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1 PLURALISMO JURÍDICO EN EL ECUADOR. HEGEMONÍA ESTATAL Y LUCHA POR EL RECONOCIMIENTO DE LA JUSTICIA INDÍGENA Marcelo Bonilla Urvina Docente Investigador, Área de Derecho de la Universidad Andina Simón Bolívar Sede Ecuador Introducción La mayoría de operadores de justicia del sistema ordinario no reconocen la vigencia de los sistemas de derecho indígena; tampoco se interesan en conocerlos e igualmente no aplican las normas del Convenio Nº. 169 de la OIT y los derechos colectivos de los pueblos indígenas en sus acciones (FLACSO Sede Ecuador, Oxfam América, 2007). La cita anterior reproduce una de las conclusiones del Informe alterna- tivo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, en su artículo “Los pueblos indígenas del Ecuador: derechos y bienestar”, que revela, después de un minucioso estudio, el incumplimiento sistemático por parte del Estado ecuatoriano de los compromisos por él asumidos a través de la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Con este incum- plimiento se niegan las formas de vida e instituciones de los pueblos indígenas que viven en su territorio; además, en ese informe se su- braya el hecho de que la actual Constitución, en vigencia desde 1998, incorpora los principios y normas del citado Convenio, específicamente en su Artículo 191, en el cual se reconocen los sistemas consuetudi- narios de derecho de los pueblos indígenas, y la competencia de sus autoridades para ejercer justicia aplicando procedimientos propios “siempre y cuando no sean contrarios a la Constitución y a las leyes” Ir a la página del libro www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM DR © 2008. Fundación Konrad Adenauer

PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Page 1: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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PLuraLISmOJurIacuteDICOENELECuaDOrHEgEmONIacuteaESTaTaLyLuCHaPOrEL

rECONOCImIENTODELaJuSTICIaINDIacutegENa

Marcelo Bonilla UrvinaDocente Investigador Aacuterea de Derecho de la Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar

Sede Ecuador

Introduccioacuten

La mayoriacutea de operadores de justicia del sistema ordinario no reconocen la vigencia de los sistemas de derecho indiacutegena

tampoco se interesan en conocerlos e igualmente no aplican las normas del Convenio Nordm 169 de la OIT y los derechos

colectivos de los pueblos indiacutegenas en sus acciones (Flacso Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007)

La cita anterior reproduce una de las conclusiones del Informe alterna-tivo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en su artiacuteculo ldquoLos pueblos indiacutegenas del Ecuador derechos y bienestarrdquo que revela despueacutes de un minucioso estudio el incumplimiento sistemaacutetico por parte del Estado ecuatoriano de los compromisos por eacutel asumidos a traveacutes de la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT Con este incum-plimiento se niegan las formas de vida e instituciones de los pueblos indiacutegenas que viven en su territorio ademaacutes en ese informe se su-braya el hecho de que la actual Constitucioacuten en vigencia desde 1998 incorpora los principios y normas del citado Convenio especiacuteficamente en su Artiacuteculo 191 en el cual se reconocen los sistemas consuetudi-narios de derecho de los pueblos indiacutegenas y la competencia de sus autoridades para ejercer justicia aplicando procedimientos propios ldquosiempre y cuando no sean contrarios a la Constitucioacuten y a las leyesrdquo

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

(norma que reproduce las directrices de los artiacuteculos 8 y 9 del Convenio 169 de la OIT)

iquestCuaacuteles son entonces las razones de esta falta de reconocimiento de la justicia indiacutegena y por lo tanto del pluralismo juriacutedico por parte de los operadores de la justicia ordinaria ecuatoriana iquestCoacutemo puede ser en-tendido este pluralismo juriacutedico formal en el contexto del sistema juriacute-dico estatal Eacutestas son las preguntas que guiaraacuten el desarrollo de nues-tra reflexioacuten la misma que en su primera parte titulada ldquoPluralismo juriacutedico el campo jeraacuterquico en el que compiten los oacuterdenes normati-vosrdquo explica coacutemo en los Estados modernos confluye una diversidad de sistemas normativos ordenados de forma jeraacuterquica de acuerdo con las posiciones de mayor o menor poder que corresponden a una mayor o menor acumulacioacuten de capital simboacutelico o material de los grupos so-ciales que actuacutean y forman parte de esos sistemas Este anaacutelisis consti-tuiraacute el argumento teoacuterico transversal del presente artiacuteculo

En la segunda parte titulada ldquoLucha entre el fundamentalismo estatal y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas por el monopolio del discurso juriacutedi-cordquo analizaremos coacutemo las praacutecticas de deslegitimacioacuten de los oacuterdenes de justicia indiacutegena ejercidas por parte de la mayoriacutea de operadores de justicia responden a una dinaacutemica en la que se subordinan no sola-mente las formas institucionales ldquodel otrordquo sino sus formas de vida a traveacutes del aseguramiento de un monopolio estatal del poder de juzgar

En la tercera parte titulada ldquoSistema jeraacuterquico de ciudadaniacutea meca-nismo nuclear de la subordinacioacutenrdquo explicaremos coacutemo funciona esta institucioacuten del Estado-Nacioacuten a nivel sisteacutemico para configurar los lugares simboacutelicos de subordinacioacuten de las identidades

En la conclusioacuten realizaremos una reflexioacuten sobre la articulacioacuten entre sistema de haacutebitus1 estructura constitucional y campo de poder2 para

1 Pierre Bourdieu define el haacutebitus como un sistema de disposiciones formado por esquemas de accioacuten y percepcioacuten a traveacutes de los cuales los seres humanos actuacutean y piensan en el mundo constituyen ldquoprincipios generadores y organizadores de praacutecticas y representaciones [] colectivamente orquestadasrdquo (Bourdieu 1991 p 92)

2 Bourdieu define al campo de poder como ldquouna construccioacuten social arbitraria y artificial aacuterea de juego regida por reglas expliacutecitas y especiacuteficas con un espacio y tiempo estrictamente delimitados La entrada en este campo que implica la entrada en el juego toma la forma de un cuasicontratordquo (Bourdieu 1991 p 114) Adicionalmente explica Bourdieu que en esta aacuterea de juego compite una serie de actores (individuos y grupos sociales) por la apropiacioacuten o acumulacioacuten de un tipo de capital especiacutefico material cultural o social (Bourdieu 2000 pp 102 -115) En el caso particular que estamos tratando en el presente artiacuteculo

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

explicar la dinaacutemica de reproduccioacuten del monopolio juriacutedico estatal de tipo monocultural en el Ecuador Ademaacutes expondremos la urgencia de una reforma constitucional del Estado que permita un traacutensito ha-cia un orden plurinacional con la implementacioacuten de mecanismos de armonizacioacuten de los sistemas de justicia ordinaria e indiacutegena y que implique una realizacioacuten de los derechos humanos de forma integral en sus dimensiones individual social y colectiva

IPluralismojuriacutedicoelcampojeraacuterquicoenquecompitenlosoacuterdenesnormativos

Siguiendo la perspectiva que Boaventura de Sousa Santos y Mauricio Garciacutea Villegas (2001 pp 132 - 139) plantean sobre la naturaleza del pluralismo juriacutedico creemos que eacuteste constituye una condicioacuten de las sociedades estatales de la modernidad producto de la confluencia de otros procesos histoacutericos como el colonialismo y el neocolonialismo Los autores citados explican coacutemo en los tiempos contemporaacuteneos co-existen sistemas juriacutedicos paralelos tanto a nivel estatal como a nivel interestatal Los autores abordan la problemaacutetica en la eacutepoca de la globalizacioacuten por ende no soacutelo comprenden al pluralismo como un fe-noacutemeno en el que interactuacutean los oacuterdenes estatales nacionales y los indiacutegenas sino como un proceso maacutes complejo en el que tambieacuten con-fluyen nuevos sistemas de arbitraje a nivel nacional e internacional nuevos regiacutemenes internacionales comerciales y otros de caraacutecter ma-croestatal a nivel regional o continental

Deslocaciones semejantes que exigen una teorizacioacuten innovadora pueden tener lugar dentro de los tres grandes espacio-tiempos (lo-cal nacional global) que proporcionan el encuadramiento para el debate de la pluralidad de los ordenamientos juriacutedicos En si-tuaciones de integracioacuten regional interestatal en las cuales tiene lugar una asociacioacuten de soberaniacuteas el espacio-tiempo nacional que anteriormente constituiacutea el espacio-tiempo de actuacioacuten del Estado puede ser gradualmente recodificado como local o infra-estatal [] (De Sousa Santos y Garciacutea Villegas 2001 p 142)

analizamos un proceso de monopolizacioacuten de un tipo especiacutefico de capital cultural ndashel discurso juriacutedicondash por parte de los operadores de la justicia ordinaria y la consecuente deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena en el Ecuador

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

Es precisamente dentro de este esquema donde debemos leer las rela-ciones entre los sistemas juriacutedicos y su pluralidad En nuestro caso la dimensioacuten que nos interesa es la que articula los espacios y tiempos nacional y local es decir la que articula la estructura normativa del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los emergentes sistemas de justicia in-diacutegena tomando en cuenta que esta articulacioacuten es consecuencia del proceso de colonizacioacuten emprendido desde Europa en el siglo XVI es-peciacuteficamente desde el imperio espantildeol poder hegemoacutenico de aquel entonces a partir del cual los ordenamientos juriacutedicos de los pueblos sometidos fueron subordinados dentro del orden juriacutedico colonial Esta conformacioacuten normativa no desaparecioacute y se reprodujo a traveacutes de los sistemas juriacutedicos de las diversas repuacuteblicas que nacieron luego de los procesos de emancipacioacuten durante el siglo XIX y pervive en muchos casos hasta los actuales momentos en los que las naciones indiacutegenas u originarias reivindican ante los Estados el reconocimiento de sus sis-temas de justicia ancestral como parte de una lucha por su autonomiacutea poliacutetica como una forma de acceder al conjunto de derechos individua-les sociales y colectivos que conforman la ciudadaniacutea contemporaacutenea y de los cuales han sido excluidas histoacutericamente

