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Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Número 18578019-000-10 Numero Interno XXXXXX Sesión No. XXX Caso No. XXXX, de fecha XX-XXX-XXXX Página 1 Coatzacoalcos, Ver, a 01 de Marzo del 2010 PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS PROYECTO DE CONVOCATORIA DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL MIXTA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES OBJETO DE LA LICITACIÓN: ENFRIADOR DE AGUA DE APAGADO (CAMBIADOR DE CALOR) DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTE PROYECTO HASTA EL PROXIMO DIA 12 DE MARZO DEL 2010 ; EN EL SIGUIENTE CORREO ELECTRÓNICO: NOMBRE y CORREO ELECTRÓNICO: ING. HECTOR SANTAMARIA MURRIETA. AREA DE LICITACIONES [email protected]

PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS - ptq.pemex… · requisitos de la norma nrf-090-pemex-2005 rev.: 0. 3.- los cambiadores de calor solicitados deberan fabricarse considerando

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Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Número 18578019-000-10

Numero Interno XXXXXX

Sesión No. XXX Caso No. XXXX, de fecha XX-XXX-XXXX

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Coatzacoalcos, Ver, a 01 de Marzo del 2010

PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS

PROYECTO DE CONVOCATORIA DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL MIXTA

PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES

OBJETO DE LA LICITACIÓN: ENFRIADOR DE AGUA DE APAGADO (CAMBIADOR DE

CALOR)

DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO PARRAFO DEL

ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS

DEL SECTOR PÚBLICO COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS DE PEMEX

PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTE PROYECTO HASTA EL

PROXIMO DIA 12 DE MARZO DEL 2010; EN EL SIGUIENTE CORREO

ELECTRÓNICO:

NOMBRE y CORREO ELECTRÓNICO:

ING. HECTOR SANTAMARIA MURRIETA.

AREA DE LICITACIONES

[email protected]

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CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

(MIPYMES) No. 18578019-000-10

PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN:

ENFRIADOR DE AGUA DE APAGADO (CAMBIADOR DE CALOR)

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3°, 8 primer párrafo, 13, 25, 26 fracción I, 26 BIS fracción III, 27, 28 fracción I, 29, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2000 (en adelante “ACUERDO”), así como lo aplicable de las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales (en adelante POBALINES) y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, con los teléfonos (01921) 21 14000 Ext. 34-630,30-828,30-829, No. de Fax (01-921) 21-14029 y correo

electrónico hsantamarí[email protected] y [email protected]: en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA emite la Convocatoria que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional Mixta, numero de CompraNET 18578019-000-10, (en adelante “Convocatoria”), Solicitud de Pedido Núm. 430-40000-B-1011272, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: ENFRIADOR DE AGUA DE APAGADO

(CAMBIADOR DE CALOR), (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Esta Convocatoria consta de 23 Documentos.

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EVENTOS:

VISITA A LAS INSTALACIONES (NO APLICA) DIA 00 MES mes AÑO 2010 HORA 00:00 HRS.

LUGAR SALA DE JUNTAS DEL EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE

RECURSOS MATERIALES

JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA

DIA 00 MES mes AÑO 2010 HORA 00:00 HRS.

LUGAR

SALA DE JUNTAS DEL EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DIA 00 MES mes AÑO 2010 HORA 00:00 HRS.

LUGAR

SALA DE JUNTAS DEL EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

FECHA DE ACTO DE FALLO

DIA 00 MES mes AÑO 2010 HORA 00:00 HRS.

LUGAR

SALA DE JUNTAS DEL EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

DIA 00 MES mes AÑO 2010

Los representantes de los licitantes que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo REGLAMENTO DE SEGURIDAD SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTA CONVOCATORIA

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

01 Especificaciones Técnicas.

02 Aspectos Administrativos.

03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

03 A Formato de escrito que deberán presentar las personas que participen en la Junta de Aclaraciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 33 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello.

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

06 Formato de oferta (Técnica)

06-A Formato de oferta (Económica).

07

Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de conformidad con lo establecido en del Artículo 29 fracción VIII de la citada Ley.

08 Formato de Declaración de Integridad.

09

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

9 A Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario.

9 B Modelo de fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

10 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Bienes.

11 Formato de manifestación escrita de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento –NO APLICA-

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios –NO

APLICA-

14 Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”.

15 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

16 Modelo de Contrato

17

Formato de manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con copia del

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. –NO APLICA-

18 Causas de Desechamiento.

19 Niveles de inspección de bienes

20 Reglamento de seguridad e higiene industrial y protección ambiental.

21 Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes

22 Formato para la manifestación del carácter de MIPYMES.

23 Formato para la manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante

Nota: Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a esta convocatoria, los cuales contienen los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PDA CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCION

1 2.00 PIEZA ENFRIADOR DE AGUA DE APAGADO AES (CABEZAL FLOTANTE) TAMBIÉN DENOMINADO CAMBIADOR DE CALOR, AES, CLAVE: EA-113, POSICIÓN: HORIZONTAL, CON ESPECIFICACIONES Y DIMENSIONES INDICADAS EN LOS DIBUJOS DEL APARTADO "DIBUJOS DE FABRICACIÓN". DIMENSIONES: 1,117.600 mm DIÁMETRO INTERIOR X 7,315.200 mm DE LONGITUD. NUMERO DE TUBOS DE TRANSFERENCIA: 812 DIÁMETRO EXTERIOR DE TUBOS DE TRANSFERENCIA: 25.400 mm LADO ENVOLVENTE: TEMPERATURA DE DISEÑO: 93.333 °C PRESIÓN DE DISEÑO: 13.357 (kg/cm²) LADO TUBOS: TEMPERATURA DE DISEÑO: 93.333 °C PRESIÓN DE DISEÑO: 6.327 (kg/cm²) DIBUJOS DE FABRICACIÓN: DIBUJO No. E-1707-FBCCB-17-092 REV. 0 DIBUJO No. E-1707-FBCCB-17-093 DIBUJO DE DETALLE Y ENSAMBLE Núm. 1003873 REV. A DIBUJO MAPA DE SOLDADURAS Núm. 4018479 REV. 1 NORMAS DE FABRICACIÓN: DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL NUMERAL 8.1.2 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0.- "CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE - HAZ DE TUBOS"

NOTAS ESPECÍFICAS: 1.-SE ANEXA A LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO UNA COPIA DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0.- “CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE - HAZ DE TUBOS" COMO PARTE INTEGRANTE DE DICHA SOLICITUD. 2.- EL LICITANTE Y/O PROVEEDOR DEBE APEGARSE A LOS DIBUJOS SEÑALADOS EN EL APARTADO: "DIBUJOS DE FABRICACIÓN" E INFORMACIÓN QUE ACOMPAÑAN A LA PRESENTE REQUISICIÓN Y A LOS REQUISITOS DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 3.- LOS CAMBIADORES DE CALOR SOLICITADOS DEBERAN FABRICARSE CONSIDERANDO EL NUMERAL 8.3 Y SUS SUBNUMERALES RESPECTIVOS, DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 4.- LAS PRUEBAS A LOS CAMBIADORES DE CALOR SE DEBEN REALIZAR CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 8.3.8 Y SUS SUBNUMERALES RESPECTIVOS, DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 5.- CONSIDERAR QUE NO SE REQUIERE EL SUMINISTRO DE ANILLO DE PRUEBAS.

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6.- LA PRESENTE REQUISICIÓN Y SU DOCUMENTACIÓN ANEXA, ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS Y CARACTERÍSTICAS QUE COMO MÍNIMO, DEBEN CUMPLIR EL LICITANTE Y/O PROVEEDOR, EN CUANTO A FABRICACIÓN, INSPECCIÓN, PRUEBAS Y PREPARACIÓN PARA EMBARQUE DE CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE-HAZ DE TUBOS. EN CUANTO AL DISEÑO MECÁNICO-ESTRUCTURAL Y TERMO-HIDRAÚLICO EL LICITANTE Y/O PROVEEDOR DEBE APEGARSE A LOS DIBUJOS INDICADOS EN EL APARTADO "DIBUJOS DE FABRICACIÓN" Y A LO QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE REQUISICIÓN. 7.- NO SE PERMITE EL ASBESTO COMO MATERIAL PARA EMPAQUES O RELLENO DE EMPAQUES REVESTIDOS CON METAL, DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL NUMERAL 8.2.19.4.2 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. DOCUMENTOS QUE EL LICITANTE DEBE INTEGRAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA, QUE SON OBJETO DE EVALUACIÓN Y QUE SERVIRÁN PARA ACEPTAR O DESECHAR SU PROPUESTA: 1.- COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN PARA EMPLEAR EL ESTAMPADO DEL SELLO "U" DEL CÓDIGO ASME, SECCIÓN VIII DIVISIÓN I, "REGLAS DE CONSTRUCCIÓN PARA RECIPIENTES A PRESIÓN", DE LA EMPRESA QUE FABRICARÁ LOS CAMBIADORES SOLICITADOS, VIGENTE COMO MÍNIMO A LA FECHA DE PRESENTACION DE PROPUESTAS. EN CASO DE NO SER FABRICANTE DEBE ENTREGAR UNA CARTA COMPROMISO DE FABRICACIÓN DE LOS CAMBIADORES SOLICITADOS, EN ORIGINAL, EMITIDA Y FIRMADA POR EL FABRICANTE A FAVOR DEL LICITANTE. 2.- COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE INFORMACIÓN DE TRES CONTRATOS Ó FINIQUITOS Ó FACTURAS, COMO MÍNIMO, LOS CUALES INDIQUEN RELACIÓN CON LA FABRICACIÓN DE CAMBIADORES DE CALOR, QUE HAYA REALIZADO CON EMPRESAS PÚBLICAS Ó EMPRESAS PRIVADAS, TODA VEZ QUE LOS DEBE HABER REALIZADO DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS. 3.- CARTA ORIGINAL EMITIDA Y FIRMADA POR EL LICITANTE, QUE CUENTA CON PERSONAL TÉCNICO ESPECIALIZADO Y CON EXPERIENCIA EN EL MANEJO, INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL PROVEEDOR JUNTO CON LOS BIENES EN EL ALMACÉN GÉNERAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS: 1.- EL PROVEEDOR DEBE SUMINISTRAR CADA CAMBIADOR SOLICITADO, CON EL ESTAMPADO "U" VIGENTE DEL CÓDIGO ASME Y COPIA LEGIBLE DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN VIGENTE PARA EMPLEAR DICHO ESTAMPADO, EL CUAL DEBE SER DEL MISMO FABRICANTE QUE PRESENTÓ COMO PARTE DE SU PROPUESTA TÉCNICA EN EL NUMERAL 1, DEL APARTADO "DOCUMENTOS QUE EL LICITANTE DEBE INTEGRAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA, QUE SON OBJETO DE EVALUACIÓN Y QUE SERVIRÁN PARA ACEPTAR O DESECHAR SU PROPUESTA", DE ACUERDO CON EL NUMERAL 8.3.1.2 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 2.- EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR EXPEDIENTE TÉCNICO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 8.3.2.1 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0, EN ORIGINAL Y DOS COPIAS LEGIBLES, EN FORMA IMPRESA Y EN ARCHIVO DIGITAL MEDIANTE DISCO COMPACTO. 3.- LOS CAMBIADORES DE CALOR A SUMINISTRAR DEBEN CONTAR CON PLACA DE IDENTIFICACIÓN PERMANENTE CON LAS CARACTERÍSTICAS INDICADAS EN EL NUMERAL 8.3.9 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. ASIMISMO EL PROVEEDOR DEBE INDICAR EN LA PLACA DE IDENTIFICACIÓN, DE ACUERDO CON LA FIGURA 6 DEL ANEXO 12.6, DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0, DENTRO DEL CUADRO "CLAVE" LA LEYENDA: "EA-113 A" PARA UN CAMBIADOR, MIENTRAS QUE PARA EL OTRO CAMBIADOR DEBE INDICAR: "EA-113 B". 4.- EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR LAS GARANTÍAS DE LOS BIENES SOLICITADOS FECHADO CON EL DÍA DE RECEPCIÓN DEL BIEN EN EL ALMACÉN GÉNERAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, DE ACUERDO CON EL NUMERAL 8.5 "GARANTÍAS" Y SUS SUBNUMERALES 8.5.1.1, 8.5.1.2, 8.5.2.1 Y 8.5.3.1, DE LA

