc... serán retirados por el contratista, sin que se permita la
permanencia de los mismos en el lugar de las obras, salvo casos expresamente
especificados en el Pliego.
Cuando el volumen de los residuos resultante, supere la capacidad de los
sacos o contenedores de utilización normal, los servicios técnicos podrán autorizar la
permanencia de aquellos por un plazo máximo e improrrogable de 24 horas.
En ningún caso se permitirá la permanencia de residuos los fines de semana o
festivos y se demostrará su gestión a través de gestores autorizados, indicados por el
Ayuntamiento o en su defecto autorizados por este.
14.- PROTECCIÓN Y SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS
Al tratarse de trabajos a realizar en la vía pública se considera de especial
importancia, las condiciones de seguridad a adoptar durante los mismos, que permitan
garantizar al máximo la eliminación de riesgos para peatones y vehículos, así como de
los propios trabajadores.
La zona de trabajo deberá acotarse por medio de cintas en los trabajos de corta
duración y palenques en los restantes, y señalizarse adecuadamente según prescriben
las ordenanzas en vigor para trabajos en la vía pública.
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En caso de tener que ocupar temporalmente la zona de calzada, aunque lo sea
por corto espacio de tiempo, será imprescindible la adopción de las medidas prescritas
en la Ley y Reglamentos de Seguridad Vial.
A efectos informativos, en las actuaciones de más de 24 horas, se colocará por
el contratista un cartel informativo con una breve descripción de los trabajos y la
duración estimada de los mismos.
15.- PLAN DE RIESGOS LABORALES
El licitador deberá elaborar y presentar en su oferta la evaluación de riesgos
de todas las actividades que, de acuerdo con la misma, vaya a realizar.
Con base a esta evaluación de riesgos, el licitador redactará un documento
informativo para los trabajadores, en el que describa los riesgos a que están
expuestos, y las medidas preventivas que deben llevar a cabo para reducirlos o
eliminarlos.
Por otra parte, los licitadores presentarán en su oferta una relación de técnicos
de prevención de riesgos laborales de nivel superior, intermedio y básico de la
empresa, para cuando la situación lo requiera.
16.- HORARIOS DE TRABAJO
A fin de optimizar los recursos y lograr una reducción de costos, el horario para
realización de los trabajos y la distribución de la asignación de los mismos, será
potestativo del contratista, previa comunicación al Ayuntamiento de cualquier
alteración en las propuestas, debiendo en todo caso garantizarse la posibilidad de
trabajo en jornada partida.
No obstante, el Responsable y los técnicos que tengan asignado el cometido
de interlocutores con los técnicos municipales, así como el personal de servicio,
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relacionado con el Departamento, deberán permanecer disponibles en función de las
jornadas del Departamento de Parques y Jardines.
En cualquier caso existirá un teléfono veinticuatro horas, para casos de
avisos de urgencia, así como la disponibilidad del servicio todos los días del año.
17.- EMERGENCIAS
Los licitadores deberán presentar un protocolo de actuación para casos de
urgencia o situaciones de posible riesgo, clasificado por familias de elementos,
describiendo explícitamente las actuaciones previstas en función del tipo de situación.
Si como consecuencia de emergencias en las instalaciones, etc... el contratista
estimase que no pueda realizar el servicio en las condiciones establecidas en el
pliego, estará obligado a dar cuenta de ello en forma inmediata al Ayuntamiento, para
que éste procure tomar las medidas convenientes a fin de evitar o reducir los perjuicios
que ello causaría.
18.- PERFIL DEL LICITADOR
Al objeto de adjudicar el servicio a un contratista idóneo, con las garantías
económicas y técnicas para el adecuado cumplimiento de las obligaciones que
dimanan de este pliego, el licitador deberá satisfacer las siguientes condiciones
mínimas, las cuales serán justificadas en su oferta a entera satisfacción de la
corporación:
De acuerdo con lo indicado en la legislación vigente y además de la
Clasificación de Contratistas, es exigible al ofertante el nivel de calidad adecuado:
Posesión de certificados de gestión de la Calidad según la norma UNE-EN ISO
9001:2008, Gestión Ambiental según la norma UNE-EN ISO 14001:2004 y sistema de
gestión de seguridad y salud en el trabajo según la especificación OHSAS
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18001:2007, cuyos alcances incluya la conservación y mantenimiento de mobiliario
urbano.
Posesión de certificado de servicio de instalación y mantenimiento de áreas de
juego según la norma UNE – EN 1176-7:2009.
19.- CONDICIONES DE LAS OFERTAS
El adjudicatario está obligado a mantener en perfecto estado de uso los
materiales, medios mecánicos y humanos que resulten necesarios para la realización
de los fines, objeto de este contrato.