Para comprender esta articulacioacuten entre sistema normativo del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los actuales sistemas de justicia indiacutegena defini-mos al pluralismo juriacutedico como un campo de competencia Haciendo uso de la nocioacuten de campo desarrollada por el socioacutelogo franceacutes Pierre Bourdieu caracterizamos a eacuteste como el espacio en el que confluyen acto-res sociales en competencia por la apropiacioacuten de un capital ndashen este caso un capital juriacutedicondash expresado en el monopolio del poder de juzgar3

En este sentido debemos leer los conflictos entre la justicia estatal y la justicia indiacutegena como parte de una lucha por la legitimidad por el reconocimiento de una forma de vida lucha que por el momento marca peacuterdidas para el mundo indiacutegena en razoacuten de las constantes praacutecticas de deslegitimacioacuten de su sistema de justicia realizadas por los operadores de la justicia estatal tema eacuteste que estudiaremos en la siguiente unidad

3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital el econoacutemico (directamente convertible en dine-ro) el capital cultural (conformado por el conjunto de conocimientos adquiridos a traveacutes del sistema edu-cativo o coacutedigos culturales incorporados a traveacutes de la familia y del proceso de escolarizacioacuten) y el capital social (conformado por un conjunto relaciones sociales) El capital simboacutelico es el que en cualquiera de sus dimensiones (econoacutemica cultural o social) es producto de un proceso de reconocimiento o desconocimiento (Bourdieu 2000 pp 131 - 164)

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

Es eacutesta la razoacuten por la que debemos interpretar esta pugna por el re-conocimiento a la luz de un proceso histoacuterico maacutes complejo como parte de la historia de construccioacuten del orden estatal y de su hegemoniacutea so-bre diversas formas de vida Justamente el reconocimiento de los de-rechos colectivos de los pueblos indiacutegenas en la Constitucioacuten de 1998 y la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT son producto de un conjunto de movilizaciones sociales por la autonomiacutea es decir de lucha por un reconocimiento de un derecho de las naciones indiacutegenas a autodirigir sus procesos de cambio a traveacutes de la consecucioacuten de diversos tipos de derechos al territorio a la educacioacuten intercultural a la justicia ances-tral a la conservacioacuten del acervo cultural y cientiacutefico etc

IILuchaentreelfundamentalismoestatalylosoacuterdenesdejusticiaindiacutegenasporelmonopoliodeldiscursojuriacutedico

El Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007) en su segmento dedicado al derecho indiacutegena y la tesis de maestriacutea ldquoJurisdiccioacuten especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo (Rauacutel Llasag Fernaacutendez 2007) son dos estudios de relevancia que muestran coacutemo los operadores de justicia (especialmente jueces ordinarios) ejercitan praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena Los mencionados trabajos reuacutenen estudios de caso e informacioacuten que ejemplifican coacutemo las resoluciones de justicia tomadas por las autoridades indiacutegenas son sistemaacuteticamente deslegiti-madas y anuladas por las instancias de la justicia ordinaria contradi-ciendo la norma constitucional que reconoce la existencia y vigencia de la justicia indiacutegena (art 191 de la Constitucioacuten ecuatoriana)4

Asiacute mismo recursos constitucionales como el de amparo utilizado en algunos casos5 por las comunidades indiacutegenas para hacer respetar su

4 El estudio llevado a cabo por FlacsO ndash Sede Ecuador y Oxfam Ameacuterica (2007) constituye un informe reali-zado a nivel nacional mientras el estudio de Rauacutel Llasag (2007) constituye una investigacioacuten a profundi-dad de cinco casos relativos a las siguientes comunidades indiacutegenas 1) Comunidad de Tuncarta (Provincia de Loja) 2) Comunidad Gallo Rumi (Provincia de Cantildear) 3) Comunidad Yanzatpuzan (Provincia de Tungurahua) 4) Comunidad La Cocha (Provincia de Cotopaxi) 5) Asociacioacuten Indiacutegena ldquoLa Unioacuten de Veneciardquo (Provincia de Napo) Las comunidades de los cuatro primeros casos corresponden a la nacio-nalidad Kichwa predominante en la regioacuten de la Sierra Andina mientras que la uacuteltima corresponde a la nacionalidad Shuar ubicada en la Regioacuten Amazoacutenica

5 Un caso paradigmaacutetico es el recurso de amparo contra la compantildeiacutea petrolera Arco Oriente Inc presentado en septiembre de 1999 por el presidente de la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) por violacioacuten de derechos colectivos contemplados en el Convenio 169 de la OIT y que se encuen-tran desarrollados en el art 84 de la Constitucioacuten ecuatoriana que obligan al Estado y a las empresas

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 2: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

(norma que reproduce las directrices de los artiacuteculos 8 y 9 del Convenio 169 de la OIT)

iquestCuaacuteles son entonces las razones de esta falta de reconocimiento de la justicia indiacutegena y por lo tanto del pluralismo juriacutedico por parte de los operadores de la justicia ordinaria ecuatoriana iquestCoacutemo puede ser en-tendido este pluralismo juriacutedico formal en el contexto del sistema juriacute-dico estatal Eacutestas son las preguntas que guiaraacuten el desarrollo de nues-tra reflexioacuten la misma que en su primera parte titulada ldquoPluralismo juriacutedico el campo jeraacuterquico en el que compiten los oacuterdenes normati-vosrdquo explica coacutemo en los Estados modernos confluye una diversidad de sistemas normativos ordenados de forma jeraacuterquica de acuerdo con las posiciones de mayor o menor poder que corresponden a una mayor o menor acumulacioacuten de capital simboacutelico o material de los grupos so-ciales que actuacutean y forman parte de esos sistemas Este anaacutelisis consti-tuiraacute el argumento teoacuterico transversal del presente artiacuteculo

En la segunda parte titulada ldquoLucha entre el fundamentalismo estatal y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas por el monopolio del discurso juriacutedi-cordquo analizaremos coacutemo las praacutecticas de deslegitimacioacuten de los oacuterdenes de justicia indiacutegena ejercidas por parte de la mayoriacutea de operadores de justicia responden a una dinaacutemica en la que se subordinan no sola-mente las formas institucionales ldquodel otrordquo sino sus formas de vida a traveacutes del aseguramiento de un monopolio estatal del poder de juzgar

En la tercera parte titulada ldquoSistema jeraacuterquico de ciudadaniacutea meca-nismo nuclear de la subordinacioacutenrdquo explicaremos coacutemo funciona esta institucioacuten del Estado-Nacioacuten a nivel sisteacutemico para configurar los lugares simboacutelicos de subordinacioacuten de las identidades

En la conclusioacuten realizaremos una reflexioacuten sobre la articulacioacuten entre sistema de haacutebitus1 estructura constitucional y campo de poder2 para

1 Pierre Bourdieu define el haacutebitus como un sistema de disposiciones formado por esquemas de accioacuten y percepcioacuten a traveacutes de los cuales los seres humanos actuacutean y piensan en el mundo constituyen ldquoprincipios generadores y organizadores de praacutecticas y representaciones [] colectivamente orquestadasrdquo (Bourdieu 1991 p 92)

2 Bourdieu define al campo de poder como ldquouna construccioacuten social arbitraria y artificial aacuterea de juego regida por reglas expliacutecitas y especiacuteficas con un espacio y tiempo estrictamente delimitados La entrada en este campo que implica la entrada en el juego toma la forma de un cuasicontratordquo (Bourdieu 1991 p 114) Adicionalmente explica Bourdieu que en esta aacuterea de juego compite una serie de actores (individuos y grupos sociales) por la apropiacioacuten o acumulacioacuten de un tipo de capital especiacutefico material cultural o social (Bourdieu 2000 pp 102 -115) En el caso particular que estamos tratando en el presente artiacuteculo

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explicar la dinaacutemica de reproduccioacuten del monopolio juriacutedico estatal de tipo monocultural en el Ecuador Ademaacutes expondremos la urgencia de una reforma constitucional del Estado que permita un traacutensito ha-cia un orden plurinacional con la implementacioacuten de mecanismos de armonizacioacuten de los sistemas de justicia ordinaria e indiacutegena y que implique una realizacioacuten de los derechos humanos de forma integral en sus dimensiones individual social y colectiva

IPluralismojuriacutedicoelcampojeraacuterquicoenquecompitenlosoacuterdenesnormativos

Siguiendo la perspectiva que Boaventura de Sousa Santos y Mauricio Garciacutea Villegas (2001 pp 132 - 139) plantean sobre la naturaleza del pluralismo juriacutedico creemos que eacuteste constituye una condicioacuten de las sociedades estatales de la modernidad producto de la confluencia de otros procesos histoacutericos como el colonialismo y el neocolonialismo Los autores citados explican coacutemo en los tiempos contemporaacuteneos co-existen sistemas juriacutedicos paralelos tanto a nivel estatal como a nivel interestatal Los autores abordan la problemaacutetica en la eacutepoca de la globalizacioacuten por ende no soacutelo comprenden al pluralismo como un fe-noacutemeno en el que interactuacutean los oacuterdenes estatales nacionales y los indiacutegenas sino como un proceso maacutes complejo en el que tambieacuten con-fluyen nuevos sistemas de arbitraje a nivel nacional e internacional nuevos regiacutemenes internacionales comerciales y otros de caraacutecter ma-croestatal a nivel regional o continental

Deslocaciones semejantes que exigen una teorizacioacuten innovadora pueden tener lugar dentro de los tres grandes espacio-tiempos (lo-cal nacional global) que proporcionan el encuadramiento para el debate de la pluralidad de los ordenamientos juriacutedicos En si-tuaciones de integracioacuten regional interestatal en las cuales tiene lugar una asociacioacuten de soberaniacuteas el espacio-tiempo nacional que anteriormente constituiacutea el espacio-tiempo de actuacioacuten del Estado puede ser gradualmente recodificado como local o infra-estatal [] (De Sousa Santos y Garciacutea Villegas 2001 p 142)

analizamos un proceso de monopolizacioacuten de un tipo especiacutefico de capital cultural ndashel discurso juriacutedicondash por parte de los operadores de la justicia ordinaria y la consecuente deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena en el Ecuador

