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1 PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES DESARROLLO FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL URBANO DE TIPO POPULAR AL QUE SE PRETENDE DENOMINAR “LOS ÁNGELES”. PROPIETARIO SRA. SANDRA DIANE DE LA OSSA MARTINEZ REPRESENTANTE LEGAL SR. FERNANDO MORONES CAMPOS. PERITO RESPONSABLE ARQ. ISAIAS DAVID RODRIGUEZ MARTINEZ, PERITO RESPONHSABLE DE OBRA No. 136 ANTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICPIO DE AGUASCALIENTES. UBICACIÓN AL NORTE DE LACIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGS.

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PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES

DESARROLLO FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL URBANO DE TIPO POPULAR AL QUE SE PRETENDE DENOMINAR “LOS ÁNGELES”. PROPIETARIO

SRA. SANDRA DIANE DE LA OSSA MARTINEZ REPRESENTANTE LEGAL SR. FERNANDO MORONES CAMPOS. PERITO RESPONSABLE

ARQ. ISAIAS DAVID RODRIGUEZ MARTINEZ, PERITO RESPONHSABLE DE OBRA No. 136 ANTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICPIO DE AGUASCALIENTES. UBICACIÓN AL NORTE DE LACIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGS.

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TRAZA URBANA

RESTRICCION Y AFECTACIONES

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2.- DATOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CUADRO DE SUPERFICIES Y USOS

TIPO DE USO

NUMERO DE PREDIOS O LOTES

SUPERFICIE M2 PORCENTAJE

AREA HABITACIONAL UNIFAMILIAR

733 74,753.04 m² 51.9%

AREA COMERCIAL 5 3,342.63 m² 2.3%

DONACIÓN 2 13,893.60 m² 15.1%

RESTRICCIONES Y AFECTACION 3,028.10 m² 1.95%

VIALIDAD 46,186.31m² 32.06%

TOTALES 740

144,021.32 m² 100%

NUMERO DE MANZANAS

33 DENSIDAD DE POBLACION

251 Hab/HAS

LOTE TIPO

HABITACIONAL UNIFAMILIAR FRENTE 6.00 X FONDO 15.00 = 90.00M²

SISTEMA DE AGUA POTABLE FUENTE DE ABASTECIMIENTO

Mediante conexión a la red Municipal de agua potable, por lo que deberá de hacer pago correspondiente por la cantidad de $1’992,458.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL, CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), ante la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes. TANQUE DE REGULACIÓN

Tanque de regularización con las especificaciones que determine la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes.

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RED DE DISTRIBUCIÓN

Las características de la tubería por emplear será PVC hidráulico RD-26 para diámetros según se requieran en el proyecto. Las válvulas de seccionamiento será de tipo vástago fijo y cuerpo resilente resguardadas en su respectiva caja de operación de válvulas, tomas domiciliarias con tubo de polietileno de alta densidad y alto peso molecular con alma de aluminio de 20 mm., de diámetro exterior, con conectores tipo compresión no métricos de nylon.

VOLUMEN ANUAL REQUERIDO

El proyecto demandará la cantidad de 283,218.00 metros cúbicos de los cuales 276,597.00 m³ son para 842 lotes habitacionales y 6,621.00 m³ para los 6,070.00 metros cuadrados para área comercial, según se determinó en oficio FS 079-3611/07, expedido por el Titular de la C.C.A.P.A.M.A.

SISTEMA DE ALCANTARILLADO SALIDAS DE ALBAÑAL

Las descargas domiciliarias serán instaladas con tubería de P.V.C., serie 20 sanitario de 6” (15 cm.) de diámetro, utilizándose un juego de codo de 45º y silleta de P.V.C. de 15 cm., de diámetro que se conectará a la tubería de la red o bien emplear tubería de polietileno de alta densidad (P. E. A. D.).

RED DE ALCANTARILLADO

Tubería de P.V.C., serie 20 sanitario de 8” (20 cm.) de diámetro para las redes centrales y tubería de 6” de diámetro para albañales exteriores incluyendo las silletas y codos correspondientes para su conexión o bien tubería de polietileno de alta densidad (P. E. A. D.)..

COLECTOR

No se requiere.

