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PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV … · demanda de violencia familiar contra Agustín Correa LLaguento, en agravio de Santa Callaca Quispe y su menor hijo Juan Diego Correa Callaca,

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1Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL2

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ

Telf: 481030 - 239182

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

4. EDICTOS PENALES

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº : 295-2014-0-1707-JM-FC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: ALEXANDER PINEDO OLIVERA con la Resolución N° CINCO de fecha cinco de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:Que, ante el Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dra. Yris Melisa Núñez Alcántara, secretario judicial Dr. María Julia Silva Mori, Expediente 295-2014-0-1707-JM-FC-01, don JULIO PINEDA BENAVIDES interpone demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en contra de don ALEXANDER PINEDO OLIVERA, siendo necesario la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CINCO DE FECHA 05 DE ENERO DEL 2018, AUTO ADMISORIO, DEMANDA Y ANEXOS, MEDIANTE EDICTOS POR TRES días, siendo como sigue:EXP.: 295-2014RESOLUCION N° CINCODe fecha 05.01.2018SE DISPONE: NOTIFÍQUESE a la parte demandada con el auto admisorio, la demanda y anexos, y una vez recibida la misma, se concede el plazo de cinco días a la parte demandada, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de declararse rebelde, luego de transcurrido el plazo concedido con o sin la contestación de la demanda, en mérito al principio de celeridad y economía procesal, REPROGRÁMESE la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VIERNES VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, hora exacta en el local del Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, ubicado en la Av. Tacna y Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 742- Ferreñafe, debiendo de concurrir los justiciables puntualmente a la hora indicada; bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver.RESOLUCION N° UNODe fecha 09.07.2014SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la FISCAL PROVINCIAL DE LA FISCALIA MIXTA DE FERREÑAFE, en representación de JULIO PINEDO BENAVIDES contra ALEXANDER PINEDO OLIVERA, sobre Violencia Familiar - MALTRATO FISICO; por ofrecidos los medios probatorios que precisa; confiérase TRASLADO al emplazado para que dentro del plazo de CINCO DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.DEMANDA Y ANEXOSCon fecha 08.07.2014, la Fiscalía Provincial Mixta de Ferreñafe, interpone demanda de Violencia Familiar, contra Alexander Pinedo Olivera en agravio de Julio Pinedo Benavides, señalando como fundamentos de hecho que mediante Informe Policial N° 51-2014-DITERPOL-LAM-CPNP-BTGDE/VF, que Julio Pinedo Benavides (61, viene siendo víctima de violencia familiar por parte de su hijo Alexander Pinedo Olivera, quien el día 22 de junio del presente año a 20 horas aproximadamente ha llegado a su domicilio y empezó a golpearlo a puñetes y patadas por todas partes del cuerpo cuando este le reclamo por que

se encontraba ebrio, siendo auxiliado por sus hijas.Anexo 01: Informe Policial N° 51-2014-DITERPOL-LAM-CPNP-BTGDE/VF, por el cual se aprecia un extracto del previo análisis de los hechos donde JULIO PINEDO BENAVIDES denuncia violencia familiar por parte de su hijo ALEXANDER PINEDO OLIVERA.Anexo 02: Certificado Médico Legal N° 001153-VFL, por el cual se practica el examen médico al agraviado Julio Pinedo Benavides, prescribiendo como atención facultativa 02 días, y como incapacidad médico legal 08 días.Anexo 03: Declaración de Julio Pinedo Benavides, por el agraviado Julio Pinedo Benavides, declara respecto de cómo ocurrieron los hechos denunciados.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL31 de Enero del 2018FP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº : 021-2016-0-1707-JM-FC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: ALEXANDER PINEDO OLIVERA con la Resolución N° CINCO de fecha cinco de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:Que, ante el Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dra. Yris Melisa Núñez Alcántara, secretario judicial Dr. María Julia Silva Mori, Expediente 021-2016-0-1707-JM-FC-01, don OLIVIA MANAYAY LUCERO interpone demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en contra de don RAMON SANCHEZ MANAYAY, siendo necesario la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CINCO DE FECHA 05 DE ENERO DEL 2018, AUTO ADMISORIO, DEMANDA Y ANEXOS, MEDIANTE EDICTOS POR TRES días, siendo como sigue:EXP.: 021-2016RESOLUCION N° CINCODe fecha 05.01.2018SE DISPONE: REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ORAL, para el día VIERNES VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, hora exacta en el local del Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, ubicado en la Av. Tacna y Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 742- Ferreñafe, debiendo de concurrir los justiciables puntualmente a la hora indicada; bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver.RESOLUCION N° UNODe fecha 02.03.2014SE RESUELVE: ADMITIR a trámite denuncia interpuesta por OLIVIA MANAYAY LUCERO contra RAMON SANCHEZ MANAYAY, por hechos de Violencia Familiar en agravio de la denunciante; por ofrecidos los medios probatorios que se indican, y conforme al estado del proceso CONVOQUESE A AUDIEDNCIA ORAL para el día TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO DE LA MAÑANA, debiendo concurrir las partes puntualmente. DEMANDA Y ANEXOSCon fecha 15.01.2016 la Comisaría de Ferreñafe, remite la denuncia verbal

contra Ramón Sánchez Manayay, en agravio de Olivia Manayay Lucero, señalando como fundamentos de hecho que al promediar las cuatro horas del día 01 de enero del 2016, en circunstancias que la denunciante retornaba en compañía del denunciado del local comunal del caserío Huasicaj, tras regresar de un baile social, el denunciado optó por desviarse a la casa de la Señora Angelina Manayay Lucero, para pernoctar en este domicilio, ante este la denunciante increpo la actitud al denunciado, llegando a agredirla físicamente.

Anexo 01: Declaración de Julio Olivia Manayay Lucero, agraviada que declara respecto de cómo ocurrieron los hechos

denunciados.Anexo 02: Declaración de Ramón Sánchez Manayay, agraviado que declara respecto de cómo ocurrieron los hechos denunciados.Anexo 03: Examen Médico, expedido por el Centro de Salud de Incahuasi.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL31 de Enero del 2018FP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº: 021-2016-0-1707-JM-FC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: OLIVIA MANAYAY LUCERO con la Resolución N° CINCO de fecha cinco de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:Que, ante el Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dra. Yris Melisa Núñez Alcántara, secretario judicial Dr. María Julia Silva Mori, Expediente 021-2016-0-1707-JM-FC-01, don OLIVIA MANAYAY LUCERO interpone demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en contra de don RAMON SANCHEZ MANAYAY, siendo necesario la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CINCO DE FECHA 05 DE ENERO DEL 2018, MEDIANTE EDICTOS POR TRES días, siendo como sigue:EXP.: 021-2016RESOLUCION N° CINCODe fecha 05.01.2018SE DISPONE: REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ORAL, para el día VIERNES VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, hora exacta en el local del Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, ubicado en la Av. Tacna y Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 742- Ferreñafe, debiendo de concurrir los justiciables puntualmente a la hora indicada; bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL31 de Enero del 2018FP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº : 323-2014-0-1707-JM-FC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA

3Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: AGUSTIN CORREA LLAGUENTO con la Resolución N° CUATRO de fecha cinco de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:Que, ante el Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dra. Yris Melisa Núñez Alcántara, secretario judicial Dr. María Julia Silva Mori, Expediente 323-2014-0-1707-JM-FC-01, don SANTA CALLACA QUISPE interpone demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en contra de don AGUSTIN CORREA LLAGUENTO, siendo necesario la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO DE FECHA 05 DE ENERO DEL 2018, AUTO ADMISORIO, DEMANDA Y ANEXOS, MEDIANTE EDICTOS POR TRES días, siendo como sigue:EXP.: 323-2014RESOLUCION N° CUATRODe fecha 05.01.2018SE DISPONE: NOTIFÍQUESE a la parte demandada con el auto admisorio, la demanda y anexos, y una vez recibida la misma, se concede el plazo de cinco días a la parte demandada, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de declararse rebelde, luego de transcurrido el plazo concedido con o sin la contestación de la demanda, en mérito al principio de celeridad y economía procesal, REPROGRÁMESE la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VIERNES VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, hora exacta en el local del Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, ubicado en la Av. Tacna y Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 742- Ferreñafe, debiendo de concurrir los justiciables puntualmente a la hora indicada; bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver.RESOLUCION N° UNODe fecha 02.03.2014SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la FISCAL PROVINCIAL DE LA FISCALIA MIXTA DE FERREÑAFE, en representación de SANTA CALLACA QUISPE y su menor hijo JUAN DIEGO CORREA CALLACA contra AGUSTIN CORREA LLAGUENTO, sobre Violencia Familiar - MALTRATO PSICOLOGICO; por ofrecidos los medios probatorios que precisa; confiérase TRASLADO al emplazado para que dentro del plazo de CINCO DÍAS conteste la incoada, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.DEMANDA Y ANEXOSCon fecha 21.07.2014 la Fiscalía Provincial Mixta de Ferreñafe, interpone demanda de violencia familiar contra Agustín Correa LLaguento, en agravio de Santa Callaca Quispe y su menor hijo Juan Diego Correa Callaca, señalando como fundamentos de hecho que según acta de denuncia verbal de fecha 04 de abril del 2014, según manifiesta la agraviada, habría tenido con denunciado un relación convivencial procreando a tres hijos, indicando que siempre han tenido problemas debido a que es muy agresivo, que el año pasado al igual que este año, la golpeó.Anexo 01: Acta de Denuncia Verbal de fecha 25.02.2014, por el cual la agraviada declara respecto de cómo ocurrieron los hechos denunciados.Anexo 02: Protocolo de Pericia Psicologica, practicada a la agraviada Santa Callaca QuispeAnexo 03: Protocolo de Pericia Psicologica, practicada al agraviado Juan Diego Correa Callaca.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe

Poder Judicial-CSJL31 de Enero del 2018FP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº : 323-2014-0-1707-JM-FC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFE

JUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: SANTA CALLACA QUISPE con la Resolución N° CUATRO de fecha cinco de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:Que, ante el Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, Juez Supernumerario Dra. Yris Melisa Núñez Alcántara, secretario judicial Dr. María Julia Silva Mori, Expediente 323-2014-0-1707-JM-FC-01, don SANTA CALLACA QUISPE interpone demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en contra de don AGUSTIN CORREA LLAGUENTO, siendo necesario la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO DE FECHA 05 DE ENERO DEL 2018, MEDIANTE EDICTOS POR TRES días, siendo como sigue:EXP.: 323-2014RESOLUCION N° CUATRODe fecha 05.01.2018SE DISPONE: NOTIFÍQUESE a la parte demandada con el auto admisorio, la demanda y anexos, y una vez recibida la misma, se concede el plazo de cinco días a la parte demandada, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de declararse rebelde, luego de transcurrido el plazo concedido con o sin la contestación de la demanda, en mérito al principio de celeridad y economía procesal, REPROGRÁMESE la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VIERNES VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, hora exacta en el local del Juzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe, ubicado en la Av. Tacna y Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 742- Ferreñafe, debiendo de concurrir los justiciables puntualmente a la hora indicada; bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL31 de Enero del 2018FP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALInst. No. 3834-2017-41 -1706-JR-PE-/0- EMM.-ESPEC1 ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a JOAQUIN BOLIVAR SARMIENTO ABARCA, con domicilio real en la CALLE SAN FELIPE N° 596 - P.J. NVO SAN LORENZO -JLO.RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, diecisiete de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVECÍTESE para el día VEINTE DE MARZO DELAÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) aefecto de realizar la audiencia de control del requerimiento fiscal de sobreseimiento solicitado por Rober Edwin Becerra Pérez. Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, en la investigación preparatoria seguida contra JOAQUIN BOLÍVAR SARMIENTO ABARCA, por el delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUALDE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales M.D.C.Z.B, en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, sito en Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y llevarse a cabo con el defensor que el imputado designe en ese mismo acto o con el defensor público que designe el

Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable a tenor de lo dispuesto por el artículo 345.3° del Código Procesal Penal, modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1307; en tal sentido: OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del imputado en la citada audiencia en caso no concurra el abogado defensor particular, adjuntándose copia del requerimiento fiscal de sobreseimiento y de la presente resolución. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistente y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-Pj. NOTIFÍQUESE al imputado y agraviada en sus domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, y a la representación fiscal en su sede institucional o casilla electrónica; sin perjuicio de que, si no lo hubieran hecho, señalen en forma obligatoria domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Notifíquese con lasformalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 30-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDCITOEL JUEZ DEL NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHICLAYOCita, llama y emplaza a: JOSE SIXTO SANCHEZ VILCHEZ para que concurra al Noveno Juzgado de Paz Letrado, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155- 3er piso (Sala de Audiencias N° 21)- Chiclayo, el día 27/03/18, a horas DIEZ de la mañana (hora exacta), a efectos que en audiencia responda a los cargos imputados por la parte denunciante.Por haberse dispuesto así, en la Inst. N° 2989-2017-0-1706-JP-PE-09, seguido contra José Sixto Sánchez Vílchez, por faltas contra La Persona, en la modalidad de Maltrarto de Obra, en agravio de MARYORIE Yasmin Sánchez Torres.NIVIA CORREA JIBAJA JUEZ9° JUZGADOD E PAZ LETRADO FALTASPODER JUDICIAL- CSJLAMBRAIMUNDO HEREDIA MALDONADOESPECIALISAT LEGAL9° JUZGADOD E PAZ LETRADO FALTAS- NCPPPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTOSegundo Juzgado Paz Letrado de JaénExpediente N° 2497-2014-0-1703-JP-FC-02Demandado: ROBER ATAMAIN ANANDemandante: MARLENY LISBETH RIMAPA MONTENEGROMateria: ALIMENTOSJuez: DRA. ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMOEsp. Juzgado: JOSELITO MEJÍA PÉREZ (ESPECIALISTA VACACIONAL).Por el presente Edicto, el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Jaén, NOTIFICA al demandado: ROBER ATAMAIN ANAN, con la Resolución N° 03 de fecha 24/01/2018.RESOLUCIÓN NÚMERO: TRESJaén, veinticuatro de enero del dos mil dieciocho.

REPROGRÁMESE, la audiencia para el día DOS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA) la misma que se realizara en la sala de audiencias de este despacho y a la cual deberán asistir debidamente identificados, con sus documentos de identidad, BAJO APERCIBIMIENTO, de llevarse a cabo con la parte que concurra, conforme lo sanciona el artículo 203 del Código Procesal Civil, modificado por la ley 29057; y NOTIFIQUESE, MEDIANTE EDICTOS a la parte demandada por un ínterin de tres díasELMER ALONSO TORRES HUMANCHUMOJUEZ2° JUZGADOD E PAZ LETRADO- JAÉNJOSELITO MEJIRA PEREZESPEDIALISTA JUDICIAL2° JUZGADOD E PAZ LETRADO- JAÉNPODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTOEXPEDIENTE: 1581-2018 -0- JR-PE-01 CASPJUZGADO: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque ESPECIALISTA: César Augusto Salazar Piscoya.IMPUTADO: JUAN CARLOS ASCURRA CAMPOS DELITO: DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD AGRAVIADO: EL ESTADOSSE NOTIFICA A : JUAN CARLOS ASCURRA CAMPOS,., con domicilio en calle Atahualpa N° 718 - Garces - Calle Atahualpa N° 716 - Gárces- Calle Conquista N° 1655- PJ Urrunaga.REQUERIMIENTO FISCAL: Según el acta de intervención policial se conoce que el día 15-10-17 a las 23: 15 horas, personal policial se constituyó al KM. 3.5 de la carretera Chiclayo a Ferreñafe debido a que el acusado impacto con los conos de seguridad que se encontraba en dicho lugar, hecho ocurrido cuando él conducía el vehículo menor ( moto carguera) de placa 6292- CM , marca Yasumi, color azul, advirtiéndose que presentaba visible síntomas de ebriedad, motivo por el cual fue conducido a la dependencia policial a fin de realizar las diligencias correspondientes. Sin embargo el acusado se negó a que se les pactique el análisis de dosaje etílico, luego de que se determinara en el examen cualitativo que dicho resultado positivo, impiendo que se tome una muestra de su sangre, aduciendo que tenía miedo a las agujar, negándose además a proporcionar muestra de orina. El Representante del Ministerio Público solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad y al pago de un mil soles por concepto de reparación civil.RESOLUCION NUMERO : UNO Procedente el requerimiento de acusación para el 16.04.18 hora 11.00 am Sala de Audiencia N° Olde los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz .-JOSE L. ORTIZ, 26 DE FEBRERO DE 2018CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALExpediente N°: 295-2018 -0-JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: LUIS ALBERTO ESPINOZA CRUZDelito: CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: EL ESTADOSE NOTIFICA A: LUIS ALBERTO ESPINOZA CRUZ, con domicilio en calle Unión S/N PJ Miraflores- José L. OrtizREQUERIMIENTO FISCAL: De los