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Es precisamente dentro de este esquema donde debemos leer las rela-ciones entre los sistemas juriacutedicos y su pluralidad En nuestro caso la dimensioacuten que nos interesa es la que articula los espacios y tiempos nacional y local es decir la que articula la estructura normativa del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los emergentes sistemas de justicia in-diacutegena tomando en cuenta que esta articulacioacuten es consecuencia del proceso de colonizacioacuten emprendido desde Europa en el siglo XVI es-peciacuteficamente desde el imperio espantildeol poder hegemoacutenico de aquel entonces a partir del cual los ordenamientos juriacutedicos de los pueblos sometidos fueron subordinados dentro del orden juriacutedico colonial Esta conformacioacuten normativa no desaparecioacute y se reprodujo a traveacutes de los sistemas juriacutedicos de las diversas repuacuteblicas que nacieron luego de los procesos de emancipacioacuten durante el siglo XIX y pervive en muchos casos hasta los actuales momentos en los que las naciones indiacutegenas u originarias reivindican ante los Estados el reconocimiento de sus sis-temas de justicia ancestral como parte de una lucha por su autonomiacutea poliacutetica como una forma de acceder al conjunto de derechos individua-les sociales y colectivos que conforman la ciudadaniacutea contemporaacutenea y de los cuales han sido excluidas histoacutericamente

Para comprender esta articulacioacuten entre sistema normativo del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los actuales sistemas de justicia indiacutegena defini-mos al pluralismo juriacutedico como un campo de competencia Haciendo uso de la nocioacuten de campo desarrollada por el socioacutelogo franceacutes Pierre Bourdieu caracterizamos a eacuteste como el espacio en el que confluyen acto-res sociales en competencia por la apropiacioacuten de un capital ndashen este caso un capital juriacutedicondash expresado en el monopolio del poder de juzgar3

En este sentido debemos leer los conflictos entre la justicia estatal y la justicia indiacutegena como parte de una lucha por la legitimidad por el reconocimiento de una forma de vida lucha que por el momento marca peacuterdidas para el mundo indiacutegena en razoacuten de las constantes praacutecticas de deslegitimacioacuten de su sistema de justicia realizadas por los operadores de la justicia estatal tema eacuteste que estudiaremos en la siguiente unidad

3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital el econoacutemico (directamente convertible en dine-ro) el capital cultural (conformado por el conjunto de conocimientos adquiridos a traveacutes del sistema edu-cativo o coacutedigos culturales incorporados a traveacutes de la familia y del proceso de escolarizacioacuten) y el capital social (conformado por un conjunto relaciones sociales) El capital simboacutelico es el que en cualquiera de sus dimensiones (econoacutemica cultural o social) es producto de un proceso de reconocimiento o desconocimiento (Bourdieu 2000 pp 131 - 164)

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Es eacutesta la razoacuten por la que debemos interpretar esta pugna por el re-conocimiento a la luz de un proceso histoacuterico maacutes complejo como parte de la historia de construccioacuten del orden estatal y de su hegemoniacutea so-bre diversas formas de vida Justamente el reconocimiento de los de-rechos colectivos de los pueblos indiacutegenas en la Constitucioacuten de 1998 y la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT son producto de un conjunto de movilizaciones sociales por la autonomiacutea es decir de lucha por un reconocimiento de un derecho de las naciones indiacutegenas a autodirigir sus procesos de cambio a traveacutes de la consecucioacuten de diversos tipos de derechos al territorio a la educacioacuten intercultural a la justicia ances-tral a la conservacioacuten del acervo cultural y cientiacutefico etc

IILuchaentreelfundamentalismoestatalylosoacuterdenesdejusticiaindiacutegenasporelmonopoliodeldiscursojuriacutedico

El Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007) en su segmento dedicado al derecho indiacutegena y la tesis de maestriacutea ldquoJurisdiccioacuten especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo (Rauacutel Llasag Fernaacutendez 2007) son dos estudios de relevancia que muestran coacutemo los operadores de justicia (especialmente jueces ordinarios) ejercitan praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena Los mencionados trabajos reuacutenen estudios de caso e informacioacuten que ejemplifican coacutemo las resoluciones de justicia tomadas por las autoridades indiacutegenas son sistemaacuteticamente deslegiti-madas y anuladas por las instancias de la justicia ordinaria contradi-ciendo la norma constitucional que reconoce la existencia y vigencia de la justicia indiacutegena (art 191 de la Constitucioacuten ecuatoriana)4

Asiacute mismo recursos constitucionales como el de amparo utilizado en algunos casos5 por las comunidades indiacutegenas para hacer respetar su

4 El estudio llevado a cabo por FlacsO ndash Sede Ecuador y Oxfam Ameacuterica (2007) constituye un informe reali-zado a nivel nacional mientras el estudio de Rauacutel Llasag (2007) constituye una investigacioacuten a profundi-dad de cinco casos relativos a las siguientes comunidades indiacutegenas 1) Comunidad de Tuncarta (Provincia de Loja) 2) Comunidad Gallo Rumi (Provincia de Cantildear) 3) Comunidad Yanzatpuzan (Provincia de Tungurahua) 4) Comunidad La Cocha (Provincia de Cotopaxi) 5) Asociacioacuten Indiacutegena ldquoLa Unioacuten de Veneciardquo (Provincia de Napo) Las comunidades de los cuatro primeros casos corresponden a la nacio-nalidad Kichwa predominante en la regioacuten de la Sierra Andina mientras que la uacuteltima corresponde a la nacionalidad Shuar ubicada en la Regioacuten Amazoacutenica

5 Un caso paradigmaacutetico es el recurso de amparo contra la compantildeiacutea petrolera Arco Oriente Inc presentado en septiembre de 1999 por el presidente de la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) por violacioacuten de derechos colectivos contemplados en el Convenio 169 de la OIT y que se encuen-tran desarrollados en el art 84 de la Constitucioacuten ecuatoriana que obligan al Estado y a las empresas

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derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 3: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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explicar la dinaacutemica de reproduccioacuten del monopolio juriacutedico estatal de tipo monocultural en el Ecuador Ademaacutes expondremos la urgencia de una reforma constitucional del Estado que permita un traacutensito ha-cia un orden plurinacional con la implementacioacuten de mecanismos de armonizacioacuten de los sistemas de justicia ordinaria e indiacutegena y que implique una realizacioacuten de los derechos humanos de forma integral en sus dimensiones individual social y colectiva

IPluralismojuriacutedicoelcampojeraacuterquicoenquecompitenlosoacuterdenesnormativos

Siguiendo la perspectiva que Boaventura de Sousa Santos y Mauricio Garciacutea Villegas (2001 pp 132 - 139) plantean sobre la naturaleza del pluralismo juriacutedico creemos que eacuteste constituye una condicioacuten de las sociedades estatales de la modernidad producto de la confluencia de otros procesos histoacutericos como el colonialismo y el neocolonialismo Los autores citados explican coacutemo en los tiempos contemporaacuteneos co-existen sistemas juriacutedicos paralelos tanto a nivel estatal como a nivel interestatal Los autores abordan la problemaacutetica en la eacutepoca de la globalizacioacuten por ende no soacutelo comprenden al pluralismo como un fe-noacutemeno en el que interactuacutean los oacuterdenes estatales nacionales y los indiacutegenas sino como un proceso maacutes complejo en el que tambieacuten con-fluyen nuevos sistemas de arbitraje a nivel nacional e internacional nuevos regiacutemenes internacionales comerciales y otros de caraacutecter ma-croestatal a nivel regional o continental

Deslocaciones semejantes que exigen una teorizacioacuten innovadora pueden tener lugar dentro de los tres grandes espacio-tiempos (lo-cal nacional global) que proporcionan el encuadramiento para el debate de la pluralidad de los ordenamientos juriacutedicos En si-tuaciones de integracioacuten regional interestatal en las cuales tiene lugar una asociacioacuten de soberaniacuteas el espacio-tiempo nacional que anteriormente constituiacutea el espacio-tiempo de actuacioacuten del Estado puede ser gradualmente recodificado como local o infra-estatal [] (De Sousa Santos y Garciacutea Villegas 2001 p 142)

analizamos un proceso de monopolizacioacuten de un tipo especiacutefico de capital cultural ndashel discurso juriacutedicondash por parte de los operadores de la justicia ordinaria y la consecuente deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena en el Ecuador

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Es precisamente dentro de este esquema donde debemos leer las rela-ciones entre los sistemas juriacutedicos y su pluralidad En nuestro caso la dimensioacuten que nos interesa es la que articula los espacios y tiempos nacional y local es decir la que articula la estructura normativa del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los emergentes sistemas de justicia in-diacutegena tomando en cuenta que esta articulacioacuten es consecuencia del proceso de colonizacioacuten emprendido desde Europa en el siglo XVI es-peciacuteficamente desde el imperio espantildeol poder hegemoacutenico de aquel entonces a partir del cual los ordenamientos juriacutedicos de los pueblos sometidos fueron subordinados dentro del orden juriacutedico colonial Esta conformacioacuten normativa no desaparecioacute y se reprodujo a traveacutes de los sistemas juriacutedicos de las diversas repuacuteblicas que nacieron luego de los procesos de emancipacioacuten durante el siglo XIX y pervive en muchos casos hasta los actuales momentos en los que las naciones indiacutegenas u originarias reivindican ante los Estados el reconocimiento de sus sis-temas de justicia ancestral como parte de una lucha por su autonomiacutea poliacutetica como una forma de acceder al conjunto de derechos individua-les sociales y colectivos que conforman la ciudadaniacutea contemporaacutenea y de los cuales han sido excluidas histoacutericamente

