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PRESENTACIÓN COMERCIALIZACION INTERNACIONAL Clasificación Arancelaria Nomenclador Común del Mercosur

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Page 1: PRESENTACIÓN COMERCIALIZACION INTERNACIONAL Clasificación Arancelaria Nomenclador Común del Mercosur

PRESENTACIÓN COMERCIALIZACION

INTERNACIONAL

Clasificación Arancelaria

Nomenclador Común del Mercosur

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Estructura del código arancelario

0105.93.00 Subpartida regional

Capítulos Partidas Subpartidas

Los seis primeros dígitos corresponden al Sistema Armonizado.

Los dígitos 7 y 8 corresponden al desarrollo regional del MERCOSUR.

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Nomenclatura Común del Mercosur

Productos nominados y productos comprendidosGallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las

especies domesticas, vivos.- De peso inferior o igual a 185 g:

0105.11 -- Gallos y gallinas.0105.11.10 De líneas puras o híbridas, para

reproducción.0105.11.90 Los demás.0105.12.00 -- Pavos (gallipavos). 0105.19.00 -- Los demás.

- Los demás.0105.92.00 -- Gallos y gallinas de peso inferior o igual a 2.000 g.0105.93.00 -- Gallos y gallinas de peso superior a 2.000 g. 0105.99.00 -- Los demás. 0106.00.00 LOS DEMAS ANIMALES VIVOS.

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Productos nominados y productos comprendidos

• La razón por la cual algunos animales tienen una designación o descripción precisa, está relacionada con el interés de cada país o grupo de países, de establecer para esas mercaderías un régimen tributario, de beneficios a las exportaciones, o de cualquier otra índole, distinto que al resto de las mercancías; o simplemente, y no menos importante, por razones de tipo

estadístico. • Debe haber algún especial interés en conocer cuáles son los volúmenes de

importación o de exportación por ejemplo de:

0105.93.00 – Gallos y gallinas de peso superior a 2.000 g. muy poca importancia deben tener a los fines tributarios o estadísticos, por

ejemplo:

Los zorros, o los conejos o las liebres todos ellos comprendidos en

0106 LOS DEMAS ANIMALES VIVOS.

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Tipos de Nomenclaturas

• El convenio de adopción del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en su Artículo 1, define, de acuerdo al uso, las distintas Nomenclaturas:

• 1) Nomenclatura arancelaria: establecida según la legislación de una Parte contratante para la percepción de los derechos arancelarios a la importación.

• 2) Nomenclatura estadística: elaborada por una Parte contratante para recoger los datos que han de servir para la presentación de las estadísticas del comercio de importación y exportación

• 3) Nomenclatura arancelaria y estadística combinada: integra la nomenclatura arancelaria y la nomenclatura estadística, legalmente prescripta por una Parte contratante para la declaración de las mercancías a la importación

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Capítulos

La nomenclatura se divide en capítulos.En el capítulo 1, el desarrollo del mismo muestra, a su vez, una división primaria, de esta

forma:

0101 Caballos, asnos, mulos y burdeganos, vivos. 0102 Animales vivos de la especie Bovina.0103 Animales vivos de la especie Porcina.0104 Animales vivos de las especies Ovina o Caprina. 0105 Gallos, gallinas, patos, gansos, (pavos, gallipavos) y pintadas, de las especies

domésticas, vivos. 0106 LOS DEMAS ANIMALES VIVOS.

Podemos observar que en todas las codificaciones desde la 0101 hasta la 0106, los dos primeros dígitos se repiten, funcionan en realidad como un par de dígitos. Ese primer par de dígitos corresponde al Capítulo. Por lo tanto

El Primer par de dígitos indica el Capítulo.

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Partidas• Los dos dígitos siguientes, el tercero y el cuarto, también deben ser tomados como pares.

• 01 – 02 – 03 – 04 – 05 son cada uno de ellos un par de dígitos.

El capítulo 1 se desarrolla entonces en seis partes que reciben el nombre de PARTIDAS, por lo tanto:

Los Capítulos se dividen en Partidas.

El segundo par de dígitos indica la Partida.

En consecuencia la nomenclatura se puede dividir en 99 partes, siendo cada una de ellas un Capítulo; desde el Capítulo 01 hasta el Capítulo 99. Pero esta posibilidad no ha sido utilizada en la confección de la actual Nomenclatura del Sistema Armonizado.

La nomenclatura del sistema armonizado de designación y codificación de mercancías consta de 96 capítulos. Dichos capítulos son del 01 al 76 y desde el 78 al 97.