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NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 5.- EL PROVEEDOR DEBE LLENAR LOS CAMBIADORES SOLICITADOS, ANTES DE SU EMBARQUE, CON GAS NITRÓGENO; INCLUYENDO EN CADA CAMBIADOR LA LEYENDA "EQUIPO PRESURIZADO CON NITRÓGENO, NO DESTAPAR HASTA SU INSTALACIÓN FINAL", DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL NUMERAL 8.6.1.6 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 6.- EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR ORIGINAL DEL CERTIFICADO DE FABRICACIÓN, EMITIDO Y FIRMADO POR EL FABRICANTE DE LOS CAMBIADORES SOLICITADOS, MEDIANTE EL CUAL INDIQUE QUE LOS MATERIALES, EL DISEÑO, LA FABRICACIÓN, LAS PRUEBAS Y LA INSPECCIÓN DEL EQUIPO, FUERON EFECTUADOS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 7.- EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR CARTA ORIGINAL FIRMADA POR SU REPRESENTANTE LEGAL MANIFESTANDO QUE LOS EQUIPOS SUMINISTRADOS SON NUEVOS. NOTAS GENERALES: 1.- LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES SE REALIZARÁ EN EL ALMACÉN GENERAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. 2.- EMBALAJE: LA PREPARACIÓN PARA EL EMBARQUE DE LOS CAMBIADORES DE CALOR SOLICITADOS, DEBE SER DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL NUMERAL 8.6 DE LA NORMA NRF-090-PEMEX-2005 Rev.: 0. 3.- LOS BIENES A SUMINISTRAR DEBEN SER NUEVOS.

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DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de la Convocatoria.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. – NO APLICA -

3.2 Junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de proposiciones. 4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.4.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio

5 Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6. Casos en que se declarará desierta la convocatoria.

7. Cancelación de la convocatoria, partidas o conceptos incluidos en ésta.

8. Causas de desechamiento de proposiciones.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Compromisos con la Transparencia.

12. Firma del Contrato.

13. Aspectos contractuales básicos.

13.1 Contrato Abierto. NO APLICA

13.1.1 Vigencia del Contrato

13.1.2 Cantidades del Contrato. NO APLICA

13.1.3 Ordenes de Suministro. NO APLICA

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13.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

13.3. Inspección de los Bienes.

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes

13.4 Garantías

13.4.1 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.4.2. Carta de Crédito Standby irrevocable confirmada.

13.5. Anticipo

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

13.5.2 Carta De Crédito Standby.

13.6. Condiciones y forma de pago.

13.6.1 Ajuste de Precios. –NO APLICA-

13.7. Facturación.

13.8. Penas convencionales

13.9 Deducciones. –NO APLICA-

13.10. Rescisión Administrativa del Contrato.

13.11. Información Reservada y Confidencial.

13.12. Seguros.

13.13. Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-

13.14. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

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Este procedimiento de contratación se realiza fuera de la reserva permanente y transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio.

1. Consulta y/u obtención de la Convocatoria. La publicación de la convocatoria a la licitación pública se realizará a través de CompraNet y su obtención será gratuita, y asimismo, la convocante pondrá a disposición de los licitantes copia del texto de la convocatoria, de acuerdo a lo siguiente: A. Para su consulta una copia del texto de la convocatoria en las oficinas de la Convocante en el horario

comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla No. 2 del Área de Atención a Proveedores del Módulo de Adquisiciones, con los teléfonos (01921) 21 14000 Ext. 34-351.

B. Para consulta y obtención en el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNET en la

dirección electrónica: http://www.compranet.gob.mx. 2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.

No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones. 3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA_ 3.2 Junta(s) de aclaraciones a la Convocatoria. La(s) junta(s) de aclaración a la Convocatoria se llevará a cabo el día 00 de (mes) del 2010 a las 00:00 horas, en la sala de juntas de Licitaciones del Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen. Las personas que pretendan solicitar aclaraciones, las cuales deberán tener el sentido de aclaración a los aspectos establecidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, utilizando el formato del Documento 03-A anexo. Medio para presentar la Solicitud de Aclaraciones a la convocatoria acompañada del escrito:

1. La solicitud de aclaraciones acompañada del escrito (utilizando el formato del Documento 03-A anexo) podrán enviarla a través de CompraNet a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

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2. La solicitud de aclaraciones acompañada del escrito (utilizando el formato del Documento 03-A anexo) podrán entregarla personalmente a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones en el domicilio de la convocante en: la ventanilla No. 2 del Área de Atención a Proveedores del Módulo de Adquisiciones, en el interior del Centro de Trabajo, en el domicilio de la convocante ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México.

Preferentemente indicar el numeral de la convocatoria al que hace referencia su duda o cuestionamiento. Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisiones en el tiempo y forma establecidos no dará respuesta a las mismas durante la junta de aclaraciones. Los cuestionamientos formulados por los licitantes y las precisiones y respuestas de la Convocante, derivadas de la(s) junta(s) de aclaración, constarán en el acta que al efecto se levante, en forma clara y precisa, indicando los puntos de la Convocatoria que hayan resultado afectados y señalando, en su caso, las disposiciones normativas que sustenten las modificaciones. Dicha acta formará parte de esta Convocatoria. En caso de proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los bienes o servicios convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Los licitantes que no hayan asistido al acto, se darán por notificados del acta que se levante de la(s) junta(s) de aclaración, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de CompraNET, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo

del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana y que se encuentren dentro de la estratificación correspondiente a una micro, pequeña o mediana empresa. Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. Así mismo, deberá acreditar ser micro, pequeña o mediana empresa mediante el escrito que indique su estratificación, de conformidad con el Documento 22. El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en esta Convocatoria, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las proposiciones deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04. Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre cerrado, preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.

Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la proposición.

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C) Entregar las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los Artículos 50 y 60 de la Ley conforme al Documento 07. D) Entregar declaración de integridad, bajo protesta de decir verdad, conforme al Documento 08.

E) Elaborar su oferta, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas

de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de esta convocatoria. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta

F) Elaborar su oferta en pesos mexicanos (moneda nacional) conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

G) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el tercer párrafo del artículo 34 de la Ley,

observando los términos establecidos en esta Convocatoria.

G.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.

G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de

la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando

en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en

su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, especifico para

atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así

como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

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e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y

solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato podrá formalizarse con cada uno de los integrantes de dicha propuesta, o bien con el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades con escritura publica, aplicable previo a la firma del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley.

G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta,

Documento 03. G.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

G.5) Presentar los escritos a que se hace referencia en los incisos C) y D) de este numeral 4, en forma

individual por los integrantes de la proposición conjunta. G.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de calidad,

defectos y vicios ocultos de los Bienes, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4. G.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace

referencia en el segundo párrafo del punto 12, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 11.

G.8) La experiencia en el suministro de los Bienes, deberá acreditarse por el representante común en base

a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el inciso L), de estas Bases. –NO APLICA-

G.9) El capital contable se acreditará con la suma de los capitales contables del grupo de personas que

integran la propuesta conjunta. -NO APLICA-

G.10) El certificado de aseguramiento de calidad a que se refiere el inciso N), deberá acreditarse por cada una

de las personas que integran la propuesta conjunta. -NO APLICA-

G.11) Únicamente podrán participar las personas que se encuentren dentro de la estratificación

correspondiente a una micro, pequeña o mediana empresa, por lo que deberán acreditar ser micro, pequeña o mediana empresa por cada una de las personas que integran la propuesta conjunta, mediante el escrito que indique su estratificación de conformidad con el Documento 22.

G.12) De resultar ganadora la propuesta conjunta deberá presentarse individualmente por cada uno de los

integrantes de la propuesta conjunta la información que acredite lo manifestado en el escrito que indique su estratificación de MIPYMES. Esta documentación consistirá en las copias de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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Nota: EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA SOLICITANTE, NO APLICARÁ ESTE INCISO G) de conformidad con lo indicado en el último párrafo del numeral 6.23.2 de los POBALINES.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

I) Ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.

J) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

K) Manifestar por escrito, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los

Bienes que oferta y entregará son producidos en México y cuentan por lo menos, con un grado de contenido nacional del 50 %. Esta manifestación podrá presentarse en escrito libre o utilizando el Documento 10.

El licitante deberá presentar junto con su propuesta técnica, un escrito (Documento 10), en el que el licitante en conjunto con el fabricante de los bienes, manifiesten, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la totalidad de los bienes que ofertan y entregaran, serán producidos en los Estados Unidos Mexicanos y que además contendrán como mínimo, el grado de contenido nacional requerido de conformidad con el articulo 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Regla Séptima del Acuerdo emitido por la SECOFI (actualmente Secretaria de Economía), por el que se establecen las Reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 03 de marzo de 2000 y sus reformas publicadas el 12 de julio de 2004 y 4 de enero de 2007 por el mismo medio.

L) Contar con experiencia de cuando menos ____ en el suministro de los Bienes, lo cual deberá demostrarse con lo

indicado en el Documento 01. –NO APLICA- M) Contar con un capital contable de $__________ lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01. –

NO APLICA- N) Entregar en su proposición, –NO APLICA- O) El licitante propondrá –NO APLICA- P) El licitante que resulte adjudicatario del contrato deberá presentar la información que acredite lo manifestado en el

escrito que indique su estratificación de MIPYMES. Esta documentación consistirá en las copias de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Q) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos. R) Los bienes y/o servicios que integran la presente Convocatoria podrán ser subcontratados de acuerdo a lo

indicado en el Documento 01. –NO APLICA- S) Los licitantes deberán abstenerse de acordar con otro u otros, elevar el costo de los bienes y servicios objeto de

esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. La comprobación de que se haya incurrido en lo anterior, será motivo de desechamiento de la propuesta de los licitantes involucrados.

