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Tipo de Documento Nombre del Documento Plan de Emergencia Preparación y Respuesta ante Emergencias San Ignacio 851 y 901 Área Emisora: Logística N° Documento: PG - 28 Página: Página 1 de 29 Fecha Aprob. Versión Autor Revisó Aprobó 13/07/2010 00 C. Cortés A. Steinmeyer A. Steinmeyer Firmas Al momento de imprimir este documento, deja de ser copia controlada PLAN DE EMERGENCIA BODEGAS PRODUCTOS TERMINADOS LINPAC PACKAGING S.A.

Preparación y Respuesta Ante Emergencia

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    PLAN DE EMERGENCIA BODEGAS PRODUCTOS TERMINADOS LINPAC PACKAGING S.A.

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    1. MISION Velar por la integridad y seguridad de los trabajadores y de la empresa, definiendo los procedimientos de seguridad, en casos de ocurrencia de situaciones de emergencia que puedan poner en peligro al personal, produccin, materiales y equipos de LINPAC PACKAGING S.A. 2. OBJETIVO El Plan de Emergencia de LINPAC PACKAGING S.A. tendr como objetivo, proteger el recurso ms importante que posee la empresa que son las personas y en segundo trmino el inmueble, por los daos materiales que se pudiesen generar ante cualquier condicin de emergencia, estableciendo un programa sistemtico, como a la vez instruir por medio de procedimientos a la lnea de mando y sus trabajadores para prevenir y mitigar los efectos e impactos sobre las personas, salud, medioambiente, maquinarias, productos e infraestructura que pueden ocurrir a causa de una emergencia. 3. ALCANCE Este Plan esta dirigido a todo el personal operativo y administrativo de la bodega de productos terminados de LINPAC PACKAGING S.A., para que por medio de este sepan actuar y controlar cualquier emergencia operacional o natural que afecte el funcionamiento de la empresa ubicada en San Ignacio N 851 y 901, Quilicura, Santiago. 4. RESPONSABILIDADES La responsabilidad del cumplimiento de los objetivos del presente Plan de Emergencias es de todo el personal de la bodega de LINPAC partiendo por el Jefe de Logstica, Asistente de Despacho, Asistente de bodegas, operadores de gras, operadores de carga, conductores internos, conductores externos (contratistas), guardia, etc. Los responsables de la misin y objetivos son los Coordinadores de Emergencia de LINPAC PACKAGING S.A. 5. DEFINICIONES Emergencia: Todo estado de perturbacin de un sistema, que puede poner en peligro la estabilidad del mismo, ya

    sea en forma total o parcial. Estas perturbaciones pueden ser de manera natural, social o tcnica, las cuales pueden afectar la integridad de las personas, como tambin daos a la propiedad.

    Evacuacin: Abandono masivo de un rea o recinto frente a una emergencia. Plan de evacuacin: Conjunto de actividades y procedimientos, mediante el desplazamiento de las personas a

    lugares ms seguros. Amago: Fuego de pequea proporcin que es extinguido en los primeros momentos de una emergencia. Incendio: Gran fuego descontrolado de grandes proporciones. Fuego: fenmeno qumico exotrmico, con desprendimiento de calor y luz, es el resultado de la confinacin de

    combustible, calor y oxigeno.

    Tipos de Emergencias Amago o incendio. Accidentes de Trabajo. Movimientos ssmicos. Derrames o Fugas. Asalto, robo o hurto.

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    6. SISTEMA DE INFORMACIN

    Toda emergencia debe ser informada de forma inmediata por las personas que se encuentran ms prximas al lugar del siniestro y/o accidente, utilizando el recurso de alarma de emergencia (Pull box), a viva voz, telfonos o de manera verbal a un jefe, supervisor, portera y/o asesor en prevencin de riesgos, comunicando lo siguiente:

    Tipo de siniestro o emergencia. Indicar lugar del accidente o emergencia. Numero de personal involucradas o lesionada. Requerimiento de ayuda adicional, que ser definida por el Jefe de Emergencia, en el momento. La seal de emergencia ser dada por el Jefe de Emergencia, y ser informado al servicio de guardias, una vez

    confirmada la emergencia, y consistir en la emisin de mensaje verbal telefnico o por radio, indicando tipo y localizacin de la emergencia, seguida por el sonido de sirena, presionando el pull box.