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL4

actuados se advierte que personal policial intervino al imputado cuando conducía un vehículo quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, motivo por el cual se puso a disposición de la comisaría del sector para las investigaciones del caso, es así que el certificado de dosaje etílico arrojó 1.40 gr,RESOLUCION NUMERO : UNO Citar audiencia de incoación de proceso inmediato para el 17-04 - -18 hora 11:00 am Sala deAudiencia N° 02 de los juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz.José L. Ortiz, 18 Enero 2018.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENAL 2° JUZGADO. INVEST.PREPARATORIAEXPEDIENTE: 09029-2017-0-1706-JR-PE-06 JUEZ: MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA ESPECIALISTA: SILVIA FERNANDEZ SANCHEZ JACQUELINE RODAS SANCHEZ WILDER TORRES LULEDELITO: HURTOAGRAVADO : LIZBETH LORELEI NUÑEZ ROJASPor el presente Edicto, la Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado WILDER TORRES LULE, con la resolución judicial de fecha 05 de enero del 2018, las mismas que disponen:REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA de CONTROL DE ACUSACION PARA EL DÍA VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 13 del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo;ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando válidamente notificado las partes procesales presentes, precisándose que la fecha señalada, ha sido fijada tomándose en cuenta el domicilio distante de los acusados.MARIA YOLANDA GIL LUDEÑAJUEZ6° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10775-2017-0-1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIA LIS TA LEGAL: Dra .EL VIA MANA VALLE MAN AY.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a MANUEL RODOLFO HINOJOSA ZAPATA, con domicilio real en la CALLE HUSARES DE .IUMN N° 1213 - P.J. URRUNAGA - I SECTOR - JLO RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, diecisiete de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el día VEINTISÉIS DE ABRILDEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) aefecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNÍQUESE al

representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Manuel Rodolfo Hinojosa Zapata mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista Ricardo Quispe Lobaton. Interviene la Especialista de Causas que da cuenta por disposición superior. Notifíquese con las formalidades de ley.ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTOEXPEDIENTE: 331-2017-JPU-SI.QUELLADOS: WILLY JARA JIMENEZ Y ELVA VILLANUEVA DELGADO.DELITO: CALUMNIA.AGRAVIADO: AUDIAS JARA SOLANO.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de Febrero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza a los acusados: WILLY JARA JIMENEZ Y ELVA VILLANUEVA DELGADO con la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique a loa acusados WILLY JARA JIMENEZ Y ELVA VILLANUEVA DELGADO, en el EXP. N° 331-2017 seguido por el delito de CALUMNIA, en agravio de AUDIAS JARA SOLANO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo

dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 14-2018-JPU-SI.ACUSADO: FERNANDO GARCIA RUIZ.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: ALEX LEONEL GARCIA HUAMAN.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO judicial, cita y emplaza al acusado: FERNANDO GARCIA RUIZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado FERNANDO GARCIA RUIZ, en el EXP. N° 14-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALEX LEONEL GARCIA HUAMAN; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICI O PENAI,Expediente N° 10979-2017-0- -1706-JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANODelito: LUISONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIARAgraviado: YASAVRA YAKELINE OLIVARES CLAVO.SE NOTIFICA A : .Nombre: FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANO, con domicilio en calle Los Laureles N° 270 PJ San Antonio- Av El agustino N° 179 AA.HH. Santa Isabel - El Agustino - YASAYRA YAKELINE OLIVARES CLAVO, con domicilio en Jirón Jhonson N° 448 Tercer Piso- José L. Ortiz y CPM La Unión Mz “F” Lote 02- ChiclayoRequerimiento Fiscal. Fluye de autos que le persona de Ysayra Yakeline Olivares Clavo, se hizo presente a la Comisaria de José L. Ortiz, a denunciar a su ex conviviente Flavio César Mendieta Soriano, reprochando el hecho de que estaba saliendo COTÍ otra persona, en eso inicia a propinarle golpes en la cara e incluse con un celular en diferentes partes del cuerpo, lesiones que se acredita con el certificado médico legal. Por lo que el RMP solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad y al

pago de quinientos soles por concepto de reparación civil.RESOLUCION NUMERO: UNO procedente el requerimiento de sobreseimiento correr traslado por diez días, y audiencia para el26-04-18 hora 12:oo . Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz.José L. Ortíz. 18 de enero de 2018CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALExpediente N° 3602 -2017- o - -1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambageque Especialista: César Augusto Salazar IHscoya.Imputado: MANUEL ANTONIO ZULUETA MENADelito: LEISONES LEVESAgraviado: VICTOR MANUEL MURILLO CHUPILLONSE NOTIFICA A: .Nombre: MANUEL ANTONIO ZULUETA MENA con domicilio en calle Panamá N° 685 - Urrunaga y VICTOR MANUEL MURILLO CHUPILLON, con domicilio en calle conquista N° 1200 PJ Urrunaga.Requerimiento Fiscal. Fluye de autos que el agraviado Víctor Manuel Murillo Chupillón, el día 17-12-2016 en circunstancia que se encontraba trabajando en su mototaxi, visualiza al hoy acusado Manuel Antonio Zuluetal Mena que le solicita su servicio de transportes, con dirección a la cuadra 36 de la Av Balta, quien al llegar a dicho lugar no le cancela por el servicio prestado, por que le reclama, recibiendo con respuesta golpes en el cuerpo e incluso le impacta en la cabeza con una botella de vidirio llena de cerveza, lesiones que se encuentra acreditada con el certificado médico legal. Por lo que el RMP solicita se le imponga dos año de pena privativa de libertad y al pago de dos mil s soles por concepto de reparación civil.RESOLUCION NUMERO; UNO procedente el requeirmiento de sobreseimiento correr traslado por diez días, y audiencia para el26-04..i8 hora 11:00 . Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortíz.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 16-2018-JPU-SI.ACUSADO: NAZARIO FARCEQUE LEON.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: ROXANA Y FANNY FARCEQUE SANTOS.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: N A N C Y RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: NAZARIO FARCEQUE LEON con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 12.00 DEL MEDIO DIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado NAZARIO FARCEQUE LEON, en el EXP.

5Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

N° 16-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ROXANA Y FANNY FARCEQUE SANTOS; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 15-2018-JPU-SI.ACUSADO: ELOY SILVA MORETO.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: JUAN FERNANDO SILVA ROMERO.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: N A N C Y RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: ELOY SILVA MORETO con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 11.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado NAZARIO FARCEQUE LEON, en el EXP. N° 16-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JUAN FERNANDO SILVA ROMERO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTOJUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUEJUEZ YANE RAMOS SILVA ESPECIALISTA LEGAL: SAMPEDRANOEXP. N° 4274-2016-11-1708-JR-PE-01Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado JUAN PABLO IGLESIAS TAMANI domiciliado en Avenida San Juan de Dios F-l en el distrito de San Jerónimo en el Cusco o donde se encuentre, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 en esta ciudad el dia 26 de Abril del año en curso a las 9.30 de la mañana, con motivo de llevar a cabo la Audiencia de Juicio Oral en el Exp. N° 4274-2016-11 que se le sigue por el delito de OMISION

DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de MILUSKA IGLESIAS RIVAS. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inasistencia.-Lambayeque. 30 de Enero del 2018YANE RAMOS SILVAJUEZJUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUECSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 10979-2018-0-1706-JR-PE-01JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ - CHICLAYOESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO : FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANO DELITO : AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES AGRAVIADO: YASAYRA YAKELINE OLIVARES CLAVOSE NOTIFICA A: FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANO, CON DOMICILIO EN CALLE REAL AV. VENEZUELA N° 1195 PP.JJ. MARIA PARADO DE BELLIDO-JOSE LEONARDO ORTIZ. Y YASAYRA YAKELINE OLIVARES CLAVO, CON DOMICILIO EN CPM LA UNION MZ “F” LOTE 02 - LAMBAYEQUE/ CHICLAYOREQUERIMIENTO FISCAL.- fluye de los actuados que el día 29-07-2017 a las 07:00 am horas aproximadamente, la persona YASAYRA YAKELINE OLIVARES CLAVO de 19 años, se hizo presente a la CPNP de JLO, con el propósito de denunciar que el mismo día fue víctima de violencia física y psicológica por parte de su ex conviviente FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANO de 22 años, hecho que ocurrió en circunstancias que este llego a su domicilio y sin motivo empezó a reclamarle porque estaba saliendo con otra persona, en eso inicia a propiciarle puñetes en la cara y golpearla con un celular en diferentes partes de la cabeza, además de darle golpes de puño y patadas e insultándola; agregando que estos hechos han ocurrido en el interior de su domicilio.RESOLUCION NÚMERO: DOS.- Citar audiencia de control de requerimiento de acusación directa para el 26- 04-2018 hora 12:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz.José Leonardo Ortiz, 01 de Febrero del 2018.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALExpediente N° 3602-2017 - O -1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: SEGUNDO Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Solazar Piscoya.Imputado: MANUEL ANOTNIO ZULUETADelito : Lesiones LevesAgraviado: Víctor Manuel Murillo ChupillónNOTIEICA A: Manuel Antonio Zulueta Mena, con domicilio en calle Panamá N° 685 UrrunagaRequerimiento I’iscal: De los actuados se advierte que el agraviado Víctor Manuel Murillo Chupillón el día 17.12.16 en circunstancia que se encontraba trabajando en su motoxi pollas alturas de las avenidas Palta yMéxico, visualiza al hoy acusado Manuel Antonio Zulueta Mena parado en un esquina, quien le alza la mano solicitando su servicio de transportes, pero al llegar a su destino esto en calle Barsallo y Herrera Aleán no le cancela, posteriormente el acusado le lanza una botella de vidirio llena de cerveza en la cabeza, agresiones que se acredita con el certificado médico legal El representante del Ministerio Público solicita se le imponga dos años de pena

privativa de la libertad , y dos mil soles por concepto de reparación civil.Resolución Número : Tres. Procedente el requerimiento de acusación, córrase traslado por diez días. Audiencia 26.04.1H a horas n;:oo am. Sala de Audiencia N° 02 Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10960-2017-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPEC1 ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JVEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a MISAEL CRUZ LABAN , con domicilio real en la CALLE SANTA ELENA N° 100 - P.J. MEDIO MUNDO - JLO. RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, diecisiete de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el día VEINTISÉIS DE ABRILDEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) aefecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNIQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Misael Cruz Laban mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista Ricardo Quispe Lobaton. Interviene la Especialista de Causas que da cuenta por disposiciónsuperior. Notifíquese con las formalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 30-01-2018

ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENAI,Expediente N° 10979-2017-0- -1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: El AVIO CESAR MENDIETA SORIANODelito: LEISONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIARAgraviado: YASAYRA YAKELINE OLIVARES CIAVO.SE NOTIFICA A: .Nombre: FLAVIO CESAR MENDIETA SORIANO, con domicilio en calle Los Laureles N° 270 PJ San Antonio - Av El agustino N° 179 AA.HH. Santa Isabel — El Agustino - YASAYRA YAKELINE OLIVARES CLAVO, con domicilio en Jirón Jhonson N° 448 Tercer Piso- José L. Ortiz y CPM La Unión Mz “F” Lote 02- ChiclayoRequerimiento Fiscal. Fluye de autos que le persona de Ysayva Yakeline Olivares Clavo, se hizo presente a la Comisaria de José L. Ortiz, a denunciar a su ex conviviente Flavio César Mendieta Soriano, reprochando el hecho de que estaba saliendo con otra persona, en eso inicia a propinarle golpes en la cara e incluse con un celular en diferentes partes del cuerpo, lesiones que se acredita con el certificado médico legal. Por lo que el RMP solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad y al pago de quinientos soles por concepto de reparación civil.RESOLUCION NUMERO: UNO procedente el requerimiento de sobreseimiento correr traslado por diez días, y audiencia para el26-04..i8 horai2:oo . Sala de Audiencia N° 02 de los .Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENAI.Expediente N° 3602 -2017-0- -1706-JR-PE-01 CASPJuzgado:2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: MANUEL ANTONIO ZULUETA MENADelito: LUISONES LEVESAgraviado: VICTOR MANUEL MURILLO CIIUPILLONSE NOTIFICA A : .Nombre: MANUEL ANTONIO ZULUETA MENA con domicilio en calle Panamá N° 685 — Urrunaga y VICTOR MANUEL MURILLO CHUPILLON, con domicilio en calle conquista N° 1200 PJ Urrunaga.Requerimiento Fiscal. Fluye de autos que el agraviado Víctor Manuel Murillo Chupillón, el día 17-12-2016 eti circunstancia que se encontraba trabajando en su mototaxi, visualiza al hoy acusado Manuel Antonio Zuluetal Mena que le solicita su servicio de transportes, con dirección a la cuadra 36 de la Av Balta, quien al llegar a dicho lugar no le cancela por el servicio prestado, por que le reclama, recibiendo con respuesta golpes en el cuerpo e incluso le impacta en la cabeza con una botella de vidirio llena de cerveza, lesiones que se encuentra acreditada con el certificado médico legal. Por lo que el RMP solicita se le imponga dos año de pena privativa de libertad y al pago de dos mil s soles por concepto de reparación civil.RESOLUCION NUMERO; UNO procedente el requeirmiento de

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL6

sobreseimiento correr traslado por diez días, y audiencia para el26-04..18 hora 11:00 . Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortíz.JOSE L. ORTIZ, 23 DE ENERO DE 2018CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 03, 05, 06 mar.

EDICTO PENALExpediente N° 11549 - 2017 -0- JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista : César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: WILLIAM RUBEN POLO SANCHEZDelito: CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: EL ESTADOSE NOTIFICA A: WILLIAM RUBEN POLO SANCHEZ, con domicilio en Av Agricultura N° 232 - Calle Pedro Ruiz N° 1828 PJ SanAntonioREQUERIMIENTO FISCAL: De los actuados se advierte que personal policial intervino al imputado cuando conducía un vehículo quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, motivo por el cual se puso a disposición de la comisaría del sector para las investigaciones del caso, es así que el certificado de dosaje etílico arrojó 0.62 gr,RESOLUCION NUMERO: UNO Citar audiencia de incoación de proceso inmediato para el 15-03 -18 hora 11: 30 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. OrtizJosé L. Ortiz, 27 Febrero 2018.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIACSJLA PODER JUDICIALFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10632-2017-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-,EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a MANUEL PEREZ VELA con domicilio real en la AV. CHICLAYO N° 541 - URRUNAGA - V SECTOR - JLO. RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAN ANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo; en cuya audiencia se resolverá la medida coercitiva de comparecencia con restricciones solicitada por el Ministerio Público. COMUNÍQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la

finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006- CE-PJ. NOTIFIQUESE a Jas partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Manuel Vela Pérez mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento; al otrosí digo: téngase presente. Al primer otrosidigo: Téngase presente. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista RicardoQuispe Lobaton. Notifíquese con las formalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 25-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALExpediente N° 864 - 2018 – 0-1706- JR-PE-01 CASPJuzgado : 2 Juzgado de Investigación PreparatoriaJosé Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista : César Augusto Salazar Piscoya.CHIRSTIAN CORTEZ APARICIO OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR CHIRISTIAN CORTEZ IZQUIERDOSE NOTIFICA A : CHISTHIAN CORTEZ APARICIO, con domicilio en AA.HH. Quinta Julia Mz “D” Lote 04 Piura.REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de sus menores hijos , toda vez que de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 441-2012 - JP- FC-01 Juzgado de Paz Letrado de José Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de s/ 2,822.00 pensiones alimenticias devengadas.Se adjunta como elementos de convicción:a)La sentenciab)La resolución que declara consentida la sentenciac)La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificacionesd)La resolución que aprueba la liquidación y notificacionesRESOLUCION NUMERO : UNO - Audiencia 18.05.18 -18 hora 01:00pm Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José L. Ortiz,ACTA DE FECHA 16.01.18: Se reprograma la audiencia para el 25.04.-18 hora 12,30,José L. Ortiz 30 Enero 2018..-CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIACSJLA PODER JUDICIALFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 12-2018-JPU-SI.ACUSADO:WILMER ADRIANZEN CANO.DELITO : AGRESION EN CONTRA DE LAS MUJERES INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR.AGRAVIADO:DANY JUDITH TORRES ZAVALETA.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYA San Ignacio, 02 de Febrero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: WILMER ADRIANZEN CANO con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTICINCO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado WILMER ADRIANZEN CANO, en el EXP. N° 12-2018 seguido por el delito de AGRESION EN CONTRA DE LAS MUEJRES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de DANY JUDITHTORRES ZAVALETA; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR SAN IGNACIOFP/ 02, 03, 05 mar.

E D I C T OEXPEDIENTE N° : N° 3703-2012-4-1707-JR-PE-01JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ : Dra. EVA MARIAVASQUEZ VASQUEZESPECIALISTA JUDICIAL : CECILIA COSTA GONZALEZEl Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, mediante resolución número seis de octubre del dos mil diecisiete cita y emplaza a JOSUE ELIAS OLAZABAL SOSA, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de expediente 3703-2012-4-1707-JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado JOSUE ELIAS OLAZABAL SOSA como presunto autor del delito de HURTO AGRAVADO en agravio del ELENA MUNDACA DE ZAMORA para que concurra a la audiencia de JUICIO ORAL REPROGRAMADA para el dia VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS Y CUARENTA DE LA TARDE en la Sala de Audiencias N° OCHO - 3o piso ■ de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo),bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al inciso 5 del articulo 79 del Código Procesal Penal.Secretaria: Cecilia Costa González.EVA VASQUEZ VASQUEZJUEZJUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO

PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 8902-2016-0-1706-JR-PE-09JUZGADO: 9 ° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB.JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TOROESPECIALISTA LEGAL : ROBERTO FRANK IZA MAYORGASe NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: CARLOS HECTOR CAMPOS PEREZ, a este último por el plazo perentorio 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le NOTIFICA con la Resolución N° SEIS de fecha 18.01.2018, a través de la cual se le CITA Y EMPLAZA, a fin de que concurra a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día 25 DE ABRIL de 2018 A HORAS 09:00 AM, en la Sala de Audiencias N’ VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N” 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N °8902-2016-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra los imputados en mención, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables, en agravio del Estado - Ministerio del Ambiente. JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZ9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDICIAL- CSJLAMBFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALExpediente N° 10959 - 2017 - 0 1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista : César Augusto Salazar Piscoya.JUAN BAUTISTA SONAPO PEREZ OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR JUAN CARLOS SONAPO TANTALEANSE NOTIFICA A : JUAN BAUTISTA SONAPO PEREZ, con domicilio en Campiña La Pilca - Olmos ó en AA.HH. San Judas Tadeo N° 16 PariñasREQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de sus menores hijos , toda vez que de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 441-2012 - JP- FC-01 Juzgado de Paz Letrado de José Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de s/ 3 10,382.42 pensiones alimenticias devengadas.Se adjunta como elementos de convicción:a)La sentenciab)La resolución que declara consentida la sentenciac)La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificaciones

7Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Fiscal, bajo responsabilidad funcional y remitir copias a ODECMA. Una vez devuelto los cargos de notificaciones debidamente diligenciados, el Especialista judicial programará fecha para audiencia de control de acusación, bajo responsabilidad funcional.RESOLUCION NUMERO 04: AUTOS Y VISTOS, con el presente expediente y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, han sido válidamente notificados los sujetos procesales con la resolución número tres, mediante la cual se corre traslado del requerimiento Fiscal de sobreseimiento y, conociendo que pueden proceder según lo estipulado en el artículo 350º del Código Procesal Penal, no se han presentado escritos por parte de dichos sujetos procesales, por lo que corresponde continuar con la siguiente etapa procesal. Segundo: Estando a lo regulado por los artículos 350° y 351 del Código Procesal Penal, corresponde al Juzgado de Investigación Preparatoria señalar día y hora para la realización de una audiencia preliminar de control de sobreseimiento; precisando que para la instalación de la audiencia es obligatoria la presencia del Fiscal, y del Defensor del acusado de ser el caso. Por las consideración expuestas, y las normas precitadas, SE RESUELVE: CITAR a AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS UNA DE LA TARDE (01:00 P.M - HORA EXACTA); la cual se programa en dicha fecha debido a que existen audiencias programadas con antelación, conforme se verifica en el cuaderno de audiencias de este Órgano Jurisdiccional; asimismo en el mes de febrero del presente año se programan vacaciones judiciales para el Personal Jurisdiccional y administrativo, y solamente se cuenta con un notificador para los diferentes Juzgados de esta Provincia (Juzgado Mixto, Paz Letrado, Unipersonal y Liquidador); además las notificaciones tienen que remitirse vía Courier. La referida diligencia se realizará con la presencia en forma OBLIGATORIA del Señor Fiscal Provincial, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia de informar al Órgano de Control Interno del Ministerio Público, y de la defensa técnica de las partes procesales, de ser el caso. Se INFORMA además que la audiencia se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar S/N – Malecón Mariano Melgar Tercer Piso, Distrito y Provincia de San Ignacio. SE PRECISA QUE, la carpeta fiscal y sus respectivos elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal a cargo de la presente investigación. PONER EN CONOCIMIENTO de los sujetos procesales que de conformidad con lo prescrito en el Artículo 85° numeral 1, segundo párrafo del Código Procesal Penal, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1307 publicado en el Diario El Peruano, el día 30 de Diciembre del 2016, la audiencia (Art. 351 del C.P.P) tiene el carácter de inaplazable, en consecuencia ante la ausencia del abogado de libre elección del imputado, será reemplazado inmediatamente por el abogado de la Defensa Pública quien será designado en dicha audiencia para garantizar el derecho de defensa del mismo, para lo cual se le debe notificar con la presente resolución (pues se verifica de autos que ha ya sido notificado de manera precautoria con el requerimiento acusatorio), ello sin perjuicio de aplicar los apercibimientos señalados en los numerales 2, 3 y 4 del art. 85° del referido Código, tanto a los abogados, así como al representante del Ministerio Público. ADVIRTIENDOSE a los sujetos procesales citados a esta audiencia, que en ella se resolverá oralmente el requerimiento fiscal, teniéndolos por notificados con lo resuelto. A fin de evitar dilaciones del trámite del proceso, NOTIFIQUESE A LAS PARTES PROCESALES MEDIANTE EDICTOS, con la resolución numero tres y la presente resolución HABILITARSE EN LUGAR Y TIEMPO al Especialista en comunicaciones Marco Benjamín Molocho Silva, a fin que proceda a notificar a las partes

procesales con la presente resolución, bajo responsabilidad funcional y remitir copias a ODECMA. AVOCANDOSE como Especialista Legal el que suscribe, por mandato Superior. NOTIFIQUESE, a los sujetos procesales conforme a ley.HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVALESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALExpediente: 272-2017-JIPSI-CSJLA (REQUERIMIENTO ACUSATORIO)Carpeta : 111-2017-1°FPPCSIProcesado: ALIPIO QUINDE MONDRAGONAgraviado: MENOR DE INICIALES SH.Y.CH.S.Delito: VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD Juez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud.: Abg. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVAL Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO ALIPIO QUINDE MONDRAGON, con la RESOLUCIÓN NUMERO TRES, en la cual se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 03: AUTOS Y VISTOS, por comunicada la Conclusión de la presente Investigación Preparatoria y el respectivo Requerimiento de Acusación, recepcionado con fecha veinticinco de enero del año dos mil dieciocho, presentado por el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, en los seguidos contra ALIPIO QUINDE MONDRAGON, por la comisión del delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales C.S.S., ilícito previsto y sancionado en el art. 173 numeral 1 del Código Penal; y estando a lo dispuesto en el artículo 350° del CPP, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES (contados desde el día siguiente de la notificación), a efecto de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente la acusación por defectos formales, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar a la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad) o terminación anticipada, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Acusación; así mismo a fin de evitar dilaciones innecesarias, y en aplicación del principio de celeridad y economía procesal del NCPP, sin perjuicio de que las partes pueda presentar sus escritos pertinentes, de conformidad con el artículo 351.1 del CPP, se DISPONE: CITAR a AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 A.M - HORA EXACTA); la cual se programa en dicha fecha debido a que existen audiencias programadas con antelación, conforme se verifica en el cuaderno de audiencias

d)La resolución que aprueba la liquidación y notificacionesRESOLUCION NUMERO : UNO - Audiencia 16.01.18 -18 hora 09:00 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José L. Ortiz,ACTA DE FECHA: Se reprograma la audiencia para el 25.04.-18 hora 12,30,CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIACSJLA PODER JUDICIALFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10708-2017-0-1706-JR-PE-20- EMM.- ESPEC1ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA VALLE MANAV.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a REMBRAND LINN YANCUL FERNANDEZ, con domicilio real en la CALLE TUPAC AMARE N° 406 - P.J. FRANCISCO CABRERA -JLO.RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, diecisiete de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el día VEINTICINCO DE ABRILDEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTAMINUTOS (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NUMERO DOS de los Juzgados de InvestigaciónPreparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006- CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Rembrano Linn Yancul Fernández mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista Ricardo Quispe Lobaton. Interviene la Especialista de Causas que da cuenta por disposición superior. Notifíquese con

las formalidades de ley.-ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 02, 03, 05 mar.

EDICTO JUDICIALJUEZ: DR. ALBERTO RAMIRO CRUZADO ALIAGAASIST. CAUSAS : FANNY FARRO QUIROZEl Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el Exp. N° 6885-2017-45-1601-JR-PE-07. emplaza a la imputada DAMIAN VASQUEZ INGRID PAOLA en la investigación seguida en su contra, por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de EL ESADO - RENIEC; con la Res. N° UNO, que RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, representada por MARIA EUGENIA ROBLES PAGADOR, en su condición de PROCURADORA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VICTOR LARCO HERRERA, en el marco de la investigación que se sigue a la imputada INGRID PAOLA DAMIAN VASQUEZ, por el delito CONTRA LA FE PUBLICA, en su figura de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO o FALSIFICADO, en agravio de EL ESTADO - REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION y ESTADO CIVIL - RENIEC v LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VICTOR LARCO HERRERA.Trujillo, 23 de febrero de 2018FANNY E. FARRO QUIROZAISTENTE DE CAUSAS JURISDICCIONALESJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA D ELA LIBERTADFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALExpediente: 316-2016-JIPSI-CSJLA (REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO) Carpeta : 120-2016-2°FPPCSIProcesado: OVIDIO HERNANDEZ VENTURAAgraviado: MENOR DE INICIALES P.V.A.A.Delito: VIOLACION SEXUAL Juez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud.: Abg. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVAL Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR a OVIDIO HERNANDEZ VENTURA y a MARIA CONSUELO VILLANUEVA CHAMAYA (representante de la menor P.V.A.A.), con la RESOLUCIÓN NUMERO TRES, más RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 03: DADO CUENTA con la razón que antecede; Téngase presente y por comunicada la Conclusión de la presente investigación Preparatoria; y estando a la pretensión fiscal de Sobreseimiento recepcionada con fecha doce de Abril del año dos mil Diecisiete; Por COMUNICADO el requerimiento de Sobreseimiento; estando al escrito presentado con fecha veintitrés de Junio del presente año por el representante del Ministerio Público, en el cual solicita se programe audiencia respectiva y conforme a lo previsto en el artículo 345° del CPP, CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de 10 DIAS ÚTILES a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes. HABILITARSE EN LUGAR Y TIEMPO al Especialista en comunicaciones Marco Benjamin Molocho Silva, a fin que proceda a notificar a las partes procesales con la presente resolución y requerimiento