T) Los licitantes podrán presentar mediante el Documento 17, la manifestación de ser persona física o moral que

cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de

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empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; para comprobar esta antigüedad deberá anexar al citado Documento el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo anterior para aplicar en su caso, lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley. –NO APLICA-

U) El licitante podrá incluir, junto con su propuesta y en “FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION

NACIONAL DE LOS BIENES OFERTADOS” que se incluye como Documento 21, la información de la integración nacional del bien que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

La omisión de esta información no es motivo para descalificar la proposición, sin embargo, contribuirá a conocer el grado de integración nacional del bien que se oferta, con el propósito de identificar áreas de oportunidad para proporcionar el desarrollo de la industria nacional. Dicha información es adicional y NO se refiere al cumplimiento de los Acuerdos relacionados con el contenido nacional expedidos por la Secretaría de Economía.

V) Pemex Petroquímica otorga su consentimiento para que el proveedor ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidades de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación

electrónica.

Los licitantes que a su elección presenten su proposición a través de medios remotos de comunicación electrónica conforme a lo establecido en el ACUERDO, deberán sujetarse a lo siguiente:

A) Elaborar la proposición en formatos con extensión .DOC, .XLS, versión 2003, de Office 2003 ó anterior, PDF versión 7 ó menor, HTML, o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera, incluyendo la documentación no preparada por el licitante tales como catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas, y/o impresiones de páginas de Internet. A fin de agilizar la descarga de las proposiciones electrónicas se recomienda digitalizar los documentos en blanco y negro.

B) Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con los datos

siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones,

C) En sustitución de la firma autógrafa, se empleará el medio de identificación electrónica proporcionado

previamente por la Secretaría de la Función Pública (CompraNET).

D) El sobre será generado mediante el uso de tecnologías, que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente.

E) Los licitantes que opten por el envío de su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica,

deberán concluir el envío de ésta y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de CompraNET, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

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Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de proposiciones, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 05. 4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A. Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.

B. El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará a la hora establecida en esta Convocatoria, por lo

que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

C. Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la

sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto. D. El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta convocatoria, será el

único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E. En el acto de presentación y apertura de proposiciones, primeramente se registrarán las proposiciones de los

licitantes presentes en el acto y posteriormente las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica. Concluido lo anterior la apertura de las proposiciones iniciará con las que en su caso, fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel en el citado acto (Art. 39 del Reglamento). La revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva; la Convocante podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas siempre y cuando se incluyan en el acta del evento o se anexen a la misma. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

F. En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la

voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del ACUERDO.

G. Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones serán firmadas por

los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará el aviso del lugar donde serán proporcionadas copia de las actas, en el tablero localizado en la recepción del Área de atención de proveedores del Modulo de Adquisiciones de Complejo Petroquímico Morelos ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal

En tanto se realicen las adecuaciones al sistema CompraNet, el acta de la junta pública en la que se de a conocer el fallo será firmada por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma, de las cuáles se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará el aviso del lugar donde serán proporcionadas copia de las actas, en el tablero localizado en

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la recepción del Área de atención de proveedores del Modulo de Adquisiciones de Complejo Petroquímico Morelos ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, por un término no menor a cinco días hábiles. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones. El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto por los artículos 34 y 35 de la Ley y los artículos 39 y 40 del Reglamento (así como por lo dispuesto en el ACUERDO), el día 00 de (mes) del 2010 a las 00:00 hrs., en la sala de Juntas de licitaciones del edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las proposiciones, las que para estos efectos constarán documentalmente. 4.4.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

A. Los requisitos que serán evaluados con el criterio binario de cumple o no cumple son los solicitados el punto 4 incisos: A, B, C, D, E, I, J, K, Q y con el Documento 06.

B. Se evaluarán técnicamente todas las proposiciones, verificando que los Bienes propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a la Convocatoria.

C. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso G) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

D. Los aspectos que serán evaluados para acreditar el capital contable serán: –NO APLICA-.

E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: –NO APLICA-. 4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el punto 4 incisos: F, I, O, S y con el Documento 06-A.

C. Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el artículo 2 de la Ley.

Precio Conveniente: es aquel que se encuentra por arriba o es superior al obtenido después de restar el 10% al promedio resultante de los precios que se observan como preponderantes o prevalecientes en las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, esto es, a los precios que se ubican dentro de un rango que permite constatar que existe consistencia entre ellos, toda vez que la diferencia entre ellos es relativamente pequeña. Una vez calculado el precio conveniente, los que se ubiquen por debajo de este o sean inferiores al resultante, con fundamento a la fracción segunda del artículo 36 bis de la Ley, se podrá desechar y por lo tanto serán considerados como inconvenientes.

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D. En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, en tal caso la proposición será

desechada.

Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación.

E. De conformidad con el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley y 42 del Reglamento, la proposición será evaluada

considerando (el) (los) siguiente(s) concepto(s): –NO APLICA-.

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren así como del representante del Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA. 5. Criterios de adjudicación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará a: I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos,

legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.

lI. La adjudicación del Contrato será por: Requisición Total.

5.1 Abastecimiento simultáneo. (NO APLICA).

6. Casos en que se declarará desierta la licitación. La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos por el primer párrafo del artículo 38 de la Ley y 47 del Reglamento. En los procedimientos que sean declarados como desiertos las propuestas que se hayan recibido serán archivadas por la Convocante por un período de tres (3) años. 7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas. La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el penúltimo y último párrafo del artículo 38 de la Ley. 8. Causas de desechamiento de proposiciones. Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 18 y que afecte la solvencia de la propuesta.

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9. Fallo. El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 29 fracción III, 37 y 37 bis de la Ley así como 46 de su Reglamento, será el día 00 de (mes) del 2010 a las 00:00 hrs., en la sala de Juntas de licitaciones del edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, fecha que podrá diferirse conforme a lo indicado en la fracción III del artículo 35 de la Ley. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo o bien en la convocatoria a la licitación pública. 10. Inconformidades. Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con: I. La convocatoria a la licitación y la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya manifestado su interés

por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 Bis de esta Ley, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones.

II. El acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.

En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.

III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la firma del contrato en los términos establecidos en la convocatoria o en la Ley.

En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.

IV. La cancelación de la licitación. En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación

En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma. La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley. Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.

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Transcurrido el plazo establecido en este numeral, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de Ley. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. HECTOR ALBERTO ACOSTA FELIX, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO. 11. Compromisos con la Transparencia. En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 14. El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato. La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 00 de (mes) del año 2010, y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Ventanilla No. 1 del Área de atención a Proveedores del modulo de adquisiciones del Complejo Petroquímico Morelos, sito en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México., y en el horario comprendido de las de las 8:30 a 15:30 horas. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se citan en el Documento 03. - Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación

(CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente: a) Documento actualizado expedido por el SAT (“acuse de respuesta”), en la que se emita opinión sobre el

cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.175 (Procedimiento para contrataciones con la Federación y entidades federativas) de la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2009”; ó en su caso,

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b) Escrito bajo protesta de decir verdad que realizó ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.17. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2009, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 11, anexando el “acuse de recepción”, que compruebe que realizo la solicitud de opinión prevista en la citada regla.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente: 1.- Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente. 2.- En la solicitud de opinión al SAT deberán incluir el correo electrónico siguiente: [email protected]; [email protected] para que el SAT envíe el “acuse de respuesta”, que emitirá en atención a su solicitud de opinión. Si PEMEX PETROQUÍMICA, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del Proveedor que resulto adjudicado, PEMEX PETROQUÍMICA dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado. En su caso, deberá presentar la documentación solicitada en el inciso G.12) o P) del punto 4 de esta Convocatoria, según corresponda. Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley. El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes o prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firmare el contrato, En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el numeral 6.30.2 de las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales:

- Pasajes y hospedaje debidamente comprobados, de una persona que haya asistido a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones y al fallo de la licitación. En pasajes clase turista en cualquier medio de transporte utilizado y en hospedaje hasta 15 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito federal, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento de contratación.

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Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no exceda de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del licitante. 13. Aspectos contractuales básicos. Como Documento 16 se incluye el modelo de contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas. 13.1 Contrato. 13.1.1 Vigencia del Contrato. La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá a los150 (ciento cincuenta) días naturales posteriores a la firma del contrato, más 20 días naturales para realizar el pago. 13.1.2. Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. -NO APLICA- 13.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes. La Condición de Entrega que aplicará es DDP (“Entrega Derechos Pagados”, INCOTERMS 2000), destino final, en Almacén Local (430) de Complejo Petroquímico Morelos, ubicado en Ejido Pajaritos s/n, Allende, C.P. 96380, Coatzacoalcos, Ver., México sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato debe suministrar la mercancía y la factura comercial, de acuerdo con el contrato, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. (La entrega de la factura debe realizarse de conformidad con lo establecido en el numeral 13.7 de esta Convocatoria).

Contrato de transporte debe contratar, a sus propias expensas, el tipo de transporte más conveniente, de acuerdo a la naturaleza de los bienes y al lugar de entrega indicado en el Documento 01.

Entrega debe poner la mercancía a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, sobre los medios de transporte utilizada y no descargada, a su llegada al lugar destino convenido, en la fecha o dentro del periodo acordado para la entrega.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada conforme al párrafo anterior.

Gastos debe pagar los gastos relativos al transporte, empaque y embalaje de los bienes hasta el momento en que hayan sido entregados.

Aviso debe dar a PEMEX PETROQUÍMICA aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra información que precise PEMEX PETROQUÍMICA para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

Embalaje – marcado la forma de empaque que deberá utilizar será la que garantice a PEMEX PETROQUÍMICA que los bienes no sufran daño y/o avería alguna durante las maniobras de carga, transporte, terrestre, marítimo o aéreo y descarga, así como almacenaje, el embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a:

Pago del precio debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato.

Recepción de la entrega debe recibir los bienes cuando se hayan entregado sobre los medios de transporte utilizado y no descargado, a su llegada al lugar de destino convenido en el contrato.

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Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Gastos debe pagar todos los gastos relacionados con los bienes a partir de la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Inspección de los Bienes debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades.

El plazo de entrega de los Bienes es de 150 (ciento cincuenta) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de formalización del contrato por parte del PROVEEDOR. Los Bienes objeto de esta licitación, serán entregados en Destino final, en Almacén Local (430) del Complejo Petroquímico Morelos, ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México;en días hábiles y en el siguiente horario: de las 8:00 a las 14:00 hrs.

El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en cada ORDEN, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales.

La responsabilidad de la transportación de los Bienes amparados en cada ORDEN así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUÍMICA, será a cargo del Proveedor.