Para comprender esta articulacioacuten entre sistema normativo del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los actuales sistemas de justicia indiacutegena defini-mos al pluralismo juriacutedico como un campo de competencia Haciendo uso de la nocioacuten de campo desarrollada por el socioacutelogo franceacutes Pierre Bourdieu caracterizamos a eacuteste como el espacio en el que confluyen acto-res sociales en competencia por la apropiacioacuten de un capital ndashen este caso un capital juriacutedicondash expresado en el monopolio del poder de juzgar3

En este sentido debemos leer los conflictos entre la justicia estatal y la justicia indiacutegena como parte de una lucha por la legitimidad por el reconocimiento de una forma de vida lucha que por el momento marca peacuterdidas para el mundo indiacutegena en razoacuten de las constantes praacutecticas de deslegitimacioacuten de su sistema de justicia realizadas por los operadores de la justicia estatal tema eacuteste que estudiaremos en la siguiente unidad

3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital el econoacutemico (directamente convertible en dine-ro) el capital cultural (conformado por el conjunto de conocimientos adquiridos a traveacutes del sistema edu-cativo o coacutedigos culturales incorporados a traveacutes de la familia y del proceso de escolarizacioacuten) y el capital social (conformado por un conjunto relaciones sociales) El capital simboacutelico es el que en cualquiera de sus dimensiones (econoacutemica cultural o social) es producto de un proceso de reconocimiento o desconocimiento (Bourdieu 2000 pp 131 - 164)

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Es eacutesta la razoacuten por la que debemos interpretar esta pugna por el re-conocimiento a la luz de un proceso histoacuterico maacutes complejo como parte de la historia de construccioacuten del orden estatal y de su hegemoniacutea so-bre diversas formas de vida Justamente el reconocimiento de los de-rechos colectivos de los pueblos indiacutegenas en la Constitucioacuten de 1998 y la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT son producto de un conjunto de movilizaciones sociales por la autonomiacutea es decir de lucha por un reconocimiento de un derecho de las naciones indiacutegenas a autodirigir sus procesos de cambio a traveacutes de la consecucioacuten de diversos tipos de derechos al territorio a la educacioacuten intercultural a la justicia ances-tral a la conservacioacuten del acervo cultural y cientiacutefico etc

IILuchaentreelfundamentalismoestatalylosoacuterdenesdejusticiaindiacutegenasporelmonopoliodeldiscursojuriacutedico

El Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007) en su segmento dedicado al derecho indiacutegena y la tesis de maestriacutea ldquoJurisdiccioacuten especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo (Rauacutel Llasag Fernaacutendez 2007) son dos estudios de relevancia que muestran coacutemo los operadores de justicia (especialmente jueces ordinarios) ejercitan praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena Los mencionados trabajos reuacutenen estudios de caso e informacioacuten que ejemplifican coacutemo las resoluciones de justicia tomadas por las autoridades indiacutegenas son sistemaacuteticamente deslegiti-madas y anuladas por las instancias de la justicia ordinaria contradi-ciendo la norma constitucional que reconoce la existencia y vigencia de la justicia indiacutegena (art 191 de la Constitucioacuten ecuatoriana)4

Asiacute mismo recursos constitucionales como el de amparo utilizado en algunos casos5 por las comunidades indiacutegenas para hacer respetar su

4 El estudio llevado a cabo por FlacsO ndash Sede Ecuador y Oxfam Ameacuterica (2007) constituye un informe reali-zado a nivel nacional mientras el estudio de Rauacutel Llasag (2007) constituye una investigacioacuten a profundi-dad de cinco casos relativos a las siguientes comunidades indiacutegenas 1) Comunidad de Tuncarta (Provincia de Loja) 2) Comunidad Gallo Rumi (Provincia de Cantildear) 3) Comunidad Yanzatpuzan (Provincia de Tungurahua) 4) Comunidad La Cocha (Provincia de Cotopaxi) 5) Asociacioacuten Indiacutegena ldquoLa Unioacuten de Veneciardquo (Provincia de Napo) Las comunidades de los cuatro primeros casos corresponden a la nacio-nalidad Kichwa predominante en la regioacuten de la Sierra Andina mientras que la uacuteltima corresponde a la nacionalidad Shuar ubicada en la Regioacuten Amazoacutenica

5 Un caso paradigmaacutetico es el recurso de amparo contra la compantildeiacutea petrolera Arco Oriente Inc presentado en septiembre de 1999 por el presidente de la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) por violacioacuten de derechos colectivos contemplados en el Convenio 169 de la OIT y que se encuen-tran desarrollados en el art 84 de la Constitucioacuten ecuatoriana que obligan al Estado y a las empresas

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derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 4: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

Es precisamente dentro de este esquema donde debemos leer las rela-ciones entre los sistemas juriacutedicos y su pluralidad En nuestro caso la dimensioacuten que nos interesa es la que articula los espacios y tiempos nacional y local es decir la que articula la estructura normativa del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los emergentes sistemas de justicia in-diacutegena tomando en cuenta que esta articulacioacuten es consecuencia del proceso de colonizacioacuten emprendido desde Europa en el siglo XVI es-peciacuteficamente desde el imperio espantildeol poder hegemoacutenico de aquel entonces a partir del cual los ordenamientos juriacutedicos de los pueblos sometidos fueron subordinados dentro del orden juriacutedico colonial Esta conformacioacuten normativa no desaparecioacute y se reprodujo a traveacutes de los sistemas juriacutedicos de las diversas repuacuteblicas que nacieron luego de los procesos de emancipacioacuten durante el siglo XIX y pervive en muchos casos hasta los actuales momentos en los que las naciones indiacutegenas u originarias reivindican ante los Estados el reconocimiento de sus sis-temas de justicia ancestral como parte de una lucha por su autonomiacutea poliacutetica como una forma de acceder al conjunto de derechos individua-les sociales y colectivos que conforman la ciudadaniacutea contemporaacutenea y de los cuales han sido excluidas histoacutericamente

Para comprender esta articulacioacuten entre sistema normativo del Estado-Nacioacuten ecuatoriano y los actuales sistemas de justicia indiacutegena defini-mos al pluralismo juriacutedico como un campo de competencia Haciendo uso de la nocioacuten de campo desarrollada por el socioacutelogo franceacutes Pierre Bourdieu caracterizamos a eacuteste como el espacio en el que confluyen acto-res sociales en competencia por la apropiacioacuten de un capital ndashen este caso un capital juriacutedicondash expresado en el monopolio del poder de juzgar3

En este sentido debemos leer los conflictos entre la justicia estatal y la justicia indiacutegena como parte de una lucha por la legitimidad por el reconocimiento de una forma de vida lucha que por el momento marca peacuterdidas para el mundo indiacutegena en razoacuten de las constantes praacutecticas de deslegitimacioacuten de su sistema de justicia realizadas por los operadores de la justicia estatal tema eacuteste que estudiaremos en la siguiente unidad

3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital el econoacutemico (directamente convertible en dine-ro) el capital cultural (conformado por el conjunto de conocimientos adquiridos a traveacutes del sistema edu-cativo o coacutedigos culturales incorporados a traveacutes de la familia y del proceso de escolarizacioacuten) y el capital social (conformado por un conjunto relaciones sociales) El capital simboacutelico es el que en cualquiera de sus dimensiones (econoacutemica cultural o social) es producto de un proceso de reconocimiento o desconocimiento (Bourdieu 2000 pp 131 - 164)

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

Es eacutesta la razoacuten por la que debemos interpretar esta pugna por el re-conocimiento a la luz de un proceso histoacuterico maacutes complejo como parte de la historia de construccioacuten del orden estatal y de su hegemoniacutea so-bre diversas formas de vida Justamente el reconocimiento de los de-rechos colectivos de los pueblos indiacutegenas en la Constitucioacuten de 1998 y la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT son producto de un conjunto de movilizaciones sociales por la autonomiacutea es decir de lucha por un reconocimiento de un derecho de las naciones indiacutegenas a autodirigir sus procesos de cambio a traveacutes de la consecucioacuten de diversos tipos de derechos al territorio a la educacioacuten intercultural a la justicia ances-tral a la conservacioacuten del acervo cultural y cientiacutefico etc

IILuchaentreelfundamentalismoestatalylosoacuterdenesdejusticiaindiacutegenasporelmonopoliodeldiscursojuriacutedico

El Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007) en su segmento dedicado al derecho indiacutegena y la tesis de maestriacutea ldquoJurisdiccioacuten especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo (Rauacutel Llasag Fernaacutendez 2007) son dos estudios de relevancia que muestran coacutemo los operadores de justicia (especialmente jueces ordinarios) ejercitan praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena Los mencionados trabajos reuacutenen estudios de caso e informacioacuten que ejemplifican coacutemo las resoluciones de justicia tomadas por las autoridades indiacutegenas son sistemaacuteticamente deslegiti-madas y anuladas por las instancias de la justicia ordinaria contradi-ciendo la norma constitucional que reconoce la existencia y vigencia de la justicia indiacutegena (art 191 de la Constitucioacuten ecuatoriana)4

Asiacute mismo recursos constitucionales como el de amparo utilizado en algunos casos5 por las comunidades indiacutegenas para hacer respetar su

4 El estudio llevado a cabo por FlacsO ndash Sede Ecuador y Oxfam Ameacuterica (2007) constituye un informe reali-zado a nivel nacional mientras el estudio de Rauacutel Llasag (2007) constituye una investigacioacuten a profundi-dad de cinco casos relativos a las siguientes comunidades indiacutegenas 1) Comunidad de Tuncarta (Provincia de Loja) 2) Comunidad Gallo Rumi (Provincia de Cantildear) 3) Comunidad Yanzatpuzan (Provincia de Tungurahua) 4) Comunidad La Cocha (Provincia de Cotopaxi) 5) Asociacioacuten Indiacutegena ldquoLa Unioacuten de Veneciardquo (Provincia de Napo) Las comunidades de los cuatro primeros casos corresponden a la nacio-nalidad Kichwa predominante en la regioacuten de la Sierra Andina mientras que la uacuteltima corresponde a la nacionalidad Shuar ubicada en la Regioacuten Amazoacutenica

