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Facultad de Humanidades Departamento de Pedagogía Curso: E117.1 Organización y Gestión Educativa Licda. Zoila Isabel Aquino Sandoval de Lorenzo La Organización y los problemas disciplinarios en el Siglo XXI Organización Preventiva Organización Curativa Reglamento de Disciplina y Constitución y Derechos Humanos. Reglamento interno Docente Características de un Reglamentos Comportamiento ético del maestro Estudiante: Silvia Margoth Rodríguez Ruano Carné: 200822021

Problemas Disciplinarios Del Siglo XXI

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Facultad de HumanidadesDepartamento de PedagogíaCurso: E117.1 Organización y Gestión Educativa Licda. Zoila Isabel Aquino Sandoval de Lorenzo

La Organización y los problemas disciplinarios en el Siglo XXI

Organización Preventiva Organización Curativa Reglamento de Disciplina y Constitución y Derechos

Humanos. Reglamento interno Docente Características de un Reglamentos Comportamiento ético del maestro

Estudiante: Silvia Margoth Rodríguez Ruano

Carné: 200822021

Jalapa, 13 Junio de 2015

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INTRODUCCIÓN

Hace unos años estaba garantizado que el lugar del docente era el del saber y el poder, ahora, muchas veces, la autoridad del docente no es reconocida por los alumnos. La autoridad y el poder están estrechamente relacionados, siendo ambos componentes de las relaciones de individuos y grupos. Para Bourdieu y Passeron, la acción pedagógica se vale de relaciones de fuerza para imponer representaciones que se hallan al servicio de la clase dominante, constituyendo una forma de violencia simbólica. La autoridad pedagógica se presenta como un derecho de imposición legítimo de quien educa, por lo que está necesariamente implicada en la acción pedagógica.

La disciplina no surge como consecuencia del mal comportamiento sino que el mal comportamiento es una ruptura del control disciplinario. A la luz de Foucault ("Vigilar y castigar"), en la escuela se utilizan "métodos que permiten el control minucioso de las operaciones del cuerpo, que garantizan la sujeción constante de sus fuerzas y las imponen una relación de docilidad-utilidad". Desde esta concepción de la actividad escolar, los alumnos disciplinados son, por tanto, los que aceptan sumisamente la disciplina impuesta sin ningún tipo de cuestionamiento. En esta concepción aparecen como actuaciones disciplinarias de tipos organizativos la distribución espacial de las bancas en filas y columnas, los ritos, los hábitos, la rutinización del tiempo, el silencio, las normas de comportamientos, etc., pero, sobre todo, el examen.

EL COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL DOCENTE

El contexto educativo está colmado de experiencias sociales para el alumno y el campo de la ética no está separado de estas experiencias; hablando específicamente de los actores que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

LA ÉTICA EN EL CONTEXTO ESCOLAR

La ética es una parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones que rigen el comportamiento del hombre en la sociedad. La ética significa costumbre, existe desde que el ser humano está en este planeta. La ética se lleva a cabo de forma internalizada por cada individuo y tiene que ver con los principios fundamentales.

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La ética se considera como una ciencia práctica y normativa que estudia el comportamiento de los hombres que conviven socialmente bajo una serie de normas que le permiten ordenar su actuar y que el grupo social en el que se desenvuelve ha establecido.

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PROBLEMAS DISCIPLINARIOS DEL SIGLO XXI

Hace unos años estaba garantizado que el lugar del docente era el del saber y el poder, ahora, muchas veces, la autoridad del docente no es reconocida por los alumnos. La autoridad y el poder están estrechamente relacionados, siendo ambos componentes de las relaciones de individuos y grupos. Para Bourdieu y Passeron, la acción pedagógica se vale de relaciones de fuerza para imponer representaciones que se hallan al servicio de la clase dominante, constituyendo una forma de violencia simbólica. La autoridad pedagógica se presenta como un derecho de imposición legítimo de quien educa, por lo que está necesariamente implicada en la acción pedagógica.

Hasta hace unos años podría decirse que padres y docentes personificaban para el alumno la autoridad conferida por la sociedad. Últimamente, tanto docentes como padres plantean que sus alumnos o hijos no los respetan, manifestando su impotencia para transmitir las enseñanzas y directivas correspondientes.

ORGANIZACIÒN PREVENTIVA

El análisis del contexto escolar se observa una diversidad producida por una serie de situaciones y hechos significativos:

1. La multiplicidad de actuaciones y respuesta que diariamente se generan en los ambientes educativos proporcionan una gran variabilidad al fenómeno de la disciplina escolar.

2. La respuesta controlada o descontrolada que el alumnado da a una misma situación es producto de manifestaciones de factores influyentes.

3. La distinta manera de responder a estos fenómenos desde el aula, según el talento del profesorado, puede cambiar diametralmente el clima de la clase de acuerdo con el clima docente.

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Dentro de esta diversidad que tratamos, existe actualmente una ruda realidad de indisciplina controvertida en los establecimientos educativos que dificulta el orden necesario para el aprendizaje.

Los llamados problemas disciplinarios afloran cada vez más en nuestros centros educativos. La visión que el profesorado tenemos sobre el tema suele ser bastante miope ya que miramos el problema desde dentro, inmerso en él, asumiendo una responsabilidad excesiva, sin percatarnos de la complejidad de la organización en la que trabajamos. En este artículo, se plantea la necesidad de analizar la disciplina desde una visión holística, para actuar sobre todas las variables organizativas y no solo sobre el alumnado.

ORGANIZACIÓN CURATIVA:

Es un modelo de sociedad diversa, requiere un modelo de escuela abierta, de inclusiva, escuela que acoja a todas las personas de su entorno tal y como son, con sus diversos puntos de vista, comportamientos, caracteres, peculiaridades físicas, creencias, ideas, intereses, etc. Este modelo de escuela permite que la comunidad educativa pueda interactuar y aprender como dirigirse a un sujeto que presente discapacidad o problemas psicológicos que estén alterando sus niveles de comportamiento; así mismo, permite que esta población deje de estar aislada, incomprendida, inadaptada, con grandes problemas de comunicación.

Esta disciplina es la encargada de acompañar a la escuela general en la implantación de este modelo es la educación Especial, quien ha ido evolucionando

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desde sus fundamentos teórico – prácticos, nominativos, clasificatorios de su objeto de estudio, entre otros, de acuerdo a características de tiempo, lugar y condiciones sociales.

LA DISCIPLINA DESDE UNA PERSPECTIVA ORGANIZATIVA Y SIMBÓLICA

La disciplina no surge como consecuencia del mal comportamiento sino que el mal comportamiento es una ruptura del control disciplinario. A la luz de Foucault ("Vigilar y castigar"), en la escuela se utilizan "métodos que permiten el control minucioso de las operaciones del cuerpo, que garantizan la sujeción constante de sus fuerzas y las imponen una relación de docilidad-utilidad". Desde esta concepción de la actividad escolar, los alumnos disciplinados son, por tanto, los que aceptan sumisamente la disciplina impuesta sin ningún tipo de cuestionamiento. En esta concepción aparecen como actuaciones disciplinarias de tipos organizativos la distribución espacial de las bancas en filas y columnas, los ritos, los hábitos, la rutinización del tiempo, el silencio, las normas de comportamientos, etc., pero, sobre todo, el examen.

La disciplina, por tanto, se concibe, generalmente, como un concepto reduccionista que enmascara la complejidad del fenómeno educativo, ya que se define centrándose en el alumno como individuo aislado, eludiendo las relaciones de poder en las que se encuentra y sin atender el contexto en donde se inserta ese alumno. La autoridad se ejerce en situaciones que raramente se pone en entredicho y cuando el sistema no funciona, o aparecen manifestaciones de rechazo, se traducen como de indisciplina, no cuestionando al propio sistema.