POZOS DE VISITA

Tipo común y caída libre ó adosada en cruceros y cambios de dirección, debiendo instalar en la unión Pozo–Tubo, dos anillos de hule para garantizar la hermeticidad, con brocal ahogado en un diamante de concreto armado con f’c = 250 Kg/cm2 de 1.50 M. de lado y 15 cm. de

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espesor y tapa de fierro fundido con rejilla tipo pesado, repellados en su exterior con mortero cemento–arena proporción 1:3.

DESCARGA

A red municipal. Asimismo deberá de contribuir para la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, que se realizará para recolectar las aguas negras de su desarrollo y de otros en la zona.

ESCURRIMIENTOS PLUVIALES. Deberá considerar en su proyecto de rasantes, el desalojo de los escurrimientos superficiales hasta las cuencas naturales existentes en la zona.

VIALIDADES

TIPO DE VIALIDAD LONGITUD ML. COLECTORAS 847.86 ML LOCALES 3,366.25 ML TOTALES 4,214.11ML

Deberá de urbanizar la totalidad de las vialidades de su proyecto, además de urbanizar las correspondientes a las afectaciones, que en este caso corresponden a la Prol. Constitución y a la Restricción de la F.F.C.C.

URBANIZACIÓN

GUARNICIONES

Las guarniciones se han proyectado tipo “pecho de paloma” de 30 X 30 cm con acabado escobillado, fabricadas con concreto simple f´c=150kg/cm² y curada con membrana química.

BANQUETAS

Llevaran un relleno mínimo 10 cm de material inherte compactado al 90% de PVSM fabricada con concreto simple de f´c=150kg/cm² de 10cm de

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espesor, acabado escobillado y curado con membrana química con pendiente del 2% hacia la calle.

PAVIMENTOS

De concreto hidráulico con Fc = 250 Kg/cm² de 15 centímetros de espesor.

PLACAS DE NOMENCLATURA

Metálicas sobre postes metálicos en cruceros de calles, con una altura y especificaciones que le indique el H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags.

ELECTRIFICACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO

El Proyecto Eléctrico deberá contar con la autorización previa de la Comisión Federal de Electricidad, cumpliendo con todas y cada una de las especificaciones que ella le señale. Asimismo, el alumbrado exterior debe cumplir con los requisitos que le indique el H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags.

OPINIONES TECNICAS OPINIÓN AYUNTAMIENTO

Se cuenta con la opinión favorable del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., emitida por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano mediante el oficio DFPM.- 6304/07, del 31 de octubre del 2007, en la que se determinan entre otras situaciones, las obligaciones fiscales y donaciones.

FACTIBILIDAD DE AGUA

Se cuenta con la factibilidad de los servicios de Agua Potable y Alcantarillado, expedida por la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, Ags., mediante oficio No. FS-079-3611/07 de fecha 7 de agosto del 2007.

FACTIBILIDAD DE ENERGIA ELECTRICA

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La Comisión Federal de Electricidad mediante oficio No. SZA-168/07 de fecha 26 de julio del 2007, le informa que se tiene la disponibilidad del servicio, quedando sujeto al estudio del proyecto-presupuesto de las obras que deba ejecutar para suministrar energía eléctrica al fraccionamiento.

3.3.3.3.---- DOCUMENTOS LEGALESDOCUMENTOS LEGALESDOCUMENTOS LEGALESDOCUMENTOS LEGALES EL EXPEDIENTE CUENTA CON LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

o Solicitud del fraccionamiento del 25 de junio del año 2007.

o Escritura certificada de Propiedad, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Estado.

o Copia certificada del Poder Notarial.

o Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística.

o Levantamiento Topográfico Catastral.

o Certificado de Libertad de Gravamen.

o Comprobante de pago del impuesto a la propiedad raíz del 2007.

4.4.4.4.---- OBLIGACIONES FISCALESOBLIGACIONES FISCALESOBLIGACIONES FISCALESOBLIGACIONES FISCALES MUNICIPALES

Mediante oficio DFPM.- 6304/07, del 31 de octubre del 2007, expedido por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes, se determinó el pago por derechos fiscales municipales por la emisión de la opinión, integración del expediente y el control de las obligaciones del fraccionador en la cantidad de $ 148,193.80 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESOS CON 80/100 M.N.). En ese mismo oficio se determinó como obligaciones fiscales por la supervisión de las obras de urbanización la cantidad de $ 1´304,934.25 (UN MILLÓN TRECIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON 25/100 M.N.). El Ayuntamiento señala un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de autorización del presente proyecto, para cubrir el monto de los derechos fiscales antes indicados.