    Toda situacin de emergencia debe ser registrada por portera, informacin que ser enviada a Encargada de HSHE para llevar una estadstica y mejoras.

    Todo el personal de LINPAC PACKAGING S.A., se instruir respecto del Plan de Emergencia, donde debe acudir.

    6.1 Nmeros de emergencia Externos: Bomberos Central : 132 Bomberos Comuna : 603 26 47 - 603 43 91 Ambulancia : 131 Carabineros : 133 Plan Cuadrante : 9-607 00 65 Seguridad Ciudadana : 800 36 77 77 - 02 366 67 83 ACHS Ambulancia : 1404 Municipalidad de Quilicura : 366 67 00

    6.2 Recursos Tcnicos

    Estos recursos conducen a prestar un apoyo en caso de que se produzca una emergencia, independientemente de cul sea su origen. Para atencin de situaciones de emergencia, los siguientes recursos deben estar disponibles:

    6.2.1 Elementos auxiliares para la emergencia

    Botiqun de primeros auxilios Sala de Primeros Auxilios (en Edificio de Administracin). Kit de emergencia: cuenta con banderines, para ser usados en caso de que personal deba cruzar la calle. Tambin cuenta con un disco Pare, que ser utilizado para detener el trnsito en caso de cruce de bomberos. Adems, cuenta con una camilla. Sistema de comunicacin y alarma. Equipo mayor para incendio (red de incendio, mangueras, pitones, etc.). Extintores Luces de emergencia Vas de evacuacin demarcadas y sin obstculos de material Zonas de Seguridad: se asigna zona de seguridad a nivel de calle, en la zona de ingreso a empresa vecina Maui. (En consulta). Adems, esta zona ser modificada por el Jefe de Emergencia en caso de ser necesaria segn el tipo de emergencia ocurrida. Cintas de color amarillo para demarcar reas de peligro.

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    6.2.2 Programas de mantencin

    La empresa deber mantener programas de revisin y mantencin de todos aquellos sistemas que estn relacionados directamente con una emergencia. Entre los principales se deber contar con:

    Extincin de incendio (detectores de incendio, unidades de control, extintores porttiles, etc.) Iluminacin de Emergencia Comunicaciones Eliminacin de basura

    6.2.3 Actividades previas

    Los sistemas de control de emergencia (alarmas, red de incendio, luces de emergencia, extintores,

    otros) debern ser sometidos a inspecciones peridicas para que garanticen su operatividad.

    Todas las personas de la organizacin debern conocer sus roles y estar entrenados para reaccionar efectivamente frente a situaciones de emergencias.

    Portera deber tener actualizados los respectivos nmeros de telfono del personal clave de la

    organizacin de emergencia.

    El portero de turno se encargar de hacer las debidas comunicaciones por el medio ms expedito que est a su alcance al Coordinador de Emergencia o Jefe de rea.

    7. ORGANIGRAMA / ROLES DE EMERGENCIA

    Jefe Emergencia

    Asistente de Bodega Asistente de Despacho (Suplente)

    Coordinadores

    Operador de gra 1 Operador de gra 2

    7.1 Jefe de Emergencia

    Este cargo se asign al Asistente de Bodega, que ser reemplazado por el Asistente de Despacho, en caso de que el primero no est disponible. 1. Informarse dnde est ocurriendo la Emergencia y de qu tipo de emergencia se trata, para ello debe solicitar

    que revisen el panel de alarmas, o que le informen directamente que est ocurriendo. 2. Debe ubicarse en un lugar visible y con la ayuda de un megfono comenzar a dar las instrucciones necesarias. 3. Es el responsable de dar la orden a portera, para que llamen a Bomberos. Una vez que ha pasado un tiempo

    prudente, debe verificar que Bomberos haya sido llamado. 4. Debe supervisar que los roles de Emergencia se estn cumpliendo. 5. En caso de que la emergencia se escape de control, debe dar la orden de Evacuar a todo el personal que se

    encuentra realizando actividades dentro de las dependencias de Logstica.

    7.2 Jefe de Emergencia Suplente

    1. Apoyar en todo momento al Jefe de Emergencia, para que cumpla con todas las actividades. 2. Supervisar que todo el personal siga las instrucciones entregadas.

