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PORTABILIDAD DE TU PAGO POR NÓMINA. POR LEY PUEDES ELEGIR EN QUÉ BANCO DESEAS QUE SE TE DEPOSITE TU SUELDO Lun Jul 12, 2010 10:33 pm El pasado 31 de Octubre entro en vigor la Circular 33/2008 emitida por el Banco de México el 29 de Julio en la cual se informa de algunas modificaciones a las disposiciones de carácter general para la transferencia del salario y otras prestaciones de carácter laboral, esto de conformidad con lo que señala el articulo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. El objetivo de la mencionada circular es que todos los trabajadores a los que le depositan su sueldo en una cuenta bancaria puedan elegir en que banco desean recibir su pago, a esto se le ha denominado como portabilidad de nómina. Con esto se busca que los mas de 29 millones de trabajadores que reciben su pago en una cuenta bancaria, no se sientan cautivos y tengan la libertad de elegir el banco en el cual desean recibir el deposito de su salario, con esto podrán solicitarle, por derecho, a su patrón que les deposite en el banco de su elección, el cual pudiera no necesariamente ser el que haya elegido la empresa, como se da en la actualidad. Este cambio se podrá realizar ya sea a través del departamento de Recursos Humanos de la empresa donde laboras o bien directamente en el banco donde actualmente recibes tu nomina, mediante el llenado de un formulario, el cual contendrá el texto siguiente: Con fundamento en el artículo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en este acto instruyo a esa institución para que los recursos que se depositen a mi favor en la cuenta número ____________ (Cuenta Ordenante), se transfieran sin costo a mi cargo a la Cuenta Receptora con el número CLABE __________________ (dieciocho dígitos) o, a falta de éste, al Número de Tarjeta de Débito ________________ (dieciséis dígitos), que me lleva _______________________ (Nombre de la institución de crédito), los días ___ (días fijos en los que se recibe periódicamente depósitos por concepto de salario u otras prestaciones de carácter laboral) o el Día hábil en el que se depositen los recursos respectivos en la Cuenta Ordenante, en caso de que alguna de esas fechas no sea Día hábil. Lo anterior, en el entendido de que tales recursos deberán estar a mi disposición en la referida Cuenta Receptora, en la misma fecha en que hayan estado disponibles en la Cuenta Ordenante, siempre que ello haya sucedido antes de las 15:00:00 horas, o bien, a más tardar a la apertura del Día hábil siguiente cuando hayan estado disponibles

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 PORTABILIDAD DE TU PAGO POR NÓMINA. POR LEY PUEDES ELEGIR EN QUÉ BANCO DESEAS QUE SE TE DEPOSITE TU SUELDO   Lun Jul 12, 2010 10:33 pm

El pasado 31 de Octubre entro en vigor la Circular 33/2008 emitida por el Banco de México el 29 de Julio en la cual se informa de algunas modificaciones a las disposiciones de carácter general para la transferencia del salario y otras prestaciones de carácter laboral, esto de conformidad con lo que señala el articulo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.El objetivo de la mencionada circular es que todos los trabajadores a los que le depositan su sueldo en una cuenta bancaria puedan elegir en que banco desean recibir su pago, a esto se le ha denominado como portabilidad de nómina.

Con esto se busca que los mas de 29 millones de trabajadores que reciben su pago en una cuenta bancaria, no se sientan cautivos y tengan la libertad de elegir el banco en el cual desean recibir el deposito de su salario, con esto podrán solicitarle, por derecho, a su patrón que les deposite en el banco de su elección, el cual pudiera no necesariamente ser el que haya elegido la empresa, como se da en la actualidad.