ESTATALES

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Conforme al Artículo 10, Fracción 2 incisos a) y b) de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal del año 2007, se determina lo siguiente:

Por la autorización para fraccionar el predio deberá de pagar el 1.5% del presupuesto total de las obras de urbanización

SUPERFICIE A URBANIZAR 49,214.41m2 X $ 500.00 (VALOR POR m2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.015 = $ 369,108.07 (TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHO PESOS CON 07/100 M.N.)

Por la supervisión de las obras de urbanización, deberá pagar el 5.0 % del presupuesto de las obras de urbanización

SUPERFICIE A URBANIZAR 49,214.41m2 X $500.00 (VALOR POR M2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.025 = $ 615,180.12 (SEISCIENTOS QUINCEMIL CIENTO OCHENTA PESOS 12/100 M.N.).

GARANTÍAS DE URBANIZACIÓN

De acuerdo al Artículo 452 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, deberá constituir Garantía de Obras de Urbanización a favor del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., conforme a lo siguiente SUPERFICIE A URBANIZAR 49,214.41m2 X $500.00 (VALOR POR m2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.40 = $ 9´842,882.00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON 00/100 M.N.).

5.5.5.5.---- OBSERVACION OBSERVACION OBSERVACION OBSERVACIONES GENERALESES GENERALESES GENERALESES GENERALES

1. Se cuenta con opinión favorable del Ayuntamiento de Aguascalientes, emitida por conducto de su Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes, mediante el oficio DFPM.- 6304/07, del 31 de octubre del 2007, en la que se incluyen obligaciones fiscales municipales, así como las donaciones a cargo del fraccionador, mismas que son las válidas para éste dictamen y en su caso su Resolución. 2. El fraccionador deberá amojonar los lotes conforme al plano de lotificación autorizado. 3. El fraccionador queda obligado hasta la MUNICIPALIZACIÓN del fraccionamiento a prestar los servicios de limpia, cuidar y conservar las áreas verdes y equipamiento, así como los de vigilancia y suministrar con normalidad y eficiencia los servicios de agua potable, alumbrado exterior y alcantarillado del mismo,

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conforme lo establece el artículo 483 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes. 4. El fraccionador deberá escriturar a favor del Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., las áreas de donación y vialidades correspondientes, conforme a lo estipulado por el artículo 474 fracción IV del Código Urbano para el Estado. Bajo la consideración anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 313 fracción III del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, corresponde el 15 % de la superficie neta vendible. Cabe mencionar que el fraccionador propone 2 manzanas dentro del proyecto y los cuales equivalen a una superficie total de 14,098.97 m². 5. El fraccionador, conforme a lo dispuesto en el artículo 433 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, solo podrá ceder sus derechos y obligaciones respecto al Fraccionamiento previa autorización de la SEPLADE y al cumplimiento de los requisitos legales conducentes. En caso de que se autorice la cesión de referencia, la persona física o moral cedente se subrogará en todos los derechos y obligaciones que establece la Ley de la materia y la resolución respectiva de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano. 6. Respecto al Estudio de Mecánica de Suelos (junio del 2007), se manifiesta el material predominante de la zona es arena limosa de buenas características desde un espesor de .50 a 3.00 mts y podrá utilizarse como terraplén, relleno en zanja y en algunos casos como sub-base. Asimismo, la profundidad recomendable de desplante es a partir de los 0.60 mts de profundidad a partir del nivel actual (antes de desmonte), considerándose la capacidad de carga de 10.20 ton/m². 7. El Estudio Geofísico de Resistividad, se determinó que en base al modelo de resistividad, junto con la revisión del área de estudio, se establece que el lado oriente del terreno y más próximo a la zona de falla no registra actualmente evidencias de falla o agrietamientos. 8. Acatar las disposiciones que emita el Instituto del Medio Ambiente del Estado, respecto del Dictamen de Impacto Ambiental. 9. No se otorgará autorización para el inicio de las obras de urbanización, hasta que se cuente con el dictamen del Instituto del Agua del Estado correspondiente a los sistemas de agua potable, alcantarillado, drenaje, tratamiento de las aguas residuales y su reuso, así como los escurrimientos pluviales.