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    7.3 Coordinador 1 y 2 (Operadores de Gra)

    1. Una vez que escucha el sonido de la alarma, debe Estacionar la Gra lo ms rpidamente posible en una zona donde no bloquee el paso de personas ni vehculos de emergencia o camiones. Debe dejar las llaves puestas en la gra.

    2. Observar el monitor de alarmas en cada una de las bodegas a su cargo 3. Dirigir al personal de cada bodega a evacuar la zona. 4. Verificar que las vas de evacuacin y de paso de vehculos de emergencia est completamente despejado. 5. Si existen visitas en las Bodegas, debe indicarles que se dirijan a la zona de seguridad, junto con el resto del

    personal y asignar a una persona que se encargue de acompaar a la visita en todo momento. 6. Debe indicar a los contratistas que se dirijan a la zona de seguridad, dejando su camin con las llaves puestas,

    en la zona donde estaba estacionado. 7. Deben guiar a Bomberos en 2 puntos: al ingreso a la Bodega, desde la calle y en la zona ms cercana a la

    emergencia, mientras no arriesgue su integridad. 7.4 Choferes y peonetas

    1. Dejar su camin estacionado, con las llaves puestas, verificando que no est bloqueando vas peatonales, vas de paso vehicular, etc.

    2. Deben verificar que no se encuentran materiales bloqueando las vas peatonales, salidas de emergencia y paso de vehculos.

    3. Deben dirigirse a la zona de seguridad, en caso de que no se requiera su presencia. 4. Deben guiar a contratistas y visitas hacia la zona de seguridad. 5. Deben combatir el amago en caso de que se encuentren en la zona. 6. Debe estar atento a las instrucciones que puede darle el Jefe de Emergencia.

    7.5 Portera

    1. Guardias deben detener sus actividades normales durante la ocurrencia de una emergencia, lo que quiere decir que no recibir visitas.

    2. Debe tomar contacto con el Jefe de Emergencia, en caso de que este no se haya comunicado aun con Portera, para informar sobre el motivo de la activacin de la alarma.

    3. Detendr el paso de camiones desde planta hacia bodegas. Tambin detendr el paso de contratistas y visitas hacia la zona de bodegas.

    4. Debe dar el llamado a Bomberos cuando el jefe de Emergencia lo solicite, o en caso de ver humo. 5. Adicionalmente al llamado a Bomberos, debe llamar a Carabineros, para que corte el trnsito.

    7.6 Jefe de Extrusin / Mecnico Turno

    1. Ellos se dirigirn a la zona de emergencia, para conocer detalles 2. En caso de que la emergencia sea provocada por un Amago, deben activar el equipo de apoyo para tirar

    mangueras mientras se espera la llegada de bomberos.

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    8. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA

    8.1. PROCEDIMIENTO EN CASO DE AMAGO

    8.1.1 Clasificacin del fuego.

    Fuegos clase A: Son aquellos producidos en combustibles slidos comunes, en el que la combustin puede presentarse con o sin llama y formacin de brasas incandescentes. Ej.: madera, papel, etc.

    Fuegos clase B: Son aquellos producidos en lquidos y gases en el cual la combustin forma llamas y alto poder calorfico, generalmente no dejan residuos slidos. Ej.: Petrleo.

    Fuegos clase C: Son aquellos fuegos producidos en equipos energizados e instalaciones elctricas energizadas.

    Fuegos clase D: Son producidos por combustin de metales tales como sodio, potasio, etc.

    En las bodegas de productos terminados de LINPAC PACKAGING S.A. estamos expuestos a Fuegos de clase A, B y C. 8.1.2 ACTUACIN Y COORDINACIN ANTE UNA EMERGENCIA DE AMAGO O INCENDIO:

    Cualquier persona que detecte un amago de incendio, deber informar por el medio ms rpido al

    supervisor o jefe de rea e inmediatamente concurrir con material de extincin a la zona del amago. La persona que reciba el aviso de emergencia deber comunicar al Jefe de Emergencia y este a su vez a

    portera, para solicitar la presencia de Bomberos. A la vez, Portera, al escuchar el sonido de alarma, verificar si se ve humo, si es as, llamar a Bomberos

    sin necesidad de que el Jefe de Emergencia lo solicite. Al mismo tiempo, ser informado el Jefe de Turno de Extrusin, quien acudir junto al Mecnico de turno de