La descripción total de los medios será la determinada por el propio contratista
en su oferta y que como mínimo, deberá estar sujeta a las especificaciones que
figuran a continuación para cada uno de los apartados.
a) Oficinas generales:
El adjudicatario está obligado a mantener en la Comunidad de Madrid una
oficina central con superficie y dotación adecuadas al mantenimiento
administrativo de los fines de este contrato.
Dispondrá de medios informáticos y de comunicaciones adecuadas, y estará en
permanente comunicación con el Departamento de Mobiliario Urbano, que
gestiona el contrato.
Dispondrá de personal humano suficiente para la total realización de los
trabajos encomendados en el menor plazo posible.
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b) Almacén general, taller y acopio de elementos
El adjudicatario deberá de mantener en propiedad, o en régimen de alquiler, un
almacén-taller con una superficie mínima de 3.500 m2., de los cuales 2.000 m2
estarán cubiertos.
El almacén estará convenientemente dotado de materiales y herramientas, así
como disponer de un taller para la realización de cualquier trabajo que precise
realizarse, para reparaciones necesarias o urgentes
A estos efectos, se considera como acopio mínimo para poder cumplir con las
necesidades del servicio, la permanencia en todo momento de los siguientes
materiales:
� 5 módulos de valla Chamberi MUF-22
� 5 módulos de valla Alonso Martinez MUF-23
� 5 módulos de valla de nudos MUF-24
� 5 módulos de valla Juan Bravo MUF-25
� 5 módulos de valla de tubo MUF-26
� 5 módulos de valla Cervantes MUF-27
� 5 módulos de valla de Reja MUF-28
� 5 módulos de valla Sol Alta MUF-29
� 5 módulos de valla Sol Baja MUF-30
� 5 módulos de valla Lago MUF-31
� 10 unidades patas para banco Madrid MUF-5
� 10 unidades patas para banco modelo Europa MUF-1
� 10 unidades patas de banco modelo Solidaridad MUF-3
� 5 unidades soportes de papeleras rejilla MUF-19
� 5 módulos de modelo de talanquera de madera homologado MUF-13
� 100 unidades de tablas y tablillas para bancos y mesas
� 2 unidades de mesa rústica MUF-11
� 200 ml cerramiento metálico (H = 2 ml)
� 5 unidades de cartel informativo JUF- 9
� 5 unidades de cartel área infantil chapa
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Estas cantidades se irán modificando a medida que se vayan homologando
más elementos de Mobiliario, previa comunicación anual al contratista.
Todo material deberá de disponerse convenientemente embalado y protegido
contra golpes e inclemencias meteorológicas.
Los servicios técnicos municipales, podrán realizar cuantas visitas de
inspección consideren convenientes para la comprobación de existencia de los
elementos mencionados.
c) Medios materiales, vehículos y herramientas
1.- El contratista dispondrá de los siguientes medios móviles mínimos, pintados
y rotulados exteriormente según los criterios que fije el Ayuntamiento, que
deberán estar en todo momento y a lo largo de la duración del Contrato en
buenas condiciones tanto operativas como estéticas y de limpieza:
1 equipo ligero, nuevo, tipo furgoneta media o similar
1 equipo pesado, nuevo, dotado de pluma
1 vehículo nuevo de control e inventario
2.- Condiciones mínimas de los equipos de trabajo:
Equipo ligero:
Deberá llevar permanentemente los útiles y herramientas necesarias para el
cumplimiento de su misión, considerándose imprescindibles las siguientes, con
independencia de la dotación de personal de un oficial conductor y un
ayudante:
a) Escalera telescópica
b) Banco de trabajo portátil
c) Generador eléctrico insonorizado de 5 KVA mínimo
d) Navegador
e) Teléfono móvil
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f) Grupo de soldadura eléctrica
g) Taladradora eléctrica portátil
h) Lijadora y radial
i) Equipo de pintura
j) Botiquín
Equipo pesado
El equipo pesado estará formado por un camión de dos ejes, con capacidad
mínima de tres personas, y conductor en cabina, y dotado de brazo hidráulico
con grúa capaz de levantar los elementos habituales de mobiliario urbano con
el personal preciso para su funcionamiento. Asimismo, deberá estar dotado de
los siguientes elementos:
a) Escalera telescópica
b) Navegador
c) Teléfono móvil
d) Botiquín
e) Enganche trasero para remolque de hasta 750 Kgs.
d) Personal
El contratista dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente
las exigencias del Pliego, y abonará sus retribuciones, pagas extraordinarias,
incentivos, seguros sociales, etc..., los cuales cumplirán, en todo caso, lo
dispuesto en la legislación vigente y los convenios locales y provinciales que
les afecten.
Deberá contar como mínimo, con el personal previsto en el organigrama del
servicio, tal como se especifica posteriormente, el cual se ajustará en todo
momento a las exigencias contractuales derivadas de lo dispuesto en el Pliego,
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lo especificado en su oferta y las instrucciones que, por escrito, reciba del
Ayuntamiento.
El personal mínimo especificado en el concurso, será el siguiente:
- Técnico grado medio 1
- Encargado general 1
- Administrativo 1
- Técnico Informático 1
- Técnico en Prevención de Riesgos Laborales 1
- Oficiales especialistas con carnet de conducir 2
- Auxiliares 2
- Inspectores 1
- Almacenistas 1
El personal operario indicado tiene carácter de mínimo obligado, estando
obligado el Contratista a adecuar la plantilla a las necesidades reales derivadas
del trabajo.
Los números indicados de personal operario y auxiliar tienen el carácter de
“puestos de trabajo” por lo que deberán de ser sustituidos en caso de
vacaciones, permisos, enfermedades o cualquier otra circunstancia que les
pueda apartar temporalmente del servicio.
El Ayuntamiento tendrá derecho y podrá imponer al Contratista que separe del
servicio o sancione a cualquier empleado de la contrata adscrito al servicio de
conservación y entretenimiento que diera motivo de ello.
El Apoderado o representante de la Empresa, representará a ésta ante el
Ayuntamiento. Asistirá, sin excusa, a las reuniones a las que se le invite para
tratar asuntos relativos al Servicio, siempre que su convocatoria se haya
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realizado con veinticuatro horas de antelación o, en su defecto, delegar en
persona con similar poder de decisión.
El Técnico de Grado Medio, delegado del seguimiento puntual y diario del
Servicio, despachará con la periodicidad que se le indique con el Técnico del
Departamento de Parques y Jardines. No tendrá carácter de simples asesor, y
estará investido de la suficiente autoridad, como para poder resolver los
problemas que se puedan presentar por la prestación del Servicio. Estará
dotado de teléfono móvil para comunicación.
Será total responsabilidad del Contratista el ajustar las condiciones de trabajo
del personal del servicio de conservación a lo dispuesto en el Reglamento de
Higiene y Seguridad en el Trabajo, así como a la legislación y convenios
laborales vigentes.
Por ello, el Ayuntamiento queda totalmente exento de responsabilidad sobre
las relaciones entre el Contratista y su personal.
Todo el personal operario adscrito al servicio deberá llevar una tarjeta de
identidad plastificada, que será facilitada por el propio Contratista, en la que se
hace constar la filiación, el número correspondiente de la plantilla, la
clasificación personal, etc... Dicha tarjeta irá firmada por el Jefe del
Departamento municipal correspondiente y por el Apoderado del Contratista.
El Contratista deberá presentar con su oferta un completo Organigrama del
servicio, especificando adecuadamente su plantilla e indicando los puestos que
serán desempeñados por personal que prestará sus servicios en jornada
completa o parcial.
Dado que el Contratista viene obligado a satisfacer en todo caso las
especificaciones del Pliego, si con el personal previsto en la plantilla no realiza
la prestación con calidad contractual exigida, vendrá obligado a ampliar la
misma, sin que ello le permita variar los precios de su oferta.
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El Contratista deberá contar con el personal previsto en el Organigrama y
plantilla, no admitiéndose que pueda transcurrir más de quince días durante la
vigencia del contrato, sin tener la plantilla del servicio completa.
El Contratista está obligado a informar al Ayuntamiento de las variaciones que
experimente su plantilla, antes de transcurridas 72 horas desde que se
produzca la modificación, a fin de que se retire o se entregue la documentación
del personal especificada anteriormente, en dicho plazo, y se refleje la
variación habida en el Organigrama existente.
Si como consecuencia de los resultados de la prestación del servicio, el
Ayuntamiento considerase conveniente una modificación del Organigrama, lo
exigirá al Contratista, el cual podrá recurrir, si no está de acuerdo con ello, y
aceptará la resolución que ésta tome.
Si el Contratista considerase conveniente una modificación del Organigrama a
fin de lograr una mejor adecuación a las necesidades del servicio, lo propondrá
al Ayuntamiento, debiendo aceptar, en todo caso, la resolución que éste tome.
El personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá
considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto
al Ayuntamiento de Fuenlabrada, debiendo dicha empresa tener debidamente
informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los contratos
de personal que realice con posterioridad a la adjudicación, esta circunstancia.
20.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
El Contratista será responsable de la administración del servicio, limitándose el
Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión y control para
establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general,
verificar y asegurar que la prestación está en condiciones de satisfacer sus exigencias.
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21.- RESPONSABILIDADES GENERALES
El Contratista será responsable de los equipos, maquinaria y de las
instalaciones, así como del control y funcionamiento de las mismas, de la
conservación de todos y cada uno de sus componentes, de la calidad de los
materiales utilizados y de los montajes efectuados en las modificaciones, mejoras,
reemplazamientos y suministros que efectúa, mientras está en vigor el presente
Pliego.
Si se produjeran sustracciones de los materiales de las instalaciones, el
contratista dará cuenta de ello, inmediatamente después al Departamento de Parques
y Jardines, proporcionando datos exactos de lo sustraído.
22.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O
INCONVENIENTES CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN DE
LOS TRABAJOS.
El Contratista será responsable de los accidentes o daños de cualquier
naturaleza causados por el transporte, así como de los posibles perjuicios causados a
terceros, excepto aquellos ocasionados por órdenes municipales directas
comunicadas por escrito.
23.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO
El Contratista será asimismo, responsable del cumplimiento de las
disposiciones incluidas en las Ordenanzas que afecten a los trabajos a realizar.
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24.- SEGURO
El adjudicatario estará obligado a suscribir una póliza de seguros a todo riesgo
y sin franquicia, por importe mínimo equivalente a la anualidad presupuestaria
contratada y por una duración que cubra el período de vigencia del contrato.
La mencionada póliza cubrirá los daños de las propias reparaciones
efectuadas, así como los posibles daños a personas o cosas que pudieran producirse
con ocasión de la ejecución de los trabajos contratados, en la que se extenderá la
condición de asegurado al Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como a sus
representantes, funcionarios y agentes intervinientes en los trabajos.
Una vez notificada la adjudicación del servicio y dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha en que reciba, el contratista presentará en el Departamento de
Parques y Jardines las correspondientes pólizas.
Asimismo, contará con seguro de robo e incendio por el valor de los materiales
y elementos de mobiliario urbano municipales que tenga en depósito en los almacenes
para atender las instalaciones.
Todos los gastos correspondientes a estas pólizas, serán de cuenta del
adjudicatario.
25.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de un año, contados a partir de la fecha en que
el contratista se haga cargo del servicio, prorrogable por un año, de conformidad con
la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La puesta en marcha del servicio deberá serlo por el adjudicatario en un plazo
máximo de treinta días desde que se le comunique la adjudicación, debiendo
presentar con la oferta un calendario de actuaciones al respecto.
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26.- CONDICIONES ECONOMICAS Y PENALIZACIONES
A.- Estimación económica: A efectos puramente informativos, el presupuesto
destinado a este contrato de conservación de mobiliario urbano, asciende a la cantidad
de 481.000 €. Esta cifra sólo tiene carácter orientativo a efectos de fijación de la
fianza, por lo que no podrá ser causa de reclamación por parte del adjudicatario en
caso de que dicha cifra no se alcance o supere, quedando limitado en todo caso dicho
importe por el que figure para esta clase de atenciones en el Presupuesto Ordinario,
sin que el Ayuntamiento esté obligado a agotar dicha consignación.
B.- Forma de abono: El abono de la prestación del servicio se efectuará mediante 1
certificación mensual, extendidas por el Departamento de Parques y Jardines de la
forma siguiente:
- Una cantidad variable en concepto de medición según cuadro de precios del
anexo I.
El abono de este importe se efectuará mediante certificación mensual expedida
por el Departamento de Parques y Jardines, en función de los trabajos realmente
ejecutados durante el período de dicha certificación.
Durante los diez primeros días de cada mes, el contratista presentará en el
citado Departamento, la relación de la totalidad de los trabajos ejecutados el mes
anterior, junto con el importe de los mismos, calculado según las tablas de precios
anexa al Pliego.
Para el cálculo final de la cantidad total a pagar, se aplicará al importe de
ejecución material, el 19% en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial, el
Coeficiente de Baja de Adjudicación y el Coeficiente de Revisión de Precios, si
hubiese lugar. La cantidad total obtenida, constituirá el “importe líquido de la
certificación”.
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Finalmente, se aplicará el coeficiente del “impuesto del valor añadido” en vigor.
C .- Penalizaciones : El incumplimiento o retraso excesivo en la ejecución de alguna
labor indicada en las funciones ó trabajos para los cuales se adjudica este contrato ,
será objeto de penalización en cuantía acorde al perjuicio causado por la no
realización dentro de las necesidades establecidas en el servicio
27.- CONTROL DEL SERVICIO
El Departamento de Parques y Jardines se encargará de dar al contratista las
órdenes, instrucciones y planes de trabajo oportunos, así como controlar la eficacia en
la prestación del servicio encomendado.
El contratista establecerá los medios para recibir las comunicaciones en sus
oficinas, por teléfono, fax, correo electrónico o vía Internet.
28.- ANEXOS
Se acompañan como Anexos:
1) Cuadro de trabajos en elementos normalizados
Fuenlabrada a 5 de Diciembre de 2011
Fdo.: Pedro Machín García Director Técnico de Parques, Jardines
y Zonas Verdes