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL8

de este Órgano Jurisdiccional; asimismo en el mes de febrero del presente año se programan vacaciones judiciales para el Personal Jurisdiccional y administrativo, y solamente se cuenta con un notificador para los diferentes Juzgados de esta Provincia (Juzgado Mixto, Paz Letrado, Unipersonal y Liquidador); además las notificaciones tienen que remitirse vía Courier. La referida diligencia se realizará con la presencia en forma OBLIGATORIA del Señor Fiscal Provincial BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia de informar al Órgano de Control Interno del Ministerio Público, y la defensa del acusado. Se INFORMA además que la audiencia se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar S/N – Malecón Mariano Melgar Tercer Piso, Distrito y Provincia de San Ignacio. SE PRECISA QUE, la carpeta fiscal y sus respectivos elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal a cargo de la presente investigación. PONER EN CONOCIMIENTO de los sujetos procesales que de conformidad con lo prescrito en el Artículo 85° numeral 1, segundo párrafo del Código Procesal Penal, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1307 publicado en el Diario El Peruano, el día 30 de Diciembre del 2016, la audiencia de acusación (Art. 351 del C.P.P) tiene el carácter de inaplazable, en consecuencia ante la ausencia del abogado de libre elección del imputado, será reemplazado inmediatamente por el abogado de la Defensa Pública quien será designado en dicha audiencia para garantizar el derecho de defensa del procesado, para lo cual se le debe notificar con la presente resolución y el requerimiento, ello sin perjuicio de aplicar los apercibimientos señalados en los numerales 2, 3 y 4 del art. 85° del referido Código, tanto a los abogados, así como al representante del Ministerio Público. ADVIRTIENDOSE a los sujetos procesales citados a esta audiencia, que en ella se resolverá oralmente el requerimiento fiscal, teniéndolos por notificados con lo resuelto. HABILITARSE EN LUGAR Y TIEMPO al Especialista en comunicaciones Marco Benjamín Molocho Silva, a fin que proceda a notificar a las partes procesales con la presente resolución y el respectivo requerimiento, bajo responsabilidad funcional y remitir copias a ODECMA. Agréguese a los autos la disposición de conclusión de la investigación. A fin de evitar dilaciones del proceso, NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS AL ACUSADO, con la presente resolución. AVOCANDOSE como Especialista Legal el que suscribe, por mandato Superior. NOTIFIQUESE, a los sujetos procesales conforme a ley.HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVALESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. .191 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPEC1A LIS TA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a DAVID LONGA RAMOS con domicilio real en la Calle INDEPENDIENTE N° II16 - P.J. LOPEZ ALBUJAR -CHICLAYO.RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJosé Leonardo Orti/. dieciséis de Enero

del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado DAVID LONGA RAMOS, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMUN en su modalidad CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTITRÉS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modiñeado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público <|ue asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado DAVID LONGA RAMOS por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real sito en la Independencia N°1116 PP.JJ López Albujar - Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.Al señor Fiscal Adjunto notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica N° 43900, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITIRÁN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Primera Fiscalía Provincial Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. Notifíquese con las formalidades de ley.-formalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 22-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. .0266 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIA LISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a SECUNDO RAFAEL RINZA PE LA CRUZ con domicilio real en la AV. AGRICULTURA N° 290 - JLO.RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJosé Leonardo Orti/, dieciséis de Enero

del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. José Manuel Benavente Millán, contra el imputado SEGUNDO RAFAEL RINZA DELA CRUZ, por el delito CONTRA LA FAMILIA - OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en su figura de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS O INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de su menor hija KETZI ANAY RINZA TERRONES, representada por su madre Vidalina Terrones Julón, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia de la abogada defensora del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal,Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, en caso no concurra el abogado defensor particular, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo.3. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado SEGUNDO RAFAEL RINZA DELA CRUZ por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real sito en la Av. Agricultura N° 290 - JLO, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 22-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. .0252 -2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.- ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a JHONER NOEL QUISPE CABRERA con domicilio real en la Calle PANAMA MZA K LOTE 20 CPM CASABLANCA-JLO.RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJosé Leonardo Ortiz. dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por la representante Fiscal

Adjunta Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Katia Patricia Núñez Izaguirre, contra el imputado JHONER NOEL QUISPE CABRERA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA - PELIGRO COMÚN en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coqrdinadof de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JHONER NOEL QUISPE CABRERA por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Panamá, Mz K, Lote 20 - CPM Casa Blanca - JLO - Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.Notifíquese con lasformalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 22-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXP. 10152-2016El Noveno Juzgado Unipersonal Penal de Chiclayo, Juez Julio Gamarra, CITA y EMPLAZA, al acusado EDGWIN YOGHAYS RODRIGUEZDAVILA para que se ponga a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso Exp. N° 10152-2016 por el delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS en agravio de EL ESTADO PERUANO para que concurra a la Audiencia de Juicio Oral reprogramado para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL 2018 a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE en la Sala de Audiencias número CINCO, ubicada en el segundo piso de la nueva sede del Poder Judicial, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su inmediata ubicación y captura en caso inconcurriencia. SECRETARIO: KARINA GUERREROJULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAJUEZ2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIALPODER JUDICIAL-CSJLAFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. .189 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.

9Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

MOTIVO: NOTIFICACIÓN-,EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a YHON MARCO ROSALES OUISPE con domicilio real en la CALLE ROOSVELT N° 1530 - URRLNAGA ó CALLE PAUCAR TAMBO N° 210 - P.J. LRRUNAGA - JLO.José Leonardo Ortiz, dieciséis de Enerodel dos mil dieciocho.SE RESUELVE 1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado YHON MARCO ROSALES QUISPE, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la ESTADO - Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MANANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código Procesal Penal modificado por el decreto legislatvo 1194.2. Oficiese al Cordinador de la Defensoría Púbica del Minsiterio de Justicia y Derechos Humanos con sede en ese distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado Defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado YHON MARCO ROSALES QUISPE por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en Calle Roosvelt N° 1530 - Urrunaga — J.L Ortiz y en domicilio según ficha Reniec en calle Paucar Tambo N° 210 - PP.JJ Urrunaga - V Sector - J.L.O, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificaciónantes de la audiencia.ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALExpediente: 17-2018-JPU-SI.ACUSADO: LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: LUIS MEDARDO ROMERO BERRU.

JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTITRES DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado LUIS RICARDO ROMERO RODRIGUEZ, en el EXP. N° 17-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LUIS MEDARDO ROMERO BERRU; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 19-2018-JPU-SI.ACUSADO: LEONIDAS RIVERA CHUQUIHUANGA.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: TEODOLFO MIGUEL RIVERA NUÑEZ.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: N A N C Y RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO judicial, cita y emplaza al acusado: LEONIDAS RIVERA CHUQUIHUANGA con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTITRES DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 11.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado LEONIDAS RIVERA CHUQUIHUANGA, en el EXP. N° 19-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de TEODOLFO MIGUEL RIVERA NUÑEZ; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el

Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 18-2018-JPU-SI.ACUSADO: TEODOLO CORDOVA HERNANDEZ.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.AGRAVIADO: KENNY ALEXANDRO CORDOVA CARRENO.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018. El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: TE0D0L0 CORDOVA HERNANDEZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTITRES DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado TEODOLO CORDOVA HERNANDEZ, en el EXP. N° 18-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de KENNY ALEXANDRO CORDOVA CARREÑO; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 08538-2016-25-1706-JR-PE-01 JUZGADO: PRIMER JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO DIRECTOR DE DEBATE: GERARDO GALVEZ RODRIGUEZ. (*)ESPECIALISTA DE CAUSAS: ABOG. MIGUEL A. GUZMAN CARRANZASe NOTIFICA a: JHANS MOISES GUPIO SALAZAR, con la resolución número DOS de fecha quince de noviembre del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES DE LA TARDE en la SALA DE AUDIENCIAS NUMERO SIETE de la nueva sede judicial; diligencia a realizarse en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 -3er Piso - Chiclayo, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN Y CAPTURA EN CASO DE INASISTENCIA. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 08538-2016-25-1706-JR-PE-01 seguido contra el acusado JHANS MOISES GUPIO SALAZAR en calidad de coautor por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en su figura de ROBO AGRAVADO, ¡lícito previsto y sancionado en el artículo 189° incisos 2), 3) y 4) del Código Penal, en agravio de WILMER LONGA ALVA.GERARDO GALVEZ RODRIGUEZDIRECTOR DE DEBATE

JUZGADO PENAL COLEGIADOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. 319-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TOR1A DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a SIMON ALONSO VARILLAS INOÑAN con domicilio real en la CALLE LAS PALMERAS N° 160 - VILLA HERMOSA -JLO.José Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Mario Antonio López Navarro, contra el imputado SIMON ALONSO VARILLAS INOÑAN, por el delito contra la Seguridad Pública, en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD (contemplado en artículo 274 - primer párrafo - del Código Penal) en agravio del ESTADO, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL MEDIO DÍA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado: bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Llumanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, en caso no asista el abogado defensor particular, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.1.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE a la imputada SIMON ALONSO VARILLAS INOÑAN por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. 298-2018-0 -1706-JR-PE-2”- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dm .ELVIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JEEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORI A DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a .H AN DEL CARMEN HOYOS GONZALES con domicilio real en la Calle Juan Cuglivan N° 1845 - Upis Cois - Chiclayo.José Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL10

SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCTÓN requerido por la Señora Fiscal Adjunta Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Juana Edith Vásquez Serrano (Fiscal Adjunta Responsable: Dra. Gasdaly Salazar Alarcón), contra el imputado JUAN DEL CARMEN HOYOS GONZALES, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público aue asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JUAN DEL CARMEN HOYOS GONZALES por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFÍQliESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Juan Cuglievan N° 1845 - Upis Cois - Chiclayo, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 24-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALInst. No. 320-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.- ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a CARLOS ROBERTO RIJPAY ANGELES con domicilio real en la CALLE CIRCUNVALACIÓN N° 317 - UPIS - PRIMERO DE MAYO - JLO.José Leonardo Ortiz. dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Mario Antonio López Navarro, contra

el imputado CARLOS ROBERTO RIJPAY ANGELES, por el delito Contra la Familia, en su modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de sus menores hijos ESTUMBER HUMBERTO, FERNANDO JOSÉ, KF.VIN ROBERTO Y BRIANA JAZMIN RIJPAY ROJAS, representados por su madre Jahayra Elizabeth Rojas Maza, para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, en caso no concurra el abogado defensor particular, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo.1.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado CARLOS ROBERTO RUPAY ANGELES por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.2.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Circunvalación N° 317 - UPIS Primero de Mayo - JLO, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 24-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALJUZGADO : TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN JUEZ : DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAYCITA Y EMPLAZA al acusado ELMER FERNANDEZ LOZADA, identificado con DNI 41757460, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 1729-2017-67-1703, por el Delito CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1729-2017-67-1703-TJPUJ, seguido contra ELMER FERNANDEZ LOZADA en agravio de LA SOCIEDAD por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO

EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION.EDGARDO ASENJO TAMAYJUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA JAENFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOEN EL EXP. N° 53-2018-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTTZ. DE CHICLAYO. A CARGO DE LA DR. DIAZ. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO RAIBAIN ALEJANDRO GARCIA ALVAR ADO, CON DNl N° 47574884 CON DPM. CALLE - MARIANO MELGAR N° 350 - PP.JJ. SIMON ROLDAR - CHIC LA YO: PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTTZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGILENTE:RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJosé L. Ortiz, dieciocho de enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.- CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓNrequerido por el Ministerio Publico, contra RAI RAIN ALEJANDRO GARCIA AH ARADO, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 12:30 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia consede en este distrito con la ¿finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop.3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fi scal.4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.-5- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar Leonardo Ortiz es un ente corporativo.JOSE L. ORTIZ, 23 DE ENERO DE 2018KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- FP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOEN EL EXP. N° 10420-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA - FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHICLAYO. A CARGO DE LA DR. DIAZ. CITA V EMPLAZA AL IMPUTADO SANTOS MARIO ÑAÑEZ ROMERO, CON DNI N° 44577901 CON DPM. CALLE - ATAHUALPA N° 825 - CPM. (¡ARCES - JLO. PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. F.l. SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO S/GUENTE:RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz. dieciocho de enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.- CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓNrequerido por el Ministerio Publico, contra SANTOS MARIO ÑAÑEZ ROMERO, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 01:0 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la ¿finalidad de que D E S I G N E Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop.3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fi scal.4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.-5- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar Leonardo Ortiz es un ente corporativo.JOSE L. ORTIZ, 23 DE ENERO DE 2018KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- FP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEIDNETE: 13-2018-JPU-SI.ACUSADO: FERNANDO GARCIA RUIZ.DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: ALEX LEONEL GARCIA HUAMAN.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVA ESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS

11Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

MONTOYASan Ignacio, 02 de febrero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: FERNANDO GARCIA RUIZ con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTICUATRO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado FERNANDO GARCIA RUIZ, en el EXP. N° 13-2018 seguido por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALEX LEONEL GARCIA HUAMAN; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEIDNETE: 10124-2016-0-1706-JR-PE-07 JUZGADO: 7° Juzg. Invest. Preparatoria JUEZ: Dra. Mary Isabel Nuñez Cortijo IMPUTADO: Rodríguez Alarcón Denis Iván DELITO: Estafa Genérica AGRAVIADO: Mera Alva Perpetua Cecilia ESPECIALISTA: Julio César Guevara ValderramaSE EMPLAZA al acusado: RODRÍGUEZ ALARCÓN DENIS IVÁN para que concurra en la fecha y hora programada, el Proceso Penal N° 10124-2016-0-1706-JR-PE-07MIP- CH1CLAYO seguido en su contra por el presunto delito de Estafa Genérica; y se le notifica con el inserto siguiente:RESOLUCIÓN NÚMERO: OCHODADO CUENTA; Reasumiendo funciones la señora Juez que suscribe la presente resolución. Con la razón de la especialista de juzgado, y el estado del proceso, se dispone: AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el dia VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECICHO a horas ONCE DE LA MAÑANA- HORA EXACTA debiendo concurrir a la sala de audiencias N° Once del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155- Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y articulo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECÍSESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación d e diligencias de investigación o de pruebas especificas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en

razón del cronograma de audiencias, programadas con antelación en el sistema integral de justicia.MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10619-2017-0-1706-JR-PE-20- EMM.- ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA VALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a YENNY ALFREDO PEREZ ROJAS con domicilio real en la UPIS SANTA LUCIA MZA K LOTE 38 - JLO. RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y la abogada defensora del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de esta última de excluirla de la defensa y designar en ese mismo acto al defensor público que asigne la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesáiqs o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviad^; además al acusado Yenmy Alfredo Pérez Rojas mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista Ricardo Quispe Lobaton. Interviene la Especialista de Causas que da cuenta por disposición superior. Notifíquese con las formalidades de ley.-JOSE L. ORTIZ 25-01-18ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO

Inst. No. 435-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a CESAR AUGUSTO RlUZ RODRIGUEZ con domicilio real en la CALLE SAN PEDRO N° 871 - CPM. NUEVO SAN LORENZO - II ETAPA - JLOJosé Leonardo Ortiz. dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:E CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. José Manuel Benavente Millán, contra el imputado CÉSAR AUGUSTO RUÍZ RODRÍGUEZ, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA - PELIGRO COMÚN en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85^ inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensor Pública de Lambayeque.2.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado CÉSAR AUGUSTO RIJÍZ RODRÍGUEZ por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.3.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle San Pedro N° 871 - CPM Nuevo San Lorenzo II Etapa - JLO, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificaciónantes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 24-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 423-2017-JPU-SI.ACUSADO:EDUAR ALTAMIRANO CORONADO Y OTRO.DELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: ROLANDO GUEVARA BUSTAMANTE Y ELDEN TOCTO NUÑEZ.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESPECIALISTA: NANCY RAMOS MONTOYA San Ignacio, 30 de enero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la

provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza a los acusados: EDUAR ALTAMIRANO CORONADO Y NEYSER CORONADO LESCANO con la RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTICUATRO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 11.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique a loa acusados EDUAR ALTAMIRANO CORONADO Y NEYSER CORONADO LESCANO, en el EXP. N° 423-2017 seguido por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de ROLANDO GUEVARA BUSTAMANTE Y ELDEN TOCTO NUÑEZ; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 11-2018-JPU-SI.ACUSADO:MISS O KEEFE ALDAZ TORRES.DELITO:AGRESION EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR.AGRAVIADO:MARLENY TORRES QUINDE.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESPECIALISTA: NANCY RAMOS MONTOYA San Ignacio, 02 de Febrero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: MISS o KEEFE ALDAZ TORRES con la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTICUATRO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10.00 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado MISS O KEEFE ALDAZ TORRES, en el EXP. N° 11-2018 seguido por el delito de AGRESION EN CONTRA DE LAS MUEJRES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MARLENY TORRES QUINDE; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal PenalMARLO ROBLEDO CORDOVA