    Planta para verificar la situacin. El personal que se encuentre cerca o en la zona del amago, apoyar la accin de las personas que se

    encuentran combatiendo el amago, alejando a cualquier persona extraa al sector. El jefe de rea responsable del sector del amago, deber evaluar la situacin y determinar si debe haber

    evacuacin total o parcial, de no ser as el trabajo continuar de manera normal. Las personas encargadas de combatir el amago debern concurrir al lugar del amago y su Coordinador

    dispondr de todos los medios para iniciar la accin contra el fuego, si la emergencia as lo amerita, es decir, se declara incendio.

    El Jefe de Emergencia, ser el nico autorizado para solicitar la presencia de Bomberos. El Jefe de Emergencia debe verificar que se activen y se cumplan todos los roles de Emergencia. Una vez controlado el amago o incendio el Jefe de rea har la revisin de los daos a la propiedad,

    sistemas elctricos, materiales de produccin, etc., en conjunto con Mantencin. Una vez controlado el incendio se debe mantener el control sobre los bienes que pudieren sacarse del

    recinto y los jefes de rea o supervisores deben disponer de todo su personal, para evaluar daos y efectuar las reparaciones necesarias para la restauracin de instalaciones y equipos.

    El Coordinador de la emergencia deber realizar el informe de investigacin de la emergencia a la Gerencia Industrial antes de 24 horas de controlado el siniestro.

    El material quemado y el utilizado para combatir el incendio, deber ser retirado en contenedores metlicos resistentes y transportado a un rea de almacenamiento temporal, hasta que pierda el calor, hasta su disposicin final, en la zona de residuos peligrosos.

    Se informar inmediatamente qu extintores fueron utilizados para combatir el amago y sern retirados para su reposicin inmediata.

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    8.2 PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO

    8.2.1 Actuacin en casos de accidentes

    Todo trabajador que sufra u observe un accidente de trabajo, debe comunicarlo inmediatamente a su jefe

    directo, quien informar cuando corresponda a la Gerencia Industrial. Si en el accidente se encuentra perjudicado algn trabajador de LINPAC, el Jefe directo debe comunicarse

    inmediatamente con el encargado de Primeros Auxilios, para que le de los primeros auxilios y luego ser derivado a la ACHS en caso de ser necesario.

    En caso de ser un contratista el afectado, se debe poner en contacto con el supervisor de ellos para derivar a la mutualidad que corresponda. Mientras, el encargado de Primeros Auxilios de la empresa puede prestar los cuidados primarios.

    Si el accidente produce daos a la propiedad, se deber aislar el sector comprometido. Supervisor y Comit Paritario deben realizar la investigacin de accidente, copia del cual debe ser

    entregado a Gerencia y jefatura.

    8.2.2 ACCIDENTES GRAVES O FATALES

    CIRCULAR N 2.345 IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS A LAS EMPRESAS POR LOS INCISOS CUARTO Y QUINTO DEL ARTCULO 76 DE LA LEY N 16.744, EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY N 20.123.

    Esta Superintendencia, en virtud de las facultades contempladas en los artculos 2 y 30 de la Ley N 16.395, 12 de la Ley N 16.744, 1, 23, y 126 del D.S. N 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsin Social, y atendidas las modificaciones introducidas por la Ley N 20.123 al artculo 76 de la Ley N 16.744, viene en impartir las siguientes instrucciones.

    I ANTECEDENTES

    1. En conformidad con lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artculo 76 de la Ley N 16.744, si en una empresa ocurre un accidente del trabajo grave o fatal, el empleador deber cumplir con las siguientes obligaciones: 1.1 Suspender en forma inmediata las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. 1.2 Informar inmediatamente de lo ocurrido a la Inspeccin del Trabajo (Inspeccin) y a la Secretara Regional Ministerial de Salud (Seremi) que corresponda. 2. Para los efectos de las obligaciones antes sealadas, se entender por: a) Accidente del trabajo fatal, aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial. b) Accidente del trabajo grave, cualquier accidente del trabajo que: - Obligue a realizar maniobras de reanimacin, u - Obligue a realizar maniobras de rescate, u - Ocurra por cada de altura, de ms de 2 mts., o - Provoque, en forma inmediata, la amputacin o prdida de cualquier parte del cuerpo, o - Involucre un nmero tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada. El listado de accidentes del trabajo graves ser revisado por la Superintendencia de Seguridad Social peridicamente, lo que permitir efectuar los ajustes que se estimen necesarios. c) Faenas afectadas, aquella rea o puesto de trabajo en que ocurri el accidente, pudiendo incluso abarcar la faena en su conjunto, dependiendo de las caractersticas y origen del siniestro, y en la cual, de no adoptar la empresa medidas correctivas inmediatas, se pone en peligro la vida o salud de otros trabajadores.