5 Un caso paradigmaacutetico es el recurso de amparo contra la compantildeiacutea petrolera Arco Oriente Inc presentado en septiembre de 1999 por el presidente de la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) por violacioacuten de derechos colectivos contemplados en el Convenio 169 de la OIT y que se encuen-tran desarrollados en el art 84 de la Constitucioacuten ecuatoriana que obligan al Estado y a las empresas

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derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 5: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Es eacutesta la razoacuten por la que debemos interpretar esta pugna por el re-conocimiento a la luz de un proceso histoacuterico maacutes complejo como parte de la historia de construccioacuten del orden estatal y de su hegemoniacutea so-bre diversas formas de vida Justamente el reconocimiento de los de-rechos colectivos de los pueblos indiacutegenas en la Constitucioacuten de 1998 y la ratificacioacuten del Convenio 169 de la OIT son producto de un conjunto de movilizaciones sociales por la autonomiacutea es decir de lucha por un reconocimiento de un derecho de las naciones indiacutegenas a autodirigir sus procesos de cambio a traveacutes de la consecucioacuten de diversos tipos de derechos al territorio a la educacioacuten intercultural a la justicia ances-tral a la conservacioacuten del acervo cultural y cientiacutefico etc

IILuchaentreelfundamentalismoestatalylosoacuterdenesdejusticiaindiacutegenasporelmonopoliodeldiscursojuriacutedico

El Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007) en su segmento dedicado al derecho indiacutegena y la tesis de maestriacutea ldquoJurisdiccioacuten especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo (Rauacutel Llasag Fernaacutendez 2007) son dos estudios de relevancia que muestran coacutemo los operadores de justicia (especialmente jueces ordinarios) ejercitan praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena Los mencionados trabajos reuacutenen estudios de caso e informacioacuten que ejemplifican coacutemo las resoluciones de justicia tomadas por las autoridades indiacutegenas son sistemaacuteticamente deslegiti-madas y anuladas por las instancias de la justicia ordinaria contradi-ciendo la norma constitucional que reconoce la existencia y vigencia de la justicia indiacutegena (art 191 de la Constitucioacuten ecuatoriana)4

Asiacute mismo recursos constitucionales como el de amparo utilizado en algunos casos5 por las comunidades indiacutegenas para hacer respetar su

4 El estudio llevado a cabo por FlacsO ndash Sede Ecuador y Oxfam Ameacuterica (2007) constituye un informe reali-zado a nivel nacional mientras el estudio de Rauacutel Llasag (2007) constituye una investigacioacuten a profundi-dad de cinco casos relativos a las siguientes comunidades indiacutegenas 1) Comunidad de Tuncarta (Provincia de Loja) 2) Comunidad Gallo Rumi (Provincia de Cantildear) 3) Comunidad Yanzatpuzan (Provincia de Tungurahua) 4) Comunidad La Cocha (Provincia de Cotopaxi) 5) Asociacioacuten Indiacutegena ldquoLa Unioacuten de Veneciardquo (Provincia de Napo) Las comunidades de los cuatro primeros casos corresponden a la nacio-nalidad Kichwa predominante en la regioacuten de la Sierra Andina mientras que la uacuteltima corresponde a la nacionalidad Shuar ubicada en la Regioacuten Amazoacutenica

5 Un caso paradigmaacutetico es el recurso de amparo contra la compantildeiacutea petrolera Arco Oriente Inc presentado en septiembre de 1999 por el presidente de la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) por violacioacuten de derechos colectivos contemplados en el Convenio 169 de la OIT y que se encuen-tran desarrollados en el art 84 de la Constitucioacuten ecuatoriana que obligan al Estado y a las empresas

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derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 6: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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derecho a participar en decisiones que pueden afectarlas en temas rela-tivos a la explotacioacuten de los recursos naturales comprendidos en sus te-rritorios han sido desestimados o aplicados de forma sesgada y parcial violentando normas de convenios internacionales como el Nordm 169 de la OIT en sus artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (nume-rales 1 y 2) 13 (numeral 1) y 14 (numerales 1 y 2)6 Todas las normas antes mencionadas estaacuten encaminadas a resguardar el derecho de los pueblos indiacutegenas a participar en las decisiones estatales que puedan afectar la integridad social cultural o ambiental de sus sociedades Esta garantiacutea se ejecuta a traveacutes del mecanismo de la consulta tambieacuten con-templado en el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana

iquestCuaacuteles son las causas que originan las continuas praacutecticas y usos de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena y de su derecho a proteger su cultura instituciones y su integridad territorial y medioambiental por parte de los operadores de la justicia ordinaria y las autoridades del Estado Eacutesta es la principal pregunta que pretendemos responder en esta segunda parte del presente estudio Una manera de comprender este proceso es interpretando el campo de la justicia ecuatoriana como un espacio de poder en el que el monopolio de un capital juriacutedico (en este caso especiacutefico el poder y la competencia para juzgar) estaacute siendo resguardado en manos de la justicia estatal u ordinaria En este sen-tido debemos leer la situacioacuten de la justicia indiacutegena como inmersa dentro de un campo maacutes extenso en el que la hegemoniacutea es detentada por los actores de justicia estatales a traveacutes de sus praacutecticas cotidia-nas Un ejemplo modelo de esta realidad de constante subordinacioacuten y anulacioacuten de la justicia indiacutegena es uno de los descritos en el ya ci-tado Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en el que se constata coacutemo los operadores de la justicia estatal en esta ocasioacuten un fiscal distrital desconoce lo actuado y decidido por un tribunal indiacutegena de la comunidad kichwa de La Cocha provincia

privadas a consultar y hacer partiacutecipes a las comunidades indiacutegenas en cuanto al desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos que puedan afectarlas en su bienestar y forma de vida Este recurso fue acep-tado de forma parcial pues como veremos maacutes adelante el juez de primera instancia obligoacute a la empresa en cuestioacuten a alejarse de los diversos individuos y organizaciones de base de la comunidad y a suspender las negociaciones que habiacutea emprendido por separado con algunos liacutederes y grupos de la Fipse situacioacuten que habiacutea provocado la divisioacuten al interior de este pueblo amazoacutenico En uacuteltima instancia el Tribunal Constitucional negoacute el recurso de amparo en su integridad cuya principal peticioacuten incluiacutea la impugnacioacuten del contrato firmado entre la empresa estatal Petroecuador y Arco Oriente resolucioacuten que obligoacute a las comunidades a aceptar las actividades de la empresa en cuestioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33)

6 El Convenio Nordm 169 de la OIT ldquoSobre pueblos indiacutegenas y tribales en paiacuteses independientesrdquo (1989) fue ratificado por el gobierno ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 7: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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de Cotopaxi en relacioacuten con un caso de asesinato de un comunero de 45 antildeos ocurrido en abril de 2002 El Informe Alternativo de la OIT indica respecto a esta resolucioacuten de la justicia indiacutegena

hellip Fruto de las investigaciones se identificoacute a los sentildeores [] como los autores de la muerte El domingo en Asamblea General (que contoacute con la presencia de 5000 personas aproximadamente) los culpables fueron sancionados ldquode acuerdo a los usos y costumbres de la comunidad a bantildeo en agua friacutea con ortiga a consejos y se fijoacute una indemnizacioacuten por el monto de seis mil doacutelares a ser entregada a los hueacuterfanos y la viuda del occisordquo7 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

Como ya habiacuteamos mencionado el fiscal distrital de la provincia de Cotopaxi desconoce la decisioacuten tomada por el tribunal indiacutegena e inicia una accioacuten penal en contra de los tres implicados En el citado Informe Alternativo se explica muy bien que esta accioacuten fiscal violenta contraviene las normas constitucionales y las del Convenio 169 de la OIT que reconocen la existencia y vigencia de la jurisdiccioacuten indiacutegena en cuanto ella no contravenga principios y normas fundamentales de derechos humanos El 2 de septiembre de 2002 el Juez Segundo de lo Penal reencamina el proceso declarando la vigencia y existencia de la justicia indiacutegena y por lo tanto de lo actuado por el tribunal de la Comunidad de La Cocha fundamentaacutendose ademaacutes en el principio seguacuten el cual ldquonadie puede ser juzgado maacutes de una vez por la misma causardquo8 (Art 24 16 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana)

El Juez dictaminoacute la ldquonulidad de todo lo actuado por el fiscal en virtud de que las acciones conocidas fueron juzgadas de con-formidad a lo que dispone el artiacuteculo 191 inciso cuarto de la Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuadorrdquo y tomando en cuenta lo esta-blecido en el Convenio Nordm 169 de la OIT9 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 1)

7 Los pareacutentesis cuadrados han sido introducidos por el autor del presente artiacuteculo La informacioacuten entre comillas corresponde a un fragmento de un comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) titulado ldquoSolicitamos respaldo nacional e internacional ante la violacioacuten de derechos constitucionales de los pueblos indiacutegenas del Ecuadorrdquo que ha sido transcrito en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT El comunicado de la cOnaie ha sido extraiacutedo de la si-guiente direccioacuten electroacutenica [httpwwwllactaorgorganizcomscom176htm]

8 Principio conocido en la ciencia juriacutedica como Non bis in iacutedem

9 Este fragmento citado en el Informe alternativo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (2007) tambieacuten corresponde al comunicado de la Confederacioacuten de Nacionalidades Indiacutegenas del Ecuador (cOnaie) mencionado anteriormente

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El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 8: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

