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Plaza AEELA 787-641-4003 Aguadilla 787-891-1135 Arecibo 787-878-4220 Caguas 787-746-3535 Carolina 787-701-0640 Centro Médico 787-763-8938 Humacao 787-852-4750 Ponce 787-843-4464 Mayagüez 787-833-5960 Minillas 787-753-2160 Línea para Personas Audioimpedidas 787-641-4061 (TTY) Línea Libre de Cargos 1-888-660-6608 Visite nuestra página de Internet www.aeela.com, donde encontrará información actualizada de nuestros servicios financieros y beneficios, así como promociones de actividades y eventos. Rev. Agosto / 2015 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS 7 % de interés al Encuéntrenos en: 787-641-2021 Audioimpedidos 787-641-4061 (TTY) SUCURSALES

Préstamos Personales AEELA

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Ofrecemos un excelente interés anual de 7% APR. Tienen derecho a solicitar préstamos todos los socios que coticen al Fondo de Ahorro y Préstamos luego de haber contribuido por un período de seis meses o más.

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Page 1: Préstamos Personales AEELA

Plaza AEELA 787-641-4003 Aguadilla 787-891-1135 Arecibo 787-878-4220Caguas 787-746-3535 Carolina 787-701-0640 Centro Médico 787-763-8938 Humacao 787-852-4750Ponce 787-843-4464 Mayagüez 787-833-5960 Minillas 787-753-2160

Línea para Personas Audioimpedidas 787-641-4061 (TTY)

Línea Libre de Cargos 1-888-660-6608

Visite nuestra página de Internet www.aeela.com, donde encontrará información actualizada de nuestros servicios financieros y beneficios, así como promociones de actividades y eventos.

Rev.

Agos

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2015

PROGRAMA DE PRÉSTAMOS

7%de interés

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Encuéntrenos en:

787-641-2021Audioimpedidos 787-641-4061 (TTY)

SUCURSALES

Page 2: Préstamos Personales AEELA

Información Adicional:1Conforme al Reglamento de Préstamos (R-008). Sujeto a que se cumpla con los parámetros establecidos por la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Aplican otros términos y condiciones. El socio tiene la responsabilidad de pagar su préstamo y estar atento al descuento correspondiente en su talonario de pago. Las solicitudes se pueden conseguir en nuestras sucursales, a través de la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad gubernamental o en el portal de internet www.aeela.com. 2En el caso de los socios con nombramientos transitorios de término fijo, de confianza o en periodo probatorio, sin derecho a reinstalación, o cualquier otro empleado bajo la misma circunstancia, que hayan ingresado a AEELA después del 27 de junio de 2014, el margen prestatario será hasta un 100 por ciento del total de ahorros y dividendos acumulados en la cuenta al momento de tramitar el préstamo. 3Estos préstamos no afectan la mensualidad del préstamo regular y se cobran al momento de la renovación. 4Si el socio no tiene préstamo regular vigente, se cobrará en un término de 12 plazos.

Programa de Préstamos1

Ofrecemos un excelente interés anual de 7% APR Tienen derecho a solicitar préstamos todos los socios que coticen al Fondo de Ahorro

y Préstamos luego de haber contribuido por un período de seis meses o más. Para solicitar un préstamo, el socio deberá llenar el formulario AEELA-50 Solicitud de Préstamo, que debe ser certificado por la entidad gubernamental donde trabaja. Esta certificación tiene una validez de 10 días laborables. El pensionado que cotiza al Fondo de Ahorro y Préstamos certificará su primera solicitud de préstamo (AEELA-50.2) en el sistema de retiro al que pertenece.

Préstamo Regular Se le concede a todo socio que cotiza ahorros. El margen prestatario máximo será

calculado a base de la suma total de los ahorros y dividendos existentes en la cuenta del socio y del porcentaje del sueldo anual que le corresponda, que dependerá de la categoría del socio y del tiempo durante el cual haya acumulado ahorros a la fecha de la solicitud del préstamo.2 Se tendrá derecho a un solo préstamo regular vigente. Los socios pueden renovar su préstamo luego de efectuados doce descuentos por nómina de su cheque de pago mensual.