6.6.6.6.---- PROYECTO DE RESOLUCION PROYECTO DE RESOLUCION PROYECTO DE RESOLUCION PROYECTO DE RESOLUCION

La Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, en su sesión del día 27 de noviembre de 2007, considerando que el expediente de la solicitud se integró de conformidad con lo dispuesto en los artículos 416, 424 y demás aplicables del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes; existiendo opinión favorable del Ayuntamiento de

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Aguascalientes emitida por conducto de su Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes, mediante el oficio DFPM.- 6304/07, del 31 de octubre del 2007, tiene a bien APROBAR el proyecto del desarrollo denominado “LOS ÁNGELES” como FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL URBANO DE TIPO POPULAR propiedad de SRA. SANDRA DIANE DE LA OSSA MARTINEZ y representada por SR. FERNANDO MORONES CAMPOS.

La persona física indicada queda sujeta a lo siguiente: Lo que se determine por el Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., en lo inherente a la superficie de donación y su ubicación; pago de obligaciones fiscales estatales y municipales; garantizar el abastecimiento del volumen anual de Agua Potable por la cantidad de 283,210.00 de los cuales 276,597.00m³ para 842 lotes habitacionales y 6,621.00m³ para los 6,070.00 m² del área comercial, de acuerdo a la factibilidad de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado; atender a la factibilidad para su desarrollo, correspondiente al proyecto final avalado por la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes y el Instituto del Agua del Estado; realizar la contribución para la construcción de la Planta Tratadora de Aguas Residuales de la zona; deberá urbanizar en su totalidad las vialidades del desarrollo, detalladas dentro del presente, incluyendo la prolongación de la Avenida Constitución, la lateral correspondiente a la vía del ferrocarril, garantizando la liga directa a la estructura vial, conforme a las especificaciones marcadas en el presente proyecto de dictamen; cumplir lo que se le señala en la Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística; atender lo que señala los estudios de mecánica de suelos y geoeléctrico; respetar lo que dictaminen las instancias correspondientes en lo relativo a las restricciones y limitaciones que se encuentren dentro de su predio por situaciones del medio físico natural; presentar y respetar las observaciones que se señalen en el Manifiesto de Impacto Ambiental emitido por el Instituto del Medio Ambiente del Estado de Aguascalientes; así como cumplir con las Obligaciones derivadas en los términos del presente “PROYECTO DE DICTAMEN” formulado por la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, en su carácter de Secretario Técnico de esta Comisión. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 431 del citado Código Urbano, dispone de 60 días a partir de esta fecha para entregar a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, el original y tres tantos del proyecto definitivo del fraccionamiento, mismo que deberá estar Georeferenciado en coordenadas U.T.M., para integrar totalmente el expediente respectivo, por lo que deberá pasar a dicha Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional para que se le indique el punto georeferenciado más cercano a su desarrollo. Asimismo, deberá presentar disco compacto que contenga plano de Lotificación completo, (el cual debe contener la superficie individual por lote, colindancias del lote, No. de lotes, No. de manzanas, superficies total, habitacional, comercial, áreas verdes, de donación, restricciones, y usos del suelo), en formato *.dwg. En dicho proyecto deberá incluir el plano de rasantes.

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Bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el término antes señalado, la aprobación de su proyecto no surtirá sus efectos y en consecuencia deberá someter a consideración de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano una nueva solicitud de Fraccionamiento.

Finalmente y para dar cumplimiento al artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado, se informa a la SRA. SANDRA DIANE DE LA OSSA MARTINEZ y representada por SR. FERNANDO MORONES CAMPOS, que cuentan con un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Periódico Oficial del Estado, para en su caso impugnar el presente documento, mediante el Recurso de Revisión, contemplado en dicha norma jurídica, o bien hacer valer juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, ya que en caso contrario constituirá un acto administrativo definitivo.