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    II PROCEDIMIENTO

    1. Cuando ocurra un accidente del trabajo fatal o grave en los trminos antes sealados, el empleador deber suspender en forma inmediata las faenas afectadas y adems, de ser necesario, deber evacuar dichas faenas, cuando en stas exista la posibilidad que ocurra un nuevo accidente de similares caractersticas. El ingreso a estas reas, para enfrentar y controlar el o los riesgo(s) presente(s), slo deber efectuarse con personal debidamente entrenado y equipado. 2. El empleador deber informar inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave, tanto a la Inspeccin como a la Seremi que corresponda al domicilio en que ste ocurri. 3. En caso de tratarse de un accidente del trabajo fatal o grave que le ocurra a un trabajador de una empresa de servicios transitorios, la empresa usuaria deber cumplir las obligaciones sealadas en los puntos 1 y 2 anteriores. 4. El empleador deber efectuar la denuncia a: a) La respectiva Secretara Regional Ministerial de Salud, por va telefnica o correo electrnico o FAX o personalmente. La nmina de direcciones, telfonos, direcciones de correo electrnico y FAX que debern ser utilizados para la notificacin a las Secretaras Regionales Ministeriales de Salud, se adjunta en el Anexo II. b) La respectiva Inspeccin del Trabajo, por va telefnica o FAX o personalmente. La nmina de direcciones, telfonos y FAX que debern ser utilizados para la notificacin a las Inspecciones del Trabajo, se adjunta en el Anexo III. Las nminas sealadas se encontrarn disponibles en las pginas web de las siguientes entidades: - Superintendencia de Seguridad Social: www.suseso.cl - Direccin del Trabajo: www.direcciondeltrabajo.cl - Ministerio de Salud: www.minsal.cl 5. En aquellos casos en que la empresa no cuente con los medios antes sealados para cumplir con su obligacin de informar a la Inspeccin y Seremi respectiva, se entender que cumple con dicha obligacin al informar a la entidad fiscalizadora que sea competente en relacin con la actividad que desarrolla, cuando dicha entidad cuente con algn otro medio de comunicacin (Directemar, Sernageomin, entre otras). Las entidades fiscalizadoras que reciban esta informacin debern transmitirla directamente a la Inspeccin y la Seremi que corresponda, de manera de dar curso al procedimiento regular. 6. El empleador deber entregar, al menos, la siguiente informacin acerca del accidente: Datos de la empresa, direccin de ocurrencia del accidente, y el tipo de accidente (fatal o grave) y descripcin de lo ocurrido. En aquellos casos que la notificacin se realice va correo electrnico o fax, se deber utilizar el formulario que se acompaa en Anexo I. No se debe informar accidentados graves y fallecidos en un mismo formulario. 7. El empleador podr requerir el levantamiento de la suspensin de las faenas informando a la Inspeccin y a la Seremi que corresponda, por las mismas vas sealadas en el punto 4. anterior, cuando haya subsanado las causas que originaron el accidente. 8. La reanudacin de faenas slo podr ser autorizada por la entidad fiscalizadora que corresponda, Inspeccin del Trabajo o Secretara Regional Ministerial de Salud. Dicha autorizacin deber constar por escrito, sea en papel o medio digital, debiendo mantenerse copia de ella en la respectiva faena. 9. Frente al incumplimiento de las obligaciones sealadas en los puntos 1 y 2 anteriores, las empresas infractoras sern sancionadas con la multa a que se refiere el inciso final del artculo 76 de la Ley N 16.744. 10. El procedimiento anterior, no modifica ni reemplaza la obligacin del empleador de denunciar el accidente en el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), ante el respectivo

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    organismo administrador, as como tampoco lo exime de la obligacin de adoptar todas las medidas que sean necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores, frente a la ocurrencia de cualquier accidente del trabajo.