Los capítulos 77; 98 y 99 han sido reservados para una utilización posterior.

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• Partidas Residuales

0106 LOS DEMAS ANIMALES VIVOS

Este tipo de Partidas dan la posibilidad que todo aquello que no esté designado o nominado con mayor o menor precisión (por razones tributarias o estadísticas) en el resto de las Partidas, quedará comprendido en esta PARTIDA RESIDUAL.

En realidad, en la confección de una Nomenclatura, de uso internacional los productos nominados son aquellos que tienen una signficativa importancia en el intercambio comercial.

En el Capítulo 1 han sido por lo tanto suficientes seis (6) Partidas para comprender la totalidad de los animales vivos que son objeto de comercio internacional.

La nomenclatura del sistema armonizado (versión 1983) tiene 1.240 partidas.

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Subpartidas de la Nomenclatura

• Hay diferencias en el desarrollo de las partidas. Por ejemplo la 0101 y la 0106.

La Partida 0101 presenta este desarrollo:

0101 CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGANOS, VIVOS.

- Caballos:

0101.11.00 -- Reproductores de raza pura.

0101.19 -- Los demás.

0101.19.10 De carrera

0101.19.90 Los demás.

0101.20.00 – Asnos, mulos y burdéganos.

La partida 0106 se presenta de esta manera:

106 LOS DEMAS ANIMALES VIVOS.

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Las partidas se subdividen en Subpartidas.

Ahora bien, analizando el posterior desarrollo de la Partida 0101, y vemos que este es el siguiente:

- Caballos

0101.11.00 – Reproductores de raza pura.Tenemos después de los cuatro primeros dígitos (0101) un punto y luego dos

dígitos (11) seguidos a su vez de otro punto y otros dos dígitos (00).

Subpartidas de primer nivel y de segundo nivel (de un guión y de dos guiones).

Estos dígitos, a diferencia de lo que ocurría con los Capítulos y Partidas , no son un par de dígitos, cada uno de ellos debe ser considerado individualmente. El quinto dígito es una división de la Partida 0101 y se comprota individualmente. Ese quinto dígito es una Subpartida de la Partida 0101. A esa Subpartida se la denomina – Subpartida de Primer nivel o de un guión. En este caso dicho quinto dígito corresponde a la designación de “Caballos”.

El sexto dígito que también se comporta individualmente, es una división de la Subpartida de primer nível o de un guión y se denomina: - Subpartida de segundo nível o de dos guiones. Podemos tener en cada Partida solamente nueve (9) Subpartidas de un guión; en cada Subpartida de un guión podemos tener nueve (9) Subpartidas de dos guiones.

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• Se puede resumir lo visto en lo que se refiere a las distintas Partes de una codificación, presentando la Partida 0101 y su desarrollo de la siguiente forma:

101 CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGANOS, VIVOS.

- Caballos:

0101.11 -- Reproductores de raza pura.

El primer par de dígitos 01 (cero uno) corresponde al Capítulo.

El segundo par de dígitos 01 (cero uno) corresponde a la Partida.

El quinto dígito 1 (uno) corresponde a la Subpartida de un guión.

El sexto dígito 1 (uno) corresponde a la Subpartida de dos guiones.

Si el quinto dígito es cero, no hay Subpartidas de un guión, tampoco puede haberlas de dos guiones, por lo tanto el sexto dígito también será 0. El sistema armonizado tiene 3.558 Subpartidas de un guión y 5.019 Subpartidas de dos guiones (en su versión de 1983).

La posibilidad máxima de Subpartidas de dos guiones asciende a 793.881 en Sistema Armonizado, es decir, 99 Capítulos x 99 Partidas x 9 Subpartidas de un guión x 9 Subpartidas de dos guiones.

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Estructura básica del Sistema Armonizado

• Resumiendo lo visto hasta aquí, la estructura básica del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías es de

21 Secciones

96 Capítulos (primer par de dígitos)

1.240 Partidas (segundo par de dígitos)

3.558 Subpartidas de un guión (quinto dígito)

5.019 Subpartidas de dos guiones (sexto dígito).

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Desarrollos Regionales de la Nomenclatura del Sistema

Armonizado0105.11 -- Gallos y gallinas

0105.11.10 De líneas puras o híbridas para reproducción.

0105.11.90 Los demás.

La Nomenclatura Común del Mercosur es una nomenclatura con una codificación de ocho dígitos, donde los seis primeros corresponden al sistema armonizado de designación y codificación de mercancías.