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL12

JUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALOficio N° 6966-2012-6-1706-JR-PE-04/EIFPRIMER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: EDWIN IBAÑEZ FARFANCITA Y EMPLAZA; a los acusados de autos JUAN MANUEL MIÑOPE CACHAY Y JHONATAN ALFONSO GUEVARA ODAR; para que se presente a la audiencia de juicio oral en el proceso AT 6966-2012-6-1706-JR-PE-04 que se le sigue por el delito de USURPACION AGRAVADA en agravio de JOSÉ ANTONIO MORA LARIOS, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día 24 de ABRIL DEL 2018 A HORAS 8:40 AM , la misma que se realizara en el ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO.Por haberse dispuesto asi en el cuaderno de debates Expediente N° 6966-2012-6-1706-JR- PE-04, seguido contra los acusados FRANK GUEVARA DIAZ, JUAN MANUEL MIÑOPE CACHAY, JULIO CESAR PISFIL INOLOPU, MARIO LUIS MOGOLLON TOLEDO, JHONATAN ALFONSO GUEVARA ODAR, JUAN CARLOS VASQUEZ CORDOVA, JOSE MANUEL CANTOS GASCO, ARNOLD GUSTAVO REQUEJO DELGADO, RICARDO JESUS RODRIGUEZ MONTENEGRO y GUSTAVO MESTANZA SUAREZ como autores del delito Contra El Patrimonio en la figura de USURPACION AGRAVADA en agravio de JOSÉ ANTONIO MORA LARIOS, ilicito previsto en el articulo 202° inciso 2 del Código Penal concordante con el artículo 204 inciso 2 del mismo cuerpo legal.Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.EVA VASQUEZ VASQUEZJUEZJUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALhist. No. .421 -2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.- ESPECÍALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA VALLE MAN AY.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a LUIS ARTURO CHAVEZ LLALLES con domicilio real en la CALLE LAS RETAMAS AA.HH. MILAGRO DE DIOS MZA F LOTE 01 - JLO.José Leonardo Ortiz. dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Rober Edwin Becerra Pérez, contra el imputado LUIS ARTURO CHAVEZ LLALLES, por el delito contra la Familia en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de LUIS BRAYAN CHAVEZ PAISIG, representado por su madre Leyci Liliana Paisig Sosa, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el

abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor’Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, en caso no concurra el abogado defensor particular, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQÜESE al imputado LUIS ARTURO CHA VEZ LEALES por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFIQÜESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Las Retamas AA.HH Milagro de Dios F-01 - José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 23-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOEXPEDIENTE: 353-2017-JPU-SI.ACUSADOS: REINERO BECERRA SANCHEZ.DELITO: LESIONES GRAVES.AGRAVIADO: JUAN ELI PEREZ ZAMORA.JUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: NANCY RAMOS MONTOYASan Ignacio, 22 de Enero del 2018.El señor Juez Penal Unipersonal de la provincia San Ignacio, por intermedio del presente EDICTO JUDICIAL, cita y emplaza al acusado: REINERO BECERRA SANCHEZ, con la RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DE VEINTICUATRO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 12.00 DEL MEDIO DIA, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar N° 375, 2do. Piso de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz en caso de inconcurrencia, por cuanto se ha ordenado en el ara que se notifique al acusado REINERO BECERRA SANCHEZ, en el EXP. N° 353-2017 seguido por el delito de LESIONES GRAVES, en agravio de JUAN ELI PEREZ ZAMORA; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; proceso que se encuentra ventilándose en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Debiendo disponer su PUBLICACIÓN, en el diario Oficial “La República” - sede Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el art. 128° del Código Procesal Penal.MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ DEL JUZGADO PENALUNIPEROSNAL Y JUZGADO PENALLIQUIDADOR- SAN IGNACIOFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENAL

Inst. No. 292-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA LORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA V EMPLAZA a CARLOS DANIEL RUIZ RODRIGUEZ con domicilio real en la CALLE CARRIÓN N° 963 - JLO.José Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por la Fiscal Adjunta Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Gasdaly Maribel Salazar Alarcón, contra el imputado CARLOS DANIEL RUIZ RODRÍGUEZ, por el delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MANANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Def’ensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado CARLOS DANIEL RLJIZ RODRÍGUEZ por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real sito en la calle Carrión N° 963 - José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOInst. No. 447-2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.- ESPEC1ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a FLORENCIO REOUEJO CHILCON con domicilio real en el PP.JJ. JESUS DE NAZARENO MZA E LOTE 21 - JLO ó

URB. PROGRESIVA SAN FELIX MZA E LOTE 22 - JLO.José Leonardo Ortiz. dieciséis de Enerodel dos mil dieciocho.SE RESUELVE: . CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por la representante Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Verónica Marily Rodríguez Ramos, contra el imputado FLORENCIO REQUEJO CHILCÓN, por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DELA MANANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Púbtifco que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado FLORENCIO REQUEJO CHILCÓN por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real sito en el PP.JJ Jesús Nazareno Mz. E, Lt. 21 - JLO y según se ficha Reniec en LJrb. Progresiva San Félix Mz. E,Lt. 22 - JLO, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José L. Ortiz 24-01-18ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALInst. No. 439-2018-0-1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIA LISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a MILTON CESAR TELLO CUBAScon domicilio real en la Av. Culpón Mza F LOTE 21 - JLO ó SECTOR DEMOCRACIA - RIOJA - SAN MARTINJosé Leonardo Ortiz. dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:1.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y

13Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. José Manuel Benavente Millán, contra el imputado MII.TÓN CÉSAR TELLO CUBAS, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA - PELIGRO COMÚN en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DEEBRIEDAD en agravio del ESTADO - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MANANA (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNEAbogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque.3.Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado MILTON CÉSAR TELLO CUBAS por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real sito en la Av. Culpón Mz. “F” Lt. 21 - JLO y según su ficha Reniec en Sector Democracia, Rioja - San Martín, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control en caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.José Leonardo Ortiz, 24-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO ESPECIALIZTA. KARLXA GOMALES PAREDESEN El. EXP. N° 66-2018-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. DE CUICLAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA PERA ZULOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO RUBEN I ASQUEZ NIÑEZ, CON DNI N° 46534282, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE .IR. AVIACION S /N. BELLA VISTA - SAN MARTIN.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JI EZ A DISPUESTO LO SIGUENTE:RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, dieciocho de enero De 1 dos mil dieciocho-SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida

de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuádralo - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada.José L. Ortiz 19 de enero de 2018KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- FP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALInst. No. 10599-2017-0-1706-JR-PE-20- EMM.-ESPEC1 ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a JOSE LUIS CARRASCO LOZANO con domicilio real en la AA.HH. NUEVO CULPÓN S/N - JLO RESOLUCIÓN N° UNOJosé Leonardo Ortiz, dieciséis de Enero del dos mil dieciocho.SE RESUELVE:CÍTESE para el díaVEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAN ANA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECISESE que las

resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos incluida a la parte agraviada; además al acusado José Luis Lozano Carrasco mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Con respecto de no haberse proveído en su oportunidad el presente requerimiento ya no resulta necesario remitir copias a la Odecma, ya que mediante oficios remitidos a Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, Odecma y Area de Personal se ha informado el atraso generado en la secretaría por el anterior Especialista Ricardo Quispe Lobaton. Interviene la Especialista de Causas que da cuenta por disposición superior. Notifíquese con lasformalidades de ley.-José Leonardo Ortiz, 25-01-2018ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOPJ- NCPP-CSJLAMBFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTOJUZGADO : TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAENJUEZ: DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAYCITA Y EMPLAZA al acusado CESAR SAUCEDO VASQUEZ, identificado con DNI 33591497, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 1581-2017-24-1703, por el Delito CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIODIA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1581- 2017-24-1703-TJPUJ, seguido contra CESAR SAUCEDO VASQUEZ en agravio de LA SOCIEDAD por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION.EDGARDO ASENJO TAMAYJUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA JAENFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALJUZGADO : TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN JUEZ : DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAYCITA Y EMPLAZA al acusado OSNAR ROSEL FUENTES MELENDRES,identificado con DNI 46861165, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 1554-2017-

30- 1703, por el Delito CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1554-2017-30-1703-TJPUJ, seguido contra OSNAR ROSEL FUENTES MELENDRES en agravio de LA SOCIEDAD por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. EDGARDO ASENJO TAMAYJUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA JAENFP/ 01, 02, 03 mar.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 01796-2018-0-1706-JR-PE-01JUZGADO: 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ - CHICLAYOESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO : EDILBERTO GUERRERO ALARCONDELITO : AGRESIONES EN CONTRA DE LA MUJER E INTEGRANTES DEL GRUPOFAMILIARAGRAVIADO: ANA ELIZABETH GUERRERO ALARCONSE NOTIFICA A: EDILBERTO GUERRERO ALARCON, CON DOMICILIO EN AV. VENEZUELA N°3326 - PP.JJ NUEVO SAN LORENZO - JOSE LEONARDO ORTIZ.REQUERIMIENTO FISCAL.- fluye de los actuados que el día 16-07-2017, a las 10:20 horas aproximadamente, en circunstancias que la agraviada Ana Elizabeth Guerrero Alarcon se encontraba en su domicilio, discutiendo con su madre ,hizo su aparición el imputado Edilberto Guerrero Alarcon diciéndole que se calle la boca, jalándole de sus cabellos y cacheteándole en presencia de su madre ,de su menor hija y de sus sobrinos; produciendo en la agraviada lesiones traumáticas producidas por agente contundente duro por lo que requiere un (01) día de atención facultativa por cinco (05) días de incapacidad médico legal según el Certificado Médico Legal N° 001460-VFL de fecha 17.07.17. El representante del Ministerio Público solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad e inhabilitación, asimismo, pague la suma de Quinientos soles(s/. 500.00) por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de requerimiento de acusación directa para el 24- 04-2018 hora 12:00 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz.José Leonardo Ortiz, 19 DE FEBRERO DE 2018.CESAR AUGSUTO SALZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSAJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLOCSJLA PODER JUDICIALFP/ 01, 02, 03 mar.

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL14

15Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, sábado 03 de marzo del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL16