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DECRETO NUMERO 1443 DEL 31 DE JULIO DE 2014
Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
ARTICULO 1: Objeto y Campo de Aplicación.
Definir las directrices de obligatorio cumplimientopara implementar el SG-SST, que deben seraplicadas por todos los empleadores públicos yprivados, los contratantes de personal bajomodalidad de contrato civil, comercial oadministrativo, las organizaciones de economíasolidaria y del sector cooperativo, las empresas deservicios temporales y tener cobertura sobre lostrabajadores dependientes, contratistas,trabajadores cooperados y los trabajadores enmisión.
Artículo 3.Seguridad y Salud en el Trabajo -SST
Es la disciplina que trata de prevenir las lesionesy enfermedades causadas por las condiciones detrabajo
Tiene por objeto mejorar las condiciones y elmedio ambiente de trabajo, así como la salud enel trabajo, que conlleva la promoción y elmantenimiento del bienestar físico, mental ysocial de los trabajadores en todas lasocupaciones.
Artículo 4. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo: SG-SST.
Consiste en el desarrollo de un proceso lógico ypor etapas, basado en la mejora continua y queincluye la política, la organización, laplanificación, la aplicación, la evaluación, laauditoría y las acciones de mejora con elobjetivo de anticipar, reconocer, evaluar ycontrolar los riesgos que puedan afectar laseguridad y la salud en el trabajo.
• El SG-SST debe ser liderado e implementado porel empleador o contratante, con la participaciónde los trabajadores y/o contratistas
• Parágrafo 1, El SG-SST debe adaptarse al tamañoy características de la empresa; igualmente,puede ser compatible con los otros sistemas degestión.
• Parágrafo 2. Dentro de los parámetros deselección y evaluación de proveedores ycontratistas, el contratante podrá incluir criteriosque le permitan conocer que la empresa acontratar cuente con el SG-SST.
Contenido del Sistema de Gestión de SST
1. Política y objetivos 2. Organigrama 3. Reglamento de higiene y
seguridad industrial 4. Matriz de riesgos 5. Estándares de seguridad 6. Control cambios 7. Presupuesto 8. Cronograma de trabajo SST 9. Profesiograma 10. Matriz seguimiento de
exámenes médicos 11. Caracterización de la
accidentalidad 12. Caracterización del
ausentismo
13. Perfiles enfocados a SST14. Procedimiento de requisitos
legales y otros15. Matriz legal y otros16. Programas de riesgo prioritario y
objetivos17. Indicadores de cobertura y eficacia18. Procedimiento o matriz de
participación y consulta19. Medios de difusión y medios de
comunicación20. Investigación de accidentes21. Cronogramas de capacitación y
entrenamiento22. Copasst y comité convivencia23. Programa de Inducción del SG-SST
Contenido del Sistema de Gestión de SST
24. Programa de inspecciones de seguridad
25. Listas de chequeo preoperatorias 26. Matriz de elementos de protección
personal 27. Cronograma mediciones ambientales
(ruido, iluminación) 28. MSDS y matriz de compatibilidad de
químicos D29. Demarcación y señalización de áreas 30. Programa de mantenimiento 31. Programas de riesgo prioritario32. Programa de proveedores y
contratistas críticos33. Indicadores del SG-SST 34. Análisis de amenazas 35. Determinación de la vulnerabilidad 36. Conformación comité de emergencia y
brigadas de apoyo
37. Plan de emergencia 38. Cronograma de simulacro 39. Listado de equipos para emergencia 40. Cronograma de capacitación de
brigada41. Procedimiento de reporte e
investigación de accidentes 42. Acciones correctivas y preventivas 43. Sistema de vigilancia epidemiológico 44. Programa para riesgo psicosocial 45. Acta de aprobación por la
representante de la gerencia para el SG-SST
46. Listado maestro de documentos externos
47. Listado maestro de documentos48. Procedimiento manejo de
documentos 49. Auditorias
Artículo 36. Sanciones
El incumplimiento a lo establecido en elpresente decreto y demás normas que loadicionen, modifiquen o sustituyan, serásancionado en los términos previstos en elartículo 91, del Decreto 1295 de 1994,modificado parcialmente y adicionado por elartículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y las normasque a su vez lo adicionen, modifiquen osustituyan.
Artículo 91, del Decreto 1295 de 1994
La no afiliación y el no pago de dos o másperíodos mensuales de cotizaciones, al SistemaGeneral de Riesgos Profesionales le acarreará alempleador multas sucesivas mensuales de hastaquinientos (500) salarios mínimos legalesmensuales vigentes.
Artículo 13 de la Ley 1562 de 2012El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, lasnormas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propiasdel empleador, previstas en el Sistema General de RiesgosLaborales, acarreará multa de hasta quinientos (500) salariosmínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo ala gravedad de la infracción.En caso de reincidencia en tales conductas o porincumplimiento de los correctivos que deban adoptarse,formulados por la Entidad Administradora de RiesgosLaborales o el Ministerio de Trabajo debidamentedemostrados, se podrá ordenar la suspensión de actividadeshasta por un término de ciento veinte (120) días o cierredefinitivo de la empresa por parte de los DireccionesTerritoriales del Ministerio de Trabajo, garantizando el debidoproceso, de conformidad con el artículo 134 de la Ley1438 de2011 en el tema de sanciones
En caso de accidente que ocasione la muerte del trabajadordonde se demuestre el incumplimiento de las normas desalud ocupacional, el Ministerio de Trabajo impondrá multano inferior a veinte (20) salarios mínimos legales mensualesvigentes, ni superior a mil (1000) salarios mínimos legalesmensuales vigentes
en caso de reincidencia por incumplimiento de los correctivosde promoción y prevención formulados por la EntidadAdministradora de Riesgos Laborales o el Ministerio deTrabajo una vez verificadas las circunstancias, se podráordenar la suspensión de actividades o cierre definitivo de laempresa por parte de las Direcciones Territoriales delMinisterio de Trabajo, garantizando siempre el debido proceso
Artículo 37. Transición.
Los empleadores deberán sustituir el Programa de S.O. por el Sistemade Gestión de la SST para lo cual, a partir de la publicación delpresente decreto deberán dar inicio a las acciones necesarias paraajustarse a lo establecido en esta disposición y tendrán unos plazospara culminar la totalidad del proceso, contados a partir de la entradaen vigencia del presente decreto, de la siguiente manera:
a) Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10)trabajadores.
b) Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) adoscientos (200) trabajadores.
c) Treinta (30) meses para las empresas de' doscientos uno (201) o mástrabajadores.
Muchas Gracias
CRISTINA ZAPATA
Profesional en seguridad e higiene ocupacional
ASGESTION MED S.A.S.
www.asgestionsas.com