13.3 Inspección de los Bienes. La inspección que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los Bienes, no relevará al Proveedor del compromiso que lo obliga a responder de los defectos o vicios ocultos por los Bienes entregados, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, por lo que para el caso de que incurra en responsabilidad por incumplimiento de este género, se hará efectiva, en su caso, la garantía respectiva por los conceptos indicados. De conformidad con los artículos 57 último párrafo y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá verificar y realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Bienes amparados en esta licitación, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 19. El área que realizará la Inspección será la Superintendencia de Planeación de Mantenimiento del C.P. Morelos. El lugar donde se llevará a cabo será Almacén Local del Complejo Petroquímico Morelos. 13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes. En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones,

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reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR. 13.4 GARANTÍAS. EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN PODRÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA O CARTA DE CRÉDITO. 13.4.1 FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

CONTRATO, LLOOSS DDEEFFEECCTTOOSS YY VVIICCIIOOSS OOCCUULLTTOOSS DDEE LLOOSS BBIIEENNEESS,, YY LLAA CCAALLIIDDAADD DDEE LLOOSS

SSEERRVVIICCIIOOSS AASSÍÍ CCOOMMOO CCUUAALLQQUUIIEERR OOTTRRAA RREESSPPOONNSSAABBIILLIIDDAADD. El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios prestados, y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Póliza de Fianza que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más SEIS meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09, de esta convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs. La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la Fianza de Cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la Fianza inicialmente presentada por el Proveedor, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder de los defectos y vicios ocultos de los

bienes y de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX

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PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso

ante instancias del orden administrativo o no judicial. (D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la

substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en

la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los

servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente

integrada con la siguiente documentación:

Por cumplimiento.

1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. 4. LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.

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5. FINIQUITO. 6. CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, 4. QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN 5. DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA 6. CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD 7. RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS 8. SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. 9. ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O 10. VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. La Fianza de Cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUÍMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra

responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato. d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o

corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.4.2 CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE CONFIRMADA. CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE CONFIRMADA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO LOS DDEEFFEECCTTOOSS YY VVIICCIIOOSS OOCCUULLTTOOSS DDEE LLOOSS BBIIEENNEESS,, LLAA CCAALLIIDDAADD DDEE LLOOSS

SSEERRVVIICCIIOOSS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito STANDBY Irrevocable Confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más NUEVE meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

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La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 09-A, de esta convocatoria y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs. La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de dicha garantía. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito STANDBY otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará

efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, así como

los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.5. Anticipo. PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a poner a disposición del PROVEEDOR un anticipo del 50% del monto del contrato (en las Condiciones y forma de pago establecidas en el punto 13.6 de estas bases) el cual le será proporcionado dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha de presentación y aceptación de la factura y garantía correspondiente por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El anticipo se pacta bajo la condición de precio fijo. Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado.

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En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el saldo por amortizar en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido de PEMEX PETROQUÍMICA, al amparo del contrato, debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA una garantía, consistente en:

(EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN PODRÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA:

FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO).

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado. Póliza de fianza que se constituirá por la totalidad del anticipo entregado, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Fianza que garantiza la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 9-B, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso

ante instancias del orden administrativo o no judicial. (C) Su conformidad para que la fianza que garantice el anticipo del contrato, permanezca vigente durante la

substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento

en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales

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que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(E) Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido

invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(F) Su conformidad expresa para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de

amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que

acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5.- Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6.- Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7.- Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

13.5.2 Carta De Crédito Standby. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del anticipo, sin incluir I.V.A., con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará

efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión,

aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.6. Condiciones y forma de pago. PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

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El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a).- Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b).- Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA. c).- Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la

fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior de los Complejos Petroquímicos Cangrejera, Cosoleacaque, y Pajaritos, en el horario de 9:00 a 13:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d).- Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e).- El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f).- La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g).- Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA-. 13.7. Facturación.

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El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: Ventanilla Única, ubicada en Ejido Pajaritos sin numero, Allende sin referencia, C.P. 96380, Coatzacoalcos, ver., México, debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago, establecido en el primer párrafo del punto 13.6. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente. 13.8. Penas convencionales.

Respecto de cada ORDEN (contrato), las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los Bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso, a razón de 0.2%, por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% de la ORDEN (el contrato) de que se trate. PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan. Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los bienes PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden. Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato. De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, el pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor. Conforme al Artículo 63 del Reglamento, de presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones. 13.9. Deducciones. –NO APLICA- 13.10. Rescisión Administrativa del Contrato.

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PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, por causas imputables al Proveedor, rescindir administrativamente el Contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en el contrato. Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX PETROQUÍMICA inicie el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, son las siguientes: 1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato. 2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales. 3. Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones, –NO APLICA-. 4. Si el Proveedor no entrega los bienes en el plazo establecido. 5. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la entrega de los bienes, manifiesta por escrito su

imposibilidad de entregar los mismos. 6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los bienes que PEMEX PETROQUÍMICA hubiere recibido como

incompletos, averiados o discrepantes. 7. Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en este contrato. 8. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación análoga que

afecte su patrimonio. 9. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la autorización previa y

por escrito de PEMEX PETROQUÍMICA. 10. Si el PROVEEDOR no da a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades o

información necesarias para la inspección de los bienes. 11. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del

contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables. En caso de incumplimiento del Proveedor a cualquiera de las obligaciones del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en el contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, sin menoscabo de que PEMEX PETROQUÍMICA pueda ejercer las acciones judiciales que procedan. Si el Proveedor es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente. 13.11 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. (Documento 13.12 SEGUROS Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega. 13.13. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. –NO APLICA-

13.14. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

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El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero. Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:

Relación de Socios:

Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta):

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Publico que la protocolizó:

Lugar y fecha

(Firma autógrafa original del apoderado o representante) Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. 3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en

este formato.

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DOCUMENTO 03 A FORMATO DE ESCRITO QUE DEBERÁN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN LA JUNTA DE ACLARACIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

_______ de _________ de _______________(1) PEMEX PETROQUÍMICA _______(2)_____________ ______________________ P R E S E N T E CON REPRESENTANTE Me refiero a la licitación Pública No. ____(3)____, en cuya(s) junta(s) de aclaraciones mi representada,

______________(4)___________________, tiene el interés de participar.

SIN REPRESENTANTE Me refiero a la licitación Pública No. ____(3)____, en cuya(s) junta(s) de aclaraciones tengo el interés de participar.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el artículo 33 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, manifiesto lo siguiente.

DATOS DEL LICITANTE.

Registro Federal de Contribuyentes:

Nombre:

Domicilio fiscal:

Descripción del objeto social:

Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

DATOS DEL REPRESENTANTE:

Registro Federal de Contribuyentes:

Nombre:

Domicilio fiscal:

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Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas facultades DE REPRESENTACIÓN.

Nombre, numero y circunscripción del Notario público o Federatario Público que lo protocolizó:

A T E N T A M E N T E

____________________(5)___________________

INSTRUCTIVO DE LLENADO:

NUMERO DESRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante

3 Indicar numero respectivo

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa

5 Anotar el nombre y firma del interesado o de su representante

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Co

ns.

Descripción

NOMBRE DEL ARCHIVO PARA

PROPOSICIONES ELECTRÓNICAS

1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).

DOC_03

2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

3. Declaración escrita de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50, 60 penúltimo párrafo (Documento 07).

DOC_07

4 Declaración de Integridad (Documento 08). DOC_08

5 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.

CONVEN

6 De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 14). DOC_14

7 Formato de oferta (Técnica) Documento 06

DOC_06

8 Formato de oferta (Económica) Documento 06-A

DOC_06-A

9 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los bienes que deberán presentar los licitantes. (Documento 10).

DOC_10

10 FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE LA INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES (Documento 21).

DOC_21

11 Formato para la manifestación de ser persona física ò moral que cuente con personal con discapacidad. (Documento 17). –NO APLICA-

DOC_17

12 Formato para la manifestación del carácter de MIPYMES. DOC_22

En el caso de proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, los documentos listados del 1 al 12, se imprimirán para su rúbrica durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DEL

DOCTO. 2 DE LA CONVOCATORIA

NOMBRE DEL ARCHIVO (TRATÁNDOSE DE PROPOSICIONES

ENVIADAS POR MEDIOS REMOTOS

DE COMUNICACIÓN ELECTRONICA)

ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO

Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante 1 Formato para la manifestación del carácter de MIPYMES. 4 INCISO A) DOC_22

2

Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.3 INCISO A)

3 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).

4 INCISO A) DOC_03

4 Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley (Documento 07).

4 INCISO C) DOC_07

5 Declaración de Integridad (Documento 08). 4 INCISO D) DOC_08

6 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas.

4 INCISO G.2) CONVEN

7 Formato para la manifestación de ser persona física ò moral que cuente con personal con discapacidad. (Documento 17). –NO APLICA-

4 INCISO T) DOC_17

8 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los bienes que deberán presentar los licitantes. (Documento 10).

4 INCISO K) DOC_10

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

9 Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes (Documento 21).

4 INCISO U) DOC_21

10 El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

11 DOC_14

11 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO H) DOC_05

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.

12

Formato de oferta (técnica) Documento 06 4 INCISO E) DOC_06

Formato de oferta (económica) Documento 06-A 4 INCISO F) DOC_06-A

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en la Convocatoria será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su proposición.

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DOCUMENTO 06

FORMATO DE OFERTA (TECNICA)

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- LUGAR DE ENTREGA

2.-PLAZO DE ENTREGA

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE OFERTA (ECONOMICA)

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin

I.V.A. ($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Condiciones Económicas

1.- VIGENCIA DE PROPOSICIÓN Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- LUGAR DE ENTREGA

3.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN (SIN IVA) (Indicarlo con numero y con letra)(moneda)

4.-CONDICION DE PRECIO PRECIO FIJO

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VIII DE LA CITADA LEY.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________ ______________________ P R E S E N T E EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO

PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento

(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me

encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos

50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL APODERADO LEGAL)

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

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DOCUMENTO 08

FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________ ______________________ P R E S E N T E

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal),

declaro, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que (denominación o razón social) a quien represento,

por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores

públicos de la Convocante, induzcan o alteren la evaluación de la proposición, el resultado del

procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás

participantes, de acuerdo al artículo 30 del Reglamento de la Ley.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en

su parte conducente.

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DOCUMENTO 09 MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO. EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO

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PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1.- PARA CUMPLIMIENTO:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) FINIQUITO. F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA

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RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

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LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DELA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09-A

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE) BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO). BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y

DOMICILIO FISCAL) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA

OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA

UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A FAVOR DE PEMEX

PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO

(NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE

LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL

ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN CASO

PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL ORDENANTE,

INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

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NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN ORDEN Y DE

ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD

TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A

LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER

DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL BANCO

EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO AL

BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS CUALES HA BASADO SU

RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O

BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE

HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY PUBLICACIÓN

ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E INTERPRETARÁ DE

CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA CON

MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA DE

CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR MEDIO DE LA

PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL CONTRATO NO.

(NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO)

POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO

STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA) A LA CUENTA

BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS) BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MÉXICO, EN

CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY) (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA) ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)

MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO CON LOS

TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 09-B

MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR _______________________________________ LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________. EN CASO DE QUE SE CONVENGAN PRÓRROGAS O SE OTORGUEN ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO GARANTIZADO, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA COMPAÑÍA CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDE AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS CONVENIDAS U OTORGADAS, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA CORRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA EL OBJETO ESTABLECIDO EN EL PROPIO CONTRATO. EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR TRABAJOS O SERVICIOS EJECUTADOS DE ACUERDO AL CONTRATO PRECISADO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD. ESTA PÓLIZA SE PODRÁ HACER EFECTIVA SIN QUE PREVIAMENTE EXISTA COMPENSACIÓN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO. LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS (EN SU CASO). C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS (EN SU CASO). D) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO. E) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS. F) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO. G) CUANTIFICACIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

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ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNALCOMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA HASTA QUE EL ANTICIPO GARANTIZADO QUEDE TOTALMENTE INVERTIDO, APLICADO, AMORTIZADO, DEDUCIDO Y DEVUELTO, SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTES (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 10

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE CARACTER NACIONAL

__________de __________ de ______________ (1) Pemex-Petroquímica. ____________________(2) P R E S E N T E Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Nacional, No. ____(3)_______ en el que mi representada, la empresa________(4)___________ es fabricante de los bienes que oferta la empresa ________(5)_________ dentro del procedimiento de contratación antes mencionado.

Sobre el particular, en términos de lo previsto por el “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional”, manifestamos que los que suscribimos la presente, declaramos bajo protesta de decir verdad, que somos de nacionalidad mexicana y que el (la totalidad de los) bien(es) que se ofertan en dicha propuesta, bajo la partida No. ___(6)______, será(n) producido(s) en México y contendrá(n) un grado de contenido nacional de cuando menos el ____(7)________por ciento, en el supuesto de que le sea adjudicado el Contrato respectivo al licitante.

A T E N T A M E N T E

A T E N T A M E N T E

(8) (9)

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la Convocante.

3 Indicar el número respectivo.

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

7 Indicar el porcentaje de contenido nacional que contenga(n) el (los) bien(es) que se ofertan.

8 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

9 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa fabricante.

NOTAS: a) Si el Licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente. b) Si el Licitante y el fabricante son la misma persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente.

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DOCUMENTO 11

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES Y EXTRANJEROS.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

(NOMBRE DEL ORGANISMO CONVOCANTE) _______________________________________ _______________________________________

PRESENTE

__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto de la licitación o concurso número _____________ de adquisiciones, con un monto de (______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los

términos señalados en la Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la

Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre

de 2009, de la cual anexo copia del “acuse de recepción”, que comprueba que he realizado la solicitud de

opinión prevista en la regla 1.2.1.15.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

LEGAL DE LA EMPRESA)

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DOCUMENTO 12 –NO APLICA-

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

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DOCUMENTO 13 –NO APLICA-

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DOCUMENTO 14

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE 1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON

ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA

INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

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5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O

LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN

SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES

DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE

LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. 5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN

PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 20_____.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE

___________________________________

Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 15

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las

personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales

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internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto

que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 16

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES A PRECIO FIJO (EN ADELANTE

“CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA, A QUIEN

EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ PEMEX PETROQUIMICA”, REPRESENTADO EN

ESTE ACTO POR EL C. __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ DE

PEMEX PETROQUIMICA Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO

SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A

LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR EL _________________ EN SU CARÁCTER

DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS

SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PEMEX PETROQUIMICA declara a través de su representante/apoderado que:

1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad

jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos

y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la

Federación. y tiene por objeto ____________________________ y continúa realizando

dichas actividades, en cumplimiento de su objeto, de conformidad con el artículo Tercero

Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de noviembre de 2008 en el

Diario Oficial de la Federación.

1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No.

_____ de fecha ___ de ______ de ___, otorgada ante la fe del Lic. _______________,

Titular de la Notaría Pública No. ____ de la Ciudad de__________, mismas que a la fecha

no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3. Cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en

este contrato, mediante _______________ (-cuando aplique- de conformidad con la

autorización de afectación plurianual según oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público No. ____. y/o autorización del titular de PEMEX PETROQUIMICA)

1.4. Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Licitación Pública Número

___________-____-__ de carácter _______________, mismo que se instrumentó de

conformidad con los artículos 26 fracción I y 28 fracción ______ la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de

___________ de ____.

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2. A) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA MORAL O FÍSICA QUE ACTÚE CON

REPRESENTANTE

El PROVEEDOR declara a través de su representante que:

B) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO

El PROVEEDOR declara que:

2.1. A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA

CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON INSTRUMENTO PÚBLICO MEXICANO. Acredita la legal existencia de su representada con la (Póliza, Escritura Pública o Acta)

Número _____ de fecha __ de _____ de ______, otorgada ante la fe del Lic. ____________,

Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de _________, la cual

quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente.

B) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD EXTRANJERA CUYA

EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON UN DOCUMENTO EXTRANJERO.

Acredita la legal existencia de su representada con el documento denominado (nombre y

datos del documento).

ESTA DECLARACIÓN DEBERÁ AJUSTARSE CONFORME A LA DOCUMENTACIÓN CON LA CUAL

SE ACREDITE SU LEGAL EXISTENCIA, LA CUAL DEBERÁ ESTAR APOSTILLADA, O EN SU

CASO, LEGALIZADA Y ACOMPAÑARSE CON TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL POR PERITO

AUTORIZADO, EN CASO DE IDIOMA DISTINTO AL INGLÉS.

C) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO.

Es una persona física actuando por su propio derecho y se identifica con (precisar los datos

de identificación del proveedor).

2.2. A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE

DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA, DICHAS

FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ____________ de (nombre de la

compañía o empresa), mediante la (Póliza –cuando se acrediten las facultades en la

constitución de la persona moral o en sus modificaciones estatutarias-, Escritura Pública o

Acta) Número ____ de fecha __ de ____ de _____, otorgada ante la fe del Lic.

____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de

________, la que quedo debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente,

mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

NOTA: TRATÁNDOSE DE PODERES ESPECIALES NO SE DEBERÁ REQUERIR LA INSCRIPCIÓN

EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO.

B) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA

FÍSICA CON REPRESENTANTE

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Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el

documento y datos en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta

poder simple, según proceda).

2.3. A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS MEXICANAS O EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO

PERMANENTE EN EL PAÍS.

Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _____________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN

EL PAÍS.

Cuenta con (señalar documento equivalente del país del proveedor).

2.4. A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.

Es mexicano y conviene que, aún y cuando, llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse

considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la

protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación

mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad _____________ y conviene en considerarse como mexicana

por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno

extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado

de este contrato.

2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos,

humanos y económicos para obligarse a la entrega de los bienes objeto de este contrato.

2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como las disposiciones

legales y administrativas aplicables al presente contrato.

2.7. Ha entregado la manifestación a que se refiere el artículo 29 fracción VIII de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de PEMEX

PETROQUIMICA.

2.9 Su moneda funcional es _________. (PARA EFECTOS ES ESTA DECLARACIÓN, POR

MONEDA FUNCIONAL DEBERÁ ENTENDERSE LA MONEDA CORRESPONDIENTE AL MEDIO

ECONÓMICO PRINCIPAL EN QUE OPERA EL PROVEEDOR Y QUE, NORMALMENTE, PERO NO

NECESARIAMENTE, SE UTILIZA PARA INFORMAR, EN CONGRUENCIA CON SU MEDIO

ECONÓMICO.)

2.10 CUANDO APLIQUE DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN

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Cuenta con las siguientes licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la adecuada

ejecución de los servicios objeto del presente contrato:_______________________

2.11. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN

INCLUIR EL I.V.A.

De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-

D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el "acuse

de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto de sus

obligaciones ante el Sistema de Administración Tributaria prevista en la Resolución

Miscelánea Fiscal vigente.

2.12.TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MÉXICO.

No tiene establecimiento permanente en el país y que, durante la ejecución de este contrato

no tiene la intención de crearlo. Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la

Federación ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el escrito de manifestación de no

encontrarse obligado a presentar los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea

Fiscal vigente.

2.13 TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ADJUDICADOS CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente

estratificación (Tamaño, Sector y Clasificación) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de

la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

2.14. TRATÁNDOSE DE UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA.

Con base en lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, presentaron una proposición conjunta y con fundamento en el

artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público, celebraron un convenio privado de proposición conjunta de fecha

__________________, mismo que forma parte integrante de este contrato como anexo

“[señalar número de anexo]”, por el cual se obligan de manera solidaria a [entregar los

bienes/prestar los servicios] en términos del presente contrato. Para los efectos del presente

acuerdo de voluntades y congruente con el convenio de proposición conjunta, las empresas

adjudicatarias del presente instrumento han designado como representante común a [nombre

de la empresa].

Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las

siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

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El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte

de PEMEX PETROQUIMICA consistentes en: ________, de conformidad con los términos y

condiciones que se especifican en el anexo __ de este contrato, mismo que forma parte integrante del

mismo.

EN CASO DE PROPOSICIONES CONJUNTAS SE DEBERÁ ESTABLECER CON

PRECISIÓN EN ESTA CLÁUSULA LAS PARTES DE LOS BIENES QUE CADA PERSONA SE

OBLIGA A ENTREGAR O LA PARTICIPACIÓN QUE TIENE EN EL GRUPO. LO

ANTERIOR, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 34, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y

31 INCISO D) DE SU REGLAMENTO, Y AÑADIR LA CLÁUSULA DE OBLIGACIÓN

SOLIDARIA.

SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el ____.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS DE UNA SOLA ENTREGA SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de

[número] [letra] días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este

contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como anexo ___ de este

contrato.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN

LOS QUE, NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (letra)

(número) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones previas

que se señalan a continuación:

El PROVEEDOR a los (letra) (número) días naturales posteriores a la fecha de firma de este contrato,

se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser

entregados a: (nombre del área usuaria), debiéndose marcar copia del comunicado de entrega a

(nombre del área de contratación)

PEMEX PETROQUIMICA se obliga a devolverlos en un plazo de (letra) (número) días naturales a

partir de su recepción, ya sean autorizados o con las observaciones que correspondan.

A partir de la fecha de devolución de los planos autorizados iniciará a contar el plazo de entrega de los

bienes a que se refiere esta cláusula, compensando, en su caso, los días que PEMEX PETROQUIMICA

se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio

correspondiente en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR

que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega iniciará a partir de la fecha de su devolución

y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de diferimiento del plazo.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ENTREGAS PROGRAMADAS

El PROVEEDOR se obliga a cumplir con la entrega de los bienes en los plazos convenidos en el anexo

__ de este contrato que forma parte integrante del mismo, los cuales se contabilizarán a partir de la

fecha de firma de este contrato.

TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO

Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su

caso, el lugar o los lugares que se especifican en el anexo _____ que forma parte integrante del

presente contrato –según aplique-), a la atención de ___________________________________, en

días hábiles y en el siguiente horario: ______.

El PROVEEDOR deberá entregar los bienes objeto de este contrato, a más tardar el día en que

concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de

entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin

embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el PROVEEDOR no entrega los

bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación

de penas convencionales.

LOS DOS PÁRRAFOS ANTERIORES ESTARÁN SUJETOS A ADECUACIÓN, EN RAZÓN DE QUE SI EL ÁREA

REQUIRENTE DE LOS BIENES MANIFIESTE SU POSIBILIDAD PARA RECIBIR LOS BIENES EN EL DÍA

INHÁBIL QUE CORRESPONDA

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la

integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUIMICA, será a

cargo del PROVEEDOR.

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por (partida/posición) completa.