Respetando los seis primeros dígitos del sistema armonizado, pueden realizarse desarrollos locales o regionales, de acuerdo a las necesidades tributarias o estadísticas.

Al séptimo y octavo dígito se los denomina ITEM DE PRIMER NIVEL E ITEM DE SEGUNDO NIVEL, respectivamente.

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Presentación SistemáticaLa Sistematización de la Nomenclatura consiste en un agrupamiento básico de la totalidad de las mercancías, objeto de comercio internacional, en el siguiente orden:

a) Productos del reino animal, vegetal y mineral.

b) Industrias que transforman las principales materias primas naturales, así como los productos minerales más importantes (industrias alimenticias, industrias químicas, cuero y pieles, industrias textiles, caucho, madera, papel, cerámica, vidrio y metalurgia).

c) Industrias que combinan o transforman los productos de las industrias anteriores para producir nuevos artículos, susceptibles de nuevos usos u otras utilidades (máquinas e implementos industriales, material eléctrico, material de transporte, instrumentos y aparatos científicos, relojería, armas, calzados, sombreros, etc.)

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Existes excepciones a la presentación sistemática y el acierto está en conocer esas excepciones, pero por

regla general:

La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional

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Método sistemático de búsqueda: Definición de un producto

Búsqueda de VAINILLALa búsqueda de la vainilla consiste en primero ubicar una Sección entre las 21 que tiene la Nomenclatura. Al elegir la Sección II, Productos del Reino Vegetal, es indudable que tenemos una idea de que el producto corresponde a esa primera y muy abarcadora generalización. Pero la Sección II se dividen en los siguientes Capítulos:

Capitulo 6 PLANTAS VIVAS Y PRODUCTOS DE LA FLORICULTURA.Capítulo 7 HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS

ALIMENTICIOS. Capitulo 8 FRUTAS Y FRUTOS COMESTIBLES; CORTEZAS DE AGRIOS

(CITRICOS) MELONES, SANDIAS. Capítulo 9 CAFÉ, TE, Y ERBA MATE Y ESPECIAS.Capítulo 10 CEREALESCapítulo 11 PRODUCTOS DE LA MOLINERAIA: MALTA; ALMIDON Y

FECULA; INULINA; GLUTEN DE TRIGO.Capítulo 12 SEMILLAS Y FRUTOS OLEAGINOSOS; SEMILLAS Y GRUTOS

DIVERTOS, PLANTAS INDUSTRIALES O MEDICINALES; PAJA Y FORRAJES.

Capitulo 13 GOMAS, RESINAS Y DEMAS JUGOS Y EXTRACTOS VEGETALES.Capítulo 14 MATERIAS TRENZABLES Y DEMAS PROD. VEG…

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Para la elección correcta del capítulo se debe poseer algún tipo de conocimiento o de información más precisa que el vasto concepto de “Reino Vegetal”.

La Vainilla es una planta, por lo tanto podría estar comprendida en el Capítulo 6; pero también se llama con el mismo nombre a sus frutos (Capítulo 8); frutos que son muy olorosos y se emplean para aromatizar los licores, el chocolate, etc. Esta propiedad de sus frutos es la que hace que la vainilla pueda ser definida como una especia.

Y por tratarse de una especia la ubicamos, entre los posibles Capítulos de ser tenidos en cuanta, en el Capítulo 9. Confirma, finalmente, nuestra elección en dicho Capítulo el texto de la Partida 0905.00.00

Este proceso de selección de Secciones y Capítulos nos debe dejar una eseñanaza:

Definir un producto es el primer paso para una clasificación correcta

USEMOS EL DICCIONARIO!!!!

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Para definir un producto nuestro primer paso debe consistir en ubicarlo en un concepto más amplio que lo comprenda:

La vainilla es una planta.

Y luego establecer aquello que lo diferencia, dentro de ese concepto tan amplio:

La vainilla es una planta cuyo fruto se emplea para aromatizar.

En toda definición hay que establecer entonces el género próximo y la diferencia específica.

“Planta” es el género próximo y “cuyo fruto se emplea para aromatizar” es la diferencia específica.

Acostumbrase a este proceso mental de definir el producto que se va a clasificar no sólo ayuda en la búsqueda de su codificación sino también contribuye a resolver problemas de clasificación en aquellos casos donde los conceptos de género y especie revisten particular importancia.

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Reglas Generales de interpretación de la Nomenclatura

Reformulación del método sistemático de búsqueda clasificatoria

¿Cuál es el verdadero valor que debemos otorgar a los Títulos de las Secciones y de los Capítulo para una clasificación correcta? La respuesta es clara: debemos utilizarlos solamente como un punto de apoyo para nuestra búsqueda, como una faz introductoria o exploratoria del contenido de las Partidas comprendidas en el Capítulo o los Capítulos seleccionados.

Llegados a ese punto, el paso inmediato e ineludible es la lectura de los textos de las Notas de Sección y de Capítulo.

Con lo visto, podemos reformar ahora, de la siguiente forma, el

METODO SISTEMATICO DE BUSQUEDA CLASIFICATORIA

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METODO SISTEMATICO DE BUSQUEDA CLASIFICATORIA

SECCION

CAPITULO

NOTAS LEGALES DE SECCION

NOTAS LEGALES DE CAPITULO

PARTIDA

NOTAS LEGALES DE SUBPARTIDAS

SUBPARTIDA DE UN GUION

SUBPARTIDA DE DOS GUIONES

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Reglas generales de interpretación del Sistema Armonizado

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo , ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las Partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas subsiguientes.

“ZOOLOGICO AMBULANTE”

Si nos orientamos por los títulos de las Secciones y los Capítulos, nuestra búsqueda termina en la Partida0106 Los demás animales vivos.

La introducción del concepto de “Notas Legales de Sección y de Capítulo” resuelve nuestra clasificación en la Partida

9508 Tiovivos, columpios, casetas de tiro y demás atracciones de feria; circos, zoológicos y teatros ambulantes.

La primera consideración que debemos realizar es la siguiente: en nuestra exposición del tema nos referimos generalmente a “Notas de Sección y de Capítulo”, pero ahora, en virtud de lo expuesto en la Regla 1, estamos en condiciones de llamar con propiedad a esas Notas de Sección y de Capitulo.

“NOTAS LEGALES DE SECCION Y DE CAPITULO”

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La segunda consideración está referida al uso apropiado que debemos hacer, en nuestra búsqueda sistemática, de los Titulos de las Secciones y de los Capítulos. Como vimos, recurríamos al Indice de la Nomenclatura para orientarnos en la búsqueda, pero no debemos darle un alcance mayor que ese; y ahora también podemos fundamentar en la Regla 1 nuestra reformulación del método Sistemático de búsqueda, porque:

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo.

Fundamentos Clasificatorios

La clasificación debe fundamentarse únicamente en las reglas para la interpretación de la nomenclatura.

En la fundamentación señalamos expresamente, en cada nivel, la regla que hemos aplicado.La Regla 1 es prioritaria en la clasificación. Las Reglas 2, 3, 4 y 5 se aplican si no son contrarias a los textos de las partidas y de las notas legales de Sección y de Capítulos.Si realizamos nuestra clasificación pro la Regla 1 indicamos el texto de partida y/o notas legales de Sección y/o de Capítulo que fundamentan la clasificación. Nuestra clasificación del zoológico ambulante, compuesto por elefantes, leones, tigres y monos, estaría fundamentada entonces de esta forma:

Regla 1. Texto de Partida 9505: Nota Legal 1 c) del Capitulo 1.

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Esquema de Clasificación

1º) DEFINIMOS EL PRODUCTO A CLASIFICAR. 2º) SELECCIÓN DE LAS SECCIONES Y DE LOS CAPITULOS EN FUNCION DE LOS

TITULOS DE LOS MISMOS.

Tenemos en cuenta que dichos títulos tienen sólo un valor indicativo.

3º) EN LAS SECCIONES O CAPITULOS SELECCIONADOS HACEMOS UN EXAMEN DE LOS TEXTOS DE PARTIDAS Y DE LAS NOTAS LEGALES DE SECCION Y DE CAPITULO.

Tenemos en cuenta que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las Partidas y de las Notas Legales de Sección y de Capítulo.

4º) OBSERVAMOS LAS NOTAS LEGALES DE DEFINICION.

Tenemos en cuenta si nuestra definición del producto se ajusta a la de las Notas legales de Sección y de Capítulo.

5º) ELECCIÓN DE LAS PARTIDAS DE ACUERDO A SUS TEXTOS.6º) ANALIZAMOS NUESTRA ELECCIÓN DE PARTIDAS CON LAS NOTAS LEGALES DE

INCLUSION Y DE EXCLUSION.

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Ejemplo de Clasificación con ajuste a la Regla 1

Producto:Champúes para animales.

1º) Definición:Producto de tocador para el cuidado del pelo.

2º Elección de la Sección.SECCION VIPRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS DE LAS

INDUSTRIAS CONEXAS.

3º) Elección del Capítulo.CAPITULO 33 ACEITES ESENCIALES Y RESINOIDES,

PREPARACIONES DE PERFUMERIA, DE TOCADOR O DE COSMETICA.

4º) Notas Legales de la Sección VI.Notas Legales del Capítulo 33.

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Advertimos la existencia de la Nota Legal 4 del Capitulo 33.

5º) Elección de Partidas

Partida 3305 PREPARACIONES CAPILARES.

Subpartida de un guión 33.05.10 – Champúes.

Partida 3307 PREPARACIONES PARA AFEITAR O PARA ANTES O DESPUES DEL AFEITADO, DESORANTES CORPORALES, PREPARACIONES PARA EL BAÑO, DEPILATORIOS Y DEMAS PREPARACIONES DE PERFUMERIA, DE TOCADOR O DE COSMETICA, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES DESORANTES DE LOCALES, INCLUSO SIN PERFUMAR, AUNQUE TENGAN PROPIEDADES DESINFECTANTES.

Subpartida de un guión 3307.90 – Los demás.

6º) Análisis de la elección de partidas con las notas legales.

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Nota Legal 4, del Capítulo 33.

En la Partida Nº 3307 se consideran preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, en particular, los siguientes productos: las bolsitas con partes de plantas aromáticas; las preparaciones odoríferas que actúan por combustión; los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos; las disoluciones para lentes de contacto o para ojos artificiales; las guatas, fieltro y telas sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de perfume o de cosméticos; las preparaciones de tocador para animales.

CORRESPONDE CLASIFICAR EN LA PARTIDA 3307

Por Nota Legal 4 del Capítulo 33.

Dentro de la Partida 3307 en la Subpartida de un guión 3307.90

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Regla 2 a): Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza también al artículo incompleto o sin terminar, siempre que ya presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

De acuerdo al texto de la Regla es importante diferenciar entre las distintas formas de presentación del artículo:

a) Incompletob) Sin terminarc) Completo y desmontando o sin montar todavía.d) Incompleto y desmontado o sin montar todavía.

Artículos Incompletos o sin terminarArtículos IncompletosEjemplos:

Bicicleta sin asiento y sin neumáticos; vehículo automóvil para el transporte de mercancías, sin motor, un aparato fotográfico o un microscopio sin las partes ópticas, un contador de electricidad sin el dispositivo totalizador.

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Pero lo que realmente interesa tener en cuanta para la aplicación de la Regla 2 a) es que

El Artículo incompleto debe reunir las características esenciales del artículo completo.

Artículos Sin Terminar:

Para las consideraciones sobre estos artículos, con la salvedad hecha sobre la sinonimia entre “incompleto” y “sin terminar”, lo mejor es remitirnos la definición de “esbozos”.

ESBOZOS: “los artículos que no sean utilizables tal como se presentan, que tengan aproximadamente la forma o el perfil de la pieza o del objeto terminado y que no puedan utilizarse, salvo a título excepcional, para fines distintos de la fabricación de dicha pieza o de dicho objeto”.

Ejemplos de Esbozos:

etapa intermedia de fabricación de algunas botellas para gaseosas de material plástico (el transporte internacional de mercancías tiene fletes que se calculan en relación directa con el peso y el volumen de dichas mercaderías. En razón precisamente de su volumen no suelen ser transportadas las botellas de material plástico con su forma final o como producto terminado, sino que se envían como esbozos.

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Estos esbozos se llaman preformas y son esbozos de botellas, ya que:

a) No son utilizables como se presentan,

b) Poseen el perfil de la pieza terminada y

c) No pueden utilizarse para un fin distinto del de la obtención de ese objeto.

ESTOS TUBOS PLASTICOS TRANSPARANTES constituyen entonces ESBOZOS DE BOTELLAS y se clasifican como BOTELLAS, en la Partida

3923 ARTICULOS PARA EL TRANSPORTE O ENVASADO DE PLASTICO; TAPONES, TAPAS, CAPSULAS Y DEMAS DISPOSITIVOS DE CIERRA, DE PLASTICO.

Y en la subpartida de un guión

3923.30 BOMBONAS, BOTELLAS, FRASCOS Y ARTICULOS SIMILARES.

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Artículos desmontados o sin montar todavía

Para la aplicación de esta regla, se considera como artículo desmontado o sin montar todavía al artículo cuyos diferentes elementos hayan de ensamblarse, bien por medios sencillos (tornillos, pernos, tuercas, etc.,) bien por remachado o soldadura, por ejemplo, con la condición, sin embargo, de que se trate de simples operaciones de montaje”.

a este respecto, no se tendrá en cuenta la complejidad del método de montaje. Sin embargo, los componentes no pueden someterse a ninguna operación adicional de acabado para alcanzar el estado final.

Podemos concluir entonces que:

El Artículo desmontado o sin montar todavía se clasifica como el artículo montado, siempre que se trate de operaciones de montaje.

Ejemplo de Simple operación de montaje:

Unidades de procesamiento numérico (digitales), desmontadas o sin montar.

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Ejemplo de Simple Operación de Montaje

Artículo: Unidades de procesamiento numérico (digitales), desmontadas o sin montar.

“La mercancía se presentan completa pero desmontada o sin armar, constando los siguientes elementos:

Gabinete o carcaza con interruptores y fuente de poder, ventanas conectoras, compartimentos para discos, conmutador display de luces y llave de bloque; plaqueta madreo principal con sus procesadores, memoria y componentes activos y pasivos montados, como ser reloj de tiempo real, interface para teclado, procesaro 486 DX con 8 Kb de reserva interna y 256 Kb externas, conectores, soporte para ampliación de memoria, 7 slots de expansión; unidad de disco flexible con su plaqueta controladora, etc.

Dado que técnica o electrónicamente no existen operaciones complejas ni de difícil montaje para lograr el artículo terminado y armado, la Regla 2 a) es de aplicación.

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Artículos incompletos que no reúnen las características esenciales del artículo completo

BICICLETA SIN ASIENTO Y SIN NEUMATICOS

considerada como un artículo incompleto que reúne las características esenciales del artículo completo, para darnos cuenta de que, si seguimos despojándola de otras partes, llegaremos a un punto, no importa cual, en que indudablemente dejará de reunir las características esenciales como para considerarla completa. Estaremos en presencia entonces de

PARTE O PARTES DE BICICLETAS

lo cual nos lleva a introducirnos en un tema muy especial y muy importante que es la clasificación de las Partes y Piezas de máquinas, aparatos, artefactos, vehículos, etc.

IMPORTANTE: LAS NOTAS LEGALES DE SECCION Y CAPITULO son las que determinan, con el texto de las Partidas, legalmente la clasificación. LAS NOTAS EXPLICATIVAS DE LAS REGLAS DE INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA son aclaratorias o comentarios sobre la aplicación de las Reglas.

LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO constituyen un texto merceológico; contienen informaciones tecnológicas y detalladas sobre el sentido y el alcance de las Notas de Secciones y de Capítulo; describen los productos: están publicadas en tres vólumenes y su finalidad consiste en facilitar la interpretación de la Nomenclatura.

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BICLETA SIN ASIENTO Y SIN NEUMÁTICOS

La misma se clasifica en la Partida

8712 BICICLETAS Y DEMAS VELOCIPEDOS (INCLUIDOS LOS TRICICLOS DE REPARTO), SIN MOTOR.

Ahora bien, si continuamos despojándola de otras Partes, en un momento determinado nos encontramos con que el artículo ya no reúne las características esenciales de una bicicleta completa. Estamos en presencia entonces de

Partes de bicicleta

Su clasificación corresponde en consecuencia a la de dichas Partes. Para determinar esa clasificación debemos atender a los Textos de Partida y Notas Legales de Sección y de Capítulo.

Supongamos que las partes consistan en: El cuadro de la bicicleta, sus llantas y la cadena de transmisión, de acero. Por texto de Partida tenemos

8714 PARTES Y ACCESORIOS DE LAS PARTIDAS Nros. 8711 a 8713 y por aplicación de la nota legal 2 de la Sección XVII y la Nota Legal 2 de la Sección XV clasificamos en

7315 CADENAS Y SUS PARTES, DE FUNCION, HIERRO O ACERO.

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ESQUEMA DE CLASIFICACION DE PARTES

Del examen de las Notas Legales de la Nomenclatura se puede realizar un esquema de clasificación, cuyos alcances no deben ir más allá de lo que un esquema supone:

1º) Clasificación de la máquina, aparato o instrumento al cual corresponde la Parte.2º) Examinar si la Partida correspondiente a la máquina, aparato o instrumento, también comprende a las Partes. Por ejemplo:

8412 Los demás motores y máquinas motrices. 8412.90 - Partes.

3º) Examinar si las Partes están comprendidas en otra Partida distinta a la de la máquina, aparto o instrumento. Por ejemplo:

8501 Motores y generadores eléctricos, excepto los grupos electrógenos.8502 Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.8503 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas de

las Partes Nros. 8501 u 8502.

4º) Examen de las Notas Legales de Sección y de Capítulo, para ver si la Parte a clasificar no está excluída de la Partida correspondiente a las Partes de dichas máquinas, aparatos o instrumentos en virtud de:

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a) El material constitutivo

b) Por ser un accesorio de uso general.

c) Por estar comprendidas en una Partida específica.

d) Por no ser indentificable como destinada, exclusiva o principalmente, a la máquina o a las máquinas de una misma Partida.

5º) Puede presentarse el caso que la Parte no sea de uso exclusivo o principal de una máquina, pero tampoco de uso general, es decir que esté destinada a dos o más máquinas, pero no a todas.

UNIDADES FUNCIONALES

Nota Legal 4 de la Sección XVI.

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las Partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la Partida correspondiente a la función que realice”.

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Constituyen unidades funcionales

1) Los sistemas hidráulicos formados por un conjunto hidráulico (que comprende esencialmente una bomba hidráulica, un motor eléctrico, un dispositivo de mando por medio de válvulas y un depósito de aceite), por cilindros hidráulicos y por tuberías necesarias para la conexión de los cilindros al conjunto hidráulico (Partida 8412).

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9) Los aparatos para soldar constituidos por las cabezas o pinzas de soldar y un transformador, generador o rectificador que suministra la corriente apropiada (Partida 8515)”.

Resumiendo:

a) Las Unidades Funcionales se clasifican por la Regla 1.

b) El conjunto debe tener una función netamente definida.

c) Esa función debe estar comprendida en una Partida de los Capítulos 84 u 85.

d) Los elementos, que constituyen la unidad funcional, deben estar diseñados para realizar conjuntamente esa función.

e) Se excluyen las máquinas o aparatos con funciones auxiliares y que no contribuyan a la función del conjunto.

f) En virtud de la nota Legal 32 del Capítulo 90, todas estas afirmaciones son válidas para las unidades funcionales que corresponden a dicho Capítulo.

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Regla 2b): Cualquier referencia a una materia en una partida alcanza a dicha materia tanto pura como mezclada o asociada con otras materias, asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de los artículos compuestos se hará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

Del análisis de esta regla tenemos entonces:

1º) Materias mezcladas o asociadas con otras materias.2º) Manufacturas constituidas por dos o más materias.3º) Que la clasificación de estos productos o artículos se hará de acuerdo a la Regla 3.

Regla 3: Cuando una mercancía pudiera clasificarse en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2b) o en cualquier otro caso, la clasificación se realizará como sigue:

a) La partida más específica tendrá prioridad sobre las más genéricas, sin embargo, cuando dos o más partidas se refieren, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyan un producto mezclado un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse´-

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Igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa.

b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la regla 3 a), se clasificarán con la materia o el artículo que les confiera el carácter esencial, si fuera posible determinarlo.

c) Cuando las reglas 3a) y 3b) no permitan la clasificación, la mercadería se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta.

Consideraciones Generales

La Regla 3 se aplica en todos los casos en los cuales una mercadería pueda clasificarse en dos o más Partidas.

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Una mercadería de este tipo puede ser:

1) Una materia mezclada o asociada con otras materias.2) Una manufactura compuesta de materias diferentes.3) Una manufactura constituida por la unión de diferentes artículos.4) Una mercancía presentada como un surtido acondicionado para la venta al

por menor.5) Cualquier otra mercancía que puede clasificarse en dos o más Partidas.

Para la clasificación de cualquiera de estas mercancías tenga presente lo siguiente:

1º) Determinar cuales son las Partidas susceptibles de tenerse en cuenta para la clasificación.2º) El mecanismo clasificatorio de la Regla 3 debe aplicarse según el orden dispuesto en la misma.

a) La Partida más específica.b) La Partida que comprende a la materia o el artículo que confiere el carácter esencial al producto.c) La última Partida por orden de numeración.

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Partida más específica y Partida más general

a) Se puede decir que una Partida que designe nominalmente un artículo determinado si una partida es más específica que una partida que comprenda una familia de artículos.

b) Que debe considerarse más específica la partida que identifique más claramente y con una descripción más precisa y más completa la mercadería considerada.

