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Protegiendo nuestros recursos pesqueros en alta mar
Osvaldo Urrutia S.Profesor de derecho internacional y derecho del mar, Universidad
Católica de Valparaíso, Chile.Asesor asuntos internacionales Secretaría de Pesca, Gobierno de
Chile. Vice-Presidente, Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur.
En estado mundial de los stocks de pesca no es bueno, y ello es no es algo positivo para nuestros mares.
¿Quién tiene la facultad o competencia para proteger? ¿Qué se hace y qué tipo de medidas se adoptan para manejar sustentablemente los recursos pesqueros?
El derecho internacional distingue diferentes zonas en el mar. Para efectos de manejar y conservar los recursos marinos, las dos más importantes tiene que ver con:
1.Desde la playa hasta las 200 millas náuticas mar adentro: la “zona económica exclusiva”, donde el Estado ribereño administra y decide quién, cuánto y cómo se pesca2.Desde la milla 200 para afuera: alta mar, donde rige la “libertad de operación”. ¿Quién administra entonces?
• En alta mar, entonces, los países deben cooperar y ponerse de acuerdo. ¿Qué países? Tanto los costeros como aquellos que legítimamente operan pescando en el alta mar adyacente a las ZEE del estado costero. ¿Para qué se ponen de acuerdo? Para adoptar medidas de conservación y manejo para la pesca.
• ¿Y cómo se ponen de acuerdo? Cooperando. Creando organizaciones regionales de pesca, las “ORPs”, que adoptarán medidas de conservación y manejo para la pesca en dichas zonas.
• En el Pacífico Sur, los estados comenzaron a ponerse de acuerdo recién hace 10 años: la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur se comenzó a negociar en 2006 y entró en vigencia en 2012. ¿Y qué medidas adoptan?