Préstamo de Ampliación Cuando el socio solicita un préstamo regular por una cantidad menor al margen

prestatario al que tiene derecho en ese momento, luego puede solicitar la diferencia y dividirla hasta en dos préstamos de ampliación, sin cambio en la fecha de renovación. La cantidad mínima para una segunda ampliación es de $400, siempre y cuando tenga dicha cantidad disponible. Este préstamo puede aumentar el pago mensual.

Préstamo de Emergencia3

El socio puede solicitar $1,000 adicionales sobre el máximo de su margen prestatario. Es requisito tener un préstamo regular vigente. Deberá esperar 30 días a partir de la fecha de concesión del préstamo regular para presentar la solicitud.

Préstamo Regular y de Emergencia Si el socio recibe el máximo de su margen prestatario mediante un préstamo

regular, puede solicitar un préstamo de emergencia de $1,000 adicionales en la misma transacción. Dicho préstamo se cobrará al renovar el préstamo regular.

Préstamo de Enseres4

Al tramitar este préstamo, el socio debe tener margen prestatario disponible. Para determinar la cantidad máxima que tiene disponible, se toman en consideración los pagos efectuados a su préstamo regular. El socio debe presentar, junto con la Solicitud de Préstamo, una cotización de los enseres o servicios seleccionados de los proveedores contratados bajo nuestro Programa de Enseres y Servicios. Este préstamo afecta el pago mensual del préstamo regular.

Préstamo de Seguro de Automóvil3, 4

El socio podrá solicitar este préstamo para adquirir un seguro para uno o varios automóviles, siempre que el costo no exceda el margen prestatario disponible. Se requiere que, junto con la Solicitud de Préstamo, incluya la cotización de la póliza de la compañía aseguradora. Puede seleccionar entre las aseguradoras participantes (Mapfre, Universal y Seguros Múltiples).

Préstamo para Playa Santa3, 4

Si el socio tiene margen prestatario disponible, puede solicitar este préstamo para el pago de una estadía en el Centro Vacacional Playa Santa y $35.00 adicionales por noche para gastos. La estadía debe haber sido aprobada.

Préstamo de Desastre3

Se otorgan $1,000 cuando la propiedad o pertenencias del socio han sufrido daños ocasionados por desastres naturales, como incendios, terremotos, huracanes e inundaciones. Si el socio tiene este préstamo vigente y ocurre otro desastre natural que afecte su propiedad, se le puede conceder un préstamo adicional por un máximo de $500. Tiene un periodo límite de 30 días a partir de la fecha en que ocurra el desastre para solicitarlo. Se permite un solo préstamo de este tipo por evento. Puede requerir una certificación de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias o el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. Es requisito tener un préstamo regular vigente.

Préstamo para Cuenta IRA Se otorga para que el socio pueda abrir su cuenta IRA con la AEELA y ahorre al

momento de radicar su planilla de contribución sobre ingresos. La cantidad mínima será de $250. Puede aumentar la mensualidad del préstamo regular. El socio tiene la opción de solicitar que este préstamo no afecte el margen prestatario.

Fondo Especial de Garantía para Préstamos Personales El Fondo de Garantía Especial se nutre de una prima de $1.75 que se aplica al

importe del préstamo en exceso de los ahorros y dividendos para cubrir pérdidas por incobrabilidad y quiebras.

Fondo de Beneficios Especiales (Programa BENES) Los préstamos personales están asegurados por el Fondo de Beneficios Especiales

para el Socio y sus Familiares. Actualmente, este fondo se nutre de una cuota de $1.75 por cada $100 del importe total del préstamo concedido a socios elegibles menores de 70 años y de $1.15 a socios mayores de 70 años. En el caso de socios menores de 70 años, parte de este fondo está dirigido a la cancelación de deudas de préstamos personales en caso de muerte del deudor, según las disposiciones contenidas en el Reglamento del Fondo de Beneficios Especiales para el Socio y sus Familiares vigente a la fecha del fallecimiento. Además, esta cuota cubre otros beneficios especiales tales como Duplicación del Ahorro Estatutario; Pago por Funeral del Socio, Cónyuge e Hijos; Beneficio por Muerte Accidental de Socio e Hijos; Beneficio Adicional por Muerte; Pago por Hospitalización; Pago por Pérdida de la Visión, y Pago por Desmembramiento, a los cuales los socios tienen derecho conforme a la reglamentación vigente.