Ejemplo:

ALFOMBRA DE MATERIAL TEXTIL CON PELO INSERTADO, RECONOCIBLE COMO DESTINADA A UN VEHICULO AUTOMOVIL.

Partidas susceptibles de tomarse en cuenta:

5703 ALFOMBRAS Y DEMAS REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE MATERIA TEXTIL, CON MECHON INSERTADO, INCLUSO CONFECCIONADOS.

8708 PARTES Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOVILES DE LAS PARTIDAS Nros. 8701 a 8705.

Según el criterio amplio de la Nomenclatura en cuanto a la “Partida más específica con respecto a la más general”, las alfombras objeto de nuestro comentario, se clasifican en la Partida 5703.

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El Carácter Esencial (Regla 3b)

El factor que determina el carácter esencial varía según la clase de mercancías. Puede resultar, por ejemplo, de la materia constitutiva en cuanto a su

naturalezavolumencantidadpesovalorrelación con la utilización de la mercancía.

En algunos casos también será necesario considerar cuál es la materia que soporta el trabajo a realizar y cuyo desgaste, por ese motivo, es más rápido que el de otra materia. Pero en otros casos su duración mayor, en términos relativos, con respecto a otra, es la que puede conferir el carácter esencial. En resumen:

Mercadería: Materiales que sirven para la fabricación de juntas utilizadas en motores y órganos de transmisión de vehículos automóviles, presentados en forma de hojas o de bandas, y compuestos, en peso, de 65%, de caucho sintético vulcanizado no celular y de 35% de corcho.

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Carácter Esencial:

El Caucho sintético, por su mayor proporción en peso.Clasificiación:

4008 PLACAS, HOJAS, TIRAS, VARILLAS Y PERFILES, DE CAUCHO VULCANIZADO, SIN ENDURECER.

4008.2 - De Caucho no celular.4008.21 -- Placas, hojas y tiras.

Mercancía: Muñeco relleno con aserrín de madera, forrado con lycra, sobre el que se pegan elementos de cotillón, dando una imagen de una caricatura, al mojar el aserrín con agua, las semillas que contiene en la parte superior germinan, formando una cabeza con pelo.

Carácter Esencial:

Las semillas dado que éstas al humedecerse germinan y crecen, conformando la cabellera del monigote, lo cual le da el aspecto decorativo de mayor importancia a la manufactura.

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Clasificación:

1209 SEMILLAS, FRUTOS Y ESPORAS, PARA SIEMBRA.1209.2 - Semillas forrajeras, excepto las de remolacha.1209.25 -- De ballico (Lolium multiflorum Lam, Lolium perenne L.)

Regla 4: Las mercaderías que no pueden clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda los artículos con los que tengan mayor analogía.

Condiciones:a) Inoperancia de las reglas 1,2 y 3.b) utilizar el recurso de la analogía entre mercancías.

El propósito de esta Regla es que aquellas mercancías aún no creadas o fabricadas, puedan clasificarse en la Nomenclatura durante la vigencia de la misma, y hasta tanto sean incorporadas, en alguna Partida, a través de modificación ulterior de aquélla. Ejemplos: Vehículos Espaciales entran el Capítulo de Navegación Aérea, capítulo 88.

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Regla 5: A las mercaderías consideradas a continuación se le aplicarán las siguientes reglas:

a) Los estuches para aparatos fotográficos, para instrumentos de música, para armas, para instrumentos de dibujo, los estuches y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un surtido, susceptibles de uso prolongado y que se presenten con los artículos a los que estén destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta regla no afecta a la clasificación de los continentes que confieran al conjunto el carácter esencial.

b) Salvo lo dispuesto en la regla 5a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no se aplica cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.

Condiciones de la Regla 5a)a) Tener oquedades especiales para el alojamiento exacto del artículo.b) presentarse con el artículo, aunque estén en envases separados.c) que puedan utilizarse prolongadamente, en relación con el artículo.d) que constituyan con el artículo, una unidad de venta.e) que por su naturaleza no confieran al conjunto su carácter esencial.

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Ejemplos:

Gemelos y pasadores similares.

Videocámaras

Gafas

Microscopios

Brújulas

Relojes de pulsera, bolsillo y similares, etc.

Regla 6: La clasificación de mercancías en la subpartidas de una misma partida está

determinada legalmente por los textos de las subpartidas y de las notas de subpartida así como por las reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efectos de esta regla, también se aplicarán las notas de Sección y de Capítulos, salvo disposiciones en contrario.