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La queja más generalizada que el profesorado hace hoy al sistema educativo es la falta de disciplina. Inconsciente o conscientemente, se está refiriendo a que la normativas legales o directrices curriculares los están dejando sin algunas técnicas disciplinarias históricas, tales como: las notas, sobre todo el número como una forma de disciplina que los profesores de la primera enseñanza ven que se les va de las manos; la competición entre los alumnos distribuyéndolos espacialmente por notas o mediante concursos de acertar preguntas; la no utilización del tiempo de recreo o el pasillo como castigo. El maestro percibe su pérdida paulatina del poder sobre el tiempo y el espacio.

Desde perspectivas individualistas, no valorando las variables organizativas, se ha culpabilizado a los profesores produciendo gran cantidad de mecanismos justificatorios que mantienen y encubren las relaciones disciplinarias, generando además múltiples angustias y sentimientos de culpa.

El conocimiento de la complejidad de elementos organizativos que provoca los llamados problemas disciplinarios posibilita una nueva concepción de la disciplina afrontando la lucha en muchos frentes y no solo en la actitud autoritaria del profesorado.

Algunos castigos: ritos y significados

Al Director/ora: El maestro, que ante una conducta percibida como intolerable manda al niño al director o al jefe de estudio, se está proclamando en juez pero elude la ejecución del castigo; responsabiliza a la dirección de la ejecución de la pena ya que el castigo es poco valorado. La ejecución del castigo se realiza en un mecanismo administrativo en el que se delega la parte del poder cargada de tintes negativos, amén de impregnar a la dirección de la mancha de la ejecución.

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Las copias: Es el último reducto de una pena sobre el cuerpo pero ocultado por una supuesta justificación pedagógica: " No lo volveré a hacer". Las copias recuerdan los trabajos forzados de las cárceles bajo una filosofía de que el trabajo redime que no es más que una tapadera que encubre un castigo del cuerpo, que hoy no es tolerado.

En el castigo de las copias, en su vertiente didáctica (copiar un contenido del libro) o psicológica (repetir una máxima infinidad de veces hasta que se grabe en la mente), se esconde un ansia inconsciente de venganza y de castigo corporal. Se castiga la mano hasta que duela. Es la osificación del castigo corporal que hoy no se admite y aparece camuflado bajo apariencias didácticas. Nada más antipedagógico ya que, como es sabido, produce, además de una malformación caligráfica, lo que es más grave, un odio hacia la escritura hacia el/la maestro/a y hacia la escuela en general.

De pie, contra la pared: Las posiciones espaciales diferenciadas se conceptualizan como castigo ya que la norma de la clase es la homogeneización: "todos quietos, sentados en sus sitios". En las clases donde el alumnado se puede levantar no aparece la posición de pie como castigo.

Cuando a alguien se le castiga situándolo en un lugar, de pie, contra la pared, o sentado en un banco, esta persona no puede salir del espacio del castigo, está encerrado en la cárcel simbólica, es un reducto simbólico del cuarto de las ratas, del calabozo. El castigo de sentarse en "el banco" parece hacer referencia al castigo en las galeras: "Amarrado al duro banco ..." Este castigo no es sólo la posición del cuerpo, ni tan siquiera la separación espacial sino el señalamiento. Además del castigo sobre el cuerpo o la privación de libertad aparece la dimensión psicológica de la conceptualización como "el niño malo".

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Al pasillo: Además del carácter funcional de unir las diversas dependencias del centro, los pasillos tienen una naturaleza comunicativa que hemos de interpretar. En una organización que aparece como estática, vertebrada de una forma rígida, el pasillo cumple la misión de hacer fluir la comunicación entre todas las estancias y grupos: por los pasillos hablan, juegan, saltan y gozan los alumnos que en clase deben de estar callados; en los pasillos se comunican los profesores cuando faltan medios de comunicación o estos son excesivamente formales; en los pasillos se traman las estrategias y las luchas de poder; en los pasillos se organizan las reuniones. Pero también al pasillo salen los castigados. Es el "fuera" de una organización escolar concebida como aulas, pero dentro de la propia organización. Es "un fuera semi domesticado". La dicotomía dentro-fuera tiene significados diferentes tanto espaciales como de comportamiento: "vete fuera de la clase", "los expulsaremos fuera del colegio".

El pasillo tiene un doble significado, por un lado tiene un significado de excomunión, de exclusión y se emplea para sacar al alumno/a que molesta, pero por otro lado, ese pasillo representa un trozo de calle, donde está la libertad, donde se habla, se grita, se salta, se es libre. Por esto la medida de castigo de echar al pasillo pierde su valor cuando hay varios alumnos, el intento de excluir a un alumno mandándolo al pasillo se convierte en un premio cuando este pasillo significa la posibilidad de comunicación, la calle, la libertad.

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Sin recreo: Aquí entraría todo castigo que supone una pérdida de un bien o un derecho y que pretende ser una contingencia negativa para la conducta intolerante: sin recreo, sin viaje, sin caramelo, sin dibujo, sin Educación Física, etc. La consecuencia lógica es la sobrevaloración del objeto o el derecho sustraído, frente a la desvalorización de las actividades académicas o educativas.

En estas técnicas conductistas aplicadas a la educación subyace la concepción religiosa de que el premio (el cielo) viene tras el sacrificio, y que para conseguir aquel es necesario pasar por "este valle de lágrima". Dar un caramelo, un punto o cualquier otro refuerzo positivo a cambio de una conducta deseable otorga una categoría moral a cada uno de los elementos puestos en juegos en esta paradigma. El refuerzo sale beneficiado, se convierte en lo bueno moralmente y lo deseable, aquello por lo que estamos dispuesto a luchar o sufrir lo no deseado. Las conductas o comportamientos a conseguir se van conceptualizando como algo detestable, como el amargo medicamento que tenemos que ingerir para conseguir el fin deseado de la salud. Por otro lado, la falta de relación entre la conducta a corregir y el refuerzo hace que como mucho adiestremos al alumnado convirtiéndolo en un sujeto disciplinado y sumiso, cumplidor de normas impuestas sin la dimensión crítica necesaria en todo proceso educativo.

Es más lógico, por tanto, una conceptualización distinta, en donde los propios comportamientos deseados y el trabajo a realizar contenga las dosis de placer y motivación suficiente para que tenga valor por si mismo. Así mismo, la creación de normas debe ser una construcción en la que el grupo participa creando así individuos con autonomía moral. La lectura, el trabajo, la comida, la higiene, etc, deben de presentarse como actividades deseables para no caer en la concepción religiosa que cierta psicología ha renovado.

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Al Consejo Escolar:

El proceso de democratización de la enseñanza ha cambiado la liturgia, pero el contenido, como siempre, es más resistente al cambio. El Consejo Escolar es percibido como un órgano legitimado en democracia para cumplir la función que al profesorado se le comienza a cuestionar: sancionar los problemas de disciplinas del alumnado.

Esta utilización del Consejo Escolar, por un lado, sirve a los profesores de justificación delante de los padres sobre los sufrimientos y pesares que comporta la tarea docente. Por otro lado, se relega al Consejo a una función burocrática y ejecutora sustrayéndole la verdadera función participativa en la organización, planificación, evaluación y reflexión, de los procesos educativos, los cueles serían preventivos de problemas disciplinarios.

El Consejo Escolar es un órgano, que al estar compuesto por estamentos con visiones diferentes sobre la realidad, podría dar análisis más completos y soluciones más racionales a la complejidad de los problemas de disciplinas, pero, como hemos visto, no se ha producido un cambio en la conceptualización sino una justificación de la misma metodología punitiva existente.

Tecnología del poder

Podríamos distinguir tres modalidades de ejercer el poder de castigar: autoritario, racional y preventivo. Lógicamente esta clasificación es una simplificación, y en la mayoría de los casos aparecen mezclas de las distintas tecnologías de ejercer el poder de castigar y la disciplina.

1.- La tecnología autoritaria se caracteriza por considerar al cuerpo como el objeto del castigo. El castigo se convierte en una ceremonia de autoritarismo que busca ejercer el miedo en los demás. Se realiza de forma discontinua, irregular, imprevisible, sin responder a razones lógicas o legales. Este tipo de castigo simboliza la presencia del poder unipersonal, autoritario. Una de las consecuencias que tiene esta tecnología de poder se caracteriza por hacer a la víctima héroe. El efecto más generalizado es el de desarrollar una simpatía por el castigado así como una antipatía por el castigador (maestro/a). Es por ello por lo que, a veces, el castigo se hace privado, sobre todo si se duda de su justificación. En algunas ocasiones se produce también un rechazo a la conducta que se pretende alentar, ya que el castigo suele crear una actitud que alienta la conducta reprimida convirtiéndose el autor en modelo a imitar.

2.- La tecnología racional toma como objeto de castigo al alma y no al cuerpo, al menos de forma evidente. Pretende cambiar el comportamiento no solo del

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individuo castigado sino de todos los demás. Pretende un efecto ejemplarizante. Es por esta finalidad terapéutica del cuerpo social por lo que emplea signos, ritualizaciones y representación escénica. El castigo de esta modalidad está sujeto a normativa, a leyes, a racionalidad, y pretende no ser subjetivo.

3.- La tecnología preventiva pretende ejercer el control del cuerpo mediante las actividades regladas, organizadas en un tiempo y en un espacio determinado para crear unos hábitos disciplinarios y evitar la mala conducta. Se produce técnicas de coerción de los individuos y procedimientos de sometimientos del cuerpo. La realización constante de actividades o ejercicios individuales o el coloreo en el alumnado de infantil es una manifestación de esta tecnología disciplinaria que pretende el sometimiento constante de los individuo. Pero sobre todo, la segmentación del tiempo es la tecnología más efectiva para la creación de individuos disciplinados. Algunas actividades disciplinarias serían: descomponer el tiempo en segmentos sucesivos y separados, en vez de tiempos amplios y variables; organizar analíticamente cada actividad de lo simple a la complejo, en vez de emplear actividades globales que son más educativas, ya que la globalidad es anti disciplinaria; evaluar trozos o niveles en vez de evaluar desde la comprensión; diferenciar orden, niveles y clases y ordenar al alumnado en función de estos parámetros, etc.

En definitiva el poder mediante el castigo pretende la creación de individuos sumisos con moral heterónoma ya que el castigo no invita a la reflexión, a la asimilación de normas y a la creación de una ética autónoma.

La solución no viene, por tanto, de ningún manual de derechos y deberes ni de ninguna técnica disciplinaria, sino de la reflexión y comprensión constante de los problemas de clase por todos, por la resolución de conflictos de forma compartida, por la creación entre todos de normas de comportamientos en el centro y, sobretodo, por la participación y responsabilizarían del alumnado en los elementos curriculares y en las decisiones organizativas y políticas del centro.

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REGLAMENTO DE DISCIPLINA Y LA CONSTITUCION Y LOS DERECHOS HUMANOS.

NORMATIVA MINISTERIO DE EDUCACIONAcuérdese emitir la siguiente normativa de convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz en los centros educativos.

ACUERDO MINISTERIAL No. 01 -2011Guatemala, 03 de enero del 2011

El MINISTERIO DE EDUCACION CONSIDERANDOQue, de conformidad con el artículo 72 de la constitución Política de la República de Guatemala, la Educación tiene como finalidad primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad cultural nacional universal,

asimismo, declara de interés nacional la educación, la instrucción, formación social y la enseñanza sistemática de la Constitución Política de Guatemala y de los

derechos humanos.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como finalidad primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad cultural nacional y universal, asimismo, declara de interés nacional la educación, la instrucción, formación social y la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República de Guatemala y de los derechos humanos.

CONSIDERANDO

Que, por medio de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por el Congreso de la República de Guatemala el 10 de mayo de 1990, se establece la necesidad de educar a la niñez y la adolescencia dentro del marco de la paz, libertad e igualdad, para que como sujetos de derechos se les permita ser protagonistas de su propio desarrollo, para el fortalecimiento del Estado de Derecho, la justicia, la paz y la democracia.

CONSIDERANDO

Que, los centros educativos son lugares idóneos para el logro del desarrollo integral de los educandos, y por lo mismo, deben ser ambientes seguros, libres de violencia, vicios y conductas inmorales, por consiguiente, la participación de la

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Comunidad Educativa es necesaria para consolidar y garantizar una cultura de paz para la construcción de una sociedad justa, solidaria y equitativa.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23 y 27 literales a), c). m) del Decreto No. 114-97 del Congreso de la República de Guatemala. Ley del Organismo Ejecutivo; y con fundamento en los artículos 10 y 11 del Decreto No. 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 2, 9,10, 36, 43 y 79 del Decreto No. 27-2003del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.

ACUERDA:

Emitir la siguiente normativa de convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz en los centros educativos

I La Comunicad EducativaÚNICODisposiciones Generales

Artículo 1. Comunidad Educativa

Es la unidad que interrelacionando los diferentes elementos participantes del proceso enseñanza-aprendizaje coadyuva a la consecución de los principios y fines de la educación. La comunidad educativa se integra por educandos, padres de familia y personal que labora para los centros educativos, tales como los directores, educadores y el personal administrativo y operativo. Se entenderá en adelante que padres de familia, incluye al padre y a la madre del estudiante.

Artículo 2. Objetivo

Sensibilizar a la comunidad educativa del proceso educativo, promover la relación armoniosa y pacífica entre sus miembros, proveer de un ambiente seguro y propicio para formar ciudadanos a la sociedad.

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Artículo 3. Convivencia pacífica

La convivencia pacífica es el equilibrio de conductas armónicas e idóneas entre los miembros que integran la comunicad educativa, condición indispensable para favorecer el proceso de enseñanza-aprendizaje, la práctica de valores y el fortalecimiento de la identidad personal, étnica y cultural.

Artículo 4. Disciplina.

Es el cumplimiento de las normas que regulan la convivencia pacífica y propician el ambiente adecuado para la práctica educativa. Estos criterios buscan el bienestar de la comunidad educativa respetando la integridad y dignidad de las personas.

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CARACTERÍSTICAS DE UN REGLAMENTO

El reglamento define exactamente lo que se espera que sea el modelo de comportamiento, el uniforme, el cumplimiento de un horario, las normas éticas y las maneras en las que se definen las relaciones al interior del centro educativo.

Dicho reglamento contempla además una normatividad respecto al tipo de sanción que se debe seguir en el caso en que el estudiante incurra en la violación de la norma. En dicho caso, es posible que algunos que algunos centro pongan más el énfasis en la sanción que en la norma misma.

La pérdida del respeto por la norma al interior del aula de clase es conocida como Indisciplina”. Aparte de las concepciones que se tengan sobre la disciplina, esta depende en gran medida del nivel de relaciones que se establece dentro del aula de clase, del interés que el educador puede motivar en el educando y del nivel de comunicación que se establece.

Se puede hablar de disciplina dentro de ambiente de trabajo y en general en cualquier conglomerado humano en donde la norma sea necesaria para garantizar el cumplimiento de unos objetivos.

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REGLAMENTO DE DISCIPLINA CENTROS EDUCATIVOS GUATEMALA

NORMATIVA MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Acuérdese emitir la siguiente normativa de convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz en los centros educativos. ACUERDO MINISTERIAL No. 01 -2011 Guatemala, 03 de enero del 2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como finalidad primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad cultural nacional y universal, asimismo, declara de interés nacional la educación, la instrucción, formación social y la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República de Guatemala y de los derechos humanos. CONSIDERANDO Que, por medio de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por el Congreso de la República de Guatemala el 10 de mayo de 1990, se establece la necesidad de educar a la niñez y la adolescencia dentro del marco de la paz, libertad e igualdad, para que como sujetos de derechos se les permita ser protagonistas de su propio desarrollo, para el fortalecimiento del Estado de Derecho, la justicia, la paz y la democracia. CONSIDERANDO Que, los centros educativos son lugares idóneos para el logro del desarrollo integral de los educandos, y por lo mismo, deben ser ambientes seguros, libres de violencia, vicios y conductas inmorales, por consiguiente, la participación de la Comunidad Educativa es necesaria para consolidar y garantizar una cultura de paz para la construcción de una sociedad justa, solidaria y equitativa. POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23 y 27 literales a), c). m) del Decreto No. 114-97 del Congreso de la República de Guatemala. Ley del Organismo Ejecutivo; y con fundamento en los artículos 10 y 11 del Decreto No. 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 2, 9,10, 36, 43 y 79 del Decreto No. 27-2003 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. ACUERDA: Emitir la siguiente normativa de convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz en los centros educativos.

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I La Comunicad Educativa ÚNICO Disposiciones Generales

Artículo 1. Comunidad Educativa. Es la unidad que interrelacionando los diferentes elementos participantes del proceso enseñanza-aprendizaje coadyuva a la consecución de los principios y fines de la educación. La comunidad educativa se integra por educandos, padres de familia y personal que labora para los centros educativos, tales como los directores, educadores y el personal administrativo y operativo. Se entenderá en adelante que padres de familia, incluye al padre y a la madre del estudiante.

Artículo 2. Objetivo. Sensibilizar a la comunidad educativa del proceso educativo, promover la relación armoniosa y pacífica entre sus miembros, proveer de un ambiente seguro y propicio para formar ciudadanos a la sociedad.

Artículo 3. Convivencia pacífica. La convivencia pacífica es el equilibrio de conductas armónicas e idóneas entre los miembros que integran la comunicad educativa, condición indispensable para favorecer el proceso de enseñanza-aprendizaje, la práctica de valores y el fortalecimiento de la identidad personal, étnica y cultural.

Artículo 4. Disciplina. Es el cumplimiento de las normas que regulan la convivencia pacífica y propician el ambiente adecuado para la práctica educativa. Estos criterios buscan el bienestar de la comunidad educativa respetando la integridad y dignidad de las personas.

Artículo 5. Centro Educativo. Son establecimientos que administra y financia el Estado o la iniciativa privada, para ofrecer sin discriminación el servicio educacional monolingüe o bilingüe a los habitantes del país, de acuerdo a las edades, niveles, sectores y modalidades educativas.

Artículo 6. Derechos y obligaciones. Para la determinación de los derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa, se debe consultar la Ley de Educación Nacional y su reglamento, el Estatuto Provisional de los Trabajadores del Estado Capítulo de Dignificación y Catalogación del Magisterio

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Nacional, Ley de Servicio Civil y su reglamento, así como, cualquier disposición legal que manifieste la juridicidad o legalidad para tener capacidad de ejercicio.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN TITULO II Medidas preventivas y de Seguridad en los Centros Educativos Medidas Preventivas.

Artículo 7. Carné de Identificación. Los educandos y personal que labora en los centros educativos deberán portar visiblemente un carné que los identifique con sus datos generales, grado al que pertenece o puesto laboral que ocupa. Para el sector oficial, la Dirección General de Coordinación de Direcciones Departamentales de Educación -DIGECOR- del Ministerio de Educación, promoverá con las instancias correspondientes la unificación de un formato de carné, su adquisición y distribución correspondiente, para el efecto el Ministerio de Educación emitirá la disposición correspondiente en el transcurso del primer semestre del ciclo escolar del año 2011. Para el sector privado, por cooperativa o cualquiera otra modalidad, corresponde al director de cada centro educativo promover la elaboración de los carnés a utilizar en el mismo. En todos los casos, se deberán emitir carnés de visitantes para las personas a las que se autorice ingresar a los centros educativos.

Artículo 8. Ingreso de visitantes. Las personas ajenas al centro educativo que permanezcan dentro del mismo, por algún motivo o razón, deben portar el carné de identificación correspondiente de visitante o estar plenamente identificadas, previa autorización de las autoridades del centro educativo.

Artículo 9. Asistencia y puntualidad. Al momento de la inscripción de los educandos, las autoridades del centro educativo darán a conocer el horario de ingreso y egreso, así como los horarios de recreo, para la jornada de estudio. El personal que labora en cada centro educativo queda sujeto a los horarios determinados por su empleador para el desempeño de la relación laboral. Si algún educando se presenta después de la hora de ingreso, deberá permanecer en el área de recepción o dirección hasta el inicio del segundo período de clases, realizando las actividades que se le indiquen.

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Artículo 10. Ingreso y egreso de los educandos. Corresponde a los directores de los centros educativos, organizar la forma correcta y ordenada del ingreso y egreso de los educandos, determinando al principio de cada ciclo escolar si los educandos utilizarán bus particular, vehículo o de forma peatonal, estableciendo las personas autorizadas para ingresar o retirar a los alumnos. Para los educandos está prohibido permanecer fuera de las instalaciones en el horario establecido para el ingreso y egreso.

Artículo 11. Aviso por ausencia. Los padres de familia deberán avisar con dos días de anticipación o a más tardar al día siguiente sobre la ausencia a clases de un educando y el motivo de la misma, en caso contrario, el director del centro educativo deberá citar a los padres de familia para establecer y justificar el motivo de la ausencia. Corresponde a los educandos mayores de edad justificar su ausencia.

Artículo 12. Uso de objetos ajenos a la actividad escolar. Los educandos no deben portar objetos ajenos a la actividad escolar dentro del centro educativo. El uso de teléfonos celulares es eminentemente para casos de emergencia, los cuales deberán permanecer guardados por el estudiante de modo que no estén visibles, ni afecten su atención en los períodos de clases. Los padres de familia deberán entregar al director del centro educativo una carta firmada por medio de la cual autorizan a sus hijos a portar estos teléfonos, así como cualquier otro aparato que para efectos académicos requiera llevar al salón de clases del centro educativo. El personal que labora para el centro educativo no se responsabilizará por la pérdida de cualquier objeto ajeno a la actividad escolar, pero deberá agotar la investigación y aplicación de la sanción que corresponda al o los responsables.

Artículo 13. Pertenencias. Los educandos son responsables del cuidado y control de sus pertenencias, las cuales deben estar plenamente identificadas con el nombre completo, grado y sección.

Artículo 14. Arreglo y presentación personal. El personal laboral y educandos del centro educativo deben presentarse con vestuario adecuado, cuidando de su apariencia personal y al contexto cultural y étnico que debe prevalecer en un centro educativo, respetando las normas establecidas por la dirección. El aspecto físico no debe contravenir el orden público.

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CAPITULO II

Seguridad de la Comunidad Educativa

Artículo 15. Restricción de Armas. Está prohibido el ingreso a los centros educativos de cualquier artefacto u objeto creado para atacar, causar daño físico y psicológico o dañar el mobiliario y las instalaciones. Las autoridades del centro educativo deben velar por la restricción del ingreso de armas a las instalaciones y deben reportar inmediatamente a la institución de seguridad correspondiente, cualquier anomalía que se observe sobre éste tema y aplicar las medidas necesarias para salvaguardar la integridad risica de los miembros de la comunidad educativa.

Artículo 16. Materiales y sustancias prohibidas. Está prohibido el ingreso a los centros educativos de cualquier tipo de droga, estupefaciente, sustancia tóxica, bebida alcohólica, cigarros o pornografía, así como la ingesta, comercialización y uso de los mismos. Las autoridades del centro educativo deben velar por la restricción del ingreso de sustancias prohibidas a las instalaciones y deben reportar inmediatamente a la institución de seguridad correspondiente, cualquier anomalía que se observe sobre este tema.

Artículo 17. Uso de medicamentos. Los padres de familia deberán presentar carta firmada con copia de la receta médica correspondiente, al director del centro educativo para informar que su hijo tiene que tomar alguna medicina por prescripción médica dentro de un horario determinado o por reacción de la enfermedad. De ser un educando adulto, corresponde a éste cumplir con lo expuesto.

Artículo 18. Puestos de venta. Las autoridades del centro educativo deben velar porque no existan ventas informales en el interior o exterior de las instalaciones. En caso de inconformidad por parte de los vendedores, se deberá solicitar el auxilio de la institución de seguridad correspondiente para retirar la venta. Las autoridades del centro educativo deben promover la existencia de las "tiendas escolares" conforme la regulación legal que existe para el efecto.

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Artículo 19. Infraestructura eficiente y segura. La dirección de cada centro educativo, debe realizar un informe sobre las deficiencias que presentan las instalaciones que vulneren la seguridad de la comunidad educativa, debiéndolas presentar a la Dirección Departamental de Educación correspondiente. Los responsables o propietarios de cada centro educativo deben promover las mejoras respectivas. Incluye en esta medida, todo lo relacionado con mejoras en la infraestructura en beneficio de los miembros de la comunidad educativa con necesidades especiales, así como, la implementación de medidas de seguridad contra la delincuencia. Para el sector oficial, una copia del informe mencionado deberá presentarse en las dependencias del Ministerio de Educación relacionadas con la infraestructura y el monitoreo, así como, ante la entidad Estatal dedicada a la prevención de desastres. El referido informe se deberá presentar dentro de los treinta días posteriores a la vigencia del presente acuerdo y luego dentro de los primeros treinta días de iniciado cada ciclo escolar.

Artículo 20. Calendarización de Actividades. Las Direcciones Departamentales de Educación deberán velar porque en cada jornada de cada centro educativo, a través de las autoridades de éstos últimos, se presente dentro de los primeros cinco días de inicio del ciclo escolar, por intermedio de la Supervisión Educativa respectiva, una calendarización que establezca reuniones con la comunidad educativa para tratar temas relacionados con el Título II del presente Acuerdo Ministerial. Dentro de la calendarización de reuniones se debe invitar a la institución de seguridad local correspondiente, cuerpos de socorro o contra desastres, delegados del concejo municipal o cualquier otra que tenga relación con el asunto.

Artículo 21. Apoyo de las Instituciones de Seguridad. Las Direcciones Departamentales de Educación del Ministerio de Educación serán responsables de solicitar a las instituciones del Estado de carácter local en materia de seguridad, la aplicación de procedimientos que resguarden la paz y tranquilidad en general de los centros educativos, y más aún, ante la eventual denuncia por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa sobre hechos de violencia que les afecte. Se designa a la Dirección General de Coordinación de las Direcciones Departamentales de Educación -DIGECOR- del Ministerio de Educación para que gestione con las instituciones centrales del Estado la seguridad en general a nivel nacional de los centros educativos. Para esto último, se deberán de suscribir los convenios interinstitucionales que garanticen la aplicación del presente acuerdo, debiendo elevarse al Despacho Ministerial para su aprobación respectiva.

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TITULO III

Uso de Instalaciones, Equipo y Materiales

CAPITULO I

Del comportamiento dentro de las Instalaciones.

Artículo 22. Generalidades. La comunidad Educativa debe conducirse en las instalaciones del centro educativo de la siguiente manera: a) Los educandos deben permanecer en los salones de clase asignados durante los períodos establecidos con el acompañamiento de los educadores. b) La comunidad educativa debe velar por la conservación de las condiciones óptimas de la infraestructura, mobiliario y equipo del centro educativo. c) Únicamente con autorización de las autoridades del centro educativo pueden ingresar los educandos al salón destinado para los educadores, así como, de cualquier otra área restringida a los mismos. d) La permanencia de los educandos en los servicios sanitarios y/o vestidores debe ser por causa justificada o dentro de los horarios autorizados para el efecto. e) Debe prevalecer el respeto y deferencia entre los miembros de la comunidad educativa. f) No se permite ningún tipo de manifestación de noviazgo entre los educandos o de estos últimos con cualquier persona que pertenezca al personal laboral, así como cualquier otro tipo de relación que atente contra los principios jurídicos tutelados por otras disposiciones legales en contra de los miembros de la comunidad educativa. g) No es permitido el ingreso de alimentos ni bebidas a los salones escolares que tienen esa restricción.

CAPITULO II

Comportamiento en las Actividades Prácticas

Artículo 23. Uso de áreas prácticas. La permanencia de los educandos en los laboratorios, talleres, bibliotecas o áreas deportivas debe ser en los horarios asignados y bajo la supervisión de los educadores. Al principio del ciclo escolar los educadores explicarán a los educandos la forma apropiada para la utilización de los recursos didácticos, tecnológicos, deportivos y otros que se posean para el efecto.

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TITULO IV

Régimen Sancionador

CAPITULO I

Comisión de Disciplina

Artículo 24. Comisión de Disciplina. La Comisión de Disciplina de cada centro educativo es el ente superior en materia de régimen disciplinario y de sanción a los educandos, debiendo garantizar la justicia, la equidad, el debido proceso, el derecho de defensa, respetando la integridad y dignidad de los educandos. Corresponde al Supervisor de cada centro educativo, velar por la instauración de dicha comisión al principio de cada ciclo escolar.

Artículo 25. Integración de la Comisión de Disciplina. La Comisión de Disciplina del centro educativo se integra por el director y tres educadores electos democráticamente por el claustro y un padre de familia que sea propuesto por la comunidad educativa. De no haber algún padre de familia que desee formar parte de esta comisión, la deberá integrar otro educador electo de la misma manera que a los otros. Dicha comisión deberá respetar cualquier lineamiento que para el efecto emita la Dirección Departamental de Educación respectiva. Para los centros educativos denominados "Escuelas Multigrado" la Comisión de Disciplina se integra por el director y dos padres de familia.

Artículo 26. Transgresión del orden legal. Cuando se trate de un hecho cometido por un miembro de la comunidad educativa que pueda ser constitutivo de delito o falta, establecidas por normas de mayor jerarquía a la presente, las autoridades del centro educativo deberán denunciar inmediatamente a las instituciones de seguridad correspondientes para que éstas, en el ejercicio de sus funciones se encarguen de encausar al miembro de la comunidad educativa ante los órganos jurisdiccionales creados para el efecto sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que este Acuerdo Ministerial establece.

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CAPITULO II

Faltas y Sanciones

Artículo 27. De las faltas. Comete una falta el educando que transgreda cualquiera de los preceptos vertidos en el presente Acuerdo Ministerial, así como cualquier otra disposición que en materia de comportamiento y seguridad se instituyera en el futuro, haciéndose acreedor a un tipo de sanción debidamente establecida dependiendo de la magnitud de la falta. En todo caso se deberá aplicar el seguimiento y atención especial para la no reincidencia y reivindicación de la falta cometida.

Artículo 28. De las sanciones. Son medidas disciplinarias que se aplican al educando que comete una falta. Su fin primordial es de un efecto reflexivo, formativo y reparador de la falta cometida, respetando la integridad y dignidad del educando, correspondiendo aplicarla a las autoridades educativas que se indican en el presente acuerdo de forma inmediata, la sanción que se emita deberá ser notificada a los padres del menor o al educando adulto.

Artículo 29. De las faltas leves. Las faltas leves se sancionarán con una llamada de atención verbal la cual deberá quedar registrada en el expediente del educando con notificación por escrito a los padres o encargados del mismo o a este último en caso fuera mayor de edad, debiendo firmar de enterados la notificación. En la sanción verbal se deberá llamar a la reflexión al educando para no volver a cometer ningún otro tipo de falta. Corresponde imponer la presente sanción al educador encargado de grado o sección. Se consideran faltas leves las siguientes: a. No utilizar el carné de identificación en la forma indicada. b. Ingresar y consumir alimentos en clase o lugares prohibidos para el efecto. c. Interrumpir el desarrollo normal de la clase, d. Utilizar lenguaje vulgar en las conversaciones. e. Utilización de objetos ajenos a la actividad escolar. f. No respetar el horario establecido para el ingreso y egreso al centro educativo o periodos de clase. g. Organizar actividades sin previa autorización dentro del establecimiento, h. Realizar ventas personales dentro del centro educativo. i. No devolver firmados los avisos enviados a sus padres o falsificarlos. j. Recaudar dinero o bienes sin la autorización correspondiente de las autoridades educativas. k. Deteriorar el ornato del centro educativo I. Incumplimiento del arreglo y presentación personal m. Comportamiento inadecuado en el uso de instalaciones, equipo y materiales del

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centro educativo. n. Discriminar la condición física, étnica, edad, género, economía, religión, estado de gravidez o discapacidad de algún miembro de la comunidad educativa, o. Manifestaciones de noviazgo.

Artículo 30. De las faltas graves. Las faltas graves se sancionarán con una llamada de atención escrita la cual deberá quedar registrada en el expediente del educando. Para el efecto se procederá a citar a los padres del educando o a este último en caso ser mayor de edad, para comunicarles el motivo de la sanción y dialogar sobre las consecuencias y formas de enmienda de la falta cometida. Corresponde imponer la presente sanción a la Comisión de Disciplina del centro educativo. Se consideran faltas graves las siguientes: a. Dañar el mobiliario, equipo e instalaciones educativas. b. Portar material impreso o digital que incite a la violencia o que tenga pornografía. c. Comportamientos anómalos en las pruebas y exámenes. d. Injustificación de ausencia al centro educativo o actividad externa debidamente programada. e. Insultar, calumniar, difamar, amenazar, o reprimir a cualquier miembro de la comunidad educativa. f. Relaciones que atenten los principios jurídicos tutelados regulados en otras disposiciones legales. g. Hurtar o robar pertenencias ajenas, materiales o mobiliario. h. Quema de juegos pirotécnicos sin autorización de las autoridades del centro educativo. i. Ser autor o promotor de expresiones o dibujos vulgares en las instalaciones del centro educativo o a través de cualquier otro medio impreso o electrónico. j. Reincidir en la comisión de tres faltas leves.

Artículo 31. Ameritan una suspensión interna. El educando que cometa faltas que por su grado de magnitud no se ubiquen en las mencionadas en los artículos anteriores, se procederá a separarlo de su rutina diaria, dentro del aula, designando un lugar específico para la realización de actividades de carácter formativo, bajo la supervisión de un integrante de la comisión de disciplina. La suspensión interna será de uno a cinco días dependiendo el grado de magnitud de la falta incurrida; corresponde imponer la presente sanción a la Comisión de Disciplina del centro educativo. Se consideran faltas que ameritan una suspensión interna las siguientes: a. Organizar, apoyar y/o participar en inasistencias colectivas y desórdenes tumultuarios. b. Ingerir, consumir, distribuir o estar bajo efectos de cigarros, drogas, licor o cualquier otra sustancia psicotrópica.C. Cometer o participar en cualquier tipo de hecho que transgreda el ordenamiento jurídico del país dentro o fuera del centro educativo. d. Portar cualquier tipo de arma. e. Cometer cualquier forma de falsificación de documentos. f. Uso de violencia, física, sexual, emocional, verbal, psicológica en contra de algún

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miembro de la comunidad educativa g. Reincidir en la comisión de dos faltas leves.

Artículo 32. De la suspensión externa. Al momento que un órgano jurisdiccional correspondiente, establezca una sanción que involucre la estadía de un educando en un establecimiento de rehabilitación determinado por su conflicto con la Ley Penal, se procederá a suspender externamente al educando por el tiempo que dure la sanción. La imposición de las sanciones disciplinarias a que se refiere el presente artículo, no tiene más consecuencia que las que se derivan de su aplicación y, por lo tanto, no implica pérdida de los derechos otorgados en el presente acuerdo.

Artículo 33. Medios de impugnación. Contra las sanciones que emita la Comisión de Disciplina cabrá el recurso de revocatoria que se establece en la Ley de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 34. Expectativas de Conducta. Los educadores deberán comunicar en forma clara las metas que desea que el educando alcance. Las autoridades del centro educativo, en la primera reunión que se lleve a cabo con el resto de la comunidad educativa, deberán realizar una reflexión sobre la presente normativa de convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz para los centros educativos.

Artículo 35. Valoración de conductas positivas. Las autoridades de los centros educativos, enfatizarán sobre las conductas positivas de los educandos, comunicándolas de forma oral o documental.

Artículo 36. Casos no previstos. Los casos no previstos por el presente Acuerdo serán resueltos por el Despacho Ministerial del Ministerio de Educación.

Artículo 37. Derogatoria. Queda derogado el acuerdo ministerial No. 381-2010 de fecha 04 de marzo de 2010 y su reforma efectuada a través del Acuerdo

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Ministerial No. 606-2010 de fecha 12 de abril de 2010, ambos emitidos por este Ministerio.

Artículo 38. Publicidad. La Dirección General de Coordinación de Direcciones Departamentales de Educación -DIGECOR- del Ministerio de Educación, coordinará a éstas para que se remitan copias del presente acuerdo a los centros educativos del país. La Dirección de Comunicación Social -DICOMS- del Ministerio de Educación, promoverá los aspectos publicitarios que para el conocimiento del presente Acuerdo Ministerial sea necesario llevar a cabo. Artículo 39, Vigencia. El presente Acuerdo empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.

MINISTERIO DE EDUCACION DE GUATEMALA C.A. enero 2011

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EL COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL DOCENTE

El contexto educativo está colmado de experiencias sociales para el alumno y el campo de la ética no está separado de estas experiencias; hablando específicamente de los actores que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje, no se puede dejar de lado la labor que desempeñan los docentes como uno de los participantes más importantes que intervienen en la formación de los educandos, es por esto que es necesario definir primeramente la ética en el contexto escolar.

LA ÉTICA EN EL CONTEXTO ESCOLAR

La ética es una parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones que rigen el comportamiento del hombre en la sociedad. La ética significa costumbre, existe desde que el ser humano está en este planeta. La ética se lleva a cabo de forma internalizada por cada individuo y tiene que ver con los principios fundamentales. La ética no se aprende, se reflexiona y se vive, es por esto que para que los docentes eduquen éticamente y promuevan los valores éticos , deberán enseñar al alumno a vivirlos.

La ética constituye un compromiso que adquiere el ser humano consigo mismo para ser más humano. Se refiere a una decisión interna y libre que no representa una simple aceptación de lo que otros piensen, digan o hagan.

La ética se considera como una ciencia práctica y normativa que estudia el comportamiento de los hombres que conviven socialmente bajo una serie de normas que le permiten ordenar su actuar y que el grupo social en el que se desenvuelve ha establecido.

Este grupo social se rige por determinadas normas de tipo social, religioso, económico, político, profesional y educativo. Ética según Schweitzer “…es el nombre que le damos a nuestro interés por la buena conducta. Sentimos la obligación de considerar no solamente nuestro bienestar propio sino también el de los demás y el de toda la sociedad humana como un todo…”

Los avances científicos del último siglo y su aplicación hacia diferentes campos, se han visto reflejados en la educación. Educar no sólo es instruir, sino transmitir ideas, conocimientos y maneras de ser, ya que la educación es para la vida y por lo tanto, para que el ser humano se desarrolle dentro de una cultura, requiere ser educado por otro ser humano. La familia representa los primeros contactos del ser humano con su entorno social y por lo tanto, representará las primeras

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experiencias de aprendizaje de éste; más tarde, la escuela continuará con el papel de ampliar la educación del ser humano, así como sus experiencias sociales.

Sería erróneo pensar que en la escuela sólo se transmite un sistema de conocimientos o una mera instrucción, porque en la escuela también se aprende a convivir, a relacionarse con iguales y superiores, a respetar a los demás, a aceptar los fracasos, para posteriormente conformar la personalidad del individuo.

La escuela es una institución socializadora que desarrolla la función de dar respuesta a una demanda social de capacitación y desarrollo de habilidades necesarias para formar individuos productivos dentro de la sociedad en la que se desenvuelven; también debe responder a la necesidad del gobierno de organizar un aceptación social y a las diversas expectativas que cada sector genera en base con esta institución.

“La escuela resulta imprescindible para la educación moral. Aunque es en el seno familiar donde se asientan las bases de los valores morales, la escuela reforzará el aprendizaje de tales valores y los comprenderán de una forma más profunda” .

La escuela como espacio, es una rutina dinámica cargada de significados valiosos, tiene la función específica de transmitir e inculcar; es decir, de formar determinados valores éticos. Entonces la escuela, debe transmitir un sistema de valores de acuerdo con la legislación y observar el entorno en el que se establece, al igual que identificar cuáles son los valores éticos considerados por la sociedad y que van de acuerdo con la política educativa.

El ser humano llega a la escuela por decisión de los padres o tutores y por la ley, se encuentran en un medio novedoso, todo estructurado y con una normatividad formal; esta normatividad proviene de alguien extraño, de alguien con quien no hay un lazo afectivo y al cual por gusto u obligación debe adaptarse. Es en este contexto normativo en donde el niño se forma en valores éticos, al confrontar la referencia familiar y social con la que la escuela transmite; es por esto que la escuela es un espacio social donde el individuo conforma su propia escala de valores éticos; no quiere decir que va a cambiarla, sino que la complementa, la fortalece y la cuestiona, esto quiere decir que “… el proceso es continuo, es decir, la sociedad a través de sus mecanismos establece normas que son de cumplimiento de sus miembros que a su vez conforman familias, cuyos miembros en edad escolar, asisten a las escuelas que el Estado va creando y sostendrá, las cuales revierten sus “productos” al medio social y éstos organizan nuevas familias, siendo este proceso indetenible. En este devenir tenemos a los medios de información social que contribuyen ampliamente con la distorsión de los valores que predominan en la sociedad. Además, como factor de equilibrio (o desequilibrio) están los padres y los docentes (con sus juicios de valor ya

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establecidos), los cuales quieren transmitir a los suyos: hijos y alumnos respectivamente. Los padres “deciden” a cual escuela asistirá su hijo en la cual, a la vez los docentes asumen la complicada tarea de ayudar a sus alumnos a tomar decisiones en función de sus valores éticos…”

Dentro del contexto escolar, es preciso que los implicados participen de forma efectiva y coherente en la construcción de las relaciones sociales, así, además de enseñar, guiaremos en la construcción de una personalidad más humana y más fuerte.

La relación entre los humanos, está determinada en un tiempo y un espacio en el que nos desarrollamos, ya que somos seres sociales e históricos, y dentro de esta historia cada sociedad conserva los valores éticos con relación al medio en el que se desarrolla. La escuela y la familia deben fomentar el aprecio por los valores éticos, que permiten convivir juntos en la diversidad. Considerando que en las escuelas los docentes están comprometidos a descubrir, ver y aceptar actitudes discriminatorias y éstas modificarlas para tener una democracia educativa.

Es erróneo pensar que puede haber una educación sin valores éticos y sin principios educativos, al igual que es absurda la existencia de una escuela que no tiene principios, que no respeta los valores éticos que den sentido a la idea de hombre, de la vida, del mundo y del sentido de la historia.

Para lograr formar individuos que se relacionen de forma armónica, es necesario que la escuela no pierda de vista qué es lo que quiere favorecer en los alumnos. Algunos aspectos de la educación para desarrollar una formación valoral es apoyando a los alumnos para que:

1. Aprendan a tomar decisiones satisfactorias y acciones efectivas en situaciones diversas.

2. Elijan los valores que van a sustentar sus futuras decisiones y acciones.3. Sean conscientes de las consecuencias de sus actos.4. Logren congruencia entre lo que se valora y cómo se actúa.5. Participen activamente dentro de su sociedad.6. Valoren el pluralismo.

Un sistema educativo no puede considerarse de calidad si no distribuye las oportunidades de acceso en forma equitativa, es decir, si no trata a todos los alumnos por igual y si se conforma con diferentes niveles de aprendizaje para diferentes tipos de estudiantes.

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Es entonces como surge un dilema acerca de cuál es el papel del docente y el compromiso a desempeñar con sus alumnos, así como el comportamiento que debe manifestar para realizar una educación ética acorde a una calidad educativa.

EL COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL DOCENTE

En una sociedad donde la crisis de valores es señalada constantemente, las prácticas antipáticas en contra de algunas instituciones como el gobierno o la escuela, son modos seguros de agravar las desigualdades y la marginación social. El comportamiento ético del docente, se puede presentar como un elemento de equidad que se reflejará en su desempeño.

El profesor debe responder de sus actitudes frente al medio donde se desenvuelve y respetar la escala de valores que la sociedad tiene, no sin negar el derecho que le asiste, para que esa escala de valores se perfeccione, se supere. De allí que se entiende la profesión como un servicio público en beneficio del colectivo.

“La ética del profesor se basa en fundamentos, en comportamientos aceptados por los miembros del gremio y en consecuencia es de obligatorio cumplimiento. Es un comportamiento ético auto impuesto que le permite satisfacciones y sentirse orgulloso por actuar sin entender las deformaciones producidas por la crisis que comúnmente son aprovechadas para deformar los verdaderos principios sobre los cuales debe descansar la nación…El erróneo comportamiento ético profesional del docente, genera una sanción de tipo moral, lo que implica un castigo mayor que la sanción legal, ya que ocasiona el repudio de los demás” .

Analizando lo anterior, es necesario que el docente se asuma como un ser humano en constante juicio por la sociedad que lo rodea. Su actuar es sinónimo de enseñanza aún fuera de las aulas. La coherencia que debe manifestar entre lo que enseña y lo que hace debe ser recíproca.

La tarea del docente, es entonces la de impulsar la ética no desde el diálogo, sino

como un modo de estar en el mundo, es decir, que lo ético se vive y se constituye en el espacio de las interacciones sociales y reales entre los seres humanos. La congruencia entre lo que dice y hace debe resultar válida para los estudiantes, al desenvolverse eficientemente dentro de un marco de tolerancia en las interacciones sociales. El avance de la tecnología aparece como un impedimento para que las interacciones sociales se produzcan, sin embargo, la escuela, aún

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como sobreviviente a estos cambios sociales, siempre otorgará el espacio de socialización entre los individuos. Los docentes tienen que aprovechar esta zona para realizar su tarea ética.

Una preocupación por analizar el comportamiento que el docente está desempeñando en la escuela y en el aula conduce necesariamente a pensar en este proceder, para que ellos:

- Se identifiquen a sí mismos como sujetos de valores y reconozcan y puedan explicitar sus propios criterios de juicio.

- Entiendan y respeten el hecho de que todo sujeto tenga que recorrer, su propio camino.

- Reconozcan el papel que están llamados a desempeñar para favorecer lo que los alumnos son capaces de hacer en diferentes edades.

- Identifiquen el papel protagónico de los alumnos y reconozcan que para forjar personalidades morales es necesario desarrollar, en los momentos adecuados, capacidades de razonamiento, análisis, pensamiento hipotético y solución de problemas,

- Utilice recursos de deliberación, de reflexión individual y oportunidades de externar lo que se piensa dentro del aula.

- Utilice la discusión y el diálogo entre pares favoreciendo su intervención como moderador y enriquecidos por su papel en la presentación de los valores morales universales y nacionales, los cuales sean ejercicios recurrentemente en el aula.

Para que todo esto sea posible, es necesario que el maestro haya desarrollado la capacidad de aprovechar situaciones de la vida cotidiana en el aula y en la escuela, sucesos de la comunidad cercana; situaciones de la vida política, social, económica y cultural de la sociedad nacional y mundial, así como sus asignaturas, a fin de identificar situaciones morales y propiciar tanto la reflexión individual y la capacidad de análisis crítico, como la discusión y el análisis entre pares, así convierte el ejercicio valoral en algo cotidiano y como parte de la vida de el ser humano.

Formar en valores no es fácil, los maestros temen asumir formalmente esta responsabilidad por carecer de elementos que les permitan discernir cuando imponen sus propios criterios y cuándo desarrollan autonomía. Requieren de

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formación y acompañamiento para dotarlos de las herramientas que les brinden la seguridad necesaria para emprender esta importante tarea.

Todo maestro tiene la oportunidad de formar generaciones más fuertes y más igualitarias, además está en sus manos formar sujetos más democráticos, más igualitarios, mujeres más abiertas, más fuertes, relaciones más cercanas, mejores niveles de comunicación entre hombres-hombres, hombres-mujeres y mujeres-mujeres, amistades, relaciones y noviazgos verdaderos.

Es importante que el educador fomente en sus alumnos los valores, ya que son aspecto fundamental que permite la aceptación y confianza, ello permitirá que a través del continuo roce con sus compañeros, el alumno sea capaz de adquirir y mostrar seguridad y respeto hacia sí mismo y los demás. Teniendo presente la perspectiva humanista, hay que señalar que el maestro debe ser honesto, sincero, imparcial, abierto, sensible y capaz de comunicarse con sus alumnos sin olvidar técnicas pedagógicas esenciales para el buen manejo de los grupos. En maestro debe contar por supuesto con una ética profesional sólida. Creo necesario enlistar algunos rasgos que el docente debe poseer:

- Debe mantener congruencia entre lo que dice y piensa

- Poseer gran capacidad en la toma de decisiones

- Tener confianza en sí mismo y en los demás

- Tener autonomía intelectual enmarcada dentro de una ética propia

- Tener responsabilidad al asumir sus comportamientos

- Pensar siempre en su bienestar y en el de las otras personas

- No hablar de cosas buenas o malas

- Hablar con franqueza, honestidad y de manera clara

Los valores se aprenden viviéndolos. Es la oportunidad de experimentarlos. Los valores que se viven serán los que mejor se conozcan para decidir sobre su incorporación o no a los esquemas valorales propios. De ahí la responsabilidad de la formación en valores, no sea sólo de los docentes, sino también de los directivos, quienes pueden, con su equipo y de forma participativa, hacer de la

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escuela y de sus aulas, un espacio donde se vivan los valores universales que mejoren la convivencia. Sería pertinente estudiar si en todas las escuelas del país se está mejorando la capacidad de vivir los valores, sin embargo, ese es otro asunto de discusión. Al respecto se puede comentar que la responsabilidad del comportamiento del docente no recae sólo para con sus alumnos, sino con todo el entorno educativo que lo rodea (padres de familia, directivo y otros docentes), por lo tanto, este comportamiento debe asumirlo a través de una perspectiva de colaboración para lograr un ambiente de trabajo equitativo y en pro de quienes se trabaja, es decir, de los estudiantes.

El docente forma parte de un equipo de trabajo , en el cual, su integración debe incluir una concepción de lealtad, aceptación, optimismo, colaboración, respeto, confianza y armonía.

Con esto se persigue enfatizar el desarrollo de habilidades y destrezas, sentido de cohesión, logro de metas, cumplimiento de responsabilidades y mayor dedicación. .

Algunos de los problemas más comunes que se presentan en un equipo de trabajo son los siguientes:

• Indecisión

• Desunión

• Despotismo

• Miembros autoritarios, dominantes y renuentes

• El apresuramiento por obtener logros

• Aceptación de opiniones como hechos sin cuestionamientos

• Atribución de funciones no inherentes a su rol profesional

• Descalificación de alguno de sus miembros

• Lucha de poder entre sus miembros

Las condiciones mínimas para alcanzar el éxito en un equipo de trabajo son entre otras la de propiciar la existencia de una estructura plana y flexible, con valores y visión compartidas, donde la lealtad, la aceptación, el optimismo, la colaboración, el respeto, la confianza y la armonía son elementos indispensables para su optimo desenvolvimiento. El sentido de unión, el logro de metas, cumplimiento de

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responsabilidades y la dedicación son otros aspectos a considerar dentro de las cualidades de un equipo de trabajo.

Puede ser útil para el mejor desarrollo de un ambiente de trabajo armónico, el plantearse algunas situaciones que lleven al conjunto de personas a convivir y comunicarse de mejor manera, al tener en claro cuál es el objetivo de todo el equipo, qué han hecho para ser la institución que son, cuáles son las intenciones que persiguen, qué afectaciones conllevan las decisiones que tome el equipo, además de plantear otros puntos de vista alternativos y si todos están dispuestos a colaborar como conjunto. En otras palabras, tener bien claras su visión y misión como escuela. Del mismo modo aplicaría la relación con los padres de familia, siempre poniendo como centro, la educación de quienes más interesan: los alumnos.

Es difícil pensar que habrá un cambio radical y que mágicamente existirá armonía y buenas relaciones, sin embargo, el docente no debe olvidar su papel como agente de cambio y más aún, perder su optimismo por lograr cambiar lo que le rodea. El docente deberá tener en cuenta en todo momento que su actuación dentro y fuera de las aulas será vista por quienes lo rodean. El docente no debe olvidar que la sociedad está en constante cambio, por lo tanto, la educación que brinde tiene que estar abierta al cambio. Si enseñamos a todos los hombres que ellos son enteramente libres, partiendo de la idea de que la libertad implica la responsabilidad de los actos, se estará cimentando una sociedad reflexiva de las necesidades y exigencias de los otros. Los docentes deben por lo consiguiente, ejercer su libertad responsablemente, perder el miedo al conocimiento y transmitirlo con valor, rompiendo con mitos sociales y establecer una sociedad educada en la tolerancia y la libertad.

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EGRAFÍA

www.BuenasTareas.com

Enviado por LIGIARAQUEL

www.mineduc.com

2012