Este cambio se podrá realizar ya sea a través del departamento de Recursos Humanos de la empresa donde laboras o bien directamente en el banco donde actualmente recibes tu nomina, mediante el llenado de un formulario, el cual contendrá el texto siguiente:

Con fundamento en el artículo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en este acto instruyo a esa institución para que los recursos que se depositen a mi favor en la cuenta número ____________ (Cuenta Ordenante), se transfieran sin costo a mi cargo a la Cuenta Receptora con el número CLABE __________________ (dieciocho dígitos) o, a falta de éste, al Número de Tarjeta de Débito ________________ (dieciséis dígitos), que me lleva _______________________ (Nombre de la institución de crédito), los días ___ (días fijos en los que se recibe periódicamente depósitos por concepto de salario u otras prestaciones de carácter laboral) o el Día hábil en el que se depositen los recursos respectivos en la Cuenta Ordenante, en caso de que alguna de esas fechas no sea Día hábil.

Lo anterior, en el entendido de que tales recursos deberán estar a mi disposición en la referida Cuenta Receptora, en la misma fecha en que hayan estado disponibles en la Cuenta Ordenante, siempre que ello haya sucedido antes de las 15:00:00 horas, o bien, a más tardar a la apertura del Día hábil siguiente cuando hayan estado disponibles después de dicha hora.

Esta instrucción surtirá efectos a más tardar el décimo Día hábil siguiente a la fecha de esta comunicación y estará vigente hasta la fecha en la que se ordene su cancelación.

Muchas empresas tienen convenios con distintos bancos o muchas son dueños de bancos y entonces ahí pagan su nómina. Ahora el trabajador podrá pedir cambio de banco cuantas veces quiera y no se le puede impedir ni cobrar nada (comisiones) por ese trámite”, declaró Luis Fabre Pruneda, vicepresidente técnico de la Condusef.

Fuente: http://www.fiscalito.com/ya-puedes-cambiar-tu-nomina-de-banco.html

 

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Juanito

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Tema: Re: PORTABILIDAD DE TU PAGO POR NÓMINA. POR LEY PUEDES ELEGIR EN QUÉ BANCO DESEAS QUE SE TE DEPOSITE TU SUELDO   Lun Jul 12, 2010 11:50 pm

Hoal Deudor10,

He seguido algunos de tus post detenidamente y he observadoc on agrado que por lo general tus aportaciones son bastante bien docuemntadas y con agardo aplaudo todas ellas ya que ayudan a reforzar el peso de lo que comentas como respuesta en las consultas donde te he ecnontrado.

Para esta aportaciones que comentas de la portabilidad de nomina deso anexar que lamentablemente que aunque parece que hay posibilidades de hacer el cambio y eludir el cobro de las deudas y total sustraccion de lo que se deposita en lo que para nosotros es nomína, los bancos aprovechan que al caer en las cuentas ya no son concepto de salarío por lo cual quedan libres de la protección de inembargabilidad que la ley federal del trabajo orotga al salario y que se les aplica de manera unilateral el sobrecobro porque en el momento del deopsito esta el bache legal de que ya no es salarío si no cuenta corriente dentro de los conceptos legales y muy lamentablemente muchisimos usuarios se han topado cone lproblema de que aunque se mueven de banco los siguen asaltando en su dinero y les palican una sustracción del 100% sobre lo depositado, ya que en la practica el banco designado por el empleador sigue recibiendo la nomína y despues la pasa a la isntitucion que tu hayas designado con el anterior tramite, pro loc ual antes del traspaso, se autocobra lo que quiere cobrar de lo que se le debe.

Esta pregunta sobre este tramite se ha hecho cientos de veces en el foro y hemos tenido decenas de quejas de gente a la que llanamente le roban todo el suelo importandoles poco dejarlos sin sueldo.

Si alguien ha hecho este tramite y evitado la sustraccion del sueldo porfavor diganos mas detalles de como lo hizo ya que hay muchas quejas y preguntas de este tema, hasta donde mi informacion de hace tres semanas llega el tramite no ha impedido en ningun caso evitar que el banco se auto cobre.

La solucion mas practica ha sido como siempre explicar en el trabajo el motivo por el cual se desea recibir la nomina en otra entidad bancaria o ganarle a los descuentos del sistema hiendo al retiro al cajero casi en cuanot se realiza el deposito de la nomina.

Espero haya nueva información al respecto de tu parte o de alguna persona que ya haya salido victoriosa de esta situación.