CUANDO APLIQUE

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS),

consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y PEMEX PETROQUIMICA

estará obligado a: _______.

CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN LAS

ÁREAS ENCARGADAS DE ELABORAR CONTRATOS, DEBERÁN SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS

UTILIZADOS, ESPECIFICÁNDOLO CLARAMENTE EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE, TRATÁNDOSE

DE BIENES DE ORIGEN NACIONAL ADQUIRIDOS A PROVEEDORES NACIONALES LA CONDICIÓN DE

ENTREGA SERÁ DDP.

CUARTA.- IMPORTE DEL CONTRATO

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El importe total a pagar por los bienes es de (número, letra y moneda), más el Impuesto al Valor

Agregado (I.V.A.) y el precio unitario de los bienes se especifica por (posición/partida) en el anexo __

de este contrato, mismo que se considerará fijo hasta la entrega total de los bienes.

La(s) referencia(s) (MXP, USD ó Dls. E.U.A.,) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __

de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América)

QUINTA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO

PEMEX PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de

acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales (máximo

20 días naturales) contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura,

acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente

conteniendo: el sello del área receptora de los bienes, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha

y firma del personal facultado para estos efectos.

De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago de la Dirección Corporativa de

Finanzas de Petróleos Mexicanos cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza

de pago se aplicará el siguiente criterio:

CUANDO APLIQUE

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto

designe el mismo en el momento de darse de alta en la Ventanilla Única de PEMEX

PETROQUIMICA.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá diez (10) días hábiles para solicitar

aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente

reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán

sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso

que se realicen.

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO

Domingo Día hábil posterior

Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior

Viernes Día hábil anterior

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El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados

conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte

el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE)

de 28 días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la

fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa

TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el

porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el

adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la

Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en

que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda

“Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago

objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna

institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y

presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por

pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del

Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de

efectivo en PEMEX PETROQUIMICA.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,

DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de

aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con

dos días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto

Pago”..

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE

PÁRRAFO:

Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar

la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con dos días hábiles de

anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE OBLIGACIONES DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN TERRITORIO

NACIONAL

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República

Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de

México en la fecha en que se haga dicho pago.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN

CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD, O NUEVA SOCIEDAD EN CASO DE

PERSONAS MORALES, O SI NO SE CELEBRA UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.

[Nombre de la empresa adjudicataria en proposición conjunta] será quien presente las facturas de

todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

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EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA

Y LOS CONTRATISTAS HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN

CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-

B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio

de proposición conjunta señalado en la declaración 2.12 del presente contrato, han celebrado un

contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente

contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que

[denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.],

será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el

entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no será responsable por la forma en que [denominación o

razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.], distribuya o

participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del

presente contrato.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS

Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en

planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el anexo __ de este contrato.

En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago

progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir

de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada de este

contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los

intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga

para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán

por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las

cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA, independientemente de lo anterior, se hará

efectiva la garantía correspondiente.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación y devolución del

pago progresivo recibido de PEMEX PETROQUIMICA, deberá presentar a PEMEX

PETROQUIMICA previo a la entrega del pago progresivo, la garantía correspondiente, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del pago progresivo, en la misma moneda en el

que se otorgó, de acuerdo con las disposiciones aplicables y vigencia del contrato, sin incluir el

Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente

constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas a

favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo

que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier

otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente

durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos

legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva

que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada

hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del

artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se

encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral,

salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya

sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral

correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral

resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad

reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo

de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado

ejecutoria.

(D) Su conformidad para retirar y llevarse los equipos o bienes que, habiendo sido objeto de la

inversión y/o aplicación del pago progresivo, no resulten útiles o aprovechables para PEMEX

PETROQUIMICA, en cuanto así se lo requiera la entidad.

(E) Su aceptación de que la obligación de invertir y/o aplicar correctamente el pago progresivo

otorgado, es indivisible puesto que, tiene por objeto una prestación que únicamente siendo

satisfecha por entero puede ser considerada útil o aprovechable, por tanto, sólo se tendrá por

correctamente invertido o aplicado, aquel pago progresivo que produzca como resultado, en total

congruencia con el objeto contractual, un bien útil o aprovechable para PEMEX

PETROQUIMICA. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine que el bien no cumple

con los términos establecidos en este contrato, no obstante que en su caso, hubiere extendido el

correspondiente certificado de avance, PEMEX PETROQUIMICA, tendrá derecho de hacer

efectiva la fianza expedida en garantía por el cien por ciento de su importe, no obstante los

montos invertidos o aplicados. Contra el pago de la fianza, carecerá de eficacia cualquier

excepción que derive de la inversión o aplicación del pago progresivo efectuado, atendiendo a la

naturaleza indivisible que se atribuye a dicha obligación por este acuerdo expreso con PEMEX

PETROQUIMICA en este contrato.

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(F) Su aceptación para que la fianza permanezca vigente hasta que el pago progresivo otorgado haya

sido invertido correctamente, aplicado y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la

liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(G) Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de

inversión, aplicación y/o devolución del pago progresivo quedará integrada con la siguiente

documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.

2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

4. (Los) documento(s) que haya firmado el proveedor a la recepción del (los) pago(s)

progresivo(s), o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del

mismo.

5. Copia de la notificación del requerimiento de la devolución del pago progresivo.

6. La rescisión del contrato y su notificación.

7. Copia del finiquito

8. Cuantificación del pago progresivo no aplicado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del pago progresivo, sin

incluir I.V.A., con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más noventa días naturales

adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo

que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier

otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total

inversión, aplicación y devolución del pago progresivo, será pagada ante el incumplimiento de las

obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera

generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias

del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese

eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la

gestión de cobro.

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La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario

de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando

expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la

autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX

PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a

la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias

legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

SEXTA.- ANTICIPO

CUANDO NO HAYA OTORGAMIENTO DE ANTICIPO.

En el presente contrato PEMEX PETROQUIMICA no otorgará anticipo al PROVEEDOR.

CUANDO HAYA OTORGAMIENTO DE ANTICIPO.

PEMEX PETROQUIMICA se obliga a poner a disposición del PROVEEDOR un anticipo de ___ %

(del monto del contrato o de la partida que corresponda) en (indicar tipo de moneda), el cual le será

proporcionado dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha de presentación y

aceptación de la factura y garantía correspondiente por la totalidad del importe de dicho anticipo, la

que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya

otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El anticipo se pacta bajo

la condición de precio fijo.

Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el

PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos,

comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le

fue otorgado.

En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el saldo

por amortizar en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que

sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada de este contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado, deberá pagar

los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de

prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se

computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se

pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA, independientemente de lo anterior,

se hará efectiva la garantía correspondiente.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización,

deducción y devolución del anticipo recibido por PEMEX PETROQUIMICA, debe presentar a

PEMEX PETROQUIMICA una garantía, consistente en:

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CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del anticipo, en la misma moneda en la que se

otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V.

A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana,

en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo

que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier

otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca

vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los

recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución

definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada

hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del

artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se

encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral,

salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya

sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral

correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral

resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad

reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo

de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado

ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado

haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la

inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito

por PEMEX PETROQUIMICA.

(E) Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de

amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará

integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.

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2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro

documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo.

5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas.

6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado.

7. La rescisión del contrato y su notificación.

8. Copia del finiquito

9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del anticipo, sin incluir

I.V.A., y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa

días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo

que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como

cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y

total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante

el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier

circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en

inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier

excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para

desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario

de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando

expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la

autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX

PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a

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la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias

legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

SÉPTIMA.- FACTURACIÓN

El PROVEEDOR deberá entregar sus facturas acompañadas de la documentación soporte a que se

refiere este contrato, para inicio de trámite de pago en (señalar la ubicación de la ventanilla única u

oficina correspondiente), debidamente requisitadas, en original y _______ copias, para proceder en los

términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete

(7) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la

(partida/posición) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes.

En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o

deficiencias, PEMEX PETROQUIMICA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su

recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que

transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las

correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en la cláusula denominada

Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del

plazo mencionado.

FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS

.

Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar su factura al momento de la firma de este

contrato. En caso de rechazo de la factura que ampare el anticipo, PEMEX PETROQUIMICA contará

con un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente al de su presentación,

para señalar por escrito al PROVEEDOR las deficiencias en sus documentos. El plazo que transcurra a

partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se

computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la

reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a

PEMEX PETROQUIMICA, se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones

asumidas por ambas partes.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través

de la bóveda electrónica de PEMEX PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea

otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

OCTAVA.- PAGOS EN EXCESO

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las

cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la

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Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los

intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días

naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a

disposición de PEMEX PETROQUIMICA. PEMEX PETROQUIMICA procederá a deducir dichas

cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque

certificado a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

NOVENA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS

En ningún caso los derechos y obligaciones derivados de este contrato, podrán ser transferidos total o

parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere

adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el

consentimiento de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero mediante

operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX PETROQUIMICA otorga su

consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en

Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal

o administrativo.

En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones

Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública

Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.;

Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero

de 2007.

DÉCIMA.- OBLIGACIONES FISCALES

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las

leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de

cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio

de que PEMEX PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones

que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la

ley de la materia, este sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los

precios pactados.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, DEBERÁ

SUSTITUIRSE EL PRIMER PÁRRAFO POR LA SIGUIENTE REDACCIÓN E INVARIABLEMENTE DEBERÁ

SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE

CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR

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Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada

una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y

municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del otro contratante), tengan

obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos.

Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PEMEX PETROQUIMICA esté obligado a efectuar de

acuerdo con las leyes de la materia.

DÉCIMA PRIMERA.- INDICAR EL ENCABEZADO DE LA CLÁUSULA QUE APLIQUE AL CASO

CONCRETO, SELECCIONANDO LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del

contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a

la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado

en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia

equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida

en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de

PEMEX PETROQUIMICA.

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto

total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los

ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada

ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por

institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal

de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o

modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que

corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo

restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por

lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como

cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca

vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los

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recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución

definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada

hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del

artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se

encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral,

salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya

sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral

correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral

resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad

reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo

de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado

ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las

obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la

conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX

PETROQUIMICA.

(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento

de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.

2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.

5. La rescisión del contrato y su notificación.

6. Copia del finiquito

7. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una

vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de

PEMEX PETROQUIMICA.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del

monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en

todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o

sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes

señalado, y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios

deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y

por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX

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PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales

adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por

lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como

cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del

contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera

desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta

a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace

efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa,

carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DEFECTOS O VICIOS OCULTOS

EN LOS BIENES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD

El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del

contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a

la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado

en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, defectos o vicios ocultos en los bienes y

cualquier otra responsabilidad, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia

equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada

por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley

Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto

total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los

ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada

ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por

institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal

de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o

modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que

corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo

restante, más seis meses a partir de la entrega de los bienes.