    III ROL DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N 16.744

    Los organismos administradores de la Ley N 16.744, Mutualidades e Instituto de Normalizacin Previsional, debern: 1. Difundir las presentes instrucciones entre sus empresas adheridas o afiliadas. 2. Otorgar asistencia tcnica a las empresas en que haya ocurrido un accidente del trabajo fatal o grave, en cuanto stos les sean denunciados.

    8.3 PROCEDIMIENTO EN CASOS DE MOVIMIENTOS SISMICOS

    Conservar la calma. Encargados en Bodega y Supervisores deben ayudar a mantener la calma cuando existen posibles casos

    de pnicos. Apagar cualquier llama viva. Alejarse de vidrios y muebles grandes. Refugiarse en lugares que ofrezcan seguridad, fuera de la bodega, en la zona de seguridad asignada. Cortar suministros de agua, electricidad y gas. No ubicarse bajo tendidos de cables elctricos, cerca de maquinarias, orillas de canales, reas de

    almacenamiento, etc. Una vez dada la orden de evacuacin, el supervisor, en conjunto con los encargados, realizarn la

    evacuacin, en forma ordenada hacia las zonas de seguridad. Prestar Primeros Auxilios y evacuar a los lesionados. Informar si existen personas atrapadas al interior del recinto. Permanecer en las Zonas de Seguridad, hasta que se autorice a regresar a sus puestos de trabajo, o sean

    suspendidas las labores.

    Procedimiento de Evacuacin: 1. Si el personal se encuentra en bodegas, se debe comenzar la evacuacin inmediatamente, mientras est

    ocurriendo el sismo. 2. Si el personal se encuentra en dependencias de la planta, tambin debe realizar la evacuacin inmediata

    hacia las zonas de seguridad asignadas. 3. Si el personal de Logstica se encuentra en el edificio de administracin, NO se debe realizar evacuacin.

    Por el contrario, debe esperar al trmino del sismo, para recin comenzar con la evacuacin, en caso de que sea indicado.

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    8.4 PROCEDIMIENTO EN CASO DE DERRAMES Y FUGAS DERRAMES:

    Estos debern ser controlados inmediatamente mediante arena u otro elemento de contencin, evitando en todo momento que fluya hacia las alcantarillas o subsuelo. Se debe impedir inmediatamente el paso de personas y vehculos. Se debe informar inmediatamente a su supervisor mediante formulario de declaracin de Incidente Medioambiental Baldes con arena debern ser mantenidos en un lugar visible a modo de Kit de contencin y limpieza de derrames lquidos. En aso de no tener estos disponibles en Bodegas, deben ser solicitados, en forma urgente.

    Notas de Seguridad

    1. En el manejo de residuos lquidos, siempre deben ser utilizados guantes de ltex y antiparras. 2. Todo derrame debe ser sujeto a investigacin de accidente medioambiental.

    FUGAS:

    2. Si Ud. VE, ESCUCHA O DETECTA UNA FUGA DE GAS (Gas comprimido Gra Horquilla) 2.1 D la alarma a viva voz gritando FUGA DE GAS. 2.2 Accione la alarma ms cercana. 2.3 Si est entrenado AISLE EL LUGAR, MANTENGASE A DISTANCIA SEGURA Y ESPERE POR EL

    COORDINADOR. 2.4 Si no est entrenado, busque ayuda inmediatamente y aljese a su lugar de reunin. 2.5 No intente volver a entrar al edificio hasta que el coordinador informe que es seguro hacerlo. 2.6 Si est cargando un camin, operando la gra o camin, etc., detenga su labor de inmediato

    y mantngase atento a las instrucciones.