Hacia sistemas juriacutedicos plurales

El fiscal en cuestioacuten contraatacoacute y apeloacute esta decisioacuten ante la Corte Superior de Justicia de la provincia de Cotopaxi La argumentacioacuten de esta apelacioacuten denota un discurso eacutetnico a partir del cual se tilda a la justicia indiacutegena de no cientiacutefica de ldquodelirio empiacutericordquo deslegitimando de esta manera la decisioacuten del tribunal indiacutegena y a la vez ratificando de forma expliacutecita el poder de los jueces ordinarios como el uacutenico legiacute-timo y competente

hellip compete uacutenicamente a la Corte de Justicia en el aacutembito de justi-cia del haber penal derecho sustentado y galardonado en el conoci-miento en honor y la justicia sin tramas ni delirios empiacutericos Non bis in iacutedem es un mero lirismo desvanecido por las constancias incontrastables esgrimidas Tanto en derecho de prueba material es obradamente contra natura permitir la vigencia de tribunales o juzgados empiacutericos proclives al quebrantamiento de la Ley10 (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 2)

Por uacuteltimo el Tribunal Constitucional consolida esta praxis y discurso deslegitimadores del fiscal cuando califica de improcedente la solici-tud realizada por el presidente de las Organizaciones y Comunidades Indiacutegenas La Cocha y por el presidente del cabildo de La Cocha para dirimir la competencia entre la justicia ordinaria y la justicia indiacutegena Esta resolucioacuten es adoptada por el mencionado tribunal en razoacuten de que los solicitantes ldquono estaacuten habilitados para llevar adelante este procesordquo (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 34 p 3)11 Estas praacutecticas conforman un sistema de haacutebitus12 formado por un conjunto de esquemas de accioacuten pensamiento y percepcioacuten dirigidos a consolidar el poder de los funcionarios de la justicia ordinaria a traveacutes de sus actos y resoluciones que consagran una visioacuten del mundo monocultural ndashla del Estado Nacioacuten ecuatorianondash la misma que forma parte de la cul-tura dominante y mayoritaria De forma simultaacutenea estos discursos y

10 Este fragmento de la apelacioacuten del fiscal distrital de Cotopaxi presente en el citado Informe alternativo tambieacuten ha sido extraiacutedo del comunicado de la cOnaie

11 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores Rauacutel Llasag Fernaacutendez (2007) en su tesis de maestriacutea titulada ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo analiza cinco casos simila-res en los que la justicia estatal desconoce y deja sin efecto las actuaciones de la justicia indiacutegena

12 En teacuterminos de Pierre Bourdieu ldquoProducto de la historia el habitus produce praacutecticas individuales y colectivas Produce pues historia conforme a los principios (schegravemes) de percepcioacuten pensamiento y accioacuten tiende con mayor seguridad que todas las reglas formales y normas expliacutecitas a garantizar la conformi-dad de las praacutecticas y su constancia a traveacutes del tiempordquo (Pierre Bourdieu 1991 p 92) Es decir el habitus constituye un sistema de praacutecticas de accioacuten y pensamiento que normaliza el pensamiento en este caso naturalizando una perspectiva del mundo y de la justicia y a la vez desnaturalizando y subvalorando otras formas de vida y de hacer justicia

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 9: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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praacutecticas niegan el principio de diversidad y por lo tanto la posibilidad de existencia de formas diversas de vida y por ende de sistemas de justicia diferentes Podriacuteamos decir que estas praacutecticas y discursos de los operadores de justicia prolongan estrategias histoacutericas de domina-cioacuten estatal una de las cuales es negarles a los otros la posibilidad de ejercer el poder de juzgar en condiciones de equidad e igualdad poder que se reservan para siacute los operadores de la justicia ordinaria como portadores y detentadores de un monopolio estatal

Adicionalmente a esta praxis y discurso de anulacioacuten de la jurisdic-cioacuten indiacutegena por parte de operadores de la justicia estatal debemos sumar el desconocimiento del derecho de los pueblos indiacutegenas a ser consultados en decisiones que afecten su integridad territorial su for-ma de vida su salud el medio ambiente Este derecho estaacute resguar-dado como ya hemos mencionado a traveacutes de los artiacuteculos 5 (literales a b y c) 6 (numerales 1 y 2) 8 (numerales 1 y 2) 13 (numeral 1) 14 (numerales 1 y 2) del Convenio Nordm 169 de la OIT y por el art 84 de la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana Un caso paradigmaacutetico es el relati-vo al recurso de amparo solicitado por la Federacioacuten Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (Fipse) de la provincia de Morona Santiago en relacioacuten con los impactos sociales negativos ocasionados a partir de la suscripcioacuten el 27 de abril de 1998 del contrato de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera entre la empresa estatal Petroecuador y la em-presa petrolera Arco Oriente A traveacutes de este recurso se impugnaba el mencionado contrato y se exigiacutea el cumplimiento de la consulta de todas las actividades de exploracioacuten y explotacioacuten petrolera que se ha-biacutean derivado del mismo en razoacuten de violentar las normas constitucio-nales e internacionales antes mencionadas

Uno de los reclamos que realizoacute la Fipse a traveacutes de este recurso ade-maacutes de la impugnacioacuten del contrato y de la exigencia de que el pue-blo Shuar fuera consultado versaba sobre las negociaciones que habiacutea emprendido la empresa Arco Oriente de forma unilateral con algunos representantes de asociaciones indiacutegenas que eran parte de esta orga-nizacioacuten de las cuales resultoacute la firma el 25 de febrero de 1999 de un convenio de coparticipacioacuten entre la empresa y dirigentes disidentes de las comunidades Shuar de Kusutka Intildeiayua y Achunts Este conve-nio iba en contra de la declaracioacuten previa de la organizacioacuten indiacutegena matriz publicada y difundida el 27 de abril de 1998 seguacuten la cual se prohibiacutea a sus miembros realizar cualquier tipo de negociacioacuten entre

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

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bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

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bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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sus respectivos centros y asociaciones y la compantildeiacutea petrolera en cues-tioacuten En primera instancia el Juez I de lo Civil de Morona Santiago el 8 de septiembre de 1999 acepta parcialmente la accioacuten de amparo

hellip en tanto que de la documentacioacuten aportada se desprende que la recurrida ha realizado una serie de actuaciones en contra del orden disciplinario de las asociaciones y centros lo cual ha ge-nerado un estado de discordia y pugna entre sus miembros [] se dispuso que la compantildeiacutea no ldquose acercara a individuos u orga-nizaciones de base dentro y fuera del territorio de la Fipse sin la debida y legiacutetima autorizacioacuten (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2)

En el mismo Informe alternativo se indica que a pesar de que en uacutel-tima instancia el Tribunal Constitucional aceptoacute esta medida parcial tomada por el juez inferior negoacute el recurso de amparo solicitado por la Fipse en su integridad argumentando que el contrato en cuestioacuten era de tipo privado y no administrativo por lo que no era de caraacutecter unilateral Ademaacutes en la resolucioacuten el Tribunal llama y conmina a la empresa petrolera a concluir los estudios exploratorios y a las comu-nidades indiacutegenas a no obstaculizarlos y al Estado y a Petroecuador a proteger los derechos de las personas y las colectividades (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 p 2) Uno de los argu-mentos de fondo para tomar esta decisioacuten radicoacute en que el contrato de participacioacuten habiacutea sido suscrito antes de que el Estado ecuatoriano ratificara el Convenio 169 de OIT13 y por lo tanto sus disposiciones no podiacutean ser aplicadas de forma retroactiva Sin embargo hay que destacar el criterio sentildealado en el informe de la OIT del 27 de enero de 2000 sobre este caso especiacutefico en cuanto a que la obligacioacuten de con-sultar no se limita a la celebracioacuten de contratos sino que abarca todo el conjunto de acciones que forman parte del proceso de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos que impliquen o involucren la forma y calidad de vida de la comunidad Shuar (FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica 2007 Anexo 33 pp 4 y 5)

Como podemos apreciar el Tribunal Constitucional en uacuteltimo teacutermino niega a las comunidades indiacutegenas la posibilidad de participar e inter-

13 Como ya hemos mencionado en liacuteneas anteriores del presente escrito el contrato de participacioacuten fue suscrito el 27 de abril de 1998 y el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 15 de mayo de 1998

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 11: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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venir en procesos de exploracioacuten y explotacioacuten de recursos naturales que podriacutean poner en peligro su sistema de vida su salud su inte-gridad territorial que son derechos protegidos como ya hemos visto tanto por la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana como por el Convenio Nordm169 de la OIT

iquestCuaacuteles son las consecuencias para las formas de vida de las comuni-dades indiacutegenas de la deslegitimacioacuten de las decisiones de la justicia indiacutegena por parte de las autoridades judiciales ordinarias y de la in-observancia del mecanismo de la consulta previa en casos de desarrollo de proyectos de explotacioacuten de recursos naturales Hay que subrayar que la principal consecuencia es la negacioacuten de la autonomiacutea de las sociedades indiacutegenas tanto a nivel sisteacutemico como poliacutetico Otra con-secuencia es la negacioacuten de la heterogeneidad (pluralidad) del campo juriacutedico y por consiguiente la consagracioacuten de la hegemoniacutea de un or-den normativo y juriacutedico de tipo monocultural con la consecuente des-legitimacioacuten ante sus usuarios de los sistemas de justicia ancestrales lo cual resulta contradictorio tomando en cuenta que la Constitucioacuten vigente promulgada en 1998 reconoce la legitimidad de la justicia indiacutegena en su art 191 y que lo loacutegico por parte del Estado deberiacutea ser impulsar las poliacuteticas para el desarrollo de la justicia ancestral y los mecanismos de compatibilidad y coordinacioacuten de eacutesta con la justicia ordinaria con miras a lograr un acceso eficaz de los ciudadanos a la justicia en territorios en los que es evidente que el poder judicial ordi-nario no tiene presencia ni eficacia alguna

La realizacioacuten de los derechos colectivos de los pueblos indiacutegenas y tri-bales tiene como uno de sus principales objetivos el lograr en un hori-zonte proacuteximo la igualdad de derechos a traveacutes del reconocimiento de la diferencia cultural y el conseguir el acceso eficaz a la justicia El fin uacuteltimo de esta poliacutetica es superar situaciones de marginacioacuten a las que diversos pueblos se han visto abocados como producto de estructuras jeraacuterquicas que han impedido el acceso de sus miembros al conjunto de garantiacuteas que conforman la ciudadaniacutea Sin embargo como vemos en el caso del Ecuador el reconocimiento de estos derechos no es su-ficiente pues las praacutecticas de los operadores de la justicia ordinaria estaacuten impregnadas de un sistema de haacutebitus y de una percepcioacuten del mundo que reproducen las dinaacutemicas monoculturales de exclusioacuten del Estado-Nacioacuten A continuacioacuten haremos una reflexioacuten sobre la matriz normativaconstitucional de esas praacutecticas

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Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 12: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

IIISistemajeraacuterquicodeciudadaniacuteamecanismonucleardelasubordinacioacuten

Si bien la Constitucioacuten Poliacutetica de 1998 introdujo nuevas categoriacuteas descriptivas como la de pluriculturalidad o la de plurietnicidad no cambioacute la estructura ni la institucioacuten base del Estado-Nacioacuten ndashla ciu-dadaniacuteandash la cual continuacutea siendo de caraacutecter monocultural pues legi-tima la fusioacuten entre ciudadaniacutea y nacionalidad es decir entre el meca-nismo de pertenencia poliacutetica (civitas) y el mecanismo de pertenencia identitaria (ethnos) Por lo tanto la actual Constitucioacuten ecuatoriana reproduce el modelo de Estado moderno seguacuten el cual a un Estado corresponde una Nacioacuten

Sobre esta doble fusioacuten EstadoNacioacuten ciudadaniacuteanacionalidad des-cansa uno de los principios rectores del Estado moderno el de la ho-mogeneidad cultural al cual se subordinan el de igualdad y libertad Es a partir de esta subordinacioacuten como se produce la exclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos (grupos indiacutegenas naciones sin Estado) y ldquolos otrosrdquo externos (inmigrantes)

Para comprender el funcionamiento de la ciudadaniacutea como mecanismo de exclusioacuten e inclusioacuten primero seraacute necesario que nos remitamos a los oriacutegenes del concepto y la institucioacuten del Estado-Nacioacuten contem-poraacuteneo Al respecto el filoacutesofo alemaacuten Juumlrgen Habermas en su obra La inclusioacuten del otro explica que en la definicioacuten de esta institucioacuten confluyen dos conceptos que a lo largo de la historia marcharon para-lelos y que entre los siglos XVII y XVIII se entrecruzaron y fundieron el primero de ellos es el de Estado

hellip[Eacuteste] hace referencia a un poder estatal soberano tanto interna como externamente en teacuterminos espaciales se refiere a un terri-torio claramente delimitado y socialmente a la totalidad de los miembros es decir al ldquopueblo propio de un Estadordquo (Staatvolk)(Habermas 1996 p 83)

El mismo autor sintetiza el segundo concepto de la siguiente manera

Conforme al uso claacutesico de la lengua de los romanos tanto natio como gens son conceptos opuestos al de civitas Las naciones son en primer teacutermino comunidades de origen que estaacuten integradas

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geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 13: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

geograacuteficamente por el asentamiento y por relaciones de vecindad y culturalmente por una lengua comuacuten asiacute como por costumbres y tradiciones comunes [] (Habermas 1996 p 86)

Estas dos instituciones se mantuvieron separadas a lo largo de la an-tiguumledad y la eacutepoca feudal esta uacuteltima etapa estuvo caracterizada por un orden de tipo corporativo fundamentado en relaciones de servi-dumbre y vasallaje cuya cuacutespide estaba representada en el monar-ca a quien los diferentes sentildeores y priacutencipes de un territorio debiacutean lealtad tributaria (en teacuterminos de impuestos y apoyo en la guerra) a cambio de una cierta soberaniacutea y poder sobre sus dominios (prerroga-tivas forales o regionales) Podriacuteamos describir este sistema como un conjunto de principados ciudades comarcas y reinos organizados de forma piramidal (jeraacuterquica) cuya cohesioacuten se fundamentaba en rela-ciones de nobleza y linaje encarnadas en el monarca concebido como siacutembolo de un poder supuestamente delegado por Dios Dentro de este orden la adscripcioacuten identitaria de una persona o grupo se remitiacutea a su linaje comarca o ciudad particular y no estaba en conexioacuten directa con el poder poliacutetico del monarca

Diversos fenoacutemenos de alta complejidad terminaron por desestructu-rar este orden feudal entre otros a) las guerras religiosas provocadas por la emergencia de la Reforma Protestante durante el siglo XVII que desencadenaron la separacioacuten del poder religioso y del Estado y b) el desarrollo de la institucioacuten de la propiedad privada y el orden capitalista que desestructuroacute la propiedad feudal y los lazos de va-sallaje y corporativismo y a su vez separoacute el orden poliacutetico del econoacute-mico Eacutestas son las razones por las que seguacuten el modelo moderno del Estado-Nacioacuten los antiguos vasallossiervos fueron redefinidos como individuosciudadanos desconectados de sus antiguos linajes e iden-tidades feudales y ahora vinculados directamente con el Estado por el nuevo contrato social de la ciudadaniacutea En este nuevo marco fue imprescindible la fusioacuten de una cultura dominante (Nacioacuten) con el apa-rato poliacutetico (Estado)

Compartimos con Boaventura de Sousa Santos la idea de que este modelo poliacutetico de la modernidad no fue impuesto en Ameacuterica Latina como producto del ascenso de una burguesiacutea sino como parte de un proceso de recambio de una elite colonial por otra elite blanco-mestiza que terminoacute reproduciendo y prolongando la estructura de subordina-

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

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cioacuten cultural que se originoacute en la Colonia Eacutesta es la razoacuten por la que la construccioacuten de estructuras constitucionales modernas en Ameacuterica Latina y en especial en Ecuador pueden ser interpretadas como parte de un proceso de reproduccioacuten de sistemas coloniales de dominacioacuten

Este constitucionalismo fue una emergencia de la sociedad civil en Europa Pero en las Ameacutericas fue impuesto desde arriba fue una imposicioacuten porque como ustedes saben aquiacute al contrario del continente africano la independencia no fue conquistada por las poblaciones nativas sino por los descendientes de los conquista-dores [] Es este constitucionalismo moderno el que asegura la continuidad del colonialismo en los nuevos tiempos de la posinde-pendencia (De Sousa Santos 2007 p 22)

La fusioacuten constitucional entre ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten no soacutelo se expresoacute en las normas constitucionales de los paiacuteses latinoamericanos se sigue expresando en la praxis y sistema de ha-bitus de los operadores de la justicia ordinaria como hemos visto a lo largo del tema anterior De acuerdo con esta fusioacuten el orden de justicia indiacutegena es visto como un rezago de eacutepocas pasadas como una entidad ldquono cientiacuteficardquo ldquoantimodernardquo

La actual estructura de la norma constitucional ecuatoriana no supera este modelo en el fondo ella se sostiene sobre un esquema evolutivo unilineal y monocultural de acuerdo con el cual la cultura dominante la portadora de la cultura poliacutetica es la blanco-mestiza o ecuatoriana y las demaacutes se ordenan de manera subordinada en torno a ella En el preaacutembulo la Constitucioacuten Poliacutetica ecuatoriana proclama

El pueblo del Ecuador [] proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nacioacuten ecuatoriana en el reconocimiento de la di-versidad de sus regiones pueblos etnias y culturas (Constitucioacuten Poliacutetica de la Repuacuteblica del Ecuador 1998 preaacutembulo)

La corriente histoacuterica actual es la del reconocimiento de la plurinacio-nalidad sobre todo como producto de procesos de emancipacioacuten y lucha de los llamados pueblos originarios o etnias tomando en cuenta que la palabra etnia ha sido un mecanismo utilizado desde la antropologiacutea colonial del siglo XIX para designar a grupos humanos considerados desde las ciencias sociales de los centros hegemoacutenicos como ldquosociedades

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 15: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

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simplesrdquo caracterizadas por un estado de civilizacioacuten anterior al del Estado-Nacioacuten que es la ldquosociedad compleja por excelenciardquo Por lo tan-to la plurinacionalidad ademaacutes de representar un proceso histoacuterico pro-ducto de las luchas sociales por el reconocimiento constituye un meca-nismo conceptual de deconstruccioacuten del Estado moderno monocultural

Asiacute mismo la nocioacuten constitucional de ciudadaniacutea al reproducir la fusioacuten ethnos (pertenencia cultural) y civitas (pertenencia poliacutetica) reproduce el esquema descrito de subordinacioacuten en este caso de unas identidades (eacutetnicas) alrededor y bajo una identidad nacional blanco-mestiza

Art 6- [Clases de ciudadaniacutea]- Los ecuatorianos lo son por naci-miento o por naturalizacioacuten

Todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta Constitucioacuten (Constitucioacuten Poliacutetica del Ecuador 1998)

