Upload
amparo-casado-crespo
View
245
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO TRIBUTARIOTRIBUTARIO
BENEFICIOS EN LOS BENEFICIOS EN LOS PROCESOS DE PROCESOS DE
DETERMINACIÓNDETERMINACIÓN(Arts. 55, 56, 57)(Arts. 55, 56, 57)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SINSIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Artículo 56°. Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios. Facúltese a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos, en materia tributaria aduanera y cambiaria, de acuerdo con los siguientes términos y condiciones:
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Parágrafo 4. Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que no hayan sido notificados de requerimiento especial o de emplazamiento para declarar, que voluntariamente acudan ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales hasta el veintisiete (27) de febrero de 2015, serán beneficiarios de transar el valor total de las sanciones, intereses y actualización según el caso, siempre y cuando el contribuyente o el responsable, agente retenedor o usuario aduanero, corrija o presente su declaración privada y pague el ciento por ciento (100%) del impuesto o tributo.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 27 – 02 – 2015 : Hasta el 27 – 02 – 2015
- Dirigido a- Dirigido a: contribuyentes, agentes de retención, : contribuyentes, agentes de retención, responsables de iva e ipoconsumo y demás impts, responsables de iva e ipoconsumo y demás impts, nales, usurios aduaneros y del régimen cambiario… nales, usurios aduaneros y del régimen cambiario…
- Inexactos y Omisos- Inexactos y Omisos……
-Sin-Sin: Requerto Especial, Emplazato para Declarar…: Requerto Especial, Emplazato para Declarar…
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
-PeríodosPeríodos No indica, pero ha de entenderse… No indica, pero ha de entenderse…
• Inexactos corregir: Declaraciones no en firmeInexactos corregir: Declaraciones no en firme
• Omisos presentar: Declaraciones últimos 5 añosOmisos presentar: Declaraciones últimos 5 años
-Extiende termino Extiende termino corrección del art 588, 709, 713 corrección del art 588, 709, 713
-Beneficio-Beneficio Sin sanción corrección o extemporaneidad Sin sanción corrección o extemporaneidad
Sin intereses de mora. Sin intereses de mora.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo InexactoEjemplo Inexacto
Renta 2012Saldo a pagar inicial $ 200.000.000Saldo a pagar corrección 300.000.000Mayor impuesto 100.000.000 Sanción corrección 10% $ 10.000.000IM a fecha del pago (20-02-2015) $ 44.518.000Total $ 154.518.000
Pago con beneficio= 100.000.000
Beneficio: $ 54.518.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)
DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago-
1.000.000 vs 12.000.000
2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+
12.000.000 vs 1.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)
DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago-
2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+
NOTA: Las correcciones del IMAS están sometidas a firmeza de 6 meses, mas NO la solicitud de devolución en caso de saldos a favor, la cual se rige por la regla general (2 años) concepto 010558 del 06-11-2014
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)Ejemplo Inexacto (oficio 056986 del 02-10-2014)
DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago-
Sanción de corrección 11.000.000x10% 1.100.000
Intereses de mora al 20-02-15 1.668.000
Total sanción + intereses 2.768.000
Beneficio 2.768.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo Inexacto ((concepto 056986 del 02-10-2014)Ejemplo Inexacto ((concepto 056986 del 02-10-2014)
DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+
12.000.000 vs 1.000.000
Para este evento presentar proyecto de corrección
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 30.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 25.000.000Sanción Extemporaneidad $ 30.000.000Total saldo a pagar 55.000.000IM a fecha del pago (20-02-2015) $ 26.221000Total $ 81.221.000
Pago con beneficio= 25.000.000
Beneficio: $ 56.221.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACESBENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACES
1. Retención en la fuente por falta de pago1. Retención en la fuente por falta de pago
• A titulo de RentaA titulo de Renta
• A titulo de CREEA titulo de CREE
Nota: Marcadas o no como ineficaces Nota: Marcadas o no como ineficaces
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Retención Mayo 2014 (vto 10-06-2014)
Saldo a pagar inicial (pre oport sin pago) 120.000.000Intereses de mora un día 97.000Saldo pagado 11-06-2014 120.097.000
Estado: Omiso - no valida por ineficaz
Sanción a 20-02-2015: 9 mese x 5% 54.000.000
Beneficio: $ 54.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACESINEFICACES
2. Retención en la fuente por período errado 2. Retención en la fuente por período errado
• Mensual debiendo ser cuatrimestralMensual debiendo ser cuatrimestral
• Cuatrimestral debiendo ser mensualCuatrimestral debiendo ser mensual
Nota 1: Marcadas o no como ineficaces Nota 1: Marcadas o no como ineficaces
Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Autoretenciones CREE Enero a Abril 2014
Presenta cuatrimestral 09-05-2014 pagando 34.000.000
Debiendo ser mensual así:
Enero (vto 11-02-14) 8.000.000Febrero (vto 11-03-14) 10.000.000Marzo (vto 08-04-14) 9.000.000Abril (vto 09-05-14) 7.000.000 Total 34.000.000
Estado de las mensuales: Omiso – por no presentación Estado de la cuatrimestral: Ineficaz
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Sanción a 20-02-2015:
Enero (Extemp 13 ms sobre 8.000.000) 5.200.000Febrero (Extemp 12 ms sobre 10.000.000) 6.000.000Marzo (Extemp 11 ms sobre 9.000.000) 4.950.000Abril (Extemp 10 ms sobre 8.000.000) 3.500.000 34.000.000Total sanciones 19.650.000
NOTA : Los 34.000.000 de retención ya se pagaron
Beneficio 19.650.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACESINEFICACES
3. Impuesto sobre las ventas por período errado 3. Impuesto sobre las ventas por período errado
•Cuatrimestral debiendo se bimestral y Viceversa Cuatrimestral debiendo se bimestral y Viceversa
•Anual debiendo ser bimestral y Viceversa Anual debiendo ser bimestral y Viceversa
•Anual debiendo ser cuatrimestral y Viceversa Anual debiendo ser cuatrimestral y Viceversa
Nota 1: Marcadas o no como ineficaces Nota 1: Marcadas o no como ineficaces
Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Declaraciones IVA 6 bimestres 2014 (exportador)
Presenta oportuna cuatrimestral debiendo ser bimestrales así:
Enero-Abril (vto 09-05-14) Saldo Favor 46.000.000Mayo-Agosto (vto 08-09-14) Saldo Favor 52.000.000Sept-Diciem (vto 14-01-15) Saldo Favor 65.000.000 Total 163.000.000
Estado: Las declaraciones cuatrimestrales son ineficaces.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Declaraciones IVA 6 bimestres 2014 (exportador)
Las bimestrales se debieron presentar así:
Enero-Febrero (vto 11-03-14) Saldo Favor 24.000.000Marzo-Abril (vto 09-05-14) Saldo Favor 22.000.000Mayo-Junio (vto 08-07-14) Saldo Favor 18.000.000Julio-Agosto (vto 08-09-14) Saldo Favor 34.000.000Sept-Octubre (vto 11-11-14) Saldo Favor 40.000.000Nov-Diciemb (vto 14-01-15) Saldo Favor 25.000.000
Total 163.000.000
Estado: Omiso – por no presentación
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Ejemplo omiso por ineficacia Ejemplo omiso por ineficacia
Declaraciones IVA 6 bimestres 2014 (exportador)
La sanción de extemporaneidad determinada, sobre ingresos, es:
Enero-Febrero (vto 11-03-14) 13.000.000Marzo-Abril (vto 09-05-14) 17.000.000Mayo-Junio (vto 08-07-14) 10.000.000Julio-Agosto (vto 08-09-14) 21.000.000Sept-Octubre (vto 11-11-14) 23.000.000Nov-Diciemb (vto 14-01-15) 19.000.000
Total sanciones 103.000.000
Beneficio 103.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 PARAGRAFO 4 ) (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES CON BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES CON CAUSAL PARA DARSE POR NO PRESENTADA CAUSAL PARA DARSE POR NO PRESENTADA
1. Renta para la Equidad CREE sin pago 1. Renta para la Equidad CREE sin pago
2. Las demás por falta de firmas de RL o RF2. Las demás por falta de firmas de RL o RF
Nota: Con o sin Auto DeclarativoNota: Con o sin Auto Declarativo
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CONCON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56) (ART. 56)
Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario a quienes se les haya notificado antes de la entrada en vigencia de esta ley, requerimiento especial, liquidación oficial, resolución del recurso de reconsideración o resolución sanción, podrán transar con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, hasta el día 30 de octubre de 2015, el valor total de las sanciones, intereses y actualización, según el caso, siempre y cuando el contribuyente o responsable, agente retenedor o usuario aduanero, corrija su declaración privada y pague el ciento por ciento (100%) del impuesto o tributo, o del menor saldo a favor propuesto o liquidado.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 ) (ART. 56 )
1. Término del beneficio1. Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – : Hasta el 30 – 10 – 2015 2015
Actos Admitivos cubiertosActos Admitivos cubiertos (notificados antes 23-12-2014)(notificados antes 23-12-2014)
-Requerimiento Especial-Requerimiento Especial
-Liquidación Oficial de Revisión Liquidación Oficial de Revisión
-Resolución del Recurso de ReconsideraciónResolución del Recurso de Reconsideración
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 ) (ART. 56 )
Beneficio:Beneficio: Sin Sanción ni Interés Sin Sanción ni Interés
Requisitos:Requisitos:
-Corregir (Inexacto) o Presentarla (Omiso)Corregir (Inexacto) o Presentarla (Omiso)
-Pago del 100% de mayores impuestos liquidadosPago del 100% de mayores impuestos liquidados
-No haber incumplido los acuerdos de pago No haber incumplido los acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.1430/10 y 1607/2012.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CONCON PROCESOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Renta 2012 Vto. 09-04-2013Mayor impuesto $ 100.000.000Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000IM a 20-02-2015 $ 55.353.000Total $ 315.353.000
Corrección sin reforma
Paga 100.000.000
Sanción Requerimiento Especial 40.000.000Sanción Liquidación Oficial 80.000.000 Sanción Resolución de Recurso 160.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CONCON PROCESOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Renta 2012 Vto. 09-04-2013Mayor impuesto $ 100.000.000Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000IM a 20-02-2015 $ 55.353.000Total $ 315.353.000
Con reforma
Paga 100.000.000
Beneficio con Requerimiento Especial 95.353.000Beneficio con Liquidación Oficial 135.353.000Beneficio con Resolución de Recurso 215.353.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CONCON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56) (ART. 56)
Cuando se trate de pliegos de cargos y resoluciones mediante las cuales se impongan sanciones dinerarias, en las que no hubiere impuestos o tributos aduaneros en discusión, la transacción operará respecto del cincuenta por ciento (50%) de las sanciones actualizadas, para lo cual el obligado deberá pagar en los plazos y términos de esta ley, el cincuenta por ciento (50%) de la sanción actualizada.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 ) (ART. 56 )
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015 : Hasta el 30 – 10 – 2015
2. Actos Admitivos cubiertos2. Actos Admitivos cubiertos (notificados antes 23-12-14)(notificados antes 23-12-14)
- Pliegos de Cargo - Pliegos de Cargo
- Resolución Sanción Resolución Sanción
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Sanción por no enviar información sin reforma
Valor sanción $ 50.000.000Total $ 50.000.000
Con Pliego de Cargos 5.000.000
Con Resolución Sanción 10.000.000
Con Recurso de Recons 50.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Sanción por no enviar información con reforma
Valor sanción $ 50.000.000Total $ 50.000.000
Beneficio con Pliego de Cargos 2.500.000
Beneficio con Resolución Sanción 5.000.000
Beneficio con Recurso de Recons 25.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CONCON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56) (ART. 56)
En el caso de los pliegos de cargos por no declarar, las resoluciones que imponen la sanción por no declarar, y las resoluciones que fallan los respectivos recursos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN podrá transar el setenta por ciento (70%) del valor de la sanción e intereses, siempre y cuando el contribuyente presente la declaración correspondiente al impuesto o tributo objeto de la sanción y pague el ciento por ciento (100%) de la totalidad del impuesto o tributo a cargo y el treinta por ciento (30%) de las sanciones e intereses.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOSPROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
(ART. 56 ) (ART. 56 )
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015 : Hasta el 30 – 10 – 2015
Actos Admitivos cubiertosActos Admitivos cubiertos (notificados antes 23-12-2014)(notificados antes 23-12-2014)
- Pliegos de Cargo por No Declarar (Entiéndase E.D) - Pliegos de Cargo por No Declarar (Entiéndase E.D)
- Resolución Sanción por no DeclararResolución Sanción por no Declarar
- Resolución que Falla el Recurso Resolución que Falla el Recurso
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 ART. 56 Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
1. CON EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000
IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción de extempo en Emplaz Declarar 30.000.000Total sanción mas intereses 45.732.000
Beneficio San con Emplazto para Declar 21.000.000(30.000.000 x 70%)Beneficio Intereses (15.732.000 x 70%) 11.012.000Total beneficio 32.012.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 ART. 56 Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000
IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción de extempo en Emplaz Declarar 30.000.000Total sanción mas intereses 45.732.000
Impuesto 100% 10.000.000Deberá pagar 30% de la sanción 9.000.000Deberá pagar 30% de los intereses 4.720.000
Total a pagar 23.720.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 ART. 56 Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción de extempo en Emplaz Declarar 30.000.000Total impuesto + sanción + intereses 55.732.000
Menos: Beneficio (70% de san e int) 32.012.000
Saldo a pagar 23.720.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. ART. Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
2. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (antes de recurso)
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción de extempo en Emplaz Declarar 30.000.000Sanción por no declarar en Resol San $ 40.000.000
Reducción antes de interponer recurso 4.000.000Sin exceder la extemporaneidad 30.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 ART. 56 Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción por no declarar 30.000.000
Total impuesto sanción mas intereses 55.732.000
Menos: Beneficio (70% de san e int) 32.012.000
Saldo a pagar 23.720.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 ART. 56 Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso) Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción por no declarar en Resol San $ 40.000.000
Beneficio San con recurso 28.000.000(40.000.000 x 70%)Beneficio Intereses (15.732.000 x 70%) 11.012.000Total beneficio 39.012.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. ART. Ejemplo OmisoEjemplo Omiso
3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso)
Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses)Impuesto a cargo $ 15.000.000-Retenciones Fuente 5.000.000Saldo a pagar 10.000.000IM a 20-02-2015 $ 15.732.000Sanción por no declarar en Resol San $ 40.000.000
Total impuesto sanción mas intereses 65.732.000Menos: Beneficio (70% de san e int) 39.012.000Saldo a pagar 26.720.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Sanción por Devolución y/o compensación improcedente
Valor Devolución Improcedente 150.000.000Intereses de mora hasta 20-02-15 65.901.000Sanción Dev Imp (50% de los Int) 32.951.000 Total 248.852.000
Beneficio: (70% de 32.951.000) 23.066.000
Paga: 225.786.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Apuntes
-La terminacion por mutuo acuerdo presta merito ejecutivo
- Su cumplimiento da por extinguida toda suma discutida
- Puede aplicarse por entes territoriales
- Puede aplicarse por la UGPP
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55) (ART. 55)
Artículo 55°. Conciliación contencioso administrativa tributaria, aduanera y cambiaria. Facúltese a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para realizar conciliaciones en procesos contenciosos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de acuerde con los siguientes términos y condiciones:
Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que hayan presentado demanda de nulidad ~ restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, podrán concilia el valor de las sanciones e intereses según el caso, discutidos en procesos contra liquidaciones oficiales, mediante solicitud presentada ante la UAE. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, así:
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55) (ART. 55)
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 30-09-2015 : Hasta el 30-09-2015
Acto conciliableActo conciliable: Liquidaciones Oficiales con : Liquidaciones Oficiales con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo ante jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes vigencia ley)(antes vigencia ley)
1. Instancia1. Instancia: Única o primera : Única o primera
Ante quienAnte quien: Juez o Tribunal Administrativo : Juez o Tribunal Administrativo
BeneficioBeneficio: Sanción e interés se reducen en 30%: Sanción e interés se reducen en 30%
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55) (ART. 55)
Renta 2010 Vto. 09-08-2011Mayor impuesto $ 100.000.000Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000IM a 20-02-2015 $ 105.045.000Total $ 365.045.000
InstanciaInstancia: Única o primera : Única o primera
Beneficio sanción 160.000.000 x 30% 48.000.000Beneficio intereses 105.045.000 x 30% 31.514.000Total beneficio 79.514.000
A pagar 285.531.000
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55) (ART. 55)
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 30-09-2015 : Hasta el 30-09-2015
Acto conciliableActo conciliable: Liquidaciones Oficiales con : Liquidaciones Oficiales con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo ante jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes vigencia ley)(antes vigencia ley)
2. Instancia2. Instancia: Segunda : Segunda
AnteAnte: Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Tribunal Administrativo o Consejo de Estado
BeneficioBeneficio: Sanción e interés se reducen en 20%: Sanción e interés se reducen en 20%
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)(ART. 55)
Renta 2010 Vto. 09-08-2011
Obligación principal $ 100.000.000Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000IM a 20-02-2015 $ 105.045.000Total $ 365.045.000
InstanciaInstancia: Segunda : Segunda Beneficio sanción 160.000.000 x 20% 32.000.000Beneficio intereses 105.045.000 x 20% 21.009.000Total beneficio 53.009.000
A pagar 312.036.000
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55) (ART. 55)
Término del beneficioTérmino del beneficio: Hasta el 30-09-2015 : Hasta el 30-09-2015
Acto conciliableActo conciliable: Resolución Sanción con Demanda : Resolución Sanción con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes (antes vigencia ley)vigencia ley)
InstanciaInstancia: Única, Primera o Segunda : Única, Primera o Segunda
AnteAnte: Juez o Tribunal Administrativo o Consejo de : Juez o Tribunal Administrativo o Consejo de EstadoEstado
BeneficioBeneficio: Sanción se reducen en 50%: Sanción se reducen en 50%
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55(ART. 55
Sanción por no enviar información
Valor sanción $ 50.000.000Total $ 50.000.000
InstanciaInstancia: Primera o Segunda : Primera o Segunda
Beneficio sanción 50.000.000 x 50% 25.000.000
A pagar 25.000.000
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55(ART. 55
Sanción por Devolución y/o compensación improcedente
Valor Devolución Improcedente 150.000.000Intereses de mora hasta 20-02-15 65.901.000Sanción Dev Imp (50% de los Int) 32.951.000 Total 248.852.000
Beneficio: (50% de 32.951.000) 16.476.000
Paga: 232.376.000
CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA TRIBUTARIOCONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA TRIBUTARIO(ART. 55) (ART. 55)
RequisitosRequisitos
-Haber presentado antes vigencia de la LeyHaber presentado antes vigencia de la Ley
-Demanda admitida antes de solicitar conciliación Demanda admitida antes de solicitar conciliación
-Que no exista sentencia en firme Que no exista sentencia en firme
-Adjuntar prueba de pago de lo acordadoAdjuntar prueba de pago de lo acordado
- Prueba de pago por periodos 2014, según el casoPrueba de pago por periodos 2014, según el caso
-Presentar solicitud de conciliación hasta 30-09-2015, Presentar solicitud de conciliación hasta 30-09-2015, suscribirse hasta el 30-10-2015 y presentarse ante Juez o suscribirse hasta el 30-10-2015 y presentarse ante Juez o Corporación dentro de 10 siguientes Corporación dentro de 10 siguientes
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Apuntes
-La conciliación presta merito ejecutivo
- Su cumplimiento da por extinguida toda suma discutida
- Puede aplicarse por entes territoriales
- Puede aplicarse por entes territoriales
-No haber incumplido os acuerdos de pago No haber incumplido os acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.y 1607/2012.
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONESIMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
(Art. 57 ) (Art. 57 )
Término del beneficioTérmino del beneficio: : PAGOPAGO Hasta el 23– Hasta el 23–10–2015 10–2015
Obligaciones objeto del beneficio:Obligaciones objeto del beneficio: Periodos Periodos gravables 2012 y anteriores.gravables 2012 y anteriores.
Beneficio:Beneficio: Sanción e interés se reducen Sanción e interés se reducen
CondiciónCondición: haber sido objeto de sanciones : haber sido objeto de sanciones
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) (Art. 57 )
1. CON pago 31-05-2015
Renta 2010 Vto. 09-08-2011Obligación principal $ 100.000.000Sanción actualizada $ 15.000.000IM a 20-02-2015 $ 105.045.000Total $ 220.045.000
Beneficio Sanción ( 15.000.000x80%) 12.000.000 Beneficio Intereses (105.045.000x80%) 84.036.000Total beneficio 96.036.000
Total a pagar 124.009.000
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) (Art. 57 )
2. CON pago entre 01-06-2015 y 23-10-2015
Renta 2010 Vto. 09-08-2011Obligación principal $ 100.000.000Sanción actualizada $ 15.000.000IM a 20-02-2015 $ 105.045.000Total $ 220.045.000
Beneficio Sanción ( 15.000.000x60%) 9.000.000 Beneficio Intereses (105.045.000x60%) 63.027.000Total beneficio 72.027.000
Total a pagar 148.018.000
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) (Art. 57 )
1. CON pago 31-05-2015 Valor en Resolución Sanción $ 100.000.000Beneficio (100.000.000 x 50%) 50.000.000
A pagar 50.000.000
2. CON pago entre 01-06-2015 y 23-10-2015Valor en Resolución Sanción $ 100.000.000Beneficio (100.000.000 x 30%) 30.000.000
A pagar 70.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 EjemploART. 56 Ejemplo
Apuntes
- Se extingue acción penal para responsables y retenedores
- Puede aplicarse por entes territoriales
-No haber incumplido los acuerdos de pago No haber incumplido los acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.y 1607/2012.
ASPECTOS VARIOS ASPECTOS VARIOS
REGULACIÓN DE INEFICACIAS REGULACIÓN DE INEFICACIAS Articulo 8Articulo 8
"Artículo "Artículo 298-7. 298-7. Declaración Declaración y y pago pago voluntarios. Quienes no estén obligados voluntarios. Quienes no estén obligados a a declarar el Impuesto declarar el Impuesto a a la Riqueza de que trata la Riqueza de que trata el artículo el artículo 292-2 292-2 de este Estatuto podrán, libre de este Estatuto podrán, libre y y espontáneamente, liquidar espontáneamente, liquidar y y pagar el pagar el Impuesto Impuesto a a la Riqueza. la Riqueza. Dicha declaración Dicha declaración producirá efectos legales producirá efectos legales y y no estará sometida no estará sometida a a lo previsto en el artículo lo previsto en el artículo 594-2 594-2 del Estatuto del Estatuto TributarioTributario." ."
EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAEMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAArticulo 26 Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así: Tributario el cual quedaré así:
""Parágrafo Parágrafo 4. 4. La exención prevista en el La exención prevista en el numeral numeral 10 10 procede también para las personas procede también para las personas naturales clasificadas en la categoría de naturales clasificadas en la categoría de empleados cuyos pagos empleados cuyos pagos o o abonos en cuenta no abonos en cuenta no provengan de una relación laboral, provengan de una relación laboral, o o legal legal y y reglamentaria, de conformidad con lo previsto reglamentaria, de conformidad con lo previsto en los artículos en los artículos 329 y 383 329 y 383 del Estatuto del Estatuto Tributario. Tributario.
EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAEMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAArticulo 26 Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así: Tributario el cual quedaré así:
“…“…Estos contribuyentes no podrán solicitar el Estos contribuyentes no podrán solicitar el reconocimiento fiscal de costos reconocimiento fiscal de costos y y gastos gastos distintos de los permitidos distintos de los permitidos a a los trabajadores los trabajadores asalariados involucrados en la prestación de asalariados involucrados en la prestación de servicios personales servicios personales o o de la realización de de la realización de actividades económicas por cuenta actividades económicas por cuenta y y riesgo riesgo del contratante. del contratante.
EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAEMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAArticulo 26 Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así:
"Lo anterior no modificará el régimen del Lo anterior no modificará el régimen del impuesto sobre las ventas aplicable impuesto sobre las ventas aplicable a a las las personas naturales de que trata el presente personas naturales de que trata el presente parágrafo, ni afectará el derecho al descuento parágrafo, ni afectará el derecho al descuento del impuesto sobre las ventas pagado en la del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de bienes corporales muebles adquisición de bienes corporales muebles y y servicios, en los términos del artículo servicios, en los términos del artículo 488 488 del del Estatuto Tributario, siempre Estatuto Tributario, siempre y y cuando se cuando se destinen destinen a a las operaciones gravadas con el las operaciones gravadas con el impuesto sobre las ventas.”impuesto sobre las ventas.”
EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAEMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVAArticulo 26 Articulo 26
-El empleado, así no tenga vinculo laboral legal -El empleado, así no tenga vinculo laboral legal o reglamentario, tiene derecho a renta exenta o reglamentario, tiene derecho a renta exenta del 25%del 25%-Por lo tanto, NO puede solicitar deducciones -Por lo tanto, NO puede solicitar deducciones diferentes a las reclamadas por los primerosdiferentes a las reclamadas por los primeros-En materia de IVA no habrá efecto alguno, ed:-En materia de IVA no habrá efecto alguno, ed:
• Sus ingresos cuenta para RS o RCSus ingresos cuenta para RS o RC• Tiene derecho a descontables a pesar de la no Tiene derecho a descontables a pesar de la no
deducibilidad en renta del gasto que los originadeducibilidad en renta del gasto que los origina
IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN Articulo 33 Articulo 33
1. El IMAS cuando … en el respectivo año hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 2.800 UVT ($79.181.200), y hayan poseído un patrimonio líquido inferior a 12.000 UVT ($339.348.000).
2. Antes RGA superior a 4.700 UVT ($129.160.700) sin tope de patrimonio
3. Para año gravable 2014 no aplica 1 sino 2.
IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN Articulo 33 Articulo 33
Parágrafo. Para el período gravable 2014, el Parágrafo. Para el período gravable 2014, el artículo artículo 334 334 del Estatuto Tributario será del Estatuto Tributario será aplicable en las condiciones establecidas eh la aplicable en las condiciones establecidas eh la Ley 1607 de 2012 en relación con la tabla de Ley 1607 de 2012 en relación con la tabla de tarifas, el tope máximo de renta alternativa tarifas, el tope máximo de renta alternativa gravable para acceder al IMAS gravable para acceder al IMAS y y demás demás condiciones establecidas para acceder al condiciones establecidas para acceder al sistema de determinación simplificado. 11 sistema de determinación simplificado. 11
DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORDECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORArticulo 42 Articulo 42
Obligados: Contribuyentes renta complementarios
Tipo activo: Cualquier naturaleza poseído en exterior
Inicio: A partir de 2015
Poseídos: A enero 1 de cada año
DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORDECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORArticulo 42 Articulo 42
CONTENIDO
- Formulario establecido por la DIAN
- Identificación del contribuyente
- Con relación a activos superiores a 3.580 UVT ($101.239.000)
• Valor Patrimonial • Jurisdicción donde están localizados • Naturaleza y tipo de activo
DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORDECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIORArticulo 42 Articulo 42
CONTENIDO - Formulario establecido por la DIAN
- Identificación del contribuyente
- Con relación a activos inferiores a 3.580 UVT ($101.239.000)
• Valor patrimonial
• De manera agregada de acuerde con la jurisdicción donde estén localizados
- Firma de quien debe declarar