    3. Si Ud. es COORDINADOR

    3.1 Pare la maquinaria a su cargo (gra, camin) de inmediato. 3.2 Asegrese de que todos los equipos estn desenergizados, cualquier fuego apagado

    y todo motor a combustin detenido. 3.3 De orden a portera de llamar a bomberos. 3.4 Organice a la gente para aislar la zona, acordonando el lugar. En caso contrario, EVACUE el rea. 3.5 Asegrese que se detenga todo trnsito de vehculos, de acuerdo a su cargo en emergencia 3.6 Supervise la EVACUACIN hacia los puntos de reunin. 3.7. Asegrese que todos hayan abandonado el rea, incluyendo baos, oficinas, etc. 3.8. Asegrese de dar alerta a los vecinos de acuerdo a la asignacin de roles y procedimiento. 3.9. Supervise la evacuacin hacia los puntos de reunin. 3.10. Deber estar atento para detectar posible Emergencia de INCENDIO 3.11. Deber asegurarse que las rutas de acceso exteriores estn despejadas. 3.12. Deber recibir a bomberos e indicar el lugar del siniestro. 3.13. Deber pasar la lista de los presentes en los lugares de reunin, de acuerdo al ingreso indicado por

    portera.

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    3.14. En caso de faltar alguna persona, se deber dar cuenta inmediatamente al coordinador, al jefe de emergencia o al jefe de bomberos. 3.15. Deber asegurarse que nadie, aparte del personal de emergencia, ingrese a la empresa.

    8.5 PROCEDIMIENTO EN CASO DE ASALTO, ROBO

    - No oponga resistencia y siga las instrucciones de los asaltantes. - Trate de recordar los siguientes detalles: N de asaltantes, contextura fsica, tipo de armamento utilizado,

    caractersticas fsicas, tipo de vehculos utilizados, color, N patente, etc.

    - Slo entregue informacin bsica (idealmente con monoslabos, sin agregar comentarios no solicitados).

    - Una vez que se hayan retirado los asaltantes y se encuentre fuera de peligro, de aviso.

    8.6 RESCATE DE PERSONAS ATRAPADAS

    Al existir personas atrapadas producto de un accidente dentro de las instalaciones, ya sea por derrumbes, fallas de mquinas o de procedimientos de trabajo, etc., coordine con el Equipo de Emergencias y personal con conocimientos de Primeros Auxilios el siguiente procedimiento.

    El Jefe de Emergencia debe disponer estado de alerta y evaluar la situacin de emergencia. Requiera informacin a travs del Jefe de rea que recibi la primera informacin.

    Si se comprueba la presencia de una o ms personas atrapadas, solicite apoyo de bomberos y Ambulancia, si fuera necesario. Instruir a los Guardias para que tengan expeditos los accesos a la Empresa y prohibir que las dems personas se acerquen al lugar donde se encuentran las personas afectadas.

    Ordene al Equipo de Emergencia, especialmente personas con conocimientos de Primeros Auxilios dirigirse a la zona afectada.

    Disponga que se evacue al personal que se encuentra en la zona de emergencia, hacia la zona de Seguridad, evitando que la(s) persona(s) atrapada(s) sea(n) vistos, para evitar provocar pnico.

    8.7 EMERGENCIAS MDICAS

    Al ocurrir una emergencia mdica dentro de las instalaciones, por enfermedades que no corresponden al trabajo, ser necesario coordinar con el Equipo de Emergencia el siguiente procedimiento:

    Disponga estado de alerta y evale la situacin de emergencia. Requiera informacin a travs de la persona que recibi la primera informacin.

    Si se comprueba la existencia de una o ms personas afectadas por una emergencia mdica, debe conocer informacin especfica y no tomar contacto con fluidos corporales (sangre, vmito, orina, excremento, etc.).

    Se debe usar ropa apropiada (antiparras y guantes de ltex, etc.) Si existen personas que tomaron contacto con dichos fluidos, debe ser derivado tambin a un centro mdico.

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    Solicite el apoyo de Bomberos y Ambulancia, si fuera necesario. Instruir a los Guardias para que tengan expeditos los accesos a la Empresa y prohibir que las dems personas se acerquen al lugar donde se encuentran las personas afectadas.

    Ordene al Equipo de Emergencia especialmente Primeros Auxilios, dirigirse a la zona afectada.

    Disponga que los las personas del rea donde se encuentra la situacin, evacuen hacia la Zona de Seguridad autorizada, evitando que la(s) personas tomen contacto con dichos fluidos.

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    ANEXO II NOMINA DE SECRETARIAS MINISTERIALES REGIONALES DE SALUD

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    ANEXO III NOMINA DE INSPECCIONES DEL TRABAJO

    Boletn Oficial DT N 215, Diciembre 2006

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