El teacutermino ldquoecuatorianosrdquo y la mencioacuten del mecanismo preferente de acceso a esta condicioacuten el ius solis (pertenencia por el lugar de naci-miento) ocultan una realidad de subordinacioacuten y sometimiento posco-lonial de un conjunto de pueblos originarios dentro de una estructura jeraacuterquica estatal que ha devenido en exclusiones de estas sociedades en cuanto al acceso al conjunto de garantiacuteas civiles poliacuteticas y sociales razoacuten de la lucha de estos pueblos por los derechos colectivos Las re-soluciones y praacutecticas deslegitimadoras de la justicia indiacutegena reflejan este ordenamiento de subordinaciones culturales y poliacuteticas en las que un segmento social (la ciudadaniacutea ecuatoriana) y la estructura poliacutetica que eacutel controla resultan expresioacuten de un ldquoorden civilizatoriordquo ldquocientiacutefi-cordquo y la justicia indiacutegena viene a ser ldquoun delirio empiacutericordquo Recordemos la posicioacuten deslegitimadora del fiscal con relacioacuten a la resolucioacuten toma-da por un tribunal indiacutegena en el caso del asesinato en la Comunidad de la Cocha de la Provincia de Cotopaxi tratado en la primera parte del presente artiacuteculo posicioacuten que finalmente fue consagrada por el mismo Tribunal Constitucional Como hemos mencionado esta situacioacuten de anulacioacuten de la justicia indiacutegena no corresponde a un solo estudio de caso Como Rauacutel Llasag lo demuestra constituye una praacutectica recu-rrente de los operadores de la justicia ordinaria (Llasag 2007 pp 47-74) Estas praacutecticas deslegitimadoras maacutes que criterios juriacutedicos neu-trales reflejan inveteradas estrategias de conservacioacuten del monopolio de juzgar de un mundo monocultural el del Estado-Nacioacuten

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Hacia sistemas juriacutedicos plurales

Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Conclusioacuten

Las praacutecticas de deslegitimacioacuten de la justicia indiacutegena por parte de los operadores de justicia pueden ser comprendidas a partir de la po-sicioacuten que eacutestos ocupan en el campo juriacutedico es decir a partir de una situacioacuten de hegemoniacutea que hace de ellos portadores de un discurso y praxis monoculturales dominantes dentro de ese campo El pluralismo juriacutedico concebido como el reconocimiento de la existencia de un campo en el que existen otros oacuterdenes juriacutedicos ademaacutes del estatal se ve neu-tralizado a partir de esta realidad estructural de poder Dentro de este esquema en el que prima la visioacuten estatal monocultural de la justicia los emergentes oacuterdenes de justicia indiacutegena ocupan un lugar de subor-dinacioacuten que se refleja en la continua y sistemaacutetica negacioacuten de legiti-midad que en su contra se emprende desde la justicia ordinaria y en el constante bloqueo de la capacidad de los pueblos indiacutegenas para decidir sobre su bienestar e integridad territorial cultural y ambiental

Este proceso de neutralizacioacuten ejercido por actores estatales en con-tra de la lucha de estos pueblos por autodirigir su destino es decir por lograr un nivel de autonomiacutea relativo puede comprenderse en el marco histoacuterico de una construccioacuten de un Estado plurinacional y la paralela deconstruccioacuten y reforma del Estado-Nacioacuten cuya estructura poliacutetico-constitucional ha funcionado como extensioacuten de estructuras coloniales En los actuales momentos la corriente se dirige al reco-nocimiento de la plurinacionalidad condicioacuten indispensable para una realizacioacuten plena del pluralismo juriacutedico sobre todo en lo que se refiere a la legitimacioacuten y reconocimiento de las formas de vida y los oacuterdenes de justicia indiacutegenas Un paso clave que debe tomarse en esa direc-cioacuten es el mencionado por Boaventura de Sousa Santos la necesidad de implementar cortes constitucionales plurinacionales como parte de una reforma estructural de los Estados latinoamericanos que permita una apropiada inclusioacuten de ldquolos otrosrdquo internos de las llamadas etnias pueblos o naciones sin Estado

En este sentido hay una pieza de la Constitucioacuten que puede ser muy difiacutecil de desarrollar pero que es clave Se trata de una nue-va Corte Constitucional Plurinacional que maneje las trasforma-ciones de este paiacutes Ustedes tienen un ejemplo cercano de una cor-te tal que es la Corte Constitucional de Colombia que funciona ya por un periacuteodo de maacutes de diez 10 antildeos y que es un ejemplo de

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una Corte creada nueva para dar esta posibilidad (De Sousa Santos 2007 p 26)

Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

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bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Por supuesto esta reforma poliacutetica del Estado incluye tambieacuten la re-forma de su nuacutecleo rector la ciudadaniacutea mecanismo destinado a re-gular los procesos de inclusioacuten y exclusioacuten social que lleva codificada la fusioacuten de dos tipos de procesos y conceptos el Estado y la Nacioacuten la Nacionalidad y la Ciudadaniacutea Esta codificacioacuten y fusioacuten que ha originado una loacutegica de tipo monocultural no permite una apropiada integracioacuten de los llamados grupos minoritarios naciones sin Estado o pueblos originarios ni ha permitido relaciones de caraacutecter igualita-rio entre las diferentes culturas que han habitado los territorios de los Estados modernos Esta realidad exige una reingenieriacutea poliacutetica del Estado que permita separacioacuten de las instituciones de ciudadaniacutea y nacionalidad Estado y Nacioacuten a partir de la cual se propugne un nuevo sistema de pertenencia poliacutetica no fundamentado en origen eacutet-nico o nacional (ethnos) sino en una dinaacutemica ciacutevica participativa y comunicacional

En este sentido el presente estudio estaacute dirigido a subrayar la dimen-sioacuten que la mayoriacutea de estudios de teoriacutea poliacutetica dejan de tener en cuenta en relacioacuten con la institucioacuten de la ciudadaniacutea en Occidente la cultural y comunicacional Por lo tanto la ciudadaniacutea no soacutelo constitu-ye una estructura de tipo juriacutedico que contiene principios civiles poliacute-ticos y sociales ella tambieacuten constituye un mecanismo sociocultural de cohesioacuten social que regula los procesos de exclusioacuten e inclusioacuten Si los movimientos sociales quieren potenciar su poder inclusivo como Habermas ([1996]1999) y Kymlicka ([1995]1996) nos sugieren es ne-cesario deconstruir y desmantelar sus mecanismos socioculturales de exclusioacuten es decir su loacutegica de pertenencia monocultural

Por lo tanto ademaacutes de una reforma en la estructura poliacutetica y en su nuacutecleo reforma eacutesta que constituya la ciudadaniacutea con separacioacuten ra-dical del sistema de pertenencia identitaria (nacionalidad) y del siste-ma de pertenencia poliacutetica (ciudadaniacutea) un objetivo estrateacutegico de los movimientos sociales implicados en la lucha de las llamadas minoriacuteas naciones sin Estado o pueblos originarios deberiacutea ser el legitimar y concretar un derecho y una cultura comunicacional que permitan in-tercambios igualitarios horizontales e interculturales entre grupos e individuos como nuacutecleo de una nueva dinaacutemica de inclusioacuten social

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de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

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bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

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Pluralismo juriacutedico en el Ecuador - Marcelo Bonilla Urvina

bull FlacsO Sede Ecuador Oxfam Ameacuterica (2007) ldquoLos pueblos indiacutege-nas del Ecuador Derechos y bienestarrdquo en Informe alternativo so-bre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT Quito

bull Habermas Juumlrgen ([1996]1999) La inclusioacuten del otro Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Kymlicka Will ([1995]1996) Ciudadaniacutea multicultural Ediciones Paidoacutes Ibeacuterica Barcelona

bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Juriacutedica Virtual del Instituto de Investigaciones Juriacutedicas de la UNAM

DR copy 2008 Fundacioacuten Konrad Adenauer

Este trabajo forma parte del siguiente libro Huber Rudolf et al (coords) Hacia sistemas juriacutedicos plurales Reflexiones y experiencias de coordinacioacuten entre el derecho estatal y el derecho indiacutegena Colombia Fundacioacuten Konrad Adenauer 2008

Page 18: PLuraLISmO JurÍDICO EN EL ECuaDOr. HEgEmONÍa ESTaTaL y ... · y de los cuales han sido excluidas históricamente. ... 3 Pierre Bourdieu explica que existen tres tipos de capital:

Hacia sistemas juriacutedicos plurales

de una nueva forma y estructura de ciudadaniacutea en la cual un acceso eficaz a la justicia constituye un elemento clave

Por otro lado este redisentildeo de los mecanismos poliacutetico-juriacutedicos de acceso a los derechos de la ciudadaniacutea y de forma especial al de la justicia implica una difusioacuten y reeducacioacuten entre los operadores de la justicia ordinaria y los operadores de la justicia indiacutegena de una vi-sioacuten intercultural que les permita encontrar e implementar formas de equilibrio y armonizacioacuten de las dos formas de hacer justicia toman-do como referente y liacutemite a los derechos humanos con miras a una inclusioacuten de poblaciones y ciudadanos que secularmente han estado excluidos de los mecanismos que garantizan la justicia Bibliografiacutea

bull Bourdieu Pierre (2000) Poder derecho y clases sociales Editorial Descleacutee de Brouwer SA Bilbao

bull Bourdieu Pierre (1991) El sentido praacutectico Taurus Ediciones Madrid

bull Chaacutevez V Gina (2004) El derecho a ser diversidad identidad y cambio Etnografiacutea juriacutedica indiacutegena y afroecuatoriana FlacsO - Sede Ecuador Petroecuador Quito

bull De Sousa Santos Boaventura (2007) La reinvencioacuten del Estado y el Estado plurinacional Alianza interinstitucional cenda-cejis-cediB Santa Cruz de la Sierra

bull De Sousa Santos Boaventura y Mauricio Garciacutea Villegas (2001) El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo I Colciencias Instituto Colombiano de Antropologiacutea e Historia Universidad de Coimbra (Centro de Estudios Sociales CES) Universidad de los Andes Universidad Nacional de Colombia Siglo del Hombre Editores Bogotaacute

bull Engle Merry Sally John Griffiths Brian Z Tamanaha (2007) Pluralismo juriacutedico Siglo del Hombre Editores Universidad de los Andes Pontificia Universidad Javeriana Bogotaacute

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bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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bull Llasag Fernaacutendez Rauacutel (2007) ldquoJurisdiccioacuten indiacutegena especial y su respeto en la jurisdiccioacuten estatalrdquo Tesis de Maestriacutea Universidad Andina Simoacuten Boliacutevar en proceso de edicioacuten y publicacioacuten

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