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El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios

ocultos en los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los

términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX

PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o

reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el

PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal

concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o

reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales

que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el

PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o

reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos

a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la

realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será

necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o

reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente

el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda

el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su

afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por

lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como

cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca

vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los

recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución

definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada

hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del

artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se

encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral,

salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya

sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral

correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral

resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad

reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo

de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado

ejecutoria.

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(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos o vicios ocultos en los bienes y

cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas

hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación

deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará

integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.

2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.

5. La rescisión del contrato y su notificación.

6. Copia del finiquito

7. Cuantificación del importe reclamado.

Por defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad.

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.

2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos

de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los defectos y vicios

ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos

detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una

vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses más noventa días naturales

adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para

operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del

monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en

todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o

sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes

señalado, y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios

deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y

por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX

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PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más seis meses más

noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por

lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las

obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como

cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del

contrato, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del

contrato, los defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, será

pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con

entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago

distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se

hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como

conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario

de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando

expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

De no cumplir con dicha entrega en el (los) plazo (s) establecido (s) así como en los términos y

condiciones que se señalan en esta cláusula, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento

de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50

fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la

autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX

PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a

la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias

legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ

INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:

En términos del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, PEMEX PETROQUIMICA exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de

cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de PEMEX PETROQUIMICA de reclamar por la

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vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones

derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada

Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los

bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX

PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el

número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso,

así como el peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la

(partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción

detallada de los bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de

las especificaciones y la aceptación de los Bienes en los términos previstos en este Contrato y sus

Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX PETROQUIMICA.

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA

NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de

embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o deposito, o en su caso el

dibujo especifico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante,

grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta

adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que

por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y

permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y

conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición

química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente

cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEMEX

PETROQUIMICA.

SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ

SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

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El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección

de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que

en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos,

el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con (cuarenta y ocho) 48 horas de anticipación,

de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de

recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota

de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra PEMEX PETROQUIMICA, por falta de documentación de embarque,

será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el

PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones

legales y reglamentarias que tienen conferidas la Secretaria de Economía y/o de la Función Pública, se

realice la verificación de los bienes adquiridos por PEMEX PETROQUIMICA bajo el presente

contrato.

DÉCIMA TERCERA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEMEX PETROQUIMICA, si

al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o

calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este

sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato,

no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra

defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en

responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por

los conceptos indicados.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE

CONTRATO

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato,

no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra

defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de PEMEX PETROQUIMICA de reclamar por la

vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de

este género.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime

necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los bienes amparados en el presente

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contrato, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUIMICA y al PROVEEDOR todos los datos e

informes relacionados con los actos de que se trate.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: ________ el área que realizará la

inspección será: ________________, el lugar donde se llevará a cabo será: ____________.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de

señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por incumplimiento en el plazo

de entrega de los bienes, se calcularán, a partir (del día o de la hora) siguiente del vencimiento del

plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán

determinadas en función de (el valor total de los bienes cuando el resultado esperado dependa de la

entrega total de los mismos; o sobre el valor de los bienes entregados con atraso, cuando éstos se

hubieran cotizado en forma unitaria y el resultado esperado no dependa de la entrega total de los

mismos), a razón de ___ % por cada (día calendario u hora) de atraso y hasta por el importe de la

garantía de cumplimiento del contrato o, si fuera el caso, de manera proporcional al importe de la

garantía de cumplimiento que corresponda a la partida de que se trate.

Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo, PEMEX PETROQUIMICA emitirá una

factura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor el

PROVEEDOR, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio

modificatorio y la fecha real de entrega de los bienes.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, el pago de los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago

que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en

el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la

contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras

motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al

PROVEEDOR.

DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

PEMEX PETROQUIMICA podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas el

incremento en el monto del contrato o en la cantidad de bienes amparados en el mismo, así como en la

vigencia que, en su caso, se derive de dicha ampliación, siempre que el monto total de las

modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de

los bienes sea igual al originalmente pactado, el contrato esté vigente y el PROVEEDOR no se

encuentre en incumplimiento.

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En el caso de que el presente contrato incluya dos o más partidas, el porcentaje se aplicará para cada

una de ellas.

Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones

pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la (nombre del área contratante) de PEMEX

PETROQUIMICA, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada

expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y

legales del presente contrato.

La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para la conclusión

de los servicios originalmente pactado.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas

comparadas con las establecidas originalmente.

En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se

obliga a entregar a PEMEX PETROQUIMICA dentro de los diez días siguientes a la fecha de la

formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza

otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e

inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.

Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito, dicho instrumento tendrá que

sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en este contrato, en el cual se

garanticen las obligaciones de este contrato y del convenio correspondiente.

En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, PEMEX PETROQUIMICA podrá

determinar la rescisión administrativa del contrato.

DÉCIMA SEXTA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza

mayor.

Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la

voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles,

irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del

PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa:

terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la

administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento

armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con la

prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del

dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca, y notificar a la otra

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parte dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la

motivó a través de un oficio con acuse de recibo. Cuando se le notifique a PEMEX PETROQUIMICA,

deberá ser ante (indicar el nombre del área de contratación) de PEMEX PETROQUIMICA

El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo y/o fecha establecida para la entrega de los

bienes, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada.

Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda

cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a (área de

contratación), una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo

original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si

la prórroga solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en

términos de la cláusula denominada Penas Convencionales. En caso de que el PROVEEDOR no dé

aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza

mayor.

Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, un

convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, en

términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes.

No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de

previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se

encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a

la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.

DÉCIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX PETROQUIMICA podrá,

en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el

presente contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo.

Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando

que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión

Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX PETROQUIMICA inicie el procedimiento de rescisión

administrativa del contrato, son las siguientes:

1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se

haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación.

2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales.

3. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la entrega de los bienes, manifieste

por escrito su imposibilidad de entregar los mismos.

4. Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones, cuando aplique.

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5. Si el PROVEEDOR no entrega los bienes en el plazo establecido.

6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los bienes que PEMEX PETROQUIMICA hubiere recibido

como incompletos, averiados o discrepantes.

7. Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en este contrato.

8. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación

análoga que afecte su patrimonio.

9. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con el

consentimiento de PEMEX PETROQUIMICA

10. Si el PROVEEDOR no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las

facilidades o datos necesarios para la inspección de los bienes.

11. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones

derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

12. Si el PROVEEDOR no cuenta con el avance en la fabricación de los bienes según programa; o con

los materiales en planta para la fabricación contratada; o con la documentación que avale la

adquisición de los mismos, etc. y se demuestre que dichas circunstancias imposibilitan al

PROVEEDOR para el cumplimiento de sus obligaciones. CUANDO APLIQUE

En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, PEMEX

PETROQUIMICA podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas

convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se

señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer

efectiva la garantía otorgada en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEMEX

PETROQUIMICA pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la

contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere.

Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y

obtenga la declaración o resolución correspondiente.

DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL

CONTRATO

El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciara a partir de que al PROVEEDOR le

sea comunicado por escrito el o los incumplimientos en que haya incurrido, para que en un término de

cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime

pertinentes.

Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, PEMEX PETROQUIMICA resolverá

considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el PROVEEDOR.

La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser comunicada al PROVEEDOR

dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer

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párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de

dicho plazo.

Cuando se rescinda el contrato PEMEX PETROQUIMICA formulará el finiquito correspondiente,

dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el

PROVEEDOR hiciere entrega de los bienes, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que

PEMEX PETROQUIMICA pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula denominada Penas

Convencionales.

Se podrá negar la recepción de los bienes una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa

del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para PEMEX

PETROQUIMICA la necesidad de los bienes contratados, por lo que en este supuesto, PEMEX

PETROQUIMICA determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de

cumplimiento.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA decida no dar por rescindido el contrato, se deberá

establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere

motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos

párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

De actualizarse el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público PEMEX PETROQUIMICA podrá recibir los bienes, previa verificación

de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad

presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia

del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se

considerará nulo.

DÉCIMA NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX PETROQUIMICA podrá

dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o

bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente

contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se

ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX PETROQUIMICA, o se determine la nulidad de los actos

que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de

oficio emitida por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el artículo 54

Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA procederá a reembolsar, previa solicitud del

PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean

razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales

deberán señalarse en el finiquito correspondiente.

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VIGÉSIMA.- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES

Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los

siguientes:

PEMEX PETROQUIMICA Por el PROVEEDOR

(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

El PROVEEDOR se obliga a comunicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las

notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:

a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o

b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o

c) Por correo certificado con acuse de recibo.

Asimismo, el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio

de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario

público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio

convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a

proveedores de PEMEX PETROQUIMICA, aceptando expresamente que la notificación realizada por

dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.

Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a PEMEX

PETROQUIMICA en los siguientes términos:

a) Por escrito con acuse de recibo de PEMEX PETROQUIMICA entregado en el domicilio

convencional señalado en esta cláusula, o

b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o

c) Por correo certificado con acuse de recibo.

VIGÉSIMA PRIMERA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan

entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito

por parte de PEMEX PETROQUIMICA; por lo que en estos casos; PEMEX PETROQUIMICA podrá

ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados

o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que

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los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de

manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes,

sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera

celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que

incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las

dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto de este

contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables,

sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las

disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con

este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la Secretaría de la

Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas

las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el

cumplimiento del presente contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS

EMPRESAS.

El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las

leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad,

protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las

instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA. Las responsabilidades y los daños y

perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales,

no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o

deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o

a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin

negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de

ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

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Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de

cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte

que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó

deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas,

demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo

honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

VIGÉSIMA TERCERA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS AUTOR

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de

cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus

logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada

derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a

PEMEX PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de

Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o

indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice

y que realice PEMEX PETROQUIMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a

las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de __ (letra) ____ (número) días naturales

contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX

PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o

conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos

Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX

PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin

restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y

estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual,

la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX PETROQUIMICA.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por

parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o

cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX

PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

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El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de

este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y

demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa

exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento

jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en

términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus

vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX

PETROQUIMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos

establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas,

que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos

y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a

salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o

cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal

concepto.

VIGÉSIMA QUINTA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones

originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías

PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o

reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones

impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga

derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se

le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR

para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUIMICA

podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al

PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos.

VIGÉSIMA SEXTA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la

naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

El área de PEMEX PETROQUIMICA que administrará el contrato será (precisar el nombre del área), a

través de su titular.

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_________.- SUBCONTRATACIÓN (NO APLICA)

[La forma) (El porcentaje)] que podrá subcontratar el PROVEEDOR es el (la) siguiente:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

Dicha subcontratación no implicará una transferencia de derechos u obligaciones en términos del

artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que el

PROVEEDOR será el único responsable frente a PEMEX PETROQUIMICA respecto de las

obligaciones contraídas en el presente Contrato.

_________- SOPORTE DEL SERVICIO ((NO APLICA)

)

El PROVEEDOR se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus

respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención

telefónica así como contar en su caso, con soporte a nivel nacional (-internacional-en el caso que se

requiera) e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la

atención de los bienes en las diferentes localidades en que los mismos se encuentren, en la forma y

tiempo requerido por PEMEX PETROQUIMICA de acuerdo con sus necesidades de operación.

_________.- NORMAS DE CALIDAD ROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR

LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR acepta que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del

contrato que entregue a PEMEX PETROQUIMICA cuentan con una certificación normativa, conforme

al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de

origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

(NO APLICA)

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a

PEMEX PETROQUIMICA están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de

Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo

indicado en su oferta del proveedor).

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO (NO APLICA)

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia,

centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo __ del presente

contrato, corresponden a datos de control interno de PEMEX PETROQUIMICA que no tienen

implicaciones legales para el PROVEEDOR.

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_________.- DEDUCCIONES (NO APLICA)

(CUANDO APLIQUE)

En el caso de incumplimiento parcial o deficiente de las obligaciones a cargo del PROVEEDOR,

PEMEX PETROQUIMICA aplicará una deducción de __________ sobre (el importe que se hubiese

pactado en este contrato, en relación con la forma [entregables, etapas, partes, etc.]). El monto máximo

de aplicación de deducciones será de ____ (deberá establecerse el porcentaje, cantidad, etc.). Una vez

agotado dicho límite PEMEX PETROQUIMICA podrá proceder a rescindir el contrato.

Estas deducciones son independientes de las penas convencionales establecidas en la cláusula

correspondiente de este contrato.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA (

De conformidad con lo estipulado en el segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, este contrato estará sujeto a la disponibilidad

presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán

condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la

referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

___________.- SUSPENSIÓN (

Cuando en la ejecución del contrato, se presenten causas de caso fortuito o fuerza mayor, PEMEX

PETROQUIMICA, podrá suspender el contrato en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios

que hubieren sido efectivamente prestados y, en su caso, el PROVEEDOR deberá reintegrar los

anticipos no amortizados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA, adicionalmente se

pagaran al PROVEEDOR los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén

debidamente comprobados y que se relacionen directamente con el contrato.

Al presentarse cualquier causa que obligue a suspender la prestación de los servicios imputable a

PEMEX PETROQUIMICA, el administrador del contrato deberá notificar por escrito al PROVEEDOR

tal situación dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que

la motivó.

Si la suspensión obedece a caso fortuito o fuerza mayor, el mismo deberá acreditarse en términos de lo

previsto en la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor.

El convenio modificatorio para la formalización de la prórroga deberá suscribirse a más tardar dentro

de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición

operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, la nueva fecha de terminación prorrogada no

modificará el plazo original pactado, y deberá actualizarse la garantía correspondiente.

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Cuando concluido el plazo de suspensión, se determine no reanudar la prestación de los servicios,

deberá llevarse a cabo la terminación anticipada del contrato y se exigirá al PROVEEDOR, en su caso,

el reintegro de los anticipos no amortizados, debiendo formalizarse el convenio correspondiente.

_________.- CONFIDENCIALIDAD (CUANDO APLIQUE)

Toda la información y documentación que resulte de la ejecución del presente contrato, así como la que

PEMEX PETROQUIMICA, le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información de carácter

técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información clasificada como confidencial,

y por lo tanto, no deberá usarse dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea

para el cumplimiento de las obligaciones pactadas por el PROVEEDOR, absteniéndose de divulgar

dicha información por cualquier medio como lo son, en forma enunciativa más no limitativa, las

publicaciones, conferencias, o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y

por escrito de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX PETROQUIMICA que

contengan información clasificada como confidencial, reservada, y/o comercial reservada, siempre que

tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones legales aplicables,

y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a

PEMEX PETROQUIMICA, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de

las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de

confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a

revelar.

_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO (NO APLICA)

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad

financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de

financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El

PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas,

sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento,

para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma

del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo ___, en la inteligencia de que

PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información

adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.

Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la

vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX

PETROQUIMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la

modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento,

la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo ___

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denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto

las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos

Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las

Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo

vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de

Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

El PROVEEDOR deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s)

(“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUIMICA, con el fin de proporcionar la

Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área

responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de

Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación

soporte que el PROVEEDOR debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este

contrato.

PEMEX PETROQUIMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de

Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue

la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o

información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por

las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a

la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUIMICA le indique

oportunamente.

_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

El área de PEMEX PETROQUIMICA que realizará la supervisión de los servicios será ___ (indicar), a

través de su titular. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUIMICA vigilará y revisará en todo

tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que

estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la

relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PEMEX PETROQUIMICA no libera al PROVEEDOR del

cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos

que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el

ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni

libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

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De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime

necesarias así como verificar la calidad de los servicios establecidos en el presente contrato, pudiendo

solicitar a PEMEX PETROQUIMICA y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con

los actos de que se trate.

LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O

CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la

ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y

especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado

por PEMEX PETROQUIMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUIMICA podrá

solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que

reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA

APLICA EN CASO DE PROPOSICIONES CONJUNTAS Y SE INCLUIRÁ AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO

QUE LE CORRESPONDA.

Cada una de las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asume en

forma solidaria las obligaciones de este contrato y, asimismo, manifiestan que el convenio de

proposición conjunta que se adjunta al presente contrato como anexo [indicar número de anexo],

forma parte integrante del mismo.

LAS CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN, TENDRÁN QUE INCLUIRSE

INVARIABLEMENTE, DEBIENDO AJUSTARSE CONFORME A LA NUMERACIÓN

CONSECUTIVA

_________.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican,

firmados de conformidad por ambas partes.

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes”

Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”

Anexo “____”.- ____

Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” . (NO APLICA)

Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” . (NO APLICA)

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Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre

ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

En caso de cualquier discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos,

prevalecerá lo pactado en el clausulado.

_________.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y

deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la

fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente

instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas

serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de

prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien

esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a

cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

_________.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN

Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y

supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y

por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté

expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de

los Estados Unidos Mexicanos y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales

federales competentes con residencia en la Ciudad de _______, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia

a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o

futuro o por cualquier otra causa.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por

duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

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LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL

CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES

APLICABLES.

POR PEMEX PETROQUIMICA

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA

POR PARTE DE LA OFICINA DEL

ABOGADO GENERAL

_____________________________________

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DOCUMENTO 17 NO APLICA

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DOCUMENTO 18

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 bajo protesta de decir verdad, para acreditar la existencia y personalidad

jurídica del licitante de conformidad con el punto 4 inciso A), de esta convocatoria. 2. No presentar su proposición redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso B), de esta

convocatoria. 3. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las

aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

4. Asimismo se desechará la proposición que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone.

Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”

Que proponga más de una marca para un mismo bien.

Que no indique marca o nombre del fabricante.

Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención” 5. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su proposición. 6. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables de acuerdo al punto 4.4.2 incisos

C) y D) de esta convocatoria. 7. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en

esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el punto 4. 8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no

encontrarse en alguno(s) los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 de la Ley respectivamente, tal y como se solicita en el punto 4 inciso C), de esta convocatoria.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente licitación, de

conformidad con lo establecido en el punto 4 inciso R), de esta convocatoria. 10. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes, para elevar los precios de los bienes

objeto de esta licitación o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante, punto 4 inciso S). 11. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho

convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 inciso G).

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12. No incluir alguno de los documentos de soporte de la proposición, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos técnicos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

13. No presentar la manifestación del carácter de MIPYMES, bajo protesta de decir verdad de conformidad con

lo establecido en el punto 4 inciso A) de esta convocatoria, el cuál deberá contener como mínimo, la información indicada en el Documento 22.

14. 15. No presentar la declaración de integridad, bajo protesta de decir verdad (DOCUMENTO 08) de

conformidad a lo establecido en el punto 4 inciso D) de esta convocatoria. 16. Cualquier violación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su

Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables. 17. El NO señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, punto 4

inciso Q) de esta convocatoria. 18. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 de la presente

convocatoria. 19. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en esta Convocatoria que afecte directamente la

solvencia de su proposición. 20. En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no

presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida en esta convocatoria, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

21. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de

la proposición, solicitados en esta convocatoria, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia convocatoria.

22. No presentar los documentos 03, 06, 06-A, 07, 08 y 10, debidamente requisitados. 23. No ser claro, preciso y congruente en su proposición, de acuerdo a lo solicitado.

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DOCUMENTO 19

NIVELES DE INSPECCIÓNDE BIENES Inspección de Bienes Se establecen los siguientes niveles de inspección para bienes. Nivel III Aplica a los bienes terminados que requieren de un inspector en instalaciones del proveedor o destino

final. El área o personal designado para realizar la inspección, deberá verificar documental y físicamente, lo

siguiente:

1. Especificaciones contractuales.

2. La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados.

3. Certificados de calidad de los bienes terminados.

4. El acabado y embalaje de los bienes terminados.

5. Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y numero de parte.

6. La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 20

400-ACSIPA-RE-01 Rev. 01

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y

Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o

Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquimica.

Elabora

Revisa

Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser

observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las

instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

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3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

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Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

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6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.

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7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.

7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

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7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de transito. Y en el caso de la actividad especifica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia

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de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

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7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.

Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.

7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

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7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u

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otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

1. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

2. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

3. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

4. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

5. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

6.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

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7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

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7.1.14.a. Al lesionarse uno o mas trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

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7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.

7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus

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trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

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7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

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8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

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n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

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rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

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b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL.-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 21

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE LA INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS

__________de __________ de ______________ Pemex-Petroquímica. P R E S E N T E Licitación Pública Nacional No. ______(indicar numero de licitación)______ Con fundamento en lo establecido en los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), entrego con el carácter de confidencial la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es).

No. de partida

Descripcion % Integracion Nacional (0

a 100%)

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 22

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

____________de_______________________de_____________ ( 1 ) _____________( 2 )______________ Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Nacional N°_________( 3 )________ en el que mi representada, la empresa _________( 4 )________________ participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector____( 5 )_____, cuenta con__( 6 )__ empleados de planta registrados ante el IMSS y con ____( 7 )_____ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de ____( 8 )_____ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa ____( 9 )_____ atendiendo lo siguiente:

Estratificación

Tamaño

(10)

Sector

(6)

Rango de número

de trabajadores

(7)+(8)

Rango de monto de

ventas anuales

(mdp)

(9)

Tope máximo

combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30

Desde $4.01 hasta

$100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta

$100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta

$250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta

$250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

(6) (7) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (6) y (7). (9) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje

de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

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Asi mismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mis representada es: _________( 10 )________; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): ________( 11 )________.

ATENTAMENTE

_________________( 12 )_______________

INSTRUCTIVO

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

NÚMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo del procedimiento.

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.

5 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios).

6 Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS.

7 En su caso, anotar el número de personas subcontratadas.

8 Señalar el rango de ventas anuales en millones de pesos (mdp): conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales.

9 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación.

10 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.

11 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta.

12 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

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DOCUMENTO 23

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR

EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.

______________________ ______________________

P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a

la Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más

adelante, mismos que integran la Proposición, presentadas en el proceso de Licitación Pública N° 18578010-

XXX-XX, se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.